REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA Documento de Aprobación Fecha de Aprobación Nº Página PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB 09/0...
0 downloads 2 Views 777KB Size
Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación Fecha de Aprobación Nº Página

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB 09/09/2013

1 de 34

REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA PREPARANDO EL CAMINO….

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación Nº Página

09/09/2013

2 de 34

REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA CAPITULO I FINALIDAD, DEFINICION, BASE NORMATIVA Y ALCANCE

Artículo1º FINALIDAD La finalidad de éste Reglamento es normar la organización y funcionamiento de los procesos de Extensión Universitaria de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista a fin de facilitar el desarrollo de acciones de vinculación con la sociedad.

Artículo2º DEFINICIÓN La Extensión Universitaria es una función sustantiva de la universidad que tiene como finalidad propiciar y establecer procesos permanentes de interacción e integración con las comunidades nacionales e internacionales, en orden a asegurar su presencia en la vida social y cultural del país, a incidir en las políticas nacionales y a contribuir a la comprensión y solución de sus principales problemas. La Extensión comprende actividades de educación permanente o educación continua, de cursos, seminarios y demás programas destinados a la difusión de los conocimientos, al intercambio de experiencias, tendiendo a procurar el bienestar general y la satisfacción de las necesidades de la sociedad

Artículo3º BASE LEGAL 3.1 Ley Universitaria Nº23733, artículo 68º 3.2 Decreto Legislativo Nº882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación 3.3 Ley Nº 28740 Ley del SINEACE Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento. 3.4 Norma ISO 9001:2008 3.5 Estatuto de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

2.0

Documento de Aprobación Fecha de Aprobación Nº Página

RR Nº276-2013-R-AUPSJB 09/09/2013

3 de 34

Artículo 4º ALCANCE Vicerrectorado Académico, Facultades, Escuelas Profesionales, Dirección de Extensión Universitaria, Docentes que participan, Todas las unidades académicas y administrativas de la AUPSJB. CAPITULO II PRINCIPIOS Y OBJETIVOS Artículo 5º PRINCIPIOS Los principios que rigen las actividades de extensión universitaria son:

5.1 Eficacia 5.2 Pertinencia 5.3 Mejora continua 5.4 Simplificación Administrativa

Artículo 6º OBJETIVOS 6.1 Extender la acción educativa de la Asociación Universidad Privada San Juan Bautista a favor de la comunidad extrauniversitaria. 6.2 Reforzar la pertinencia de sus programas de formación profesional.

CAPITULO III PROCESOS Artículo 7º La Extensión Universitaria tiene dos (02) procesos: 7.1 Extensión Universitaria de la Facultad EF-SJB 7.2 Extensión Universitaria de la DEU-SJB Proyectos de Cursos, Conferencias, Diplomados, Seminario, Charla, Conversatorio, Mesa Redonda, Congreso, etc.

EF-SJB Extensión de la Facultad

DEU-SJB Extensión Universitaria

Cursos, Conferencias, Diplomados, Seminarios, Charlas, Conversatorios, Mesa Redonda, Congresos ejecutados por la DEU-SJB o por las Escuelas Profesionales que integran una Facultad

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación Fecha de Aprobación Nº Página

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB 09/09/2013

4 de 34

Artículo 8º Las etapas de los Procesos son: 8.1 Planear: Establecer los objetivos y procesos necesarios para conseguir resultados de acuerdo con los requisitos del cliente y las políticas de la organización. 8.2 Hacer: Implementación de los procesos. 8.3 Verificar: Realizar el seguimiento y la medición de los procesos y los servicios respecto a las políticas, los objetivos y los requisitos

para el servicio, e informar sobre los

resultados. 8.4 Actuar: Tomar acciones para mejorar continuamente el desempeño de los procesos.

Artículo 9º Los proyectos de extensión universitaria que se llevan a cabo a través de la DEU-SJB se formulan teniendo en cuenta las políticas institucionales en este campo. En aquellos que se formulan en las Escuelas Profesionales se consideran además las políticas de la Facultad a la que pertenece.

CAPITULO IV PROYECTOS DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Artículo 10º Los proyectos de extensión universitaria pueden abarcar: Diplomados, Cursos, Seminarios, Conferencias, Charlas, Talleres, Foros, Congresos.

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación Fecha de Aprobación Nº Página

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB 09/09/2013

5 de 34

10.1 Diplomado promueven la actualización de los conocimientos, el desarrollo y fortalecimiento de habilidades y destrezas en un área específica. Los contenidos y estrategias de enseñanza aprendizaje se organizan y estructuran por medio de módulos secuenciados lógicamente con rigor académico y metodológico. Debe contar con un mínimo de 200 horas.

10.2 Curso promueven la adquisición de conocimientos nuevos o la actualización de los ya existentes en un tema específico. Es conducido por un especialista o experto utilizando estrategias didácticas de trabajo individual y/o grupal. Puede ser teórico, práctico o teórico-práctico. Debe contar con un mínimo de 20 horas. 10.3 Seminario promueven la reflexión, consolidación o generación del conocimiento sobre un tema de interés común para los participantes. Propicia el aprendizaje a partir de la interacción del grupo con el aporte de sus conocimientos y experiencias vinculadas al tema. Permite la producción de documentos académicos.

