REGLAMENTO PROGRAMA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS COMUNA DE CALDERA

REPUBLICA DE CHILE REGIÓN DE ATACAMA PROVINCIA DE COPIAPO I. MUNICIPALIDAD DE CALDERA REGLAMENTO PROGRAMA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS COMUNA DE CALDE...
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REPUBLICA DE CHILE REGIÓN DE ATACAMA PROVINCIA DE COPIAPO I. MUNICIPALIDAD DE CALDERA

REGLAMENTO PROGRAMA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS COMUNA DE CALDERA

CONCEPTO Y GENERALIDADES

Artículo 1º La Ilustre Municipalidad de Caldera incorpora en su gestión presupuestaria la modalidad de participación ciudadana denominada: “Programa de Presupuestos Participativos”, aprobada por el Concejo Municipal con fecha 15 de Diciembre del 2014. Artículo 2º DEFINICIÓN DEL PROGRAMA:

El Programa de Presupuestos Participativos es un método participativo de gestión presupuestaria que es implementado mediante un mecanismo de asignación de recursos municipales, en el cual, respetando las competencias legales de las autoridades municipales respectivas, los ciudadanos y ciudadanas de la comuna debaten y priorizan un conjunto de proyectos públicos para mejoramiento de las áreas locales, destinados a satisfacer las necesidades de la población en cada Unidad Territorial. Artículo 3° PARTICIPACIÓN CIUDADANA Puede definirse como un conjunto de acciones o iniciativas que pretenden impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a través de la integración de la comunidad al ejercicio de la política. Está basada en varios mecanismos para que la población tenga acceso a las decisiones del gobierno. “Las personas (entendidas como sujetos con capacidades, derechos y deberes), se involucran en el quehacer estatal fortaleciendo la transparencia, la eficacia y eficiencia de los servicios y políticas públicas. En otras palabras, la participación ciudadana ocurre cuando los ciudadanos se involucran en la gestión pública.”1

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Participación ciudadana.gob.cl. ¿QUÉ ENTENDEMOS POR PARTICIPACIÓN CIUDADANA? Disponible en: Visitado el 01-07-2014.

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En este sentido, el Programa de Presupuestos Participativos se establece como una herramienta para el ejercicio de la participación ciudadana en nuestra comuna. Artículo 4° INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA El Programa de Presupuestos Participativos integra distintas instancias de participación donde los vecinos y vecinas de Caldera tienen acceso a información, opinión y decisión sobre las iniciativas de mejoras que desean implementar en sus sectores. 1. Asambleas abiertas informativas: Espacio de tiempo en el cual se entregará la información a toda la comunidad, por medio de distintos canales, sobre el proceso y metodología que se utilizará para la ejecución de los Presupuestos Participativos. En estas asambleas estarán convocadas todas las JJVV que conforman las Unidades Vecinales, siendo estas identificadas como las unidades territoriales con las que se trabajará. En esta Asamblea se consolida la lista de Unidades Territoriales que participarán del Programa, mediante la asistencia. En caso que alguna UT no presente asistencia de, al menos, una persona, quedará fuera del proceso. En esta instancia se informará también acerca del marco y espíritu que inspira esta instancia de participación ciudadana como son los Presupuestos Participativos. 2. Primera Asamblea por cada Unidad Territorial: Una vez realizada la primera reunión informativa con todas las JJVV y sus representantes, se dará paso a la reunión con cada Unidad Vecinal, en la cual deberá estar presente cada una de las JJVV que conforman la Unidad Vecinal. Allí se entregará información más detallada del marco legal que norma el gasto de los recursos provenientes de patentes mineras, además de la propuesta Municipal con valores y detalles técnicos de posibles proyectos o intervenciones que la comunidad en conjunto pueda decidir. En estas asambleas las JJVV deberán designar un delegado por Unidad Vecinal, el cual les represente y sea la comunicación oficial ante el municipio y el equipo técnico. 2.1. Presentación de propuestas. En esta asamblea la unidad técnica y los vecinos presentarán sus propuestas de proyectos. Luego de esta reunión, el 2|

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equipo técnico evaluará la factibilidad de las propuestas que fueron presentadas por los vecinos (técnica -legal y económicamente)2 e informará a la comunidad en la segunda y última asamblea con la Unidad Vecinal sobre los resultados del análisis de factibilidad. 2.2. Delegados territoriales. En esta asamblea los vecinos y vecinas -de la respectiva Unidad Territorialelegirán sus delegados territoriales, que tendrán como funciones: -

Participar de todas las instancias: asambleas, plenarias, reuniones y votación.

