REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO

ESCUDO DEL MUNICIPIO Alcaldía Municipal de… Departamento de… REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO. Elaborado con la Asis...
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ESCUDO DEL MUNICIPIO

Alcaldía Municipal de… Departamento de…

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO.

Elaborado con la Asistencia Técnica del ISDEM

Lugar y Fecha

INTRODUCCIÓN Los Gobiernos Locales recaudan ingresos a través de sus propios Tributos, tales como Tasas, Impuestos y Contribuciones; y a través de Transferencia de Fondos que otorga el Gobierno Central ( 8% ), estos últimos las Municipalidades los utilizan para la construcción de proyectos de infraestructura ( 75% ), principalmente para fomentar empleo y el Desarrollo en la Comunidad. Entre los proyectos que la Municipalidad ejecuta, podemos mencionar: caminos vecinales, casas comunales, parques para el esparcimiento, cancha recreativas, así como la otorgación de becas a los estudiantes de la comunidad, etc. Esta última clase de proyectos pretende la Municipalidad ejecutarlos con la finalidad de contribuir al Desarrollo Intelectual de aquellos estudiantes de la Comunidad que por sus escasos recursos económicos les es difícil continuar sus estudios ya sean estos a nivel de Estudios Medios, Técnicos o a nivel de Estudios Superiores. CAPITULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES Art. 1. El objeto del presente Título es regular y normar todo lo concerniente a la concesión y conservación de las becas a estudiantiles que concede la Municipalidad en las distintas Universidades (nacionales o privadas), Colegios o Institutos y Centros de enseñanza Técnico, a las que todo estudiante de este Municipio tiene derecho por sus méritos académicos y su situación socioeconómica.

AMBITO DE APLICACION Art. 2. El presente Título, por su carácter específico, normará los derechos y deberes de los beneficiarios del programa de becas estudiantiles que proporcionará a los estudiantes que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento, otorgadas por esta Municipalidad. OBJETIVOS Art. 3. El programa de becas estudiantiles concedidas por la Municipalidad, tendrá como objetivos los siguientes: a) Fomentar la igualdad de oportunidades para los estudiantes que con un buen rendimiento académico puedan iniciar o continuar sus estudios de 1

Educación Media, Técnico o Superior y que se ven imposibilitados de acceder a ella por situación socio-económica. b) Contribuir al desarrollo intelectual de aquellos estudiantes para mejor su nivel de vida dentro del Municipio. c) Proporcionar a El Salvador y a la Sociedad en General recursos humanos eficientes y eficaces que contribuyan al Desarrollo Integral de El Salvador. d) Fomentar en otros estudiantes el deseo de mejor su nivel académico a través de estudios Medios, Técnico o Superiores.

CAPITULO II DE LAS BECAS ESTUDIANTILES

Sección Primera Del Programa de Becas Estudiantiles

Administración del Programa de Becas Art.4. El programa de becas estudiantiles será administrado por la Municipalidad a través de la Comisión de Cultura y Arte, de acuerdo a las disposiciones del presente Título y las políticas que para tal fin determine el Concejo Municipal. Art. 5. La adjudicación de las becas se hará a través del Concejo Municipal y su administración, control y evaluación permanente será responsabilidad de la Comisión de Cultura y Arte. El máximo responsable del programa es el Concejo Municipal. El Concejo Municipal a propuesta de dicha Comisión determinará anualmente, según disponibilidad financiera, el número de becas a otorgar y además aprobará las políticas de asignación. Tramitación de las Solicitudes Art. 6. Las solicitudes de becas serán presentadas a la Comisión de Cultura y Arte para efectos de registro, control y seguimiento. Estas solicitudes deberán estar acompañadas de la documentación requerida.