10.4 Conferencia son exposiciones que desarrolla un disertante experto o especialista sobre un tema específico para transmitir sus conocimientos o experiencias. La exposición puede complementarse con sesiones de preguntas y respuestas de los asistentes y expositores. 10.5 Charla disertación oral ante un público sin solemnidad ni formalidad. 10.6 Conversatorio, Mesa Redonda o Encuentro. Reunión concertada para tratar un tema 10.7 Seminario-Taller Aprendizaje colegiado que se inicia con la exposición de un especialista o experto para promover la reflexión, consolidación o generación del conocimiento sobre un tema de interés común para los participantes, y culmina con una sesión de trabajo en pequeños grupos o equipos para generar aportes de los participantes o creación colectiva.

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación Nº Página

09/09/2013

6 de 34

10.8 Foro Reunión para discutir asuntos de interés actual ante un auditorio que puede participar en la discusión. 10.9 Congreso Conferencia, generalmente periódica, en que los miembros de una asociación, organismo, profesión, se reúnen para debatir temas previamente establecidos.

Artículo 11º Cuando el contenido temático de un diplomado o curso se correspondan al 100% con aquellos de maestrías o segundas especialidades que ofrece la universidad, podrá ser convalidado en función a los créditos obtenidos.

Artículo 12º Para la presentación de Proyectos de Extensión, la DEU-SJB y la EF-SJB pueden desarrollar las siguientes acciones: 12.1 Invitación a expertos o especialistas no docentes de la AUPSJB 12.2 Convocatoria abierta a docentes de la AUPSJB 12.3 Requerimiento de propuestas a las áreas académicas y/o administrativas 1

Artículo 13º El plazo para la presentación de proyectos de diplomados y cursos vence 30 días antes del inicio de cada semestre académico. Para las demás actividades no rige este plazo.

Artículo 14º En los proyectos de Cursos, Diplomados y eventos internacionales es necesario considerar un Comité Organizador que tenga como función hacer cumplir el cronograma de actividades aprobado y emitir un informe de resultados.

Artículo 15º Para la aprobación de un proyecto de extensión el autor debe cumplir con lo siguiente: 15.1 Elaborar el Proyecto en el Formato PLA-FR-16 (Anexo 1) 15.2 Demostrar que el Proyecto será autofinanciado; por tanto debe cubrir sus costos fijos y variables.

1

Sólo para propuestas de la DEU-SJB

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación Nº Página

09/09/2013

7 de 34

15.3 Realizar una presentación ante el Director de la DEU-SJB o de la Escuela Profesional, según corresponda y el especialista designado para tal fin. En el caso de las Filiales, la presentación se realiza ante el Jefe de la DEU-Filial o el representante del Director General Académico y el especialista designado para tal fin, según corresponda. 15.4 Los honorarios por el dictado de diplomados y cursos se considera en función al tiempo de duración de las sesiones de clases que es de 60 minutos. Los Diplomados y cursos deben incluir la propuesta de Silabo (Anexo 2)

Artículo 16º Los proyectos aprobados por la DEU-SJB serán remitidos al Vicerrector Académico, acompañados del Informe de Evaluación (Anexo 3), para la emisión de la Resolución correspondiente. En las Filiales el Jefe de la DEU-Filial lo remite al Director General Académico para su aprobación

Artículo 17º Los proyectos de las Escuelas Profesionales son remitidos al Decano de la Facultad para su aprobación y emisión de la Resolución correspondiente, acompañados del Informe de Evaluación. En las Filiales, el Coordinador Académico de la Escuela Profesional lo remite al Director General Académico de la Filial para su aprobación.

Artículo 18º Con los proyectos aprobados,

la DEU-SJB y la Facultad, elaboran sus

respectivos Planes Semestrales de Extensión Universitaria por Escuela Profesional y lo derivan a la Dirección de Marketing para la publicidad (Anexo 4). En las filiales la Dirección General Académica deriva los Planes de la DEU-Filial y de las Escuelas Profesionales.

Artículo 19º Sólo los cursos y diplomados requieren un esquema de evaluación de aprendizaje de los participantes, el que debe versar sobre nivel de conocimientos capacidades o competencias mediante instrumentos de evaluación idóneos para cada caso.

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación Fecha de Aprobación Nº Página

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB 09/09/2013

8 de 34

Artículo 20º La escala de calificación es de cero a veinte. Los ítems de evaluación deben establecerse de acuerdo a la naturaleza de la actividad de extensión, siendo indispensables al menos dos pruebas escritas.

CAPITULO V MODALIDADES DE OFRECIMIENTO

Artículo 21º Los Diplomados, Cursos, Conferencias, y afines pueden ser realizados bajo las siguientes modalidades: 21.1

Presencial. El estudiante debe estar presente en el ambiente en el que se desarrolla la actividad de extensión. En caso de actividades sujetas a evaluación del participante, éste estará obligado a rendir los exámenes correspondientes.

21.2

Semi-presencial. El estudiante recibe la información de la parte teórica de la actividad de extensión en un medio físico y/o digital. Es obligatoria la asistencia a las prácticas en las aulas o laboratorios, así como, en las evaluaciones si las hubiera.

21.3

A distancia. El alumno recibe la información por medio digital especialmente diseñada para esta modalidad. El participante interactúa por la Intranet especializada y a través de las aulas virtuales, foros, correo electrónico y otras herramientas de ayuda necesaria, donde el participante reciba tutoría por parte de los docentes asignados. La tutoría y las evaluaciones pueden ser presenciales o virtuales.

CAPITULO VI DE LOS RESPONSABLES DEL OFRECIMIENTO DE ACTIVIDADES DE EXTENSIÓN

Artículo 22º Para el ofrecimiento de actividades de extensión los profesores, ponentes, conductores, instructores, moderadores, asesores o coordinadores deben demostrar amplia experiencia en su campo de especialización. Son contratados por el tiempo que dure su participación en la actividad, no constituyen personal académico de la AUPSJB.

