REGLAMENTO GENERAL de COMPETENCIA

ASOCIACION DE BASQUET DEL PARTIDO DE LA COSTA REGLAMENTO GENERAL de COMPETENCIA TORNEO NIVELACION “LEON DAVID NAJNUDEL” AÑO 2014 CAPÍTULO I ARTÍCULO...
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REGLAMENTO GENERAL de COMPETENCIA TORNEO NIVELACION “LEON DAVID NAJNUDEL” AÑO 2014

CAPÍTULO I ARTÍCULO 1º. MARCO DE APLICACION. Con la denominación de “Torneo Nivelación León Najnudel” se disputará la primera parte de la competencia anual de la Liga Costera de Basquetbol, bajo la organización de la ASOCIACIÓN DE BASQUET DEL PARTIDO DE LA COSTA (ABPC), el que se regirá por las siguientes disposiciones: ARTÍCULO 2º. PARTICIPANTES. Participarán las entidades afiliadas directa o indirectamente a la ABPC y aquellas invitadas. En la edición 2014, los equipos son: A.F. San Bernardo (Afiliado), C.A. Defensores Unidos de Santa Teresita (Afiliado), C.A. Defensores de Villa Clelia (Afiliado), Cosme Argerich de San Clemente (Afiliado), Polideportivo General Conesa (Afiliado), Polideportivo Pinamar (Afiliado), Social Pinamar (Afiliado), Municipal Madariaga (Afiliado), EGB4 de Valeria del Mar (Afiliado), C.D. Español de Villa Gesell (Invitado), E.E.T.1 de Santa Teresita (Invitado) y Club de Pesca y Náutica de San Clemente (Invitado) ARTÍCULO 3º. FORMA DE DISPUTA. Jugarán por parejas, todos contra todos por puntos en rueda simple, a un partido por fecha. Las posiciones finales serán utilizadas para el armado de los torneos del segundo semestre. Los puntos en disputa se adjudicarán en un todo conforme lo determinado en las Reglas de Juego. Para desempatar las posiciones igualadas se utilizará el sistema que se transcribe a continuación: 3.1. CLASIFICACIÓN DE EQUIPOS: La clasificación de los equipos en cada grupo de un torneo se hará por puntos de conformidad con sus resultados de victorias o derrotas, adjudicando dos (2) puntos por cada partido ganado, un (1) punto por cada partido perdido y cero (0) punto por cada encuentro perdido por no presentación. En este último caso el resultado del partido será Veinte (20) a Cero (0) - Art. 34 de las Reglas de FIBA. Si al final de una competencia algunos equipos están igualados con el mismo número de puntos, se empleará el siguiente método para determinar la clasificación: 3.2. En el caso que dos (2) equipos tengan el mismo número de puntos en la clasificación, la misma se establecerá teniendo en cuenta solamente los partidos jugados entre los dos (2) equipos implicados, obteniendo la mejor clasificación el que detente la mayor diferencia de goles (goles a favor menos goles en contra) en los partidos disputados en la Fase en cuestión. Si incluso de esta forma no se llega a una solución final, la clasificación se determinará por el gol average (goles a favor dividido goles en contra) considerando todos los resultados de la Fase en cuestión. 3.3. Si más de dos (2) equipos tienen igual número de puntos en la clasificación, se establecerá una segunda clasificación teniendo en cuenta solamente los resultados de los partidos jugados entre los equipos implicados. Si la situación no se resuelve de esa manera y los equipos tienen los mismos puntos después de esta segunda clasificación se tendrá en cuenta el “gol average” (goles a favor dividido goles en contra) considerando solamente los resultados de los partidos entre los equipos implicados, determinando así su clasificación. Si incluso de esta forma no se llega a una solución final, la clasificación se determinará por 1

