REGLAMENTO DE BECAS 2011 COLEGIO TERESIANO LOS ANGELES

REGLAMENTO DE BECAS 2011 COLEGIO TERESIANO LOS ANGELES PRESENTACION: 1. El presente Reglamento responde a la Ley 19.532 que establece que cada Estable...
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REGLAMENTO DE BECAS 2011 COLEGIO TERESIANO LOS ANGELES PRESENTACION: 1. El presente Reglamento responde a la Ley 19.532 que establece que cada Establecimiento Educacional acogido al sistema de FINANCIAMIENTO COMPARTIDO, debe crear un “Fondo de Becas” que se financiará con aportes Fiscales y con aportes del Sostenedor proveniente de los cobros a los Padres y Apoderados por financiamiento compartido. El fondo de becas tiene como objetivo beneficiar a alumnos, principalmente de niveles socioeconómicos bajos, orientando los recursos del fondo a los alumnos más necesitados, promoviendo una mayor equidad en el sistema. El Establecimiento Educacional otorgará becas a sus estudiantes en conformidad con la Ley y con el presente Reglamento. Se entiende por beca un beneficio consistente en una franquicia sobre el arancel mensual que le corresponde pagar a cada Apoderado/a. Las becas podrán ser totales o parciales y tendrán vigencia por un año escolar. La beca no incluye ni exime el pago de matrícula correspondiente a Enseñanza Media. 2. El otorgamiento de becas debe cumplir, entre otras, las siguientes finalidades principales:  Apoyar a estudiantes que por razones socioeconómicas deficitarias se vean impedidos de continuar sus estudios, evitando su deserción.  Subsidiar a familias que por razones socioeconómicas tengan dificultades o impedimentos efectivos para que uno o más de sus hijos o pupilos cumplan con la educación formal.  Alumnos/as que padezcan alguna discapacidad.  Alumnos/as que sean hijos de algún miembro de la Comunidad Educativa. DE LAS POSTULACIONES: 3. Pueden postular a beca todos los padres y apoderados que de acuerdo a su situación real, pertenezcan a los sectores de menores recursos. Se entenderá que pertenecen a los sectores de menores recursos los apoderados que estén comprendidos en los tres primeros tramos de la tabla de ingresos familiares que el Colegio señala más adelante (Según escala vigente dicho año). 4. Las postulaciones deberán llenar el Formulario elaborado por el Establecimiento Educacional, el que deberá ser retirado en Oficina de Finanzas. El colegio solicitará, además, los documentos que más abajo se especifican.

5. Al momento de devolver el formulario de postulación en finanzas, debidamente completado, el o los solicitantes deberán acompañar los siguientes documentos:  Certificado de Remuneración de los miembros que aportan económicamente al grupo familiar, si son dependientes.  Pensión u otra forma de remuneración, si son jubilados.  Certificado de AFP, con los últimos seis meses.  Últimos 03 formularios 29 (IVA), si son independientes.  Ultima declaración de Impuesto Renta, si son independientes.  Número de hijos dependientes del ingreso familiar de menos de un año hasta estudiantes de Educación Superior. Acompañar Certificado de Educación Superior y de aquellos que no estudian en el colegio.  Ficha de protección Social, si se cuenta con ella, que no sea superior a 6 meses de antigüedad.  En caso de cesantía finiquito de último empleador o certificado reciente de Asistente Social.  Certificación de viudez, si es el caso.  Certificado médico por enfermedad grave de algún miembro de la familia, por tratamiento costoso de salud o por discapacidad.  De acuerdo a lo que corresponda: Certificado de arriendo o dividendo hipotecario.  Certificado del alumno/a Postulante a la beca: Informe Nota y Personalidad. Y cualquier otro documento que le sea solicitado. La claridad y veracidad de los datos correspondientes al formulario y antecedentes o documentos requeridos por el Colegio es de exclusiva responsabilidad de los solicitantes. El Colegio verificará todos los datos aportados según lo establecido en el punto 5, por medio de la Asistente Social o Comisión que se designe para cumplir esta función. La solicitud y todos los documentos que se requieran deben ser entregados en el colegio, en la Oficina de Finanzas, a más tardar el día 30 de Septiembre de cada año. Al momento de la entrega de la documentación se dejará constancia de su recepción y fecha. Para postular a Beca el Plazo vence impostergablemente el 30 de Septiembre, con toda la documentación al día. De faltar alguno de ellos, no podrá postular.

