Sistema de Mejora Regulatoria Interna

Sistema de Mejora Regulatoria Interna Actualización. Octubre de 2008 CONTENIDO 1. Presentación ........................................................
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Sistema de Mejora Regulatoria Interna Actualización. Octubre de 2008

CONTENIDO 1. Presentación .................................................................................................................................... 5 1.1. Objetivos y Estrategias.......................................................................................................... 7 2. Contribución del sistema Mejora Regulatoria Interna a los objetivos, estrategias y líneas de acción del PMG ................................................................................................................................ 9 3. Etapas 2008-2010 ......................................................................................................................... 11

4. Etapa 1. Estrategias y acciones 2008 ............................................................................................ 12 4.1 Identificar las unidades administrativas que diseñan o emiten normativa.............................. 13 4.2 Emitir la norma para operar al interior de la institución el proceso de calidad regulatoria ..... 15 4.3 Integrar y mantener actualizado el inventario del marco normativo interno ........................... 16 4.4 Publicar en Internet el marco normativo interno vigente ........................................................ 19 4.5 Definir un programa de trabajo para mejorar el marco normativo interno.............................. 22 4.6 Revisar y modificar el marco normativo interno aplicando el proceso de calidad regulatoria..................................................................................................................................... 24 4.7 Revisar y emitir proyectos normativos aplicando el proceso de calidad regulatoria interna .......................................................................................................................................... 26 4.8 Realizar mediciones de percepción con usuarios, sobre las mejoras realizadas .................. 27

5. Indicadores..................................................................................................................................... 29

6. Responsable del sistema ............................................................................................................... 31

7. Glosario .......................................................................................................................................... 32 Apendice 1. Proceso de Calidad Regulatoria 2. Clasificación para efectos del inventario del apartado 4.3.

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Sistema de Mejora Regulatoria Interna

PMG, 2008- 2009

REGISTRO DE CAMBIOS CAMBIOS AL DOCUMENTO ANTERIOR (SEPTIEMBRE 2008) 1. CONTENIDO. Se modifica el numeral 4.8 de la sección contenido. 2. La relación de algunas de las Acciones a Realizar en la Etapa 1, que aparecen tanto en la sección 1.1 como en la sección 3, se modifican (Ver acciones 1, 2, 6 y 8). 3. En la Sección 3, las acciones de la etapa 2 se modifican (Ver acciones 1, 3, 4, 5 y 9) 4. Los periodos de ejecución de las acciones de las ETAPA 1, que aparece en el cuadro de la sección 3 se modifican (los indicadores y medios de verificación no sufren cambios para ninguna de las 8 acciones). 5. La redacción del párrafo primero al tercero (incluyendo viñetas) de la sección 4.1 cambian. 6. La redacción del título de la sección 4.2, así como su párrafo introductorio (incluyendo viñetas) se modifican. 7. La redacción del segundo párrafo de la sección 4.3 se modifica. 8. La redacción del propósito de la acción 4.3 (en la sección del mismo número) se modifica. 9. La redacción del inciso c. de los mecanismos o procedimientos internos de la acción 4.3 (en la sección del mismo número) se modifica. 10. La redacción del penúltimo párrafo de la sección 4.3 se modifica. 11. La redacción del segundo párrafo de la sección 4.4 se modifica. 12. La redacción de la nota al pie del documento número 8, se modifica. 13. La redacción de la segunda viñeta del propósito en la sección 4.5 se modifica. 14. Se elimina la nota al pie número 9 en el primer párrafo de la descripción de la acción número 4.5 en la sección del mismo número. NOTA: A partir de este número, se recorren los números de las notas al pie al numeral inmediato anterior al correspondiente en la versión anterior. 15. La redacción del numeral 1 de lo que debe contener el programa de trabajo en la descripción de la acción número 4.5 en la sección del mismo número se modifica. 16. La redacción del título de la sección 4.6 se modifica. 17. La redacción del primer párrafo y los numerales 2. y 3. de la descripción del “Reporte

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semestral de regulación revisada y en su caso, mejorada” se modifica. 18. La redacción del propósito de la acción 4.7 en la sección del mismo número se modifica. 19. La redacción de la tercera viñeta de los aspectos a analizar en la ejecución de la acción 4.7 en la sección del mismo número se modifica. 20. El propósito de la acción 4.8 de la sección del mismo número se modifica. 21. La redacción de la explicación del término “Marco Normativo Interno” en la sección GLOSARIO se modifica. 22. La redacción de la explicación del término “Subregulación” en la sección GLOSARIO se modifica. 23. La redacción del PASO 1, inciso B, numero 1, así como los incisos i., iii., y iv. del número 4, contenidos en el numeral 1. del APÉNDICE, referente al “proceso de calidad regulatoria” se modifica. 24. La redacción del segundo párrafo del inciso B. del paso 2 en el numeral 1 del apéndice se modifica. 25. El título del paso 3 en el numeral 1 del apéndice se modifica. 26. Las funciones de los expertos a que se refiere el paso 3 en el numeral 1 del apéndice se modifican. 27. La redacción de la composición de los integrantes del COMERI, descrito el paso 3 en el numeral 1 del apéndice se modifica. 28. La redacción del segundo párrafo del inciso B del paso 3 en el numeral 1 del apéndice se modifica. 29. Se elimina el cuarto párrafo del inciso B del paso 3 en el numeral 1 del apéndice. 30. Se añade un paso 3-A como subtítulo a partir del inciso D. del paso 3 en el numeral 1 del apéndice. 31. Se modifica el primer párrafo de la “materia o tema” del numeral 2 del apéndice. 32. El segundo párrafo del numeral 3 del cuadro del numeral 2 del apéndice referente a “RECURSOS FINANCIEROS”, se modifica. 33. Se añade un tercer párrafo a las sugerencias del numero I. del numeral 2 del apéndice. 34. Se modifica el último párrafo de la página 50 en numero II. del numeral 2 del apéndice. 35. Se modifica el último párrafo de las consideraciones importantes para el apéndice 2 para quedar como sigue:

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1. PRESENTACIÓN En los últimos años México ha trabajado en la Reforma Regulatoria a través de la Secretaría de la Función Pública (por conducto de la Dirección General de Simplificación Regulatoria) y de la Secretaría de Economía (a través de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria), para mejorar la gestión pública y brindar más y mejores servicios a la ciudadanía. En 2006 se llevó a cabo en nuestro país el Primer Foro Internacional de Mejora Regulatoria Interna, organizado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el gobierno de México. Los países que participaron en este foro coincidieron en que: -

Los gobiernos no sólo deben hacer mejora regulatoria que impacte a los particulares, sino también hacia el interior del gobierno, debido a que la función gubernamental se desarrolla de manera sistémica; para dar un servicio eficiente en la ventanilla, es necesario reducir las cargas administrativas internas;

-

Disminuir las cargas administrativas al interior del gobierno no es un fin en sí mismo, sino un medio para avanzar en la construcción de gobiernos más eficientes;

-

Es necesario medir y hacer comparaciones nacionales e internacionales sobre las cargas administrativas internas de los gobiernos, como punto de partida para vincular acciones encaminadas a descargarlos del exceso y complejidad reglamentaria que inhibe la productividad institucional.

Al iniciar la presente administración, se realizó una consulta ciudadana1 en el marco de la preparación del Plan Nacional de Desarrollo. De este ejercicio derivaron los siguientes puntos: 1.

Se debe emprender una auténtica reforma regulatoria que facilite e incentive el cumplimiento de la regulación.

1

Consulta ciudadana realizada en abril 2007, a grupos de organizaciones empresariales, miembros de instituciones académicas y representantes de organizaciones de la sociedad civil.

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2.

La integración de la política de mejora regulatoria debe rendir frutos hacia la mejora de la gestión gubernamental para ser congruente con las necesidades y requerimientos sociales de manera oportuna, eficaz y eficiente.

3.

La simplificación administrativa debe ir de la mano con la mejora de la calidad de la regulación.

4.

Se debe fomentar el trabajo conjunto entre las dependencias y entidades y los instituciones que las regulan para medir el impacto regulatorio.

5.

Se debe involucrar a la ciudadanía en la simplificación de servicios y la formulación de regulación con calidad.

En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece la necesidad de impulsar una regulación moderna, suficiente, clara y sencilla, que brinde certeza jurídica, afiance la legalidad, la transparencia y la rendición de cuentas y además, reduzca la discrecionalidad. Para atender a este mandato, la SFP plantea como uno de sus objetivos estratégicos el de “Mejorar la regulación, la gestión y los procesos de la Administración Pública Federal”. La Subsecretaría de la Función Pública (SSFP), unidad facultada por el Reglamento Interior de la SFP, dirige y norma los trabajos en materia de mejora regulatoria interna, a través de la Política de Mejora Regulatoria Interna (PMRI), para contribuir a la modernización administrativa y a la mejora de la gestión a través de las siguientes líneas de acción: •

Eliminar trabas impuestas por la regulación interna.