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el “gol average” (goles a favor dividido goles en contra) considerando todos los resultados de la Fase en cuestión. Si en cualquier momento, utilizando el criterio antes mencionado en 3.3, un empate múltiple de equipos es reducido a un empate involucrando únicamente dos equipos, automáticamente se aplicará el procedimiento descripto en 3.2. Si éste es reducido a un empate implicando aún más de dos equipos, el procedimiento que empieza en el primer párrafo de 3.3, es repetido. 3.4. En los casos de subsistir el empate en los ítems 2 y 3 del presente artículo, las posiciones empatadas se definirán por el mejor gol average (goles a favor dividido goles en contra) de la Primera Fase, si la hubiere, y en su defecto por sorteo. 3.5. En los desempates el club que hubiere perdido algún partido por no presentación, o por alguna sanción del HTD (pérdida de partido, quita de puntos) durante el desarrollo del grupo en cuestión estará automáticamente en inferior ubicación con respecto a los empatantes. En caso de ser dos o más equipos los empatantes que estén en esta misma situación, se aplicará lo establecido en los artículos 3.2 y 3.3, según corresponda, entre ellos. 3.6. Siempre que se hace referencia al “Gol Average”, el cociente entre tantos a favor dividido por tantos en contra se extenderá con una precisión de hasta 100 milésimas. ARTÍCULO 4º. PROGRAMACION. El torneo se disputará en base al fixture sorteado el día 9 de marzo del corriente, siendo la fecha de inicio el domingo 30 de marzo, y la fecha tentativa de finalización el domingo 6 de julio. Ningún partido podrá dejarse de jugar en la fecha designada, salvo aquellos cuyos casos específicos estén contemplados en este Reglamento. La ABPC se reserva el derecho de modificar el orden de los partidos por cuestiones operativas y de organización. ARTÍCULO 5º. CAMPEÓN Y SUBCAMPEÓN. Los clubes clasificados Primero y Segundo obtendrán el título, respectivamente, de CAMPEÓN y SUBCAMPEÓN del Torneo Nivelación León Najnudel. Campeón, Subcampeón y el resto de las posiciones se regirán por las reglas de juego sancionadas por la FIBA y la CABB. 5.1. Como Premio de los Campeonatos Oficiales, la Asociación entregará los que fije para cada uno de ellos y que consistirán en trofeos, medallas y/o diplomas según correspondan. ARTÍCULO 6º. REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN. En el acto de inscripción ante la ABPC, las entidades deberán cumplimentar los siguientes requisitos: 6.1. Estar afiliado a la ASOCIACIÓN DE BASQUET DEL PARTIDO DE LA COSTA (ABPC) o ser invitado por la misma para participar de sus competiciones. 6.2. Presentar la solicitud de inscripción donde conste, con carácter de Declaración Jurada, que se conoce el presente reglamento y se le dará fiel cumplimiento, constituyendo domicilio legal y consignando Número de Teléfono y Fax. También deberán presentar el Formulario REGISTRO DE CLUBES Y REPRESENTANTES debidamente cumplimentado, donde se especificarán los Responsables ante la ABPC. La representación de las instituciones será ejercida UNICAMENTE por sus Delegados Titular y/o Suplente. En todos los casos, la representación será UNIPERSONAL. 6.3. Presentar lista de Buena Fe en las condiciones exigidas. 2

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6.4. Informar la cancha en que actuarán como locales y que reúna los requisitos del artículo 13° de este Reglamento. 6.5. Abonar los aranceles reglamentarios, en el tiempo y forma que determinen las autoridades de la ABPC. 6.9. Los equipos deberán ser inscriptos en la competencia con la denominación del Club. Dicho nombre será el oficial a todos los efectos relacionados o derivados de la competencia. Otro tipo de denominación solamente se autorizará en caso de Alianza. ARTÍCULO 7º. AUTORIDADES 7.1. La Comisión Directiva de la ABPC administrará el torneo, resolviendo en primera instancia todas las cuestiones que se susciten en el mismo. 7.2. La ABPC procederá a la designación de los árbitros y auxiliares de mesa para los partidos de la Liga Costera de Básquet. 7.3. El Tribunal de Disciplina de la ABPC actuará en Primera Instancia en todo lo relacionado con la disputa de la Liga Costera de Básquet.

CAPÍTULO II - DE LAS LISTAS DE BUENA FE EQUIPOS Y DELEGACIONES ARTÍCULO 8º. PRESENTACIÓN DE LAS LISTAS DE BUENA FE. Los clubes que participan en Liga Costera de Básquetbol, procederán a presentar una LISTA DE BUENA FE, dentro del plazo establecido cada año por la Asamblea General Ordinaria. En la misma incluirán los jugadores ya registrados para su Club, y los que incorpore a su plantilla en esa temporada. La lista de buena fe deberá venir acompañada de los certificados médicos correspondientes a cada jugador que esté inscripto en la misma y la foto 3 cm. x 3 cm. (carnet) de las siguientes personas: a. Todos los jugadores que integren la misma. b. Cuerpo Técnico (Director Técnico - Asistente Técnico) c. Auxiliares de Mesa de Control. Cantidad de personas en el banco de sustitutos: Ver Artículo 10º. Hasta tanto no cumplimenten este requisito, los Jugadores y/o Cuerpo Técnico en falta no serán habilitados. 8.1. En los casos de jugadores cuya titularidad no le pertenece al club, deberá presentar en ésta el original, con sus respectivas copias, del CERTIFICADO DE OTORGAMIENTO DE TRANSFERENCIA (COT), debidamente completado y firmado por: el jugador; autoridades del Club de Origen y Destino. ARTÍCULO 9º. REQUISITOS DE LAS LISTAS DE BUENA FE. Deberán cumplimentar los siguientes: 9.1. COMPOSICIÓN. Deberán contener la totalidad de los jugadores inscriptos por el club para la competencia del año en curso.

