PROGRAMA DERECHO CIVIL IV

PROGRAMA DERECHO CIVIL IV I.- DATOS GENERALES: DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES Profesora Dra. Francisca Llodrà Grimalt Curso: Cuarto Grupo: 03 Tarde C...
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PROGRAMA DERECHO CIVIL IV I.- DATOS GENERALES: DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES Profesora Dra. Francisca Llodrà Grimalt Curso: Cuarto Grupo: 03 Tarde Código: 2920 II.- TUTORIAS Lunes: 10,00 a 14,00 Miércoles: 17,00 a 19,00 Despacho 106, Facultad de Derecho, Edificio Jovellanos Tutoría electrónica: [email protected] Para concertar cita fuera del horario de tutorías: 971 17 13 46 III.- DESCRIPCIÓN DE LOS CRÉDITOS TEÓRICOS Y PRÁCTICOS La asignatura equivale a 6 créditos teóricos (2 horas semanales) y 1 crédito práctico (una hora quincenal). El objetivo de la asignatura es adquirir conocimientos sobre: En el Derecho de familia, sobre tres grandes bloques: el matrimonio, el parentesco y las instituciones de protección. Hay también una referencia a las uniones no matrimoniales, aunque no podemos hablar de ellas como de un bloque del Derecho de familia, por una razón se basa en el Derecho positivo: el legislador español no las ha regulado institucionalmente. En el Derecho de sucesiones, sobre: (1) En primer lugar, el fenómeno sucesorio. (2) El proceso de adquisición de la herencia, en sus sucesivas etapas: la designación y su eficacia, la vocación; la delación como vocación preferente y las opciones que tiene su titular: la repudiación o la aceptación de la misma. (3) Sobre las atribuciones sucesorias de carácter legal, es decir, la legítima, la sucesión intestada y las reservas. Y (4) la sucesión testamentaria, donde se contempla el fenómeno sucesorio desde la óptica del causante. Metodología El método de impartición de clases será de clases teóricas expositivas, donde el alumno tomará apuntes, si lo considera conveniente, y de clases prácticas con resolución de supuestos prácticos que el alumno deberá llevar resueltos, comentarios de textos o de sentencias. En todo caso, deberá utilizar los materiales legislativos que se le indicarán. Recomendaciones Para seguir satisfactoriamente esta asignatura, el alumno debe haber superado las asignaturas de Derecho civil I, II y III. En caso de que el alumno matriculado sea incompatible por no cumplir con los prerequisitos no se guardará ninguna nota, en ninguna convocatoria, a la espera de que el alumno supere asignaturas, que la realización de Derecho civil IV, ya presuponía. IV.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Examen final teórico-práctico, en función de los créditos asignados a cada parte, consistente en preguntas de distinto formato: teóricas, breves supuestos prácticos, reflexión sobre algunas cuestiones, relacionar conceptos, comentar artículos, textos o afirmaciones. Se valorará la posibilidad de realizar examen parcial, en función del desarrollo del curso. Los criterios de evaluación pueden modificarse en función del desarrollo del curso y de la participación del alumno en las actividades prácticas y de realización voluntaria.

V.- CONTENIDOS DERECHO CIVIL IV: DERECHO DE FAMILIA INTRODUCCIÓN Lección 1: El Derecho de familia 1. Introducción. Familia y Derecho 2. La Constitución y la familia. El principio de igualdad 3. La regulación del Derecho de familia. El orden público y la autonomía de la voluntad 4. El contenido del Derecho de familia y su ordenación sistemática. Potestad y función 5. ¿Hacia un Derecho de familia europeo? EL MATRIMONIO Lección 2: El sistema matrimonial 1. El matrimonio. Naturaleza. 2. El sistema matrimonial. Contenido. La evolución histórica de los sistemas matrimoniales españoles 3. El sistema matrimonial vigente. 3.1.- La competencia del Estado sobre las «formas» del matrimonio. Principios reguladores. 3.2.- Las formas matrimoniales eficaces según el Código civil. A.- La forma matrimonial estatal. B.- Las formas no estatales reconocidas. Las formas religiosas. 4. Las peticiones de reconocimiento de la celebración del matrimonio entre personas del mismo sexo. Matrimonio y transexualidad: su especial problemática Lección 3: Disposiciones comunes a todas las formas del matrimonio 1. El consentimiento matrimonial. 1.1.- El principio de libertad. La promesa de matrimonio y su irrelevancia jurídica. 1.2.- El carácter personalísimo. El matrimonio por poder. 1.3.El carácter «puro» del consentimiento matrimonial. 1.4.- Capacidad para prestar el consentimiento. 1.5.- Vicios del consentimiento. 1.6.- Falta de consentimiento. Simulación. Reserva mental 2. La capacidad matrimonial de los contrayentes. 2.1.- Capacidad, prohibiciones e impedimentos. 2.2.- La dispensa 3. La constancia registral del matrimonio Lección 4: La forma matrimonial estatal 1. La modalidad ordinaria de celebración del matrimonio. 1.1.- El expediente matrimonial. 1.2.- Las formalidades del matrimonio 2. Las modalidades extraordinarias de celebración del matrimonio. 2.1.- El matrimonio en peligro de muerte. 2.2.- El matrimonio secreto Lección 5: Los efectos legales del matrimonio 1. Los efectos personales. En especial, el principio de igualdad jurídica de los cónyuges 2. Los efectos patrimoniales. El régimen económico matrimonial. El papel de la autonomía de la voluntad. 2.1- Durante el matrimonio. A.- Las cargas del matrimonio. La obligación de contribuir a su sufragio. B.- Las litis expensas. C.- La potestad doméstica. D.- El régimen de la vivienda habitual y los bienes de uso ordinario. E.- Regulación del consentimiento dual. F.-Libertad de contratación entre cónyuges. G.- Prueba de la titularidad de los bienes 2.2.- Después de la disolución del matrimonio por muerte. Los derechos viduales no sucesorios Lección 6: La nulidad del matrimonio 1. Ideas generales sobre la nulidad del matrimonio 2. Causas de nulidad. 2.1.- La incapacidad matrimonial (impedimentos). 2.2.- Las que afectan al consentimiento: Los vicios del consentimiento matrimonial. 2.3.- Las que afectan a la forma 3. La acción de nulidad. Legitimación activa 4. El efecto específico de la declaración de nulidad. El matrimonio putativo. 4.1.- Efectos en el régimen de la filiación. 4.2.- La situación del cónyuge de buena fe en el matrimonio. 5. La convalidación del matrimonio nulo