Identificar las materias sobrerreguladas para eliminar las normas que sean excesivas y ocasionen la parálisis de la gestión.



Identificar vacíos normativos para crear una regulación suficiente y adecuada que estandarice y armonice la gestión interna de la APF.



Reducir la intervención de los servidores públicos en los procedimientos administrativos, disminuir los requisitos para hacerlos más ágiles y eficientes.



Identificar buenas prácticas administrativas y promover su adopción en otras instituciones del gobierno.

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1.1 OBJETIVO Y ESTRATEGIAS En el marco del Programa de Mejora de la Gestión (PMG), se estableció el Sistema de Mejora Regulatoria Interna, cuyo objetivo es: Mejorar el marco normativo interno de las dependencias y entidades mediante el proceso de calidad regulatoria.

Para lograr dicho objetivo se han planteado varias etapas. En este documento se describe la primera etapa que comprende las siguientes estrategias2: Estrategias A. Implantar el proceso de calidad regulatoria. B. Difundir permanentemente el marco normativo interno vigente. C. Asegurar que la regulación interna vigente y los proyectos normativos cumplan con el proceso de calidad regulatoria. D. Garantizar la capacitación de las áreas normativas en materia de calidad regulatoria. E. Reducir el número de normas internas a un mínimo funcional. F. Incorporar estándares de operación en la regulación interna.

2

Las estrategias planteadas para este sistema derivarán en acciones que se realizarán en etapas orientadas a lograr avances incrementales en el desarrollo administrativo de las instituciones, que les permitan ir alcanzando los objetivos fijados para este sistema.

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ACCIONES A REALIZAR EN LA ETAPA 1. Para implementar las estrategias antes descritas, las instituciones deberán realizar las siguientes acciones: 1. Identificar a las unidades administrativas que diseñan o emiten normativa. 2

Emitir la norma para operar al interior de la institución el proceso de calidad regulatoria.

3. Integrar y mantener actualizado el inventario del marco normativo interno de administración. 4. Publicar en Internet el marco normativo interno de administración. 5. Definir un programa de trabajo para mejorar el marco normativo interno. 6. Revisar y modificar el marco normativo interno aplicando el proceso de calidad regulatoria. 7. Revisar y emitir proyectos normativos aplicando el proceso de calidad regulatoria interna. 8. Realizar mediciones de percepción con usuarios, sobre las mejoras realizadas. En las siguientes páginas se detallan las acciones a realizar, sus propósitos, cómo deben llevarse a cabo, además de los medios y las fechas para reportarlas.

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2. CONTRIBUCIÓN

DEL

SISTEMA

DE

MEJORA REGULATORIA INTERNA

A LOS OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y LÍNEAS

DE ACCIÓN DEL PMG.

Programa de Mejora de la Gestión Objetivos

Estrategias

Líneas de acción

1. Maximizar la

1.2 Mejorar la entrega de servicios públicos mediante

1.2.1 Incrementar la interoperabilidad y el intercambio de información de las instituciones

calidad de los bienes

el uso y aprovechamiento de las tecnologías de

de la APF, mediante la sistematización y la automatización de sus procesos.

y servicios que presta

información y comunicación (TIC).

la Administración Pública Federal. 2.3 2. Incrementar la

Simplificar

la

regulación

que

rige

a

2.3.1 Mejorar el marco normativo de las instituciones a través del proceso de calidad

las

regulatoria para lograr mayor agilidad, certidumbre y menores costos de operación para

instituciones y su interacción con la sociedad.

la institución y los particulares.

efectividad de las

2.4 Mejorar y simplificar los procesos administrativos

2.4.2 Incrementar la efectividad de las instituciones clave para el logro de los objetivos

instituciones.

y sustantivos de la institución para incrementar su

del PND, por medio de la automatización y definición de estándares en sus procesos, la

eficiencia y orientar la operación al logro de la misión

racionalización de estructuras, el aumento de la eficiencia y la simplificación y mejora de

y objetivos estratégicos.

sus trámites y servicios.

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2.4 Mejorar y simplificar los procesos administrativos y sustantivos

2.4.1 Simplificar y estandarizar los principales procesos relacionados, entre

de la institución para incrementar su eficiencia y orientar la

otros, con la ejecución de proyectos de infraestructura, las contrataciones

operación al logro de la misión y objetivos estratégicos.

públicas y, las autorizaciones para ejecutar programas y proyectos de inversión. 2.4.2 Incrementar la efectividad de las instituciones clave para el logro de los objetivos del PND, por medio de la automatización y definición de estándares en sus procesos, la racionalización de estructuras, el aumento de la eficiencia y la simplificación y mejora de sus trámites y servicios. 2.4.6 Establecer políticas para la administración y operación de tecnologías de información y comunicación en la Administración Pública Federal 2.5.2 Mejorar la comunicación entre emisores de normatividad en temas comunes a fin de evitar la sobre regulación y la duplicidad de obligaciones para las instituciones.

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3. ETAPAS 2008-2010 Objetivo 2012 Mejorar el marco normativo interno de las dependencias y entidades mediante el proceso de calidad regulatoria. Etapa 1

Etapa 2

Estrategias 3. el proceso de calidad regulatoria. A. Implantar B. Difundir permanentemente el marco normativo interno vigente. C. Asegurar que la regulación interna vigente y los proyectos normativos cumplan con el proceso de calidad regulatoria. D. Garantizar la capacitación de las áreas normativas en materia de calidad regulatoria. E. Incorporar estándares de operación en la regulación interna. F. Reducir el número de normas internas a un mínimo funcional. G. Asegurar la suficiencia jurídica. Acciones 1. 2.

Acciones

Identificar a las unidades administrativas que diseñan o emiten normativa

1.

Emitir la norma para operar al interior de la institución el proceso de calidad

2.

regulatoria. 3.

Integrar y mantener actualizado el inventario del marco normativo interno de

Publicar en Internet el marco normativo interno vigente de administración. Capacitar a los operadores y usuarios finales de la regulación sobre el marco normativo interno que les aplica.

3.

Definir un programa de trabajo para mejorar el marco normativo interno de administración.

Publicar en Internet el marco normativo interno de administración.

4.

Revisar y modificar el marco normativo interno aplicando el proceso de calidad regulatoria.

Definir un programa de trabajo para mejorar el marco normativo interno de

5.

Emitir proyectos normativos aplicando el proceso de calidad regulatoria.

6.

Realizar encuestas para evaluar las mejoras realizadas.

Capacitar a las áreas normativas en materia de calidad regulatoria, con base en los mecanismos que determine la SFP.

administración. 4. 5.

administración. 6.

Revisar y modificar el marco normativo interno aplicando el proceso de calidad regulatoria.

7.

Emitir proyectos normativos aplicando el proceso de calidad regulatoria.

7.

8.

Realizar mediciones de percepción con usuarios, sobre las mejoras realizadas.

8.

Modificar el marco normativo interno para operar los procesos mejorados en el Sistema de Procesos Eficientes.

9.

Identificar y en su caso eliminar, los requisitos y modalidades de realización de los trámites de gestión

interna, que no tengan sustento jurídico o que acrediten su utilidad. 11 10. Identificar vacíos normativos y analizar la pertinencia y viabilidad de regularlos.

3. ETAPA 1. ESTRATEGIAS Y ACCIONES 2008 Estrategias de la Etapa 1 A. B. C. D. E. F. G.

Implantar el proceso de calidad regulatoria. DifundirE permanentemente el marco normativo interno vigente. TAPA 1. ESTRATEGIAS Y ACCIONES Asegurar que la regulación interna vigente y los proyectos normativos cumplan con el proceso de calidad regulatoria. Garantizar la capacitación de las áreas normativas en materia de calidad regulatoria. Incorporar estándares de operación en la regulación interna. Reducir el número de normas internas a un mínimo funcional. Asegurar la suficiencia jurídica.

Resultados esperados 1. Certeza jurídica 2. Calidad regulatoria en el marco normativo interno Acciones de la Etapa 1.

Periodo de ejecución sugerido

1.

Identificar a las unidades administrativas que diseñan o emiten normativa (Áreas normativas).

enero 2009

2.

Emitir la norma para operar al interior de la institución el proceso de calidad regulatoria.

enero 2009

3.

Integrar y mantener actualizado el inventario del marco normativo interno de administración.

enero/ abril 2009

4.

Publicar en Internet, el marco normativo interno de administración (vigente y compilado).

enero/ abril 2009

5.

