REGLAMENTO PROMOCION MEGA CRUCEROS DE NAVIDAD

REGLAMENTO PROMOCION MEGA CRUCEROS DE NAVIDAD Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá la promoción denominada MEGA...
3 downloads 0 Views 128KB Size
REGLAMENTO PROMOCION MEGA CRUCEROS DE NAVIDAD Este reglamento delimita y aclara las condiciones bajo las cuales se regirá la promoción denominada MEGA CRUCEROS DE NAVIDAD, organizada por CORPORACION MEGASUPER S.A. Lo aquí dispuesto será acatamiento obligatorio para participantes y la Organizadora. La participación en la promoción implica la decisión del consumidor de obligarse por estas reglas y por las decisiones del ORGANIZADOR las cuales tendrán carácter definitivo en todos los asuntos relacionados a la promoción. Cualquier violación a las mismas o a los procedimientos o sistemas establecidos para la promoción implicará la inmediata exclusión de la misma y/o la revocación y retiro del premio. Artículo 1. Del Organizador La Promoción, MEGA CRUCEROS DE NAVIDAD, es propiedad exclusiva de CORPORACIÓN MEGASUPER, S.A., titular de la cédula de persona jurídica número 3-101-052164, quien es la organizadora de la presente promoción, cuya aplicación se circunscribirá únicamente en la cadena de supermercados de su propiedad. En adelante y para efectos de este reglamento se les denominará “EL ORGANIZADOR”. Artículo 2. Del Plazo Promocional La participación en la promoción será por tiempo limitado. Este plazo dará inicio el 7 de noviembre del 2016 y finalizara el 31 de diciembre del 2016, o bien, hasta agotar existencias. Artículo 3. Exclusividad de la Promoción Esta promoción está dirigida únicamente para aquellas personas físicas que realicen sus compras en cualquiera de los supermercados de la cadena Megasuper, en Costa Rica, durante el plazo promocional. Para acceder a esta promoción resulta indispensable indicar el número de cedula con el cual se encuentra afiliado al programa Tarjeta Plata o en su defecto aportar en el momento de la compra: nombre, número de cédula y número de teléfono para inscribir a dicho programa y así acceder a dicha promoción. Artículo 4. De los participantes Podrán participar todas las personas físicas que durante el plazo promocional, adquieran el mínimo de compra, establecidos en este Reglamento, en cualquiera de los Supermercados Megasuper; Para acceder a esta promoción resulta indispensable indicar el número de cedula con el cual se encuentra afiliado al programa Tarjeta Plata o en su defecto aportar en el momento de la compra: nombre, número de cédula y número de teléfono para inscribir a dicho programa y así acceder a dicha promoción. En esta promoción participan únicamente personas físicas mayores de edad y con un documento de identificación vigente y valido en el país. La mayoría de edad deberá demostrarse al momento en que el Organizador lo solicite mediante documento válido y vigente. Para participar, deberán además cumplir con todas las condiciones que se estipulan en este reglamento. En la presente promoción está prohibida la participación de empleados y familiares hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad, de los departamentos encargados del desarrollo y puesta en marcha de esta promoción, tales como Mercadeo y Sistemas de Corporación Megasuper, S.A, así como el personal de la Agencia de Publicidad encargada de la divulgación y personas jurídicas.

