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Porto de Vilagarcía o - - - - -'$_ AWlrIcIade Porluafla de Vilagarc:la de ÑOUI3

SFM/CMO/ag

N/Ref.: 408/12 '-A-UT -O -RI-D~A-[l-f.·-P-::O-=-R=TU:7A:-:RIA ::::'-:D:::El VILAGARCI A DE AROUSA

o4 XU~ 2013 Rexlstro de SAlDA N.O1) Referencia:

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TOYSAL TOCA-SALGADO, S.L. Camiño do Caramuxo, 65 - Polfgono Zies 3621 3 VIGO

ASUNTO: NOTIFICACiÓN DE ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACiÓN DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VILAGARCíA DE AROUSA y SU RíA, DE FECHA 26 DE JUNIO, POR EL QUE SE OTORGA LA LICENCIA L-0019 PARA LA PRESTACiÓN DEL SERVICIO PORTUARIO DE RECEPCiÓN DE DESECHOS SÓLIDOS GENERADOS POR BUQUES EN EL PUERTO DE VILAGARCí A A LA EMPRESA TOYSAL -TOCA SALGADO, S.L. La Autoridad Portuaria aprobó por Acuerdo del Consejo de Administración, de fecha 22 de febrero de 2010, el Pliego de Prescripciones Particulares para la prestación del servicio portuario básico de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcia, modificado por Acuerdo de fecha 22 de noviembre de 201 0. La Disposición transitoria séptima del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante señala que los Pliegos Reguladores de los servicios portuarios básicos, que se hallen vigentes a la entrada en vigor de la Ley 33/2010 , de 5 de agosto, mantendrán su vigencia, en cuanto no sean incompatibles con la nueva regulación de los de los servicios portuarios, hasta la aprobación de los Pliegos de Prescripciones Particulares previstos en el articulo 113 de esta Ley o hasta la adaptación a los contenidos de la misma de los Pliegos de Prescripciones Particulares vigentes. TOYSAL-TOCA SALGADO,SL, con fecha 01 de marzo de 2012, solicita licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcla de Arousa A la solicitud acompaña la documentación señalada en la Cláusula 8" de las Prescripciones Particulares para la prestación del servicio portuario básico de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcia. Es por ello que, revisada la documentación aportada, y vista la propuesta de la Directora, que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcia de Arousa y su Ría, en su sesión ordinaria de 26 de junio de 2013, adoptó el siguiente ACUERDO: Otorgar la Licencia L-0019 para la prestación del servicio portuario de recepción de esechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcfa, a TOYSAL OCAL SALGADO, SL, en las condiciones que se recogen en el documento siguiente. ---"::::::', J

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Además del personal indicado, TOYSAL pondrá a disposición de las instalaciones portuarias al resto de su personal y medios materiales, vehlculos, cisternas, etc cuando as! sea requerido puntualmente ' por la Autoridad Portuaria, o cuando la demanda del servicio lo requiera con el fin de no causar demoras innecesarias en la realización del mismo. Para ello, la Autoridad Portuaria deberá facilitar las correspondientes acreditaciones para acceso a las instalaciones en cualquier momento. As! ' mismo, siempre que el servicio lo requiera, o se den algunas de las circunstancias que se reflejan en el Pliego de Condiciones para la prestación del servicio. TOYSAL procederá a aumentar la dotación del personal para la ejecución de las labores propias del servicio, de manera eventual o permanente, en función de las caracter!sticas que motiven dichos cambios. El personal de TOYSAL destinado a la realización del servicio objeto del presente documento, estará uniformado con el equipamiento personal propio de la empresa, implementado con la indicación identificativa del servicio, que será facilitada por la Autoridad Portuaria. Como ya se indicó en apartados anteriores, la prestación del servicio por parte de TOYSAL supondrá la puesta a disposición de la Autoridad Portuaria del departamento técnico del grupo, con el objetivo de asistir a la misma en todo aquello relacionado con la producción y gestión de residuos en el ámbito de la actividad portuaria. OCTAVA.- REQUISITOS DE SEGURIDAD PARA LA PRESTACiÓN DEL SERVICIO. Los requisitos de seguridad para la prestación del servicio que se incluyen en esta licencia son los que determina la Cláusula 10" del Pliego de Prescripciones Particulares para la prestación del servicio portuario básico de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcfa, que especifican que en el plazo máximo de TRES (3) meses desde el otorgamiento de la licencia, deberá presentar un Plan de Emergencia en que precisará el inventario de medios, su localización, su permanencia, los riesgos, los horarios y demás requisitos. NOVENA.- OBLIGACIONE S DE PROTECCiÓN DEL MEDIO AMBI ENTE. Las obligaciones de protección del medio ambiente que rigen esta licencia son las que determina la Cláusula 16" del Pliego de Prescripciones Particulares para la prestación del servicio portuario básico de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcfa. En el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de otorgamiento de la licencia, los prestadores deberán estar inscritos en el registro del sistema comunitario de gestión y auditoria ambiental EMAS o tener implantado y certificado un sistema de gestión medioambiental ISO-14001:2004 cuyo alcance comprenda todas las actividades relacionadas con la prestación de servicio regulada por esta licencia.

