REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA ESCUELA VIRGEN DEL CARMEN

REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA 2016-2017 “ESCUELA VIRGEN DEL CARMEN” -1- REPUBLICA DE CHILE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN DEPTO. ...
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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE CONVIVENCIA 2016-2017

“ESCUELA VIRGEN DEL CARMEN”

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REPUBLICA DE CHILE ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN DEPTO. ADMINISTRACION EDUCACION MUNICIPAL ESCUELA “VIRGEN DEL CARMEN” F 408

INDICE INTRODUCCIÓN------------------------------------------------------------------------------------ ----------------------------------------- 3 PRESENTACIÓN.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 3 OBJETIVOS----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 4 MARCO TEORICO Y REFERENCIAL-------------------------------------------------------------------------------------------------- 4 TITULO I: NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS.------------------------------------------------------------------------------ 5 A. Presentación personal------------------------------------------------------------------------------------------------------------ 5 B. Horario de funcionamiento------------------------------------------------------------------------------------------------------ 6 C. Atrasos-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 6 D. Justificaciones e inasistencias-------------------------------------------------------------------------------------------------- 6 E. Normas referidas a cambios de actividades: salidas a terreno y/o Giras de estudio (entre abril y noviembre), y paseos (diciembre).--------------------------------------------------------------------------- 7 F. Horario de atención de profesores-------------------------------------------------------------------------------------------- 7 G. Reconocimiento a los alumnos(as) por actitudes y conductas que fortalecen la sana convivencia---------- 7 H. Reconocimiento a los alumnos(as) por actitudes y conductas que Fortalecen la sana convivencia: ------- 8 I. Comité de sana convivencia escolar------------------------------------------------------------------------------------------------- 9 TITULO 2: REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE FALTAS Y APLICACIÓN DE SANCIONES.--------------------------------------------------------------------------------------9 A. Procedimientos según el grado de la falta--------------------------------------------------------------------------------- 11 B. Consideración de factores agravantes o atenuantes ------------------------------------------------------------------ 15 C. Apelación a sanciones --------------------------------------------------------------------------------------------------------- 15 D. Normas de convivencia alumnos y alumnas------------------------------------------------------------------------------ 16 E. Normas de convivencia profesores y asistentes de la educación -------------------------------------------------- 31 F. Consecuencias de las transgresiones a las normas de profesores y asistentes de la educación --------- 36 G. Normas de convivencia padres y/o apoderados ------------------------------------------------------------------------ 37 H. Consecuencias de transgresiones a las normas de apoderados--------------------------------------------------- 40 TITULO 3: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA--------------------------------------------------40 TITULO 4: NORMAS DE PREVENCION DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD, “PRIES”.------------------------42 TITULO 5: CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE-------------------------------------------------------------------------------------44 TITULO 6: DISPOSICIONES FINALES---------------------------------------------------------------------------------------------- 45 ANEXOS A.- Protocolo para casos de delitos sexuales --------------------------------------------------------------------------------------46 B.- Protocolo para casos de bullyng y ciberbullyng--------------------------------------------------------------------------------48 C.- Protocolo de acción por agresión física entre estudiantes------------------------------------------------------------------49 D.- Protocolo de acción por agresión psicológica entre estudiantes----------------------------------------------------------50 F.- Protocolo de acción por agresión física y/o psicológica de estudiante a docente o asistente de la educación--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------51 G.- Protocolo de acción por agresión física y/o psicológica de docente o asistente de la educación hacia estudiante-----------------------------------------------------------------------------------------------------------52 H.- Protocolo de acción por agresión física y/o psicológica de padre o apoderado a docente o asistente de la educación-------------------------------------------------------------------------------------------------------------53 I.- Protocolo de acción por agresión física y/o psicológica de docente o asistente de la educación a apoderado------------------------------------------------------------------------------------------------------- -----------------------54 J.- Protocolo para accidentes escolares---------------------------------------------------------------------------------------------- -55 K.- Protocolo para denuncia escrita-----------------------------------------------------------------------------------------------------56 L.- Rutinas de seguridad --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---59

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INTRODUCCIÓN La escuela Virgen del Carmen, de la comuna de El Carmen, está constituida por alumnos(as), apoderados, docentes, directivos, asistentes de educación y otros actores que conforman la comunidad educativa. Sus integrantes se interrelacionan y conviven, y es en ese proceso que se puede desarrollar y enseñar la convivencia escolar. La convivencia escolar se enseña, y es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad. Una herramienta útil para ese aprendizaje es el Manual de Convivencia que emerge como una guía orientadora que contiene fundamentos, objetivos, normas, roles y especificaciones acerca de los distintos componentes de la comunidad educativa para ejercer sus derechos y cumplir sus deberes. PRESENTACIÓN.  Este manual de convivencia escolar ha sido elaborado en base a lo especificado en el Art. 9º de la Ley General de Educación Nº 20370.  Cumple una función orientadora y con sentido educativo que permite a todos los miembros de la comunidad educativa ejercitar los valores propios del establecimiento: respeto por uno y por la diversidad, solidaridad, honestidad, tolerancia y la responsabilidad.  Contará con una vigencia de 2 años al término del cual se revisará y se introducirán las modificaciones pertinentes por parte de todos los integrantes del Establecimiento para su posterior actualización. No obstante lo anterior, si fuese necesario introducir modificaciones urgentes se hará al primer año de puesta en marcha, siendo convocada una comisión conformada por representantes de los profesores, estudiantes, asistentes de la educación y apoderados del Establecimiento.  Estará disponible en: la Biblioteca del establecimiento, como también en las oficinas de Dirección, Inspectoría General, Unidad Técnica Pedagógica, Orientación y Sala de Profesores con el propósito que sea de amplio conocimiento y uso por toda la comunidad educativa.  Las normas que se establecen en este reglamento están centradas en la persona y son propuestas como medio para un mejor servicio guiando el comportamiento y la convivencia de todos los entes educativos, siendo éstos los responsables de velar por el cumplimiento y resguardar las normas establecidas.

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OBJETIVOS  Fortalecer la convivencia en la comunidad escolar y práctica activa de los valores de: respeto por uno y la diversidad, tolerancia, responsabilidad, solidaridad y honestidad.  Fomentar que todos los estamentos de la Comunidad Educativa se desarrollen en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, donde el compromiso y el diálogo sean la base para la formación socio-afectiva e intelectual de sus integrantes.  Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad escolar los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión  Velar por el normal desarrollo de la convivencia escolar, el cuidado del Medio Ambiente y el respeto de los derechos y la exigencia de los deberes de sus componentes. MARCO TEORICO Y REFERENCIAL Nuestro sistema educacional concibe a la comunidad educativa como un ente íntegro comprometido con la formación académica y personal, siendo responsable de la construcción de un proyecto de vida basado en los valores que fundamentan el presente manual y entendiéndose que la educación es la herramienta más importante que permite a las personas proyectarse y aspirar a un futuro de bienestar y desarrollo integral. El ser humano es un ser fundamentalmente social, dado que sus potencialidades personales se desarrollan básicamente en sociedad y que no hay desarrollo humano fuera de ella. Dado que todos tenemos experiencias vitales distintas, tenemos una manera única y particular de relacionarnos con los demás. Por ello, cuando nos interrelacionamos generamos un estilo de convivencia que también es único y particular de acuerdo con nuestras circunstancias. La integración del hombre a la sociedad es un comportamiento aprendido, no innato, es decir, se adquiere de acuerdo a patrones culturales preestablecidos. Lo anterior implica que los comportamientos deseados dentro de un sistema de convivencia pueden ser orientados y planificados intencionadamente de acuerdo a principios y objetivos diseñados previamente. La buena convivencia escolar se define como “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes” (Art. 16 A, ley N° 20.536) La convivencia escolar implica un estilo intencionado y particular de interrelación humana que debe ser coherente con el espacio y la intención educativa, razón por la cual se planifica y se construye. En ella intervienen alumnos, personal del establecimiento y apoderados, y sus propias maneras de interrelacionarse, aunque sean particulares, están orientadas por los mismos principios y se basan en los mismos elementos. El estudiante Carmelino debe ser un ser sociable, con vocación de servicio a su comunidad, con una sólida formación académica, valórica y moral, capaz de enfrentar los desafíos presentes a lo largo de la vida, insertándose exitosamente en la construcción de la sociedad que le rodea. El presente manual de convivencia se basa en los siguientes documentos oficiales:      

Constitución política de Chile. Proyecto educativo institucional. Ley General de Educación Nº 20.370, (Art. 1- 10) en base a las responsabilidades asumidas por el Estado de Chile, Ley Nº 20.529 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Ley Nº 20.501 que asegura la Calidad y Equidad de la Educación. Ley Nº 19.927 que modifica al Código Penal en materia de delitos sexuales.

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Ley N° 19.419 Antitabaco Declaración Internacional de los Derechos Humanos. Declaración Universal de los Derechos del Niño. Ley 20084 de responsabilidad penal adolescente. Ley 20.536 sobre violencia escolar. Normativas emanadas del MINEDUC TITULO I: NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS.

A.- PRESENTACIÓN PERSONAL: Art. 1°: Los alumnos(as) deben presentarse correctamente uniformados y aseados, tanto en su asistencia regular a clases, como en actividades de representación al colegio, entendiendo que adecuarse al contexto en el cual una persona se encuentra constituye una conducta a educar y fomentar en los alumnos. Descriptivamente el uniforme corresponderá a: VARONES Pelo corto, limpio y peinado; Pantalón Gris Chaleco del establecimiento. Polera del establecimiento con insignia institucional. La polera del uniforme no puede ser usada en clases de Educación Física Zapato – zapatilla negra.

DAMAS Pelo limpio y peinado. Polera del establecimiento con insignia institucional Falda escocesa tableada Chaleco del establecimiento. Zapatos negros y calcetas o pantis grises. En época de invierno la falda puede ser reemplazada por pantalones azules de tela.

Art. 2°: Se entenderá que existirán artículos de vestuarios como gorros, bufandas, jockey, viseras, orejeras, pañoletas de cualquier tipo, los que podrán usarse en el patio y pasillos del establecimiento, sugiriéndose principalmente elementos de color gris, azul marino y negro. Su uso dentro de la sala de clases no estará permitido según la presente normativa, teniendo autoridad el profesor para requisarlos y decidir entregarlos al finalizar la hora de clases o directamente al apoderado. Art. 3°: Dentro de artículos de adornos personales que no son autorizados dentro del establecimiento se contemplan joyas, cadenas, pulseras, pendientes, collares, extensiones de pelo, piercing, u otros accesorios ajenos al uniforme.

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B.- HORARIO DE FUNCIONAMIENTO: Art. 4°: En la Jornada de la mañana el ingreso será a las 8.15 hrs hasta las 13.15hrs de Lunes a Viernes En la jornada de la tarde el ingreso será a las 14.15 hrs y la salida será a las 15:45hrs de Lunes a Viernes. Los alumnos que van a sus casas a almorzar lo harán entre las 13.15 y 14.15 hrs. debiendo contar con un pase que los habilite a salir del establecimiento. Modificaciones excepcionales o urgentes del horario académico, serán informadas mediante una comunicación escrita en la libreta de comunicaciones. C.- ATRASOS Art. 5°: Pre-básica: Los alumnos(as) que lleguen atrasados en la jornada de mañana o tarde serán registrados por los Inspectores de portería, quienes posteriormente los llevarán a su sala de clases. Art. 6°: Primer y segundo Ciclo: Los alumnos(as) que lleguen atrasados en la jornada de mañana o tarde serán registrados por los Inspectores de portería quienes llevarán el registro de atrasos. Los alumnos(as) serán llevados a la sala de clases acompañados por el/la inspector/a. Para los atrasos de menos de 15 minutos, los alumnos (as) deberán esperar hasta las 8:30 hrs para incorporarse a la clase. Para los atrasos de 15 minutos o más a una hora de clases, deberá ser justificado por el Apoderado, en el plazo que inspectoría le indique. Deberán ser justificados por apoderados los alumnos(as) que acumularan dos (3) atrasos comunes. Para justificar la ausencia a una o más horas de clases, siempre deberá ser respaldada por el apoderado en los tiempos que inspectoría determine. De no existir justificación o respaldo del apoderado, tales conductas serán registradas como una falta leve en su hoja de vida. Si vuelve a incurrir en la misma falta se considerará una falta grave y será sancionado según el presente reglamento. Art. 7°: Ningún Apoderado podrá ingresar a las aulas con el propósito de entregar materiales, colaciones u otros objetos de los estudiantes. Si fuera necesario deberán canalizarse a través de portería y/o Inspectoría, siendo entregados en horario de recreo. Casos excepcionales deberán ser autorizados por dirección. D.- JUSTIFICACIONES E INASISTENCIAS: Art. 8°: Las justificaciones no se realizarán en horarios que coincidan con los períodos de recreo de los estudiantes, debiendo realizarse preferentemente en los siguientes horarios: o Mañana: 7.45 hrs a 9.45 hrs o Tarde: 14.30 hrs a 15.30 hrs. Las inasistencias deben ser justificadas personalmente por el Apoderado con el asistente de educación respectivo antes que el alumno se incorpore a clases. En forma excepcional lo podrá hacer a través de una justificación escrita en la libreta del alumno o por medio de una llamada telefónica, teniendo que regularizar en el transcurso del día la situación, firmando el registro correspondiente.

