Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial:
DELTAGRI
Titular
Fecha Inscripcion :
21/02/2014
Fecha Caducidad :
31/10/2016
AGRIPHAR, S.A. Rue de Renory, 26/1. B-4102
Fecha Renovacion :
Ougrée (Seraing)
LIEGE BELGICA
Fabricante
AGRIPHAR, S.A. Rue de Renory, 26/1. Ougrée (Seraing)
B-4102 LIEGE BELGICA Tipo de envase:
Botellas de plástico (HDPE) de 0,1, 0,25, 0,5 y 1 l. Garrafas de plástico (HDPE) de 5 y 10 l.
Composición:
DELTAMETRIN 2,5% [EC] P/V
Tipo de función:
Insecticida
Tipo de acción:
Contacto, Ingestión
Ambitos de utilización: Cultivos, Plantaciones Agrícolas
Usos Autorizados
Cultivo/Especie
Plaga/Efecto
Dosis
P.S.
(1)Acelga
GUSANOS GRISES
0,5 l/ha
30
(2)Acelga
PULGONES
0,5 l/ha
30
(3)Acelga
ORUGAS
0,5 l/ha
30
(4)Ajos
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(5)Ajos
TRIPS
0,3-0,5 l/ha
7
(6)Alcachofa
PULGONES
0,03-0,05 %
3
(7)Alcachofa
PULGUILLA
0,05 %
3
(8)Alcachofa
ORUGAS
0,03-0,05 %
3
(9)Alfalfa
CUCA
0,25 l/ha
14
(10)Alfalfa
APION
0,25 l/ha
14
(11)Alfalfa
MOSQUITO VERDE
0,25 l/ha
14
(12)Almendro
PULGONES
0,03-0,05 %
30
(13)Almendro
ORUGAS
0,05 %
30
Página 1 de 7
Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial: (14)Apio
GUSANOS GRISES
(15)Apio
DELTAGRI 0,3-0,5 l/ha
3
ORUGAS
0,05 %
3
(16)Apio
PULGONES
0,05 %
3
(17)Arbustos ornamentales
MOSCA BLANCA
0,07 %
NP
(18)Arbustos ornamentales
PULGONES
0,05 %
NP
(19)Arbustos ornamentales
TRIPS
0,05 %
NP
(20)Avellano
PULGONES
0,03 %
30
(21)Avellano
ORUGAS
0,05 %
30
(22)Berenjena
MOSCA BLANCA
0,07 %
3
(23)Berenjena
ORUGAS
0,05 %
3
(24)Berenjena
CHINCHE VERDE
0,03 %
3
(25)Berenjena
PULGONES
0,05 %
3
(26)Berenjena
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(27)Castaño
PULGONES
0,03 %
30
(28)Castaño
ORUGAS
0,05 %
30
(29)Cebolla
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(30)Cebolla
TRIPS
0,3-0,5 l/ha
7
(31)Cereales
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
30
(32)Cereales
PULGONES
0,3-0,5 l/ha
30
(33)Cerezo
MOSCA DE LA CEREZA
0,04-0,05 %
7
(34)Cítricos
PULGONES
0,03-0,05 %
30
(35)Cítricos
CERATITIS
0,05 %
30
(36)Cítricos
COCHINILLAS
0,05 %
30
(37)Colza
ORUGAS
0,03-0,05 %
45
(38)Colza
PULGONES
0,03-0,05 %
45
(39)Cucurbitáceas
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(40)Cucurbitáceas
ORUGAS
0,05 %
3
(41)Cucurbitáceas
PULGONES
0,05 %
3
(42)Escarola
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(43)Escarola
PULGONES
0,05 %
3
(44)Escarola
ORUGAS
0,05 %
3
(45)Espinaca
GUSANOS GRISES
0,35 l/ha
3
(46)Espinaca
PULGONES
0,05 %
3
(47)Espinaca
ORUGAS
0,05 %
3
(48)Fresales
PULGONES
0,05 %
3
(49)Frutales de hueso
ORUGAS
0,03-0,05 %
7
Página 2 de 7
Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial:
DELTAGRI
(50)Frutales de hueso
PULGONES
0,03-0,05 %
7
(51)Frutales de hueso
CERATITIS
0,05 %
7
(52)Frutales de pepita
PSILA
0,05 %
7
(53)Frutales de pepita
ORUGAS
0,03-0,05 %
7
(54)Frutales de pepita
PULGONES
0,03-0,05 %
7
(55)Girasol
ORUGAS
0,03-0,05 %
60
(56)Girasol
PULGONES
0,03-0,05 %
60
(57)Guisantes para grano
PULGONES