Lección 7: La separación matrimonial 1. La separación judicial. 1.1.- Por petición consensuada. Requisitos. 1.2.- Por petición unilateral. Las causas legales de separación. 1.3.- Los efectos específicos de la separación judicial. 1.4- La reconciliación. 2. La separación de hecho. Eficacia Lección 8: La disolución del matrimonio 1. Las causas de disolución del matrimonio 2. La disolución inter vivos: el divorcio. 2.1.- Causas. 2.2.- La acción de divorcio.Legitimación activa. 2.3.- La reconciliación Lección 9: Medidas y efectos comunes a la nulidad, separación y divorcio 1. La demanda. 1.1.- Preparación. La posibilidad de solicitar la adopción de medidas previas. 1.2.- Su admisión. A.- Efectos legales. B.- Las medidas provisionales 2. Eficacia y medidas resultantes de las sentencias. 2.1.- Fijación de su extensión legal. Su regulación. A.- Pactada. El convenio regulador. B.- Judicial. Su carácter subsidiario 3. Efecto común a la separación y al divorcio. 3.1.- El derecho a la pensión compensatoria. A.- Fundamento. B.- Extinción. 3.2-. La pensión. A.- Criterios de fijación de la cuantía. B.- Las modalidades de pago LAS UNIONES DE HECHO Lección 10: El tratamiento jurídico de las uniones de hecho 1. Tratamiento jurídico de las uniones de hecho en el Ordenamiento jurídico civil estatal 2. Tratamiento jurídico de las uniones de hecho en las leyes de las Comunidades Autónomas. 2.1.Normativa existente. 2.2.- Contenido. Panorámica general LOS REGÍMENES ECONÓMICOS MATRIMONIALES Lección 11: Los negocios por razón de matrimonio 1. Los capítulos matrimoniales. 1.1.- El matrimonio como presupuesto del valor negocial de los capítulos. 1.2.- Contenido. Límites a la autonomía de la voluntad. 1.3.- Requisitos de validez. 1.4.- Modificación. 1.5.- Publicidad 2. Las donaciones por razón de matrimonio. 2.1.- El matrimonio como requisito de eficacia. 2.2.- Modalidades: por razón del donante y por razón del donatario. 2.3.- Objeto: bienes presentes y bienes futuros. 2.4.- La obligación de saneamiento. 2.5.- La revocación. Sus causas Lección 12: La «sociedad de gananciales» 1. Su régimen jurídico. 1.1- La creación de un patrimonio especial: el patrimonio «ganancial». 1.2.- La «ganancialidad» de los bienes como tipo de cotitularidad 2. Los patrimonios existentes en la «sociedad de gananciales». 2.1- Los patrimonios privativos. Los criterios de privatividad de los bienes. A.- La presunción de «ganancialidad». B.- La confesión de privatividad. 2.2.- El patrimonio «ganancial». los criteris de «ganancialidad» de los bienes. 2.3.- Las relaciones entre el patrimonio «ganancial» y los patrimonios privativos de los cónyuges 3. El régimen del patrimonio «ganancial». 3.1.- Las cargas y la responsabilidad del patrimonio «ganancial». Sus respectivas fuentes. 3.2.- La administración del patrimonio «ganancial». A.- El régimen normal: la administración conjunta. La legitimación individual: en interés del patrimonio y en interés privativo de uno de los cónyuges. B.- Los regímenes excepcionales. Sus causas 4. La extinción del régimen. 4.1.- Causas. 4.2.- La liquidación del patrimonio «ganancial». A.- Las operaciones liquidatorias. B.- La partición y la adjudicación de los bienes sobrantes. 4.2.- La liquidación de dos o más patrimonios «gananciales» Lección 13: El régimen de separación de bienes 1. Las fuentes del régimen de separación.

2. El régimen de los bienes. 2.1.- La titularidad. A.- Las titularidades dudosas: la presunción de cotitularidad. B.- Las adquisiciones onerosas del cónyuge del concursado o quebrado: la presunción de simulación. 2.2.- La administración de los bienes por el cónyuge no titular 3. El régimen de contribución a las cargas del matrimonio 4. El régimen de las deudas de los cónyuges Lección 14: El régimen de participación 1. El concepto de «ganancia participable» 2. El régimen de participación. Su regulación. 2.1.- Los efectos del régimen de participación durante su vigencia. A.- La separación de bienes. B.- Las limitaciones a la facultad de administración. 2.2.- La extinción del régimen y sus causas. A.- El mecanismo de liquidación. Su aplicabilidad a otros regímenes matrimoniales. B.- La determinación de las ganancias: los patrimonios iniciales y finales de los cónyuges. C.- El crédito de participación en las ganancias. Su pago LA RELACIÓN DE PARENTESCO Lección 15: El parentesco 1. El fundamento del parentesco 2. Los tipos de parentesco: por consanguinidad, afinidad y adopción. 3. Consideración especial del parentesco por consanguinidad. 3.1.- La línea recta ascendente y la descendente. La línea colateral. 3.2.- Cómputo del parentesco. El concepto de grado 4. El derecho de alimentos entre parientes. 4.1.- Concepto de alimentos. 4.2.- Ámbito subjetivo del derecho de alimentos. 4.3.- La obligación de alimentos. A.- El supuesto de hecho. La necesidad del alimentista. B.- Los sujetos obligados: criterios de preferencia. C.- Nacimiento, cuantía y modo de pagar la obligación de alimentos. D.- Extinción de la obligación de alimentos. E.Referencia a las fuentes de la obligación de alimentos distintas del parentesco Lección 16: La filiación por naturaleza 1. Concepto 2. Clases: filiación matrimonial y no matrimonial 3. Determinación legal. 3.1.- La determinación de la filiación matrimonial. A.- La filiación materna. B.- La filiación paterna. La presunción de paternidad matrimonial. 3.2.- La determinación de la filiación no matrimonial. A.- El reconocimiento: requisitos de eficacia. B.- La determinación no negocial de la filiación. 3.3.- La repercusión de la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida y la Ley 42/1988, de 28 de diciembre, de donación y utilización de embriones y fetos humanos o de sus células, tejidos u órganos 4. Las acciones de filiación. La admisión de la investigación de la paternidad. 4.1.- La reclamación de la filiación. Legitimación activa. 4.2.- La impugnación de la filiación. Causas 5. La prueba de la filiación. Especial consideración de la posesión de estado 6. Los efectos de la filiación. 6.1.- Las clases de efectos. 6.2.- El momento de producción de los efectos Lección 17: La filiación adoptiva 1. Concepto. La equiparación a la filiación por naturaleza 2. Los sujetos. La capacidad especial. 2.1.- Las incapacidades absolutas. 2.2.- Las incapacidades relativas 3. El estatuto jurídico del adoptante 4. El estatuto jurídico del adoptado. 4.1- Las relaciones con la familia adoptiva. 4.2- Las relaciones con la familia por naturaleza 5. La constitución de la adopción. 5.1.- El expediente de adopción. A.- Incoación. B.- La autonomía de la voluntad. El régimen de los consentimientos, asentimientos y audiencia. 5.2.- La resolución judicial 6. La extinción de la adopción LAS INSTITUCIONES CIVILES DE PROTECCIÓN DE LA PERSONA Lección 18: Ideas generales sobre las instituciones de protección

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El menor y la familia. 1.1.- El interés del menor. A.- Titularidad de los derechos del menor. B.El interés del menor con base a su cualidad de titular de derechos fundamentales. 1.2.- Sistemas de protección del menor. 1.3.- Estatuto del menor. A.- La especificidad de determinados derechos fundamentales aplicados al menor de edad. La incidencia de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la autonomía del paciente. B.- Ejercicio de los derechos fundamentales por los menores con madurez La incapacitación. Las personas con discapacidad. En especial, las personas mayores. 2.1.Extensión de la protección de la persona. La Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidad y de modificación del Código civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Normativa Tributaria con esta finalidad. 2.2.- El contrato de alimentos como elemento de protección de la persona con discapacidad. Su regulación Aproximación a las instituciones protectoras. 3.1.- Las instituciones referentes a la incapacidad de obrar. A.- El régimen de sustitución: la patria potestad y la tutela. B.- El régimen de complementación: la curatela. 3.2.- Las instituciones referentes a la situación de desamparo: el acogimiento

Lección 19: La patria potestad La filiación como fuente de la patria potestad Contenido: Deberes-facultades. 2.1.- En el ámbito personal: Limitaciones de la patria potestad. Representación legal de los hijos. 2.2.- En el ámbito patrimonial 3. Titularidad. 3.1.- Carácter dual. 3.2.- La extinción de la titularidad individual. Privación y recuperación 4. Ejercicio. La intervención del hijo. 4.1.- Ejercicio conjunto de los padres. Las consecuencias de la falta de convivencia. 4.2.- Ejercicio individual: la suspensión. 4.3.- La intervención judicial 5. Extinción. 5.1.- Causas. 5.2.- La prórroga y la rehabilitación de la patria potestad 1. 2.