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9.2. DATOS A CONSIGNAR. En las listas de buena fe se consignará nombre y apellido, fecha de nacimiento, nacionalidad y número de documento de identidad de cada jugador. Todos los jugadores inscriptos en la lista de buena fe deberán firmar la misma en el espacio previsto para tal fin. 9.3. INFORMACION ANEXA. Los jugadores que integran la lista de buena fe, deberán presentar los certificados que acrediten la realización del EXAMEN MÉDICO PRECOMPETITIVO (cada Examen Médico Precompetitivo deberá acompañarse con los estudios correspondientes). No será habilitado ningún jugador que no cumplimente el EXAMEN MÉDICO PRECOMPETITIVO. 9.4. VENCIMIENTO DE LA FECHA DE PRESENTACIÓN DE LISTAS DE BUENA FE. El vencimiento para la presentación de las Listas de Buena Fe, es improrrogable y se entiende por tal a la recepción efectiva de las mismas por la ABPC. Para el año 2014, esta fecha es el 26 de marzo. A partir de ese momento, las Listas de Buena Fe quedan cerradas para jugadores mayores, pudiendo incorporarse jugadores menores en cualquier momento del torneo (ver 8.7). 9.5. TITULARIDAD DE LOS JUGADORES. El club deberá acreditar a través del Pase realizado la titularidad de los jugadores, y asumir la responsabilidad total ante la ABPC respecto a que todos los jugadores que incluye no se encuentran registrados en otras Asociaciones y/o Federaciones. 9.6. CREDENCIAL DE JUGADOR. La ABPC extenderá a cada jugador una credencial habilitante, que deberá presentar en cada partido. Como excepción, la ABPC podrá extender Habilitaciones Provisorias, que para ser presentadas a las autoridades de los partidos deberán inexcusablemente ser acompañadas del correspondiente Documento de Identidad (DNI o Pasaporte) del involucrado, o la fotocopia certificada de los mismos que se establece al final de este artículo. 9.7. DEFINICIÓN DE EDADES. JUGADORES MAYORES: Son aquellos mayores de veinte (20) años de edad, cumplidos durante el transcurso del año calendario de inicio de la Temporada. Para estar habilitados para disputar los partidos, deberán figurar en lista de Buena Fe y tener abonado el FIBA Organizer. JUGADORES MENORES: Son aquellos que no hayan cumplido veinte (20) años de edad en el año calendario de inicio de la temporada, categorías U19 y U17. Para estar habilitados para disputar los partidos, deberán figurar en lista de Buena Fe y tener abonado el FIBA Organizer. Para aquellos jugadores que aún no han debutado en liga, podrán disputar los partidos sin necesidad de abonar el FIBA Organizer, y podrán ser activados en lista de Buena Fe el mismo día de disputa del partido. ARTÍCULO 10º. COMPOSICIÓN DE LAS DELEGACIONES. Las delegaciones representativas de cada club participante serán integradas por cuerpo técnico (en caso de poseerlo) y jugadores. Estas son las únicas personas autorizadas a permanecer en la banca de sustitutos, y solamente el Director Técnico podrá permanecer de pie (dentro del área del banco de sustitutos) durante el desarrollo del Juego - Artículo 7.5 del Reglamento FIBA.

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Los inhabilitados, expulsados y/o suspendidos no podrán permanecer en el banco de sustitutos y/o sus inmediaciones, ni mantener contacto con los que permanecen en el mismo. ARTICULO 11º. PRESENTACIÓN DEL EQUIPO EN CANCHA. Los partidos se disputan con un mínimo de cinco (5) jugadores, pudiendo incorporar jugadores U19 o U17 que aún no hayan debutado en Liga para llegar a ese número. El equipo que no consiga presentar en cancha al menos cinco (5) jugadores para el inicio de un partido, no podrá disputar el mismo. El resultado del partido será de 20 a 0 a favor del oponente, asignándosele dos (2) puntos al ganador y cero (0) al equipo no presentado. La reiteración de esta infracción en tres (3) partidos en una misma temporada, ya sean consecutivos o alternados, será considerado ABANDONO DEL TORNEO.

CAPÍTULO III - DE LOS ESTADIOS Y ELEMENTOS DE JUEGO ARTÍCULO 12º. Los clubes en el acto de inscripción deberán designar las canchas en las que actuarán como locales, las que reunirán las siguientes condiciones: 12.1. ESTADIO CUBIERTO. Deberá cumplimentar todas las exigencias técnicas establecidas en el presente Artículo y que se detallan a continuación: 12.2. El campo de juego donde se disputará un partido deberá estar desocupado para la realización de las actividades precompetitivas de los equipos, como mínimo quince (15) minutos antes del horario fijado para la iniciación del mismo. El Juez principal verificará lo normado precedentemente informando a la ABPC en la planilla de juego su incumplimiento. 12.3. TABLEROS COMPLETOS DE CRISTAL TEMPLADO DE SEGURIDAD LAMINADO O SIMILAR, CON AROS REBATIBLES INCORPORADOS. Aquellas canchas aprobadas que aun cuentan con tableros de madera, podrán seguir siendo utilizadas. La eventual rotura del tablero o aro, provocará la suspensión del juego, el cual será completado en fecha y sede a definir por la ABPC. 12.4. RELOJ DE 24 SEGUNDOS, visible para jugadores, con cuenta regresiva y freno. La ABPC proveerá del mismo a aquellos estadios que no cuenten con ellos. Ambos relojes deberán estar instalados en forma permanente en la parte posterior de la cancha o detrás del tablero de acrílico. El costo de traslado de los mismos corre por cuenta del equipo local, como así también la reparación de cualquier desperfecto que los artefactos sufran en el tránsito o durante el desarrollo de los partidos. El no funcionamiento del reloj de 24 segundos antes de iniciar un juego podrá causar la suspensión del partido, decisión que quedará a criterio de la ABPC. 12.5. CANCHAS de medidas reglamentarias, marcadas conforme a las reglas de juego vigente (ver anexo).