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación Nº Página

09/09/2013

9 de 34

En el caso de Diplomados el docente debe tener título profesional universitario y amplia experiencia en su especialidad debidamente acreditada.

CAPITULO VII DE LOS DIPLOMAS, CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS

Artículo 23º Son documentos que se emiten para hacer constar la participación de una persona en actividades de extensión ofrecidas por la universidad en su condición de participante, docente o miembro del Comité Organizador. 23.1 Para los Participantes a las actividades de extensión (excepto cursos y diplomados): Certificado de asistencia. Se otorga al participante que asistió por lo menos al 80% de las actividades programadas y ha cumplido con los requisitos y obligaciones establecidos. 23.2 Para los Participantes en Cursos y Diplomados a. Certificado de aprobación. Se otorga al participante de Cursos cuando asistió por lo menos al 80% de las actividades programadas, ha aprobado las evaluaciones correspondientes y ha cumplido con los requisitos y obligaciones establecidos. b. Diplomas Se extiende a los participantes que han aprobado el Programa de estudios del Diplomado y han cumplido con los requisitos y obligaciones establecidos. Sólo en Diplomados y Cursos se reconoce creditaje, según normas establecidas por la Universidad.

23.3 Para los Participantes en función de docente, ponente, profesor, facilitador, instructor, moderador, panelista, tutor y otros. Constancia de participación

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

10 de 34

23.4 Para los Organizadores Constancia de participación como organizador siempre que se cumpla con los siguientes requisitos: a. Figurar en el Proyecto aprobado de la actividad como Presidente o Miembro del Comité Organizador. b. No estar laborando en la unidad que organiza o patrocina el evento.

Artículo 24º El Decanato o el Director General Académico de la Filial, según corresponda, es el responsable de la emisión de los Certificados, Diplomas y Constancias para los participantes de actividades realizadas por una Escuela Profesional de acuerdo al siguiente detalle:

Escuela Profesional EP

Decanato

1. Al iniciar la actividad envía al Decano el listado de participantes inscritos. 2. Al finalizar la actividad envía el reporte de asistencia y evaluaciones para su verificación. 3. Solicita la emisión de diplomas, certificados o constancias según el caso. 1. Dispone la anotación en el Libro de Registro de Diplomas, Certificados o Constancias de Extensión Universitaria por Escuela Profesional. 2. Asigna los códigos y numeración correlativa FAC-EPR-DO- NºNºNºNº (*) 3. Solicita la impresión. 4. Remisión a la EP para la entrega

(*) NOMENCLATURA DOCUMENTO DIPLOMA CERTIFICADO CONSTANCIA FACULTAD: CIENCIAS DE LA SALUD: DERECHO: COMUNICACIÓN Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS : INGENIERIA : ESCUELA DE POSGRADO: ESCUELAS PROFESIONALES MEDICINA HUMANA

DI CE CO FCS FDE FCA FIN EPG

MHU

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

11 de 34

ENFERMERIA ENF ESTOMATOLOGIA EST MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA MVZ TECNOLOGIA MEDICA TME DERECHO DER INGENIERIA DE COMPUTACION Y SISTEMAS ICS ENOLOGIA ENO ADMINISTRACION DE NEGOCIOS ADN CONTABILIDAD CON CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN COM TURISMO, HOTELERIA Y GESTION CULTURAL THG

Artículo 25º El Vicerrectorado Académico o el Director General Académico de la Filial, según corresponda,

es responsable de la emisión de los Certificados, Diplomas y

Constancias para los participantes de actividades realizadas por la Dirección de Extensión Universitaria DEU de acuerdo al siguiente detalle:

Dirección de Extensión Universitaria DEU

Vicerrectorado Académico

Dirección de Extensión Universitaria DEU

1. Al iniciar la actividad envía al Vicerrector Académico el listado de participantes inscritos. 2. Al finalizar la actividad envía el reporte de asistencia y evaluaciones para su verificación. 3. Solicita la emisión de diplomas, certificados o constancias según el caso. 1. Dispone la anotación en el Libro de Registro de Diplomas, Certificados o Constancias de Extensión Universitaria. 1. DEU asigna los códigos y numeración correlativa VRA-DEU-DO- NºNºNºNº (*) 2. Solicita la impresión. (*) NOMENCLATURA DOCUMENTO DIPLOMA CERTIFICADO CONSTANCIA

Artículo 26º Los Diplomas, Certificados y Constancias deben contener: 26.1

El logotipo de la AUPSJB

26.2

Nombre del documento que se expide

26.3

El logotipo de las instituciones auspiciadoras (cuando corresponda).

DI CE CO

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

26.4

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

12 de 34

El texto deberá contener los siguientes elementos: Nombres y apellidos de la persona a la que se otorga el documento, carácter del documento (según artículo precedente), tipo de actividad académica (forum, diplomado, seminario, curso…..), duración en horas y creditaje (cuando corresponda), la modalidad (cuando sea a distancia), Sede o Filial donde se realizó la actividad.

26.5

Los nombres, firmas y cargos

deberán insertarse por orden jerárquico y en

mayúsculas. a. Cuando la actividad corresponde a una Facultad o Escuela de Posgrado el Diploma, Certificado o Constancia debe ser firmado por: - El Decano de la Facultad o Director General de la Escuela de Posgrado (según corresponda) - El Director de la Escuela Profesional - El representante de la institución co-organizadora (cuando corresponda). b. Cuando la actividad corresponde a la Dirección de Extensión Universitaria el Diploma, Certificado o Constancia debe ser firmado por: - El Vicerrector Académico - El Director de la DEU - El representante de la institución co-organizadora (cuando corresponda).