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Solicitud y Clase de Documentos Art. 7. Los estudiantes que solicitan beca, sea esta de Estudios Medios, Técnico o Superior, deberán presentar en la Municipalidad los siguientes documentos: a) Carta solicitando la beca (elaborada por el estudiante), describiendo de manera general la situación socio-económica. b) Formato de solicitud debidamente contestada. c) Partida de nacimiento, original y fotocopia. d) Una fotografía reciente. e) Documento Único de Identidad, o Carné de Minoridad, original y fotocopia. f) Recibos de pago de Tasas e Impuestos Municipales actualizado. g) Vialidad original y fotocopia de sus padres. h) Certificado de buena conducta de su Centro de Procedencia, únicamente para los estudiantes de primera vez. i) Recibo de matrícula de la Universidad, Colegio o Instituto. j) Constancia global de notas del período académico anterior, para aquellos estudiantes que gozan de beca de Estudios Superiores. k) Constancia de notas del último año de bachillerato para estudiantes por primera vez que solicitan para Estudios Superiores o Técnico. l) Hoja de inscripción de asignaturas del ciclo a estudiar m) Solvencia de la Policía Nacional Civil Los estudiantes que ya gozan de Becas, deberán presentar la documentación contemplada en el artículo anterior, excepto el literales “h” y “k” Los estudiantes por primera vez podrán iniciar el trámite con la constancia de haber sido admitidos como estudiantes de la Universidad, Colegio o Instituto, debiendo presentar los documentos regulados en el presente artículo, excepto los mencionados en los literales “i”, “j” y “l”; (los cuales serán presentados posteriormente), no obstante para la concesión de la Beca se aplicará lo establecido en el artículo siguiente: Requisitos Generales Art. 8. Para ser beneficiario de una beca estudiantil otorgada por la Municipalidad, es indispensable cumplir el requisito general de ser salvadoreño y residir en el Municipio de ............. y estar matriculado como estudiante en una de las carreras que ofrece la Universidad a través de sus Facultades, Colegio o Instituto y cumplir además con los requisitos específicos que se establecen para la beca. Art. 9. La clase de Becas que la Municipalidad otorgará consiste en el pago de la Matrícula a la Institución y la cuota de escolaridad mensual que corresponde, previa presentación de la documentación original extendida por la Institución Educativa. El valor de la Beca será otorgado la última semana del mes que corresponde a su pago y será responsabilidad del Estudiante presentarse a la Municipalidad para su

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pago (posteriormente presentará los recibos correspondientes a la Municipalidad), si por cualquier factor el Estudiante no se presenta oportunamente a solicitar dichos fondos, la Municipalidad no se hace responsable de ninguna clase de recargos. Art. 10. Para los efectos del pago del valor de la Beca, el Estudiante tendrá la obligación de presentar los recibos originales correspondientes de la Institución Educativa a mas tardar quince (15) días después de habérsele pagado la Beca, caso contrario no se le reconocerá el valor de ella el siguiente mes. Criterios de Selección del Programa de Becas. Art. 11. La adjudicación de las becas se hará con base en los siguientes criterios: a) Rendimiento Académico promedio alcanzado en la educación media (bachillerato), el cual no podrá ser inferior a 7.0 en el caso de estudiantes por primera vez que soliciten Educación Superior y Técnico. b) Rendimiento Académico promedio alcanzado en Tercer Ciclo, el cual no podrá ser inferior a 6.5 en el caso de estudiantes que soliciten Educación Media (Bachillerato). c) Rendimiento Académico alcanzado en el Ciclo de estudio anterior, cuyo promedio global de notas no podrá ser menos de 7.0 para los estudiantes que ya gozan de beca a nivel Superior. d) Rendimiento Académico alcanzado en el año de Bachillerato anterior, cuyo promedio global de notas no podrá se menor de 6.5 para los estudiantes que ya gozan de beca a nivel Medio. e) No haber sido sancionado por infracciones disciplinarias por la Institución Educativa. f) Resultado de la investigación socio-económica del grupo familiar. g) Al final de cada Ciclo Universitario o año escolar de Bachillerato o Técnico, el estudiante está obligado a presentar Certificación de Notas extendida a nombre de la Municipalidad. h) No será permitido el cambio de Carrera Universitaria por mas de una vez, para ello se deberá presentar la debida justificación a la Municipalidad y será esta quien determine si la acepta. i) Deberán Inscribirse y Aprobarse en cada Ciclo Universitario las materias que comprende cada Ciclo según el Pensum de la Carrera Universitaria. Los Estudiantes solicitantes deberán presentar la documentación respectiva en los plazos señalados por la Comisión de Cultura y Arte. Art. 12. La Municipalidad esta en libertad de Conceder, Renovar o no toda clase de Beca otorgada a los Estudiantes, así como solicitar a la Institución Educativa un Historial del mismo tanto Académico, Disciplinario o de otra naturaleza.