DÉCIMA.- CONDICIONES DE PRESTACiÓN DEL SERVICIO, INCLUYENDO NIVELES MiNIMOS DE RENDIMIENTO Y CALIDAD DEL SERVICIO fl-OE PO.p

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Las condiciones de prestación que rigen esta licencia se encuentran recogidas en la cláusula 108 del Pliego de Prescripciones Particulares para la prestación del servicio portuario básico de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcía. El servicio comenzará a prestarse en el plazo mlnimo de 'UN (1) mes a partir de la fecha de otorgamiento de la licencia. El prestador del servicio deberá desarrollar las operaciones en un tiempo razonable acorde con las características del buque, atendiendo en su caso a las posibles instrucciones que emanen de la Autoridad Portuaria. Los prestadores del servicio deberán disponer en el plazo máximo de UN(1) año a partir del otorgamiento de la licencia, de una certificación de calidad ¡SO 9001 y deberán mantenerla durante todo el periodo de vigencia de la licencia. . El reiterado incumplimiento de los niveles mínimos de rendimiento y calidad del servicio podrá lugar a la extinción de la licencia, sin prejuicio de los efectos que pudieran derivarse de estos incumplimientos. Dichos indicadores son: Tiempo de respuesta.- El prestador queda obligado a responder a cualquier petición que se realice con al menos 24 horas deantelación. En el caso de que no haya preaviso el prestador del servicio queda obligado a realizarlo con un tiempo máximo de respuesta de 2 horas. Se medirá el nO de operaciones que se hayan iniciado con un tiempo de retraso superior a 15 minutos, transcurrido el tiempo de respuesta según lo establecido en este párrafo. El porcentaje anual de retrasos máximo admisible será del 1 %. Número de servicios no atendidos, excluyéndose los debidos a causas de fuerza mayor. En cómputo anual deberá ser inferior al 0,5 %. Reclamaciones y quejas por prestación del servicio deficiente y su grado de importancia y que su resolución final sea imputable al prestador, Se calificarán dependiendo de su importancia en leves 1 punto), graves (2 puntos) y muy graves (3 puntos). En cómputo anual deberá ser menor de 9 puntos.

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Asimismo, el prestador adquirirá el compromiso de participar en cualquier iniciativa que la Autoridad Portuaria promueva para la mejora de la calidad de los servicios. UNDÉCIMA.- ESTRUCTURA TARIFARIA, TARIFAS MÁXIMAS Y CRITERIOS DE REVISiÓN. La estructura tarifaria y las tarifas máximas vienen determinadas en las Cláusulas 128 y 138 del Pliego de Prescripciones Particulares para la prestación del servicio portuario básico de recepción de desechos sólidos generados por buques en el Puerto de Vilagarcía, aprobado por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía, de fecha 22 de febrero de 2010, modificado por Acuerdo aprobado del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcia, de fecha 22 de noviembre de 2010. Las tarifas de recepción de desechos sólidos generados por buques comprenderán todo el coste necesario para la retirada del residuo conforme a la normativa vigente al efecto, incluyendo todos los costes necesarios . s humanos y materiales) para la prestación del servicio. ,,,J.\DE ~O o~ ;p.....

