Proyecto de. Organización y. Funcionamiento del Comedor Escolar

2013-2014 Proyecto de Organización y Funcionamiento del Comedor Escolar 1. INTRODUCCIÓN. El servicio de comedor escolar tiene el carácter complemen...
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2013-2014

Proyecto de Organización y Funcionamiento del Comedor Escolar

1. INTRODUCCIÓN. El servicio de comedor escolar tiene el carácter complementario y necesario del centro, cuyo objetivo primordial es el de dar respuesta adecuada a las necesidades de muchas familias que, por razones laborales, personales

o

socio-culturales, piden la prestación en el centro docente del servicio de comedor escolar. EL CEIP Cervantes es un centro de doble línea situado en el centro de la localidad de Sax. Cuenta con comedor escolar transportado, ya que en el centro no se disponen de instalaciones suficientes para realizar los menús diarios.

2. CONTEXTO LEGAL Y NORMATIVO DE REFERENCIA. 

ORDEN 53/2012, de 8 de agosto, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo por la que se regula el servicio de comedor escolar en los centros docentes no universitarios de titularidad de la Generalitat dependientes de la Conselleria con competencia en materia de educación (D.O.C.V. 6839 del 13/08/2012)



Circular de 5 de septiembre de 2012, de la Subsecretaría, y de las direcciones generales de Centros Docentes y de Innovación, Ordenación y Calidad Educativa, por la que se informa sobre varias cuestiones a tener en cuenta durante el inicio del curso escolar 2012/13.



Instrucciones de 6 de septiembre de la Dirección General de Centros y Personal Docente sobre el funcionamiento del servicio complementario de comedor escolar en los centros de titularidad de la Generalitat para el curso 2013/2014.

3. OBJETIVOS DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR. El objetivo básico del servicio de comedor, atendiendo al carácter social y educativo, es cubrir las necesidades nutritivas de los alumnos y la adquisición de hábitos sociales, alimenticios, de higiene y de salud en el marco de la convivencia ordinaria en el centro; promoviendo la adaptación de los niños a la variedad alimenticia de la dieta mediterránea y a la disciplina del acto de

comer, en la que se incluye la cortesía, cooperación, tolerancia y la convivencia. 

Ámbito alimenticio e higiénico: o Ofrecer una planificación alimentaria que aporte las sustancias nutritivas que el alumnado necesita para su normal desarrollo. o Conocer y valorar la variedad alimenticia de nuestra dieta y la de otras regiones y lugares. o Adoptar hábitos de higiene y posturales en el acto alimenticio. o Comprender y utilizar las normas básicas de comportamiento. o Conocer y valorar la cantidad y la calidad de los alimentos necesarios para una dieta equilibrada. o Aprender a probar los diferentes alimentos sin mostrar repulsión por la comida.



Ámbito social: o Conocer y utilizar correctamente los utensilios necesarios para la alimentación. o Colaborar y respetar al personal encargado de su funcionamiento (cocineros, servidores, limpiadores, conserjes, recogidas…) o Respetar las normas de convivencia que rigen este servicio.



Ámbito lúdico y tiempo de ocio: o Aprender a aprovechar el tiempo libre para adelantar, estudiar y resolver dudas en relación con el ámbito académico. o Desarrollar actividades manuales, plásticas. o Participar de juegos y actividades físico deportivas, puntuales de tipo festivo. o Respetar el material y los espacios utilizados.

4. COMPETENCIAS EDUCATIVAS. Siguiendo los objetivos anteriormente marcados en el Proyecto Educativo del Comedor, no nos podemos olvidar de la dimensión educativa del mismo como servicio complementario integrado en el funcionamiento general del centro. Por ello, debemos reflejar en este Proyecto Educativo de Comedor

aquellas competencias educativas que se trabajarán a través de las distintas actividades realizadas y durante todo el horario del servicio. 

