Reglamento del Estudiante Curso 2016 - 2017

NORMAS GENERALES 1. ADMISIÓN 1.1. Consideramos sumamente importante el que los padres de nuestros estudiantes estén bien informados en cuanto a los requisitos de admisión y matrícula. Su colaboración en estos temas nos permitirá iniciar juntos el proceso educativo en el Colegio Marista. 1.2. Todo estudiante que desee ingresar en el Colegio Marista “El Salvador” deberá completar una solicitud de admisión y radicarla en la oficina del colegio. 1.3. Los candidatos a admisión para el PRE-PRE, PRE-Kínder o Kínder deberán completar los siguientes requisitos: 1.3.1. Presentarse a una entrevista-examen. 1.3.2. Entregar copia del certificado de nacimiento. 1.3.3. Entregar copia del certificado de Bautismo. 1.3.4. Entregar certificado de vacuna, formulario P-VAC-c del Departamento de Salud de Puerto Rico. 1.3.5. Traer el resultado de un examen psicométrico si el colegio lo requiere, o cualquier otra evaluación profesional. 1.3.6. Para Kínder, tener 5 años al 31 de diciembre del año en curso (edad requerida por el Departamento de Educación Pública de Puerto Rico, de acuerdo a su carta circular #11-2002-2003). Para Pre-prekínder, 3 años y 4 años para Prekínder. Más la capacidad necesaria a juicio del maestro/a evaluador. 1.3.7. Todo estudiante admitido al Preescolar debe estar entrenado para ir al baño solo (control de esfínteres). 1.4. Los candidatos a admisión para los otros grados deberán presentar: 1.4.1. Un examen de admisión del Colegio Marista. 1.4.2. Copia del certificado de nacimiento. 1.4.3. Copia del certificado de Bautismo. 1.4.4. Las notas del colegio de donde proceden y una carta de conducta. 1.4.5. Evaluación psicoeducativa, si el Colegio la requiere. 1.4.6. Constancia de solvencia de todos los compromisos económicos con la escuela de procedencia.

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1.4.7. Certificación de vacunas. 1.5. Un estudiante se considera miembro del Colegio Marista al recibir la notificación oficial de admisión por parte de las autoridades pertinentes, ha abonado la cuota correspondiente y ha cumplido cualquier otro requisito solicitado. 1.6. La readmisión de un estudiante será atribución del Consejo Educativo que determinará cada caso en particular. La decisión del Consejo Educativo será final y firme. 2. MATRÍCULA 2.1. Todos los estudiantes del Colegio Marista deben completar para cada curso escolar su hoja de matrícula. 2.2. Los estudiantes que ya asisten al colegio completarán este requisito en la época del año señalada por la Administración. Los alumnos que no formalicen su matrícula dentro de las fechas señaladas por la Administración del Colegio, para tal efecto, significará que ya no están interesados en continuar en el Colegio Marista y, por lo tanto, su puesto quedará disponible para alumnos nuevos que lo soliciten. 2.3 Si un alumno, a fin de curso, no reuniera los requisitos exigidos por este reglamento, se le devolverá la matrícula, ya que no podrá continuar en el Colegio. 2.4. Al momento de matricular a un estudiante, los padres o encargados deberán estar al día en los pagos y haber cumplido con los compromisos exigidos 3. UNIFORMES Y ARREGLO PERSONAL 3.1. El uniforme identifica al estudiante con su Colegio. En el Colegio o fuera del mismo, el/la estudiante debe vestir el uniforme vendido en el Colegio, de forma correcta y completo. 3.1.1. Varones a. Pantalón escolar azul marino y correa de vestir negra sin diseño. b. Polo blanco, con rayas azules en las mangas y borde del cuello, con el emblema “MARISTAS”. c. Zapatos escolares, negros, con medias blancas altas. 3.1.2. Muchachas a. 1ro a 8vo: “Jumper” azul marino, con el emblema “MARISTAS”. El largo de la falda debe llegar a la rodilla. b. Noveno a 12mo: falda con chaleco. El largo de la falda debe llegar a la rodilla. c. Camisa o blusa, blanca, con el emblema “MARISTAS” en la manga, la camisa debe ir por dentro. d. Zapatos negros, con medias completamente blancas y altas. 3.1.3. Uniforme de Educación Física: muchachas y varones. a. Camiseta oficial de Educación Física del Colegio. b. Pantalón largo, con el logo oficial del Colegio. c. Tenis y medias blancas altas. 3.1.4. Uniforme de Preescolar. a. Camiseta con el logo oficial del Colegio. b. Para Pre Prekínder y Prekínder: pantalón corto o largo de deporte del Colegio Marista. Para Kínder: pantalón largo de deporte del Colegio Marista. c. Tenis con velcro y medias blancas altas.

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3.1.5. Arreglo personal (Pre Prekínder a 12mo.) a. El arreglo personal de las muchachas será sencillo. Podrán llevar aretes pequeños (uno en cada oreja), sin maquillaje, sin pelo a varios colores y peinados que se salgan de lo normal. Si usan accesorios en el cabello deben ser color azul y blanco. Las uñas podrán tener barniz transparente, nunca de colores. Tampoco usarán sortijas, prendedores, pulseras o cualquier otro adorno que llame la atención. Vestirán en todo momento, el uniforme completo; bien cuidado y la camisa por dentro de la falda. No deben llevar tatuajes visibles. b. El arreglo personal de los varones supone llevar el uniforme reglamentario completo y puesto correctamente, con la camisa por dentro del pantalón y correa negra. El pantalón se llevará a la cintura. No usará gorras, gafas oscuras, pantallas o tatuajes visibles de ningún tipo. Deberá estar afeitado, sin barba ni bigote y tendrá el pelo corto (que no toque la camisa y el cerquillo alrededor de las orejas) y peinado, de acuerdo a las normas emanadas de las autoridades competentes del Colegio. No tendrá el pelo con cortes, peinados o colores extravagantes. c. Los alumnos de Cuarto Año y Octavo grado podrán utilizar una camisa de diferente color y diseño siempre que ésta sea aprobada por la Dirección del Colegio. Cuarto Año podrá usar su sortija de graduación en el segundo semestre. Ésta se entregará el día oficial señalado por el Colegio, después de la bendición de las mismas en el marco de una Eucaristía. d. Los estudiantes asistirán al Colegio con el uniforme completo y lo mantendrán limpio y bien puesto. e. Si algún estudiante viene al Colegio con abrigo, éste debe ser el oficial del Colegio. No debe tener otro distintivo que el propio del Colegio Marista. f. Las clases de Educación Física se llevarán a cabo con el uniforme de educación física y no se permitirá usar otro tipo de uniforme. g. La vestimenta de los “Casual Days” y los días de actividades especiales autorizadas por la Dirección será de la siguiente manera: pantalón largo, zapato cerrado (no “Crocs”), blusa o camiseta con manga, que cubra el abdomen y que no tenga alusión a sexo, drogas, alcohol o normas contra el reglamento. En las ocasiones en que se vendan camisetas alusivas a una actividad (por ejemplo, torneos) se usará únicamente esta o en su defecto el uniforme completo ordinario. Preescolar ofrecerá indicaciones particulares al respecto. h. Es deber de los padres asegurarse que sus hijos mantengan una buena higiene y tengan siempre el uniforme limpio y disponible. Si por razones serias algún estudiante no puede venir con su uniforme al Colegio, deberá traer una excusa de los padres y tratar de solucionar el problema lo antes posible. i. La Presidencia, la Dirección o la Coordinación pueden enviar a su casa a estudiantes que se muestren negligentes en estos puntos. 4. HORARIO 4.1. El horario escolar es un elemento básico de funcionamiento de un colegio. Es por ello que se espera puntualidad y constancia. El cumplimiento responsable del mismo ayuda a crear en nuestros estudiantes y sus familias hábitos de disciplina y compromiso en la tarea educativa. 4.2. La entrada a la primera clase es a las 7:50 a.m. En este momento suena el primer timbre. Un segundo timbre suena cinco (5) minutos después. 4.3. Se acumula una tardanza cuando el/la estudiante no está en su asiento al sonar el segundo timbre después de la entrada a clase o después de un receso. 4.4. La salida de clases es a las 2:30 p.m. Los profesores ofrecen asistencia a los estudiantes que lo deseen los días lunes, martes y jueves de 2:30 a 3:00 p.m. Habrá vigilancia en la entrada del Colegio (portón) hasta una hora después de la salida.

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4.5. Toda persona que visite el Colegio deberá registrarse en la caseta de seguridad y recibirá una identificación de visitante. 4.6. Los alumnos de PPKínder a Kínder que, no estando anotados en el servicio de cuido, y que no sean recogidos a las 2:30 p.m., serán llevados a “cuido”. El padre o encargado deberá cancelar ese mismo día con la encargada del cuido la cantidad de $10.00 (diez) dólares por hora o fracción en que se tuvo al niño/a allí. Es de esperar que el padre que conoce de un atraso debido a imprevisto, llame al Colegio para hacerlo saber y así notificar al personal interesado. 4.7. Pueden permanecer en las facilidades del Colegio, después de las 3:15 p.m. únicamente aquellos estudiantes que participen en actividades autorizadas por la Dirección y bajo la supervisión directa de algún maestro. Es deber de los padres recoger a sus hijos antes de esta hora, de no ser éste su caso. 4.8. Los estudiantes de Cuarto Año podrán salir del colegio una vez terminadas sus clases, al menos que se requiera su presencia. Los padres relevan al Colegio de toda responsabilidad bajo cualquier circunstancia. 4.9. SERVICIOS EN HORARIO EXTENDIDO: 4.9.1. El Colegio Marista ofrece los siguientes servicios en horario extendido: • Servicio de cuido de 2:30 p.m. a 6:00 p.m. para alumnos de Preescolar (PP, PK, K) • Servicio de asistencia en tareas: de 2:30 p.m. a 6:00 p.m. para 1ro. y 2do. • Servicio de asistencia en tareas: de 3:00 p.m. a 6:00 p.m. para 3ro. a 12mo. • Servicio de tutorías por hora: de 3:00 p.m. a 6:00 p.m. de español, inglés y matemáticas. Los padres interesados en alguno de estos servicios deberán pasar por la Administración para solicitarlo y hacer los pagos correspondientes. 4.9.2. Se ofrece servicio de biblioteca en horario de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. 5. NORMAS ADMINISTRATIVAS 5.1. El Colegio Marista tiene como única fuente de ingresos económicos las cuotas estudiantiles. Es por ello que se espera de los padres de familia responsabilidad en el pago puntual de los compromisos contraídos con la escuela a efectos de que ésta pueda operar, financieramente hablando, con efectividad. 5.2. La “Cuota Escolar” que la Administración del Colegio señala es una “Cuota Anual” que, por facilidades de pago y prerrogativa del Colegio, se podrá realizar a plazos hasta un máximo de DIEZ MENSUALIDADES, comenzando en agosto y terminando en mayo. 5.3. Todos los pagos que se hagan por mensualidad vencen el día 1º de cada mes. Para los grados 8º y 12º el pago final vence al último viernes del mes de abril. Esto no aplica a los estudiantes acogidos al cobro directo. 5.4. La inasistencia a las clases por la razón que sea, no dispensa del pago de la Cuota Escolar correspondiente al plazo o plazos vencidos, al reintegrarse el estudiante a la Escuela. 5.5. Para tener derecho a las evaluaciones y/o exámenes semestrales el alumno debe estar al día con todos los compromisos económicos contraídos hasta el momento de realizar las evaluaciones en cuestión.