Artículo 27º En los casos de Diplomado y Cursos, se entregará una Constancia de Calificaciones firmada por el Presidente del Comité Organizador y por el Docente responsable de la Actividad.

CAPITULO VIII DE LAS EVALUACIONES DE LOS DIPLOMADOS Y CURSOS

Artículo 28º Los resultados de las evaluaciones de cada módulo de diplomado o curso deben ser registrados en el Módulo SIA-DEU para la emisión y firma del Reporte de Notas por el docente responsable del Diplomado o Curso.

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

13 de 34

En el caso de diplomados o cursos convalidables con las asignaturas que se ofrecen en los programas de posgrado de la Universidad, las evaluaciones deben coincidir con el sistema de evaluación aplicado en la maestría o segundas especialidades.

Artículo 29º La Escuela Profesional o la Dirección de Extensión Universitaria, según corresponda, será responsable de archivar los Reportes de Calificaciones en la modalidad física y virtual.

CAPITULO IX DE LOS ASPECTOS FINANCIEROS

Artículo 30º El DEU y la Escuela Profesional registrarán en el módulo SIA-DEU los rubros por inscripción, matrícula, cuotas y otros conceptos, según el proyecto aprobado. La gestión de cobranzas, beneficios, becas, deudas vinculadas a los estudiantes, docentes y personal administrativo de la AUPSJB que participen en las actividades de extensión será responsabilidad de la DEU y DEU Filial. Los descuentos otorgados a estudiantes, docentes, egresados y trabajadores son establecidos por el área de Finanzas de la Universidad.

Artículo 31º El DEU y la Escuela Profesional informarán a las oficinas correspondientes para implementar las modalidades de pago por cada proyecto.

Artículo 32º El DEU y La Escuela Profesional deben incluir en el Informe dirigido al Vicerrector Académico al Decano de la Facultad, según corresponda, el reporte de ingresos y egresos de la actividad. La propuesta de importe a cobrar por la actividad de extensión universitaria debe permitir recuperar los costos y generar saldos positivos para ser reinvertidos en las funciones educativas de la universidad.

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

14 de 34

CAPITULO X ORGANIZACIÓN DE LA EXTENSION UNIVERSITARIA

Artículo 33º. La gestión administrativa de la DEU-SJB y de la EF-SJB se realiza en el marco del Sistema de Gestión de la Calidad ISO, se orienta hacia la mejora continua.

Artículo 34º. Las filiales, por ser órganos desconcentrados, se rigen por lo dispuesto en el presente reglamento sujetándose a la supervisión del Director General Académico de la Filial.

Artículo 35º La extensión universitaria en las Sedes forma parte de la DEU-SJB o de la Facultad, según corresponda.

Artículo 36º Las DEU-Filiales consolidan la información referente a los trabajos realizados emiten reportes mensuales y los deriva al Vicerrectorado o la Facultad, según corresponda, a través del Director General Académico de la Filial.

Artículo 37º La estructura organizativa de la DEU-SJB es: ORGANO DE DECISION: Dirección de Extensión Universitaria DEU-SJB ORGANO DE LINEA: Unidad de Coordinación Académico-Administrativa

Artículo38º La estructura organizativa de la DEU-Filial es: ORGANO DE DECISION: Jefatura de Extensión Universitaria DEU-Filial ORGANO DE LINEA: Unidad de Coordinación Académico-Administrativa

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

15 de 34

Artículo 39º La estructura organizativa de la EF-SJB es: ORGANO DE LINEA: Comité de Extensión Universitaria de la Facultad ORGANO EJECUTOR DE LOS PROYECTOS: Escuela Profesional

Artículo 40º Las funciones de la DEU-SJB son 40.1

Hacer cumplir el presente Reglamento

40.2

Promover actividades de extensión universitaria a nivel interno y externo.

40.3

Elaborar el Plan Semestral de Extensión Universitaria en función a procesos propios de la Dirección.

40.4

Programar, desarrollar y controlar las actividades comprendidas en los proyectos.

40.5

Evaluar los proyectos de extensión universitaria presentados a la DEU-SJB

40.6

Gestionar la emisión de certificados, diplomas o constancias para los participantes de las actividades de extensión.

40.7

Realizar visitas inopinadas de verificación de las actividades de extensión universitaria de las Escuelas Profesionales, previo conocimiento de la Facultad.

40.8

Elevar un Informe Semestral de actividades al Vicerrector Académico.

40.9

Gestionar las cobranzas, deudas, beneficios, becas de los estudiantes, docentes y administrativos que participan en las actividades de extensión de la DEU o de las Escuelas Profesionales.

En las filiales la Jefatura del DEU-Filial cumple las mismas funciones.

Artículo 41º Las funciones de la EF-SJB son 41.1

Hacer cumplir el presente Reglamento

41.2

Promover actividades de extensión universitaria a nivel de la Facultad.

41.3

Elaborar el Plan Semestral de Extensión Universitaria de la Facultad por Escuela Profesional.

41.4

Supervisar

las

actividades

de

extensión

universitaria

de

las

Escuelas

Profesionales. 41.5

Elevar al Vicerrector Académico un Consolidado Semestral con los informes de las Escuelas Profesionales.

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

41.6

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

16 de 34

Aprobar procedimientos del proceso y difundirlos.

En las filiales la Dirección General Académica cumple las mismas funciones.