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12.6. Se deberá disponer de TANTEADOR y RELOJ ELECTRÓNICO, visible para jugadores, público y Mesa de control. La ABPC proveerá de tablero electrónico a aquellas instituciones que no lo posean. En caso de no ser posible, el partido igualmente podrá disputarse, efectuando el control de tiempo con un cronómetro digital en la mesa de control, notificando el tiempo transcurrido a los participantes. 12.7. Las superficies del campo de juego, sin importar su materialidad, deberán estar limpias y sin elementos que impidan la disputa de los partidos. 12.7.1. En caso de que por motivos originados por la humedad ambiente, se produjera condensación en el piso del estadio, donde se estuviese por disputar o disputando un juego que fuere de tal magnitud que a criterio de los árbitros pusiera en peligro la integridad física de los participantes del mismo, los Árbitros podrán disponer la suspensión del juego, cuya reprogramación será definida por la ABPC. El mismo criterio debe adoptarse para situaciones de corte general de energía eléctrica, tormentas, inundaciones, o cualquier otro fenómeno climático que impida que un partido pueda comenzar o continuar disputándose. 12.8. MESA DE CONTROL. La Mesa de control deberá estar ubicada en el centro longitudinal de la cancha, y de ser posible a una distancia de 1,50 m de la línea lateral. Su longitud deberá ser tal que permita la tarea de, como mínimo, tres personas sentadas. A ambos lados de la Mesa de control de instalarán dos asientos para ser utilizados por los jugadores que esperan la autorización de ingresar a la cancha para una sustitución. Los mismos no podrán ser ocupados por personas ajenas a la organización. 12.9. Las canchas deberán contar con al menos con un recinto cerrado que pueda ser utilizado como vestuario. 12.10. En lo no previsto en el presente Capítulo sobre aspectos técnicos de las instalaciones y elementos de juego, será de aplicación lo establecido por las Reglas Oficiales de la FIBA.

CAPÍTULO IV - DE LOS RECURSOS. DE LOS GASTOS. DE LOS ARANCELES ARTÍCULO 13º. RECAUDACIÓN Y GASTOS. El club local percibirá el total de la recaudación cualquiera sea el concepto, (entradas generales, bonos colaboración, donaciones, etc.), siendo responsable del pago de aranceles y toda otra erogación que se origine por la realización del partido. También deberá abonar los gastos de traslado y dieta de los Jueces y auxiliares de mesa de control (en caso de no proveerlos). ARTÍCULO 14º. GASTOS A CARGO DEL VISITANTE. El club visitante es responsable del pago de todos sus gastos de viaje de su delegación, y aquellos aranceles que se originen con motivo del partido, salvo las excepciones planteadas en el presente reglamento. ARTÍCULO 15º. ARANCELES. Los aranceles de la ABPC se fijarán de común acuerdo en las reuniones de delegados y deberán ser abonados en tiempo y forma por los clubes. El equipo local será el encargado de percibir el pago de los aranceles de todos los equipos que disputen sus partidos en esa cancha, a los cuales deberá entregarles un recibo provisto por la ABPC que certifique que dichos pagos fueron efectuados. También será el encargado

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de abonar a los jueces sus respectivas remuneraciones, y rendir el excedente de la fecha a la ABPC.

