PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO DESCRIPCION TASA BASE PLAZO Libre A Libre Libre Libre Libre Li...
3 downloads 0 Views 748KB Size
PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

Libre

A

Libre Libre Libre Libre Libre 15

A A A A A A

0.6 Libre

A A

15 15 15 15

B B B B

0.6

A

15 15

B B

15 15

B B

Libre 15

A B

Libre 15

A B

Libre Libre Libre Libre

A A A A

15 15

A A

15 15 15

A A A

CAPITULO 01 01

ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL.

0101 0101.11.00 0101.19

CABALLOS, ASNOS, MULOS Y BURDEGANOS, VIVOS. --Reproductores de raza pura --Los demás --- De raza pura: ----Machos de 24 meses o más. ----Hembras de 24 meses o más. ----Machos de menos de 24 meses. ----Hembras de menos de 24 meses. ---Los demás. -Asnos, mulos y burdéganos.

0101.19.11 0101.19.12 0101.19.13 0101.19.14 0101.19.90 0101.20.00 0102 0102.10 0102.10.10 0102.10.90 0102.90 0102.90.11 0102.90.19 0102.90.20 0102.90.90 0103 0103.10.00

ANIMALES VIVOS DE LA ESPECIE BOVINA -Reproductores de raza pura: --Búfalos. --Los demás. -Los demás. --Domésticos de raza pura: ---Para lidia. ---Los demás. --Domésticos, excepto de raza pura. --Los demás.

0103.91 0103.91.10 0103.91.90 0103.92 0103.92.10 0103.92.90

ANIMALES VIVOS DE LA ESPECIE PORCINA. -Reproductores de raza pura. -Los demás. --De peso inferior a 50 Kg. ---Domésticos. ---Los demás. --De peso superior o igual a 50 Kg: ---Domésticos. ---Los demás.

0104 0104.10 0104.10.10 0104.10.90 0104.20 0104.20.10 0104.20.90

ANIMALES VIVOS DE LAS ESPECIES OVINA O CAPRINA. -De la especie ovina: --De raza pura. --Los demás. -De la especie caprina. --De raza pura. --Los demás.

0105

GALLOS, GALLINAS, PATOS, GANSOS,PAVOS (GALLIPAVOS) Y PINTADAS, DE LAS ESPECIES DOMÉ STICAS, VIVOS. -De peso inferior o igual a 185 g: --Gallos y gallinas (especie Gallus domesticus): ---Pie de cría de ponedoras o de engorda. ---Los demás. --Pavos (gallipavos) --Los demás. -Los demás. --Gallos y gallinas de peso inferior o igual a 2,000 g: ---De raza pura para pelea. ---Los demás. --Gallos y gallinas de peso superior a 2,000 g: ---De raza pura para pelea. ---Los demás. --Los demás.

0105.11 0105.11.10 0105.11.90 0105.12.00 0105.19.00 0105.92 0105.92.10 0105.92.90 0105.93 0105.93.10 0105.93.90 0105.99.00

Página 1 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0106 0106.00.11 0106.00.12 0106.00.13 0106.00.19 0106.00.91 0106.00.92 0106.00.93 0106.00.99

DESCRIPCION

LOS DEMAS ANIMALES VIVOS. -Especies utilizadas principalmente para la alimentación humana. --Aves de casa (con exclusión de las palomas) --Tortugas. --Palomas. --Los demás. -Los demás: --Abejas. --Aves canoras. --Delfines y Orcas. --Los demás.

Página 2 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 15 15

B B B B

Libre 15 15 15

A B B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 30 30

A A A

15 30 27

A A A

65 65

EXCL. EXCL.

78 78

EXCL. EXCL.

80 78 80

EXCL. EXCL. EXCL.

80 80

EXCL. EXCL.

78 78

EXCL. EXCL.

80 78 80

EXCL. EXCL. EXCL.

15

C

15 15 15 15

C C C C

15 15 15 15

C C C C

15

B

15

B

10 10

B B

CAPITULO 02 02 0201 0201.10.00 0201.20.00 0201.30.00 0202 0202.10.00 0202.20.00 0202.30.00 0203

0203.11 0203.11.10 0203.11.20 0203.12 0203.12.10 0203.12.90 0203.19 0203.19.10 0203.19.20 0203.19.90 0203.21 0203.21.10 0203.21.20 0203.22 0203.22.10 0203.22.90 0203.29 0203.29.10 0203.29.20 0203.29.90 0204 0204.10.00

0204.21.00 0204.22.00 0204.23.00 0204.30.00 0204.41.00 0204.42.00 0204.43.00 0204.50.00 0205 0205.00.00 0206

0206.10.00 0206.21.00 0206.22.00

CARNE Y DESPOJOS COMESTIBLE. CARNE DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA, FRESCA O REFRIGERADA. -En canales o media canales. -Los demás cortes (trozos) sin deshuesar. -Deshuesada. CARNES DE ANIMALES DE LA ESPECIE BOVINA, CONGELADA -En canales o media canales. -Los demás cortes (trozos) sin deshuesar. -Deshuesar. CARNE DE ANIMALES DE LA ESPECIE PORCINA, FRESCA, REFRIGERADA O CONGELADA. -Fresca o refrigerada: --En canales o medias canales: ---En canal. ---En medias canales. --Jamones, paletas y sus trozos, sin deshuesar. ---Jamones de pierna y sus trozos. ---Los demás. --Las demás. ---Chuletas deshuesadas o sin deshuesar. ---Jamones, paletas y sus trozos, deshuesados. ---Las demás. -Cogelada: --En canales o media canales. ---En canal. ---En media canal. ---Jamones, paletas y sus trozos, sin deshuesados. ---Jamones de pierna y sus trozos. ---Los demás. --Las demás. ---Chuletas deshuesadas o sin deshuesar. ---Jamones paletas y sus trozos, deshuesados. ---Las demás. CARNE DE ANIMALES DE LAS ESPECIES OVINA O CAPRINA, FRESCA, REFRIGERADA O CONGELADA. -Canales o medias canales de cordero, frescas o refrigeradas. -Las demás carnes de animales de la especie ovina, frescas o refrigeradas: --En canales o medias canales. --Los demás cortes (trozos) sin deshuesar. --Deshuesadas. -Canales o medias canales de cordero, congeladas. -Las demás carnes de animales de la especie ovina, congeladas. --En canales o medias canales. --Los demás cortes (trozos) sin deshuesar. --Deshuesadas. --Carne de animales de la especie caprina. CARNE DE ANIMALES DE LAS ESPECIES CABALLAR, ASNAL Carne de animales de las especies caballar, asnal o mular, fresca, refrigerada o congelada. DESPOJOS COMESTIBLES DE ANIMALES DE LAS ESPECIES BOVINA, PORCINA, OVINA, CAPRINA, CABALLAR, ASNAL O MULAR, FRESCO, REFRIGERADOS O CONGELADOS. -De la especie bovina, frescos o refrigerados. -De la especie bovina, congelados: --Lenguas. --Hígados.

Página 3 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0206.29.00 0206.30.00 0206.41.00 0206.49.00 0206.80.00 0206.90.00 0207

0207.11.00 0207.12.00 0207.13 0207.13.11 0207.13.19 0207.13.21 0207.13.29 0207.14 0207.14.11 0207.14.12 0207.14.19

DESCRIPCION --Los demás. -De la especie porcina, frescos o refrigerados. -De la especie porcina, Congelados: --Hígados. --Los demás. -Los demás, frescos o refrigerados. -Los demás, congelados. CARNE Y DESPOJOS COMESTIBLES, DE AVE DE LA PARTIDA 01.05, FRESCOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS. -De gallo o gallina: --Sin trocear, frescos o refrigerados. -Sin trocear, congelados. --Trozos y despojos, frescos o refrigerados: ---Trozos, excepto de despojos: ----Pechugas. ----Los demás. ---Despojos: ----Hígados. ----Los demás. --Trozos y despojos congelados: ---Trozos, excepto de despojos: ----Pechugas sin deshuesar. ----Deshuesar. ----Los demás. ---Despojos:

Página 4 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 10

B EXCL.

10 10 15 15

EXCL. EXCL. C C

15 15

EXCL. EXCL.

15 286

EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15 15 286

EXCL. EXCL. EXCL.

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0207.14.21 0207.14.29 0207.24.00 0207.25.00 0207.26 0207.26.11 0207.26.19 0207.26.21 0207.26.29 0207.27 0207.27.11 0207.27.12 0207.27.19 0207.27.21 0207.27.29 0207.32 0207.32.10 0207.32.90 0207.33 0207.33.10 0207.33.90 0207.34.00 0207.35 0207.35.11 0207.35.19

0207.35.21 0207.35.90 0207.36 0207.36.11 0207.36.19

0207.36.21 0207.36.90 0208 0208.10 0208.10.10 0208.10.90 0208.20.00 0208.90 0208.90.10 0208.90.20 0208.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Hígados. ----Los demás. -De pavo (gallipavo): --Sin trocear, frescos o refrigerados. --Sin trocear, congelados. --Trozos y despojos, frescos o refrigerados: ---Trozos, excepto de despojos: ----Pechugas. ----Los demás trozos. ---Despojos: ----Hígados. ----Los demás. --Trozos y despojos, congelados: ---Trozos, excepto de despojos: ----Pechugas sin deshuesar. ----Deshuesados. ----Los demás trozos. ---Despojos: ----Hígados. ----Los demás. -De pato, ganso o pintada: --Sin trocear, frescos, refrigerados: ---De pato. ---Los demás. --Sin trocear, congelados: ---De pato. ---Los demás. --Hígados grasos, frescos o refrigerados. --Los demás, frescos o refrigerados: ---De pato: ----Trozos, excepto de despojos. ---Los dem á s despojos. Except heart of duck and geese, fresh or chilled which staging is C. ---De ganso o pintada: ----Trozos, excepto de despojos. ---Los demás (despojos). Except heart and liver of duck and geese, fresh or chilled which staging is C. --Los demás, congelados. ---De pato: ----Trozos. ----Los demás (despojos). Except heart and liver of duck, geese or guinea fowls, frozen which staging is B. ---De ganso o pintada: ----Trozos, excepto de despojos. ----Los demás (despojos). Except heart and liver of duck or geese, frozen which staging is B. LAS DEMÁ S CARNES Y DESPOJOS COMESTIBLES, FRESCOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS. -De CONEJO O LIEBRE: --Carnes. --Despojos. -Ancas (patas) de rana. -Las demás. --Despojos. Except other edible meat offal, fresh, chilled or frozen, other than edible offal of poultry and of heading No. 02.06 which staging is B. --Carnes de mamiferos marinos. --Las demás. Except of meat deer, fresh, chilled or frozen and other meat, fresh, chilled or frozen which staging is B.

15 15

EXCL. EXCL.

15 15

A A

15 15

A A

15 15

B EXCL.

15 15 15

A A A

15 15

B EXCL.

15 15

C C

15 15 15

C C B

15 15

C EXCL.

15 15

C EXCL.

15 15

A EXCL.

15 15

B EXCL.

15 15 15

C C C

15

EXCL.

15 15

C EXCL.

Página 5 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0209

0209.00 0209.00.11 0209.00.12 0209.00.19 0209.00.21 0209.00.29 0210

0210.11 0210.11.10 0210.11.90 0210.12.00 0210.19 0210.19.10 0210.19.20 0210.19.90 0210.20.00 0210.90 0210.90.10 0210.90.21 0210.90.29

0210.90.90

DESCRIPCION TOCINO SIN PARTES MAGRAS Y GRASA DE CERDO O DE AVE SIN FUNDIR NI ESTRAER DE OTRO MODO, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SALADOS, O EN SALMUERA, SECOS O AHUMADOS. -Frescos, refrigerados o congelados: --Tocino. --Grasa de cerdo. --Las demás. -Saladas o en salmuera, secas o ahumnada: --Tocino, grasas de cerdo. --Las demás. CARNE Y DESPOJOS COMERCIALES, SALADOS O EN SALMEURA, SECOS O AHUMADOS: HARINA Y POLVO COMESTIBLES, DE CARNE O DE DESPOJOS. --Jamones, paletas y sus trozos, sin deshuesar: ---Jamones sin deshuesar. ---Las demás. --Tocino entreverado de panza (panceta) y sus trozos. --Las demás: ---Costillas de cerdo. ---Jomones deshuesados. ---Las demás: -Carne de la especie bovina. ---Los demás, incluidos la harina y polvo comestibles, de carne o de despojos: --Harina y polvo comestible de carne o de despojos. --Despojos: ---Hígado de ganso salado o en salmuera, seco o ahumado. ---Los demás. Except wings of fowls of the species Gallus domesticus, salted in brine dried or smoked and other edible poultry offal, salted, in brine, dried or smoked (other than poultry livers); flours and meals thereof which staging is EXCL. --Las demás. Except other cuts of fowls and drum stick (including leg and leg quarters) of fowls of the species Gallus domesticus, salted, in brine or smoked, which staging is EXCL.

Página 6 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

80 80 15

EXCL. EXCL. EXCL.

80 80 80 15

EXCL. EXCL. EXCL. C

10

C

15 10

C C

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

A

15

A

10 10 15

A A A

15

A

5

A

15

A

15

A

15 15 15

A A A

15 15 15 15 15

A A A A EXCL.

15

A

15

EXCL.

15 15 15

A A EXCL.

15 15 15

A A A

15

A

5

A

CAPITULO 03 03 0301 0301.10.00 0301.91.00

0301.92.00 0301.93.00 0301.99.00 0302

0302.11.00

0302.12.00

0302.19.00

0302.21.00 0302.22.00 0302.23.00 0302.29.00

0302.31.00 0302.32.00 0302.33.00 0302.39.00 0302.40.00 0302.50.00

0302.61.00 0302.62.00 0302.63.00 0302.64.00 0302.65.00 0302.66.00 0302.69.00 0302.70.00 0303 0303.10.00

PESCADOS Y CRUSTACEOS, MOLUSCOS Y DEMÁ S INVERTEBRADOS ACUÁ TICOS PECES O PESCADOS VIVOS. -Peces ornamentales. -Los demás peces o pescados, vivos: --Truchas (salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster). --Anguilas (anguilla spp). --Carpas --Los demás PESCADO FRESCO O REFRIGERADO, EXCEPTO LOS FILETES Y DEMÁ S CARNE DE PESCADO DE LA PARTIDA No. 0304. -SALMÓ NIDOS, ESCEPTO HÍGADOS, HUEVAS Y LECHAS: --Truchas (Salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhychus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster). --Salmones del Pacífico (Oncorhynchus nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhychus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus), salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones del danubio (Hucho hucho). --Los demás -Pescados planos (Pleuronéctidos, Bótidos, Cynoglósidos, Soleidos, Escoftá lmidos y Citáridos), excepto hígados, huevas y lechas: --Halibut (fletas) (Reinhardtius hippoglossoides, Hippoglossus hippoglossus hippoglossus, hippoglossus stenolepis). --Sollas (Pleuronectes platessa) --Lenguados (Solea spp). --Los demás -Atunes (del género Thunnus), listados o binitos de vientre rayado (Euthynnus Katsuwonus) pelamis), excepto hígado, huevas y lechas: --Albacoras o atunes blancos (Thunnus alalunga). --Atunes de aleta amarilla (rabiles) (Thunnus albacares) --Listados o bonitos de vientre rayado. --Los demás --Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii), excepto hígados, huevas y lechas. --Bacalaos (Gadus morhua, gadus ogac, Gadus, macrocephalus) excepto hí gados, huevas y lechas. -Los demás pescados, excepto hígados, huevas y lechas: --Sardinas (Sardina pilchardus, Sardinops spp), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus sprattus). --Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus). --Carboneros (Pollachius virens). --Caballas (Scomber scombrus, Scomber australasicus, Scomber japonicus. --Escualos. --Anguilas (Anguilla spp.). --Los demás. Except Carangid fishes, fresh or chilled and other Mackerel, fresh or chilled which staging is EXCL. -Hígados, huevas y lechas. PESCADO CONGELADO, EXCEPTO LOS FILETES Y DEMÁ S CARNE DE PESCADO DE LA PARTIDA No. 0304. --Salmones del Pacífico, (oncorhynchus nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus), excepto hígados, huevas y lechas.

Página 7 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0303.21.00

0303.22.00 0303.29.00

0303.31.00 0303.32.00 0303.33.00 0303.39.00

0303.41.00 0303.42.00 0303.43.00 0303.49.00 0303.50.00 0303.60.00

DESCRIPCION -Los demás salmónidos, excepto hígados, huevas y lechas. --Truchas (salmo trutta, Oncorhynchus mykiss, Oncorhynchus clarki, Oncorhynchus aguabonita, Oncorhynchus gilae, Oncorhynchus apache y Oncorhynchus chrysogaster). --Salmones del Atlántico (Salmo salar) y salmones del Danubio (Hucho hucho). --Los demás. -Pescados planos (Pleuronéctidos, Bótidos, Cynoglósidos, Soleidos, escoftá lmidos y Citáridos), excepto hígados, huevas y lechas: --Halibut (fletán) (Reinhardtius hippoglossoides, Hippoglossus hippoglossus, Hippoglossus stenolepis). --Sollas (Pleuronectes platessa). --Lenguados(solas spp.). --Los demás. -Atunes (del gènero Thunnus), listados o bonitos de vientre rayado (Euthynnus) (katsuwonus) (pelamis), excepto hígado, huevas y lechas: --Albacoras o atunes blancos (Thunnus alalunga). --Atunes de aleta amarilla (rabiles )(Thunnus albacares) --Listados o bonitos de vientre rayado. --Los demás. -Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii), excepto hígados, huevas y lechas. -Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus) excepto hí gados, huevas y lechas. -Los demás pescados, excepto hígado, huevas y lechas:

Página 8 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

A

5

A

15

A

15

A

15 15 15

A A A

15 15 15 15 10

A A A A EXCL.

15

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0303.71.00 0303.72.00 0303.73.00 0303.74.00 0303.75.00 0303.76.00 0303.77.00 0303.78.00 0303.79.00 0303.80.00 0304 0304.10 0304.10.10 0304.10.90 0304.20 0304.20.10 0304.20.90 0304.90.00 0305

0305.10.00 0305.20.00 0305.30 0305.30.10 0305.30.90

0305.41.00

0305.42.00 0305.49 0305.49.10 0305.49.90 0305.51.00 0305.59.00

0305.61.00 0305.62.00 0305.63.00 0305.69.00 0306

0306.11.00 0306.12.00 0306.13.00 0306.14.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

EXCL.

15 15 10

A A EXCL.

--Escualos --Anguilas (Anguilla spp). --Róbalos (Dicentrarchus labrax y Dicentrarchus punctatus). --Merluzas (Merluccius spp.) y brótolas (Urophycis spp). --Los demás. Except Carangid fishes, frozen and other Mackerel frozen which staging is EXCL. -Hígados, huevas y lechas. FILETES Y DEMAS CARNE DE PESCADO (INCLUSO PICADA), FRESCOS, REFRIGERADOS O CONGELADOS. -Frescos o refrigerados: --Bacalaos en filete --Los demás. -Filetes congelados --Bacalao --Los demás. Except sardines fillets, frozen; herring fillet frozen; horse mackerel fillets, frozen and mackerel fillets, frozen which staging is EXCL. -Los demás. PESCADO SECO, SALADO O EN SALMUERA; PESCADO AHUMADO, INCLUSO COCIDO ANTES O DURANTE EL AHUMADO; HARINA, POLVO Y "PELLETS" DE PESCADO, APTOS PARA LA ALIMENTACIÓ N HUMANA. -Harina, polvo y "pellets" de pescado, aptos para la alimentación humana. -Hígado, huevas y lechas, secos, ahumados, salados o en salmuera. -Filetes de pescado, secos, salados o en salmuera, sin ahumar:

15 15 15 10 15

A A A A A

15

A

15 15

A A

15 15

A A

15

A

15 15

A A

--Bacalao. --Los demás. Except Mackerel fillets, dried, salted or in brine, but not smoked which staging is EXCL. -Pescado ahumado, incluidos los filetes: --Salmones del Pacífico, (oncorhynchus nerka, Oncorhynchus gorbuscha, Oncorhynchus keta, Oncorhynchus tschawytscha, Oncorhynchus kisutch, Oncorhynchus masou y Oncorhynchus rhodurus),salmones del atlántico (Salmo salar) y salmines del Danubio (Hucho hucho). --Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii). --Los demás. ---Bacalao. ---Los demás. Except other sardines, smoked which staging is EXCL. -Pescado ahumado, incluidos los filetes: --Bacalaos (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus). --Los demás. Except herrings or other sardines, small, dried, and dried sardines, whether or not salted, but not smoked which staging is ”EXCL” . -Pescado salado sin secar ni ahumar y pescado en salmuera: --Arenques (Clupea harengus, Clupea pallasii) --Bacalao (Gadus morhua, Gadus ogac, Gadus macrocephalus)

10 10

A A

5

A

15

A

10 10

A A

5 5

A A

10 5

EXCL. A

15 5

EXCL. A

15 5 15 15

A A A A

--Sardinas (Sardinas pilchardus, Sardinops spp), sardinelas (Sardinella spp.) y espadines (Sprattus sprattus). --Eglefinos (Melanogrammus aeglefinus). --Carboneros (Pollachius viens). --Caballas (Scomber scombus, Scomber australasicus, Scomber japonicus).

--Anchoas (Engraulis spp.). --Los demás. Except mackerel, salted or in brine which staging is EXCL. CRUSTÁ CEOS, INCLUSO PELADOS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; CRUSTACEOS SIN PELAR, COCIDOS EN AGUA O VAPOR, INCLUSO REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; HARINA, POLVO Y "PELLETS" DE CRUSTACIOS, APTOS PARA LA ALIMENTACIÓ N HUMANA. -Congelados: --Langostas (Palinurus spp., Panulirus spp., Jasus spp). --Bogavantes (Homarus spp). --Camarones, langostinos y demás Decápodos natantia. --Cangrejos, (excepto macruros)

Página 9 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0306.19.00

0306.21 0306.21.10 0306.21.20 0306.21.30 0306.22 0306.22.10 0306.22.20 0306.22.30 0306.23 0306.23.11 0306.23.12 0306.23.13 0306.23.91 0306.23.92 0306.23.93 0306.24 0306.24.10 0306.24.20 0306.24.30 0306.29 0306.29.10 0306.29.20 0306.29.30 0306.29.40

DESCRIPCION --Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets" de crustáceos, aptos para la alimentación humana. -Sin congelar: -Langostas (palinurus spp., Panulirus spp., Jasus spp): ---Vivas, frescas o refrigeradas. ---Secos, salados o en salmuera. ---Cocidas en agua o vapor, sin pelar. --Bogavantes (Homarus spp).: ---Vivos, frescos o refrigerados. ---Secos, salados o en salmuera. ---Cocidas en agua o vapor, sin pelar. --Camarones, langostinos y demás Decápodos natantia ---Camarones, langostinos. ----Vivos, frescos o refrigerados. ----Secos, salados o en salmuera. ----Cocidas en agua o vapor, sin pelar. ---Los demás Decápodos natantia. ----Vivos, frescos o refrigerados. ----Secos, salados o en salmuera. ----Cocidas en agua o vapor, sin pelar. --Cangrejos, (excepto macruros) ---Vivos, frescos o refrigerados sin cocer ni pelar. ---Secos, salados o en salmuera. ---Cocidas en agua o vapor, sin pelar. --Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets" de crustáceos, aptos para la alimentación humana: ---Vivos, frescos o refrigerados. ---Secos, salados o en salmuera. ---Cocidas en agua o vapor, sin pelar. ---Harina, polvo y "pellets" de crustáceos aptos para la alimentación humana.

0307

MOLUSCOS, INCLUSO SEPARADOS DE SUS VALVAS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; INVERTEBRADOS ACUÁ TICOS, EXCEPTO LOS CRUSTÁ CEOS Y MOLUSCOS, VIVOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SECOS, SALADOS O EN SALMUERA; "HARINA, POLVO Y "PELLETS" DE INVERTEBRADOS ACUÁ TICOS, EXCEPTO LOS CRUSTÁ CEOS, APTOS PARA LA ALIMENTACIÓ N HUMANA".

0307.10 0307.10.10 0307.10.20 0307.10.90

-Ostras. --Vivas, frescas o refrigeradas. --Congeladas. --Los demás. -Veneras (vieiras), volandeiras y demás moluscos de los géneros Pecten, Chlamys o Placopecten: --Vivos, frescos o refrigerados. --Los demás: ---Congeladas. ---Los demás. -Mejillones (Mytilus spp., Perna spp.): --Vivos, frescos o refrigerados. --Los demás: ---Congeladas. ---Los demás. -Jibias (Sepia officinalis Rossia macrosoma) y globitos (Sepiola spp.); calamares y potas (Ommastrephes spp., Loligo spp., Nototodarus spp., Sepioteuthis spp.):

0307.21.00 0307.29 0307.29.10 0307.29.90 0307.31.00 0307.39 0307.39.10 0307.39.90

0307.41.00 0307.49 0307.49.10 0307.49.90

--Vivos, frescos o refrigerados. --Los demás: ---Congelados. ---Los demás.

Página 10 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

A

15 15 15

A A A

5 15 15

A A A

15 15 15

A A A

LIBRE 15 15

A A A

15 15 15

A A A

15 15 15 15

A A A A

15 15 15

C C C

15

A

15 15

A A

15

A

15 15

A A

15

A

15 15

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0307.51.00 0307.59 0307.59.10 0307.59.90 0307.60 0307.60.10 0307.60.90

0307.91 0307.91.10

0307.91.21 0307.91.29 0307.91.31 0307.91.39 0307.91.90 0307.99 0307.99.11 0307.99.19 0307.99.20 0307.99.30

DESCRIPCION -Pulpos (Octopus spp.): --Vivos, frescos o refrigerados. --Los demás: ---Congelados. ---Los demás. -Caracoles, excepto los de mar: --Vivos, frescos o refrigerados, congelados. --Los demás. -Los demás, incluidos la harina, polvo y "pellets" de invertebrados acuáticos, evcepto los crustáceos, aptos para la alimentación humana: --vivos, frecos o refrigerados: ---Moluscos. Except hard clam, live, fresh or chilled and other moluscs and aquatic invertebrates which staging is C. ---Erizo de mar: ----Vivos. ----Los demás. ---Los demás, propios para la alimentación humana: ----Vivos. ----Los demás. ---Los demás. --Los demás: ---Moluscos: ---Congelados. Except hard clams, frozen and conch frozen which staging is C. ---Los demás. ---Los demás invertebrados acuáticos (excepto crustáceos o moluscos). Except sea-cucumber frozen which staging is C. ---Harina, polvo "pellets", excepto de crustáceos, aptos para la alimentación humana.

Página 11 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

A

15 15

A A

15 15

A A

15

A

15 15

A A

15 15 15

A A C

15

A

15 15

A A

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

73

EXCL.

73 70

EXCL. EXCL.

73

EXCL.

20

EXCL.

40 40

EXCL. EXCL.

40

A

70

EXCL.

65

EXCL.

76

EXCL.

5

A

65

EXCL.

76

EXCL.

5

A

65

EXCL.

76

EXCL.

10 5

A A

163

EXCL.

163

EXCL.

163

EXCL.

CAPITULA 04 04

0401 0401.10.00 0401.20 0401.20.10 0401.20.20 0401.20.90 0401.30 0401.30.10 0401.30.21 0401.30.29 0402 0402.10 0402.10.10 0402.10.91 0402.10.92

0402.10.99

0402.21 0402.21.10 0402.21.91

0402.21.99 0402.29 0402.29.10 0402.29.91

0402.29.99 0402.91 0402.91.11 0402.91.19 0402.91.91 0402.91.92 0402.91.99 0402.99

LECHE Y PRODUCTOS LÁ CTEOS; HUEVOS DE AVE; MIEL NATURAL; PRODUCTOS COMERCIALES DE ORIGEN ANIMAL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE LECHE Y NATA (CREMA), SIN CONCENTRAR, SIN ADICIÓ N DE AZÚ CAR NI EDULCORANTE -Con un contenido de materias grasa inferior o igual al 1% en peso. -Con un contenido de materias grasa superior al 1% pero inferior o igual al 6% en peso: --Leche (fluida), en envases asépticos, duración, sin refrigerar. --Leche (fluida), en envases asépticos, para larga duración, sin refrigeración, deslactosada. --Las demás. -Con un contenido de materias grasas, superior al 6% en peso. --Leche. --Nata (crema): ---Para batir. ---Los demás. LECHE Y NATA (CREMA), CONCENTRADAS O CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE. -En polvo, gránulos o demás formas, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 15% en peso: --De cabra. --Los demás: ---En envases que no exceden de 1 Kg. Neto (uso exclusivamente doméstico), excepto las contempladas en la partida No.0402.10.92 ---Para la alimentación infantil presentadas en envase para la venta al por menor, compuesta de leche entera, leche descremada, lactosa, lecitina, vitaminas y sales minerales. ---Los demás. -En polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de maderias grasas superior al 1.5% en peso: --Sin adición de azúcar ni otro edulcorante: ---De cabra. ---Los demás. ----Para la alimentación infantil presentadas en envase para la venta al por menor, compuesta de leche entera, lactosa, lecitina, vitaminas y sales minerales. ----Los demás. --Las demás: ---De cabra. ---Las demás: ----Para la alimentación infantil presentadas en envase para la venta al por menor, compuesta de leche entera, lactosa, lecitina, vitaminas y sales minerales. ----Los demás. -Los demás: --Sin adición de azúcar ni otro edulcorante: ---De cabra: ----Evaporada ----Las demás ---Las demás ----Evaporadas, con un contenido de materias grasas, inferior o igual al 1.5% en peso. ----Evaporadas, con un contenido de materias grasas, inferior a 1.5% en peso. ----Las demás --Las demás: ---De cabra:

Página 12 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0402.99.11 0402.99.19

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 5

B A

0402.99.91

----Evaporada. ----Las demás ---Las demás: ----Evaporadas, con un contenido de materias grasas, inferior o igual al 1.5%.

163

EXCL.

0402.99.92

----Evaporadas, con un contenido de materias grasas, superior al 1.5% en peso.

163

EXCL.

0402.99.93 0402.99.99 0403

----Leche condensada. ---Las demás SUERO DE MANTEQUILLA (DE MANTECA), LECHE Y NATA (CREMA) CUAJADAS, YOGUR, KEFIR Y DEMÁ S LECHES Y NATAS (CREMAS), FERMENTADAS O ACIDIFICADAS, INCLUSO CONCENTRADOS, CON ADICI Ó N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE, AROMATIZADOS O CON FRUTAS U OTROS FRUTOS O CACAO. -Yogur: --Sin concentrar ni azucarar o edulcorar de otro modo y sin aromas, frutas ni cacao. --Concentrado o azucarado, sin aromas, frutas, ni cacao: ---Con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1.5% en peso (descremado). ---Con un contenido de materias grasas superior al 1.5% en peso. --Con cacao (concentrado o sin concentrar, incluso azucarado o edulcorado de otro modo o aromatizado): ---En proporción inferior al 50% en peso. ---En proporción igual o superior al 50% en peso. --Los demás: ---Yogur líquido, incluso con cacao. ---Los demás -Los demás: --Sin concentrar, ni azucarar o edulcorar de otro modo y sin aromas, frutas o cacao. ---Crema (nata) ---Suero de mantequilla (Babeurre). ---Cuajada. ---Los demás. --Concentrados, azucarados o udulcorados de otro modo, sin aroma, frutas, ni cacao (excepto de cabra): ---En polvo, gránulos u otras formas sólidas, en envases que no exceden de 1Kg neto (uso exclusivamente doméstico), con un contenido de materias grasas, igual o inferior a 1.5% en peso.

161 161

C EXCL.

15

EXCL.

15

EXCL.

30

EXCL.

15 10

EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

40 20 30 30

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

40

EXCL.

---En polvo, gránulos u otras formas sólidas, en envases cuyo peso sea mayor de 1Kg neto, con un contenido de materias grasas, igual o inferior a 1.5% en peso. ---En polvo, gránulos u otras formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior a 1.5% en peso. ---Suero de mantequilla (Babeurre). ---Los demás. --De cabra, concentrados o azucarados o edulcorados de otro modo, sin aromas, frutas, ni cacao: ---En polvo, gránulos u otras formas sólidas. ---Los demás. --Con cacao, concentrado o sin concentrar, incluso azucarados o edulcorados de otro modo: ---En proporción inferior al 50% en peso. ---En proporción igual o superior al 50% en peso. --Los demás.

76

EXCL.

76

EXCL.

40 40

EXCL. EXCL.

5 40

A B

22.5 10 135

EXCL. EXCL. EXCL.

0403.10 0403.10.10

0403.10.21 0403.10.22

0403.10.31 0403.10.32 0403.10.91 0403.10.99 0403.90

0403.90.11 0403.90.12 0403.90.13 0403.90.19

0403.90.21

0403.90.22

04039023 0403.90.24 0403.90.29

0403.90.31 0403.90.39

0403.90.41 0403.90.42 0403.90.90

Página 13 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0404

0404.10

0404.10.11 0404.10.19 0404.10.91 0404.10.99 0404.90

0404.90.11 0404.90.19 0404.90.21 0404.90.29 0404.90.91 0404.90.99 0405 0405.10.00 0405.20 0405.20.10 0405.20.90 0405.90 0405.90.10 0405.90.90 0406 0406.10 0406.10.10 0406.10.90 0406.20 0406.20.10 0406.20.90 0406.30.00 0406.40.00 0406.90 0406.90.11 0406.90.19 0406.90.20 0406.90.90 0407 0407.00.10 0407.00.20 0407.00.90

DESCRIPCION LACTOSUERO, INCLUSO CONCENTRADO O CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE; PRODUCTOS CONSTITUIDOS POR LOS COMPONENTES NATURALES DE LA LECHE, INCLUSO CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Lactosuero, aunque esté modificado, incluso concentrado o con adición de azú car u otro edulcorente. --De leche de cabra: ---En polvo, gránulos u otras formas sólidas, incluso azucarados o edulcorados de otro modo. ---Los demás. --Los demás: ---Sin concentrar, ni azucarar o edulcorar de otro modo. ---Los demás. -Los demás: --En polvo, gránulos u otras formas sólidas, incluso azucarados o edulcorados de otro modo: ---Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, elaborados especialmente para la crianza de animales. ---Los demás. --Los demás, azucarados o edulcorados de otro modo: ---Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, elaborados especialmente para la crianza de animales. ---Los demás. --Los demás: ---Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, elaborados especialmente para la crianza de animales. ---Los demás. MANTEQUILLA (MANTECA) Y DEMÁ S MATERIAS GRASAS DE LA LECHE; PASTAS LÁ CTEAS PARA UNTAR. -Mantequilla (manteca). -Pastas lácteas para untar: --Con un contenido de grasa láctea superior o igual al 75% en peso. --Los demás. -Los demás: --Aceite de mantequilla. --Los demás. QUESOS Y REQUESÓ N -Queso fresco (sin madurar), incluido el de lactosuero. --Mozarella. --Los demás. -Queso de cualquier tipo, rallado o en polvo: --Para uso industrial. --Los demás. -Queso fundido, excepto el rayado o en polvo: -Queso de pasta azul. -Los demás quesos: --Cheddar ---Para uso industrial sin partir, en empaques de 20.0 KN o más. ---Los demás. --Muenster --Los demás. HUEVOS DE AVE CON CÁ SCARA, (CASCARÓ N) FRESCOS, CONSERVADOS O COCIDOS. -Para incubación -Para consumo humano -Los demás.

Página 14 de 327

TASA BASE

PLAZO

5

A

40

B

40 40

EXCL. EXCL.

5

A

135

EXCL.

5

A

40

EXCL.

5

A

40

EXCL.

15

C

15 10

C C

Libre 15

A C

40 40

EXCL. EXCL.

40 40 40 15

EXCL. EXCL. EXCL. A

30 40 15 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

5 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0408

0408.11.00 0408.19.00 0408.91.00 0408.99.00 0409.00.00 0410

0410.00.11 0410.00.19 0410.00.90

DESCRIPCION HUEVOS DE AVE SIN CÁ SCARA, (CASCARÓ N) Y YEMAS DE HUEVO, FRESCOS, SECOS, COCIDOS EN AGUA O VAPOR, MOLDEADOS, CONGELADOS O CONSERVADOS DE OTRO MODO, INCLUSO CON ADICI Ó N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE. -Yemas de huevo: --Secas. --Los demás. -Los demás: --Secos. --Los demás. MIEL NATURAL. PRODUCTOS COMERCIALES DE ORIGEN ANIMAL NO EXPRESADOS EN OTRA PARTE. -Huevos: --Con cáscara. --Los demás -Los demás:

Página 15 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15

EXCL. EXCL.

15 15 15

EXCL. EXCL. C

15 15 15

C C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

A

15 15 10

A A A

Libre 15 15

A EXCL. B

15

A

15 15 15

A A A

10 15

A A

10 15

A A

10

A

15 10 15 15 15

C C C C C

10 15 10 15

A A A A

CAPITULO 05 05 0501.00.00 0502 0502.10.00 0502.90.00 0503.00.00 0504

0504.00.10 0504.00.20 0504.00.90 0505

0505.10.00 0505.90 0505.90.10 0505.90.20 0505.90.90 0506

0506.10 0506.10.10 0506.10.90 0506.90 0506.90.10 0506.90.90 0507

0507.10.00 0507.90 0507.90.10 0507.90.20 0507.90.30 0507.90.40 0507.90.90 0508

0508.00.10 0508.00.20 0508.00.30 0508.00.90

LOS DEMÁ S PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE CABELLO EN BRUTO, INCLUSO LAVADO O DESGRASADO; DESPERDICIOS DE CABELLO CERDAS DE CERDO O DE JABALÍ; PELO DE TEJÓ N Y DEMAS PELOS DE CEPILLERIA; DESPERDICIOS DE DICHAS CERDAS O PELOS -Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios. -Los demás CRIN Y SUS DESPERDICIOS, INCLUSO EN CAPAS CON SOPORTE O SIN É L TRIPAS, VEJIGAS Y ESTÓ MAGOS DE ANIMALES, EXCEPTO LOS DE PESCADO, ENTEROS O EN TROZOS, FRESCOS, REFRIGERADOS, CONGELADOS, SALADOS O EN SALMUERA, SECOS O AHUMADOS. -Tripas para la fabricación de embutidos -Estómagos y vejigas comestible -Los demás PIELES Y DEMÁ S PARTES DE AVE, CON SUS PLUMAS O SU PLUMÓ N, PLUMAS Y PARTES DE PLUMAS (INCLUSO RECORTADAS) Y PLUMÓ N EN BRUTO O SIMPLEMENTE LIMPIADOS, DESINFECTADOS O PREPARADOS PARA SU CONSERVACIÓ N; POLVO Y DESPERDICIOS DE PLUMAS O DE PARTES DE PLUMAS. -Plumas de las utilizadas para relleno; plumón. -Los demás: --Pieles y otras partes de aves provistas de sus plumas y plumones. --Plumas para adorno --Los demás HUESOS Y NÚ CLEOS CÓ RNEOS, EN BRUTO, DESGRASADOS, SIMPLEMENTE PREPARADOS(PERO SIN CORTAR EN FORMA DETERMINADA), ACIDULADAS O DESGELATINIZADOS; POLVOS Y DESPERDICIOS DE ESTAS MATERIAS -Oseina y huesos acidulados: --Huesos de ballena --Los demás -Los demás --Huesos de ballena --Los demás MARFIL, CONCHA (CAPARAZÓ N) DE TORTUGA, BALLENAS DE MAMÍ FEROS MARINOS (INCLUIDAS LAS BARBAS), CUERNOS, ASTAS, CASCOS, PEZUÑ AS, UÑ AS, GARRAS Y PICOS, EN BRUTO O SIMPLEMENTE PREPARADOS, PERO SIN CORTAR EN FORMA DETERMINADA; POLVO Y DESPERDICIOS DE ESTAS MATERIA -Marfil; polvo y desperdicios de marfil -Los demás: --Cuernos --Barbas de ballena -Maslo de Asta --Carey --Los demás CORAL Y MATERIAS SIMILARES, EN BRUTO O SIMPLEMENTE PREPARADOS, PERO SIN OTRO TRABAJO; VALVAS Y CAPARAZONES DE MOLUSCOS, CRUSTÁ CEOS O EQUINODERMOS, Y JIBIONES, EN BRUTO O SIMPLEMENTE PREPARADOS, PERO SIN CORTAR EN FORMA DETERMINADA, SUS POLVOS Y DESPERDICIOS. -Coral -Concha nácar -Huesos de Jibia -Los demás

Página 16 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0509.00.00 0510

0510.00.10 0510.00.20 0510.00.90 0511

0511.10.00 0511.91 0511.91.10 0511.91.90 0511.99 0511.99.10 0511.99.20 0511.99.30 0511.99.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

ESPONJAS NATURALES DE ORIGEN ANIMAL ÁMBAR GRIS, CASTÓ REO, ALGALIA Y ALMIZCLE; CANTÁ RIDAS; BILIS, INCLUSO DESECADA, GLÁ NDULAS Y DEMÁ S SUSTANCIAS DE ORIGEN ANIMAL UTILIZADAS PARA LA PREPARACIÓ N DE PRODUCTOS FARMACÉ UTICOS, FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O CONSERVADAS PROVISIONALMENTE DE OTRA FORMA. -Ámbar gris, castóreo; algalia y almizcle; cantaridas -Testiculos. -Los demás. Except Lu pien (cervi penis) and tendons, deer which staging is C.

15

B

10 15 15

A A A

Libre

A

15 15

A A

10 Libre Libre Libre

A A A A

PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANIMALES MUERTOS DE LOS CAPÍTULOS 1 ó 3, IMPROPIOS PARA LA ALIMENTACIÓ N HUMANA. -Semen de bovino -Los demás --Productos de pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuá ticos; animales muertos del capítulo 3: ---Escamas y sus deperdicios ---Los demás. --Los demás ---Cochinilla en bruto o simplemente preparada ---Huevos y huevas ---Semen de animales ---Los demás

Página 17 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

Libre

A

Libre

A

Libre Libre

A A

Libre Libre

A A

Libre Libre

A A

15 15

C C

15

C

5 15 15

A C C

CAPITULO 06 06 0601

0601.10.00 0601.20.00 0602 0602.10.00 0602.20.00 0602.30.00 0602.40.00 0602.90 0602.90.10 0602.90.90 0603

0603.10.00 0603.90.00 0604

0604.10.00 0604.91 0604.91.10 0604.91.90 0604.99.00

PLANTAS VIVAS Y PRODUCTOS DE LA FLORICULTURA BULBOS, CEBOLLAS, TUBÉ RCULOS, RAÍCES Y BULBOS TUBEROSOS, TURIONES Y RIZOMAS, EN REPOSO VEGETATIVO, EN VEGETACIÓ N O EN FLOR; PLANTAS Y RAÍCES DE ACHICORIA, EXCEPTO LAS RAICES DE LA PARTIDA No. 12.12. -Bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbostuberosos, turiones y rizomas, en reposo vegetativo. -Bulbos, cebollas, tubérculos, raíces y bulbos tuberosos, turiones y rizomas, en vegetación o en flor; plantas y raíces de achicoria. LAS DEMÁ S PLANTAS VIVAS (INCLUIDAS SUS RAÍCES), ESQUEJES E INJERTOS; BLANCO DE SETAS. -Esquejes sin enraizar e injertos -Á rboles, arbustos y matas, de frutas o de otros frutos comestibles, incluso injertados. -Rodondendros y azaleas, incluso injertados. -Rosales, incluso injertados. -Los demás: -Blanco de setas -Los demás FLORES Y CAPULLOS, CORTADOS PARA RAMOS O ADORNOS, FRESCOS, SECOS, BLANQUEADOS, TEÑ IDOS, IMPREGNADOS O PREPARADOS DE OTRA FORMA. -Frescos -Los demas FOLLAJE, HOJAS, RAMAS Y DEMÁ S PARTES DE PLANTAS, SIN FLORES NI CAPULLOS, Y HIERBAS, MUSGOS Y LÍQUENES, PARA RAMOS O ADORNOS, FRESCOS, SECOS, BLANQUEADOS, TEÑ IDOS, IMPREGNADOS O PREPARADOS DE OTRA FORMA. -Musgos y líquenes -Los demás: --Frescos. ---Á rboles de Navidad ---Los demás --Los demás

Página 18 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

Libre 85 15

A EXCL. C

75 10 15

EXCL. EXCL. C

15 15 15

C C C

30 15

C C

15 30

C C

15 15

C C

30 15

C C

15 15 15

C C C

15 15 15

C C C

15 15 15 30

C C C C

15 15 15 15

C C C C

10 15 15

B C C

CAPITULO 07 07 0701 0701.10.00 0701.90.00 0702.00.00 0703 0703.10.00 0703.20.00 0703.90.00 0704

0704.10 0704.10.10 0704.10.20 0704.20.00 0704.90 0704.90.10 0704.90.90 0705

0705.11.00 0705.19.00 0705.21.00 0705.29.00 0706

0706.10 0706.10.10 0706.10.20 0706.90 0706.90.91 0706.90.99 0707.00.00 0708 0708.10.00 0708.20.00 0708.90.00 0709 0709.10.00 0709.20.00 0709.30.00 0709.40.00 0709.51.00 0709.52.00 0709.60.00 0709.70.00 0709.90 0709.90.10 0709.90.20 0709.90.90

HORTALIZAS, PLANTAS, RAÍCES Y TUBÉ RCULOS ALIMENTICIOS PATATAS(PAPAS) FRESCAS O REFRIGERADAS -Para la siembra. -Las demás TOMATES FRESCOS O REFRIGERADOS CEBOLLAS, CHALLOTES, AJOS, PUERROS Y DEMÁ S HORTALIZAS (INCLUSO SILVESTRES) ALIÁ CEAS, FRESCOS O REFRIGERADOS -Cebollas y chalotes -Ajos -Puerros y demás hortalizas aliáceas. COLES, INCLUIDOS LOS REPOLLOS, COLIFLORES, COLES RIZADAS, COLINABOS Y PRODUCTOS COMESTIBLES SIMILARES DEL GÉ NERO BRASSICA, FRESCOS O REFRIGERADOS. -Coliflores y brécoles ("broccoli"): --Coliflores --Brécoles ("brococoli") -Coles (repollitos) de Bruselas. -Los demás: --Coles Lombardas (repollo) --Los demás LECHUGAS (LACTUCA SATIVA) Y ACHICORIAS, COMPRENDIDAS LA ESCAROLA Y LA ENDIBIA (CICHORIUM spp.) FRESCAS O REFRIGERADAS -Lechugas: --Repolladas. --Las demás -Achicorias comprendidas la escarola y la endibia: --Endibia "Witloof" (Cichorium intybus var. Foliosum) --Las demás ZANAHORAIS, NABOS, REMOLACHAS PARA ENSALADA., SALSIFÍES, APIONABOS RABANOS Y RAÍCES COMESTIBLES SIMILARES, FRESCOS O REFRIGERADOS. -Zanahorias y nabos: --Zanahorias. --Nabos -Los demás --Remolacha para ensalada. --Los demás PEPINOS Y PEPINILLOS, FRESCOS O REFRIGERADOS. HORTALIZAS (INCLUSO SILVESTRES) DE VAINAS, AUNQUE ESTÉ N DESVAINADAS, FRESACAS O REFRIGERADAS -Guizantes (arvejas, chícharos) (Pisum sativum). -Judias (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) (Vigna spp., Phaseolus spp) -Las demás LAS DEMÁ S HORTALIZAS (INCLUSO SILVESTRES), FRESCAS O REFRIGERADAS. -Alcachofas (alcauciles). -Esparragos -Berenjenas. -Apio, excepto el apionabo. -Setas y demás hongos, y trufas: --Setas y demás hongos --Trufas -Frutos del género "Capsicum" o "Pimenta". -Espinacas (incluida la dse Nueva zelanda) y armuelles -Las demás: -Aceitunas y alcaparras. -Maíz dulce (Zea mays var saccharata). --La demás

Página 19 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0710 0710.10.00 0710.21.00 0710.22.00 0710.29 0710.29.10 0710.29.90 0710.30.00 0710.40 0710.40.10 0710.40.20 0710.80 0710.80.10 0710.80.20 0710.80.30 0710.80.40 0710.80.50 0710.80.60

0710.80.91 0710.80.92 0710.80.93 0710.80.94 0710.80.95 0710.80.96 0710.80.97 0710.80.98 0710.80.99 0710.90.00 0711

0711.10.00 0711.20.00 0711.30.00 0711.40.00 0711.90 0711.90.11 0711.90.12 0711.90.13 0711.90.14 0711.90.19 0711.90.90 0712

0712.20.00 0712.30.00 0712.90 0712.90.10 0712.90.20 0712.90.30 0712.90.90

DESCRIPCION HORTALIZA (INCLUSO SILVESTRES), AUNQUE ESTÉ N COCIDAS EN AGUA O VAPOR, CONGELADAS. -Patatas (papas) -Hortalizas de vaina, incluso desvainadas: --Guizantes (arvejas chicharos) (Pisum sativum). --Judias (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) (Vigna spp. Phaselous spp.) --Los demás: ---Habas verdes ---Las demás -Espinacas (incluida la de Nueva Zelanda) y armuelles. -Maíz dulce: --Maíz en mazorca --En grano. -Las demás hortalizas: --Aceitunas --Alcaparras --Cebollas --Hongos, setas y trufas. --Ajos --Tomates --Apio, lechugas, repollos, zanahorias, remolachas y demás hortalizas, sin mezclar: ---Apio ---Lechuga ---Repollos (col lombarda o col común). ---Zanahorias ---Remolacha ---Brócoles ("brocolli") ---Coliflor ---Coles de Bruselas. ---Los demás -Mezcla de hortalizas HORTALIZAS (INCLUSO SILVESTRES) CONSERVADAS PROVISIONALMENTE POR EJEMPLO: CON GAS SULFUROSO O CON AGUA SALADA, SULFUROSA O ADICIONADA DE OTRAS SUNTANCIAS PARA ASEGURAR DICHA CONSERVAXIÓ N), PERO TODAVÍA IMPROPIAS PARA CONSUMO INMEDIATO. -Cebollas -Aceituna -Alcaparras -Pepinos y pepinillos. -Las demás hortalizas; mezclas de hortalizas: --Las demás legumbres y hortalizas "sin mezclar" ---Hongos, setas y trufas ---Tomates ---Ajos ---Apios ---Las demás --Los demás HORTALIZAS (INCLUSO SILVESTRE) SECAS, BIEN CORTADAS EN TROZOS O EN RODAJAS, O BIEN TRITURADAS O PULVERIZADAS, PERO SIN OTRA PREPARACIÓ N. -Cebollas -Setas y demás hongos, y trufas -Las demás hortalizas, mezcla de hortalizas: --Tomates --Ajos en polvo --Papas (patatas), incluso en trozos o en rodajas, pero sin otra preparación. --Los demás

Página 20 de 327

TASA BASE

PLAZO

70

C

15 15

C C

15 15 15

B C C

15 15

C C

10 10 15 15 10 15

C C C C C C

15 15 15 15 15 15 15 15 15 15

C C C C C C C C C C

15 10 10 Libre

C C C A

15 15 15 15 Libre Libre

C C C C A A

Libre Libre

A A

15 10 10 Libre

B EXCL. C A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0713 0713.10 0713.10.10 0713.10.90 0713.20 0713.20.10 0713.20.90 0713.31 0713.31.10 0713.31.20 0713.31.90 0713.32 0713.32.10 0713.32.20 0713.32.90 0713.33 0713.33.10 0713.33.20 0713.33.30 0713.33.90 0713.39 0713.39.10 0713.39.90 0713.40 0713.40.10 0713.40.90 0713.50 0713.50.10 0713.50.20 0713.50.90 0713.90 0713.90.10 0713.90.90 0714

0714.10.00 0714.20.00 0714.90 0714.90.10 0714.90.90

DESCRIPCION HORTALIZAS (INCLUSO SILVESTRES) DE VAINAS SECAS, DESVAINADAS, AUNQUE ESTÉ N MONDADAS O PARTIDAS -Guisantes (arvejas o chicharos) (Pisum sativum): --Para siembra --Los demás -Garbanzos: --Para siembra --Los demás -Judías (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) (Vigna spp., Phaseolus spp.): --Judias (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) de las especies Vigna mungo (L) Hepper o Vigna radiata (L) Wilczek: ---Para siembra ---Rosados o Pintos ---Los demás --Judias (porotos, alubias, frijoles, fréjoles) Adzuqui (Pphaseolus o Vigna angularis): ---Para siembra ---Rosados o Pintos ---Los demás --Judía (poroto, alubia, frijol, frejol) común (Phaseolus vulgaris) ---Para siembra ---Rosados o pintos. ---Porotos colorados ---Los demás --Las demás: ---Para siembra ---Las demás -Lentejas: --Para siembra. --Las demás -Habas (Vicia faba var. Major), haba caballar (Vicia faba var.equina) y haba menor (Vicia faba var.minor): --Para siembra --Habas chicas --Las demás -Las demas: --Para la siembra --Los demás RAÍCES DE MANDIOCA, (YUCA) ARRURRUZ O SALEP, AGUATURMAS (PATACAS), BATATAS (BONIATOS, Camotes) y raíces y tuberculos similares ricos en fécula o inulina, frescos, refrigerados, congelados o secos, incluso troceados o en "pellets"; médula de sagú. -Raíces de mandioca (yuca) -Batatas (boniatos, camotes) -Los demás: --Ñ ame --Los demás

Página 21 de 327

TASA BASE

PLAZO

Libre Libre

A A

Libre 15

A B

Libre 15 15

A C C

Libre 15 15

A EXCL. EXCL.

Libre 15 70 15

A C C C

Libre Libre

A A

Libre 15

A B

Libre 15 5

A B A

Libre 15

A B

15 15

A B

15 15

C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

A

15 15

EXCL. EXCL.

15 10

B B

15 10

B B

10 10

A A

10 10

A A

10 2

A A

10 10

A A

5 Libre

A A

15 10

B B

2 2

A A

10

A

10

A

15 10

EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15 10

B B

CAPITULO 08 08

0802.31.00 0802.32.00 0802.40 0802.40.10 0802.40.20 0802.50 0802.50.10 0802.50.20 0802.90 0802.90.10

FRUTAS Y FRUTOS COMESTIBLES; CORTEZAS DE AGRIOS (CÍTRICOS), MELONES O SANDÍAS COCOS, NUECES DEL BRASIL Y NUECES DE MARAÑ ON (MEREY,CAJUIL, ANACARDO, "CAJÚ "), FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN CÁ SCARA O MONDADOS. -Cocos: --Secos. --Los demás: ---Rayados. ---Los demás. -Nueces del Brasil: --Con cáscara: ---Frescas ---Secas --Sin cáscara: ---Frescas. ---Secas -Nueces de marañon (merey, cajuil, anacardo, "caju"): --Con cáscara: ---Frescas ---Secas --Sin cáscara: ---Frescas. ---Secas LOS DEMÁ S FRUTOS DE CÁ SCARA FRESCOS O SECOS, INCLUSO SIN C Á SCARA O MONDADOS -Almendras: --Con cáscara --Sin cáscara -Avellanas (Corylus spp.): --Con cáscara. --Sin cáscara -Nueces de nogal: --Con cáscara --Sin cáscara -Castaña (castanea spp.): --Con cáscara. --Sin cáscara -Pistachos: --Con cáscara. --Sin cáscara -Los demás: --Con cáscara. Except Areca (betel) nuts, fresh or dried which staging is EXCL.

0802.90.20

--Sin cáscara. Except Areca (betel) nuts, fresh or dried which staging is EXCL.

0803

BANANAS O PLATANOS, FRESCOS O SECOS -Plátanos --Frescos --Secos -Bananas: --Frescas --Secas DÁ TILES, HIGOS, PIÑ AS TROPICALES (ANANÁ S), AGUACATES (PALTAS), GUAYABAS, MANGOS Y MANGOSTANES, FRESCOS O SECOS -Dátiles: --Frescos --Secos

0801

0801.11.00 0801.19 0801.19.10 0801.19.90 0801.21 0801.21.10 0801.21.20 0801.22 0801.22.10 0801.22.20 0801.31 0801.31.10 0801.31.20 0801.32 0801.32.10 0801.32.20 0802

0802.11.00 0802.12.00 0802.21.00 0802.22.00

0803.00.11 0803.00.12 0803.00.21 0803.00.22 0804 0804.10 0804.10.10 0804.10.20

Página 22 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0804.20 0804.20.10 0804.20.20 0804.30 0804.30.10 0804.30.20 0804.40 0804.40.10 0804.40.20 0804.50 0804.50.10 0804.50.20 0805 0805.10 0805.10.10 0805.10.20 0805.20 0805.20.10 0805.20.20 0805.30 0805.30.10 0805.30.20 0805.40 0805.40.10 0805.40.20 0805.90 0805.90.10 0805.90.20 0806 0806.10.00 0806.20.00 0807 0807.11.00 0807.19.00 0807.20.00 0808 0808.10.00 0808.20 0808.20.10 0808.20.20 0809

0809.10.00 0809.20.00 0809.30.00 0809.40.00 0810 0810.10.00 0810.20 0810.20.10 0810.20.90 0810.30.00 0810.40.00 0810.50.00 0810.90 0810.90.10 0810.90.20

DESCRIPCION -Higos --Frescos --Secos -Piñas tropicales (ananás) --Frescos --Secos -Aguacates (paltas): --Frescos --Secos -Guayabas, mangos y mangostones: --Frescos. Except mangoes which staging is EXCL. --Secos. Except mangoes which staging is EXCL. AGRIOS, (CÍTRICOS) FRESCOS O SECOS -Naranjas: --Frescas --Secas -Mandarinas (incluidas las tangerinas y satsumas); clementinas, wilkings e hí bridos similares de agrios (cítricos): --Frescas --Secas -Limones (Citrus limon, citrus limonun) y lima agria (citrus aurantifolia): --Frescos --Secos -Toronjas o pomelos --Frescos --Secos -Los demás: --Frescos. Except shaddock, fresh or dried which staging is EXCL. --Secos. Except shaddock, fresh or dried which staging is EXCL. UVAS, FRESCAS O SECAS, INCLUIDAS LAS PASAS. -Frescas -Secas, incluidas las pasas MELONES, SANDIAS Y PAPAYAS, FRESCOS -Melones y sandías: --Sandias --Los demás -Papayas MANZANAS, PERAS Y MEMBRILLOS, FRESCOS. -Manzanas -Peras y membrillos: --Peras --Membrillos ALBARICOQUES (DAMASCOS, CHABACANOS), CEREZAS, MELOCOTONES (DURAZNOS) (INCLUIDOS LOS GRIÑ ONES Y NECTARINAS), CIRUELAS Y ENDRINAS, FRESCOS -Albaricoques (damascos, chabacanos): -Cerezas -Melocotones (duraznos), incluidos los griñones y nectarinas -Ciruelas y endrinas LAS DEMÁ S FRUTAS U OTROS FRUTOS, FRESCOS -Fresas (frutillas) -Frambuesas, zarzamoras, moras y moras-frambuesa: --Frambuesas --Los demás -Grosellas, incluido el casis -Arándanos rojos, mirtilos y demás frutos del género Vaccinium -Kiwis -Los demás: --De clima tropical. Except Persimmons which staging is EXCL. -De clima no tropical

Página 23 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10

A A

15 15

EXCL. EXCL.

15 15

B B

15 10

B B

15 15

B B

15 15

B B

15 10

B B

15 10

B B

15 15

A B

Libre 2

A A

15 15 15

B B B

2

A

5 15

EXCL. A

10 1 2 Libre

B A A A

15

C

15 15 15 15 15

C C C B C

15 10

B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0811

0811.10.00 0811.20 0811.20.10 0811.20.90 0811.90 0811.90.11 0811.90.19 0811.90.21 0811.90.29 0812

0812.10.00 0812.20.00 0812.90 0812.90.10 0812.90.20 0813

0813.10.00 0813.20.00 0813.30.00 0813.40.00 0813.50

0813.50.11 0813.50.19 0813.50.21 0813.50.29 0813.50.90 0814.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

C

--Con adición de azúcar o edulcorados de otro modo. --Las demás -Los demás --Azucarados o edulcorados de otro modo: ---De clima tropical ---Los demás --Sin azucarar ni edulcorar de otro modo: ---De clima tropical ---Los demás FRUTAS Y OTROS FRUTOS, CONSERVADOS PROVISIONALMENTE (POR EJEMPLO: CON GAS SULFOROSO O CON AGUA SALADA, SULFUROSA O ADICIONADA DE OTRAS SUSTANCIAS PARA DICHA CONSERVACIÓ N), PERO TODAVÍA IMPROPIOS PARA CONSUMO INMEDIATO

Libre 15

A C

15 10

B B

15 10

B B

-Cerezas -Fresas (frutillas) -Los demás: --De clima tropical --Los demás FRUTAS Y OTROS FRUTOS, SECOS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS No. 08.01 a 08.06; MEZCLAS DE FRUTAS U OTROS FRUTOS, SECOS, O DE FRUTOS DE CÁ SCARA DE ESTE CAPÍTULO. -Albaricoques (damascos, chabacanos). -Ciruelas -Manzanas -Las demás frutas u otros frutos. Except Lungngans, dried and lungngan pulp which staging is EXCL -Mezcla de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo:

Libre 15

A C

10 15

C C

10 5 10 10

C A C B

5 5

A A

5 5 5 15

A A A C

FRUTAS Y OTROS FRUTOS, SIN COCER O COCIDOS EN AGUA O VAPOR, CONGELADOS, INCLUSO CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE -Fresas (frutillas) -Frambuesas, zarzamora, moras, moras-frambuesa y grosellas:

--Mezcla de frutas u otros frutos, secos, excepto los frutos de cáscara de la partida No. 08.02. ---De nueces. ---Las demás --Mezcla de frutos de cáscara de la partida No. 08.02: ---Con cáscara ---Sin cáscara ---Las demás CORTEZAS DE AGRIOS (CÍTRICOS), MELONES O SANDÍAS, FRESCAS, CONGELADAS, SECAS PRESENTADAS EN AGUA SALADA, SULFUROSA O ADICIONADA DE OTRAS SUSTANCIAS PARA SU CONSERVACIÓ N PROVISIONAL.

Página 24 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

30 30

EXCL. EXCL.

54 54

EXCL. EXCL.

30 30

EXCL. EXCL.

15

EXCL.

Libre 15

A EXCL.

15

EXCL.

15

C

Libre 10 10

A C C

Libre

A

Libre 15

A A

Libre 15

A A

Libre 15

A A

Libre 15

A A

Libre 15

A A

10 15

A A

10 15

A A

Libre 15

A A

CAPITULO 09 09 0901

0901.11.00 0901.12.00 0901.21.00 0901.22.00 090190 0901.90.10 0901.90.20 0902 0902.10.00 0902.20.00 0902.30.00 0902.40.00 0903.00.00 0904

0904.11.00 0904.12.00 0904.20.00 0905.00.00 0906 0906.10.00 0906.20.00 0907 0907.00.10 0907.00.20 0908 090810 0908.10.10 0908.10.20 0908.20 0908.20.10 0908.20.20 0908.30 0908.30.10 0908.30.20 0909 0909.10 0909.10.10 0909.10.20 0909.20 0909.20.10 0909.20.20 0909.30 0909.30.10 0909.30.20 0909.40

CAFÉ , TÉ , YERBA MATE Y ESPECIAS CAFÉ , INCLUSO TOSTADO O DESCAFEINADO; CÁ SCARA Y CASCARILLA DE CAFÉ ; SUCEDANEOS DEL CAFÉ QUE CONTENGAN CAFÉ EN CUALQUIER PROPORCIÓ N -Café sin tostar: --Sin descafeinar. --Descafeinado. -Café tostado: --Sin descafeinar --Descafeinado -Los demas: --Cascara y cascarilla de café --Sucedáneos del café que contengan café TÉ , INCLUSO AROMATIZADO -Té verde (sin fermentar) presentado en envases inmedaitos con un contenido inferior o igual a 3 kg. -Té verde (sin fermentar) presentado de otra forma. -Té negro (fermentado) y té parcialmente fermentado, presentados en envases inmediatos con un contenido inferior o igual a 3kg. -Té negro (fermentado) y té parcialmente fermentado, presentados de otra forma. YERBA MATE PIMIENTA DEL GÉ NERO PIPER; FRUTOS DE LOS GENEROS CAPSICUM O PIMIENTA, SECOS TRITURADOS O PULVERIZADOS -Pimienta: --Sin triturar ni pulverizar. --Triturada o pulverizada. -Frutos de los géneros Capsicum o Pimienta, secos, triturados o pulverizados. VAINILLA CANELA Y FLORES DE CANELERO. -Sin triturar ni pulverizar. -Triturados o pulverizados CLAVO (FRUTOS, CLAVILLOS, Y PEDÚ NCULOS) -Sin trituradas o pulverizados. -Triturados o pulverizados NUEZ MOSCADA, MACIS, AMOMOS Y CARDAMOMOS -Nuez moscada: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Macis: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Amomos y cardamomos: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. SEMILLAS DE ANÍS, BADIANA, HINOJO, CILANTRO, COMINO O ALCARAVEA; BAYAS DE ENEBRO -Semillas de anís o de baldiana --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Semillas de cilantro --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Semillas de comino: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Semillas de alcaravea:

Página 25 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 0909.40.10 0909.40.20 0909.50 0909.50.10 0909.50.20 0910 0910.10 0910.10.10 0910.10.20 0910.20 0910.20.10 0910.20.20 0910.30 0910.30.10 0910.30.20 0910.40 0910.40.10 0910.40.20 0910.50.00 0910.91 0910.91.10 0910.91.20 0910.99 0910.99.10 0910.99.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Semillas de hinojo; bayas de enebro: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. JENGIBRE, AZAFRÁ N, CÚ RCUMA, TOMILLO, HOJAS DE LAUREL, "CURRY" Y DEMAS ESPECIAS. -Jengibre --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Azafran --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Cúrcuma: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -Tomillo; hojas de laurel: --Sin triturar ni pulverizar. --Trituradas o pulverizadas. -"Curry" -Las demás especias: --Mezclas previstas en la Nota 1 b) de este Capítulo: ---Sin triturar ni pulverizar. ---Trituradas o pulverizadas. --Las demás: ---Sin triturar ni pulverizar. ---Trituradas o pulverizadas.

Libre 15

A A

Libre 15

A A

Libre 15

A B

Libre 15

A A

Libre Libre

A A

Libre 15 15

A A B

Libre 15

A C

Libre 15

A C

Página 26 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

Libre Libre 10 Libre Libre

A A A A A

Libre

A

Libre 69

A EXCL.

Libre 116 116 116 116

A EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

Libre 15

A C

10 Libre 5 10

A A A A

CAPITULO 10 10 1001 1001.10.00 1001.90.00 1002.00.00 1003.00.00 1004.00.00 1005 1005.10.00 1005.90 1005.90.10 1005.90.90 1006 1006.10 1006.10.10 1006.10.90 1006.20.00 1006.30.00 1006.40.00 1007 1007.00.10 1007.00.90 1008 1008.10.00 1008.20.00 1008.30.00 1008.90.00

CEREALES TRIGO Y MORCAJO (TRANQUILLON) -Trigo duro. -Los demas. CENTENO. CEBADA AVENA MAÍZ -Para siembra. -Los demás: --Maíz tipo "pop" (Zea mays everta). --Los demás (maíz sin preparar ni moler). ARROZ. -Arroz con cáscara (arroz "paddy"): --Para siembre. --Los demás -Arroz descacarillado (arroz cargo o arroz pardo) -Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado. -Arroz partido. SORGO DE GRANO (GRANIFERO). -Para siembra. -Los demas. ALFORFÓ N, MIJO Y ALPISTE; LOS DEMÁ S CEREALES. -Alforfón -Mijo -Apiste -Los demás cereales

Página 27 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10

EXCL. EXCL.

Libre

A

Libre 10 15 10

A A EXCL. C

10 15

C B

10 15 15 15

B B EXCL. C

15 15

C B

10 5 15

B A B

10 10

B A

15 69 69 15 15

B EXCL. EXCL. C C

Libre 15

A B

10 10 10

B A A

Libre 15

A B

CAPITULO 11 11 1101 11010010 11010020 1102 1102.10.00 1102.20 1102.20.10 1102.20.90 1102.30.00 1102.90.00 1103 1103.11.00 1103.12.00 1103.13. 1103.13.10 1103.13.90 1103.14.00 1103.19.00 1103.21.00 1103.29.00 1104

1104.11.00 1104.12.00 1104.19.00

1104.21.00 1104.22.00 1104.23 1104.23.10 1104.23.20 1104.23.90 1104.29.00 1104.30.00 1105 1105.10.00 1105.20.00 1106

1106.10.00 1106.20.00 1106.30.00 1107 1107.10 1107.10.10 1107.10.20

PRODUCTOS DE LA MOLINERÍA; MALTA; ALIMIDÓ N Y FÉ CULA; INULINA; GLUTEN DE TRIGO HARINA DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓ N) -Corriente -Enriquecida. HARINA DE CEREALES, EXCEPTO DE TRIGO O DE MORCAJO (TRANQUILLÓ N) -Harina de centeno -Harina de maíz --Pregelatinizada. --Los demas -Harina de arroz -Las demas GRAÑ ONES, SÉMOLA Y "PELLETS", DE CEREALES -Grañones y sémola: --De trigo --De avena --De maíz: ---Sémola, adyubante para cerveceria. ---Los demás. --De arroz --De los demás cereales -"Pellets": --De trigo --De los demás cereales. Except Pellets of rice which staging is EXCL. GRANOS DE CEREALES TRABAJADOS DE OTRO MODO (POR EJEMPLO: MONDADOS, APLASTADOS, EN COPOS PERLADOS, TROCEADOS O QUEBRANTADOS), EXCEPTO EL ARROZ DE LA PARTIDA No. 10.06; GERMEN DE CEREALES ENTERO, APLASTADO, EN COPOS O MOLIDO. -Granos aplastados o en copos: --De cebada. --De avena --De los demás cereales. Except Rolled of flaked rice which staging is EXCL. -Los demás granos trabajados (por ejemplo: mondados, perlados, troceados o quebrantados): --De cebada --De avena --De maíz ---De maíz tipo "pop" (Zea mays everta) ---Los demas troceados o quebrantados. ---Los demás. --De los demás cereales. -Gérmen de cereales entero, aplastado, en copos o molido. HARINA, SEMOLA, POLVO, COPOS, GRANULOS Y "PELLETS", DE PATATE (PAPA) -Harina, sémola y polvo. -Copos, granulos y "pellets" HARINA SÉMOLA Y POLVO DE LAS HORTALIZAS DE LA PARTIDA No. 07.13, DE SAGÚ O DE LAS RAÍCES O TUBÉ RCULOS DE LA PARTIDA 07.14; O DE LOS PRODUCTOS DEL CAPÍTULO 8. -De las hortalizas de la partida N0. 0713. -De sagú o de las raíces o tubérculos de la partida No. 07.14 -De los productos del Aapítulo 8. MALTA (DE CEBADA U OTROS CEREALES), INCLUSO TOSTADAS -Sin tostar: --Sin triturar ni pulverizar --Triturada o pulverizada.

Página 28 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 1107.20 1107.20.10 11072020 1108 1108.11.00 1108.12.00 1108.13.00 1108.14.00 1108.19 1108.19.10 1108.19.90 1108.20.00 1109.00.00

DESCRIPCION -Tostada: --Sin triturar ni pulverizar. --Triturada o pulverizada. ALMIDÓ N Y FÉ CULA; INULINA. -Almidón --Almidón de trigo. --Almidón de maíz. --Fécula de patata (papa) --Fécula de mandioca (yuca). -Los demás almidones y féculas: ---De batata ---Los demás -Inulina GLUTEN DE TRIGO, INCLUSO SECO.

Página 29 de 327

TASA BASE

PLAZO

Libre 10

A B

5 Libre 15 15

A A B B

15 15 15 Libre

EXCL. EXCL. C A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

Libre Libre

A A

Libre Libre

A A

Libre 5 15

A EXCL. A

Libre 15

A A

Libre 15

A A

Libre 15

A A

Libre 5

A A

Libre 5

A A

Libre 5

A A

Libre Libre

A A

Libre Libre

A A

Libre 15

A A

5

A

Libre 5

A A

Libre 5

A A

15

A

15

A

CAPITULO 12 12 1201 12010010 12010090 1202 120210 12021010 12021090 120220 12022010 12022090 12030000 1204 12040010 12040090 1205 12050010 12050090 1206 12060010 12060090 1207 120710 12071010 12071090 120720 12072010 12072090 120730 12073010 12073090 120740 12074010 12074090 120750 12075010 12075090 120760 12076010 12076090 12079100 120792 12079210 12079290 120799 12079910 12079990 1208 12081000 120890 12089010

SEMILLAS Y FRUTOS OLEAGINOSOS; SEMILLAS Y FRUTOS DIVERSOS; PLANTAS INDUSTRIALES O MEDICINALES; PAJA Y FORRAJES HABAS (POROTOS, FRIJOLES, FREJOLES) DE SOJA (SOYA), INCLUSO QUEBRANTADAS. -Para siembra. -las demás. CACAHUATES (CACAHUETES, MANIES) SIN TOSTAR NI COCER DE OTRO MODO, INCLUSO SIN CASCARA O QUEBRANTADOS. - CON CASCARA --Para siembra. --Los demás. - SIN CASCARA, INCLUSO QUEBRANTADOS --Para siembra. --Los demás. COPRA. SEMILLA DE LINO, INCLUSO QUEBRANTADA. -Para siembra. -las demás. SEMILLAS DE NABO O DE COLZA, INCLUSO QUEBRANTADAS. -Para siembra. -las demás. SEMILLA DE GIRASOL, INCLUSO QUEBRANTADA. -Para siembra. -las demás. LAS DEMAS SEMILLAS Y FRUTOS OLEAGINOSOS, INCLUSO QUEBRANTADOS. - NUEZ Y ALMENDRA DE PALMA --Para siembra. --las demás. - SEMILLA DE ALGODON --Para siembra. --las demás. - SEMILLA DE RICINO --Para siembra. --las demás. - SEMILLA DE SESAMO (AJONJOLI) --Para siembra. --las demás. - SEMILLA DE MOSTAZA --Para siembra. --las demás. - SEMILLA DE CARTAMO --Para siembra. --las demás. - LOS DEMAS: --Semilla de amapola (adormidera). -- SEMILLA DE "KARITE" ---Para siembra. ---las demás. -- LOS DEMAS ---Para siembra. ---las demás. HARINA DE SEMILLAS O DE FRUTOS OLEAGINOSOS, EXCEPTO LA HARINA DE MOSTAZA. -De habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya). - LOS DEMAS --De semillas de algodón.

