Santiago, once de noviembre de dos mil quince

600260 Santiago, once de noviembre de dos mil quince. VISTO Y CONSIDERANDO que por resolución de esta misma fecha, la Primera Sala de esta Magistr...
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Santiago, once de noviembre de dos mil quince.

VISTO Y CONSIDERANDO

que por resolución de esta

misma fecha, la Primera Sala de esta Magistratura Constitucional declaró admisible el presente requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, y lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional,

SE RESUELVE:

1)

Confiérase un plazo de veinte días a las demás

partes en la gestión judicial en que incide el presente requerimiento, para formular observaciones y presentar antecedentes. 2)

Póngase

el

requerimiento

de

autos

en

conocimiento de la Cámara de Diputados, del Senado y de la Presidenta de la República, enviándoles copia del mismo y de la resolución que declaró su admisibilidad, confiriéndoles un plazo de veinte días para formular observaciones y presentar antecedentes.

Notifíquese comun ue e. Rol N° 2912

PROVEÍDO POR EL SEÑOR PR

SECRETARIO.

ENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.

Notificaciones del Tribunal Constitucional De: Enviado el: Para: Asunto: Datos adjuntos:

tribunalconstitucional.cl jueves, 12 de noviembre de 2015 14:50 [email protected] Notificacion Rol 2912-15 591_1.pdf

Adjunto remito a usted resoluciones dictadas por este Tribunal en el proceso Rol N° 2912-15, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz, en los autos sobre reivindicación, caratulados "Portuaria Cabo Froward S.A. con Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del Bio Bío", en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N° 17.364-2015. Atentamente, Secretario Ahogado

[email protected] Tribunal Constitucional Av. Apoquindo 4.700, Las Condes, Santiago - Chile

Se certificó que el correo no contiene virus. Comprobada por AVG - www.avg.es Versión: 2015.0.6176 / Base de datos de virus: 4460/10982 - Fecha de la versión: 11/11/2015

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M.0.0.

Santiago, 12 de noviembre de 2015. OFICIO N° 859 2015 -

Remite resolución

EXCELENTISIMA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA:

Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 2912 15 INA, sobre requerimiento de -

-

inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regulaiización de la pequeña propiedad raíz. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad. Saluda atentamente a V.E.

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RIGO PICA FLORES Secretario

A S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPUBLICA DOÑA MICHELLE BACHELET JERIA PALACIO DE LA MONEDA PRESENTE.

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Santiago, 12 de noviembre de 2015. M.0.0.

OFICIO N° 860-2015 Remite resolución.

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DEL H. SENADO:

Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 2912-15-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad.

Saluda atentamente a V.E.

RODRIGO ~retarlo

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A S.E. EL PRESIDENTE DEL H. SENADO DON PATRICIO WALKER PRIETO SENADO DE LA REPUBLICA VALPARAISO

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Notificaciones del Tribunal Constitucional De: Enviado el: Para:

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Notificaciones del Tribunal Constitucional jueves, 12 de noviembre de 2015 14:54 '[email protected] 'Marco Ortúzar' ([email protected]); 'Rodrigo Pica F.' ([email protected]); [email protected] Comunica resolución Oficio N° 860-2015 Senado.pdf

CC: Asunto: Datos adjuntos:

Señor Mario Labbé Araneda Secretario Senado Junto con saludarlo, y sin perjuicio que la actuación a la que alude este mail será enviada por mano, mediante Oficio N° 860-2015, vengo en remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 2912-15 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz, en los autos sobre reivindicación, caratulados "Portuaria Cabo Froward S.A. con Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del Bio Bío", en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N° 17.364-2015. Asimismo, adjunto requerimiento y resolución que declaró su admisibilidad.

Atentamente,

Mónica Sánchez Abarca Oficiad Primero Abcsado Tribunal Constituciona/ 7219224-7219200

Santiago, 12 de noviembre de 2015. M.0.0.

OFICIO N° 861-2015 Remite resolución.

EXCELENTISIMO SEÑOR PRESIDENTE DE LA CAMARA DE DIPUTADOS:

Remito a V.E. copia de la resolución dictada por esta Magistratura con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 2912-15-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz. Asimismo, acompaño copia del requerimiento y de la resolución que declaró su admisibilidad.