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Fiscalizar y velar por la transparencia del proceso.

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Llevar registros para su Unidad Territorial.

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Hacer seguimiento del proyecto, tanto en etapa de ejecución como en su implementación. El delegado vela por el cuidado del proyecto una vez implementado.

Los delegados territoriales pueden ser hasta dos personas como máximo por Unidad Territorial, deben ser mayores de 18 años y deberán tener domicilio comprobable en la Unidad Territorial por la cual postulan, para lo cual el Equipo Técnico podrá realizar diligencias tendientes a su comprobación. Los delegados territoriales saldrán elegidos de nombres propuestos por los vecinos presentes en esta asamblea. La elección de los delegados se realizará en esta asamblea mediante la forma de “mano alzada”, llevando el recuento a voz abierta. Sólo podrán votar los vecinos pertenecientes a la respectiva Unidad Territorial que sean mayores de 18 años de edad.

3. Segunda Asamblea por cada Unidad Vecinal: Cómo se plantea en el punto 2.1, en esta segunda asamblea el equipo técnico presentará los resultados del análisis de factibilidad de las propuestas que fueron presentadas por los vecinos (técnica -legal y económicamente), informando a la comunidad sobre las razones que posibilitan o impiden el desarrollo de cada una. 2

La Factibilidad se refiere a la disponibilidad de los recursos necesarios para llevar a cabo los objetivos o metas señaladas. La factibilidad económica se refiere a que se dispone del financiamiento necesario para invertir en el desarrollo del proyecto. La f. técnica indica si se dispone del equipo y herramientas para alcanzar ciertos objetivos. La f. legal se refiere a que el desarrollo del proyecto o iniciativa no debe infringir alguna norma o ley establecida a nivel local, municipal o estatal. WIKIPEDIA.ORG. Disponible en: Visitado el 01/07/2014.

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Además, la importancia de tomar en cuenta los beneficios sociales que comprende cada una.

4. Votación: El día de la votación, cada Unidad Vecinal elegirá el proyecto que desea implementar, por medio de una votación, en la que participarán los vecinos que tengan domicilio en la respectiva Unidad. Esta votación surgirá a partir de la terna presentada por el equipo técnico municipal consensuada en la última asamblea, donde ya fueron explicadas las razones técnicas, económicas y legales que dieron como resultado la terna que será sometida a votación. La fecha y lugar de la votación será comunicada por los medios locales de difusión, y serán establecidas por el Equipo Técnico del programa. El sufragio se llevará a efecto en un lugar accesible para la mayoría de los vecinos, el que será publicitado con anticipación. El voto llevará las tres alternativas, y cada vecina(o) deberá votar por una. El voto será aceptado cuando indique -sin lugar a dudas- una alternativa, sin embargo, se anulará cuando indique más de una alternativa, no marque preferencia o existan dudas respecto de la preferencia marcada. Si al momento de la votación surgiera un empate entre dos o más proyectos, se realizará un sorteo breve en presencia de al menos uno de los delegados de la respectiva Unidad Territorial.

Artículo 5° DE LOS PARTICIPANTES Público objetivo El Programa de Presupuestos Participativos está dirigido a toda la comunidad de Caldera, independiente de su pertenencia o no a alguna organización comunitaria funcional y/o territorial. Pueden participar en las asambleas y sus respectivas votaciones todas las personas con domicilio en la comuna, siempre y cuando se encuentren en sus respectivas Unidades Territoriales. No podrán participar de las asambleas y/o plenarias personas que no pertenezcan al sector en donde se está desarrollando la instancia de participación. 4|

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Equipo Técnico Para llevar a cabo el Programa de Presupuestos Participativos se establece un Equipo Técnico, conformado por funcionarios de la Municipalidad de Caldera que están vinculados a las áreas temáticas del Programa. Este equipo tiene como funciones: - Elaborar pautas de desarrollo del Programa PP, para implementar en las asambleas de cada Unidad Territorial. - Colaborar estrechamente con las Coordinadoras del Programa PP, asistir a todas las reuniones y jornadas de capacitación convocadas para el Programa, con el fin de desarrollar de mejor forma el proceso. - Desarrollar las actividades de difusión en conjunto con las Coordinadoras del Programa. - Encabezar los equipos de trabajo en cada una de las Unidades Territoriales. - Evaluar la factibilidad de las iniciativas presentadas por los vecinos(as) de cada una de las Unidades Territoriales. - Sistematizar la información.

El Equipo Técnico está conformado por:

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Concejo Municipal La participación del Concejo Municipal se presenta a través de su rol y responsabilidades: -

Velar porque el desarrollo del Programa Presupuestos Participativos se lleve a cabo en forma oportuna y transparente.