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5.6. El Colegio puede privar de la asistencia a clase a aquellos alumnos que tengan deuda y cuyos padres o encargados no hayan llegado a un arreglo con la Administración. 5.7. No se entregará documentación alguna, ni trascripción de notas, ni se otorgarán reconocimientos especiales a los alumnos que tengan cuentas pendientes con el Colegio, hasta tanto las hayan cancelado. 5.8. Para matricular a su hijo en el Colegio deberá estar al día en sus pagos. Los DERECHOS DE MATRÍCULA se pagan de la siguiente forma: Los alumnos actuales al presentar la Hoja de Matrícula debidamente cumplimentada y firmada en la Administración del Colegio, y los alumnos nuevos, en el momento de ser admitidos como estudiantes en la Escuela. La cuota por concepto de matrícula no es reembolsable. 5.9. RECARGOS Y PENALIDADES 5.9.1. Los pagos efectuados después del día 7 de cada mes sufrirán un recargo de $25.00. 5.9.2. En caso de solicitar una libreta de pago nueva, el titular tendrá que pagar $20.00 cada vez que sea solicitada. 5.9.3. Toda gestión de cobro que no se pueda realizar por falta de fondos tendrá un recargo de $25.00, cantidad que deberá ser pagada en el Colegio. 5.9.4. Matricularse después de la fecha señalada conlleva un cargo adicional de $75.00 así como $25.00 por cada mes en demora a partir de la fecha señalada en febrero. 5.9.5. En Escuela Intermedia y Superior, todo estudiante que no realice un examen en la fecha señalada por el profesor deberá presentar una excusa justificada y pagar $25.00 para tomar su examen de reposición. 5.9.6. Las transcripciones solicitadas se entregarán a los tres días de la petición y conlleva un costo de $3.00. 5.10. SEGUROS ESCOLARES Todos los estudiantes del Colegio Marista están protegidos por una póliza de Seguro Escolar que el Colegio suscribe cada año con una compañía privada de seguros. Dicha compañía reembolsará los pagos que la familia haga en caso de accidente y que estén cubiertos por la póliza, hasta el límite que dicha póliza provee. El seguro escolar cubre accidentes ocurridos dentro de las instalaciones del colegio entre las 7:00 a.m. y 6:00 p.m., y en otras actividades organizadas por el Colegio fuera del horario escolar. 5.11. USO DEL NÚMERO DEL SEGURO SOCIAL El Colegio Marista no usará el Número del Seguro Social para la identificación de los estudiantes en trámites rutinarios de la Institución. 5.12. CÁMARAS DE SEGURIDAD La instalación de cámaras de seguridad obedece a la necesidad de proteger a nuestros estudiantes, miembros de la facultad, personal administrativo, padres, invitados y visitantes, de actos que atenten contra su seguridad personal así como la propiedad de todos, incluida la del Colegio. Se pretende además desalentar el vandalismo, el robo y otras actividades prohibidas en nuestro Manual del Estudiante. Mediante la instalación de este sistema, reafirmamos nuestro compromiso de ofrecerles a sus hijos e hijas una experiencia educativa de excelencia en un ambiente seguro.

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Los siguientes parámetros fueron utilizados para la instalación y el uso del sistema: • Las cámaras están instaladas en: recepción, comedor escolar, almacén, anfiteatro y cancha bajo techo. Además, en pasillos, estacionamiento, áreas exteriores de todos los edificios y en todo el perímetro del Colegio. • El sistema de cámaras opera las 24 horas del día, los siete días de la semana. • Las personas autorizadas para acceder y ver las imágenes captadas en las cámaras son las siguientes: Presidencia, Dirección, Administración y Coordinación de ciclo, Consejería escolar y el supervisor de instalación del equipo. En caso de necesidad se puede autorizar a personas adicionales a tener acceso y ver las imágenes de las cámaras. • Las cámaras captan solamente imágenes visuales. No tienen capacidad para grabar audio. • Las personas autorizadas a acceder y ver las imágenes captadas en las cámaras llevarán una bitácora indicando el nombre de la persona que tuvo acceso a las imágenes, la fecha y hora en que tuvo acceso, y el área de nuestro plantel que estaba viendo. • En todas las áreas donde están instaladas las cámaras hay un rótulo que lo identifica. 6. ASPECTOS ACADÉMICOS 6.1. Las evaluaciones constituyen uno de los medios más eficaces de comunicación entre los padres y los maestros para dar seguimiento al progreso del estudiante tanto en la parte académica como en su comportamiento. Es responsabilidad de los padres asumir esta tarea. 6.2. El Colegio entregará informes de progreso en cuatro ocasiones durante el curso escolar. Para los estudiantes del nivel preescolar se entregarán tres informes en octubre, enero y mayo. 6.3. Al finalizar cada período se espera que el estudiante obtenga un mínimo de 2.00 puntos en aprovechamiento académico y/o en conducta. 6.4. Para la Escuela Elemental (1º a 4º) no se asignarán tareas para trabajar en casa los viernes, días festivos o tiempo de Pascua, Acción de Gracias, receso de Navidad o verano, con el propósito de balancear la carga académica y la vida familiar. 6.4.1. Para toda la escuela las tareas para la casa serán cortas, de forma que puedan ser realizadas por los mismos estudiantes, y se aplicará la “Regla de los 10 minutos”. 6.4.1.a. Las tareas para la casa son preferentemente prácticas de las destrezas que se han presentado en clase. 6.5. El Colegio Marista ofrece a los alumnos que lo deseen un servicio de asistencia al estudiante los días lunes, martes y jueves de 2:30 p.m. a 3:00 p.m. con el propósito de clarificar dudas, reforzar destrezas, reponer exámenes y completar tareas. 6.5.1. Los maestros revisarán las tareas de clase diaria de sus estudiantes. Si el estudiante no ha completado satisfactoriamente la tarea, la podrá terminar en el tiempo de Asistencia al Estudiante. En este caso, el maestro le dará un 80% de la puntuación total obtenida por el estudiante. No aplica a estudiantes de acomodo razonable. 6.6. Los estudiantes tendrán un máximo de cuatro pruebas semanales, pero no más de dos pruebas diarias. De 1ro. a 4to. grado estas pruebas nunca serán los lunes. Los resultados de las pruebas deben verse reflejados en PowerSchool a más tardar en cinco días lectivos. Si la prueba tiene una muestra extensa de redacción los resultados deben verse reflejados en ocho días lectivos.

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6.6.1. Después de discutida la prueba en el salón de clase el estudiante tendrá cinco días lectivos para cualquier reclamación. 6.7. Los padres y alumnos pueden acceder al calendario de tareas y exámenes en la página WEB oficial del Colegio a través del programa EDU. Esta información no es exhaustiva sino orientativa y deberá ser confrontada con otras fuentes de información. 6.8. En el espacio que media entre los informes de progreso, es responsabilidad del padre de familia dar seguimiento a la marcha general de su hijo/a a través del sistema informatizado PowerSchool. Tanto el padre como el profesor podrán solicitar entrevistas para beneficio del interesado. 6.9. Los estudiantes/padres dispondrán de cinco días lectivos, a partir del día oficial de entrega de informes de progreso, para hacer las debidas reclamaciones académicas o de conducta con el maestro respectivo. Se requiere la autorización de la Dirección para modificar una nota o remover un incompleto. 6.10. La nota final será el promedio de los porcentajes de cada uno de los periodos evaluativos. 6.11. En la Escuela Superior se realizarán pruebas sumativas semestrales, al final del Segundo y Cuarto periodo, y contarán con el 20% del período evaluativo correspondiente. El maestro dispensará del examen a los estudiantes que tengan “A” en todos los períodos del semestre en la asignatura que él imparte, excepto en los cursos AP. 6.12. De Primer Grado a Octavo Grado la prueba semestral se aplicará en las cinco materias básicas haciendo énfasis en las destrezas desarrolladas. Dicha prueba se promediará con las demás pruebas del periodo correspondiente. 6.13. Durante los días de repaso señalados en el cronograma no se darán pruebas parciales. 6.14. Cada estudiante será responsable de completar los requisitos académicos correspondientes a cada periodo evaluativo. No se adelantarán ni se repondrán exámenes sin causa justificada. 6.15. La reposición de exámenes, pruebas cortas o trabajos realizados en clase, durante la ausencia de los estudiantes, siempre y cuando esta haya sido por causas justificadas y debidamente documentadas, se realizará por instrucción del docente durante los siguientes cinco días lectivos. Al reintegrarse a clases, el estudiante, de inmediato, se comunicará con su profesor(a), quien le indicará la fecha de reposición dentro del término señalado. La ausencia a la reposición resultará en la pérdida de la nota, excepto por causa gravemente justificada. 6. 16. La escala para las notas de conocimiento y el criterio de evaluación son los siguientes:

A B C D F

CLAVE DE NOTAS 90-100 80-89 70-79 65-69 0-64

3.50-4.00 2.50-3.49 1.50-2.49 1.00-1.49 0.00-0.99

De Primero a Octavo: • Los criterios de evaluación son los siguientes: 50% Pruebas, 40% Trabajos y 10% Actitud en cada uno de los períodos.

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Para la Escuela Superior: • El 1er y 3er períodos utilizan los siguientes criterios de evaluación: 50% Pruebas, 40% Trabajos y 10% Actitud. • En 2do y 4to períodos utilizan: 48% Pruebas, 24% Trabajos, 8% Actitud, 20% Prueba sumativa final. En todo el Colegio: • Los cursos llamados “electivos” y “materias complementarias” (artes, educación física, computación y salud) se evalúan en cada periodo con el siguiente criterio: 90% actividades, 10% actitud. • La materia de “Religión” se evalúa en cada período con el mismo criterio: 50% Pruebas, 40% Trabajos y 10% Actitud. 6.17. La escala para las notas de conducta es la siguiente:

A B C

CLAVE DE NOTAS 3.50 a 4.00 2.50 a 3.49 2.00 a 2.49 Menos de 2.00

Excelente Buena Regular No satisfactoria

6.18. Es política del Colegio Marista entregar los exámenes, excepto los exámenes finales y los de comprobación de lectura, únicamente a los estudiantes de Escuela Elemental (1ro – 4to grado). De 5to a 12mo no se entregarán exámenes ni copia de los mismos. Siempre está la opción de verlos y discutirlos con los profesores durante entrevistas a lo largo del año escolar. 6.19. El Colegio Marista es un centro educativo de corriente regular y no ofrece programas para estudiantes con deficiencias graves de aprendizaje. La ayuda que brinda en esta sección es a estudiantes capacitados para alcanzar los estándares exigidos por la Institución, pero que necesitan algún tipo de refuerzo de carácter transitorio. El Colegio Marista ofrece acomodo razonable según las Políticas sobre Acomodo Razonable. Dicho documento tiene vigencia desde el 1 de mayo de 2014. 7. PROMOCIÓN DE GRADO 7.1. Para ser promovido al grado inmediato superior, el estudiante debe aprobar todas las asignaturas de su grado respectivo o dominar las destrezas necesarias si se trata de Preescolar. 7.2. De 5to a 12mo grado, para aprobar una materia del curso escolar se requiere, además de tener al final de año promedio de “C” o más, aprobar el segundo semestre con “C” o más, incluyendo las destrezas. En el caso de preescolar (PPK., PK. y K.) el Colegio, basándose en el dominio de las destrezas del Grado, decidirá si se promociona el estudiante al grado superior. 7.3. El estudiante que haya fracasado en alguna asignatura deberá matricularse en verano haciendo el curso que organiza el Colegio. En el caso de que la asignatura no se imparta en el colegio la Dirección concederá un permiso especial para tomarla en alguna institución acreditada. Este curso es remediativo y obligatorio para estudiantes con nota de D o F en el segundo semestre (de 5vo a 12mo) o promedio final (de 1ro a 12mo). La nota máxima para el curso de verano es de 70. Con tres ausencias durante el verano, -salvo justificación aceptada-, no le será aprobado el curso. 7.4. El curso de verano se aprueba con A, B o C, aunque la nota máxima a registrarse será de 70. De no aprobar el curso el estudiante no continuará en el Colegio.

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7.5. El estudiante que fracase con “F” en tres de las siguientes asignaturas: Español, Inglés, Matemáticas, Ciencias y Sociales, o que al finalizar el curso escolar tenga cuatro materias (básicas, electivas y/o complementarias) o más con menos de “C”, no podrá continuar en el Colegio. Si se trata de un alumno de buena conducta el Consejo Educativo le podrá dar la oportunidad de repetir el grado, según su criterio. 7.6. Para permanecer en el Colegio Marista se requiere un mínimo de 2.00 de promedio académico. 7.7. PREESCOLAR: Al concluir el nivel de Preescolar, los estudiantes habrán alcanzado el desarrollo de las destrezas básicas para iniciarse en el nivel de Escuela Elemental. Dichas capacidades y destrezas son: Socio – emocionales: • Desarrollar una autoestima positiva. • Demostrar seguridad en sí mismo. • Seguir instrucciones orales. • Esperar su turno para participar. • Desarrollar un comportamiento cooperativo y sociable. Cognoscitivas: • Desarrollar la lectura y escritura emergente. • Afianzamiento de las destrezas previas de la lecto-escritura. • Desarrollar el lenguaje mediante la expresión oral. • Resolver problemas aplicando las operaciones básicas. • Realizar clasificaciones, seriaciones. • Realizar ejercicios aplicando conceptos numéricos. Físicas: • Desarrollar la motricidad gruesa y fina. • Desarrollar los sentidos a través de las experiencias de aprendizaje 7.8. ELEMENTAL: Al término de Cuarto Grado en la Escuela Elemental, los estudiantes habrán adquirido las destrezas esperadas para el grado y asignatura, establecidas en el currículo base del Colegio y completado los siguientes créditos: Asignaturas Comunes: ASIGNATURA Inglés + Destrezas Español + Destrezas Matemáticas + Destrezas Ciencias Sociales Religión

VALOR 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos

ASIGNATURA Arte Computación Educación Física

VALOR 1 crédito 2 créditos 2 créditos

7.9. INTERMEDIA: Al término de Octavo Grado de la Escuela Intermedia, para ser promovido a Noveno Grado, todo alumno debe haber adquirido las destrezas esperadas, aprobado las asignaturas definidas en el currículo base del Colegio para cada grado y completado los siguientes créditos:

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Asignaturas Comunes: ASIGNATURA Inglés + Destrezas Español + Destrezas Matemáticas + Destrezas Ciencias Sociales Religión Salud

VALOR 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos 0.25 crédito

ASIGNATURA Arte Computación Educación Física Electiva

VALOR 0.75 crédito 2 créditos 1 crédito 1 crédito

7.10. SUPERIOR: Al término de su Cuarto Año de la Escuela Superior, todo alumno, para poder graduarse, deberá haber completado las siguientes asignaturas planteadas en el currículo base del Colegio y completado los siguientes créditos: 7.10. 1. Asignaturas comunes: ASIGNATURA Inglés + Destrezas Español + Destrezas Matemáticas + Destrezas Ciencias Historia y Sociología Ética Salud

VALOR 4 créditos 4 créditos 4 créditos 4 créditos 5 créditos 4 créditos 0.25 crédito

ASIGNATURA Electivas Computación Educación Física Paternida/Maternidad

VALOR 0.75 crédito 1.50 créditos 0.75 crédito 0.25 crédito

7.10.2. El estudiante deberá haber completado, además, 0.75 créditos de las siguientes asignaturas electivas: Asignaturas electivas: ASIGNATURA Arte Robótica Baile Manualidades Periodismo Ecología

VALOR 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito

ASIGNATURA Música Economía Doméstica Liderazgo Lenguaje de Señas Diseño Gráfico

VALOR 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito 0.25 crédito

7.10.3. Estos créditos deben obtenerse en el Colegio Marista “El Salvador”. No se aceptarán créditos de otras escuelas si antes no se ha obtenido permiso escrito de la Dirección del Colegio para seguir determinadas asignaturas o se hayan hecho las equivalencias correspondientes. 7.10.4. El valor de las letras de notas se calcula según la siguiente tabla:

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Puntos de honor: NOTA A B C D F

REGULAR 4.00 3.00 2.00 1.00 0.00

NIVEL AVANZADO 4.50 3.50 2.50 1.00 0.00

ADVANCED PLACEMENT 5.00 4.00 3.00 1.00 0.00

8. GRADUACIÓN DE CUARTO AÑO Y PROMOCIONES DE KINDER Y OCTAVO GRADO 8.1. KÍNDER: Al terminar Kínder los alumnos podrán asistir a un acto de promoción organizado por el Colegio. 8.2. OCTAVO GRADO: Al terminar su Octavo grado los alumnos podrán asistir a un acto de promoción organizado por el Colegio. La asistencia a este acto no garantiza al estudiante el paso al curso siguiente ni a la Escuela Superior del Colegio si no reúne los requisitos exigidos por el Reglamento. No participará quien tenga una nota final de conducta inferior a 2.00 puntos o no haya cumplido con los términos de una probatoria en conducta. 8.3. CUARTO AÑO: El Colegio Marista organiza un acto de graduación y entrega de diplomas al finalizar el Cuarto Año de Escuela Superior. La organización del mismo corresponde a la Dirección del Colegio. 8.3.1. El Colegio considera la asistencia al acto de graduación como un premio a la labor realizada por estudiantes y maestros y por lo mismo, puede excluir de él a aquellos estudiantes que por su conducta deficiente o su pobre labor académica no se hayan hecho acreedores a este premio. Este juicio queda reservado al Consejo Educativo. 8.3.2. Además de los créditos académicos, todo estudiante del Colegio Marista, para poder recibir el Diploma de Graduado de la Escuela Superior, deberá recibir previamente la certificación de haber cumplido el Servicio Social en los términos exigidos por el Colegio. 8.3.3. Si algún estudiante, al concluir el año escolar, no hubiere satisfecho con estos requisitos de acción social, se le retendrán las notas finales hasta que presente el certificado correspondiente. 8.3.4. Un estudiante de Cuarto Año no participará en los actos de graduación si incurre en algunas de las siguientes situaciones: • Ha sido puesto en probatoria, en dos ocasiones, en Cuarto Año. • Ha sido puesto en probatoria, por tercera vez, en los años de Escuela Superior. • Tiene una nota final de conducta, en Cuarto Año, inferior a 2.00 o no haya cumplido con los términos de una probatoria en conducta. • No ha completado los requisitos del Servicio Social. • Tiene deudas pendientes con la Administración. • Si tiene un promedio académico inferior de 2.00 puntos. 9. SELECCIÓN DE TEXTOS ESCOLARES Para el Colegio Marista los textos son un recurso para realizar o llevar a cabo nuestro currículo constructivista humanista. El Colegio establece y selecciona, de acuerdo a su filosofía y a los objetivos curriculares que se proponga desarrollar, aquellos libros que apoyen su oferta educativa.

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9.1. Es política del Colegio no cambiar de texto durante 3 años. Los cambios han de obedecer a razones estrictamente conducentes a una adaptación curricular, en beneficio de una mejor oferta educativa. Todo cambio debe estar acorde con la filosofía educativa Marista y debe ser aprobado por la Dirección. 9.2. Procedimiento: 9.2.1. Se identifican los textos que llevan en uso tres años. 9.2.2. Evaluación de dichos textos a la luz de las demandas curriculares. Responsables: jefe de departamento, maestro(a) y Dirección. 9.2.3. En el caso de que la decisión sea cambiarlos se evalúan otros textos para elegir uno. Responsables: jefe de departamento, maestro(a) y Dirección. 9.2.4. Finalmente se someten las recomendaciones a la Dirección para aprobación de los nuevos textos. 9.3. Se busca un distribuidor que asegure dar un servicio eficiente y cuyos costos sean razonables. 9.4. Se permite el uso de libros de texto usados, sin embargo, los cuadernos de trabajo deben ser nuevos. 9.5. Se comunica a la comunidad marista sobre la libertad que tiene el consumidor para escoger el suplidor de su conveniencia. 9.6. El Colegio en conformidad con el Reglamento para la divulgación de información en la venta y distribución de libros de texto del 1º de mayo de 2002, promulgado por el Departamento de Asuntos del Consumidor, DACO, entregará a cada uno de los padres y publicará la lista de libros a utilizarse en el año escolar próximo. Este anuncio y divulgación, así como la presentación de la misma en las oficinas del DACO, ha de hacerse no más tarde de 15 de mayo. 9.7. El Colegio puede pedir que un estudiante adquiera un libro para una clase electiva una vez se haya matriculado en la misma al comenzar el curso escolar. 10. PREMIOS Y RECONOCIMIENTOS El Colegio Marista concede a los estudiantes diversos premios, como un estímulo para la superación. Estos premios se otorgan al finalizar el curso, en la premiación de Octavo Grado y en la graduación de Cuarto Año. 10.1. Certificado de Conducta: Se otorga cada año a los estudiantes que han obtenido un promedio de A (3.50 o más) al final del curso escolar. 10.2. Certificado de Aplicación: Se otorga cada año a los estudiantes que terminan el curso con un promedio Final de A en las siguientes asignaturas: Religión, Español, Inglés, Matemáticas, Estudios Sociales, Ciencias Naturales. 10.3. Certificado de Asistencia: Se otorga cada año a los estudiantes que tengan cero ausencias y menos de 5 atrasos, en la Escuela Elemental e Intermedia y cero ausencias y menos de 10 atrasos en la Escuela Superior.

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10.4. Premio de Constancia: • Primer Premio: Placa y medalla de fidelidad a los estudiantes de Duodécimo grado que hayan realizado todos los estudios ininterrumpidamente desde Prekínder en el Colegio Marista. • Segundo Premio: Medalla de perseverancia a los estudiantes de Duodécimo grado que comenzaron en Kínder, Primero, Segundo o Tercer grado en el Colegio Marista y han realizado ininterrumpidamente sus estudios en el mismo; y a los estudiantes de Octavo Grado que hayan realizado todos los estudios ininterrumpidamente sus estudios en el Colegio Marista desde Pre-kínder. 10.5. Medalla de Conducta: Se otorga esta medalla a los estudiantes de Cuarto Año que han obtenido “A” en conducta en los cuatro años de Escuela Superior; y a los estudiantes de Octavo Grado que han obtenido “A” en conducta en los cuatro años de Escuela Intermedia. 10.6. Medalla de Aplicación: Se otorga a los estudiantes de Cuarto Año que han obtenido “A” en las materias de Ciencias, Sociales, Religión, Matemáticas, Español, Inglés y las destrezas de las tres últimas en los cuatro años de Escuela Superior. A los estudiantes de Octavo Grado que han obtenido “A” en las materias de Ciencias, Sociales, Religión, Matemáticas, Español e Inglés durante los cuatro años de Escuela Intermedia. 10.7. Medalla de Excelencia Deportiva: La Dirección, junto a los profesores de Educación Física, eligen quiénes reciben este premio. Se otorga a dos deportistas (femenino y masculino) de excelencia de Cuarto año, que hayan tenido una participación reconocida, notable y muy destacada en uno o más eventos deportivos y que a la misma vez mantengan por lo menos 3.30 de promedio acumulado (GPA) tanto en su índice académico como en el de conducta. 10.8. Medalla de Excelencia Académica: • Alto Honor: a los estudiantes de Cuarto Año que obtengan un índice académico de 3.75 o más en sus notas de Escuela Superior. • Honor: a los estudiantes de Cuarto Año que han obtenido un promedio académico de 3.50 a 3.74 en sus notas de Escuela Superior. 10.9. El estudiante VALEDICTORIAN será el alumno que, habiendo estado los 4 años en la Escuela Superior del Colegio Marista, obtenga el mejor promedio acumulado (GPA), su peso en créditos, incluyendo los puntos de honor. En caso de haber un empate, se determina el premio considerando el promedio obtenido en las materias de Religión, Ciencias, Matemáticas, Español, Sociales e Inglés, incluyendo su peso en créditos en los grados 11 y 12. De subsistir la igualdad, se dará preferencia al que obtuviere el mejor promedio de conducta en toda la Escuela Superior. El VALEDICTORIAN debe tener 3.5 o más de conducta. 10.10. El estudiante SALUTATORIAN será el alumno que, habiendo estado los 4 años en la Escuela Superior del Colegio Marista, obtenga el segundo mejor promedio acumulado (GPA), su peso en créditos, incluyendo los puntos de honor. En caso de haber un empate, se determina el premio considerando el promedio obtenido en las materias de Religión, Ciencias, Matemáticas, Español, Sociales e Inglés, incluyendo su peso en créditos, en los grados 11 y 12. De subsistir la igualdad, se dará preferencia al que obtuviere el mejor promedio de conducta en toda la Escuela. El SALUTATORIAN debe tener 3.5 o más de conducta. 10.11. Medalla al ALUMNO/A MARISTA: Se le otorga al alumno que se haya distinguido durante la Escuela Superior en: liderazgo, servicio, compromiso, solidaridad y valores maristas.

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NORMAS PARA LA CONVIVENCIA 11. ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD 11.1. La asistencia a clases es obligatoria para lograr un trabajo eficaz y una formación integral de la persona. Cuando un estudiante regresa al colegio luego de estar ausente uno o más días, debe presentar al maestro una nota firmada por sus padres explicando el motivo de las ausencias. La nota será archivada por el maestro de salón hogar. Esta nota llevará el nombre del estudiante, la fecha, el grado, los días que estuvo ausente y el motivo de la ausencia. El maestro puede negar la entrada al salón de clases a quien no presente dicha nota, refiriéndolo a la Dirección. 11.2. Cuando un estudiante de Escuela Superior se reintegra al Colegio después de una o varias ausencias, necesariamente, antes de entrar en clase, debe entregar en la oficina de la Dirección la excusa escrita de sus padres, indicando la causa de su ausencia. Posteriormente deberá presentar la excusa a sus profesores. En el caso de los demás estudiantes le entregaran la excusa directamente al profesor. 11.3. Ningún estudiante podrá salir del Colegio antes de la hora señalada sin la autorización previa y por escrito de los padres y la autorización correspondiente de la Dirección. 11.4. Los padres y los estudiantes harán todo lo posible para no interrumpir la asistencia a clases de los alumnos. Las citas médicas o de otra índole deben realizarse fuera del horario escolar. Aquellos viajes o salidas que interrumpan la labor educativa serán responsabilidad de los padres y presentarán una carta a la Dirección. 11.5. Todo estudiante que tenga más de 20 ausencias en el año perderá el curso. Se exceptúa los casos graves de enfermedad debidamente certificada y comprobada, y aquéllos que, a juicio de la Dirección, merezcan ser considerados. Un estudiante que acumule más de 20 ausencias en una asignatura perderá la misma con “F”. 11.6. Todos los estudiantes estarán en su salón al comenzar las clases. 11.7. Cuando un estudiante no pueda asistir a clases, los padres deberán notificarlo al colegio después de las 8:00 a.m. dando a conocer el motivo de la ausencia. 11.8. La asistencia se llevará a cabo por periodos de clase (7 por día). Se anotará una falta de asistencia por período a aquellos estudiantes del Colegio que se ausenten.