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E.- NORMAS REFERIDAS A CAMBIOS DE ACTIVIDADES: SALIDAS A TERRENO Y/O GIRAS DE ESTUDIO (ENTRE ABRIL Y NOVIEMBRE), Y PASEOS (DICIEMBRE). Art. 9°: GIRA DE ESTUDIO: Se refieren a visitas a casas abiertas, museos, industrias, entre otros, durante los meses de abril a noviembre, con objetivos claramente establecidos. Toda Gira de Estudio por uno o más días, dentro o fuera de la comuna, deberá cumplir con los requisitos requeridos por el DEPROE, tales como: - coordinada por un docente, quien será el responsable de reunir toda la documentación necesaria con 15 días de anticipación, para la posterior tramitación de la autorización en el DEPROE. - los documentos solicitados son: Autorización escrita de los padres y/o Apoderados (en duplicado), datos del bus y del chofer que hará el viaje. La asistencia se regirá por la nómina de alumnos(as) autorizados por sus padres y apoderados. En el registro de materia se anotará como cambio de actividades, especificando el o los objetivos de la salida, el lugar de destino, y otros. Durante el desarrollo de la gira de estudios, los alumnos(as) se regirán por el Reglamento de Convivencia del establecimiento. Para tal efecto se deberá contar con la participación de al menos dos funcionarios (inspector(a), docente) que acompañen a los estudiantes. Art. 10°: PASEO DE CURSO: Salida a terreno con propósitos recreativos, organizados por subcentros de padres y/o apoderados, realizados durante el mes de diciembre y en días no contemplados en el calendario escolar. El establecimiento no promueve ni autoriza Paseos de Curso, por lo tanto, es de exclusiva responsabilidad de los Padres y/o Apoderados su planificación, organización y realización.

F.- HORARIO DE ATENCIÓN DE PROFESORES: Art. 11°: Los profesores jefes disponen de un horario en su jornada laboral, para entrevistas de alumnos y/o apoderados las que pueden ser citadas por él o pedidas por el alumno o apoderado a través de la respectiva libreta de comunicaciones. En la 1era reunión de Apoderados cada profesor informará el horario respectivo, el que debe ser respetado por ambos. Excepcionalmente el profesor podrá atender en otro horario una situación emergente siempre que no afecte su horario de aula. G.- REUNIONES DE APODERADOS. Art. 12°: La escuela citará a reunión de apoderados a los padres al menos una vez al mes. Reuniones que serán previamente informadas por comunicaciones del alumno. Las inasistencias deben ser justificadas por el apoderado con el profesor jefe y con anterioridad a que se realice la reunión. El profesor jefe se reserva la posibilidad de citar al apoderado a entrevista personal.

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H.- RECONOCIMIENTO A LOS ALUMNOS(AS) POR ACTITUDES Y CONDUCTAS QUE FORTALECEN LA SANA CONVIVENCIA: Art. 13°: EL profesor deberá propender a destacar las siguientes conductas positivas en los alumnos(as) a través de: - registro en el libro de clases, - reconocimiento público en diario mural del curso y/o colegio, - carta de felicitaciones a la familia al término del semestre, y - reconocimiento semestral/anual en ceremonia de premiación. a) Demuestra responsabilidad en sus compromisos escolares. b) Manifiesta un claro espíritu de servicio a sus compañeros, favoreciendo la unidad y la armonía del curso y del colegio. c) Participa en actividades extra escolares en forma constante y responsable. d) Representa a su curso y/o colegio en competencias de conocimiento, artísticas, deportivas, entre otras. e) Obtiene el primer, segundo o tercer lugar en rendimiento escolar de su curso. f) Participa constante y activamente durante las clases contribuyendo a su buen desarrollo. g) Pone al servicio de compañeros sus cualidades académicas. h) Demuestra superación en su rendimiento escolar. i) Demuestra superación conductual. j) Cumple de manera eficiente cargo de la directiva de su curso (Presidente, secretario, etc.). Art. 14°: En el consejo de evaluación semestral, cada profesor(a) jefe deberá destacar al menos un alumno(a) que merezca recibir un estímulo escrito, pudiendo considerarse categorías como: - Excelencia académica - Excelencia deportiva - Excelencia artística - Mejor compañero(a) - Alumno(a) más esforzado y/o resiliente - Alumno(a) más colaborador(a), entre otras. El establecimiento implementará un cuadro de honor en donde se destaque mensualmente a un alumno(a) de cada uno de los cursos, que según el criterio de los profesores del curso, merezca un reconocimiento por algún logro en lo académico, conductual, o represente una motivación positiva para el resto de sus compañeros. Esta actividad será liderada por el Comité de Sana Convivencia. Distinciones sugeridas para licenciaturas de Alumnos de Octavo año Básico: 1. De cada curso: a. Primer lugar en rendimiento académico. b. Mejor compañero(a) c. Más esforzado(a) (resiliente) 2. Por Promoción: a. Mejor promedio de la promoción b. Alumno(a) integral El Consejo de Profesores podrá destacar a más de un alumno(a) en las categorías anteriores, considerando los méritos individuales o ser declarado desierto.

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I.- COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR Art. 15°: Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar u otro organismo similar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) Dirección b) Profesores c) Alumnos d) Padres y Apoderados; y e) Asistentes de la educación. El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:  Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.  Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.  Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.  Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.  Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.  Elaborar y ejecutar un Plan de acción para ser desarrollado durante el año escolar.

TÍTULO 2: REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACION DE FALTAS Y APLICACIÓN DE SANCIONES. Art. 16°: Muchos de los problemas y conflictos que se producen en los establecimientos vulneran algunas de las normas de convivencia. Frente a ello, es necesario que todos los estamentos de la comunidad educativa sepan los pasos a seguir, al fin de que conozcan los mecanismos de resolución y evitar así arbitrariedades en la aplicación de las sanciones. El procedimiento necesita contar con, al menos, los siguientes componentes: 1.- Para evaluar la aplicación de una sanción o medida, es necesario recurrir a este Reglamento, considerando el contexto y las circunstancias que rodean las faltas. Cuando las sanciones son aplicadas sin considerar el contexto, se arriesga a actuar con rigidez y arbitrariedad. 2.- Para aplicar una sanción, es necesario que esté categorizado el tipo de falta, en leve, grave o gravísima, según lo estipula la tabla de especificaciones de sanciones, contenidas en el presente reglamento. 3.- Se deja claramente establecido que el procedimiento de intervención para corregir y modificar conductas inadecuadas, debe cumplirse secuencialmente, para así velar por el cumplimiento de todas las instancias que apuntan a ayudar a los alumnos(as) antes de aplicar las medidas más estrictas.

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Art. 17°: Distinción de situaciones que pueden afectar la convivencia escolar. Es importante distinguir que existen diversas situaciones que pueden afectar la convivencia escolar y cada una de ellas debe ser abordada de manera diferente; identificarlas con claridad es fundamental, pues cada una de estas situaciones afectan o pueden afectar, en diversos grados, a nuestra comunidad educativa. AGRESIVIDAD: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no implica, necesariamente, un hecho de violencia, pero cuando está mal canalizada o la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de violencia. Los impulsos agresivos deben ser modulados, orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la autoformación. CONFLICTO: Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de violencia. Es un hecho social. Debe ser abordado y resuelto, no ignorado y para ello existen mecanismos como la mediación. VIOLENCIA Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas: 1. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica; 2. El daño al otro como una consecuencia. Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser erradicada mediante prácticas solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la convivencia social BULLYING Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido/a y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros/as. Se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos. El bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia: i. se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder; iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido. Es una de las expresiones más graves de violencia y debe ser identificada, abordada y eliminada del espacio escolar de manera decidida y oportuna, con la participación de toda la comunidad escolar.

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A.- PROCEDIMIENTOS SEGÚN EL GRADO DE LA FALTA Art. 18: El procedimiento a implementarse dependerá del tipo y gravedad de la falta que se cometa, así como del historial conductual del estudiante. Tipo de falta Falta leve

Falta grave

Falta

Definición

Ejemplos

Procedimiento

Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico psicológico a otros miembros de la comunidad.

atrasos, olvidar su material, uso del celular en clases, no entrar a tiempo a la sala de clases, quitarle la pelota o los juego a los más pequeños, etc. Dañar el bien común, agredir a otro miembro de la comunidad educativa, falsear o corregir calificaciones, reiteración de conductas calificadas como leves, etc.

A. Diálogo personal pedagógico y correctivo con compromiso de cambio, con él o los alumnos involucrados, con registro en Bitácora Personal del profesor. B. Diálogo grupal reflexivo. C. Amonestación escrita en libros de clases, aplicada por docentes, inspector general, director. D. Comunicación al apoderado. E. Acto de restablecimiento de relaciones.

Obedece a negligencia y a falta de hábitos y valores más que a premeditación. Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica y física de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten a la convivencia, como también toda acción que daña o afecta su buen desempeño escolar y que implica conciencia del hecho y su gravedad.

Actitudes

y Robo,

A. Diálogo personal pedagógico y correctivo con compromiso de cambio, con él/la o los/las alumnos/as involucrados. B. Amonestación escrita descriptiva en el libro de clases, aplicada por docentes, inspector general y/o director, y C. Entrevista al apoderado. D. Acto de restablecimiento de relaciones, si corresponde. E. Acto de reparación del daño material si lo hubiera. F. Derivación a redes de apoyo internas. G. Suspensión de clases por media jornada en el colegio, con actividades académicas entregadas por el docente respectivo. H. Servicio comunitario, pedagógico y/o de reparación a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas; el cual se realizará en horario acorde con la sanción impuesta. I. Suspensión temporal por uno o dos días. J. Carta de compromiso de cambio K. Cambio de ambiente escolar a través de traslado de curso para alumnos y alumnas con problemas de conducta (niveles paralelos) abuso A. Diálogo personal pedagógico y correctivo

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gravísima comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delitos, que implica conciencia del hecho y/o premeditación.

sexual, tráfico con compromiso de cambio, con él/la o de drogas, los/las alumnos/as involucrados. acoso escolar, - Amonestación escrita descriptiva en el reiteración de libro de clases, aplicada por docentes, conductas inspector general y/o director, y calificadas - Entrevista al apoderado. como graves, B. Acto de reparación del daño material si lo etc. hubiera. C. Suspensión temporal por dos o tres días. D. Carta de condicionalidad de matrícula. E. Cambio de ambiente escolar a través de traslado de curso para alumnos y alumnas con problemas de conducta (niveles paralelos) F. Presentación de caso a comité de convivencia. G. Prohibir la participación del estudiante en actividades de grupo programadas por el establecimiento, como giras de estudio, paseos escolares, etc. H. Suspensión indefinida del colegio, proporcionándole la opción de exámenes libres. I. Traslado de establecimiento educacional (en situación condicional dentro de los establecimientos de la comuna) J. Cancelación de matrícula. K. Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas.

FALTAS GRAVES: Art. 19°: Suspensión por 1 ó 2 días: Inspectoría general citará telefónicamente o por escrito al Apoderado para informar de la falta en que ha incurrido el alumno(a) y a su vez, comunicar la medida disciplinaria correspondiente. Si el Apoderado no concurriere a la citación en un plazo máximo de dos días, el Director podrá solicitar la visita de funcionarios del establecimiento (duplas psicosociales, inspectores y otros), para obtener información en terreno y explicar la medida, dejando constancia con firmas de esta entrevista y el acuerdo logrado. La sanción deberá quedar consignada en la hoja de vida del alumno.

