Realice las operaciones contables correspondientes en las siguientes fechas:

INMOVILIZADO INTANGIBLE TÉCNICOS DE AUDITORÍA Y CONTABILIDAD 2.008 Supongamos que se abona por derecho de traspaso de un local comercial 10.000 euros...
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INMOVILIZADO INTANGIBLE TÉCNICOS DE AUDITORÍA Y CONTABILIDAD 2.008

Supongamos que se abona por derecho de traspaso de un local comercial 10.000 euros, con un contrato de arrendamiento de 10 años, con pagos mensuales de arrendamiento de 100 euros. El arrendatario abona por realizar una obra en el local, que no podrá separarse del citado activo, 2.000 euros, con vida útil de 14 años. El pago del derecho de traspaso se efectúa el 1/4/20X1. Las obras de acondicionamiento del local finalizan el 1/7/20X1 y se abonan en ese momento al igual que la primera cuota del alquiler de este mes, momento en el que comienza la actividad. Es a partir del 1/7/20X1 cuando empieza a contar el período de 10 años. TRABAJO A REALIZAR: Realice las operaciones contables correspondientes en las siguientes fechas: 1. 1/4/20X1. 2. 1/7/20X1. 3. 31/12/20X1. 1- 1/4/20X1. Pago de los derechos de traspaso DEBE CÓDIGO CUENTAS

10.000,00

(205)

CÓDIGO

HABER

Derechos de traspaso a Bancos c/c

(572)

10.000,00

- 2 – 1/7/20X1 Finalización de las obras DEBE

2.000,00

CÓDIGO

(219)

CUENTAS

CÓDIGO

HABER

Otro inmovilizado a

(572)

2.000,00

Bancos c/c

En el NPGC las obras en locales arrendados , obras que posteriormente no se puedan separar del mismo se consideran inmovilizado material ( aunque el local no sea nuestro ). La amortización se practica en función de su vida útil ,, que es el tiempo de l contrato de arrendamiento y no la vida útil normal.

Por el pago del primer mes de alquiler DEBE

100,00

CÓDIGO

(621)

CUENTAS

CÓDIGO

HABER

Arrendamiento y cánones a Bancos c/c

(572)

100,00

- 3- 31/12/20X1 Por la amortización del derecho de traspaso, en función de la duración del contrato de alquiler. En el caso de que posteriormente, y antes de finalizar el contrato , se pactase una prórroga, habría que modificar la amortización de forma prospectiva. DEBE

500,00

CÓDIGO

(680)

CUENTAS

CÓDIGO

HABER

Amortización del inmovilizado intangible a Amortización acumulada de derechos de traspaso (10.000/10) x (6/12)

(280)

500,00

Lo mismo ocurre con la amortización de los elementos incluidos en la (219), las obras no separables. Independientemente del plazo objetivo de su vida útil, hay que amortizarlos en el plazo de duración del arrendamiento. En caso de que posteriormente se ampliase el contrato antes de finalizar el contrato inicial, habrá que recalcular de forma prospectiva el importe de las amortizaciones. DEBE

100,00

CÓDIGO

(681)

CUENTAS

CÓDIGO

HABER

Amortización del inmovilizado material a Amortización acumulada de otro inmovilizado material

(281)

100,00

(2.000/10) x (6/12)

TÉCNICOS DE HACIENDA 2.009

- Gastos de I+D y Propiedad Industrial

La sociedad LAROMANA presenta la siguiente información: El 01/07/20X1 la Sociedad adquirió una patente de fabricación con un coste histórico de 6.000 euros que abonó al contado. Su vida útil a partir de ese momento se estimó en cinco años y se amortiza linealmente. El 31/12/20X3 la Sociedad detectó un cambio en las tendencias del mercado en cuanto al producto que elabora, interpretando que su producto perderá interés en el futuro inmediato, por lo que estimó que el valor de mercado de la patente había sufrido una pérdida por deterioro de 400 euros. De acuerdo con la información anterior, la Sociedad se plantea encargar a otra sociedad un nuevo procedimiento de fabricación, que sustituya al anterior. Por tal motivo contrata con una empresa de investigación un nuevo proyecto el día 01/07/20X4, facturando dicha empresa al cierre del ejercicio 20X4, 2.000 euros. La Sociedad evalúa esta fase y se plantea alguna duda sobre su viabilidad, por lo que decide no activar el importe abonado.

El 31/12/20X5 finaliza la fase de investigación con resultado satisfactorio y reuniendo todas las condiciones para su activación. El importe abonado se elevó a 3.000 euros y su vida útil se estima en 3 años. Se sabe además que la fase de desarrollo dará comienzo el día 01/01/20X6 y finalizará el día 01/04/20X6, por lo que se estima que la antigua patente se dará de baja este día. El 01/04/20X6 finaliza la fase de desarrollo, tal como estaba previsto. Este día se procede a dar de baja la antigua patente y se da comienzo a los trámites para registrar en la propiedad industrial el nuevo procedimiento. La fase de desarrollo supone un pago de 5.000 euros y se estima que el procedimiento se puede utilizar durante un plazo de 4 años, a partir de este momento. El 01/10/20X6 se inscribe en el Registro de la Propiedad la nueva patente, soportando unos gastos de procedimiento de 300 euros, con pago por Bancos. La vida útil de la nueva patente se estima en 5 años. Trabajo a realizar: Realice las anotaciones contables que considere oportuno en las siguientes fechas: 1. El 01/04/20X6 2. El 01/10/20X6 3. El 31/12/20X6 (£1 opositor debe hacer abstracción de las consideraciones fiscales derivadas de las operaciones)