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Aprobar el monto total del Programa y los montos específicos que se distribuyen entre las Unidades Territoriales de la comuna.

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Llevar a votación la cartera de iniciativas sancionada por las ocho Unidades Territoriales de la comuna.

Artículo 6° LAS UNIDADES TERRITORIALES: Para dar cumplimiento de la mejor forma al Programa Presupuestos Participativos, se ha tomado como referencia la división territorial de las Unidades Vecinales; incluyendo aquí a ocho Unidades Territoriales, todas urbanas. Unidad Territorial Nº 1, Manuel Orella: Es el territorio que se encuentra en el siguiente perímetro: intersección entre Av. Bernardo O´Higgins y calle René Schneider, Batallón de Atacama, I. Carrera Pinto, intersección Av. Arica y calle Juan Martínez, intersección Av. Arica y Av. Esmeralda, Av. Manuel Blanco Encalada, Av. Diego de Almeyda hasta calle Chuquicamata, Av. Bernardo O´Higgins. Unidad Territorial Nº 2, Ampliación Oriente: Es el territorio que se encuentra en el siguiente perímetro: sector Playa Brava (desde René Schneider, bordeando la Av. Bernardo O´Higgins hasta calle Cousiño), Cousiño, Batallón de Atacama, René Schneider. Unidad Territorial Nº 3, Bellavista: Es el territorio que se encuentra en el siguiente perímetro: Av. Batallón de Atacama, Ignacio Carrera Pinto, Juan Martínez, Av. Arica, Guacolda, Los Gladiolos y Canal Beagle, incluyendo la Villa Esmeralda. Unidad Territorial Nº 4, Caldera Antiguo: Es el territorio que se encuentra en el siguiente perímetro: Av. Batallones de Atacama con Cousiño, intersección Cousiño con Wheelwright, Gabriela Mistral, Carvallo, Canal Beagle, Batallón de Atacama.

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Unidad Territorial Nº 5, Balneario: Cuadrante formado por las calles Gabriela Mistral, Wheelwright, Av. Arturo Prat, Sector Anfiteatro, Sector Cerro Panagra, Villa Playa Blanca y Carvallo. Unidad Territorial Nº 6, Bahía Inglesa: Esta zona incluye los sectores Bahía Inglesa, Loreto y Calderilla. Unidad Territorial Nº 8, Esperanza: Es el territorio que se encuentra en el siguiente perímetro: intersección Circunvalación Blanco Encalada con Av. Esmeralda, Av. Esmeralda, calle Altamira, Covadonga hasta Punta Angamos, Estación Copiapó hasta Estación San Pedro, Circunvalación Blanco Encalada. Unidad Territorial N°9, las Playas: Es el territorio que se encuentra en el siguiente perímetro: incluye todas las viviendas ubicadas entre Av. Ferrocarril y eje calle Bahía Salada. También se toma como referencia la división territorial de Unidad Vecinal para estimar la cantidad de habitantes que viven en cada Unidad Territorial, estableciendo el porcentaje de habitantes que posee cada una con respecto al total comunal. En base a esta información, para cada Unidad Territorial la población que reside se presenta como sigue: N°

UNIDAD VECINAL

N° HAB.

% HAB. NIVEL COMUNAL

1 2 3 4 5 6 8 9

Manuel Orella Ampliación Oriente Bellavista Caldera Antiguo Balneario Bahía Inglesa Esperanza Las Playas TOTALES

3624 1611

23,4% 10,4% 12,8% 10,1%

1983

1564 186 108 1921 4213 15210

1,2%

0,7% 12,4% 27,2% 98,2%

Artículo 7º DE LA DIVISIÓN TEMÁTICA:

Las ideas y/o iniciativas que podrán ser parte de los proyectos incluidos en la cartera presupuestaria para el año 2015 podrán pertenecer a cualquiera de las siguientes temáticas:

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Mantenimiento luminaria en espacios públicos. Mejoramiento sectores de áreas verdes. Ejemplos: aumentar arborización en plazoletas, incrementar especies de la zona, mejorar el paisajismo del lugar. Instalación de basureros en el sector. Mejorar vías en aceras existentes para garantizar el acceso universal (personas con discapacidad, adultos mayores, entre otras) Mejoramiento de áreas deportivas. Ejemplos: mantención de cierros metálicos, mantención de graderías, cambio de focos eléctricos. Adquisición de equipamiento deportivo. Ejemplos: renovar arcos metálicos, cambiar cestos de básquetbol, etc. Otras temáticas que el Equipo Técnico apruebe según factibilidad y beneficios sociales.