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11.9. Cuando un estudiante se ausente, es responsable de sus clases, trabajos y/o evaluaciones que se hayan dado durante este tiempo. A su regreso al Colegio, debe entrevistarse lo antes posible con sus profesores y traer un certificado médico para poder reponer el examen. 11.10. Todo estudiante, de Pre-Prekínder a 12mo grado que llegue al aula después de las 7:55 a.m. incurre en tardanza. El profesor registrará la misma en el sistema PowerSchool y permitirá el ingreso del estudiante. 11.11. Cuando un estudiante llegue tres o más veces tarde en una misma semana, el maestro titular hará un referido y el estudiante deberá entrevistarse con la Dirección en la mayor brevedad posible. Si la situación persiste, la Dirección se entrevistará con los padres del estudiante y tomará la acción que crea oportuna. 11.12. El Colegio sancionará cada tardanza restando una décima (-0.10) en el promedio final de la nota de conducta de cada período evaluativo. 11.13. No se permite a ningún estudiante salir del Colegio entre las 8:00 a.m. y 2:30 p.m., a menos que presente en Secretaría un permiso escrito, firmado por el padre, madre o tutor. Allí se le entregará un permiso de salida que entregará al personal de seguridad del Colegio. Siempre que sea posible, avisará a sus maestros de su ausencia. En caso de emergencia, los padres pueden enviar su autorización vía facsímil o correo electrónico. 11.14. Ningún estudiante puede ausentarse y/o abandonar una clase permaneciendo en el Colegio, sin permiso del maestro. Cualquier ausencia y/o abandono de clase sin la autorización del maestro será considerado como falta al Reglamento del Colegio y conlleva una sanción de un (1) punto menos en el promedio de conducta del estudiante en el período correspondiente. 11.15. Si al comenzar una clase el maestro se halla ausente, el presidente del grupo informa inmediatamente en Secretaría. 11.16. Estudiantes que se hayan ausentado durante el día escolar no podrán participar en actividades deportivas o cocurriculares. 11.17. Si un estudiante llega con retraso, a partir del segundo período, debe presentar una justificación escrita y firmada por el padre, encargado o tutor, o ser acompañado por uno de ellos hasta Secretaría, para ser admitido luego a la sala de clases. Esta normativa incluye a los alumnos de Escuela Superior que manejan auto propio. 11.18. Todos los estudiantes estarán a las 7:55 a.m. en su salón al comenzar las clases. A partir de ese momento no se recibirá ningún artículo para ser entregado a los estudiantes. 11.19. En el nivel preescolar cinco tardanzas conllevan un aviso blanco, enviado por el maestro titular. El segundo aviso implicará una entrevista de los padres del estudiante con la Coordinación. 12. COMPORTAMIENTO El Colegio Marista espera de sus estudiantes un comportamiento digno en todo momento, tanto en la escuela como fuera de ella. Debe presentar un aspecto personal externo en consonancia con las normas y costumbres establecidas, de acuerdo a los valores que el Colegio desea promover en su Comunidad Educativa. Es obligación de todos los estudiantes colaborar con sus compañeros y profesores para que se mantenga un ambiente de trabajo y disciplina en el colegio.

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El Colegio Marista, en su interés de contribuir a la seguridad y bienestar de sus estudiantes, establece la política y procedimiento para el referido y manejo de situaciones de maltrato a menores, acoso escolar, bullying y/o cyberbullying según se establece en la Ley 246, “Ley para el Bienestar y la Protección integral de la Niñez” y la Ley núm. 148 conocida como “Ley del Consejo General de Educación de Puerto Rico”. 12.1. Cualquier miembro del Consejo de Estudiantes o de la Directiva de su salón podrá llamar la atención a cualquier compañero sobre este aspecto. 12.2. Si algún estudiante falta al reglamento o a la disciplina del colegio será avisado o sancionado, de acuerdo al criterio del maestro a cargo o de la Dirección. Éstos se reservan el derecho de dar algún aviso o sanción por cualquier conducta inadecuada aún cuando no esté previsto en el Reglamento. Cuando estos avisos o sanciones comunes no operen el resultado deseado se tomará otro tipo de medidas. 12.3. Las medidas correctivas que se emplean en el Colegio son las siguientes: retención, aviso de disciplina, demérito, probatoria, suspensión temporal, suspensión definitiva u otras medidas que determine el Reglamento, según la gravedad de la falta. 12.4. Cada estudiante debe considerar la propiedad escolar como algo de lo que es responsable. Se entiende por propiedad escolar todo lo que está dentro del predio escolar, incluidos los automóviles de cualquier miembro de la comunidad educativa. Los daños causados a la propiedad escolar serán pagados por los padres o responsables de quien incurra en tal falta. 12.5. Durante el tiempo de clases los estudiantes mantendrán una conducta correcta, tanto en los salones como en los pasillos, evitando ruidos y cualquier otra acción que pueda interrumpir o molestar en alguna forma el proceso educativo. 12.6. En las reuniones generales de todo el alumnado, o de una sección, se mantendrá una compostura correcta, guardando silencio o aplaudiendo educadamente. 12.7. Los estudiantes no podrán utilizar celulares, relojes inteligentes, o cualquier otro aparato electrónico de comunicación durante el horario escolar (7:50 a.m. - 2:30 p.m.). Los mismos deben estar apagados y guardados en el bulto o lockers en todo momento. El estudiante que incurra en esta falta se le retirará el mismo, recibirá un demérito y el aparato electrónico será recogido por sus padres en la Dirección. 12.8. Se consideran faltas graves: el “corte de clase”, alterar, falsificar o destruir documentos oficiales, el escándalo moral, el acoso sexual, el bullying y sus modalidades, agresión física, falta de respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa marista, daño a la propiedad ajena, robo, comportamiento negativo continuado, copiar en exámenes o trabajos, introducción, venta y/o consumo de sustancias prohibidas, introducción de armas, plagio (copiar y hacer pasar por propias, creaciones u obras de otros), fraude (acción contraria a la verdad y a la rectitud, que perjudica a la persona contra quien se comete) y las que sean juzgadas como graves por el Equipo Docente y el Consejo Educativo. 12.9. Si algún estudiante marista cometiera alguna falta grave que perjudique al Colegio o a otra persona o su propiedad en el Colegio o fuera de él y se le identificare como alumno marista, se le aplicará la sanción que juzgue conveniente el maestro encargado o Equipo Docente presidido por la Dirección, y en caso de reconsideración, el Consejo Educativo. Las sanciones que aplicarán serán: avisos, deméritos, probatoria, suspensión y expulsión. En caso de que la falta grave sea copiar en exámenes, trabajos y plagio, la nota será de cero y cualquier otra sanción que se estime necesario.

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12.10. En las guaguas escolares y en otras actividades en que participan los estudiantes como miembros del Colegio Marista, la conducta está sujeta a estas disposiciones ya que la actuación de los estudiantes repercute en la imagen del plantel educativo. 12.11. Las relaciones entre los estudiantes estarán presididas por el respeto y la mutua deferencia. No está permitido agarrarse, besarse, abrazarse ni formar parejas aisladas del resto del grupo. El incumplimiento de esta norma se sancionará, cada vez, con un demérito. 12.12. En el Colegio Marista, no se permite poseer y/o vender materiales prohibidos por Ley. 12.13. En el Colegio Marista, no se permiten ventas, rifas, colectas, y cualquier tipo de propaganda sin la autorización de la Dirección. 12.14. POLÍTICA DE PROTECCIÓN CONTRA EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL El hostigamiento sexual es cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado, requerimiento de favores sexuales y cualquier otra conducta de naturaleza sexual, expresada de forma verbal, visual o física. Se considera un acto grave por tener como consecuencia directa e indirecta el atentar contra la dignidad del ser humano. El Colegio Marista “El Salvador” de Manatí, prohíbe dentro de su organización esta conducta ya sea de un estudiante contra otro o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa y establece la siguiente Política de Hostigamiento Sexual. 12.14.1. Ejemplos de comportamiento sexual inadecuado pueden incluir: • Insinuación sexual o proposiciones sexuales, así como repetidas súplicas no deseadas para ir a comer, beber o salir. • Comentarios o bromas sexuales. • Fijando la vista o tocando. • Hostigamiento sobre orientación sexual. • Un patrón de comentarios despectivos sobre un individuo basado en el género de él o ella. • Poner apodos o malos nombres con connotaciones sexuales. • Propagar rumores sexuales acerca de otra persona. 12.14.2. Protocolo a seguir en caso de hostigamiento sexual o acto lascivo: • Una vez presentada la queja de hostigamiento, la administración escolar abrirá de inmediato una investigación, donde se le garantizará al querellante completa confidencialidad, confiabilidad y privacidad de la información obtenida. • Notificar al imputado de hostigamiento sexual o acto lascivo y a sus padres o legítimos tutores de este ser menor de edad. Se le instruirá para que desde ese momento se abstenga de mantener ningún tipo de comunicación o contacto con el o la estudiante objeto de hostigamiento. • Dependiendo de las circunstancias de cada caso, la institución podrá retirar al(los) hostigadores de los predios escolares. • Cada caso se evaluará por sus propios méritos. Entre los factores a considerar están los siguientes: la intensidad del hostigamiento, medio utilizado por el hostigador hacia su víctima, dónde se concreta el hostigamiento, en que consiste el hostigamiento, etc. • La investigación incluirá entrevistas con estudiantes, profesores, cualquier miembro de la comunidad escolar, o cualquier persona que pueda tener conocimiento de los hechos que están siendo objeto de investigación. • La institución procurará resolver la queja con prontitud.

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12.14.3. De confirmarse el hostigamiento o el acto lascivo, la persona señalada podrá recibir una o más de las siguientes sanciones: • Imposición de deméritos • Suspensión • Imposición de probatoria de conducta por el término que la administración estime prudente • Retirarle la matrícula para el próximo curso escolar • Expulsión sumaria 12.14.4. Esta política podrá ser enmendada en cualquier momento. 12.15. POLÍTICA SOBRE ACOSO ESCOLAR, “BULLYING” Y/O “CYBERBULLYING” La conducta “bullying”, de acuerdo a la ley, se define como la violencia mantenida, física o mental, guiada por un individuo en edad escolar o por un grupo, dirigida contra otro individuo o grupo, también en edad escolar, que no es capaz de defenderse a sí mismo en esta situación. Dicha situación se desarrolla en el ámbito escolar. Para considerarse “bullying” debe presentarse una repetición constante de esta conducta de acoso escolar. El acoso puede incluir: A. Agresión directa (“bullying”): • Agresión física: Incluye golpear, pelear, escupir, empujar, robar, etc. a otro compañero(a). • Agresión verbal: Incluye insultar, poner sobrenombres, burlarse, amenazar, difamar, entre otros. • Agresión emocional o psicológica: Incluye crear rumores, manipular las relaciones sociales, exclusión del grupo, la extorsión, burlarse de la apariencia física de un(a) compañero(a), o de su forma de expresarse o proyectarse, entre otros. B. Agresión indirecta (“cyberbullying”): • Exclusión. • Uso de celulares: Llamadas, mensajes de texto, mensajes de voz, fotos, videos, entre otros. • Internet: Correos electrónicos, redes sociales, fotos, videos, entre otros. Si el acoso se produce por parte de un estudiante nuestro(a) contra un(a) de otra comunidad escolar en actividades promovidas por nuestra institución o en las que hayamos sido invitados, la queja será atendida y de proceder, se aplicará la sanción que corresponda. Una vez presentada la queja por acoso, la administración escolar abrirá de inmediato una investigación. FASE I: Presentar la querella a la Dirección por escrito y firmada. El colegio procurará resolver la querella con prontitud, respondiendo dentro de los siete días de realizada la misma según lo establece la ley 37 del 10 de abril de 2008. FASE II: El objetivo principal es recoger la información del caso presentado en la querella. La Dirección nombrará una comisión investigativa, que podría incluir personal del departamento de consejería de ser necesario. FASE III: Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, la dirección del colegio evaluará el caso por sus propios méritos.