Página 30 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 12089020 12089030 12089040 12089050 12089090 1209 12091100 12091900 12092100 12092200 12092300 12092400 12092500 12092600 12092900 12093000 12099100 12099900 1210 12101000 12102000 1211

12111000 12112000 121190 12119010 12119020 12119090 1212

12121000 121220 12122010 12122020 12122090 12123000

12129100 12129200 121299 12129910 12129990

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De semilla de cacahuates (cacahuetes, manies)*. --De Semilla ricino. --De semilla de lino (linaza). --De las demás semillas y frutos oleaginous comestibles. Except flours and meals of ground nuts, edible which staging is EXCL. --las demás. Except flours and meals of ground -nuts, inedible which staging is EXCL. SEMILLAS, FRUTOS Y ESPORAS, PARA SIEMBRA. -- SEMILLA DE REMOLACHA AZUCARERA --Semilla de remolacha azucarera. --las demás. - SEMILLAS FORRAJERAS, EXCEPTO LAS DE REMOLACHA: --de alfalfa. --De trébol (Trifolium spp.). --De festucas . --De pasto azul de Kentucky (Poa pratensis L). --De ballico (Lolium multiflorum Lam. y Lolium perenne L.). --De fleo de los prados (Phleum pratensis). --Las demás. -semillas de plantas herbáceas utilizadas principalmente por sus flores. --Las demás: --semillas de hortalizas. --las demás. CONOS DE LUPULO FRESCOS O SECOS, INCLUSO TRITURADOS, MOLIDOS O EN "PELLETS"; LUPULINO. -Conos de lúpulo sin triturar ni moler ni en "pellets". -Conos de lúpulo triturados, molidos o en "pellests"; lupulino. PLANTAS, PARTES DE PLANTAS, SEMILLAS Y FRUTOS DE LAS ESPECIES UTILIZADAS PRINCIPALMENTE EN PERFUMERIA, MEDICINA O PARA USOS INSECTICIDAS, PARASITICIDAS O SIMILARES, FRESCOS O SECOS, INCLUSO CORTADOS, QUEBRANTADOS O PULVERIZADOS. -Raíces de regaliz. -Raíces de ginseng. - LOS DEMAS --Naranjillas. --Cannabis, hojas de coca. --las demás. ALGARROBAS, ALGAS, REMOLACHA AZUCARERA Y CANA DE AZUCAR, FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O SECAS, INCLUSO PULVERIZADAS; HUESOS (CAROZOS) Y ALMENDRAS DE FRUTOS Y DEMAS PRODUCTOS VEGETALES (INCLUIDAS LAS RAICES DE ACHICORIA SIN TOSTAR DE LA VARIEDAD CICHORIUM INTYBUS SATIVUM) EMPLEADOS PRINCIPALMENTE EN LA ALIMENTACIÓ N HUMANA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRAS PARTE.

15 15 15 15

EXCL. A A A

10

A

Libre Libre

A A

Libre Libre Libre Libre Libre Libre Libre Libre

A A A A A A A A

Libre Libre

A A

Libre Libre

A A

15 15

A A

15 15 15

A A A

15

C

15 Libre

A A

10 15

A C

15 15

C B

15 15

C B

-Algarrobas y sus semillas. - ALGAS --Destinados a alimentación. --De Las especies utilizadas principalmente En preparaciones farmaceúticas, cosméticas y análogas. --Las demás. -Huesos (corozos) y almendras de albaricoque (damasco, chabacano), de melocotón, (durazno) o de ciruela. - LOS DEMAS: --Remolacha azucarera. --Caña de azúcar. -- LOS DEMAS ---Raíces de achicoria. ---Los demás. Except Lily-flowers seed which staging is C.

Página 31 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 1213 12130010 12130020 12130030 12130090 1214

12141000 12149000

DESCRIPCION PAJA Y CASCABILLO DE CEREALES, EN BRUTO, INCLUSO PICADOS, MOLIDOS, PRENSADOS O EN "PELLETS". -Paja. -Cascabillo de arroz. -Cascabillo de maíz. -Los demás. NABOS FORRAJEROS, REMOLACHAS FORRAJERAS, RAICES FORRAJERAS, HENO, ALFALFA, TREBOL, ESPARCETA, COLES FORRAJERAS, ALTRAMUCES, VEZAS Y PRODUCTOS FORRAJEROS SIMILARES, INCLUSO EN "PELLETS". -Harina y "pellets"de alfalfa. -Los demás.

Página 32 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 15 15

A A A A

Libre 15

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

15 PROHIBID LIBRE

A A A

PROHIBID LIBRE PROHIBID 10 LIBRE LIBRE

A A A A A A

10 10 PROHIBID PROHIBID 15 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

CAPITULO 13 13.01 1301.10.00 1301.20.00 1301.90. 1301.90.10 1301.90.20 1301.90.90 13.02

1302.11. 1302.11.10 1302.11.20 1302.11.90 1302.12.00 1302.13.00 1302.14.00 1302.19.

1302.19.11 1302.19.19 1302.19.20 1302.19.30 1302.19.40 1302.19.50 1302.19.60 1302.19.90 1302.20.00

1302.31.00 1302.32.00 1302.39.00

GOMA LACA; GOMAS, RESINAS, GOMORRESINAS Y OLEORRESINAS (POR EJEMPLO: BÁ LSAMOS), NATURALES. - Goma laca - Goma arábiga. - Los demás: -- Bálsamos naturales. -- Resina de Cannabis y demás estupefacientes -- Los demás. JUGOS Y EXTRACTOS VEGETALES; MATERIAS PÉ CTICAS, PECTINATOS Y PECTATOS; AGAR-AGAR Y DEMÁ S MUCÍLAGOS Y ESPESATIVOS DERIVADOS DE LOS VEGETALES, INCLUSO MODIFICADOS. - Jugos y extractos vegetales: -- Opio: --- Goma de opio u opio goma. --- Para fines medicinales. ---Los demás. --De regaliz --De lúpulo --De piretro (pelitre) o de raíces que contengan rotenona -- Los demás: ---Para fines medicinales (Previo Visto Bueno del Ministerio de Salud y demá s Reglamentos): ----Extracto y tinturas de Cannabis. ----Los demás. ---Extracto y tinturas de Cannabis. ---Concentrado de paja adormidera, y demás estupefacientes --- Soporíferos. --- Para preparación de insecticidas y fungicidas. ---Oleorresina de vainilla o extracto de vainilla. --- Los demás. - Materias pécticas, pectinatos y pectatos. - Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados: -- Agar-agar. -- Mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de guar, incluso modificados -- Los demás.

Página 33 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15

A A

10

A

10 10

A A

LIBRE

A

15 15

B B

10 15 15 LIBRE LIBRE

B B B A A

15 15

A A

CAPITULO 14 14.01

1401.10.00 1401.20.00 1401.90. 1401.90.10 1401.90.90 14.02

1402.10.00 1402.90 1402.90.10 1402.90.90 14.03

1403.10.00 1403.90. 1403.90.10 1403.90.90 14.04 1404.10.

1404.10.11 1404.10.19 1404.10.20 1404.10.90 1404.20.00 1404.90. 1404.90.10 1404.90.90

MATERIAS VEGETALES DE LAS ESPECIES UTILIZADAS PRINCIPALMENTE EN CESTERÍA O ESPARTERÍA, (POR EJEMPLO: BAMBU, ROTEN (RATÁ N), CAÑ A, JUNCO, MIMBRE, RAFIA, PAJA DE CEREALES LIMPIADA, BLANQUEADA O TEÑ IDA, CORTEZA DE TILO) - Bambú. - Roten (ratán). - Los demás: -- Mimbre. -- Los demás. MATERIAS VEGETALES DE LAS ESPECIES UTILIZADAS PRINCIPALMENTE PARA RELLENO, (POR EJEMPLO: "KAPOK" (MIRAGUANO DE BOMBACÁ CEAS), CRIN VEGETAL, CRIN MARINA), INCLUSO EN CAPAS AÚ N CON SOPORTE DE OTRAS MATERIAS. - "Kapok", (miraguano de bombacáceas). -Los demás: -- Crin vegetal. -- Los demás. MATERIAS VEGETALES DE LAS ESPECIES UTILIZADAS PRINCIPALMENTE EN LA FABRICACIÓ N DE ESCOBAS, CEPILLOS O BROCHAS (POR EJEMPLO: SORGO, PIASAVA, GRAMA, IXTLE (TAMPICO), INCLUSO EN TORCIDAS O EN HACES. - Sorgo de escobas (Sorghum vulgare var. technicum). - Los demás: -- Grama de tampico, ixtle. -- Los demás. PRODUCTOS VEGETALES NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. - Materias primas vegetales de las especies utilizadas principalmente para teñir o curtir: -- Achiote (Bija): --- Sin triturar ni pulverizar. --- Triturado o pulverizado. -- Productos vegetales curtientes. -- Los demás. - Línteres de algodón. - Los demás: -- Tagua. -- Los demás.

Página 34 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 LIBRE

C A

15 LIBRE

A A

10 15 15 15 30

C C C C C

10 10

B A

15 10

B B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE 20

A EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

10 10 10

EXCL. EXCL. EXCL.

20 20

EXCL. EXCL.

10 30

EXCL. EXCL.

CAPITULO 15 15.01 1501.00.10 1501.00.20 15.02 1502.00.10 1502.00.90 15.03

1503.00.10 1503.00.20 1503.00.30 1503.00.40 1503.00.90 15.04

1504.10.00 1504.20.00 1504.30 1504.30.10 1504.30.90 15.05 1505.10.00 1505.90.00 1506.00.00 15.07 1507.10.00 1507.90.00 15.08 1508.10.00 1508.90.00 15.09 1509.10.00 1509.90.00 1510.00.00

15.11 1511.10.00 1511.90.00 15.12

1512.11.00 1512.19.00

GRASA DE CERDO (INCLUIDA LA MANTECA DE CERDO) Y GRASA DE AVE, EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS Nos. 02.09 ó -Grasas de cerdo (incluida la manteca de cerdo). - Grasas de aves. GRASA DE ANIMALES DE LAS ESPECIES BOVINA, OVINA O CAPRINA, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA Nº 15.03. - Grasa (sebos) de las especies bovina. - Las demás. ESTEARINA SOLAR, ACEITE DE MANTECA DE CERDO, OLEOESTEARINA, OLEOMARGARINA Y ACEITE DE SEBO, SIN EMULSIONAR, MEZCLAR NI PREPARAR DE OTRO MODO. Estearina solar no comestible. Aceite de manteca de cerdo y estearina solar comestible. - Aceite de sebo. - Oleomargarina. - Los demás. GRASAS Y ACEITES, Y SUS FRACCIONES, DE PESCADO O DE MAMÍ FEROS MARINOS, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍ MICAMENTE. - Aceites de hígado de pescado y sus fracciones - Grasas y aceites de pescado y sus fracciones, excepto los aceites de hígado. - Grasas y aceites de mamíferos marinos y sus fracciones: -- Aceite de espermaceti. -- Los demás. GRASA DE LANA Y SUSTANCIAS GRASAS DERIVADAS, INCLUIDA LA LANOLINA. Grasa de lana en bruto (suarda o suintina). - Las demás. LAS DEMÁ S GRASAS Y ACEITES ANIMALES, Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. ACEITE DE SOJA (SOYA) Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. - Aceite en bruto, incluso desgomado. - Los demás. ACEITE DE CACAHUATE (CACAHUETE, MANÍ) Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. - Aceite en bruto. - Los demás. ACEITE DE OLIVA Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. - Virgen. - Los demás. LOS DEMÁ S ACEITES Y SUS FRACCIONES OBTENIDOS EXCLUSIVAMENTE DE ACEITUNA, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE, Y MEZCLAS DE ESTOS ACEITES O FRACCIONES CON LOS ACEITES O FRACCIONES DE LA PARTIDA No. 15.09. ACEITE DE PALMA Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADO, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. - Aceite en bruto. - Los demás. ACEITES DE GIRASOL, CÁ RTAMO O ALGODÓ N, Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. - Aceites de girasol o cártamo, y sus fracciones: -- Aceites en bruto. -- Los demás. - Aceite de algodón y sus fracciones:

Página 35 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 1512.21.00 1512.29.00 15.13

1513.11.00 1513.19.00 1513.21.00 1513.29.00 15.14

1514.10.00 1514.90.00 15.15

1515.11.00 1515.19.00 1515.21.00 1515.29.00 1515.30 1515.30.10 1515.30.90 1515.40. 1515.40.10 1515.40.90 1515.50 1515.50.10 1515.50.90 1515.60.00 1515.90 1515.90.11 1515.90.19 1515.90.90 15.16

1516.10.00 1516.20 1516.20.10 1516.20.20 1516.20.90 15.17

1517.10.00 1517.90. 1517.90.10 1517.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-- Aceite en bruto, incluso sin el gosipol. -- Los demás. ACEITES DE COCO (DE COPRA), DE ALMENDRA DE PALMA O BABASÚ , Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍ MICAMENTE. - Aceite de coco (de copra) y sus fracciones: -- Aceite en bruto. -- Los demás. - Aceites de almendra de palma o de babasú, y sus fracciones: -- Aceites en bruto. -- Los demás ACEITES DE NABO (DE NABINA), COLZA O MOSTAZA, Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍ MICAMENTE. - Aceites en bruto. - Los demás. LAS DEMÁ S GRASAS Y ACEITES VEGETALES FIJOS (INCLUIDO EL ACEITE DE JOJOBA), Y SUS FRACCIONES, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN MODIFICAR QUÍMICAMENTE. - Aceite de lino (linaza) y sus fracciones: -- Aceite en bruto. -- Los demás. - Aceite de maíz y sus fracciones: -- Aceite en bruto. -- Los demás. - Aceite de ricino y sus fracciones: -- Aceite en bruto. -- Los demás. - Aceite de tung y sus fracciones: -- Aceite en bruto. -- Los demás. - Aceite de sésamo (ajonjolí) y sus fracciones: -- Aceite en bruto. -- Los demá. - Aceite de jojoba y sus fracciones. - Los demás: -- Los demás aceites vegetales comestibles y sus fracciones. ---En bruto. ---Los demás. --Los demás. GRASAS Y ACEITES, ANIMALES O VEGETALES, Y SUS FRACCIONES PARCIAL O TOTALMENTE HIDROGENADOS, INTERESTERIFICADOS, REESTERIFICADOS O ELAIDINIZADOS, INCLUSO REFINADOS, PERO SIN PREPARAR DE OTRO MODO. Grasas y aceites, animales, y sus fracciones. - Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones: -- Aceites vegetales hidrogenados usados en la industria alimenticia. -- Aceite de ricino hidrogenado. -- Los demás. MARGARINA; MEZCLAS O PREPARACIONES ALIMENTICIAS DE GRASAS O ACEITES, ANIMALES O VEGETALES, O DE FRACCIONES DE DIFERENTES GRASAS O ACEITES, DE ESTE CAPÍTULO, EXCEPTO LAS GRASAS Y ACEITES ALIMENTICIOS Y SUS FRACCIONES, DE LA PARTIDA Nº 15.16. - Margarina, excepto la margarina líquida. - Las demás: -- Mezcla de aceites vegetales. -- Los demás.

10 10

EXCL. EXCL.

10 30

EXCL. EXCL.

20 20

EXCL. EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

10 LIBRE

EXCL. A

LIBRE 30

A EXCL.

LIBRE 10

A EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

10 10 10

EXCL. EXCL. EXCL.

10 30 30

EXCL. EXCL. EXCL.

15

EXCL.

10 LIBRE 15

EXCL. A EXCL.

20

EXCL.

30 30

EXCL. EXCL.

Página 36 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 15.18

1518.00.11 1518.00.12 1518.00.19 1518.00.91 1518.00.99 1520.00.00 15.21

1521.10.00 1521.90 1521.90.10 1521.90.90 15.22 1522.00.10 1522.00.20 1522.00.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10 LIBRE

A EXCL. A

15 15 LIBRE

EXCL. EXCL. A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

15 15 10

A A A

GRASAS Y ACEITES, ANIMALES O VEGETALES, Y SUS FRACCIONES, COCIDOS, OXIDADOS, DESHIDRATADOS, SULFURADOS SOPLADOS, POLIMERIZADOS POR CALOR EN VACÍO O ATMÓ SFERA INERTE ("ESTANDOLIZADOS"), O MODIFICADOS QUÍMICAMENTE DE OTRA FORMA, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA Nº 15.16; MEZCLAS O PREPARACIONES NO ALIMENTICIAS DE GRASAS O DE ACEITES, ANIMALES O VEGETALES, O DE FRACCIONES DE DIFERENTES GRASAS O ACEITES DE ESTE CAPÍTULO, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, modificados quí micamente: -- Linoxina. -- De linaza. -- Las demás. - Los demás: -- Aceites de frituras usados para la preparación de alimentos de animales. -- Los demás. GLICEROL EN BRUTO; AGUAS Y LEJÍAS GLICERINOSAS CERAS VEGETALES, (EXCEPTO LOS TRIGLICÉ RIDOS); CERA DE ABEJAS O DE OTROS INSECTOS Y ESPERMA DE BALLENA O DE OTROS CETÁ CEOS (ESPERMACETI), INCLUSO REFINADAS O COLOREADAS. - Ceras vegetales. - Las demás: -- Cera de abejas. -- Los demás. DEGRÁ S; RESIDUOS PROCEDENTES DEL TRATAMIENTO DE GRASAS O CERAS ANIMALES O VEGETALES. - Degrás. - Residuos del tratamiento de aceites vegetales. - Los demás.

Página 37 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

30 30

C C

30 30

C C

30 30

C C

30 30

C C

30 30

C C

10

C

10

C

15 15

EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15

EXCL.

15

EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

78 78 30

C C C

78 78

C C

10 15 80 15 15 15 15

C C C C C C C

CAPITULO 16 16.01

1601.00.11 1601.00.19 1601.00.21 1601.00.29 1601.00.31 1601.00.39 1601.00.41 1601.00.49 1601.00.91 1601.00.99 16.02 1602.10.00 1602.20. 1602.20.10 1602.20.91 1602.20.99 1602.31. 1602.31.10 1602.31.90 1602.32. 1602.32.10

EMBUTIDOS Y PRODUCTOS SIMILARES DE CARNE, DESPOJOS O SANGRE; PREPARACIONES ALIMENTICIAS A BASE DE ESTOS PRODUCTOS. -De gallo o gallina -- Envasados herméticamente o al vacío --Los demás -De pavo (gallipavo): -- Envasados herméticamente o al vacío --Los demás -De porcino: -- Envasados herméticamente o al vacío --Los demás -De bovino: -- Envasados herméticamente o al vacío --Los demás -Los demás: -- Envasados herméticamente o al vacío --Los demás LAS DEMÁ S PREPARACIONES Y CONSERVAS DE CARNE, DESPOJOS O SANGRE. - Preparaciones homogeneizadas. - De hígado de cualquier animal: -- Paté de hígado de ganso o de pato. -- Los demás: --- Envasados herméticamente o al vacío. --- Los demás. - De aves de la partida No. 01.05: -- De pavo (gallipavo): --- Envasados herméticamente o al vacío. --- Los demás. -- De gallo o gallina: --- Envasados herméticamente o al vacío. Except prepared and preserved feet and Heart of fowls which staging is C.

1602.32.90

--- Los demás. Except prepared and preserved feet and Heart of fowls which staging is C.

1602.39. 1602.39.10 1602.39.90

-- Las demás: --- Envasados herméticamente o al vacío. --- Los demás. - De la especie porcina: -- Jamones y trozos de jamón: --- Jamón cocido --- Envasado herméticamente o al vacío. ----Los demás --- Los demás. -- Paletas y trozos de paleta: --- Envasado herméticamente o al vacío. --- Los demás. -- Las demás, incluidas las mezclas: --- Envasados herméticamente o al vacío: ---- Pasta de cerdo (Jamón del diablo). ---- Jamonadas en envases menores a un kilo neto ---- Jamonadas en envases iguales o mayores a un kilo neto ---- Tocino, incluso con partes magras. ---- Colas, hocicos, patas y orejas de puerco. ---- Los demás. ---Los demás. - De la especie bovina:

1602.41. 1602.41.11 1602.41.19 1602.41.90 1602.42. 1602.42.10 1602.42.90 1602.49. 1602.49.11 1602.49.12 1602.49.13 1602.49.14 1602.49.15 1602.49.19 1602.49.90 1602.50.

Página 38 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 1602.50.10 1602.50.90 1602.90. 1602.90.11 1602.90.19 1602.90.90 16.03 1603.00.10 1603.00.20 1603.00.90 16.04

1604.11. 1604.11.10 1604.11.90 1604.12. 1604.12.10 1604.12.90 1604.13. 1604.13.10

1604.13.90

1604.14. 1604.14.10 1604.14.90 1604.15 1604.15.10 1604.15.90 1604.16 1604.16.10 1604.16.90 1604.19. 1604.19.10 1604.19.20

1604.19.90 1604.20. 1604.20.10 1604.20.20 1604.20.91 1604.20.92 1604.20.93 1604.20.94 1604.20.99 1604.30.

DESCRIPCION -- Envasados herméticamente o al vacío. -- Las demás. - Las demás, incluídas las preparaciones de sangre de cualquier animal: -- Envasados herméticamente o al vacío: --- Preparaciones de sangre de cualquier animal. ---Los demás. -- Los demás. Except prepared or preserved meat offal of poultry (other than goods of heading No. 1602) which staging is EXCL. EXTRACTOS Y JUGOS DE CARNE, PESCADO O DE CRUSTÁ CEOS, MOLUSCOS O DEMÁ S INVERTEBRADOS ACUÁ TICOS. - De carne. - De pescado. - Los demás. PREPARACIONES Y CONSERVAS DE PESCADO; CAVIAR Y SUS SUCEDÁ NEOS PREPARADOS CON HUEVAS DE PESCADO. - Pescado entero o en trozos, excepto el pescado picado: -- Salmones: --- Envasados herméticamente o al vacío. --- Los demás. -- Arenques: --- Envasados herméticamente o al vacío. Except prepared or preserved herrring, whole or in pieces, but not minced, frozen which staging is EXCL. --- Los demás. -- Sardinas, sardinelas y espadines: --- Envasados herméticamente o al vacío. Except Sardines, sardinilla whole or in pieces, but not minced, prepared and preserved; and Brisling or sprats whole or in pieces, but not minced, prepared and preserved which staging is EXCL. --- Los demás. Except Sardines, sardinilla whole or in pieces, but not minced, prepared and preserved; and Brisling or sprats whole or in pieces, but not minced, prepared and preserved which staging is EXCL. -- Atunes, listados y bonitos (Sarda spp.): --- Envasados herméticamente o al vacío. --- Los demás. -- Caballas (Scomber scombrus, Scomber australasicus, Scomber japonicus): --- Envasados herméticamente o al vacío. Except prepared or preserved Mackerel, whole or in pieces, but not minced, which staging ios EXCL. --- Los demás. -- Anchoas: --- Envasados herméticamente o al vacío. Except Anchovies, whole or in pieces, but not minced, prepared or preserved which staging is EXCL. --- Los demás. -- Los demás: --- Bacalao envasado herméticamente o al vacío. --- Otros pescados envasados herméticamente o al vacío. Prepared an preserved Carangid fishes, whole or in pieces but not minced, frozen which staging is EXCL. --- Los demás. Prepared an preserved Carangid fishes, whole or in pieces but not minced, frozen which staging is EXCL. - Las demás preparaciones y conservas de pescado: -- Preparaciones homogenizadas para la alimentación infantil -- Otras preparaciones en envases no herméticos ni al vacío. -- Los demás, envasados herméticamente o al vacío: --- Atún . --- Bacalao. --- Salmón. --- Sardinas. --- Los demás. - Caviar y sus sucedáneos:

Página 39 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10

EXCL. EXCL.

10 10 10

C C C

10 15 15

C C C

5 15

A B

5

A

10

EXCL.

5

A

5

A

5 10

A B

5

A

10

EXCL.

5

A

10

EXCL.

5 5

A A

10

B

10 15

B A

5 5 5 5 5

A B B B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 1604.30.10 1604.30.90 16.05 1605.10.00 1605.20.00 1605.30.00 1605.40.00 1605.90.00

DESCRIPCION -- Envasado herméticamente o al vacío. -- Los demás. CRUSTÁ CEOS, MOLUSCOS Y DEMÁ S INVERTEBRADOS ACUÁ TICOS, PREPARADOS O CONSERVADOS. - Cangrejos, excepto macruros. - Camarones, langostinos y demás Descápodos natantia - Bogavantes. - Los demás crustáceos. - Los demás.

Página 40 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 15

B B

15 15 15 15 10

C C C C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

151 30

EXCL. EXCL.

15 30

EXCL. EXCL.

15 151

EXCL. EXCL.

LIBRE

A

LIBRE

A

15 15

C C

LIBRE LIBRE 15

A A C

LIBRE LIBRE 15 15

A A C C

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE 15

C A C

15 15 15 15 LIBRE 15

C C C C A C

15 15

C C

CAPITULO 17 17.01

1701.11.00 1701.12.00 1701.91 1701.91.10 1701.91.90 1701.99. 1701.99.10 1701.99.90 17.02

1702.11.00 1702.19.00 1702.20. 1702.20.10 1702.20.20 1702.30. 1702.30.10 1702.30.20 1702.30.90 1702.40. 1702.40.10 1702.40.20 1702.40.90 1702.50.00 1702.60. 1702.60.10 1702.60.90 1702.90. 1702.90.11 1702.90.12 1702.90.19 1702.90.21 1702.90.29 1702.90.30 1702.90.40 1702.90.50 1702.90.90 17.03

1703.10. 1703.10.10 1703.10.90

AZÚ CAR DE CAÑ A O DE REMOLACHA Y SACAROSA QUÍMICAMENTE PURA, EN ESTADO SÓ LIDO. -Azúcar en bruto sin adición de aromatizante ni colorante: --De caña: --De remolacha. -Los demás: --Con adición de aromatizante o colorante: ---Azúcar cande. ---Los demás. --Los demás: ---Azúcar cande. ---Los demás. LOS DÉMAS AZÚ CARES, INCLUIDAS LA LACTOSA, MALTOSA, GLUCOSA Y FRUCTOSA (LEVULOSA) QUÍMICAMENTE PURAS, EN ESTADO SÓ LIDO; JARABE DE AZÚ CAR SIN ADICIÓ N DE AROMATIZANTE NI COLORANTE; SUCEDÁ NEOS DE LA MIEL, INCLUSO MEZCLADOS CON MIEL NATURAL; AZ Ú CAR Y MELAZA CARAMELIZADOS. -Lactosa y jarabe de lactosa: --Con un contenido de lactosa superior o igual al 99% en peso, expresado en lactosa anhidra, calculado sobre producto seco. --Los demás. -Azúcar y jarabe de arce ("maple"): --Azúcar de arce ("maple"). --Jarabe de arce. -Glucosa y jarabe de glucosa, sin fructosa o con un contenido de fructosa, en estado seco, inferior al 20% en peso: --Glucosa comercial sin pulverizar. --Jarabe de glucosa. --Los demás. -Glucosa y jarabe de glucosa, con un contenido de fructosa, en estado seco, superior o igual al 20% pero inferior al 50%, en peso: --Glucosa comercial sin pulverizar. --Jarabe de glucosa. --Los demás. -Fructosa químicamente pura. -Las demás fructosas y jarabe de fructosa, con un contenido de fructosa, en estado seco, superior al 50% en peso: --Fructosa o levulosa en estado sólido. --Los demás. -Los demás, incluido el azúcar invertido: --Azúcares en estado sólido: ---Maltosa químicamente pura. ---Maltodextrina ---Los demás. --Jarabes: ---Simples. ---Los demás. --Miel de caña. --Miel de arce. --Caramelos llamados "colorantes". --Los demás. MELAZA PROCEDENTE DE LA EXTRACCIÓ N O DEL REFINADO DEL AZÚ CAR. -Melaza de caña: --Comestibles. --Los demás.

Página 41 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 1703.90. 1703.90.10 1703.90.90 17.04 1704.10.00 1704.90. 1704.90.10 1704.90.20 1704.90.30 1704.90.40

1704.90.90

DESCRIPCION -Las demás: --Comestibles. --Las demás. ARTÍCULOS DE CONFITERÍA SIN CACAO (INCLUIDO EL CHOCOLATE BLANCO) -Chicles y demás gomas de mascar, incluso recubierto de azúcar. -Los demás: --Confites, caramelos, pastillas, gomas azucaradas y bombones. --Turrones. --Maíz insuflado (Palomitas de maíz) o tostado recubierto de azúcar o miel. --Pastillas para el alivio de la garganta o caramelos contra la tos, constituidos esencialmente por azúcar y agentes aromatizantes que incluyan sustancias medicamentosas. --Los demás.

Página 42 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15

C C

15

EXCL.

15 15 15 5

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

15

EXCL.

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

A A

10 10 10 LIBRE

A A A A

15 15

A EXCL.

5 5

EXCL. EXCL.

5 5 5 5

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10

B

15

EXCL.

CAPITULO 18 1801.00.00 1802.00.00 18.03 1803.10.00 1803.20.00 1804.00.00 1805.00.00

1806.31. 1806.31.10 1806.31.90 1806.32 1806.32.10 1806.32.20 1806.32.30 1806.32.90 1806.90. 1806.90.10

CACAO EN GRANO, ENTERO O PARTIDO, CRUDO O TOSTADO CÁ SCARA, PELÍCULAS, Y DEMÁ S RESIDUOS DE CACAO 18.03 PASTA DE CACAO, INCLUSO DESGRASADA -Sin desgrasar. -Desgrasada total o parcialmente. MANTECA, GRASA Y ACEITE DE CACAO. CACAO EN POLVO SIN ADICIÓ N DE AZÚ CAR NI OTRO EDULCORANTE CHOCOLATE Y DEMÁ S PREPARACIONES ALIMENTICIAS QUE CONTENGAN CACAO. -Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante. -Las demás preparaciones bien en bloques o barras con un peso superior a 2 Kg, bien en forma líquidas o pastosa, o en polvo, gránulos o formas similares, en recipientes o envases o formas similares, en recipientes o envases -Los demás, en bloques, tabletas o barras: --Rellenos: ---Bombones. ---Los demás. --Sin rellenar: ---Caramelo duro recubierto de chocolate. ---En bombones, pastillas y pastillaje. ---Productos dietéticos que contengan en peso.el 50% o más de cacao. ---Los demás. -Los demás: --Preparaciones dietéticas que contengan en peso el 50% o más de cacao.

1806.90.90

--Los demás.

18.06 1806.10.00 1806.20.00

Página 43 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 65 5

A EXCL. A

10 5

EXCL. A

15 15

C C

LIBRE 15

A C

LIBRE

A

5

EXCL.

10

EXCL.

30

EXCL.

15 10 LIBRE

EXCL. EXCL. A

15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

15

C

15

C

CAPITULO 19 19.01

EXTRACTO DE MALTA; PREPARACIONES ALIMENTICIAS DE HARINA, SÉ MOLA, ALMIALIMENTICIAS DE HARINA, SÉMOLA, ALMIDON, FECULA O EXTRACTO DE MALTA, QUE NO CONTENGAN CACAO O CON UN CONTENIDO DE CACAO INFERIOR AL 40% EN PESO CALCULADO SOBRE UNA BASE TOTALMENTE DESGRASADA, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE; PREPARACIONES ALIMENTICIAS DE PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS Nos. 04.01 A 04.04 QUE NO CONTENGAN CACAO O CON UN CONTENIDO DE CACAO INFERIOR AL 5% EN PESO CALCULADO SOBRE UNA BASE TOTALMENTE DESGRASADA, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE.

1901.10.

-Preparaciones para la alimentación infantil acondicionadas para la venta al por menor: --Leche modificada y preparados a base de componentes naturales de la leche. ---Fórmula para lactantes ---Las demás --Preparaciones dietéticas a base de cereales, harinas , almidones o féculas, que contengan leche o sus derivados o huevo. --Preparados de cereal sin leche ni huevo. --Las demás. –Mezclas y pastas para la preparación de producto de panadería, pastelería o galletería, de la partida 19.05.: --Mazarina. --Fariña. --Los demás: ---Sin azucarar ni edulcorar de otro modo. ---Los demás. -Los demás: --Extracto de malta. --Preparados dietéticos: ---A base de cereales, harinas, almidones o féculas, que contengan huevo o leche o derivados de la leche. ---Preparados dietéticos a base de cereales, sin leche ni sus derivados, ni huevo. ---Leche modificada y preparados a base de componentes naturales de la leche.

1901.10.11 1901.10.19 1901.10.20 1901.10.30 1901.10.90 1901.20 1901.20.10 1901.20.20 1901.20.91 1901.20.99 1901.90 1901.90.10 1901.90.21 1901.90.22 1901.90.23 1901.90.29 1901.90.40 1901.90.50 1901.90.61 1901.90.69 1901.90.90 19.02

1902.11.00 1902.19.00 1902.20

---los demás. --Leche malteada. --Polvos para helados. --Los demás preparados de cereales y de féculas: ---Sin azucarar ni edulcorar de otro modo. ---Los demás. --Los demás. PASTAS ALIMENTICIAS, INCLUSO COCIDAS O RELLENAS (DE CARNE U OTRAS SUSTANCIAS) O BIEN PREPARADAS DE OTRA FORMA, TALES COMO ESPAGUETIS, FIDEOS, MACARRONES, TALLARINES, LASAÑ AS, Ñ OQUIS, RAVIOLES, CANELONES; CUSCÚ S, INCLUSO PREPARADO. -Pastas alimenticias sin cocer, rellenar ni preparar de otra forma: --Que contengan huevo. Except uncooked rice pasta, not stuffed or otherwise prepared, containing eggs which staging is EXCL. --Las demás. Excepet uncooked rice pasta, not stuffed or otherwise prepared, not containing egg which staging is EXCL. -Pastas alimenticias rellenas, incluso cocidas o preparadas de otra forma: --Rellenas o preparadas principalmente con más del 20% en peso, de embutidos, carne, despojos, pes cados, crustáceos, moluscos u otros invertebrados acuáticos, o una mezcla de estos productos:

Página 44 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

C

15

C

15

C

15

C

1902.30.00

---De embutidos, carnes o de despojos.Except other stuffed rice pasta, whether or not cooked or otherwise prepared which staging is EXCL. ---De pescado. Except other stuffed rice pasta, whether or not cooked or otherwise prepared which staging is EXCL. ---Los demás. Except other stuffed rice pasta, whether or not cooked or otherwise prepared which staging is EXCL. --Las demás. Except other stuffed rice pasta, whether or not cooked or otherwise prepared which staging is EXCL. -Las demás pastas alimenticias. Except other rice pasta which staging is EXCL.

15

C

1902.40. 1902.40.10 1902.40.90

-Cuscús: --Sin cocer, rellenar, ni preparar de otra forma. --Las demás.

15 15

C C

1903.00.00

TAPIOCA Y SUS SUCEDÁ NEOS PREPARADOS CON FÉ CULA, EN COPOS, GRUMOS, GRANOS PERLADOS, CERNIDURAS O FORMAS SIMILARES. PRODUCTOS A BASE DE CEREALES OBTENIDOSPOR INFLADO O TOSTADO (POR EJEMPLO: HOJUELAS O COPOS DE MAÍZ); CEREALES (EXCEPTO EL MAÍZ) EN GRANO O EN FORMA DE COPOS U OTRO GRANO TRABAJADO (EXCEPTO LA HARINA Y SÉMOLA), PRECOCIDOS O PREPARADOS DE OTRO MODO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Productos a base de cereales, obtenidos por inflado o tostado: 1904.10.10 --Palomitas de maíz (Popcorn). --Hojuelas, conos, copos y análogos, obtenidos a partir de granos de cereales tratados por inflado o tostado. ---Azucarados o edulcorados de otro modo. ---"Grape-Nut"en envases con contenido neto en peso igual o superior a 4 libras. ---Hojuelas, conos, copos y análogos, de maíz, tratados por inflado o tostado.

15

A

15

EXCL.

15 LIBRE

EXCL. A

15

EXCL.

15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

15

EXCL.

15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

15 10

EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15 10

EXCL. EXCL.

LIBRE

A

1902.20.11 1902.20.12 1902.20.19 1902.20.90

19.04

1904.10. 1904.10.10

1904.10.21 1904.10.22 1904.10.23 1904.10.24 1904.10.29 1904.10.90 1904.20.

1904.20.10

1904.20.20 1904.20.90 1904.90.00 19.05

1905.10.00 1905.20.00 1905.30 1905.30.10 1905.30.90 1905.40 1905.40.10 1905.40.90 1905.90 1905.90.10

---Los demás abrebocas de maíz, con o sin sabor a queso. ---Los demás. --Los demás. -Preparaciones alimenticias obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de cereales tostados o cereales inflados: 1904.20.10 --Hojuelas, conos, copos y análogos, obtenidas con copos de cereales sin tostar o con mezclas de copos de cereales sin tostar y copos de maíz tostados o inflados. --Los demás abrebocas de maíz, con o sin sabor a queso. --Los demás. -Los demás. PRODUCTOS DE PANADERÍA, PASTELERÍA O GALLETERÍA, INCLUSO CON ADICIÓ N DE CACAO; HOSTIAS, SELLOS VACÍOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA MEDICAMENTOS, OBLEAS PARA SELLAR, PASTAS SECAS DE HARINA, ALMIDÓ N O FÉ CULA, EN HOJAS, Y PRODUCTOS SIMILARES. -Pan crujiente llamado "Knackebrot". -Pan de especias. -Galletas dulces (con adición de edulcorantes), barquillos y obleas ("gaufrettes" o "wafers") y "waffles" ("gaufres"), incluso rellenos: --Galletas dulces. --Los demás. -Pan tostado y productos similares tostados: --Sin adición de azúcar, miel, huevos, materias grasas, queso o frutas. --Los demás -Los demás: --Hostias.

Página 45 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

1905.90.21 1905.90.29 1905.90.30 1905.90.40 1905.90.50 1905.90.60 1905.90.90

DESCRIPCION --Pan y productos de panadería, sin adición de azúcar, miel, huevos, materias grasas, queso o frutas: ---Pan y galletas de mar. ---Los demás. --Galletas de soda o saladas. --Las demás galletas. --Abrebocas de maíz, con o sin sabor a queso. --Los demás productos de pastelería congelados. --Los demás.

Página 46 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 15 15 15 15 10 10

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 15

A B

10 10 15

B B B

LIBRE 10 15

A C B

15 15 15 LIBRE 15 15

B B C A B C

15

EXCL.

85 85 85

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

LIBRE 10

A C

20

EXCL.

20

EXCL.

20

EXCL.

20

EXCL.

10 15

C C

CAPITULO 20 20.01

2001.10.00 2001.20.00 2001.90. 2001.90.10 2001.90.20 2001.90.30 2001.90.41 2001.90.49 2001.90.50 2001.90.61 2001.90.62 2001.90.69 2001.90.70 2001.90.80 2001.90.90 20.02 2002.10.00 2002.90.

2002.90.11 2002.90.12 2002.90.19

2002.90.21 2002.90.29 20.03 2003.10.00 2003.20.00 20.04

2004.10. 2004.10.10 2004.10.20 2004.10.30 2004.10.90 2004.90. 2004.90.11 2004.90.12

HORTALIZAS, FRUTAS U OTROS FRUTOS Y DEMÁ S PARTES COMESTIBLES DE PLANTAS, PREPARADOS O CONSERVADOS EN VINAGRE O EN Á CIDO ACÉ TICO. -Pepinos y pepinillos. -Cebollas. -Los demás: --Aceitunas, incluso rellenas. --Alcaparras. --Maíz dulce (Zea mays var saccharata). --Pimientos: ---Dulces. ---Los demás. --Tomates. --Las demás hortalizas, frutas u otros frutos sin mezclar: ---De frutas tropicales. ---De frutas no tropicales. ---Las demás. --Encurtidos de surtidos de hortalizas. --Piccallities. --Los demás. TOMATES PREPARADOS O CONSERVADOS (EXCEPTO EN VINAGRE O EN Á CIDO (EXCEPTO EN VINAGRE O EN Á CIDO ACÉ TICO). -Tomates enteros o en trozos. -Los demás: --Purés, pulpas, concentrados y jugos de tomate cuyo contenido en peso de extracto seco sea igual o superior al 12%: ---Purés. ---Pasta cruda o pulpa. ---Los demás. --Purés, pulpas, concentrados y jugos de tomate cuyo contenido en peso de extracto seco sea igual o superior al 7%, pero inferior al 12%: ---Jugos. ---Los demás. SETAS Y DEMÁ S HONGOS, Y TRUFAS, PREPARADAS O CONSERVADAS (EXCEPTO EN VINAGRE O EN Á CIDO ACÉ TICO). -Setas y demás hongos. -Trufas. LAS DEMÁ S HORTALIZAS PREPARADAS O CONSERVADAS (EXCEPTO EN VINAGRE O EN Á CIDO ACÉ TICO), CONGELADAS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 20.06. -Patatas (papas): --Preparado de papas troceadas y precocidas en envases menores a un kilogramo. --Preparado de papas troceadas y precocidas en envases iguales o mayores a un kilogramo. --Preparado de papas desmenuzadas, aplastadas y precocidas (Hash Brown). --Los demás. -Las demás hortalizas y las mezclas de hortalizas: --Leguminosas sin mezclar: ---Guisantes. ---"Habichuelas" (frijoles o judías verdes sin desvainar). Except Red beans (including Adzuki bean, all varieties and red long bean), prepared or preserved otherwise than by vinegar or acetic acid, frozen, other than products of heading No. 20.06 which staging is EXCL.

Página 47 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2004.90.19

DESCRIPCION ---Las demás. Except Red beans (including Adzuki bean, all varieties and red long bean), prepared or preserved otherwise than by vinegar or acetic acid, frozen, other than products of heading No. 20.06 which staging is EXCL.

TASA BASE

PLAZO

15

C

15 15 15

C C C

15 15 15 15 15 15

C C C C C C

15 15 15 LIBRE

C C C A

10 10

C C

15 10 15

C C C

10 15 15

C C C

10 10

C C

15 15 54 10

EXCL. EXCL. EXCL. C

15

A

5

C

--Cebollas, chalotes, ajos, puerros y demás hortalizas alíaceas sin mezclar: 2004.90.21 2004.90.22 2004.90.29

2004.90.31 2004.90.32 2004.90.33 2004.90.34 2004.90.39 2004.90.40

2004.90.51 2004.90.52 2004.90.59 2004.90.60 2004.90.71 2004.90.72 2004.90.81 2004.90.82 2004.90.89 2004.90.91 2004.90.92 2004.90.99 20.05

2005.10 2005.10.10 2005.10.90 2005.20. 2005.20.10 2005.20.20 2005.20.90 2005.40.00 2005.51. 2005.51.10

2005.51.20

---Cebollas y chalotes. ---Ajos. ---Las demás. --Coles, coliflores, coles rizados, colinabos y productos similares del género Brassica, sin mezclar: ---Brécoles (broccoli). ---Coliflor. ---Col de Bruselas. ---Repollo (Col lombarda o col común). ---Las demás. --Lechugas. --Zanahorias, nabos, remolachas para ensaladas, salsifies, apionabos, rá banos y raíces comestibles similares, con exclusión de las raíces y tubé rculos ricos en almidón o inulina, sin mezclar: ---Zanahoria. ---Remolachas para ensaladas. ---Las demás. --Pimientos. --Aceitunas y alcaparras, sin mezclar: ---Aceitunas. ---Alcaparras. ´--Las demás hortalizas, sin mezclar. ---Maíz dulce (Zea mays var Saccharata). ---Espárragos. ---Las demás. --Mezcla de hortalizas: ---Aceitunas, incluso rellenas, con pimientos o con alcaparras. ---Maíz dulce (Zea mays saecharata) con pimiento. ---Los demás. LAS DEMÁ S HORTALIZAS PREPARADAS O CONSERVADAS (EXCEPTO EN VINAGRE O EN Á CIDO ACÉ TICO), SIN CONGELAR, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 20.06. -Hortalizas homogeneizadas: --En envases cuyo contenido sea igual o inferior a 170.25 g (6 onzas). --Las demás. -Patatas (papas): --Papas fritas. --Preparados en forma de harinas, sémolas o copos. --Las demás. -Guisantes (arvejas, chicharos) (Pisum sativum). -Judías (porotos, alubias, frijoles, frejoles) (Vigna spp Phaseolus spp): --Desvainadas: ---Preparadas con carne, despojos o con embutidos. Except Red beans (including Adzuki bean, all varieties and red long bean), shelled, prepared or preserved otherwise than by vinegar or acetic acid, not frozen, other than products of heading No. 20.06 which staging is EXCL. ---Frijoles con puerco (Pork and Beans). Except Red beans (including Adzuki bean, all varieties and red long bean), shelled, prepared or preserved otherwise than by vinegar or acetic acid, not frozen, other than products of heading No. 20.06 which staging is EXCL.

Página 48 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2005.51.90

2005.59.00

2005.60.00 2005.70.00 2005.80.00 2005.90. 2005.90.11 2005.90.12 2005.90.19

2005.90.21 2005.90.22 2005.90.23 2005.90.24 2005.90.29

2005.90.31 2005.90.32 2005.90.39 2005.90.40 2005.90.50 2005.90.60 2005.90.70 2005.90.80 2005.90.91 2005.90.92 2005.90.99 20.06

2006.00.11 2006.00.19 2006.00.90 20.07

2007.10.00 2007.91.00 2007.99 2007.99.10 2007.99.90 20.08

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Las demás. Except Red beans (including Adzuki bean, all varieties and red long bean), shelled, prepared or preserved otherwise than by vinegar or acetic acid, not frozen, other than products of heading No. 20.06 which staging is EXCL. --Las demás. Except Red beans (including Adzuki bean, all varieties and red long bean), not shelled, prepared or preserved otherwise than by vinegar or acetic acid, not frozen, other than products of heading No. 20.06 which staging is EXCL. -Espárragos. -Aceitunas. -Maíz dulce (Zea mays var. saccharata). -Las demás hortalizas y las mezclas de hortalizas: ---C1701Hortalizas aliáceas sin mezclar: ---Cebollas. ---Ajos. ---Los demás. --Coles, coliflores, coles rizados, colinabos y productos similares del género Brassica, sin mezclar: ---Brecoles (broccoli). ---Coliflor. ---Col de Bruselas. ---Repollo (Col lombarda o col común). ---Las demás. --Zanahorias, nabos, remolachas para ensaladas, salsifies, apionabos, rábanos y raíces comestibles, sin mezclar, con exclusión de las raíces y tubérculos ricos en almidón o inulina: ---Zanahorias. ---Remolachas para ensaladas. ---Los demás. --Pimientos. --Alcaparras. --Las demás leguminosas sin mezclar. --Las demás hortalizas sin mezclar. --"Choucroute". --Las demás (mezclas): ---Aceitunas (incluso rellenas) con alcaparras. ---Maíz dulce (Zea mays var saccharata) con pimientos. 2005.90.99 ---Las demás mezclas de hortalizas. HORTALIZAS, FRUTAS U OTROS FRUTOS O SUS CORTEZAS Y DEMÁ S PARTES DE PLANTAS, CONFITADOS CON AZÚ CAR (ALMIBARADOS, GLASEADOS O ESCARCHADOS). -Frutas confitadas (almibaradas, glaceadas o escarchadas): --Fresas. --Las demás. -Las demás. CONFITURAS, JALEAS Y MERMELADAS, PURÉ S Y PASTAS DE FRUTAS U OTROS FRUTOS, OBTENIDOS POR COCCIÓ N, INCLUSO CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE. -Preparaciones homogeneizadas. -Los demás: --De agrios (cítricos). --Los demás: ---De fresas. ---Los demás. FRUTAS U OTROS FRUTOS Y DEMÁ S PARTES COMESTIBLES DE PLANTAS, PREPARADOS O CONSERVADOS DE OTRO MODO, INCLUSO CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE O ALCOHOL, NO EXPRESADOS OTRO EDULCORANTE O ALCOHOL, NO EXPRESADOS

15

C

15

C

10 10 15

B C C

15 15 15

C C C

15 15 15 15 15

C C C C C

15 15 15 LIBRE 10 15 15 15

C C C A C C C C

10 15 15

C C C

15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

15

C

15

C

15 15

C C

Página 49 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

2008.11 2008.11.10 2008.11.20 2008.11.90 2008.19. 2008.19.11 2008.19.12 2008.19.13 2008.19.19 2008.19.21 2008.19.22 2008.19.29 2008.19.90 2008.20.00 2008.30.00 2008.40.00 2008.50.00 2008.60.00 2008.70.00 2008.80.00

2008.91.00 2008.92. 2008.92.11 2008.92.19 2008.92.90 2008.99. 2008.99.11 2008.99.19

2008.99.21 2008.99.22 2008.99.23 2008.99.29 2008.99.30 2008.99.40 2008.99.90 20.09

2009.11.00 2009.19.00 2009.20.00 2009.30.00 2009.40.00 2009.50.00

DESCRIPCION -Frutos de cáscara, cacahuates (cacahuetes maníes) y demás semillas, incluso mezclados entre sí: --Cacahuates (Cacahuetes maníes): ---Tostado. ---Manteca de cacahuetes (mantequilla de maní). ---Los demás --Los demás, incluidas las mezclas: ---Tostados: ----Nueces de marañón, incluidas sus mezclas en que las nueces de marañó n, constituyan el ingrediente de mayor proporción por peso. ----Mezclas con cacahuate (maní) como ingrediente de mayor proporción por peso. ----Almendras mantecadas. ----Las demás. ---Pastas (mantecas o mantequilla): ----De almendras tostadas, sin azucarar, ni edulcorar de otro modo. ----De semillas de sésamo (ajonjolí) tostadas. ----Las demás. ---Los demás. -Piñas tropicales (ananás). -Agrios (cítricos). -Peras. -Albaricoques (damascos, chabacanos). -Cerezas. -Melocotones (duraznos). -Fresas (frutillas). -Los demás, incluidas las mezclas, excepto las mezclas de la subpartida No. 2008.19: --Palmitos. --Mezclas: ---De frutas: ----Presentadas en envases con un contenido neto igual o superior a 50 libras. ----Los demás. ---Los demás. --Los demás: ---Maíz preparado o conservado excepto de la variedad maíz dulce: ----Mazorcas congeladas. ----Los demás. ---Yuca (raíz de mandioca), arrurruz o salep, aguaturmas (patacas)*, batatas (boniatos, camotes) y raíces y tubérculos similares ricos en fécula o inulina, médula de sagú: ----Camotes (batatas). ----Ñ ames. ----Yuca (raíz de mandioca) ----Los demás. ---Las demás, de frutas tropicales. ---Los demás, de frutas no tropicales. ---Los demás. 20.09 JUGOS DE FRUTAS U OTROS FRUTOS (INCLUIDO EL MOSTO DE UVA) O DE HORTALIZAS SIN FERMENTAR Y SIN ADICIÓ N DE ALCOHOL, INCLUSO CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE. -Jugo de naranja: --Congelado. --Los demás. -Jugo de toronja o pomelo. -Jugo de los demás agrios (cítricos). -Jugo de piña tropical (ananá). -Jugo de tomate.

Página 50 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 15

EXCL. C EXCL.

15

C

15

EXCL.

LIBRE 15

A C

LIBRE 10 15 15 15 15 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 15

A C C C C C A A A A C

15

A

LIBRE

A

15 15

C C

15 15

B B

15 15 15 15 15 15 15

B B B B B B B

15 15 15 15 15 15

C C C C C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2009.60. 2009.60.10 2009.60.91 2009.60.99 2009.70. 2009.70.10 2009.70.91 2009.70.99 2009.80. 2009.80.11 2009.80.19 2009.80.20 2009.80.31 2009.80.32 2009.80.33 2009.80.34 2009.80.39 2009.80.91 2009.80.92 2009.80.93 2009.80.94 2009.80.99 2009.90. 2009.90.11 2009.90.12 2009.90.13 2009.90.19 2009.90.21 2009.90.29 2009.90.30 2009.90.40 2009.90.90

DESCRIPCION -Jugo de uva (incluido el mosto): --Concentrado, incluso en polvo. --Los demás: ---Sin aditivos, ni preservativos, o con solo la adición de ácido ascórbico (vitamina "C"). ---Los demás. -Jugo de manzana: --Concentrado. --Los demás: ---Sin aditivos, ni preservativos, o con solo la adición de ácido ascórbico (vitamina "C"). ---Los demás. -Jugo de cualquier otra fruta o fruto, u hortaliza: --De ciruelas pasas: ---Concentrado. ---Los demás. --De hortaliza sin tomate, incluso concentrado --Los demás "concentrados de jugos de frutas", excepto de ciruelas pasas: ---De frutas tropicales. ---De pera. ---De melocotón o durazno. ---De albaricoque. ---Los demás. --Los demás (sin mezclar): ---De frutas tropicales. ---De melocotón o durazno. ---De albaricoque. ---De Pera. ---Los demás. -Mezclas de jugos: --Concentrados, incluso en polvo: ---De hortalizas, sin tomate. ---De hortalizas, con tomate. ---De frutas tropicales. ---Las demás. --Los demás jugos de legumbres u hortalizas (sin concentrar): ---Con tomate. ---Los demás. --Jugo de ciruelas pasas y arándano. --Jugos de manzana y uva, con sólo la adición de vitamina "C" (ácido ascórbico), sin otro aditivo ni preservativo, sin concentrar. --Los demás.

Página 51 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

15

B

15

B

LIBRE

A

15

B

15

B

15 15 15

C C C

15 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

EXCL. A A A A

15 15 15 15 LIBRE

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL. A

15 15 15 LIBRE

EXCL. EXCL. EXCL. A

15 15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

15

EXCL.

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

81 30

EXCL. EXCL.

30 81 30

EXCL. EXCL. EXCL.

15

C

15

C

30

C

LIBRE 10 LIBRE 10

A A A B

15

C

50 50 25

EXCL. EXCL. EXCL.

LIBRE 15

A C

15

C

15 15 15

C C C

15

C

15

C

CAPITULO 21 21.01

2101.11 2101.11.10 2101.11.90 2101.12 2101.12.10 2101.12.20 2101.12.90 2101.20

2101.20.10 2101.20.20 2101.30.00 21.02

2102.10. 2102.10.10 2102.10.90 2102.20.00 2102.30.00 21.03

2103.10.00 2103.20. 2103.20.10 2103.20.20 2103.20.90 2103.30. 2103.30.10 2103.30.20 2103.90. 2103.90.10 2103.90.21 2103.90.22 2103.90.29 2103.90.31 2103.90.39 21.04

2104.10.

EXTRACTOS, ESENCIAS Y CONCENTRADOS DE CAFÉ , TÉ O YERBA MATE Y PREPARACIONES A BASE DE ESTOS PRODUCTOS O A BASE DE CAFÉ , TÉ O YERBA MATE; ACHICORIA TOSTADA Y DEMÁ S SUCEDÁ NEOS DEL CAFÉ TOSTADOS Y SUS EXTRACTOS, ESENCIAS Y CONCENTRADOS. -Extractos, esencias y concentrados de café y preparaciones a base de estos extractos, esencias o concentrados o a base de café: --Extractos, esencias y concentrados: ---"Café instantáneo" (soluble). ---Los demás. --Preparaciones a base de extractos, esencias o concentrados o a base de café: ---Pastas de café. ---"Café instantáneo" (soluble). ---Los demás. - Extractos, esencias y concentrados de té o de yerba mate y preparaciones a base deestos extractos, esencias o concentrados o a base de té o de yerba mate: -- Extractos, esencias y concentrados a base de té y preparaciones a base de estos extractos, esencias o concentrados. -- Extractos, esencias y concentrados a base de yerba mate y preparaciones a base de estosextractos, esencias o concentrados. - Achicoria tostada y demás sucedáneos del café tostados y sus extractos,esencias y concentrados. LEVADURAS (VIVAS O MUERTAS); LOS DEMÁ S MICROORGANISMOS MONOCELULARES MUERTOS (EXCEPTO LAS VACUNAS DE LA PARTIDA Nº 30.02); POLVOS PARA HORNEAR PREPARADOS. -Levaduras vivas: --Para la fabricación de cervezas. --Las demás. -Levaduras muertas; los demás microorganismos monocelulares muertos. -Polvos para hornear preparados. PREPARACIONES PARA SALSAS Y SALSAS PREPARADAS; CONDIMENTOS Y SAZONADORES, COMPUESTOS; HARINA DE MOSTAZA Y MOSTAZA PREPARADA. -Salsa de soja (soya). -"Ketchup" y demás salsas de tomate: -- Ketchup, incluso con picante. --Salsa o pasta de tomate --Las demás. -Harina de mostaza y mostaza preparada: --Harina de mostaza. --Mostaza preparada. -Los demás: --Preparaciones para salsas. --Las demás salsas y aderezos: ---Mayonesa, incluso compuesta. ---Salsa Worcester (Inglesa). ---Las demás. --Condimentos y sazonadores, compuestos: ---Sazonadores compuestos de uso industrial para la la fabricación de embutidos. ---Las demás. PREPARACIONES PARA SOPAS, POTAJES O CALDOS; SOPAS, POTAJES O CALDOS, PREPARADOS; PREPARACIONES ALIMENTICIAS COMPUESTAS HOMOGENEIZADAS. -Preparaciones para sopas, potajes o caldos; sopas, potajes o caldos, preparados:

Página 52 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

2104.10.11 2104.10.12 2104.10.13 2104.10.19

2104.10.21 2104.10.22 2104.10.23 2104.10.24 2104.10.29 2104.10.30

2104.10.91 2104.10.92 2104.10.93 2104.10.94 2104.10.95 2104.10.96 2104.10.99 2104.20. 2104.20.10 2104.20.20 2104.20.30 2104.20.40 2104.20.90 21.05 2105.00.10 2105.00.91 2105.00.99 21.06 2106.10 2106.10.10 2106.10.20 2106.10.30 2106.10.90 2106.90.

2106.90.11

2106.90.12

DESCRIPCION -- Caldos homogenizados y deshidratados, presentados en forma de tabletas, pastillas, cubitos, o demás formas comprimidas, o en polvo, acondicionados para la venta al por menor: ---A base de carne, incluso de sus extractos o jugos ---A base de pescado, crustáceos, moluscos, incluso de sus extractos o jugos. ---De legumbres u hortalizas, sin tomate. ---Los demás. --Sopas y potajes, deshidratados, acondicionados para la venta al por menor; las demás pre paraciones deshidratadas para sopas o potajes acondicionados para la venta al por menor: ---De pollo con fideos u otras pastas alimenticias, excepto aquellas que contengan fideos precocidos deshidratados de tipo oriental. ---Que contenga pescado, crustáceos o moluscos o incluso de sus extractos o jugos. ---Que contenga carne, sus extractos o jugos. ---De legumbres u hortalizas sin tomate (vegetariana). ---Las demás. --Caldos homogenizados y deshidratados, presentados en forma de pasta o en polvo. --Las demás, incluso las sopas condensadas envasadas herméticamente: ---De pescado, crustáceos o moluscos. ---De carne de res con vegetales; de pollo de todas clases; de pavo de todas clases. ---De vegetales legumbres u hortalizas (Vegetatariana) con tomate; de guisantes o arvejas; de frijoles negros; de minestrone. ---Las demás de legumbres y hortalizas (Vegetariana) sin tomate. ---De carne o despojos de res con tallarines y otras pastas alimenticias, excepto de minestrones. ---Las demás de carne. ---Las demás. -Preparaciones alimenticias compuestas homogeneizadas: --De legumbres u hortalizas. --De frutas. --Que contenga carnes o despojos del capítulo 2. --Que contenga pescado, crustáceos o moluscos. --Las demás. HELADOS, INCLUSO CON CACAO. -A base de leche o de nata (crema), incluso con cacao. -Los demás: --Que contenga cacao. --Los demás. PREPARACIONES ALIMENTICIAS NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Concentrados de proteínas y sustancias proteicas texturadas: --Preparaciones dietéticas sucedáneas de la leche. --Preparaciones para embutidos. --Proteína hidrolizada. --Las demás. -Las demás: --Preparados no alcohólicos compuestos, a base de extractos, jarabes o siropes, concentrados u otras, para la preparación de bebidas: ---Jarabe o sirope, de sabor natural o artificial, para bebidas gaseosas, del tipo utilizado en las máquinas expendedoras de mezcla posterior (“postmix), para producir bebidas gaseosas en refresquerías, restaurantes, cines, escuelas y otros lugares de expendio rantes, cines, escuelas y otros lugares de expendio público". --- Los demás jarabes, siropes o concentrados, de sabores naturales o artificiales, para la fabricación industrial de bebidas gaseosas.

Página 53 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 15

B B

10 15

B B

15

B

15

B

10 10 15 LIBRE

B B B A

15 15

B B

15

B

10 15

B B

10 15

B B

5 5 5 5 5

A B A A A

15

EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

5.1 15 LIBRE 15

A B A B

LIBRE

A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2106.90.13

2106.90.14

2106.90.15 2106.90.16 2106.90.19 2106.90.20

2106.90.30 2106.90.41

2106.90.49 2106.90.50 2106.90.60

2106.90.70 2106.90.80 2106.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás jarabes, siropes o concentrados, de sabores naturales de frutas, excepto de fresa. Except concentrated fruits juices for drinking maker use, not including falling within heading No. 2009 which staging is C. ---Jarabes, siropes o concentrados, de sabor natural de fresa, excepto para las bebidas gaseosas. Except concentrated fruits juices for drinking maker use, not including falling within heading No. 2009 which staging is C. ---Preparados a base de extractos amargos aromáticos, incluso en polvo, para dar sabor a bebidas alcohólicas. ---Preparados a base de huevos ("Egg Nog"). ---Las demás. --Gomas de mascar (chicles), para diabéticos. Confectionary, gums and the like containing synthetic sweetening agents instead of sugar which staging is C.

15

B

15

B

15

B

LIBRE 15 10

A B B

LIBRE

A

15

B

5 LIBRE

B A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE 10

A A B

--Polvos para helados. --Preparaciones para budines, flanes, postres, gelatinas: ---Azucarados o edulcorados de otro modo. Except concentrated fruits juices for drinking maker use, not including falling within heading No. 2009 which staging is C. ---Los demás. --Mezclas de plantas o partes de plantas, semillas o frutas (enteros troceados, partidos o pulverizados) para infusiones o tisanas --Complementos alimenticios destinadas a mejorar la digestibilidad, que contengan, por ejemplo: enzimas, levaduras u otros componentes similares. --Preparados alimenticios estabilizadores, emulsionantes o antioxidantes. --Sabores artificiales para la preparación industrial de alimentos. --Los demás. Except Red bean (including Adzuki bean, all varieties and long bean), paste and other food preparation containing not less than 30% of rice which staging is EXCL.

Página 54 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 10 15

A A A

10 15 15

A A A

15 15

C C

30 15 5 15

C C A C

15 15

B B

15 15

A B

15 15

B B

15 15

B B

15 15

B B

15 15

B B

15 15

B B

15 15 15

B B B

CAPITULO 22 22.01

2201.10. 2201.10.10 2201.10.20 2201.10.90 2201.90. 2201.90.10 2201.90.20 2201.90.90 22.02

2202.10 2202.10.10 2202.10.90 2202.90. 2202.90.10 2202.90.20 2202.90.30 2202.90.90 2203.00 2203.00.10 2203.00.90 22.04 2204.10 2204.10.10 2204.10.90

2204.21 2204.21.11 2204.21.19

2204.21.21 2204.21.29 2204.21.91 2204.21.99 2204.29 2204.29.11 2204.29.19

2204.29.21 2204.29.29 2204.29.91 2204.29.99 2204.30.00

AGUA, INCLUIDAS EL AGUA MINERAL NATURAL O ARTIFICIAL Y LA GASEADA, SIN ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE NI AROMATIZADA; HIELO Y NIEVE. -Agua mineral y agua gaseada: --Agua mineral sin gasear artificialmente. --Agua gaseada. --Las demás. -Las demás: --Hielo y nieve. --Aguas potables. --Las demás. AGUA, INCLUIDAS EL AGUA MINERAL Y LA GASEADA, CON ADICIÓ N DE AZÚ CAR U OTRO EDULCORANTE O AROMATIZADA, Y DEMÁ S BEBIDAS NO ALCOHÓ LICAS, EXCEPTO LOS JUGOS DE FRUTAS U OTROS FRUTOS, O DE HORTALIZAS DE LA PARTIDA No. 20.09. -Agua, incluidas el agua mineral y la gaseada, con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizada: --Bebidas gaseosas. --Las demás. -Las demás: --Bebidas a base de leche o cacao. --Bebidas de dieta con sabor a café. --Bebida dietética a base de componentes naturales de la leche. --Las demás. Cerveza de Malta. -Con valor CIF de B/.0.76 o más por litro. -Las demás. VINO DE UVAS FRESCAS, INCLUSO ENCABEZADO; MOSTO DE UVA, EXCEPTO EL DE LA PARTIDA No. 20.09. -Vino espumoso: --Champagne. --Los demás. -Los demás vinos; mosto de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadiendo alcohol: --En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 litros: ---Vino generoso o vino de postre: ----Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol ----Los demás. ---Mostos de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadié ndole alcohol: ----Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ----Los demás. ---Los demás: ----Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ----Los demás. --Los demás: ---Vino generoso o vino de postre: ----Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ----Los demás. ---Mostos de uva en el que la fermentación se ha impedido o cortado añadié ndole alcohol: ----Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ----Los demás. ---Los demás: ----Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ----Los demás. -Los demás mostos de uva.

Página 55 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 22.05 2205.10 2205.10.11 2205.10.19 2205.10.20 2205.10.30

2205.10.40

2205.10.91 2205.10.99 2205.90 2205.90.11 2205.90.19 2205.90.20 2205.90.30

2205.90.91 2205.90.99 22.06

2206.00.11 2206.00.19 2206.00.20 2206.00.30

2206.00.40

2206.00.91 2206.00.99 22.07

2207.10.00 2207.20.00 22.08

DESCRIPCION VERMUT Y DEMÁ S VINOS DE UVAS FRESCAS PREPARADOS CON PLANTAS O SUSTANCIAS AROMÁ TICAS. -En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 litros: --Vermut: ---Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ---Los demás. --Vinos tónicos reconstituyentes con adición de vitaminas, clorhidrato de quinina y pantotenato de calcio. --Dilución acuosa de vinos con zumos de hortalizas, frutas u otros frutos, incluso aromatizados, con adición de anhídrido carbónico y con grado alcohólico volumétrico inferior o igual a 6% vol. --Sangrías y demás vinos aromatizados con hortalizas, frutas u otros frutos, sin adición de anhídrido carbónico. --Los demás: ---Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ---Los demás. -Los demás: --Vermut: ---Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ---Los demás. --Vinos tónicos reconstituyentes con adición de vitaminas, clorhidrato de quinina y pantotenato de calcio. --Sangrías y demás vinos aromatizados con hortalizas, frutas u otros frutos. --Los demás: ---Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. ---Los demás. LAS DEMÁ S BEBIDAS FERMENTADAS, (POR EJEMPLO: SIDRA, PERADA, AGUAMIEL); MEZCLAS DE BEBIDAS FERMENTADAS Y BEBIDAS NO ALCOHÓ LICAS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Vinos de pasas : --Con grado alcohólico volumétrico inferior o igual a 20% vol. --Los demás -Sidra. -Dilución acuosa de zumos fermentados de hortalizas, frutas u otros frutos, incluso con adición de vino con adición de anhídrido carbónico y de grado alcohólico inferior o igual a 6.0% vol. -Las demás bebidas fermentadas a base de manzana con grado alcohólico volumétrico inferior o igual a 20% vol. -Los demás: --Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. --las demás. ALCOHOL ETÍLICO SIN DESNATURALIZAR CON GRADO ALCOHÓ LICO VOLUMÉ TRICO SUPERIOR O IGUAL A 80% VOL; ALCOHOL ETÍLICO Y AGUARDIENTE DESNATURALIZADOS, DE CUALQUIER GRADUACIÓ N. - Alcohol etílico sin desnaturalizar con grado alcohólico volumétrico superior o igual a 80% vol. - Alcohol etílico y aguardiente desnaturalizados, de cualquier graduación. ALCOHOL ETÍLICO SIN DESNATURALIZAR CON GRADO ALCOHÓ LICO VOLUMÉ TRICO INFERIOR A 80% VOL; AGUARDIENTES, LICORES Y DEMÁ S BEBIDAS ESPIRITUOSAS.

TASA BASE

PLAZO

15 15 5

B B A

15

B

15

B

15 15

B B

15 15 5

B B A

15

B

15 15

B B

15 15 15 15

C C C C

15

C

15 15

C C

15

EXCL.

LIBRE

A

15

A

2208.20.00

-Aguardiente de vino o de orujo de uvas (coñac, brandy, etc)

2208.30

-"Whisky":

2208.30.10

--Con valor C.I.F. menor de B/. 70.00 cada caja (doce unidades).

15

A

2208.30.20 2208.40.00 2208.50.00 2208.60

--Con valor C.I.F. igual o mayor de B/.70.00 cada caja (doce unidades). -Ron y demás aguardientes de caña. -"Gin" y Ginebra. -Vodka

15 15 15

A A A

Página 56 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De graduación alcohólica superior a 60º gl --De graduación alcohólica inferior o igual a 60° gl y con valor C.I.F mayor a B/.2.50 por litro --De graduación alcohólica inferior o igual a 60° gl y con valor C.I.F. menor o igual a B/.2.50 por litro. --De graduación alcohólica inferior o igual a 60° gl y con valor C.I.F. menor o igual a B/.2.50 por litro a granel (bulk). --Los demás -Licores: --Con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. pero igual o inferior a 60% vol. --Con grado alcohólico volumétrico superior a 60% vol. --Los demás. -Los demás: --Los demás aguardientes: ---"Tequila" y "mezcal" ---Los demás, de graduación alcohólica superior 60° GL ---Los demás, de graduación alcohólica inferior o igual a 60º G.L. y con valor CIF superior a B/.2.50 por litro. ---Los demás, de graduación alcohólica inferior o igual a 60º G.L. y con valor CIF inferior o igual a B/.2.50 por litro, excepto los presentados a granel (bulk).

15 15

A A

15

A

15

A

15

A

15

A

15 15

A A

10 15 15

C C C

15

C

---Los demás, de graduación alcohólica inferior o igual a 60º G.L. y con valor CIF inferior o igual a B/.2.50 por litro, siempre que se presente a granel (bulk). ---Los demás. --Alcohol etílico sin desnaturalizar, con grado alcohólico volumétrico inferior al 80% vol. (carente de principios aromáticos): ---De graduación alcohólica superior 60º G.L. ---Los demás, de graduación alcohólica inferior o igual a 60º G.L. y con valor CIF superior a B/.2.50 por litro. ---Los demás, de graduación alcohólica inferior o igual a 60º G.L. y con valor CIF inferior o igual a B/.2.50 por litro, excepto los presentados a granel (bulk).

15

C

15

C

15 15

C C

15

C

2208.90.24

---Los demás, de graduación alcohólica inferior o igual a 60º G.L. y con valor CIF inferior o igual a B/.2.50 por litro, siempre que se presente a granel (bulk).

15

C

2208.90.29 2208.90.30

---Los demás. --Dilución acuosa de zumos de hortalizas, frutas u otros frutos, mezclada con cualquier producto destilado, adicionada de anhídrido carbónico, y con grado alcohólico volumétrico igual o inferior a 6% vol., en envases originales para su expendio al por menor. --Las demás bebidas espirituosas: ---Bebida compuesta de "Ron" y "Cola", con grado alcohólico volumétrico igual o inferior a 20% vol. y en recipientes originales para su expendio al por menor. ---Las demás, con grado alcohólico volumétrico superior a 60% vol. ---Las demás, con grado alcohólico volumétrico superior a 20% vol. pero inferior a 60% vol. y en recipientes originales para su expendio al por menor. ---Con grado alcohólico volumétrico igual o inferior a 20% vol. y en recipientes originales para su expendio al por menor.

15 15

C C

15

C

15 15

C C

15

C

---Los demás. --Los demás ---De graduación alcohólica volumétrica igual o o inferior a 20% vol. ---Los demás VINAGRE Y SUCEDÁ NEOS DEL VINAGRE OBTENIDOS A PARTIR DEL Á CIDO ACÉ TICO. -Vinagre comestible. -Sucedáneos comestibles del vinagre.

15

C

15 15

C C

15 15

C C

2208.60.10 2208.60.20 2208.60.30 2208.60.40 2208.60.90 2208.70 2208.70.10 2208.70.20 2208.70.90 2208.90 2208.90.11 2208.90.12 2208.90.13 2208.90.14

2208.90.15

2208.90.19

2208.90.21 2208.90.22 2208.90.23

2208.90.41

2208.90.42 2208.90.43

2208.90.44 2208.90.49 2208.90.91 2208.90.99 22.09 2209.00.10 2209.00.20

Página 57 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

A A

15 15

A A

15 15 15 15 10

A A A A A

LIBRE 15 15 15

A A A A

15 LIBRE

A A

15

A

15 15 15 15 15 15 15

A A A A A A A

10 15 15

A A A

15 15

A A

CAPITULO 23 2301

2301.10. 2301.10.10 2301.10.90 2301.20 2301.20.10 2301.20.90 23.02

2302.10.00 2302.20.00 2302.30.00 2302.40.00 2302.50.00 23.03

2303.10 2303.10.11 2303.10.19 2303.10.90 2303.20.00 2303.30.00 2304.00.00 2305.00.00

23.06

2306.10.00 2306.20.00 2306.30.00 2306.40.00 2306.50.00 2306.60.00 2306.70.00 2306.90 2306.90.10 2306.90.90 2307.00.00 23.08

2308.10.00 2308.90.00

HARINA, POLVO Y "PELLETS", DE CARNE, DESPOJOS, PESCADO O DE CRUSTÁ CEOS, MOLUSCOS O DEMÁ S INVERTEBRADOS ACUÁ TICOS, IMPROPIOS PARA LA ALIMENTACIÓ N HUMANA; CHICHARRONES. -Harina, polvo y "pellets", de carne o despojos; chicharrones: --Chicharrones. --Los demás. -Harina, polvo y "pellets", de pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos: --Harina, polvo y "pellets" de pescado. --Las demás. SALVADOS, MOYUELOS Y DEMÁ S RESIDUOS DEL CERNIDO, DE LA MOLIENDA O DE OTROS TRATAMIENTOS DE LOS CEREALES O DE LAS LEGUMINOSAS, INCLUSO EN "PELLETS". -De maíz. -De arroz. -De trigo. -De los demás cereales. -De leguminosas. RESIDUOS DE LA INDUSTRIA DEL ALMIDÓ N Y RESIDUOS SIMILARES, PULPA DE REMOLACHA, BAGAZO DE CAÑ A DE AZÚ CAR Y DEMÁ S DESPERDICIOS DE LA INDUSTRIA AZUCARERA, HECES Y DESPERDICIOS DE CERVECERÍA O DE DESTILERÍA, INCLUSO EN "PELLETS". -Residuos de la industria del almidón y residuos similares: --Gluten de maíz: ---Para fines alimenticios (incluso humano). ---Los demás. --Los demás. -Pulpa de remolacha, bagazo de caña de azúcar y demás desperdicios de la industria azucarera. -Heces y desperdicios de cervecería o de destilería TORTAS Y DEMÁ S RESIDUOS SÓ LIDOS DE LA EXTRACCIÓ N DEL ACEITE DE SOJA (SOYA), INCLUSO MOLIDOS O EN "PELLETS". TORTAS Y DEMÁ S RESIDUOS SÓ LIDOS DE LA EXTRACCIÓ N DEL ACEITE DE CACAHUATE (CACAHUETE, MANÍ), INCLUSO MOLIDOS O EN "PELLETS". TORTAS Y DEMÁ S RESIDUOS SÓ LIDOS DE LA EXTRACCIÓ N DE GRASAS O ACEITES VEGETALES, INCLUSO MOLIDOS O EN "PELLETS", EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 23.04 ó 23.05. -De algodón. -De lino. -De girasol. -De nabo (de nabina) o de colza. -De coco o de copra. -De nuez o de almendra de palma. -De germen de maíz. -Los demás: --De linaza. --Los demás. LÍAS O HECES DE VINO; TÁ RTARO BRUTO. MATERIAS VEGETALES Y DESPERDICIOS, VEGETALES, RESIDUOS Y SUBPRODUCTOS VEGETALES, INCLUSO EN "PELLETS", DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA LA ALIMENTACIÓ N DE LOS ANIMALES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Bellotas y castañas de Indias. -Los demás.