Artículo 42º Las funciones de las Escuelas Profesionales con relación a las actividades de extensión universitaria son: 42.1 Hacer cumplir el presente Reglamento 42.2 Convocar a los docentes para la presentación de proyectos. 42.3 Verificar que las propuestas de proyectos cumplan con los requisitos exigidos por el presente reglamento. 42.4 Elevar al Decano de la Facultad las propuestas de proyectos. 42.5 Ejecutar los proyectos aprobados por el Decano. 42.6 Informar al Decano sobre las actividades de extensión universitaria realizadas para la emisión de diplomas, certificados o constancias. En las filiales la Coordinación Académica de la Escuela Profesional cumple las mismas funciones.

Artículo 43º Las funciones del Director de la DEU-SJB, DEU-Filiales y Comité de Extensión de la Facultad son las siguientes: 43.1

Efectuar el seguimiento de las actividades programadas de los procesos a su cargo.

43.2

Controlar los recursos humanos y materiales asignados.

43.3

Proyectar y establecer los documentos de gestión.

43.4

Participar en las comisiones de trabajo que se le encargue.

43.5

Dar a conocer al personal vinculado al proceso, sea éste académico o administrativo, las normas relacionadas a la extensión universitaria.

43.6

Requerir los reportes de los resultados.

43.7

Tomar decisiones en base a los reportes y estadísticas del proceso.

43.8

Establecer la medición de la eficacia y eficiencia de los indicadores de su proceso

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

17 de 34

Artículo 44º Las funciones del Comité de Extensión Universitaria de la Facultad son: 44.1

Hacer seguimiento del desarrollo de los proyectos aprobados.

44.2

Evaluar la eficacia de los resultados.

44.3

Coordinar con el docente o expositor la ejecución del proyecto aprobado.

44.4

Controlar del registro de la asistencia de docentes,

44.5

Controlar del desarrollo del contenido académico,

44.6

Controlar de la asistencia de los participantes

44.7

Verificarlas calificaciones.

44.8

Controlar de la deserción.

44.9

Consolidar de la información sobre docentes, participantes y estudiantes.

Artículo 45º Las funciones del responsable de la Unidad Académico-Administrativa de la DEU y del responsable de las actividades de extensión de la Escuela Profesional son: 45.1 Gestionarla habilitación de la cuenta en el SIA-DEU para los depósitos por pagos de inscripción, pensión, matrículas y afines. 45.2 Realizar las coordinaciones necesarias para inscribir y matricular a los participantes. 45.3 Registrar los abonos por todos los conceptos pertinentes a la actividad que está programada. 45.4 Controlar la asistencia de los participantes inscritos 45.5 Realizar seguimiento al cronograma de pagos establecido. 45.6 Informar de los ingresos u egresos

CAPITULO XI DE LOS PARTICIPANTES

Artículo 46º Para acreditarse como participante de una actividad de extensión, se deberá cumplir con los requisitos mínimos de ingreso y haber pagado los montos establecidos.

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

18 de 34

Artículo 47º Los derechos de los participantes en cursos y diplomados son: 47.1

Recibir el material didáctico de la actividad en el que está inscrito.

47.2

Tener acceso a la Biblioteca Virtual mientras dure el curso o diplomado.

47.3

Recibir los beneficios de bienestar universitario según corresponda.

47.4

Obtener un Diploma o Certificado según corresponda.

Artículo 48º De las obligaciones de los participantes: 48.1

Asistir puntualmente a las sesiones de la actividad.

48.2

Cumplir con las actividades académicas que hayan sido programadas.

48.3

Cumplir puntualmente con sus obligaciones económicas adquiridas con la Universidad con respecto a la actividad.

CAPITULO XII DOCUMENTACION Y REGISTRO

Artículo 49º La documentación que se emita debe considerar las siguientes características según el tipo de documentos: 49.1 Manuales: Proporcionan información coherente sobre las materias que en ellos se describe. 49.2 Directivas: Establecen mandatos específicos en el servicio, procesos y/o procedimientos. 49.3 Registro: Evidencian las actividades realizadas o los resultados obtenidos.

Artículo 50º Los documentos y registros deben controlarse considerando: 50.1

Que la documentación debe ser revisada y actualizada cuando sea necesario y someterlo a aprobación; debe asegurarse que se identifiquen los cambios y versiones; asegurarse que sean legibles, fácilmente identificables, su origen; conocer la distribución o destino y prevenir el uso no intencionado de documentos obsoletos debiéndose aplicar una identificación adecuada para evitarlo.

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

19 de 34

50.2 Los registros deben permanecer legibles, fácilmente identificables y recuperables. Deben establecerse los criterios para identificarlos, almacenarlos, protegerlos, recuperarlos, tiempo de retención y la disposición de ellos. 50.3 Los registros deben ser trabajados sobre la base de un programa informático para facilitar la emisión de reportes para toma de decisiones.

Artículo 51º Los documentos básicos de gestión de extensión universitaria son lo que a continuación se detallan: 51.1 Reglamento. 51.2 Directivas internas 51.3 Perfiles2 51.4 Procedimientos 51.5 Formatos 51.6 Reportes

CAPITULO XIII CRITERIOS Y MÉTODOS PARA LA EJECUCIÓN

Artículo 52º Los criterios para la ejecución de los procesos son: planear ejecutar, verificar y mejorar o corregir según corresponda.

Artículo 53º El método para la ejecución de los procesos es la mejora continua.