COMPETENCIA SOCIAL Y CIUDADANA Esta competencia hace posible comprender la realidad social en que se

vive, cooperar, convivir y ejercer la ciudadanía democrática en una sociedad plural, así como comprometerse a contribuir a su mejora. En ella están integrados conocimientos diversos y habilidades complejas que permiten participar, tomar decisiones, elegir cómo comportarse en determinadas situaciones y responsabilizarse de las elecciones y decisiones adoptadas. Los alumnos, en el tiempo que permanecen en el comedor deben aprender a conocerse y valorarse, a saber comunicarse en distintos contextos y con distintas personas (compañeros, monitoras, personal del centro), expresar las propias ideas y escuchar las ajenas, ser capaz de ponerse en el lugar del otro y comprender su punto de vista aunque sea diferente del propio. El desarrollo de esta competencia implica igualmente la práctica del diálogo y de la negociación para llegar a acuerdos como forma de resolver los conflictos, tanto en el ámbito personal como en el social. 

AUTONOMÍA E INICIATIVA PERSONAL. Esta competencia se refiere al desarrollo de actitudes personales, como

la responsabilidad, la perseverancia, el conocimiento de sí mismo y la autoestima, la creatividad, la autocrítica, el control emocional, la capacidad de elegir, de calcular riesgos y de afrontar los problemas, así como la capacidad de demorar la necesidad de satisfacción inmediata, de aprender de los errores y de asumir riesgos. Dur ante el tiempo del comedor se tr abajar á el desar r ollo de habilidades sociales par a r elacionar se, cooper ar y tr abajar en equipo, poner se en el lugar del otr o, valor ar las ideas de los demás, dialogar y negociar , expr esar adecuadamente a los demás las pr opias decisiones, y tr abajar de for ma cooper ativa y flexible. Asimismo se atender á al desar r ollo de aquellas habilidades y actitudes que incluyen la confianza en uno mismo, la empatía, el espír itu de super ación, las habilidades par a el diálogo y la cooper ación, la or ganización de tiempos y tar eas, la capacidad

de afir mar y defender der echos o la asunción de r iesgos. 5. GESTIÓN DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR El servicio de comedor escolar se gestionará según lo establecido en la normativa vigente, siendo responsables de su gestión el Consejo Escolar del Centro y la Comisión de Comedor establecida dentro del mismo, la Dirección del centro docente y el/la Responsable del comedor. Asimismo el servicio de comedor será prestado por una empresa contratada por el centro en la forma determinada por la normativa que regula la contratación del sector público. 5 .1 . RESPONSABLES DE LA GESTIÓN DEL SERVICIO. 5 .1 .1 . Consejo Escolar del Centro. El Consejo Escolar del Centr o tendr á, en r elación con el ser vicio de comedor escolar , las siguientes funciones: o Establecer dir ectr ices par a la planificación y desar r ollo del Pr oyecto Educativo del Comedor y del Pr ogr ama Anual de Comedor . o Apr obar el citado Pr oyecto Educativo de Comedor y el Pr ogr ama Anual de Comedor . o Super visar la or ganización y la actividad gener al del comedor escolar , así como los aspectos administrativos y funcionales del ser vicio; pr omover , en su caso y de confor midad con los tér minos contr actuales, la r enovación de las instalaciones y equipamiento, y vigilar su conser vación e higiene. o Super visar los menús que se sir van en el comedor escolar en cuanto a la calidad y var iedad de los alimentos, compr obando que sean adecuados par a una alimentación sana y equilibr ada del alumnado. o Acor dar , en su caso, el anticipo del ser vicio de comedor al pr imer día lectivo del cur so escolar y su finalización el último día lectivo del mismo.

o En caso de insuficiencia de plazas en el comedor escolar , decidir sobr e la admisión a dicho ser vicio del alumnado, de acuer do con los cr iter ios de pr ioridad establecidos en la nor mativa vigente.