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Art. 20°: Carta compromiso de modificación de conducta: conocidos los alcances de la medida, el estudiante y el Apoderado deberán comprometerse con Inspector(a) general a cumplir acuerdos establecidos en documento, el que deberá ser firmado por las partes presentes. De no cumplirse lo anterior, será calificada como falta gravísima, con las consecuencias que ella implica. FALTAS GRAVÍSIMAS: Art. 21°: Suspensión temporal por tres (3) días o más: Inspectoría general citará telefónicamente o por escrito al Apoderado para informar de la falta en que ha incurrido el alumno(a) y a su vez comunicar la medida disciplinaria correspondiente. En situaciones tales como: - Ser necesario el inmediato retiro del alumno (por falta cometida), - Negativa del apoderado frente a la suspensión, o - Negarse el apoderado a concurrir al Establecimiento, El Director solicitará a dos funcionarios del Establecimiento (inspectores, duplas, u otros profesionales), acompañar y/o visitar al alumno(a), a su domicilio o residencia habitual durante la semana, en donde un adulto responsable dejará constancia a través de su firma de la visita y medida informada. El número de días de suspensión será definido sobre la base de los antecedentes recogidos del alumno(a) a través de información entregada por Profesor Jefe, Inspectoría u otro funcionario que maneje antecedentes. El Profesor jefe deberá estar informado de medida tomada con el alumno(a). La sanción deberá quedar consignada en la hoja de vida del alumno. Art. 22°: Carta de condicionalidad: El Director y/o Inspector(a) General darán a conocer al Alumno y Apoderado las condiciones a las que deberá responder el estudiante durante el período que corresponda dicha condicionalidad. Ésta expresará compromisos que deberán ser firmados por las partes presentes. El Apoderado debe cautelar el cumplimiento de los compromisos que se establecen en dicha carta, debiendo concurrir quincenal o mensualmente (según acuerdo) a informarse de los logros y/o dificultades. Una copia de la carta queda para el Apoderado y otra en poder del Profesional responsable del seguimiento. En caso de incumplimiento de compromiso, el Colegio se reserva el derecho de no renovar la matrícula al alumno(a) al finalizar el año escolar. La carta de Condicionalidad será gestionada por el Inspector(a) General. Art. 23°: En el caso de suspensión indefinida (esta medida se aplicará al estudiante por única vez, siendo debidamente fundamentada) Inspectoría citará al Apoderado (teléfono institucional o citación escrita) a entrevista con el Director quien le informará de la medida disciplinaria correspondiente. El alumno podrá rendir exámenes al término del semestre respectivo, según calendario entregado por UTP (Evaluación). Frente a la posibilidad de que el Apoderado no pueda ser contactado o no acepte la medida impuesta, el Director solicitará la visita de funcionarios del establecimiento (duplas psicosociales, inspectores u otros), para obtener información en terreno y explicar la medida, dejando constancia y registro con firmas de esta entrevista y el acuerdo logrado. Posterior a esta gestión debe emitirse un informe sobre los resultados de la visita. La medida deberá quedar consignada en la hoja de vida del alumno.

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Art. 24°: Cancelación de matrícula: La medida es aplicada por el Director, oído el Consejo General de Profesores, y previa revisión de informes escritos presentados por el Profesor Jefe, Comité de Convivencia Escolar, Inspector General y Equipo Psicosocial, si lo hubiere. Esta medida se aplicará cuando conste objetivamente que el alumno(a) y/o Apoderado no han dado cumplimiento a las condiciones dialogadas, aceptadas y firmadas, o cuando se incurra en falta(s) gravísima(s) señaladas en el presente reglamento. El Director deberá notificar la medida al alumno(a) y Apoderado antes del proceso de matrícula fijado por el Establecimiento. Para ello se citará por escrito al alumno(a) y al Apoderado. En caso de no concurrir a dicha citación, el Director enviará una segunda citación con un Asistente de la educación al domicilio declarado en la ficha de matrícula. Si tampoco asiste a este segundo llamado en un plazo de tres días hábiles desde la fecha de emisión de la carta, se dará por ejecutada la medida y se dejará constancia de ello en la hoja de vida del alumno(a). El apoderado tendrá cinco días hábiles para apelar de la medida ante la Dirección del establecimiento, quien revisará los antecedentes del caso para ratificar o reconsiderar la medida. Es responsabilidad del Apoderado presentarse al colegio para solicitar entrevista con el Director a fin de ser notificado de la resolución final. Si esto no se realiza al menos cinco días hábiles antes del inicio del período de matrícula, la Dirección asume que el Apoderado ha renunciado al derecho de apelación y retirará al alumno(a), otorgando al colegio pleno derecho a la cancelación de matrícula en forma definitiva. El colegio orientará al alumno(a) y al Apoderado para que éste se matricule en otro establecimiento educacional, en la medida de sus posibilidades, entregando toda la documentación oficial (certificados e informes). Art. 25°: Expulsión: La medida es determinada por el Director, oído al Consejo general de Profesores en reunión extraordinaria, y previa revisión de informes escritos presentados por el Profesor Jefe, Comité de Convivencia Escolar, Inspector General y Equipo Psicosocial, si lo hubiere. Esta medida se aplicará cuando conste objetivamente que el alumno(a) y/o Apoderado no han dado cumplimiento a las condiciones dialogadas, aceptadas y firmadas, o cuando se incurra en falta(s) gravísima(s) señaladas en el presente reglamento. El Director del establecimiento o quien le subrogue en el cargo, deberá notificar la medida al alumno y apoderado en un plazo no superior a dos días hábiles de cometida la falta. Para ello citará a través de Inspectoría, por teléfono institucional o por escrito al alumno y apoderado. En caso de no concurrencia de apoderado y alumno a dicha citación, se enviará una segunda citación con un Asistente de la educación al domicilio declarado por el apoderado en su ficha de matrícula. Si tampoco asiste a este segundo llamado en un plazo de tres días hábiles desde la fecha de emisión de la carta, se dará por ejecutada la medida y se dejará constancia de ello en la hoja de vida del alumno. A partir de la fecha de notificación de sanción, el Apoderado contará con un plazo de tres días hábiles para apelar ante la dirección y de 5 días hábiles a partir de la fecha de presentación de apelación, para tomar conocimiento de la resolución definitiva. El colegio se responsabilizará de la entrega de la documentación oficial correspondiente al estudiante y atenderá los requerimiento del Apoderado y Alumno para que éste se matricule en otro establecimiento educacional, dejando constancia que el alumno(a) no podrá reintegrarse al Establecimiento.

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B.- CONSIDERACIÓN DE FACTORES AGRAVANTES O ATENUANTES Art. 26°: Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para los involucrados y la comunidad en su conjunto. Ésta será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad del o los sancionados, procurando la protección y reparación del agraviado. Al momento de determinar la sanción o medida, deberán tomarse en cuenta los siguientes criterios: 1) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. 2) La naturaleza, intensidad y magnitud del daño causado. 3) La naturaleza, intensidad y magnitud de la agresión por factores como: - La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores. - El carácter vejatorio o humillante del maltrato. - Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. - Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. - Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento. 4) La conducta anterior del responsable. 5) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. 6) La discapacidad o indefensión del afectado. Las medidas como suspensiones indefinidas, reducciones de jornada escolar o asistencia a sólo rendir evaluaciones, se podrán aplicar excepcionalmente si existe un peligro real para la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, lo que deberá ser debidamente acreditado (D.F.L. nº 2 del año 2009, art. 10 letra a)

C.- APELACIÓN A SANCIONES Art. 27°: Todo integrante de la comunidad educativa tiene derecho a apelar, con fundamento y debido respeto a la autoridad superior (Director), frente a una sanción derivada de una transgresión a las normas.

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D.- NORMAS DE CONVIVENCIA ALUMNOS Y ALUMNAS

Valor Honestidad y responsabilidad

Conducta Apropiarse de bienes ajenos

Norma Todo alumno(a) que encuentre o sustraiga cualquier prenda u objeto, dentro del establecimiento ocasionalmente, y que no sea de su propiedad, deberá ponerlo de inmediato bajo la custodia de Inspectoría.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación    

Se considera una falta grave la apropiación de objetos o bienes ajenos. Su reiteración se considerará falta gravísima. Si correspondiera se procederá de acuerdo a la ley vigente.

Profesor de aula Profesor jefe Inspectoría General/Dirección Orientadora/Encargada de Convivencia

Valor Responsabilidad ante el cuidado de bienes del colegio. Cuidado del Medio Ambiente (Art. 55°)

Conducta Maltrato a los bienes de de la comunidad escolar (mobiliario, equipos, muros, dependencias, materiales de biblioteca o laboratorios, implementos deportivos etc.).

Norma Es deber de todo alumno(a) cuidar el mobiliario y aseo escolar, materiales, instrumental didáctico y todas las dependencias del establecimiento escolar respondiendo por los deterioros causados, aunque fuesen involuntarios. Si los bienes del establecimiento sufrieren daños, sin detectarse el responsable, se asumirá la reparación con un sistema de pago solidario que podrá efectuar un grupo o todo el alumnado y/o apoderado según sea el caso . Instancia de solución o Educación Gravedad de la falta Todo daño debe ser cancelado y/o reparado por el apoderado  Profesor de Aula Se considera falta leve, grave o La evaluación del daño y/o reparación es responsabilidad de Inspectoría gravísima según el daño.  Profesor jefe  Inspectoría General/Dirección

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Valor Responsabilidad, Autocontrol y honestidad

Conducta Abandono de actividades sin autorización

Norma El alumno(a) que haga abandono del colegio durante la jornada escolar sin autorización o se ausenta a clases estando en él, deberá obligatoriamente presentarse con su apoderado al día siguiente. Además, deberá acatar las sanciones que Inspectoría determine.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Profesor de Aula/ Jefe.  Inspectoría General/Dirección  Encargada de Convivencia

No regresar en el tiempo acordado o interrumpir actividades se considera falta leve y su reiteración falta grave.

Valor Responsabilidad

Conducta Mal uso o pérdida de pertenencias personales y artículos electrónicos

Norma Los estudiantes no deben asistir al colegio con adornos, joyas, celulares, MP4, MP3 u otros artefactos electrónicos, o cualquier elemento que no sea de carácter educativo ni formativo, o pueda causar distracciones en el(la) alumno(a) que atenten con el normal desarrollo de sus aprendizajes. En el caso de los artículos electrónicos, como celulares u otros, estos serán requisados si los estudiantes son sorprendidos utilizándolos en horario de clases, siendo devueltos posteriormente sólo al apoderado. El establecimiento NO se hace responsable por pérdidas y/o deterioros de estos elementos.

Gravedad de la falta El mal uso de pertenencias personales se considera falta leve y su reiteración falta grave.

Instancia de solución o Educación  Profesor Jefe  Inspectoría General/Dirección

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Valor Responsabilidad

Conducta Salida del colegio en horario de actividad escolar, sin autorización.

Norma Si algún alumno(a) necesita retirarse antes del término de la jornada, la petición correspondiente la hará PERSONALMENTE el Apoderado. (y/o en casos debidamente justificados, a través de una comunicación escrita a Inspectoría General, siempre y cuando no existe ningún tipo de evaluación)

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación    

La salida del colegio de los alumnos, sin autorización previa, se considera falta grave.

Profesor Jefe Inspectoría Inspectoría General/Dirección Orientadora/Encargada de Convivencia.

Valor Responsabilidad

Conducta Inasistencia a clases

Norma Toda inasistencia deberá ser justificada personalmente por el apoderado cuando el alumno/a se reintegre a clases, según el presente reglamento.

Gravedad de la falta No justificar y/o no presentar certificación médica se considera falta grave.

Instancia de solución o Educación  Profesor de Aula  Inspectoría General/Dirección  Equipo Psicosocial

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Valor Responsabilidad

Conducta Inasistencia a Evaluaciones

Norma Los/as alumnos/as deben evitar inasistencias a evaluaciones calendarizadas con antelación. En caso de ausencia, el alumno(a) debe ser justificado personalmente por el apoderado con la certificación médica correspondiente, y se regirá por lo establecido en el reglamento de evaluación del establecimiento.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Profesor de Aula  Inspectoría General/Dirección  Encargada de Evaluación/Unidad Técnica Pedagógica.

No obstante lo señalado en dicho reglamento, la inasistencia injustificada a una evaluación se considera falta grave.

Valor Responsabilidad

Conducta Inasistencias a hora intermedia

Norma Los(as) alumnos(as) deben asistir a la totalidad de las clases de cada jornada. Las inasistencias a horas intermedias sin autorización serán comunicadas inmediatamente al apoderado quién deberá justificar personalmente.

Gravedad de la falta La inasistencia a horas intermedias sin autorización previa se considera falta grave.

Instancia de solución o Educación  Profesor de aula/jefe  Inspectoría  Inspectoría General/Dirección

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Valor Responsabilidad

Conducta Atraso al inicio de la jornada escolar.

