REFORMA DE LA CONSTITUCION

NUlU. ;l.•• 'Vale· urt (}al'tagcna, .Domingo 'l'ltlM. l." l·()(tl. 2 de Pdn'cl'() (l(~ 1840. La libertad de imprenta (/poya al mandatarío que CU...
2 downloads 0 Views 1MB Size
NUlU. ;l.••

'Vale· urt

(}al'tagcna, .Domingo

'l'ltlM. l."

l·()(tl.

2 de Pdn'cl'() (l(~ 1840.

La libertad de imprenta (/poya al mandatarío que CU7J1.]Jlc SU8 dcbcrcs, (}onticllc alque abusa de dcrosamente á civilisal' alpllcblo.-!.osJ.;UI'i'ORES,

El TIEMPO saldrá todos los Domingos, la slIscripeion por trimestre adelantada vale diez reales. Los qne delicen SlISCri. birse oculTil'án al SI'. FranciseoLuis Fel'nundcz, coulando con que se les enviakmlos nÚmcros á sus cas¡(ssi viven cn esta ciudad, 6á SlISdomi(jilios por el corrco. Los que dcsccllimprimir cn el TIEMPO cOlllllnieac1osso. brccllalcsq(liem clase deasl1ntos puedenpollcrlos Cll manos delimpl'csorSr. Eduardo Hernandez para qlle los comunique álos ·l!~ditorcs (I\lienes se reservan el derccho de admitirlos ú nó,dc\'olvicndolos á SllSautores encl Último caso. 'l'ambicllofrf,'cemos áJas autoridades publicar los ¡¡visos ó documentos cortO!i, que dirijan al mismo SI'. Hcrnanrlez. siempre que sean inferesantes á la provincia 011 particular, 6 á la RepÚblica,

REFORMA DE LA CONSTITUCION. En el Semanario número 52 y en el comunicado que insertamos ho)' se hacen objeciones ú Iarefol'lliaql1e propusimos en el. número 3. o á los artículos 68 y '12 del código granadino; pe1'0 hemos tenido la fortuna (le agradar en el fondo denuestl'as ideas aun á los dos escritores citados, pues qth~ apenas se hacen modif:ieaeiúl1cs. El Semanario quisiera. que el ernpleado ejecutivo nombrado -Senador ó Representante no quedase.esento de la remocion en el caso de ser militm',fundandose en el cuidado que merece lasuhol'dinacion del ejército; y por mas que nosotrosseamos partidarios de la subordinacion, porque opinamos que sin. ella no puede elejército cumplir su objeto, no convenimosenla modificacion por dos razones: la. por no creer clue las 1'cl1lOcionlJs sin causa sean el verdadero sosten de la subordinacion, sino que ella se mantiene pqr las penas severas de la ordenanza, aplicadas despues de ser oidoy c01t1lcncidocll·CO. 2a. Porque caso de demostrarse lcl indispensable necesidad de dejar sujetos á -esa atribucion los empleados militares aun despu3s do nomhrados Senadores y Representantes, opinarjamos mas bien por la prohibidon absoluta de que ellos ocupasen lassíllasde la legislatura, POHIUO nunca convendrcmos que se llenen con hombres

que depelldendel

Ejecutivo.

SIIS

atribuciones y contribuye po-

Nos objeta adclllas tanto el Semanario eomo el co~nunicaito, que dejamos al empleado Senador o Representante sin· aecnso en un .largo tiempo por p1'ohibil'se alE.iecutivo dado ni!1gun otro destino. Nosotros convinimos desde el pri~· cipio que esto causahamales; pero creil11o~es(3 mal menor.que clde la legislatura dependiente. Hoy hacemos todavía el mismo juicio, tantolnas, cuanto que no puede quejarsedequcseJedeje sin acenso por dos ó tres años el.empl(J~d() á quien durante ese mismo tiempo seJe asegura su destillo,que ant.es tenia á merced del Ejeclltivo, )' monos cuando .•genemlmcnte lmhlando los electos serán getes de oficinas en 1.as.cualesllOpuedo huber acensos por escala rigol'osa .. Sim emhargo conocemos que tales razones disminuyen el malsinhacedo desaparecer,y