Lección 20: La tutela 1. Las situaciones personales sometidas a tutela 2. El régimen de la tutela. 2.1.- Constitución del régimen de tutela. La denominada «tutela legal». 2.2.- Contenido: deberes-derechos. 2.3.- Modalidades de designación de tutor 3. El cargo de tutor. 3.1.- Carácter obligatorio. 3.2.- Titularidad. A.- La delación. La toma de posesión. B.- La inhabilidad, la remoción y la excusabilidad. 3.3.- Estatuto jurídico. A.- Las obligaciones de fianza y de inventario. B.- El derecho a la retribución. C.- La rendición de cuentas 4. La extinción del régimen. Su prórroga Lección 21: La curatela 1. Las situaciones personales sometidas a curatela. 1.1.- Los emancipados. 1.2.- La prodigalidad. 1.3.- La incapacidad judicial 2. El régimen de la curatela. La complementación de capacidad 3. El cargo de curador. Remisión a las normas de la tutela Lección 22: Las restantes instituciones de protección de la persona 1. El defensor judicial. La razón de su intervención 2. La guarda por Entidades Públicas de Protección de Menores. 2.1.- Causas: la situación de desemparo y la solicitud de los padres y tutores. 2.2.- Las modalidades de ejercicio: internamiento y acogimiento familiar. 2.3.- Consideración especial del acogimiento familiar. A.Formalización: negocial y judicial. B.- Efectos. C.- Extinción 3. La guarda de hecho. Régimen de los actos del guardador 4. ¿La mediación familiar como elemento de protección del menor en las situaciones de crisis familiares? DERECHO CIVIL IV: DERECHO DE SUCESIONES EL FENÓMENO SUCESORIO Lección 1: La subsistencia de las relaciones jurídicas después de la muerte de su titular

1. La eficacia jurídica de la muerte. 1.1.- La extinción de las situaciones jurídicas personalísimas. 1.2.- La conversión del patrimonio en herencia. 1.3.- La fijación del momento de la sucesión 2. La destinación de las situaciones jurídicas subsistentes. 2.1.- La sucesión mortis causa. La sucesión universal y la particular. 2.2.- La atribución liquidatoria: carácter excepcional Lección 2: Los títulos sucesorios 1. Clases de títulos sucesorios 2. El título hereditario. Eficacia. 2.1.- La cualidad de heredero. 2.2.- Efectos patrimoniales del título hereditario. A.- La sucesión universal en el activo. B.- La sucesión en las deudas. C.- La posesión civilísima 3. El título de legatario. La doble naturaleza del legado. 3.1.- El legado como fuente de obligaciones. 3.2- Los casos de eficacia sucesoria de los legados. A.- El legado de cosa cierta y determinada propia del testador. B.- El legado de cosa genérica 4. La atribución del título de heredero y del título de legatario. Criterios. 4.1.- Criterio objetivo. A.- Objeto: carácter universal o particular. B.- El derecho: identidad o modificación. 4.2.Criterio subjetivo. La designación como heredero o como legatario. 4.3-. Casos dudosos. A.- El heredero en cosa cierta. B.- El legado de parte alícuota. C.- La distribución de tota la herencia en legados. D.- El usufructo de herencia Lección 3: La herencia 1. Concepto. La designación del herencia como universalidad 2. Composición. 2.1.- Posiciones jurídicas activas. 2.2.- Posiciones jurídicas pasivas. 2.3.- La cualidad de parte contractual. 2.4.- La posesión. 2.5.- Posiciones jurídicas excluídas 3. La herencia como objeto de derecho 4. La enajenación de la herencia. 4.1- La obligación de saneamiento del vendedor. 4.2- La obligación del comprador de pagar las deudas 5. La acción de petición de herencia. 5.1.- Legitimación activa y pasiva. El heredero real y el heredero aparente. 5.2.- La eficacia de la acción. Las relaciones liquidatorias LAS FASES DEL PROCESO DE ADQUISICIÓN DE LA HERENCIA

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Lección 4: Apertura de la sucesión y vocación hereditaria La apertura de la sucesión. Momento y lugar La designación sucesoria. La vocación como presupuesto de la designación Los presupuestos personales de la vocación. 3.1.- El presupuesto absoluto de la vocación. A.- La personalidad jurídica. B.- Las personas jurídicas en constitución. 3.2.- Los presupuestos relativos. A.- La supervivencia al causante. El nasciturus. B.- El concepturus. 3.3.- La capacidad sucesoria. A.- Causas y efectos de la incapacidad. B.- La indignidad sucesoria. Causas y rehabilitación. La impugnación del título sucesorio La vocación de la estirpe. La representación sucesoria. 4.1.- El supuesto de hecho: la frustración del llamamiento al jefe de una estirpe. Causas. 4.2.- El representante. 4.3.- Los efectos de la representación. 4.4.- La representación en la sucesión testada La concurrencia de vocaciones. El derecho de acrecer. 5.1.- La vocación única plural. 5.2.- El derecho de acrecer

Lección 5: La delación 1. Concepto. 1.1.- Como vocación hereditaria preferente. 1.2.- Como legitimación para aceptar o repudiar la herencia 2. Su transmisibilidad. El llamado ius transmisionis 3. La herencia yacente 4. Ejercicio. La aceptación o la repudiación de la herencia. 4.1.- Los principios generales de la aceptación o la repudiación. 4.2.- La capacidad para aceptar o repudiar. La legitimación para aceptar o repudiar en nombre ajeno. 4.3.- El derecho a deliberar. 4.4.- La repudiación. A.- Forma. B.- La acción de subrogación de los acreedores del repudiante. 4.5.- La aceptación. A.- Formas. B.- Eficacia. C.- El derecho de deliberar sobre el régimen de la aceptación 5. La adquisición ex lege de la herencia Lección 6: El régimen de la adquisición de la herencia