CAPÍTULO V - JUECES. AUTORIDADES DEL PARTIDO. VEEDORES ARTÍCULO 16º. DESIGNACIÓN DE JUECES. La ABPC designará para todos los partidos de este torneo dos (2) Jueces. Los árbitros deberán presentarse en el club local, uniformados para el juego, treinta minutos (30’) antes del inicio de la fecha. ARTÍCULO 17º. AUSENCIA DE AMBOS JUECES. En caso de ausencia no reemplazada de ambos árbitros, la ABPC reprogramará el encuentro de común acuerdo con los equipos intervinientes. ARTÍCULO 18º. AUSENCIA DE UN JUEZ. Si se hiciere presente uno solo de los árbitros designados el encuentro será disputado y arbitrado únicamente por el Juez presente. ARTÍCULO 19º. ARBITRO SUPLENTE. Cuando así lo disponga la ABPC, designará un árbitro suplente que reemplazará al eventual ausente o imposibilitado de dirigir o continuar dirigiendo el encuentro. ARTÍCULO 20º. ARANCELES DE JUECES. La ABPC fijará el arancel para jueces, como así también el sistema de liquidación de los gastos y/o aranceles que la actuación de los mismos origine. ARTÍCULO 21º. GASTOS DE TRASLADO Y DIETA. Los gastos de traslado y dieta de jueces, estarán a cargo del club local, debiendo procurar la ABPC que residan lo más cerca posible de la sede del encuentro, teniéndose en cuenta, además, los medios de transporte existentes para su movilidad. Los Jueces, que se desempeñen en su lugar de residencia percibirán únicamente el 50% de la dieta establecida. ARTÍCULO 22º. PAGO - COMPROBANTES. 22.1. Los jueces percibirán el pago de sus gastos mediante la entrega de los correspondientes comprobantes, justificativos de las erogaciones. 22.2. La falta de pago parcial o total de los aranceles de los árbitros que dirigieron los juegos de cada semana, será notificada por la ABPC al Tribunal de Disciplina. El club infractor será pasible, sin necesidad de intimación previa, de la pena de SUSPENSIÓN DE LOCALIA. La suspensión será levantada automáticamente al momento en que se acredita el pago de la deuda contraída. ARTÍCULO 23º. AUXILIARES DE MESA. Los Auxiliares de Mesa serán propuestos por sus respectivos clubes para ser habilitados de acuerdo al sistema que dispondrá la ABPC, la cual les proveerá la credencial correspondiente. El club Local proveerá Auxiliares de Mesa para cada fecha que se dispute en su cancha en formato de tira, teniendo en cuenta que: a. Deberá proveer apuntador, cronometrista y operador de reloj de 24 segundos para los partidos que su equipo no dispute. 7

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b. En el partido que dispute el local, solo deberá proveer un cronometrista. La ABPC designará al planillero y al operador de reloj de 24 segundos entre los representantes de los demás equipos que participan de la fecha. c. Si se trata de un partido único, el local solo proveerá un cronometrista, y la ABPC designará al planillero y al operador de reloj de 24 segundos. ARTÍCULO 24º. DESIGNACIÓN DE VEEDORES. LA ABPC designará Veedor o Garantía para aquellos partidos en los que lo considere necesario. Podrá ser Veedor o Garantía, un representante de la ABPC o de cualquiera de los equipos que no participan del partido en cuestión. ARTÍCULO 25º. INFORME DEL VEEDOR. De ser necesario, la ABPC puede solicitarle al Veedor o Garantía un informe en el cual se desarrollen todas las alternativas del encuentro que se aparten de los aspectos reglamentarios y de seguridad que deben garantizar el mismo. ARTÍCULO 26º. RESPONSABILIDAD DEL VEEDOR. El veedor oficial responde a la ABPC, por lo que no deberá someter su actuación o informe a ninguna otra autoridad que no sea la mencionada. El Veedor se formará su propio juicio sobre las circunstancias opinables que observe durante el partido, sin recibir ni transmitir apreciaciones a las partes involucradas y/o terceros. ARTÍCULO 27º. ELEVACIÓN DE INFORMES. El veedor, en todos los casos, elevará a la ABPC el informe pertinente dentro de las 24 horas, posteriores a la disputa del partido. Acto seguido, la ABPC dará cuenta del mismo al Tribunal de Disciplina.

CAPÍTULO VI - DE LOS PARTIDOS. ARTÍCULO 28º. Los partidos se regirán de acuerdo a las reglas de juego vigentes sancionadas por FIBA y la CABB para sus competiciones oficiales. ARTÍCULO 29º. Los días y horarios de disputa de los partidos serán fijados por la ABPC. ARTÍCULO 30º. Se le considerará perdido el partido al equipo que no se aliste al llamado del Juez dentro del plazo máximo de veinte (20) minutos, a contar de la hora fijada para la iniciación del mismo. Cuando ninguno de los dos equipos que deben enfrentarse esté en condiciones, cumplido el plazo establecido el partido se dará por perdido a los mismos. Los equipos deberán presentarse en el campo de juego, vestidos y listos para jugar en un número no menor a cinco (5) jugadores por cada uno (artículo 11). ARTÍCULO 30º. Habiendo dos encuentros programados, finalizado el primero, la tolerancia prevista para la iniciación del segundo será también de veinte (20) minutos, debiendo los jugadores de este estar listos en el gimnasio al finalizar el primero. ARTÍCULO 31º. Los partidos no podrán postergarse por causa imputable a razón de dificultades de uno o de los dos equipos ni podrá solicitarse su postergación, salvo hechos de fuerza mayor, de público y notorio conocimiento, que obliguen a la ABPC a determinar o no la veracidad de los hechos y considerar su reprogramación. 8