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ADOPCIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS SEGÚN EL REGLAMENTO ESCOLAR Esta conducta, no será tolerada. De presentarse una queja de acoso, se investigará y de confirmarse el acoso escolar/”bullying”/“cyberbullying”, el estudiante o estudiantes acosadores, podrán recibir una o más de las siguientes sanciones: • Imposición de deméritos o avisos. • Suspensión. • Imposición de probatoria de conducta por el término que la administración estime prudente. • Retiro de la matrícula para el próximo curso escolar. • Expulsión sumaria. NOTA: NINGUNA DE LAS PARTES TENDRÁ DERECHO A SER ASISTIDO(A) POR UN(A) ABOGADO(A). 12.16. COMEDOR ESCOLAR 12.16.1. Todos los estudiantes pueden hacer uso de los servicios del comedor escolar. El servicio de comedor escolar se ofrece bajo un programa Federal que provee e indica los alimentos que se servirán. Como parte de este programa Federal los estudiantes de Preescolar a 4to. grado tienen que pasar al comedor escolar y escoger al menos tres de los alimentos que se ofrecen, de los cuales los vegetales o las frutas no deben faltar. 12.16.2 Es obligación de todos cuidar el mobiliario y utensilios, así como observar el orden y limpieza que debe existir en dicho local. Siendo este el salón destinado a comer, los alumnos deben mantener una conducta apropiada. Todo alimento y/o bebida servidos en el comedor escolar deben consumirse dentro del mismo. 12.16.3. Nuestra institución implementa la política de bienestar que la Ley de nutrición del niño exige a todas las escuelas participantes del programa de almuerzo provisto por comedores escolares. Se proveerán almuerzos nutritivos y balanceados a todos los niños, según el programa de comedores escolares, se controlará la venta de alimentos que pudiesen competir con el almuerzo que se sirve y estará prohibida la venta de alimentos de mínimo valor nutricional durante el horario escolar (8:00 am a 3:00 pm). 12.16.4. Aplicación de la ley de bienestar en el Colegio: • Todos los alimentos para la venta en la cafetería y las máquinas expendedoras estarán supervisados y aprobados por el Comité de Bienestar. • La cafetería permanecerá cerrada desde las 8:30 am hasta la 1:00 p.m. • Se dará a conocer el menú del comedor escolar a través de la página web del Colegio. • Se promoverá que los recreos sean utilizados para actividades físicamente activas. • Todas las actividades que se realicen dentro del horario escolar que incluyan el consumo de alimentos cumplirán con las normas establecidas por el Comité de Bienestar. 12.16.5. Los estudiantes que deseen consumir los alimentos que traen del hogar en las facilidades del comedor escolar deberán escoger tres de los ofrecimientos de este servicio de los cuales uno debe ser fruta o vegetal. 12.16.6. Se prohíbe el servicio de entrega de alimentos a los estudiantes. En caso de tener alguna condición de salud certificada por un especialista y que requiera una dieta especial debe solicitar acomodo razonable y completar todos los documentos requeridos para estos fines. En caso de condición temporal deberá solicitar autorización especial. Los padres o tutores de estos estudiantes que hayan solicitado acomodo razonable por una dieta especial estarán autorizados a entregar los alimentos, pero no permanecerán en el Colegio.

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12.17. BIBLIOTECA 12.17.1. El Colegio insta a los estudiantes a hacer uso de la biblioteca en los tiempos libres y de recreo. En horas de clase se requiere la presencia del maestro respectivo. 12.17.2. La Biblioteca está al servicio de todos los miembros de la Comunidad Educativa: estudiantes maestros, padres. Es deber de todos guardar las normas que rigen el uso de la Biblioteca. 12.18. USO DE COMPUTADORAS E INTERNET 12.18.1. Debido a que el internet posee una variedad de espacios libres de intercambio, algunos de carácter nocivo u opuesto a los principios morales y religiosos católicos, los padres se hacen responsables de la supervisión de dichos accesos en los dispositivos electrónicos de sus hijos. El Colegio regula el acceso al internet en los equipos del Colegio mediante filtros. 12.18.2. El Colegio no acepta el uso de dichos recursos por parte del personal, estudiantes o padres bajo los principios siguientes: • Que viole el código de ética y moral católica, y la sensibilidad religiosa de nuestra comunidad educativa. • Que se use para propósitos no educativos. • Que viole la seguridad o confidencialidad de los individuos y altere los procedimientos estipulados. • Que sea utilizado para ver, manipular, crear y/o distribuir material que sea ilegal, difamatorio, obsceno, profano, inexacto, abusivo o amenazante, ofensivo racial o étnicamente, u objetable bajo algún aspecto. • Que viole los derechos de propiedad o intelectuales, según las leyes de Puerto Rico y Estados Unidos. 12.18.3. Uso y Configuración de los equipos. • Se prohíbe alterar la configuración de los equipos electrónicos, de computadoras o sistemas remotos e Internet de la escuela, sin el permiso del personal administrativo competente. • No se permite manejar imanes o equipos electrónicos en el área de las computadoras. • No se permite almacenar información en el disco duro de la computadora. • No se permite el acceso a servicios de conversación en línea (chats) bajo cualquiera de sus modalidades. • No se permite el uso de Internet para fines comerciales. 12.19. NOTA MÍNIMA DE CONDUCTA 12.19.1. La nota mínima de conducta que el Colegio requiere de sus estudiantes es 2.00, por periodo, por semestre y al finalizar el curso aunque se espera que los estudiantes se esfuercen por obtener calificaciones mucho más altas en este punto. Una nota inferior a 2.00 debe ser para los padres motivo de solicitar entrevista con los maestros. 12.19.2. Los estudiantes que no lleguen a obtener esta nota mínima de 2.00, por periodo, por semestre y al finalizar el curso pueden ser puestos en probatoria o no ser admitidos al colegio para el siguiente curso, según decisión del Consejo Educativo tras haber considerado el informe del equipo docente. 13. ACCIONES CORRECTIVAS Aunque el Colegio Marista espera un comportamiento correcto de todos sus estudiantes, tanto dentro como fuera de nuestra institución, así como en las actividades que patrocinamos, se han definido las siguientes medidas correctivas en caso de faltas a nuestras normas.

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13.1. DE APLICACIÓN GENERAL 13.1.1. RETENCIÓN: Un estudiante que ha faltado a algún punto del reglamento puede ser retenido en la escuela a la hora de la salida, o se le puede hacer venir en días de asueto, para realizar algún trabajo intelectual o algún quehacer en beneficio de la escuela. Se hará conocer a los padres, de antemano, el día y el tiempo de la retención para que hagan los arreglos convenientes en la transportación del interesado. 13.1.2. PROBATORIA: 13.1.2.1. Los alumnos que no cumplan satisfactoriamente con las disposiciones del reglamento en los aspectos académicos y/o conducta, pueden ser puestos en probatoria. 13.1.2.2. Se indicará por escrito al estudiante y a sus padres las condiciones y la duración de la probatoria. Si al cabo del término indicado en la probatoria del estudiante no hubiere cumplido con los requisitos establecidos en la misma, la Dirección del Colegio puede retirarle la matrícula o expulsarle del Colegio. 13.1.2.3. Al estudiante que incurra en dos probatorias en el mismo curso escolar se le puede negar la matrícula para el siguiente. 13.1.2.4. Si un estudiante incurriese en tres probatorias en sus años de Escuela Superior, se le puede negar la matrícula para el año siguiente. 13.1.2.5. Un estudiante que se haya hecho merecedor de tres probatorias en su Escuela Superior no participará en los actos de graduación, en el supuesto de que termine Cuarto Año en el Colegio. 13.1.2.6. Cuando un estudiante no llegue a 2 puntos de promedio en conducta al finalizar cada período evaluativo será puesto en probatoria. La misma concluye automáticamente al superarse el requisito en la siguiente evaluación. 13.1.2.7. Puede ser puesto en probatoria un estudiante por una falta grave o por recomendación de los profesores. 13.1.2.8. La duración y condiciones de la probatoria las determina la Dirección. 13.1.2.9. Un estudiante en probatoria no representará al Colegio en actividades oficiales. 13.1.2.10. Estas normas no excluyen ninguna del Reglamento, sino que las complementan. 13.1.3. SUSPENSIÓN TEMPORAL: 13.1.3.1. El estudiante que faltare repetidamente a las disposiciones del reglamento o que cometiere alguna falta grave, puede ser suspendido de clases. El alumno suspendido se quedará en su casa, y durante todo este tiempo de suspensión, perderá todos los derechos académicos. 13.1.3.2. Cuando un estudiante sea suspendido, se citará a sus padres para una entrevista. La suspensión fluctuará entre dos y cinco días hábiles.

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13.1.3.3. La suspensión es una sanción que impondrá la Dirección después de haber consultado al Consejo Educativo. 13.1.4. SUSPENSIÓN DEFINITIVA Y EXPULSIÓN: 13.1.4.1. Un alumno que haya cometido una falta grave de acuerdo con las normas de la escuela o no haya superado los requisitos de una probatoria puede ser expulsado o suspendido definitivamente del Colegio. 13.1.4.2. En estos casos la decisión de suspender definitivamente o de expulsar del Colegio sólo la puede aplicar el Equipo Docente presidido por la Dirección del Colegio. En caso de reconsideración de la decisión es el Consejo Educativo del Colegio quien tiene la decisión final. 13.1.4.3. Un estudiante suspendido definitivamente podrá ser ayudado a completar los requisitos del grado que cursa, pero no asistirá a ningún tipo de actividad escolar. Terminado el curso queda fuera de la Institución. 13.1.4.4. Un estudiante expulsado queda fuera de la Institución inmediatamente, y el Colegio suspende todo compromiso con el mismo y su familia. 13.1.4.5. Cuando se haya tomado la decisión de expulsar o suspender definitivamente del Colegio a un estudiante, se notificará a sus padres o encargados, por escrito, citándoles a la escuela. 13.1.4.6. Todo estudiante que haya sido suspendido definitivamente o expulsado del Colegio tiene tres días lectivos para solicitar reconsideración del caso al Consejo Educativo. Esta solicitud debe ser hecha por escrito e indicar los motivos por los cuales se solicita la reconsideración. En este caso la decisión del Consejo Educativo del Colegio es final e inapelable. 13.2. SANCIONES: 13.2.1. Informe a la familia: Es la comunicación escrita que el maestro envía a los padres para informarles que el comportamiento del estudiante no está de acuerdo con uno o varios puntos del Reglamento Escolar. Los padres deben firmarlo y devolverlo el día después de ser recibido, con el compromiso de ponerse en contacto con el maestro. 13.2.2. Aviso de disciplina y Demérito: Es la comunicación escrita que el maestro envía a los padres para sancionar al estudiante por haber cometido una falta al Reglamento Escolar. Los padres deben firmarlo y el estudiante debe devolverlo el día después de ser recibido. Esta firma indica que tienen conocimiento de lo ocurrido. • Cada Aviso de disciplina conlleva una baja en la nota de conducta de 0.15. • Cada Demérito conlleva una baja en la nota de conducta de 0.50. 13.2.3. La sanción a las faltas graves será determinada por el equipo docente y la dirección, según se indicó previamente en los números 12.8 y 12.9 de este reglamento. 13.2.4. El Informe a las familias, el Aviso de disciplina y el Demérito no constituyen un sistema escalonado de sancionar a un estudiante y pueden adjudicarse de manera independiente, concediéndole un valor mayor conforme al criterio del docente y la Dirección y la falta que haya cometido el alumno. Una vez se otorga la sanción esta será procesada en Registraduría. La firma de los padres, aunque sugerida, no es necesaria para procesar la sanción.

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13.2.5. Si el estudiante no asistiera al Colegio y no trajere una justificación válida, a juicio de la Dirección, puede ser puesto en probatoria. 13.2.6. La nota de conducta se determinará por el promedio de la nota obtenida a base del número de Avisos de disciplina y Deméritos que el alumno ha recibido durante cada período evaluativo y del promedio de la nota que cada maestro otorgue a cada alumno. 13.2.7. Cada tardanza disminuirá 0.10 del promedio final de la nota de conducta en cada período. 13.3. PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE FALTAS GRAVES QUE DERIVAN EN SUSPENSIÓN DE LOS ESTUDIANTES: • Investigación y clarificación de la falta al Reglamento de los estudiantes por parte de profesores o la Dirección si fuera necesario. • Cuando sea necesario, la Dirección hará las consultas pertinentes. • Se determinará la sanción entre el maestro encargado, la Dirección y en caso de reconsideración el Consejo Educativo. • La suspensión temporal corresponde a la Dirección tras consultar al Consejo Educativo. • La suspensión definitiva corresponde a la Dirección tras consultar al Equipo Docente y al Consejo Educativo • Notificación al estudiante de sus faltas al Reglamento y de las sanciones correspondientes por parte de los profesores y de la Dirección. • Se tendrá entrevista con los padres y se les informará por escrito de la falta y sanción impuesta. Dicho informe será firmado por los padres. 13.4

PARA EL NIVEL PREESCOLAR

13.4.1. Cuando exista una situación que lo amerite en el comportamiento del estudiante, se enviará un Informe de familia en la libreta de contacto y los padres la devolverán firmada el próximo día lectivo al salón de su hijo(a). 13.4.2. Cuando el estudiante haya acumulado tres Informes de familia, la maestra referirá la situación a la Dirección. La Dirección se reunirá con los padres para entregarles una carta compromiso. De no cumplir los padres con dichos compromisos o de no observarse una modificación de conducta favorable en el estudiante, el Colegio podrá suspender temporal o definitivamente al estudiante. 13.4.3. El alumno puede ser sancionado directamente si la falta lo amerita.