Definir un programa de trabajo para mejorar el marco normativo interno.

enero 2009

6.

Revisar y modificar el marco normativo interno aplicando el proceso de calidad regulatoria.

enero/ abril 2009

7.

Analizar y emitir proyectos normativos aplicando el proceso de calidad regulatoria.

8.

Realizar mediciones de percepción con usuarios, sobre las mejoras realizadas.

A partir de dic. 2008 septiembre 2009

Indicadores

Medios de verificación Listado de áreas normativas Emisión de Acuerdo/ Lineamientos para establecer el esquema jurídico de implementación del proceso de calidad regulatoria y crear el Comité de Mejora Regulatoria Interna Listado de los documentos normativos integrados al Inventario

Porcentaje de difusión del marco normativo vigente. (DM)

Documentos normativos publicados en Internet

Programa de trabajo Porcentaje de regulación mejorada (RM) Grado de calidad regulatoria del marco normativo interno (CR) 12 Grado de satisfacción de usuarios. (S)

Reporte de regulación revisada y en su caso mejorada Puntuación obtenida en los formatos de justificación regulatoria

Encuestas

4.1 IDENTIFICAR

LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS QUE DISEÑAN O EMITEN

NORMATIVA Las acciones relacionadas con la calidad regulatoria en la emisión de la normativa inician con la identificación de las unidades administrativas responsables del diseño o emisión de la regulación de las instituciones. El primer paso es identificar todas las áreas y personas que diseñan o emiten disposiciones u ordenamientos: •

De aplicación transversal (regulación que aplica y obliga a dos o más instituciones públicas);



De aplicación exclusiva en una dependencia o entidad; o



De aplicación a ciudadanos o particulares y otros sujetos obligados.

Propósito Identificar las unidades administrativas que diseñan o emiten regulación permitirá integrar el “Catálogo de emisores” de cada institución, para promover entre el personal de dichas áreas la visión de calidad regulatoria orientada a la transparencia, la certeza jurídica, la reducción de la discrecionalidad y de las cargas administrativas. Ejecución Para integrar el catálogo de emisores, el responsable del PMG en la institución realizará las siguientes actividades: a)

Revisar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el Reglamento Interior de la dependencia u ordenamientos equivalentes en las entidades, y demás leyes y normas relacionadas con las facultades o atribuciones de la institución, para identificar las unidades administrativas que tienen la facultad de diseñar, proponer o emitir documentos normativos.

b)

Solicitar a los titulares de las unidades administrativas de su institución (incluyendo las adscritas a los órganos desconcentrados, representaciones o delegaciones

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estatales) que confirmen si las unidades a su cargo cuentan con mandato, funciones, facultades o atribuciones, así como cualquier otro sustento o encomienda, para diseñar, proponer o emitir regulación. c)

Integrar un directorio con los datos de los responsables y el tipo de regulación que diseña, propone o emite cada unidad administrativa.

Esta información deberá Catalogo_emisores.xls6.

integrarse

utilizando

el

formato

electrónico:

Dentro del formato se incluyen diez hojas de Excel para capturar información de diez unidades o áreas que diseñan o emiten regulación. En caso de que en su institución existan más, basta con duplicar la última hoja del formato (UA-10) tantas veces como hojas adicionales requiera. Se sugiere cambiar el nombre de las hojas nuevas para continuar con la numeración consecutiva, ejemplo: UA-11, UA-12, etc.

6

El formato se puede descargar de la página www.normateca.gob.mx (sección PMR) y se utilizará para capturar la información mencionada.

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4.2 EMITIR LA NORMA PARA OPERAR AL INTERIOR DE LA INSTITUCIÓN EL PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA. Las instituciones deberán emitir la norma para operar al interior de la institución el proceso de calidad regulatoria, a fin de mejorar el marco normativo interno y promover la transparencia y la certeza jurídica de la regulación interna, a través de: •

El análisis inicial a la emisión de cualquier regulación interna; de acuerdo a criterios de calidad.



La consulta a usuarios, previa a la emisión de cualquier proyecto normativo;



La elaboración de la regulación sustentada en experiencia técnica y validada con base a los atributos de calidad regulatoria;



La difusión permanente de la regulación y



La evaluación de sus efectos.

Propósito Establecer este proceso permite a las instituciones contar con un sistema para asegurar la calidad regulatoria del marco normativo interno. Ejecución El Proceso de calidad regulatoria está descrito en el Apéndice 1 y deberá ser implementado por cada dependencia y entidad mediante la emisión de regulación interna que haga obligatoria su observancia. Para facilitar a las instituciones la implantación del proceso de calidad regulatoria, la Secretaría de la Función Pública, pondrá a su disposición un Modelo de Acuerdo/Lineamientos que los Titulares y/o los Órganos de Gobierno de las entidades pueden adoptar y emitir conforme a sus facultades y atribuciones. Este modelo estará disponible en la página www.normateca.gob.mx (sección PMR).

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4.3 INTEGRAR Y MANTENER ACTUALIZADO EL INVENTARIO DEL MARCO NORMATIVO INTERNO. Las instituciones deberán integrar un inventario de normas para alimentar el sistema electrónico de registro y difusión de las mismas. La mayoría de las instituciones ya cuentan con un sistema electrónico para estos fines, denominado Normateca Interna, por lo que en esos casos, deberán revisar sus inventarios existentes para depurarlos y actualizarlos conforme a este Sistema de Mejora Regulatoria Interna, verificando que su sistema electrónico contenga solamente las normas internas de administración, que deberán estar clasificadas conforme a las materias descritas en el Apéndice 2.7 La Etapa 1 de este Sistema de Mejora Regulatoria Interna sólo abarcará el marco normativo interno de administración (Ver Apéndice 2), por lo que durante esta etapa las normas internas de operación (como son los Manuales de Organización, de procedimientos, de calidad o demás documentos normativos que involucren servicios, trámites o funciones vinculadas con las facultades y atribuciones de la institución) no deberán ser consideradas. Propósito Identificar todas las disposiciones vigentes que integran el marco normativo interno para incluirlas en un sistema electrónico que permita a los servidores públicos e interesados, la consulta y fácil acceso a dicha regulación. Contenido del inventario El inventario debe realizarse hasta el nivel de detalle necesario para incluir: -

El contenido completo y compilado de cada documento normativo vigente.

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Las instituciones que a la fecha de emisión del PMG, no cuenten con una Normateca Interna, podrán enviar un correo electrónico a [email protected] para recibir asesoría sobre las acciones que les permitan integrar de forma ágil y sencilla el inventario de disposiciones.

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Los documentos normativos que hayan tenido alguna reforma o modificación, deberán mostrar abajo del texto modificado una leyenda que indique la fecha de publicación de la misma y de sus modificaciones. -

Los datos de emisión o publicación: área normativa que lo emite, fecha de publicación o firma, así como de las modificaciones que haya tenido;

-

El tipo de documento normativo y la materia que regula, conforme a la clasificación del Apéndice 2.

Administración del inventario Para integrar y administrar el inventario de normas internas, las instituciones deberán establecer mecanismos o procedimientos internos que garanticen su calidad y permanente actualización. Dichos mecanismos o procedimientos internos deberán incluir las siguientes características y estándares: a.

Cualquier nueva regulación, modificación o derogación de las disposiciones vigentes, deberá registrarse en el inventario como alta, baja o modificación, según corresponda, dentro de los tres días hábiles siguientes a que suceda.

b.

Las instituciones habilitarán en Internet, un buzón electrónico, en el que de forma anónima, cualquier servidor público o interesado pueda manifestar la existencia de disposiciones o documentos normativos no publicados en el inventario que estén siendo aplicados a los servidores públicos o áreas de la institución.

c.

El Responsable del PMG y el Órgano Interno de Control (OIC) tomarán nota de las disposiciones, procedimientos o demás instrumentos que hayan sido reportados de forma anónima, y en un plazo no mayor de 10 días hábiles, deberán investigar y analizar las causas por las que dichos documentos normativos no fueron incluidos ni difundidos en el inventario electrónico. Hecho lo anterior y con independencia de las responsabilidades o posibles sanciones administrativas que en su caso aplique el OIC, el área normativa a que corresponda el documento normativo, deberá incluirlo

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en el inventario electrónico dentro de las 48 horas siguientes, o bien, abrogarlo de forma expresa. d.

Diseñar y ejecutar estrategias de difusión y comunicación interna para invitar a los servidores públicos a identificar y denunciar las disposiciones o documentos normativos que no estén publicados en el sistema electrónico ya citado.