1. Los efectos de la aceptación pura. 1.1.- La confusión de patrimonios. El beneficio de separación de patrimonios. 1.2.- La responsabilidad ilimitada por las deudas del causante. A.- La pluralidad de herederos. La acción de regreso. B.- La posición de los acreedores ante la partición. C.- La adjudicación para pago de las deudas hereditarias 2. Los efectos de la aceptación a beneficio de inventario. 2.1.- La separación de patrimonios. Preferencia de los acreedores del causante y de los legatarios respecto de los acreedores del heredero. 2.2.- La responsabilidad limitada. 2.3.- La administración conservativa. Las reglas de gestión del patrimonio y de pago de las deudas Lección 7: La comunidad hereditaria 1. Configuración jurídica. El activo y el pasivo 2. El derecho hereditario en abstracto. Concepto. Su constancia registral 3. El régimen jurídico de la comunidad hereditaria 4. La enajenación de la cuota hereditaria. El retracto de coherederos Lección 8: La partición de la herencia 1. Configuración jurídica 2. La divisibilidad de la herencia y su indivisión temporal 3. Legitimación activa para pedir la división 4. El procedimento de la partición 5. Las clases de partición según su autor. 5.1.- La partición por el testador. A.- Límites a la autonomía de la voluntad particional. B.- La facultad de mantener indivisa una explotación. 5.2.- La partición por comisario. 5.3.- La partición por el cónyuge viudo. 5.4.- La partición por los coherederos. A.- Sujetos. Legitimación y capacidad. B.- El principio de unanimidad. 5.5.- La partición judicial. El juicio de testamentaría 6. Eficacia de la partición. 6.1.- Adjudicación de los bienes. 6.2.- La obligación de saneamiento. 7. La impugnación de la partición. Causas. 7.1.- Nulidad. 7.2.- Anulabilidad. 7.3.- Rescisión. Causas. A.- Por lesión. B.- Por preterición. 7.3.- La adición a la partición Lección 9: La colación 1. Su doble carácter: particional y regulador de las legítimas 2. El supuesto de hecho. 2.1.- Pluralidad de legitimarios coherederos. 2.2.- Existencia de atribuciones lucrativas colacionables. A.- Atribuciones colacionables y no colacionables. La autonomía de la voluntad del testador. B.- Las donaciones no colacionables 3. Los obligados a colacionar 4. La mecánica de la colación. 4.1.- La computación de las atribuciones colacionables. 4.2.La imputación de la atribución colacionable a la cuota hereditaria del obligado a colacionar. 4.3.- Las operaciones particionales Lección 10: La administración conservativa de la herencia 1. La herencia yacente 2. La herencia con aceptación deferida 3. Los procedimientos judiciales LAS ATRIBUCIONES SUCESORIAS ORDENADAS POR LA LEY Lección 11: La legítima 1. Naturaleza. 1.1.- Como límite de la libertad de disposición patrimonial de la cosa. 1.2.Como derecho a la atribución de los bienes hereditarios. La cualidad de legitimario. 1.3.- Como parte de la herencia. La porción legitimaria 2. La computación legitimaria. 2.1.- El cálculo del relictum. 2.2.- La determinación y la valoración del donatum 3. La distinción de las partes dentro del cómputo. 3.1.- La porción legitimaria. Consideración especial del tercio de mejora. 3.2.- La parte de libre disposición Lección 12: La cualidad de legitimarios 1. Las «clases» de legitimarios

2. La legítima de los descendientes. 2.1.- La legítima estricta. 2.2.- La mejora. A.- Los significados de la expresión. B.- La facultad de mejorar 3. La legítima de los ascendientes 4. La legítima del cónyuge viudo 5. La exclusión de la cualidad de legitimarios Lección 13: La atribución de la legítima individual 1. Los títulos de atribución de la legítima individual 2. La atribución en concepto de legítima. 2.1.- Su carácter voluntario. 2.2.- Su carácter legal. A.- Las atribuciones inter vivos. La anticipación de la legítima. B.- Las atribuciones mortis causa: el título de heredero y el título de legado 3. La atribución en concepto de mejora. 3.1.- El carácter expreso del concepto de mejora. 3.2.El objeto de la mejora 4. Naturaleza de los bienes atribuídos en pago de la legítima. El pago en metálico de la legítima 5. La intangibilidad cualitativa de la legítima. 5.1.- Nulidad de los gravámenes impuestos a la legítima. 5.2.- La cautela Socini 6. La intangibilidad cuantitativa de la legítima. 6.1.- La acción de complemento de legítima. 6.2.- La inoficiosidad legitimaria. La acción de reducción de las atribuciones inoficiosas 7. La posibilidad de renunciar a la legítima individual Lección 14: La exclusión de la cualidad de legitimario 1. La preterición. 1.1.- Los legitimarios preteribles. 1.2.- La preterición intencional. Efectos. 1.3.- La preterición errónea. Modalidades y efectos 2. La desheredación. 2.1.- Causas. A.- Causas generales y causas especiales. B.- Relación entre la desheredación y la indignidad sucesoria. 2.2.- Efectos de la desheredación. 2.3.- Extinción de la desheredación. 2.4.- La desheredación injusta. Efectos Lección 15: La sucesión intestada 1. Los supuestos de la sucesión intestada. La inaplicación del principio nemo pro parte 2. Los herederos abintestato. 2.1.- Los órdenes sucesorios. 2.2.- La proximidad del grado de parentesco. Referencia al derecho de acrecer y al derecho de representación 3. La «sucesión» del Estado y de las Comunidades Autónomas 4. Consideración especial de la reversión de donaciones a los ascendientes Lección 16: Las reservas 1. Nociones generales. Referencia al título lucrativo 2. La reserva troncal. 2.1.- El supuesto de hecho de la reserva. 2.2.- Determinación de los reservatarios. A.- El parentesco. B.- La pertenencia a la línea de procedencia de los bienes 3. La reserva vidual. 3.1.- El supuesto de hecho. 3.2.- Los reservatarios 4. Los bienes sujetos a reserva. 4.1.- La cualidad de bien reservable. A.- La enajenación de los bienes. B.- La garantía de la reserva. 4.2.- La cualidad de bien reservado 5. La cualidad jurídica de reservatario 6. La relación entre reservas LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA Lección 17: El testamento 1. Concepto. Negocio mortis causa y negocio de última voluntad. 1.1.- Caracteres: individual y personalísimo. 1.2.- Contenido: personal y patrimonial 2. La capacidad testamentaria 3. El testamento como negocio formal. 3.1.- Testamentos comunes y testamentos especiales. 3.2.- Las formalidades del testamento. La intervención notarial y la intervención de testigos 4. Las «formas» testamentarias. 4.1.- El testamento abierto. A.- Concepto. Personas que en él intervienen. Formalidades. B.- Sus modalidades. Consideración especial del testamento abierto ante testigos. 4.2.- El testamento cerrado. La capacidad especial. Formalidades. Modalidades. 4.3.- El testamento ológrafo. A.- Capacidad para otorgarlo. B.- Requisitos formales. C.- La adveración judicial. D.- La asimilación de las memorias testamentarias al testamento ológrafo

5. Los testamentos especiales. 5.1.- El testamento militar. 5.2.- El testamento marítimo. 5.3.El testamento en país extranjero 6. La interpretación del testamento Lección 18: La ineficacia del testamento 1. Nulidad. 1.1.- Causas. A.- La falta de capacidad testamentaria. B.- La infracción de las formalidades legales. C.- Los vicios de la voluntad. Consideración especial del error testamentario. 1.2.La acción de nulidad. 1.3.- La prohibición de impugnar 2. Caducidad. Causas 3. Revocación. 3.1.- El principio general de revocabilidad. 3.2.- Clases de revocación: expresa, tácita y real. 3.3.- La «reviviscencia» del testamento revocado Lección 19: La designación de heredero testamentario 1. La «causa» de la designación 2. Las determinaciones accesorias a la designación. 2.1.- La condición. A.- Su admisibilidad. B.- Clases. C.- Cumplimiento: su influencia sobre la disposición condicional y sus efectos. 2.2.- El término. 2.3.- El modo. Diferencias con el legado Lección 20: Las sustituciones testamentarias 1. Concepto general de sustitución. Clases 2. La sustitución vulgar. 2.1.- Concepto y supuestos. 2.2.- La relación entre la sustitución vulgar y el derecho de acrecer. 2.3.- La pluralidad de sustitutos 3. La sustitución fideicomisaria. 3.1.- Antecedentes: la vinculación de bienes. 3.2.- Concepto: el doble llamamiento y la obligación de conservar. 3.3.- El establecimiento de la sustitución. A.- La sustitución expresa. B.- Las disposiciones usufructuarias. C.- Las sustituciones sujetas a condición. La sustitución de residuo. 3.4.- El fiduciario. 3.5.- El fideicomisario. A.- La delación del fideicomisario. B.Responsabilidad por las deudas hereditarias 4. Las sustituciones pupilar y ejemplar. Concepto y fines Lección 21: Los legados 1. El legado. Su triple consideración. Su triple consideración. 1.1.- Como disposición testamentaria. A.- Distinción con la carga. B.- Su interpretación. 1.2.- Como gravamen de la herencia. Límites. 1.3.- Como título adquisitivo 2. Consideración especial del legado como título. 2.1.- Su carácter particular. A.- Los casos dudosos. B- Eficacia. 2.2.- Aceptación y repudiación del legado. 2.3.- El legado como título lucrativo. 2.4.- La ineficacia del título. La inoficiosidad 3. Las clases de legados. Los criterios de clasificación. 3.1.- Según su función. 3.2.- Según su designación. 3.3.- Según el efecto. 3.4.- Según el momento de la eficacia. 3.5.- Según el objeto 4. Los legados y el Registro de la Propiedad Lección 22: El albaceazgo 1. La ejecución de la voluntad del testador 2. El albacea. 2.1.- Capacidad. 2.2.- El nombramiento de albacea. La aceptación y la repudiación del cargo 3. El cargo de albacea. 3.1.- Las clases de albacea. 3.2.- Facultades y obligaciones. 3.3.- La titularidad del cargo. A.- Carácter personalísimo. B.- La pluralidad de albaceas. Mancomunidad y solidaridad. 3.4.- Duración y extinción. La prórroga del cargo. 3..5- La obligación de rendir cuentas 4. La cuestión de las instrucciones reservadas del testador VI.- BIBLIOGRAFÍA •