Norma Todo estudiante debe ingresar puntualmente a las actividades escolares programadas.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  

La reiteración de ésta falta más de tres veces se considera falta grave.

Inspectoría General/Dirección Asistente Social

Valor Responsabilidad

Conducta Uso incorrecto de uniforme y/o usar prendas y accesorios no oficiales.

Norma El Alumno y Alumna del Establecimiento debe velar por su presentación personal en forma permanente, tanto dentro como fuera del establecimiento, luciendo el uniforme en forma correcta, demostrando así la preocupación de los Padres y/o Apoderados en lo que se refiere a higiene y presentación. Se considera correcta presentación personal, el uso de uniforme establecido por la Escuela.

Gravedad de la falta El uso inadecuado de uniforme y/o el uso de accesorios no permitidos y/o falta de higiene se considera falta leve y su reincidencia falta grave.

Instancia de solución o Educación  Inspectoría General/Dirección  Encargada de Convivencia Escolar

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Valor Puntualidad y Responsabilidad

Conducta Atraso y/o ausencia durante hora intermedia con permanencia en el colegio.

Norma Se considerará atraso intermedio, hasta 5 minutos de iniciada la actividad escolar, ingresando el alumno o alumna, en los cambios de hora pedagógica y/o en el momento que Inspectoría lo disponga, a modo de no interrumpir el desarrollo de la clase respectiva.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación    

Atraso y/o ausencia en hora intermedia es falta leve y su reiteración es falta grave.

Profesor de aula Profesor jefe Inspectoría Inspectoría General/Dirección

Valor Respeto a la diversidad

Conducta Discriminación a un integrante de la comunidad educativa

Norma Todo miembro de la comunidad escolar tiene derecho a ser respetado ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

Gravedad de la falta El no cumplimiento de ésta responsabilidad constituye falta leve y su reincidencia falta grave

Instancia de solución o Educación    

Inspectores y/o profesor de aula Inspectoría General/Dirección Encargada de Convivencia Escolar Equipo Psicosocial

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Valor Responsabilidad y dedicación al estudio.

Conducta Incumplimiento en tareas, trabajos y materiales requeridos.

Norma Todo alumno(a) debe ser responsable en cuanto al cumplimiento de compromisos y obligaciones escolares, ya sean trabajos, tareas y materiales requeridos.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación

El no cumplimiento de ésta responsabilidad constituye falta leve y su reincidencia falta grave.

   

Profesor de aula Profesor jefe Orientadora Inspectoría General

Valor Responsabilidad

Conducta Entrega inoportuna de información a los padres.

Norma Todo estudiante tiene el deber de entregar a sus padres y/o apoderado oportunamente toda información emanada desde las distintas instancias del colegio.

Gravedad de la falta La no entrega de la información se considera falta leve y/o grave según el caso.

Instancia de solución o Educación  Profesor Aula  Profesor Jefe  Inspectoría General

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Valor Responsabilidad

Conducta No portar su libreta de comunicaciones (NB1 a NB6)

Norma La libreta de comunicaciones es un documento que sirve de nexo permanente entre el establecimiento y el Apoderado Es deber de todo(a) alumno(a) portarla permanentemente.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Profesor de Aula  Profesor Jefe  Inspectoría General.

La falta de libreta de comunicaciones se considerará falta leve.

Valor Tolerancia y Respeto

Conducta Agresión Física

Norma Todo miembro de la comunidad debe respetar la integridad física de los demás miembros y solucionar los conflictos en forma pacífica. Un empujón, un golpe hacia otro, es considerado agresión

Gravedad de la falta El uso de agresión física se considera falta grave o extrema, según el caso. Si los antecedentes lo ameritan se procederá de acuerdo al protocolo establecido para los casos de bullying

Instancia de solución o Educación     

Profesor de aula/ Profesor Jefe Inspectoría General Encargada de Convivencia Escolar Orientadora Psicóloga  Inspector General/Director

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Valor Tolerancia y respeto

Conducta Agredir Psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, a través de; agresiones verbales, sobrenombres, burlas, ofensas, groserías, gestos obscenos, otros.

Norma Todo miembro de la comunidad tiene el derecho a ser respetado y respetar la dignidad personal y las diferencias individuales, cautelando la integridad psicológica de cada una de las personas .

Instancia de solución o Educación

Gravedad de la falta

    

El uso de la violencia psicológica y/o verbal será considerada falta grave o extrema según el caso Si los antecedentes lo ameritan se procederá de acuerdo al protocolo establecido para los casos de bullying.

Profesor de aula/ Profesor Jefe Inspectoría General Encargada de Convivencia Escolar Orientadora Psicóloga  Inspector General/Director

Valor Respeto

Conducta Todos los estudiantes tienen derecho a utilizar las dependencias y los espacios comunes del colegio, independiente de su edad y sexo, previa autorización de la autoridad competente.

Norma Abuso de poder de alumnos contra alumnos, por el uso de las distintas dependencias del colegio

Gravedad de la falta Se considera falta leve o grave el abuso o discriminación.

Instancia de solución o Educación  Profesor de Aula / Jefe  Inspectoría General/Dirección

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Valor Tolerancia y respeto

Conducta Emisión de mensajes que producen menoscabo a la persona, a través de diferentes medios.

Norma Todos los estudiantes deben respetar a los miembros de la comunidad y comunicarse utilizando un lenguaje adecuado y respetuoso en todo medio existente; escrito, oral, videos, fotos, otros

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación

El uso de lenguaje oral o escrito, videos, fotos, otros. De forma inadecuada se considera falta grave o extrema según el caso. Si los antecedentes lo ameritan se procederá de acuerdo al protocolo establecido para los casos de Bullying y/o ciberbullying.

 Profesor de aula/ Profesor Jefe  Inspectoría General  Encargada de Convivencia Escolar  Orientadora  Psicóloga  Inspector General/Director 

Valor Respeto

Conducta Acciones que alteran el ambiente de la clase.

Norma Es deber de todos mantener un ambiente de clases propicio para el aprendizaje y la enseñanza, que facilite el desarrollo pleno de los miembros de la comunidad en cuanto a: aptitudes, competencias, habilidades, intereses y adquisición de actitudes y valores. No será permitido el uso de celulares, equipos tecnológicos personales u otros elementos que perturben el normal desarrollo de las actividades escolares (clases, ceremonias, actos, jornadas, otros) En caso de su uso, serán requisados, debiendo el apoderado retirarlos con el docente respectivo.

Gravedad de la falta Perturbar el ambiente de la clase y el uso de celulares o equipos en actividades señaladas se considera falta leve y su reiteración falta grave (2 veces)

Instancia de solución o Educación    

Profesor de Aula Profesor Jefe Orientadora Inspectoría General/Dirección

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Valor Respeto.

Conducta Porte, venta, compra, distribución o consumo bebidas alcohólicas o sustancias ilícitas o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

Norma Los alumnos(as) deben mantener un estilo de vida saludable, libre de alcohol, tabaco y otras drogas ilícitas.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación     

El consumo de estas drogas en actividades escolares se considera falta grave y el porte, venta y/o tráfico, falta gravísima, procediéndose de acuerdo a lo que estipula la ley Nº20.000

Inspectoría General Encargada de Convivencia Escolar Orientadora Equipo Psicosocial Director

Valor Respeto

Conducta Comportamiento inadecuado en actividades realizadas dentro y fuera del establecimiento.

Norma Los estudiantes deben respetar las normas de convivencia en todas las actividades organizadas por el establecimiento o participación en representación de éste, sean dentro o fuera del establecimiento.

Gravedad de la falta La gravedad de la falta será determinada por el docente o asistente de la educación a cargo de él o los alumnos según las circunstancias en que ha ocurrido el hecho.

Instancia de solución o Educación    

Docente de aula/jefe Encargada de Convivencia Orientadora Inspectoría General/Dirección

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Valor Respeto

Conducta Porte de todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando no se haya hecho uso de ellos

Norma Todo miembro de la comunidad escolar debe mantener un ambiente seguro, libre de elementos que representen un riesgo potencial para la integridad física. Por tanto está estrictamente prohibido el porte de todo tipo de armas. El uso de determinados instrumentos cortantes en actividades educativas podrá ser permitido sólo con autorización previa del docente a cargo

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación

El no cumplimiento de esta norma es considerado falta gravísima

Profesor de Aula/jefe Inspectoría/ Encargada de Convivencia Escolar Inspectoría General/Dirección

   

Valor Respeto

Conducta Amenaza y/o agresión con armas de fuego, armas blancas, elementos cortantes u otros, sean verdaderos o falsos

Norma Todo miembro de la comunidad escolar debe mantener una actitud pacífica y mediadora frente al quiebre de la convivencia, privilegiar el dialogo, la tolerancia y la empatía

Gravedad de la falta La amenaza y/o agresión con cualquier implemento se considera falta grave o gravísima.

Instancia de solución o Educación      

Profesor de Aula/jefe Inspectoría Encargada de Convivencia Escolar Orientadora Equipo Psicosocial Inspectoría General/Dirección

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Valor Respeto

Conducta Expresiones de sexualidad inadecuadas

Norma El establecimiento valora la sexualidad humana responsable e informada. Su manifestación debe estar acorde con los principios de la moral, respeto y buenas costumbres.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Profesor de aula/jefe  Orientadora  Encargada de Convivencia  Psicologa  Inspectoría General/Dirección

Las expresiones sexuales inadecuadas en las dependencias y/o actividades del colegio se consideran falta grave.

Valor Respeto

Conducta Portar, enviar o emitir en todo medio existente, contenido grosero, pornográfico o de ofensas a otros.

Norma Todos los(as) alumnos(as) deben dar buen uso a los diferentes medios tecnológicos de comunicación y utilizarlos en el colegio solo con fines educativos

Gravedad de la falta El porte, envió o emisión de elementos con contenidos inapropiados se considera falta grave o gravísima según el caso.

Instancia de solución o Educación  Profesor de aula/jefe  Inspectoría General/Dirección  Equipo psicosocial  Encargada de Convivencia Escolar

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Valor Respeto y autocontrol

Conducta Comportamientos que perturban el ambiente de la clase

Norma Es responsabilidad de todos los alumnos mantener un comportamiento que facilite el desarrollo de la clase.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Profesor de aula/jefe  Inspectores  Encargada de Convivencia  Orientadora

Perturbar el ambiente de la clase, Interrumpiendo, parándose, gritando, riéndose en forma desmedida, molestando a sus Compañeros, se considera falta leve y su reiteración falta grave

Valor Respeto

Conducta Falta de respeto al docente o asistente de la educación en diversas formas (verbal, física, gráfica o digital).

Norma Todo alumno/a debe relacionarse en forma respetuosa con docentes y asistentes de la educación, favoreciendo el diálogo permanentemente frente a los puntos de desacuerdo.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación

Faltar el respeto a docentes o a asistentes de la educación se considera falta grave o gravísima. Si correspondiera se procederá de acuerdo a la ley Nº20.084

Inspectoría General/Director Encargada de Convivencia Orientadora Equipos psicosocial

   

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Valor Respeto y Cuidado del Medio Ambiente (Art. 55°)

Conducta Botar basura en lugares no autorizados, ya sea en el patio, aula y/o cualquier dependencia del establecimiento.

Norma Todo alumno/a debe botar su basura en los contenedores o basureros dispuestos para ello, fomentando así la higiene y cuidado general del establecimiento educacional.

Instancia de solución o Educación

Gravedad de la falta

   

Botar basura fuera de los contenedores o basureros dispuestos para ello será considerada una falta leve, y su reiteración falta grave.

Docentes Asistentes de la Educación Encargada de Convivencia Inspectora General

Valor Responsabilidad y Cuidado del Medio Ambiente (Art. 55°)

Conducta Dejar abierta la llave del agua en las diferentes dependencias de la Escuela, así como dañar o destruir las instalaciones destinadas al uso del agua (lavamanos, bebederos y estanques)

Norma Los estudiantes de la Escuela Virgen del Carmen deben hacer buen uso del agua y de las instalaciones destinadas para el uso de esta.

Gravedad de la falta El mal uso del agua o de las instalaciones que la proporcionan, será considerada una falta leve, y su reiteración falta grave.

Instancia de solución o Educación    

Docentes Asistentes de la Educación Encargada de Convivencia Inspectora General

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E.- NORMAS DE CONVIVENCIA PROFESORES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Valor Tolerancia

Conducta Presentar favoritismo hacia los estudiantes o un curso en particular, y/o no considerar las diferencias individuales.