2

Para los cargos de la DEU-SJB y DEU-Filial

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

20 de 34

CAPITULO XIV PERFIL DE CARGOS

Artículo 54º El perfil mínimo para el Director de la DEU-SJB y del Jefe de la DEU-Filial es:

PERFIL MINIMO EDUCACIÓN: Profesional con Título Universitario EXPERIENCIA: 5 años en cargos directivos en universidades FORMACION: De preferencia en organización y dirección de eventos de capacitación. Conocimientos básicos de ofimática. HABILIDADES: Capacidad de toma de decisiones Liderazgo Comunicación verbal y escrita Facilidad de interacción social

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

21 de 34

Artículo 55º El perfil mínimo de competencias profesionales para los integrantes de la Comisión de Extensión de la Facultad: EDUCACIÓN/NIVEL EDUCATIVO:

Título Universitario.

EXPERIENCIA:

Haber participado en la formulación o ejecución de proyectos académicos, de preferencia en extensión universitaria.

FORMACIÓN:

De preferencia curso en Formulación de proyectos.

HABILIDADES: 1. Comunicador 2. Proactivo 3. Planeación y organización de proyectos. 4. Trabajo en equipo

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

22 de 34

CAPITULO XV CRITERIOS PARA EL SEGUIMIENTO, MEDICION Y ANALISIS DE LOS PROCESOS. Artículo 56º Los criterios para el seguimiento, medición y análisis son: 56.1 Recopilación de información en base a registro. 56.2 Medición eficaz 56.3 Análisis sistemático de la información teniendo en cuenta variables previamente seleccionadas y que permitan cumplir con indicadores.

CAPITULO XVI MEJORA CONTINUA

Artículo 57º Los criterios a considerar para la mejora continua son: 57.1 Uso de los indicadores de gestión 57.2 Análisis de no conformidades.

CAPITULO XVII DE LA GESTION DEL TIEMPO

Artículo 58º El tiempo se gestionará por procesos con el fin de establecer la duración de las actividades de un área.

Artículo 59 º Los procesos de gestión del tiempo son: 59.1

Definir las actividades generales que se realizan en el área y su secuencia para determinar los resultados que se esperan de ella en un tiempo determinado.

59.2

Estimar la duración de cada periodo de trabajo para finalizar la actividad

59.3

Desarrollar un cronograma considerando posibles restricciones.

59.4

Controlar el cronograma para analizar las causas de variaciones.

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

23 de 34

CAPITULO XVIII DE LA GESTION DELAS COMUNICACIONES

Artículo 60º Las comunicaciones se gestionarán por procesos para que su generación, recopilación, distribución, almacenamiento, recuperación y su disposición final sean adecuadas y oportunas.

Artículo 61º Los procesos de gestión de las comunicaciones son: 61.1

Identificación de los interesados. Toda información que se genere en el área debe comunicarse a un interesado según nivel jerárquico, nivel de toma de decisiones, interés e insumo para generar otra información.

61.2

Clasificación de las actividades de comunicación: a. interna (al interior del área) o externa (otras áreas, proyectos, medios de comunicación, público). b. Formal (informes, memorandos, instrucciones, correos electrónicos numerados) e informal (conversaciones, mensajes electrónicos). c. Vertical (por niveles jerárquicos) y horizontal (entre áreas y colegas). d. Oficial (reglamentos, directivas, boletines, informes anuales, estadísticas suscritas por el funcionario competente) y no oficial (comunicaciones masivas no oficiales). e. Escrita y verbal f. Verbal y no verbal (inflexión de voz, lenguaje corporal)

61.3

Planificación de la comunicación. El plan de comunicación debe considerar las necesidades de información del interesado, características de la información que debe ser comunicada (idioma, formato, contenido y nivel de detalle), el motivo, plazo, frecuencia y responsable de comunicar la información, así como las personas que recibirán la información, el método o tecnología para transmitir la información, y los recursos que se asignarán (materiales, tiempo y presupuesto).

61.4

Gestión de las expectativas de los interesados. Debe conocerse los objetivos del interesado al recibir la información, registrar los incidentes en el proceso de comunicación, identificar riesgos en tiempo y costos.

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

61.5

Documento de Aprobación

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

24 de 34

Información sobre el desempeño del área. Constituye la recopilación y distribución de informes de situación o estado de los objetos, metas, indicadores y proyecciones del área.

Artículo 62º El Plan de Gestión de las Comunicaciones debe considerar los resultados de las estimaciones en la duración de las actividades y el cronograma para sustentar los plazos en la comunicación.

Artículo 63º El informe de desempeño del área debe estar sustentado en la recopilación de datos reales, análisis periódicos, comparación con una línea base que permita verificar el avance y desempeño, así como proyectar resultados.

CAPITULO XIX DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 64º En las actividades de extensión universitaria que se realicen a través de la Escuela de Posgrado se tiene en cuenta lo dispuesto en los artículos que corresponden a la organización y funciones de la extensión a nivel de Facultad.

Artículo 65º Sin desnaturalizar la norma, la Escuela de Posgrado puede establecer normas internas que faciliten el desarrollo de la extensión.

CAPITULO XX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Artículo 66º De requerirse una modificación o actualización del presente reglamento se presentará la propuesto de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento elaboración y Control de Documentos.

Código

PLA-FR-05

Versión

2.0

Documento de Aprobación

REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

25 de 34

ANEXO 1: PLA-FR-16 V.3.0

PROYECTO “



Diplomado ( )

Curso ( )

Seminario ( )

Conferencia ( )

MesaRedonda ( ) Encuentro ( ) Seminario-Taller( )

Charla (

) Conversatorio ( )

Foro( ) Congreso( ) Otro:…………….