DEL OTORGAMIENTO DE BECAS: 6. Respecto al monto solicitado como beca, el Colegio se reserva el derecho de aceptarla en su totalidad, modificarla o negarla. Para el otorgamiento o asignación de la beca, total o parcial, se tendrán en cuenta los siguientes criterios y procedimientos: 1. Se otorgarán las becas de acuerdo al puntaje obtenido en la calificación de los antecedentes socioeconómicos, obtenidos de la documentación presentada. El total de becas se ajustarán a lo que estipula la ley. 2. Las becas que se otorguen de acuerdo al criterio anterior serán las equivalentes a un porcentaje aproximado de 66,7% del total de becas que legalmente corresponda otorgar al colegio. 3. En caso de igualdad en la calificación, se procederá a determinar al beneficiario ponderando antecedentes complementarios que, a juicio del Colegio, posibiliten discriminar objetivamente. 4. Como criterio de equidad queda establecido que el Colegio puede distribuir cada beca entera que conforman su cupo mínimo conforme a la legislación, en cuantas parcialidades sean posibles para favorecer a mayor cantidad de alumnos/as. CONDICIONES QUE OCASIONAN PERDIDA DE BECA: 7. La beca se puede perder por una o más de las siguientes causas: a) Por retiro o cambio de Colegio. b) Por renuncia escrita voluntaria y libremente decidida. c) Si con posterioridad al otorgamiento de la beca se descubren adulteraciones o falsedad en los datos presentados con el fin de conseguir la beca. d) Por cancelación de matrícula o expulsión del alumno (a) del Establecimiento. e) Por término del año escolar, duración establecida en la legislación vigente. f) Mejoramiento de la situación socioeconómica del beneficiario detectada por el Colegio. g) Por atraso en el pago de su mensualidad, sin previo aviso, por espacio de más de tres meses. h) Por irregularidades en el pago del arancel en los años permanencia en el Colegio. En los periodos de postulación todo Padre o Apoderado cuyo pupilo (a) pertenezca al colegio, tendrá derecho a postular o repostular a beca para un nuevo año escolar. 8. El Colegio se reserva un monto no superior al 10% de total de becas por sobre los correspondientes por ley para atender las emergencias que se produzcan durante el año escolar, si no se utilizan pasan a constituir el monto de emergencia del año siguiente.

ACEPTACION Y CONFIRMACION DE LA BECA: 9. Una vez seleccionados los beneficiarios de beca, total o parcial, el Colegio comunicará individualmente a cada Padre o Apoderado la situación definida por carta. En ningún caso se hará pública la lista de los beneficiarios o se dará a conocer a persona alguna que pertenezca o no al colegio. Se cumplirá al respecto lo que establece la normativa legal. El Padre o Apoderado una vez recibida la carta de aceptación y el monto a cancelar, tendrá la posibilidad de apelar a esta resolución, para esto deberá hacer llegar una carta a la Comisión de Becas, explicando el por qué de su apelación y adjuntando antecedentes adicionales si los tiene. Si el apoderado no concurre sin previo aviso o se niega ha recibir su carta, el Colegio en este caso quedará en libertad para distribuir su beca a otros postulantes. 10. Será de exclusiva responsabilidad del Padre o Apoderado firmante y de todo su grupo familiar mantener la reserva de la situación de becario de su pupilo/a. Asimismo será responsabilidad de los padres y apoderados comunicar oportunamente a la Dirección o Administración del Establecimiento Educacional, cualquier variación que experimente su situación o las condiciones por las cuales solicitó beca. 11. En el sistema de financiamiento compartido el pago oportuno de la cuota total o parcial que haya sido acordado con el colegio, constituye una obligación personal que el Padre o Apoderado debe cumplir puntualmente, haciendo innecesario el recuerdo u otra acción de parte del colegio. 12. Cualquiera sea la cuota que se deba pagar se cancelará antes del 10 de cada mes. El Colegio se reserva el derecho de cobrar intereses por los pagos morosos, respecto a la fecha indicada. 13. El alumno que se hizo acreedor de la beca, y que desea mantenerla por el no cambio de su situación, sino presenta la solicitud en el plazo establecido, perderá este beneficio y deberá cancelar lo que por tramo le corresponda. Con todo no es obligación del colegio mantener la beca de un año para otro, si es que la situación de la familia no ha cambiado, ya que pueden surgir otras familias con mas necesidades de ayuda. FORMA COMO SE CONCEDEN LAS BECAS: Todos los apoderados del Colegio Teresiano Los Angeles que se encuentren en la situación de ser considerados en la categoría de menores recursos podrán postular a beca o rebaja de su mensualidad si es que así lo solicitan. Las becas serán otorgadas previo informe obligatorio emitido por la Asistente Social del Establecimiento y/o por una comisión nombrada por el

Colegio, cuyas deliberaciones serán mantenidas bajo reserva y de cuyas resoluciones no se podrá apelar. Le recordamos que el Colegio Teresiano Los Ángeles es de FINANCIAMIENTO COMPARTIDO, lo que significa que todos los Padres y Apoderados aportan económicamente a la Educación de sus hijos / as; y es nuestra obligación informarle que según el articulo Nº 30 DEFL Nº 2 de 1998, si estos cobros no se ajustan a su realidad, usted debería buscar otras alternativas gratuitas para la educación de su hijo/ a.