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ARTÍCULO 32º. La suspensión por cualquier causa de un partido, deberá comunicarla a la Afiliada que hace las veces de local dentro de las veinticuatro (24) horas. ARTÍCULO 33º. La ABPC podrá disponer la postergación de uno o varios partidos, cuando causas especiales así lo aconsejen. ARTÍCULO 34º. El juez de un partido es el único autorizado para suspender en el gimnasio un partido, antes o después de comenzado, en los siguientes casos: a) Mal tiempo en las inmediaciones del gimnasio o mal estado del campo de juego. b) Falta de luz artificial o implementos de juego reglamentarios. c) Mal comportamiento de jugadores o público. d) Falta de garantías. ARTÍCULO 35º. El juez deberá explicar por escrito dentro de las veinticuatro (24) horas, las causas que motivaron la suspensión del partido. Si hubiera comenzado el mismo, dejará constancia en la planilla el resultado, minutos jugados, equipo poseedor de la pelota y aro correspondiente. En este caso y si correspondiese la prosecución del partido, el partido proseguirá con los minutos que faltan jugar, manteniéndose el resultado que se registraba hasta el momento de suspenderse el partido y con los mismos jugadores que figuraban en planilla, la que deberá disponerse para reiniciar o se deberá rehacer en copia fiel con todas las anotaciones que tenía al producirse la suspensión. ARTÍCULO 36º. Si se probare que la suspensión del partido es de responsabilidad administrativa o técnica de uno de los contenedores, la ABPC resolverá el partido a su oponente. Si se probare que la suspensión de un partido es responsabilidad disciplinaria de uno o de los dos contenedores, actuará y dictaminará el Honorable Tribunal de Penas. ARTÍCULO 37º. La Afiliada cuya cancha no se encuentre en condiciones para la jornada en que fuera designada, deberá jugar los partidos que le correspondan de local en la de otra Afiliada o en la de su oponente, no configurando este último caso un cambio de equipo local. En ambos casos la afiliada que hace las veces de local, le competen todos los requisitos que hacen a las obligaciones en tales condiciones. ARTÍCULO 38º. REMISIÓN PLANILLAS Y ARANCELES. La planilla oficial de juego y los aranceles, serán remitidas por el equipo local a la ABPC, de acuerdo a lo acordado entre ellos.

CAPÍTULO VII - GENERALIDADES ARTÍCULO 39º. CAMBIOS DE FECHA. Los cambios de fecha de la disputa de los partidos, pueden realizarlos las instituciones que hagan las veces de local, requiriendo la conformidad de su eventual oponente, y a los demás participantes de la fecha en esa localía. La ABPC decidirá la aprobación o no de la solicitud, y de ser necesario, reprogramará la fecha. ARTÍCULO 40º. INDUMENTARIA DE LOS ÁRBITROS. La indumentaria de los árbitros será suministrada por la ABPC. 9

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ARTÍCULO 41º. INDUMENTARIA DE LOS JUGADORES. 41.1. Los equipos deberán contar con camisetas del mismo color. El color de los pantalones será igual al de las camisetas. 41.2. Aquellos equipos que no cuenten con el conjunto completo, deberán utilizar todos los pantalones del mismo color. Aquel jugador que no posea un pantalón del mismo color que sus compañeros, no podrá disputar el encuentro. 41.3. Las camisetas de los jugadores llevarán impresos al frente y en la espalda el número del jugador, que podrán ser del 00 al 99 inclusive. 41.3.1. En ambas categorías, los números impresos en las camisetas deben tener, como mínimo, un ancho de 2 cm., midiendo de alto 20 cm. en la espalda, y 10 cm. en el frente, como mínimo (Art. 4.3.2 Reglamento FIBA).

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ANEXO 1: COPA CIUDADES DE LA COSTA ARTÍCULO 1º. A fin de reconocer la labor del Equipo del Partido de La Costa con mejor rendimiento, la ABPC pone en juego la tercera edición de la “Copa Ciudades de la Costa”. Participan de la misma todos los equipos del Partido de La Costa que se encuentran compitiendo esta temporada: Cosme Argerich (San Clemente), Pesca y Náutica (San Clemente), CADU (Santa Teresita), Social Mar del Tuyú (Mar del Tuyú), A.F. San Bernardo (San Bernardo) y Defensores de Villa Clelia (Mar de Ajó). ARTÍCULO 2º. La modalidad de disputa será de un único encuentro Final, al que accederán el equipo mejor clasificado en el Torneo Nivelación “León Najnudel” y el equipo mejor clasificado del torneo de mayor rango del segundo semestre. En caso de que ambas posiciones sean obtenidas por el mismo equipo, no se disputará el encuentro final y la Copa corresponderá a dicho equipo. ARTÍCULO 3º. El lugar y la fecha de disputa de la Final serán definidas por la ABPC en función del calendario previsto, y de común acuerdo con ambos equipos. ARTÍCULO 4º. Están habilitados para disputar esta competencia todos aquellos jugadores que hayan firmado planilla en al menos un (1) partido en cualquiera de los torneos, y que hayan abonado el FIBA Organizer exigido por la Federación de Básquet de la Provincia de Buenos Aires y la CABB. ARTÍCULO 5º. Los partidos se regirán de acuerdo a las reglas de juego vigentes sancionadas por FIBA y la CABB para sus competiciones oficiales. ARTÍCULO 6º. Como Premio de los Campeonatos Oficiales, la Asociación entregará anualmente los que fije para cada uno de ellos y que consistirán en trofeos, medallas y/o diplomas según correspondan.