Página 58 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 23.09 2309.10 2309.10.10 2309.10.90 2309.90. 2309.90.10 2309.90.21 2309.90.22 2309.90.23 2309.90.29 2309.90.31 2309.90.39 2309.90.40

2309.90.50

2309.90.91 2309.90.92 2309.90.99

DESCRIPCION PREPARACIONES DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS PARA LA ALIMENTACIÓ N DE LOS ANIMALES. -Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor: --Galletas. --Los demás. -Las demás: --Preparaciones forrajeras con adición de melaza o de azúcar. --Los demás piensos compuestos "completos" de ganadería: ---Avena fortificada. ---Reemplazador de leche para la alimentación animal ---Los demás preparados destinados a la crianza de terneros. ---Los demás. --Alimentos complementarios a base de Concentrado de proteína: ---Concentrados con menos del 36% de proteína cruda, por peso de la preparación. ---Los demás. --Las demás premezclas (suplementos concentrados vitamínicos o mixturas de microingrediente: vitaminas, minerales, antibióticos, etc, sobre soporte). --Los demás ingredientes para la preparación de alimentos (por ejemplo: preparaciones formadas por varias sustancias minerales; preparaciones bases para la elaboración de premezclas, no expresadas ni comprendidas en otra parte). --Los demás: ---Preparaciones alimenticias para pájaros. ---Preparaciones alimenticias para peces. ---Los demás.

Página 59 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15

A A

5

A

15 5 5 15

A A A A

LIBRE

A

10 LIBRE

A A

LIBRE

A

15 15 15

A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE 15

A A EXCL.

15

EXCL.

15

EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15 15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

15

EXCL.

15 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

CAPITULO 24 24.01 2401.10.00 2401.20.00 2401.30.00 24.02

2402.10.00 2402.20.00 2402.90 2402.90.10 2402.90.20 24.03

2403.10 2403.10.10 2403.10.20 2403.10.30 2403.10.90 2403.91.00 2403.99 2403.99.10 2403.99.20 2403.99.90

TABACO EN RAMA O SIN ELABORAR; DESPERDICIOS DE TABACO. -Tabaco sin desvenar o desnervar. -Tabaco total o parcialmente desvenado o desnervado. -Desperdicios de tabaco. CIGARROS (PUROS) (INCLUSO DESPUNTADOS), CIGARRITOS (PURITOS) Y CIGARRILLOS, DE TABACO O DE SUCEDÁ NEOS DEL TABACO. -Cigarros (puros) (incluso despuntados) y cigarritos (puritos), que contengan tabaco -Cigarrillos que contengan tabaco. -Los demás: --Cigarros o puros (incluso despuntados) y puritos. --Cigarrillos. LOS DEMÁ S TABACOS Y SUCEDÁ NEOS DEL TABACO, ELABORADOS; TABACO “HOMOGENEIZADO" O "RECONSTITUIDO"; EXTRACTOS Y JUGOS DE TABACO. -Tabaco para fumar, incluso con sucedáneos de tabaco en cualquier proporció n: --Picaduras para la fabricación de cigarrillos. --Tabaco para pipa, incluso con sucedáneos de tabaco. --Picaduras de mascar, sin prensar. --Los demás. -Los demás: --Tabaco " homogeneizado " o " reconstituido " --Los demás: ---Prensado en tabletas para fumar o mascar (brevas) ---Tabaco en polvo ( Rapé ). ---Los demás.

Página 60 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15 84 LIBRE

C C C A

15 84 10

C C A

LIBRE LIBRE

A A

10 10

A A

LIBRE 10 10

A B A

10

A

10 10 LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 10 LIBRE

A A A A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

10 15

A B

CAPITULO 25 25.01

2501.00.10 2501.00.20 2501.00.30 2501.00.40 2501.00.91 2501.00.99 2502.00.00 25.03 2503.00.10 2503.00.90 25.04 2504.10.00 2504.90.00 25.05 2505.10. 2505.10.10 2505.10.90 2505.90.00 25.06

2506.10.00 2506.21.00 2506.29.00 2507.00.00 25.08

2508.10.00 2508.20.00 2508.30.00 2508.40.00 2508.50.00 2508.60.00 2508.70.00 2509.00.00 25.10 2510.10.00 2510.20.00 25.11

2511.10.00 2511.20. 2511.20.10 2511.20.20

SAL (INCLUIDAS LA DE MESA Y LA DESNATURALIZADA) Y CLORURO DE SODIO PURO, INCLUSO EN DISOLUCIÓ N ACUOSA O CON ADICIÓ N DE ANTIAGLOMERANTES O DE AGENTES QUE GARANTICEN UNA BUENA FLUIDEZ; AGUA DE MAR. -Agua de mar. -Cloruro de sodio puro (grado analítico). -Sal de mesa o cocina. -Sal refinada industrial en envases no menores de 25 Kilos. -Las demás : --Preparada para alimentos de animales. --Las demás . PIRITAS DE HIERRO SIN TOSTAR. AZUFRE DE CUALQUIER CLASE, EXCEPTO EL SUBLIMADO, EL PRECIPITADO Y EL COLOIDAL. -Azufre en bruto y azufre sin refinar. -Los demás. GRAFITO NATURAL. -Los demás. -Los demás. ARENAS NATURALES DE CUALQUIER CLASE, INCLUSO COLOREADAS, EXCEPTO LAS ARENAS METALÍFERAS DEL CAPÍTULO 26. -Arenas silíceas y arenas cuarzosas: --Para filtros. --Las demás. -Las demás. CUARZO, (EXCEPTO LAS ARENAS NATURALES); CUARCITA, INCLUSO DESBASTADA O SIMPLEMENTE TROCEADA, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES. -Cuarzo. -Cuarcita: --En bruto o desbastada. --Las demás CAOLÍN Y DEMÁ S ARCILLAS CAOLÍNICAS, INCLUSO CALCINADÓ S LAS DEMÁ S ARCILLAS (EXCEPTO LAS ARCILLAS DILATADAS DE LA PARTIDA No. 68.06), ANDALUCITA, CIANITA Y SILIMANITA, INCLUSO CALCINADAS; MULLITA; TIERRAS DE CHAMOTA O DE DINAS. -Bentonita. -Tierras decolorantes y tierras de batán. -Arcillas refractarias. -Las demás arcillas. -Andalucita, cianita y silimanita. -Mullita. -Tierras de chamota o de dinas. CRETA. FOSFATOS DE CALCIO NATURALES, FOSFATOS ALUMINOCÁ LCICOS NATURALES Y CRETAS FOSFATADAS. -Sin moler. -Molidos. SULFATO DE BARIO NATURAL (BARITINA); CARBONATO DE BARIO NATURAL (WITHERITA), INCLUSO CALCINADO, EXCEPTO EL Ó XIDO DE BARIO DE LA PARTIDA No. 28.16. -Sulfato de bario natural (baritina). -Carbonato de bario natural (witherita): --Sin calcinar. --Calcinado.

Página 61 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2512.00.00

25.13

2513.11.00 2513.19.00 2513.20 2513.20.10 2513.20.90 2514.00.00

25.15

2515.11.00 2515.12.00 2515.20.00 25.16

2516.11.00 2516.12.00

2516.21.00 2516.22.00 2516.90.00 25.17

2517.10

2517.10.10 2517.10.90 2517.20.00 2517.30.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

HARINAS SILÍCEAS FÓ SILES (POR EJEMPLO :“KIESELGUHR”, TRIPOLITA, DIATOMITA ) Y DEMÁ S TIERRAS SILÍCEAS ANÁ LOGAS, DE DENSIDAD APARENTE INFERIOR O IGUAL A 1, INCLUSO CALCINADAS. PIEDRA PÓ MEZ; ESMERIL; CORINDÓ N NATURAL, GRANATE NATURAL Y DEMÁ S ABRASIVOS NATURALES, INCLUSO TRATADOS TÉ RMICAMENTE. -Piedra pómez: --En bruto o en trozos irregulares, incluida la quebrantada (grava de piedra pó mez o "bimskies"). --Las demás. -Esmeril, corindón natural, granate natural y demás abrasivos naturales: --En bruto o en trozos irregulares. --Los demás PIZARRA, INCLUSO DESBASTADA O SIMPLEMENTE TROCEADA, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES. MÁ RMOL, TRAVERTINOS, "ECAUSSINES" Y DEMÁ S PIEDRAS CALIZAS DE TALLA O DE CONSTRUCCIÓ N DE DENSIDAD APARENTE SUPERIOR O I GUAL A 2.5, Y ALABASTRO, INCLUSO DESBASTADOS O SIMPLEMENTE TROCEADOS, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES. -Mármol y travertinos: --En bruto o desbastados. --Simplemente troceados, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares -"Ecaussines" y demás piedras calizas de talla o de construcción; alabastro.

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE 10 15

A A B

10 LIBRE

A A

10

A

LIBRE LIBRE

A A

15 15

B B

15

B

LIBRE 10 10

A A A

10

A

GRANITO, PÓ RFIDO, BASALTO, ARENISCA Y DEMÁ S PIEDRAS DE TALLA O DE CONSTRUCCIÓ N, INCLUSO DESBASTADOS O SIMPLEMENTE TROCEADOS, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES. -Granito: --En bruto o desbastado. --Simplemente troceado, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares. -Arenisca: --En bruto o desbastada. --Simplemente troceada, por aserrado o de otro modo, en bloques o en placas cuadradas o rectangulares. -Las demás piedras de talla o de construcción. CANTOS, GRAVA, PIEDRAS MACHACADAS, DE LOS TIPOS GENERALMENTE UTILIZADOS PARA HACER HORMIGÓ N, O PARA FIRMES DE CARRETERAS, VÍAS FÉ RREAS U OTROS BALASTOS, GUIJARROS Y PEDERNAL, INCLUSO TRATADOS TÉ RMICAMENTE; MACADÁ N DE ESCORIAS O DE DESECHOS INDUSTRIALES SIMILARES, INCLUSO CON MATERIALES COMPRENDIDOS EN LA PRIMERA PARTE DE LA PARTIDA; MACADÁ N ALQUITRANADO; GRÁ NULOS, TASQUILES (FRAGMENTOS) Y POLVO DE PIEDRAS DE LAS PARTIDAS No. 25.15 ó 25.16, INCLUSO TRATADOS TÉ RMICAMENTE. -Cantos, grava, piedras machacadas, de los tipos generalmente utilizados para hacer hormigón, o para firmes de carreteras, vías férreas u otros balastos, guijarros y pedernal, incluso tratados térmicamente: --Grava filtrante. --Las demás. -Macadán de escorias o de desechos industriales similares, incluso con materiales citados en la subpartida No 2517.10. -Macadán alquitranado. -Gránulos, tasquiles (fragmentos) y polvo de piedras de las partidas Nos. 25.15 ó 25.16, incluso tratados térmicamente:

Página 62 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2517.41.00 2517.49.00 25.18

2518.10.00 2518.20.00 2518.30.00 25.19

2519.10.00 2519.90.00 25.20

2520.10.00 2520.20.00 2521.00.00 25.22 2522.10.00 2522.20.00 2522.30.00 25.23 2523.10.00 2523.21.00 2523.29.00 2523.30.00 2523.90.00 2524.00.00 25.25 2525.10.00 2525.20.00 2525.30.00 25.26

2526.10.00 2526.20.00 2527.00.00 25.28

2528.10.00 2528.90.00 25.29 2529.10.00 2529.21.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De mármol. --Los demás. DOLOMITA, INCLUSO SINTERIZADA O CALCINADA; DOLOMITA DESBASTADA O SIMPLEMENTE TROCEADA, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES; AGLOMERADO DE DOLOMITA. -Dolomita sin calcinar ni sinterizar, llamada “cruda”. -Dolomita calcinada o sinterizada. -Aglomerado de dolomita. CARBONATO DE MAGNESIO NATURAL (MAGNESITA); MAGNESIA ELECTROFUNDIDA; MAGNESIA CALCINADA A MUERTE (SINTERIZADA), INCLUSO CON PEQUEÑ AS CANTIDADES DE OTROS Ó XIDOS AÑ ADIDOS ANTES DE LA SINTERIZACIÓ N; Ó XIDO DE MAGNESIO, INCLUSO PURO. -Carbonato de magnesio natural (magnesita). -Los demás. YESO NATURAL; ANHIDRITA; YESO FRAGUABLE ( CONSISTENTE EN YESO NATURAL CALCINADO O EN SULFATO DE CALCIO), INCLUSO COLOREADO O CON PEQUEÑ AS CANTIDADES DE ACELERADORES O RETARDADORES. -Yeso natural; anhidrita. -Yesos fraguable. CASTINAS; PIEDRAS PARA LA FABRICACIÓ N DE CAL O DE CEMENTO CAL VIVA, CAL APAGADA Y CAL HIDRÁ ULICA, EXCEPTO EL Ó XIDO Y EL HIDRÓ XIDO DE CALCIO DE LA PARTIDA No. 28.25. -Cal viva. -Cal apagada. -Cal hidráulica. CEMENTOS HIDRÁ ULICOS (COMPRENDIDOS LOS CEMENTOS SIN PULVERIZAR O CLINKER), INCLUSO COLOREADOS . -Cementos sin pulverizar ("clinker"). -Cemento Portland: --Cemento blanco, incluso coloreado artificialmente. --Los demás. -Cementos aluminosos. -Los demás cementos hidráulicos. AMIANTO (ASBESTO)

LIBRE 10

A A

10 10 10

A A A

LIBRE 10

A A

LIBRE LIBRE 10

A A A

15 15 15

C C C

LIBRE

A

10 10 10 10 LIBRE

B EXCL. B EXCL. A

10 LIBRE 10

A A A

10 LIBRE 10

A A A

10 10

A A

LIBRE

A

LIBRE

A

MICA, INCLUIDA LA MICA EXFOLIADA EN LAMINILLAS IRREGULARES ("SPLITTINGS"); DESPERDICIOS DE MICA. -Mica en bruto o exfoliada en hojas o en laminillas irregulares ("splittings"). -Mica en polvo. -Desperdicios de mica. ESTEATITA NATURAL, INCLUSO DESBASTADA O SIMPLEMENTE TROCEADA, POR ASERRADO O DE OTRO MODO, EN BLOQUES O EN PLACAS CUADRADAS O RECTANGULARES; TALCO. -Sin triturar ni pulverizar. -Triturados o pulverizados. CRIOLITA NATURAL; QUIOLITA NATURAL BORATOS NATURALES Y SUS CONCENTRADOS (INCLUSO CALCINADOS), EXCEPTO LOS BORATOS EXTRAIDOS DE LAS SALMUERAS NATURALES; Á CIDO BÓ RICO NATURAL CON UN CONTENIDO DE H3B03 INFERIOR O IGUAL AL 85%, VALORADO SOBRE PRODUCTO SECO. -Boratos de sodio naturales y sus concentrados (incluso calcinados). -Los demás. FELDESPATO; LEUCITA; NEFELINA Y NEFELINA SIENITA; ESPATO FLÚ OR. -Feldespato. -Espato flúor: --Con un contenido de fluoruro de calcio inferior o igual al 97% en peso.

Página 63 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2529.22.00 2529.30.00 25.30 2530.10.00 2530.20.00 2530.40.00 2530.90 2530.90.10 2530.90.90

DESCRIPCION --Con un contenido de fluoruro de calcio superior al 97% en peso. -Leucita; nefelina y nefelina sienita. MATERIAS MINERALES NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Vermiculita, perlita y cloritas, sin dilatar. -Kieserita y epsomita (sulfatos de magnesio naturales). -Ó xidos de hierro micáceos naturales. -Las demás: --Tierras colorantes. --Las demás.

Página 64 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10

A A

5 5 LIBRE

A A A

5 5

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 10

A A A A

10 10 10 10 10 10 10 10 10

A A A A A A A A A

10 10

A A

10 10 10

A A A

10 10

A A

10

A

LIBRE 10

A A

10 15 LIBRE 10

A B A A

10 10 10 10 10 10

A A A B B B

15 10 10

B B B

CAPITULO 26 26.01

2601.11.00 2601.12.00 2601.20.00 2602.00.00

2603.00.00 2604.00.00 2605.00.00 2606.00.00 2607.00.00 2608.00.00 2609.00.00 2610.00.00 2611.00.00 26.12 2612.10.00 2612.20.00 26.13 2613.10.00 2613.90.00 2614.00.00 26.15 2615.10.00 2615.90.00 26.16 2616.10.00 2616.90. 2616.90.10 2616.90.90 26.17 2617.10.00 2617.90.00 2618.00.00 2619.00.00 26.20

2620.11.00 2620.19.00 2620.20.00 2620.30.00 2620.40.00 2620.50.00 2620.90. 2620.90.10 2620.90.90 2621.00.00

MINERALES DE HIERRO Y SUS CONCENTRADOS, INCLUIDAS LAS PIRITAS CENTRADOS, INCLUIDAS LAS PIRITAS DE HIERRO TOSTADAS (CENIZAS DE PIRITAS). -Minerales de hierro y sus concentrados, excepto las piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas): --Sin aglomerar. --Aglomerados. -Piritas de hierro tostadas (cenizas de piritas). MINERALES DE MANGANESO Y SUS CONCENTRADOS, INCLUIDOS LOS MINERALES DE MANGANESO FERRUGINOSOS Y SUS CONCENTRADOS CON UN CONTENIDO DE MANGANESO SUPERIOR O IGUAL AL 20% EN PESO, SOBRE PRODUCTO SECO. MINERALES DE COBRE Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE NÍQUEL Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE COBALTO Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE ALUMINIO Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE PLOMO Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE CINC Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE ESTAÑ O Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE CROMO Y SUS CONCENTRADOS . MINERALES DE VOLFRAMIO (TUNGSTENO) Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE URANIO O TORIO, Y SUS CONCENTRADOS. -Minerales de uranio y sus concentrados. -Minerales de torio y sus concentrados. MINERALES DE MOLIBDENO Y SUS CONCENTRADOS. -Tostados. -Los demás. MINERALES DE TITANIO Y SUS CONCENTRADOS. MINERALES DE NIOBIO, TANTALIO, VANADIO O CIRCONIO, Y SUS CONCENTRADOS. -Minerales de circonio y sus concentrados. -Los demás MINERALES DE LOS METALES PRECIOSOS Y SUS CONCENTRADOS. -Minerales de plata y sus concentrados. -Los demás: --Minerales de oro y sus concentrados. --Los demás. LOS DEMÁ S MINERALES Y SUS CONCENTRADOS. -Minerales de antimonio y sus concentrados. -Los demás. ESCORIAS GRANULADAS (ARENA DE ESCORIAS) DE LA SIDERURGIA. ESCORIAS (EXCEPTO LAS GRANULADAS), BATIDURAS Y DEMÁ S DESPERDICIOS DE LA SIDERURGIA. CENIZAS Y RESIDUOS (EXCEPTO LOS DE LA SIDERURGIA) QUE CONTENGAN METAL O COMPUESTOS DE METALES. -Que contengan principalmente cinc: --Matas de galvanización. --Los demás. -Que contengan principalmente plomo. -Que contengan principalmente cobre. -Que contengan principalmente aluminio. -Que contengan principalmente vanadio. -Los demás: --Residuos de carnalita. --Los demás. LAS DEMÁ S ESCORIAS Y CENIZAS, INCLUIDAS LAS CENIZAS DE ALGAS.

Página 65 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 LIBRE 10 10

B A B B

10 10 10

B B B

15 10 15

C B B

15

B

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 15

A A A A C

LIBRE

A

10

B

15 LIBRE

B A

10 10 LIBRE

B B A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

CAPITULO 27 27.01

2701.11.00 2701.12.00 2701.19.00 2701.20.00 27.02 2702.10.00 2702.20.00 2703.00.00 27.04. 2704.00.10 2704.00.90 2705.00.00

2706.00.00

27.07

2707.10.00 2707.20.00 2707.30.00 2707.40.00 2707.50.00

2707.60.00 2707.91.00 2707.99 2707.99.10 2707.99.90 27.08 2708.10.00 2708.20.00 2709.00.00 27.10

2710.00.11 2710.00.12 2710.00.13 2710.00.14 2710.00.15

HULLAS; BRIQUETAS, OVOIDES Y COMBUSTIBLES SÓ LIDOS SIMILARES, OBTENIDOS DE LA HULLA. -Hullas, incluso pulverizadas, pero sin aglomerar: --Antracitas. --Hulla bituminosa. --Las demás hullas. -Briquetas, ovoides y combustibles sólidos similares, obtenidos de la hulla. LIGNITOS, INCLUSO AGLOMERADOS, EXCEPTO EL AZABACHE. -Lignitos, incluso pulverizados, pero sin aglomerar. -Lignitos aglomerados. TURBA (COMPRENDIDA LA UTILIZADA PARA CAMA DE ANIMALES), INCLUSO AGLOMERADA. COQUES Y SEMICOQUES DE HULLA, LIGNITO O TURBA, INCLUSO AGLOMERADOS; CARBÓ N DE RETORTA. -Carbón de retorta. -Los demás. GAS DE HULLA, GAS DE AGUA, GAS POBRE Y GASES SIMILARES, EXCEPTO EL GAS DE PETRÓ LEO Y DEMÁ S HIDROCARBUROS GASEOSOS ALQUITRANES DE HULLA, LIGNITO O TURBA Y DEMÁ S ALQUITRANES MINERALES, AUNQUE ESTÉ N DESHIDRATADOS O DESCABEZADOS, INCLUIDOS LOS ALQUITRANES RECONSTITUIDOS. ACEITES Y DEMÁ S PRODUCTOS DE LA DESTILACIÓ N DE LOS ALQUITRANES DE HULLA DE ALTA TEMPERATURA; PRODUCTOS ANÁ LOGOS EN LOS QUE LOS CONSTITUYENTES AROMÁ TICOS PREDOMINEN EN PESO SOBRE LOS NO AROMÁ TICOS. -Benzoles. -Toluoles. -Xiloles -Naftaleno -Las demás mezclas de hidrocarburos aromáticos que destilen 65% o más de su volumen (incluidas las pérdidas) a 250 ºC, según la norma ASTM D 86. -Fenoles. -Los demás: --Aceites de creosota. --Los demás: ---Nafta disolvente. ---Los demás. BREA Y COQUE DE BREA DE ALQUITRÁ N DE HULLA O DE OTROS ALQUITRANES MINERALES. -Brea. -Coque de brea. ACEITES CRUDOS DE PETRÓ LEO O DE MINERAL BITUMINOSO ACEITES DE PETRÓ LEO O DE MINERAL BITUMINOSO, EXCEPTO LOS ACEITES CRUDOS; PREPARACIONES NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE, CON UN CONTENIDO DE ACEITES DE PETRÓ LEO O DE MINERAL BITUMINOSO SUPERIOR O IGUAL AL 70% EN PESO, EN LAS QUE ESTOS ACEITES CONSTITUYAN EL ELEMENTO BASE. -Gasolina, carburantes tipo gasolina para motores y turbinas --Gasolinas de 87 octanos (Sistema R.O.N), sin plomo --Gasolinas de 87 octanos (Sistema R.O.N), con plomo --Gasolinas de 95 octanos (Sistema R.O.N), sin plomo --Gasolinas de 95 octanos (Sistema R.O.N), con plomo --Gasolinas de aviación.

Página 66 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2710.00.19 2710.00.20 2710.00.30

2710.00.41 2710.00.49 2710.00.51 2710.00.59 2710.00.61 2710.00.69

2710.00.71

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Las demás. -"White spirit". -Nafta de petróleo ("eter de petróleo"). -Queroseno, incluidos los carburantes tipo queroseno para reactores y turbinas: --Carburantes para reactores y turbinas, (Jet Fuel). --Los demás. -Los demás aceites de gas (gasoil) y diesel, incluso preparados : --"Diesel" liviano --Los demás. -Los demás aceites combustibles pesados, incluso preparados: --Fuel Oil, Bunker C. --Los demás. -Aceites lubricantes y las preparaciones que contengan, en peso, un porcentaje igual o superior al 70% de aceite de petróleo o de minerales bituminosos:

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 40

A C

LIBRE 34

A C

LIBRE

A

10

A

15

B

15 5 5 10

B A A B

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 10

A B

LIBRE 10 10 10

A B B B

10 10

B B

2710.00.73

--Aceites mineral base, incluso coloreado, con exclusión de los aceites compuestos, sin acondicionar para su venta directa al por menor. --Aceites lubricantes para transformadores eléctricos o disyuntores; aceites lubricantes para aviación. --Aceites lubricantes de los tipos producidos nacionalmente

2710.00.74 2710.00.75 2710.00.79 2710.00.90 27.11

--Líquidos para frenos y transmisiones hidráulicas. -Grasas lubricantes. --Los demás. -Los demás. GAS DE PETRÓ LEO Y DEMÁ S HIDROCARBUROS GASEOSOS

2710.00.72

2711.11.00 2711.12.00 2711.13.00 2711.14.00 2711.19.00 2711.21.00 2711.29 2711.29.10 2711.29.90 27.12

2712.10.00 2712.20.00 2712.90 2712.90.10 2712.90.90 27.13

2713.11.00 2713.12.00 2713.20.00 2713.90.00 27.14 2714.10.00 2714.90.00

-Licuados: --Gas natural. --Propano. --Butanos. --Etileno, propileno, butileno y butadieno. --Los demás. -En estado gaseoso: --Gas natural. --Los demás: ---Butanos. ---Los demás. VASELINA; PARAFINA, CERA DE PETRÓ LEO MIROCRISTALINA, "SLACK WAX", OZOQUERITA, CERA DE LIGNITO, CERA DE TURBA, DEMÁ S CERAS MINERALES Y PRODUCTOS SIMILARES OBTENIDOS POR SÍNTESIS O POR OTROS PROCEDIMIENTOS, INCLUSO COLOREADOS. -Vaselina -Parafina con un contenido de aceite inferior al 0.75% en peso. -Los demás: --Parafina con un contenido de aceite igual o superior al 0.75 % en peso. --Los demás. COQUE DE PETRÓ LEO, BETÚ N DE PETRÓ LEO Y DEMÁ S RESIDUOS DE LOS ACEITES DE PETRÓ LEO O DE MINERAL BITUMINOSO. -Coque de petróleo: --Sin calcinar. --Calcinado. -Betún de petróleo. -Los demás residuos de los aceites de petróleo o de mineral bituminoso. BETUNES Y ASFALTOS NATURALES; PIZARRAS Y ARENAS BITUMINOSAS; ASFALTITAS Y ROCAS ASFÁ LTICAS. -Pizarras y arenas bituminosas. -Los demás.

Página 67 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2715.00.

2715.00.10 2715.00.90 2716.00.00

DESCRIPCION MEZCLAS BITUMINOSAS A BASE DE ASFALTO O DE BETÚ N NATURALES, DE BETÚ N DE PETRÓ LEO, DE ALQUITRÁ N MINERAL O DE BREA DE ALQUITRÁ N MINERAL (POR EJEMPLO: MÁ STIQUES BITUMINOSOS Y "CUT BACKS"). -“Cut Backs” (Asfaltos de penetración, recortados y similares) -Las demás ENERGÍA ELÉ CTRICA (PARTIDA DISCRECIONAL).

Página 68 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10 LIBRE

A B A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE 5 LIBRE LIBRE

A A A A A

5

A

LIBRE

A

LIBRE 5 5 15 LIBRE

A B A B A

LIBRE

A

5 LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

15

B

15 15

B B

15 15 15 15

B B B B

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

CAPITULO 28 28 28.01 2801.10.00 2801.20.00 2801.30.00 2802.00.00 2803.00.00 28.04 2804.10.00 2804.21.00 2804.29 2804.29.10 2804.29.90 2804.30.00 2804.40.00 2804.50.00 2804.61.00 2804.69.00 2804.70.00 2804.80.00 2804.90.00 28.05

2805.11.00 2805.19 2805.19.10 2805.19.90 2805.21.00 2805.22.00 2805.30.00 2805.40.00 28.06 2806.10.00 2806.20.00 2807.00.00 2808.00.00 28.09 2809.10.00 2809.20.00 2810.00.00 28.11

2811.11.00 2811.19 2811.19.10 2811.19.20 2811.19.30

PRODUCTOS QUÍMICOS INORGÁ NICOS; COMPUESTOS INORGÁ NICOS U ORGÁ NICOS FLÚ OR, CLORO, BROMO Y YODO. -Cloro. -Yodo. -Flúor; bromo. AZUFRE SUBLIMADO O PRECIPITADO; AZUFRE COLOIDAL CARBONO (NEGROS DE HUMO Y OTRAS FORMAS DE CARBONO NO EXPRESA DAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE). HIDRÓ GENO, GASES NOBLES Y DEMÁ S ELEMENTOS NO METÁ LICOS. -Hidrógeno. -Gases nobles: --Argón. --Los demás: ---Neón. ---Los demás. -Nitrógeno. -Oxígeno. -Boro; teluro. -Silicio: --Con un contenido de silicio superior o igual al 99.99% en peso --Los demás. -Fósforo. -Arsénico. -Selenio. METALES ALCALINOS O ALCALINOTÉ RREOS; METALES DE LAS TIERRAS RARAS, ESCANDIO E ITRIO, INCLUSO MEZCLADOS O ALEADOS ENTRE SÍ; MERCURIO. -Metales alcalinos: --Sodio. --Los demás: ---Litio. ---Los demás. Metales alcalinotérreos: --Calcio. --Estroncio y bario. -Metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados -Mercurio. CLORURO DE HIDRÓ GENO (Á CIDO CLORHÍDRICO); Á CIDO CLOROSULFÚ RICO -Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico). -Á cido clorosulfúrico. Á CIDO SULFÚ RICO; OLEUM. Á CIDO NÍTRICO; Á CIDOS SULFONÍTRICOS. PENTAÓ XIDO DE DIFÓ SFORO; Á CIDO FOSFÓ RICO Y Á CIDOS POLIFOSFÓ RICOS. -Pentaóxido de difósforo. -Á cido fosfórico y ácidos polifosfóricos. Ó XIDOS DE BORO; Á CIDOS BÓ RICOS. LOS DEMÁ S Á CIDOS INORGÁ NICOS Y LOS DEMÁ S COMPUESTOS OXIGENADOS INORGÁ NICOS DE LOS ELEMENTOS NO METÁ LICOS. -Los demás ácidos inorgánicos: --Fluoruro de hidrógeno (ácido fluorhídrico). --Los demás: ---Á cido Perclórico. ---Á cido Bromhídrico. ---Á cido Yodhídrico.

Página 69 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2811.19.90

2811.21.00 2811.22.00 2811.23.00 2811.29 2811.29.10 2811.29.90 28.12 28.12.10 2812.10.10 2812.10.20 2812.10.90 2812.9 2812.90.10 2812.90.90 28.13 2813.10.00 2813.90.00 28.14 2814.10.00 2814.20.00 28.15

2815.11.00 2815.12.00 2815.20.00 2815.30.00 28.16 2816.10.00 2816.20.00 2816.30.00 2817.00.00 28.18 2818.10.00 2818.20.00 2818.30.00 28.19 2819.10.00 2819.90.00 28.20 2820.10.00 2820.90.00 28.21

2821.10.00 2821.20.00 2822.00.00 2823.00.00 28.24 2824.10.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás. -Los demás compuestos oxigenados inorgánicos de los elementos no metá licos --Dióxido de carbono. --Dióxido de silicio. --Dióxido de azufre. --Los demás: ---Trióxido de azufre (anhídrico sulfúrico). ---Los demás. HALOGENUROS Y OXIHALOGENUROS DE LOS ELEMENTOS NO METÁ LICOS -Cloruros y oxicloruros: --De fósforo. --De azufre. --Los demás. -Los demás: --Tribromuro de fósforo. --Los demás. SULFUROS DE LOS ELEMENTOS NO METÁ LICOS; TRISULFURO DE F Ó SFORO COMERCIAL. -Disulfuro de carbono -Los demás. AMONÍACO ANHIDRO O EN DISOLUCIÓ N ACUOSA. -Amoníaco anhidro. -Amoníaco en disolución acuosa. HIDRÓ XIDO DE SODIO (SOSA O SODA CÁ USTICA); HIDRÓ XIDO DE POTASIO (POTASA CÁ USTICA); PERÓ XIDOS DE SODIO O DE POTASIO. -Hidróxido de sodio (sosa o soda caústica): --Sólido. --En disolución acuosa (lejía de sosa o soda cáustica) -Hidróxido de potasio (potasa cáustica). -Peróxidos de sodio o de potasio. HIDRÓ XIDO Y PERÓ XIDO DE MAGNESIO; Ó XIDOS, HIDRÓ XIDOS Y PERÓ XIDOS, DE ESTRONCIO O DE BARIO. -Hidróxido y peróxido de magnesio. -Ó xido, hidróxido y peróxido de estroncio. -Ó xido, hidróxido y peróxido de bario. Ó XIDO DE CINC; PERÓ XIDO DE CINC. CORINDÓ N ARTIFICIAL, AUNQUE NO SEA QUÍMICAMENTE DEFINIDO; Ó XIDO DE ALUMINIO; HIDRÓ XIDO DE ALUMINIO. -Corindón artificial, aunque no sea químicamente definido -Ó xido de aluminio, excepto el corindón artificial. -Hidróxido de aluminio. Ó XIDOS E HIDRÓ XIDOS DE CROMO. -Trióxido de cromo. -Los demás. Ó XIDOS DE MANGANESO. -Dióxido de manganeso. -Los demás. Ó XIDOS E HIDRÓ XIDOS DE HIERRO; TIERRAS COLORANTES CON UN CONTENIDO DE HIERRO COMBINADO, EXPRESADO EN Fe2 03, SUPERIOR O EXPRESADO EN Fe2 03, SUPERIOR O IGUAL AL 70% EN PESO. -Ó xidos e hidróxidos de hierro. -Tierras colorantes. Ó XIDOS E HIDRÓ XIDOS DE COBALTO; Ó XIDOS DE COBALTO COMERCIALES. Ó XIDOS DE TITANIO. Ó XIDOS DE PLOMO; MINIO Y MINIO ANARANJADO. -Monóxido de plomo (litargirio, masicote).

LIBRE

A

15 LIBRE LIBRE

C A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE 15

A A B

LIBRE LIBRE

A A

15 15

B B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15

A B

LIBRE LIBRE 15

A A B

LIBRE

A

LIBRE

A

Página 70 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2824.20.00 2824.90.00 28.25

2825.10.00 2825.20.00 2825.30.00 2825.40.00 2825.50.00 2825.60.00 2825.70.00 2825.80.00 2825.90 2825.90.10 2825.90.90 28.26

2826.11.00 2826.12.00 2826.19.00 2826.20.00 2826.30.00 2826.90.00 28.27 2827.10.00 2827.20.00 2827.31.00 2827.32.00 2827.33.00 2827.34.00 2827.35.00 2827.36.00 2827.38.00 2827.39 2827.39.10 2827.39.20 2827.39.90 2827.41.00 2827.49.00 2827.51.00 2827.59.00 2827.60.00 28.28 2828.10.00 2828.90.00 28.29 2829.11.00 2829.19.00 2829.90.00 28.30 2830.10.00 2830.20.00

DESCRIPCION -Minio y minio anaranjado. -Los demás. HIDRAZINA E HIDROXILAMINA Y SUS SALES INORGÁ NICAS, LAS DEMÁ S BASES INORGÁ NICAS; LOS DEMÁ S Ó XIDOS, HIDRÓ XIDOS Y PERÓ XIDOS DE METALES. -Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas -Ó xido e hidróxido de litio. -Ó xidos e hidróxidos de vanadio. -Ó xidos e hidróxidos de níquel. -Ó xidos e hidróxidos de cobre -Ó xidos de germanio y dióxido de circonio. -Ó xidos e hidróxidos de molibdeno. -Ó xidos de antimonio. -Los demás: --Hidróxido de calcio. --Los demás. FLUORUROS; FLUOROSILICATOS, FLUORO ALUMINATOS Y DEMÁ S SALES COMPLEJAS DEL FLÚ OR. -Fluoruros: --De amonio o sodio. --De aluminio. --Los demás. -Fluorosilicatos de sodio o potasio. -Hexafluoroaluminato de sodio (criolita sintética). -Los demás. CLORUROS, OXICLORUROS E HIDROXICLO- RUROS; BROMUROS Y OXIBROMUROS;YODUROS Y OXIYODUROS. -Cloruro de amonio. -Cloruro de calcio. -Los demás cloruros: --De magnesio. --De aluminio. --De hierro. --De cobalto. --De níquel. --De cinc. --De bario. --Los demás: ---Cloruros de mercurios. ---De estaño. ---Los demás. -Oxicloruros e hidroxicloruros: --De cobre. --Los demás. -Bromuros y oxibromuros: --Bromuros de sodio o de potasio. --Los demás. -Yoduros y oxiyoduros. HIPOCLORITOS; HIPOCLORITO DE CALCIO COMERCIAL; CLORITOS; HIPOBROMITOS. -Hipoclorito de calcio comercial y demás hipocloritos de calcio -Los demás. CLORATOS Y PERBROMATOS; YODATOS Y PERYODATOS. -Cloratos: --De sodio. --Los demás -Los demás. SULFUROS; POLISULFUROS. -Sulfuros de sodio. -Sulfuro de cinc.

Página 71 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A A

LIBRE 15

A B

LIBRE LIBRE 15 LIBRE LIBRE 15

A A B A A B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE 15

A A B

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2830.30.00 2830.90.00 28.31 2831.10.00 2831.90.00 28.32 2832.10.00 2832.20.00 2832.30.00 28.33 2833.11.00 2833.19.00 2833.21.00 2833.22.00 2833.23.00 2833.24.00 2833.25.00 2833.26.00 2833.27.00 2833.29 2833.29.10 2833.29.90 2833.30 2833.30.10 2833.30.90 2833.40.00 28.34 2834.10 2834.10.10 2834.10.90 2834.21 2834.21.10 2834.21.90 2834.22.00 2834.29 2834.29.10 2834.29.90 28.35 2835.10.00 2835.22.00 2835.23.00 2835.24.00 2835.25.00 2835.26.00 2835.29 2835.29.10 2835.29.90 2835.31.00 2835.39.00 28.36

2836.10.00 2836.20.00

DESCRIPCION -Sulfuro de cadmio. -Los demás. DITIONITOS Y SULFOXILATOS. -De sodio. -Los demás. SULFITOS; TIOSULFATOS. -Sulfitos de sodio. -Los demás sulfitos. -Tiosulfatos. SULFATOS; ALUMBRES; PEROXOSULFATOS (PERSULFATOS) -Sulfatos de sodio: --Sulfato de disodio. --Los demás. -Los demás sulfatos: --De magnesio. --De aluminio. --De cromo. --De níquel. --De cobre. --De cinc. --De bario. --Los demás: ---De potasio ácido. ---Los demás. -Alumbres: --De aluminio. --Los demás. -Peroxosulfatos (persulfatos) NITRITOS; NITRATOS. -Nitritos: --De sodio. --Los demás. -Nitratos: --De potasio: ---Que contengan más del 98% de nitrato de potasio por peso. ---Los demás. --De bismuto. --Los demás: ---Nitrato de calcio. ---Los demás. FOSFINATOS (HIPOFOSFITOS), FOSFONATOS (FOSFITOS), FOSFATOS Y POLIFOS FATOS. -Fosfinatos (hipofosfitos) y fosfonatos (fosfitos). -Fosfatos: --De monosodio o de disodio. --De trisodio. --De potasio. --Hidrogenoortofosfato de calcio ("fosfato dicálcio”) --Los demás fosfatos de calcio. --Los demás: ---De triamonio. ---Los demás. -Polifosfatos: --Trifosfato de sodio (tripolifosfato de sodio). --Los demás. CARBONATOS; PEROXOCARBONATOS (PERCARBONATOS); CARBONATO DE AMONIO COMERCIAL QUE CONTENGA CARBAMATO DE AMONIO. -Carbonato de amonio comercial y demás carbonatos de amonio -Carbonato de disodio.

Página 72 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15

A B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A B A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15 LIBRE

A B A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2836.30.00 2836.40.00 2836.50.00 2836.60.00 2836.70.00 2836.91.00 2836.92.00 2836.99 2836.99.10 2836.99.90 28.37 2837.11.00 2837.19 2837.19.10 2837.19.90 2837.2 2837.20.10 2837.20.90 2838.00.00. 28.39 2839.11.00 2839.19.00 2839.20.00 2839.90 2839.90.10 2839.90.90 28.40 2840.11.00 2840.19.00 2840.20.00 2840.30.00 28.41 2841.10.00 2841.20.00 2841.30.00 2841.40.00 2841.50.00 2841.61.00 2841.69.00 2841.70.00 2841.80.00 2841.90.00 28.42 2842.10.00 2842.90 2842.90.10 2842.90.20 2842.90.30 2842.90.41 2842.90.49 2842.90.50

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Hidrogenocarbonato (bicarbonato) de sodio. -Carbonato de potasio. -Carbonato de calcio. -Carbonato de bario. -Carbonato de plomo. -Los demás: --Carbonatos de litio. --Carbonato de estroncio. --Los demás: ---Carbonato de bismuto. ---Los demás. CIANUROS, OXICIANUROS Y CIANUROS COMPLEJOS. -Cianuros y oxicianuros: --De sodio. --Los demás: ---Cianuro de potasio. ---Los demás. -Cianuros complejos: --Cianotrihídrido borato de sodio. --Los demás. FULMINATOS, CIANATOS Y TIOCIANATOS.SILICATOS. SILICATOS, SILICATOS COMERCIALES DE LOS METALES ALCALINOS -De sodio: --Metasilicatos. --Los demás. -De potasio. -Los demás: --Silicato de magnesio ("Florisil"). --Los demás. BORATOS; PEROXOBORATOS (PERBORATOS). -Tetraborato de disodio (bórax refinado): --Anhidro. --Los demás. -Los demás boratos. -Peroxoboratos (perboratos). SALES DE LOS Á CIDOS OXOMETÁ LICOS O PEROXOMETÁ LICOS. -Aluminatos. -Cromatos de cinc o de plomo. -Dicromato de sodio. -Dicromato de potasio. -Los demás cromatos y dicromatos; peroxocromatos. -Manganitos, manganatos y permanganatos: --Permanganato de potasio. --Los demás. -Molibdatos. -Volframatos (tungstatos). -Los demás. LAS DEMÁ S SALES DE LOS Á CIDOS O PEROXOÁ CIDOS INORGÁ NICOS, EXCEPTO LOS AZIDUROS (AZIDAS). -Silicatos dobles o complejos -Las demás: --Sales de los ácidos inorgánicos de elementos no metálicos o de peroxoá cidos no comprendidos en otras partidas --Cloruros dobles o complejos (clorosales). --Yoduros dobles o complejos (yodosales). --Sales dobles o complejas que contengan azufre (tiosales): ---Sulfato de potasio y magnesio con más de 30% en peso del K2O en estado seco. ---Los demás. --Fosfatos dobles o complejos (fosfosales) y silicatos dobles o complejos.

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE 15

A B

LIBRE 15 15

A B B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE 15 LIBRE LIBRE 15

A B A A B

LIBRE

A

LIBRE

A

15 15

B B

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

Página 73 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2842.90.90 28.43

2843.10.00 2843.21.00 2843.29.00 2843.30.00 2843.90 2843.90.11 2843.90.19 2843.90.21 2843.90.29 2843.90.91 2843.90.99 28.44

2844.10.

2844.10.10 2844.10.90 2844.20.00

2844.30.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Los demás. METAL PRECIOSO EN ESTADO COLOIDAL;COMPUESTOS INORGÁ NICOS U ORGÁ NICOS DE METAL PRECIOSO, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFI-NIDA; AMALGAMAS DE METAL PRECIOSO. -Metal precioso en estado coloidal. -Compuestos de plata: --Nitrato de plata. --Los demás. -Compuestos de oro. -Los demás compuestos amalgamas --Compuesto de platino: ---Cloruro de platino u óxido de platino. ---Los demás. --Compuestos de paladio: ---Cloruro de paladio. ---Los demás. --Los demás: ---Amalgamas de metales preciosos. ---Los demás. ELEMENTOS QUÍMICOS RADIACTIVOS E ISÓ TOPOS RADIACTIVOS (INCLUIDOS LOS ELEMENTOS QUÍMICOS E ISÓ TOPOS FISIONABLES O FÉ RTILES) Y SUS COM-PUESTOS; MEZCLAS Y RESIDUOS QUE CONTENGAN EST0S PRODUCTOS -Uranio natural y sus compuestos; aleaciones, dispersiones (incluidos los "cermets"), produc-tos cerámicos y mezclas, que contengan uranio natural o compuestos de uranio natural: --Aleaciones de Ferrouranio. --Los demás. -Uranio enriquecido en U 235 y sus compuestos; plutonio y sus compuestos; aleaciones, dispersiones (incluidos los " cermets"), productos cerámicos y mezclas, que contengan uranio enriquecido en U 235, plutonio o compuestos de estos productos. -Uranio empobrecido en U 235 y sus compuestos, torio y sus compuestos; aleaciones, dispersiones (incluidos los "cermets"), productos cerámicos y mezclas, que contengan uranio empobrecido en U 235, torio o compuestos de estos productos.

LIBRE

A

15

B

LIBRE 15 15

A B B

15 15

B B

15 15

B B

15 15

B B

15 15 15

B B B

15

B

5 15 15

A B B

5 15

A B

LIBRE 15 LIBRE

A B A

2844.40.

-Elementos e isótopos y compuestos radiactivos, excepto los de las subpartidas Nos. 2844.10., 2844.20 ó 2844.30; aleaciones, dispersiones (incluidos los "cermets"), productos cerámi cos y mezclas, que contengan estos elementos, isótopos o compuestos; residuos radiactivos:

2844.40.10 2844.40.90 2844.50.00

--Radio. --Los demás. -Elementos combustibles (cartuchos) agotados (irradiados) de reactores nucleares. ISÓ TOPOS, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 28.44; SUS COMPUESTOS INORGÁ NICOS U ORGÁ NICOS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA. -Agua pesada (óxido de deuterio). -Los demás. COMPUESTOS INORGÁ NICOS U ORGÁ NICOS, DE METALES DE LAS TIERRAS RARAS, DEL ITRIO, DEL ESCANDIO O DE LAS MEZCLAS DE ESTOS METALES. -Compuestos de cerio. -Los demás . PERÓ XIDO DE HIDRÓ GENO (AGUA OXIGENADA), INCLUSO SOLIDIFICADO CON UREA FOSFUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS FERROFÓ SFOROS.

28.45

2845.10.00 2845.90.00 28.46

2846.10.00 2846.90.00 2847.00.00 28.48

Página 74 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2848.00.10 2848.00.90 28.49 2849.10.00 2849.20.00 2849.90.00 28.50

2850.00.11 2850.00.19 2850.00.20 2850.00.30 2850.00.40 2850.00.50 28.51

2851.00.10 2851.00.20 2851.00.31 2851.00.39 2851.00.90

.

DESCRIPCION -De cobre (cuprofósforos) con un contenido de fósforo, superior 15% en peso. Los demás metales o de elementos no metálicos CARBUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA. -De calcio -De silicio. -Los demás. HIDRUROS, NITRUROS, AZIDUROS (AZIDAS SILICIUROS Y BORUROS AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA, EXCEPTO LOS COMPUESTOS QUE CONSIS TAN IGUALMENTE EN CARBUROS DE LA PARTIDA No. 28.49. -Hidruros: --De litio, aluminio. --Los demás. -Nitruros. -Aziduros (azidas). -Siliciuros. -Boruros. LOS DEMÁ S COMPUESTOS INORGÁ NICOS (INCLUIDA EL AGUA DESTILADA, DE CONDUCTIBILIDAD O DEL MISMO GRADO DE PUREZA); AIRE LÍQUIDO, AUNQUE SE LE HAYAN ELIMINADO LOS GASES NOBLES; AIRE COMPRIMIDO; AMALGAMAS, EXCEPTO LAS DE METAL PRECIOSO. -Agua destilada, de conductividad o del mismo grado de pureza. -Cianuro de bromo. -Amalgamas, excepto las de metal precioso: --De sodio. --Las demás. -Los demás.

Página 75 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

B

15

B

LIBRE LIBRE 15

A A B

15 15 15 15 15 15

B B B B B B

15

B

LIBRE

A

15 15 15

B B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 15 LIBRE

A B A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

15 LIBRE

B A

LIBRE

A

LIBRE 2 LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A A

CAPITULO 29 29 29.01 2901.1 2901.10.10 2901.10.20 2901.10.90

2903.11.00

PRODUCTOS QUÍMICOS ORGÁ NICOS. HIDROCARBUROS ACÍCLICOS. -Saturados: --Hexano. --Isoctano. --Los demás. -No saturados: --Etileno. --Propeno (propileno). --Buteno (butileno) y sus isómeros. --Buta-1,3-dieno e isopreno. --Los demás: ---Acetileno. ---Los demás. HIDROCARBUROS CÍCLICOS. -Ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos: --Ciclohexano. --Los demás ---Para uso agropecuario ---Los demás. -Benceno. -Tolueno. -Xilenos: --o-Xileno. --m-Xileno. --p-Xileno. --Mezclas de isómeros del xileno -Estireno. -Etilbenceno. -Cumeno. -Los demás. DERIVADOS HALOGENADOS DE LOS HIDROCARBUROS. -Derivados clorados saturados de los hidrocarburos acíclicos: --Clorometano (cloruro de metilo) y cloroetano (cloruro de etilo).

LIBRE

A

2903.12.00 2903.13.00 2903.14.00 2903.15.00 2903.16.00

--Diclorometano (cloruro de metileno). --Cloroformo (triclorometano). --Tetracloruro de carbono --1,2- Dicloroetano (dicloruro de etileno). --1,2-Dicloropropano (dicloruro de propileno) y Diclorobutanos

LIBRE LIBRE 15 LIBRE LIBRE

A A C A A

2903.19.00

--Los demás. -Derivados clorados no saturados de los hidrocarburos acíclicos: --Cloruro de vinilo (cloroetileno). --Tricloroetileno. --Tetracloroetileno (percloroetileno). --Los demás. -Derivados fluorados, derivados bromados y derivados yodados, de los hidrocarburos acíclicos --Dibromometano; Bromoetano. --Derivados fluorados "Familia de los HFC" --Los demás. -Derivados halogenados de los hidrocarburos acíclicos con dos halógenos diferentes, por lo menos: --Triclorofluorometano (por ejem. Freón 11). --Diclorodifluorometano (por ejem. Freón 12). --Triclorotrifluoroetanos (por ejem. Freón 113) -Diclorotetrafluoroetanos y Cloropentafluoretano (por ejem. Freón 114 y Freón 115).

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

5 5 5 5

A A A A

2901.21.00 2901.22.00 2901.23.00 2901.24.00 2901.29 2901.29.10 2901.29.90 29.02 2902.11.00 2902.19 2902.19.10 2902.19.90 2902.20.00 2902.30.00 2902.41.00 2902.42.00 2902.43.00 2902.44.00 2902.50.00 2902.60.00 2902.70.00 2902.90.00 29.03

2903.21.00 2903.22.00 2903.23.00 2903.29.00 2903.30 2903.30.10 2903.30.20 2903.30.90

2903.41.00 2903.42.00 2903.43.00 2903.44.00

Página 76 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2903.45 2903.45.10 2903.45.20 2903.45.30 2903.45.40 2903.45.50

DESCRIPCION --Los demás derivados perhalogenados únicamente ---Clorodifluorometano (por ejem. Freón 22). ---Clorotrifluorometano (por ejem. Freón 13) ---Diclorofluoroetano (por ejem. Freón 21) ---Los demás, de la familia Cloro-Fluor-Carbonos “CFC” (deconformidad con la Nota Complementaria Nº 3 del Capítulo 29) ---Los demás, Hidrocarburos-Cloro-Fluor-Carbonos “HCFC” (de conformidad con la Nota Complementaria Nº 4 del Capítulo 29)

TASA BASE

PLAZO

5 5 5 5

A A A A

5

A

2903.45.90 2903.46

---Los demás. --Bromoclorodifluorometano, bromotrifluorometano y dibromotetrafluoroetanos:

5

A

2903.46.10 2903.46.20 2903.46.30 2903.47.00 2903.49.00

---Bromoclorodifluorometano. ---Bromotrifluorometano. ---Dibromotetrafluoroetanos. --Los demás derivados perhalogenados. --Los demás. -Derivados halogenados de los hidrocaburos ciclánicos,ciclénicos o cicloterpé nicos: --1, 2, 3, 4, 5, 6, -Hexaclorociclohexano. --Los demás. -Derivados halogenados de los hidrocaburos aromáticos: --Clorobenceno, o-diclorobenceno y p-diclorobenceno --Hexaclorobenceno y DDT (1,1,1-tricloro-2,2-bis (p_ clorofenil)etano). --Los demás: ---Bromobenceno. ---Los demás. DERIVADOS SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS DE LOS HIDROCARBUROS, INCLUSO HALOGENADOS. -Derivados solamente sulfonados, sus sales sus ésteres etílicos. -Derivados solamente nitrados o solamente nitrosados: --Nitroetano; tetranitrometano. --Los demás. -Los demás. ALCOHOLES ACÍCLICOS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Monoalcoholes saturados: --Metanol (alcohol metílico). --Propan-1-ol (alcohol propílico) y propan-2-ol (alcohol isopropílico). --Butan-1-ol (alcohol-n-butílico). --Los demás butanoles --Pentanol (alcohol amílico) y sus isómeros. --Octanol (alcohol octílico) y sus isómeros. --Dodecan-1-ol (alcohol láurico), hexadecan-1-ol (alcohol cetílico) y octadecan1-ol (alcohol esteárico). --Los demás: ---Metóxido de sodio y T-butóxido de potasio. ---Los demás. -Monoalcoholes no saturados: --Alcoholes terpénicos acíclicos. --Los demás: ---Alcohol alílico. ---Los demás. -Dioles: --Etilenglicol (etanodiol). --Propilenglicol (propano-1,2-diol). --Los demás. -Los demás polialcoholes: --2- Etil-2-(hidroximetil) propano- 1,3-diol . (trimetilolpropano).

PROHI PROHI PROHI 15 LIBRE

A A A B A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

2903.51.00 2903.59.00

2903.61.00 2903.62.00 2903.69 2903.69.10 2903.69.90 29.04 2904.10.00 2904.20 2904.20.10 2904.20.90 2904.90.00 29.05

2905.11.00 2905.12.00 2905.13.00 2905.14.00 2905.15.00 2905.16.00 2905.17.00 2905.19. 2905.19.10 2905.19.90 2905.22.00 2905.29 2905.29.10 2905.29.90 2905.31.00 2905.32.00 2905.39.00 2905.41.00

Página 77 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2905.42.00 2905.43.00 2905.44.00 2905.45.00 2905.49 2905.49.10 2905.49.90 2905.50.00 29.06

2906.11.00 2906.12.00 2906.13.00 2906.14.00 2906.19.00 2906.21.00 2906.29.00 29.07 2907.11.00 2907.12.00 2907.13.00 2907.14.00 2907.15.00 2907.19.00 2907.21.00 2907.22.00 2907.23.00 2907.29.00 2907.30.00 29.08 2908.10.00 2908.20.00 2908.90.00 29.09

2909.11.00 2909.19.00 2909.20.00 2909.30.00

2909.41.00 2909.42.00 2909.43.00 2909.44.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Pentaeritritol (pentaeritrita). --Manitol. --D-glucitol (sorbitol). --Glicerol. --Los demás. ---É steres de glicerol ---Los demás -Derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados de los alcoholes ací clicos. ALCOHOLES CÍCLICOS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS,SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos: --Mentol. --Ciclohexanol, metilciclohexanoles y dimetilci-. clohexanoles --Esteroles e inositoles. --Terpineoles. --Los demás. -Aromáticos: --Alcohol bencílico. --Los demás. FENOLES; FENOLES-ALCOHOLES. -Monofenoles: --Fenol (hidroxibenceno) y sus sales. --Cresoles y sus sales. --Octilfenol, nonilfenol y sus isómeros; sales de estos productos. --Xilenoles y sus sales. --Naftoles y sus sales. --Los demás. -Polifenoles: --Resorcinol y sus sales. --Hidroquinona y sus sales. --4,4'-Isopropilidendifenol (bisfenol A, difenilol propano) y sus sales. --Los demás. -Fenoles-alcoholes. DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS, DE LOS FENOLES O DE LOS FENOLES-ALCOHOLES. -Derivados solamente halogenados y sus sales. -Derivados solamente sulfonados, sus sales y sus ésteres -Los demás. É TERES, É TERES - ALCOHOLES, É TERES- FENOLES, É TERES – ALCOHOLES - FENOLES, PERÓ XIDOS DE ALCOHOLES, PERÓ XIDOS DE É TERES, PERÓ XIDOS DE CETONAS (AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA), Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -É teres acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados: --É ter dietílico (óxido de dietilo). --Los demás. -É teres ciclánicos, ciclénicos, cicloterpénicos, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. -É teres aromáticos y sus derivados halogenados, sulfonados,nitrados o nitrosados. -É teres alcoholes y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados: --2,2'-Oxidietanol (dietilenglicol). --É teres monometílicos del etilenglicol o del dieti-.lenglicol --É teres monobutílicos del etilenglicol o del dieti-lenglicol --Los demás éteres monoalquílicos del etilenglicol o del dietilenglicol.

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE 15 LIBRE

A B A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

Página 78 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2909.49.00 2909.50.00 2909.60.00 29.10

2910.10.00 2910.20.00 2910.30.00 2910.90.00 2911.00.00

29.12

2912.11.00 2912.12.00 2912.13.00 2912.19.00 2912.21.00 2912.29.00 2912.30.00

2912.41.00 2912.42.00 2912.49.00 2912.50.00 2912.60.00 2913.00.00 29.14

2914.11.00 2914.12.00 2914.13.00 2914.19.00

2914.21.00 2914.22. 2914.22.10 2914.22.20 2914.23.00 2914.29.00 2914.31.00 2914.39.00 2914.40 2914.40.10 2914.40.90 2914.50.00

DESCRIPCION --Los demás. -É teres-fenoles, éteres-alcoholes-fenoles, y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. -Peróxidos de alcoholes, peróxidos de éteres, peróxidos de cetonas, y sus derivados alogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. EPÓ XIDOS, EPOXIALCOHOLES, EPOXIFENOLES EPOXIÉ TERES, CON TRES Á TOMOS EN EL CICLO, Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Oxirano (óxido de etileno) -Metiloxirano (óxido de propileno). -1-Cloro -2, 3-epoxipropano (epiclorhidrina). -Los demás. ACETALES Y SEMIACETALES, INCLUSO CON OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS, Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. ALDEHÍDOS, INCLUSO CON OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS; POLÍ MEROS CÍCLICOS DE LOS ALDEHÍDOS; PARAFORMALDEHÍDO. -Aldehídos acíclicos sin otras funciones oxigenadas: --Metanal (formaldehído). --Etanal (acetaldehído). --Butanal (butiraldehído, isómero normal). --Los demás. -Aldehídos cíclicos sin otras funciones oxigenadas: --Benzaldehídos (aldehído benzoico). --Los demás. -Aldehídos-alcoholes. -Aldehídos - éteres, aldehídos – fenoles y aldehídos con otras funciones oxigenadas: --Vainillina (aldehído metilprotocatéquico). --Etilvainillina (aldehído etilprotocatéquico). --Los demás. -Polímeros cíclicos de los aldehídos. -Paraformaldehído. DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS DE OS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 29.12. CETONAS Y QUINONAS, INCLUSO CON OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS, Y OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS, Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Cetonas acíclicas sin otras funciones oxigenadas: --Acetona. --Butanona (metiletilcetona). --4-Metilpentan-2-ona (metilisobutilcetona). --Las demás. -Cetonas ciclánicas, ciclénicas o cicloterpénicas, sin otras funciones oxigenadas: --Alcanfor. --Ciclohexanona y metilciclohexanonas: ---Ciclohexanona. ---Metilciclohexanonas. --Iononas y metiliononas. --Las demás. -Cetonas aromáticas sin otras funciones oxigenadas: --Fenilacetona (fenipropan-2-ona). --Las demás. -Cetonas-alcoholes y cetonas-aldehídos: --4-Hidroxi-4-metilpentan-2-ona (diacetona . alcohol) --Las demás. -Cetonas-fenoles y cetonas con otras funciones oxigenadas. -Quinonas:

Página 79 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2914.61.00 2914.69.00 2914.70.00 29.15

2915.11.00 2915.12. 2915.12.10 2915.12.90 2915.13.00 2915.21.00 2915.22.00 2915.23.00 2915.24.00 2915.29. 2915.29.10 2915.29.90 2915.31.00 2915.32.00 2915.33.00 2915.34.00 2915.35.00 2915.39.00 2915.40.00 2915.50.00 2915.60.00 2915.70.00 2915.90. 2915.90.10 2915.90.90 29.16

2916.11.00 2916.12.00 2916.13.00 2916.14.00 2916.15.00 2916.19.00 2916.20.00

2916.31.00 2916.32.00 2916.34.00 2916.35.00 2916.39.00 29.17

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Antraquinona. --Las demás. -Derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados Á CIDOS MONOCARBOXÍLICOS ACÍCLICOS SATURADOS Y SUS ANHÍ DRIDOS HALOGENUROS, PERÓ XIDOS Y PEROXIÁ CIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS,SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Á cido fórmico, sus sales y sus ésteres: --Á cido fórmico. --Sales del ácido fórmico: ---Formiato de amonio ---Los demás. --É steres del ácido fórmico. -Á cido acético y sus sales; anhídrido acético: --Á cido acético. --Acetato de sodio. --Acetatos de cobalto. --Anhídrido acético. --Las demás: ---Acetatos de amonio. ---Las demás. -É steres del ácido acético: --Acetato de etilo. --Acetato de vinilo. --Acetato de n-butilo. --Acetato de isobutilo. --Acetato de 2-etoxietilo. --Los demás. -Á cidos mono-, di- o tricloroacéticos, sus sales y sus ésteres. -Á cido propiónico, sus sales y sus ésteres. -Á cidos butíricos, ácidos valéricos, sus sales y sus ésteres. -Á cido palmítico, ácido esteárico, sus sales y sus ésteres -Los demás: --Cloruro de acetílo. --Los demás Á CIDOS MONOCARBOXÍLICOS ACÍCLICOS NO SATURADOS Y Á CIDOS MONOCARBOXÍLICOS CÍCLICOS, SUS ANHÍ DRIDOS, HALOGENUROS,PERÓ XIDOS Y PEROXIÁ CIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Á cidos monocarboxílicos acíclicos no saturados, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados: --Á cido acrílico y sus sales. --É steres del ácido acrílico. --Á cido metacrílico y sus sales. --É steres del ácido metacrílico. --Á cidos oleico, linoléico o linolénico, sus sales y sus ésteres. --Los demás. -Á cidos monocarboxílicos ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos, sus anhí dridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados. -Á cidos monocarboxílicos aromáticos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados: --Á cido benzoico, sus sales y sus ésteres. --Peróxido de benzoilo y cloruro de benzoilo. --Á cido fenilacético y sus sales. --É steres del ácido fenilacético. --Los demás. Á CIDOS POLICARBOXÍLICOS, SUS ANHÍDRIDOS, HALOGENUROS, PER Ó XIDOS Y PEROXIÁ CIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

Página 80 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

2917.11.00 2917.12.00 2917.13.00 2917.14.00 2917.19.00 2917.20.00

2917.31.00 2917.32.00 2917.33.00 2917.34.00 2917.35.00 2917.36.00 2917.37.00 2917.39.00 29.18

2918.11.00 2918.12.00 2918.13.00 2918.14.00 2918.15.00 2918.16.00 2918.17.00 2918.19.00

2918.21.00 2918.22.00 2918.23.00 2918.29. 2918.29.10 2918.29.90 2918.30.00

2918.90.00 2919.00.00

29.20

2920.10.00 2920.90.00 29.21 2921.11.00 2921.12.00

DESCRIPCION -Á cidos policarboxílicos acíclicos, sus anhídridos halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados: --Á cido oxálico, sus sales y sus ésteres. --Á cido adípico, sus sales y sus ésteres. --Á cidos azelaico y ácido sebácico, sus sales y sus ésteres --Anhídrido maleico. --Los demás. -Á cidos policarboxílicos ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados. -Á cidos policarboxílicos aromáticos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados: --Ortoftalatos de dibutilo --Ortoftalatos de dioctilo. --Ortoftalatos de dinonilo o de didecilo. --Los demás ésteres del ácido ortoftálico. --Anhídrido ftálico. --Á cido tereftálico y sus sales. --Tereftalato de dimetilo. --Los demás. Á CIDOS CARBOXÍLICOS CON FUNCIONES OXIGENADAS SUPLEMENTARIAS Y SUS ANHÍDRIDOS, HALOGENUROS, PER Ó XIDOS Y PEROXIÁ CIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. -Á cidos carboxílicos con función alcohol, pero sin otra función oxigenada, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados: --Á cido láctico, sus sales y sus ésteres. --Á cido tartárico. --Sales y ésteres del ácido tartárico. --Á cido cítrico. --Sales y ésteres del ácido cítrico. --Á cido glucónico, sus sales y sus ésteres. --Á cido fenilglicólico (ácido mandélico), sus sales y sus ésteres. --Los demás. -Á cidos carboxílicos con función fenol, pero sin otra función oxigenada, sus anh ídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados: --Á cido salicílico y sus sales --Á cido o-acetilsalicílico, sus sales y sus ésteres. --Los demás ésteres del ácido salicílico y sus sales. --Los demás: ---Á cido gálico. ---Los demás. -Á cidos carboxílicos con función aldehído o cetona, pero sin otra función oxigenada, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados -Los demás. É STERES FOSFÓ RICOS Y SUS SALES, INCLUIDOS LOS LACTOFOSFATOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS. É STERES DE LOS DEMÁ S Á CIDOS INORGÁ NICOS (EXCEPTO LOS É STERES DE HALOGENUROS DE HIDRÓ GENO) Y SUS SALES; SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS -É steres tiofosfóricos (fosforotioatos) y sus sales; sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados. -Los demás COMPUESTOS CON FUNCIÓ N AMINA. -Monoaminas acíclicas y sus derivados; sales de estos productos: --Mono-,di- o trimetilamina y sus sales --Dietilamina y sus sales.

Página 81 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2921.19. 2921.19.10 2921.19.90 2921.21.00 2921.22.00 2921.29.00 2921.30.00

2921.41.00 2921.42.00 2921.43.00 2921.44.00 2921.45.00 2921.49 2921.49.10 2921.49.20 2921.49.90 2921.51.00 2921.59.00 29.22

2922.11.00 2922.12.00 2922.13.00 2922.19.00

2922.21.00 2922.22.00 2922.29.00 2922.30. 2922.30.10 2922.30.90

2922.41.00 2922.42.00 2922.43.00 2922.49.00 2922.50. 2922.50.10 2922.50.20 2922.50.90 29.23 2923.10.00 2923.20.00 2923.90. 2923.90.10 2923.90.90

DESCRIPCION --Los demás: ---2- cloro -n, n -Dimetilpropilamina. ---Los demás. -Poliaminas acíclicas y sus derivados; sales de estos productos: --Etilendiamina y sus sales. --Hexametilendiamina y sus sales. --Los demás. -Monoaminas y poliaminas, ciclánicas, ciclénicas o cicloterpénicas, y sus derivados; sales de estos productos. -Monoaminas aromáticas y sus derivados; sales de estos productos: --Anilina y sus sales. --Derivados de la anilina y sus sales. --Toluidinas y sus derivados; sales de estos porductos --Difenilamina y sus derivados; sales de estos porductos --1-Naftilamina (alfa-naftilamina), 2-naftilamina (betanaftilamina), y sus derivados; sales de estos porductos --Los demás: ---Anfetamina. ---Eticiclidina (PCE). ---Los demás. -Poliaminas aromáticas y sus derivados; sales de estos productos: --o-,m- y p-Fenilendiamina, diaminotoluenos, y sus derivados; sales de estos productos. --Los demás. COMPUESTOS AMINADOS CON FUNCIONES OXIGENADAS -Amino - alcoholes, sus éteres y sus ésteres, excepto los que contengan funciones oxigenadas diferentes; sales de estos productos: --Monoetanolamina y sus sales. --Dietanolamina y sus sales. --Trietanolamina y sus sales. --Los demás. -Amino - naftoles y demás amino - fenoles, sus éteres y sus ésteres, excepto los que contengan funciones oxigenadas diferentes; sales de estos productos: --Á cidos aminonaftolsulfónicos y sus sales. --Anisidinas, dianisidinas, fenetidinas, y sus sales. --Los demás. -Amino-aldehídos, amino-cetonas y amino-quinonas, excepto los que contengan funciones oxigenadas diferentes; sales de estos productos: --Metadona. --Los demás. -Aminoácidos y sus ésteres, excepto los que contengan funciones oxigenadas diferentes; sales de estos productos: --Lisina y sus ésteres; sales de estos productos. --Á cido glutámico y sus sales. --Á cido antranílico y sus sales. --Los demás: –Amino – alcoholes - fenoles, aminoácidos - fenoles y demás compuestos aminados con funciones oxigenadas: --Aminoacetaldehído dimetilacetal. --2, 5 Dimetoxianfetamina y 3, 4, 5 – Trimetoxian fetamina (TMA). --Los demás. SALES E HIDRÓ XIDOS DE AMONIO CUATERNARIO; LECITINAS Y DEMÁ S FOSFOAMINO-LÍPIDOS. -Colina y sus sales. -Lecitinas y demás fosfoaminolípidos. -Los demás: --2-Dimetilaminoisopropilcloruro HCL. --Los demás.

Página 82 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 29.24 2924.10 2924.10.10 2924.10.90

2924.21.00 2924.22.00 2924.29.00 29.25

2925.11.00 2925.19. 2925.19.10 2925.19.90 2925.20.00 29.26 2926.10.00 2926.20.00 2926.90 2926.90.10 2926.90.90 2927.00.00 2928.00.00 29.29 2929.10.00 2929.90.00 29.30 2930.10.00 2930.20.00 2930.30.00 2930.40.00 2930.90.00 29.31 2931.00.10 2931.00.20 2931.00.90 29.32

2932.11.00 2932.12.00 2932.13.00 2932.19. 2932.19.10 2932.19.90 2932.21.00 2932.29.00 2932.91.00 2932.92.00 2932.93.00 2932.94.00 2932.99.00 29.33

DESCRIPCION COMPUESTOS CON FUNCIÓ N CARBOXIAMIDA; COMPUESTOS CON FUNCIÓ N AMIDA DEL Á CIDO CARBÓ NICO. -Amidas acíclicas (incluidos los carbamatos) y sus derivados; sales de estos productos: --Formamida. --Los demás. -Amidas cíclicas (incluidos los carbamatos) y sus derivados; sales de estos productos: --Ureínas y sus derivados; sales de estos productos. --Á cido 2-acetamidobenzoico. --Los demás. COMPUESTOS CON FUNCIÓ N CARBOXIIMIDA (INCLUIDA LA SACARINA Y SUS SALES) O CON FUNCIÓ N IMINA. -Imidas y sus derivados; sales de estos productos: --Sacarina y sus sales. --Los demás: ---Ftalimida. ---Los demás. -Iminas y sus derivados; sales de estos producto COMPUESTOS CON FUNCIÓ N NITRILO. -Acrilonitrilo. -1-Cianoguanidina (diciandiamida). -Los demás: --Acetonitrilo. --Los demás COMPUESTOS DIAZOICOS, AZOICOS O AZOXI. DERIVADOS ORGÁ NICOS DE LA HIDRAZINA O DE LA HIDROXILAMINA. COMPUESTOS CON OTRAS FUNCIONES NITROGENADAS. -Isocianatos. -Los demás. TIOCOMPUESTOS ORGÁ NICOS. -Ditiocarbonatos (xantatos y xantogenatos). -Tiocarbamatos y ditiocarbamatos. -Mono-, di- o tetrasulfuros de tiourama. -Metionina. -Los demás. LOS DEMÁ S COMPUESTOS Ó RGANO - INORGÁ NICOS. -Tetraetilplomo. -Compuestos órgano-arseniados. -Los demás. COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS CON HETEROÁ TOMO (S) DE OXÍ GENO EXCLUSIVAMENTE. -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo furano (incluso hidrogenado), sin condensar: --Tetrahidrofurano. --2-Furaldehído (furfural). --Alcohol furfurílico y alcohol tetrahidrofurfurílico. --Los demás: ---Furano. ---Los demás. --Cumarina,metilcumarinas y etilcumarinas. --Las demás lactonas. -Los demás --Isosafrol. --1-(1,3-Benzodioxol-5-il)propan-2-ona. --Piperonal. --Safrol. --Los demás. COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS CON HETEROÁ TOMO (S) DE NITRÓ GENO EXCLUSIVAMENTE.

Página 83 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

15 15 LIBRE

B B A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

2933.11.00 2933.19.00

2933.21.00 2933.29.00

2933.31.00 2933.32.00 2933.39 2933.39.10 2933.39.90 2933.40.00

2933.51.00 2933.59. 2933.59.10 2933.59.20 2933.59.90

2933.61.00 2933.69.00 2933.71.00 2933.79.00 2933.9 2933.90.10 2933.90.20 2933.90.90 29.34 2934.10.00 2934.20.00 2934.30.00 2934.90. 2934.90.10 2934.90.20 2934.90.90 2935.00.00 29.36

2936.10.00 2936.21.00 2936.22.00 2936.23.00 2936.24.00 2936.25.00

DESCRIPCION -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo pirazol (incluso hidrogenado), sin condensar: --Fenazona (antipirina) y sus derivados. --Los demás. -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo imidazol (incluso hidrogenado), sin condensar: --Hidantoína y sus derivados. --Los demás. -Compuestos cuya estructra contenga un ciclo piridina (incluso hidrogenado), sin condensar: --Piridina y sus sales. --Piperidina y sus sales. --Los demás: ---Á cido isonicotínico y sus derivados. ---Los demás. -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo quinoleína o isoquinoleína (incluso hidrogenados), sin otras condensaciones. -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo pirimidina (incluso hidrogenado) o piperazina: --Malonilurea (ácido barbitúrico) y sus derivados; sales de estos productos --Los demás: ---Metacualona. ---Meclocualona. ---Los demás. -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo triazina (incluso hidrogenado), sin condensar: --Melamina. --Los demás -Lactamas: --6-Hexanolactama (epsilón-caprolactama). --Las demás lactamas. -Los demás: --Fenciclidina (PCP), Rolicyclidina (PHP), tenocy-clidina (TCP) --Indol, 4-benziloxyindol, 4-metoxyindol. --Los demás. Á CIDOS NUCLEICOS Y SUS SALES; LOS DEMÁ S COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS. -Compuestos cuya estructura contenga un ciclo tiazol (incluso hidrogenado), sin condensar.. -Compuestos cuya estructura contenga ciclos benzotiazol (incluso hidrogenados), sin otras condensaciones. -Compuestos cuya estructura contenga ciclos fenotiazina (incluso hidrogenados), sin otras condensaciones. -Los demás: --Sultonas y sultamas. --Anhídrido isátolco. --Los demás. SULFONAMIDAS. PROVITAMINAS Y VITAMINAS, NATURALES O REPRODUCIDAS POR SÍNTESIS (INCLUIDOS LOS CONCENTRADOS NATURALES) Y SUS DERIVADOS UTILIZADOS PRINCIPALMENTE COMO VITAMINAS, MEZCLADOS O NO ENTRE SI O EN DISOLUCIONES DE CUALQUIER CLASE. -Provitaminas sin mezclar. -Vitaminas y sus derivados, sin mezclar: --Vitamina A y sus derivados. --Vitamina B1 y sus derivados. --Vitamina B2 y sus derivados. --Á cido D- DL-pantoténico (vitamina B3 o vitamina B5) y sus derivados. --Vitamina B6 y sus derivados.