La mayoría de las instituciones ya operan con algunos de estos mecanismos y procedimientos internos a través de su COMERI. En estos casos el Presidente del COMERI es quien: •

Administrará y controlará el inventario de disposiciones,



Coordinará las acciones necesarias para que las áreas emisoras mantengan permanentemente actualizado el inventario de normas internas en los temas de su competencia,



Llevará un control estricto de las altas, bajas y modificaciones en dicho inventario.

Para asegurar la calidad del inventario y evitar que una o más disposiciones queden fuera del mismo, las unidades emisoras deberán enviar al Responsable del PMG en la institución, a más tardar el último día hábil de enero de 2009, un oficio en el que manifiesten que las disposiciones que ingresaron o tienen dadas de “alta” a esa fecha dentro del inventario electrónico, son las únicas existentes y vigentes en las materias de su competencia. Asimismo, las unidades emisoras, que teniendo facultades para emitir regulación, no las hayan ejercido, manifestarán en esa fecha, que no emitieron nuevos instrumentos para regular las materias de su competencia.

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4.4 PUBLICAR EN INTERNET EL MARCO NORMATIVO INTERNO Las instituciones deberán publicar en un sistema electrónico de registro y difusión de disposiciones en Internet, su regulación interna vigente. Para la etapa 1 de este Sistema, la meta es publicar el marco normativo interno de administración (recursos materiales, humanos, financieros, tecnologías de la información y transparencia). Las normas internas de operación (como son los Manuales de Organización, de procedimientos, de calidad o demás documentos normativos que involucren servicios, trámites o funciones vinculadas con las facultades y atribuciones de la institución), no deberán ser incluidas en esta etapa. La mayoría de las instituciones ya cuentan con un sistema electrónico para estos fines, denominado Normateca Interna, por lo que en estos casos, deberán asegurar que su sistema cumpla con los requerimientos y características descritas en este apartado. La Secretaría de la Función Pública podrá poner a disposición de las instituciones que así lo requieran, un modelo de registro y difusión denominado Normateca Interna. Propósito Proporcionar a los servidores públicos, un sistema electrónico para consultar fácilmente en Internet las disposiciones que regulan sus actividades operativas y administrativas para agilizar el desempeño de sus tareas Ejecución El sistema electrónico de registro y difusión de disposiciones que utilicen las instituciones para cumplir con este apartado, deberá: •

Estar en Internet8 y ser de libre acceso

8

Estos sistemas de registro y difusión de disposiciones que habiliten las instituciones, estarán vinculados entre sí a través de la Normateca Federal (www.normateca.gob.mx), por lo que para estos efectos, en la Evaluación Electrónica Trimestral las

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Contener el marco normativo interno vigente de la dependencia o entidad, en un formato que sea fácil de manejar y consultar, que permita y tenga habilitada la opción de copia o extracción de texto. (Ejemplo: PDF). Sólo podrán exceptuarse de la publicación en Internet, aquellas disposiciones que se encuentren clasificadas como información reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. El texto publicado deberá estar completo y compilado. En caso de tener alguna modificación, deberá insertarse abajo del texto modificado una leyenda que indique la fecha de publicación de la misma o de su modificación. Asimismo, se deberá incluir al final del instrumento, una leyenda que indique los datos de emisión o publicación, así como de las rúbricas que contenga el documento original. Ejemplo: “Nota.- … se expide el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintinueve de mayo de dos mil ocho.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño Terrazo.- Rúbrica.”. •

Contar con un motor o mecanismo de búsqueda automatizado para que los usuarios puedan localizar disposiciones por: -

tipo de documento normativo;

-

materia o tema;

-

palabra o asociación de palabras;

-

área normativa que emitió la disposición;

dependencias y entidades deberán registrar la dirección de Internet de dichos sistemas y en caso de que dichas direcciones tengan algún cambio, se deberá notificar la nueva dirección por dicho medio dentro de los 3 días hábiles siguientes.

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-

fecha de publicación o emisión del documento normativo;

-

estado que guarde la disposición (vigente, derogada/ histórica).

Tener como opciones de orden/ presentación de los documentos, las siguientes: -

por tipo de documento normativo (ejemplo: Acuerdo, Lineamiento, Oficio, etc.).

-

por materia. Conforme a esta opción, se agruparán los documentos normativos utilizando la clasificación con que fueron registrados conforme al apartado 4.3.

-

alfabéticamente (por nombre o denominación del documento normativo).

-

por fecha de emisión.

-

por fecha de actualización (última modificación o reforma que haya tenido).



Habilitar en la página principal de Internet del sistema electrónico de registro y difusión, un buzón de comentarios o preguntas de usuarios.



Establecer en el sistema un módulo para la inscripción o registro de usuarios frecuentes para enviarles por correo electrónico automatizado avisos de las nuevas actualizaciones que tenga el marco normativo interno.



Habilitar una sección de preguntas y respuestas frecuentes relacionadas con el sistema electrónico y los documentos ahí publicados.



Incluir los datos del área y servidor público responsable de administrar el citado sistema electrónico.

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4.5 DEFINIR UN PROGRAMA DE TRABAJO El Programa de trabajo es un instrumento de planeación para llevar a cabo de forma programada y sistemática, la acción 4.6. Propósito Revisar el marco normativo interno de administración (recursos materiales, humanos, financieros, tecnologías de la información y transparencia) para: •

Fusionar disposiciones dispersas y segmentadas.



Eliminar disposiciones innecesarias, sin fundamentación o que no cumplan con los atributos mínimos de calidad regulatoria.



Dar certeza jurídica y propiciar la mejora de la gestión.



Reducir el número de normas internas a un mínimo funcional.

Descripción El Programa de trabajo deberá definir las actividades, responsables, fechas y entregables necesarios para ejecutar las acciones descritas en el apartado 4.6, por lo que deberá contener como mínimo: 1. Las actividades relacionadas con la revisión y mejoras que se proyecta realizar, así como los resultados esperados, haciendo énfasis en los criterios que manejará la institución para analizar cada norma vigente y eliminar el número de ordenamientos a un mínimo funcional que permitan el logro de los objetivos con eficiencia y eficacia. 2. Los compromisos de las áreas normativas ante el Responsable del PMG en la institución, quien coordinará y dará seguimiento a las acciones a realizar.

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En las instituciones que cuentan con un COMERI los compromisos serán realizados en el pleno de dicha instancia. 3. El listado de ordenamientos/ documentos normativos (completo y clasificado por tema) que serán revisados durante el año conforme al inventario de disposiciones, el área emisora, las fechas compromiso y el calendario de trabajo. Para la revisión de dichos ordenamientos/ documentos normativos, se aplicará el proceso de calidad regulatoria.

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4.6 REVISAR

Y MODIFICAR EL MARCO NORMATIVO INTERNO APLICANDO EL

PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA. A partir del inventario de normas internas de la sección 4.3, las instituciones deben iniciar una revisión profunda del 100% de normas contenidas en dicho inventario, para mejorarlas y garantizar certeza jurídica, reducir la discrecionalidad, eliminar sobrerregulación y, en su caso resolver la subregulación. La meta de disposiciones revisadas, y mejoradas será: •

66%9 para 2008, y



100%10 para 2009.

Las instituciones que no iniciaron la revisión del 33% de su marco normativo interno en 200711, deberán ajustar los porcentajes de las metas a fin de concluir el 100% al 2009. Propósito Identificar los problemas de sobrerregulación y subregulación que enfrentan las instituciones, a fin de emprender acciones preventivas y de mejora del marco normativo interno. Ejecución Las instituciones revisarán cada ordenamiento de su marco normativo interno aplicando el proceso de calidad regulatoria (Ver Apéndice 1).

9

Del inventario actual formado de acuerdo al apartado 4.3. Idem. 11 Las dependencias y entidades sujetas al Modelo Integral de Desempeño de Órganos de Vigilancia y Control (MIDO) comenzaron en 2007 la revisión de su marco normativo interno conforme a las directrices establecidas por esta Secretaría. 10

24

Reporte semestral de regulación revisada y en su caso, mejorada. El reporte semestral de regulación revisada y en su caso mejorada, es el informe de las actividades de revisión y mejora realizadas al marco normativo interno de administración, conforme al Programa de trabajo. Este reporte debe contener como mínimo lo siguiente: 1. Los participantes en la revisión efectuada y las aportaciones o acciones llevadas a cabo por las áreas normativas y el Órgano Interno de Control. 2. Resumen de los trabajos realizados por la institución en materia de mejora regulatoria interna durante el año. En las instituciones que cuentan con un COMERI también se reportará: •

Las sesiones ordinarias, extraordinarias y las reuniones operativas de los grupos de trabajo especializados o Sub-comeris que se hubieran conformado.



Mención (en su caso) de los organismos adicionales o sectorizados que están integrados en el COMERI y resumen general de sus aportaciones.