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Tiempo de Adjudicación Art. 13. La adjudicación de las Becas se hará al inicio de cada ciclo académico; pero si en el transcurso quedaren vacantes una o más Becas, podrán ser adjudicadas a otros estudiantes que cumplan con los requisitos del presente Reglamento. Art. 14. El beneficio de la Beca aplicará únicamente hasta la obtención por primera vez del grado académico en la carrera seleccionada, sea esta nivel Medio, Técnico o Universitaria. Art. 15. La Beca durará un Ciclo Universitario, año de Bachillerato o carrera Técnica y podrá ser renovada cada ciclo o año escolar, toda vez conocido el rendimiento Académico del Estudiante y su situación socio-económica, por parte de la Comisión de Cultura y Arte de la Municipalidad. El estudiante que desea renovar su beca deberá presentar la constancia de Notas del Ciclo Académico anterior, año de Bachillerato o año de Técnico. Deberes de los Beneficiarios del Programa de Becas Art. 16. Son deberes de los Becarios mientras dure la vigencia de la Beca: a) Cumplir con el Plan de Estudios en la carrera elegida y obtener la nota promedio global requerida para cada ciclo Universitario, así como no reprobar asignaturas. b) Cursar cada año de Bachillerato o carrera Técnica, sin reprobar materia alguna (año en limpio). c) Cumplir con las disposiciones que la Comisión de Cultura y Arte y el Concejo Municipal dicten con relación a los procedimientos requeridos para la obtención o conservación de Becas. d) Informar a la Comisión de Cultura y Arte, en un lapso no mayor de ocho días hábiles el cambio de direcciones familiares y mejoras en la situación socio-económica del grupo familiar, así como cambio de carrera o de facultad. e) Presentar el Pensum de la Carrera en que está matriculado. Art. 17. La Municipalidad llevará un Archivo (expediente) por cada uno de los estudiantes Becados y contendrá éste toda la documentación que dicte el Reglamento y otra que sea necesaria. Del Pago de Becas Art. 18. El pago de las becas se realizará en la última semana de cada mes. La entidad encargada del pago de las mismas será la Tesorería de la Municipalidad, quien deberá responsabilizarse con el cumplimiento del plazo establecido en este Reglamento.

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El estudiante becario contará con cinco días hábiles para firmar planilla o recibo, vencido este plazo podrá ejercer el derecho a que se refiere el inciso siguiente. El estudiante que por causa debidamente justificada no hubiese firmado planilla o recibo de pago, deberá presentar dentro de los quince días calendario siguientes, solicitud ante la Comisión de Cultura y Arte de la Municipalidad, para que se tramite el pago correspondiente. Caso contrario perderá el derecho al cobro del cheque correspondiente a ese mes. Del Programa de la Beca. Art. 19. La beca se pierde en los siguientes casos: a) No haber alcanzado el promedio mínimo requerido o reprobar una o más asignaturas. b) Por faltas Disciplinarias en la Institución Educativa o en el Municipio. c) Por comprobarse información falsa, ocultamiento o tergiversación en su solicitud y/o en cualquier otra información que el organismo competente demande. d) Por abandono de sus estudios sean estos de Bachillerato, Técnico o Universitario. e) Por reserva de matrícula (caso de estudiantes Universitarios) f) Por no llevar la carga académica correspondiente a su plan de estudio. g) Por mejoras económicas debidamente comprobadas. h) Por cambio de carrera universitaria por más de dos veces o por no haber informado a la Comisión de Cultura y Arte de la Municipalidad. i) Por dejar de residir en el Municipio. Art. 20. El estudiante becario continuará gozando del beneficio de la beca, únicamente por un ciclo más, si el promedio global alcanzado fuese menor de 7.00. Si tal situación persiste por una segunda vez, el estudiante podrá hacer uso del recurso de Reconsideración. Cuando el estudiante becario por causa justificada hubiese perdido su beca podrá dentro de los quince días calendario subsiguiente al de la notificación respectiva, solicitar ante la Comisión de Cultura y Arte de la Municipalidad le sea considerada la continuidad del beneficio de la beca que ha gozado. Prohibiciones Especiales. Art. 21. Ninguna clase de becas descritas anteriormente serán financiadas con fondos si estas no están previamente contempladas en el Presupuesto Vigente de la Municipalidad.