Página 84 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 8 LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE 15 LIBRE LIBRE

A B A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 2936.26.00 2936.27.00 2936.28.00 2936.29.00 2936.90.00 29.37

2937.10.00 2937.21.00 2937.22.00 2937.29.00

2937.91.00 2937.92.00 2937.99.00 29.38 2938.10.00 2938.90.00 29.39 2939.10 2939.10.10 2939.10.20 2939.10.30 2939.10.90

2939.21.00 2939.29.00 2939.30.00 2939.41.00 2939.42.00 2939.49.00 2939.50.00

2939.61.00 2939.62.00 2939.63.00 2939.69.00 2939.70.00 2939.90 2939.90.10 2939.90.20 2939.90.30 2939.90.40 2939.90.90 2940.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Vitamina B12 y sus derivados. --Vitamina C y sus derivados. --Vitamina E y sus derivados. --Las demás vitaminas y sus derivados. -Los demás, incluidos los concentrados naturales. HORMONAS NATURALES O REPRODUCIDAS POR SÍNTESIS; SUS DERIVADOS UTILIZADOS PRINCIPALMENTE COMO HORMONAS; LOS DEMÁ S ESTEROIDES UTILIZADOS PRINCIPALMENTE COMO HORMONAS. -Hormonas del lóbulo anterior de la hipófisis y similares, y sus derivados. -Hormonas corticosuprarrenales y sus derivados: --Cortisona, hidrocortisona, prednisona (dehidrocortisona) y prednisolona (dehidrohidrocortisona). --Derivados halogenados de las hormonas cortico- suprarrenales. --Los demás. -Las demás hormonas y sus derivados; los demás esteroides utilizados principalmente como hormonas: --Insulina y sus sales. --Estrógenos y progestógenos. --Los demás. HETERÓ SIDOS, NATURALES O REPRODUCIDOS POR SÍNTESIS, SUS SALES, É TERES, É STERES Y DEMÁ S DERIVADOS. -Rutósido (rutina) y sus derivados. -Los demás. ALCALOIDES VEGETALES, NATURALES O REPRODUCIDOS POR SÍ NTESIS, SUS SALES, É TERES, É STERES Y DEMÁ S DERIVADOS. -Alcaloides del opio y sus derivados; sales de estos productos: --Morfina. --Hidromorfona (Dihidromorfinona). --Heroína (Diacetilmorfina). --Los demás. -Alcaloides de la quina (chinchona) y sus derivados; sales de estos productos:

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE 5

A A

LIBRE LIBRE 5

A A A

5 5

A A

LIBRE LIBRE LIBRE 5

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE 5 5 LIBRE

A A A A A

5 5 LIBRE LIBRE LIBRE 15

A A A A A B

--Quinina y sus sales. --Los demás. -Cafeína y sus sales. -Efedrinas y sus sales --Efedrina y sus sales. --Seudoefedrina (DCI) y sus sales. --Las demás. -Teofilina y aminofilina (teofilina – etilendiamina) y sus derivados; sales de estos productos. -Alcaloides del cornezuelo del centeno y sus derivados; sales de estos productos: --Ergometrina (DCI) y sus sales. --Ergotamina (DCI) y sus sales. --Á cido lisérgico y sus sales. --Los demás. -Nicotina y sus sales. -Los demás: --Cocaína, sus sales y derivados. --Emetina, sus sales y derivados. --Dietiltriptamina (DET) y Dimetiltriptamina (DMT) --LSD, mescalina, psilocín. --Los demás. AZÚ CARES QUÍMICAMENTE PUROS, EXCEPTO DE LA SACAROSA, LACTOSA, MALTOSA, GLUCOSA Y FRUCTOSA (LEVULOSA); É TERES Y É STERES DE LOS AZÚ CARES Y SUS SALES, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS Nos. 29.37, 29.38 ó 29.39.

Página 85 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 29.41 2941.10.00 2941.20.00 2941.30.00 2941.40.00 2941.50.00 2941.90.00 2942.00.00

DESCRIPCION ANTIBIÓ TICOS. -Penicilinas y sus derivados con la estructura del ácido penicilánico; sales de estos productos. -Estreptomicinas y sus derivados; sales de estos productos -Tetraciclinas y sus derivados; sales de estos productos -Cloranfenicol y sus derivados; sales de estos productos -Eritromicina y sus derivados; sales de estos productos -Los demás. LOS DEMÁ S COMPUESTOS ORGÁ NICOS

Página 86 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

5 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE 5 5 LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

5

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE 5 LIBRE

A A A

5

A

CAPITULO 30 30 30.01

PRODUCTOS FARMACÉ UTICOS. GLÁ NDULAS Y DEMÁ S Ó RGANOSPARA USOS OPOTERÁ PICOS, DESECADOS, INCLUSO PULVERIZADOS; EXTRACTOS DE GLÁ NDULAS O DE OTROS Ó RGANOS O DE SUS SECRECIONES, PARA USOS OPOTERÁ PICOS; HEPARINA Y SUS SALES; LAS DEMÁ S SUSTANCIAS HUMANAS O ANIMALES PREPARADAS PARA USOS TERAPÉ UTICOS O PROFILÁ COS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE.

3001.10.00 3001.2 3001.20.10 3001.20.90 3001.90 3001.90.10 3001.90.90 30.02

-Glándulas y demás órganos, desecados, incluso pulverizados. -Extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones: --Jalea real de abejas para uso opoterápico. --Los demás. -Las demás: --Heparina y sus sales. --Los demás. SANGRE HUMANA; SANGRE ANIMAL PREPARADA PARA USOS TERAPÉ UTICOS, PROFILÁ CTICOS O DE DIAGNÓ STICO; ANTISUEROS (SUEROS CON ANTICUERPOS), DEMÁ S FRACCIONES DE LA SANGRE Y PRODUCTOS INMUNOLÓ GICOS MODIFICADOS, INCLUSO OBTENIDOS POR PROCESO BIOTECNOLÓ GICO; VACUNAS, TOXINAS, CULTIVOS DE MICROORGANISMOS EXCEPTO LAS LEVADURAS) Y PRODUCTOS SIMILARES.

3002.10

-Antisueros (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos inmunológicos modificados, incluso obtenidos por proceso biotecnol ógico: --Antisueros (sueros con anticuerpos). --Las demás fracciones de la sangre: ---Gammaglobulina. ---Inmunoglobulina humana normal. ---Hemoglobina ---Los demás. -Vacunas para la medicina humana. -Vacunas para la medicina veterinaria: --Vacunas antiaftosas. --Las demás. -Los demás: --Toxinas, cultivos de microorganismos y productos similares, incluidos los fermentos, excepto las levaduras). --Los demás. MEDICAMENTOS (EXCEPTO LOS PRO-DUCTOS DE LAS PARTIDAS No. 30.02,30.05 ó 30.06) CONSTITUIDOS POR PRODUCTOS MEZCLADOS ENTRE SÍ, PREPARADOS PARA USOS TERAPÉ UTICOS O PROFILÁ CTICOS, SIN DOSIFICAR NI ACONDICIONAR PARA LA CAR NI ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR -Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la estructura del ácidopenicilánico, o estreptomicinas o derivados de estos productos. -Que contengan otros antibióticos. -Que contengan hormonas u otros productos de la partida No. 29.37, sin antibió ticos: --Que contengan insulina. --Los demás. -Que contengan alcaloides o sus derivados, sin hormonas ni otros productos de la partida No. 29.37, ni antibióticos. -Los demás.

3002.10.10 3002.10.21 3002.10.22 3002.10.23 3002.10.29 3002.20.00 3002.30 3002.30.10 3002.30.90 3002.90 3002.90.10 3002.90.90 30.03

3003.10.00

3003.20.00

3003.31.00 3003.39.00 3003.40.00 3003.90.00

Página 87 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 30.04

3004.10

3004.10.10 3004.10.90 3004.20 3004.20.10 3004.20.90

3004.31.00 3004.32. 3004.32.10 3004.32.90 3004.39 3004.39.10 3004.39.90 3004.40 3004.40.10 3004.40.90 3004.50 3004.50.10 3004.50.90 3004.90 3004.90.10 3004.90.91 3004.90.92 3004.90.93 3004.90.99 30.05

3005.10.00 3005.90 3005.90.10 3005.90.90 30.06 3006.10

3006.10.10 3006.10.90 3006.20.00 3006.30 3006.30.10 3006.30.21

DESCRIPCION MEDICAMENTOS (EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS No. 30.02, 30.05 ó 30.06) CONSTITUIDOS POR PODUCTOS MEZCLADOS O SIN MEZCLAR, PREPARADOS PARA USOS TERAPÉ UTICOS O PROFIL Á CTICOS, DOSIFI-CADOS O ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la estructura del ácido penicilánico, o estreptomicinas o derivados de estos productos: --Para veterinaria. --Los demás. -Que contengan otros antibióticos: --Para veterinaria. --Los demás. -Que contengan hormonas u otros productos de la partida No. 29.37, sin antibi óticos: --Que contengan insulina. --Que contengan hormonas córticosuprarrenales: ---Para veterinaria. ---Los demás. --Los demás: ---Para veterinaria. ---Los demás. -Que contengan alcaloides o sus derivados, sin hormonas ni otros productos de la partida No. 29.37, ni antibióticos: --Para veterinaria. --Los demás -Los demás medicamentos que contengan vitaminas u otros productos de la partida No. 29.36 : --Para veterinaria. --Los demás. -Los demás: --Para veterinaria. --Los demás: ---Antimaláricos antidisentéricos y antihelmíticos. ---Anestésicos. ---Sales o azúcares hidratantes, incluso en solución. ---Los demás. GUATAS, GASAS, VENDAS Y ARTÍCULOS ANÁ LOGOS (POR EJEMPLO: AP Ó SITOS, ESPARADRAPOS, SINAPISMOS), IMPREGNADOS O RECUBIERTOS DE SUSTANCIAS FARMACÉ UTICAS O ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR CON FINES MÉ DICOS, QUIRÚ RGICOS, ODONTOLÓ GICOS O VETERINANARIOS. -Apósitos y demás artículos, con una capa adhesivas -Los demás: --Hisopos de algodón. --Los demás. PREPARACIONES Y ARTÍCULOS FARMACÉ UTICOS A QUE SE REFIERE LA NOTA 4 DEL CAPÍTULO. -Catguts estériles y ligaduras estériles similares, para suturas quirúrgicas y adhesivos estériles para tejidos orgánicos utilizados en cirugía para cerrar heridas; laminarias estériles; hemostáticos reabsorbibles estériles para cirugí a u odontología: --Catgut y similares, para suturas. --Los demás. -Reactivos para la determinación de los grupos o de los factores sanguíneos. -Preparaciones opacificantes para exámenes --Preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos --Reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente: ---De origen microbiano.

Página 88 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE

A

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE

A

LIBRE 5 5 5

A A A A

5

A

15 10

C C

5 10 5

A B A

5

A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3006.30.29 3006.40

3006.40.11 3006.40.19 3006.40.90 3006.50.00 3006.60.00

DESCRIPCION ---Los demás. -Cementos y demás productos de obturación dental; cementos para la refección de los huesos: --Cementos y dems productos de obturación dental. ---Oro para dentistas. ---Los demás. --Los demás. -Botiquines equipados para primeros auxilios. -Preparaciones químicas anticonceptivas a base de hormonas o de espermicidas.

Página 89 de 327

TASA BASE

PLAZO

5

A

LIBRE 5 5 10 5

A A A B A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

-Los demás, incluidas las mezclas no comprendidas en las subpartidas precedentes. ABONOS MINERALES O QUÍMICOS FOSFATADOS. -Superfosfatos. -Escorias de desfosforación. -Los demás. ABONOS MINERALES O QUÍMICOS POTÁ SICOS. -Carnalita, silvinita y demás sales de potasio naturales, en bruto. -Cloruro de potasio. -Sulfato de potasio: --Con un contenido de óxido de potasio superior al 52% en peso. --Los demás. -Los demás: --Sulfato de potasio y magnesio con más de 30% en peso de óxido de potasio.

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE

B A

15

B

3104.90.90 31.05

--Los demás. ABONOS MINERALES O QUÍMICOS, CON DOS O TRES DE LOS ELEMENTOS FERTILIZANTES: NITRÓ GENO, FÓ SFORO Y POTASIO; LOS DEMÁ S ABONOS; PRODUCTOS DE ESTE CAPÍTULO EN TABLETAS O FORMAS SIMILARES O EN ENVASES DE UN PESO BRUTO INFERIOR O IGUAL A 10 Kg.

LIBRE

A

3105.10.00

-Productos de este capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg. -Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes: nitrógeno, fó sforo y potasio. -Hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico): --Con más de 8 mg de anhídrido arsénico por kg en peso. --Los demás. -Dihidrogenoortofosfato de amonio (fosfato monoamónico), incluso mezclado con el hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico): --Con más de 9 mg de anhídrido arsénico por kg. en peso.

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

CAPITULO 31 31 31.01

3101.00.10 3101.00.90 31.02 3102.10.00

3102.21.00 3102.29.00 3102.30.00 3102.40.00 3102.50 3102.50.10 3102.50.90 3102.60.00 3102.70. 3102.70.10 3102.70.90 3102.80.00 3102.90.00 31.03 3103.10.00 3103.20.00 3103.90.00 31.04 3104.10.00 3104.20.00 3104.30. 3104.30.10 3104.30.90 3104.9 3104.90.10

3105.20.00 3105.3 3105.30.10 3105.30.90 3105.40. 3105.40.10

ABONOS ABONOS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL, INCLUSO MEZCLADOS ENTRE SÍ O TRATADOS QUÍMICAMENTE; ABONOS PROCEDENTES DE LA MEZCLA O DEL TRATAMIENTO QUÍ MICO DE PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL. -Abonos de origen animal o vegetal, incluso mezclados entre sí, no tratados químicamente. -Los demás. ABONOS MINERALES O QUÍMICOS NITROGENADOS. -Urea, incluso en disolución acuosa. -Sulfato de amonio; sales dobles y mezclas entre sí de sulfato de amonio y de nitrato de amonio: --Sulfato de amonio. --Los demás. -Nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa. -Mezclas de nitrato de amonio con carbonato de calcio o con otras materias inorgánicas sin poder fertilizante. -Nitrato de sodio: --Con un contenido de nitrógeno superior al 16.3% en peso --Los demás. -Sales dobles y mezclas entre sí de nitrato de calcio y de nitrato de amonio. -Cianamida cálcica: --Con un contenido de nitrógeno superior al 25% en peso. --Los demás. -Mezclas de urea con nitrato de amonio en disolución acuosa o amoniacal.

Página 90 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3105.40.90 3105.51.00 3105.59.00 3105.60.00 3105.90.00

DESCRIPCION -Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y fósforo: --Que contengan nitratos y fosfatos. --Los demás. -Abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: fósforo y potasio. -Los demás.

Página 91 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

15 10 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

15 10 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

15 10 LIBRE

B B A

CAPITULO 32 32

32.01 3201.10.00 3201.20.00 3201.9 3201.90.10 3201.90.90 32.02

3202.10.00 3202.90.00 32.03

3203.00.10 3203.00.90 32.04

3204.11

3204.11.11 3204.11.12 3204.11.13 3204.11.19 3204.11.90 3204.12.

3204.12.11 3204.12.12 3204.12.13 3204.12.19 3204.12.90 3204.13

3204.13.11 3204.13.12 3204.13.13

EXTRACTOS CURTIENTES O TINTÓ REOS; TANINOS Y SUS DERIVADOS; PIGMENTOS Y DEMÁ S MATERIAS COLORANTES; PINTURAS Y BARNICES; MÁ STIQUES; TINTAS. EXTRACTOS CURTIENTES DE ORIGEN VEGETAL; TANINOS Y SUS SALES, É TERES, É STERES Y DEMÁ S DERIVADOS. -Extracto de quebracho. -Extracto de mimosa (acacia). -Los demás: --Extractos de roble o de castaño. --Los demás. PRODUCTOS CURTIENTES ORGÁ NICOS SINTÉ TICOS; PRODUCTOS CURTIENTES INORGÁ NICOS; PREPARACIONES CURTIENTES, INCLUSO CON PRODUCTOS CURTIENTES NATURALES; PREPARACIONES ENZIMÁ TICAS PARA PRECURTIDO. -Productos curtientes orgánicos sintéticos. -Los demás. MATERIAS COLORANTES DE ORIGEN VEGETAL O ANIMAL (INCLUIDOS LOS EXTRACTOS TINTÓ REOS, EXCEPTO LOS NEGROS DE ORIGEN ANIMAL), AUNQUE SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA; PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DE ESTE CAPÍTULO A BASE DE MATERIAS COLORANTES DE ORIGEN VEGETAL O ANIMAL. -Indigo natural. -Los demás. MATERIAS COLORANTES ORGÁ NICAS SINTÉ TICAS, AUNQUE SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA; PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DE ESTE CAPÍTULO A BASE DE MATERIAS COLORANTES ORGÁ NICAS SINTETICAS; PRODUCTOS ORGÁ NICOS SINTÉ TICOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA EL AVIVADO FLUORESCENTE O COMO LUMINÓ FOROS, AUNQUE SEAN DE CONSTITUCIÓ N QUÍMICA DEFINIDA. -Materias colorantes orgánicas sintéticas y preparaciones a que se refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de dichas materias colorantes: --Colorantes dispersos y preparaciones a base de estos colorantes: ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios presenta- dos en “pellets” (Masterbach.) ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Las demás. --Colorantes ácidos, incluso metalizados, y preparaciones a base de estos colorantes; colorantes para mordientes y preparaciones a base de estos colorantes: ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchosu otros medios presentados en "pellets" (Masterbach): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Las demás. --Colorantes básicos y preparaciones a base de estos colorantes: ---Dispersiones concentradas con materias plásticas; cauchos u otros medios presentados en "pellets". (Masterbach) ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho.

Página 92 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3204.13.19

----Las demás.

LIBRE

A

3204.13.90

---Las demás.

LIBRE

A

3204.14

--Colorantes directos y preparaciones a base de estos colorantes: ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios presentados en “pellets” (Masterbach.): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Las demás. --Colorantes a la tina o a la cuba (incluidos los utilizables directamente como colorantes pigmentarios) y preparaciones a base de estos colorantes:

15 10 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

15 10 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

15 10 LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

15 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

B A A A A

15 10 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A A

LIBRE 10

A C

3204.14.11 3204.14.12 3204.14.13 3204.14.19 3204.14.90 3204.15

3204.15.11 3204.15.12 3204.15.13 3204.15.19 3204.15.90 3204.16

3204.16.11 3204.16.12 3204.16.13 3204.16.19 3204.16.90 3204.17

3204.17.11 3204.17.12 3204.17.13 3204.17.19 3204.17.90 3204.19

3204.19.11 3204.19.12 3204.19.13 3204.19.19 3204.19.90 3204.20.00 3204.90.00 3205.00.00 32.06

3206.11

---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios presentados en "pellets" (Masterbach): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Las demás. --Colorantes reactivos y preparaciones a base de estos colorantes. ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios presentados en "pellets". (Masterbach): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Las demás. --Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes. ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios presentados en "pellets". (Masterbach.): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Las demás. --Las demás, incluidas las mezclas de materias colorantes de varias de las subpartidas 32 04.11 a 3204.19. ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios presentados en "pellets". (Masterbach.): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás ---Las demás -Productos orgánicos sintéticos del tipo de los utilizados para el avivado fluorescente. -Los demás. LACAS COLORANTES; PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DE ESTE CAPÍTULO A BASE DE LACAS COLORANTES. LAS DEMÁ S MATERIAS COLORANTES; PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA3 DE ESTE CAPÍTULO, EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS No. 32.03, 32.04 Ó 32.05; PRODUC-TOS INORGÁ NICOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS COMO LUMINÓ FOROS, AUNQUE SEAN DE CONTITUCION QUIMICA DEFINIDA. -Pigmentos y preparaciones a base de dióxido de titanio: --Con un Contenido de dióxido de titanio superior o igual al 80% en peso, calculado sobre materia seca:

Página 93 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3206.11.10

---En polvo. ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios, presentadas en "pellets" (Masterbach):

LIBRE

A

3206.11.21 3206.11.22 3206.11.23 3206.11.29 3206.11.90 3206.19 3206.19.10

----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho ----Las demás. ---Los demás. --Los demás: ---En polvo. ---Dispersiones concentradas con materias plásticas, cauchos u otros medios, presentadas en "pellets" (Masterbach): ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ----Sobre soporte de caucho ----Las demás. ---Los demás. -Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cromo: --En polvo. --Dispersiones concentradas con materias plásticas, cuachos u otros medios, presentadas en "pellets": ---Sobre soporte de poliolefina. ---Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ---Sobre soporte de caucho. ---Las demás. --Los demás. -Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cadmio: --En polvo --Dispersiones concentradas con materias plásticas, cuachos u otros medios, presentadas en "pellets": ---Sobre soporte de poliolefina. ---Sobre soporte de poliolefinas halogenadas. ---Sobre soporte de caucho. ---Las demás. --Los demás. -Las demás materias colorantes y las demás preparaciones: --Ultramar y sus preparaciones: ---En polvo. --Dispersiones concentradas con materias plásticas, cuachos u otros medios, presentadas en "pellets": ----Sobre soporte de poliolefina. ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas ----Sobre soporte de caucho. ----Las demás. ---Los demás. --Litopón y demás pigmentos y preparaciones a base de sulfuro de cinc: ---En polvo. --Dispersiones concentradas con materias plásticas, cuachos u otros medios, presentadas en "pellets": ----Sobre soporte de poliolefina ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas ----Sobre soporte de caucho ----Las demás ---Los demás --Pigmentos y preparaciones a base de hexacianoferratos (ferrocianuros o ferricianuros): ---En polvo --Dispersiones concentradas con materias plásticas, cuachos u otros medios, presentadas en "pellets": ----Sobre soporte de poliolefina

15 15 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

LIBRE

A

15 15 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

LIBRE

A

15 15 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

LIBRE

A

15 15 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

LIBRE

A

15 15 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

LIBRE

A

15 15 LIBRE LIBRE LIBRE

B B A A A

LIBRE

A

15

B

3206.19.21 3206.19.22 3206.19.23 3206.19.29 3206.19.90 3206.20 3206.20.10

3206.20.21 3206.20.22 3206.20.23 3206.20.29 3206.20.90 3206.30 3206.30.10

3206.30.21 3206.30.22 3206.30.23 3206.30.29 3206.30.90 3206.41 3206.41.10

3206.41.21 3206.41.22 3206.41.23 3206.41.29 3206.41.90 3206.42 3206.42.10

3206.42.21 3206.42.22 3206.42.23 3206.42.29 3206.42.90 3206.43 3206.43.10

3206.43.21

Página 94 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3206.43.22 3206.43.23 3206.43.29 3206.43.90 3206.49 3206.49.10

3206.49.21 3206.49.22 3206.49.23 3206.49.29 3206.49.30 3206.49.90 3206.50 3206.50.10 3206.50.90 32.07

3207.10.00 3207.20.00 3207.30.00 3207.40.00 32.08

3208.10 3208.10.11 3208.10.12 3208.10.19 3208.10.21 3208.10.22 3208.10.23 3208.10.24 3208.10.29 3208.10.30 3208.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas ----Sobre soporte de caucho ----Las demás ---Los demás --Las demás: ---En polvo --Dispersiones concentradas con materias plásticas, cuachos u otros medios, presentadas en "pellets": ----Sobre soporte de poliolefina ----Sobre soporte de poliolefinas halogenadas ----Sobre soporte de caucho ----Las demás ---Polvos metálicos para usar como pigmentos, excepto el oro y la plata ---Los demás -Productos inorgánicos del tipo de los utilizados como luminóforos: --En polvo --Los demás PIGMENTOS, OPACIFICANTES Y COLORES PREPARADOS, COMPOSICIONES VITRIFICABLES, ENGOBES, ABRILLANTADORES (LUSTRES) LÍQUIDOS Y PREPARACIONES SIMILARES, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS EN CERÁMICA, ESMALTADO O EN LA INDUSTRIA DEL VIDRIO; FRITA DE VIDRIO Y DEMÁ S VIDRIOS, EN POLVO, GRÁ NULOS, COPOS O ESCAMILLAS. -Pigmentos, opacificantes y colores preparados y preparaciones similares -Composiciones vitrificables, engobes y preparaciones similares -Abrillantadores (lustres) líquidos y prepararaciones similares -Frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, copos o escamillas PINTURAS Y BARNICES A BASE DE POLÍMEROS SINTÉ TICOS O NATURALES MODIFICADOS, DISPERSOS O DISUELTOS EN UN MEDIO NO ACUOSO; DISOLUCIONES DEFINIDAS EN LA NOTA 4 DE ESTE CAPÍTULO. -A base de poliésteres: --Pinturas: ---En aerosol ---Para serigrafía ---Los demás --Barnices: ---Para cueros ---Aislantes para instalaciones eléctricas ---Para artistas ---Para el recubrimiento interior de envases de alimentos ---Los demás --Disoluciones definidas en la Nota 4 de este capítulo sin pigmentar, ni colorear

15 LIBRE LIBRE LIBRE

B A A A

LIBRE

A

15 15 LIBRE 5 LIBRE LIBRE

B B A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

10 LIBRE 10

B A C

15 15 15 LIBRE 10 LIBRE

B B B A B A

10 LIBRE 10

B A C

15 15 15 LIBRE 10 LIBRE

B B B A B A

10 LIBRE

A A

3208.20.21 3208.20.22 3208.20.23 3208.20.24 3208.20.29 3208.20.30

-A base de polímeros acrílicos o vinílicos: --Pinturas: ---En aerosol ---Para serigrafía. ---Los demás --Barnices: ---Para cueros ---Aislantes para instalaciones eléctricas. ---Para artistas ---Para el recubrimiento interior de envases de alimentos ---Los demás --Disoluciones definidas en la Nota 4 de este capítulo, sin pigmentar, ni colorear

3208.90 3208.90.11 3208.90.12

-Los demás: ---En aerosol ---Para serigrafía

3208.20.11 3208.20.12 3208.20.19

Página 95 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3208.90.19 3208.90.21 3208.90.22 3208.90.23 3208.90.24 3208.90.29 3208.90.30 32.09

3209.10 3209.10.11 3209.10.19 3209.10.21 3209.10.22 3209.10.23 3209.10.29 3209.90 3209.90.11 3209.90.19 3209.90.21 3209.90.22 3209.90.23 3209.90.29 32.10

3210.00.11 3210.00.19 3210.00.21 3210.00.22 3210.00.23 3210.00.29 3210.00.90 3211.00.00 32.12

3212.10.00 3212.90

3212.90.11 3212.90.19 3212.90.21

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás --Barnices: ---Para cueros ---Aislantes para instalaciones eléctricas ---Para artistas ---Para el recubrimiento interior de envases de alimentos ---Los demás --Disoluciones definidas en la Nota 4 de este capítulo, sin pigmentar, ni colorear

10

C

15 15 15 LIBRE 10 LIBRE

C C C A C A

LIBRE 10

A C

15 15 15 10

C B B C

LIBRE 10

A C

15 15 15 10

C C C C

10 10

B B

15 10 15 10 10 LIBRE

C B C B B A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

PINTURAS Y BARNICES A BASE DE POLÍMEROS SINTÉ TICOS O NATURALES MODIFICADOS, DISPERSOS O DISUELTOS EN UN MEDIO ACUOSO. -A base de polímeros acrílicos o vinílicos: --Pinturas: ---Para serigrafía ---Los demás --Barnices: ---Para cueros ---Aislantes para instalaciones eléctricas ---Para artistas ---Los demás -Los demás: --Pinturas: ---Para serigrafía ---Los demás --Barnices: ---Para cueros ---Aislantes para instalaciones eléctricas ---Para artistas ---Los demás LAS DEMÁ S PINTURAS Y BARNICES; PIGMENTOS AL AGUA PREPARADOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA EL ACABADO DEL CUERO. -Pinturas: --Al agua o al temple --Los demás -Barnices: --Para cueros --Aislantes para instalaciones eléctricas --Para artistas --Los demás -Los demás SECATIVOS PREPARADOS PIGMENTOS (INCLUIDOS EL POLVO Y ESCAMILLAS METÁ LICOS) DISPERSOS EN MEDIOS NO ACUOSOS, LÍQUIDOS O EN PASTA, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA LA FABRICACIÓ N DE PINTURAS; HOJAS PARA EL MARCADO A FUEGO; TINTES Y DEMÁ S MATERIAS COLORANTES EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR -Hojas para el marcado a fuego -Los demás: --Pigmentos (incluidos el polvo y las escamillas metálicos) dispersos en medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados para la fabricación de pinturas: ---De aluminio ---Los demás --Tintes en formas o envases para la venta al por menor: ---Tintes domésticos para teñir productos textiles de los tipos fabricados en el país (excepto el índigo natural para lavar)

Página 96 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3212.90.22 3212.90.23 3212.90.29 3212.90.30 3212.90.90 32.13

3213.10 3213.10.10 3213.10.20 3213.10.90 3213.90 3213.90.10 3213.90.20 3213.90.30 3213.90.90 32.14

3214.10

3214.10.11 3214.10.12 3214.10.19 3214.10.21 3214.10.29 3214.10.31 3214.10.39 3214.10.90 3214.90.00 32.15

3215.11.00 3215.19.00 3215.90. 3215.90.10 3215.90.20 3215.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Tintes domésticos para teñir calzados de los tipos fabricados en el paí s. ---Tintes del tipo doméstico no fabricados en el País ---Los demás --Azul para lavar (añil, índigo natural). --Los demás COLORES PARA LA PINTURA ARTÍSTICA, LA ENSEÑ ANZA, LA PINTURA DE CARTELES, PARA MATIZAR O PARA ENTRETENIMIENTO Y COLORES SIMILARES, EN PASTILLAS, TUBOS, BOTES, FRASCOS O EN FORMAS O ENVASES SIMILARES. -Colores en surtidos: --Surtidos de pinturas al temple ("témperas") --Preparaciones propias para el entretenimiento de los niños --Los demás. -Los demás: --Colores y preparaciones para la pintura artística. --Pinturas al temple (Témperas). --Preparaciones propias para el entretenimiento de los niños --Los demás MASILLA, CEMENTOS DE RESINA Y DEMÁ S MÁ STIQUES; PLASTES (ENDUIDOS) UTILIZADOS EN PINTURA; PLASTES (ENDUIDOS) NO REFRACTARIOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS EN ALBAÑ ILERÍA. -Masilla, cementos de resina y demás mástiques; plastes (enduidos) utilizados en pintura: --Mástiques a base de materias plásticas: ---Del tipo utilizado en la construcción ---De carrocero ---Los demás --Lacre: ---Lacre de escritorio o para botellas en forma de plaquitas, barras, o formas similares ---Los demás --Plastes (enduidos) utilizados en pinturas: ---Plastes de carrocero. ---Los demás --Los demás -Los demás. TINTAS DE IMPRENTA, TINTAS PARA ESCRIBIR O DIBUJAR Y DEMÁ S TINTAS, INCLUSO CONCENTRADAS O SÓ LIDAS. -Tintas de imprenta: --Negras --Las demás -Las demás: --Tintas para tatuar (o marcar) animales. --Tintas para máquinas codificadoras. --Las demás.

15

C

10 10 15 10

B B C B

10 10 15

A A A

15 10 10 15

A A A A

10 15 10

B A B

15

B

10

B

15 LIBRE 10 10

B A B A

15 15

A A

5 LIBRE 10

A A A

Página 97 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

10

A

15 10 LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

15

B

CAPITULO 33 33 33.01

3301.11.00 3301.12.00 3301.13.00 3301.14.00 3301.19.00 3301.21.00 3301.22.00 3301.23.00 3301.24.00 3301.25.00 3301.26.00 3301.29 3301.29.10 3301.29.90 3301.30.00 3301.9 3301.90.10 3301.90.20

3301.90.31 3301.90.39 3301.90.90 33.02

3302.1

3302.10.11 3302.10.12

3302.10.19 3302.10.91

ACEITES ESENCIALES Y RESINOIDES; PREPARACIONES DE PERFUMERÍ A, DE TOCADOR O DE COSMÉ TICA. ACEITES ESENCIALES (DESTERPENADOS O NO), INCLUIDOS LOS “CONCRETOS” O "ABSOLUTOS"; RESINOIDES; OLEORRESINAS DE EXTRACCIÓ N; DISOLUCIONES CONCENTRADAS DE ACEITES ESENCIALES EN GRASAS, ACEITES FIJOS, CERAS O MATERIAS ANÁ LOGAS, OBTENIDAS POR ENFLORADO O MACERACIÓ N; SUBPRODUCTOS TERPÉ NICOS RESIDUALES DE LA DESTERPENACI Ó N DE LOS ACEITES ESENCIALES; DESTILADOS ACUOSOS AROMÁ TICOS Y DISOLUCIONES ACUOSAS DE ACEITES ESENCIALES. -Aceites esenciales de agrios (cítricos): --De bergamota --De naranja. --De limón --De lima --Los demás -Aceites esenciales, excepto los de agrios (cítricos): --De geranio --De jazmín --De lavanda (espliego) o de lavandín --De menta piperita (Mentha piperita) --De las demás mentas --De espicanardo ("vetiver"). --Los demás: ---De vainilla ---Los demás -Resinoides -Los demás: --Subproductos terpénicos residuales de la desterpena ción de los aceites esenciales. --Destilados acuosos aromático, acondicionado para su venta al por menor --Disoluciones acuosas de aceites esenciales acondicionados para su venta al por menor. (aguas de azahar y similares): ---Con valor C.I.F. inferior a B/.4.43 el litro. ---Los demás (con valor C.I.F. igual o superior a B/.4.43 el litro). --Los demás MEZCLAS DE SUSTANCIAS ODORÍFERAS Y MEZCLAS (INCLUIDAS LAS DISOLUCIONES ALCOHÓ LICAS) A BASE DE UNA O VARIAS DE ESTAS SUSTANCIAS, DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS COMO MATERIAS BÁ SICAS PARA LA INDUSTRIA; LAS DEMÁ S PREPARACIONES A BASE DE SUSTANCIAS ODORÍFERAS, DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS PARA LA ELABORACIÓ N DE BEBIDAS. -Del tipo de las utilizadas en las industrias alimentarias o de bebidas: --Preparaciones alcohólicas compuestas (con grado alcohólico volumétrico superior a 0.5% vol) del tipo de las utilizadas para la elaboración de bebidas: ---Amargos, tinturas y materias aromatizantes para la preparación industrial de bebidas alcohólicas. ---Concentrados para la fabricación industrial de bebidas alcohólicas con su tenor de no alcohol superior a lo admitido en los productos potables de venta al por menor. ---Los demás --Las demás: ---Los demás preparados a base de extractos amargos aromáticos, con grado alcohólico volumétrico inferior o igual a 0.5% vol, para dar sabor a bebidas alcoh ólicas.

Página 98 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3302.10.99 3302.90 3302.90.10 3302.90.20 3302.90.30 3302.90.90 33.03 3303.00.11 3303.00.19 3303.00.21 3303.00.29 33.04

3304.10.00 3304.20 3304.20.10 3304.20.90 3304.30.00 3304.91 3304.91.10 3304.91.20 3304.91.90 3304.99

3304.99.11 3304.99.12

3304.99.19 3304.99.20 3304.99.30 3304.99.90 33.05 3305.1 3305.10.10 3305.10.20 3305.20.00 3305.30.00 3305.9

3305.90.11 3305.90.12 3305.90.19 3305.90.20 3305.90.90 33.06

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás. -Las demás: --Del tipo de las utilizadas en la industria del tabaco --Del tipo de las utilizadas en la industria de jabonería. --Del tipo de los utilizados en la industria de perfumería (perfumes, colonias, agua de azahar, etc.). --Los demás PERFUMES Y AGUAS DE TOCADOR. -Perfumes y colonias: --Con valor C.I.F. menor de B/. 22.38 el litro. --Los demás. (Con valor C.I.F. igual o mayor de B/. 22.38 el litro). -Aguas de colonia y demás aguas de tocador: --Con valor C.I.F. menor de B/. 4.43 el litro. --Los demás (con valor C.I.F. igual o superior a B/. 4.43 el litro). PREPARACIONES DE BELLEZA, MAQUILLAJE Y PARA EL CUIDADO DE LA PIEL, EXCEPTO LOS MEDICAMENTOS, INCLUIDAS LAS PREPARACIONES ANTISOLARES Y LAS BRONCEADORAS; PREPARACIONES PARA MANICURAS O PEDICUROS. -Preparaciones para el maquillaje de los labios. -Preparaciones para el maquillaje de los ojos: --Sombras para los párpados con valor C.I.F. de B/.30.00 ó más el kilo bruto.

LIBRE

A

5 LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

15 5

B A

15 5

B A

15

A

5

A

--Los demás -Preparaciones para manicuras o pedicuros -Las demás: --Polvos, incluidos los compactos: ---Polvos faciales con valor C.I.F. de B/. 30.00 ó mas el kilo bruto ---Polvos para el cuerpo (talco) con valor C.I.F. de B/.10.00 ó más el kilo bruto ---Los demás. --Las demás: ---Cremas de belleza, de maquillaje, para el cuidados de la piel, excepto las preparaciones antiso lares o bronceadoras: ----Cremas faciales con valor C.I.F. de B/. 15.00 ó más el kilo bruto ----Cremas corporales (para el cuerpo y las manos) con valor C.I.F. de B/. 10.00 ó más el kilo bruto, con excepción de las preparaciones para manicuras y pedicuros ----Los demás ---Vinagres de tocador ---Preparaciones antisolares y bronceadores ---Los demás PREPARACIONES CAPILARES. -Champúes: --En crema (pastoso, sólido o semisólido). --Líquidos, incluso medicamentosos -Preparaciones para ondulación o desrizado permanentes. -Lacas para el cabello -Las demás: --Brillantina o pomadas, aceites, lociones o tónicos, enjuagues y acondicionadores para el cabello: ---Pomadas perfumadas. ---Pomadas sin perfumar ---Los demás. --Tintes y productos decolorantes para el cabello. --Los demás PREPARACIONES PARA HIGIENE BUCAL O DENTAL, INCLUIDOS LOS POLVOS Y CREMAS PARA LA ADHERENCIA DE LAS DENTADURAS; HILO UTILIZADO PARA LIMPIEZA DE LOS ESPACIOS INTERDENTALES (HILO DENTAL), ACONDICIONADO PARA SU VENTA AL POR MENOR AL USUARIO.

15 15

A A

5 5

A A

15

A

5 5

A A

8 15 8 5

A A A A

15 15 15 15

A A A A

15 15 15 15 15

B B A B A

Página 99 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

3306.1 3306.10.10 3306.10.90 3306.20.00 3306.90 3306.90.10 3306.90.20 3306.90.90 33.07

-Dentífricos: --Medicados --Los demás -Hilo utilizado para limpieza de los espacios interdentales (hilo dental). -Los demás: --Enjuagues bucales y aguas dentríficas --Las demás preparaciones para perfumar el aliento --Los demás PREPARACIONES PARA AFEITAR O PARA ANTES O DESPUÉ S DEL AFEITADO, DESODORANTES CORPORALES, PREPARACIONES PARA EL BAÑ O, DEPILATORIOS Y DEMÁ S PREPARACIONES DE PERFUMERÍA, DE TOCADOR O DE COSMÉ TICA, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE; PREPARACIONES DESODORANTES DE LOCALES, INCLUSO SIN PERFUMAR, AUNQUE TENGAN PROPIEDADES DESINFECTANTES.

3307.10 3307.10.10

-Preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado: --Cremas y espumas de afeitar --Lociones para después del afeitado: ---A base de alcoholes desnaturalizados (tipo Bay Rum, Menticol y similares).

3307.10.21 3307.10.22 3307.10.29 3307.10.90 3307.20 3307.20.10 3307.20.90 3307.30.00

3307.41.00 3307.49 3307.49.10 3307.49.90 3307.90 3307.90.10 3307.90.20 3307.90.30 3307.90.40 3307.90.90

---Las demás lociones y colonias con valor C.I.F. de B/.4.43 ó más el litro. ---Las demás lociones y colonias --Los demás. -Desodorantes corporales y antitranspirantes: --Con valor C.I.F. de B/. 15.00 ó más el kilo bruto. --Los demás. -Sales perfumadas y demás preparaciones para el baño. -Preparaciones para perfumar o desodorizar locales, incluidas las preparaciones odoríferas para ceremonias religiosas: --"Agarbatti" y demás preparaciones odoríferas que actuan por combustión. --Las demás: ---Desodorantes, fumigatorios y similares para perfumar el ambiente presentados en recipientes de aerosoles ---Los demás -Los demás: --Guatas, fieltros, telas sin tejer y papeles impregna dos, recubiertos o revestidos de perfume. --Guatas, fieltros, telas sin tejer y papeles impregnados, recubiertos o revestidos de maquillajes --Depilatorios --Preparaciones de tocador para animales, incluso medicados --Los demás

Página 100 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 3

B B A

15 15 15

B B B

15

A

5

A

5

A

15 15

A A

5 15 15

A A B

15

B

15

A

15

A

5

A

15

A

15 15 15

A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

C

15 5

C A

15

C

15

C

15 15 15

A C C

15 15

C C

15 15 5

C C A

15

C

5

A

15 15 LIBRE

C C A

5

A

CAPITULO 34 34

JABÓ N, AGENTES DE SUPERFICIE ORGÁ NICOS, PREPARACIONES PARA JABÓ N, AGENTES DE SUPERFICIE ORGÁ NICOS, PREPARACIONES PARA LAVAR, PREPARACIONES LUBRICANTES, CERAS ARTIFICIALES, CERAS PREPARADAS, PRODUCTOS DE LIMPIEZA, VELAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, PASTAS PARA MODELAR, "CERAS PARA ODONTOLOGÍA" Y PREPARACIONES PARA ODONTOLOGÍA A BASE DE YESO FRAGUABLE.

34.01

JABÓ N; PRODUCTOS Y PREPARACIONES ORGÁ NICOS TENSOACTIVOS USADOS COMO JABÓ N, EN BARRAS, PANES, TROZOS O PIEZAS TROQUELADAS O MOLDEADAS, AUNQUE CONTENGAN JABÓ N; PAPEL, GUATAS, FIELTRO Y TELA SIN TEJER, IMPREGNADOS, RECUBIERTOS O REVESTIDOS DE JABÓ N O DE DETERGENTES. -Jabón, productos y preparaciones orgánicos tensoactivos, en barras, panes, trozos, o piezas troqueladas o moldeadas, y papel, guatas, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes: --De tocador (incluso los medicinales): ---Jabón para el baño, de belleza o desodorante, incluso con abrasivos, jabón desodorante, jabón de glicerina para el baño, incluso con sustancias bacteriostá ticas; preparaciones orgánicas tensoactivas usadas como jabón para el baño, de belleza o desodorante, incluso con sustancias bacteriostáticas

3401.11 3401.11.10

3401.11.20 3401.11.30 3401.11.40 3401.11.90 3401.19 3401.19.10 3401.19.20 3401.19.30 3401.19.40 3401.19.90 3401.20 3401.20.10 3401.20.20 3401.20.30 3401.20.90 34.02

3402.11 3402.11.10 3402.11.21 3402.11.29 3402.11.90 3402.12 3402.12.10

---De afeitar. ---Medicinales o desinfectantes, excepto los productos corrientes con adici ón de sustancias bacteriostáticas ---Papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados o revestidos de jabón o detergente del tipo de tocador ---Los demás. --Los demás: ---Jabones y productos utilizados como jabones, para ---Gelatinado para lubricar ---Papel, guata, fieltro y tela sin tejer impregnados, cubiertos o revestidos de jabón o detergentes ---Con abrasivos. ---Los demás. -Jabón en otras formas: --En polvo, escamas, virutas y gránulos o en glóbulos, excepto de tocador. --De tocador, incluso con adición de sustancias bacteriostáticas. --Medicinales o desinfectantes, excepto los productos corrientes con adición de sustancias bacteriostáticas. --Los demás. AGENTES DE SUPERFICIE ORGÁ NICOS (EXCEPTO EL JABÓ N); PREPARACIONES TENSOACTIVAS, PREPARACIONES PARA LAVAR (INCLUIDAS LAS PREPARACIONES AUXILIARES DE LAVADO) Y PREPARACIONES DE LIMPIEZA, AUNQUE CONTENGAN JABÓ N, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 34.01. -Agentes de superficie orgánicos, incluso acondicionados para la venta al por menor: --Aniónicos: ---Para uso agrícola o veterinario. ---Los demás, acondicionados para la venta al por menor: ----Líquidos o pastosos. ----Los demás. ---Los demás. --Catiónicos: ---Para uso agrícola o veterinario.

Página 101 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3402.12.21 3402.12.29 3402.12.90 3402.13 3402.13.10 3402.13.21 3402.13.29 3402.13.90 3402.19 3402.19.10 3402.19.21 3402.19.29 3402.19.90 3402.20 3402.20.11 3402.20.12 3402.20.19 3402.20.21 3402.20.29 3402.20.30 3402.20.90 3402.90 3402.90.10

3402.90.21 3402.90.22 3402.90.29 3402.90.30 3402.90.40 3402.90.50 3402.90.90 34.03

3403.11.00 3403.19 3403.19.10 3403.19.20 3403.19.90 3403.91.00 3403.99

DESCRIPCION ---Los demás, acondicionados para la venta al por menor. ----Líquidos o pastosos. ----Los demás. ---Los demás. --No iónicos: ---Para uso agrícola o veterinario. ---Acondicionados para la venta al por menor: ----Líquidos o pastosos. ----Los demás. ---Los demás. --Los demás: ---Para uso agrícola o veterinario. ---Acondicionados para la venta al por menor: ----Líquidos o pastosos. ----Los demás. ---Los demás. -Preparaciones acondicionadas para la venta al por menor: --Detergentes y limpiadores, a base de agentes de superficie: ---Líquidos. ---En polvo, escamas, copos, virutas y gránulos o en glóbulos ---Los demás. --Preparaciones auxiliares de lavado: ---Preparaciones para el prelavado o remojo; blanqueadores para ropa. ---Los demás. --Preparaciones para limpieza o el desengrasado, excepto las que sean a base de jabón o de otros agentes de superficie orgánicos. --Los demás -Los demás: --Agentes adyuvantes para el teñido y avivado de textiles --Detergentes y demás preparaciones tensoactivas, incluso concentrados para el lavado textil u otros usos domésticos (pisos, paredes, vajillas, etc.): ---Líquidos, excepto en aerosol. ---En polvo, escamas, virutas y gránulos o en glóbulos. ---Los demás. --Preparaciones auxiliares para el prelavado o blanqueado de productos textiles --Preparaciones para limpieza o el desgrasado, excepto las que sean a base de jabón o de otros agentes de superficie orgánicos --Para uso agrícola o veterinario. --Los demás PREPARACIONES LUBRICANTES (INCLUIDOS LOS ACEITES DE CORTE, LAS PREPARACIONES PARA AFLOJAR TUERCAS, LAS PREPARACIONES ANTIHERRUMBRE O ANTICORROSIÓ N Y LAS PREPARACIONES PARA EL DESMOLDEO, A BASE DE LUBRICANTES) Y PREPARACIONES DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS PARA EL ENSIMADO DE MATERIAS TEXTILES O EL ACEITADO O ENGRASADO DE CUEROS Y PIELES, PELETERÍA U OTRAS MATERIAS, EXCEPTO LAS QUE CONTENGAN COMO COMPONENTE BÁ SICO 70% O MÁ S EN PESO DE ACEITES DE PETRÓ LEO O DE MINERAL BITUMINOSO. -Que contengan aceites de petróleo o de mineral bituminoso: --Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros, pieles, peletería u otras materias --Las demás: ---Aceites lubricantes para compresores de refrigeración ---Las demás grasas lubricantes ---Los demás. -Las demás: --Preparaciones para el tratamiento de materias textiles, cueros y pieles, peleterí a u otras materias. --Las demás:

Página 102 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 LIBRE

C C A

5

A

15 15 LIBRE

C C A

5

A

15 15 LIBRE

C C A

15 15 LIBRE

C C A

15 LIBRE 15

C A C

LIBRE

A

15

C

15 15 LIBRE 15

C C A C

15

C

5 LIBRE

A A

LIBRE

A

10 10 15

B B B

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3403.99.10 3403.99.20 3403.99.90 34.04 3404.10.00 3404.20.00 3404.90.00 34.05

3405.10.00 3405.20.00 3405.30.00 3405.40.00 3405.9 3405.90.10 3405.90.20 3405.90.90 34.06 3406.00.10 3406.00.90 34.07

3407.00.10 3407.00.20 3407.00.30 3407.00.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Lubricantes para compresores de refrigeración. ---Grasas Lubricantes. ---Los demás CERAS ARTIFICIALES Y CERAS PREPARADAS. -De lignito modificado químicamente -De polietilenglicol -Las demás. BETUNES Y CREMAS PARA EL CALZADO, ENCÁ USTICOS, ABRILLANTADORES (LUSTRES) Y POLVOS PARA FREGAR Y PREPARACIONES SIMILARES (INCLUSO PAPEL, GUATAS, FIELTRO, TELA SIN TEJER, PLÁ STICO O CAUCHO CELULARES, IMPREGNADOS, RECUBIERTOS O REVESTIDOS DE ESTAS PREPARACIONES), EXCEPTO LAS CERAS DE LA PARTIDA No. 34.04. -Betunes, cremas y preparaciones similares para el calzado o para cueros y pieles -Encáusticos y preparaciones similares para la conservación de muebles de madera, parqués u otras manufacturas de madera. -Abrillantadores (lustres) y preparaciones similares para carrocerías, excepto las preparaciones para lustrar metales -Pastas, polvos y demás preparaciones para fregar -Las demás: --Ceras mezcladas, dispersas o disueltas en un medio líquido. --Preparaciones para lustrar metales. --Los demás. VELAS, CIRIOS Y ARTÍCULOS SIMILARES. -Para cumpleaños. -Los demás. PASTAS PARA MODELAR, INCLUIDAS LAS PRESENTADAS PARA ENTRETENIMIENTO DE LOS NIÑ OS; PREPARACIONES LLAMADAS "CERAS PARA ODONTOLOGÍA" O "COMPUESTOS PARA IMPRESIÓ N DENTAL", PRESENTADAS EN JUEGOS O SURTIDOS, EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR O EN PLAQUITAS, HERRADURAS, BARRITAS O FORMAS SIMILARES; LAS DEMÁ S PREPARACIONES PARA ODONTOLOGÍA A BASE DE YESO FRAGUABLE.

10 10 15

B B B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15

C

15

C

15

C

15

C

LIBRE LIBRE 15

A A C

10 15

B B

5 10

A B

10 10

B B

-Preparaciones para odontología a base de yeso fraguable (escayola). -Preparaciones llamadas "ceras para odontología" o "compuesto para impresión dental" -Pastas para modelar del tipo para el entretenimiento de los niños. -Las demás.

Página 103 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE 15

A A A

15

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 15 6

A A A A A A

LIBRE 10 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

10

B

LIBRE

A

LIBRE

A

CAPITULO 35 35 35.01 3501.10.00 3501.9 3501.90.10 3501.90.90 35.02

3502.11.00 3502.19.00 3502.20.00 3502.90.00 35.03

3503.00.11 3503.00.12 3503.00.19 3503.00.20 3503.00.90 3504.00.00

35.05

3505.10 3505.10.10 3505.10.20 3505.10.30 3505.10.40 3505.10.90 3505.20.00 35.06

3506.10.00

3506.91.00 3506.99.00

MATERIAS ALBUMINÓ IDEAS; PRODUCTOS A BASE DE ALMIDÓ N O DE MODIFICADOS; COLAS; ENZIMAS. FÉ CULA CASEÍNA, CASEINATOS Y DEMÁ S DERIVADOS DE LA CASEÍ NA; COLAS DE CASEÍNA. -Caseína -Los demás: --Colas de caseína --Los demás ALBÚ MINAS (INCLUIDOS LOS CONCENTRADOS DE VARIAS PROTEÍNAS DE LACTOSUERO CON UN CONTENIDO DE PROTEÍNAS DE LACTOSUERO SUPERIOR AL 80% EN PESO, CALCULADO SOBRE MATERIA SECA), ALBUMINATOS Y DEMÁ S DERIVADOS DE LAS ALBÚ MINAS. -Ovoalbúmina: --Seca. --Las demás. -Lactoalbúmina, incluidos los concentrados de dos o más proteínas del lactosuero. -Los demás GELATINAS (AUNQUE SE PRESENTEN EN HOJAS CUADRADAS O RECTANGULARES, INCLUSO TRABAJADAS EN LA SUPERFICIE O COLOREADAS) Y SUS DERIVADOS; ICTIOCOLA; LAS DEMÁ S COLAS DE ORIGEN ANIMAL, EXCEPTO DE LAS COLAS DE CASEÍNA DE LA PARTIDA No. 35.01. -Gelatinas y sus derivados comestibles: --Jalea a base de gelatina . --Gelatina en polvo o en copos, sin endulzar ni aromatizar de otro modo --Los demás. -Ictiocolas y demás colas de origen animal. -Las demás PEPTONAS Y SUS DERIVADOS; LAS DEMÁ S MATERIAS PROTEÍCAS Y SUS DERIVADOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; POLVO DE CUEROS Y PIELES, INCLUSO TRATADO AL CROMO DEXTRINA Y DEMÁ S ALMIDONES Y FÉ CULAS MODIFICADOS (POR EJEMPLO: ALMIDONES FÉ CULAS PREGELATINIZADOS O ESTERIFICADOS); COLAS A BASE DE ALMIDÓ N, FÉ CULA, DEXTRINA O DEMÁ S ALMIDONES O FÉ CULAS MODIFICADOS. -Dextrina y demás almidones y féculas modificados: --Dextrinas. --Fécula de yuca no comestible. --Almidones y féculas eterificados o esterificacados. --Almidones y féculas comestibles. --Los demás -Colas COLAS Y DEMÁ S ADHESIVOS PREPARADOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; PRODUCTOS DE CUALQUIER CLASE UTILIZADOS COMO COLAS O ADHESIVOS, ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR COMO COLAS O ADHESIVOS, DE UN PESO NETO INFERIOR O IGUAL A 1 Kg. -Productos de cualquier clase utilizados como colas o adhesivos, acondicionados para la venta al por menor como colas o adhesivos, de peso neto inferior o igual a 1 kg -Los demás: --Adhesivos a base de caucho o de plástico (incluidas las de resinas artificiales). --Los demás

Página 104 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 35.07 3507.10.00 3507.90 3507.90.10 3507.90.20

DESCRIPCION ENZIMAS; PREPARACIONES ENZIMÁ TICAS NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Cuajo y sus concentrados -Las demás: --Enzimas "puras" (aisladas); concentrados enzimáticos. --Las demás preparaciones enzimáticas no expresadas ni comprendidas en otra parte

Página 105 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 10 15 15

C B C C

15

C

15 10

C B

15 15 15

C C C

CAPITULO 36 36 3601.00.00 3602.00.00 36.03 3603.00.10 3603.00.90 36.04

3604.1 3604.10.10 3604.10.90 3604.9 3604.90.10 3604.90.30 3604.90.90 3605.00.00 36.06

3606.10.00

3606.90 3606.90.10 3606.90.21 3606.90.29 3606.90.30 3606.90.90

PÓ LVORAS Y EXPLOSIVOS; ARTÍCULOS DE PIROTECNIA; FÓ SFOROS (CERILLAS); ALEACIONES PIROFÓ RICAS; MATERIAS INFLAMABLES. PÓ LVORAS. EXPLOSIVOS PREPARADOS, EXCEPTO LAS PÓ LVORAS MECHAS DE SEGURIDAD; CORDONES DETONANTES; CEBOS Y CÁ PSULAS FULMINANTES; INFLAMADORES; DETONADORES ELÉ CTRICOS. -Fulminantes para cartuchos de armas de fuego -Los demás ARTÍCULOS PARA FUEGOS ARTIFICIALES, COHETES DE SEÑ ALES O GRANÍFUGOS Y SIMILARES, PETARGRANÍFUGOS Y SIMILARES, PETARTECNIA. -Artículos para fuegos artificiales: --Juguetes pirotécnicos --Los demás -Los demás: --Dispositivos de señalización. --Antorcha submarina. --Los demás. FÓ SFOROS (CERILLAS), EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE PIROTECNIA DE LA PARTIDA No. 36.04 FERROCERIO Y DEMÁ S ALEACIONES PIROFÓ RICAS EN CUALQUIER FORMA; ARTÍCULOS DE MATERIAS INFLAMABLES A QUE SE REFIERE LA NOTA 2 DE ESTE CAPÍTULO. -Combustibles líquidos y gases combustibles licuados en recipientes del tipo de los utilizados para cargar o recargar encendedores o mecheros, de capaciad inferior o igual a 300 cm3 -Los demás: --Combustibles sólidos o pastosos: ---Metaldehído (meta) y hexametilenotetramina (hexamina) en tabletas, barritas o formas similares ---Los demás --Yescas textiles. --Los demás.

Página 106 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 5 LIBRE

C B A

LIBRE LIBRE

A A

15 5

C A

5

A

LIBRE 15

A C

5 LIBRE 15

A A C

5 15

A C

5 15

A C

5 15

A C

5 10

A C

5 5 5

A A A

5

A

5

A

5

A

5 15

A A

5

A

CAPITULO 37 37 37.01

3701.10.00 3701.20.00 3701.30.00

3701.91.00 3701.99.00 37.02

3702.10.00 3702.20.00 3702.31.00 3702.32 3702.32.10 3702.32.90 3702.39 3702.39.10 3702.39.20 3702.39.90 3702.41 3702.41.10 3702.41.90 3702.42 3702.42.10 3702.42.90 3702.43 3702.43.10 3702.43.90 3702.44 3702.44.10 3702.44.90 3702.51.00 3702.52.00 3702.53.00 3702.54.00 3702.55.00 3702.56.00 3702.91 3702.91.10 3702.91.90 3702.92 3702.92.10

PRODUCTOS FOTOGRÁ FICOS O CINEMATOGRÁ FICOS PLACAS Y PELÍCULAS PLANAS, FOTOGRÁ FICAS, SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR, EXCEPTO LAS DE PAPEL, CARTÓ N O TEXTILES; PELÍ CULAS FOTOGRÁ FICAS PLANAS AUTORREVELABLES, SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR, INCLUSO EN CARGADORES. -Para rayos X -Películas autorrevelables -Las demás placas y películas planas en las que un lado por lo menos exceda de 255 mm. -Las demás: --Para fotografías en colores (policromas). --Las demás PELÍCULAS FOTOGRÁ FICAS EN ROLLOS, SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR, EXCEPTO LAS DE PAPEL, CARTÓ N O TEXTILES; PELÍ CULAS FOTOGRÁ FICAS AUTORREVELABLES EN ROLLOS, SENSIBILIZADAS, SIN IMPRESIONAR. -Para rayos X -Películas autorrevelables. -Las demás películas, sin perforar, de anchura inferior o igual a 105 mm: --Para fotografía en colores (policroma). --Las demás, con emulsión de halogenuros de plata: ---Para fotografía ---Las demás, incluso de microfilmación --Las demás: ---Para fotografía ---Películas industriales y para fotomécánica ---Las demás, incluso de microfilmación -Las demás películas, sin perforar, de anchura superior a 105 mm: --De anchura superior a 610 mm y longitud superior a 200 m, para fotografía en colores (policroma): ---Para fotografía ---Los demás --De anchura superior a 610 mm y longitud superior a 200 m, excepto para fotografía en colores : ---Para fotografía ---Los demás --De anchura superior a 610 mm y de longitud inferior o igual a 200 m: ---Para fotografía ---Los demás --De anchura superior a 105 mm pero inferior o igual a 610 mm: ---Para fotografía ---Los demás -Las demás películas para fotografía en colores (policroma): --De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud inferior o igual a 14 m --De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud superior a 14 m --De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m, para diapositivas --De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m, excepto para diapositivas. --De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud superior a 30 m --De anchura superior a 35 mm -Las demás: --De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud inferior o igual a 14 m: ---Para fotografía ---Las demás --De anchura inferior o igual a 16 mm y longitud superior a 14 m ---Para fotografía

Página 107 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3702.92.90 3702.93 3702.93.10 3702.93.90 3702.94 3702.94.10 3702.94.90 3702.95 3702.95.10 3702.95.90 37.03 3703.10.00 3703.20.00 3703.90.00 37.04 3704.00.10 3704.00.20 3704.00.30 3704.00.90 37.05 3705.10.00 3705.20.00 3705.90 3705.90.10 3705.90.90 37.06

3706.10 3706.10.10 3706.10.20 3706.10.91 3706.10.99 3706.90 3706.90.10 3706.90.20 3706.90.30 3706.90.91 3706.90.95 3706.90.99 37.07

3707.10.00 3707.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Las demás --De anchura superior a 16 mm pero inferior o gual a 35 mm y longitud inferior o igual a 30 m ---Para fotografía ---Las demás --De anchura superior a 16 mm pero inferior o igual a 35 mm y longitud superior a 30 m ---Para fotografía ---Las demás --De anchura superior a 35 mm: ---Para fotografía ---Las demás PAPEL, CARTÓ N Y TEXTILES, FOTOGRÁ FICOS, SENSIBILIZADOS, SIN IMPRESIONAR. -En rollos de anchura superior a 610 mm -Los demás, para fotografía en colores (policromas) -Los demás PLACAS, PELÍCULAS, PAPEL, CARTÓ N Y TEXTILES, FOTOGRÁ FICOS, IMPRESIONADOS PERO SIN REVELAR. -Papeles, cartulinas y tejidos impresionados pero sin revelar -Películas cinematográficas -Placas y películas radiográficas -Los demás PLACAS Y PELÍCULAS, FOTOGRÁ FICAS, IMPRESIONADAS Y REVELADAS, EXCEPTO LAS CINEMATOGRÁ FICAS (FILMES). -Para la reproducción offset -Microfilmes -Las demás: --Radiografías --Las demás PELÍCULAS CINEMATOGRÁ FICAS (FILMES), IMPRESIONADAS Y REVELADAS, CON REGISTRO DE SONIDO O SIN É L, O CON REGISTRO DE SONIDO SOLAMENTE. -De anchura superior o igual a 35 mm: --Filmadas en la República de Panamá --Educacionales; personales o privadas --Las demás: ---Para ser reexportadas, sin ser exhibidas en la República de Panamá ---Las demás -Las demás: --Filmadas en la República de Panamá --Educacionales; personales o privadas --Para ser reexportadas, sin ser exhibidas en la Repùblica de Panamá --Las demás: ---Inferior o igual a 8mm de ancho ---De 9 mm y hasta 16 mm de ancho. ---Las demás PREPARACIONES QUÍMICAS PARA USO FOTOGRÁ FICO, EXCEPTO LOS BARNICES, LAS, ADHESIVOS Y PREPARACIONES SIMILARES; PRODUCTOS SIN MEZCLAR PARA USO FOTOGRÁ FICO, DOSIFICADOS O ACONDIIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR LISTOS PARASU EMPLEO. -Emulsiones para sensibilizar superficies -Los demás

15

C

10 15

A C

5 15

A C

5 15

A C

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15 LIBRE 15 LIBRE

C A C A

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE

C A

LIBRE LIBRE

A A

15 15

C C

LIBRE LIBRE 15

A A C

10 15 15

C C C

LIBRE LIBRE

A A

CAPITULO 38 38 38.01

PRODUCTOS DIVERSOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS GRAFITO ARTIFICIAL; GRAFITO COLOIDAL O SEMICOLOIDAL; PREPARACIONES A BASE DE GRAFITO U OTROS CARBONOS, EN PASTA, BLOQUES, PLAQUITAS U OTRAS SEMIMANUFACTURAS.

Página 108 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3801.10.00 3801.20.00 3801.30.00 3801.90.00 38.02 3802.10.00 3802.9 3802.90.10 3802.90.90 3803.00.00 3804.00.00

38.05

3805.10 3805.10.10 3805.10.90 3805.20.00 3805.90.00 38.06 3806.10.00 3806.20.00 3806.30.00 3806.90.00 38.07

3807.00.10 3807.00.20 3807.00.31 3807.00.39 3807.00.90 38.08

3808.1 3808.10.10 3808.10.20 3808.10.30 3808.10.91 3808.10.92

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Grafito artificial -Grafito coloidal o semicoloidal -Pastas carbonosas para electrodos y pastas similares para el revestimiento interior de hornos -Las demás CARBONES ACTIVADOS; MATERIAS MINERALES NATURALES ACTIVADAS; NEGROS DE ORIGEN -Carbones activados -Los demás: --Bauxita activada --Los demás "TALL OIL", INCLUSO REFINADO LEJÍAS RESIDUALES DE LA FABRICACIÓ N DE PASTAS DE CELULOSA, AUNQUE ESTÉ N CONCENTRADAS, DESAZUCARADAS O TRATADAS QUÍ MICAMENTE, INCLUIDOS LOS LIGNOSULFONATOS, EXCEPTO EL "TALL OIL" DE LA PARTIDA No. 38.03. ESENCIAS DE TREMENTINA, DE MADERA DE PINO O DE PASTA CELUL Ó SICA AL SULFATO (SULFATO DE TREMENTINA) Y DEMÁ S ESENCIAS TERPÉ NICAS PROCEDENTES DE LA DESTILACIÓ N O DE OTROS TRATAMIENTOS DE LA MADERA DE CONÍFERAS; DIPENTENO EN BRUTO; ESENCIA DE PASTA CELULÓ SICA AL BISULFITO (BISULFITO DE TREMENTINA) Y DEMÁ S PARACIMENOS EN BRUTO; ACEITE DE PINO CON ALFA - TERPINEOL COMO COMPONENTE PRINCIPAL.

LIBRE LIBRE 15

A A C

15

C

LIBRE

A

10 LIBRE LIBRE LIBRE

B A A A

10 LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE

C A

15 15 15

C C C

LIBRE LIBRE 15

A A C

15 15

C C

-Esencias de trementina, de madera de pino o de pasta celulósica al sulfato (sulfato de trementina): --Esencia de trementina ("aguarrás"). --Los demás -Aceite de pino -Los demás COLOFONIAS Y Á CIDOS RESÍNICOS, Y SUS DERIVADOS; ESENCIA Y ACEITE, DE COLOFONIA; GOMAS FUNDIDAS. -Colofonias y ácidos resínicos -Sales de colofonias, de ácidos resínicos o de deriva dos de colofonias o de á cidos resínicos, excepto las sales de aductos de colofonias. -Gomas éster -Los demás ALQUITRANES DE MADERA; ACEITES DE ALQUITRÁ N DE MADERA; CREOSOTA DE MADERA; METILENO (NAFTA DE MADERA); PEZ VEGETAL; PEZ DE CERVECERÍA Y PREPARACIONES SIMILARES A BASE DE COLOFONIA, DE Á CIDOS RESÍNICOS O DE PEZ VEGETAL. -Alquitranes y aceite de alquitranes de madera -Creosota; aceite de acetona; metileno -Pez de todas clases: --De cerveceros --Los demás -Los demás INSECTICIDAS, RATICIDAS, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INHIBIDORES DE GERMINACIÓ N Y REGULADORES DEL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, DESINFECTANTES Y PRODUCTOS SIMILARES, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR, O COMO PREPARACIONES O ARTÍCULOS TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS Y PAPELES MATAMOSCAS. -Insecticidas: --Para uso en la agricultura --Los demás, para uso en la ganadería --Papel impregnado de insecticidas. --Los demás: ---Espirales o mechitas que actúan por combustión. ---Papel matamosca

Página 109 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3808.10.99 3808.20 3808.20.10 3808.20.20 3808.20.90 3808.30.00 3808.40 3808.40.10 3808.40.20 3808.40.91 3808.40.92

3808.40.99 3808.90 3808.90.11 3808.90.12 3808.90.19 3808.90.91 3808.90.92 3808.90.99 38.09

3809.10.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás -Fungicidas: --Para uso en la agricultura --Los demás, para uso en la ganadería --Los demás -Herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas -Desinfectantes: --Para uso en la agricultura --Para uso en la ganadería --Los demás: ---A base de agentes tensoactivos de amonio cuaternario, aceite de pino u otras sustancias odoríferas, acondicionadas para la venta al por menor ---Bases activas concentradas, sin acondicionar para la venta al por menor y presentadas en envases con un contenido neto igual o superior a 190 Kg.

10

B

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE

A

15

A

LIBRE 10 15

A B C

LIBRE LIBRE 15

A A C

---Los demás -Los demás: --Raticidas o rodenticidas: ---Para uso en la agricultura ---Trampas de soportes encolados, incluso sin producto tóxico. ---Los demás --Los demás: ---Para uso en la agricultura ---Para uso en la ganadería ---Los demás APRESTOS Y PRODUCTOS DE ACABADO, ACELERADORES DE TINTURA O DE FIJACIÓ N DE MATERIAS COLORANTES Y DEMÁ S PRODUCTOS Y PREPARACIONES (POR EJEMPLO: APRESTOS Y MORDIENTES), DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS EN LA INDUSTRIA TEXTIL, DEL PAPEL, DEL CUERO O INDUSTRIAS SIMILARES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE.

LIBRE

A

3809.91.00 3809.92.00

-A base de materias amiláceas -Los demás: --Del tipo de los utilizados en la industria textil o industrias similares --Del tipo de los utilizados en la industria del papel o industrias similares

LIBRE LIBRE

A A

3809.93.00

--Del tipo de los utilizados en la industria del cuero o industrias similares

10

B

38.10

PREPARACIONES PARA EL DECAPADO DE LOS METALES; FLUJOS Y DEMÁ S PREPARACIONES AUXILIARES PARA SOLDAR METAL; PASTAS O POLVOS PARA SOLDAR, CONSTITUIDOS POR METAL Y OTROS PRODUCTOS; PREPARACIONES DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS PARA RECUBRIR O RELLENAR ELECTRODOS O VARILLAS DE SOLDADURA. -Preparaciones para el decapado de los metales; pastas y polvos para soldar, constituidos por metal y otros productos: --Preparaciones para el decapado de los metales: ---En solución a base de ácidos ---Las demás --Las demás -Los demás PREPARACIONES ANTIDETONANTES, INHIBIDORES DE OXIDACION, ADITIVOS PEPTIZANTES,MEJORADORES DE VISCOSIDAD, ANTICORESIVOS Y DEMAS ADITIVOS PREAPARADOS PARA ACEITES MINERALES (INCLUIDA LA GASOLINA) U OTROS LIQUIDOS UTILIZADOS PARA LOS MISMOS FINES QUE LOS ACEITES MINERALES. -Preparaciones antidetonantes: --A base de compuestos de plomo:

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

3810.10

3810.10.11 3810.10.19 3810.10.90 3810.90.00 38.11

3811.11

Página 110 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3811.11.10 3811.11.90 3811.19 3811.19.10 3811.19.90 3811.21.00 3811.29.00 3811.90.00 38.12

3812.10.00 3812.20.00 3812.30.00 3813.00.00 38.14

3814.00.10 3814.00.90 38.15

3815.11.00 3815.12.00 3815.19.00 3815.90.00 3816.00.00

38.17

3817.10.00 3817.20.00 3818.00.00

3819.00.00

3820.00.00 3821.00.00 38.22

3822.00.10 3822.00.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Para mezclar con las gasolinas ---Los demás --Las demás: ---Para mezclar con las gasolinas ---Los demás --Aditivos para aceites lubricantes: --Que contegan aceites de petróleo o de mineral bituminoso --Los demás -Los demás ACELERADORES DE VULCANIZACIÓ N PREPARADOS; PLASTIFICANTES COMPUESTOS PARA CAUCHO O PLÁ STICO, NO EXPRESAS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; PREPARACIONES ANTIOXIDANTES Y DEMÁ S ESTABILIZANTES COMPUESTOS PARA CAUCHO O PLÁ STICO. -Aceleradores de vulcanización preparados -Plastificantes compuestos para caucho o plástico -Preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico. PREPARACIONES Y CARGAS PARA APARATOS EXTINTORES; GRANADAS Y BOMBAS EXTINTORAS. DISOLVENTES Y DILUYENTES ORGÁ NICOS COMPUESTOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; PREPARACIONES PARA QUITAR PINTURAS O BARNICES. -Disolventes o diluyentes orgánicos compuestos para los productos comprendidos en el Capítulo 32. -Los demás. INICIADORES Y ACELERADORES DE REACCIÓ N, Y PREPARACIONES CATALÍTICAS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Catalizadores sobre soporte: --Con niquel o sus compuestos como sustancia activa --Con metal precioso o sus compuestos como sustancia activa. --Los demás -Los demás. CEMENTOS, MORTEROS, HORMIGONES Y EPARACIONES SIMILARES, REFRACTARIOS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 38.01. MEZCLAS DE ALQUILBENCENOS Y MEZ-CLAS DE ALQUILNAFTALENOS, EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS Nos. 27.07 O 29.02. -Mezclas de alquílbencenos -Mezclas de alquilnaftalenos ELEMENTOS QUÍMICOS DOPADOS PARA USO EN ELECTRÓ NICA, EN DISCOS, OBLEAS ("WAFERS") O FORMAS ANÁ LOGAS; COMPUESTOS QUÍMICOS DOPADOS PARA USO EN ELECTRÓ NICA. LÍQUIDOS PARA FRENOS HIDRÁ ULICOS Y DEMÁ S LÍQUIDOS PREPARADOS PARA TRANSMISIONES HIDRÁ ULICAS, SIN ACEITES DE PETRÓ LEO NI DE MINERAL BITUMINOSO O CON UN CONTENIDO INFERIOR AL 70% EN PESO DE DICHOS ACEITES PREPARACIONES ANTICONGELANTES Y LÍQUIDOS PREPARADOS PARA DESCONGELAR MEDIOS DE CULTIVO PREPARADOS PARA EL DESARROLLO DE MICROORGANISMOS. REACTIVOS DIAGNÓ STICO O DE LABORATORIO SOBRE CUALQUIER SOPORTE Y REACTIVOS DE DIAGNÓ STICO O DE LABORATORIO PREPARADOS, INCLUSO SOBRE SOPORTE, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nº 30.02 ó 30.06. -Tiras para la determinación de glicemia capi lar, de glucosa o de acetona, en la orina. -Los demás.