ALBALADEJO GARCÍA, Curso de Derecho civil IV. Derecho de familia. José María Bosch Editor, Barcelona, 1997.



ALBALADEJO GARCÍA, Manuel, Curso de Derecho civil V. Derecho de sucesiones. Edisofer, 8ª edic., 2003.



CAPILLA, LÓPEZ, ROCA, VALPUESTA, MONTÉS (coord.) y otros, Derecho de sucesiones. Tirant lo blanch, Valencia, 1992.



Manuel

DE LA

CAMARA ÁLVAREZ, Compendio de Derecho sucesorio, 2ª ed., actualizada por

Antonio DE LA ESPERANZA MARTÍNEZ-RADIO, La Ley, Madrid, 1999 •

Luis DÍEZ-PICAZO, y Antonio GULLÓN BALLESTEROS, Sistema de derecho civil, t. IV (Derecho de familia. Derecho de sucesiones), Madrid, Tecnos, 1997



José Luis LACRUZ BERDEJO et alii, Elementos de Derecho civil IV. Derecho de familia. José María Bosch Editor. Barcelona 1997; Matrimonio y divorcio. Comentarios al nuevo título IV del Libro Primero del Código civil, 2ª ed., Madrid, 1994



José Luis LACRUZ BERDEJO et alii, Elementos de Derecho civil, Derecho de sucesiones, 5ª ed., Bosch ed., Barcelona, 1993



Carlos LASARTE ÁLVAREZ, Principios de Derecho civil, t. VI (Derecho de Familia), Trivium, Madrid, 2000



Carlos LASARTE ÁLVAREZ, Principios de Derecho civil, t. VII (Derecho de sucesiones), Trivium, Madrid, 1998



Francisco LLEDO YAGÜE (dir.), Compendio de Derecho civil. Familia, Dykinson, Madrid, 2000



Francisco LLEDÓ YAGÜE (dir.), Compendio de Derecho de sucesiones, Dykinson, Madrid, 1998



ROCA, E. (coord.), LÓPEZ, A. M., MONTÉS, V. L., Derecho de Familia. 3ª edic., Tirant lo blanch, Valencia, 1997.

PROGRAMA Y CRITERIOS Y ELEMENTOS DE EVALUACIÓN 2920 DERECHO CIVIL IV (GRUPOS 01 Y 02) DERECHO DE FAMILIA Y SUCESIONES LICENCIATURA DE DERECHO

Prof. Pedro Grimalt Servera Horas de tutoría (DESPACHO DA 108 –EDIFICIO GM JOVELLANOS-):

PRIMER CUATRIMESTRE Martes: de 12 a 14 horas. Jueves: 16 a 18 horas

SEGUNDO CUATRIMESTRE Martes: de 12 a 14 horas Jueves: de 12 a 14 horas En todo caso, el horario oficial de tutorías es una referencia obligada para el profesor, pero no para el alumno. Siempre que el profesor esté disponible en el despacho, el alumno puede pedir que le resuelvan todas las dudas relacionadas con la asignatura de Derecho de Derecho Civil IV aunque no coincida con el horario oficial de tutorías

Tutorías por correo electrónico: [email protected] Teléfono: 971 172946

I.- DESCRIPCIÓN DE LOS CRÉDITOS Derecho Civil IV es una asignatura de 7 créditos, que se reparten en 6 teóricos (2 horas semanales) y 1 práctico (1 hora quincenal). Su contenido, que se desarrolla en el apartado programa, es el Derecho de Familia y el Derecho de Sucesiones. 1.- DESCRIPCIÓN DE LOS CRÉDITOS TEÓRICOS. 1.1.- Objetivos. Los principales objetivos son: i).- Asumir los conceptos básicos de la asignatura. ii).- Trabajar en el uso de las normas aplicables. iii).- Potenciar el razonamiento jurídico. 1.2.- Metodología. El desarrollo de las clases teóricas pretende fundamentarse sobre las siguientes ideas: a).- Dar una clase no es dictar apuntes. La finalidad de la clase es, primero, explicar las ideas fundamentales de una institución y, segundo, que, a partir de las mismas, se pueda construir un razonamiento jurídico con el fin de resolver los distintos problemas que se nos puedan plantear en la práctica. b).- Las clases no pueden reducirse a monólogos del profesor. Se potenciará la intervención en clase a través de varios ejercicios. Fundamentalmente serán los siguientes: i).- Una vez expuesta una idea fundamental se lanzará una pregunta sencilla, dejando al alumno que reflexione y luego exponga la solución. ii).- Una vez explicado un tema se formulará alguna pregunta algo más complicada que las expuestas para resolver directamente en clase, para que sean pensadas en casa. Posteriormente, las preguntas serán resueltas en clase. iii).- Explicar un tema mediante un supuesto práctico. En estos casos, se entregará al alumno un pequeño supuesto que debe resolver antes de que sea explicada la institución en cuestión, indicándole qué preceptos debe tener en cuenta para su resolución. Estas prácticas/intervenciones de los alumnos estarían encaminadas a conseguir el objetivo primordial del curso, que no es otro que la aplicación correcta de los principios básicos de la asignatura. LAS EXPLICACIONES DE CLASE, ASÍ COMO LAS DISTINTAS ACTIVIDADES QUE SE REALICEN EN LA MISMA (INCLUIDAS LAS QUE SE REALICEN EN LAS CLASES PRÁCTICAS), SERÁN EL REFERENTE FUNDAMENTAL PARA EL EXAMEN. 2.- DESCRIPCIÓN DE LOS CRÉDITOS PRÁCTICOS. 2.1.- Objetivos. Son los mismos que para los créditos teóricos, pero poniendo especial énfasis en el uso de las normas y el razonamiento jurídico. 2.2.- Metodología. En las clases destinadas de “créditos prácticos” se plantearán dos tipos de supuestos: i).- unos sencillos, para reforzar los contenidos básicos de la asignatura, y trabajar con conceptos no explicados en las “clases teóricas”. Teniendo en cuenta que el jurista está abocado a trabajar con leyes cambiantes, es preciso que se acostumbren a estudiar normas por su cuenta. Por esta razón, algunas leyes o algunos preceptos no serán explicados en clase, pero podrán ser objeto de preguntas en el examen. Como de lo que se trata es de fomentar la autonomía jurídica del alumno, no se va a exigir que se estudien estas leyes o preceptos a través de libros, sino simplemente que las/los comprendan (en cualquier caso, estos preceptos que no se van a explicar, pero que pueden ser objeto de examen, serán referenciados en las clases prácticas). ii).- y otros complejos, para potenciar la fundamentación de los casos y el razonamiento jurídico. Recuerden: las explicaciones y actividades de las clases prácticas que se realicen a lo largo del curso también forman parte de las “explicaciones y actividades de clase”; por tanto, también pueden servir como base para formular preguntas en el examen.