1 de julio de 20X1- Adquisición de la patente 6.000,00€. Vida útil 5años, cuota de amortización lineal 1.200€ año. 31 de diciembre de 20X3. Deterioro de valor Coste 6.000,00 Amortización acumulada 600 + 1.200 + 1.200 = 3.000 Deterioro de valor 400 € Valor neto contable a 31/12/20X3=2.600 Vida útil restante 2,5 años Nueva amortización 2600/2,5= 1.040 € año 31 de diciembre de 20X4 nos facturan parte del nuevo proyecto de investigación

Gastos de I+D del ejercicio (620) = 2.000,00€ 31 de diciembre de 20X5 acaba la investigación con éxito. Gastos de I+D del ejercicio (620) = 3.000,00€

Investigación (200) 3.000,00 € Vida útil 3 años Amortización lineal 1.000 € año.

NRV 6ª. Los gastos de investigación que figuren en el activo deberán amortizarse durante su vida útil, y siempre dentro del plazo de 5 años; en el caso de que existan dudas razonables sobre el éxito técnico o la rentabilidad económica comercial del proyecto, los importes registrados en el activo, deberán imputarse directamente a perdidas del ejercicio.

En cuanto al momento de inicio de la amortización, la Resolución del ICAC del inmovilizado inmaterial , de 21 de enero de 1992 dispone que se amortice desde que se activen, por lo tanto es un caso excepcional de inicio de la amortización en un elemento que no está acabado.

1 de enero de 20X6 Inicio de la fase de desarrollo

Se estima que la antigua patente se dará de baja el día 1 de abril de 20x6, luego tenemos un cambio en la vida útil, que se acorta en tres meses, que de acuerdo con el penúltimo párrafo del apartado 2.1 de la norma 2.ª de registro y valoración, se trata como un cambio de estimación contable, es decir, un ajuste del valor contable como consecuencia de la obtención de información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos hechos.

Los cambios en las estimaciones contables se aplicará de forma prospectiva y su efecto se imputará como gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio de

acuerdo con la norma 22.ª cambios en criterios contables, errores y estimaciones contables.

Valor contable 31.12.20X3: 2.600,00 € Amortización lineal 20X4: 1.040,00 €/año. Valor contable 31.12.20X4: 1.560,00 €

En consecuencia a la hora de amortizar el año 20x5, sabiendo que tenemos una vida útil de 15 meses, amortizamos 1.248,00 € en el año 20x5 y 312,00 € en el año 20x6,

1 de abril de 20X6 finalización de la fase de desarrollo

DEBE

312,00

CÓDIGO

(680)

CUENTAS

CÓDIGO

HABER

Dotación amortización inmovilizado intangible a Amortización acumulada de la propiedad industrial

(280)

312,00

DEBE

CÓDIGO

CUENTAS

5.600,00

(280)

Amortización acumulada de propiedad industrial

400,00

(290)

Deterioro de valor de propiedad industrial

CÓDIGO

HABER

a Propiedad (203)

industrial

DEBE

CÓDIGO

5.000,00

(620)

CUENTAS

CÓDIGO

6.000,00

HABER

Gastos de investigación y desarrollo del ejercicio a (572)

Bancos c/c

DEBE

CÓDIGO

5.000,00

(201)

CUENTAS

HABER

Desarrollo a Trabajos realizados por la empresa para el Inmovilizado . Intangible

Desarrollo (201)

CÓDIGO

5.000,00

(730)

5.000,00

Vida útil a partir del 1/04/20X6 – 4 años. Amortización lineal 1.250,00 euros al año

El 1 de octubre de 20X6 se inscribe en el Registro de la Propiedad la nueva patente. Lógicamente hay que amortizar primero los gastos de desarrollo por lo seis meses que van desde el 1/4/20X6 al 1/10/20X6 1250 x 6/12 = 625,00 euros

DEBE

625,00

CÓDIGO

CUENTAS

CÓDIGO

(680)

Dotación a la amortización del inmovilizado intangible a Amortización acumulada del inmovilizado intangible

(280)

HABER

625,00

NRV 6 ) Propiedad industrial. Se contabilizarán en este concepto , los gastos de desarrollo capitalizados cuando se obtenga la corres pon diente patente o similar, incluido el coste de registro y formalización de la propiedad industrial, sin perjuicio de los importes que también pudieran contabilizarse por razón de adquisición a terceros de los derechos correspondientes. Deben ser objeto de amortización y corrección valorativa por deterioro según lo especificado con carácter general para los inmovilizados intangibles.

Por la inscripción de la patente DEBE

CÓDIGO

CUENTAS

CÓDIGO

4.675,00

(203)

Propiedad industrial

625,00

(280)

Amortización acumulada del inmovilizado intangible

HABER

a Gastos de desarrollo

(201)

5.000,00

a Bancos c/c

(572)

300,00

Amortización lineal Aunque se podría considerar que los 300 euros de los gastos de registro y los 4.375 del Valor Neto Contable de los gastos de desarrollo podrían tener un periodo de amortización distinto , creo que no se pede considerar que se trate de elementos independientes y que individualmente tengan un coste significativo cada uno , por lo que deberán amortizarse como un todo , con una misma vida útil . 4675/3,5 años= 1.335,71x 3/12=333,93

DEBE

1.333,93

CÓDIGO

(680)

CUENTAS

CÓDIGO

HABER

Dotación amortización inmovilizado intangible a Amortización acumulada de gastos investigación

(2800)

1.000,00

a Amortización acumulada de propiedad industrial

(2801)

333,93

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