Norma Los profesores y Asistente de la Educación deben dar a los estudiantes un trato justo e igualitario, respetando las capacidades intelectuales, sociales, afectivas y físicas.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Inspectora General/Director

El incumplimiento de esta norma se considera como falta leve, grave o muy grave, según la situación y/o reincidencia.

Valor Tolerancia.

Conducta Falta de diálogo y rigidez en el ejercicio de la autoridad.

Norma Los estudiantes tienen derecho a ser escuchados y a manifestarse ante cualquier autoridad del establecimiento, con respeto y siguiendo el conducto regular.

Gravedad de la falta El incumplimiento de esta norma se considera como falta leve o grave, según la situación y/o reincidencia.

Instancia de solución o Educación  Inspectora General/Director

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Valor Respeto

Conducta Menoscabar la dignidad de los estudiantes a través sobrenombres, bromas pesadas, burlas, discriminación, etc.

Norma Todo miembro de la comunidad escolar tiene el derecho a ser respetado y el deber de respetar la dignidad personal y las diferencias individuales, cautelando la integridad psicológica de cada uno de los miembros de la comunidad.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Inspectora General/Director

La trasgresión de esta norma se considera una falta grave o Muy grave.

Valor Respeto

Conducta Frente a la trasgresión de una norma se generaliza o se culpa a varios o a todos, sin individualizar con objetividad.

Norma Los docentes y asistentes de la educación deberán evitar generalizar ante una trasgresión de la norma, haciendo todo lo posible por individualizar las responsabilidades.

Gravedad de la falta Se considera falta leve o grave según su reincidencia.

Instancia de solución o Educación  Inspectora General/Director

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Valor Respeto

Conducta Se comparan o subestiman los cursos por rendimiento y/ o comportamiento. Cada persona o grupo curso tiene sus propias características.

Norma Los profesores deben favorecer el estimulo y el desarrollo de la autoestima, evitando calificar y comparar a las personas y a los cursos.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación  Inspectora General  Orientadora  Director

No respetar esta norma se considera falta grave

Valor Respeto

Conducta Estudiante dejado al margen de la actividad escolar por comportamiento inadecuado.

Norma Los profesores deberán derivar a Inspectoría General a aquellos estudiantes cuyo comportamiento sea inadecuado.

Gravedad de la falta Al dejar al alumno al margen de la actividad sin la correspondiente derivación, constituye una falta leve y su reiteración falta grave.

Instancia de solución o Educación  Inspectora General/Director

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Valor Respeto

Conducta Falta de información a los padres acerca de los procesos académicos y formativos de los estudiantes, por parte de docentes del establecimiento.

Norma Los padres deben ser informados oportuna y adecuadamente del avance del desarrollo del proceso educativo del estudiante, en todos los aspectos académicos y formativos.

Instancia de solución o Educación

Gravedad de la falta

 Inspectora General/Director

La falta de información oportuna al apoderado, acerca de situaciones relevantes, se considerará falta leve o grave según sea el caso.

Valor Responsabilidad

Conducta Extravío u olvido constante de instrumentos oficiales para el desempeño de la función docente y/o confidencial como: Libros de Clases, Informes de notas, bitácora personal, evaluaciones, etc.

Norma Los docentes y asistentes de la educación son responsables de toda la información y registro contenida en los Instrumentos oficiales del Establecimiento.

Gravedad de la falta No respetar esta norma se considera falta grave, y su reincidencia muy grave.

Instancia de solución o Educación  UTP/Director

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Art. 27°:        

       

OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES:

Conocer, respetar y acatar el Reglamento de Convivencia y Reglamento de Evaluación de la escuela. Conocer y colaborar con el Proyecto Educativo del Establecimiento. Concurrir diariamente, en forma puntual y con una presentación formal acorde a su función docente. Hacerse cargo del curso que le corresponde en forma puntual y permanecer con él hasta el final de la hora de clases. Preparar sus clases y manejar los contenidos de su Subsector de acuerdo a los estándares de excelencia fijados por el Ministerio de Educación. Cumplir con los procedimientos académico-administrativos inherentes a la función de un profesor dentro de los plazos establecidos para ello, tales como: manejo de libros de clases, confección de informes de notas, certificados, actas de notas, entre otros. Velar por el cumplimiento de las normas y el reglamento de convivencia por parte de los alumnos(as). Solicitar por escrito la autorización correspondiente en la Dirección, en caso de ausencia prevista, además de dejar material pedagógico para que los alumnos(as) trabajen en la asignatura durante su ausencia. Se excluye de esta responsabilidad en casos excepcionales sujeto a criterio del Director(a). Avisar oportunamente a la Dirección de preferencia, antes del inicio de la jornada, la inasistencia por causa inesperada y justificada, con el objeto de tomar oportunamente las medidas de suplencia. Mantener comunicación permanente con Padres y Apoderados para proporcionarles información sobre el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje y orientación de sus hijos o pupilos. Mantener al día los documentos e informes relacionados con su responsabilidad funcionaria y entregar en forma precisa y oportuna la información que cualquier estamento, directivo, administrativo o técnico solicite. Asistir y participar en los Consejos Técnicos-Pedagógicos. Asistir a los actos educativos, culturales y cívicos que el establecimiento programe dentro del horario que al funcionario le corresponda. Asistir a cursos de perfeccionamiento que la Dirección del Establecimiento defina junto con el docente. Informar o denunciar situaciones irregulares referidas a los alumnos, personal y/o infraestructura al estamento que corresponda. Dirigirse con respeto y cordialidad a todas las personas o estamentos del colegio.

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Art. 28°:          

OBLIGACIONES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN:

Conocer, respetar y acatar el Reglamento de Convivencia y Reglamento de Evaluación de la escuela. Conocer y colaborar con el Proyecto Educativo del Establecimiento. Concurrir diariamente, en forma puntual y con una presentación formal acorde a su función. Cumplir con los procedimientos inherentes a la función que le corresponda dentro de los plazos establecidos para ello. Velar por el cumplimiento de las normas y el reglamento de convivencia por parte de los alumnos(as). Solicitar por escrito la autorización correspondiente en la Dirección, en caso de ausencia prevista. Se excluye de esta responsabilidad en casos excepcionales sujeto a criterio del Director(a). Avisar oportunamente a la Dirección, preferentemente antes del inicio de la jornada, la inasistencia por causa inesperada y justificada. Mantener al día los documentos e informes relacionados con su responsabilidad funcionaria y entregar en forma precisa y oportuna la información que cualquier estamento, directivo, administrativo o técnico solicite. Informar o denunciar situaciones irregulares referidas a los alumnos, personal y/o infraestructura al estamento que corresponda. Dirigirse con respeto y cordialidad a todas las personas o estamentos del colegio.

F.- CONSECUENCIAS DE LAS TRANSGRESIONES A LAS NORMAS DE PROFESORES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Art. 29°: La transgresión de una norma contenida en este Reglamento de Convivencia por parte de un funcionario del Establecimiento será evaluada por la instancia que señala el presente Reglamento, la cual resolverá las consecuencias y/o sanciones. Los tipos de consecuencias utilizadas son: 1. AMONESTACIÓN VERBAL Representación verbal, de una falta leve cometida. 2. AMONESTACIÓN ESCRITA Registro en Hoja de vida del funcionario, por parte del director del Establecimiento. 3. INFORME ESCRITO A DIRECTOR DAEM De acuerdo a la gravedad de la falta o a la reiteración de faltas graves, la Dirección del Establecimiento comunicará los hechos al Departamento de Educación. 4. DENUNCIA A CARABINEROS O FISCALIA SEGÚN CORRESPONDA. Se realizara una denuncia por parte de dirección o jefe DAEM a los organismos legales correspondientes, de conductas y acciones que atenten contra la integridad física y psicológica de alumnos, apoderados o personal del establecimiento.

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G.- NORMAS DE CONVIVENCIA PADRES Y/O APODERADOS

Valor Respeto

Conducta Falta de compromiso de los apoderados en los subcentros o en actividades programadas con el colegio.

Norma Es un deber de cada apoderado asistir y participar en las diversas reuniones y actividades generales en los subcentros y en el colegio. La inasistencia a reunión de subcentro será justificada por comunicación al profesor jefe cuando sea con anterioridad a la reunión, y personalmente cuando se informa con posterioridad a ésta.

Instancia de solución o Educación

Gravedad de la falta

   

El incumplimiento de esta norma se considerará falta grave, debido a la negligencia implícita en esta conducta.

Profesor Jefe Inspectoría General Asistente Social Dirección

Valor Respeto

Conducta Falta de respeto entre apoderados, hacia el personal del Colegio y/o los alumnos.

Norma Los apoderados deberán establecer relaciones de respeto, promoviendo la unidad y comunicación entre ellos, con los estudiantes y con el Personal del establecimiento.

Gravedad de la falta La falta de respeto entre apoderados, hacia un funcionario del Colegio o estudiante se considera falta grave o extrema.

Instancia de solución o Educación  Profesor jefe  Directivos  Jefe de Daem

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Valor Responsabilidad

Conducta Delegar al establecimiento el proceso formativo de los educandos.

Norma Siendo los padres y apoderado los primeros educadores de sus hijos, y el establecimiento el colaborador en esta misión, es de su responsabilidad inculcar valores, formar hábitos y responsabilidad escolar en sus hijos y/o pupilos.

Gravedad de la falta

Instancia de solución o Educación   

El no cumplimiento de este compromiso constituye falta grave.

Profesor Jefe Inspectoría General Equipo psicosocial.

Valor Responsabilidad

Conducta Familia descalifica al Profesor

Norma Las familias deben colaborar y participar en la creación de un ambiente de sana convivencia, favoreciendo el dialogo directo en las instancias que corresponden, para la búsqueda de soluciones.

Gravedad de la falta La crítica negativa o las descalificaciones en instancias que no corresponden, se consideran faltas graves.

Instancia de solución o Educación   

Profesor Jefe Inspectoría General Equipo psicosocial.

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Valor Responsabilidad

Conducta Incumplimiento de las indicaciones y/o exigencias del establecimiento para la superación académica y/o conductual del estudiante

Norma Los padres y/o apoderados deben asumir las indicaciones y/o exigencia del Establecimiento orientadas a la superación de las dificultades del alumno.

Gravedad de la falta No asumir este compromiso se considera falta grave o muy grave.

Art. 30°:            

Instancia de solución o Educación Profesor Jefe Inspectoría General Equipo psicosocial.

OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y/O APODERADOS:

conocer y colaborar con el Proyecto Educativo del Establecimiento. conocer, respetar y acatar el Reglamento de Convivencia y Reglamento de Evaluación de la escuela, comprometiéndose en hacer cumplir y respetar por parte de su hijo(a) o pupilo(a). ceñirse según el conducto regular que establece el colegio, siendo la primera instancia la comunicación con el Profesor(a) jefe y/o de asignatura, y en última instancia con el Inspector(a) General o Director(a) según corresponda. asistir en forma oportuna a las entrevistas a las que son citados. asistir a lo menos a un 80 % de las reuniones, charlas y talleres fijados anualmente. si se ven imposibilitados de asistir a una reunión, charla o taller, deben justificarse por escrito al Profesor Jefe antes de la reunión o inmediatamente al inicio de la jornada del día siguiente. El apoderado tiene también la opción de enviar al apoderado suplente en su reemplazo. tienen el deber de supervisar el cumplimiento de las exigencias y responsabilidades escolares de sus pupilos, enviarlos diariamente al colegio y cautelando el cumplimiento de horarios de llegada y salida. informar oportunamente al Profesor(a) Jefe sobre cualquier situación especial que afecte a su hijo y que pueda incidir en su desempeño escolar. Éste canalizará la información al estamento correspondiente (UTP, Inspectoría). asumir cargos de responsabilidad que se encomienden en el curso o en el Centro General de Padres. respetar y cumplir lo establecido en los Derechos del Niño. propender a una comunicación fluida que permita a padres y escuela, manejar las informaciones relevantes necesarias para apoyar el proceso educativo de los alumnos. Para tales efectos el colegio enviará sus comunicaciones por intermedio de la libreta de comunicaciones, teléfono y/o correo electrónico. Es deber de los padres informarse periódicamente.

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     

Si por razones personales, un alumno necesitara ausentarse de clases por un período de dos o más días, el apoderado deberá justificar personalmente en oficina de inspectoría. Ausencias por más de dos días por motivos de salud deben ser justificadas con certificado médico. dirigirse con respeto y cordialidad, siguiendo los conductos regulares, a todas las personas o estamentos del colegio. retirar personalmente a su pupilo del colegio, quedando un registro en el Libro de salida de alumnos(as). abstenerse de intervenir en aspectos técnico pedagógicos o administrativos, los que son de exclusiva responsabilidad del Colegio. acoger y asumir las indicaciones del colegio referentes a evaluaciones de profesionales externos, presentando los informes correspondientes. en caso de que los estudiantes permanezcan en el establecimiento en horario establecido para reuniones de subcentros, es responsabilidad del apoderado(a) su cuidado.