II.- CRITERIOS Y ELEMENTOS DE EVALUACIÓN. 1.- El examen estará dividido en dos partes: la primera parte del examen será de Derecho de Familia y la segunda será de Derecho de sucesiones. Cada parte del examen constará de 10 preguntas (por tanto, el examen tendrá un total de 20 preguntas). El alumno dispondrá, en cada parte del examen, de 1 HORA para resolver las preguntas que se le planteen. El alumno podrá tener todo el material que estime oportuno para realizar el examen (apuntes, libros, códigos, etc…). 2.- Contestar correctamente una pregunta significa: a).- RAZONAR Y FUNDAMENTAR LA PREGUNTA CORRECTAMENTE. Fundamentar correctamente la pregunta significa utilizar el precepto adecuado para resolver la cuestión que se les plantea, utilizando siempre el precepto especial sobre el general. Sin perjuicio de lo que se dirá más adelante, si utilizan un precepto que no tiene nada que ver con lo que están diciendo, la pregunta estará mal fundamentada. b).- UTILIZAR CORRECTAMENTE LOS TÉRMINOS JURÍDICOS. c).- EXPRESARSE CORRECTAMENTE. - ESTO INCLUYE LA AUSENCIA DE AMBIGÜEDAD (LA AMBIGÜEDAD SE CONTARÁ NEGATIVAMENTE). - NO CONTARÁ LO “QUE SE QUERÍA DECIR/ESCRIBIR”, SINO LO QUE “SE HA DICHO/ESCRITO”. d).- TENER CAPACIDAD DE SÍNTESIS: ESTO ES, CONTESTAR A LO QUE SE LES PIDE. SI CONTESTAN DE MÁS, AUNQUE ESTÉ BIEN, NO TENDRÁN MEJOR NOTA. ESO SÍ, SI CONTESTAN DE MÁS Y ESTA MAL, SE TENDRÁ EN CUENTA NEGATIVAMENTE. 3.- Cómo se puntuará cada una de las partes del examen (CADA PARTE DEL EXAMEN SE EVALUARÁ DE FORMA INDEPENDIENTE DE LA OTRA). a).- Dos de las 10 preguntas de cada parte del examen SE CONSIDERARÁN ESENCIALES, DE TAL MANERA QUE NO CONTESTARLAS CORRECTAMENTE SUPONDRÁ SUSPENDER LA ASIGNATURA. HABRÁ, POR TANTO, 4 PREGUNTAS ESENCIALES: DOS EN LA PARTE DE FAMILIA Y DOS EN LA PARTE DE SUCESIONES. Al finalizar cada tema se dirá qué ideas tienen la consideración de fundamentales. En todo caso, para que ya les sirva de orientación, las ideas esenciales saldrán de aquellos temas o puntos de un tema del programa que tienen tres *. b).- Si contestan bien a las dos preguntas esenciales, entonces se puntuará de la forma siguiente: partirán con un 10 y se restarán SOBRE EL TOTAL DE LA NOTA: - 3 puntos por cada pregunta mal contestada. - 2 por cada pregunta no contestada. - 1.5 por cada pregunta fundamentada incorrectamente. Si la pregunta no está fundamentada, restará 1 punto. Si el fundamento utilizado no es del todo correcto, se puede restar entre 0.5 y 1.5. SI EXISTE CONTRADICCIÓN ENTRE EL RAZONAMIENTO QUE HAGAN Y EL PRECEPTO QUE UTILIZAN, LA PREGUNTA SE CONSIDERARÁ MAL CONTESTADA (POR TANTO SE RESTARÁN 3 PUNTOS). - Se podrá restar entre 0,5 y 3 puntos por cada pregunta que no esté bien razonada, o bien que presente algún error o bien por no utilizar el término técnico correspondiente o bien porque sea confusa o ambigua. Este criterio y el anterior son acumulables. Esto es, se restará entre 0.5 y 1.5 si la pregunta no está bien fundamentada y, además, se restará lo que corresponda por errores, ambigüedades, etc. Eso sí, nunca se restará más de 3 puntos por pregunta. Ejemplo 1: si una persona tiene una pregunta mal y una no fundamentada (y el resto están contestadas correctamente), el resultado será 10 – 3 (por la pregunta que está mal) – 1 (por la pregunta no fundamentada), total: 6 (parte aprobada) Ejemplo 2: si una persona tiene dos preguntas mal (y el resto están contestadas correctamente), el resultado será 10 – 6 (por las dos preguntas mal), total: 4 (parte suspendida y suspenso en el examen).

Ejemplo 3: si una persona tiene dos preguntas sin contestar (y el resto están contestadas correctamente), el resultado será 10 - 4 (por las preguntas no contestadas), total: 6 (parte aprobada). Ejemplo 4: si una persona tiene dos preguntas sin contestar y 1 pregunta fundamentada incorrectamente (y el resto están contestadas correctamente), el resultado podría ser 10 - 4 (por las preguntas no fundamentadas), – 1.5 (por la pregunta no fundamentada correctamente), total: 4.5 (parte suspendida y suspenso en el examen) Ejemplo 5: si una persona no tiene ninguna pregunta mal pero tiene 6 preguntas no fundamentadas (y el resto están contestadas correctamente), el resultado será 10 - 6 (por las preguntas no fundamentadas), total: 4 (parte suspendida y suspenso en el examen). Ejemplo 6: si una persona no tiene ninguna pregunta mal, pero tiene 1 pregunta mal fundamentada, otra no fundamentada y una tercera fundamentada regular (y el resto están contestadas correctamente), el resultado podría ser 10 – 1.5 (por la pregunta mal fundamentada) – 1 (por la pregunta no fundamentada) – 0.5 (por la pregunta fundamentada regular), total: 8 (parte superada con notable). Ejemplo 7: si una persona tiene una pregunta mal y otra contestada muy deficientemente (y el resto están contestadas correctamente), el resultado podría ser 10 – 3 (por la pregunta mal) – 2,5 o 3 (por la pregunta contestada muy deficientemente), total: 4,5 o 4 (parte suspendida y suspenso en el examen). PARA SUPERAR LA ASIGNATURA HAY QUE APROBAR TANTO LA PARTE DE FAMILIA COMO LA PARTE DE SUCESIONES. SI NO APRUEBAN UNA DE LAS DOS PARTES, LA ASIGNATURA ESTARÁ SUSPENDIDA. 4.- ¿Cómo se calculará la nota? a).- Si tiene aprobadas las dos partes del examen (esto es, si han obtenido un 5 o más tanto en la parte de Derecho de Familia como en la parte de Derecho de Sucesiones), la nota será la media de ambas partes. P. ej.: si de familia han obtenido un 6 y de sucesiones un 8, su nota final será 7 (notable). b).- Si han suspendido una de las partes de la asignatura, LA ASIGNATURA SE CONSIDERARÁ SUSPENDIDA. En este caso, para determinar numéricamente la nota se aplicarán los siguientes criterios: - Si han contestan mal a UNA de las cuatro preguntas esenciales, como máximo podrán tener un 3.8 global. En este caso cada pregunta bien contestada se valorará con un máximo de 0.2 (si no estuviera fundamentada o razonada CORRECTAMENTE se valoraría la pregunta con un máximo de 0.1). P. ej., imaginen que han suspendido familia (porque han contestado mal una pregunta esencial, aunque el resto está bien) y han aprobado la parte de sucesiones (tienen 8 preguntas bien y dos no contestadas, p. ej.). La asignatura está suspendida. ¿Cuál sería su nota?: como tienen 17 preguntas bien (9 de familia y 8 de sucesiones), su nota sería 17 * 0.2, total: 3,4. - Si han contestan mal a DOS de las cuatro preguntas esenciales, como máximo podrán tener un 1.8 global. En este caso cada pregunta bien contestada se valorará con un máximo de 0.1 (si no estuviera fundamentada o razonada CORRECTAMENTE se valoraría la pregunta con un máximo de 0.05). - Si han contestan mal a TRES de las cuatro preguntas esenciales, como máximo podrán tener un 0,9 global. En este caso cada pregunta bien contestada se valorará con un máximo de 0.05 (si no estuviera fundamentada o razonada CORRECTAMENTE se valoraría la pregunta con un máximo de 0.025). - Si contestan mal a las CUATRO preguntas, tendrán un cero global. - Si han contestado las cuatro preguntas esenciales correctamente se valorará cada pregunta con un máximo de 0.25 (si no estuviera fundamentada o razonada CORRECTAMENTE se valoraría la pregunta con un máximo de 0.125), AUNQUE EN NINGÚN CASO SE PODRÁ TENER MÁS DE UN 4.5.