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ANEXO 2: DE LOS CAMPOS DE JUEGO ARTÍCULO 1°. MEDIDAS DE LA CANCHA 1.1. PISTA 1.1.1. TERRENO DE JUEGO. El terreno de juego será una superficie plana y dura, libre de obstáculos, con unas dimensiones de veintiocho (28) metros de largo y quince (15) metros de ancho, medidos desde el borde interior de las líneas que lo delimitan. 1.2. LÍNEAS. Todas las líneas se trazarán en color blanco, cinco (5) centímetros de ancho y claramente visibles. 1.2.1. LA LÍNEA LÍMITE. El terreno de juego estará delimitado por la línea divisoria, que consiste en las líneas de fondo y las líneas laterales. Estas líneas no son parte del terreno de juego. 1.2.2. LÍNEA CENTRAL, CÍRCULO CENTRAL Y SEMICÍRCULOS. La línea central se trazará paralela a las líneas de fondo desde los puntos centrales de ambas líneas laterales y se prolongará quince (15) centímetros por la parte exterior de cada una de ellas. El círculo central se trazará en el centro del terreno de juego y tendrá un radio de 1,80 metros, medido hasta el borde exterior de la circunferencia. Si su interior está pintado podrá ser en distinto color que las zonas restringidas. Los semicírculos se trazarán sobre el terreno de juego y tendrán un radio de 1,80 metros, medido hasta el borde exterior de la circunferencia. Su centro estará situado en el punto medio de cada línea de tiros libres (según esquema proporcionado a continuación). 1.2.3. LÍNEAS DE TIROS LIBRES Y ZONAS RESTRINGIDAS. Se trazará una línea de tiros libres, de 3,60 metros de longitud, paralela a cada línea de fondo y con su borde más alejado a 5,80 metros del borde interior de estas. Su punto central estará situado sobre la línea imaginaria que une el centro de ambas líneas de fondo. Las zonas restringidas serán las zonas rectangulares marcadas en el terreno de juego limitada por las líneas de fondo, las extendidas líneas de tiros libres y las líneas que tienen su origen en las líneas de fondo. Los bordes deben ser exterior de 2,45 m (ancho total 4,90 m) desde mediados de los puntos de las líneas de fondo y termina en el borde exterior de la extensión líneas de tiros libres. Estas líneas, con exclusión de las líneas de fondo, son parte de la zona restringida. El interior de las zonas restringidas puede estar pintado, pero deberá ser en el mismo color que el círculo central. Las posiciones de rebote reservadas para los jugadores en los tiros libres se marcarán, del lado exterior, a lo largo de las zonas restringidas (según esquema proporcionado a continuación). 1.2.4. ZONA DE CANASTA DE TRES PUNTOS. La zona de canasta de tres puntos de un equipo (según esquema proporcionado a continuación) es todo el terreno de juego excepto el espacio cercano a la canasta de los oponentes que incluye y está delimitada por: • Dos (2) líneas paralelas y perpendiculares a la línea de fondo, con el borde exterior 0,90 m del borde interior de la línea lateral. 12