H.- CONSECUENCIAS DE TRANSGRESIONES A LAS NORMAS DE APODERADOS Art. 31°: Debido a que los padres y apoderados son integrantes de nuestra comunidad educativa, éstos se deben regir por las normas de convivencia del presente reglamento. La transgresión de esta normativa será evaluada por la instancia correspondiente y las consecuencias serán determinadas de acuerdo a la gravedad de la falta y en consideración a los antecedentes. Las Consecuencias posibles son: 1. ENTREVISTA PERSONAL Conversación o entrevista con el Apoderado, en la instancia correspondiente, acerca de la situación ocurrida a fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida y establecer compromisos. 2. AMONESTACIÓN ESCRITA Carta escrita con copia en Dirección, enviada por la instancia correspondiente, ante la presencia de una falta grave o la reiteración de falta leve. 3. SUSPENSIÓN TEMPORAL En tal situación, el apoderado deberá nombrar un apoderado reemplazante. La medida deberá quedar registrada por escrito. 4. PROHIBICIÓN DE INGRESO AL ESTABLECIMIENTO. El apoderado no podrá ingresar al establecimiento en forma permanente, debiendo ser reemplazado por un nuevo apoderado. La medida deberá quedar registrada por escrito. 5. DENUNCIA A CARABINEROS O FISCALIA SEGÚN CORRESPONDA. Se realizara una denuncia por parte de dirección o jefe DAEM a los organismos legales correspondientes, de conductas y acciones que atenten contra la integridad física y psicológica de alumnos, apoderados o personal del establecimiento. TÍTULO 3: DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA La escuela en su afán de promover la convivencia social fundada en los valores de participación, justicia y solidaridad ha establecido unos derechos y deberes para los miembros de su comunidad. Art. 32°: Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Art. 33°: Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a

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colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Art. 34°:

ESPECIFICACIÓN DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS:

Derechos           

Deberes

Ser protegido Ser respetado Ser escuchado Conocer sus calificaciones oportunamente. Usar las dependencias del establecimiento. Registrar lo positivo y negativo de sus conductas. Trabajar en un ambiente acogedor, con una infraestructura adecuada. No ser discriminados. Expresarse libremente con respeto. Educarse Usar la Tecnología

Art. 35°:



 

  



         

Acatar las normas del establecimiento. Respetar. Ser asertivo, expresarse con respeto. Presentarse a la evaluaciones Cuidar los bienes del establecimiento Colaborar y participar activamente. Conservar los implementos, accesorios e infraestructura de la escuela. No discriminar Usar vocabulario adecuado Asistir a clases. Resguardo y buen uso de la tecnología.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS APODERADOS:

Derechos 



Reforzar los valores en familia. Recibir información oportuna y fidedigna del comportamiento y rendimiento de sus hijos y pupilos. Libertad para expresarse con respeto y responsabilidad. Manifestar su opinión abierta y franca con la persona adecuada y en el momento oportuno. Que el establecimiento le ofrezca a sus hijos seguridad e integralidad. Que sus hijos o pupilos sean atendidos sin discriminación y con un trato igualitario. Entregar hábitos de estudio y de higiene a sus hijos. Conocer las normas del establecimiento.

Deberes  

  



Entregar una formación valórica orientada a la superación de sus hijos. Presentarse en el establecimiento oportunamente cada vez que sea citado, incluyendo las reuniones de padres y apoderado. Hacerse responsable de lo expresado. Seguir conducto regular ante cualquier eventualidad. Justificar todo tipo de ausencia y retiros del establecimiento y autorizar permisos a representaciones públicas. Enviar a sus hijos o pupilos con una buena presentación personal, evitando ropas cortas, colores llamativos, uso reiterado de buzo, demasiados accesorios (pulseras, aros, pinches, collares, pinturas, etc.)

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Art. 36°: DERECHOS Y DEBERES DE LOS DOCENTES, ASISTENTES Y TÉCNICOS DE LA EDUCACIÓN DERECHOS

DEBERES

1. Ser respetado por cada estamento de la Comunidad Escolar.

1.- Respetar a la Comunidad Escolar, manteniendo una actitud cordial y amable.

2. Ser aceptado con fortalezas y debilidades.

2.- Ser tolerantes y empáticos con los miembros de la Comunidad Escolar.

3. Tener tiempo, espacio y ambiente grato.

3.- Cumplir con cada una de las labores propias del cargo.

4. Libertad de expresión responsable. 4.- Escuchar con respeto las opiniones, sin transgredir la libertad del otro. 5. No ser discriminado. 5.- Ser inclusivo. 6. Recibir información oportuna y fidedigna del quehacer educativo y beneficios que le otorgue el Estatuto Docente y el Código del Trabajo.

6.Cumplir con cada una de responsabilidades que el quehacer exige.

las

TITULO 4: NORMAS DE PREVENCION DE RIESGOS, HIGIENE Y SEGURIDAD, “PRIES”. HIGIENE Art. 37°: Los alumnos deberán conocer y practicar hábitos de higiene personal y ambiental, dentro y fuera del Establecimiento. Art. 38°: El Establecimiento deberá contar con: - Agua potable. - Servicios Higiénicos suficientes, adecuados y seguros, mantención e higiene permanente y adecuada - Calefacción. - Lavatorios, duchas en número suficiente y adecuado. - Cocina equipada con implementos. - Comedores implementados. - Desinfectantes, detergentes, basureros con tapas, escobas, paños de sacudir, etc., que permitan la mantención adecuada del local escolar. - Bodega para almacenamiento de alimentos. Art. 39°: El Establecimiento debe realizar campañas para prevenir y erradicar la contaminación tanto de sarna, como de pediculosis u otros.

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Art. 40°: Toda la Comunidad Escolar deberá comprometerse a colaborar activamente para realizar, mantener, mejorar y promover el aseo, orden e higiene del local escolar, apoyándose en charlas, afiches, diapositivas, actos cívicos, campañas, exposiciones impulsadas por Inspectoría General, Orientación y profesores jefes, fundamentalmente. PREVENCION DE RIESGOS: Art. 41°: El Establecimiento deberá poseer, a lo menos, los siguientes elementos, para prevenir posibles riesgos: extintores en número suficiente; botiquín escolar, dotado al menos de algodón, yodo, gasa, vendas, tela adhesiva, tijeras, pinzas, alcohol, agua oxigenada, aspirinas, espasmolíticos, analgésicos, polvos antibióticos, camilla. Art. 42°: Para un buen manejo del botiquín escolar, se capacitará a lo menos un profesor monitor y a un grupo de alumnos en técnica de primeros auxilios. Art. 43°: Las superficies destinadas al trabajo y recreación de los alumnos deben estar libres de elementos que dificulten el normal desarrollo de las actividades docentes o representen riesgos, tanto para los alumnos como para el personal que se desempeñe en el plantel. Art. 44°: La distribución del mobiliario en los diferentes recintos del local escolar debe contemplar el libre desplazamiento de los alumnos y facilitar la evacuación en caso de una emergencia. Art. 45°: Mantener expeditos los accesos, puertas, escaleras y zonas de seguridad; demarcado el arco de cada puerta que comunique con el pasillo. Art. 46°: Eliminar condiciones inseguras tales como: artefactos en mal estado, muebles deteriorados, vidrios quebrados, instalaciones eléctricas defectuosas, etc. Y que cada tubo fluorescente cuente con protección y en funcionamiento permanente. Art. 47°: Conocer y disponer normas y medidas para la práctica de la Operación Deyse. Escaleras de salida de emergencia hacia el patio con gomas antideslizantes. Art. 48°: Para la práctica de evacuación, el Establecimiento deberá tener un croquis de la planta física, indicando vías de escape y zonas de seguridad, ubicado en lugar visible. Art. 49°: En casos de emergencia deberá comunicarse con los servicios de bomberos, carabineros, hospital, ACHS, etc., según corresponda utilizando los medios disponibles. Art. 50°: En caso de accidente escolar, se trasladarán al hospital local, en el caso del personal, según corresponda, a la gravedad del accidente se remitirá al Centro Asistencial que corresponda, con la documentación que amerite. Art. 51°: Se informará a todos los estamentos de la Comunidad Escolar sobre beneficios de seguro escolar, laboral, normas y procedimientos administrativos a seguir. Art. 52°: Deberá existir un comité paritario compuesto por un directivo, un docente y un asistente de la educación; además de los representantes de la I. Municipalidad.

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SEGURIDAD ESCOLAR Art. 53°: Todas las acciones mencionadas en los párrafos I y II se pondrán al servicio de la práctica de las Normas de Seguridad Escolar, además de: mantener en buenas condiciones de funcionamiento instalaciones eléctricas y artefactos, calefactores, radios, equipos proyectores, mobiliario, cercos, muros y techumbres, máquinas y herramientas, productos químicos. Art. 54°: Cada 2 meses se realizará una Operación Deyse. TÍTULO 5: CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE.

Art. 55°: El cuidado del Medio Ambiente es una actividad en que los niños y niñas pueden y deben participar, al ser esta una tan necesaria tarea para cuidar nuestro entorno natural. Todos los niños y niñas de la Escuela Virgen del Carmen deben adquirir desde pequeños el hábito de cuidar la naturaleza y el planeta. RESPONSABILIDADES DE TODOS LOS ESTUDIANTES DE LA ESCUELA VIRGEN DEL CARMEN CON EL MEDIO AMBIENTE: 1.- Debo cuidar y ahorrar el agua. Usar solo el agua que necesito y evitar la contaminación, el agua es vida y todos dependemos de ella. 2.- Debo disminuir la basura que genero, aprovechar aquellos residuos que puedan volverse a usar y promover el reciclaje tanto como sea posible. 3.- Evitar contaminar el ambiente fumando, permitiendo fugas de gases tóxicos y haciendo ruido en exceso. 4.- Las cosas que hay en la escuela y en la calle son de todos por lo que no hay que dañarlas, romperlas o ensuciarlas. 5.- Es de mi responsabilidad ahorrar energía eléctrica en mi casa, colegio y comunidad, aprovechando la energía del sol. Art. 56°: La Escuela Virgen del Carmen dispone de bebederos accesibles y en buen estado, que permiten el uso diario por parte de nuestros estudiantes, facilitando el acceso a este vital recurso, tanto para su consumo como para mantener la higiene. Art. 57°: La Escuela Virgen del Carmen cuenta con contenedores de basura y basureros distribuidos en todas sus áreas de recreación, de tránsito, aulas y oficinas. Art. 58°: De acuerdo a la ley 19.419 en su artículo 10, la Escuela Virgen del Carmen prohíbe fumar a todo el personal y/o estudiantes del establecimiento, en cualquier espacio de sus dependencias, sean estos lugares abiertos o cerrados. Art. 59°: El personal docente y asistentes de la educación fomentan en los estudiantes de la Escuela Virgen del Carmen el correcto uso de aparatos eléctricos y de ahorro de energía, tanto es el establecimiento como en su casa y comunidad en general. Art. 60°: Los estudiantes y comunidad educativa de la Escuela Virgen del Carmen deben fomentar la alimentación saludable en todo momento, favoreciendo la alimentación nutritiva y baja en azúcares, sodio y calorías.

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TITULO 6: DISPOSICIONES FINALES

Artículo 61°: Toda situación no prevista en este Reglamento será resuelta por el Director del establecimiento, conforme a la legislación vigente y pertinente a cada caso en particular.

Artículo 62°: Este Reglamento regirá a contar del año 2016.