5.- A LAS PERSONAS QUE NO TENGAN APROBADAS EN ACTA LAS ASIGNATURAS DERECHO CIVIL I, II y III EN LA CONVOCATORIA DE JUNIO DE 2005 NO SE LES EVALUARÁ EL EXAMEN DE JUNIO (EL EXAMEN DE JUNIO SÓLO SIRVE PARA LA CONVOCATORIA DE JUNIO). 6.- En febrero habrá examen parcial liberatorio que coincidirá con la parte de Derecho de Familia. Se evaluará el examen parcial a aquellas personas que tengan APROBADA EN ACTA las asignaturas “Derecho Civil I, II y III” en la convocatoria de junio de 2005 (el examen parcial será liberatorio sólo para los que tengan derecho a que se les evalúe de Derecho Civil IV en la convocatoria de junio). La nota del examen parcial se mantendrá hasta la convocatoria de septiembre incluida. Suspender el examen parcial NO SIGNIFICA SUSPENDER LA ASIGNATURA. Podrán volverse a examinar en junio de la parte de Familia. En la medida en que este examen parcial NO SUSPENDE la asignatura, si se aprueba el examen parcial en febrero y, posteriormente, no se presenta en junio o septiembre de la parte de sucesiones, se considerará al alumno como no presentado. 7.- Si en junio, un alumno aprueba familia y suspende sucesiones (o viceversa), se le mantendrá la nota hasta septiembre de la parte superada (eso sí, en junio la asignatura se considerará suspendida). Tanto en la convocatoria de junio como en la de septiembre, si un alumno no tiene ninguna de las partes del examen superadas, ESTÁ OBLIGADO A PRESENTARSE A LAS DOS PARTES DEL EXAMEN; si el alumno sólo se presenta a una de las partes del examen en junio o septiembre, en la medida en que estos exámenes SÍ SUSPENDEN LA ASIGNATURA, se considerará que el alumno HA SUSPENDIDO LA ASIGNATURA, sin perjuicio de que si, en la convocatoria de junio, ha aprobado la parte a la que se ha presentado se le pueda guardar la nota para septiembre. Si un alumno, en la convocatoria de septiembre, tuviera una parte de la asignatura aprobada (bien porque la hubiera aprobado en febrero, bien porque la hubiera aprobado en junio) y no se presenta en septiembre, SE LE TENDRÁ POR NO PRESENTADO, ya que no se ha examinado en esta convocatoria. RECUERDEN: SUSPENDER UNA DE LAS PARTES DEL EXAMEN EN JUNIO O SEPTIEMBRE SUPONE SIEMPRE SUSPENDER LA ASIGNATURA. PRESENTARSE EN JUNIO O SEPTIEMBRE A UNA DE LAS PARTES DEL EXAMEN Y A LA OTRA NO, NO TENIENDO ÉSTA ÚLTIMA APROBADA, SUPONE SUSPENDER EN TODO CASO LA ASIGNATURA. III.- BIBLIOGRAFÍA BÁSICA: -

DE DERECHO DE FAMILIA: ver al final de la parte del programa de Derecho de Familia. DE DERECHO DE SUCESIONES: ver al final de la parte del programa de Derecho de Sucesiones

IV.- RECOMENDACIONES. ASIGNATURAS QUE SE RECOMIENDA HABER CURSADO CON ANTERIORIDAD PARA PODER CURSAR LA ASIGNATURA CON GARANTÍAS. Se recomienda haber cursado muy especialmente Derecho Civil I y Derecho Civil II. Aunque debido a que Derecho Civil III es una asignatura de primer cuatrimestre y Derecho Civil IV es una asignatura de anual con dos partes bien diferenciadas, Derecho de Familia y Derecho de Sucesiones, se podría simultanear Derecho Civil III y Derecho Civil IV, aunque no lo creo aconsejable.

DERECHO DE FAMILIA (PRIMERA PARTE) DERECHO DE FAMILIA Y ALIMENTOS. Tema 1.- El Derecho de Familia. I.- FAMILIA Y CONSTITUCIÓN. II.- CARACTERES DE LOS DERECHOS FAMILIARES. III.- EL PARENTESCO*** IV.- LA OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS. 1.- Personas obligadas a prestar alimentos. 2.- Contenido. 3.- Nacimiento, modificación y extinción. MATRIMONIO. Tema 2.- El matrimonio y sus formas de celebración. I.- NATURALEZA Y FUNCIÓN SOCIAL. II.- PROMESA DE MATRIMONIO. III.- EL SISTEMA MATRIMONIAL ESPAÑOL. IV.- CAPACIDAD PARA CONTRAER MATRIMONIO***. V.- FORMA CIVIL Y FORMAS RELIGIOSAS. FORMAS EXCEPCIONALES. VI.- INSCRIPCIÓN. VII.- SIMULACIÓN Y RESERVA MENTAL. Tema 3.- Cesación del matrimonio y de la vida conyugal. I.- NULIDAD. 1.- Causas. 2.- La acción de nulidad. La convalidación del matrimonio nulo. 3.- Efectos propios***. II.- LA DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO POR FALLECIMIENTO O DECLARACIÓN DE FALLECIMIENTO DE UNO DE LOS CÓNYUGES: EFECTOS. III.- CRISIS MATRIMONIAL 1.- Separación de hecho: efectos. 2.- Separación judicial. 2.1.- Separación consensual. 2.2.- Separación por causa legal. Especial referencia a la ruptura de la affectio maritalis 2.2.- Efectos propios de la separación judicial***. 3.- divorcio. 3.1.- causas. 3.2.- efectos propios***. IV.- EFECTOS COMUNES DE LA NULIDAD, LA SEPARACIÓN Y EL DIVORCIO. 1.- El convenio regulador sobre algunos efectos causados por la nulidad, separación o divorcio. 2.- Ausencia de convenio regulador: decisión judicial. 2.1.- Medidas provisionales previas a la demanda; medidas provisionales derivadas de la admisión de la demanda y medidas definitivas. 2.2.- Pensión compensatoria, alimentos e indemnización por nulidad. 2.3.- Guarda de los hijos, alimentos y derecho de visitas. 2.4.- Vivienda familiar. 2.5.- Disolución y liquidación de régimen económico matrimonial. 3.- Registro civil y separación, nulidad y divorcio.