3. El listado de las normas internas, o en su caso disposiciones, eliminadas, revisadas y/o mejoradas durante el año, con una breve síntesis de las mejoras o elementos simplificados. Para

identificar fácilmente este contenido, la síntesis debe incluirse como un apartado

especial (que tenga ese título) y deberá plasmar de forma concreta y concisa si las mejoras realizadas tienen impacto en incrementar la certeza jurídica, reducir las cargas administrativas o si generan cualquier otro beneficio tangible y sustancial12 . 4. Resumen por temática de los beneficios alcanzados con las modificaciones realizadas al marco normativo interno.

12

De ninguna manera se podrá incluir en este apartado información argumentativa o enunciativa, cualquier mejora debe sustentarse en datos duros que permitan confirmar su efectividad.

25

5. Áreas de oportunidad detectadas que no hayan sido atendidas en el programa de trabajo ejecutado pero que puedan abordarse en un siguiente programa de trabajo.

4.7 EMITIR PROYECTOS NORMATIVOS Para asegurar la calidad regulatoria del marco normativo interno, todo proyecto normativo deberá satisfacer todos los pasos del Proceso de calidad regulatoria, descrito en el Apéndice 1. Para la Etapa 1 de este Sistema de Mejora Regulatoria Interna, los proyectos normativos a los que aplicará este apartado son solamente los del marco normativo interno de administración (conforme a la clasificación que se describe en el Apéndice 2), por lo que no aplicará para las normas internas de operación (como son los Manuales de Organización, de procedimientos, de calidad o demás documentos normativos que involucren servicios, trámites o funciones vinculadas con las facultades y atribuciones sustantivas de la institución). Propósito Aplicar el proceso de calidad regulatoria para analizar y en su caso mejorar o validar los proyectos normativos. Ejecución Las áreas normativas deben seguir el proceso de calidad regulatoria descrito en el Apéndice 1. Al seguir este proceso las áreas normativas, analizarán y ponderarán los siguientes aspectos de sus proyectos normativos: -

Si se justifica su emisión o vigencia.

-

Si su diseño cumple con los atributos de la calidad regulatoria.

-

Si generan cargas administrativas innecesarias o que dificulten su cumplimiento.

26

4.8 REALIZAR ENCUESTAS Una vez que la institución ha revisado y mejorado hasta el 66% de su marco normativo interno (o la meta comprometida en el Proyecto Integral de Mejora de la Gestión –PIMG-), deberá realizar encuestas de percepción de las mejoras realizadas. Propósito Conocer la percepción de los usuarios sobre los beneficios o impactos positivos de las mejoras realizadas a los instrumentos normativos, o en su defecto, sobre los efectos negativos y dificultades de operación que hayan producido dichas mejoras. Ejecución Las encuestas deberán aplicarse bajo las siguientes directrices: 1. Se aplicarán encuestas a usuarios sobre el 100% de la regulación mejorada de acuerdo al programa de trabajo anual. 2. Las encuestas se aplicarán después de seis meses de operación de la regulación mejorada y se encuestará de manera aleatoria a por lo menos 20 servidores públicos que hayan sido usuarios u objeto de dicha regulación. La regulación mejorada que después de dicho plazo no haya tenido por lo menos 20 servidores públicos usuarios u objeto de la regulación, se evaluará aplicando la encuesta al 100% de sus usuarios o personas objeto de dicha regulación. 3. La encuesta deberá sujetarse al modelo que establezca la Secretaría de la Función Pública anualmente. 4. Los resultados de las encuestas formarán parte del expediente electrónico de cada instrumento mejorado. 5. El resultado y áreas de oportunidad de los instrumentos encuestados se incluirán en el Reporte de regulación revisada y en su caso, mejorada.

27

El resultado de las encuestas de percepción servirá de insumo para el siguiente programa de trabajo, formando parte del diagnóstico a partir del cual, se analicen los impactos o problemas que tenga la regulación mejorada; a fin de atender dichos problemas en el siguiente año.

28

5. INDICADORES No.

1

Nombre del indicador

Porcentaje de difusión del marco normativo vigente (DM)

2

Porcentaje de Regulación mejorada (RM)

3

Grado de calidad regulatoria del marco normativo interno (CR)

4

Grado de satisfacción de usuarios (S)

Unidad de medida

Descripción

Porcentual

Es la relación de documentos normativos publicados en medios electrónicos (Normatecas Internas).

Número de documentos normativos publicados en medios electrónicos ---------------------------Total de emitidos

Porcentual

Es la relación de documentos normativos mejorados por cada institución.

Número de documentos mejorados ---------------------------Total de documentos vigentes

Promedio ponderado

Porcentual

Frecuencia de medición

Fórmula

Es el promedio de calidad regulatoria del marco normativo interno

Es el promedio de calificación obtenida con base en las encuestas de percepción de los usuarios de la regulación.

Suma de la puntuación obtenida de cada documento normativo en los atributos de calidad regulatoria ---------------------------Total de documentos normativos Es la suma de las calificaciones obtenidas en las encuestas de percepción en una escala del 1 al 10 (calificación máxima) ---------------------------Total de encuestados

* 100

* 100

Semestral

Semestral

* 100 Semestral

* 100 Anual

ICJ= [ (DM*0.20)+ (CR* 0.30) + (RM*0.20) + (S*0.30) ] 5

Índice de Certeza Jurídica (ICJ)

Numérico

Es el avance en los indicadores anuales de mejora regulatoria interna.

29

Donde: DM: RM: CR: S:

Difusión del marco normativo vigente. Regulación mejorada Grado de Calidad Regulatoria Grado de satisfacción de usuarios

Anual

No.

Nombre del indicador

Unidad de medida

Descripción

Fórmula

Frecuencia de medición

6

Número de normas internas de administración

Numérico

Es el inventario total de normas internas de administración de una institución.

Número de normas internas de administración vigentes

Semestral

30

6. RESPONSABLE DEL SISTEMA Carlos Miguel Valdovinos Chávez Director General de Simplificación Regulatoria Subsecretaría de la Función Pública Para consultas o aclaraciones sobre este Sistema, escríbanos a

[email protected]

31

7. GLOSARIO Calidad regulatoria

Conjunto de atributos de una regulación suficiente y adecuada, que al seguir un proceso de análisis, diseño, consulta, difusión y evaluación, cumple con los objetivos para los que se creó, brinda certeza jurídica y propicia una gestión eficiente y eficaz.

Cargas

Son los tiempos, unidades de esfuerzo y documentos necesarios para

Administrativas

realizar un proceso, procedimiento o trámite gubernamental.

Certeza jurídica

Elemento fundamental de todo sistema jurídico, que consiste en la suficiencia y difusión del marco normativo vigente, para tener plena seguridad sobre qué disposiciones aplican a cada caso concreto y poder predecir qué tratamiento tendrá cada situación en la realidad, desde su inicio y hasta su fin.

COMERI

Es el Comité de Mejora Regulatoria Interna, que constituye cada dependencia y entidad como parte del proceso de calidad regulatoria.

Disposición

Cualquier precepto, instrucción, mandato, pauta, canon o medida derivada o prevista dentro de un documento normativo.

Documento

Cualquier

norma,

ordenamiento,

instrumento

o

documento

que

normativo

independientemente de su denominación, genera obligaciones o acciones para los servidores públicos, los ciudadanos/ particulares, las unidades administrativas o las instituciones.

Evaluación

La evaluación que realiza la Secretaría de la Función Pública, por

electrónica

conducto de la Dirección General de Simplificación Regulatoria,

trimestral

mediante un sistema electrónico en Internet, con dirección electrónica: www.normateca.gob.mx

32

Instituciones

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como los órganos desconcentrados, quienes deberán cumplir de manera individual, con las acciones y obligaciones derivadas de este Sistema de Mejora Regulatoria Interna.

Marco normativo

Conjunto de documentos normativos u ordenamientos emitidos por cada

interno

institución, que independientemente de su denominación o nombre, regulan su operación y funcionamiento, tanto en el ámbito de su gestión administrativa, como para el ejercicio y desarrollo de sus facultades, atribuciones o tareas sustantivas; que por su ámbito de aplicación y sus efectos sobre la gestión, se dividen en: Marco normativo interno de operación: que comprende las normas internas que rigen los servicios o trámites que brinda

la

institución

conforme

a

sus

facultades

y

atribuciones, esto es, los que rigen sus tareas sustantivas (ejemplo: reglas de operación, manuales de procedimientos específicos, procedimientos de calidad, etc.); así como las

Marco Normativo Interno de O PERACIÓN



que determinan su organización, distribución y asignación de funciones, la determinación de metas o compromisos institucionales (vgr. Manuales de organización, etc.); Marco normativo interno de administración: que comprende las normas internas que rigen los recursos humanos (incluyendo actas de Comités de Profesionalización o cualquier otro documento en que se contengan reglas, criterios o directrices de observancia obligatoria), recursos financieros, recursos materiales, las tecnologías de la información y la transparencia (Marco normativo interno de administración).