Todas las iniciativas deben ubicarse dentro del área de la Unidad Territorial que la elige. Deben encontrarse en terreno correspondiente a bienes nacionales de uso público3, con administración municipal (en ningún caso terreno de propiedad privada). La finalidad corresponderá a mejoras en infraestructura y equipamiento de espacios comunes de cada zona.

Artículo 8º DE LOS MONTOS POR PROYECTO:

En sesión del Concejo Municipal, con fecha 15 de Diciembre de 2014, se aprueba el monto destinado para el Programa Presupuestos Participativos, correspondiente a 120.000.000 de pesos (ciento veinte millones de pesos), del presupuesto municipal del año 2015. En caso que alguna Unidad Territorial no participe o no elija una iniciativa de mejora, el monto que le corresponde será redistribuido entre las demás Unidades, según el criterio de porcentaje de población de cada UT respecto del total. De tal modo, la lista de Unidades participantes del Programa se definirá con la asistencia a la primera asamblea informativa, quedando fuera del proceso aquellas Unidades que presenten asistencia cero. En caso que alguna Unidad Territorial decida salir del Programa después de realizada la primera asamblea por Unidad Territorial, no se procede a redistribución, quedando los fondos en las arcas municipales. 3

“Se llaman bienes nacionales de uso público (o bienes públicos), aquellos cuyo dominio pertenece a toda la nación y su uso es para todos sus habitantes. Ejemplos de bienes públicos son calles, plazas, puentes y caminos, el mar adyacente y sus playas”. BIBLIOTECA DEL CONGRESO NACIONAL, en línea. Disponible en: (Visitado el 01-07-2014).

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Está permitido que dos Unidades Territoriales se unan para elegir una iniciativa de mejora en común, en un espacio público que determinen pertinente. En este caso, los montos de ambas Unidades se unen, generando un monto común. En el caso especial que una Unidad no participe del Programa, y otra Unidad decida destinar sus recursos en un espacio que se encuentra en el área correspondiente a aquella Unidad Territorial que no participa, se permite la intervención; sin embargo, los montos de la UT que no participa no serán ocupados por la UT que decide intervenir el espacio. Artículo 9º Los montos correspondientes a cada Unidad Territorial se determinan mediante la siguiente secuencia: a) el Concejo Municipal establece el monto a destinar para el Programa de Presupuestos Participativos; b) se establece un monto base para cada Unidad Territorial; c) la diferencia entre el monto repartido como base y el monto final será distribuida entre las Unidades Territoriales según su porcentaje de población. Calendario de actividades:

Artículo 10º Para desarrollar el Programa completo, el equipo técnico deberá precisar un calendario de actividades. Este calendario será publicado mediante distintos medios de difusión, y entregado a las Juntas de Vecinos para su conocimiento y difusión territorial.

DE LOS PROYECTOS:

Artículo 11º El Equipo Técnico deberá evaluar técnica, legal y financieramente cada uno de los proyectos que se presentarán, emanados de los propios vecinos. Artículo 12º La ejecución de los proyectos será responsabilidad del municipio, quien deberá velar por su ejecución en el año presupuestario correspondiente. Artículo 13º La Alcaldesa deberá velar por la adecuada transparencia y publicidad de todos los actos y actuaciones vinculados a los Presupuestos Participativos, especialmente en lo concerniente al Presupuesto Municipal. Para este efecto deberá dar las instrucciones correspondientes al Equipo Técnico y Coordinadoras del Programa, a objeto de dar cumplimiento a esta obligación.

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DE LA FISCALIZACIÓN

Artículo 14º Una vez aprobados los proyectos por parte del Equipo Técnico, cada Asamblea Territorial, a través de sus delegados, se constituirá en fiscalizador de las distintas etapas de ejecución de los proyectos. Para este efecto, cualquiera de sus delegados territoriales se entenderá directamente con el Equipo Técnico. Esta función se ejercerá sin perjuicio de las funciones fiscalizadoras del Concejo Municipal previstas en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Una vez ejecutado el proyecto, las Juntas de Vecinos y delegados territoriales asumen el compromiso de velar por el cuidado del mismo.

SITUACIONES NO CONTEMPLADAS EN ESTE REGLAMENTO. Artículo 15. Las situaciones no consideradas en este reglamento como todo aquello que surja producto de la ejecución del mismo, como su interpretación y aplicación, serán resueltas directamente por el Director de la Secretaría Comunal de Planificación de la Municipalidad de Caldera.

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