15 10

C C

15 10

C C

LIBRE LIBRE 10

A A B

LIBRE 15 LIBRE

A C A

15

C

LIBRE

A

15

C

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15

C

15

C

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

Página 111 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 38.23

3823.11.00 3823.12.00 3823.13.00 3823.19 3823.19.10 3823.19.20 3823.19.90 3823.70 3823.70.10 3823.70.90 38.24

3824.10.00 3824.20.00 3824.30.00 3824.40. 3824.40.10 3824.40.90 3824.50.00 3824.60.00

3824.71 3824.71.10 3824.71.80 3824.71.90 3824.79 3824.79.10 3824.79.90 3824.90 3824.90.10 3824.90.20 3824.90.30 3824.90.40 3824.90.50 3824.90.60

3824.90.81 3824.90.82 3824.90.89 3824.90.91 3824.90.92 3824.90.93 3824.90.94

DESCRIPCION Á CIDOS GRASOS MONOCARBOXÍLICOS INDUSTRIALES; ACEITES Á CIDOS DEL REFINADO; ALCOHOLES GRASOS INDUSTRIALES. -Á cidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado: --Á cido esteárico. --Á cido oleico. --Á cidos grasos del "tall oil". --Los demás: ---Aceites ácidos para la preparación de alimentos animales. ---Acido behénico ---Los demás. -Alcoholes grasos industriales: --Que presenten las características de ceras. --Los demás. PREPARACIONES AGLUTINANTES PARA MOLDES O NÚ CLEOS DE FUNDICIÓ N; PRODUCTOS QUÍMICOS Y PREPARACIONES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS (INCLUIDAS LAS MEZCLAS DE PRODUCTOS NATURALES), NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; PRODUCTOS RESIDUALES TRA PARTE; PRODUCTOS RESIDUALES DUSTRIAS CONEXAS, NO EXPRESADOS DUSTRIAS CONEXAS, NO EXPRESADOS -Preparaciones aglutinantes para moldes o para núcleos de fundición. -Á cidos nafténicos, sus sales insolubles en para núcleos de fundición. -Carburos metálicos sin aglomerar mezclados entre sí o con aglutinantes metá licos -Aditivos preparados para cementos, morteros u hormigones. --Controladores de hidratación microsílicas e inhibidores de corrosión. --Los demás -Morteros y hormigones, no refractarios -Sorbitol, excepto el de la subpartida nº 2905.44 -Mezclas que contengan derivados perhalogenados de hidrocarburos acíclicos con dos halógenos diferentes, por lo menos: --Que contengan hidrocarburos acíclicos perhalogenados únicamente con flúor y cloro: ---Mezclas azeotrópicas de los tipos R-500, R-502 y R-503 (de conformidad con la Nota Complementaria No. 1 del Capítulo 38 ---Las demás mezclas azeotrópicas (de conformidad con la Nota Complementaria Nº 2 del Capítulo 38). ---Las demás. --Las demás: ---Mezclas azeotrópicas. ---Las demás. -Los demás: --Preparaciones desincrustantes, antiherrumbre. --Sulfonatos de petróleo insoluble en agua. --Aditivos para endurecer los barnices o colas. --Productos borradores de tinta; productos para la corrección de clisés o esténciles; líquidos correc tores. --Cargas compuestas para pinturas. --Pasta a base de gelatina para rodillos entintadores de imprenta, alúmina coloidal. --Productos residuales de las industrias químicas o de las industrias conexas: ---Aguas amoniacales y crudo amoniacal. ---Residuos de la fabricación de antibióticos. ---Los demás. --Los demás: ---Aceite de Fusel ---Aceite de Dippel. ---Sales para la salazón. ---Productos químicos para descornar.

Página 112 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 LIBRE LIBRE

B A A

10 LIBRE 15

B A B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE 10 LIBRE 15

A B A A

15

C

5

A

5

A

15 15

C C

15 15 LIBRE 15

C C A C

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE 15

C A C

15 15 15 5

C C C A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3824.90.95

---Aceite mineral con sílica; espesante destilado de petróleo; monomorilionita con recubrimiento orgánico; parafina clorinada al 40%; parafina clorinada al 70%; preparados a base de peróxi de benzoilo; silicato de aluminio y de magnesio coloidal; sílico aluminato de sodio nd; sílico aluminato de sodio puro; emulsificantes; soluciones limpiadoras sin productos tensoactivos; les emulsificantes; antiespumantes; preparaciones químicas para la fabricación de tintas no acondicionadas para la venta al por menor.

LIBRE

A

3824.90.96

---Las demás mezclas azeotrópicas (De conformidad con la Nota Complementaria No. 2 del Capítulo 38) ---Titanatos en disolventes orgánicos ---Los demás

5

A

LIBRE 10

A A

3824.90.97 3824.90.99

Página 113 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

CAPITULO 39 39 39.01 3901.10 3901.10.10 3901.10.90 3901.20 3901.20.10 3901.20.90 3901.30 3901.30.10 3901.30.90 3901.90 3901.90.10 3901.90.90 39.02 3902.10 3902.10.10 3902.10.90 3902.20 3902.20.10 3902.20.90 3902.3 3902.30.10 3902.30.90 3902.90 3902.90.10 3902.90.90 39.03 3903.11 3903.11.10 3903.11.90 3903.19 3903.19.10 3903.19.90 3903.20 3903.20.10 3903.20.90 3903.30 3903.30.10 3903.30.90 3903.90 3903.90.10 3903.90.90

PLÁ STICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS POLÍMEROS DE ETILENO EN FORMAS PRIMARIAS -Polietileno de densidad inferior a 0.94: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Polietileno de densidad superior o igual a 0.94: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Copolímeros de etileno y acetato de vinilo: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás -Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás POLÍMEROS DE PROPILENO O DE OTRAS OLEFINAS, EN FORMAS PRIMARIAS. EN FORMAS PRIMARIAS. -Polipropileno: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás -Poliisobutileno: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás -Copolímeros de propileno: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones --Los demás. -Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones --Los demás. POLÍMEROS DE ESTIRENO EN FORMAS PRIMARIAS. -Poliestireno: --Expandible: ---Líquidos y pastas incluidas las dispersiones (emulsiones y suspenciones) y las disoluciones. ---Los demás. --Los demás: ---Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspenciones) y las disoluciones. ---Los demás. -Copolímeros de estireno-acrilonitrilo (SAN): --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspenciones) y las disoluciones. --Los demás. -Copolímeros de acrilonitrilo-butadieno-estireno (ABS): --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspenciones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspenciones) y las disoluciones. --Los demás.

Página 114 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 39.04 3904.10 3904.10.10 3904.10.90 3904.21 3904.21.10 3904.21.90 3904.22 3904.22.10 3904.22.90 3904.30 3904.30.10 3904.30.90 3904.40 3904.40.10 3904.40.90 3904.50 3904.50.10 3904.50.90 3904.61 3904.61.10 3904.61.90 3904.69 3904.69.10 3904.69.90 3904.90 3904.90.10 3904.90.90 39.05

3905.12.00 3905.19.00 3905.21.00 3905.29.00 3905.30 3905.30.10 3905.30.90 3905.91 3905.91.10 3905.91.90 3905.99

DESCRIPCION POLÍMEROS DE CLORURO DE VINILO O DE OTRAS OLEFINAS HALOGENADAS, EN FORMAS PRIMARIAS. -Policloruro de vinilo sin mezclar con otras sustancias: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás policloruros de vinilo: --Sin plastificar: ---Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. --Plastificados: ---Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. -Copolímeros de cloruro de vinilo y acetato de vinilo: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás copolímeros de cloruro de vinilo: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Polímeros de cloruro de vinilideno: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Polímeros fluorados: --Politetrafluoretileno: ---Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. --Los demás: ---Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. -Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. POLÍMEROS DE ACETATO DE VINILO O DE OTROS É STERES VINÍLICOS, EN FORMAS PRIMARIAS; LOS DEMÁ S POLÍMEROS VINÍLICOS EN FORMAS PRIMARIAS. -Poliacetato de vinilo: --En dispersión acuosa. --Los demás. -Copolímeros de acetato de vinilo: --En dispersión acuosa. --Los demás. -Alcohol polivinílico, incluso con grupos acetato sin hidrolizar: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás: --Copolímeros: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. --Los demás:

Página 115 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3905.99.10 3905.99.90 39.06 3906.10 3906.10.10 3906.10.90 3906.90 3906.90.10 3906.90.90 39.07

3907.10 3907.10.10 3907.10.90 3907.20 3907.20.10 3907.20.90 3907.30 3907.30.10 3907.30.90 3907.40 3907.40.10 3907.40.90 3907.50 3907.50.10 3907.50.90 3907.60 3907.60.10 3907.60.90 3907.91 3907.91.10 3907.91.90 3907.99 3907.99.10 3907.99.90 39.08 3908.10 3908.10.10 3908.10.90 3908.90 3908.90.10 3908.90.90 39.09 3909.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. POLÍMEROS ACRÍLICOS EN FORMAS PRIMARIAS. -Polimetacrilato de metilo: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. POLIACETALES, LOS DEMÁ S POLIÉ TERES Y RESINAS EPOXI, EN FORMAS PRIMARIAS; POLICARBONATOS, RESINAS ALCÍDICAS, POLI É STERES ALÍLICOS Y DEMÁ S; POLIÉ STERES, EN FORMAS -Poliacetales: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás poliéteres: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Resinas epoxi: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Policarbonatos: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Resinas alcídicas: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Politereftalato de etileno: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás poliésteres: --No saturados. --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. --Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. ---Los demás. POLIAMIDAS EN FORMAS PRIMARIAS. -Poliamidas -6, -11, -12, -6,6, - 6,9, -6,10 ó -6,12: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Las demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. RESINAS AMÍNICAS, RESINAS FENÓ LICAS Y POLIURETANOS, EN FORMAS PRIMARIAS. -Resinas uréicas; resinas de tiourea:

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

Página 116 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3909.10.10 3909.10.90 3909.20 3909.20.10 3909.20.90 3909.30 3909.30.10 3909.30.90 3909.40 3909.40.10 3909.40.90 3909.50 3909.50.10 3909.50.90 39.10

3910.00.11 3910.00.19 3910.00.91 3910.00.99 39.11

3911.10 3911.10.10 3911.10.90 3911.90 3911.90.10 3911.90.90 39.12

3912.11.00 3912.12.00 3912.20 3912.20.10 3912.20.20 3912.20.90 3912.31.00 3912.39.00 3912.90.00 39.13

3913.10.00

DESCRIPCION --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Resinas melamínicas: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Las demás resinas amínicas: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Resinas fenólicas: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Poliuretanos: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. SILICONAS EN FORMAS PRIMARIAS. --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Caucho de silicona. --Los demás. -Los demás: --Caucho de silicona. --Los demás. RESINAS DE PETRÓ LEO, RESINAS DE CUMARONAINDENO, POLITERPENOS, POLISULFUROS, POLISULFONAS Y DEMÁ S PRODUCTOS PREVISTOS EN LA NOTA 3 DE ESTE CAPÍTULO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE, EN FORMAS PRIMARIAS. -Resinas de petróleo, resinas de cumarona, resinas de indeno, resinas de cumarona-indeno y politerpenos: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. -Los demás: --Líquidos y pastas, incluidas las dispersiones (emulsiones y suspensiones) y las disoluciones. --Los demás. CELULOSA Y SUS DERIVADOS QUÍMICOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE, EN FORMAS PRIMARIAS. -Acetatos de celulosa: --Sin plastificar. --Plastificados. -Nitratos de celulosa (incluidos los colodiones): --Colodiones y celoidina --Celuloide --Los demás -É teres de celulosa: --Carboximetilcelulosa y sus sales. --Los demás. -Los demás. POLÍMEROS NATURALES (POR EJEMPLO: Á CIDO ALGÍNICO) Y POLÍ MEROS NATURALES MODIFICADOS (POR EJEMPLO: PROTEÍNAS ENDURECIDAS, DERIVADOS QUÍMICOS DEL CAUCHO NATURAL), NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE, EN FORMAS PRIMARIAS. -Á cido algínico, sus sales y sus ésteres

Página 117 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3913.90 3913.90.10 3913.90.90 3914.00.00

DESCRIPCION

3917.31 3917.31.10 3917.31.90

-Los demás: --Derivados químicos del caucho natural. --Los demás. INTERCAMBIADORES DE IONES A BASE DE POLÍMEROS DE LAS PARTIDAS Nos. 39.01 A 39.13, EN FORMAS PRIMARIAS. DESECHOS, DESPERDICIOS Y RECORTES DE PLÁ STICO -De polímeros de etileno. -De polímeros de estireno. -De polímeros de cloruro de vinilo -De los demás plásticos MONOFILAMENTOS CUYA MAYOR DIMENSIÓ N DEL CORTE TRANSVERSAL SEA SUPERIOR A 1 mm., BARRAS, VARILLAS Y PERFILES, INCLUSO TRABAJADOS EN LA SUPERFICIE PERO SIN OTRA LABOR, DE PLÁ STICO. -De polímeros de etileno: --Láminas para techos con ondas en forma de líneas --Las demás. -De polímeros de cloruro de vinilo: --Cordones de vinil para mallas y ventanas. --Láminas para techos con ondas en forma de íneas quebradas. --Los demás. -De los demás plásticos: --Láminas para techos con ondas en forma de líneas quebradas. --Las demás. TUBOS Y ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: JUNTAS, CODOS, EMPALMES (RACORES)), DE PLÁ STICO. -Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de plásticos celulósicos: --Envueltas tubulares para embutidos --Los demás. -Tubos rígidos: --De polímeros de etileno: ---Pajillas (carrizos): ----Para envases "Tetra pack". ----Los demás. ---Con diámetro interior hasta 4 pulgadas ---Los demás --De polímeros de propileno: ---Pajillas (carrizos): ----Para envases "Tetra pack". ----Los demás. ---Con diámetro interior hasta 4 pulgadas. ---Los demás --De polímeros de cloruro de vinilo: ---Pajillas (carrizos): ----Para envases "Tetra pack". ----Los demás. ---Con diámetro interior hasta 4 pulgadas. ---Los demás. --De los demás plásticos: ---Pajillas (carrizos): ----Para envases "Tetra pack". ----Los demás. ---Los demás. -Los demás tubos: --Tubos flexibles para una presión superior o igual a 27.6 MPa: ---Provistos de terminales roscados de conexión (“mangueras”) ---Los demás

3917.32 3917.32.10

--Los demás, sin reforzar ni combinar con otras materias, sin accesorios: ---Envueltos tubulares para embutidos

39.15 3915.10.00 3915.20.00 3915.30.00 3915.90.00 39.16

3916.10 3916.10.10 3916.10.90 3916.20 3916.20.10 3916.20.20 3916.20.90 3916.90 3916.90.10 3916.90.90 39.17 3917.10 3917.10.10 3917.10.90 3917.21 3917.21.11 3917.21.19 3917.21.20 3917.21.90 3917.22 3917.22.11 3917.22.19 3917.22.20 3917.22.90 3917.23 3917.23.11 3917.23.19 3917.23.20 3917.23.90 3917.29 3917.29.11 3917.29.19 3917.29.90

Página 118 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

10 15

B C

15 10 LIBRE

C B A

10 15

B C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15 10 15

A B B C

LIBRE 15 10 10

A C B B

LIBRE 15 10 10

A C B B

LIBRE 15 15

A C C

LIBRE 15

A C

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3917.32.90 3917.33.00 3917.39 3917.39.10 3917.39.91 3917.39.99 3917.40.00 39.18

3918.10 3918.10.10 3918.10.20 3918.10.90 3918.90 3918.90.10 3918.90.20 3918.90.90 39.19 3919.10 3919.10.10 3919.10.90 3919.90 3919.90.10 3919.90.90 39.20

3920.10.00 3920.20 3920.20.10 3920.20.90 3920.30.00 3920.41.00 3920.42.00 3920.51 3920.51.10 3920.51.90 3920.59 3920.59.10 3920.59.90

3920.61.00 3920.62.00 3920.63.00 3920.69.00 3920.71 3920.71.10 3920.71.20 3920.71.90 3920.72.00 3920.73.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás --Los demás, sin reforzar ni combinar con otras materias, con accesorios. --Los demás: ---Con accesorios ---Los demás: ----Envueltas tubulares para embutidos. ----Los demás -Accesorios REVESTIMIENTOS DE PLÁ STICO PARA SUELOS, INCLUSO AUTOADHESIVOS, EN ROLLOS O LOSETAS; REVESTIMIENTOS DE PL Á STICO PARA PAREDES O TECHOS, DEFINIDOS EN LA NOTA 9 DE ESTE CAPÍTULO. -De polímeros de cloruro de vinilo: --Losetas, baldosas y azulejos --Los demás revestimientos para suelo, en rollo. --Los demás.

15 15

B C

15

C

LIBRE 15 LIBRE

A C A

5 10 8

A A A

5 10 5

A A A

5 15

A B

LIBRE 10

A B

15

A

LIBRE 8 15

A B C

LIBRE LIBRE

A A

15 10

C B

15 LIBRE

C A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

15 LIBRE LIBRE 15 15

C A A C C

-De los demás plásticos: --Losetas, baldosas y azulejos. --Los demás revestimiento para suelo, en rollo. --Los demás. PLACAS, LÁMINAS, HOJAS, CINTAS, TIRAS Y DEMÁ S FORMAS PLANAS, AUTOADHESIVAS, DE PLÁ STICO, INCLUSO EN ROLLOS. -En rollos de anchura inferior o igual a 20 cm: --Para uso eléctrico. --Las demás. -Las demás. --Polipropileno en rollos --Las demás LAS DEMÁ S PLACAS, LÁMINAS, HOJAS Y IRAS, DE PLÁ STICO NO CELULAR Y SIN REFUERZO, ESTRATIFICACIÓ N NI SOPORTE O COMBINACIÓ N SIMILAR CON OTRAS MATERIAS. -De polímeros de etileno. -De polímeros de propileno: --En bobinas, sin impresión. --Los demás. -De polímeros de estireno. -De polímeros de cloruro de vinilo: --Rígidos. --Flexibles. -De polímeros acrílicos: --De polimetacrilato de metilo: ---Láminas difusoras, del tipo utilizadas en cieloraso suspendido. ---Las demás. --De los demás: ---Láminas difusoras, del tipo utilizadas en cieloraso suspendido. ---Las demás. -De policarbonatos, resinas alcídicas, poliés teres alílicos o demás poliésteres: --De policarbonatos. --De politereftalato de etileno --De poliésteres no saturados. --De los demás poliésteres. -De celulosa o de sus derivados químicos: --De celulosa regenerada: ---Impresa. ---Sin impresión y de hasta 0.25 mm de espesor. ---Las demás. --De fibra vulcanizada. --De acetato de celulosa.

Página 119 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3920.79.00 3920.91.00 3920.92.00 3920.93.00 3920.94.00 3920.99 3920.99.10 3920.99.90 39.21 3921.11 3921.11.10 3921.11.90 3921.12 3921.12.10 3921.12.90 3921.13 3921.13.10 3921.13.20 3921.13.90 3921.14 3921.14.10 3921.14.20 3921.14.90 3921.19 3921.19.10 3921.19.90 3921.90 3921.90.10 3921.90.20 3921.90.30 3921.90.90 39.22

3922.10 3922.10.11 3922.10.12 3922.10.19 3922.10.20 3922.10.90 3922.20.00 3922.90.00 39.23

3923.10 3923.10.10 3923.10.20 3923.10.30 3923.10.40 3923.10.90 3923.21

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De los demás derivados de la celulosa. -De los demás plásticos: --De polivinilbutiral. --De poliamidas. --De resinas amínicas. --De resinas fenólicas. --De los demás plásticos: ---Cinta de teflón (politetrafluoretileno). ---Los demás. LAS DÉMAS PLACAS, LÁMINAS, HOJAS Y TIRAS, DE PLÁ STICO. -Productos celulares: --De polímeros de estireno: ---Esponjas de fregar. ---Las demás. --De polímeros de cloruro de vinilo: ---Esponjas de fregar. ---Las demás. --De poliuretanos: ---Esponjas de fregar. ---Las demás planchas esponjosas flexibles. ---Las demás. --De celulosa regenerada: ---Esponjas de fregar. ---Láminas impresas. ---Láminas sin impresión y hasta 0.25 mm de espesor --De los demás plásticos: ---Esponjas de fregar. ---Las demás. -Los demás: --Láminas y hojas duras y rígidas a base de fibras de papel estratificado (laminados tipo fórmica). --Láminas o planchas de aglomerados de resinas con materia mineral, excepto con fibra de vidrio. --Láminas traslúcidas de resinas con fibra de vidrio, propias para techo, lisas u onduladas. --Las demás. BAÑ ERAS, DUCHAS, LAVABOS, BIDÉ S, INODOROS Y SUS ASIENTOS Y TAPAS, CISTERNAS (DEPÓ SITOS DE AGUA) PARA INODOROS Y ARTÍ CULOS SANITARIOS O HIGIÉ NICOS SIMILARES, DE PLÁ STICO. -Bañeras, duchas y lavabos: --Bañeras: ---Para bebes Las demàs, de fibras de vidrio aglomeradas con resinas plasticas ----Las demás ---Lavabos (lavamanos), excepto portátiles. ---Los demás --Asientos y tapas de inodoro -Los demás. ARTÍCULOS PARA EL TRANSPORTE O ENVASADO, DE PLÁ STICO; TAPONES,TAPAS, CÁ PSULAS Y DEMÁ S DISPOSITIVOS DE CIERRE, DE PL Á STICO -Cajas, cajones, jaulas y artículos similares: --Cajas con divisiones para botellas. --Cubos y platones --Neveras isotérmicas. --Jaula para transporte de pollos, canasta para transporte de pollitos. --Los demás. -Sacos (bolsas), bolsitas y cucuruchos: --De polímeros de etileno:

15

C

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

10 10

B B

15 LIBRE

C A

15 LIBRE

C A

15 15 LIBRE

C C A

15 15 LIBRE

C C A

15 LIBRE

C A

LIBRE

A

LIBRE

A

15

C

LIBRE

A

10 10 10 10 10 10 10

B B B B B B B

15 15 15 LIBRE 15

C C C A C

Página 120 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 3923.21.10

3923.21.90 3923.29 3923.29.10 3923.29.20

3923.29.90 3923.30 3923.30.10

3923.30.20 3923.30.30 3923.30.40 3923.30.50 3923.30.90 3923.40.00 3923.50 3923.50.10

3923.50.20 3923.50.30 3923.50.40

3923.50.90 3923.90 3923.90.10 3923.90.21 3923.90.29 3923.90.30 3923.90.40 3923.90.50 3923.90.60 3923.90.90 39.24 3924.10 3924.10.10 3924.10.20 3924.10.30 3924.10.40

3924.10.51 3924.10.59 3924.10.60 3924.10.70 3924.10.80 3924.10.90 3924.90 3924.90.11

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Bolsas recubiertas de almidón para empacar queso; bolsas con cierre hermé tico; bolsas con válvulas de dosificación; bolsas coextruídas termoencogibles; bolsas coextruídas para cocción de jamones. ---Los demás. --De los demás plásticos: ---Del tipo utilizado en hornos de micro ondas. ---Bolsas recubiertas de almidón para empacar queso; bolsas con cierre hermé tico; bolsas con válvulas de dosificación; bolsas coextruídas termoencogibles; bolsas coextruídas para cocción de jamones. ---Los demás. -Bombonas (damajuanas), botellas, frascos y artículos similares: --Botellones de policarbonato o de PET, transparentes Con impresión en alto relieve Que especifique Que es exclusivamente para agua, con capacidad de 5 galones (19 litros). --Biberones. --Biberones para levantar terneros. --Damajuanas esterilizadas. --Botellas, frascos y artículos similares para cosméticos --Los demás. -Bobinas, carretes, canillas y soportes similares. -Tapones, tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre: --Tapas con cierre a presión, tapa por termoformado impresas con cierre (banda) de seguridad, tapas dispensadoras (push and pull) tapas para botellas de ketchup. --Bandas plásticas termoencogibles para cierre de botellas. --Anillos utilizados en empaques de bebidas gaseosas '–Tapas, cápsulas y demás dispositivos de cierre para cosméticos; tapas de forma cónica con logo impreso, especiales para el envasado de blanqueadores lí quidos en los tamaños de 38 mm, 33 mm y 28 mm; y tapas reductoras

LIBRE

A

15

C

15 LIBRE

C A

15

C

LIBRE

A

15 5 LIBRE LIBRE 15 LIBRE

C A A A C A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15

C

10

A

LIBRE 15 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 10

A C A A A A A

15 15 15 15

C C C EXCL.

LIBRE 15 10 15 10 10

A C B C B B

15

B

--Las demás. -Los demás: --Loncheras escolares. --Envases para huevos: ---Con capacidad de 48 unidades. ---Los demás. --Bandejas para esterilizar. --Envases de pet con capacidad de 2.5 galones --Envases tubulares flexibles. --Envases, para cosméticos. --Los demás. VAJILLA Y DEMÁ S ARTÍCULOS DE USO DOMÉ STICO Y ARTÍCULOS DE HIGIENE O DE TOCADOR, DE PLÁ STICO. -Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina: --Platos desechables. --Vasos desechables de 6 a 14 onzas. --Cucharas y tenedores desechables. --Bandejas decoradas, recipientes con tapas de cierre a presión tipo "Tupperware". --Pajillas (carrizos): ---Para envases "Tetra pack". ---Los demás. --Artículos de mantelería. --Hieleras. --Vajillas y artículos de batería de cocina. --Los demás. -Los demás: --Artículos de economía doméstica: ---Horquillas para colgar ropa.

Página 121 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3924.90.12 3924.90.13 3924.90.15

---Perchas (ganchos para colgar ropa). ---Cubos para agua y platones. ---Cubos y cestas de basura, recipientes para ropa sucia y artículos análogos.

15 15 15

C C C

3924.90.16 3924.90.19

---Esponjas y estropajos de fregar. ---Los demás. --Objetos de higiene o tocador: ---Jaboneras, toalleros, portarrollos y otros artículos similares, excepto los artículos que se empotren o fijen permanentemente. ---Los demás. --Los demás. ARTÍCULOS PARA LA CONSTRUCCIÓ N, DE PLÁ STICO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Depósitos, cisternas, cubas y recipientes análogos, de capacidad superior a 300 litros. -Puertas, ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales -Contraventanas, persianas (incluidas las venecianas) y artículos similares, y sus partes: --Mallas y telas plásticas propias para la protección --Cordones de vinil para mallas y ventanas. --Persianas, incluidas las venecianas, y sus partes. ---Persianas, incluidas las venecianas. ---Partes --Cortinas para cuartos fríos. --Los demás -Los demás: --Jaboneras, toalleros, portarrollos y otros artículos similares que guarnecen los cuartos de baño, tocadores o cocinas, diseñados para su fijación permanente en paredes u otras partes de construcción --Varillas, barras, perfiles y molduras. --planchas de P.V.C. Con forma de madera machimbradas --Láminas translúcidas de materia plástica con fibra de vidrio, lisas u onduladas.

15 10

C B

10

B

10 10

B B

3

A

10

B

LIBRE 10

A B

15 LIBRE 3 10

C A A B

10

B

LIBRE 10 10

A B B

10 3 10

B A B

10

B

5

A

10 10 15 15 LIBRE 5

B B C C A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE 10

A A B

3 15

A C

3924.90.21 3924.90.29 3924.90.90 39.25 3925.10.00 3925.20.00 3925.30 3925.30.10 3925.30.20 3925.30.31 3925.30.39 3925.30.40 3925.30.90 3925.90 3925.90.10

3925.90.20 3925.90.40 3925.90.50 3925.90.60 3925.90.70 3925.90.90 39.26 3926.10.00 3926.20 3926.20.10 3926.20.21 3926.20.29 3926.20.30 3926.20.90 3926.30.00 3926.40.00 3926.90 3926.90.11 3926.90.19

3926.90.21 3926.90.29 3926.90.30 3926.90.40 3926.90.50

--Láminas acrílicas --Pisos y rejillas para corrales de cerdo --Los demás. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE PLÁ STICO Y MANUFACTURAS DE LAS DEMÁ S MATERIAS DE LAS PARTIDAS Nº 39.01 A 39.14. -Artículos de oficina y artículos escolares -Prendas y complementos (accesorios), de vestir (incluidos los guantes): --Prendas de vestir, incluidos los capotes --Guantes: ---Protectores para trabajadores. ---Los demás. --Cinturones. --Los demás. -Guarniciones para muebles, carrocerías o similares. -Estatuillas y demás artículos de adornos. -Las demás: --Correas transportadoras o de transmisión: ---De transmisión ---Los demás --Tornillos, pernos, arandelas y accesorios análogos de uso general; juntas (empaquetaduras) ---Arandelas, juntas (empaquetaduras). ---Los demás. --Escafandras y caretas protectoras, incluidos los protectores contra el ruído (orejeras). --Objetos de laboratorio y farmacia incluso graduados o calibrados. --Cubre asientos y forros protectores para muebles o automóviles.

Página 122 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3926.90.60 3926.90.70

--Abanicos de mano. --Geomembranas y geomallas, propias para filtración o contención de tierra.

10 10

B B

3926.90.80

--Accesorios para panel o rejillas decorativas (para exhibidor); ganchos especiales para colgar ropa (utilizados en locales comerciales).

5

A

LIBRE LIBRE 3 LIBRE

A A A A

LIBRE 3 LIBRE 10

A A A B

3926.90.91 3926.90.92 3926.90.93 3926.90.94 3926.90.95 3926.90.96 3926.90.97 3926.90.99

--Los demás: ---Espuma moldeada flexible para fabricar sillas. ---Mallas para estanques. ---Cortinas de aire para cuartos fríos. ---Mariposas para cuellos, conformadores, ballenas. grapas para colgar etiquetas ---Hormas para calzados. ---Bebederos y comedores para animales. ---Mallas plásticas para vasos de velas ---Los demás.

Página 123 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

15 15

C C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

15 15

C C

LIBRE LIBRE

A A

CAPITULO 40 40 40.01

4001.1 4001.10.10 4001.10.90 4001.21.00 4001.22.00 4001.29 4001.29.10 4001.29.90 4001.3 4001.30.10 4001.30.20 4001.30.90 40.02

4002.11 4002.11.10 4002.11.90 4002.19 4002.19.10 4002.19.90 4002.2 4002.20.10 4002.20.90

4002.31 4002.31.10 4002.31.90 4002.39 4002.39.10 4002.39.90 4002.41 4002.41.10 4002.41.90 4002.49 4002.49.10 4002.49.90 4002.51 4002.51.10 4002.51.90 4002.59 4002.59.10 4002.59.90 4002.60 4002.60.10 4002.60.90 4002.70

CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS. CAUCHO NATURAL, BALATA, GUTAPERCHA, GUAYULE, CHICLE Y GOMAS NATURALES ANÁ LOGAS, EN FORMAS PRIMARIAS O EN PLACAS, HOJAS O TIRAS. -Látex de caucho natural, incluso prevulcanizado: --Placas, hojas o tiras. --Los demás -Caucho natural en otras formas: --Hojas ahumadas --Cauchos técnicamente especificados (TSNR). --Los demás: ---Placas, hojas o tiras ---Los demás -Balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas: --Goma chicle --Mezclas entre sí de estas gomas --Las demás CAUCHO SINTÉ TICO Y CAUCHO FACTICIO DERIVADO DE LOS ACEITES, EN FORMAS PRIMARIAS O EN PLACAS, HOJAS O TIRAS; MEZCLAS DE PRODUCTOS DE LA PARTIDA Nº 40.01 CON LOS DE ESTA PARTIDA, EN FORMAS PRIMARIAS O EN PLACAS, HOJAS O TIRAS. -Caucho estireno - butadieno (SBR); caucho estireno-butadieno carboxilado (XSBR): --Látex: ---Placas, hojas o tiras ---Los demás --Las demás: ---Placas, hojas o tiras ---Los demás -Caucho butadieno (BR): --Placas, hojas o tiras --Los demás -Caucho isobuteno-isopreno (butilo)(IIR); caucho isobuteno-isopreno halogenado (CIIR o BIIR): --Caucho isobuteno-isopreno (butilo) (IIR): ---Placas, hojas o tiras ---Los demás --Los demás: ---Placas, hojas o tiras. ---Los demás -Caucho cloropreno (clorobutadieno) (CR): --Látex: ---Placas, hojas o tiras. ---Los demás. --Los demás: ---Placas, hojas o tiras ---Los demás -Caucho acrilonitrilo-butadieno (NBR): --Látex: ---Placas, hojas o tiras. ---Los demás. --Las demás: ---Placas, hojas o tiras. ---Los demás -Caucho isopreno (IR): --Placas, hojas o tiras --Los demás -Caucho etileno – propileno - dieno no conjugado (EPDM):

Página 124 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4002.70.10 4002.70.90 4002.80 4002.80.10 4002.80.90 4002.91 4002.91.10 4002.91.90 4002.99 4002.99.10 4002.99.90 40.03 4003.00.10 4003.00.90 4004.00.00 40.05 4005.10.00 4005.20.00 4005.91.00 4005.99.00 40.06

4006.10 4006.10.10 4006.10.90 4006.90 4006.90.10 4006.90.20 4006.90.30 4006.90.40 4006.90.90 4007.00.00 40.08

4008.11.00 4008.19 4008.19.10 4008.19.90 4008.21 4008.21.10 4008.21.20 4008.21.90 4008.29 4008.29.11 4008.29.19 4008.29.20 4008.29.90

DESCRIPCION --Placas, hojas o tiras --Los demás -Mezclas de los productos de la partida No. 40.01 con los de esta partida: --Placas, hojas o tiras --Los demás -Los demás: --Látex: ---Placas, hojas o tiras ---Las demás --Las demás: ---Placas, hojas o tiras ---Los demás CAUCHO REGENERADO EN FORMAS PRIMARIAS O EN PLACAS, HOJAS O TIRAS. -Placas, hojas o tiras -Los demás DESECHOS, DESPERDICIOS Y RECORTES, DE CAUCHO SIN ENDURECER, INCLUSO EN POLVO O GRÁ NULOS. CAUCHO MEZCLADO SIN VULCANIZAR, EN FORMAS PRIMARIAS O EN PLACAS, HOJAS O TIRAS. -Caucho con adición de negro de humo o sÍlice -Disoluciones; dispersiones, excepto las de la subpartida No. 4005.10. -Los demás: --Placas, hojas y tiras --Los demás. LAS DEMÁ S FORMAS (POR EJEMPLO: VARILLAS, TUBOS, PERFILES) Y ARTÍCULOS (POR EJEMPLO: DISCOS, ARANDELAS), DE CAUCHO SIN VULCANIDISCOS, ARANDELAS), DE CAUCHO SIN VULCANIZAR. -Perfiles para recauchutar: --Excepto los contemplados en la Nota Complementaria Nº 1 de este Capítulo. --Los demás. -Los demás: --Discos, arandelas, juntas (empaquetaduras). --Placas, hojas o bandas. --Hilos desnudos. --Hilos textiles impregnados o recubiertos de caucho. --Los demás. HILOS Y CUERDAS, DE CAUCHO VULCANIZADO. PLACAS, HOJAS, TIRAS, VARILLAS Y PERFILES, DE CAUCHO VULCANIZADO SIN ENDURECER. DE CAUCHO VULCANIZADO SIN ENDURECER. -De caucho celular: --Placas, hojas y tiras. --Los demás: ---Perfiles. ---Los demás -De caucho no celular: --Placas, hojas y tiras: ---Mantillas de caucho para prensas litográficas. ---Láminas de neolite ---Los demás. --Los demás: ---Perfiles: ----Perfiles, excepto los contemplados en la Nota Complementaria Nº 1 de este capítulo. ----Los demás. ---Cintas adhesivas ---Los demás

Página 125 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

15 15

C C

LIBRE 15 15

A C C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

15

C

LIBRE LIBRE 15 LIBRE 15 LIBRE

A A C A C A

LIBRE

A

15 15

C C

LIBRE LIBRE 15

A A C

LIBRE

A

10 LIBRE 15

B A C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 40.09

4009.10.00 4009.20.00 4009.30.00 4009.40.00 4009.50.00 40.10

4010.11.00 4010.12.00 4010.13.00 4010.19.00 4010.21.00 4010.22.00 4010.23.00 4010.24.00 4010.29.00 40.11 4011.10.00 4011.20.00 4011.30.00 4011.40.00 4011.50.00 4011.91 4011.91.10 4011.91.20 4011.91.90 4011.99 4011.99.20 4011.99.90 40.12

4012.10 4012.10.10 4012.10.20 4012.10.90 4012.20 4012.20.10 4012.20.20 4012.20.90 4012.90 4012.90.10 4012.90.20 4012.90.90 40.13

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

TUBOS DE CAUCHO VULCANIZADO SIN ENDURE-CER, INCLUSO CON SUS ACCESORIOS (POR EJEMPLO: JUNTAS, CODOS, EMPALMES (RACORES). -Sin reforzar ni combinar de otro modo con otras materias, sin accesorios -Reforzados o combinados de otro modo solamente con metal, sin accesorios

LIBRE LIBRE

A A

-Reforzados o combinados de otro modo solamente con materia textil, sin accesorios. -Reforzados o combinados de otro modo con otras materias, sin accesorios

LIBRE

A

LIBRE

A

-Con accesorios CORREAS TRANSPORTADORAS O DE TRANSMISIÓ N, DE CAUCHO VULCANIZADO. -Correas transportadoras: --Reforzadas solamente con metal. --Reforzadas solamente con materia textil. --Reforzadas solamente con plástico. --Las demás. -Correas de transmisión: --Correas de transmisión sin fin de circunferencia superior a 60 cm pero inferior o igual a 180 cm,incluso estriadas, de sección trapezoidal. --Correas de transmisión sin fin de circunferencia superior a 180 cm pero inferior o igual a 240 cm, incluso estriadas, de sección trapezoidal. --Correas de transmisión sin fin de circunferencia superior a 60 cm pero inferior o igual a 150 cm, con muescas (sincrónicas). --Correas de transmisión sin fin de circunferencia superior a 150 cm pero inferior o igual a 198 cm, con muescas (sincrónicas). --Las demás. NEUMÁ TICOS (LLANTAS NEUMÁ TICAS) NUEVOS DE CAUCHO -Del tipo de los utilizados en automóviles de turismo (incluidos los vehículos de tipo familiar "break" o " station wagon" - y los de carrera). -Del tipo de los utilizados en autobuses o camiones. -Del tipo de los utilizados en aviones. -Del tipo de los utilizados en motocicletas. -Del tipo de los utilizados en bicicletas. -Los demás: --Con altos relieves en forma de taco, ángulo o similares: ---Del tipo de los utilizados en tractores agrícolas. ---Para carretillas apiladoras autopropulsadas. ---Los demás. --Los demás: ---Para carretillas apiladoras autopropulsadas. ---Los demás NEUMÁ TICOS (LLANTAS NEUMÁ TICAS) RECAUCHUTADOS O USADOS, DE CAUCHO; BANDAJES, (LLANTAS MACIZAS O HUECAS), BANDAS DE RODADURA INTERCAMBIABLES PARA NEUMÁ TICOS (LLANTAS NEUMÁ TICAS) Y PROTECTORES ("FLAPS"), DE CAUCHO. -Neumáticos (llantas neumáticas) recauchutados: --Del tipo de los utilizados en tractores agrícolas. --Del tipo de los utilizados en aviones. --Los demás. -Neumáticos (llantas neumáticas) usados: --Del tipo de los utilizados en tractores agrícolas. --Del tipo de los utilizados en aviones. --Los demás. -Los demás: --Bandajes macizos o huecos. --Protectores "flaps". --Los demás CÁMARAS DE CAUCHO PARA NEUMÁ TICOS (LLANTAS NEUMÁ TICAS)

LIBRE

A

3 3 3 3

A A A A

3

A

3

A

3

A

3

A

3

A

10

A

10 10 15 10

B B C B

LIBRE 3 15

A A C

3 15

A C

LIBRE 10 15

A B C

LIBRE 10 15

A B C

15 10 10

C B B

Página 126 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4013.10.00

4013.20.00 4013.90 4013.90.10 4013.90.20 4013.90.30 4013.90.99 40.14

4014.10.00 4014.90 4014.90.10 4014.90.90 40.15

4015.11.00 4015.19 4015.19.10 4015.19.90 4015.90 4015.90.10 4015.90.90 40.16 4016.10 4016.10.10 4016.10.20 4016.10.90 4016.91 4016.91.10 4016.91.20 4016.91.90 4016.92.00 4016.93.00 4016.94.00 4016.95 4016.95.10 4016.95.20 4016.95.90 4016.99 4016.99.10 4016.99.21 4016.99.29 4016.99.30 4016.99.90 40.17

4017.00.11

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Del tipo de las utilizadas en automóviles de turismo (incluidos los vehículos de tipo familiar "break" o "station wagon" - y los de carrera), en autobuses o camiones. -Del tipo de las utilizadas en bicicletas. -Las demás: --Del tipo de las utilizadas en equipo pesado y equipo agrícola. --Del tipo de las utilizadas en aviones. --Del tipo de las utilizadas en motocicletas. --Las demás. ARTÍCULOS DE HIGIENE O DE FARMACIA (COMPRENDIDAS LAS TETINAS), DE CAUCHO VULCANIZADO SIN ENDURECER, INCLUSO CON PARTES DE CAUCHO ENDURECIDO. -Preservativos -Los demás: --Tetinas (mamones o chupones) utilizados en los biberones para levantar terneros. --Los demás. PRENDAS DE VESTIR, GUANTES Y DEMÁ S COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR,PARA CUALQUIER USO, DE CAUCHO VULCANIZADO SIN ENDURECER. -Guantes: --Para cirugía. --Los demás: ---Para uso médico. ---Los demás. -Los demás: --Capotes y prendas de vestir. --Los demás. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE CAUCHO VULCANIZADO SIN ENDURECER. -De caucho celular: --Esponjas para fregar, pulir o limpiar. --Juntas o empaquetaduras, discos, arandelas. --Los demás. -Las demás: --Revestimientos para el suelo y alfombras: ---Alfombras para los vehículos de la sección XVII y similares. ---Baldosas, excepto las de la forma cuadrada o rectángular obtenidas por simple corte. ---Los demás. --Gomas de borrar --Juntas o empaquetaduras. --Defensas, incluso inflables, para el atraque de los barcos --Los demás artículos inflables: ---Almohadas, asientos, colchones y artículos similares. ---Salvavidas y chalecos salvavidas. ---Los demás. --Las demás: ---Parches y tacos para la reparación de cámaras de aire u otros artículos. ---Tapones y artículos similares. ----Tapones aplicadores de betún líquido y similares ----Los demás ---Flotadores para redes. ---Los demás. CAUCHO ENDURECIDO (POR EJEMPLO: EBONITA) EN CUALQUIER FORMA, INCLUIDOS LOS DESECHOS Y DESPERDICIOS; MANUFACTURAS DE CAUCHO ENDURECIDO. -Caucho endurecido en masa, planchas, hojas o tiras, barras, perfiles o tubos; desperdicios, polvo y residuos: --Baldosas de pavimentación o de revestimiento

15

C

10

B

15 15 15 15

C C C C

10

A

5

A

10

A

5

A

5 10

A B

5 15

A B

15 LIBRE 15

C A C

10 10

B B

15 10 LIBRE 15

C B A C

15 15 15

C C C

15

C

LIBRE 10 5 15

A B A C

10

B

Página 127 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4017.00.19 4017.00.21 4017.00.22 4017.00.29

DESCRIPCION --Los demás. -Las demás manufacturas de cauchos endurecidos: --Artículos higiénicos, médicos o quirúrgicos. --Artículos de escritorio. --Los demás.

Página 128 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

5 15 10

A B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 15

A A

CAPITULO 41 41 41.01

4101.1

4101.10.10 4101.10.90

PIELES (EXCEPTO LA PELETERÍA) Y CUEROS). CUEROS Y PIELES EN BRUTO, DE BOVINO 0 DE EQUINO (FRESCOS O SALADOS, SECOS, ENCALADOS, PIQUELADOS O CONSERVADOS DE OTRO MODO, PERO SIN CURTIR, APERGAMINAR NI PREPARAR DE OTRA FORMA), INCLUSO DEPILADOS O DIVIDIDOS. -Cueros y pieles enteros de bovino, con un peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 14 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo: --De becerros y reses pequeñas. --Los demás -Los demás cueros y pieles de bovino, frescos o salados verdes (húmedos):

4101.21.00 4101.22.00 4101.29.00 4101.30.00 4101.40.00 41.02

--Enteros. --Crupones y medios crupones. --Los demás. -Los demás cueros y pieles, de bovino, conservados de otro modo -Cueros y pieles de equino. CUEROS Y PIELES EN BRUTO, DE OVINO (FRESCOS O SALADOS, SECOS, ENCALADOS, PIQUELADOS O CONSERVADOS DE OTRO MODO, PERO SIN CURTIR, APERGAMINAR NI PREPARAR DE OTRA FORMA), INCLUSO DEPILADOS O DIVIDIDOS, EXCEPTO LOS EXCLUIDOS POR LA NOTA 1 c) DE ESTE CAPÍTULO.

15 15 15 15 15

A A A A A

4102.10.00

10

A

10 10

A A

10

A

10 10

A A

10 10

A A

15

C

15 15

C B

15 15

C C

4104.31 4104.31.10

-Con lana -Sin lana (depilados): --Piquelados. --Los demás. LOS DEMÁ S CUEROS Y PIELES, EN BRUTO (FRESCOS O SALADOS, SECOS, ENCALADOS, PIQUELADOS O CONSERVADOS DE OTRO MODO, PERO SIN CURTIR, APERGAMINAR NI PREPARAR DE OTRA FORMA), INCLUSO DEPILADOS O DIVIDIDOS, EXCEPTO LOS EXCLUIDOS POR LAS NOTAS 1 b) o 1 c) DE ESTE CAPÍTULO. -De caprino. -De reptil: --De lagarto. --Los demás. -Los demás: --De perros. --Los demás. CUEROS Y PIELES DE BOVINO O DE EQUINO, DEPILADOS, PREPARADOS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 41.08 ó 41.09. -Cueros y pieles enteros de bovino, con una superficie por unidad inferior o igual a 2.6 m2 (28 pies cuadrados). -Los demás cueros y pieles, de bovino o de equino, curtidos o recurtidos, pero sin prepara ción posterior, incluso divididos: --Cueros y pieles de bovino, con precurtido vegetal. --Cueros y pieles de bovino, precurtidos de otro modo. --Los demás: ---De equino ---Los demás -Los demás cueros y pieles, de bovino o de equino, apergaminados o preparados después del curtido: --Plena flor y plena flor dividida: ---Pieles o cueros curtidos sin colorear para la fabrica ción de suelas y similares.

15

C

4104.31.20 4104.31.90

---Las demás, de bovino. ---Los demás.

15 15

C C

4102.21.00 4102.29.00 41.03

4103.10.00 4103.20 4103.20.10 4103.20.90 4103.90 4103.90.10 4103.90.90 41.04 4104.10.00

4104.21.00 4104.22.00 4104.29 4104.29.10 4104.29.90

Página 129 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4104.39 4104.39.10 4104.39.20 4104.39.90 41.05

4105.11.00 4105.12.00 4105.19.00 4105.20.00 41.06

4106.11.00 4106.12.00 4106.19.00 4106.20.00 41.07

4107.10.00 4107.21 4107.21.10 4107.21.90 4107.29 4107.29.10 4107.29.90 4107.90 4107.90.10 4107.90.20 4107.90.90 41.08 4108.00.10 4108.00.90 4109.00.00 41.10

4110.00.10 4110.00.90 4111.00.00

DESCRIPCION --Los demás: ---Pieles o cueros curtidos sin colorear para la fabrica ción de suelas y similares. ---Las demás, de bovino. ---Los demás. CUEROS Y PIELES DE OVINO DEPILADOS, PREPARADOS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 41.08 ó 41.09. -Curtidos o recurtidos, pero sin otra preparación posterior, incluso divididos: --Con precurtido vegetal. --Precurtidos de otra forma. --Los demás -Apergaminados o preparados después del curtido CUEROS Y PIELES DE CAPRINO DEPILADOS, PREPARADOS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 41.08 ó 41.09. -Curtidos o recurtidos pero sin preparación posterior, incluso divididos: --Con precurtido vegetal. --Precurtidos de otra forma. --Los demás. -Apergaminados o preparados después del curtido CUEROS Y PIELES DEPILADOS DE LOS DEMÁ S ANIMALES Y CUEROS Y PIELES DE ANIMALES SIN PELO, PREPARADOS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 41.08 ó 41.09. -De porcino. -De reptil: --Con precurtido vegetal: ---De lagarto ---Los demás --Las demás: ---De lagarto ---Los demás -De los demás animales: --De gamuza --De perros. --Los demás CUEROS Y PIELES AGAMUZADOS (INCLUIDO EL AGAMUZADO COMBINADO AL ACEITE). -Para limpiar (chamois) -Los demás CUEROS Y PIELES CHAROLADOS Y SUS IMITACIONES DE CUEROS Y PIELES CHAPADOS; CUEROS Y PIELES METALIZADOS. RECORTES Y DEMÁ S DESPERDICIOS DE CUERO O PIEL, PREPARADOS, O DE CUERO REGENERADO, INUTILIZABLES PARA LA FABRICACIÓ N DE MANUFACTURAS DE CUERO; ASERRÍN, POLVO Y HARINA DE CUERO. -Apergaminados. -Los demás CUERO REGENERADO, A BASE DE CUERO O DE FIBRAS DE CUERO, EN PLACAS, HOJAS O TIRAS, INCLUSO ENROLLADAS.

Página 130 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

B

15 15

B B

15 15 15 15

C C C C

15 15 15 15

C C C C

LIBRE

A

15 15

C C

15 15

C C

15 15 15

C C C

15 15 15

C C C

10 15 15

C C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

C B

15

C

15

C

15 15 15

C C C

10

A

10 10

B A

15 15 10

C C B

15 10

C A

15 10

C A

CAPITULO 42 42

42.01

4201.00.10 4201.00.90 42.02

4202.11.00 4202.12.00 4202.19 4202.19.10 4202.19.20 4202.19.90 4202.21.00 4202.22.00 4202.29.00 4202.31

4202.31.11 4202.31.19 4202.31.90 4202.32 4202.32.10 4202.32.90 4202.39 4202.39.10 4202.39.90 4202.91

MANUFACTURAS DE CUERO; ARTÍCULOS DE TALABARTERÍA O ARTÍ CULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO (CARTERAS) Y CONTINENTES GUARNICIONERÍA; MANUFACTURAS DE TRIPA. ARTÍCULOS DE TALABARTERÍA O GUARNICIONERÍA PARA TODOS LOS ANIMALES (INCLUIDOS LOS TIROS, TRAÍLLAS, RODILLERAS, BOZALES, SUDADEROS, ALFORJAS, ABRIGOS PARA PERROS Y ARTÍ CULOS SIMILARES), DE CUALQUIER MATERIA. -Bozales. -Los demás. BAÚ LES, MALETAS (VALIJAS), MALETINES, INCLUIDOS LOS DE ASEO Y LOS PORTADOCUMENTOS, PORTAFOLIOS (CARTERAS DE MANO), CARTAPACIOS, FUNDAS Y ESTUCHES PARA GAFAS (ANTEOJOS), GEMELOS, CÁMARAS FOTOGRÁ FICAS O CINEMATOGRÁ FICAS, INSTRUMENTOS MUSICALES O ARMAS Y CONTINENTES SIMILARES; SACOS DE VIAJE, BOLSAS DE ASEO, MOCHILAS, BOLSOS DE MANO (CARTERAS), BOLSAS PARA LA COMPRA, BILLETERAS, PORTAMONEDAS, PORTAMAPAS, PETACAS, PITILLERAS Y BOLSAS PARA TABACO, BOLSAS PARA HERRAMIENTAS Y PARA ARTÍ CULOS DE DEPORTE, ESTUCHES PARA FRASCOS Y BOTELLAS, ESTUCHES PARA JOYAS, POLVERAS, ESTUCHES PARA ORFEBRERÍA Y CONTINENTES SIMILARES, DE CUERO NATURAL O REGENERADO, HOJAS DE PLÁ STICO, MATERIA TEXTIL, FIBRA VULCANIZADA O CARTÓ N, O RECUBIERTOS TOTALMENTE O EN SU MAYOR PARTE CON ESTAS MATE-RIAS O PAPEL. -Baúles, maletas (valijas) y maletines, incluidos los de aseo y los portadocumentos, portafolios (carteras de mano), cartapacios y continentes similares: --Con la superficie exterior de cuero natural, cuero rege nerado o cuero charolado. --Con la superficie exterior de plástico o materia textil. --Los demás: ---Con la superficie exterior de fundición, hierro, acero o níquel. ---Con la superficies exterior de cobre o cinc. ---Los demás. -Bolsos de mano (carteras), incluso con bandolera o sin asas: --Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado. --Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil. --Los demás. -Artículos de bolsillo o de bolsos de mano (carteras): --Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado: ---Estuches para gafas: ----De cuero de lagarto. ----Los demás. ---Los demás. --Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil: ---Estuches para gafas. ---Los demás. --Los demás: ---Estuches para gafas. ---Los demás. -Los demás: --Con la superficie exterior de cuero natural, cuero regenerado o cuero charolado:

Página 131 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4202.91.10

4202.91.21 4202.91.22 4202.91.23 4202.91.29 4202.91.91 4202.91.99 4202.92 4202.92.10

4202.92.21 4202.92.22 4202.92.23 4202.92.29 4202.92.31 4202.92.39 4202.92.40 4202.92.91 4202.92.99 4202.99 4202.99.10

4202.99.21 4202.99.22 4202.99.29 4202.99.91 4202.99.99 42.03 4203.10 4203.10.10 4203.10.90 4203.21.00 4203.29 4203.29.10 4203.29.90 4203.30.00 4203.40.00 42.04 4204.00.10 4204.00.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Mochilas, morrales, sacos de viaje, maletines de escolares, bolsas de compra, bolsas de gimnasia, estuches de viaje (neceseres), attachés, sombrereras, bolsas de aseo,y artículos análogos. ---Estuches para aparatos fotográficos, para instrumentos para armas, para dibujo y estuches espe cialmente apropiados para contener un artí culo determinado, un conjunto o un surtido: ----Tabaqueras y estuches para pipas. ----Estuches para instrumentos musicales o herramientas. ----Los demás estuches de cuero de lagarto. ----Los demás. ---Los demás: ----Bolsas de golf y bateras. ----Las demás. --Con la superficie exterior de hojas de plástico o materia textil: ---Mochilas, morrales, sacos de viajes, maletines de escolares, bolsas de compra, bolsas de gimnasia, estuches de viaje (neceseres), attachés, sombrereras, bolsas aseo y artículos análogos. ---Estuches para aparatos fotográficos, para instru mentos para armas, para dibujo y estuches especialmente apropiado para contener un artículos determinado, un conjunto o un surtido: ----Tabaqueras y estuches para pipas. ----Para instrumentos musicales o herramientas. ----Los demás estuches de material textil. ----Los demás. ---Porta calzados: ----De material textil. ----Los demás. ---Continentes isotérmicos. ---Los demás: ----Bolsas de golf y bateras. ----Las demás. --Los demás: ---Mochilas, morrales, sacos de viaje, maletines de escolares, bolsas de compra, bolsas de gimnasia, estuches de viaje (neceseres), attachés, sombrereras, bolsas de aseo y artículos análogos. ---Estuches para aparatos fotográficos, para instru mentos, para armas, para dibujo y Estuches especialmente apropiados para contener un artículo determinado, un conjunto o un surtido: ----Tabaqueras y estuches para pipas. ----Para instrumentos musicales o herramientas. ----Los demás. ---Los demás: ----Bolsas de golf y bateras. ----Los demás. PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE CUERO NATURAL O CUERO REGENERADO. -Prendas vestir: --De seguridad. --Las demás. -Guantes, mitones y manoplas: --Diseñados especialmente para la práctica del deporte. --Los demás: ---Para trabajadores. ---Los demás. -Cintos, cinturones y bandoleras. -Los demás complementos (accesorios) de vestir ARTÍCULOS PARA USOS TÉ CNICOS DE CUERO NATURAL O CUERO REGENERADO. -Diafragmas, engranajes, juntas o empaquetaduras y arandelas -Correas de transmisión.

15

C

10 10 15 15

B B C C

5 15

A C

15

C

10 10 15 15

A A B B

15 15 5

B B A

5 15

A A

15

C

10 10 15

B B C

5 15

A C

2.5 15

A C

10

B

2.5 10 15 15

A B B C

10 10

B B

Página 132 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4204.00.30 4204.00.90 42.05 4205.00.10 4205.00.90 42.06 4206.10.00 4206.90.00

DESCRIPCION -Correas transportadoras. -Los demás. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE CUERO NATURAL O CUERO REGENERADO. -De cuero de lagarto. -Las demás. MANUFACTURAS DE TRIPA, VEJIGAS O TENDONES. -Cuerdas de tripa. -Las demás.

Página 133 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 15

A C

15 15

C C

15 15

C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10 10

A A A

10 10 10 10 10 10

A A A A A A

15 15 15

C C C

15 15

C C

15

C

10

B

10 10 15

B B C

10 10 10 15

B B B C

CAPITULO 43 43

PELETERÍA Y CONFECCIONES DE PELETERÍA; PELETERÍA FACTICIA O ARTIFICIAL

43.01

PELETERÍA EN BRUTO (INCLUIDAS LAS CABEZAS, COLAS, PATAS Y DEMÁ S TROZOS UTILIZABLES EN PELETERÍA), EXCEPTO LAS PIELES EN BRUTO DE LAS PARTIDAS Nos. 41.01, 41.02 Ó 41.03. -De visón, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas -De conejo o liebre, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas. -De cordero llamadas "astracán", "Breitschwanz", “caracul”, "persa" o similares, de corderos de Indias, de China, de Mongolia, o del Tibet, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas. -De castor, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas -De rata almizclera, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas -De zorro, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas -De foca u otaria, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas -Las demás pieles, enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas -Cabezas, colas, patas y demás trozos utilizables en peletería PELETERÍA CURTIDA O ADOBADA (INCLUIDAS LAS CABEZAS, COLAS, PATAS Y DEMÁ S TROZOS, DESECHOS Y RECORTES), INCLUSO ENSAMBLADA (SIN OTRAS MATERIAS), EXCEPTO LA DE LA PARTIDA No. 43.03. -Pieles enteras, incluso sin la cabeza, cola o patas sin, ensamblar: --De visón --De conejo o liebre --De cordero llamadas "astracán", "Breitschwanz", “caracul”, "persa" o similares, de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tibet. --Las demás -Cabezas, colas, patas y demás trozos, desechos y recortes, sin ensamblar.

4301.10.00 4301.20.00 4301.30.00

4301.40.00 4301.50.00 4301.60.00 4301.70.00 4301.80.00 4301.90.00 43.02

4302.11.00 4302.12.00 4302.13.00 4302.19.00 4302.20.00 4302.30.00 43.03 4303.10.00 4303.90 4303.90.10 4303.90.20 4303.90.90 43.04

4304.00.11 4304.00.19 4304.00.20 4304.00.90

-Pieles enteras y trozos y recortes de pieles, ensamblados. PRENDAS, COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, Y DEMÁ S ARTÍCULOS DE PELETERÍA. -Prendas y complementos (accesorios), de vestir. -Los demás: --Mantas y cubrecamas --Guantes, mitones y manoplas. --Los demás. PELETERÍA FACTICIA O ARTIFICIAL Y ARTÍCULOS DE PELETERÍA FACTICIA O ARTIFICIAL. -Prendas y complementos de vestir: --Guantes, mitones y manoplas. --Los demás -Mantas y cubrecamas -Los demás.

Página 134 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

C

15 15 15

C C C

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15

C

15

C

15

C

15 15

C C

15 15

C C

7.5 LIBRE

B A

7.5 LIBRE

B A

CAPITULO 44 44

MADERA, CARBÓ N VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA.

44.01

LEÑ A; MADERA EN PLAQUITAS O PARTÍCULAS; ASERRÍN, DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE MADERA, INCLUSO AGLOMERADOS EN LEÑ OS, BRIQUETAS, BOLITAS O FORMAS SIMILARES. -Leña. -Madera en plaquitas o partículas: --De coníferas. --Distinta de la de coníferas -Aserrín, desperdicios y desechos, de madera, incluso aglomerados en leños, briquetas, bolitas o formas similares. CARBÓ N VEGETAL (COMPRENDIDO EL DE CÁ SCARAS O DE HUESOS (CAROZOS) DE FRUTOS), INCLUSO AGLOMERADO. MADERA EN BRUTO, INCLUSO DESCORTEZADA, DESALBURADA O ESCUADRADA. -Tratada con pintura, creosota u otros agentes de conservación. -Las demás de coníferas -Las demás, de las maderas tropicales citadas en la nota de subpartida 1 de este capítulo: --Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau --Las demás. -Las demás: --De encina, roble, albornoque y demás belloteros (Quercus spp.) --De haya (Fagus spp.). --Las demás. FLEJES DE MADERA;RODRIGONES HENDIDOS; ESTACAS Y ESTAQUILLAS DE MADERA, APUNTADAS, SIN ASERRAR LONGITUDINALMENTE; MADERA SIMPLEMENTE DESBASTATADA O REDONDEADA, PERO SIN TORNEAR, CURVAR NI TRABAJAR DE OTRO MODO, PARA BASTONES, PARAGUAS, MANGOS DE HERRAMIENTAS O SIMILARES; MADERA EN TABLILLAS, LÁMINAS, CINTAS O SIMILARES. -De coníferas: --Virutas de los tipos utilizados en la fabricación de vinagre o en la clarificación de líquidos. --Los demás. -Distinta de la de coníferas: --Virutas de los tipos utilizados en la fabricación de vinagre o en la clarificación de líquidos. --Los demás. LANA DE MADERA; HARINA DE MADERA. TRAVIESAS (DURMIENTES) DE MADERA PARA VIAS FÉ RREAS O SIMILARES. -Sin impregnar. -Las demás. MADERA ASERRADA O DESBASTADA LONGITUDINALMENTE, CORTADA O DESENROLLADA, INCLUSO CEPILLADA, LIJADA O UNIDA POR ENTALLADURAS MÚ LTIPLES, DE ESPESOR SUPERIOR A -De coníferas: --Sin cepillar ni lijar: ---Con marcadas señales de uso. ---Las demás. --Cepillada o lijada: ---Con marcadas señales de uso. ---Las demás. -De Las maderas tropicales citadas en la nota de subpartida 1 de este Capítulo:

4401.10.00 4401.21.00 4401.22.00 4401.30.00 4402.00.00 44.03 4403.10.00 4403.20.00

4403.41.00 4403.49.00 4403.91.00 4403.92.00 4403.99.00 44.04

4404.10 4404.10.10 4404.10.90 4404.20 4404.20.10 4404.20.90 44.05.00.00 44.06 4406.10.00 4406.90.00 44.07

4407.10 4407.10.11 4407.10.19 4407.10.21 4407.10.29

Página 135 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4407.24.00 4407.25.00 4407.26.00 4407.29.00 4407.91.00 4407.92.00 4407.99.00 44.08

4408.10.00

4408.31.00 4408.39.00 4408.90.00 44.09

4409.10 4409.10.10 4409.10.20 4409.10.30 4409.10.90 4409.20 4409.20.10 4409.20.20 4409.20.30 4409.20.90 44.10

4410.11 4410.11.10 4410.11.90 4410.19 4410.19.10 4410.19.90 4410.90 4410.90.10 4410.90.90 44.11

4411.11 4411.11.10 4411.11.90 4411.19 4411.19.10 4411.19.20 4411.19.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Virola, Mahogany (Swietenia spp.), Imbuia y Balsa --Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau --White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti y Alan. --Las demás. -Las demás: --De encina, roble, albornoque y demás belloteros (Quercus spp.). --De haya (Fagus spp.). --Las demás. HOJAS PARA CHAPADO O CONTRACHAPADO (INCLUSO UNIDAS) Y DEMÁ S MADERAS ASERRADAS LONGITUDINALMENTE, CORTADAS O DESENROLLADAS, INCLUSO CEPILLADAS, LIJADAS O UNIDAS POR ENTALLADURAS MÚ LTIPLES, DE ESPESOR INFERIOR O IGUAL A 6 mm. -De coníferas. -De las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo:

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

10

B

10 10 LIBRE

B B A

15 LIBRE 10 10

C A B B

15 LIBRE 10 10

C A C C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE

A

--Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakau --Las demás. -Las demás. MADERA (INCLUIDAS LAS TABLILLAS Y FRISOS PARA PARQUÉ S, SIN ENSAMBLAR) PERFILADA LONGITUDINALMENTE (CON LENGÜ ETAS, RANURAS, REBAJES, ACANALADOS, BISELADOS, CON JUNTAS EN V, MOLDURADOS, REDONDEADOS O SIMILARES) EN UNA O VARIAS CARAS O CANTOS, INCLUSO CEPILLADA, LIJADA O UNIDA POR ENTALLADURAS MÚ LTIPLES. -De coníferas: --Madera hilada destinada principalmente para la fabricación de cerillas. --Molduras y análogos --Varillas redondas para tacos, clavijas y productos similares. --Las demás. -Distinta de la de coníferas: --Madera hilada destinada principalmente para la fabricación de cerillas. --Molduras y análogos. --Varillas redondas para tacos, clavijas y productos similares --Las demás. TABLEROS DE PARTÍCULAS Y TABLEROS SIMILARES DE MADERA U OTRAS MATERIAS LEÑ OSAS, INCLUSO AGLOMERADAS CON RESINA U OTROS AGLUTINANTES ORGÁ NICOS. -De madera: --Tableros llamados "waferboard", incluidos los llamados "oriented strand board": ---Molduras y análogos. ---Las demás. --Los demás: ---Molduras y análogos. ---Las demás. -De las demás materias leñosas: --Molduras y análogos --Las demás. TABLEROS DE FIBRA DE MADERA U OTRAS MATERIAS LEÑ OSAS, INCLUSO AGLOMERADOS CON RESINA U OTROS AGLUTINANTES ORGÁ NICOS. -Tableros de fibra de masa volúmica superior a 0.8 g/cm3: --Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie: ---Molduras y análogos. ---Los demás. --Los demás: ---Molduras y análogos. ---Tableros para la instalación de colgadores de los tipos utilizados en locales comerciales. ---Las demás.

Página 136 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10

A B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 10

A B

LIBRE 10

A B

15 10

C B

LIBRE 10

A B

LIBRE 10

A B

4412.14.10 4412.14.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Las demás. --Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

LIBRE 10

A B

4412.14.30 4412.14.90 4412.19 4412.19.10 4412.19.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Las demás. --Las demás: ---Molduras y análogos ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

LIBRE 10

A B

LIBRE 10

A B

4412.19.30 4412.19.90

LIBRE 10

A B

4412.22.10 4412.22.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Las demás. -Las demás, que tengan, por lo menos, una hoja externa de madera distinta de la de coníferas: --Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de subpartida 1 de este Capítulo: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

LIBRE 10

A B

4412.22.30 4412.22.90 4412.23 4412.23.10 4412.23.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Los demás. --Las demás, que contengan, por lo menos, un tablero de partículas: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

LIBRE 10

A B

LIBRE 10

A B

4412.23.30 4412.23.90 4412.29 4412.29.10

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Los demás. --Las demás: ---Molduras y análogos.

LIBRE 10

A B

LIBRE

A

4411.21 4411.21.10 4411.21.90 4411.29 4411.29.10 4411.29.90

4411.31 4411.31.10 4411.31.90 4411.39 4411.39.10 4411.39.90 4411.91.00 4411.99.00 44.12

4412.13 4412.13.10 4412.13.20 4412.13.30 4412.13.90 4412.14

4412.22

DESCRIPCION -Tableros de fibra de masa volúmica superior a 0.5g/cm3 pero inferior o igual a 0.8g/cm3: --Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie: ---Molduras y análogos. ---Las demás. --Los demás: ---Molduras y análogos ---Las demás. -Tableros de fibra de masa volúmica superior a 0.35 g/cm3 pero inferior o igual a 0.5 g/cm3: --Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie: ---Molduras y análogos. ---Las demás. --Los demás: ---Molduras y análogos. ---Las demás. -Los demás: --Sin trabajo mecánico ni recubrimiento de superficie. --Las demás. MADERA CONTRACHAPADA, MADERA CHAPADA Y MADERA ESTRATIFICADA SIMILAR. -Madera contrachapada constituida exclusivamente por hojas de Madera de espesor unitario inferior o igual a 6mm. --Que tenga, por lo menos una hoja externa de las maderas tropicales citadas en la Nota de supartida 1 de este Capítulo: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas Con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

Página 137 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4412.29.20

---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

10

B

4412.29.30 4412.29.90

LIBRE 10

A B

4412.92.10 4412.92.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Las demás. -Las demás: --Que tengan, por lo menos, una hoja de las maderas tropicales citadas en la Nota de Subpartida 1 de este Capítulo: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

LIBRE 10

A B

4412.92.30 4412.92.90 4412.93 4412.93.10 4412.93.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Los demás. --Las demás, que contengan, por lo menos, un tablero de partículas: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas.

LIBRE 10

A B

LIBRE 10

A B

4412.93.30 4412.93.90 4412.99 4412.99.10 4412.99.20

---Recubierta con material plástico decorativo. ---Los demás. --Las demás: ---Molduras y análogos. ---Recubiertas con material plástico artificial para ser utilizada en formaletas

LIBRE 10

A B

LIBRE 10

A B

4412.99.30 4412.99.90 44.13 4413.00.10 4413.00.20 4413.00.90 4414.00.00

LIBRE 10

A B

LIBRE 3 10 15

A A B C

4415.10

---Recubierta con material plástico decorativo ---Las demás. MADERA DENSIFICADA EN BLOQUES, TABLAS, TIRAS O PERFILES. -Molduras y análogos. -Macho rojo para norias. -Los demás. MARCOS DE MADERA PARA CUADROS, FOTOGRAFÍAS, ESPEJOS U OBJETOS SIMILARES. CAJONES, CAJAS, JAULAS, TAMBORES Y ENVASES SIMILARES, DE MADERA; CARRETES PARA CABLES, DE MADERA; PALETAS, PALETAS CAJA Y DEMÁ S PLATAFORMAS PARA CARGA, DE MADERA; COLLARINES PARA PALETAS, DE MADERA. -Cajones, cajas, jaulas, tambores y envases simi lares; carretes para cables:

4415.10.10 4415.10.90 4415.20

--Carretes para cables --Los demás -Paletas, paletas caja y demás plataformas para carga; collarines para paletas:

LIBRE 15

A C

4415.20.10 4415.20.90 44.16

--Collarines para paletas. --Las demás. BARRILES, CUBAS, TINAS Y DEMÁ S MANUFACTURAS DE TONELERÍA Y SUS PARTES, DE MADERA, INCLUIDAS LAS DUELAS. -Barriles, cubas, tinas y demás manufacturas de tonelería y sus partes, excepto las duelas. -Duelas. HERRAMIENTAS, MONTURAS Y MANGOS DE HERRAMIENTAS, MONTURAS Y MANGOS DE CEPILLOS, BROCHAS O ESCOBAS, DE MADERA; HORMAS, ENSANCHADORES Y TENSORES, PARA EL CALZADO, DE MADERA. -Herramientas, monturas y mangos para herramien tas: --De los tipos destinados a labores agrícolas, hortícolas o forestales. --Los demás. -Mangos para escobas, trapeadores, escobillas y utensilios domésticos. -Hormas para el calzado. -Los demás.

15 15

C C

3

A

15

C

LIBRE 15 15 LIBRE 15

A C C A C

4412.92

44.15

4416.00.10 4416.00.20 44.17

4417.00.11 4417.00.19 4417.00.20 4417.00.30 4417.00.90

Página 138 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 44.18

4418.10.00 4418.20.00 4418.30.00 4418.40.00 4418.50.00 4418.90 4418.90.10 4418.90.20 4418.90.90 44.19 4419.00.10 4419.00.91 4419.00.92 4419.00.99 44.20

4420.10 4420.10.10 4420.10.90 4420.90 4420.90.11 4420.90.19 4420.90.91 4420.90.92 4420.90.99 44.21 4421.10.00 4421.90 4421.90.10 4421.90.20 4421.90.30 4421.90.40 4421.90.50 4421.90.60 4421.90.70 4421.90.80 4421.90.91

4421.90.99

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 10 10

B B B B B

10

B

10 10

B B

10

B

15 15 15

B C B

10 15

B B

15

C

15

C

10 10 15

B B C

15

C

15 LIBRE 15 10 15 10 15 10

C A C B C B A A

LIBRE

A

---Los demás

15

B

CORCHO NATURAL EN BRUTO O SIMPLEMENTE PREPARADO; DESPERDICIOS DE CORCHO; CORCHO TRITURADO, GRANULADO O PULVERIZADO. -Corcho natural en bruto o simplemente preparado.

10

B

OBRAS Y PIEZAS DE CARPINTERÍA PARA CONSTRUCCIONES, INCLUIDOS LOS TABLEROS CELULARES, LOS TABLEROS PARA PARQUÉ S Y LAS TABLILLAS PARA CUBIERTA DE TEJADOS O FACHADAS ("SHINGLES" Y "SHAKES"), DE MADERA. -Ventanas, contra-Ventanas, y sus marcos y contramarcos: -Puertas y sus marcos, contramarcos y umbrales. -Tableros para parqués. -Encofrados para hormigón. -Tablillas para cubierta de tejados o fachadas ("shingles" y "shakes"). -Los demás: --Tableros celulares de madera, incluso recubiertos con chapas de metales comunes. --Balcones y sus marcos. --Los demás. ARTÍCULOS DE MESA O DE COCINA, DE MADERA. -De ébano, sándalo o de maderas laqueadas. -Los demás: --Fuentes, azabates, bandejas, bateas, platos y platones. --Paneras, amazadores para pastas, morteros y sus manos. --Los demás. MARQUETERÍA Y TARACEA; COFRECILLOS YESTUCHES PARA JOYERÍA U ORFEBRERÍA Y MANUFACTURAS SIMILARES, DE MADERA; ESTATUILLAS Y DEMÁ S OBJETOS DE ADORNO, DE MADERA; ARTÍ CULOS DE MOBILIARIO, DE MADERA, NO COMPRENDIDOS EN EL CAPÍ TULO 94. -Estatuillas y demás objetos de adorno, de madera: --De ébano, sándalo o de madera laqueada. --Los demás. -Los demás: --Artículos de mobiliario, de madera, no comprendidos en el Capítulo 94: ---Gabinetes, percheros, estantes para cepillos, ficheros y clasificadores para cartas, que no descansen en el suelo. ---Los demás. --Los demás: ---Tableros o paneles con trabajos de marquetería o taracea. ---Los demás de ébano, sándalo o de maderas laqueadas. ---Los demás. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE MADERA. -Perchas para prendas de vestir. -Las demás: --Horquillas para colgar ropa. --Madera preparada para cerillas. --Adoquines, clavijas para calzados. --Colmenas. --Persianas venecianas, celosías. --Escaleras y sus partes. --Agujas de tejer, bastidores del bordar. --Asientos para inodoros. --Los demás: ---Láminas estrechas de madera aserrada longitudinalmente, incluso cepillada o lijada, con los extremos redondeados, del tipo utilizado para helados y similares.