33

Marco Normativo Interno de A DMINISTRACIÓN



N O T A A C L A R A T O R I A : Las acciones relativas a la 1ª Etapa de este Sistema de Mejora Regulatoria Interna, aplican sólo al Marco normativo interno de administración, que es el que la mayoría de las instituciones ha venido identificando e integrando para sus procesos de difusión de normas internas. Por lo que, durante esta etapa 1, las normas internas de operación, como son los Manuales de Organización, de procedimientos, de calidad o demás documentos normativos que involucren servicios, trámites o funciones cotidianas relacionadas con las facultades y atribuciones de la institución, no formarán parte de las acciones de esta etapa. Mejora Regulatoria

Es el ciclo de mejora continua del marco regulatorio para asegurar e incrementar la calidad de la regulación, con el propósito de aumentar su efectividad y contribuir a los objetivos públicos e institucionales a los que responde.

Normas/ Normas

Ver Documento normativo.

Internas Normativa

Conjunto de disposiciones o documento normativos aplicables a una determinada materia o actividad.

Proyecto normativo

Son los proyectos de nuevas disposiciones o de reforma a las disposiciones existentes.

Regulación interna

Ver Marco Normativo Interno.

Responsable del

Servidor público designado por el Titular de cada institución para

PMG en la

coordinar y dirigir las acciones que deba ejecutar la dependencia o

institución.

entidad conforme al Programa de Mejora de la Gestión.

34

Sobrerregulación

Es la generación de disposiciones o documentos normativos, que rompen con el principio de proporcionalidad de la regulación, generando control innecesario y excediendo el propósito de cada norma. La sobrerregulación se puede advertir fácilmente en las normas que: -

no generan valor (normas excesivas e innecesarias);

-

exceden las facultades del emisor;

-

producen un control excesivo e innecesaria concentración del poder de decisión;

Subregulación

son inviables o imposibles de cumplir en la realidad.

Es la ausencia de normas que regulen o den certeza jurídica a determinados temas o materias, así como la existencia de un marco normativo insuficiente que genera vacíos normativos. Lo que da pie a abusos, actos de arbitrariedad y discrecionalidad excesiva.

35

APENDICE 1. PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA Objetivo Establecer las etapas o pasos que las áreas normativas deben seguir para emitir regulación interna con calidad regulatoria. Proceso

PROCESO DE CALIDAD REGULATORIA

e c Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

d Elaboración de proyecto normativo

e-a Medición de atributos de calidad regulatoria

d-a Difusión

36

f Emisión y publicación

g Evaluación ex post de la regulación

Ámbito de aplicación Las dependencias y entidades deberán implementar este proceso de manera permanente. Tratándose de las dependencias que cuenten con órganos desconcentrados, éstos también deberán implantar dicho proceso y contar con su propia Normateca y COMERI. Los órganos desconcentrados que no emitan regulación interna de aplicación exclusiva a sus áreas o servidores públicos, no estarán obligados a contar con un COMERI propio y bastará con que estén representados en el COMERI que la dependencia integre a nivel central. Los órganos desconcentrados que de forma excepcional emiten regulación interna de aplicación exclusiva a sus áreas o servidores públicos, o cuyo inventario de normas exclusivas representa menos del 20% del inventario total de normas internas de su dependencia, podrán: •

optar por integrar un COMERI propio o en su caso,



crear un Sub COMERI que forme parte del COMERI de la dependencia. En este supuesto, el Sub COMERI sólo sesionará de forma extraordinaria para

los

asuntos

específicos

del

órgano

desconcentrado

y

sus

determinaciones serán firmes una vez que cuenten con la validación del COMERI que la dependencia integre a nivel central. Plazos de ejecución sugeridos Para evitar parálisis o retrasos graves en la emisión de normativa, se recomienda que el área que tenga la intención de emitir un proyecto normativo, inicie este proceso de calidad regulatoria, por lo menos 35 días hábiles antes de la fecha en que planee publicar o emitir la regulación propuesta. Pasos que integran el Proceso de Calidad Regulatoria A continuación se describen los pasos que integran el proceso de calidad regulatoria.

37

PASO 1. Análisis inicial A. Generalmente, el proceso inicia por una intención del área normativa de resolver un problema o atender alguna necesidad mediante la generación de regulación. En este primer paso del proceso se determinará si la emisión de regulación es la solución o alternativa más adecuada. B. Antes de elaborar o diseñar un proyecto normativo10, el área facultada debe identificar: 1. El problema o necesidad que pretende resolver mediante la generación de regulación.

Para este fin, es necesario que integre un diagnóstico que documente y soporte los problemas identificados, así como en su caso, las soluciones o acciones que previamente se hayan emprendido para resolverlos y los resultados obtenidos. 2. Si cuenta con las facultades y atribuciones para diseñar o emitir la regulación en

cuestión. 3. Qué otras alternativas (además de la regulación) existen para atender o resolver el

problema o necesidad identificada. Para decidir si se debe o no regular algún tema o materia en específico e independientemente de que se exploren otras alternativas, el área normativa debe considerar que la emisión de nueva regulación no siempre es la mejor opción si se trata de:

10

Para la Etapa 1 de este Sistema de Mejora Regulatoria Interna, los proyectos normativos a los que aplicará este apartado son

solamente los del Marco normativo interno de administración (conforme a la clasificación que se describe en el Apéndice 2), por lo que no aplicará para las normas internas de operación (como son los Manuales de Organización, de procedimientos, de calidad o demás documentos normativos que involucren servicios, trámites o funciones cotidianas relacionadas con las facultades y atribuciones de la institución).

38

i.

Regular aquello que ya esté normado en otros instrumentos, salvo que sea indispensable regular a un nivel más operativo y específico.

ii. Regular situaciones o casos raros o inusitados. iii. Regular materias o procesos que materialmente estén fuera del control de la institución o del área encargada de su seguimiento; de forma tal, que en los hechos, su cumplimiento no pueda ser auditado o verificado satisfactoriamente. iv. Regular mediante mecanismos que generan actividades sin ninguna utilidad o que no tienen vinculación con los objetivos planteados. Para realizar este análisis inicial, el área normativa debe utilizar la sección “Fundamentación y Motivación”

del

formato

actualizado

de

justificación

regulatoria

disponible

en

www.normateca.gob.mx C. Una vez que el área normativa ha identificado el problema o necesidad a resolver y ha determinado que regular es la mejor alternativa o el medio más adecuado para lograr sus objetivos, podrá continuar con el paso 2 del proceso. Importante: La precondición para continuar con el paso 2, es que el área normativa tenga las facultades y atribuciones para diseñar o emitir la regulación propuesta. De no ser así deberá coordinarse con el área con las facultades o atribuciones requeridas, para que sea aquella la que inicie este proceso de calidad regulatoria.

e c Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

d Elaboración de proyecto normativo

e-a Medición de atributos de calidad regulatoria

d-a Difusión

39

f Emisión y publicación

5 Evaluación ex post de la regulación

PASO 2. Elaboración del Proyecto Normativo A. En la planeación del proyecto normativo, se recomienda que el área facultada reflexione y pondere los efectos que espera producir con la regulación y qué mecanismos debe prever el proyecto normativo para efectivamente generar tales efectos. En esta etapa, es necesario que el área normativa plantee y discuta todos esos puntos con expertos y especialistas en el tema, para que con su retroalimentación encuentre los mecanismos normativos más adecuados para los fines del proyecto normativo. B. Una vez que el área normativa haya identificado los mecanismos normativos que incluirá en su proyecto, deberá considerar los atributos de calidad regulatoria que se enlistan a continuación, para que con el apoyo del área jurídica de su institución o asesores en la materia, comience a redactar un proyecto que cumpla con dichos atributos. DESCRIPCIÓN DE ATRIBUTOS Un documento normativo es: A. Eficaz

cuando su contenido es el apropiado para alcanzar los objetivos para el que fue creado. cuando los “beneficios” que genera son mayores a los “costos” que

B. Eficiente

implica su cumplimiento y estos últimos están justificados y son razonables.

C. Consistente

D. Claro

cuando su estructura y contenido están estandarizados y sus disposiciones son congruentes con el marco normativo vigente. cuando está escrito de forma sencilla y precisa, para que sea fácilmente entendible.

40

Para contribuir a la aplicación de estos atributos, el área normativa debe utilizar las secciones A, B, C y D del formato actualizado de justificación regulatoria, para verificar si el proyecto normativo cumple dichos atributos o si se requiere rediseñar el proyecto normativo.