Tema 4.- Efectos del matrimonio. I.- EFECTOS PERSONALES. II.- EFECTOS PATRIMONIALES***. III.- REGÍMENES ECONÓMICOS (remisión). Tema 5.- Capitulaciones matrimoniales. I.- CONCEPTO Y CONTENIDO. II.- FORMA*** Y MOMENTO DE OTORGAMIENTO Y OTORGANTES. III.- MODIFICACIÓN. IV.- ASPECTOS REGISTRALES. Tema 6.- Régimen de gananciales. I.- BIENES GANANCIALES Y BIENES PRIVATIVOS***. II.- RESPONSABILIDAD Y CARGAS DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES. III.- ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES. IV.- DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES. V.- EL CONCURSO DE UNO DE LOS CÓNYUGES. Tema 7.- Régimen de separación de bienes en el Código Civil. I.- CONCEPTO E IDEAS BÁSICAS***. II.- PRESUNCIÓN DE COPROPIEDAD. III.- COMPUTACIÓN DEL TRABAJO PARA LA CASA COMO CONTRIBUCIÓN A LAS CARGAS Y COMPENSACIÓN A LA EXTINCIÓN DEL RÉGIMEN DE SEPARACIÓN. IV.- EL CONCURSO DE UNO DE LOS CÓNYUGES. Tema 8.- Régimen de participación. Tema 9.- Las parejas no casadas FILIACIÓN Y TUTELA. Tema 10.- Filiación. I.- FILIACIÓN BIOLÓGICA Y FILIACIÓN JURÍDICA. II.- FILIACIÓN MATRIMONIAL Y NO MATRIMONIAL. III.- DETERMINACIÓN DE LA FILIACIÓN, TÍTULO Y PRUEBA. IV.- CONTENIDO DE LA FILIACIÓN V.- LAS ACCIONES DE FILIACIÓN. Tema 11.- Adopción. Tema 12.- Relación paterno-filial. Tema 13.- Instituciones tutelares y protección al menor. BIBLIOGRAFÍA BÁSICA: No se recomienda ningún manual en especial. En cualquier caso, si lo que quieren es completar/ampliar apuntes, yo les recomiendo los siguientes manuales que podrán encontrar en biblioteca: -

LACRUZ BERDEJO y otros. Elementos de Derecho Civil IV (Familia). Dykinson. 2002.

-

ALBALADEJO. Curso de Derecho Civil IV (Derecho de Familia). Editorial Bosch. 2002.

-

LÓPEZ/MONTES/ROCA. Derecho de Familia. Tirant lo blanc. 1997.

-

LLEDÓ YAGÜE (director). Compendio de Derecho Civil. Familia. Dykinson. 2000.

DERECHO DE SUCESIONES (SEGUNDA PARTE) DINÁMICA DE LA SUCESIÓN. Tema 1.- Sucesión y herencia. I.- CONCEPTO DE SUCESIÓN MORTIS CAUSA. II.- FUNDAMENTO DE LA SUCESIÓN. III.- LA HERENCIA***. IV.- LA APERTURA DE LA SUCESIÓN. V.- LA VOCACIÓN: CAPACIDAD PARA SUCEDER. VI.- LA DELACIÓN. VII.- CLASES DE SUCESIÓN. Tema 2.- La sucesión intestada***. I.- SUPUESTO DE HECHO DE LA SUCESIÓN INTESTADA. II.- LOS LLAMAMIENTOS LEGALES. III.- EL DERECHO DE REPRESENTACIÓN EN LA SUCESIÓN INTESTADA. Tema 3.- Adquisición de la herencia. I.- ADQUISICIÓN DE LA HERENCIA. II.- HERENCIA YACENTE. III.- ACEPTACIÓN***. IV.- REPUDIACIÓN. V.- IMPUGNACIÓN DE LA RENUNCIA Y DE LA ACEPTACIÓN. VI.- LA RESPONSABILIDAD DEL HEREDERO*** 1.- Aceptación simple. Responsabilidad de los coherederos. 2.- Aceptación a beneficio de inventario. VII.- DEFENSA DEL DERECHO DEL HEREDERO. VIII.- ENAJENACIÓN DE LA HERENCIA. IX.- EL CONCURSO DE LA HERENCIA. Tema 4.- La comunidad hereditaria. I.- CONCEPTO Y NATURALEZA. II.- RÉGIMEN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA. III.- EXTINCIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA. Tema 5.- Partición de la herencia. I.- FORMAS DE PARTICIÓN. II.- LA COLACIÓN. III.- EFECTOS DE LA PARTICIÓN. DERECHOS SUCESORIOS IMPUESTOS POR LA LEY Tema 6- La legítima***. I.- CONCEPTO Y NATURALEZA. II.- LEGÍTIMA LARGA Y CORTA. LA MEJORA. III.- PROTECCIÓN Y PRIVACIÓN DE LA LEGÍTIMA. IV.- INTANGIBILIDAD DE LA LEGÍTIMA. VI.- EL DERECHO DE REPRESENTACIÓN EN LA LEGÍTIMA. Tema 3.- Otros derechos sucesorios impuestos por la ley. I.- RESERVA VIDUAL Y TRONCAL. II.- REVERSIÓN DE DONACIONES.

SUCESIÓN TESTAMENTARIA. Tema 4.- El testamento, clases. I.- CONCEPTO Y NATURALEZA***. II.- CARACTERES. III.- CAPACIDAD PARA TESTAR. IV.- INTERPRETACIÓN DEL TESTAMENTO. V.- LOS VICIOS DE LA VOLUNTAD TESTAMENTARIA; EN ESPECIAL, EL ERROR. VI.- CLASES DE TESTAMENTO. VII.- EL REGISTRO DE ACTOS DE ÚLTIMA VOLUNTAD. Tema 5.- La institución de heredero. I.- TÍTULO DE HERENCIA Y TÍTULO DE LEGADO. 1.- Diferencias prácticas. 2.- Supuestos conflictivos. A) Heredero en cosa cierta. B) Legatario de parte alícuota. C) Pseudousufructo. II.- INSTITUCIONES GENÉRICAS. III.- DETERMINACIONES EN LA INSTITUCIÓN DE HEREDERO. IV.- INSTITUCIÓN PLURAL Y DERECHO DE ACRECER. Tema 23.- Las sustituciones. I.- SUSTITUCIÓN VULGAR. II.- SUSTITUCIÓN FIDEICOMISARIA. III.- SUSTITUCIÓN EJEMPLAR. IV.- SUSTITUCIÓN PUPILAR. Tema 7.- Los legados. I.- CONCEPTO. II.- LEGATARIO Y GRAVADO. III.- ADQUISICIÓN DEL LEGADO Y GARANTÍAS. IV.- DISTRIBUCIÓN DE TODA LA HERENCIA EN LEGADOS. V.- CLASES DE LEGADOS. Tema 8.- La ejecución testamentaria.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA: No se recomienda ningún manual en especial. En cualquier caso, si lo que quieren es completar/ampliar apuntes, yo les recomiendo los siguientes manuales que podrán encontrar en biblioteca: -

LACRUZ BERDEJO y otros. Elementos de Derecho Civil V (Sucesiones). Dykinson. 2001.

-

ALBALADEJO. Curso de Derecho Civil V (Derecho de Sucesiones). Edisofer, 2004.

-

LÓPEZ/MONTES/ROCA. Derecho de Sucesiones. Tirant lo blanc. 1999.

-

LLEDÓ YAGÜE (director). Compendio de Derecho Civil. Sucesiones. Dykinson. 1999.