5 .1 .2 . Comisión de Comedor. En el seno del Consejo Escolar del Centr o se constituir á una comisión encar gada del seguimiento y contr ol del comedor escolar , debiendo estar compuesta, al menos por , el dir ector o dir ector a del centr o, dos docentes y dos padr es o madr es del alumnado, elegidos por el sector cor r espondiente de entre los miembr os del consejo escolar . La comisión de comedor ser á la encar gada de dir imir las posibles cuestiones que puedan sur gir en el funcionamiento del ser vicio de comedor escolar , par a lo cual deber á tener conocimiento e infor mación de todos los aspectos r elacionados con el ser vicio,

5 .1 .3 . Dirección del Centro Escolar. En conformidad con la legislación vigente, la dirección del centro tendrá las siguientes funciones, en relación con el comedor escolar: o Elaborar, junto con el equipo directivo, el Proyecto Educativo y el Programa Anual del servicio del comedor, que formarán parte de la Programación General Anual. o Toda función inherente a la dirección del servicio de comedor. o Supervisar las condiciones de ejecución del contrato con la empresa adjudicataria. o Asegurar la presencia de un miembro del equipo directivo y del responsable de comedor durante el servicio de comedor. o Velar por el cumplimiento de la normativa vigente sobre salud e higiene.

5.1.4. Responsable del Comedor Escolar. La persona responsable del comedor escolar deberá ser miembro de la plantilla docente del mismo. Será designado por el Consejo Escolar del centro a propuesta de la dirección. Siendo sus competencias las siguientes: o Ejercer, de conformidad con las directrices de la dirección del centro, las funciones de interlocutor con los usuarios del servicio, las empresas y el personal de la misma. o Elaborar y actualizar periódicamente el inventario de los bienes adscritos al comedor. o Realizar la gestión económica del servicio de comedor, verificando cobros y pagos autorizados por la dirección. o Proceder

a

la

reposición

del

menaje

necesario,

previa

autorización de la dirección del centro. o Establecer reuniones periódicas con las monitoras del comedor para realizar el control y seguimiento del funcionamiento del servicio. o Realizar una reunión informativa a principio de curso con los padres y madres de los alumnos usuarios del servicio o que estén interesados. o Informar, solucionar y gestionar las incidencias que sucedan entre los alumnos. o Proporcionar al personal del servicio de comedor información básica relativa al desempeño de sus funciones.

5.1.5. Monitores del Comedor Escolar. El papel del monitor es fundamental en el contr ol y en la super visión de los alumnos, tanto en aspectos r elacionados con el desar r ollo de hábitos

alimentar ios

adecuados

como

en

la

adquisición

de

compor tamientos que pr omuevan la convivencia escolar . Según la nor mativa vigente las agr upaciones máximas que se podr án establecer en el ser vicio de comedor ser án: o Educación Infantil:



3 años: 1 monitor por cada 15 alumnos o fracciones de 8.



4 años y 5 años: un monitor por cada 20 alumnos o fracciones de 10.

o Educación Primaria: 

1º - 2º - 3º ciclo: 1 monitor por cada 30 alumnos o fracciones de 15.

Las funciones de los monitores serán: o Atender y custodiar al alumnado durante la totalidad del tiempo de prestación del servicio de comedor escolar. o Ir identificado convenientemente, con el vestuario adecuado, y con un aspecto que responderá a las normas de higiene requeridas por las características del trabajo. o Mantener el orden y resolver las incidencias que pudieran presentarse, actuando según las normas establecidas en el Proyecto Educativo de Comedor del centro. o Prestar especial atención a la función educativa del comedor, principalmente a la adquisición de hábitos alimenticios y sanitarios. o Prestar especial atención al desarrollo de actividades educativas contempladas en el Programa Anual del Comedor. o Trasladar al comedor a todos los alumnos siguiendo las normas establecidas, pasando previamente por los servicios para las tareas del aseo personal. o Colaborar con el alumno cuando sea necesario para facilitar su alimentación en función de la edad o de circunstancias personales (pelar la fruta, partir la carne, eliminar espinas del pescado, etc.) sin que por ello se pierda de vista la necesidad de potenciar la autonomía en su alimentación. o Enseñar al alumnado usuario a desenvolverse con corrección en la mesa, a manejar debidamente los cubiertos y la servilleta, a mantener una postura adecuada y cualquier otro hábito de

comportamiento en la mesa. o Controlar la utilización de un tiempo adecuado para las comidas, así como la ingesta de los alimentos por parte del alumnado, procurando que éstos coman adecuadamente. o Asegurarse de que los alumnos realicen los siguientes hábitos higiénicos: 

Lavarse las manos antes de sentarse a la mesa.