C. Una vez que el área normativa ha confirmado que el proyecto cumple con los atributos de calidad regulatoria, podrá continuar con el paso 2.a del proceso.

3 1 Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

2 Elaboración de proyecto normativo

4 Emisión y publicación

e-a Medición de atributos de calidad regulatoria

2-a Difusión

41

5 Evaluación ex post de la regulación

PASO 2-a Difusión A. En este paso se debe publicar el proyecto en Internet, mediante un sistema electrónico para el registro y difusión del marco normativo interno, que permita a todo usuario o interesado conocer el contenido del proyecto y enviar por medio de un buzón o formulario electrónico, sus comentarios, propuestas, u observaciones sobre el mismo. Los proyectos deben publicarse en Internet por un mínimo de diez días hábiles y sólo podrán retirarse cuando el COMERI haya emitido su dictamen favorable o el área normativa desista de su intención de emitirlo. Excepcionalmente y sólo en aquellos casos, en que el proyecto normativo contenga información que la dependencia o entidad, vaya a clasificar como información reservada en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, podrá no publicarse el proyecto en Internet, pero el COMERI deberá asegurar que todos sus miembros tengan acceso a dicho proyecto para los efectos de este proceso. Durante la publicación en Internet y hasta el momento en que concluya el paso 3-a del proyecto, el área normativa deberá recopilar y analizar todas y cada una de las aportaciones recibidas por Internet, incluyendo en el proyecto aquellas que considere procedentes. B. Todos los comentarios, propuestas u observaciones recibidas deberán integrarse al expediente que forme el COMERI en el paso 3 del proceso.

3 1 Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

2 Elaboración de proyecto normativo

e-a Medición de atributos de calidad regulatoria

2-a Difusión

42

4 Emisión y publicación

5 Evaluación ex post de la regulación

PASO 3 Consulta con usuarios y expertos. A. Para desarrollar las actividades incluidas en este paso, la dependencia o entidad deberá tener constituido un COMERI. Para la creación del COMERI, la institución podrá adoptar el Modelo de Acuerdo/Lineamientos que se menciona en el apartado 4.2. El COMERI deberá tener las siguientes características mínimas: 1. Objetivo:

Promover y coordinar la mejora regulatoria interna para asegurar la calidad regulatoria del marco normativo interno.

2. Funciones:

i. Analizar y dictaminar todos los proyectos normativos utilizando el formato actualizado de justificación regulatoria. ii. Acordar y coordinar acciones de mejora de las normas internas. iii. Realizar estudios, investigaciones y diagnósticos para determinar el impacto y efectividad de las disposiciones vigentes, a fin de mejorarlas. iv. Contribuir a que el marco normativo interno esté integrado por el mínimo de normas que permitan una gestión eficiente y eficaz, y brinden certeza jurídica y transparencia.

3. Integrantes:

Con derecho a voz y voto: Presidente.-

Oficial mayor o equivalente.

Vocales.-

Los titulares de las áreas normativas y de las unidades administrativas que son usuarias de la regulación interna.

43

Con derecho a voz: Asesor jurídico.- Titular del área jurídica de la dependencia o entidad. Asesor técnico.-

Titular del área de control, evaluación y apoyo al buen gobierno del OIC de la institución.

Secretario técnico.- Al servidor público designado por el Presidente para tomar nota de las sesiones y acuerdos adoptados por el COMERI. En caso de ausencia, los miembros podrán ser representados por sus suplentes, quienes serán servidores públicos de nivel jerárquico inmediato inferior al del miembro al que suplan. Tratándose del

Presidente, su suplente será el Secretario Técnico,

quien actuará con ese doble carácter, teniendo por tanto, voz y voto de calidad.

4. Sesiones:

Las sesiones ordinarias tendrán lugar por lo menos cuatro veces al año y las extraordinarias podrán ser convocadas en cualquier momento. Para sesionar se requerirá la presencia del Presidente o de su suplente (el Secretario Técnico del COMERI) y de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos serán tomados por mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

B. En este paso el área normativa, a través del COMERI, pone a consideración de los operadores y usuarios finales el proyecto normativo (acompañado de su justificación

44

regulatoria11), para que en un plazo no mayor de diez días hábiles, comenten y discutan su contenido, alcance, efectos e impactos. Los comentarios, propuestas u observaciones que surjan en esta etapa serán integrados a un expediente que forme el COMERI y deberán ser incorporados al proyecto, según determine el área normativa. Las propuestas que no sean incorporadas al proyecto deberán contar con una justificación del área normativa, que indique qué impacto negativo tendría la inclusión de las mismas. Esta actividad de discusión y análisis del proyecto podrá realizarse tantas veces como sea necesario o determine el área normativa. Cada COMERI determinará las reglas operativas que apliquen para esta actividad, así como los plazos que tendrán los miembros del COMERI para emitir propuestas y comentarios posteriores. C. El COMERI podrá invitar a expertos en el tema o materia de que se trate para que contribuyan al análisis integral sobre los efectos, impactos y viabilidad del proyecto normativo. PASO 3-A Medición de atributos de calidad regulatoria. D. El Titular del área de Auditoria y Control y Apoyo al Buen Gobierno (TABG), dentro de los tres días hábiles siguientes a que concluya la actividad descrita en el punto B del paso 3, deberá verificar que el proyecto normativo cumpla con los atributos de calidad regulatoria, para emitir su opinión favorable o en su defecto, las recomendaciones que considere necesarias. Para esta acción, el TABG deberá utilizar el formato actualizado de justificación regulatoria que haya llenado el área normativa, así como la metodología que en su caso diseñe la Función Pública.

11

El formato actualizado de justificación regulatoria está disponible en www.normateca.gob.mx

45

E. Una vez que los comentarios, observaciones o propuestas al proyecto se hayan agotado o cuando el área normativa considere que tiene una versión definitiva del proyecto, solicitará al COMERI la emisión del dictamen correspondiente. Ningún proyecto podrá ser dictaminado favorablemente por el COMERI si no cuenta con la opinión favorable del TABG. F. Una vez que el COMERI dictamine favorablemente el proyecto normativo, se podrá continuar con el paso 4 de este Proceso. 3

1 Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

2

Elaboración de proyecto normativo

3-a Medición de atributos de calidad regulatoria

PASO 4 Emisión y publicación

4 Emisión y publicación

5 Evaluación ex post de la regulación

2-a Difusión

A. Una vez que el área normativa emita el proyecto cumpliendo con los requisitos legales y administrativos aplicables, deberá publicarlo en Internet12 dentro de los tres días hábiles siguientes, en el sistema electrónico para el registro y difusión del marco normativo interno a que se refiere el paso 2-A de este proceso. Para tal efecto deberá cumplirse con lo siguiente: 1. La publicación deberá ser permanente y sólo en caso de que el documento normativo sea abrogado o derogado en su totalidad, podrá ser reubicado a una sección denominada “Archivo histórico de la regulación interna”.

12

Sólo podrán exceptuarse de la publicación en Internet, aquellas disposiciones que se encuentren clasificadas como información reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

46

2. La publicación será del texto íntegro y completo del proyecto normativo, en un formato fácil de manejar y consultar, que permita y tenga habilitada la opción de copia o extracción de texto. (Ejemplo: PDF). 3. En caso de que el proyecto normativo sea una adición o reforma a la regulación vigente, la publicación del instrumento consistirá en una versión compilada de la regulación vigente, en la que se indique abajo de cada párrafo modificado, la fecha en que tuvo lugar cada reforma. 3 1 Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

2 Elaboración de proyecto normativo

3-a Medición de atributos de calidad regulatoria

4 Emisión y publicación

5 Evaluación ex post de la regulación

2-a Difusión

PASO 5 Evaluación ex post de la regulación A. A través de la encuesta de percepción los usuarios de la regulación entregarán su opinión sobre

los problemas que genera o lo adecuado que es un documento normativo en la

operación interna. Además, podrán hacer propuestas u observaciones de mejora que puedan servir como punto de partida para mejorar la regulación de acuerdo a los problemas detectados. La encuesta de percepción se aplicará a los usuarios de los documentos normativos después de seis meses de su emisión. El COMERI será la instancia responsable de coordinar la aplicación de las encuestas de percepción y según los resultados obtenidos, programar con el área normativa respectiva, la

47

generación o modificación del proyecto normativo para atender las propuestas u observaciones derivadas de la encuesta, iniciando así, con la etapa 2 de este proceso de calidad regulatoria.

3 1

Análisis inicial

Consulta con usuarios y expertos

2 Elaboración de proyecto normativo

3-a Medición de atributos de calidad regulatoria

2-a Difusión

48

4 Emisión y publicación

5 Evaluación ex post de la regulación

APENDICE 2. CLASIFICACIÓN PARA EFECTOS DEL INVENTARIO DEL APARTADO 4.3. I.