HECTOR ARRIAGADA GARRIDO Director

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ANEXOS A.- PROTOCOLO PARA CASOS DE DELITOS SEXUALES La actual legislación sobre delitos sexuales, que comprende la modificación realizada a través de la Ley Nº 19.927, clasifica el abuso sexual en 7 figuras específicas: violación, incesto, estupro, sodomía, abuso sexual, pornografía infantil y utilización de niños para la prostitución. Esta legislación concentra la mayor gravedad de las sanciones en caso de víctimas menores de edad, ampliando la sanción si los delitos son cometidos por personas vinculadas a las víctimas, bastando que tenga una relación directa o habitual con menores de edad. Las conductas constitutivas de delitos sexuales se encuentran contempladas en el Código penal, como: Violación propia, violación impropia, abuso sexual simple, abuso sexual calificado, abuso sexual infantil, abuso sexual infantil impropio. De acuerdo al actual Código Procesal Penal, están obligados a denunciar estos hechos los miembros de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, los empleados públicos y de salud, los fiscales del Ministerio Público y los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel (respecto a los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento). Procedimiento De Intervención En Casos De Delitos Sexuales: 1.- Inspector General, profesores o asistentes de educación que reciba una develación constitutiva de delito sexual, deberá acercarse al responsable del establecimiento educacional con el fin de comunicar los hechos. 2.- Es necesario no continuar interrogando a la víctima luego de la develación inicial, puesto que preguntarle al niño o niña de manera inadecuada sobre lo que usted cree que pasa, puede causar más sufrimiento y alertar a las personas involucradas, complicando la investigación o retardando la reparación del daño. 3.- Se debe informar al Equipo Psicosocial sobre la situación constitutiva de delito sexual, con el propósito de tomar las medidas necesarias en forma inmediata. 4.- El Director, Inspector General o Equipo Psicosocial de informar a la familia sobre los hechos. Se sugiere disponer de un primer momento para conversar privadamente con los adultos, de manera que éstos asimilen la información y luego incorporar al niño. 5.- Posteriormente, quien recibe la información deberá realizar una denuncia directa a las instancias encargadas (carabineros, Policía de Investigaciones o Fiscalía de Yungay), en compañía del encargado del establecimiento, pudiendo solicitar el asesoramiento del equipo psicosocial. 6.- Una vez hecha la denuncia, es labor de la justicia realizar las investigaciones y efectuar las derivaciones requeridas por la víctima. 7.- En caso de sospecha de abuso sexual infantil, se debe informar al Equipo Psicosocial, con el objetivo de buscar orientación y ayuda en las redes de apoyo, entre los cuales se encuentra el Servicio Nacional de Menores (800 730 800), Consejera Técnica de Tribunal de Familia de Yungay (0422680555/042-2680056), Oficina de Protección de Derechos de la Infancia, SENAME Yungay (0422680029).

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Obligación De Denuncia De Delitos. Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Se Debe Tener Presente Lo Siguiente: • La comunidad educativa tiene la obligación legal de informar sobre los casos de maltrato y/o de abuso sexual que ocurren en su establecimiento. • Es labor de la justicia realizar investigaciones y aplicar sanciones a los agresores (as). El rol del establecimiento, en primer lugar, es proteger al niño e informar del caso a la red de prevención y atención. • La actitud del adulto de la escuela a quien se le revela una situación de abuso no puede ser cuestionadora. Preguntas como “¿estás seguro de lo que dices?”, “¿no lo habrás provocado tú por portarte mal?” o ¿”por qué no lo contaste antes?”, comunican que no se le está creyendo y que se le cuestiona, lo cual puede provocar incluso que niegue los hechos, aunque estos sean ciertos y puedan volver a repetirse. • Si el abuso sexual, ocurre fuera del establecimiento educacional, se recomienda, tomar contacto con las redes de prevención y atención especializadas, como la OPD o red del SENAME; o bien efectuar la denuncia en los organismos correspondientes. • Si el abuso sexual, ocurre al interior del establecimiento y/o el agresor se desempeña en el mismo, se requiere disponer de inmediato las medidas para alejar a la víctima del presunto agresor. Si el presunto agresor es un adulto de la comunidad educativa es fundamental disponer medidas para evitar todo contacto de éste con niños mientras dure el proceso de investigación. • Si el agresor es otro menor de edad, hay que tener presente que tiene responsabilidad penal adolescente a contar de los 14 años y hasta los 17 años. Por otra parte, si el agresor es menor de 14 años, no responde criminalmente, pero el hecho se denuncia al Juzgado de Familia.

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B.- PROTOCOLO PARA CASOS DE BULLYNG Y CIBERBULLYNG Se deben considerar los siguientes conceptos diferenciales: 

El conflicto se origina en situaciones que involucran a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles, donde las emociones y los sentimientos tienen especial preponderancia.



La agresividad corresponde a un comportamiento defensivo natural de los seres vivos como una forma de enfrentar situaciones de riesgo que se presentan en el entorno.



Las definiciones de violencia tienen en común dos ideas básicas: - El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica;

- El daño al otro como una consecuencia. La violencia no es un algo innato de los seres humanos, sino un hecho cultural. 

El BULLYNG como fenómeno se define como una relación de abuso entre pares, que implica a lo menos la presencia de cuatro elementos para calificarlo como tal y que: a. Se da entre pares. b. Exista una situación de desequilibrio de poder. c. Es sostenido en el tiempo y por tanto constituye una relación—no una situación aislada—de abuso. d. La víctima o víctimas no tienen posibilidades de salirse de esta situación.



El CIBERBULLYNG tiene las mismas características definidas para el Bullyng, pero se manifiesta a través del uso del Internet y sus Redes Sociales como: facebook, twitter, google, youtube, MSN, blogs y otros. En donde se busque causar daño, difamación, ridiculización, amenazas, ofensas o provocar menoscabo a través de las publicaciones de textos, imágenes o videos que se difundieran a en estas redes.

DETECCIÓN: Los Responsables de detectar casos de Bullyng en la Comunidad Educativa son: Docentes, Estudiantes, Asistentes de la Educación, Directivos, Padres y Apoderados. ACCIONES A SEGUIR:

I. Al constatarse la situación se debe alertar al Inspector(a) General, quien se encargará de adoptar las medidas de urgencia para la situación, y determinar las estrategias y acciones a seguir, efectuando las derivaciones o consultas correspondientes. II. El estudiante agredido será contenido y atendido según la gravedad de la situación, solicitando el apoyo de Psicóloga u Orientadora. III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en la hoja de vida del agresor, correspondiente al Libro de Clase.

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IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas pedagógicas necesarias: Agresor(es): (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.  Promover que el o los estudiantes que realizaron la agresión pidan disculpas al afectado, promoviendo el autoanálisis personal de modo que el agresor comprenda la gravedad de sus actos.  Informar sobre los alcances legales de sus actos.  Informar a los apoderados a través de vía telefónica, escrita y/o en entrevista formal.  Dado que este tipo de falta es considerada gravísima, se procederá de acuerdo al protocolo correspondiente a la clasificación de la falta (art. 18°). Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. Derivación tanto el agresor como el agredido, a Equipo Psicosocial y/u orientadora del establecimiento. IV. Comunicación con el apoderado o padres de los estudiantes involucrados: (profesor jefe, profesor de asignatura, inspectores, según quien corresponda) Familia del o de los agresores:  Información de la situación y las medidas y sanciones pedagógicas.  Informar sobre los alcances legales de los actos cometidos por su(s) hijo(s).  Solicitar colaboración y apoyo en la labor formativa del establecimiento, en torno a las necesidad de fortalecer la buena convivencia y facilitar la convivencia escolar. Familia del agredido(a):  Información de la situación, medidas y/o sanciones pedagógicas.  Informar sobre los alcances legales de los actos cometidos hacia su hijo.

V. En caso de traslado a centro asistencial: Trasladar a: Hospital Comunitario de El Carmen, con seguro escolar. Traslado: Según la gravedad de las lesiones, la escuela se hará cargo del traslado al Centro Asistencial, o bien se le solicitará al padre o apoderado colaboración con dicho traslado. Responsable mientras llega el apoderado: Inspector del colegio.

C. PROTOCOLO DE ACCIÓN POR AGRESIÓN FÍSICA ENTRE ESTUDIANTES I. En caso de una agresión física entre estudiantes, el caso debe ser derivado inmediatamente a Inspectoría, siendo un(a) inspector(a) de patio el encargado de velar por el cumplimiento de los pasos del protocolo. II. El estudiante agredido será contenido y atendido según la gravedad de la situación, si más de un estudiante sale lastimado, se debe proceder de la misma forma con todos ellos.

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III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en la hoja de vida, ya sea el perteneciente al registro de Inspectoría o el del Libro de Clase, de los estudiantes involucrados. IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas pedagógicas necesarias: Agresores: (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.  Promover que el alumno(a) que realizó la falta pida disculpa a los afectados.  Informar a los apoderados a través de vía telefónica, escrita y/o en entrevista formal.  Aplicación de sanciones descritas en Reglamento de Convivencias Escolar (art. 18°) Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. Derivación tanto el agresor como el agredido, a orientadora o psicóloga del establecimiento según corresponda y en caso de que se requiera. IV. Comunicación con el apoderado o padres de los estudiantes involucrados: (profesor jefe, profesor de asignatura, inspectores, según quien corresponda) Familia del o de los agresores:  Información de la situación y las medidas y sanciones pedagógicas.  Solicitar colaboración y apoyo en la labor formativa del establecimiento, en torno a las necesidad de fortalecer la buena convivencia y facilitar la convivencia escolar. Familia del agredido(a):  Información de la situación, medidas y/o sanciones pedagógicas. V. En caso de traslado a centro asistencial: Trasladar a: Hospital Comunitario de El Carmen, con seguro escolar. Traslado: Según la gravedad de las lesiones, la escuela se hará cargo del traslado al Centro Asistencial, o bien se le solicitará al padre o apoderado colaboración con dicho traslado. Responsable mientras llega el apoderado: Inspector del colegio. D.- PROTOCOLO DE ACCIÓN POR AGRESIÓN PSICOLÓGICA ENTRE ESTUDIANTES I. En caso de una agresión psicológica entre estudiantes, el caso debe ser derivado inmediatamente a Inspectoría, siendo un(a) inspector(a) de patio el encargado de velar por el cumplimiento de los pasos del protocolo. II. El estudiante agredido será contenido y atendido según la gravedad de la situación. III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en la hoja de vida, ya sea el perteneciente al registro de Inspectoría o el del Libro de Clase, de los estudiantes involucrados. IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas pedagógicas necesarias: Agresores: (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.

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 Promover que el alumno(a) que realizó la falta pida disculpa a los afectados.  Informar a los apoderados a través de vía telefónica, escrita y/o en entrevista formal.  Aplicación de sanciones descritas en Reglamento de Convivencias Escolar (art. 18°) Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. Derivación tanto el agresor como el agredido, a orientadora o psicóloga del establecimiento según corresponda y en caso de que se requiera. V. Comunicación con el apoderado o padres de los estudiantes involucrados: (profesor jefe, profesor de asignatura, inspectores, según quien corresponda) Familia del o de los agresores:  Información de la situación y las medidas y sanciones pedagógicas.  Solicitar colaboración y apoyo en la labor formativa del establecimiento, en torno a las necesidad de fortalecer la buena convivencia y facilitar la convivencia escolar. Familia del agredido(a):  Información de la situación, medidas y/o sanciones pedagógicas. F.- PROTOCOLO DE ACCIÓN POR AGRESIÓN FÍSICA Y/O PSICOLÓGICA DE ESTUDIANTE A DOCENTE O ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN I. En caso de una agresión psicológica o física hacia un docente o asistente de la educación por parte de un estudiante, el caso debe ser derivado inmediatamente a Inspectoría General y Dirección, siendo el Inspector General o Director el encargado de velar por el cumplimiento de los pasos del protocolo. II. El Docente o Asistente de la Educación agredido será contenido y atendido según la gravedad de la situación. III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en la hoja de vida del agresor, ya sea el perteneciente al registro de Inspectoría o el del Libro de Clase. IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas pedagógicas necesarias: Agresores: (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.  Promover que el alumno(a) que realizó la falta pida disculpa.  Informar a los apoderados a través de vía telefónica, escrita y/o en entrevista formal.  Aplicación de sanciones descritas en Reglamento de Convivencias Escolar (art. 18°) Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. Derivación del agresor a orientadora o psicóloga del establecimiento según corresponda y en caso de que se requiera. V. Comunicación con el apoderado o padres del o los estudiantes involucrados: Familia del o de los agresores:  Información de la situación y las medidas y sanciones pedagógicas.  Solicitar colaboración y apoyo en la labor formativa del establecimiento, en torno a las necesidad de fortalecer la buena convivencia y facilitar la convivencia escolar.

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VI. En caso de traslado a centro asistencial:  Se lleva al docente o asistente de la educación al Hospital Comunitario de El Carmen para que se le brinden los cuidados de salud necesarios.  De ser necesario, se llamará a una ambulancia para su traslado. VII. Si es necesario efectuar denuncia en caso de delito: Si se está frente a un acto de violencia que constituye un delito, se debe considerar la obligación de denuncia. G.- PROTOCOLO DE ACCIÓN POR AGRESIÓN FÍSICA Y/O PSICOLÓGICA DE DOCENTE O ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN HACIA ESTUDIANTE I. En caso de una agresión psicológica o física hacia un estudiante por parte de un docente o asistente de la educación, el caso debe ser derivado inmediatamente a Inspectoría General y Dirección, siendo el Inspector General o Director el encargado de velar por el cumplimiento de los pasos del protocolo. II.