CAPITULO 45 45.01

4501.10.00

Página 139 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4501.90.00 45.02

4502.00.10 4502.00.20 4502.00.90 45.03 4503.10.00 4503.90 4503.90.10 4503.90.20 4503.90.90 45.04 4504.10 4504.10.10 4504.10.90 4504.90 4504.90.10 4504.90.20 4504.90.30 4504.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Los demás CORCHO NATURAL, DESCORTEZADO O SIMPLEMENTE ESCUADRADO, O EN BLOQUES, PLACAS, HOJAS O TIRAS, CUADRADAS O RECTANGULARES (INCLUIDOS LOS ESBOZOS CON ARISTAS VIVAS PARA TAPONES). -Descortezado o simplemente escuadrado en bloques (cubos, ladrillos) y placas. -En hojas o tiras (bandas). -Los demás, incluidos los esbozos de tapones con aristas vivas MANUFACTURAS DE CORCHO NATURAL. -Tapones -Las demás: --Juntas (empaques), arandelas, diafragmas. --Flotadores para redes, salvavidas, chalecos salvavidas. --Los demás. CORCHO AGLOMERADO (INCLUSO CON AGLUTINANTE Y MANUFACTURAS DE CORCHO AGLOMERADO. -Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos. --Baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma. --Las demás -Los demás: --Tapones, incluso sus esbozos --Juntas (empaques), arandelas, diafragmas --Flotadores para redes, salvavidas, chalecos salvavidas --Los demás

10

B

10

B

15 15

B B

LIBRE

A

10 5 15

B A B

15 15

B B

15 10 5 15

B B A B

Página 140 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

B

10

B

15 15 15

B B B

10 15 15

B B B

LIBRE LIBRE

A A

10 10

B B

LIBRE 10

A B

10 10

B B

10 10 LIBRE

B B A

10

B

10 LIBRE 10

B A B

10 LIBRE 10

A A B

LIBRE

A

CAPITULO 46 46.01

4601.10.00 4601.20.00 4601.91 4601.91.10 4601.91.90 4601.99.00 46.02

4602.10 4602.10.10 4602.10.90 4602.90.00

4701.00.00 4702.00.00 4703

4703.11.00 4703.19.00 4703.21.00 4703.29.00 47.04

4704.11.00 4704.19.00 4704.21.00 4704.29.00 4705.00.00 47.06

4706.10.00 4706.20 4706.20.10 4706.20.20 4706.20.30 4706.91.00 4706.92.00 4706.93.00 47.07 4707.10.00

TRENZAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE MATERIA TENZABLE, INCLUSO ENSAMBLADOS EN TIRAS; MATERIA TRENZABLE, TRENZAS Y ARTÍ CULOS SIMILARES DE MATERIA TRENZABLE, TEJIDOS O PARALELIZADOS, EN FORMA PLANA, INCLUSO TERMINADOS (POR EJEMPLO: ESTERILLAS, ESTERAS Y CAÑ IZOS). -Trenzas y artículos similares de materia trenzable, incluso ensamblados en tiras -Esterillas, esteras y cañizos, de materia vegetal. -Los demás: --De materia vegetal: ---Cortinas y celosías. ---Las demás. --Los demás ARTÍCULOS DE CESTERÍA OBTENIDOS DIRECTAMENTE EN SU FORMA CON MATERIA TRENZABLE O CONFECCIONADOS CON ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 46.01; MANUFACTURAS DE ESPONJA VEGETAL ( PASTE O "LUFA"). -De materia vegetal: --Colmenas --Las demás -Los demás

PASTA MECÁ NICA DE MADERA PASTA QUÍMICA DE MADERA PARA DISOLVER. PASTA QUÍMICA DE MADERA A LA SOSA (SODA) O AL SULFATO, EXCEPTO LA PASTA PARA DISOLVER. -Cruda: --De coníferas --Distinta de la de coníferas -Semiblanqueada o blanqueada: --De coníferas --Distinta de la de coníferas PASTA QUÍMICA DE MADERA AL SULFITO, EXCEPTO LA PASTA PARA DISOLVER. -Cruda: --De coníferas --Distinta de la de coníferas -Semiblanqueada o blanqueada: --De coníferas --Distinta de la de coníferas PASTA SEMIQUÍMICA DE MADERA PASTA DE FIBRAS OBTENIDAS DE PAPEL O CARTÓ N RECICLADO (DESPERDICIOS Y DESECHOS) O DE LAS DEMÁ S MATERIAS FIBROSAS CELULÓ SICAS. -Pasta de línter de algodón. -Pasta de fibras obtenidas de papel o cartón reciclados (desperdicios y desechos). --Mecánicas. --Químicas. --Semiquímicas. -Las demás: --Mecánicas. --Químicas. --Semiquímicas. PAPEL O CARTÓ N PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS). -De papel o cartón kraft crudos o de papel o cartón corrugados

Página 141 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4707.20.00 4707.30.00 4707.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-De otros papeles o cartones obtenidos principalmente a partir de pasta quí mica blanqueada, sin colorear en la masa -De papel o cartón obtenidos principalmente a partir de pasta mecánica (por ejemplo: diarios, periódicos e impresos similares). -Los demás, incluidos los desperdicios y desechos sin clasificar

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

Página 142 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

5

A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE

A

CAPITULO 48 48 48.01 4801.00.10 4801.00.20 4801.00.90 48.02

4802.10.00 4802.20 4802.20.10 4802.20.20 4802.20.90 4802.30 4802.30.10 4802.30.20

4802.30.90 4802.40 4802.40.10 4802.40.20 4802.40.90

4802.51 4802.51.11 4802.51.12

4802.51.19

4802.51.21 4802.51.22

4802.51.29

4802.51.31 4802.51.32

4802.51.39 4802.51.91

PAPEL Y CARTÓ N; MANUFACTURAS DE PASTA DE CELULOSA, DE PAPEL PAPEL PRENSA EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS -Sin impresión, en bobinas (rollos). -Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). -Los demás. PAPEL Y CARTÓ N, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA ESCRIBIR, IMPRIMIR U OTROS FINES GRÁ FICOS, Y PAPEL Y CARTÓ N PARA TARJETAS O CINTAS PARA PERFORAR, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, EXCEPTO EL PAPEL DE LAS PARTIDAS No.48.01 ó 48.03; PAPEL Y CARTÓ N HECHO A MANO (HOJA A HOJA). -Papel y cartón hecho a mano (hoja a hoja). -papel y cartón soporte para papel ó cartón fotosensibles, termosensibles o electrosensibles --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). --Los demás. -Papel soporte para papel carbón (carbónico): --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). --Los demás. -Papel soporte para papeles de decorar paredes: --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). --Los demás. -Los demás papeles y cartones, sin fibras obtenidas por procedimiento mecá nico o en los que un máximo del 10%, en peso, del contenido total de fibra esté constituido por dichas fibras: --De gramaje inferior a 40 g/m2: ---Papel de seguridad: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Papel para libros, papel biblia y demás papeles para impresión, con exclusión del papel tipo Bond y tablet: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Papel tipo Bond o tablet, papel cebolla, papel para escribir a máquina y demás papeles para correspondencia: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos).

Página 143 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4802.51.92

----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE

A

4802.51.99 4802.52

----Los demás. --De gramaje superior o igual a 40 g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2: ---Papel de seguridad: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

4802.52.11 4802.52.12

4802.52.19

4802.52.21 4802.52.22

4802.52.29

4802.52.31 4802.52.32

4802.52.39 4802.52.41 4802.52.42

4802.52.49 4802.52.91 4802.52.92

4802.52.99 4802.53 4802.53.11 4802.53.12

4802.53.19

4802.53.21 4802.53.22

4802.53.29

4802.53.31 4802.53.32

4802.53.39

----Los demás. ---Papel para libros, para revistas y demás papeles para impresión con exclusión del papel tipo Bond y tablet: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Papel tipo Bond o tablet, papel para escribir a máquina y demás papeles para correspondencia: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás ---Papel para dibujar: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. --De gramaje superior a 150 g/m2: ---Papel de seguridad: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Papel para libros, para revistas y demás papeles para impresión con exclusi ón del papel tipo Bond y tablet: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Papel tipo Bond o tablet papel para escribir a máquina y demás papeles para escribir: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Los demás, de gramaje superior a 150 g/m2 pero nferior o igual a 350 g/m2 ("cartulina"):

Página 144 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4802.53.41 4802.53.42

----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE LIBRE

A A

4802.53.49

----Los demás ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50. 8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

4802.53.91 4802.53.92

4802.53.99 4802.60

4802.60.11 4802.60.12

4802.60.19

4802.60.21 4802.60.22

4802.60.29

4802.60.31 4802.60.32

4802.60.39 4802.60.41 4802.60.42

4802.60.49

4802.60.51 4802.60.52

4802.60.59 4802.60.91 4802.60.92

4802.60.99 48.03

----Los demás. -Los demás papeles y cartones, en los que más del 10% en peso del contenido total de fibra esté constituido por fibras obtenidas por procedimiento mecánico: --Papel de seguridad: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Papel para libros, para revistas y demás papeles para impresión, con exclusió n del papel tipo Bond y tablet: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Papel tipo Bond o tablet, papel para correspondencia y demás papeles para escribir: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Papel para dibujar de gramaje igual o inferior a 150 g/m2: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Los demás, de gramaje superior a 150 g/m2 pero inferior o igual a 350 g/m2 ("cartulina"): ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Los demás: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. PAPEL DEL TIPO UTILIZADO PARA PAPEL HIGIÉ NICO, TOALLITAS PARA DESMAQUILLAR, TOALLAS, SERVILLETAS O PAPELES SIMILARES DE USO DOMÉ STICO, DE HIGIENE O TOCADOR, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, INCLUSO RIZADOS ("CREPES"), PLISADOS, GOFRADOS, ESTAMPADOS, PERFORADOS, COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS.

Página 145 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4803.00.11 4803.00.19 4803.00.20 4803.00.90 48.04

4804.11 4804.11.10 4804.11.90 4804.19 4804.19.10 4804.19.90 4804.21.00 4804.29.00

4804.31.00 4804.39 4804.39.10 4804.39.90

4804.41.00 4804.42.00

4804.49.00

4804.51.00 4804.52.00

4804.59.00 48.05

4805.10 4805.10.10 4805.10.20

4805.10.90 4805.21 4805.21.11 4805.21.12

4805.21.19 4805.21.91

DESCRIPCION -Guata de celulosa y napas de fibras de celulosa: --Napas de fibras de celulosa, coloreadas, llamadas faciales ("Tissues") presentadas en bobinas (rollos). --Las demás. -Del tipo utilizado para papel higiénico -Los demás. PAPEL Y CARTÒ N KRAFT, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, EXCEPTO EL DE LAS PARTIDAS Nos. 48.02 ó 48.03. -Papel y cartón para caras (cubiertas) ("Kraftliner"): --Crudos: ---De gramaje igual o inferior a 150 g/m2 ---Los demás --Los demás: ---De gramaje igual o inferior a 150 g/m2. ---Los demás. -Papel Kraft para sacos (bolsas): --Crudo --Los demás -Los demás papeles y cartones kraft, de gramaje inferior o igual a 150 g/m2: --Crudos. --Los demás: ---Blanqueado en bobinas ---Los demás -Los demás papeles y cartones kraft, de gramaje superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2: --Crudos. --Blanqueados uniformemente en la masa y en los que más del 95% en peso del contenido total de fibra esté constituido por fibras de madera obtenida por procedimiento químico. --Los demás. '-Los demás papeles y cartones kraft, de gramaje superior o igual a 225 g/m2: --Crudos. --Blanqueados uniformemente en la masa y en los que más del 95% en peso del contenido total de fibra esté constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento químico. --Los demás. LOS DEMÁ S PAPELES Y CARTONES, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, QUE NO HAYAN SIDO SOMETIDOS A TRABAJOS COMPLEMENTARIOS O TRATAMIENTOS DISTINTOS DE LOS ESPECIFICADOS EN LA NOTA 2 DE ESTE CAPÍTULO. -Papel semiquímico para acanalar: --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). --Los demás. -Papel y cartón, multicapas: --Con todas las capas blanqueadas: ---De gramaje inferior o igual a 150 g/m2: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos).

Página 146 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE 15 15

A C C

15 LIBRE

C A

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE

C A

15

C

LIBRE 15

A C

10 10

B B

10

B

10 5

B A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

5

A

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4805.21.92

----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE

A

4805.21.99 4805.22

----Los demás. --Con solo una capa exterior blanqueada: ---De gramaje inferior o igual a 150 g/m2: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

----Los demás. ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE

A

LIBRE

A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE

A

4805.22.11 4805.22.12

4805.22.19 4805.22.91 4805.22.92

4805.22.99 4805.23 4805.23.11 4805.23.12

4805.23.19 4805.23.91 4805.23.92

4805.23.99 4805.29 4805.29.11 4805.29.12

4805.29.19 4805.29.91 4805.29.92

4805.29.99 4805.30 4805.30.10 4805.30.91

----Los demás. --Con tres o más capas, blanqueadas solamente Las dos exteriores ---De gramaje inferior o igual a 150 g/m2: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. --Los demás: ---De gramaje inferior o igual a 150 g/m2: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás. ---Los demás: ----Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ----Los demás -Papel sulfito para envolver: --En bobinas (rollos), sin impresión. --Los demás: ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4805.30.99 4805.40 4805.40.10 4805.40.20

---Los demás. -Papel y cartón filtro: --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4805.40.90 4805.50 4805.50.10

--Los demás. -Papel y cartón fieltro; papel y cartón lana: --Sin impresión, en bobinas (rollos).

Página 147 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4805.50.20

--Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE

A

4805.50.90 4805.60 4805.60.10 4805.60.20

--Los demás. -Los demás papeles y cartones, de gramaje inferior o igual a 150 g/m2': --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

15

C

LIBRE LIBRE

A A

4805.60.90 4805.70

--Los demás. -Los demás papeles y cartones, de gramaje superior a 150 g/m2 pero inferior a 225 g/m2: --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

15 LIBRE

C A

4805.70.10 4805.70.20

4805.70.90 4805.80 4805.80.10 4805.80.20

--Los demás. -Los demás papeles y cartones, de gramaje superior o igual a 225 g/m2: --Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4805.80.90 48.06

--Los demás PAPEL Y CARTÓ N SULFURIZADOS, PAPEL RESISTENTE A LAS GRASAS, PAPEL VEGETAL, PAPEL CRISTAL Y DEMÁ S PAPELES CALANDRADOS TRANSPARENTES O TRASLÚ CIDOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS. -Papel y cartón sulfurizados (pergamino vegetal): --Sin impresión, en bobinas (rollos). ----Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4806.10 4806.10.10 4806.10.20

4806.10.90 4806.20 4806.20.10 4806.20.20

--Los demás. -Papel resistente a las grasas ("greaseproof"): --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4806.20.90 4806.30 4806.30.10 4806.30.20

--Los demás. -Papel vegetal (papel calco): --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4806.30.90 4806.40 4806.40.10 4806.40.20

--Los demás. -Papel cristal y demás papeles calandrados transpa rentes o traslúcidos: --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4806.40.90 48.07

--Los demás. PAPEL Y CARTÓ N OBTENIDOS POR PEGADO DE HOJAS PLANAS, SIN ESTUCAR NI RECUBRIR EN LA SUPERFICIE Y SIN IMPREGNAR, INCLUSO REFORZADOS INTERIORMENTE, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS. -Papel y cartón unidos con betún, alquitrán o asfalto. -Los demás.

4807.10.00 4807.90.00

Página 148 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 48.08

4808.10.00 4808.20.00 4808.30.00 4808.90 4808.90.10 4808.90.90 48.09

4809.10 4809.10.10 4809.10.20 4809.20 4809.20.11 4809.20.19 4809.20.20 4809.90 4809.90.10 4809.90.20 48.10

4810.11 4810.11.10 4810.11.20

DESCRIPCION PAPEL Y CARTÓ N CORRUGADOS (INCLUSO REVESTIDOS POR ENCOLADO), RIZADOS ("CREPÉ S"), PLISADOS, GOFRADOS, ESTAMPADOS O PERFORADOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, EXCEPTO EL PAPEL DE LOS TIPOS DESCRITOS EN EL TEXTO DE LA PARTIDA No. 48.03. -Papel y cartón corrugados, incluso perforados. -Papel kraft para sacos (bolsas), rizado ("crepé") o plisado, incluso gofrado, estampado o perforado. -Los demás papeles kraft, rizados ("crepés") o plisados, incluso gofrados, estampados o perforados. -Los demás: --Papel crespón. --Los demás. PAPEL CARBÓ N (CARBÓ NICO), PAPEL AUTOCOPIA Y DEMÁ S PAPELES PARA COPIAR O TRANSFERIR (INCLUIDO EL ESTUCADO O CUCHÉ , RECUBIERTO O IMPREGNADO, PARA CLISÉ S DE MIMEÓ GRAFO ("STENCILS") O PARA PLANCHAS OFFSET), INCLUSO IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS. -Papel carbón (carbónico) y papeles similares: --Sin impresión. --Con impresión. -Papel Autocopia: --Sin impresión: ---De gramaje inferior a 49 g/m2. ---Los demás. --Con impresión. -Los demás: --Sin impresión. --Con impresión. PAPEL Y CARTÓ N ESTUCADOS POR UNA O LAS DOS CARAS CON CAOLÍN U OTRAS SUSTANCIAS INORGÁ NICAS, CON AGLUTINANTE O SIN É L, CON EXCLUSIÓ N DE CUALQUIER OTRO ESTUCADO O RECUBRIMIENTO, INCLUSO COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS. -Papel y cartón del tipo de los utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos, sin fibras obtenidas por procedimiento mecánico o en los que un máximo del 10% en peso del contenido total de fibra esté constituido por dichas fibras: --De gramaje inferior o igual a 150 g/m2: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4810.11.90 4810.12 4810.12.10 4810.12.20

---Los demás. --De gramaje superior a 150 g/m2: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4810.12.90

---Los demás. -Papel y cartón del tipo de los utilizados para escribir, imprimir u otros fines grá ficos, en los que más del 10% en peso del contenido total de fibra esté consti tuido por fibras obtenidas por procedimiento mecá nico: --Papel estucado o cuché ligero (liviano) ("L.W.C"): ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4810.21 4810.21.10 4810.21.20

4810.21.90 4810.29

---Los demás. --Los demás:

Página 149 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10

A B

10

B

10 10

B B

10 10

B B

LIBRE LIBRE 10

A A B

10 10

B B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

5

A

LIBRE LIBRE

A A

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4810.29.10 4810.29.20

---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE LIBRE

A A

4810.29.90

---Los demás. -Papel y cartón kraft, excepto los de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos: --Blanqueados uniformemente en la masa y en los que más del 95% en peso del contenido total de fibra esté constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento químico, de gramaje inferior o igual a 150 g/m2:

15

C

4810.31.10 4810.31.20

---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE LIBRE

A A

4810.31.90 4810.32

---Los demás. --Blanqueados uniformemente en la masa y en los que más del 95% en peso del contenido total de fibra esté constituido por fibras de madera obtenidas por procedimiento químico, de gramaje superior a 150 g/m2:

15

C

4810.32.10 4810.32.20

---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE LIBRE

A A

4810.32.90 4810.39 4810.39.10 4810.39.20

---Los demás. --Los demás: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

15

C

LIBRE LIBRE

A A

4810.39.90

---Los demás. -Los demás papeles y cartones: --Multicapas: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE

A

4810.31

4810.91 4810.91.10 4810.91.20

4810.91.90 4810.99 4810.99.10 4810.99.20

---Los demás. --Los demás: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4810.99.90 48.11

---Los demás. PAPEL, CARTÓ N, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, ESTUCADOS, RECUBIERTOS, IMPREGNADOS O REVESTIDOS, COLOREADOS O DECORADOS EN LA SUPERFICIE O IMPRESOS, EN BOBINAS (ROLLOS) O EN HOJAS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LOS TIPOS DESCRITOS EN EL TEXTO DE LAS PARTIDAS Nos. 48.03, 48.09 ó 48.10. -Papel y cartón alquitranados, embetunados o asfaltados: --Sin impresión, en bobinas (rollos). --Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). --Los demás. -Papel y cartón engomados o adhesivos: --Autoadhesivos: ---Sin impresión, en bobinas (rollos).

4811.10 4811.10.10 4811.10.20 4811.10.90 4811.21 4811.21.10

Página 150 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

4811.21.20

---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

LIBRE

A

4811.21.90 4811.29 4811.29.10 4811.29.20

---Los demás. --Los demás: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

10

B

LIBRE LIBRE

A A

4811.29.90

---Los demás. -Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de plástico (excepto los adhesivos): --Blanqueados, de gramaje superior a 150 g/m2: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

10

B

LIBRE LIBRE

A A

10

B

LIBRE LIBRE

A A

5

B

LIBRE LIBRE

A A

15 15

C C

LIBRE LIBRE

A A

15

B

LIBRE LIBRE

A A

5 10

A B

15 15 5 15 5

C C A C A

LIBRE LIBRE

A A

10 LIBRE

B A

LIBRE

A

4811.31 4811.31.10 4811.31.20

4811.31.90 4811.39 4811.39.10 4811.39.20

---Los demás. --Los demás: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30").

4811.39.90 4811.40

---Los demás. -Papel y cartón recubiertos, impregnados o revestidos de cera, parafina, estearina, aceite o glicerol: --Sin impresión: ---En bobinas (rollos). ---En hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Impresos. -Los demás papeles, cartones, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa: --Estucados, recubiertos o revestidos superficialmente: ---Sin impresión, en bobinas (rollos). ---Sin impresión, en hojas cuadradas o rectangulares de otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Los demás impregnados, sin impresión: ---En bobinas (rollos). ---En hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. --Los demás impregnados, con impresión: --Los demás, con impresión: ---Para escribir ---Para dibujar. ---Para empacar o envolver, sin anuncios publicitarios. ---Para empacar o envolver, con anuncios publicitarios. ---Los demás. --Los demás: ---En bobinas (rollos). ---En hojas cuadradas o rectangulares de 50.8 cm o más en un lado y de 76.2 cm o más en el otro, sin plegar (no menor de 20" x 30"). ---Los demás. BLOQUES Y PLACAS, FILTRANTES, DE PASTA DE (no menor de 20" x 30"). PAPEL DE FUMAR, INCLUSO CORTADO AL TAMAÑ O ADECUADO, EN LIBRILLOS O EN TUBOS. -En librillos o en tubos.

4811.40.11 4811.40.12 4811.40.19 4811.40.20 4811.90

4811.90.11 4811.90.12 4811.90.19 4811.90.21 4811.90.22 4811.90.29 4811.90.30 4811.90.41 4811.90.42 4811.90.43 4811.90.44 4811.90.49 4811.90.91 4811.90.92 4811.90.99 4812.00.00 48.13 4813.10.00

Página 151 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4813.20.00 4813.90

4813.90.11 4813.90.19 4813.90.20

4813.90.90 48.14 4814.10.00 4814.20.00

4814.30.00

4814.90.00 48.15 4815.00.10 4815.00.90 48.16

4816.10.00 4816.20.00 4816.30.00 4816.90.00 48.17

4817.10 4817.10.10 4817.10.20 4817.20

4817.20.11 4817.20.19 4817.20.20 4817.30 4817.30.10 4817.30.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-En bobinas (rollos) de anchura inferior o igual a 5 cm. -Los demás: --En bandas (tiras) o bobinas (rollos) de anchura superior a 15 cm ó en hojas cuadradas o rectangulares de más de 36 cm en un lado y más de 15 cm en el otro, sin plegar: ---Coloreados o impresos. ---Los demás. --Cortado en forma distinta de la cuadrada o rectangular o en bandas (tiras) o en bobinas (rollos) cuya anchura sea igual o inferior a 15 cm siempre que esta anchura no corresponda a la requerida para la fabricación mecánica de cigarrillos. --Los demás. PAPEL PARA DECORAR Y REVESTIMIENTOS SIMILARES DE PAREDES; PAPEL PARA VIDRIERAS. -Papel granito ("ingrain"). -Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel recubierto o revestido, en la cara vista, con una capa de plástico graneada, gofrada, coloreada, impresa con motivos o decorada de otro modo.

LIBRE

A

15 15 15

C C C

LIBRE

A

15 15

C C

-Papel para decorar y revestimientos similares de paredes, constituidos por papel revestido en la cara vista con materia trenzable, incluso tejida en forma plana o paralelizada. -Los demás. CUBRESUELOS CON SOPORTE DE PAPEL O CARTÓ N, INCLUSO RECORTADOS. -Recubierto con capa de pasta de linóleo. -Los demás PAPEL CARBÓ N (CARBÓ NICO), PAPEL AUTOCOPIA Y DEMÁ S PAPELES PARA COPIAR O TRANSFERIR (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 48.09), CLISÉ S DE MIMEÓ GRAFO ("STENCILS") COMPLETOS Y PLANCHAS OFFSET, DE PAPEL, INCLUSO ACONDICIONADOS EN CAJAS. -Papel carbón (carbónico) y papeles similares. -Papel autocopia. -Clisés de mimeógrafo ("sténcils") completos. -Los demás. SOBRES, SOBRES - CARTA, TARJETAS POSTALES SIN ILUSTRAR Y TARJETAS PARA CORRESPONDENCIA, DE PAPEL O CARTÓ N; CAJAS, BOLSAS Y PRESENTACIONES SIMILARES, DE PAPEL O CARTÓ N, CON UN SURTIDO DE ARTÍCULOS DE CORRESPONDENCIA. -Sobres: --Sin indicaciones impresas --Con indicaciones impresas. -Sobres - carta, tarjetas postales sin ilustrar y tarjetas para correspondencia:

15

C

15

C

15 15

C C

15 15 LIBRE 15

C C A C

15 15

C C

15 15 15

C C C

15 15

B C

--Sobres-carta: ---Sin indicaciones impresas. ---Con indicaciones impresas. --tarjetas postales Sin ilustrar y tarjetas para correspondencia. -Cajas, bolsas y presentaciones similares de Papel o cartón, con un surtido de artículos de correspondencia: --Sin indicaciones impresas. --Con indicaciones

Página 152 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

48.18

PAPEL DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA PAPEL HIGIÉ NICO Y PAPELES SIMILARES, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA FINES DOMÉ STICOS O SANITARIOS, EN BOBINAS (ROLLOS) DE UNA ANCHURA INFERIOR O IGUAL A 36 cm O CORTADOS EN FORMATO; PAÑ UELOS, TOALLITAS PARA DESMAQUILLAR, TOALLAS, MANTELES,SERVILLETAS, PAÑ ALES PARA BEBÉ S, COMPRESAS Y TAMPONES HIGIÉ NICOS, SÁ BANAS Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA USO DOMÉ STICO, DE TOCADOR, HIGIÉ NICO O DE HOSPITAL, PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE PASTA DE PAPEL, PAPEL, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA.

4818.10.00 4818.20 4818.20.10 4818.20.20 4818.30 4818.30.10 4818.30.20 4818.30.30 4818.40

-Papel higiénico -Pañuelos, toallitas de desmaquillar y toallas: --Pañuelos y toallitas de desmaquillar. --Papel toalla. -Manteles y servilletas: --Servilletas --Manteles. --Conjuntos o surtidos de manteles y servilletas. -Compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos higiénicos similares: --Pañales, incluso para adultos. --Compresas (almohadillas sanitarias o toallas sanitarias). --Tampones sanitarios. --Artículos esterilizados para clínicas y hospitales --Los demás. -Prendas y complementos (accesorios), de vestir: --artículos de Papel esterilizados para clínicas y hospitales. --Cuellos, pecheros y puño. --Los demás. -Los demás: --artículos de Papel esterilizados para clínicas y hospitales --Los demás. CAJAS, SACOS (BOLSAS), BOLSITAS, CUCURUCHOS Y DEMÁ S ENVASES DE PAPEL, CARTÓ N, GUATA DE CELULOSA O NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA; CARTONAJES DE OFICINA, TIENDA O SIMILARES. -Cajas de papel o cartón corrugados -Cajas y cartonajes, plegables, de papel o cartón, sin corrugar: --cartonajes destinados a ensamblarse en envases para bebidas. --Cajas plegables. --Los demás. -Sacos (bolsas) con una anchura en la base, superior o igual a 40 cm: --Sacos (bolsas) multipliegos: ---Propios para cemento y productos similares. ---Para café molido o azúcar. ---Las demás. --Sacos (bolsas) para aspiradoras de polvo. --Las demás. -Los demás sacos (bolsas); bolsitas y cucuruchos: --Sacos (bolsas) multipliegos: ---Propias para cemento y productos similares. ---Para café molido o azúcar. ---Los demás. --Sacos (bolsas) para aspiradoras de polvo. --Los demás. -Los demás envases, incluidas las fundas para discos: --Fundas de papel para ropa. --Envases para huevos. --para helados, con capacidad igual o mayor a un galón

4818.40.10 4818.40.20 4818.40.30 4818.40.40 4818.40.90 4818.50 4818.50.10 4818.50.20 4818.50.90 4818.90 4818.90.10 4818.90.90 48.19

4819.10.00 4819.20 4819.20.10 4819.20.20 4819.20.90 4819.30 4819.30.11 4819.30.12 4819.30.19 4819.30.20 4819.30.90 4819.40 4819.40.11 4819.40.12 4819.40.19 4819.40.20 4819.40.90 4819.50 4819.50.10 4819.50.20 4819.50.30

Página 153 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

15 15

C C

15 15 15

C C C

5 15 15 5 15

A B B A B

5 LIBRE 15

A A C

5 15

A C

15

C

LIBRE 15 15

A C C

15 15 15 15 15

C C C C C

15 15 15 15 15

C C C C C

15 15 LIBRE

C C A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

4819.50.40 4819.50.90 4819.60.00 48.20

--Los demás envases plegables. --Los demás. -Cartonajes de oficina, tienda o similares. LIBROS REGISTRO, LIBROS DE CONTABILIDAD, TALONARIOS ( DE NOTAS, PEDIDOS O RECIBOS), AGENDAS, BLOQUES MEMORANDOS, BLOQUES DE PAPEL DE CARTAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, CUADERNOS, CARPETAS DE MESA, CLASIFICADORES, ENCUADERNACIONES (DE HOJAS MÓ VILES U OTRAS), CARPETAS Y CUBIERTAS PARA DOCUMENTOS Y DEMÁ S ARTÍCULOS ESCOLARES, DE OFICINA O DE PAPELERÍA, INCLUSO LOS FORMULARIOS EN PAQUETES O PLEGADOS ("MANIFOLD"), AUNQUE LLEVEN PAPEL CARBÓ N (CARBÓ NICO), DE PAPEL O CARTÓ N; Á LBUMES PARA MUESTRAS O PARA COLECCIONES Y CUBIERTAS PARA LIBROS, DE PAPEL O CARTÓ N.

4820.10.

-Libros registro, libros de contabilidad, talonarios (de notas, pedidos o recibos), bloques memorandos, bloques de papel de cartas, agendas y artículos similares: --Libros registro. --Libros de contabilidad --Talonarios (de notas, pedidos o recibos): ---Continuos. ---Los demás. --Bloques de papel de cartas: ---Sin indicaciones impresas. ---Los demás. --Agendas. --Los demás. -Cuadernos: --Cuadernos escolares (de raya ancha, doble raya, caligrafía, cuadriculado, de música y de dibujo). --Los demás, incluso los cuadernillos ó libretas -Clasificadores, encuadernaciones (excepto las cubiertas para libros), carpetas y cubiertas para cubiertas para libros), carpetas y cubiertas para --Archivadores y carpetas, de acordeón. --Encuadernaciones de anillas (portafolios). --Las demás carpetas o cartapacios de archivos: ---De colgar, tipo pendaflex. ---De presentación, excepto los de manila. ---Los demás. --Cubiertas para documentos, excepto las cubiertas para libros. --Los demás. -Formularios en paquetes o plegados (“manifold), aunque lleven papel carbón (carbónico). -Á lbumes para muestras o para colecciones. -Los demás: --Cubiertas empastadas para libros: ---Para libros de contabilidad. ---Las demás. --Los demás. ETIQUETAS DE TODAS CLASES, DE PAPEL O CARTÓ N, INCLUSO IMPRESAS. -Impresas: --Etiquetas para cuadernos --Etiquetas de doble control ("twin check") para revelado de fotografía. --Los demás, de los tipos fabricados en el país. --Las demás. -Los demás: --De los tipos fabricados en el país. --Los demás.

4820.10.10 4820.10.20 4820.10.31 4820.10.39 4820.10.41 4820.10.49 4820.10.50 4820.10.90 4820.20. 4820.20.10 4820.20.90 4820.30 4820.30.10 4820.30.20 4820.30.31 4820.30.32 4820.30.39 4820.30.40 4820.30.90 4820.40.00 4820.50.00 4820.90 4820.90.11 4820.90.19 4820.90.90 48.21 4821.10 4821.10.10 4821.10.20 4821.10.30 4821.10.90 4821.90 4821.90.10 4821.90.90

Página 154 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 15

C C C

15 15

B B

15 15

B B

15 15 15 15

B B B B

15

C

15

C

15 15

C C

15 15 15 15 15 15

C C C C C C

5

A

15 10 15

C B C

15 LIBRE 15 10

C A C B

15 10

C B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 48.22

4822.10.00 4822.90 4822.90.10 4822.90.90 48.23

4823.11.00 4823.19.00 4823.20.00 4823.40 4823.40.10 4823.40.90

4823.51.00 4823.59.00 4823.60

4823.60.11 4823.60.19 4823.60.20 4823.60.90

4823.70 4823.70.10 4823.70.20 4823.70.90 4823.90 4823.90.10 4823.90.20 4823.90.30 4823.90.40 4823.90.51 4823.90.59 4823.90.60 4823.90.70 4823.90.80 4823.90.91 4823.90.92 4823.90.93 4823.90.94 4823.90.99

DESCRIPCION CARRETES, BOBINAS, CANILLAS Y SOPORTES SIMILARES, DE PASTA DE PAPEL, PAPEL O CARTÓ N, INCLUSO PERFORADOS O ENDURECIDOS. -Del tipo de los utilizados para el bobinado de hilados textiles -Los demás: --Para la industria textil. --Los demás. LOS DEMÁ S PAPELES, CARTONES, GUATA DE CELULOSA Y NAPA DE FIBRAS DE CELULOSA, CORTADOS EN FORMATO; LOS DEMÁ S ARTÍCULOS DE PASTA DE PAPEL, DE PAPEL, CARTÓ N, GUATA DE CELULOSA O DE NAPA DE FIBRA DE CELULOSA. -Papel engomado o adhesivo, en tiras o en bobinas (rollos): --Autoadhesivo. --Los demás. -Papel y cartón filtro. -Papel diagrama para aparatos registradores, en bobinas (rollos), hojas o discos: --para aparatos vendedores de boletos de carrera de caballos. --Los demás. -Los demás papeles y cartones de los tipos utilizados en la escritura, impresión u otros fines gráficos: --Impresos, estampados o perforados --Los demás. -Bandejas, fuentes, platos, tazas, vasos y artículos similares, de papel o cartón: --Platos y vasos. ---Vasos de papel parafinado, excepto de 3 a 24 onzas ---Los demás --Pajillas (carrizos). --Cubiertos, tazas, salvamanteles, posavasos, cubos para hielo, moldes para pasteles y demás artículos similares no especificados, contempla dos en la subpartida 4823.60. -Artículos moldeados o prensados, de pasta de papel: --envases de pulpa moldeada para portar o envasar huevos --Matrices para imprenta. --Los demás. -Los demás: --Papel y cartón, simplemente cortado para envolturas. --Papel y cartón secantes. --Patrones para vestir. --Juntas y arandelas (empaquetaduras). --Envolturas tubulares: ---Para embutidos. ---Las demás. --Plantillas de cartón. --Letras de papel o cartón. --Tapas para envases --Las demás: ---Abanicos. ---Matrices para imprenta. ---tarjetas Sin perforar, incluso en bandas (tiras), para máquinas de tarjetas perforadas ---Papel siliconado impreso en rollos de 2 cm de ancho ---Los demás.

Página 155 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE 15

A C

15 15 1

C C A

5 LIBRE

A A

15 15

C C

10 15 15 15

B C C C

5 10 15

A B C

15 10 10 LIBRE

C B B A

LIBRE LIBRE LIBRE 15 10

A A A C B

10 10 15

B B C

LIBRE 10

A B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

10 10 10

B B B

15

B

LIBRE 10

A B

15

C

CAPITULO 49 49

PRODUCTOS EDITORIALES, DE LA PRENSA Y DE LAS DEMÁ S INDUSTRIAS GRÁ FICAS; TEXTOS MANUSCRITOS O MECANOGRAFIADOS Y PLANOS.

49.01

LIBROS, FOLLETOS E IMPRESOS SIMILARES, INCLUSO EN HOJAS SUELTAS. -En hojas sueltas, incluso plegadas. -Los demás: --Diccionarios y enciclopedias, incluso en fascículos. --Los demás DIARIOS Y PUBLICACIONES PERIÓ DICAS, IMPRESOS, INCLUSO ILUSTRADOS O CON IMPRESOS, INCLUSO ILUSTRADOS O CON PUBLICIDAD. -Que se publiquen cuatro veces por semana como mínimo: --Calificadas como educativas por el Ministerio de Educación. --Las demás. -Los demás: --Prensa, diarios y semanarios. --Revistas y demás publicaciones periódicas: ---Calificadas como educativas por el Ministerio de Educación. ---Las demás. Á LBUMES O LIBROS DE ESTAMPAS Y CUADERNOS PARA DIBUJAR O COLOREAR, PARA NIÑ OS. -Libros para dibujar o colorear. -Los demás. MÚ SICA MANUSCRITA O IMPRESA, INCLUSO CON ILUSTRACIONES O ENCUADERNADA MANUFACTURAS CARTOGRÁ FICAS DE TODAS CLASES, INCLUIDOS LOS MAPAS MURALES, PLANOS TOPOGRÁ FICOS Y ESFERAS, IMPRESOS. -Esferas -Los demás: --En forma de libros o folletos --Los demás PLANOS Y DIBUJOS ORIGINALES HECHOS A MANO, DE ARQUITECTURA, INGENIERÍA, INDUSTRIALES, COMERCIALES, TOPOGR Á FICOS O SIMILARES; TEXTOS MANUSCRITOS; REPRODUCCIONES FOTOGRÁ FICAS SOBRE PAPEL SENSIBILIZADO Y COPIAS CON PAPEL CARBÓ N (CARBÓ NICO), DE LOS PLANOS, DIBUJOS O TEXTOS ANTES MENCIONADOS

4901.10.00 4901.91.00 4901.99.00 49.02

4902.1 4902.10.10 4902.10.90 4902.90 4902.90.10 4902.90.21 4902.90.29 49.03 4903.00.10 4903.00.90 4904.00.00 49.05

4905.10.00 4905.91.00 4905.99.00 4906.00.00

49.07

4907.00.11 4907.00.19 4907.00.20 4907.00.30

4907.00.41 4907.00.49 4907.00.51

SELLOS (ESTAMPILLAS) DE CORREOS, TIM BRES FISCALES Y ANÁ LOGOS, SIN OBLITE BRES FISCALES Y ANÁ LOGOS, SIN OBLITE RAR, QUE TENGAN O HAYAN DE TENER CURSO LEGAL EN EL PAÍS DE DESTINO; PAPEL TIMBRADO; BILLETES DE BANCO; CHEQUES; T ÍTULOS DE ACCIONES U OBLIGA CIONES Y TÍTULOS SIMILARES. -Sellos (estampillas) de correos; timbres y precintos fiscales; papel sellado o timbrado; Paz y Salvo nacional sin emitir: --Sellos (estampillas) de correos --Los demás -Sobre, tarjetas y demás artículos para correspondencia franqueados por medio de viñetas postales impresas. -Cheques, libretas de cheques, incluso timbrados, talonario de cheques, excepto cheques viajeros -Billetes de banco, cheques viajeros: --De curso legal o emitidos. --Los demás. -Boletos o billetes de lotería y similares: --Boletos o billetes de lotería oficial, sin emitir.

Página 156 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4907.00.52 4907.00.59

4907.00.61 4907.00.69 4907.00.71 4907.00.79 4907.00.90 49.08 4908.10.00 4908.90.00 49.09

4909.00.11 4909.00.19

4909.00.21 4909.00.29 4909.00.30 4909.00.40 4909.00.90 49.10

4910.00.11 4910.00.19 4910.00.20 4910.00.30 49.11 4911.10

4911.10.11 4911.10.19 4911.10.20 4911.10.30 4911.10.40

4911.10.91 4911.10.99 4911.91

4911.91.11 4911.91.12

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Boletos o billetes de lotería oficial en circulación --Los demás. -Títulos de acciones u obligaciones y títulos similares, excepto conocimientos de embarque: --Sin completar o emitir o sin curso legal. --Los demás (papeles de negocios, títulos emitidos o de curso legal). -Conocimientos de embarque sin emitir: --Guías aéreas --Los demás -Los demás. CALCOMANÍAS DE CUALQUIER CLASE. -Calcomanías vitrificables -Las demás TARJETAS POSTALES IMPRESAS O ILUSTRADAS; TARJETAS IMPRESAS CON FELICITACIONES O COMUNICACIONES PERSONALES, INCLUSO CON ILUSTRACIONES, ADORNOS O APLICACIONES, O CON SOBRES. -Tarjetas postales sin franquear: --Con vistas de la República de Panamá --Los demás -Tarjetas de felicitación de Pascua o Navidad y otras tarjetas de felicitación obtenidas por cualquier procedimiento, incluso con sobre, adornos o aplicaciones: --Destinadas a ser completadas posteriormente con indicaciones manuscritas

RESTR 10

A B

15 LIBRE

C A

15 15 15

C C C

15 15

C B

10 15

B C

15

C

--Los demás -Tarjetas o recordatorios de misas -Tarjetas de presentación o visita. -Las demás CALENDARIOS DE CUALQUIER CLASE, IMPRE SOS, INCLUIDOS LOS TACOS DE CALENDARIO. -Calendarios de todas clases impresos sobre papel o cartón, incluidos los tacos o bloques de calendario de papel o cartón: --Con ilustraciones educativas. --Los demás. -Calendarios impresos sobre materia distinta del papel o cartón, excepto los calendarios denominados compuestos o perpetuos. -Calendarios denominados compuestos o perpetuos LOS DEMÁ S IMPRESOS, INCLUIDAS LAS ESTAMPAS, GRABADOS Y FOTOGRAFÍAS -Impresos publicitarios, catálogos comerciales y similares: --Carteles y "afiches" publicitarios, excepto para películas cinematográficas o video-películas y los de carácter turístico: ---Cartillas (muestrarios) de colores para pinturas. ---Los demás. --Carteles, afiches y demás impresos publicitarios, e películas cinematográficas o video-películas. --Los demás impresos publicitarios, catálogos y similares, de firmas extranjeras --Impresos publicitarios turísticos con propaganda de firma local, de distribución gratuita. --Las demás: ---Cartillas (muestrarios) de colores para pinturas. ---Los demás. -Los demás: --Estampas, grabados y fotografías: ---Cromos, imágenes, carteles o afiches, estampas y similares sin anuncio publicitario: ----Carteles o afiches, excepto láminas para la enseñanza. ----Reproducciones de pinturas famosas, de los tipos no producidos en Panamá.

15 15 15 15

C C C B

LIBRE 15 15

A C C

15

C

LIBRE 15 10

A C B

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE 15

A B

15 15

B C

Página 157 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 4911.91.19 4911.91.20 4911.91.30 4911.91.40 4911.91.90 4911.99 4911.99.10 4911.99.20 4911.99.30 4911.99.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Los demás ---Fotografías aéreas para mapas y planos. ---Las demás fotografías. ---Láminas, cromos o estampas, para la enseñanza. ---Los demás. --Los demás: ---Billetes o entradas (boletos) y demás tiquetes utilizados para mantener el orden de turnos, incluso en tiras (bandas). ---Billetes (boletos) para viajes ---Sellos de papel (excepto para valores). ---Los demás.

15 LIBRE 15 LIBRE 15

C A C A B

15

C

15 15 15

C C C

Página 158 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10

A A

10 10 10

A A B

10

B

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

CAPITULO 50 50 5001.00.00 5002.00.00 50.03

5003.10.00 5003.90.00 5004.00.00 5005.00.00 5006.00.00

50.07 5007.10.00 5007.20.00 5007.90.00

SEDA CAPULLOS DE SEDA APTOS PARA EL DEVANADO SEDA CRUDA (SIN TORCER). DESPERDICIOS DE SEDA (INCLUIDOS LOS CAPULLOS DE SEDA NO APTOS PARA EL DEVANADO, DESPERDICIOS DE HILADOS E HILACHAS). -Sin cardar ni peinar -Los demás HILADOS DE SEDA (EXCEPTO LOS HILADOS DE DESPERDICIOS DE SEDA) SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. HILADOS DE DESPERDICIOS DE SEDA SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR HILADOS DE SEDA O DE DESPERDICIOS DE SEDA, ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR; "PELO DE MESINA" ("CRIN DE FLORENCIA”) TEJIDOS DE SEDA, O DE DESPERDICIOS DE SEDA. -Tejidos de borrilla -Los demás tejidos con un contenido de seda o de desperdicios de seda, distintos de la borrilla, superior o igual al 85% en peso -Los demás tejidos

Página 159 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10

A A

10 10 10

A A A

10 10

A A

10 10 10 10

A A A B

10

B

10 10 10 10

B B B B

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15 LIBRE

C C A

LIBRE

A

10

B

LIBRE

A

10

B

CAPITULO 51 51 51.01 5101.11.00 5101.19.00 5101.21.00 5101.29.00 5101.30.00 51.02 5102.10.00 5102.20.00 51.03

5103.10.00 5103.20.00 5103.30.00 5104.00.00 51.05 5105.10.00 5105.21.00 5105.29.00 5105.30.00 5105.40.00 51.06 5106.10.00 5106.20.00 51.07 5107.10.00 5107.20.00 51.08 5108.10.00 5108.20.00 51.09 5109.10.00 5109.90.00 5110.00.00

51.11 5111.11 5111.11.10 5111.11.90 5111.19 5111.19.10 5111.19.90 5111.20

LANA Y PELO FINO U ORDINARIO; HILADOS Y TEJIDOS DE CRIN. LANA SIN CARDAR NI PEINAR. -Lana sucia, incluida la lavada en vivo: --Lana esquilada --Las demás -Desgrasada, sin carbonizar: --Lana esquilada --Las demás -Carbonizada PELO FINO U ORDINARIO, SIN CARDAR NI PEINAR -Pelo fino -Pelo ordinario DESPERDICIOS DE LANA O DE PELO FINO U ORDINARIO, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS, EXCEPTO LAS HILACHAS. -Borras del peinado de lana o pelo fino. -Los demás desperdicios de lana o pelo fino -Desperdicios de pelo ordinario. HILACHAS DE LANA O DE PELO FINO U ORDINARIO. LANA Y PELO FINO U ORDINARIO, CARDADOS O PEINADOS (INCLUIDA LA "LANA PEINADA A GRANEL"). -Lana cardada -Lana peinada: --"Lana peinada a granel". --Las demás. -Pelo fino cardado o peinado -Pelo ordinario cardado o peinado. HILADOS DE LANA CARDADA SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso -Con un contenido de lana inferior al 85% en peso. HILADOS DE LANA PEINADA SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Con un contenido de lana superior o igual al 85% en peso. -Con un contenido de lana inferior al 85% en peso HILADOS DE PELO FINO CARDADO O PEINADO, SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Cardado -Peinado HILADOS DE LANA O DE PELO FINO, ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Con un contenido de lana o de pelo fino superior o igual al 85% en peso -Los demás HILADOS DE PELO ORDINARIO O DE CRIN (INCLUIDOS LOS HILADOS DE CRIN ENTORCHADOS), AUNQUE ESTÉ N ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. TEJIDOS DE LANA CARDADA O PELO FINO CARDADO -Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85% en peso: --De gramaje inferior o igual a 300 g/m2: ---Tejidos elásticos (que no sean de punto) formados por materia textil asociadas a hilos de caucho. ---Los demás. --Los demás: ---Tejidos elásticos (que no sean de punto) formados por materia textil asociadas a hilos de caucho. ---Los demás -Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales:

Página 160 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5111.20.10 5111.20.90 5111.30 5111.30.10 5111.30.90 5111.90 5111.90.10 5111.90.90 51.12 5112.11.00 5112.19.00 5112.20.00 5112.30.00 5112.90.00 5113.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Tejidos elásticos (que no sean de punto) formados por materia textil asociadas a hilos de caucho. --Los demás. -Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales discontinuas --Tejidos elásticos (que no sean de punto) formados por materia textil asociadas a hilos de caucho. --Los demás -Los demás: --Tejidos elásticos (que no sean de punto) formados por materia textil asociadas a hilos de caucho. --Los demás TEJIDOS DE LANA PEINADA O PELO FINO PEINADO. -Con un contenido de lana o pelo fino superior o igual al 85% en peso: --De gramaje inferior o igual a 200 g/m2. --Los demás. -Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales: -Los demás, mezclados exclusiva o principalmente con fibras sintéticas o artificiales discontinuas. -Los demás. TEJIDOS DE PELO ORDINARIO O DE CRIN.

LIBRE

A

10

B

LIBRE

A

10

B

LIBRE

A

10

B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

Página 161 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

CAPITULO 52 52 5201.00.00 52.02 5202.10.00 5202.91.00 5202.99.00 5203.00.00 52.04

5204.11.00 5204.19.00 5204.20.00 52.05

5205.11.00 5205.12.00 5205.13.00 5205.14.00 5205.15.00 5205.21.00 5205.22.00

ALGODÓ N ALGODÓ N SIN CARDAR NI PEINAR. DESPERDICIOS DE ALGODÓ N (INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS). -Desperdicios de hilados. -Los demás: --Hilachas. --Los demás. ALGODÓ N CARDADO O PEINADO. HILO DE COSER DE ALGODÓ N, INCLUSO ACONDICIONADO PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Sin acondicionar para la venta al por menor: --Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso --Los demás. -Acondicionado para la venta al por menor. HILADOS DE ALGODÓ N (EXCEPTO EL HILO DE COSER) CON UN CONTENIDO DE ALGODÓ N SUPERIOR O IGUAL AL 85% EN PESO, SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Hilados sencillos de fibras sin peinar: --De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43). --De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52). --De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80). --De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80) . -Hilados sencillos de fibras peinadas: --De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).

5205.23.00

--De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52).

LIBRE

A

5205.24.00

--De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80). --De título inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106.38 decitex (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94). --De título inferior a 106.38 decitex pero superior o igual a 83.33 decitex (superior al número métrico 94 pero inferior o igual al número métrico 120).

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

--De título inferior a 83.33 decitex (superior al número métrico 120). -Hilados retorcidos o cableados, de fibras sin peinar. --De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al nú mero métrico 14 por hilo sencillo). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al nú mero métrico 43, por hilo sencillo). --De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al nú mero métrico 52, por hilo sencillo). --De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al núme ro mé trico 80, por hilo sencillo).

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

5205.26.00 5205.27.00

5205.28.00 5205.31.00 5205.32.00

5205.33.00

5205.34.00

Página 162 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5205.35.00

5205.41.00 5205.42.00

5205.43.00

5205.44.00

5205.46.00

5205.47.00

5205.48.00 52.06

5206.11.00 5206.12.00

5206.13.00 5206.14.00

5206.15.00 5206.21.00 5206.22.00 5206.23.00

5206.24.00 5206.25.00 5206.31.00

5206.32.00

5206.33.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo). -Hilados retorcidos o cableados, de fibras peinadas: --De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43, por hilo sencillo). --De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número mé trico 52, por hilo sencillo). --De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo). --De título inferior a 125 decitex pero superior o igual a 106.38 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 80 pero inferior o igual al número métrico 94, por hilo sencillo). --De título inferior a 106.38 decitex pero superior o igual a 83.33 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 94 pero inferior o igual al número mé trico 120, por hilo sencillo). --De título inferior a 83.33 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 120, por hilo sencillo). HILADOS DE ALGODÓ N (EXCEPTO EL HILO DE COSER) CON UN CONTENIDO DE ALGODÓ N INFERIOR AL 85% EN PESO, SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Hilados sencillos de fibras sin peinar: --De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43).

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

--De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52). --De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80).

LIBRE

A

LIBRE

A

--De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80) -Hilados sencillos de fibras peinadas: --De título superior o igual a 714.29 decitex (inferior o igual al número métrico 14). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número métrico 43). --De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex (superior al número métrico igual a 192.31 decitex (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número métrico 52). --De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80). --De título inferior a 125 decitex (superior al número métrico 80) -Hilados retorcidos o cableados, de fibras sin peinar: --De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al número mé trico 43, por hilo sencillo). --De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número mé trico 52, por hilo sencillo).

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

Página 163 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5206.34.00

5206.35.00

5206.41.00 5206.42.00

5206.43.00

5206.44.00

5206.45.00 52.07 5207.10.00 5207.90.00 52.08

5208.11.00 5208.12.00 5208.13.00 5208.19.00 5208.21.00 5208.22.00 5208.23.00 5208.29.00 5208.31.00 5208.32.00 5208.33.00 5208.39.00 5208.41.00 5208.42.00 5208.43.00 5208.49.00 5208.51.00 5208.52.00 5208.53.00 5208.59.00 52.09

5209.11.00 5209.12.00 5209.19.00 5209.21.00 5209.22.00 5209.29.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo). --De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo) -Hilados retorcidos o cableados, de fibras peinadas: --De título superior o igual a 714.29 decitex por hilo sencillo (inferior o igual al número métrico 14 por hilo sencillo). --De título inferior a 714.29 decitex pero superior o igual a 232.56 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 14 pero inferior o igual al núme ro mé trico 43, por hilo sencillo). --De título inferior a 232.56 decitex pero superior o igual a 192.31 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 43 pero inferior o igual al número mé trico 52, por hilo sencillo). --De título inferior a 192.31 decitex pero superior o igual a 125 decitex, por hilo sencillo (superior al número métrico 52 pero inferior o igual al número métrico 80, por hilo sencillo). --De título inferior a 125 decitex por hilo sencillo (superior al número métrico 80 por hilo sencillo). HILADOS DE ALGODÓ N (EXCEPTO EL HILO DE COSER) ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Con un contenido de algodón superior o igual al 85% en peso -Los demás TEJIDOS DE ALGODÓ N CON UN CONTENIDO DE ALGODÓ N SUPERIOR O IGUAL AL 85% EN PESO, DE GRAMAJE INFERIOR O IGUAL A 200 g/m2. -Crudos: --De ligamento tafetán, de gramaje inferior o igual a 100 g/m2 --De ligamento tafetán, de gramaje superior a 100 g/m2 --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. -Blanqueados: --De ligamento tafetán, de gramaje inferior o igual a 100 g/m2 --De ligamento tafetán, de gramaje superior a 100 g/m2 --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Teñidos: --De ligamento tafetán, de gramaje inferior o igual a 100 g/m2. --De ligamento tafetán, de gramaje superior a 100 g/m2. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. -Con hilados de distintos colores: --De ligamento tafetán, de gramaje inferior o igual a 100 g/m2 --De ligamento tafetán, de gramaje superior a 100 g/m2. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. -Estampados: --De ligamento tafetán, de gramaje inferior o igual a 100 g/m2. --De ligamento tafetán, de gramaje superior a 100 g/m2. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos TEJIDOS DE ALGODÓ N CON UN CONTENIDO DE ALGODÓ N SUPERIOR O IGUAL AL 85% EN PESO, DE GRAMAJE SUPERIOR A 200 g/m2. -Crudos: --De ligamento tafetán. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. -Blanqueados: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos.

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

Página 164 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5209.31.00 5209.32.00 5209.39.00 5209.41.00 5209.42.00 5209.43.00 5209.49.00 5209.51.00 5209.52.00 5209.59.00 52.10

5210.11.00 5210.12.00 5210.19.00 5210.21.00 5210.22.00 5210.29.00 5210.31.00 5210.32.00 5210.39.00 5210.41.00 5210.42.00 5210.49.00 5210.51.00 5210.52.00 5210.59.00 52.11

5211.11.00 5211.12.00 5211.19.00 5211.21.00 5211.22.00 5211.29.00 5211.31.00 5211.32.00 5211.39.00 5211.41.00 5211.42.00 5211.43.00 5211.49.00

DESCRIPCION -Teñidos: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Con hilados de distintos colores: --De ligamento tafetán --Tejidos de mezclilla ("denim"). --Los demás tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. -Estampados: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos TEJIDOS DE ALGODÓ N CON UN CONTENIDO DE ALGODÓ N INFERIOR AL 85% EN PESO, MEZCLADO EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE CON FIBRAS SINTÉ TICAS O ARTIFICIALES, DE GRAMAJE INFERIOR O IGUAL A 200 g/m2. -Crudos: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Blanqueados: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Teñidos: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Con hilados de distintos colores: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Estampados: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. TEJIDOS DE ALGODÓ N CON UN CONTENIDO DE ALGODÓ N INFERIOR AL 85% EN PESO, MEZCLADO EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE CON FIBRAS SINTÉ TICAS O ARTIFICIALES, DE GRAMAJE SUPERIOR A 200 g/m2. -Crudos: --De ligamento tafetán --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. -Blanqueados: --De ligamento tafetán. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Teñidos: --De ligamento tafetán. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos -Con hilados de distintos colores: --De ligamento tafetán --Tejidos de mezclilla (" denim "). --Los demás tejidos de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos.

Página 165 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5211.51.00 5211.52.00 5211.59.00 52.12 5212.11.00 5212.12.00 5212.13.00 5212.14.00 5212.15.00 5212.21.00 5212.22.00 5212.23.00 5212.24.00 5212.25.00

DESCRIPCION -Estampados: --De ligamento tafetán. --De ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos. LOS DEMÁ S TEJIDOS DE ALGODÓ N. -De gramaje inferior o igual a 200 g/m2: --Crudos. --Blanqueados. --Teñidos. --Con hilados de distintos colores. --Estampados. -De gramaje superior a 200 g/m2: --Crudos. --Blanqueados. --Teñidos. --Con hilados de distintos colores. --Estampados.

Página 166 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

A

10 10 10

A A A

10 10

A A

10 10

B B

10 LIBRE

B A

10 10

B B

10 10

B B

10

B

10 10

B B

10

B

10 10

B B

15 15

C C

CAPITULO 53 53 53.01

5301.10.00

5301.21.00 5301.29.00 5301.30.00 53.02

5302.10.00 5302.90.00 53.03

5303.10.00 5303.90.00 53.04

5304.10.00 5304.90.00 53.05

5305.11.00 5305.19.00 5305.21.00 5305.29.00 5305.91 5305.91.10

5305.91.90 5305.99.00 53.06 5306.10.00 5306.20 5306.20.10 5306.20.90 53.07 5307.10.00 5307.20.00 53.08

LAS DEMÁ S FIBRAS TEXTILES VEGETALES; HILADOS DE PAPEL Y TEJIDOS DE HILADOS DE PAPEL. LINO EN BRUTO O TRABAJADO, PERO SIN HILAR; ESTOPAS Y DESPERDICIOS DE LINO (INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS). -Lino en bruto o enriado -Lino agramado, espadado, peinado o trabajado de otro modo, pero sin hilar: --Agramado o espadado --Los demás. -Estopas y desperdicios de lino CÁ Ñ AMO (CANNABIS SATIVA L.) EN BRUTO O TRABAJADO, PERO SIN HILAR; ESTOPAS Y DESPERDICIOS DE CÁ Ñ AMO (INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS). -Cáñamo en bruto o enriado -Los demás YUTE Y DEMÁ S FIBRAS TEXTILES DEL LÍBER (EXCEPTO EL LINO, CÁ Ñ AMO Y RAMIO), EN BRUTO O TRABAJADOS, PERO SIN HILAR; ESTOPAS Y DESPERDICIOS DE ESTAS FIBRAS (INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS). -Yute y demás fibras textiles del líber, en bruto o enriados. -Los demás. SISAL Y DEMÁ S FIBRAS TEXTILES DEL GÉ NERO AGAVE, EN BRUTO O TRABAJADOS, PERO SIN HILAR; ESTOPAS Y DESPERDICIOS DE ESTAS FIBRAS (INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS). -Sisal y demás fibras textiles del género Agave, en bruto -Los demás COCO, ABACÁ (CÁ Ñ AMO DE MANILA (MUSA TEXTILIS NEE), RAMIO Y DEMÁ S FIBRAS TEXTILES VEGETALES NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE, EN BRUTO O TRABAJADOS, PERO SIN HILAR; BRUTO O TRABAJADOS, PERO SIN HILAR; FIBRAS (INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS). -De coco: --En bruto --Los demás -De abacá: --En bruto --Los demás -Los demás: --En bruto: ---Ramio en bruto, descortezado, desgomado, rastrillado (peinado) o tratado de otra forma, pero sin hilar; estopas y desperdicios de ramio (incluidas las hilachas). ---Los demás. --Los demás. HILADOS DE LINO. -Sencillos -Retorcidos o cableados: --Sin acondicionar para la venta al por menor. --Los demás HILADOS DE YUTE O DEMÁ S FIBRAS TEXTILES DEL LÍBER DE LA PARTIDA No. 53.03. -Sencillos -Retorcidos o cableados HILADOS DE LAS DEMÁ S FIBRAS TEXTILES VEGETALES; HILADOS DE PAPEL

Página 167 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5308.10.00 5308.20.00 5308.30.00 5308.90 5308.90.11 5308.90.19 5308.90.90 53.09 5309.11.00 5309.19.00 5309.21.00 5309.29.00 53.10 5310.10.00 5310.90.00 53.11 5311.00.10

5311.00.91 5311.00.92 5311.00.93 5311.00.99

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Hilados de coco -Hilados de cáñamo -Hilados de papel -Los demás: --Hilados de ramio: ---Sin acondicionar para la venta al por menor. ---Acondicionado para la venta al por menor --Los demás. TEJIDOS DE LINO. -Con un contenido de lino superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados. --Los demás -Con un contenido de lino inferior al 85% en peso --Crudos o blanqueados --Los demás. TEJIDOS DE YUTE O DEMÁ S FIBRAS TEXTILES DEL LÍBER DE LA PARTIDA No. 53.03 -Crudos -Los demás TEJIDOS DE LAS DEMÁ S FIBRAS TEXTILES VEGETALES; TEJIDOS DE HILADOS DE PAPEL -Tejidos elásticos (que no sean de punto), formados por materias textiles asociadas con formados por materias textiles asociadas con hilos de caucho.

15 10 15

C B C

10 LIBRE LIBRE

B A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE 15 LIBRE

A A C A

-Los demás: --De ramio --De cáñamo. --De junco; de palma; de paja. --Los demás.

Página 168 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15 LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE 15 LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15 15

A A

CAPITULO 54 54 54.01 5401.10.00 5401.20.00 54.02

5402.10.00 5402.20.00 5402.31.00 5402.32.00 5402.33.00 5402.39.00

5402.41.00 5402.42.00 5402.43.00 5402.49.00

5402.51.00 5402.52.00 5402.59.00 5402.61.00 5402.62.00 5402.69.00 54.03

5403.10.00 5403.20.00 5403.31.00 5403.32.00 5403.33.00 5403.39.00 5403.41.00 5403.42.00 5403.49.00 54.04

5404.10.00 5404.90.00

FILAMENTOS SINTÉ TICOS O ARTIFICIALES. HILO DE COSER DE FILAMENTOS SINTÉ TICOS O ARTIFICIALES, INCLUSO ACON DICIONADO PARA LA VENTA AL POR MENOR. -De filamentos sintéticos. -De filamentos artificiales. HILADOS DE FILAMENTOS SINTÉ TICOS (EXCEPTO EL HILO DE COSER) SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR, INCLUIDOS LOS MONOFILAMENTOS SINTÉ TICOS DE MENOS DE 67 DECITEX. -Hilados de alta tenacidad de nailon o de más poliamidas -Hilados de alta tenacidad de poliésteres. -Hilados texturados: --De nailon o demás poliamidas, de título inferior o igual a 50 tex, por hilo sencillo --De nailon o demás poliamidas, de título superior a 50 tex, por hilo sencillo --De poliésteres --Los demás -Los demás hilados sencillos sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro: --De nailon o demás poliamidas. --De poliésteres parcialmente orientados. --De los demás poliésteres --Los demás -Los demás hilados sencillos con una torsión superior a 50 vueltas por metro: --De nailon o demás poliamidas --De poliésteres --Los demás -Los demás hilados retorcidos o cableados: --De nailon o demás poliamidas --De poliésteres --Los demás HILADOS DE FILAMENTOS ARTIFICIALES (EXCEPTO EL HILO DE COSER) SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR, INCLUIDOS LOS MONOFILAMENTOS ARTIFICIALES DE MENOS DE 67 DECITEX. -Hilados de alta tenacidad de rayón viscosa. -Hilados texturados -Los demás hilados sencillos: --De rayón viscosa, sin torsión o con una torsión inferior o igual a 120 vueltas por metro. --De rayón viscosa, con una torsión superior a 120 vueltas por metro --De acetato de celulosa --Los demás -Los demás hilados retorcidos o cableados: --De rayón viscosa --De acetato de celulosa --Los demás MONOFILAMENTOS SINTÉ TICOS DE 67 DECITEX O MÁ S Y CUYA MAYOR DIMENSIÓ N DE LA SECCIÓ N TRANSVERSAL NO EXCEDA DE 1mm; TIRAS Y FORMAS SIMILARES (POR EJEMPLO: PAJA ARTIFICIAL) DE MATERIA TEXTIL SINTÉ TICA, DE ANCHURA APARENTE INFERIOR O IGUAL A 5 mm. -Monofilamentos -Los demás

Página 169 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5405.00.00

54.06

5406.10.00 5406.20.00 54.07

5407.10.00 5407.20.00 5407.30.00

5407.41.00 5407.42.00 5407.43.00 5407.44.00

5407.51.00 5407.52.00 5407.53.00 5407.54.00

5407.61.00 5407.69.00

5407.71.00 5407.72.00 5407.73.00 5407.74.00

5407.81.00 5407.82.00 5407.83.00 5407.84.00 5407.91.00 5407.92.00 5407.93.00 5407.94.00 54.08 5408.10.00

5408.21.00 5408.22.00 5408.23.00 5408.24.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

MONOFILAMENTOS ARTIFICIALES DE 67 DECITEX O MÁ S Y CUYA MAYOR DIMENSIÓ N DE LA SECCIÓ N TRANSVERSAL NO EXCEDA DE 1mm; TIRAS Y FORMAS SIMILARES (POR EJEMPLO: PAJA ARTIFICIAL) DE MATERIA TEXTIL ARTIFICIAL, DE ANCHURA APARENTE INFERIOR O IGUAL A 5 mm. HILADOS DE FILAMENTOS SINTÉ TICOS O ARTIFICIALES (EXCEPTO EL HILO DE COSER), ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Hilados de filamentos sintéticos. -Hilados de filamentos artificiales. TEJIDOS DE HILADOS DE FILAMENTOS SINTÉ TICOS, INCLUIDOS LOS TEJIDOS FABRICADOS CON LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 54.04. -Tejidos fabricados con hilados de alta tenacidad de nailon o demás poliamidas o de poliésteres. -Tejidos fabricados con tiras o formas similares. -Productos citados en la Nota 9 de la Sección XI. -Los demás tejidos con un contenido de filamentos de nailon o demás poliamidas superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados. --Teñidos --Con hilados de distintos colores --Estampados. -Los demás tejidos con un contenido de filamentos de poliéster texturados superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores. --Estampados -Los demás tejidos con un contenido de filamentos de poliéster superior o igual al 85% en peso: --Con un contenido de filamentos de poliéster sin texturar superior o igual al 85% en peso. --Los demás. -Los demás tejidos con un contenido de fila mentos sintéticos superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados --Teñidos. --Con hilados de distintos colores. --Estampados -Los demás tejidos con un contenido de filamentos sintéticos inferior al 85% en peso, mezclados exclusiva o principalmente con algodón: --Crudos o blanqueados --Teñidos. --Con hilados de distintos colores --Estampados -Los demás tejidos: --Crudos o blanqueados --Teñidos. --Con hilados de distintos colores. --Estampados. TEJIDOS DE HILADOS DE FILAMENTOS ARTIFICIALES, INCLUIDOS LOS FABRICADOS CON PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 54.05. -Tejidos fabricados con hilados de alta tenacidad de rayón viscosa. -Los demás tejidos con un contenido de filamen tos o de tiras o formas similares, artificiales, superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores --Estampados.

15

C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

Página 170 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5408.31.00 5408.32.00 5408.33.00 5408.34.00

DESCRIPCION -Los demás tejidos: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores. --Estampados

Página 171 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 10 10

A A A B B

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

10 10 10 10 10

A B B B B

LIBRE LIBRE

A A

15 15

C C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

CAPITULO 55 55 55.01 5501.10.00 5501.20.00 5501.30.00 5501.90.00 5502.00.00 55.03 5503.10.00 5503.20.00 5503.30.00 5503.40.00 5503.90.00 55.04 5504.10.00 5504.90.00 55.05 5505.10.00 5505.20.00 55.06 5506.10.00 5506.20.00 5506.30.00 5506.90.00 5507.00.00 55.08

5508.10 5508.10.10 5508.10.90 5508.20 5508.20.10 5508.20.90 55.09

5509.11.00 5509.12.00

5509.21.00 5509.22.00

5509.31.00 5509.32.00

5509.41.00 5509.42.00

FIBRAS SINTÉ TICAS O ARTIFICIALES DISCONTINUAS CABLES DE FILAMENTOS SINTÉ TICOS. -De nailon o demás poliamidas -De poliésteres -Acrílicos o modacrílicos -Los demás CABLES DE FILAMENTOS ARTIFICIALES FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS, SIN CARDAR, PEINAR NI TRANSFORMAR DE OTRO MODO PARA LA HILATURA -De nailon o demás poliamidas -De poliésteres -Acrílicas o modacrílicas -De polipropileno -Las demás FIBRAS ARTIFICIALES DISCONTINUAS, SIN CARDAR, PEINAR NI TRANSFORMAR DE OTRO MODO PARA LA HILATURA. -De rayón viscosa -Las demás DESPERDICIOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS O ARTIFICIALES (INCLUIDAS LAS BORRAS, LOS DESPERDICIOS DE HILADOS Y LAS HILACHAS) -De fibras sintéticas -De fibras artificiales FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS, CARDADAS, PEINADAS O TRANSFORMADAS DE OTRO MODO PARA LA HILATURA. -De nailon o demás poliamidas. -De poliésteres -Acrílicas o modacrílicas -Las demás FIBRAS ARTIFICIALES DISCONTINUAS, CARDADAS, PEINADAS O TRANSFORMADAS DE OTRO MODO PARA LA HILATURA. HILO DE COSER DE FIBRAS SINTÉ TICAS O ARTIFICIALES, DISCONTINUAS, INCLUSO ACONDICIONADO PARA LA VENTA AL POR MENOR. -De fibras sintéticas discontinuas: --Acondicionada para la venta al por menor. --Los demás. -De fibras artificiales discontinuas: --Acondicionada para la venta al por menor --Los demás. HILADOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS (EXCEPTO EL HILO DE COSER) SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Con un contenido de fibras discontinuas de nailon o demás poliamidas superior o igual al 85% en peso: --Sencillos. --Retorcidos o cableados -Con un contenido de fibras discontinuas de poliéster superior o igual al 85% en peso: --Sencillos --Retorcidos o cableados. -Con un contenido de fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas superior o igual al 85% en peso: --Sencillos. --Retorcidos o cableados. -Los demás hilados con un contenido de fibras sintéticas discontinuas superior o igual al 85% en peso: --Sencillos. --Retorcidos o cableados. -Los demás hilados de fibras discontinuas de poliéster:

Página 172 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5509.51.00 5509.52.00 5509.53.00 5509.59.00 5509.61.00 5509.62.00 5509.69.00 5509.91.00 5509.92.00 5509.99.00 55.10

5510.11.00 5510.12.00 5510.20.00 5510.30.00 5510.90.00 55.11

5511.10.00 5511.20.00 5511.30.00 55.12

5512.11.00 5512.19.00

5512.21.00 5512.29.00 5512.91.00 5512.99.00 55.13

5513.11.00 5513.12.00 5513.13.00 5513.19.00 5513.21.00 5513.22.00 5513.23.00 5513.29.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Mezclados exclusiva o principalmente con fibras artificiales discontinuas --Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino --Mezclados exclusiva o principalmente con algodón --Los demás. -Los demás hilados de fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas: --Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino --Mezclados exclusiva o principalmente con algodón --Los demás -Los demás hilados: --Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino --Mezclados exclusiva o principalmente con algodón. --Los demás. HILADOS DE FIBRAS ARTIFICIALES DISCONTINUAS (EXCEPTO EL HILO DE COSER) SIN ACONDICIONAR PARA LA VENTA AL POR MENOR. -Con un contenido de fibras artificiales discontinuas superior o igual al 85% en peso: --Sencillos. --Retorcidos o cableados. -Los demás hilados mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino. -Los demás hilados mezclados exclusiva o principalmente con algodón -Los demás hilados HILADOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS O ARTIFICIALES, DISCONTINUAS (EXCEPTO EL HILO DE COSER), ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. -De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras superior o igual al 85% en peso. -De fibras sintéticas discontinuas con un contenido de estas fibras inferior al 85% en peso -De fibras artificiales discontinuas. TEJIDOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS CON UN CONTENIDO DE FIBRAS NUAS CON UN CONTENIDO DE FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS SUPERIOR O IGUAL AL 85% EN PESO. -Con un contenido de fibras discontinuas de poliéster superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados --Los demás: -Con un contenido de fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados --Los demás -Los demás: --Crudos o blanqueados --Los demás TEJIDOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS CON UN CONTENIDO DE ESTAS FIBRAS INFERIOR AL 85% EN PESO, MEZCLADAS EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE CON ALGODÓ N, DE GRAMAJE INFERIOR O IGUAL A 170 g/m2. -Crudos o blanqueados: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos -Teñidos: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

Página 173 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

5515.11.00

-Con hilados de distintos colores: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos -Estampados: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos TEJIDOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS CON UN CONTENIDO DE ESTAS FIBRAS INFERIOR AL 85% EN PESO, MEZCLADAS EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE CON ALGODÓ N, DE GRAMAJE SUPERIOR A 170 g/m2. -Crudos o blanqueados: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos -Teñidos: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos -Con hilados de distintos colores: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos -Estampados: --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento tafetán --De fibras discontinuas de poliéster, de ligamento sarga, incluido el cruzado, de curso inferior o igual a 4. --Los demás tejidos de fibras discontinuas de poliéster --Los demás tejidos LOS DEMÁ S TEJIDOS DE FIBRAS SINTÉ TICAS DISCONTINUAS. -De fibras discontinuas de poliéster: --Mezcladas exclusiva o principalmente con fibras discontinuas de rayón viscosa

5515.12.00

--Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales

LIBRE

A

5515.13.00 5515.19.00

--Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino --Los demás -De fibras discontinuas acrílicas o modacrílicas: --Mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

5515.91.00

--Mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino --Los demás -Los demás tejidos: --Mezclados exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales.