ASUNTOS VARIOS 14. ACCIÓN SOCIAL El Colegio Marista propicia la vivencia de los principios evangélicos, el valor de una vida de servicio y entrega a los demás y la irradiación en ambientes diferentes del que se vive a través del programa de Acción Social. 14.1. SERVICIO SOCIAL 14.1.1. El Servicio Social es un requisito de graduación en el Colegio Marista. Es una actividad escolar obligatoria para los alumnos de grado 12.

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14.1.2. El Servicio Social exige la realización de un trabajo de servicio por un número mínimo de 40 horas. 14.1.3. El Colegio designa a una persona encargada de coordinar y supervisar la labor realizada. Por tanto, aprobará y certificará el cumplimiento del requisito. 14.1.4. El estudiante que posea alguna ausencia no permitida por el Colegio tendrá que justificar la misma y reponerla. De no hacerlo así, se penalizará dicha ausencia con un demérito. 14.1.5. Todo estudiante que incurra en cualquier conducta inapropiada, tales como, falta de respeto al personal, daño de la propiedad, falsificación de firmas e incumplimiento del deber, etc., se considerará que ha incurrido en una falta grave. Por tanto, tendrá una probatoria en conducta. 14.2. OBRA SOCIAL 14.2.1. La obra social es una actividad obligatoria que promueve en los alumnos de todo el Colegio a través de un apostolado social. 14.2.2. Cada salón o grupo en el Colegio participa de una actividad benéfica que tiene como finalidad el compartir y ayudar a los más necesitados. Se organiza según los criterios ofrecidos por la Dirección. 14.2.3. Cada alumno aportará algo para poder recaudar el donativo a ser entregado. 14.2.4. El Colegio Marista tiene un compromiso de colaboración con la misión marista en Chichicastenango, Guatemala. Los criterios para el viaje solidario a Chichicastenango incluye entre otros: promedio mínimo de conducta de 3.00 y promedio mínimo académico de 2.50, que apruebe todas sus clases en el curso regular en ambos semestres, que esté matriculado para el próximo curso escolar y contar con la aprobación del Consejo Educativo. En el Departamento de Pastoral está el reglamento que regula más detalladamente este viaje solidario. 15. INGRESO Y ESTACIONAMIENTO DE ESTUDIANTES, PROFESORES, PADRES Y OTROS VISITANTES 15.1. El ingreso al Colegio Marista será autorizado únicamente a los vehículos con la calcomanía provista por la Institución. Ésta se entregará a las familias, personal del Colegio y estudiantes -con auto- a principio del curso escolar. Otros visitantes deberán registrarse con el personal de seguridad y seguir las instrucciones que se les ofrezcan. 15.2. El estacionamiento de la escuela provee unos espacios limitados para estudiantes, con el propósito de servirle a aquellos que traigan automóvil y no deseen dejarlo fuera de la institución. Esto constituye un privilegio que se le otorga primero a los estudiantes de Cuarto año y sucesivamente a los de Tercer año, según los espacios disponibles (serán los espacios asignados únicamente). Para hacer buen uso de este servicio el estudiante debe observar y seguir las leyes de tránsito y los requisitos establecidos por el Colegio: copia de la licencia de conducir y autorización escrita de los padres para traer vehículo al Colegio. Una vez deje su auto en el área designada no más tarde de las 7:50 am, no debe ir a ella durante horas de clase ni de recreo. 15.3. Ningún estudiante permanecerá en su vehículo una vez estacionado en el Colegio. 15.4. El uso indebido de este privilegio mediante comportamientos que entorpezcan el proceso educativo o representen riesgo para sí mismo y/o para otros miembros de la comunidad educativa, conllevará su cancelación. 15.5. El Colegio no se hace responsable de los daños o pérdidas de objetos dentro del carro cuando está estacionado en las facilidades del mismo.

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16. RESTRICCIÓN DEL TABACO Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS 16.1. No se permite ni la posesión ni el uso del tabaco y bebidas alcohólicas en el Colegio. 16.2. El Colegio Marista sostiene una política de cero tolerancia a la posesión y uso de bebidas alcohólicas y tabaco. Cualquier falta relacionada con estos puntos será considerada como falta grave, y estará sujeta a suspensión temporal o definitiva del Colegio. Para lograr una apropiada seguridad y vigilancia, el Colegio se reserva el derecho de realizar inspecciones aleatorias sin aviso a las pertenencias y áreas de los estudiantes. Solicitamos de los padres de familia la máxima supervisión y constante comunicación con el Colegio para prevenir males mayores y mantener la seguridad de nuestros niños y jóvenes. 17. POLÍTICA DE RESTRICCIÓN DE SUSTANCIAS ILEGALES 17.1. El uso de drogas es contradictorio a la misión del colegio marista. Por lo tanto, la posesión, uso, venta o distribución de sustancias ilegales se considerará como una falta grave. Al considerar lo que es mejor para los estudiantes y el Colegio, la Dirección y Administración, evaluará todos los acontecimientos y circunstancias relevantes a cualquier situación relacionada que se le presente. 17.2. Durante años el Colegio Marista ha expresado su política de cero tolerancia hacia las drogas. Entendemos que es obligación de cualquier institución como la nuestra el tomar medidas para proteger a nuestros estudiantes hasta donde sea posible y a estos efectos implantará una o varias de las siguientes medidas: • Revisión interior de carros estacionados dentro del Colegio. • Pruebas de drogas al azar (Random drug testing). • Entrada de perros adiestrados para detectar o encontrar drogas. • Registros o allanamientos, se llevarán a cabo como una medida para garantizar un ambiente seguro en nuestra institución. • Cualquier otra medida o método que desaliente a aquellos que intenten introducir, usar, promover, poseer y/o vender drogas. • En todas las operaciones descritas, la Administración del Colegio puede incluir la participación de agencias estatales, federales o privadas. • Estas medidas se tomarán y ejecutarán sin aviso previo y al azar. 17.3. El Colegio Marista cumplirá con su responsabilidad de informar a los padres, si recibe información confiable de que el estudiante está involucrado en actividades relacionadas a sustancias ilegales. 17.4. Cualquier estudiante marista que sea sorprendido usando, vendiendo y/o distribuyendo sustancias ilegales, será expulsado inmediatamente del Colegio. 18. LOCKERS / CASILLEROS 18.1. El Colegio provee, en la medida de sus posibilidades, casilleros o lockers a sus estudiantes, para que puedan guardar sus pertenencias personales. No se considerarán de uso privado. Se prohíbe el uso de los no asignados y el intercambio no autorizado. 18.2. Los lockers se mantendrán cerrados con el candado que se vende en el Colegio. Este no se hace responsable de las pertenencias que los estudiantes dejen en sus lockers ni en los salones de clase.

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18.3. La Administración del Colegio se reserva el derecho a inspeccionar los lockers cuando lo considere necesario, especialmente cuando haya pertenencias desaparecidas y/o sospechas de haber introducido productos o sustancias prohibidas. 19. PUBLICACIONES Y ÚTILES PERSONALES 19.1. Los estudiantes no introducirán en el Colegio publicaciones y/o equipos electrónicos no relacionados con las tareas escolares. 19.2. Es responsabilidad de los estudiantes hacer llegar a sus padres cualquier circular o comunicación escrita que se les entregue en el Colegio. Cuando estas comunicaciones tengan volante para responder, deberán devolverlo al Colegio debidamente completado en el tiempo señalado por el mismo. 19.3. Cada estudiante es responsable de cuidar y asegurar sus pertenencias. La administración del colegio no se hace responsable de artículos perdidos, desaparecidos o dañados. 19.4. Los estudiantes no podrán publicar fotos de profesores, directivos, personal del Colegio o estudiantes del Colegio sin la debida autorización del mismo. 20. OBSEQUIOS Y FIESTAS 20.1. No se recibirá ningún tipo de obsequios para los alumnos con ocasión de cumpleaños, fiestas o cualquier otra actividad. Tampoco se permitirá la celebración de cumpleaños durante el horario escolar. 20.2. Las fiestas de alumnos y padres, no patrocinadas por el Colegio, son de la exclusiva responsabilidad de los organizadores, y toda documentación de anuncios e invitación, deberá llevar escrita la frase siguiente: “El Colegio no se hace responsable de esta actividad’. 21. EXCURSIONES Y ACTIVIDADES 21.1. Además de las actividades académicas, el Colegio Marista auspicia actividades religiosas, culturales, artísticas, deportivas, etc., dentro y fuera de la Institución. En ellas pueden tomarse fotos y grabaciones en cámara de video como registro o memoria escolar. La Institución protege a los menores involucrados solicitando a los padres la autorización escrita de su publicación y uso. 21.2. Las salidas grupales fuera del Colegio deben cumplir con las siguientes normas: • Llenar el formulario de salida en grupo y presentarlo en la Dirección con todos los datos que se piden, al menos dos días antes de la fecha señalada para la misma. La firma de la Dirección supone su autorización. • Los estudiantes van identificados como miembros de esta comunidad educativa. • El grupo sale del Colegio y regresa al Colegio. • Acompañarán al grupo el maestro titular, y por lo menos dos padres/madres/tutores. Estas personas deben estar en contacto directo con los estudiantes. • El costo por estudiante debe ser acorde a los propósitos de la salida, evitando todo gasto innecesario. • Para poder participar en ella es indispensable que los alumnos traigan la autorización escrita de los padres, según el modelo diseñado por el Colegio.

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22. FUGAS Y CARAVANAS 22.1. Las fugas y caravanas están terminantemente prohibidas en el Colegio Marista. Cualquier estudiante que participe en la organización o realización de fugas puede ser expulsado del Colegio. 23. TRANSPORTACIÓN 23.1. El Colegio Marista no provee servicio de transportación escolar. Cada familia deberá hacer los arreglos necesarios. 24. VENTAS Y PROMOCION DE ACTIVIDADES 24.1. Están prohibidas las ventas y promoción de actividades sin la expresa autorización de la Dirección del Colegio. 25. FONDOS FEDERALES 25.1. El Colegio participa de programas federales como Título II, Parte A y Título V, lo que permite el adiestramiento a docentes y directivos y la compra de equipo y materiales educativos, que complementan el proceso de enseñanza–aprendizaje. 26. PADRES DE FAMILIA Y PROTOCOLO ANTE SITUACIONES ESPECIALES 26.1. El Colegio promueve y apoya la formación continua de los padres como primeros educadores de sus hijos. Con este fin se sentirán obligados a asistir a las conferencias y otros medios de formación organizados por el Colegio. Los padres de familia, al matricular sus hijos en el Colegio, adquieren el compromiso de participar activamente en programa de Formación de Padres (FORPA), para poder desempeñarse como educadores de sus hijos en el hogar, en sintonía con los principios y filosofía del Colegio. 26.2. El Colegio promueve y estimula la comunicación entre padres y maestros para lograr una mayor coordinación de la tarea educativa. Los padres se sentirán obligados a comunicarse con los maestros cuando el Colegio organice entrevistas y cuando lo consideren necesario los padres y maestros. 26.3. Cuando algún padre quiera entrevistarse con algún maestro, deberá solicitar la entrevista, por escrito, dirigiéndose al maestro interesado. El maestro le señalará el día y la hora de la entrevista, o se pondrán de acuerdo sobre la misma. 26.4. Las entrevistas se realizarán en las oficinas del Colegio, en los lugares reservados para la misma. Los padres no pasarán a los salones de clase para no interrumpir el trabajo en proceso. 26.5. Siempre que los padres visiten el Colegio vendrán con la vestimenta apropiada. No se permitirá la entrada al Colegio con pantalones cortos, escotes, minifaldas ni ropa de gimnasio. 26.6. Los padres al matricular sus hijos en el Colegio se comprometen a respetar y apoyar a los profesores y al personal de servicio en sus acciones educativas. Cuando no sea así, después de ser advertidos, el Colegio podrá suspenderles los servicios educativos que se les presta o cancelar su matrícula para el siguiente curso escolar. 26.7. Protocolo ante situaciones especiales: Ante inquietudes, quejas, querellas u otras necesidades o situaciones especiales, debe seguirse este procedimiento:

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26.7.1. La persona que pase por la situación debe pedir cita directamente a la persona correspondiente de acuerdo al siguiente orden: maestro/a, Coordinación, Dirección. 26.7.2. Si no se encuentra satisfecho/a con lo dialogado con las personas indicadas en el inciso anterior puede dirigirse a la Presidencia, o de ser con esta instancia la diferencia, entonces escribir una carta al Consejo Educativo exponiendo su situación. 26.7.3. El padre, madre o tutor debe presentar la situación en cuestión, y si esta fuese de enfermedad debe presentar evidencia médica. 26.7.4. El Consejo Educativo les dará su respuesta después de evaluar su caso. Lo hará por escrito en 15 días laborables a partir de la evaluación del caso. 26.7.5. De no estar conforme con la decisión del Consejo Educativo puede enviar su carta al Consejo de Obras maristas de Puerto Rico. La decisión en este último estamento será inapelable. Se comunicará a la familia por escrito en 30 días laborables a partir de la evaluación del caso. 27. DEPARTAMENTO DE CONSEJERÍA 27.1. El Departamento de Consejería cuenta con los servicios de dos Consejeras Escolares y una Terapista Educativa. Tiene como objetivo ayudar a los estudiantes en su desarrollo personal, académico y vocacional. Forma parte del programa de formación integral. Este servicio se ofrece a todos los estudiantes desde Pre-pre hasta Duodécimo grado, de acuerdo a las necesidades particulares de la población. 27.1.1. Componente personal: Se le provee ayuda al estudiante para que pueda superar las dificultades que presenta y que interfieren en su aprovechamiento académico. En este proceso se integra la red de apoyo de estudiantes, padres, maestros y Dirección. 27.1.2. Componente académico: Ayuda para desarrollar hábitos de estudio. Hará referidos a evaluaciones psicoeducativas y/o psicométricas en caso de ser necesario y trabajo con las recomendaciones en coordinación con el equipo de maestros. Es importante que todos los procedimientos se canalicen a través de esta oficina para garantizar su coordinación y la confidencialidad que implica toda evaluación. El procedimiento es el siguiente: • El estudiante es referido al departamento de Consejería mediante un formulario establecido. El maestro hará las observaciones en cuanto al comportamiento, desempeño académico y dificultades que presenta el estudiante. • La Consejera escolar o la Terapista educativa entrevistará al estudiante de manera individual y buscará opciones de manejo para la situación. • En los casos que lo amerite, se entrevistará a los padres y de ser necesario también se les solicitará una evaluación profesional con el propósito de tener más información y recomendaciones para el estudiante. • Ningún maestro solicitará evaluaciones directamente a los padres, ni llenará ningún formulario, si no es a través del Departamento de Consejería, donde se mantendrá en expediente (personal y confidencial) copia de las evaluaciones y recomendaciones. Una vez sea evaluado, se discutirán los resultados con el equipo de maestros correspondientes, con énfasis en las recomendaciones, y con previa autorización de los padres. 27.1.3. Componente vocacional: Pruebas de intereses vocacionales a estudiantes de Escuela Superior con el propósito de que identifique sus habilidades e intereses. Se le provee información sobre los ofrecimientos académicos de las Universidades en Puerto Rico y en los Estados Unidos, así como las ocupaciones de mayor demanda.

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27.2 El Colegio no ofrece programas para estudiantes con deficiencias graves de aprendizaje. Se brinda ayuda a estudiantes capacitados para alcanzar los estándares exigidos por la Institución, pero que necesitan algún tipo de refuerzo, de carácter transitorio. 27.3. Todos los estudiantes que requieran servicios externos tales como terapia ocupacional, del habla y lenguaje y psicológica y otros, deben recibir los mismos fuera de las facilidades y horario escolar del colegio. 27.4. Entre los recursos que utiliza el Departamento de Consejería se encuentran: • Entrevistas y ayuda personal a estudiantes, padres y maestros. • Programa de terapias educativas • Referidos a evaluaciones psicométricas, psicoeducativas y otras • Pruebas estandarizadas e informales en el área de lecto-escritura y matemáticas. • Pruebas de “Learn Aid”. • Pruebas “Piense” I – II. • Pruebas Pre-SAT (11mo). • Prueba de nivel avanzado • Pruebas AP • Pruebas de admisión universitaria (SAT, TOEFL, ACT, PEAU) 28. POLITICAS SOBRE ACOMODO RAZONABLE (Vigente desde el 1 de mayo de 2014) 28.1. Todo estudiante con impedimento debidamente cualificado y que cumpla con los requisitos establecidos podrá solicitar acomodo razonable, una vez que un profesional certifica que su condición requiere de estos. El estudiante tiene que cumplir con los requisitos de admisión, competencia académica y conducta establecidos en el Colegio. 28.2. BASE LEGAL • Sección 504 Ley de Rehabilitación de 1973, según enmendada (29 USC. Sec. 794). • Título III del Americans with Disabilities Act, de 1990 (Ley Pública 101-336), conocida como ADA. • Ley de Prohibición de Discrimen contra Personas con Impedimentos, Ley Núm. 44 del 2 de julio de 1985. • La “Carta de Derechos de las Personas con Impedimentos”. Ley Núm. 238 del 31 de agosto del 2004. • Ley 51 del 29 de mayo de 1970, según enmendada (Animales de asistencia). • Ley núm. 246 del año 2011, Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores. • Ley Núm. 250 del 15 de septiembre de 2012 Ley del Pasaporte Post-secundario de Acomodo Razonable. • Ley 408 del 2 de octubre de 2000, Ley de Salud Mental. • Plan de Reorganización del Consejo de Educación de Puerto Rico. Plan de Reorganización Núm. 1 de 2010 (aprobado el 26 de julio de 2010). • Reglamento del Colegio Marista “El Salvador” de Manatí. 28.3. ¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ACOMODO RAZONABLE? Los padres o encargados de todo estudiante con impedimentos cualificados que tenga una condición física o mental que le limite sustancialmente en una o más actividades esenciales de la vida que está debidamente certificada por un especialista de la condición. 28.4. ¿CÓMO SOLICITAR ACOMODO RAZONABLE? 28.4.1. Los padres o encargados del estudiante piden el acomodo razonable completando la Solicitud de Acomodo Razonable que estará disponible en las oficinas de Consejería.

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• Los padres o encargados someterán evidencia médica de la condición o diagnóstico certificado por un profesional especializado en el área. Este profesional debe completar el formulario diseñado para tales fines. No se evaluarán solicitudes de acomodo razonable que no vengan acompañadas del formulario antes mencionado. • Los padres o encargados deben presentar una evaluación reciente de un profesional especialista en la condición del estudiante (no más de un (1) año de realizada) que contenga recomendaciones de los acomodos razonables. • Las evaluaciones o certificaciones deberán ser realizadas por un profesional que no esté en el primer, segundo o tercer grado de consanguineidad con el estudiante. Tampoco se aceptarán certificaciones expedidas por el tutor o encargado del estudiante. • Los documentos deben ser entregados exclusivamente en las oficinas de Consejería. • La institución educativa analizará la solicitud y recomendaciones tomando en cuenta lo siguiente: • La condición que manifieste el estudiante; • Que los acomodos no sean onerosos para la Institución. • Una vez sean evaluados los documentos presentados, se determinará si procede la solicitud de acomodo razonable. • El Colegio a su discreción puede llevar a cabo una reunión de acomodo razonable y citará a las partes correspondientes, las cuales deberán acudir el día y la hora señalada. • El Colegio puede solicitar que en la reunión de acomodo razonable esté presente el especialista que recomienda los acomodos. De solicitarlo, los padres deberán hacer los arreglos para que el especialista esté presente. • Los padres o encargados costearán cualquier gasto relacionado a los servicios profesionales. • Se citará a los padres o encargados para que discutan y autoricen que se le brinden al estudiante los acomodos. • Si los acomodos razonables proceden se ofrece el acomodo según el documento “Plan de Acomodos Razonables”. • Si los acomodos razonables son denegados se notificará a los padres o encargados por escrito. Estos tendrán diez días para solicitar una reunión. Si en diez (10) días lectivos no solicitan la reunión se entenderá que están de acuerdo con la decisión. • Se orientará a los maestros de los estudiantes para que se ofrezcan los acomodos. • Todos los años los padres o encargados deberán proveer certificación de la necesidad de los acomodos. • Cuando el Colegio le brinda acomodo razonable a un estudiante esto no significa que el estudiante aprobará la materia y/o el grado. El estudiante deberá lograr el promedio académico requerido para aprobar la clase y/o el grado. • Todo estudiante tiene que seguir las normas del Colegio y del salón de clases. El acomodo razonable no puede interferir con las normas de conducta establecidas. • Conductas disruptivas o que afecten la seguridad o ambiente escolar de los demás o del propio estudiante serán sancionadas conforme al Reglamento Escolar. • A los dos (2) años es obligatorio una nueva evaluación. En caso de estudiantes registrados en el Departamento de Educación, la evaluación tiene vigencia de tres (3) años. 29. POLÍTICA DE EMBARAZO EN ESTUDIANTES (Secretariado Interdiocesano de Educación Católica – S.I.E.C.) 29.1. Si una estudiante resulta en estado de embarazo o un estudiante embaraza a una fémina, sea o no estudiante ésta del Colegio, serán suspendidos definitiva e inmediatamente. Se le ofrecerán tareas que deberá cumplir fuera de la escuela y que serán evaluadas para nota, de forma que pueda terminar el semestre en curso. Si es candidato a graduación, pierde la posibilidad de participar de la ceremonia de graduación. 29.2. Los (las) estudiantes tendrán el apoyo espiritual, moral y psicológico que la escuela pueda ofrecerles en estas nuevas circunstancias de su vida.

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30. POLÍTICA SOBRE ESTUDIANTES QUE PADECEN DE ASMA (Ley 56, 1 de febrero de 2006). 30.1. El estudiante asmático que necesite auto-medicarse deberá traer a la Institución los siguientes documentos: 30.1.1. Una certificación médica que diagnostique la condición, además de solicitar y completar los formularios para el acomodo razonable que requiera el estudiante. 30.1.2. Un certificado o carta que indique recibió el adiestramiento adecuado por parte de un profesional de la salud cualificado, sobre el uso correcto y responsable del medicamento que incluya: tipo de medicamento, rutas y procedimientos a seguir para su auto-administración, dosis que se auto-administrará, momento y frecuencia de la auto-administración, instrucciones para manejar y formas seguras de almacenar el medicamento. 30.1.3. Una autorización por escrito del padre, madre o encargado donde se indique que el estudiante puede poseer y utilizar el medicamento mientras está en la escuela o en una actividad auspiciada por la escuela. 30.1.4. El Plan de Acción para manejo del asma preparado por el médico primario y para el uso del medicamento en horario escolar. 30.2. Los documentos en original, antes mencionados, se archivarán en el expediente del alumno(a). Estos serán custodiados en la oficina de Secretaría. Al comienzo de cada año escolar, será responsabilidad del padre, madre, encargado o tutor presentar los documentos actualizados para que el estudiante pueda ejercer este derecho. 30.3. La ley aún no contempla la edad mínima para que se permita a un estudiante auto-medicarse para el asma, por tal razón, le pedimos a los padres del nivel elemental que pasen para que le administren el medicamento a su hijo(a), así evitaremos una auto-medicación incorrecta o que un(a) compañero(a) utilice el medicamento por error. 31. POLÍTICA CONTRA EL MALTRATO (Ley 289 del 1 de septiembre de 2000; Ley 246 del 10 de diciembre de 2011) 31.1. El Colegio Marista “El Salvador”, en su interés de contribuir a la seguridad y bienestar de sus estudiantes, establece la política y procedimiento para el referido y manejo de situaciones de maltrato a menores según se establece en la Ley 246, “Ley para la Seguridad, el Bienestar y la Protección de Menores” cualquier empleado/a de institución pública o privada con responsabilidad de cuido o supervisión de niño(a) o jóvenes a su cargo o profesionales que laboren en la institución están obligados(as) a informar sobre alguna situación de abuso si tiene sospecha razonable de que un(a) niño(a) o joven a su cargo haya sido víctima de maltrato o que una persona haya maltratado a un(a) niño(a) o joven, está obligado a reportarlo a las autoridades pertinentes para que se inicie el proceso de investigación de la situación o condición del menor. 31.2. Incidente de maltrato a menores en el hogar o fuera del ámbito escolar: 31.2.1. El personal del Colegio: • Reporta a la Dirección, Coordinación o Consejería la sospecha o evidencia de una situación de maltrato a menores. 31.2.2. La Dirección del Colegio: • Nombrará un Comité especial que incluirá personal del Departamento de Consejería.