Materia o tema

Para facilitar la identificación de la materia o tema a que correspondería cada regulación del Marco Normativo Interno de Administración, a continuación se señalan como referencia y

1

ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y OBRA PÚBLICA:

Disposiciones derivadas o vinculadas con los temas de adquisiciones, arrendamientos, obra pública y servicios relacionados conforme a las leyes de la materia.

2

AUDITORÍA Y CONTROL:

Disposiciones que regulan los comités de control y auditoria, aspectos derivados de las auditorias, como las peticiones, sugerencias y recomendaciones, requerimientos de información a dependencias y entidades, seguimiento a la aplicación de medidas o recomendaciones, medidas para solventar auditorias y/o revisiones de control, etc.

3

RECURSOS FINANCIEROS:

Disposiciones que regulan la contabilidad gubernamental (programas, proyectos, etc.), gasto o egresos por partida presupuestal, ingresos, transferencias, asignación y optimización de recursos financieros, adecuaciones presupuestarias, ampliaciones, reducciones, transferencias externas e internas, pólizas, garantías, fianzas, depósitos, fondo rotatorio pago de impuestos y derechos, comprobación de viáticos, etc. También incluye la programación, planeación y presupuestación, los programas operativos anuales y su seguimiento, las estructuras organizacionales, su registro y autorización, la integración y actualización de instrumentos técnicos y normativos, informes de cumplimiento de metas, integración y actualización de manuales administrativos, de organización, de procedimientos, de puestos, etc.

4

RECURSOS MATERIALES:

Disposiciones que regulan la conservación y mantenimiento (programas, proyectos, etc.), de bienes, licitaciones, sanciones, inconformidades y conciliaciones derivadas de contratos, seguros y fianzas, conservación y mantenimiento de la infraestructura física de la dependencia o entidad de que se trate, proveedores, arrendamientos, disposiciones de activo fijo, inventario físico y control de bienes muebles, su almacenamiento,

49

M ar c o norm a t iv o in ter no d e ADMINISTRACIÓN

apoyo, algunas definiciones de las distintas opciones a elegir:

disposiciones y sistemas de abastecimiento y almacenes, etc. También incluye los programas y proyectos de servicios generales, mensajería especializada, mantenimiento, conservación e instalación de mobiliario, control del parque vehicular, tarjetas desechables de combustibles, control y servicio en salas y auditorios, protección civil, servicio de fotocopiado, control de vales, etc.

5

RECURSOS HUMANOS/ SERVICIOS PERSONALES:

Disposiciones que regulan el reclutamiento y selección del personal, su inducción al puesto, capacitación y desarrollo personal, sus percepciones económicas, sus prestaciones de seguridad social y los servicios a los mismos, control de asistencia, constancias y certificaciones, condiciones de trabajo; así como su comportamiento organizacional, la evaluación de su desempeño y la supervisión de todo el sistema en general de recursos humanos.

6

TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN (TIC´s):

Disposiciones que regulan los programas y proyectos de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s), desarrollo de sistemas, administración y servicios de archivo así como sus instrumentos de consulta y control, servicios de correspondencia, especificaciones técnicas de TIC´s, su operación y servicio de tecnologías, informes y reportes de TIC´s, etc.

7

TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN:

Disposiciones que regulan los programas y proyectos de transparencia y acceso a la información, combate a la corrupción, comité de información, solicitudes de información, portal de transparencia, clasificación de información reservada, confidencial y sistemas de datos personales, etc.

Sugerencia:

Para elegir la materia a la que se considera pertenece el documento normativo revise cuidadosamente cada una de las descripciones arriba proporcionadas y si usted considera que en dichas descripciones su documento normativo no encaja perfectamente, recomendamos elegir la materia cuya descripción sea más próxima, parecida o semejante al documento. Existen algunos documentos normativos que por distintas causas, tienen en su contenido disposiciones que corresponden a más de un tema o materia. En tales casos, debe elegir sólo una materia, la que preponderantemente aplique mejor al documento normativo.

50

Importante:

Para efectos de este sistema de mejora regulatoria y la clasificación de sus normas internas, las instituciones necesariamente deberán elegir una de las siete posibles clasificaciones que se enlistan en la tabla de arriba, por lo que no podrá quedar ningún documento sin clasificar, ni tampoco podrán asignar una clasificación distinta a las citadas (vgr. “otro”, etc.)

II.

Tipo de documento normativo

Para facilitar la identificación del tipo de documento normativo, a continuación se señalan como referencia y apoyo, las distintas opciones a elegir. Cuadro 1: Documentos normativos Tipo de documento 1.

Acuerdo

2.

Bases

3.

Circular

4.

Código

5.

Contrato

6.

Convenio

7.

Criterios

8.

Lineamientos

9.

Manual

Comentarios

Bajo esta clasificación podrán incluirse los diversos tipos de manuales,

incluyendo

“Procedimientos existentes. 10.

Norma

11.

Oficio

12.

Políticas

13.

Programa

51

los

específicos”

de o

organización, demás

los

de

procedimientos

Si su documento normativo no se encuentra en el cuadro 1 sino en el cuadro 2, es probable que su documento: •

no sea realmente parte del marco normativo interno, sino un ordenamiento de tipo legislativo o una disposición de alcance general; o



sea en realidad un instrumento de difusión, de apoyo o referencia; o



deba ser estandarizado, para homologar el marco normativo de su institución con el de toda la administración pública federal.

Cuadro 2: Otros documentos Tipo de documento 14.

Aviso

15.

Catalogo

16.

Comunicado

17.

Formato

18.

Guía

19.

Instructivo

20.

Modelo

21.

Nota

22.

Relación

23.

Constitución

24.

Decreto

25.

Directriz

26.

Disposiciones

27.

Estatuto

28.

Ley

29.

Oficio Circular

30.

Orden

Comentarios

52

31.

Plan

32.

Reglamento

33.

Reglas

34.

Tratado Internacional

35.

Otro

Solamente podrá aplicarse esta opción cuando ni por la denominación del documento ni por la naturaleza o efectos del mismo, pueda elegirse alguna de las opciones arriba enlistadas. En estos casos, además de “Otro”, deberá capturarse el tipo de documento al que según el área normativa pertenece el instrumento.

Si el documento en cuestión es clasificado en cualquiera de los tipos enunciados en los numerales “14 al 22” del cuadro anterior, el COMERI deberá revisar su contenido y naturaleza, a fin de determinar si se trata de un documento normativo o más bien de un documento de difusión, referencia o apoyo. En caso de que el documento sea de difusión, referencia o apoyo, deberá: • eliminarse del inventario electrónico a que se refiere el apartado 4.3.

13

• incluir en su texto, una leyenda que indique tal carácter (ejemplo: “Este documento

no tiene efectos vinculatorios, por lo que no genera obligaciones adicionales o distintas a las previstas en la regulación vigente”). Los documentos que se identifiquen o clasifiquen en cualquiera de los tipos enunciados en los numerales “23 a 35” del cuadro anterior, deberán ser revisados a detalle por el COMERI a fin de: 13

Los documentos no normativos, podrán ser publicados en la Normateca Interna para efectos de su amplia difusión dentro de una sección denominada “Documentos de apoyo o referencia”.

53

a.

determinar si son ordenamientos de alcance general que por tanto no forman parte del marco normativo interno, en cuyo caso, deberán ser eliminados del inventario electrónico a que se refiere el apartado 4.3 y podrán ser difundidos en la Normateca Interna dentro de una sección denominada “Documentos de apoyo o referencia”.

b.

confirmar si efectivamente forman parte del marco normativo interno y es necesario estandarizarlos conforme a la “Guía para emitir documentos normativos” (disponible en la sección PMRI de la página www.normateca.gob.mx ).

Consideraciones importantes para este Apéndice 2 I. Para elegir el “tipo de documento normativo” al que corresponde la regulación en cuestión, puede partir de la denominación o nombre de dicho instrumento, pero también deberá considerar su naturaleza y efectos. El nombre/ denominación del documento normativo no es determinante para elegir el “tipo de documento normativo”) al que corresponde cada instrumento, por lo que será la institución con el apoyo del área normativa y en su caso, el área jurídica, quienes determinen cuál es la clasificación que deba tener cada documento normativo en el inventario. II. Si su documento normativo tiene una denominación o nombre compuesto, el tipo de clasificación que corresponda para efectos del inventario, será aquél que sea más congruente con su naturaleza y efectos normativos. Por ejemplo: Un “Acuerdo por el que se expide el Manual de Procedimiento operativo del registro de asistencia para las políticas de administración del personal”, deberá registrarse como un “Manual”.

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