Saluda atentamente a V.E.

ROD

ICA FLORES Secretario

A S.E. EL PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DON MARCO ANTONIO NUÑEZ LOZANO HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS PEDRO MONTT S/N° VALPARAISO

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Notificaciones del Tribunal Constitucional jueves, 12 de noviembre de 2015 14:52 [email protected] ; '[email protected] ; [email protected] 'Marco Ortúzar' ([email protected]); 'Rodrigo Pica F.' ([email protected]); [email protected] Comunica resolución Oficio N° 859-2015 Cámara Diputados.pdf

De: Enviado el: Para:

CC: Asunto: Datos adjuntos:

Señor Miguel Landeros Perkic Secretario Cámara de Diputados Junto con saludarlo, y sin perjuicio que la actuación a la que alude este mail será enviada por carta certificada con esta fecha, mediante Oficio N° 859-2015, vengo en remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 2912-15 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz, en los autos sobre reivindicación, caratulados "Portuaria Cabo Froward S.A. con Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del Bio Bío", en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N° 17.364-2015. Asimismo, adjunto requerimiento y resolución que declaró su admisibilidad. Atentamente,

Méxkica Sánchez Abarca

Oficial Primero Abogado Tribunal Consttucional 7219224-7219200

2 Santiago, 12 de noviembre de 2015 M.0.0.

Señor Alejandro Lara Martínez Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del Bio Bio Sotomayor 994, Piso 2 Coronel

Remito a Ud. copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 2912-15-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz, a los efectos que indica. Saluda atentamente a Ud.

-

Rodrigo Pica Secretario

Entregado a Correos de Chile 12 de noviembre de 2015

Apoquindo N° 4700 • Las Condes • Santiago de Chile • Teléfonos

156 21 -2721 9200 • Fax [56-21 -2721 9303 • secre [email protected] • woroxtribunalconstitucional.c1 -

Santiago, 12 de noviembre de 2015 M.0.0.

Señoras Gabriela Oviedo Flores Roxana Andrea García Neira Margarita Monsalve Neira Comité de San Joaquín Sotomayor 428 Coronel

Remito a ustedes copia de las resoluciones dictadas por la Primera Sala de esta Magistratura con fecha con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 291215-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz, a los efectos que indica. Saluda atentamente a Uds.

Ro rigo Pica Flo Secretario

Entregado a Correos de Chile 12 de noviembre de 2015

Apoguindo N° 4700 • Las Condes • Santiago de Chile • Teléfonos 156-21 - 2721 9200 • Fax [56-2] -2721 9303 • secretaria@ techile.c1 • invaitrihunaleonstitucionatel

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Santiago, 12 de noviembre de 2015 111.0.0.

Señor Álvaro Gómez Soto Cristián Toro Espinoza Inmobiliaria Mortabid Limitada Arturo Prat N° 847, oficina 801 Temuco

Remito a Ud. copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 2912-15-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz. , a los efectos que indica

Saluda atentamente a Ud.

Rodri

a Flores

Secretario

Entregado a Correos de Chile 12 de noviembre de 2015

Apoqunzlo N° 4700 • Las Condes • Santiago de Chile • Teléfonos (56-21- 2721 9200 • Fax [56 - 2]

-

2721 9303 • [email protected]

tribunalconstitucional.c1

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Santiago, 12 de noviembre de 2015 M.0.0.

Señora María Luz Gajardo Salazar Directora Regional Servicio de Vivienda y Urbanismo Región del Bio Bio Rengo N°476, piso 3 Concepción

Remito a Ud. copia de las resoluciones dictadas por esta Magistratura con fecha 11 de noviembre en curso, en el proceso Rol N° 2912-15-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Portuaria Cabo Froward S.A. respecto de los artículos 15 y 16 del D.L 2695, sobre regularización de la pequeña propiedad raíz, a los efectos que indica. Saluda atentamente a Ud.

Rodrigo Pi Secretario

Entregado a Correos de Chile 12 de noviembre de 2015

Apoquindo N° 4700 • Las Condes • Santiago de Chile • Teléf onos [56-2] -2721 9200 • Fax [56-2] -2721 9303 • secretaria@ tcchile.el • enve, ribunalconatitueional.el

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