1. JUSTIFICACION

TEMAS O CONTENIDO:

2. ASPECTOS ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS.2.1 DURACION: MESES ( )

SEMANAS (

)

DIAS (

2.2 FECHA DE INICIO

)

HORAS (

)

2.3 FECHA DE TÈRMINO

2.4 VACANTES MINIMAS

2.5 MODALIDAD 2.6 CREDITOS Presencial ( ) Semi-presencial ( ) Virtual ( ) 2.7TOTAL DE HORAS*: Teóricas: ( ) Prácticas: ( TOTAL: (

)

)

Créditos

Laboratorio: (

)

Seminarios: (

)

Otros:………….

* La hora de dictado es de 60 minutos.

2.8N° MAXIMO DE DOCENTES POR CLASE TEORICA, PRACTICA, OTROS:

2.9SEDES: Lima: Chorrillos ( ), San Borja ( ), Lima Norte ( ) Filial Ica ( ) Filial Chincha ( )

(

)

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

26 de 34

4. COMPETENCIAS A DESARROLLARSE

5. PERFIL DEL POSTULANTE

6. PERFIL DEL EGRESADO

7. REQUISITOS DE ADMISION

Especialidad/Experiencia

9. ASPECTOS ECONÓMICOS.9.1 Propuesta de Precios por Actividad de Extensión (unitario): Inscripción Cuota Material Didáctico Certificación Otros

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

3. PUBLICO OBJETIVO

8. PLANA DOCENTE: Apellidos, Nombres Formación Superior

PLA-FR-05

S/ S/. S/ S/

Código Versión Documento de Aprobación

REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

PLA-FR-05 2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

27 de 34

9.2 Requerimientos para el Cálculo de Costos: (señalar el que corresponda) a.1.Docentes: Pago mensual( ) Por hora ( ) Total ( ) a.2 Apoyo académico a.3 Apoyo Administrativo .

S/. S/. S/.

.

(Describir si es necesario) (Describir perfil y funciones) (Describir perfil y funciones) TOTAL:S/.

b.Material Didáctico: Describir características e indicar cantidad . CD`s para entregar al participante ( ) Describir:…. . Separatas ( ) Describir:…. . Otros:…… ( ) Describir:…… . Chaqueta del Alumno con Logo ( ) Describir:…… . Folder / Archivador / ( ) Describir:…… . Maletín ( ) Describir:….. …….. c.Equipamiento y materiales requeridos para la actividad: ………. Aulas*: (Describir los ambiente requeridos) d.Ceremonias: (Según corresponda) . Presentación ( ) . Inauguración ( ) . Exposición de Trabajos ( ) . Clausura ( ) . Otros:……………….( ) e. Otros Rubros

S/.

(costo promedio en S/.) S/. S/. S/. S/. S/.

f.Refrigerio: (según corresponda) f.1 Diario ( ) , por …….. días. Nº veces al día ( ) Descripción:…….. f.2 Para clausura ( ) Nº personas ( ) Descripción:…… f.3 Para ceremonia de entrega de certificados Nº personas ( ) Descripción:………..

g. Diploma ( ) Certificado ( ) Constancia ( ) Nº ( ) h.Costos de infraestructura *y servicios institucionales: 20% del sub-total de costos (a. hasta g.) i.Imprevistos: 5% del sub-total de costos (a. hasta g.) desembolsable contra factura por adquisición de bienes o servicios, previamente autorizados. * En caso de utilizarse ambientes sujetos al pago de un alquiler el costo que debía calcularse en porcentaje será reemplazado por el importe respectivo. Apellido y Nombre de Autor de la Propuesta:………………………………………… Fecha:………………………………… Firma:…………………………………… ________________________________________________________________ Recibido por:…………………………………. Fecha:………………………………………… Firma:…………………………………………. Sello:

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

ANEXO 2: SILABO

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

28 de 34

DE DIPLOMADO/CURSOv.2.0





MODULO: 1. DATOS GENERALES 1.1 1.2 1.3 1.4 1.5 1.6 1.7 1.8

Nombre del Curso/Módulo/Asignatura Creditaje* Horas Horario Sede Docente/Expositor Docentes asistentes: Sumilla

(*) 01 Crédito académico equivale a 20 horas, según la definición establecida por la AUPSJB.

2. OBJETIVOS 2.1 Objetivo General 2.2 Objetivos Específicos Determinar Realizar Establecer. . 3. PROGRAMACIÓN POR CONTENIDOS SEMANAS SESIÓNES TEMAS Tema: Práctica: Tema : Práctica: …………………. EXAMEN FINAL, PRESENTACION DE TRABAJOS EXPOSICION ANEXO 2: SILABO DE DIPLOMADO / CURSO / pág.01

Docente

Código Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

Documento de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

29 de 34

5. MEDIOS DIDÁCTICOS: 6. EVALUACION

7. BIBLIOGRAFIA

Apellido y Nombre de Autor de la Propuesta:………………………………………… Fecha:…………………………………………………………. Firma:…………………………………… _____________________________________________________________________

Fecha:………………………………………… Firma:………………………………………….

ANEXO 2: SILABO DE DIPLOMADO / CURSO / pág.02

Sello:

2.0 RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

4. ESTRATEGIAS DIDÁCTICAS: 4.1 Clases ………………………………………… 4.2 Practicas: a. En aula b. Talleres 4.3 Presentación de trabajos 4.4 Otras

Recibido por:………………………………….

PLA-FR-05

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

ANEXO 3:

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

30 de 34

INFORME DE EVALUACION DEL PROYECTO

PROYECTO “



Diplomado ( )

Curso ( )

Seminario ( )

Conferencia ( )

Mesa Redonda ( ) Encuentro ( ) Seminario-Taller( )

DE: DEU-SJB (

)

ESCUELA PROFESIONAL (

Charla (

) Conversatorio ( )

Foro( ) Congreso( ) Otro:…………….