En la promoción participan exclusivamente compras realizadas dentro de los supermercados del Patrocinador (debidamente identificados con la promoción), sin que participen los pagos de servicios públicos y pago de préstamos, así como cualquier otra erogación generada bajo el programa Facilísimo ni las compras generadas a cualquier otro concesionario de espacio dentro del supermercado. Artículo 5. De los Premios Los clientes que, habiendo cumplido con los requisitos estipulados en el presente Reglamento, tendrán la posibilidad de participar en el sorteo de 40 (cuarenta) Cruceros por el Caribe Legendario para 2 (dos) personas todo incluido. Los premios serán entregados a cada uno de los ganadores, los mismo pueden ser transferibles, entendiéndose que el premio será entregado al ganador o a quien este designe para el efecto y los trámites o gastos de traspaso correrán por cuenta del ganador y su comprador, para esos efectos el ganador deberá comunicarse con la agencia y el mismo estará sujeto a los plazos, requisitos y demás condiciones de la agencia, exonerando a Corporación Megasuper de toda responsabilidad. Los ganadores se encargarán de la tramitología especial que conlleve la transferibilidad del premio con la agencia. Los Cruceros por el Caribe Legendario para 2 (dos) personas, incluye: Siete (7) noches a bordo del crucero Pullmantur Monarch, Alimentación todo incluido (desayuno, almuerzo y cena durante los días de viaje), Paquete de bebidas plus, Traslados; San José - Muelle de Limón / Muelle de Limón - San José, Impuestos Portuarios $ 250, Impuestos del ICT 5%, Propinas del Barco $ 95, Asistencia médica al viajero $ 60, Impuestos de salida de Costa Rica. Se debe indicar además, que los Cruceros por el Caribe Legendario para 2 (dos) personas no incluyen: Impuestos de entradas y salidas de los países incluidos en el itinerario por lo tanto deberán ser abonados por los ganadores en caso de ser requeridos por las autoridades locales, Internet dentro del barco, Tours en puertos, Servicios no especificados, Paquete de bebidas premiun $ 70 p/p, Vacuna contra la fiebre amarilla: Es indispensable la aplicación de la vacuna contra la fiebre amarilla mínimo 10 (diez) días antes de la salida (tanto el ganador como su acompañante deben portar el carne extendido por el Ministerio de Salud de Costa Rica). Asimismo se indica, que los Cruceros por el Caribe Legendario para 2 (dos) personas tienen las siguientes restricciones: En caso que el acompañante del ganador sea una persona menor de edad, este deberá portar su respectivo permiso de salida, Personas menores de seis (6) meses NO pueden viajar, los trámites y estatus migratorio (Visas o Permisos) serán responsabilidad de cada pasajero (ganador y acompañante), su respectiva tramitación para el respectivo ingreso a los diferentes países que recorre el crucero. El hecho que una persona participe una cantidad de veces que exceda de forma significativa lo razonable y esperable de un consumidor medio, faculta al organizador para descalificarlo de la promoción o de exigir la devolución del premio o de la regalía otorgada en la promoción, cuando existan razones fundadas, de dicha participación irregular. Artículo 6. De la Mecánica: Con la compra de un mínimo de ¢15 000 (quince mil colones), en cualquier supermercado, que incluya al menos 5 (cinco) productos patrocinadores identificados en los Puntos de venta, dentro del período promocional, y al presentar la Tarjeta Plata, el cliente podrá participar en el sorteo de 40 (cuarenta) Cruceros por el Caribe Legendario para 2 (dos) personas todo incluido.

Para el sorteo de los Cruceros por el Caribe Legendario, se sorteará por medio de tómbola electrónica, con la presencia de un representante del Departamento de Mercadeo, del Asistente de Auditoría Interna y un Notario Público o abogado, siendo que las fechas de sorteo del viaje se realizaran en las siguientes fechas: En total se realizarán cuatro (4) sorteos:

Sorteo

Fecha del sorteo

1

23/11/2016

2

7/12/2016

3

21/12/2016

4

04/01/2017

Compras que serán tomadas en cuenta en cada sorteo Compras del 7 al 21 de noviembre del 2016. Compras del 22 de noviembre al 05 de diciembre del 2016. Compras del 06 al 19 de diciembre del 2016. Compras del 20 al 31 de diciembre del 2016 y el acumulado de todo el periodo promocional.

Cantidad de Ganadores 5 ganadores 5 ganadores 5 ganadores 25 ganadores

Una vez localizado el ganador, el mismo deberá aportar Cédula de Identidad y copia, debe tener pasaporte al día. Tramitar la vacuna contra la fiebre amarilla la cual se debe aplicar mínimo 10 (diez) días antes de la salida (tanto el ganador como su acompañante deben portar el carne extendido por el Ministerio de Salud de Costa Rica) También dicha documentación deberá ser aportada por el acompañante del ganador del Viaje. La fecha límite para la presentación de los documentos solicitados, es el 2 de febrero del 2017, a las 9:00 am. Si no se cumpliera con lo solicitado y en el plazo aquí indicado, se entenderá que el ganador renuncia a su premio. Dicho ganador se deberá presentar a Oficinas Centrales o Agencia de Viajes, con previa cita. En la cual se realiza una reunión con el ganador para la entrega y firma de la documentación requerida para la entrega del premio. En esta promoción solamente participan compras realizadas dentro del supermercado participante, dentro del periodo promocional, con requisitos estipulados en el presente reglamento y que se encuentre debidamente identificado con la promoción, sin que participen los pagos de servicios púbicos y pago de préstamos, así como cualquier otra erogación generada bajo el programa de Facilísimo, ni las compras generadas a cualquier otro concesionario de espacio dentro del supermercado. Artículo 7. Responsabilidad del Organizador: El ORGANIZADOR es responsable únicamente por la entrega de los premios indicados en el presente reglamento, los cuales no son sujetos de cambio por ningún otro. La responsabilidad del ORGANIZADOR de esta promoción finaliza con la entrega del premio al participante ganador. El ORGANIZADOR no se hace responsable del uso que se dé a los premios o por daños o perjuicios ocasionados por el disfrute de los mismos. El ORGANIZADOR no cubrirá los gastos en que incurra el ganador para participar en la promoción regulada por este Reglamento, ni por los gastos en que incurra el ganador para el retiro del premio. Así como gastos de la vacuna contra la fiebre amarilla la cual se debe aplicar mínimo 10 (diez) días