LIBRE

A

5515.92.00 5515.99.00 55.16

--Mezclados exclusiva o principalmente con lana o pelo fino --Los demás TEJIDOS DE FIBRAS ARTIFICIALES DISCONTINUAS.

LIBRE LIBRE

A A

5513.31.00 5513.32.00 5513.33.00 5513.39.00 5513.41.00 5513.42.00 5513.43.00 5513.49.00 55.14

5514.11.00 5514.12.00 5514.13.00 5514.19.00 5514.21.00 5514.22.00 5514.23.00 5514.29.00 5514.31.00 5514.32.00 5514.33.00 5514.39.00 5514.41.00 5514.42.00 5514.43.00 5514.49.00 55.15

5515.21.00 5515.22.00 5515.29.00

Página 174 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

5516.11.00 5516.12.00 5516.13.00 5516.14.00

5516.21.00 5516.22.00 5516.23.00 5516.24.00

5516.31.00 5516.32.00 5516.33.00 5516.34.00

5516.41.00 5516.42.00 5516.43.00 5516.44.00 5516.91.00 5516.92.00 5516.93.00 5516.94.00

DESCRIPCION -Con un contenido de fibras artificiales discontinuas superior o igual al 85% en peso: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores --Estampados -Con un contenido de fibras artificiales discontinuas inferior al 85% en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con filamentos sintéticos o artificiales: --Crudos o blanqueados. --Teñidos --Con hilados de distintos colores --Estampados -Con un contenido de fibras artificiales discontinuas inferior al 85% en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con lana o pelo fino: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores. --Estampados -Con un contenido de fibras artificiales discon tinuas inferior al 85% en peso, mezcladas exclusiva o principalmente con algodón: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores --Estampados -Los demás: --Crudos o blanqueados --Teñidos --Con hilados de distintos colores --Estampados

Página 175 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15 15

C C C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 15 15

A C C

15 15

C C

15

C

15 LIBRE

C A

10

B

10 15

B C

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

CAPITULO 56 56 56.01

5601.10 5601.10.10 5601.10.20 5601.10.90 5601.21 5601.21.10 5601.21.90 5601.22 5601.22.11 5601.22.19 5601.22.91 5601.22.99 5601.29.00 5601.30 5601.30.10 5601.30.20 56.02 5602.10.00 5602.21.00 5602.29.00 5602.90 5602.90.10 5602.90.20 5602.90.90 56.03

5603.11.00 5603.12.00 5603.13.00 5603.14.00 5603.91.00 5603.92.00 5603.93.00 5603.94.00 56.04

5604.10.00 5604.20.00 5604.90.00

GUATA, FIELTRO Y TELA SIN TEJER; HILADOS ESPECIALES; CORDELES, CUERDAS Y CORDAJES; ARTÍCULOS DE CORDELERÍA. GUATA DE MATERIA TEXTIL Y ARTÍCULOS DE ESTA GUATA; FIBRAS TEXTILES DE LONGITUD INFERIOR O IGUAL A 5 mm (TUNDIZNO), NUDOS Y MOTAS DE MATERIA TEXTIL. -Compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés y artículos higiénicos similares, de guata: --Compresas (almohadillas o toallas sanitarias). --Tampones higiénicos --Las demás -Guata; los demás artículos de guata: --De algodón: ---Guatas de algodón. ---Los demás --De fibras sintéticas o artificiales: ---Guatas: ----De acetato de celulosa. ----Las demás. ---Los demás: ----Filtros de acetato de celulosa. ----Los demás. --Los demás -Tundizno, nudos y motas de materia textil: --Tundizno --Nudos y motas FIELTRO, INCLUSO IMPREGNADO, RECUBIERTO, REVESTIDO O ESTRATIFICADO. -Fieltro punzonado y productos obtenidos mediante costura por cadeneta -Los demás fieltros sin impregnar, recubrir, revestir ni estratificar: --De lana o pelo fino --De las demás materias textiles -Los demás: --Geomembranas o geotextiles del tipo utilizado para filtración o contenció n de tierra, en la construcción. --Fieltros para tejados, incluso impregnados con asfalto --Los demás. TELA SIN TEJER, INCLUSO IMPREGNADA, RECUBIERTA, REVESTIDA O ESTRATIFICADA -De filamentos sintéticos o artificiales: --De peso inferior o igual a 25 g/m2. --De peso superior a 25g/m2 pero inferior o igual a 70 g/m2 --De peso superior a 70g/m2 pero inferior o igual a150 g/m2. --De peso superior a 150 g/m2. -Las demás: --De peso inferior o igual a 25 g/m2. --De peso superior a 25g/m2 pero inferior o igual a 70 g/m2 --De peso superior a 70g/m2 pero inferior o igual a 150 g/m2 --De peso superior a 150 g/m2. HILOS Y CUERDAS DE CAUCHO REVESTIDOS DE TEXTILES; HILADOS TEXTILES, TIRAS Y FORMAS SIMILARES DE LAS PARTIDAS Nos. 54.04 ó 54.05, IMPREGNADOS, RECUBIERTOS, REVESTIDOS O ENFUNDADOS CON CAUCHO O PLÁ STICO. -Hilos y cuerdas de caucho revestidos de textiles -Hilados de alta tenacidad de poliésteres, de nailon o demás poliamidas o de ray ón viscosa, impregnados o recubiertos -Los demás

Página 176 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5605.00.00

5606.00.00

56.07

5607.10.00 5607.21.00 5607.29.00 5607.30.00

5607.41.00 5607.49.00 5607.50 5607.50.10 5607.50.90 5607.90 5607.90.10 5607.90.90 56.08

5608.11 5608.11.10 5608.11.90 5608.19

5608.19.11 5608.19.19 5608.19.20 5608.19.90 5608.90

5608.90.11 5608.90.19 5608.90.20 5608.90.90 56.09

5609.00.10 5609.00.20 5609.00.30 5609.00.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

HILADOS METÁ LICOS E HILADOS METALIZADOS, INCLUSO ENTORCHADOS, CONSTITUIDOS POR HILADOS TEXTILES, TIRAS O FORMAS SIMILARES DE LAS PARTIDAS NºS 54.04 54.05, BIEN COMBINADOS CON METAL EN FORMA DE HILOS, TIRAS O POLVO, BIEN REVESTIDOS DE METAL. HILADOS ENTORCHADOS, TIRAS Y FORMAS SIMILARES DE LAS PARTIDAS Nos. 54.04 Ó 54.05, ENTORCHADAS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 56.05 Y LOS HILADOS DE CRIN ENTORCHADOS); HILADOS DE CHENILLA; HILADOS "DE CADENETA". CORDELES, CUERDAS Y CORDAJES, ESTÉ N O NO TRENZADOS, INCLUSO IMPREGNADOS, RECUBIERTOS, REVESTIDOS O ENFUNDADOS CON CAUCHO O PLÁ STICO. -De yute o demás fibras textiles del líber de la partida No. 53.03 -De sisal o demás fibras textiles del género "Agave": --Cordeles para atar o engavillar --Los demás -De abacá (cáñamo de Manila (Musa textilis Nee) o demás fibras duras de hojas

10

B

LIBRE

A

15

A

15 15 15

C C C

15 15

C C

5 LIBRE

A A

15 15

C C

15 LIBRE

A A

10 LIBRE 15 15

B A C C

15 LIBRE 15 15

C A C C

LIBRE 15 15 15

A C C C

-De polietileno o polipropileno: --Cordeles para atar o engavillar --Los demás -De las demás fibras sintéticas: --De nailon u otras poliamidas --Las demás. -Los demás: --De papel --Las demás REDES DE MALLAS ANUDADAS, EN PAÑ O O EN PIEZA, FABRICADAS CON CORDELES, CUERDAS O CORDAJES; REDES CONFECCIONADAS PARA LA PESCA Y DEMÁ S REDES CONFECCIONADAS, DE MATERIA TEXTIL. -De materia textil sintética o artificial: --Redes confeccionadas para la pesca: ---Para la pesca de atún. ---Los demás --Las demás: ---Redes de mallas anudadas en paños o en pieza, para la confección de redes de pesca: ----Para redes de pesca del atún. ----Los demás. ---Hamacas ---Los demás -Las demás: --Redes confeccionadas para la pesca, redes de mallas anudadas en pañ os o en piezas, para confeccionar redes de pesca: ---Para la pesca de atún ---Los demás --Hamacas --Las demás. ARTÍCULOS DE HILADOS, TIRAS O FORMAS SIMILARES DE LAS PARTIDAS Nos. 54.04 ó 54.05, CORDELES, CUERDAS O CORDAJES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Cordones de zapatos (excepto los fabricados con trencillas) -Cuerdas para tender ropa. -Aljofifas, estropajos o motas para el fregado o lavado de pisos, etc. -Los demás

Página 177 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

5 5

A A

10 10 15

B B C

10

B

10 15

B C

15

C

10 15

B C

10

B

15 10 10 10 15

C B B B C

15 10 15

C B C

10 10 15

B B C

10

B

10 15

B C

15

C

10 15

B C

10

B

CAPITULO 57 57 57.01 5701.10.00 5701.90.00 57.02

5702.10

5702.10.10 5702.10.90 5702.20.00 5702.31.00 5702.32 5702.32.10 5702.32.90 5702.39 5702.39.10 5702.39.91 5702.39.99 5702.41.00 5702.42 5702.42.10 5702.42.20 5702.42.30 5702.42.40 5702.42.90 5702.49 5702.49.10 5702.49.20 5702.49.30 5702.49.91 5702.49.92 5702.49.99 5702.51.00 5702.52 5702.52.10 5702.52.90 5702.59 5702.59.10 5702.59.91 5702.59.99 5702.91.00 5702.92

ALFOMBRAS Y DEMÁ S REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO, DE MATERIA TEXTIL. ALFOMBRAS DE NUDO DE MATERIA TEXTIL, INCLUSO CONFECCIONADAS. -De lana o pelo fino -De las demás materias textiles ALFOMBRAS Y DEMÁ S REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO, DE MATERIA TEXTIL, TEJIDOS, EXCEPTO LOS DE MECHÓ N INSERTADO Y LOS FLOCADOS, AUNQUE ESTÉ N CONFECCIONADOS, INCLUIDAS LAS ALFOMBRAS LLAMADAS “KELIM ” O LAS ALFOMBRAS LLAMADAS “KELIM” O "KARAMANIE" Y ALFOMBRAS SIMILARES HECHAS A MANO. -Alfombras llamadas "Kelim" o "kilim", “Schumacks” o “Soumak”, "Karamanie" y “Schumacks” o “Soumak”, "Karamanie" y alfombras similares hechas a mano: --De lana o de pelo fino --Las demás -Revestimientos para el suelo de fibras de coco -Los demás, aterciopelados, sin confeccionar: --De lana o pelo fino --De materia textil sintética o artificial: ---Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos. ---Las demás --De las demás materias textiles: ---De fibras vegetales, del Capítulo 53 ---Las demás: ----Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ----Las demás -Los demás, aterciopelados, confeccionados: --De lana o pelo fino --De materia textil sintética o artificial: ---Para vehículos automóviles ---Alfombras de baño ---Las demás que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ---Las demás, de superficie inferior o igual a un metro cuadrado. ---Las demás --De las demás materias textiles: ---Para vehículos automóviles ---Alfombras de baño. ---Las demás de fibras vegetales, del Capítulo 53 ---Las demás: ----Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ----Las demás, de superficie inferior o igual a un metro cuadrado. ----Las demás. -Los demás, sin aterciopelar ni confeccionar: --De lana o pelo fino --De materia textil sintética o artificial: ---Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ---Las demás --De las demás materias textiles: ---De fibras vegetales, del Capítulo 53. ---Las demás: ----Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ----Las demás -Los demás, sin aterciopelar, confeccionados: --De lana o pelo fino --De materia textil sintética o artificial:

Página 178 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

TASA BASE

PLAZO

---Para vehículos automóviles ---Alfombras de baño ---Las demás que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ---Las demás, de superficie inferior o igual a un metro cuadrado ---Las demás --De las demás materias textiles: ---Para vehículos automóviles ---Alfombras de baño ---Las demás de fibras vegetales, del Capítulo 53. ---Las demás: ----Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ----Las demás, de superficie inferior o igual a un metro cuadrado. ----Las demás ALFOMBRAS Y DEMÁ S REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO, DE MATERIA TEXTIL, CON MECHÓ N INSERTADO, INCLUSO CONFECCIONADOS. -De lana o pelo fino -De nailón o demás poliamidas: --Confeccionada para vehículos automóviles. --Alfombras confeccionadas de baño --Las demás que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos, incluso confeccionadas --Las demás, confeccionadas de superficie inferior o igual a un metro cuadrado

15 10 10 10 15

C B B B C

15 10 15

C B C

10 10 15

B B C

10

B

15 10 10

C B B

10

B

--Las demás -De las demás materias textiles sintéticas o de materia textil artificial: --Confeccionada para vehículos automóviles. --Alfombras confeccionadas de baño (esterillas para el baño) --Las demás que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos, incluso confeccionadas --Las demás, confeccionadas de superficie inferior o igual a un metro cuadrado

15

C

15 10 10

C B B

10

B

--Las demás. -De las demás materias textiles: --Confeccionada para vehículos automóviles. --Alfombras confeccionadas de baño. --Las demás de fibras vegetales, del capítulo 53. --Las demás: ---Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos ---Las demás confeccionadas de superficie inferior o igual a un metro cuadrado

15

C

15 10 15

C B C

10 10

B B

15

C

15 15

C C

10 15 10 15

B C B C

5705.00.91 5705.00.92

---Las demás ALFOMBRAS Y DEMÁ S REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO, DE FIELTRO, EXCEPTO LOS DE MECHÓ N INSERTADO Y LOS FLOCADOS, INCLUSO CONFECCIONADOS. -De superficie inferior o igual a 0.3 M2 -Los demás LAS DEMÁ S ALFOMBRAS Y REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO, DE MATERIA TEXTIL, INCLUSO CONFECCIONADOS. -De lana o de pelo fino, incluso confeccionadas -Las demás confeccionadas para vehículos automóviles -Alfombras confeccionadas de baño -Las demás, de fibras vegetales del Capítulo 53 -Las demás: --Que presenten paisajes, diseños o dibujos decorativos --Las demás confeccionadas de superficie inferior o igual a un metro cuadrado

10 10

B B

5705.00.99

--Las demás

15

C

5702.92.10 5702.92.20 5702.92.30 5702.92.40 5702.92.90 5702.99 5702.99.10 5702.99.20 5702.99.30 5702.99.91 5702.99.92 5702.99.99 57.03

5703.10.00 5703.20 5703.20.10 5703.20.20 5703.20.30 5703.20.40 5703.20.90 5703.30 5703.30.10 5703.30.20 5703.30.30 5703.30.40 5703.30.90 5703.90 5703.90.10 5703.90.20 5703.90.30 5703.90.91 5703.90.92 5703.90.99 57.04

5704.10.00 5704.90.00 57.05 5705.00.10 5705.00.20 5705.00.30 5705.00.40

DESCRIPCION

CAPITULO 58

Página 179 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 58 58.01 5801.10.00 5801.21.00 5801.22.00 5801.23.00 5801.24.00 5801.25.00 5801.26.00 5801.31.00 5801.32.00 5801.33.00 5801.34.00 5801.35.00 5801.36.00 5801.90 5801.90.10

5801.90.21 5801.90.22 5801.90.29 5801.90.30 5801.90.90 58.02

5802.11.00 5802.19.00 5802.20 5802.20.10

5802.20.21 5802.20.22 5802.20.29 5802.20.30 5802.20.40 5802.20.90 5802.30 5802.30.10

5802.30.21 5802.30.22 5802.30.29 5802.30.30 5802.30.40 5802.30.90 58.03 5803.10.00 5803.90

DESCRIPCION TEJIDOS ESPECIALES; SUPERFICIES TEXTILES CON MECHÓ N INSERTADO; ENCAJES; TAPICERÍA; PASAMANERÍA; BORDADOS. TERCIOPELO Y FELPA, EXCEPTO LOS DE PUNTO, Y TEJIDOS DE CHENILLA, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 58.06 -De lana o pelo fino. -De algodón: --Terciopelo y felpa por trama, sin cortar. --Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy"). (pana rayada, "corduroy"). --Los demás terciopelos y felpas por trama. --Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados). --Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados. --Tejidos de chenilla. -De fibras sintéticas o artificiales: --Terciopelo y felpa por trama, sin cortar. --Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, "corduroy"). --Los demás terciopelos y felpas por trama. --Terciopelo y felpa por urdimbre, sin cortar (rizados). --Terciopelo y felpa por urdimbre, cortados. --Tejidos de chenilla. -De las demás materias textiles: --Impregnados, con baño o recubiertos, revestidos o estratificados con materias plásticas o caucho. --Los demás de fibras vegetales, excepto de algodón: ---De lino; de cáñamo; de ramio. ---De yute. ---Los demás. --Los demás de seda. --Los demás. TEJIDOS CON BUCLES DEL TIPO PARA TOALLA, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 58.06; SUPERFICIES TEXTILES CON MECHÓ N INSERTADO, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 57.03. -Tejidos con bucles del tipo para toalla, de algodón: --Crudos. --Los demás. -Tejidos con bucles del tipo para toalla, de las demás materias textiles: --Impregnados, con baño o recubiertos, revestidos o estratificados con materias plásticas o caucho. --Los demás, de fibras vegetales: ---De lino; de cáñamo; de ramio. ---De yute. ---Los demás. --Los demás, de seda. --Los demás, de lana o pelo fino. --Los demas. -Superficies textiles con mechón insertado: --Impregnados, con baño o recubiertos, revestidos o estratificados con materias plásticas o caucho. --Los demás de fibras vegetales, excepto de algodón: ---De lino; de cáñamo; de ramio. ---Yute. ---Los demás. --Los demás, de seda. --Los demás, de lana o pelo fino. --Los demás. TEJIDOS DE GASA DE VUELTA, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA Nº 58.06. -De algodón. -De las demás materias textiles:

Página 180 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE

A

10 LIBRE LIBRE 10 LIBRE

B A A B A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

10 15 LIBRE 10 10 LIBRE

B C A B B A

LIBRE

A

10 LIBRE LIBRE 10 10 LIBRE

B A A B B A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5803.90.10

5803.90.21 5803.90.22 5803.90.29 5803.90.30 5803.90.40 5803.90.90 58.04

5804.10.00 5804.21.00 5804.29.00 5804.30.00 58.05

5805.00.10 5805.00.90 58.06

5806.10.00 5806.20.00

5806.31.00 5806.32.00 5806.39 5806.39.10 5806.39.90 5806.40.00 58.07 5807.10 5807.10.10 5807.10.90 5807.90 5807.90.10 5807.90.90 58.08

5808.10 5808.10.10 5808.10.90 5808.90 5808.90.10 5808.90.90 5809.00.00

58.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Tejidos elásticos (que no sean de punto) formados por materias textiles asociadas con hilos de caucho. --Los demás, de fibras vegetales, excepto de algodón: ---De lino; de cáñamo; de ramio. ---De yute. ---Los demás. --Los demás, de seda. --Los demás, de lana o pelo fino. --Los demás. TUL, TUL-BOBINOT Y TEJIDOS DE MALLAS ANUDADAS; ENCAJES EN PIEZAS, TIRAS O MOTIVOS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA No. 60.02. -Tul, tul-bobinot y tejidos de mallas anudadas. -Encajes fabricados a máquinas: --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. -Encajes hechos a mano. TAPICERÍA TEJIDA A MANO (GOBELINOS, FLANDES, AUBUSSON, BEAUVAIS Y SIMILARES) Y TAPICERÍA DE AGUJA (POR EJEMPLO: DE "PETIT POINT", DE PUNTO DE CRUZ), INCLUSO CONFECCIONADAS. -De lana o de pelo fino. -Los demás. CINTAS, EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 58.07; CINTAS SIN TRAMA, DE HILADOS O FIBRAS PARALELIZADOS Y AGLUTINADOS. -Cintas de terciopelo, felpa, de tejidos de chenilla o de tejidos con bucles del tipo para toalla. -Las demás cintas, con un contenido de hilos de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5% en peso. -Las demás cintas: --De algodón. --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles: ---De seda. ---Las demás. -Cintas sin trama, de hilados o fibras paralelizados y aglutinados. ETIQUETAS, ESCUDOS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE MATERIA TEXTIL, EN PIEZA, CINTAS O RECORTADOS, SIN BORDAR. -Tejidos: --De seda, de fibras sintéticas o artificiales. --Los demás. -Los demás: --De seda, de fibras sintéticas o artificiales. --Los demás. TRENZAS EN PIEZA; ARTÍCULOS DE PASAMANERÍA Y ARTÍCULOS ORNAMENTALES ANÁ LOGOS, EN PIEZA, SIN BORDAR, EXCEPTO LOS DE PUNTO; BELLOTAS, MADROÑ OS, POMPONES, BORLAS Y ARTÍCULOS SIMILARES. -Trenzas en pieza: --De seda, de fibras sintéticas o artificiales. --Los demás. -Los demás: --De seda, de fibras sintéticas o artificiales. --Las demás. TEJIDOS DE HILOS DE METAL Y TEJIDOS DE HILADOS METÁ LICOS O DE HILADOS TEXTILES METALIZADOS DE LA PARTIDA Nº 56.05, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS EN PRENDAS DE VESTIR, TAPICERÍA O USOS SIMILARES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. BORDADOS EN PIEZA, TIRAS O MOTIVOS.

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE 15

A C

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE 15

A C

LIBRE 15

A C

LIBRE 15

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

Página 181 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 5810.10 5810.10.10 5810.10.90 5810.91 5810.91.10 5810.91.90 5810.92 5810.92.10 5810.92.90 5810.99 5810.99.10 5810.99.90 5811.00.00

DESCRIPCION -Bordados químicos o aéreos y bordados con fondo recortado: --Insignias para uniformes. --Los demás. -Los demás bordados: --De algodón: ---Insignia para uniformes. ---Los demás. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Insignias para uniformes. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Insignias para uniformes. ---Los demás. PRODUCTOS TEXTILES ACOLCHADOS EN PIEZA, CONSTITUIDOS POR UNA O VARIAS CAPAS DE MATERIA TEXTIL COMBINADAS CON UNA MATERIA DE RELLENO Y MANTENIDAS MEDIANTE PUNTADAS U OTRO MODO DE SUJECIÓ N, EXCEPTO LOS BORDADOS DE LA PARTIDA No. 58.10.

Página 182 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 LIBRE

C A

15 LIBRE

C A

15 LIBRE

A A

15 LIBRE LIBRE

C A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

15

C

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

10

B

10 10 15

B B C

10

B

LIBRE LIBRE

A A

15 LIBRE LIBRE

C A A

3

A

3

A

CAPITULO 59 59 59.01

5901.10.00 5901.90.00 59.02

5902.10.00 5902.20.00 5902.90.00 59.03

5903.10.00 5903.20.00 5903.90.00 59.04

5904.10.00 5904.91.00 5904.92.00 5905.00.00 59.06 5906.10.00 5906.91.00 5906.99.00 59.07

5907.00.10 5907.00.90 5908.00.00

5909.00.00 5910.00.00

59.11

TELAS IMPREGNADAS, RECUBIERTAS, REVESTIDAS O ESTRATIFICADAS; ARTÍCULOS TÉ CNICOS DE MATERIA TEXTIL. TELAS RECUBIERTAS DE COLA O MATERIAS AMILÁ CEAS, DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS PARA LA ENCUADERNACIÓ N, CARTONAJE, ESTUCHERÍA O USOS SIMILARES; TRANSPARENTES TEXTILES PARA CALCAR O DIBUJAR; LIENZOS PREPARADOS PARA DIBUJAR; LIENZOS PREPARADOS PARA PINTAR; BUCARÁ N Y TELAS RÍGIDAS SIMILARES DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS EN SOMBRERERÍA. -Telas recubiertas de cola o materias amiláceas, del tipo de las utilizadas para la encuadernación, cartonaje, estuchería o usos similares. -Los demás. NAPAS TRAMADAS PARA NEUMÁ TICOS FABRICADAS CON HILADOS DE ALTA TENACIDAD DE NAILON O DEMÁ S POLIAMIDAS, DE POLIÉ STERES O DE RAYÓ N VISCOSA. -De nailon o demás poliamidas. -De poliésteres -Las demás TELAS IMPREGNADAS, RECUBIERTAS, REVESTIDAS O ESTRATIFICADAS CON PLÁ STICO, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 59.02. -Con policloruro de vinilo -Con poliuretano -Las demás LINÓ LEO, INCLUSO CORTADO; REVESTIMIENTOS PARA EL SUELO FORMADOS POR UN RECUBRIMIENTO O REVESTIMIENTO APLICADO SOBRE UN SOPORTE TEXTIL, INCLUSO CORTADOS. -Linóleo -Los demás: --Con soporte de fieltro punzonado o tela sin tejer. --Con otros soportes textiles. REVESTIMIENTOS DE MATERIA TEXTIL PARA PAREDES. TELAS CAUCHUTADAS, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA N° 59.02. -Cintas adhesivas de anchura inferior o igual a 20 cm -Las demás: --De punto. --Las demás LAS DEMÁ S TELAS IMPREGNADAS, RECUBIERTAS O REVESTIDAS; LIENZOS PINTADOS PARA DECORACIONES DE TEATRO, FONDOS DE ESTUDIO O USOS ANÁ LOGOS. -Lienzos pintados. -Los demás. MECHAS DE MATERIA TEXTIL TEJIDA, TRENZADA O DE PUNTO (EXCEPTO CROCHÉ O GANCHILLO), PARA LÁMPARAS, HORNILLOS, MECHEROS, VELAS O SIMILARES; MANGUITOS DE INCANDESCENCIA Y TEJIDOS DE PUNTO (EXCEPTO CROCHÉ O GANCHILLO) TUBULARES UTILIZADOS PARA SU FABRICACIÓ N, INCLUSO IMPREGNADOS. MANGUERAS PARA BOMBAS Y TUBOS SIMILARES, DE MATERIA TEXTIL, INCLUSO CON ARMADURA O ACCESORIOS DE OTRAS MATERIAS. CORREAS TRANSPORTADORAS O DE TRANSMISIÓ N, DE MATERIA TEXTIL, INCLUSO IMPREGNADAS, RECUBIERTAS, REVESTIDAS O ESTRATIFICADAS CON PLÁ STICO O REFORZADAS CON METAL U OTRA MATERIA. PRODUCTOS Y ARTÍCULOS TEXTILES PARA USOS TÉ CNICOS MENCIONADOS EN LA NOTA 7 DE ESTE CAPÍTULO.

Página 183 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

5911.10

-Telas, fieltro y tejidos forrados de fieltro, combinados con una o varias capas de caucho, cuero u otra materia, del tipo de los utilizados para la fabricación de guarniciones de cardas y productos análogos para otros usos técnicos, incluidas las cintas de terciopelo impregnadas de caucho para forrar enjulios:

5911.10.10

5911.90 5911.90.10

--Geomembranas o geotextiles, el tipo utilizado para filtración o contención de tierra, en la construcción. --Los demás. -Gasas y telas para cerner, incluso confeccionadas. -Telas y fieltros sin fin o con dispositivos de unión, del tipo de los utilizados en las máquinas de fabricar papel o máquinas similares (por ejemplo: para pasta, para amiantocemento): --De gramaje inferior a 650 g/m2. --De gramaje superior o igual a 650 g/m2. -Capachos y telas gruesas del tipo de los utilizados en las prensas de aceite o para usos técnicos análogos, incluidos los de cabello. -Los demás: --Juntas (empaquetaduras) para bombas, motores, etc., arandelas, membranas.

5911.90.20 5911.90.90

--Láminas filtrantes. --Los demás

5911.10.90 5911.20.00

5911.31.00 5911.32.00 5911.40.00

Página 184 de 327

TASA BASE

PLAZO

10

B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

10 LIBRE

B A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

CAPITULO 60 60 60.01 6001.10.00 6001.21.00 6001.22.00 6001.29.00 6001.91.00 6001.92.00 6001.99.00 60.02 6002.10.00 6002.20.00 6002.30.00

6002.41.00 6002.42.00 6002.43.00 6002.49.00 6002.91.00 6002.92.00 6002.93.00 6002.99.00

TEJIDOS DE PUNTO TERCIOPELO, FELPA (INCLUIDOS LOS TEJIDOS DE PUNTO "DE PELO LARGO") Y TEJIDOS CON BUCLES, DE PUNTO. -Tejidos "de pelo largo". -Tejidos con bucles: --De algodón --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. -Los demás: --De algodón --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. LOS DEMÁ S TEJIDOS DE PUNTO. - De anchura inferior o igual a 30 cm, con un contenido de hilados de elastó meros o de hilos de caucho superior o igual al 5% en peso. -Los demás, de anchura inferior o igual a igual a 30 cm. -De anchura superior a 30 cm, con un contenido de hilados de elastómeros o de hilos de caucho superior o igual al 5% en peso. -Los demás, de punto por urdimbre (incluidos los obtenidos en telares de pasamanería): --De lana o pelo fino --De algodón --De fibras sintéticas o artificiales --Los demás -Los demás: --De lana o pelo fino --De algodón --De fibras sintéticas o artificiales --Los demás

Página 185 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10 10

C C C

10 10 10 10

C C C C

10 10 10 10

C C C C

10 10 10 10

C C C C

CAPITULO 61 61 61.01

6101.10 6101.10.10 6101.10.20 6101.20 6101.20.10 6101.20.20 6101.30 6101.30.10 6101.30.20 6101.90 6101.90.10 6101.90.20 61.02

6102.10 6102.10.10 6102.10.20 6102.20 6102.20.10 6102.20.20 6102.30 6102.30.10 6102.30.20 6102.90 6102.90.10 6102.90.20 61.03

6103.11.00 6103.12.00 6103.19.00 6103.21.00 6103.22.00 6103.23.00 6103.29.00 6103.31.00 6103.32.00 6103.33.00 6103.39.00

6103.41.00 6103.42.00 6103.43.00 6103.49.00

PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE PUNTO. ABRIGOS, CHAQUETONES, CAPAS, ANORAKS, CAZADORAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE PUNTO, PARA HOMBRES O NIÑ OS, EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 61.03. -De lana o pelo fino: --Para hombres. --Para niños. -De algodón: --Para hombres. --Para niños. -De fibras sintéticas o artificiales: --Para hombres. --Para niños. -De las demás materias textiles: --Para hombres. --Para niños. ABRIGOS, CHAQUETONES, CAPAS, ANORAKS, CAZADORAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE PUNTO, PARA MUJERES O NIÑ AS, EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 61.04. -De lana o pelo fino: --Para mujeres. --Para niñas. -De algodón: --Para mujeres. --Para niñas. -De fibras sintéticas o artificiales: --Para mujeres. --Para niñas. -De las demás materias textiles: --Para mujeres. --Para niñas. TRAJES (AMBOS O TERNOS), CONJUNTOS, CHAQUETAS (SACOS), PANTALONES LARGOS, PANTALONES CON PETO, PANTALONES CORTOS (CALZONES) Y "SHORTS" (EXCEPTO DE BAÑ O), DE PUNTO, PARA HOMBRES Y NIÑ OS. -Trajes (ambos o ternos): --De lana o pelo fino. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Conjuntos: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Chaquetas (sacos): --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y "shorts": --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles.

Página 186 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 61.04

6104.11 6104.11.10 6104.11.20 6104.12 6104.12.10 6104.12.20 6104.13 6104.13.10 6104.13.20 6104.19 6104.19.10 6104.19.20 6104.21.00 6104.22.00 6104.23.00 6104.29.00 6104.31.00 6104.32.00 6104.33.00 6104.39.00 6104.41 6104.41.10 6104.41.20 6104.42 6104.42.10 6104.42.20 6104.43 6104.43.10 6104.43.20 6104.44 6104.44.10 6104.44.20 6104.49 6104.49.10 6104.49.20 6104.51.00 6104.52.00 6104.53.00 6104.59.00

6104.61.00 6104.62.00 6104.63.00 6104.69.00 61.05 6105.10.00 6105.20.00 6105.90.00 61.06

DESCRIPCION TRAJES SASTRE, CONJUNTOS, CHAQUETAS (SACOS), VESTIDOS, FALDAS, FALDAS PANTALON, PANTALONES LARGOS, PANTALONES CON PETO, PANTALONES CORTOS (CALZONES) Y "SHORTS" (EXCEPTO DE BAÑ O), DE PUNTO, PARA MUJERES O NIÑ AS. -Trajes sastre: --De lana o pelo fino: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras sintéticas: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Conjuntos: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Chaquetas (sacos): --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Vestidos: --De lana o pelo fino: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras sintéticas: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Faldas y faldas pantalón: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y "shorts": --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. CAMISAS DE PUNTO PARA HOMBRES O NIÑ OS. -De algodón. -De fibras sintéticas o artificiales. -De las demás materias textiles. CAMISAS, BLUSAS Y BLUSAS CAMISERAS, DE PUNTO, PARA MUJERES O NIÑ AS.

Página 187 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

10 10 10 10

C C C C

10 10 10 10

C C C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

10 10 10 10

C C C C

10 10 10 10

C C C C

15 10 10

C C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6106.10 6106.10.10 6106.10.20 6106.20 6106.20.10 6106.20.20 6106.90 6106.90.10 6106.90.20 61.07

6107.11 6107.11.10 6107.11.20 6107.12 6107.12.10 6107.12.20 6107.19 6107.19.10 6107.19.20 6107.21 6107.21.10 6107.21.20 6107.22 6107.22.10 6107.22.20 6107.29 6107.29.10 6107.29.20 6107.91 6107.91.10 6107.91.20 6107.92 6107.92.10 6107.92.20 6107.99 6107.99.10 6107.99.20 61.08

6108.11 6108.11.10 6108.11.20 6108.19 6108.19.10 6108.19.20

6108.21 6108.21.10 6108.21.20 6108.22 6108.22.10

DESCRIPCION -De algodón: --Para mujeres. --Para niñas. -De fibras sintéticas o artificiales: --Para mujeres. --Para niñas. -De las demás materias textiles: --Para mujeres. --Para niñas. CALZONCILLOS, "SLIPS", CAMISONES, PIJAMAS, ALBORNOCES, BATAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE PUNTO, PARA HOMBRES O NIÑ OS. -Calzoncillos y "slips": --De algodón: ---Para hombres. ---Para niños. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para hombres. ---Para niños. --De las demás materias textiles: ---Para hombres. ---Para niños. -Camisones y pijamas: --De algodón: ---Para hombres. ---Para niños. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para hombres. ---Para niños. --De las demás materias textiles: ---Para hombres. ---Para niños. -Los demás: --De algodón: ---Para hombres. ---Para niños. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para hombres. ---Para niños. --De las demás materias textiles: ---Para hombres. ---Para niños. COMBINACIONES, ENAGUAS, BRAGAS DE PUNTO, PARA HOMBRES O NIÑ OS. (BOMBACHAS, CALZONES) (INCLUSO LAS QUE NO LLEGAN HASTA LA CINTURA), CAMISONES, PIJAMAS, SALTOS DE CAMA, ALBORNOCES, BATAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE PUNTO, PARA MUJERES O NIÑ AS. -Combinaciones y enaguas: --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Bragas (bombachas, calzones) (incluso las que no llegan hasta la cintura): --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para mujeres.

Página 188 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6108.22.20 6108.29 6108.29.10 6108.29.20 6108.31 6108.31.10 6108.31.20 6108.32 6108.32.10 6108.32.20 6108.39 6108.39.10 6108.39.20 6108.91 6108.91.10 6108.91.20 6108.92 6108.92.10 6108.92.20 6108.99 6108.99.10 6108.99.20 61.09 6109.10 6109.10.10 6109.10.90 6109.90 6109.90.10 6109.90.90 61.10 6110.10 6110.10.10 6110.10.90 6110.20 6110.20.10 6110.20.90 6110.30 6110.30.10 6110.30.90 6110.90 6110.90.10 6110.90.90 61.11 6111.10 6111.10.10 6111.10.90 6111.20 6111.20.10 6111.20.90 6111.30 6111.30.10 6111.30.90 6111.90 6111.90.10 6111.90.90

DESCRIPCION ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Camisones y pijamas: --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Los demás: --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. "T-SHIRTS" Y CAMISETAS INTERIORES, DE PUNTO. -De algodón: --Blancas y sin estampados. --Las demás. -De las demás materias textiles: --Blancas y sin estampados. --Las demás. SUÉ TERES (JERSEYS), "PULLOVERS", "CARDIGANS", CHALECOS Y ARTÍCULOS SIMILARES, INCLUIDOS LOS "SOUS-PULL", DE PUNTO. -De lana o pelo fino: --Para hombres y mujeres. --Los demás. -De algodón: --Con cuello, excepto blancas. --Los demás. -De fibras sintéticas o artificiales: --Con cuello, excepto blancas. --Los demás. -De las demás materias textiles: --Con cuello, excepto blancas. --Los demás. PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE PUNTO, PARA BEBÉ S. -De lana o pelo fino: --Camisa hasta talla 4T. --Las demás. -De algodón: --Camisas de algodón hasta talla 4T. --Las demás. -De fibras sintéticas: --Camisas hasta talla 4T. --Las demás. -De las demás materias textiles: --Camisas hasta talla 4T. --Las demás.

Página 189 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

15 15

C C

10 10

C C

10 10

EXCL. EXCL.

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 61.12

6112.11.00 6112.12.00 6112.19.00 6112.20.00 6112.31.00 6112.39.00 6112.41.00 6112.49.00 6113.00.00 61.14 6114.10.00 6114.20.00 6114.30.00 6114.90.00 61.15

6115.11 6115.11.10 6115.11.90 6115.12 6115.12.10 6115.12.90 6115.19 6115.19.10 6115.19.90 6115.20.00 6115.91.00 6115.92.00 6115.93 6115.93.10 6115.93.90 6115.99 6115.99.10 6115.99.90 61.16 6116.10 6116.10.10 6116.10.90 6116.91 6116.91.10 6116.91.90 6116.92 6116.92.10 6116.92.90 6116.93 6116.93.10 6116.93.90 6116.99

DESCRIPCION CONJUNTOS DE ABRIGO PARA ENTRENAMIENTO O DEPORTE, MONOS (OVEROLES) MIENTO O DEPORTE, MONOS (OVEROLES) Y CONJUNTOS DE ESQUÍ, Y BAÑ ADORES, DE PUNTO. -Conjuntos de abrigo para entrenamiento o deporte: --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Monos (overoles) y conjuntos de esquí. -Bañadores para hombres o niños: --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Bañadores para mujeres o niñas: --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. PRENDAS DE VESTIR CONFECCIONADAS CON TEJIDOS DE PUNTO DE LAS PARTIDAS Nos. 59.03, 59.06 ó 59.07. LAS DEMÁ S PRENDAS DE VESTIR, DE PUNTO. -De lana o pelo fino. -De algodón. -De fibras sintéticas o artificiales. -De las demás materias textiles. CALZAS, "PANTY - MEDIAS", LEOTARDOS, MEDIAS, CALCETINES Y DEMÁ S ARTÍCULOS DE CALCETERÍA, INCLUSO PARAS VÁ RICES, DE -Calzas, "panty-medias" y leotardos: --De fibras sintéticas de título inferior a 67 decitex, por hilo sencillo. ---Leotardos y demás mallas de baile. ---Las demás. --De fibras sintéticas de título superior o igual a 67decitex, por hilo sencillo: ---Leotardos y demás mallas de baile. ---Las demás. --De las demás materias textiles: ---Leotardos y demás mallas de baile. ---Las demás. -Medias de mujer de título inferior a 67 decitex, por hilo sencillo. -Los demás: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas: ---Medias elásticas cauchutadas, hasta la rodilla, para uso médico en la terapia de várices, excepto medias cortas y pantymedias. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Medias elásticas cauchutadas, hasta la rodilla, para uso médico en la terapia de várices, excepto medias cortas y pantymedias. ---Los demás. GUANTES, MITONES Y MANOPLAS, DE PUNTO. -Impregnados, recubiertos o revestidos con plástico o caucho: --Protectores para trabajadores. --Los demás. -Los demás: --De lana o pelo fino: ---Protectores para trabajadores. ---Los demás. --De algodón: ---Protectores para trabajadores. ---Los demás. --De fibras sintéticas: ---Protectores para trabajadores. ---Las demás. --De las demás materias textiles:

Página 190 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 10

C C C C

10 10

C C

10 10 10

C C C

10 10 10 10

C C C EXCL.

10 15

B EXCL.

10 15

EXCL. EXCL.

10 15 15

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15

B

15

EXCL.

15

EXCL.

15

EXCL.

10 10

B C

10 10

C C

10 10

B B

10 10

B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6116.99.10 6116.99.90 61.17

6117.10.00 6117.20.00 6117.80 6117.80.10 6117.80.91 6117.80.99 6117.90 6117.90.10 6117.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Protectores para trabajadores. ---Los demás. LOS DEMÁ S COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR CONFECCIONADOS, DE PUNTO; PARTES DE PRENDAS O DE COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, DE PUNTO. -Chales, pañuelos de cuello, bufandas, mantillas, velos y artículos similares.

10 10

C C

15

B

-Corbatas y lazos similares. -Los demás complementos (accesorios) de vestir: --Cinturillas, cinturones y bandoleras. --Los demás: ---Impregnados, recubiertos o revestidos con caucho o combinados con hilos de caucho. ---Los demás. -Partes: --De materias textiles impregnados, recubiertos o revestidos con caucho o combinados con hilos de caucho. --Los demás.

10

C

10

C

15

B

15

B

15

C

15

B

Página 191 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 10

C B B B

10 10 10 10

C C B C

10 10 10 10

C C C B

10 10 10 10

C C B C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 10

C C

CAPITULO 62 62 62.01

6201.11.00 6201.12.00 6201.13.00 6201.19.00 6201.91.00 6201.92.00 6201.93.00 6201.99.00 62.02

6202.11.00 6202.12.00 6202.13.00 6202.19.00 6202.91.00 6202.92.00 6202.93.00 6202.99.00 62.03

6203.11 6203.11.10 6203.11.90 6203.12 6203.12.10 6203.12.90 6203.19 6203.19.10 6203.19.90 6203.21 6203.21.10 6203.21.90 6203.22 6203.22.10 6203.22.90 6203.23 6203.23.10 6203.23.90 6203.29 6203.29.10 6203.29.90 6203.31

PRENDAS Y COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, EXCEPTO LOS DE PUNTO. ABRIGOS, CHAQUETONES, CAPAS, ANORAKS, CAZADORAS Y ARTÍ CULOS SIMILARES, PARA HOMBRES O NIÑ OS, SIMILARES, PARA HOMBRES O NIÑ OS, EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 62.03. -Abrigos, impermeables, chaquetones, capas y artículos similares: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. -Los demás: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. ABRIGOS, CHAQUETONES, CAPAS, ANORAKS, CAZADORAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, PARA MUJERES O NIÑ AS, EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 62.04. -Abrigos, impermeables, chaquetones, capas y artículos similares: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. -Los demás: --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. TRAJES (AMBOS O TERNOS), CONJUNTOS, CHAQUETAS (SACOS), PANTALONES LARGOS, PANTALONES CON PETO, PANTALONES CORTOS (CALZONES) Y "SHORTS" (EXCEPTO DE BAÑ O), PARA HOMBRES O NIÑ OS. -Trajes (ambos o ternos): --De lana o pelo fino: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. --De fibras sintéticas: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. -Conjuntos: --De lana o pelo fino: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. --De algodón: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. --De fibras sintéticas: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Para niños, con pantalón largo de talla 4 al 16. ---Los demás. -Chaquetas (sacos): --De lana o pelo fino:

Página 192 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6203.31.10 6203.31.90 6203.32 6203.32.10 6203.32.90 6203.33 6203.33.10 6203.33.90 6203.39 6203.39.10 6203.39.90

6203.41 6203.41.11 6203.41.12 6203.41.13 6203.41.21 6203.41.22 6203.41.23 6203.41.24 6203.42 6203.42.11 6203.42.12 6203.42.13 6203.42.14 6203.42.19 6203.42.21 6203.42.22 6203.42.23 6203.42.24 6203.42.25 6203.43 6203.43.11 6203.43.12 6203.43.13 6203.43.14 6203.43.19 6203.43.21 6203.43.22 6203.43.23 6203.43.24 6203.43.25 6203.49 6203.49.11 6203.49.12 6203.49.13 6203.49.14 6203.49.19

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Camisillas, guayaberas y otros sacos camisas. ---Los demás. --De algodón: ---Camisillas, guayaberas y otros sacos camisas. ---Los demás. --De fibras sintéticas: ---Camisillas, guayaberas y otros sacos camisas. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Camisillas, guayaberas y otros sacos camisas. ---Los demás. -Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y "shorts": --De lana o pelo fino: ---Pantalones cortos (calzones) y "shorts", incluso con peto: ----Sin peto, para hombres. ----Sin peto, para niños. ----Con peto. ---Largos, incluso con peto: ----Sin peto, para hombres, con valor CIF superior a B/.100.00 la docena. ----Sin peto, para hombres, con valor CIF inferior o igual a B/.100.00 la docena.

15 10

C C

15 10

C C

15 10

B B

15 10

C C

10 15 10

C C C

10 15

C C

----Sin peto, para niños. ----Con peto. --De algodón: ---Pantalones cortos (calzones) y "shorts", incluso con peto: ----Uniformes escolares para gimnasia. ----Los demás, de uniformes escolares. ----Los demás, sin peto,para niños. ----Con peto. ----Los demás. ---Largos, incluso con peto: ----Uniformes escolares hasta talla 18. ----Sin peto, para hombres, con valor CIF superior a B/.100.00 la docena. ----Sin peto, para hombres, con valor CIF inferior o igual a B/.100.00 la docena.

15 10

C C

15 15 15 10 10

C C C C C

15 10 15

C C C

----Sin peto, para niños. ----Con peto. --De fibras sintéticas: ---Pantalones cortos (calzones) y "shorts", incluso con peto: ----Uniformes escolares para gimnasia. ----Los demás, de uniformes escolares. ----Los demás, sin peto, para niños. ----Con peto. ----Los demás. ---Largos, incluso con peto: ----Uniformes escolares hasta talla 18. ----Sin peto, para hombres con valor CIF superior a B/.100.00 la docena. ----Sin peto, para hombres, con valor CIF inferior o igual a B/.100.00 la docena.

15 10

C C

15 15 15 10 10

C C C C C

15 10 15

C C C

----Sin peto, para niños. ----Con peto. --De las demás materias textiles: ---Pantalones cortos (calzones) y "shorts", incluso con peto: ----Uniformes escolares para gimnasia. ----Los demás, de uniformes escolares. ----Los demás, sin peto, para niños. ----Con peto. ----Los demás. ---Largos, incluso con peto:

15 10

C C

15 15 15 10 10

C C C C C

Página 193 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

6203.49.21 6203.49.22 6203.49.23

----Uniformes escolares hasta talla 18. ----Sin peto, para hombres, con valor CIF superior a B/.100.00 la docena. ----Sin peto, para hombres, con valor CIF inferior o igual a B/.100.00 la docena.

15 15 15

C C C

6203.49.24 6203.49.25 62.04

----Sin peto, para niños. ----Con peto. TRAJES SASTRE, CONJUNTOS, CHAQUETAS (SACOS), VESTIDOS, FALDAS, FALDAS PANTALÓ N, PANTALONES LARGOS, PANTALONES CON PETO, PANTALONES CORTOS (CALZONES) Y "SHORTS" (EXCEPTO DE BAÑ O), PARA MUJERES O NIÑ AS. -Trajes sastre: --De lana o pelo fino: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De fibras sintéticas: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. -Conjuntos: --De lana o pelo fino: ---Para mujeres: ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Los demás. ---Para niñas: ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF superior a B/.96.00 la docena. ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF inferior o igual a B/.96.00 la docena. ----Los demás, con falda o falda pantalón. ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Con pantalón largo, con valor CIF superior a B/.108.00 la docena. ----Con pantalón largo, con valor CIF inferior o igual a B/.108.00 la docena. --De algodón: ---Para mujeres: ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Los demás. ---Para niñas: ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF superior a B/.96.00 la docena. ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF inferior o igual a B/.96.00 la docena. ----Los demás, con falda o falda pantalón. ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Con pantalón largo, con valor CIF superior a B/.108.00 la docena. ----Con pantalón largo, con valor CIF inferior o igual a B/.108.00 la docena. --De fibras sintéticas: ---Para mujeres:

15 10

C C

15

C

15 15

C C

15

C

15 15

C C

15

C

15 15

C C

15

C

15 15

C C

10 15

C C

15

C

15

C

15 10 15 15

C C C C

10 15

C C

15

C

15

C

15 10 15 15

C C C C

6204.11 6204.11.10 6204.11.21 6204.11.29 6204.12 6204.12.10 6204.12.21 6204.12.29 6204.13 6204.13.10 6204.13.21 6204.13.29 6204.19 6204.19.10 6204.19.21 6204.19.29 6204.21 6204.21.11 6204.21.19 6204.21.21 6204.21.22 6204.21.23 6204.21.24 6204.21.25 6204.21.26 6204.22 6204.22.11 6204.22.19 6204.22.21 6204.22.22 6204.22.23 6204.22.24 6204.22.25 6204.22.26 6204.23

Página 194 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6204.23.11 6204.23.19 6204.23.21 6204.23.22 6204.23.23 6204.23.24 6204.23.25 6204.23.26 6204.29 6204.29.11 6204.29.19 6204.29.21 6204.29.22 6204.29.23 6204.29.24 6204.29.25 6204.29.26 6204.31.00 6204.32.00 6204.33.00 6204.39.00 6204.41 6204.41.10 6204.41.21 6204.41.29 6204.42 6204.42.10 6204.42.21 6204.42.29 6204.43 6204.43.10 6204.43.21 6204.43.29 6204.44 6204.44.10 6204.44.21 6204.44.29 6204.49 6204.49.10 6204.49.21 6204.49.29 6204.51 6204.51.10 6204.51.20 6204.51.90 6204.52

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Los demás. ---Para niñas: ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF superior a B/.96.00 la docena. ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF inferior o igual a B/.96.00 la docena. ----Los demás, con falda o falda pantalón. ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Con pantalón largo, con valor CIF superior a B/.108.00 la docena. ----Con pantalón largo, con valor CIF inferior o igual a B/.108.00 la docena. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres: ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Los demás. ---Para niñas: ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF superior a B/.96.00 la docena. ----Con falda o falda pantalón, hasta talla 6x, con valor CIF inferior o igual a B/.96.00 la docena.' ----Los demás, con falda o falda pantalón. ----Con pantalón corto (calzón) o "short". ----Con pantalón largo, con valor CIF superior a B/.108.00 a docena. ----Con pantalón largo, con valor CIF inferior o igual a B/.108.00 la docena. -Chaquetas (sacos): --De lana o pelo fino. --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Vestidos: --De lana o pelo fino: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De fibras sintéticas: ---Para mujeres. ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De fibras artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas: ----Hasta talla 6x. ----Los demás. -Faldas y faldas pantalón: --De lana o pelo fino: ---Para mujeres. ---Para niñas hasta talla 6x. ---Los demás. --De algodón:

10 15

C C

15

C

15

C

15 10 15 15

C C C C

10 15

C C

15

C

15

C

15 10 15 15

C C C C

5 5 5 5

A A A A

15

C

15 15

C C

15

C

15 15

C C

15 15 15

C C C

15

C

15 15

C C

15

C

15 15

C C

15 15 15

C C C

Página 195 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6204.52.10 6204.52.20 6204.52.30 6204.52.90 6204.53 6204.53.10 6204.53.20 6204.53.30 6204.53.90 6204.59 6204.59.10 6204.59.20 6204.59.30 6204.59.90

6204.61 6204.61.10 6204.61.20 6204.61.30 6204.62 6204.62.11 6204.62.12 6204.62.19 6204.62.21 6204.62.22 6204.62.29 6204.63 6204.63.11 6204.63.12 6204.63.19 6204.63.21 6204.63.22 6204.63.29 6204.69 6204.69.11 6204.69.12 6204.69.19 6204.69.21 6204.69.22 6204.69.29 62.05 6205.10 6205.10.11 6205.10.19 6205.10.20 6205.20 6205.20.11 6205.20.19 6205.20.21

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Uniformes escolares hasta talla 18. ---Los demás, para mujeres. ---Los demás, para niñas, hasta talla 6x. ---Los demás. --De fibras sintéticas: ---Uniformes escolares hasta talla 18. ---Los demás, para mujeres. ---Los demás, para niñas, hasta talla 6x. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Uniformes escolares hasta talla 18. ---Los demás, para mujeres. ---Los demás, para niñas, hasta talla 6x. ---Los demás. -Pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y "shorts": --De lana o pelo fino: ---"Shorts" y pantalones cortos (calzones), sin peto. ---Largos, sin peto. ---Con peto. --De algodón: ---"Shorts" y pantalones cortos (calzones), incluso con peto: ----Uniformes escolares para gimnasia. ----Los demás, con peto. ----Los demás. ---Largos, incluso con peto: ----Sin peto, de tejido de mezclilla ("Denin") o tipo "jeans", para niñas, hasta talla 16. ----Con peto. ----Los demás. --De fibras sintéticas: ---"Shorts" y pantalones cortos (calzones), incluso con peto: ----Uniformes escolares para gimnasia. ----Los demás, con peto. ----Los demás. ---Largos, incluso con peto: ----Sin peto, tipo "jeans", para niñas, hasta talla 16. ----Los demás, con peto. ----Los demás. --De las demás materias textiles: ---"Shorts" y pantalones cortos (calzones), incluso con peto: ----Uniformes escolares para gimnasia. ----Los demás, con peto. ----Los demás. ---Largos, incluso con peto: ----Sin peto, tipo "jeans", para niñas, hasta talla 16. ----Los demás, con peto. ----Los demás. CAMISAS PARA HOMBRES O NIÑ OS. -De lana o pelo fino: --Para hombres: ---Con valor CIF menor de B/.66.00 la docena. ---Las demás. --Para niños. -De algodón: --Para hombres: ---Con valor CIF menor de B/.66.00 la docena. ---Las demás. --Para niños: ---Para uniformes escolares

15 15 15 15

C C C C

15 15 15 15

C C C C

15 15 15 15

C C C C

10 15 10

C C C

15 10 10

C C C

15

C

10 15

C C

15 10 10

C C C

15 10 15

C C C

15 10 10

C C C

15 10 15

C C C

15 15 15

C C C

15 15

C C

15

C

Página 196 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6205.20.29 6205.30 6205.30.11 6205.30.19 6205.30.21 6205.30.29 6205.90 6205.90.11 6205.90.12 6205.90.19 6205.90.21 6205.90.29 62.06 6206.10 6206.10.10 6206.10.20 6206.20 6206.20.10 6206.20.20 6206.30 6206.30.10 6206.30.20 6206.30.90 6206.40 6206.40.10 6206.40.20 6206.40.90 6206.90 6206.90.10 6206.90.20 6206.90.90 62.07

6207.11 6207.11.10 6207.11.20 6207.19 6207.19.10 6207.19.20 6207.21 6207.21.10 6207.21.20 6207.22 6207.22.10 6207.22.20 6207.29 6207.29.10 6207.29.20 6207.91 6207.91.10

DESCRIPCION ---Los demás. -De fibras sintéticas o artificiales: --Para hombres: ---Con valor CIF menor de B/.66.00 la docena. ---Las demás. --Para niños: ---Para uniformes escolares ---Los demás. -De las demás materias textiles: --Para hombres: ---Con valor CIF menor de B/.66.00 la docena. ---De seda o desperdicios de seda, con valor CIF igual o superior a B/.66.00 la docena ---Las demás. --Para niños: ---Para uniformes escolares. ---Los demás. CAMISAS, BLUSAS Y BLUSAS CAMISERAS, PARA MUJERES O NIÑ AS. -De seda o desperdicios de seda: --Para mujeres. --Para niñas. -De lana o pelo fino: --Para mujeres. --Para niñas. -De algodón: --Para mujeres. --Para uniformes escolares, hasta talla 16 --Los demás, para niñas. -De fibras sintéticas o artificiales: --Para mujeres. --Para uniformes escolares, hasta talla 16. --Los demás, para niñas. -De las demás materias textiles: --Para mujeres. --Para uniformes escolares, hasta talla 16. --Los demás, para niñas. CAMISETAS INTERIORES, CALZONCILLOS, “SLIPS”, CAMISONES, PIJAMAS, ALBORNOCES, BATAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, PARA HOMBRES O NIÑ OS. -Calzoncillos y "slips": --De algodón: ---Para hombres. ---Para niños. --De las demás materias textiles: ---Para hombres. ---Para niños. -Camisones y pijamas: --De algodón: ---Para hombres. ---Para niños. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para hombres. ---Para niños. --De las demás materias textiles: ---Para hombres. ---Para niños. -Los demás: --De algodón: ---Batas, albornoces y artículos similares ---Camisetas interiores:

Página 197 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15

C

15 15

C C

15 10

C C

15 10

C C

15 15 10

C C C

15 15 10

C C C

15 15 10

C C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6207.91.21 6207.91.29 6207.91.90 6207.92 6207.92.10 6207.92.21 6207.92.29 6207.92.90 6207.99 6207.99.10 6207.99.21 6207.99.29 6207.99.90 62.08

6208.11 6208.11.10 6208.11.20 6208.19 6208.19.10 6208.19.20 6208.21 6208.21.10 6208.21.20 6208.22 6208.22.10 6208.22.20 6208.29 6208.29.10 6208.29.20 6208.91 6208.91.11 6208.91.12 6208.91.21 6208.91.29 6208.91.91 6208.91.92 6208.92 6208.92.11 6208.92.12 6208.92.21 6208.92.29 6208.92.91 6208.92.92 6208.99 6208.99.11

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Blancas, sin estampados. ----Los demás. ---Los demás. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Batas, albornoces y artículos similares ---Camisetas interiores: ----Blancas, sin estampados. ----Los demás. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Batas, albornoces y artículos similares ---Camisetas interiores: ----Blancas, sin estampados. ----Los demás. ---Los demás. CAMISETAS INTERIORES, COMBINACIONES, ENAGUAS, BRAGAS (BOMBACHAS, CALZONES) (INCLUSO LAS QUE NO LLEGAN HASTA LA CINTURA), CAMISONES, PIJAMAS, SALTOS DE CAMA, ALBORNOCES, BATAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, PARA MUJERES O NI Ñ AS. -Combinaciones y enaguas: --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Camisones y pijamas: --De algodón: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Para mujeres. ---Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Para mujeres. ---Para niñas. -Los demás: --De algodón: ---Bragas (bombachas, calzones): ----Para mujeres. ----Para niñas. ---Camisetas de interiores: ----Blancas, sin estampado. ----Los demás. ---Los demás: ----Para mujeres. ----Para niñas. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Bragas (bombachas, calzones): ----Para mujeres. ----Para niñas. ---Camisetas interiores: ----Blancas, sin estampado. ----Los demás. ---Los demás: ----Para mujeres. ----Para niñas. --De las demás materias textiles: ---Bragas (bombachas, calzones): ----Para mujeres.

10 15 15

C C C

15

C

10 10 15

C C C

15

C

10 10 15

C C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

10 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

10 10

C C

15 15

C C

15

C

Página 198 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6208.99.12 6208.99.21 6208.99.29 6208.99.91 6208.99.92 62.09 6209.10.00 6209.20.00 6209.30.00 6209.90.00 62.10 6210.10.00 6210.20.00 6210.30.00 6210.40.00 6210.50.00 62.11

6211.11.00 6211.12.00 6211.20.00 6211.31.00 6211.32 6211.32.10 6211.32.90 6211.33 6211.33.10 6211.33.90 6211.39 6211.39.10 6211.39.90 6211.41.00 6211.42 6211.42.10 6211.42.90 6211.43 6211.43.10 6211.43.90 6211.49 6211.49.10 6211.49.90 62.12

6212.10.00 6212.20.00 6212.30.00 6212.90 6212.90.10 6212.90.20 6212.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Para niñas. ---Camisetas interiores: ----Blancas, sin estampado. ----Los demás. ---Los demás: ----Para mujeres. ----Para niñas. PRENDAS Y COMPLEMENTOS DE VESTIR, PARA BEBÉ S. -De lana o pelo fino. -De algodón. -De fibras sintéticas. -De las demás materias textiles. PRENDAS DE VESTIR CONFECCIONADAS CON PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS Nos 56.02, 56.03, 59.03, 59.06 ó 59.07. -Con productos de las partidas Nos 56.02 ó 56.03. -Las demás prendas de vestir del tipo de las citadas en las subpartidas Nos. 6201.11 a 6201.19. -Las demás prendas de vestir del tipo de las cita das en las subpartidas Nos. 6202.11 a 6202.19. -Las demás prendas de vestir para hombres o niños. -Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas CONJUNTOS DE ABRIGO PARA ENTRENAMIENTO O DEPORTE, MONOS (OVEROLES) Y CONJUNTOS DE ESQUÍ, Y BAÑ ADORES; LAS DEMÁ S PRENDAS DE VESTIR. -Bañadores (trajes y pantalones de baño): --Para hombres o niños. --Para mujeres o niñas. -Monos (overoles) y conjuntos de esquí. -Las demás prendas de vestir para hombres o niños: --De lana o pelo fino. --De algodón: ---Batas y delantales para uso médico o quirúrgico. ---Los demás. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Batas y delantales para uso médico o quirúrgico. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Batas y delantales para uso médico o quirúrgico. ---Los demás. -Las demás prendas de vestir para mujeres o niñas: --De lana o pelo fino. --De algodón: ---Batas y delantales para uso médico o quirúrgico. ---Los demás. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Batas y delantales para uso médico o quirúrgico. ---Los demás. --De las demás materias textiles: ---Batas y delantales para uso médico o quirúrgico. ---Los demás. SOSTENES (CORPIÑ OS), FAJAS, CORSÉ S, TIRANTES (TIRADORES), LIGAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, Y SUS PARTES, INCLUSO DE PUNTO. -Sostenes (corpiños). -Fajas y fajas braga (fajas bombacha). -Fajas sostén (fajas corpiño). -Los demás: --Tirantes (tiradores) y ligas. --Cinturillas --Los demás.

15

C

10 15

C C

15 15

C C

10 10 10 10

C C C C

10 10

C C

10

C

10 10

C B

10 10 10

B B C

10

C

5 10

B B

5 10

B C

5 10

B C

10

C

5 10

B C

5 10

B B

5 10

B C

15 15 15

C C C

15 LIBRE 15

C A C

Página 199 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 62.13 6213.10.00 6213.20.00 6213.90.00 62.14 6214.10.00 6214.20.00 6214.30.00 6214.40.00 6214.90.00 62.15 6215.10.00 6215.20.00 6215.90.00 62.16 6216.00.10 6216.00.90 62.17

6217.10 6217.10.10 6217.10.20 6217.10.31 6217.10.39 6217.10.40 6217.10.90 6217.90.00

DESCRIPCION PAÑ UELOS DE BOLSILLO. -De seda o desperdicios de seda. -De algodón. -De las demás materias textiles. CHALES, PAÑ UELOS DE CUELLO, BUFANDAS, MANTILLAS, VELOS Y ARTÍCULOS SIMILARES. -De seda o desperdicios de seda. -De lana o pelo fino. -De fibras sintéticas. -De fibras artificiales. -De las demás materias textiles. CORBATAS Y LAZOS SIMILARES. -De seda o desperdicios de seda. -De fibras sintéticas o artificiales. -De las demás materias textiles. GUANTES MITONES Y MANOPLAS. -Para trabajadores. -Los demás. LOS DEMÁ S COMPLEMENTOS (ACCESORIOS) DE VESTIR; PARTES DE PRENDAS O DE COMPLEMENTOS (ACCESORIOS), DE VESTIR, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 62.12. -Complementos (accesorios) de vestir: --Cinturones y bandoleras. --Sobaqueras y hombreras. --Calcetines, calzas (medias largas) y artículos similares: ---Calzas (medias largas), de mujer. ---Los demás. --Cuellos, pecheras y puños. --Las demás. -Partes.

Página 200 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10 10

C C C

10 10 10 10 10

C C C C C

10 10 10

A B C

2.5 10

A B

LIBRE LIBRE

A A

15 15 LIBRE 15 15

C C A B C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 10 10

C C C C B

15 15 10 15 15 15 15

C C C C C C C

15 15 10 15 15 15 15

C C C C C C C

15 15 10 15 15 15 15

B C C C C C C

15 15 10 15 15 15 15

C C C C C C C

15 15 10 15 15 15 15

C C C C C C C

15 15 10 15 15 15

C C C C C C

CAPITULO 63 63 63.01 6301.10.00 6301.20.00 6301.30.00 6301.40.00 6301.90.00 63.02 6302.10 6302.10.10 6302.10.20 6302.10.30 6302.10.40 6302.10.50 6302.10.60 6302.10.90 6302.21 6302.21.10 6302.21.20 6302.21.30 6302.21.40 6302.21.50 6302.21.60 6302.21.90 6302.22 6302.22.10 6302.22.20 6302.22.30 6302.22.40 6302.22.50 6302.22.60 6302.22.90 6302.29 6302.29.10 6302.29.20 6302.29.30 6302.29.40 6302.29.50 6302.29.60 6302.29.90 6302.31 6302.31.10 6302.31.20 6302.31.30 6302.31.40 6302.31.50 6302.31.60 6302.31.90 6302.32 6302.32.10 6302.32.20 6302.32.30 6302.32.40 6302.32.50 6302.32.60

LOS DEMÁ S ARTÍCULOS TEXTILES CONFECCIONADOS; JUEGOS; PRENDERÍA Y TRAPOS. MANTAS. -Mantas eléctricas. -Mantas de lana o pelo fino (excepto las eléctricas). -Mantas de algodón (excepto las eléctricas). -Mantas de fibras sintéticas (excepto las eléctricas). -Las demás mantas. ROPA DE CAMA, MESA, TOCADOR O COCINA. -Ropa de cama, de punto: --Sábanas y forros, excepto cubrecamas. --Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares --Cubrecamas. --Juego de sábana 3/4 (3 piezas). --Juego de sábana de cama doble. --Los demás juegos de sábana. --Las demás. -Las demás ropas de cama, estampadas: --De algodón: ---Sábanas y forros, excepto cubrecamas. ---Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares. ---Cubrecamas. ---Juego de sábanas de cama doble (4 piezas) ---Juego de sábanas 3/4 (3 piezas). ---Los demás juegos de sábana. ---Las demás. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Sábanas y forros, excepto cubrecamas. ---Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares. ---Cubrecamas. ---Juego de sábanas de cama doble (4 piezas) ---Juego de sábana 3/4 (3 piezas). ---Los demás juegos de sábana. ---Las demás. --De las demás materias textiles: ---Sábanas y forros, excepto cubrecamas. ---Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares. ---Cubrecamas. ---Juego de sábanas de cama doble (4 piezas) ---Juego de sábana 3/4 (3 piezas). ---Los demás juegos de sábana. ---Las demás. -Las demás ropas de cama: --De algodón: ---Sábanas y forros, excepto cubrecamas. ---Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares. ---Cubrecamas. ---Juego de sábanas de cama doble (4 piezas). ---Juego de sábanas 3/4 (3 piezas). ---Los demás juegos de sábana. ---Las demás. --De fibras sintéticas o artificiales: ---Sábanas y forros, excepto cubrecamas. ---Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares. ---Cubrecamas. ---Juego de sábanas de cama doble (4 piezas). ---Juego de sábana 3/4 (3 piezas). ---Los demás juegos de sábana.

Página 201 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6302.32.90 6302.39 6302.39.10 6302.39.20 6302.39.30 6302.39.40 6302.39.50 6302.39.60 6302.39.90 6302.40.00 6302.51.00 6302.52.00 6302.53.00 6302.59.00 6302.60 6302.60.10 6302.60.20 6302.91 6302.91.10 6302.91.20 6302.92 6302.92.10 6302.92.20 6302.93 6302.93.10 6302.93.20 6302.99 6302.99.10 6302.99.20 63.03 6303.11.00 6303.12.00 6303.19.00 6303.91.00 6303.92.00 6303.99.00 63.04

6304.11.00 6304.19.00 6304.91 6304.91.10 6304.91.20 6304.91.90 6304.92 6304.92.10 6304.92.20 6304.92.90 6304.93 6304.93.10 6304.93.20 6304.93.90 6304.99

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Las demás. --De las demás materias textiles: ---Sábanas y forros, excepto cubrecamas. ---Fundas y sobrefundas para almohadas y artículos similares. ---Cubrecamas. ---Juego de sábanas de cama doble (4 piezas). ---Juego de sábana 3/4 (3 piezas). ---Los demás juegos de sábana. ---Las demás. -Ropa de mesa, de punto. -Las demás ropas de mesa: --De algodón. --De lino. --De fibras sintéticas o artificiales. --De las demás materias textiles. -Ropa de tocador o cocina, de tejido con bucles del tipo para toalla, de algodón:

15

C

15 15 10 15 15 15 15 15

B C B C C C C C

10 10 10 10

C C B C

--De tocador. --De cocina. -Las demás: --De algodón: ---De tocador. ---De cocina. --De lino: ---De tocador. ---De cocina. --De fibras sintéticas o artificiales: ---De tocador. ---De cocina. --De las demás materias textiles: ---De tocador. ---De cocina. VISILLOS Y CORTINAS; GUARDAMALLETAS Y RODAPIÉ S DE CAMA -De punto: --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Los demás: --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. LOS DEMÁ S ARTÍCULOS DE TAPICERÍA, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 94.04 -Colchas: --De punto. --Las demás. -Los demás: --De punto: ---Mosquiteros. ---Tapetes. ---Los demás. --De algodón, excepto de punto: ---Mosquiteros. ---Tapetes. ---Los demás. --De fibras sintéticas, excepto de punto: ---Mosquiteros. ---Tapetes. ---Los demás. --De las demás materias textiles, excepto de punto.

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

10 10

C C

15 15 15

C C C

15 15 15

C C C

15 10

C C

10 10 15

C C C

10 10 15

C C C

10 10 15

C C C

Página 202 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6304.99.10 6304.99.20 6304.99.90 63.05 6305.10.00 6305.20.00 6305.32.00 6305.33.00 6305.39.00 6305.90.00 63.06

6306.11.00 6306.12.00 6306.19.00 6306.21.00 6306.22.00 6306.29.00 6306.31.00 6306.39.00 6306.41.00 6306.49.00 6306.91.00 6306.99.00 63.07 6307.10 6307.10.10 6307.10.90 6307.20.00 6307.90 6307.90.10 6307.90.21 6307.90.22 6307.90.23 6307.90.24 6307.90.29 6307.90.30 6307.90.40 6307.90.50 6307.90.91 6307.90.99 6308.00.00

6309.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Mosquiteros. ---Tapetes. ---Los demás. SACOS (BOLSAS) Y TALEGAS, PARA ENVASAR. -De yute o demás fibras textiles del líber de la partida No. 53.03. -De algodón. -De materias textiles sintéticas o artificiales: --Continentes intermedios flexibles para productos --Los demás, de tiras o formas similares, de polietileno o polipropileno. --Los demás. -De las demás materias textiles. TOLDOS DE CUALQUIER CLASE; TIENDAS (CARPAS); VELAS PARA EMBARCACIONES, DESLIZADORES O VEHÍCULOS TERRESTRES; ARTÍCULOS DE ACAMPAR. -Toldos de cualquier clase: --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Tiendas (carpas): --De algodón. --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Velas: --De fibras sintéticas. --De las demás materias textiles. -Colchones neumáticos: --De algodón. --De las demás materias textiles. -Los demás: --De algodón. --De las demás materias textiles. LOS DEMÁ S ARTÍCULOS CONFECCIONADOS, INCLUIDOS LOS PATRONES PARA PRENDAS DE VESTIR. -Paños para fregar o lavar (bayetas, paños rejilla), franelas y artículos similares para limpieza: --De tela sin tejer. --Los demás. -Cinturones y chalecos salvavidas. -Los demás: --Banderas, banderolas, estandartes, gallardetes y artículos similares. --Bolsas, fundas y cubiertas protectoras, no comprendidas en otra parte: ---Fundas cubre-automóvil. ---Bolsas de lona para ropa. ---Fundas y cubiertas para asientos de vehículos. ---Fundas para raquetas, palos de golf, paraguas o sombrillas. ---Las demás. --Cordones para el calzado, para corsés, etc., con los extremos rematados. --Almohadillas y alfileteros. --Mangas para filtrar café. --Los demás: ---Los demás, de telas sin tejer. ---Los demás. II. JUEGOS JUEGOS CONSTITUIDOS POR PIEZAS DE TEJIDOE HILADOS, INCLUSO CON ACCESORIOS, PARA LA CONFECCIÓ N DE ALFOMBRAS, TAPICER ÍA, MANTELES O SERVILLETAS BORDADOS O DE ARTÍCULOS TEXTILES SIMILARES, EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR . III. PRENDERÍA Y TRAPOS ARTÍCULOS DE PRENDERÍA.

10 10 15

C C C

15 15

C C

15 15 15 15

C B C C

15 15 15

C C C

15 15 15

C C B

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

LIBRE LIBRE 15

A A C

15

B

10 15 15 15 15 15 10 15

B B B B B B B B

15 15

B B

15

C

10

C

Página 203 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 63.10 6310.10.00 6310.90.00

DESCRIPCION TRAPOS; CORDELES, CUERDAS Y CORDAJES, DE MATERIA EN DESPERDICIOS O EN ARTÍCULOS INSERVIBLES. -Clasificados. -Los demás.