No jugar con los alimentos para evitar contaminarlos.



Llevar una higiene bucal y personal.

o Prestar especial atención a los niños que: 

Sistemáticamente no comen, intercambian comida, la esconden, se aíslan, no mastican correctamente, tardan mucho en comer, comen muy rápido o presentan alguna anomalía en el proceso de alimentación.

o Dar ejemplo a los niños, cuidando el lenguaje y los hábitos de comportamiento. o Guardar el debido respeto hacia el alumnado usuario y el resto del personal del centro docente, haciendo un uso adecuado de las instalaciones y del mobiliario. o Informar al/a la responsable de comedor en el caso de inapetencia continuada o sobre cualquier asunto de interés relacionado con los alumnos. o Tomar nota de todas las incidencias que se produzcan durante la comida y elaborar un informe cada trimestre, para los padres siguiendo el modelo del anexo 2. o Organizar el tiempo de descanso mediante la programación de actividades. o Procurar que los alumnos no alteren la organización de las aulas utilizadas, dejándolas en el mismo estado al finalizar la actividad. o En el caso de los alumnos más pequeños, crear hábitos de descanso tras el período de la comida adecuando un espacio en el centro específicamente destinado a ello.

o No administrar en ningún caso medicamentos a los niños. En caso necesario serán los padres los que deberán hacerlo previa comunicación al responsable del comedor.

5.2. RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA PRESTATARIA. La empresa contratada prestará sus servicios al Centro aportando cada curso escolar el personal suficiente, tanto de personal de cocina como de monitores, de acuerdo con las ratios establecidas en la normativa. Asimismo, el personal contratado deberá cumplir las exigencias establecidas en la normativa vigente. La empresa prestataria del servicio vendrá obligada al cumplimiento De la legislación vigente en materia de comedores colectivos, medidas sanitarias y todas aquellas de carácter laboral, social y derivadas del convenio colectivo de aplicación, asumiendo todas las responsabilidades laborales del personal contratado. Asimismo estarán obligadas al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente y de las clausulas del contrato, junto con lo que establece el presente Proyecto Educativo del Comedor. o Distribuir a todos los comensales el menú, de forma que los padres estén informados de lo que comen sus hijos y puedan programar sus cenas. o Proporcionar los menús ajustándose al plan mensual elaborado. o Resolver contrariedades para que bajo ningún concepto los alumnos se queden sin comer. o Cuidar del mantenimiento, de la limpieza diaria de las instalaciones, los electrodomésticos y el resto de los utensilios, así como otros aspectos recogidos en su manual de autocontrol. o La formación de los monitores y del personal de cocina. o La sustitución de cualquier personal del servicio vinculado a la empresa.

5.3. INFRAESTRUCTURAS. El centro cuenta con las siguientes infraestructuras para el desarrollo del

servicio de Comedor Escolar. o Cocina: con todo los aparatos necesarios para la conservación de la comida enviada por la empresa. o Comedor: existen dos comedores uno para infantil y otro para primaria. o Aulas: para el servicio de comedor se dispone de tres aulas de forma general. Dos de infantil y una de primaria (situada junto al comedor). o Servicios y aseos: se utilizan los servicios propios del centro, ya que la zona del comedor escolar no dispone de servicio para los alumnos. o Gimnasio: uso completo, tanto de material como de instalación para realizar actividades. o Patios: uso completo, tanto el patio de infantil como el de primaria.

5.4. HORARIOS. El tiempo del servicio complementario de comedor escolar, comprende desde las 12:30 h. hasta las 13:00 h., de lunes a viernes. Los monitores encargados de infantil recogerán a los alumnos 10 minutos antes de la hora establecida para así evitar el trasiego de padres por los pasillos. El horario de comedor de los alumnos será dividido en dos turnos, para así poder dar un mejor servicio. o Primer turno: infantil de 12:30 h. a 13:10 h. o Segundo turno: primaria de 13:00 h. a 13:40 h.

Así mismo, se establecerá un horario de atención a padres por parte del Responsable del comedor y de los monitores del servicio.

6. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO. 6.1. Normas Generales de Funcionamiento. El comedor escolar ofrecerá su servicio ordinario durante el período

comprendido entre los meses de octubre a mayo. Los meses de septiembre y junio habrá servicio de comedor siempre que exista un número de alumnos que permita el desarrollo de éste con normalidad. El comedor escolar posee una capacidad de 120 comensales por turno. En caso necesario se realizarán varios turnos. Las familias interesadas en la utilización del servicio de comedor escolar, deberán presentar la solicitud en la Secretaría del centro siguiendo el modelo del anexo 1, dentro de las siguientes condiciones y plazos: 

Alumnos que ya están matriculados en el centro y desean hacer uso del comedor escolar en el curso siguiente, durante la primera quincena del mes de septiembre.



Alumnos de nueva matriculación en el centro y que deseen hacer uso del servicio de comedor, en el momento de formalización de la matrícula.



Con posterioridad al inicio del curso escolar y siempre que haya plazas libres se podrá solicitar la asistencia al comedor escolar para el resto del curso, presentando la solicitud en secretaria.

Corresponde al Consejo Escolar del centro la selección y admisión del alumnado usuario del servicio de comedor escolar según la normativa vigente. El Consejo Escolar hará público el listado de admitidos y suplentes, en el caso de que los hubiere, con los que se constituirá una lista de espera, previamente al primer día lectivo del mes de octubre. El Consejo Escolar del Centro aprobará las cuotas del servicio, de acuerdo a los máximos fijados por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte. Se podrá solicitar la asistencia al comedor durante días sueltos en el caso de que haya plazas disponibles. Para ello, se deberán adquirir bonos de cuatro comidas en la secretaría del centro, que se depositarán en el buzón del comedor escolar. Los alumnos que asistan al comedor permanecerán en el centro desde que finaliza la jornada de mañana hasta el inicio de la jornada de la tarde, permaneciendo bajo la supervisión de los monitores. Para poder salir del centro en el horario de comedor será necesario hacerlo acompañado de un adulto

responsable, rellenando previamente el modelo de justificante de salida, anexo 4, de salida del centro y entregándolo al personal responsable del servicio. El alumnado que no asista al centro desde el inicio de la jornada escolar y desee hacer uso del servicio de comedor, deberá comunicarlo al centro antes de las 9.30 horas de ese día. De igual modo, los alumnos que no acudan al centro y con posterioridad, si lo vayan a hacer, deberán comunicar a los responsables su asistencia. Los menús ofrecidos por el servicio son iguales para todos los comensales, salvo casos especiales previstos en la normativa: prescripción médica, religión etc. siempre que se justifique con el correspondiente certificado. Ocasionalmente se podrán preparar menús especiales, en caso de indisposición del niño, siempre que los padres lo comuniquen con antelación al encargado de comedor aportando la prescripción médica que lo justifique. Durante el periodo de comedor regirán las normas de disciplina y de convivencia establecidas en el presente Proyecto Educativo de Comedor Escolar. Cualquier incidencia sucedida en el comedor con los alumnos será comunicada por el responsable del comedor a la dirección del centro en el menor tiempo posible.

6.2. Formas de pago y Precios. El precio de la minuta será el establecido para cada curso escolar mediante resolución de la Dirección General de Centros Docentes. El alumnado beneficiario de ayudas de comedor deberá abonar la diferencia entre el importe de la ayuda y el precio de la minuta en el período establecido. El alumnado no beneficiario de ayudas deberá abonar la totalidad del precio de la minuta. El abono del servicio de comedor escolar para los beneficiarios de ayudas se hará por anticipado, en los diez primeros días del mes en la secretaria del centro. Para los alumnos que no perciban ayudas el pago se realizará a mes vencido. Excepcionalmente, se podrán aplazar los pagos siempre y cuando se notifique a los responsables del servicio.

La falta de pago de algún recibo, tras haber sido notificado, ocasionará la pérdida de plaza del comedor escolar a partir del día 1 del mes siguiente. Los alumnos usuarios del servicio que tengan pendiente algún pago del curso anterior no podrán utilizar el servicio de comedor hasta haber saldado la totalidad de la deuda. Los pagos y compras de bonos de comedor se realizarán en la secretaria del centro en un horario determinado, que estará debidamente notificado e informado en el Plan Anual de Comedor.