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1.- Estructura tarifaria. Las tarifas responderán a la estructura que se indica a continuación. En estas tarifas quedan incluidos todos los gastos de manipulación, suministro de contenedores, recogida, carga, traslado, descarga, cuota de vertedero y emisión del correspondiente certificado MARPOL. Se establecerá una tarifa máxima por servicio mínimo (estancia 4 días), para aquellos usuarios que utilicen el servicio y que no alcancen a retirar 1,1 m3 de residuos (1 contenedor lleno). En caso de que hayan de retirarse contenedores llenos durante su estancia o bien sea solicitada la retirada de contenedores ' por necesidades del buque, se establecerá una tarifa en función del tipo de contenedor utilizado: Recogida de contenedor plástico de 1,1 m3 Recogida de contenedor de hierro de 5 m", con residuos asimilables a Residuos Sólidos Urbanos Recogida de contenedor de hierro de 5 m3 , con residuos asimilables a Residuos Industriales Si el prestador con su personal realiza la recogida a bordo de las bolsas de basura llenas, se podrá incrementar el precio del servicio por los siguientes conceptos: Por día de recogida Por contenedor de 1,1 m3 Por contenedor de 5 m3 Cuando por causa del prestador se provoque una demora indebida al buque, se realizará un descuento en la tarifa equivalente a un 10 % por cada hora o fracción a partir de la primera hora de retraso. 2.- Tarifas. Las tarifas que se facturarán a la Autoridad Portuaria de Vilagarcfa durante los siete primeros dlas de escala para el servicio de recepción de desechos sólidos generados por buques, válidos para residuos del Anexo V serán las establecidas a continuación: En estas tarifas quedan incluidos todos los gastos de manipulación, suministro de contenedores, recogida, carga, traslado, descarga, cuota de vertedero y emisión del corres ondiente certificado MARPOL.

49 €

Servicio mínimo estancia 4 días tarifa

En caso de que hayan de retirarse contenedores llenos durante su estancia o bien sea solicitada la retirada de contenedores por necesidades del buque, se aplicará una tarifa máxima de: Reco ida de contenedor lástico de 1 1 m3 Recogida de contenedor de hierro de 5 m asimilables a Residuos Sólidos Urbanos

65 € 3

,

con residuo 136 €

ecogida de contenedor de hierro de 5 m3 , con a imilables a Residuos Industriales

Porto de Vílagarcía ~

~PorlunIot.VIapcU ot.AroIsa

Si el prestador con su personal realiza la recogida a bordo de las bolsas de

basura 11 enas se Incrementar . á el precio del servicio en un máximo de: Por dla de recocida

14 €

Por contenedor de 11 m

3

30 €

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3

Por contenedor de S m

En dicha tarifa, quedan incluidos todos los gastos de recogida, transporte, primer tratamiento, almacenamiento y traslado a la Instalación de Tratamiento Total, as! como la emisión del correspondiente recibo de residuos MARPOL, según el modelo recogido en el anexo 111 del Real Decreto 1381/2002 tramitando el refrendo correspondiente, ante la Autoridad Marltima. Cuando exista limitación del número de prestadores y se convoque concurso para la adjudicación de las licencias, las tarifas a aplicar serán las ofertadas por el adjudicatario en cada caso, que serán siempre inferiores a las máximas establecidas en las presentes prescripciones particulares.

3.- Tarifas máximas. Las tarifas que se facturarán directamente a los buques, después del séptimo dfa de escala, para los buques exentos del pago de la tarifa fija y para los residuos generados correspondientes al Anexo VI, serán las establecidas en el punto anterior. Los prestadores del servicio podrán convenir con sus usuarios, a su cargo, descuentos comerciales sobre la tarifa fija, en función, entre otros, de los tipos y volúmenes anuales de los desechos entregados.

4.- Criterios de actualización y revisión de tarifas máximas. a) Actualización. La Autoridad Portuaria de Vilagarcla de Arousa actualizará anualmente las tarifas y las tarifas máximas, modificándolas, si procede, utilizando para ello la siguiente fórmula : T,= To x (1+ 0.78 x IPe - WN x 0.3)

To

Tarifa del año actual

T,

Tarifa del año siguiente

IPC

Expresado en tanto por uno

WN VN., )NN.,

Variación del volumen de negocio global del servicio. W N=(VNo-

VNo

Volumen de negocio del año actual

VN.,

Volumen de negocio del año anterior

La fórmula indicada será de aplicación siempre y cuando la variación del volumen de negocio esté comprendida en el margen de +/-10%. Cuando la variación del volumen de negocio exceda de los Ifmites anteriores o se produzcan variaciones significativas en la estructura de costes del servicio, se procederá a la realización de un nuevo estudio econó . . ro del servicio detallado con arreglo al apartado b). ~~ o.p".

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