)

DEU-FILIAL (

)

PARA: VICERRECTOR

DECANO

DIRECTOR

ACADEMICO

GENERAL

ACADEMICO DE LA FILIAL

JUSTIFICACION:

TEMAS O CONTENIDO:

PUBLICO OBJETIVO

DURACION:

MESES (

)

SEMANAS (

)

MODALIDAD Presencial ( ) Semi-presencial ( ) Virtual ( )

TOTAL DE HORAS*: Teóricas: ( ) Prácticas: ( TOTAL: (

)

)

ANEXO 3: INFORME DE EVALUACION DEL PROYECTO / pág. 01

DIAS (

)

HORAS (

)

Créditos

Laboratorio: (

)

Seminarios: (

)

Otros:………….

* La hora de dictado es de 60 minutos.

(

)

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

31 de 34

SEDE/FILIAL

DOCENTE / EXPOSITOR / FACILITADOR / TUTOR …. APELLIDOS Y RESPONSABILIDAD FORMACION NOMBRES PROFESIONAL

EXPERIENCIA

INGRESOS, INVERSIONY SALDOS A FAVOR DE LA UNIVERSIDAD Ingresos Proyectados: Cálculo de ingresos proyectados en base a ( ) participantes. Cálculo de ingresos en base a propuesta de precios/participante a( ) b( ) c( ) d( ) e( ) f ( ) g( ) h ( ) i( )

S/.

Egresos Proyectados: Docente s, Expositores…… Apoyo Académico Apoyo Administrativo Material Didáctico Equipamiento y Materiales Ceremonia Refrigerio Diplomas, Certificados, constancias Sub total Infraestructura y servicios institucionales (20% del sub-total) Imprevistos (5% del sub-total)

S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/.

PROPUESTA DE PRECIO Ver artículo 32º del presente Reglamento

CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS SEGÚN REGLAMENTO: Cumple No Cumple Art. 15.1 Proyecto elaborado en el Formato del Anexo 1 del Reglamento Art. 15.2 El Proyecto demuestra su autofinanciamiento. Art. 15.3 El autor realizó la presentación del proyecto el dd / mm / año ante: a…………..

Comentarios

Código

PLA-FR-05

Versión

2.0

Documento de Aprobación

REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

32 de 34

b…………. Art. 15.4Los honorarios están calculados en función a la duración de la actividad considerando 60 minutos por hora. Incluye Silabo por ser un Diplomado/Curso

Responsable del Informe (según Art. 16º y 17º del Reglamento de Extensión Universitaria: Apellido y Nombre de Autor de la Propuesta:………………………………………… Cargo:…………………. Firma:………………………………………………….. Fecha:…………………………………………………

Sello:

_________________________________________________________________________________ RECEPCION DE INFORME DE EVALUACION: Recibido por:…………………………………. Fecha:………………………………………… Firma:………………………………………….

Sello:

_________________________________________________________________________________ PROYECTO: APROBADO (

)

NO APROBADO (

)

Aprobado por:…………………………………. Cargo:………… Fecha:………………………………………… Resolución de Aprobación:……………………………Fecha:…………….

Sello:

____________________________________________________________________

ANEXO 3: INFORME DE EVALUACION DEL PROYECTO / pág. 03

Código

PLA-FR-05

Versión

2.0

Documento de Aprobación

REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

33 de 34

ANEXO 4: RESUMEN PARA DIFUSION





Diplomado ( )

Curso ( )

Seminario ( )

Conferencia ( )

Mesa Redonda ( ) Encuentro ( ) Seminario-Taller( )

Charla (

) Conversatorio ( )

Foro( ) Congreso( ) Otro:…………….

OBJETIVO:

TEMAS O CONTENIDO:

DIRIGIDO A:

DURACION:

MESES (

)

SEMANAS (

)

MODALIDAD 2.6 CREDITOS Presencial ( ) Semi-presencial ( ) Virtual ( ) TOTAL DE HORAS: Teóricas: ( ) Prácticas: ( TOTAL: (

)

DIAS (

)

HORAS (

Créditos (opcional)

Laboratorio: (

)

Seminarios: (

)

Otros:………….

)

EXPOSITOR APELLIDOS NOMBRES

Y

RESPONSABILIDAD

INICIO: Sede/Filial

ANEXO 4: RESUMEN PARA DIFUSION / pág.01

)

Fecha

FORMACION PROFESIONAL

EXPERIENCIA

(

)

Código

PLA-FR-05

Versión REGLAMENTO DE EXTENSION UNIVERSITARIA

INVERSIÓN: Público

2.0

Documento de Aprobación

RR Nº276-2013-R-AUPSJB

Fecha de Aprobación

09/09/2013

Nº Página

34 de 34

S/.

INFORMES: SEDE/FILIAL

Dirección

INSCRIPCION: Pre inscripción en Línea Inscripción Sedes Inscripción Filiales

Teléfono

Correo Electrónico

Lugar / Dirección

LUGARES DE PAGO Y MODALIDADES: MODALIDAD LUGAR

______________________________________________________________________________________ Apellido y Nombre del remitente:………………………………………… Cargo:…………………. Firma:………………………………………………….. Fecha:…………………………………………………

Sello:

______________________________________________________________________________________

RECEPCION DE MARKETING Apellido y Nombre:………………………………………… Cargo:…………………. Firma:………………………………………………….. Fecha:………………………………………………… ANEXO 4: RESUMEN PARA DIFUSION / pág.02

Sello:

Suggest Documents