6.3. Selección y Admisión de usuarios del Servicio. En el caso de que existiese mayor número de solicitudes que plazas en el comedor escolar, corresponderá al Consejo Escolar del Centro la selección y admisión del alumnado usuario del servicio. El hecho de que un alumno haya sido usuario del servicio en el curso anterior no presupone que lo sea para los siguientes cursos escolares.

El orden de preferencia en este caso es el siguiente: a) Alumnado con residencia superior a 2 kilómetros y beneficiario de ayuda asistencial de comedor. b) Alumnado beneficiario de ayuda asistencial de comedor. c) Alumnado con residencia superior a 2 kilómetros. d) Alumnado

cuyos

padres

o

tutores

legales

trabajen,

tenga

incompatibilidad de su horario laboral con el horario escolar del alumno. En este caso, para su justificación, deberá presentarse declaración jurada y certificación suficiente donde conste la incompatibilidad de horarios. e) Alumnado ordenado, de mayor a menor número de hermanos, según el número de hermanos y hermanas que están matriculados en el centro docente y para los cuales se desea utilizar el servicio de comedor. f) Hijos de personal docente y el personal docente y no docente que preste servicios en el centro docente.

g) Hijos de personal docente y el Personal docente y no docente que preste servicios en otros centros docentes.

En caso de empate, se realizará sorteo público entre las familias solicitantes, accediendo al servicio de comedor todos los hijos e hijas que pertenecen a la misma unidad familiar para los que se solicitó el servicio. En el caso de existir listas de espera para utilizar el servicio de comedor, cualquier alumno que no asista al comedor durante más de dos semanas sin causa justificada causará baja del servicio, ofreciéndose esa plaza al siguiente en la lista. El Consejo Escolar hará público el listado de admitidos y suplentes, ordenado según los criterios de priorización, en el tablón de anuncios del centro, con anterioridad al primer día lectivo del mes de octubre. Con los alumnos no admitidos se constituirá una lista de espera ordenada según los criterios anteriores. Dicha lista tendrá una vigencia de un curso académico.

7. DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO DE COMEDOR Y DE LAS FAMILIAS.

7.1. Alumnado Usuario del Servicio. El alumnado usuario del servicio de comedor escolar tiene derecho a: a) Recibir una dieta equilibrada y saludable. b) Recibir orientaciones en materia de educación para la higiene y la salud y de adquisición de hábitos alimenticios y sociales. c) Participar en las actividades educativas programadas. d) Recibir, si procede, las ayudas asistenciales para la prestación del servicio, de acuerdo con la normativa vigente.

El alumnado usuario del servicio está obligado a: a) Aceptar y r espetar el Pr oyecto Educativo del Comedor . b) Obser var un compor tamiento adecuado según las nor mas de convivencia.

c) Respetar al per sonal que pr esta el ser vicio y cumplir sus or ientaciones en todo momento. d) M ostr ar r espeto y consider ación hacia el r esto del alumnado usuar io. e) Respetar las instalaciones y utilizar adecuadamente el mobiliar io y el menaje. f) Par ticipar en las actividades educativas pr ogr amadas. g) Cuando

sea

la

hor a

de

entr ar

al

comedor ,

agr upar se

or denadamente para ir a los ser vicios a lavar se las manos antes de ocupar su puesto en las mesas. h) Comer , al menos, una cantidad mínima y var iada. i) Pr acticar las nor mas básicas de higiene per sonal. j) Encar gar se de r ecoger todos los utensilios que han utilizado dur ante la comida. k) No salir al exter ior del centr o si no son r ecogidos por sus padr es o per sonas debidamente autor izadas.

Cuando algún alumno/ a no cumpla las nor mas establecidas se atender á a lo dispuesto en el pr esente Plan Educativo del Comedor en cuanto a las nor mas de disciplina y sanciones cor r espondientes.