0,25 l/ha
7
(58)Guisantes para grano
ORUGAS
0,3-0,5 l/ha
7
(59)Guisantes para grano
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(60)Guisantes para grano
TRIPS
0,3-0,5 l/ha
7
(61)Guisantes verdes
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(62)Guisantes verdes
PULGONES
0,25 l/ha
7
(63)Guisantes verdes
TRIPS
0,3-0,5 l/ha
7
(64)Guisantes verdes
ORUGAS
0,3-0,5 l/ha
7
(65)Hortalizas del género brassica
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(66)Hortalizas del género brassica
ORUGAS
0,05 %
7
(67)Hortalizas del género brassica
PULGONES
0,05 %
7
(68)Lechuga
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(69)Lechuga
ORUGAS
0,05 %
3
(70)Lechuga
PULGONES
0,05 %
3
(71)Leguminosas
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(72)Leguminosas
ORUGAS
0,03-0,05 %
7
(73)Leguminosas
PULGONES
0,03-0,057 %
7
(74)Maíz
GUSANOS GRISES
0,5 l/ha
30
(75)Maíz
ORUGAS
0,3-0,5 l/ha
30
(76)Maíz
PULGONES
0,3-0,5 l/ha
30
(77)Nogal
PULGONES
0,03 %
30
(78)Nogal
ORUGAS
0,05 %
30
(79)Olivo
PRAYS (GEN. ANTOFAGA)
0,03 %
7
(80)Olivo
MOSCA
0,05 %
7
(81)Olivo
SAISSETIA
0,05 %
7
(82)Olivo
PRAYS (GEN. CARPOFAGA)
0,05 %
7
(83)Olivo
ALGODÓN
0,03-0,05 %
7
(84)Ornamentales herbáceas
PULGONES
0,05 %
NP
(85)Ornamentales herbáceas
TRIPS
0,05 %
NP
Página 3 de 7
Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial:
DELTAGRI
(86)Ornamentales herbáceas
MOSCA BLANCA
0,07 %
NP
(87)Ornamentales herbáceas
ORUGAS
0,035 %
NP
(88)Patata
ESCARABAJO
0,05 %
7
(89)Patata
ROSQUILLA NEGRA
0,3-0,5 l/ha
7
(90)Perejil
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(91)Perejil
ORUGAS
0,05 %
3
(92)Perejil
PULGONES
0,05 %
3
(93)Pimiento
MOSCA BLANCA
0,07 %
3
(94)Pimiento
CHINCHE VERDE
0,03 %
3
(95)Pimiento
ORUGAS
0,05 %
3
(96)Pimiento
PULGONES
0,05 %
3
(97)Pimiento
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(98)Puerro
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(99)Puerro
TRIPS
0,3-0,5 l/ha
7
(100)Remolacha azucarera
ORUGAS
0,5 l/ha
30
(101)Remolacha azucarera
PULGONES
0,5 l/ha
30
(102)Remolacha azucarera
GUSANOS GRISES
0,5 l/ha
30
(103)Rúcula
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(104)Rúcula
ORUGAS
0,05 %
3
(105)Rúcula
PULGONES
0,05 %
3
(106)Tabaco
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
7
(107)Tabaco
TRIPS
0,3-0,5 l/ha
7
(108)Tomate
MOSCA BLANCA
0,07 %
3
(109)Tomate
CHINCHE VERDE
0,03 %
3
(110)Tomate
ORUGAS
0,05 %
3
(111)Tomate
PULGONES
0,05 %
3
(112)Tomate
GUSANOS GRISES
0,3-0,5 l/ha
3
(113)Vid
POLILLAS DEL RACIMO
0,05-0,07 %
7
(114)Vid
MOSQUITO VERDE
0,05 %
7
P.S: Plazo de seguridad (días).
Excepciones:
Excepto col china.
Condicionamientos fitoterapeúticos:
Página 4 de 7
Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial: Generales :
DELTAGRI
Aplicar en pulverización foliar. No superar las dosis máximas de 700 ml/ha de producto formulado en frutales de hueso, vid y olivo; 350 ml/ha en espinacas y acelgas y 250 ml/ha en alfalfa. Para el resto de los cultivos, la dosis máxima será 500 ml/ha.