CORPORACION EDUCACIONAL TERESIANA LOS ANGELES

ANEXO Nº 1 NUEVA ESCALA DE ESCOLARIDAD SEGÚN INGRESO FAMILIAR EN PESOS PARA EL AÑO 2010

Tramos

1.2.3.4.5.6.7.8.-

Ingreso Familiar Desde Hasta

0 200.001 300.001 485.001 655.001 800.001 950.001 1.300.001

200.000 300.000 485.000 655.000 800.000 950.000 1.300.000 1.300.001

1 Hijos Colegio A Pagar

2 Hijos Colegio A Pagar C/U

3 Hijos Colegio A Pagar C/U

100% 6.050 13.950 24.080 34.550 39.390 44.900 51.190 4 USE

85% 5.143 11.858 20.468 29.368 33.482 38.165 43.512 4 USE * 85%

70% 4.235 9.765 16.856 24.185 27.573 31.430 35.833 4 USE * 70%

NUEVA ESCALA DE ESCOLARIDAD SEGÚN INGRESO FAMILIAR EN PESOS PARA EL AÑO 2011

Tramos

Ingreso Familiar Desde

1.2.3.4.5.6.-

Primer Hijo en el Colegio

Hasta

A Pagar 100%

0 250.000 250.001 400.000 400.001 550.000 550.001 700.000 700.001 850.000 850.001 Más

0.5 USE 1 USE 1.5 USE 2 USE 3 USE 4 USE * 100%

Segundo Hijo en el Colegio A Pagar 90% 0,45 USE 0,90 USE 1,35 USE 1,80 USE 2,70 USE 4 USE * 90%

Tercer Hijo en el Colegio A Pagar 80% 0,40 USE 0,80 USE 1,2 USE 1,60 USE 2,40 USE 4 USE * 80%

NUEVA ESCALA DE ESCOLARIDAD SEGÚN INGRESO FAMILIAR EN PESOS PARA EL AÑO 2012 Tramos

1.2.3.4.5.6.7.-

Desde

Hasta

Primer Hijo en el Colegio A Pagar

Hasta 300.001 450.001 600.001 900.001 1.050.001 1.200.001

300.000 450.000 600.000 900.000 1.050.000 1.200.001 Más

0.8 USE 1,2 USE 1,6 USE 2,0 USE 2,4 USE 3,2 USE 4 USE *100%

Ingreso Familiar

Segundo Hijo en el Colegio A Pagar 90% 0.72 USE 1,08 USE 1,44 USE 1,8 USE 2,16 USE 2,88 USE 4 USE 90%

Tercer Hijo Colegio en el colegio A Pagar 80% 0.64 USE 0,96 USE 1,28 USE 1.6 USE 1,92 USE 2,66 USE 4 USE *80%

ESCALAS DE MENSUALIDADES PROCEDIMIENTOS A SEGUIR AÑO 2011

El Colegio Teresiano Los Angeles, es un Establecimiento Particular Subvencionado con financiamiento compartido y en cumplimiento a lo estipulado en la Ley 19.532; informa el mecanismo de cobro de mensualidades por medio de una Escala de Escolaridad diferenciada, en función del ingreso familiar y de los hijos que estudian en el Establecimiento, a partir del año 2010. 1.- Los ingresos mensuales serán proporcionados por los padres y apoderados con la siguiente documentación:  Certificado de Remuneración de los miembros que aportan económicamente al grupo familiar, si son dependientes.  Pensión u otra forma de remuneración, si son jubilados.  Certificado de AFP, con los últimos seis meses.  Últimos 03 formularios 29 (IVA), si son independientes.  Ultima declaración de Impuesto Renta, si son independientes. 2.- La no presentación de los antecedentes antes señalados, o la omisión de algunos de ellos, llevará a aplicar el monto de la mensualidad que corresponde al tramo máximo de la escala de escolaridad correspondiente. 3.- Todos los antecedentes proporcionados podrán ser verificados por la Dirección del Establecimiento o por quien ella delegue. 4.- Las escalas de escolaridad para los años 2010 –2011-2012, son las que se acompañan en anexo Nº 1.