7.2. Familias Usuarias del Servicio de Comedor. Los padres, madres o tutores legales del alumnado tendrán derecho a: a) Ser informados periódicamente de la programación de menús del servicio de comedor escolar. b) Ser informados de cualquier incidencia relevante acaecida durante el horario de servicio de comedor en relación a su hijo/a. c) Ser informados periódicamente de la conducta alimentaria de su hijo/a. d) Ser

infor mados

per iódicamente

de

la

r ealización

de

las

actividades pr ogr amadas a la hor a del comedor por par te de su

hijo/ a.

Los padres, madres o tutores legales del alumnado están obligados a: a) Abonar en el período establecido las cuotas correspondientes. b) Favorecer el adecuado cumplimiento de las normas establecidas en el Proyecto Educativo del Comedor, así como cooperar en su desarrollo. c) Comunicar al centro por escrito las posibles alergias, regímenes especiales o enfermedades de sus hijos/as mediante el correspondiente certificado médico. d) Comunicar cualquier incidencia que se produzca en el servicio de comedor escolar al centro. e) Comunicar las faltas de asistencia al comedor de su hijo/a al/a la responsable de comedor durante la primera sesión lectiva de la mañana. Al igual que la asistencia al comedor si el alumno no ha llegado a primera hora lectiva al centro. f) No acceder a las dependencias del comedor escolar, salvo autorización especial otorgada por la persona responsable del servicio o de la dirección del centro escolar.

8. NORMAS BÁSICAS DE COMVIVNECIA, FALTAS Y SANCIONES. El incumplimiento de la normativa establecida en el Proyecto Educativo del Comedor por parte de los usuarios del servicio supondrá una infracción y por tanto, dicho comportamiento deberá ser sancionado por parte de los responsables del servicio. Según la mayor o menor gravedad de las infracciones se clasificarán en faltas leves, faltas graves y faltas muy graves contra la convivencia, aplicándose las medidas correctoras correspondientes. Las medidas correctoras serán aplicadas por los responsables del servicio de comedor, habiendo escuchado a todas las partes implicadas y dando conocimiento del hecho al tutor/a del alumno y a los padres, madres o tutores legales de los mismos; dirección del centro y Comisión de Comedor del

Consejo Escolar. Para ello se rellenará adecuadamente el parte de disciplina correspondiente, siguiendo los modelos del anexo 3, por el/la responsable del comedor, será firmado por los padres del alumno/a y será entregado al director/a del centro para su custodia. Los par tes de disciplina y las sanciones pr escr ibir án al finalizar el cur so escolar teniendo el centr o que destruir toda la documentación al r especto.

8.1. Faltas Leves. Se considerarán faltas leves contra la convivencia todas aquellas que afecten de una manera ligera y transitoria el funcionamiento del comedor, así como a la convivencia entre los usuarios del mismo.

Los tipos de faltas leves contra la convivencia son: a) Actos que alteren, de forma leve, el desarrollo de la comida, como por ejemplo, no mantener el orden adecuado durante el servicio. b) Actos de indisciplinas puntuales y leves. c) Actos que alteren el desarrollo normal del servicio antes, durante y después de las comidas. d) Injurias y ofensas, tanto al personal del servicio de comedor, como a los compañeros/as. e) Acciones perjudiciales para la integridad y la salud. f) Negativa a trasladar la información entre los padres y el comedor escolar. g) Negativa sistemática a llevar el material necesario (bolsa de aseo, etc.) h) Utilización inadecuada del equipamiento del comedor o del centro. i) Uso de móviles, aparatos de sonido o electrónicos. j) Actos que impidan a los compañeros el derecho y el deber de comer o de realizar cualquiera de las actividades programadas. k) Incitación a cometer faltas contrarias a las normas. l) Negativa a cumplir las medidas correctoras.

m) Uso inadecuado de infraestructuras o equipos materiales del centro. n) Desobediencia de las normas generales del servicio de comedor o del centro.