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31.2.3. El Comité especial: • Constata la sospecha o evidencia de la situación de maltrato. • Determina las recomendaciones correspondientes. • Realiza un reporte escrito de la situación denunciada, donde se incluyan los datos personales del estudiante (nombre, edad y fecha de nacimiento) y un resumen del incidente ocurrido o la sospecha de maltrato a menores, incluyendo información o evidencia de incidentes previos de existir los mismos. Se colocará en el informe cualquier otra situación que pueda ser de utilidad en establecer la causa del maltrato y que ayude a identificar al agresor/a. 31.2.4. La Dirección del Colegio: • Contacta inmediatamente a los padres o encargados del estudiante para que se presenten en el colegio a la brevedad posible, con el fin de informarles la situación de maltrato. Les notificará que será reportado dentro de las 24 horas a Emergencias Sociales del Departamento de la Familia. • En los casos que entienda que el notificar a los padres o encargados pondría en mayor riesgo al menor, no les notificará hasta que la investigación del Departamento de la Familia comience. • Al realizar la denuncia a Emergencias Sociales, solicitará el nombre de la persona que toma el referido. • Si el Departamento de la Familia determina que no existe evidencia que sustente la sospecha de maltrato pero el Comité Especial entiende que se debe dar seguimiento a la familia, determinará las acciones a seguir y designará al personal del Colegio encargado de darle seguimiento. 31.3. Incidente de maltrato a menores que involucra al personal del Colegio como agresor: 31.3.1. Se seguirá el mismo procedimiento que se estableció en el maltrato a menores en el hogar o fuera del ámbito escolar. 31.3.2. El Comité Especial entrevistará al personal identificado como agresor. 31.3.3. El personal del Colegio implicado seguirá las indicaciones dadas por la Dirección. • La Dirección realizará una investigación interna. • Dependiendo la severidad y naturaleza del incidente, podrá ser suspendido o serle negado el acceso a ambientes con menores hasta tanto se tengan los resultados de la investigación del Departamento de la Familia. • Una vez se reciban los resultados de la investigación del Departamento de la Familia y los de la investigación interna, la Dirección determinará las sanciones que se le aplicarán, pudiendo ser separado de su cargo en forma permanente. 32. CARTA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO (Ley 338 del 31 de diciembre de 1998) 32.1. El Colegio Marista “El Salvador” a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 338 -“Carta de los Derechos del Niño”- divulga a los estudiantes, padres y maestros la importancia de esta ley para garantizar la protección y cuidado de nuestros niños, así como nuestro deber ministerial de velar por el cumplimiento de la misma. 32.2. Esta ley declaratoria de los derechos de los niños en Puerto Rico tiene el propósito de destacar la importancia que tiene la debida atención a los niños para su bienestar inmediato y para el futuro de nuestra patria, así como la de recabar el esfuerzo de todas las agencias públicas y privadas en la realización del máximo esfuerzo para actuar y hacer efectivos estos derechos de la niñez de Puerto Rico. Destacamos aquellos artículos relacionados directamente con el escenario escolar:

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32.2.1. Artículo 21: A disfrutar un ambiente seguro, libre de ataques a su integridad física, mental o emocional en todas las instituciones de enseñanza públicas y privadas. 32.2.2. Artículo 22: Que el sistema educativo facilite el desarrollo de su personalidad y desarrollo óptimo de sus habilidades físicas y mentales que le prepare no sólo en los aspectos académicos, sino para su función en la sociedad hasta donde las facilidades del Estado lo permitan. 33. ORGANISMOS Y ACTIVIDADES ESTUDIANTILES El Colegio anima y apoya a los estudiantes para que participen en diversos tipos de actividades co-curriculares que complementen su formación religiosa, social, deportiva, artística, académica, etc. 33.1. ACTIVIDADES CO-CURRICULARES 33.1.1. Todas las actividades co-curriculares deberán ser autorizadas por la Dirección del Colegio y, a ser posible, asesoradas por un miembro de la facultad. 33.1.2. La Dirección, miembros de la facultad, el consejo de estudiantes, la asociación de padres y las directivas de salón podrán organizar actividades co-curriculares siempre con la autorización del Consejo Educativo del Colegio. 33.1.3. Todas las actividades organizadas por el Colegio cumplirán con las normas establecidas por la Superintendencia de Escuelas Católicas y con los criterios de la filosofía del Colegio Marista. 33.2. ORGANISMOS ESTUDIANTILES 33.2.1. El Consejo de Estudiantes es el organismo oficial que representa a los estudiantes ante la Dirección del Colegio. 33.2.2. El Consejo de Estudiantes se regirá para su funcionamiento, actividades, elección de miembros y demás funciones, por un reglamento elaborado por dicho Consejo y aprobado por la Dirección del Colegio. 33.2.3. Los salones de clase podrán elegir una Directiva de salón que lo represente ante el Consejo de Estudiantes y que organice actividades en beneficio de la clase. 33.2.4. Los estudiantes con atrasos en el pago de la cuota del organismo respectivo podrán ser suspendidos, por la directiva, de las actividades que el grupo organice con estos ingresos, hasta que cubran la deuda correspondiente. En ningún caso se le podrán imponer sanciones económicas por no estar al día en sus pagos. 33.2.5. Los estudiantes en la Escuela Superior elegirán una directiva por clase. El presidente, el vicepresidente y el representante serán miembros del Consejo de Estudiantes por lo que participarán de sus actividades. 33.2.6. Ningún estudiante con promedio inferior a 3.00 en conducta y 2.50 académico puede postularse a la Junta Directiva de Salón, al Consejo de Estudiantes ni a la presidencia de ningún club del Colegio. Quien no mantenga ambos promedios en cada periodo evaluativo será puesto en probatoria. 33.2.7. Cualquier estudiante miembro del Consejo de Estudiantes, de la directiva de clase, de los equipos deportivos o presidente de algún Club cesará de inmediato en sus funciones si fuese puesto en probatoria, y no

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podrá asistir a las sesiones o prácticas del organismo respectivo. Su cargo será ocupado por un sustituto durante el resto del curso. Un estudiante en probatoria no representará al Colegio en actividades oficiales. 33.2.8. El Colegio tiene establecido una multiplicidad de clubes y organizaciones juveniles, de participación voluntaria. Ningún alumno, cuya conducta o aprovechamiento sean inferior a 2.00, o tenga alguna asignatura con F o D podrá participar en actividades que supongan algún tipo de dispensa en su escolaridad. La admisión de los candidatos, y su continuidad en los clubes u organizaciones quedan condicionados también a los reglamentos de los mismos. 33.2.9. El estudiante que se haya comprometido a participar en clubes, actividades co-curriculares y/o académicas, tendrá que cumplir a cabalidad con la responsabilidad que esto conlleva. No podrá desafiliarse sin la autorización del adulto responsable de dicha actividad. 33.2.10. La apertura de cuentas bancarias de los organismos estudiantiles y clases tiene que tener la aprobación de la Dirección del Colegio Marista. Los estados de cuenta serán dirigidos a la dirección postal del Colegio. En la cuenta bancaria del Consejo de Estudiantes una de las firmas requeridas será la del Asesor del Consejo o la de un miembro de la comunidad de Hermanos. 33.2.11. Toda asociación u organismo estudiantil deberá rendir cuenta de sus estados financieros, cuando éstos existan, a la Dirección del Colegio en los meses de diciembre y mayo de cada año. 33.2.12. Conscientes de nuestra responsabilidad con los más necesitados, se destinará un mínimo del 20% de las ganancias de las actividades llevadas a cabo en el Colegio, para sus proyectos solidarios. 34. ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS (A.P.A.) 34.1. Los padres, tutores o encargados de los estudiantes del Colegio Marista forman una asociación cuyos objetivos principales son: • Impulsar la filosofía educativa marista trabajando en conocerla, aceptarla y vivirla por todos los asociados. • Llevar a los asociados al compromiso de adherirse al tipo de educación marista que libremente han seleccionado, para crear en el Colegio una auténtica Comunidad Educativa. • Apoyar a la Dirección del Colegio en toda gestión económica o de cualquier otra índole que sean necesarias para el mejor funcionamiento del Colegio, en cuanto a la provisión de actividades para llevar a cabo el desarrollo moral, cultural y físico de los alumnos del Colegio. 34.2. Desde la fecha en que el alumno ingrese en el Colegio Marista, sus padres, tutores o encargados quedan de hecho inscritos como miembros de la Asociación, cesando de serlo al egresar el alumno. 35. ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS MARISTAS 35.1. Los alumnos egresados del Colegio Marista forman una asociación cuyos objetivos principales son: • Proseguir el conocimiento de la filosofía educativa del Colegio y vivir según los rasgos fundamentales y específicos de la espiritualidad marista. • Promover el crecimiento y desarrollo de todos los miembros de la Asociación, brindándoles ayuda en los momentos más difíciles y problemáticos. • Ayudar a los jóvenes alumnos del Colegio brindándoles la experiencia de vida obtenida en los años egresados Maristas.

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• Cooperar en las diversas actividades de la Comunidad Educativa Marista y así contribuir al mejoramiento del Colegio en todos los aspectos. 36. OTRAS ASOCIACIONES La Asociación de Padres, Ia Asociación de Exalumnos y cuantas asociaciones se formen en el Colegio se gobernarán por sus propios reglamentos que tienen que estar en consonancia con el documento Organismos y Funciones 2015 de la Provincia Marista de América Central, los del Colegio Marista “El Salvador” y su filosofía. 37. EN CASO DE EMERGENCIA 37.1. Si por alguna emergencia o desastre natural hubiera necesidad de suspenderse las clases, se seguirán las directrices dadas por la Superintendencia de Escuelas Católicas a través de las emisoras de radio y televisión. En caso de duda se recomienda a la familia comunicarse con las personas de la directiva de cada salón. 38. SERVICIOS DE ENFERMERÍA El Colegio no tiene el deber ni la obligación de atender en la enfermería estudiantes que vengan enfermos porque sus padres o encargados no tengan quien los cuide. El Colegio se reserva el derecho de enviar a sus casas cualquier estudiante que se reporte enfermo al colegio. 38.1. Cualquier estudiante que se sienta enfermo durante el horario escolar deberán notificar al maestro a cargo su situación y en caso de necesidad se llamará a los padres desde la oficina del Colegio. 38.2. El Colegio no proveerá medicina alguna por vía oral. En los casos con estudiantes con condiciones especiales o enfermedades recurrentes, los padres tendrán la obligación de entregar en enfermería los medicamentos necesarios para su hijo/a. En ese momento deberán completar el formulario de autorización que le proveerá la persona encargada. No somos responsables de los medicamentos dejados en la Enfermería ni de los efectos que puedan causar en su hijo/a. 38.3. El Colegio no se hace responsable de los estudiantes después de la hora de salida. Se atenderán casos de emergencia ocurridos en el colegio entre 7:45 a.m. y 3:00 p.m. 38.4. Los estudiantes con fiebres, vómitos o diarreas, secreciones nasales excesivas, impétigo, llagas abiertas, etc. permanecerán en su casa. Igualmente, no asistirán a clases los que tengan varicelas, sarampión, conjuntivitis o cualquier enfermedad contagiosa. Estos últimos presentarán certificado médico para poder reintegrarse nuevamente a sus clases. 38.5. La enfermería no tratará los accidentes ocurridos en la casa. 38.6. De igual manera, los estudiantes con problemas de pediculosis (piojos) serán enviados a sus casas hasta su erradicación. Al regresar deberán ser certificados por la persona encargada en el Colegio. 39. DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN El Colegio Marista cumple con la legislación de protección de confidencialidad del expediente académico de estudiantes y exige autorización a los padres para la divulgación de información en documentos oficiales del Colegio: transcripciones de créditos, cartas de recomendación, cuadro de honor, fotos en la página Web del colegio y/o cualquier otro documento oficial. (Ley Número 186(2006)/Ley Número 113-383(1974): Ley FERPA.

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Disponibles en: • http://www.ed.gov/policy/gen/guid/fpco/ferpa/index.html • http://www.gobierno.pr/NR/rdonlyres/DD09BA70-6CA7-444B-B427-DE45F048AE5A/0/ReglUsoNumSegSocial.pdf 40. NORMA SOBRE POLITICA ANTIDISCRIMINATORIA 40.1 EL COLEGIO MARISTA “EL SALVADOR” DE MANATÍ, PUERTO RICO, consciente de que su primera misión es ser instrumento efectivo en el ministerio educativo de la Iglesia, contrata personas de cualquier país, raza, sexo, color y origen racial o étnico, para salvaguardar su derecho de participación en actividades y programas que se ofrezcan en dicha escuela. 40.2 EL COLEGIO MARISTA “EL SALVADOR” DE MANATÍ, PUERTO RICO, no discrimina por razón de nacionalidad, raza, sexo, color, origen étnico, edad o impedimento físico en la administración de normas educativas, normas de admisión, programas de becas, préstamos, programas atléticos ni en ningún otro programa administrado por la Escuela. 41. DISPOSICIÓN FINAL LA DIRECCIÓN Y/O ADMINISTRACIÓN DEL COLEGIO SE RESERVA EL DERECHO A ESTABLECER NORMAS Y REGLAMENTOS PARA CUALQUIER SITUACIÓN QUE SURJA Y QUE NO ESTÉ CONTEMPLADA EN ESTE MANUAL. TAMBIÉN SE RESERVA EL DERECHO A SANCIONAR CUALQUIER CONDUCTA O ACTO QUE NO ESTÉ CONTEMPLADO EN ESTE MANUAL. EL COLEGIO SE RESERVA EL DERECHO DE ENMENDAR Y REVISAR EL REGLAMENTO EN CUALQUIER MOMENTO. SE NOTIFICARÁ POR ESCRITO A LOS PADRES Y ESTUDIANTES. LOS PADRES, ENCARGADOS Y ESTUDIANTES TIENEN QUE CUMPLIR CON LAS ENMIENDAS.

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