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Vigencia del Reglamento Art. 21. El presente Reglamento del Programa de Becas entrará en vigencia después de haber sido Aprobado por el Concejo Municipal, el cual cada año será de carácter obligatorio que la Comisión de Cultura y Arte de la Municipalidad le de seguimiento para su actualización. Explicación de Terminología Entiendase por carrera Técnica, aquella enseñanza que no tiene la calidad de Licenciatura y que es proporcionada en Centro de Enseñanza reconocidos Oficialmente por el Ministerio de Educación, tales como: Computación, Arquitectura, Ingeniería, Contabilidad, Mercadeo, Mecánica Automotriz, Electricidad, Hotelería,etc. Toda beca para estudios Universitarios, será otorgada para toda clase de Centro de Estudios, sea este Nacional o Privado, si es este último la beca será hasta un máximo de $ _____

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INSTITUTO SALVADOREÑO DE DESARROLLO MUNICIPAL MUNICIPIO DE............. DEPARTAMENTO DE…….

DOCUMENTACION DE RESPALDO A SOLICITUD DE BECA Presentar ORIGINAL Y FOTOCOPIA toda la documentación. 1. 2.

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Una fotografía, tamaño cédula (de frente y reciente) Partida de nacimiento, o juicio de identidad personal (en caso de algún cambio con su nombre o apellido), DUI o carné de minoridad, NIT (Número de Identificación Tributaria). Si alguno de sus padres ha fallecido presentar Partida de Defunción. Constancia de Bienes Inmuebles, de padres o responsables del grupo familiar, que vivan con el solicitante, (documento extendido por el Centro Nacional de Registro de su jurisdicción, donde justifica: carencia o tenencia de bienes inmuebles) Constancia de Salario de las personas del grupo familiar que trabajan, extendido por el jefe inmediato (incluir declaraciones de renta). En los siguientes casos: • Pensionados presentar Libreta de Ahorros y fotocopia de Carné • Si hay miembros que trabajan por cuenta propia, presentar una Declaración Jurada elaborada por el propietario, incluir capital de trabajo detallando los ingresos recibidos (Clase de negocio, Ingresos: mensuales, semanal o diario) con firma y número de Documento Único de Identidad o Declaración de IVA. • Ayuda del Exterior (Por medio de la casa de cambio o Banco receptor del depósito). Ultimo pago efectuado de Servicios Básicos: recibos de Energía Eléctrica, Agua, Teléfono, Vivienda (alquilada, Hipotecada o promesa de venta), facturas o letras comerciales de deudas, colegiatura de otros miembros del grupo familiar que estudian, incluyendo al estudiante. Constancia de Notas: Nuevo Ingreso a la Universidad: Notas del último año de bachillerato, Tercer Ciclo (para becas de Bachillerato) y constancia de buena conducta de su centro de procedencia. Renovación de Beca: Rendimiento Académico universitario obtenido, incluyendo último ciclo cursado, anexar la hoja de inscripción de materias a cursar. Si ha realizado cambio de carrera presentar: Acción Académica y 8

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Récord Académico de la carrera anterior. Para nivel de Bachillerato presentar las notas del año cursado. Título de Bachiller o notas de Tercer Ciclo. Recibos cancelados de: Matrícula y Cuotas de Escolaridad que correspondan a la fecha de presentación de esta, recibos de pago de Impuestos o Tasas Municipales y Vialidad del año que corresponde el trámite. Croquis, ubicación del domicilio de su grupo familiar: referir su dirección especificando: Colonia, Barrio, Lotificación, Residencial, etc.; calle, avenida, pasaje, block, etc. número de casa o letra y zonas de referencia)

NOTA: No recibirá incompleta, al entregar esta solicitud:

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Fecha:____________

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