Las medidas correctoras a llevar a cabo ante las faltas leves contrarias a la convivencia escolar durante el servicio de comedor son las siguientes: a) Amonestación verbal por parte de cualquier miembro responsable del servicio de comedor (monitores, cocineras, encargados, etc.) b) Retirada de objetos, en su caso, para ser entregados a los padres o tutores de los alumnos. c) Comparecencia ante el Responsable del Comedor o la Dirección. d) Amonestación por escrito dirigida a los padres. e) Separación temporal del grupo, actividades con una duración máxima de un día.

8.2. Faltas Graves para la Convivencia. Se considerarán faltas gravemente perjudiciales para la convivencia todas aquellas que alteren de manera grave, reiterada y notable la convivencia y el funcionamiento del servicio de comedor, teniendo en cuenta la intencionalidad de las mismas.

Los tipos de faltas gravemente perjudiciales para la convivencia durante el servicio de comedor escolar son las siguientes: a) Actos graves de indisciplina, injurias y ofensas contra miembros del personal del servicio de comedor o cualquier otro miembro de la comunidad educativa. b) Agresión física o moral, coacciones amenazas y discriminación graves. Faltas de respeto a la dignidad personal. c) Hurto y deterioro de materiales del comedor, del centro o de cualquier miembro de la comunidad educativa. d) Acceso indebido o sustracción de elementos del centro.

e) Desobediencia grave a las normas generales del centro. f) Introducción en el centro de objetos peligrosos o sustancias perjudiciales para la salud. g) Intentar salir o salir del centro en horario de comedor. h) Negativa reiterada al cumplimiento de medidas correctoras.

Las medidas correctoras a llevar a cabo ante las faltas graves contrarias a la convivencia escolar durante el servicio de comedor, tras la información a los padres y tutores legales, son las siguientes:

a) Realización de tareas educadoras durante el tiempo de comedor hasta 5 días. b) Privación del tiempo de recreo durante el horario del comedor de hasta 5 días. c) Suspensión de participación en actividades organizadas por el comedor hasta 5 días. d) Privación del derecho de asistencia al servicio de comedor hasta 5 días.

8.3. Faltas muy Graves para la Convivencia. Se considerarán faltas muy graves para la convivencia todas aquellas que alteren de manera muy grave, reiterada y notable la convivencia y el funcionamiento del servicio de comedor, teniendo en cuenta la intencionalidad de las mismas.

Los tipos de faltas muy graves para la convivencia durante el servicio de comedor escolar son las siguientes: a) Actos muy graves de indisciplina, injurias y ofensas contra miembros del personal del servicio de comedor o cualquier otro miembro de la comunidad educativa. b) Vejaciones y humillaciones de componente sexista o xenófobo. c) Acoso escolar.

d) Agresión física o moral, coacciones amenazas y discriminación muy graves. Faltas de respeto a la dignidad personal. e) La reiteración en la introducción en el centro de objetos peligrosos o sustancias perjudiciales para la salud. f) Hurto y deterioro, muy grave, de materiales del comedor, del centro o de cualquier miembro de la comunidad educativa g) Actos que atenten contra lo establecido en el Proyecto Educativo de Comedor.

Las medidas correctoras a llevar a cabo ante las faltas muy graves contrarias a la connivencia escolar durante el servicio de comedor son las siguientes: a) Realización de tareas educativas durante el tiempo de comedor escolar hasta 10 días. b) Privación del tiempo de recreo durante el tiempo del comedor de hasta 10 días. c) Suspensión de la participación en actividades organizadas por el comedor hasta 10 días. d) Privación del derecho de asistencia al servicio de comedor desde 2 semanas a 1 mes. e) Suspensión total del derecho de asistencia al comedor escolar.

8.4. Equivalencias de las Faltas. Debido a la reiteración en el incumplimiento de las normas de convivencia y la consecuente acumulación de faltas, se establece una serie de relaciones entre las faltas leves, graves y muy graves. 

5 faltas leves serán consideradas una falta grave.



2 faltas graves serán consideradas como una falta muy grave.

9. ANEXOS 9.1. Anexo 1: Modelo de solicitud de plaza para el comedor escolar. 9.2. Anexo 2: Modelo informe trimestral a las familias. 9.3. Anexo 3: Modelo partes de disciplina. 9.4. Anexo 4: Modelos justificante de salida en horario de comedor.