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• Un arco de radio de 6,75 m, medidos desde el punto directamente perpendicular al centro exacto de la canasta de los oponentes. La distancia desde el borde interior del centro de la línea de fondo hasta este punto es 1,575 metros. La línea de tres puntos no es partes de la zona de tiro de tres (3) puntos. La zona de canasta de dos puntos no deberá estar pintada, de ningún color diferente o igual al de la zona restringida y círculo central. 1.2.5. ZONAS DE BANQUILLO DE EQUIPO. Las zonas de banquillo de equipo se marcarán fuera del terreno de juego, en el mismo lado que la mesa del anotador y los banquillos de equipo (según esquema proporcionado a continuación). Cada zona estará delimitada por una línea de dos (2) metros de largo prolongación de la línea de fondo y por otra línea de, al menos, la misma medida trazada a cinco (5) metros de la línea central y en ángulo recto con la línea lateral. Debe haber asientos disponibles en la zona de banquillo de equipo para los asistentes, entrenador y sustitutos. Cualquier otra persona estará situada al menos dos (2) metros detrás del banquillo de equipo. 1.2.6. LÍNEAS DE SAQUE DE BANDA. Los dos (2) líneas de 0,15 m de longitud se marcarán fuera del terreno de juego en la línea lateral enfrente de la mesa del anotador, con el borde exterior de las líneas 8,325 metros del borde interior de la línea de fondo más cercana. 1.2.7. SEMI-CÍRCULOS DE NO FALTA OFENSIVA. Los semi-círculos de no carga son líneas marcadas en el terreno de juego, limitado por: • Un semicírculo con un radio de 1,25 m, medidos desde el punto en el piso debajo del centro exacto de la canasta hasta el borde interior del semicírculo. El semicírculo se une a: • Dos (2) líneas paralelas y perpendiculares a la línea de fondo. El borde interior de 1,25 m el punto en el piso debajo del centro exacto de la canasta, 0,375 m de longitud y termina en 1,20 m del borde interior de la línea de fondo (según esquema proporcionado a continuación). El área del semi-circulo de no falta ofensiva completa con las líneas imaginarias que unen los extremos de las líneas paralelas directamente debajo de los bordes delanteros de los tableros. Las líneas del semi-circulo de no falta ofensiva no forman parte de las áreas de no falta ofensiva. El área del semi-circulo de no falta ofensiva deberá ser del mismo color del área restringida, libre de cualquier escritura o publicidad que interfieran dentro de ella.

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ANEXO 3: DE LOS PARTIDOS. ARTÍCULO 1º. Los partidos se regirán de acuerdo a las reglas de juego vigentes sancionadas por FIBA y la CABB para sus competiciones oficiales. 1.1. DIVISION TIEMPO DE JUEGO. El tiempo de juego (cuarenta minutos) será dividido en CUATRO CUARTOS DE 10 MINUTOS cada uno. 1.2. INICIO DE CADA CUARTO. El primer cuarto se iniciará con un salto en el círculo central del rectángulo de juego. Los segundo, tercero y cuarto cuartos se iniciarán utilizando el Sistema de Posesión Alterna establecido en las Reglas FIBA. Los eventuales tiempos suplementarios también se iniciarán respetando esta regla FIBA. 1.3. TIEMPOS MUERTOS COMPUTABLES. Los equipos dispondrán de dos (2) tiempos muertos computables, durante la primera mitad del partido, y tres (3) tiempos muertos computables durante la segunda mitad. Además dispondrán de un tiempo muerto en cada período suplementario. Los tiempos muertos no utilizados no podrán ser trasladados a la próxima mitad o período suplementario. Los tiempos solicitados deberán ser utilizados en toda su extensión reglamentaria. 1.4. INTERVALOS ENTRE CUARTOS. Entre el segundo y tercer cuarto habrá un intervalo de quince (15) minutos. Entre el primero y segundo cuarto; y, tercer y cuarto cuarto, un intervalo de dos (2) minutos. En estos últimos, los jugadores no podrán retirarse de la cancha. 1.5. FOULES ACUMULADOS POR EQUIPOS.A partir de la 5ta falta (inclusive) acumulada por un equipo en cada cuarto se concederán dos (2) lanzamientos libres a su oponente. 1.6. DETENCION DEL CRONOMETRO DE JUEGO. En los dos (2) minutos finales del Cuarto (4º) cuarto, y de cada tiempo suplementario, además de la detenciones ya establecidas reglamentariamente, se procederá a la detención del cronometro de juego luego de cada conversión de cancha. 1.7. TIEMPO PARA PASAR A ZONA DE ATAQUE Y TIEMPO DE POSESION DEL BALON. A) OCHO SEGUNDOS: El límite de tiempo para hacer que la pelota pase hacia la zona de ataque será de ocho (8) segundos. B) VEINTICUATRO SEGUNDOS: El tiempo límite de posesión de balón para efectuar un lanzamiento al cesto será de veinticuatro (24) segundos.

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ANEXO 4: OBLIGACIONES DEL EQUIPO LOCAL 1. Presentar el campo de juego en condiciones para la disputa de los partidos. 2. Proveer de auxiliares de mesa para todos los partidos de la jornada que no participe su equipo. En dicho partido deberá proveer un cronometrista, y el resto de los auxiliares serán provistos por los demás equipos que han disputado la tira. 3. El club local percibirá el total de la recaudación de los partidos que se disputen en su cancha, emitiendo los comprobantes provistos por la ABPC. 4. De lo recaudado, deberá abonar a los jueces sus correspondientes aranceles, exigiendo a ellos los comprobantes que acrediten dicho pago. 5. Deberá hacerse cargo de los gastos de traslado y dieta de los jueces, mediante la presentación de los comprobantes que certifiquen dichos gastos. 6. Si los hubiera, abonar los gastos de traslado de los tableros y relojes de 24” hasta su localía. Además, será responsable por cualquier desperfecto que los mismos puedan sufrir, ya sea en tránsito o durante el desarrollo de los partidos. 7. Remitir a la ABPC el excedente de la recaudación de los partidos de la jornada, de forma previamente acordada entre las partes.

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