Específicos : (1) , (2) , (3) , (31) , (32) , (100) , (101) , (102) Efectuar una única aplicación a la aparición de la plaga con un volumen de caldo de 400-600 l/Ha. (4) , (5) , (29) , (30) , (39) , (68) , (98) , (99) Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 400-500 l/Ha. (6) , (7) , (8) Efectuar hasta 3 aplicaciones por campaña con un volumen de caldo de 1.000 l/Ha, a intervalos mínimos de 7 días, sin sobrepasar los 0,5 l/Ha. por aplicación. (9) , (10) , (11) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 400 l/Ha. (12) , (20) , (27) , (77) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 1.400 l/Ha. (13) , (21) , (28) , (52) , (57) , (58) , (60) , (62) , (63) , (64) , (78) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 1.000 l/Ha. (14) , (15) , (16) , (42) , (43) , (44) , (45) , (46) , (47) , (90) , (91) , (92) , (103) , (104) , (105) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 700 l/Ha. (17) , (86) Aire libre e invernadero: Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 7 días y un volumen de caldo de 700 l/Ha. (18) , (19) , (84) , (85) , (87) Aire libre e invernadero: Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 7 días y un volumen de caldo de 500-1.000 l /Ha. (22) , (23) , (24) , (25) , (93) , (94) , (95) , (96) , (108) , (109) , (110) , (111) Efectuar hasta 3 aplicaciones al aire libre y 4 en invernadero a intervalos de 7 días con un volumen de caldo 600-1.000 l/Ha. al aire libre y 600-1.400 en invernadero (26) , (97) , (112) Aire libre e invernadero: Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 7 días y un volumen de caldo de 300-500 l/Ha. (33) , (49) , (50) , (51) , (79) , (80) , (81) , (82) , (83) Efectuar una única aplicación a la aparición de la plaga, con un volumen de caldo de 1.000-1.400 l/Ha. (34) , (35) , (36) Efectuar una única aplicación a la aparición de la plaga con un volumen de caldo de 1.000 l/Ha. (37) , (38) Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 600 l/Ha. (40) , (41) Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 600-1.000 l/Ha. al aire libre y hasta 1.400 l/Ha. en invernadero. (48) Aire libre e invernadero. Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 500-1.000 l/Ha. (53) , (54) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 1.000-1.400 l/Ha. (55) , (56) Efectuar una única aplicación a la aparición de la plaga con un volumen de caldo de 600 l/Ha. (59) , (61) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 300-500/l/Ha. (65) , (66) , (67) , (71) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 500 l/Ha. (69) , (70) Aire libre. Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 7 días con un volumen de caldo de 500 -1.000 l/Ha. (72) , (73) Efectuar 2 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 500-1.000 l/Ha. (74) , (75) , (76) , (88) , (89) Efectuar 3 aplicaciones con un intervalo de 14 días y un volumen de caldo de 600 l/Ha. (106) , (107) Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 500-1.000 l/Ha. (113) Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 1.000 l/Ha. Tratar la 1ª generación a dosis de 0,05% y la 2ª y 3ª a dosis de 0,05-0,07%. (114) Efectuar hasta 3 aplicaciones a intervalos de 14 días y un volumen de caldo de 1.000 l/Ha. Condicionamientos de riesgos: Mitigación de riesgos medioambietales: SPe 3: Para proteger los artrópodos no objetivo, respétese sin tratar una banda de seguridad de 20 m. hasta la zona no cultivada o de 10 m. usando boquillas de reducción de deriva de +50% en cultivos leñosos y de 5 m. en el resto de cultivos. SPe 8: Peligroso para las abejas. Para proteger las abejas y otros insectos polinizadores, no aplicar durante la floración de los cultivos, no aplicar donde haya abejas en pecoreo activo. SPe 3: Para proteger los organismos acuáticos, respétese sin tratar una banda de seguridad de 25 m., (15 m. usando boquillas de reducción de deriva de +50%, 10 m. con boquillas de +90%) en cítricos, 35 m. (30 m. usando boquillas de reducción de deriva de +50%, 15 m. con boquillas de +90%) en frutales, 30 m. (20 m. usando boquillas de reducción de deriva de +50%, 10 m. con boquillas de +90%) en olivo, 20 m. (15 m. usando boquillas de reducción de deriva de +50%) en vid y 5 m. en el resto de cultivos hasta las masas de agua superficial. Página 5 de 7
Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial:
DELTAGRI