antes de la salida (tanto el ganador como su acompañante deben portar el carne extendido por el Ministerio de Salud de Costa Rica), la tramitación de Visas o Permisos para el respectivo ingreso a los diferentes países que recorre el crucero y por cualquier otro gasto que incurra el ganador para completar la documentación requerida para el retiro del premio. El ORGANIZADOR de esta promoción no incurrirá en responsabilidad alguna por la no entrega de premios en caso de que el ganador que no cumpla con todas y cada una de las disposiciones de este Reglamento o no cumpla con demás requisitos requeridos por la Organizara para la entrega del premio. El organizador no se hará responsable si el ganador decida viajar con un menor, por la tramitación de los requisitos solicitados en este reglamente para el viaje del ganador y su acompañante. Y cubrir los gastos de permisos especiales que requiera el menor para la salida del país. Artículo 9. Responsabilidad del Ganador Una vez entregado el premio al ganador, este podrá disponer de él a su entera discreción y responsabilidad. El ganador estará en la obligación de firmar un documento de recibido conforme del premio confeccionado por el ORGANIZADOR donde claramente se libera al ORGANIZADOR de cualquier tipo de responsabilidad Civil, Penal o Administrativa inclusive. Asimismo es obligación del ganador, suministrar todo la documentación requerida por el Organizador para la entrega del premio, esto en un plazo de tres días Hábiles, de ser requerido. La negativa del ganador de no completar o realizar alguna de las situaciones antes indicada o cualquier otra que se presente, se comprenderá que esté está renunciando al premio. El ganador deberá de tener su pasaporte al día (con una vigencia de 6 meses posteriores a la fecha de salida) y contar con las Visas o Permisos respectivos para el ingreso a los diferentes países que recorre el crucero. También deberá de tramitar la vacuna de la fiebre amarilla la cual se debe aplicar mínimo 10 (diez) días antes de la salida (tanto el ganador como su acompañante deben portar el carne extendido por el Ministerio de Salud de Costa Rica) En caso de que el ganador decida viajar con un menor deberá de responsabilizarse por el menor, asimismo deberá velar el ganador, que el menor cuente con: pasaporte al día, permiso de salida del país del menor, la vacuna de la fiebre amarilla, la solicitud del carnet de vacunación ante el Ministerio de Salud de Costa Rica y cualquier requisito o permiso que se requiera para el viaje. El ganador o quien haga uso del premio, responderá de los daños y perjuicios que el miso genere en contra de otros viajeros o terceros, así como de todas las multas o gastos que, por su causa, el ORGANIZOR venga obligado a pagar a las autoridades portuarias, de aduana, sanitarias u otras, de cualquier país en que el crucero haga escala. De igual manera responderá civilmente de los daños causados de su negligencia, culpa o dolo, a la infraestructura del barco y sus accesorios. En el caso de daños, violencia y/o lesiones causadas a otros pasajeros y/o tripulación, responderán civil y penalmente por ello. Artículo 10. Derechos de imagen: Los participantes aceptan y autorizan al participar en esta promoción que su nombre, voz e imagen aparezcan en programas de televisión, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que los organizadores deseen hacer durante la promoción o una vez finalizada la misma, sin que ello implique la obligación de remunerarlos o compensarlos adicionalmente. Así mismo, renuncian a cualquier reclamo por derechos de imagen.

Artículo 11. De la Suspensión de la Promoción El ORGANIZADOR se reserva el derecho de suspender la implementación y ejecución de la promoción en los siguientes casos: A) Guerra, desastre, conmoción, revuelta o estrago, fraude inclusive. B) Robo, hurto, extravío o destrucción de los premios por caso fortuito o fuerza mayor antes de la entrega a los clientes ganadores. C) Existencia de caso fortuito o fuerza mayor que impida la realización del sorteo o del viaje. D) Cualquier otra causa que a juicio del ORGANIZADOR amerite la aplicación de estas acciones. En caso de existencia de alguna de las causantes indicadas, la suspensión de la presente promoción podrá ser total o parcial según los puntos de venta afectados con esas causas sin que incurra en responsabilidad de su parte. Artículo 12. De la Ampliación y Modificaciones El ORGANIZADOR se reserva el derecho de ampliar oportunamente el plazo de la promoción según la aceptación de la clientela en los puntos de venta y realice modificaciones tales como pero no limitado al presente reglamento. Esto sin previa aprobación de los consumidores finales y pero dichas modificaciones serán comunicadas posteriormente, según lo estipula en el articulo siguiente. Artículo 13. De la Publicidad del Reglamento El presente reglamento será puesto a la vista y disposición para conocimiento de los clientes, en los puntos de venta del Organizador. Lo dispuesto para la publicación rige igualmente para lo previsto en los artículos 11 y 12 anteriores. Artículo 14. Consultas: Cualquier duda sobre los alcances e interpretación del presente reglamento podrá evacuarse a través del número telefónico 2246-0400 de Corporación Megasuper sin que la respuesta implique bajo ninguna circunstancia una modificación total o parcial de este reglamento, o una dispensa de su cumplimiento. Artículo 15. Relación entre las partes: Ninguna disposición de la presente promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes más allá de lo necesario para dar cumplimiento a las estipulaciones de esta promoción. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de las compañías patrocinadoras ni de la promoción. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.