El estudiante agredido será contenido y atendido según la gravedad de la situación.

III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en la hoja de vida del docente o asistente de la educación. IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas necesarias: Agresores: (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.  Promover que el adulto que cometió la falta pida disculpa.  Informar a los apoderados a través de vía telefónica, escrita y/o en entrevista formal.  Aplicación de sanciones descritas en Reglamento de Convivencias Escolar (art. 29°) Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. V. Comunicación con el apoderado o padres del o los estudiantes involucrados: Familia de la víctima:  Información de la situación y las medidas y sanciones. VI. En caso de traslado a centro asistencial: Trasladar a: Hospital Comunitario de El Carmen, con seguro escolar. Traslado: Según la gravedad de las lesiones, la escuela se hará cargo del traslado al Centro Asistencial, o bien se le solicitará al padre o apoderado colaboración con dicho traslado. Responsable mientras llega el apoderado: Inspector del colegio. VII. Si es necesario efectuar denuncia en caso de delito: Si se está frente a un acto de violencia que constituye un delito, se debe considerar la obligación de denuncia.

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H.- PROTOCOLO DE ACCIÓN POR AGRESIÓN FÍSICA Y/O PSICOLÓGICA DE PADRE O APODERADO A DOCENTE O ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN I. En caso de una agresión psicológica o física hacia un docente o asistente de la educación por parte de un padre o apoderado, el caso debe ser derivado inmediatamente a Inspectoría General y Dirección, siendo el Inspector General o Director el encargado de velar por el cumplimiento de los pasos del protocolo. II. El Docente o Asistente de la Educación agredido será contenido y atendido según la gravedad de la situación. III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en un informe, el cual deberá archivarse en Carpeta de Denuncias o bien remitida al DAEM, según la gravedad del hecho. IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas necesarias: Agresores: (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.  Aplicación de sanciones descritas en Reglamento de Convivencias Escolar (art. 31°) Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. V. En caso de traslado a centro asistencial:  Se lleva al docente o asistente de la educación al Hospital Comunitario de El Carmen para que se le brinden los cuidados de salud necesarios.  De ser necesario, se llamará a una ambulancia para su traslado. VI. Si es necesario efectuar denuncia en caso de delito: Si se está frente a un acto de violencia que constituye un delito, se debe considerar la obligación de denuncia.

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I.- PROTOCOLO DE ACCIÓN POR AGRESIÓN FÍSICA Y/O PSICOLÓGICA DE DOCENTE O ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN A APODERADO I. En caso de una agresión psicológica o física hacia un apoderado por parte de un docente o asistente de la educación, el caso debe ser derivado inmediatamente a Inspectoría General y Dirección, siendo el Inspector General o Director el encargado de velar por el cumplimiento de los pasos del protocolo. II.

El apoderado agredido será escuchado y contenido de ser requerido.

III. La descripción de los hechos deberán ser registrados en una Hoja de Denuncia Escrita, dando curso a la investigación y posibles soluciones. De ser necesario se redactará un informe con los hechos, el cual deberá ser remitido al DAEM. IV. Se deberán tomar las sanciones y medidas necesarias: Agresores: (no es necesario que sean aplicadas todas)  Entrevista de recepción informativa y resolutiva con los involucrados.  Aplicación de sanciones descritas en Reglamento de Convivencias Escolar (art. 29°) Todos los involucrados:  Conversación y reflexión sobre el hecho. V. En caso de traslado a centro asistencial:  Se lleva al apoderado al Hospital Comunitario de El Carmen para que se le brinden los cuidados de salud necesarios.  De ser necesario, se llamará a una ambulancia para su traslado. VI. Si es necesario efectuar denuncia en caso de delito: Si se está frente a un acto de violencia que constituye un delito, se debe considerar la obligación de denuncia.

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J.- PROTOCOLO PARA ACCIDENTES ESCOLARES De acuerdo a la ley 16.744, los estudiantes del país tienen derecho a un Seguro de Accidentes Escolar, establecido en el Artículo 3º: “Estarán protegidos todos los estudiantes por los accidentes que sufran a causa o con ocasión de sus estudios o en la realización de su práctica profesional o educacional , y que le produzca incapacidad o muerte.” Se consideraran también como accidente escolar los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación o sitio del trabajo del estudiante y el establecimiento educacional respectivo. Para estos efectos se entenderá por estudiantes a los alumnos de cualquiera de los niveles o cursos de los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza.

Tipos de accidentes Un accidente es un suceso inesperado e involuntario que puede ocurrir a los alumnos en el trascurso de la jornada escolar. La mayoría de los accidentes ocurren en los recreos y clases de educación física. Las lesiones más comunes son los golpes y caídas, heridas, esguinces, fracturas, hemorragia por la nariz, picaduras etc. De acuerdo a la gravedad, se clasifica en: grave, menos grave y leve. Para optimizar la atención de los accidentes escolares y atenderlos oportuna y adecuadamente, la “Escuela Virgen del Carmen” cuenta con el siguiente procedimiento: I. En caso de enfermedad o accidente menos graves: El alumno será llevado a inspectoría y se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se le dará agua de hierbas. Importante recordar que el colegio NO está Autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres y enviará una comunicación si fuese necesario. II. En caso de accidentes leves: En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de Salud que estimen conveniente e Inspectoría entregara el “certificado de accidente escolar” con que todo alumno está protegido. Si el apoderado es del campo o de un lugar lejano, se hará cargo de llevar el o la alumno(a) al hospital una inspectora o inspector del establecimiento III. En caso de accidentes graves: Si se determina que es grave, se acudirá de forma inmediata al centro asistencial más cercano, llamando al servicio de urgencia quienes los trasladaran en ambulancia al hospital. Simultáneamente se informara al apoderado, para que este concurra a la brevedad al recinto asistencial. De igual manera se procederá a registrar información del alumno en documento correspondiente, “Declaración Individual de Accidente Escolar”;( que se anexa al final de este documento) será llenado por algún inspector/a o alguna persona encargada, para posteriormente ser firmado y timbrado por algún directivo del establecimiento. Contará con una copia que deberá ser llenada por el doctor de turno que reciba al alumno accidentado, para posteriormente regresar copia al establecimiento, por el apoderado. Excepciones: Los alumnos que presenten enfermedades tales como: dolores de estómago, cabeza, oídos, gripe y otros que “NO” correspondan a un accidente escolar, será informado a sus apoderados vía teléfono haciéndose responsables los padres de sus alumnos.

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K.- PROTOCOLO PARA DENUNCIA ESCRITA Ante cualquier reclamo o denuncia efectuada por un padre, apoderado o cualquier miembro de la comunidad educativa, se procederá de la siguiente manera: I.

II. III.

IV. V. VI.

El denunciante deberá dirigirse en primera instancia al director del establecimiento, en caso de que éste no se encuentre disponible, deberá solicitar hablar con el Inspector General, jefe UTP o encargado de escuela en ese momento. El denunciante debe completar la Denuncia Escrita (documento anexo) con la información que ahí se le solicita. El establecimiento deberá entregar un plazo al denunciante de un máximo de tres días hábiles para presentarle el Informe de Respuesta (documento anexo), con la conclusión y las medidas a tomar en caso de que la situación lo amerite. El establecimiento deberá realizar una investigación interna sobre el hecho denunciado, considerando pruebas concretas y consultas a testigos de ser necesario. La documentación escrita que informe el hecho denunciado deberá ser archivada en una carpeta como contenido confidencial. Las medidas a tomar deberán estar en coherencia con la gravedad del hecho, y el informe de respuesta deberá tener una conclusión justificada con las pruebas correspondientes.

La Escuela Virgen del Carmen acogerá todas las denuncias realizadas por escrito y debidamente formalizadas, con el propósito de aclarar y dar pronta solución a los hechos expuestos en estas. Por otra parte, el denunciante deberá exponer su queja con respeto y responsabilidad.

DENUNCIA ESCRITA

Yo, ____________________________, rut: ____________, ___________ de él/la estudiante _______________________ de _____ año ___; me presento en dependencias del establecimiento educacional “Escuela Virgen del Carmen”, siendo las _______ hrs. del día ____ de _______del año 201_, con el propósito de exponer por medio de este escrito a la dirección del Establecimiento los siguientes hechos: Siendo aproximadamente las ____ horas del día _____ de ______ de 201_, __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ Debido a la importancia de este hecho para mí, solicito se investigue con el propósito de obtener una pronta respuesta.

FIRMA DENUNCIANTE

FIRMA QUIEN ACOGE

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RESPUESTA DENUNCIA ESCRITA El establecimiento educacional “Escuela Virgen del Carmen” recibe conforme la denuncia de los hechos antes descritos, comprometiéndose a investigar lo sucedido y a obtener una pronta respuesta. Los pasos a seguir serán los siguientes: 1. ________________________________________________________________ 2. ________________________________________________________________ 3. ________________________________________________________________ Conclusión: __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________

FIRMA DENUNCIANTE

FIRMA DIRECTOR

FIRMA INSPECTOR(A) GENERAL

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RELATO DE TESTIGOS Nombre: ______________________________________________ curso (de ser necesario): ________ Fecha: ____________ Relato El día ___de _________ del año ______, __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________

________________ Firma testigo

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L.- RUTINAS DE SEGURIDAD

I.

De la entrada a clases: a. Los alumnos y alumnas serán recibidos en la entrada del establecimiento a partir de las 7:30 horas hasta las 8:15 horas por un inspector de patio y un directivo. b. A partir de las 8:05 horas los alumnos y alumnas serán recibidos en sus salas por el profesor correspondiente.

II.

De los recreos: c. Los recreos de la mañana corresponden a 15 minutos cada uno de ellos. Para el almuerzo corresponde una hora. d. El primer recreo se inicia a las 9:45 horas hasta las 10:00 horas, mientras el segundo se inicia a las 11:30 horas hasta las 11:45 horas. El recreo correspondiente al horario de almuerzo se inicia a las 13:15 horas hasta las 14:15 horas. e. Se consideran espacios especiales para cada grupo de estudiantes según edad. En el sector sur se reúnen alumnos y alumnas de 1ero básico a 3ro básico. En el hall de los kínder se reúnen alumnos y alumnas de los Niveles transitorios 1 y 2. En el sector norte, donde se encuentra la cancha, se reúnen alumnos y alumnas de 4to básico a 8vo básico. f. Para el recreo del almuerzo, quedan disponibles para los estudiantes el patio y sur, el patio norte y el patio de los árboles que da hacia la calle O´Higgins. Son acompañados en cada patio por inspectores de patio. g. Cada sector es supervisado por inspectores de patio y asistentes de aula.

III.

Del horario de almuerzo y desayuno: Cursos NT 1 y 2 1º a 4º básico 5º a 8º básico

Horario Desayuno 09:00 hrs. 09:45 hrs. a 10:00 hrs. 8:00 hrs. a 8:15 hrs.

Horario Almuerzo 12:00 hrs. 13:00 hrs. a 13:15 hrs. 13:15 hrs. a 13:45 hrs.

Los alumnos y alumnas beneficiados con la tercera colación deberán retirarla desde las 16:45 horas en el comedor de la escuela. IV.

Del retiro de la escuela de los alumnos y alumnas: a. Los alumnos y alumnas de los Niveles Transitorios 1 y 2 serán retirados por sus apoderados a partir de las 15:30 horas por la puerta correspondiente al sector de prebásica. b. Los alumnos y alumnas de 1ero básico serán despachados por sus profesores o asistentes de aula a las 15:40 horas por la puerta correspondiente al sector de pre básica. c. Los alumnos y alumnas de 2do a 4to básico serán despachados por sus profesores o asistentes de aula a las 15:40 horas por la puerta principal del establecimiento. d. Los alumnos y alumnas de 5to a 8to básico serán despachados por sus profesores a las 15:45 horas por la puerta principal del establecimiento.

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V.

De la espera de los buses rurales: a. Los alumnos y alumnas que después de clases esperan los buses rurales que los llevarán a sus hogares, desde las 15:45 horas hasta las 17:00 horas, permanecerán en la escuela cuidados por inspectores de patio. b. Durante el período de espera, se les dará acceso a la sala de computación, actividades de fútbol, televisión y otros.

VI.

Del pabellón nuevo: a. Los alumnos y alumnas del pabellón nuevo (norte), el cual se compone por siete salas en total, tres en el primer piso más un baño y cuatro en el segundo piso; mantendrán las mismas rutinas del resto de la escuela, teniendo especial atención en las escaleras que unen los dos pisos.

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