Mitigación de riesgos en la manipulación: El aplicador deberá utilizar guantes de protección durante la mezcla/carga, aplicación y al manipular el equipo de aplicación o superficies contaminadas. durante la aplicación manual en cultivos altos se utilizará ropa de protección contra salpicaduras de productos líquidos según UNE-EN 13034:2005+A1:2009. En todas las aplicaciones se utilizará protección ocular y/o facial: gafas de protección o pantalla facial según norma UNE-EN 166:2002. Durante la limpieza del equipo se utilizará la misma protección que durante la aplicación. En invernadero, cuando el cultivo supere el metro de altura, la anchura libre entre líneas deberá ser superior al 1,2 m. No entrar al cultivo hasta que el producto esté seco. SPo 2: Lávese toda la ropa de protección después de usarla. SPo 5: Ventilar los invernaderos tratados hasta que se haya secado la pulverización antes de volver a entrar. Restricciones por clases de usuarios: Uso reservado a agricultores y aplicadores profesionales. No autorizado en lugares destinados al público en general. Eliminación envases: Enjuague enérgicamente tres veces cada envase que utilice, vertiendo el agua de lavado al depósito (del pulverizador). Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1416/2001, de 14 de diciembre, sobre envases de productos fitosanitarios, en la etiqueta deberá figurar la siguiente frase: Entregar los envases vacíos o resíduos de envases bien en los puntos de recogida establecidos por los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada (SIG) o directamente en el punto de venta donde se hubiera adquirido si dichos envases se han puesto en el mercado a través de un sistema de depósito, devolución y retorno. Clasificación y etiquetado:(Según Reglamento 1107-2009 / Real Decreto 255/2003) Clasificación: Acuático agudo 1, Acuático crónico 1, Irritación cutánea. Categoría 2., Lesión ocular grave. Categoría 1., Líquidos inflamables. Categoría 3., Peligro por aspiración. Categoría 1., Toxicidad aguda (oral, cutánea, por inhalación). Categoría 4., Tóxicos específicos en determinados órganos tras una exposición única. Categoría 3. Simbolos y pictogramas: GSH02 (Llama), GSH07 (Signo de exclamación), GSH08 (Peligro para la salud), GSH05 (Corrosión), GSH09 (Medio ambiente) Frases de riesgo:
EUH 401 , H226 , H302 , H304, H315 , H318 , H336 , H410
Consejos de prudencia:
P210, P261, P273, P280, P302+P352, P304+P340, P331, P338, P391, P501
Otras indicaciones reglamentarias: En la etiqueta se hará constar que "contiene nafta disolvente del petróleo nº CAS: 647242-94-5, mezcla de surfactantes aniónicos y no iónicos nº CAS: 66467-20-7/26264-06-2 y dodecil bencen sulfonato cálcico nº CAS: 26264-06-27104-767" SP1: NO CONTAMINAR EL AGUA CON EL PRODUCTO NI CON SU ENVASE. (No limpiar el equipo de aplicación del producto cerca de aguas superficiales/Evitese la contaminación a través de los sistemas de evacuación de aguas de las explotaciones o de los caminos).
Página 6 de 7
Registro de Productos FitoSanitarios MINISTERIO DE AGRICULTURA,ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Nº Registro:
ES-00013
SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA
Nombre Comercial:
DELTAGRI
Vista la normativa comunitaria y nacional aplicable en especial el Reglamento (UE) Nº 546/2011, de 10 de junio de 2011 de la Comisión, por el que se aplica el Reglamento (CE) Nº 1107/2009, en lo relativo a los principios uniformes para la evaluación y autorización de los productos fitosanitarios y la Directiva 2003/5/CE y Reglamento (UE) 823/2012 por la que se incluye la sustancia activa deltametrin y se prorroga su aprobación en el Reglamento antes citado. Visto el Real Decreto 255/2003, por el que se traspone al ordenamiento jurídico la Directiva 1999/45/CE, y el Reglamento (CE) Nº 1272/2008, relativo a la Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias activas y mezclas. Visto el Reglamento (CE) Nº396/2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas. Vista la aprobación de la Comisión de Evaluación de Productos Fitosanitarios en su reunión de 15 de enero de 2014 RESUELVO estimar la solicitud de autorización de comercialización del producto fitosanitario DELTAGRI, sujeta a las condiciones generales de uso establecidas en la presente resolución y/o específicas contenidas en el informe de la Comisión de Evaluación de Productos Fitosanitarios, hasta la expresada fecha de caducidad, salvo revisión o revocación de la misma.
Página 7 de 7