Página 204 de 327

TASA BASE

PLAZO

5 5

A A

TEXTIL,

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 15

C C

15 15

C C

15 5 15

C A C

5

A

5

A

15

C

5 15

A C

15 5

C A

5 15

A C

15 15 15 15 5 15 5

C C C C A C A

5

A

15

B

5 15

A B

15

B

5 15

A B

CAPITULO 64 64 64.01

6401.10 6401.10.10 6401.10.90 6401.91.00 6401.92.00 6401.99 6401.99.10 6401.99.20 6401.99.90 64.02

6402.12.00 6402.19.00 6402.20 6402.20.10

6402.20.20 6402.20.90 6402.30 6402.30.10 6402.30.20 6402.91 6402.91.10 6402.91.20 6402.91.91 6402.91.92 6402.91.93 6402.91.94 6402.91.95 6402.91.96 6402.91.97 6402.99 6402.99.10 6402.99.21 6402.99.22 6402.99.29 6402.99.31 6402.99.32 6402.99.33

CALZADO, POLAINAS Y ARTÍCULOS ANÁ LOGOS; PARTES DE ESTOS ARTÍ CULOS. CALZADO IMPERMEABLE CON SUELA Y PARTE SUPERIOR DE CAUCHO O DE PLASTICO, CUYA PARTE SUPERIOR NO SE HAYA UNIDO AL PISO POR COSTURA O POR MEDIO DE REMACHES, CLAVOS, TORNILLOS, ESPIGAS O DISPOSITIVOS SIMILARES, NI SE HAYA FORMADO CON DIFERENTES PARTES UNIDAS DE LA MISMA MANERA. -Calzado con puntera metálica de protección: --Que cubran el tobillo --Los demás. -Los demás calzados: --Que cubran la rodilla --Que cubran el tobillo sin cubrir la rodilla. --Los demás: ---Cubre calzado ---Calzado de deporte ---Los demás LOS DEMÁ S CALZADOS CON SUELA Y PARTE SUPERIOR DE CAUCHO O DE PLÁ STICO. -Calzado de deporte: --Calzado de esquí y calzado para la práctica de “snowboard” (tabla para nieve). --Los demás -Calzado con la parte superior de tiras o bridas fijas a la suela por tetones (espigas): --Chancletas y sandalias con suela de material espumoso o celular y parte superior con tiras o bridas que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo. --Los demás, con suela de material espumoso o celular --Los demás. -Los demás calzados, con puntera metálica de protección: --Con valor CIF igual o inferior a B/. 30.00 cada par --Con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par -Los demás calzados: --Que cubran el tobillo: ---Zapatillas de deportes y calzados de danzas. ---Calzado de casa ---Los demás calzados: ----Para primera infancia ----Para niños o niñas, con valor CIF igual o inferior a B/. 20.00 cada par ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. --Los demás: ---Zapatillas de deportes y calzados de danzas. ---Calzados de casa: ----Con suela de material espumoso o celular, y parte superior con tiras o bridas que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo. ----Los demás, con suela de material espumoso o celular ----Las demás ---Sandalias, excepto de baño o playeras: ----Con suela de material espumoso o celular y parte superior con tiras o bridas que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo. ----Los demás, con suela de material espumoso o celular ----Las demás, con valor CIF igual o inferior a B/.10.00 cada par.

Página 205 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6402.99.34 6402.99.91 6402.99.92 6402.99.93 6402.99.94 6402.99.95 6402.99.96 6402.99.97 64.03

6403.12.00 6403.19.00 6403.20.00 6403.30.00 6403.40 6403.40.10 6403.40.20 6403.51 6403.51.10 6403.51.20 6403.51.91 6403.51.92 6403.51.93 6403.51.94 6403.51.95 6403.51.96 6403.51.97 6403.59 6403.59.10 6403.59.20 6403.59.91 6403.59.92 6403.59.93 6403.59.94 6403.59.95 6403.59.96 6403.59.97 6403.91 6403.91.10 6403.91.20 6403.91.91 6403.91.92 6403.91.93 6403.91.94 6403.91.95 6403.91.96 6403.91.97 6403.99 6403.99.10 6403.99.20

DESCRIPCION ----Las demás, con valor CIF superior a B/. 10.00 cada par ---Los demás: ----Para primera infancia. ----Para niños o niñas con valor CIF igual o inferior a B/. 20.00 cada par ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/. 20.00 cada par ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/. 30.00 cada par ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. CALZADO CON SUELA DE CAUCHO, PLÁ STICO, CUERO NATURAL O REGENERADO Y PARTE SUPERIOR DE CUERO NATURAL. -Calzado de deporte: --Calzado de esquí y calzado para la práctica de "snowboard" (tabla para nieve) --Los demás -Calzado con suela de cuero natural y parte superior de tiras de cuero natural que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo -Calzado con palmilla o plataforma de madera, sin plantillas ni puntera metálica de protección -Los demás calzados, con puntera metálica de protección: --Con valor CIF igual o inferior a B/. 30.00 cada par. --Con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. -Los demás calzados, con suela de cuero natural: --Que cubran el tobillo: ---Calzados de danzas. ---Calzados de casa. ---Los demas: ----Para primera infancia ----Para niños o niñas con valor CIF igual o inferior a B/.20.00 cada par. ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada ----Para hombres, con valor CIF inferior o igual a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. --Los demás: ---Calzados de danzas. ---Calzados de casa ---Los demas: ----Para primera infancia. ----Para niños o niñas, con valor CIF igual o inferior a B/. 20.00 cada par. ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par ----Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. -Los demás calzados: --Que cubran el tobillo: ---Zapatillas de deportes y calzados de danzas. ---Calzado de casa ---Los demás: ----Para primera infancia. ----Para niños o niñas, con valor CIF igual o inferior a B/. 20.00 cada par. ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par ----Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. --Los demás: ---Zapatillas de deportes y calzados de danzas. ---Calzados de casa.

Página 206 de 327

TASA BASE

PLAZO

10

B

15 15 15 15 5 15 5

B B B B A B A

5

A

5 15

A C

15

C

15 5

C A

5 15

A C

15 15 15 15 5 15 5

C C C C A C A

5 15

A B

15 15 15 15 5 15 5

B B B B A B A

5 15

A B

15 15 15 15 5 15 5

B B B B A B A

5 15

A B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6403.99.91 6403.99.92 6403.99.93 6403.99.94 6403.99.95 6403.99.96 6403.99.97 64.04

6404.11 6404.11.10 6404.11.20 6404.19 6404.19.10 6404.19.21 6404.19.22 6404.19.29 6404.19.31 6404.19.32 6404.19.33 6404.19.34 6404.19.91 6404.19.92 6404.19.93 6404.19.94 6404.19.95 6404.19.96 6404.19.97 6404.20 6404.20.10 6404.20.20 6404.20.91 6404.20.92 6404.20.93 6404.20.94 6404.20.95 6404.20.96 6404.20.97 64.05 6405.10 6405.10.10 6405.10.20 6405.20 6405.20.10 6405.20.20 6405.90 6405.90.10 6405.90.20

DESCRIPCION ---Los demás: ----Para primera infancia. ----Para niños o niñas, con valor CIF igual o inferior a B/. 20.00 cada par. ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par ----Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. CALZADO CON SUELA DE CAUCHO, DE PLÁ STICO, O DE CUERO NATURAL O REGENERADO Y PARTE SUPERIOR DE MATERIA TEXTIL. -Calzado con suela de caucho o plástico: --Calzado de deporte; calzado de tenis, baloncesto, gimnasia, entrenamiento y calzados similares: ---Calzado de deporte. ---Zapatillas de deportes. --Los demás: ---Calzados de danzas. ---Calzado de casa: ----Con suela de material espumoso o celular, y parte superior con tiras o bridas que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo. ----Los demás, con suela de material espumoso o celular ----Las demás ---Sandalias, excepto de baño o playeras: ----Con suela de material espumoso o celular, y parte superior con tiras o bridas que pasan por el empeine y rodean el dedo gordo. ----Los demás, con suela de material espumoso o celular ----Las demás, con valor CIF igual o inferior a B/.10.00 cada par. ----Las demás, con valor CIF superior a B/. 10.00 cada par ---Los demás: ----Para primera infancia. ----Para niños o niñas, con valor CIF igual o inferior a B/. 20.00 cada par. ----Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ----Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par -Calzado con suela de cuero natural o regenerado: --Calzados de deportes y calzados de danzas. --Calzados de casa. --Los demás: ---Para primera infancia. ---Para niños o niñas, con valor CIF igual o inferior a B/.20.00 cada par. ---Para niños o niñas, con valor CIF superior a B/.20.00 cada par. ---Para damas, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ---Para damas, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par ---Para hombres, con valor CIF igual o inferior a B/.30.00 cada par. ---Para hombres, con valor CIF superior a B/. 30.00 cada par. LOS DEMÁ S CALZADOS. -Con la parte superior de cuero natural o regenerado: --Con suela de madera o de corcho. --Con suela de otras materias (cuerda, cartón, tejidos y fieltro). -Con la parte superior de materia textil: --Con suela de madera o corcho --Con suela de otras materias (cuerda, cartón, tejidos y fieltro). -Los demás: --Con suela de madera o corcho --Con suela de otras materias (cuerda, cartón,tejidos y fieltro).

Página 207 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15 15 15 5 15 5

B B B B A B A

5 5

A A

5

A

15

C

5 15

A C

15

C

5 15 10

A C B

15 15 15 15 5 15 5

C C C C A C A

5 15

A C

15 15 15 15 5 15 5

C C C C A C A

15 15

C C

15 15

C C

15 15

C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 64.06

6406.10.00 6406.20.00 6406.91.00 6406.99.00

DESCRIPCION PARTES DE CALZADO (INCLUIDAS LAS PARTES SUPERIORES FIJADAS A LAS PALMILLAS DISTINTAS DE LA SUELA); PLANTILLAS, TALONERAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, AMOVIBLES; POLAINAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, Y SUS PARTES. -Partes superiores de calzado y sus partes, excepto los contrafuertes y punteras duras. -Suelas y tacones (tacos), de caucho o plástico. -Los demás: --De madera --De las demás materias.

Página 208 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

B

15

B

15 15

B B

15 15 15

B B B

15

B

15 15 15

A B B

15 15 10 15 15

B B B B B

10

B

15 10 15 15

B B B B

15 15

B B

15 15 15 15

B B B B

CAPITULO 65 65 6501.00.00

6502.00.00

65.03

6503.00.10 6503.00.90 65.04

6504.00.10 6504.00.20 6504.00.90 65.05

6505.10.00 6505.90 6505.90.11 6505.90.12 6505.90.19 6505.90.21 6505.90.22 6505.90.23 6505.90.29 6505.90.90 65.06 6506.10.00 6506.91 6506.91.10 6506.91.20 6506.91.30 6506.91.90 6506.92 6506.92.10 6506.92.90 6506.99 6506.99.10 6506.99.20 6506.99.90 6507.00.00

SOMBREROS, DEMÁ S TOCADOS Y SUS PARTES. CASCOS SIN FORMA NI ACABADO, PLATOS (DISCOS) Y CILINDROS, AUNQUE ESTÉ N CORTADOS EN EL SENTIDO DE LA ALTURA, DE FIELTRO, PARA SOMBREROS. CASCOS PARA SOMBREROS, TRENZADOS O FABRICADOS POR UNIÓ N DE TIRAS DE CUALQUIER MATERIA, SIN FORMAR, ACABAR NI GUARNECER. SOMBREROS Y DEMÁ S TOCADOS DE FIELTRO, FABRICADOS CON CASCOS O PLATOS DE LA PARTIDA No. 65.01, INCLUSO GUARNECIDOS. -Gorras y quepis, con anuncios de carácter comercial. -Los demás SOMBREROS Y DEMÁ S TOCADOS, TRENZADOS O FABRICADOS POR UNIÓ N DE TIRAS DE CUALQUIER MATERIA, INCLUSO GUARNECIDOS. -Sombreros de paja o imitación a paja -Gorras y quepis, con anuncio de carácter comercial -Los demás SOMBREROS Y DEMÁ S TOCADOS, DE PUNTO O CONFECCIONADOS CON ENCAJE, FIELTRO U OTRO PRODUCTO TEXTIL, EN PIEZA (PERO NO ENTIRAS), INCLUSO GUARNECIDOS; REDECILLAS PARA EL CABELLO, DE CUALQUIER MATERIA, INCLUSOGUARNECIDAS. -Redecillas para el cabello. -Los demás: --Sombreros. ---De fieltro ---De las demás materias textiles, para caballeros. ---Los demás. --Gorras y quepis: ---Sin anuncios ni distintivos, del tipo utilizado para uniformes ---Con anuncios de carácter comercial ---Con distintivos o aplicaciones, bordados, de licencias internacionales. ---Los demás --Los demás LOS DEMÁ S SOMBREROS Y TOCADOS, INCLUSO GUARNECIDOS -Cascos de seguridad. -Los demás: --De caucho o plástico: ---Sombreros ---Gorras de baño ---Gorras, excepto de baño, y kepis, con anuncios de carácter comercial. ---Los demás --De peletería natural: ---Sombreros ---Los demás --De las demás materias: ---Sombreros ---Gorras y quepis, con anuncios de carácter comercial ---Los demás DESUDADORES, FORROS, FUNDAS, ARMADURAS, VISERAS Y BARBOQUEJOS (BARBIJOS), PARA SOMBRERERÍA.

Página 209 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

B

15 15 10

B B B

15 15 10

B B B

15 15

B B

15 LIBRE

B A

LIBRE 15

A B

CAPITULO 66 66 66.01

6601.10.00 6601.91 6601.91.10 6601.91.20 6601.91.90 6601.99 6601.99.10 6601.99.20 6601.99.90 66.02 6602.00.10 6602.00.20 66.03 6603.10.00 6603.20.00 6603.90 6603.90.10 6603.90.90

PARAGUAS, SOMBRILLAS Y QUITASOLES BASTONES ASIENTOS, LÁ TIGOS, FUSTAS, Y SUS PARTES. PARAGUAS, SOMBRILLAS Y QUITASOLES (INCLUIDOS LOS PARAGUAS BASTÓ N, LOS QUITASOLES TOLDO Y ARTÍCULOS SIMILARES). -Quitasoles toldo y artículos similares. -Los demás: --Con astil o mango telescópico: ---Paraguas para playas, patios y piscinas. ---Los demás paraguas y sombrillas. ---Los demás. --Los demás: ---Paraguas para playas, patios y piscinas. ---Los demás paraguas y sombrillas. ---Los demás. BASTONES, BASTONES ASIENTO, LÁ TIGOS, FUSTAS Y ARTÍCULOS SIMILARES. -Látigos, fustas y similares de cualquier materia. -Bastones, bastones asientos y artículos similares. PARTES, GUARNICIONES Y ACCESORIOS PARA LOS ARTÍCULOS LAS PARTIDAS Nos. 66.01 ó 66.02. -Puños y pomos -Monturas ensambladas, incluso con el astil o mango, para paraguas, sombrillas o quitasoles -Los demás: --Para paraguas, sombrillas o quitasoles. --Los demás

Página 210 de 327

DE

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

A

10 10 15

B B A

15 15 15 15

A A A A

CAPITULO 67 67 6701.00.00

67.02

6702.10.00 6702.90.00 6703.00.00

67.04

6704.11.00 6704.19.00 6704.20.00 6704.90.00

PLUMAS Y PLUMÓ N PREPARADOS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS O PLUMÓ N; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLO. PIELES Y DEMÁ S PARTES DE AVES CON SUS PLUMAS O PLUMÓ N; PLUMAS, PARTES DE PLUMAS, PLUMÓ N Y ARTÍCULOS DE ESTAS MATERIAS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA Nº 05.05 Y LOS CAÑ ONES Y ASTILES DE PLUMAS, TRABAJADOS. FLORES, FOLLAJES Y FRUTOS, ARTIFICIALES, Y SUS PARTES; ARTÍ CULOS CONFECCIONADOS CON FLORES, FOLLAJES O FRUTOS, ARTIFICIALES. -De plástico. -De las demás materias. CABELLO PEINADO, AFINADO, BLANQUEADO O PREPARADO DE OTRA FORMA; LANA, PELO U OTRA MATERIA TEXTIL, PREPARADOS PARA LA FABRICACIÓ N DE PELUCAS O ARTÍCULOS SIMILARES. PELUCAS, BARBAS, CEJAS, PESTAÑ AS, MECHONES Y ARTÍCULOS ANÁ LOGOS, DE CABELLO, PELO O MATERIA TEXTIL; MANUFACTURAS DE CABELLO NO EXPRESADAS NI COMPREDIDAS EN OTRA PARTE. -De materias textiles sintéticas: --Pelucas que cubran toda la cabeza --Los demás -De cabello -De las demás materias.

Página 211 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

B

15 15

C C

10 10 10

B B B

10 15 15

B C C

10 15 15

B C C

10 15 15

B C C

15 10

C B

10 10 15 15

B B C C

15 10

C B

10 10 15

B B C

CAPITULO 68 68 6801.00.00 68.02

6802.10

6802.10.10 6802.10.90

6802.21 6802.21.11 6802.21.19 6802.21.90 6802.22 6802.22.11 6802.22.19 6802.22.90 6802.23 6802.23.11 6802.23.19 6802.23.90 6802.29 6802.29.11 6802.29.19 6802.29.90 6802.91 6802.91.11 6802.91.19 6802.91.21 6802.91.22 6802.91.29 6802.91.90 6802.92 6802.92.11 6802.92.19 6802.92.21 6802.92.22 6802.92.29

MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANÁ LOGAS. ADOQUINES, ENCINTADOS (BORDILLOS) Y LOSAS PARA PAVIMENTOS, DE PIEDRA NATURAL (EXCEPTO LA PIZARRA). PIEDRAS DE TALLA O DE CONSTRUCCIÓ N TRABAJADAS (EXCLUIDA LA PIZARRA) Y TRABAJADAS (EXCLUIDA LA PIZARRA) Y SUS MANUFACTURAS EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 68.01; CUBOS, DADOS Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA MOSAICOS, DE PIEDRA NATURAL (INCLUIDA LA PIZARRA), AUNQUE ESTÉ N SOBRE SOPORTE; GRÁ NULOS, TASQUILES (FRAGMENTOS) Y POLVO DE PIEDRA NATURAL (INCLUIDA LA PIZARRA), COLOREADOS ARTIFICIALMENTE. -Losetas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta a la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm; gránulos, tasquiles (fragmentos) y polvo, coloreados artificialmente: --Gránulos, tasquiles (fragmentos) y polvo,coloreados artificialmente. --Los demás. -Las demás piedras de talla o de construcción y sus manufacturas, simplemente talladas o aserradas, con superficie plana o lisa: --Mármol, travertinos y alabastro: ---Artículos para la construcción: ----Losas, losetas, cubos, dados, tejas y ladrillos. ----Los demás. ---Los demás. --Las demás piedras calizas: ---Artículos para la construcción: ----Losas, losetas, cubos, dados, tejas y ladrillos. ----Los demás. ---Los demás. --Granito: ---Artículos para la construcción: ----Losas, losetas, cubos, dados, tejas y ladrillos. ----Los demás. ---Los demás. --Las demás piedras: ---Artículos para la construcción: ----Losas, losetas, cubos, dados, tejas y ladrillos. ----Los demás. ---Los demás. -Los demás: --Mármol, travertinos y alabastro: ---Estatuillas y demás objetos de adorno: ----Imágenes destinadas al culto. ----Los demás. ---Artículos para usos sanitarios, de higiene de tocador. ----Fregadores, lavabos y tinas de baño. ----Jaboneras, toalleros, portarrollos y otros artículos sanitarios. ----Los demás. ---Los demás. --Las demás piedras calizas: ---Estatuillas y demás objetos de adorno: ----Imágenes destinadas al culto. ----Las demás. ---Artículos para usos sanitarios, de higiene o de tocador ----Fregadores, lavabos y tinas de baño. ---Jaboneras, toalleros, portarrollos y otros artículos sanitarios. ----Los demás.

Página 212 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6802.92.90 6802.93 6802.93.11 6802.93.19 6802.93.21 6802.93.22 6802.93.29 6802.93.90 6802.99 6802.99.11 6802.99.19 6802.99.21 6802.99.22 6802.99.29 6802.99.90 68.03 6803.00.10 6803.00.20 6803.00.90 68.04

6804.10.00 6804.21.00 6804.22.00 6804.23.00 6804.30.00 68.05

6805.10.00 6805.20.00 6805.30.00 68.06

6806.10.00 6806.20.00 6806.90.00 68.07 6807.10 6807.10.10 6807.10.90 6807.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás. --Granito: ---Estatuillas y demás objetos de adorno: ----Imágenes destinadas al culto. ----Las demás. ---Artículos para usos sanitarios de higiene o de tocador. ----Fregadores, lavabos y tinas de baño. ----Jaboneras, toalleros, portarrollos y otros artículos sanitarios. ----Los demás. ---Los demás. --Las demás piedras: ---Estatuillas y demás objetos de adorno: ----Imágenes destinadas al culto. ----Las demás. ---Artículos para usos sanitarios, de higiene o de tocador. ----Fregaderos, lavabos y tinas de baño. ----Jaboneras, toalleros, portarrollos y otros artículos sanitarios. ----Los demás. ---Los demás. PIZARRA NATURAL TABAJADA Y MANUFACTURAS DE PIZARRA NATURAL O AGLOMERADA. -Losas, losetas y demás artículos de construcción. -Fregaderos, lavabos y tinas de baño. -Los demás. MUELAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, SIN BASTIDOR, PARA MOLER, DESFIBRAR, TRITURAR, AFILAR, PULIR, RECTIFICAR, CORTAR O TROCEAR, PIEDRAS DE AFILAR O PULIR A MANO, Y SUS PARTES, DE PIEDRA NATURAL, DE ABRASIVOS NATURALES O ARTIFICIALES AGLOMERADOS O DE CERÁMICA, INCLUSO CON PARTES DE OTRAS MATERIAS. -Muelas para moler o desfibrar. -Las demás muelas y artículos similares: --De diamante natural o sintético, aglomerado. --De los demás abrasivos aglomerados o de cerámica --De piedras naturales. -Piedras de afilar o pulir a mano. ABRASIVOS NATURALES O ARTIFICIALES EN POLVO O GRÁ NULOS CON SOPORTE DE MATERIA TEXTIL, PAPEL, CARTÓ N U OTRAS MATERIAS, INCLUSO RECORTADOS, COSIDOS O UNIDOSDE OTRA FORMA. -Con soporte constituido solamente por tejido de materia textil. -Con soporte constituido solamente por papel o cartón -Con soporte de otras materias. LANA DE ESCORIA, DE ROCA Y LANAS MINERALES SIMILARES; VERMICULITA DILATADA, ARCILLA DILATADA, ESPUMA DE ESCORIA Y PRODUCTOS MINERALES SIMILARES DILATADOS; MEZCLAS Y MANUFACTURAS DE MATERIAS MINERALES PARA AISLAMIENTO TÉ RMICO O ACÚ STICO O PARA LA ABSORCIÓ N DEL SONIDO, EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS Nos. 68.11, 68.12 ó DEL CAPÍ TULO 69.escoria, de roca y lanas minerales similares,incluso mezcladas entre -Lana de sí, en masas, hojas o enrolladas. -Vermiculita dilatada, arcilla dilatada, espuma de escoria y productos minerales similares dilatados,incluso mezclados entre sí. -Los demás. MANUFACTURAS DE ASFALTO O DE PRODUCTOS SIMILARES (POR EJEMPLO: PEZ DE PETRÓ LEO, BREA). -En rollos: --Con soporte de fibra de vidrio. --Los demás. -Las demás:

15

C

15 10

C B

10 10 15 15

B B C C

15 10

C B

10 10 15 15

B B C C

10 10 15

B B C

3

A

3 3 3 3

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

10

B

10 10

B B

Página 213 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6807.90.10 6807.90.90 68.08

6808.00.10 6808.00.90 68.09

6809.11.00 6809.19.00 6809.90 6809.90.10 6809.90.20 6809.90.90 68.10

6810.11.00 6810.19.00 6810.91 6810.91.10 6810.91.90 6810.99 6810.99.10 6810.99.90 68.11 6811.10.00 6811.20 6811.20.10 6811.20.20 6811.20.90 6811.30 6811.30.10 6811.30.90 6811.90 6811.90.11 6811.90.19 6811.90.90 68.12

6812.10.00 6812.20.00 6812.30.00 6812.40.00 6812.50 6812.50.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Con soporte de fibra de vidrio. --Los demás. PANELES, PLACAS, LOSETAS, BLOQUES Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE FIBRA VEGETAL, PAJA O VIRUTA, DE PLAQUITAS O PARTÍCULAS, O DE ASERRÍN O DEMÁ S DESPERDICIOS DE MADERA, AGLOMERADOS CON CEMENTO, YESO FRAGUABLE U OTRO AGLUTINANTE MINERAL. -Paneles, placas, losetas y similares. -Los demás. MANUFACTURAS DE YESO FRAGUABLE O DE PREPARACIONES A BASE DE YESO -Placas, hojas, paneles, losetas y artículos similares, sin adornos: --Revestidos o reforzados exclusivamente con papel o cartón. --Los demás. -Las demás manufacturas: --Estatuillas y demás objetos de adorno. --Artículos para la construcción. --Las demás. MANUFACTURAS DE CEMENTO, HORMIGÓ N O PIEDRA ARTIFICIAL, INCLUSO ARMADAS. -Tejas, losetas, losas, ladrillos y artículos similares: --Bloques y ladrillos para la construcción. --Los demás. -Las demás manufacturas: --Elementos prefabricados para la construcción o ingeniería civil: ---Tubos. ---Los demás. --Las demás: ---Estatuillas y demás objetos de adorno. ---Las demás. MANUFACTURAS DE AMIANTOCEMENTO, CELULOSACEMENTO O SIMILARES. -Placas onduladas. -Las demás placas, paneles, losetas, tejas y artículos similares: --Placas, paneles, losetas y demás artículos similares, de superficie plana o lisa. --Tejas y artículos similares. --Los demás. -Tubos, fundas y accesorios de tubería: --Para una presión igual o superior a 100 libras por pulgada cuadrada. --Las demás. -Las demás manufacturas: --Los demás artículos para la construcción o la ingeniería civil: ---Bloques, ladrillos y adoquines. ---Los demás. --Las demás. AMIANTO (ASBESTO) EN FIBRAS TRABAJADO;MEZCLAS A BASE DE AMIANTO O A BASE DE AMIANTO Y CARBONATO DE MAGNESIO; MANUFACTURAS DE ESTAS MEZCLAS O DE AMIANTO (POR EJEMPLO: HILADOS, TEJIDOS,PRENDAS DE VESTIR, SOMBREROS Y DEMÁ S TOCADOS, CALZADO, JUNTAS), INCLUSO ARMADAS, EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS Nos. 68.11 ó 68.13. -Amianto en fibras trabajado; mezclas a base de amianto o a base de amianto y carbonato de magnesio. -Hilados. -Cuerdas y cordones, incluso trenzados. -Tejidos, incluso de punto. -Prendas y complementos (accesorios), de vestir, calzado y sombreros y demás tocados: --Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto guantes.

2.5 5

A A

10 10

B B

10 10

B B

10 10 5

B B A

10 10

B B

10 10

B B

15 15

C C

10

EXCL.

10

C

10 10

EXCL. EXCL.

15 15

C C

10 10 15

EXCL. EXCL. EXCL.

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15

C

Página 214 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6812.50.20 6812.50.30 6812.50.40 6812.50.90 6812.60.00 6812.70.00 6812.90 6812.90.10 6812.90.20 6812.90.30 6812.90.40 6812.90.50 6812.90.60 6812.90.90 68.13

6813.10.00 6813.90.00 68.14

6814.10.00 6814.90.00 68.15

6815.10.00 6815.20.00 6815.91.00 6815.99.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Guantes. --Sombreros y demás tocados. --Polainas. --Las demás. -Papel, cartón y fieltro. -Láminas elásticas a base de fibra de amianto comprimida para juntas, en hojas o bobinas (rollos). -Las demás: --Tubos, perfiles, varillas, losas y baldosas. --Sábanas. --Cortinas. --Colchones. --Suelas y tacones. --Juntas (empaquetaduras), arandelas y diafrágmas --Las demás. GUARNICIONES DE FRICCIÓ N (POR EJEMPLO: HOJAS, ROLLOS, TIRAS, SEGMENTOS, DISCOS, ARANDELAS, PLAQUITAS) SIN MONTAR, PARA FRENOS, EMBRAGUES O CUALQUIER Ó RGANO DE FROTAMIENTO, A BASE DE AMIANTO (ASBESTO), DE OTRAS SUSTANCIAS MINERALES O DE CELULOSA, INCLUSO COMBINADOS CON TEXTILES U OTRAS MATERIAS. -Guarniciones para frenos. -Las demás. MICA TRABAJADA Y MANUFACTURAS DE MICA, INCLUIDA LA MICA AGLOMERADA O RECONSTITUIDA INCLUSO CON SOPORTE DE PAPEL, CARTÓ N U OTRAS MATERIAS. -Placas, hojas y tiras de mica aglomerada o reconsti tuída, incluso con soporte.

10 15 15 15 15 LIBRE

B C C C C A

10 15 15 15 10 LIBRE 15

B C C C B A C

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

15

C

15

C

15

C

15 15

C C

-Las demás. MANUFACTURAS DE PIEDRA O DEMÁ S MATERIAS MINERALES (INCLUIDAS LAS FIBRAS DECARBONO Y SUS MANUFACTURAS Y LAS MANUFACTURAS DE TURBA), NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Manufacturas de grafito o de otros carbonos, para usos distintos de los elé ctricos. -Manufacturas de turba. -Las demás manufacturas: --Que contengan magnesita, dolomita o cromita. --Las demás.

Página 215 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

B

3

A

3

A

3

A

5 15

A C

5 15

A C

5 15

A C

10 10

B B

10 10

B B

10

B

15

C

15 15

C C

10 10

B B

CAPITULO 69 69 6901.00.00

69.02

6902.10.00

6902.20.00 6902.90.00 69.03

6903.10 6903.10.10 6903.10.90 6903.20 6903.20.10 6903.20.90 6903.90 6903.90.10 6903.90.90 69.04 6904.10 6904.10.10 6904.10.90 6904.90 6904.90.10 6904.90.90 69.05

6905.10.00 6905.90 6905.90.10

6905.90.91 6905.90.99 69.06 6906.00.10 6906.00.90 69.07

6907.10

PRODUCTOS CERÁMICOS LADRILLOS, PLACAS, BALDOSAS Y DEMÁ S PIEZAS CERÁMICAS DE HARINAS SILÍCEAS FÓ SILES (POR EJEMPLO: KIESELGUHR, TRIPOLITA, DIATOMITA) O DE TIERRAS SILÍCEAS ANÁ LOGAS. LADRILLOS, PLACAS, BALDOSAS Y PIEZAS CERÁMICAS ANÁ LOGAS DE CONSTRUCCIÓ N, REFRACTARIOS, EXCEPTO LOS DE HARINAS SILÍ CEAS FÓ SILES O DE TIERRAS SILÍCEAS ANÁ LOGAS. -Con un contenido de los elementos Mg, Ca o Cr, considerados aislada o conjuntamente, superior al 50% en peso, expresados en MgO, CaO u Cr2O3. -Con un contenido de alúmina (Al2O3, de sílice (Si02) o de una mezcla o combinación de estos productos, superior al 50% en peso. -Los demás. LOS DEMÁ S ARTÍCULOS CERÁMICOS REFRACTARIOS (POR EJEMPLO: RETORTAS, CRISOLES, MUFLAS, TOBERAS,TAPONES, SOPORTES, COPELAS, TUBOS, FUNDAS, VARILLAS), EXCEPTO LOS DE HARINAS SILÍCEAS FÓ SILES O DE TIERRAS SILÍCEAS ANÁ LOGAS. -Con un contenido de grafito u otro carbono o de una mezcla de estos productos, supe rior al 50% en peso: --Toberas para barcos. --Los demás. -Con un contenido de alúmina (A1203) o de una mezcla o combinación de alú mina y de sílice (Si02) superior al 50% en peso: --Toberas para barcos. --Los demás. -Los demás: --Toberas para barcos. --Los demás. LADRILLOS DE CONSTRUCCIÓ N, BOVEDILLAS, CUBREVIGAS Y ARTÍ CULOS SIMILARES, DE CERÁMICA. -Ladrillos de construcción: --De barro o arcilla ordinaria. --Los demás. -Los demás: --De barro o arcilla ordinaria. --Los demás. TEJAS, ELEMENTOS DE CHIMENEA, CONDUCTOS DE HUMO, ORNAMENTOS ARQUITECTÓ NICOS Y OTROS ARTÍCULOS CERÁMICOS DE CONSTRUCCIÓ N. -Tejas. -Los demás: --De barro o arcilla ordinaria, incluso vidriados,esmaltados o barnizados. --Los demás: ---De loza o porcelana. ---Los demás. TUBOS, CANALONES Y ACCESORIOS DE TUBERÍA, DE CERÁMICA. -De barro o arcilla ordinaria. -Los demás. PLACAS Y BALDOSAS, DE CERÁMICA, SIN BARNIZAR NI ESMALTAR, PARA PAVIMENTACIÓ N O REVESTIMIENTO; CUBOS, DADOS Y ARTÍ CULOS SIMILARES, DE CERÁMICA, PARA MOSAICOS, SIN BARNIZAR NI ESMALTAR, INCLUSO CON SOPORTE. -Plaquitas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm:

Página 216 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6907.10.10 6907.10.20 6907.10.90 6907.90 6907.90.10 6907.90.20 6907.90.90 69.08

6908.10

6908.10.10 6908.10.90 6908.90

6908.90.11 6908.90.19 6908.90.21 6908.90.29 6908.90.91 6908.90.99 69.09

6909.11.00 6909.12.00 6909.19 6909.19.10 6909.19.90 6909.90 6909.90.10 6909.90.90 69.10

6910.10

6910.10.11 6910.10.12 6910.10.13 6910.10.14 6910.10.15 6910.10.16 6910.10.17 6910.10.19 6910.10.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De barro o arcilla ordinaria. --De gres. --Los demás. -Los demás: --De barro o arcilla ordinaria. --De gres. --Los demás PLACAS Y BALDOSAS, DE CERÁMICA, BARNIZADAS O ESMALTADAS, PARA PAVIMENTACIÓ N O REVESTIMIENTO; CUBOS, DADOS Y ARTÍ CULOS SIMILARES, DE CERÁMICA, PARA MOSAICOS, BARNIZADOS O ESMALTADOS, INCLUSO CON SOPORTE. -Plaquitas, cubos, dados y artículos similares, incluso de forma distinta de la cuadrada o rectangular, en los que la superficie mayor pueda inscribirse en un cuadrado de lado inferior a 7 cm: --De barro o arcilla ordinaria. --Los demás. -Los demás: --Bordillos, remates, frisos, esquinas, cenefas y demás piezas especiales aná logas: ---De barro o arcilla ordinaria. ---Las demás. --Placas, plaquitas y baldosas para pavimentación o revestimiento: ---De gres. ---Los demás. --Los demás: ---De barro o arcilla ordinaria. ---Los demás. APARATOS Y ARTÍCULOS, DE CERÁMICA, PARA USOS QUÍ MICOS O DEMÁ S USOS TÉ CNICOS; ABREVADEROS, PILAS Y RECIPIENTES SIMILARES, DE CERÁMICA, PARA USO RURAL; CÁ NTAROS Y RECIPIENTES SIMILARES, DE CERÁMICA, PARA TRANSPORTE O ENVASADO. -Aparatos y artículos para usos químicos o demás usos técnicos: --De porcelana. --Artículos con una dureza equivalente a 9 o superior en la escala de Mohs. --Los demás: ---De barro o arcilla ordinaria. ---Los demás. -Los demás: --De barro o arcilla ordinaria. --Los demás. FREGADEROS (PILETAS DE LAVAR), LAVABOS, PEDESTALES DE LAVABO, BAÑ ERAS, BIDÉ S,INODOROS, CISTERNAS (DEPÓ SITOS DE AGUA) PARA INODOROS, URINARIOS Y APARATOS FIJOS SIMILARES, DE CERÁMICA, PARA USOS SANITARIOS. -De porcelana: --Lavabos (incluso con su pedestal), bidés, orinales, inodoros y cisternas para inodoros: ---Inodoros, incluso con su cisterna, de 10 pulgadas de alto para uso de niños.

10 10 10

B B B

10 10 10

B B B

10 10

B B

10 10

B B

10 10

B B

10 10

B B

3 3

A A

15 3

C A

15 15

C C

10

B

10

B

10 10 10 1O 10 10 10

B B B B B B B

---Inodoros, incluso con su cisterna, de 18 pulgadas de alto para uso de personas impedidas. ---Bidés. ---Orinales de altura inferior o igual a 14 pulgadas. ---Orinales de altura superior a 14 pulgadas. ---Inodoros con su cisterna, moldeados en una pieza. ---Pedestales de lavabos. ---Los demás. --Fregaderos (piletas de lavar) y tinas de baños.

Página 217 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 6910.10.30 6910.10.90 6910.90

6910.90.11 6910.90.12 6910.90.13 6910.90.14 6910.90.15 6910.90.16 6910.90.17 6910.90.19 6910.90.20 6910.90.30 6910.90.90 69.11 6911.10.00 6911.90 6911.90.10 6911.90.90 69.12

6912.00.11 6912.00.19 6912.00.20 6912.00.90 69.13 6913.10.00 6913.90 6913.90.10 6913.90.91 6913.90.99 69.14 6914.10 6914.10.10 6914.10.90 6914.90 6914.90.10 6914.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Asientos para inodoros. --Los demás. -Los demás: --Lavabos (incluso con su pedestal), bidés, orinales, inodoros y cisternas para inodoros: ---Inodoros, incluso con su cisterna, de 10 pulgadas de alto para uso de niños.

10 10

B B

10

B

---Inodoros, incluso con su cisterna, de 18 pulgadas de alto para uso de personas impedidas. ---Bidés. ---Orinales de altura inferior o igual a 14 pulgadas. ---Orinales de altura superior a 14 pulgadas. ---Inodoros con su cisterna, moldeados en una pieza. ---Pedestales de lavabos. ---Los demás. --Fregaderos (piletas de lavar) y tinas de baños. --Asientos para inodoros. --Los demás. VAJILLA Y DEMÁ S ARTÍCULOS DE USO DOMÉ STICO, HIGIENE O TOCADOR, DE PORCELANA. -Artículos para el servicio de mesa o cocina. -Los demás: --Accesorios para instalaciones sanitarias o higiénicas --Los demás. VAJILLA Y DEMÁ S ARTÍCULOS DE USO DOMÉ STICO, HIGIENE O TOCADOR, DE CERÁMICA, EXCEPTO PORCELANA. -Vajillas y otros artículos de uso doméstico: --De barro ordinario o arcilla ordinaria. --Los demás. -Accesorios para instalaciones sanitarias o higiénicas diseñados para fijarlos en las paredes o empotrarlos. -Los demás. ESTATUILLAS Y DEMÁ S ARTÍCULOS PARA ADORNO, DE CERÁMICA. -De porcelana. -Los demás: --De losa. --Los demás: ---De barro o arcilla ordinaria. ---Los demás. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE CERÁMICA. -De porcelana: --Estufas y otros aparatos de calefacción. --Las demás. -Las demás: --De barro o arcilla ordinaria. --Los demás.

10

B

10 10 10 10 10 10 10 10 10

B B B B B B B B B

10

B

10 10

B B

10 10 10

B B B

15

B

10

B

10

B

15 10

B B

15 15

B B

15 15

B B

Página 218 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

B

LIBRE 10

A B

10 10

B B

10

B

10 10 LIBRE 10

B B A B

10 LIBRE 10 10 10

B A B B B

LIBRE LIBRE 10

A A B

LIBRE LIBRE 10

A A B

10 LIBRE 10

B A B

10 LIBRE 10

B A B

CAPITULO 70 70 7001.00.00 70.02

7005.21

VIDRIO Y SUS MANUFACTURAS. DESPERDICIOS Y DESECHOS DE VIDRIO; VIDRIO EN MASA. VIDRIO EN BOLAS (EXCEPTO LAS MICROESFERAS DE LA PARTIDA No. 70.18), BARRAS, VARILLAS O TUBOS, SIN TRABAJAR. -Bolas. -Barras o varillas. -Tubos: --De cuarzo o demás sílices fundidos. --De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10-6 por Kelvin, entre 0 ºC y 300 ºC --Los demás. VIDRIO COLADO O LAMINADO, EN PLACAS, HOJAS O PERFILES, INCLUSO CON CAPA ABSORBENTE, REFLECTANTE O ANTIRREFLECTANTE, PERO SIN TRABAJAR DE OTRO MODO. -Placas y hojas, sin armar: --Coloreadas en la masa, opacificadas, chapadas o con capa absorbente, reflectante o antirreflectante: ---Placas y hojas, de forma cuadrada o rectangular: ----Celosías. ----Las demás, opacificadas o traslúcidas. ----Las demás. ---Las demás --Las demás: ---Celosías. ---Las demás, placas y en hojas, de forma cuadrada o rectangular. ---Las demás. -Placas y hojas, armadas. -Perfiles. VIDRIO ESTIRADO O SOPLADO, EN HOJAS, INCLUSO, CON CAPA ABSORBENTE, REFLECTANTE O ANTIRREFLECTANTE, PERO SIN TRABAJAR DE OTRO MODO. -Vidrio coloreado en la masa, opacificado, chapa do o con capa absorbente, reflectante o antirreflectante. --Placa y hojas, de forma cuadrada o rectangular: ---Celosías. ---Las demás. --Las demás. -Los demás vidrios: --Placas y hojas, de forma cuadrada o rectangular: ---Celosías. ---Las demás. --Las demás. VIDRIO FLOTADO Y VIDRIO DESBASTADO O PULIDO POR UNA DE LAS DOS CARAS, EN PLACAS U HOJAS, INCLUSO CON CAPA ABSORBENTE, REFLECTANTE O ANTIRREFLECTANTE, PERO SIN TRABAJAR DE OTRO MODO. -Vidrio sin armar con capa absorbente, reflectante o antirreflectante: --Placas y hojas, de forma cuadrada o rectangular: ---Celosías. ---Las demás. --Las demás. -Los demás vidrios sin armar: --Coloreados en la masa, opacificados, chapados o simplemente desbastados:

7005.21.11 7005.21.19 7005.21.90

---Placas y hojas, de forma cuadrada o rectangular: ----Celosías. ----Los demás. ---Las demás.

7002.10.00 7002.20.00 7002.31.00 7002.32.00 7002.39.00 70.03

7003.12

7003.12.11 7003.12.12 7003.12.19 7003.12.90 7003.19 7003.19.10 7003.19.20 7003.19.90 7003.20.00 7003.30.00 70.04

7004.20

7004.20.11 7004.20.19 7004.20.90 7004.90 7004.90.11 7004.90.19 7004.90.90 70.05

7005.10 7005.10.11 7005.10.19 7005.10.90

Página 219 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7005.29 7005.29.11 7005.29.19 7005.29.90 7005.30.00 70.06

7006.00.11 7006.00.19 7006.00.90 70.07

7007.11.00 7007.19.00 7007.21.00 7007.29.00 70.08 7008.00.10 7008.00.90 70.09 7009.10.00 7009.91 7009.91.10 7009.91.90 7009.92 7009.92.10 7009.92.20 7009.92.90 70.10

7010.10.00 7010.20.00 7010.91 7010.91.10 7010.91.20 7010.91.90 7010.92 7010.92.10 7010.92.20 7010.92.90 7010.93

DESCRIPCION --Los demás: ---Placas y hojas, de forma cuadrada o rectangular: ----Celosías. ----Las demás. ---Las demás. -Vidrio armado. VIDRIO DE LAS PARTIDAS Nos. 70.03, 70.04 ó 70.05, CURVADO, BISELADO, GRABADO, TALADRADO, ESMALTADO O TRABAJADO DE OTRO MODO, PERO SIN ENMARCAR NI COMBINAR CON OTRAS MATERIAS. -Placas y hojas, sin armar, biselado o desbastado, y cortado en forma cuadrada o rectangular: --Celosías. --Los demás. -Los demás. VIDRIO DE SEGURIDAD CONSTITUIDO POR VIDRIO TEMPLADO O CONTRACHAPADO. -Vidrio templado: --De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos. --Los demás. -Vidrio contrachapado: --De dimensiones y formatos que permitan su empleo en automóviles, aeronaves, barcos u otros vehículos. --Los demás. VIDRIERAS AISLANTES DE PAREDES MÚ LTIPLES. -Traslúcidas. -Las demás. ESPEJOS DE VIDRIO, ENMARCADOS O NO, INCLUIDOS LOS ESPEJOS RETROVISORES. -Espejos retrovisores para vehículos. -Los demás: --Sin enmarcar: ---Planchas y hojas, sin trabajar ni combinar con otras materias. ---Los demás. --Enmarcados: ---Espejos portátiles, de tocador, mesa o del tipo que se manipula a pulso. ---Espejos curvos (cóncavos o convexos). ---Los demás. BOMBONAS (DAMAJUANAS), BOTELLAS, FRASCOS, BOCALES, TARROS, ENVASES TUBULARES, AMPOLLAS Y DEMÁ S RECIPIENTES PARA EL TRANSPORTE O ENVASADO, DE VIDRIO; BOCALES PARA CONSERVAS, DE VIDRIO; TAPONES, TAPAS Y DEMÁ S DISPOSITIVOS DE CIERRE, DE VIDRIO. -Ampollas. -Tapones, tapas y demás dispositivos de cierre. -Los demás, de capacidad: --Superior a 1 litro: ---Tallados, esmerilados o deslustrados, enfundados o recubiertos con otras materias. ---Los demás, de los tipos fabricados en el país (con capacidad superior a 30 c.c. y mayores de 50 gramos de peso). ---Los demás. --Superior a 0.33 litros (330 cc) pero inferior o igual a 1 litro: ---Tallados, esmerilados o deslustrados, enfundados o recubiertos con otras materias. ---Los demás, de los tipos fabricados en el país (con capacidad superior a 30 cc y mayores de 50 gramos de peso). ---Los demás. --Superior a 0.15 litros (150 cc) pero inferior o igual a 0.33 litros (330 cc):

Página 220 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 LIBRE 10 10

B A B B

10 10 10

B B B

10

B

LIBRE

A

10

B

10

A

15 15

B B

10

A

15 15

C C

15 15 15

C C C

LIBRE 10

A B

15

C

15

C

LIBRE

A

15

C

15

C

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7010.93.10 7010.93.20 7010.93.30 7010.93.90 7010.94 7010.94.10 7010.94.20 7010.94.30 7010.94.90 70.11

7011.10.00 7011.20.00 7011.90.00 70.12 7012.00.10 7012.00.90 70.13

7013.10 7013.10.11 7013.10.19 7013.10.21 7013.10.29 7013.10.30 7013.10.90

7013.21.00 7013.29.00

7013.31 7013.31.10 7013.31.90 7013.32 7013.32.10 7013.32.90 7013.39 7013.39.11 7013.39.19 7013.39.90 7013.91.00 7013.99

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Tallados, esmerilados o deslustrados, enfundados o recubiertos con otras materias. ---Los demás, de los tipos fabricados en el país (con capacidad superior a 30 cc y mayores de 50 gramos de peso). ---Para colonias ---Los demás. --inferior o igual a 0.15 litros (150 cc): ---Tallados, esmerilados o deslustrados, enfundados o recubiertos con otras materias. ---Los demás, de los tipos fabricados en el país (con capacidad superior a 30 cc y mayores de 50 gramos de peso). ---Envases de vidrio con capacidad de 55 a 60 cc para tintas de teñir calzados

15

C

15

C

LIBRE LIBRE

A A

15

C

15

C

LIBRE

A

LIBRE

A

10 10 10

B B B

15

C

10

B

10 15

B C

10 15 15 15

B C C C

10 15

B B

10 10

B B

10 10

B B

10

B

10 15

B C

10

B

---Los demás. AMPOLLAS Y ENVOLTURAS TUBULARES, ABIERTAS, Y SUS PARTES, DE VIDRIO, SIN GUARNICIONES, PARA LÁMPARAS ELÉ CTRIGUARNICIONES, PARA LÁMPARAS ELÉ CTRICAS, TUBOS CATÓ DICOS O SIMILARES. -Para alumbrado eléctrico. -Para tubos catódicos. -Las demás. AMPOLLAS DE VIDRIO PARA TERMOS O DEMÁ S RECIPIENTES ISOTÉ RMICOS AISLADOS POR VACÍO. -De los tipos fabricados en el país (con capacidad superior a 30 cc y mayores de 50 gramos de peso). -Los demás. ARTÍCULOS DE VIDRIO PARA SERVICIO DE MESA, COCINA, TOCADOR, OFICINA, PARA ADORNO DE INTERIORES O USOS SIMILARES, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 70.10 ó 70.18. -Artículos de vitrocerámica: --Artículos para el servicio de mesa o cocina: ---Biberones. ---Los demás. --Artículos para el servicio de tocador: ---Accesorios para cuarto de baño de fijarse o empotrarse ---Los demás. --Artículos para oficinas. --Los demás. -Recipientes para beber (por ejemplo: vasos, jarros), excepto los de vitrocerá mica: --De cristal al plomo. --Los demás. -Artículos para el servicio de mesa (excluidos los recipientes para beber) o cocina, excepto los de vitrocerámica: --De cristal al plomo: ---Biberones. ---Los demás. --De vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10 - 6 por Kelvin, entre 0 ºC y 300 ºC : ---Biberones. ---Los demás. --Los demás: ---Biberones: ----De los tipos fabricados en el país (con capacidad superior a 30 cc y mayores de 50 gramos en peso). ----Los demás. ---Los demás. -Los demás artículos: --De cristal al plomo. --Los demás:

Página 221 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7013.99.11 7013.99.19 7013.99.20 7013.99.90 7014.00.00

70.15

7015.10.00 7015.90.00 70.16

7016.10.00 7016.90.00 70.17

7017.10.00 7017.20.00 7017.90.00 70.18

7018.10.00 7018.20.00 7018.90.00 70.19

70191100 7019.12.00 7019.19.00 7019.31.00 7019.32.00 7019.39 7019.39.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

B

----Los demás. ---Artículos de oficina. ---Los demás. VIDRIO PARA SEÑ ALIZACIÓ N Y ELEMENTOS DE Ó PTICA DE VIDRIO (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 70.15), SIN TRABAJAR Ó PTICAMENTE. CRISTALES PARA RELOJES Y CRISTALES ANÁ LOGOS, CRISTALES PARA GAFAS (ANTEOJOS), INCLUSO CORRECTORES, ABOMBADOS, CURVADOS, AHUECADOS O SIMILARES, SIN TRABAJAR Ó PTICAMENTE; ESFERAS HUECAS Y SUS SEGMENTOS (CASQUETES ESFÉ RICOS), DE VIDRIO, PARA LA FABRICACIÓ N DE ESTOS CRISTALES. -Cristales para gafas (anteojos) correctoras. -Los demás. ADOQUINES, BALDOSAS, LADRILLOS, PLACAS, TEJAS Y DEMÁ S ARTÍ CULOS DE VIDRIO PRENSADO O MOLDEADO, INCLUSO ARMADO, PARA LA CONSTRUCCIÓ N; CUBOS, DADOS Y DEMÁ SARTÍCULOS SIMILARES, DE VIDRIO, INCLUSO CON SOPORTE, PARA MOSAICOS O DECORACIONES SIMILARES; VIDRIERAS ARTÍSTICAS (VITRALES, INCLUSO DE VIDRIOS INCOLOROS);VIDRIO "MULTICELULAR" O VIDRIO "ESPUMA", EN BLOQUES, PANELES, PLACAS, COQUILLAS O FORMAS SIMILARES.

15 15 10 LIBRE

C C B A

10 15

B C

-Cubos, dados y demás artículos similares, de vidrio, incluso con soporte, para mosaicos o decoraciones similares. -Los demás. ARTÍCULOS DE VIDRIO PARA LABORATORIO, HIGIENE O FARMACIA, INCLUSO GRADUADOS O CALIBRADOS. -De cuarzo o demás sílices fundidos. -De otro vidrio con un coeficiente de dilatación lineal inferior o igual a 5 x 10 - 6 por Kelvin, entre 0 ºC y 300 ºC. -Los demás. CUENTAS DE VIDRIO, IMITACIONES DE PERLAS, DE PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS Y ARTÍCULOS SIMILARES DE ABALORIO, Y SUS MANUFACTURAS, EXCEPTO LA BISUTERÍA; OJOS DE VIDRIO, EXCEPTO LOS DE PRÓ TESIS; ESTATUILLAS Y DEMÁ S ARTÍ CULOS DE ADORNO, DE VIDRIO TABAJADO AL SOPLETE (VIDRIO AHILADO), EXCEPTO LA BISUTERÍA; MICROESFERAS DE VIDRIO CON UN DIÁMETRO INFERIOR O IGUAL A 1 mm.

15

C

10

B

3 3

A A

3

A

-Cuentas de vidrio, imitaciones de perlas, de piedras preciosas o semipreciosas y artículos similares de abalorio. -Microesferas de vidrio con un diámetro inferior o igual a 1mm. -Los demás. FIBRA DE VIDRIO (INCLUIDA LA LANA DE VIDRIO) Y MANUFACTURAS DE ESTA MATERIA (POR EJEMPLO: HILADOS, TEJIDOS). -Mechas, "rovings" e hilados, aunque estén --Hilados cortados, de longitud inferior o igual a 50 mm. --"Rovings". --Los demás. -Velos, napas, "mats", colchones, paneles y productos similares sin tejer: --"Mats" --Velos. --Los demás: ---Paneles, planchas o láminas, de fibra de vidrios, cortados a tamaño, revestidas en una de sus cortados a tamaño, revestidas en una de sus caras con materia plástica artificial, propias para cielo raso suspendido.

15

B

3 15

A C

15 15 15

C C C

10 10

B B

15

C

---Artículos para el servicio de tocador: ----Accesorios para cuarto de baño que se fijan o empotran permanentemente.

Página 222 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7019.39.90 7019.40.00 7019.51.00 7019.52.00

7019.59.00 7019.90.00 7020.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás. -Tejidos de "rovings". -Los demás tejidos: --De anchura inferior o igual a 30 cm. --De anchura superior a 30 cm, de ligamento tafetán, con gramaje inferior a 250 g/m2, de filamentos de título inferior o igual 136 tex por hilo sencillo.

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 10 10

A B B

--Los demás. -Los demás. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE VIDRIO.

Página 223 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 15

B B

10 15

B B

10

B

10 10

B B

10 10

B B

10

B

10 10

B B

10 10 10

B B B

10 10

B B

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

CAPITULO 71 71

71.01

7101.10 7101.10.10 7101.10.20 7101.21.00 7101.22.00 71.02 7102.10.00 7102.21.00 7102.29.00 7102.31.00 7102.39.00 71.03

7103.10.00 7103.91.00 7103.99.00 71.04

7104.10.00 7104.20.00 7104.90.00 71.05 7105.10.00 7105.90.00 71.06 7106.10.00 7106.91.00 7106.92.00 7107.00.00 71.08

PERLAS FINAS (NATURALES) O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, MATERIALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; BISUTERÍ A; MONEDAS. PERLAS FINAS (NATURALES) O CULTIVADAS, INCLUSO TRABAJADAS O CLASIFICADAS,PERO SIN ENSARTAR, MONTAR NI ENGARZAR; PERLAS FINAS (NATURALES) O CULTIVADAS, ENSARTADAS TEMPORALMENTE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE. -Perlas finas (naturales): --En bruto. --Trabajadas -Perlas cultivadas: --En bruto --Trabajadas DIAMANTES, INCLUSO TRABAJADOS, SIN MONTAR NI ENGARZAR. -Sin clasificar -Industriales: --En bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados --Los demás -No industriales: --en bruto o simplemente aserrados, exfoliados o desbastados --Los demás PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, NATURALES, EXCEPTO LOS DIAMANTES,INCLUSO TRABAJADAS O CLASIFICADAS, SIN ENSARTAR, MONTAR NI ENGARZAR; PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, NATURALES, EXCEPTO LOS DIAMANTES, SIN CLASIFICAR, ENSARTADAS TEMPORALMENTE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE. -En bruto o simplemente aserradas o desbastadas -Trabajadas de otro modo: --Rubíes, zafiros y esmeraldas. --Las demás. PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, SINTÉ TICAS O RECONSTITUIDAS, INCLUSO TRABAJADAS O CLASIFICADAS, SIN ENSARTAR, MONTAR NI ENGARZAR; PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, SINTÉ TICAS O RECONSTITUIDAS, SIN CLASIFICAR, ENSARTADAS TEMPORALMENTE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE. -Cuarzo piezoeléctrico -Las demás, en bruto o simplemente aserradas o desbastadas -Las demás POLVO DE PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS, NATURALES O SINTÉ TICAS. -De diamante -Los demás II METALES PRECIOSOS Y CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ). PLATA (INCLUIDA LA PLATA DORADA Y LA PLATINADA) EN BRUTO, SEMILABRADA O EN POLVO. -Polvo. -Las demás: --En bruto. --Semilabrada CHAPADO (PLAQUÉ ) DE PLATA SOBRE METAL COMÚ N, EN BRUTO O SEMILABRADO. ORO (INCLUIDO EL ORO PLATINADO) EN BRUTO, SEMILABRADO O EN POLVO. -Para uso no monetario:

Página 224 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7108.11.00 7108.12.00 7108.13.00 7108.20.00 7109.00.00 71.10

7110.11.00 7110.19.00 7110.21.00 7110.29.00 7110.31.00 7110.39.00 7110.41.00 7110.49.00 7111.00.00 71.12

7112.10.00 7112.20.00 7112.90.00 71.13

7113.11.00 7113.19.00 7113.20.00 71.14

7114.11.00 7114.19.00 7114.20.00 71.15 7115.10.00 7115.90.00 71.16

7116.10.00 7116.20.00 71.17

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Polvo --Las demás formas en bruto. --Las demás formas semilabradas. -Para uso monetario CHAPADO (PLAQUÉ ) DE ORO SOBRE METAL COMÚ N O SOBRE PLATA, EN BRUTO O SEMILABRADO PLATINO EN BRUTO, SEMILABRADO O EN POLVO. -Platino: --En bruto o en polvo --Los demás -Paladio: --En bruto o en polvo. --Los demás -Rodio: --En bruto o en polvo. --Los demás -Iridio, osmio y rutenio: --En bruto o en polvo. --Los demás. CHAPADO (PLAQUÉ ) DE PLATINO SOBRE METAL COMÚ N, PLATA U ORO, EN BRUTO O SEMILABRADO. DESPERDICIOS Y DESECHOS , DE METAL PRECIOSO O DE CHAPADO DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ); DEMÁ S DESPERDICIOS Y DESECHOS QUE CONTENGAN METAL PRECIOSO O COMPUESTOS DE METAL PRECIOSO, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PRINCIPALMENTE PARA LA RECUPERACIÓ N DEL METAL PRECIOSO. -De oro o de chapado (plaqué) de oro, excepto las cenizas de orfebrería que contengan otro metal precioso. -De platino o de chapado (plaqué) de platino, excepto las cenizas de orfebrería que contengan otro metal precioso. -Los demás. III. JOYERÍA Y DEMÁ S MUFACTURAS. ARTÍCULOS DE JOYERÍA Y SUS PARTES, DE METAL PRECIOSO O DE CHAPADO DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ). -De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué):

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

--De plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso (plaqué). --De los demás metales preciosos, inlcuso revestido o chapados de metal precioso (plaqué). -De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común ARTÍCULOS DE ORFEBRERÍA Y SUS PARTES, DE METAL PRECIOSO O DE CHAPADO DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ). -De metal precioso, incluso revestido o chapado de metal precioso (plaqué):

10 10

B B

10

B

--De plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso (plaqué). --De los demás metales preciosos, incluso revestidos o chapados de metal precioso (plaqué). -De chapado de metal precioso (plaqué) sobre metal común. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE METAL PRECIOSO O DE CHAPADO DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ). -Catalizadores de platino en forma de tela o enrejado. -Las demás. MANUFACTURAS DE PERLAS FINAS (NATURALES) O CULTIVADAS, DE PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS (NATURALES, SINTÉ TICAS O RECONSTITUIDAS). -De perlas finas (naturales) o cultivadas. -De piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas). BISUTERÍA.

10 10

B B

10

B

10 10

B B

10 10

B B

Página 225 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7117.11.00 7117.19.00 7117.90 7117.90.10 7117.90.20

7117.90.31 7117.90.32 7117.90.39 7117.90.41 7117.90.42 7117.90.43 7117.90.44 7117.90.45 7117.90.46 7117.90.47 7117.90.49 71.18 7118.10.00 7118.90.00

DESCRIPCION '-De metal común, incluso plateado, dorado o platinado: --Gemelos y pasadores similares. --Las demás. -Las demás: --Gemelos y pasadores similares de cualquier materia, excepto de metal común. --Los demás, que estén constituidos, por lo menos, de dos o más materias distintas, prescindiendo de los simples dispositivos de unión. --De marfil, hueso, concha de tortuga, cuerno, asta, coral, nácar, y demás materias animales de talla, incluso obtenidas por moldeo: ---De marfil. ---De concha de tortuga. ---Las demás. --Los demás: ---De materia plástica artificial. ---De madera. ---De piedra de talla o construcción, excepto de piedra preciosa o semipreciosa. ---De loza o porcelana. ---De las demás materias cerámicas. ---De vidrio. ---De materias vegetales de talla, excepto de madera; de otra materias minerales de talla no especificadas. ---Los demás. MONEDAS. -Monedas sin curso legal, excepto las de oro. -Las demás.

Página 226 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 10

B B

15

B

10

B

15 15 15

B B B

10 15 15

B B B

10 15 15 10

B B B B

10

B

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE

A

LIBRE

A

15 15

C C

15 15 15

C C C

15 15 15 15 15 15

C C C C C C

15 15 15 15

C C C C

15

C

15

C

LIBRE

A

LIBRE 10 LIBRE

A B A

LIBRE

A

10 10

B B

LIBRE

A

15 15

C C

10 10

B B

CAPITULO 72 72 72.01 7201.10.00 7201.20.00 7201.50.00 72.02 7202.11.00 7202.19.00 7202.21.00 7202.29.00 7202.30.00 7202.41.00 7202.49.00 7202.50.00 7202.60.00 7202.70.00 7202.80.00 7202.91.00 7202.92.00 7202.93.00 7202.99.00 72.03

7203.10.00 7203.90.00 72.04 7204.10.00 7204.21.00 7204.29.00 7204.30.00 7204.41.00 7204.49.00 7204.50.00 72.05 7205.10.00 7205.21.00 7205.29.00 72.06 7206.10.00 7206.90.00

FUNDICIÓ N, HIERRO Y ACERO FUNDICIÓ N EN BRUTO Y FUNDICIÓ N ESPECULAR, EN LINGOTES, BLOQUES U OTRAS FORMAS PRIMARIAS. -Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo inferior o igual al 0. en peso. -Fundición en bruto sin alear con un contenido de fósforo superior al 0. en peso. -Fundición en bruto aleada; fundición especular. FERROALEACIONES. -Ferromanganeso: --Con un contenido de carbono superior al 2% en peso --Los demás. -Ferrosilicio: --Con un contenido de silicio superior al 5 en peso --Los demás. -Ferro-sílico-manganeso. -Ferrocromo: --Con un contenido de carbono superior al 4% en peso --Los demás. -Ferro-sílico-cromo. -Ferroníquel. -Ferromolibdeno. -Ferrovolframio y ferro-sílico-volframio. -Las demás: --Ferrotitanio y ferro-sílico-titanio. --Ferrovanadio. --Ferroniobio. --Las demás. PRODUCTOS FÉ RREOS OBTENIDOS POR REDUCCIÓ N DIRECTA DE MINERALES DE HIERRO Y DEMÁ S PRODUCTOS FÉ RREOS ESPONJOSOS, EN TROZOS, "PELLETS" OFORMAS SIMILARES; HIERRO CON UNA PUREZA SUPERIOR O IGUAL AL 99.94% EN PESO, EN TROZOS, "PELLETS" O FORMAS SIMILARES. -Productos férreos obtenidos por reducción directa de minerales de hierro. -Los demás. DESPERDICIOS Y DESECHOS (CHATARRA), DE FUNDICIÓ N, HIERRO O ACERO; LINGOTES DE CHATARRA DE HIERRO O ACERO. -Desperdicios y desechos, de fundición. -Desperdicios y desechos, de acero aleados: --De acero inoxidable. --Los demás. -Desperdicios y desechos, de hierro o acero estañados -Los demás desperdicios y desechos: --Torneaduras, virutas, esquirlas, limaduras (de amolado, aserrado, limado) y recortes de estampado o de corte, incluso en paquetes. --Los demás. -Lingotes de chatarra. GRANALLAS Y POLVO, DE FUNDICIÓ N EN BRUTO, DE FUNDICIÓ N ESPECULAR, DE HIERRO Y ACERO. -Granallas. -Polvo: --De aceros aleados. --Los demás. HIERRO Y ACERO SIN ALEAR, EN LINGOTES O DEMÁ S FORMAS PRIMARIAS, EXCEPTO EL HIERRO DE LA PARTIDA No. 72.03 -Lingotes. -Los demás.

Página 227 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 72.07 7207.11.00 7207.12.00 7207.19.00 7207.20.00 72.08

7208.10.00

7208.25.00 7208.26.00 7208.27.00 7208.36.00 7208.37.00 7208.38.00 7208.39.00 7208.40.00

7208.51.00 7208.52.00 7208.53.00 7208.54.00 7208.90.00 72.09

7209.15.00 7209.16.00 7209.17.00 7209.18.00 7209.25.00 7209.26.00 7209.27.00 7209.28.00 7209.90.00 72.10

7210.11.00 7210.12.00 7210.20.00 7210.30 7210.30.10 7210.30.20 7210.30.91 7210.30.99 7210.41.00 7210.49

DESCRIPCION PRODUCTOS INTERMEDIOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR. -Con un contenido de carbono inferior al 0.2 en peso: --De sección transversal cuadrada o rectangular,cuya anchura sea inferior al doble del espesor. --Los demás, de sección transversal rectangular. --Los demás. -Con un contenido de carbono superior o igual al 0.2 en peso. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm, LAMINADOS EN CALIENTE, SIN CHAPAR NI REVESTIR. -Enrollados, simplemente laminados en caliente, en caliente, con motivos en relieve. -Los demás, enrollados, simplemente laminados en caliente, decapados: --De espesor superior o igual a 4.75 mm --De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm --De espesor inferior a 3 mm -Los demás, enrollados, simplemente laminados en caliente: --De espesor superior a 10 mm. --De espesor superior o igual 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. --De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm --De espesor inferior a 3 mm. -Sin enrollar, simplemente laminados en caliente, con motivos en relieve. -Los demás, sin enrollar, simplemente laminados en caliente. --De espesor superior a 10 mm. --De espesor superior o igual 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. --De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm --De espesor inferior a 3 mm. -Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm, LAMINADOS EN FRÍO, SIN CHAPAR NI REVESTIR. -Enrollados, simplemente laminados en frío: --De espesor superior o igual a 3 mm. --De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm --De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm. --De espesor inferior a 0.5 mm. -Sin enrollar, simplemente laminados en frío: --De espesor superior o igual a 3 mm. --De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm --De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm. --De espesor inferior a 0.5 mm. -Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm, CHAPADOS O REVESTIDOS. -Estañados: --De espesor superior o igual a 0.5 mm. --De espesor inferior a 0.5 mm. -Emplomados, incluidos los revestidos con una aleación de plomo y estaño. -Cincados (galvanizados) electrolíticamente: --Ondulados. --Revestidas con material fosfatizado. --Los demás: ---En los cas del 20 al 30, inclusive. ---Las demás. -Cincados (galvanizados) de otro modo: --Ondulados. --Los demás:

Página 228 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE 10 LIBRE

A B A

LIBRE LIBRE 10 LIBRE LIBRE

A A B A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 15

A A A A C

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

10 LIBRE

B A

LIBRE 10

A B

10

B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7210.49.10 7210.49.20 7210.49.90 7210.50.00 7210.61 7210.61.10 7210.61.20 7210.61.90 7210.69 7210.69.10 7210.69.20 7210.69.90 7210.70 7210.70.10 7210.70.90 7210.90 7210.90.11 7210.90.19 7210.90.90 72.11

7211.13.00

7211.14.00 7211.19.00 7211.23.00 7211.29.00 7211.90.00 72.12

7212.10 7212.10.10 7212.10.20 7212.10.90 7212.20 7212.20.10 7212.20.20 7212.20.30 7212.20.91 7212.20.99 7212.30 7212.30.10 7212.30.20 7212.30.30 7212.30.91 7212.30.99 7212.40 7212.40.10 7212.40.20 7212.40.30 7212.40.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Revestidas con material fosfatizado. ---Los demás, en cas del 20 al 30, inclusive. ---Los demás. -Revestidos de óxidos de cromo o de cromo y óxidos de cromo. -Revestidos de aluminio: --Revestidos de aleacciones de aluminio y cinc. ---Ondulados. ---En los cas del 20 al 30, inclusive. ---Los demás --Los demás ---Ondulados. ---En los cas del 20 al 30, inclusive. ---Los demás -Pintados, barnizados o revestidos de plástico: --Ondulados. --Los demás. -Los demás: --Ondulados: ---Revestidos de asfalto, incluso con capas de aluminio gofrado. ---Los demás. --Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm, SIN CHAPAR NI REVESTIR. -Simplemente laminados en caliente: --Laminados en las cuatro caras o en acanaladuras cerradas, de anchura superior a 150 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y sin motivos en relieve. --Los demás, de espesor superior o igual a 4.75 mm --Los demás. -Simplemente laminados en frío: --Con un contenido de carbono inferior al 0.2 en peso. --Los demás. -Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR, DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm, CHAPADOS O REVESTIDOS. -Estañados: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás. -Cincados (galvanizados) electrolíticamente: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Ondulados. --Los demás: ---En cas del 20 al 30, inclusive. ---Los demás. -Cincados (galvanizados) de otro modo: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás, ondulados. --Los demás: ---En calibres del 20 al 30, inclusive ---Los demás. -Pintados, barnizados o revestidos de plásticos: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás, ondulados. --Los demás.

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

10 10 10

B B B

10 10 10

B B B

10 LIBRE

B A

15 10 LIBRE

C B A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE 10

A A B

10 10

B B

LIBRE LIBRE 10

A A B

10 10

B B

LIBRE LIBRE 10 LIBRE

A A B A

Página 229 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7212.50 7212.50.10 7212.50.20

DESCRIPCION

7214.99.21 7214.99.29 7214.99.90 72.15 7215.10

-Revestidos de otro modo: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás, ondulados: ---Revestidos de asfalto, incluso con capas de aluminio gofrado. ---Los demás. --Los demás aluminizados: ---En calibres del 20 al 30, inclusive ---Los demás --Los demás. -Chapados: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás, ondulados. --Los demás. ALAMBRÓ N DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR. -Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado. -Los demás, de acero de fácil mecanización. -Los demás: --De sección circular con diámetro inferior a 14 mm: ---Con un contenido de carbono superior o igual al 0.6% en peso. ---Los demás. --Los demás: ---Con un contenido de carbono superior o igual al 0.6% en peso. ---Los demás. BARRAS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR,SIMPLEMENTE FORJADAS, LAMINADAS O EXTRUDIDAS, EN CALIENTE, ASÍ COMO LAS SOMETIDAS A TORSIÓ N DESPUÉ S DEL LAMINADO. -Forjadas: --Pletinas. --Los demás. -Con muescas, cordones, surcos o relieves, producidos en el laminado o sometidas a torsión después del laminado: --Barras y varillas, deformadas (corrugadas), para reforzar concreto (hormigó n). --Las demás. -Las demás, de acero de fácil mecanización: --Pletinas. --Las demás, lisas, de sección circular o cuadrada. --Las demás. -Las demás: --De sección transversal rectangular. --Las demás: ---Las demás, con un contenido de carbono inferior al 0.2 ----Las demás, lisas, de sección circular o cuadrada. ----Las demás. ---Las demás, con un contenido de carbono superior o igual al 0.2 en peso pero inferior al 0.6%: ----Las demás, lisas, de sección circular o cuadrada. ----Las demás. ---Las demás. LAS DEMÁ S BARRAS DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR. -De acero de fácil mecanización, simplemente obtenidas o acabadas en frío:

7215.10.10 7215.10.20 7215.10.30 7215.10.40 7215.10.90 7215.50

--Pletinas. --Las demás barras y varillas estañadas, galvanizadas o emplomadas. --Las demás, de sección circular. --Las demás, de sección cuadrada. --Las demás. '-Las demás, simplemente obtenidas o acabadas en frío:

7212.50.31 7212.50.39 7212.50.41 7212.50.49 7212.50.90 7212.60 7212.60.10 7212.60.20 7212.60.30 7212.60.90 72.13 7213.10.00 7213.20.00 7213.91 7213.91.10 7213.91.90 7213.99 7213.99.10 7213.99.90 72.14

7214.10 7214.10.10 7214.10.90 7214.20 7214.20.10 7214.20.90 7214.30 7214.30.10 7214.30.20 7214.30.90 7214.91.00 7214.99 7214.99.11 7214.99.19

Página 230 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

15 10

C B

10 LIBRE LIBRE

B A A

LIBRE LIBRE 10 LIBRE

A A B A

LIBRE LIBRE

A A

10 LIBRE

B A

10 LIBRE

B A

LIBRE LIBRE

A A

10

B

10

B

LIBRE 10 10

A B B

LIBRE

A

LIBRE 10

A B

10 10 LIBRE

B B A

LIBRE 10 LIBRE LIBRE 10

A B A A B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7215.50.11 7215.50.12 7215.50.13 7215.50.14 7215.50.19

7215.50.21 7215.50.22 7215.50.23 7215.50.24 7215.50.29 7215.50.31 7215.50.32 7215.50.33 7215.50.34 7215.50.35 7215.50.39 7215.90 7215.90.10 7215.90.20 7215.90.31 7215.90.39 7215.90.40 7215.90.90 72.16 7216.10.00

7216.21.00 7216.22.00

7216.31.00 7216.32.00 7216.33.00 7216.40 7216.40.10 7216.40.20 7216.50 7216.50.10 7216.50.20 7216.50.90 7216.61 7216.61.10 7216.61.20 7216.61.90 7216.69 7216.69.10 7216.69.90 7216.91 7216.91.11

DESCRIPCION --Con un contenido de carbono inferior al 0.2 en peso : ---Pletinas. ---Las demás barras y varillas, estañadas, galvanizadas o emplomadas. ---Las demás, de sección circular. ---Las demás, de sección cuadrada. ---Las demás. --Con un contenido de carbono superior o igual al 0.2 en peso, pero inferior al 0.6%: ---Pletinas. ---Las demás barras y varillas, estañadas, galvanizadas o emplomadas. ---Las demás, de sección circular. ---Las demás, de sección cuadrada. ---Los demás. --Con un contenido de carbono superior o igual al 0.6% en peso: ---Pletinas. ---Las demás barras y varillas estañadas, galvanizadas o emplomadas. ---Las demás, de sección circular, calibradas ---Las demás, de sección circular, sin calibrar. ---Las demás de sección cuadrada. ---Las demás. -Las demás: --Pletinas. --Las demás barras y varillas estañadas, galva nizadas o emplomadas. --Las demás, de sección circular: ---Calibradas. ---Las demás. --Las demás, de sección cuadrada. --Las demás. PERFILES DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR. -Perfiles en U, en I o en H, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm. -Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm: --Perfiles en L. --Perfiles en T. '-Perfiles en U, en I o en H, simplemente lami nados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm. --Perfiles en U. --Perfiles en I --Perfiles en H. -Perfiles en L o en T, simplemente laminados o extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80 mm: --Perfiles en L. --Perfiles en T. -Los demás perfiles, simplemente laminados o extrudidos en caliente: --Perfiles en L (en forma de ángulo). --Láminas acanaladas para techos. --Los demás. -Perfiles simplemente obtenidos o acabados en frío: --Obtenidos a partir de productos laminados planos: ---Perfiles en L (en forma de ángulo). ---Láminas acanaladas para techos. ---Los demás. --Los demás: ---Perfiles en L (en forma de ángulo). ---Los demás. -Los demás: --Obtenidos o acabados en frío, a partir de productos laminados planos: ---Perforados: ----Perfiles en L (en forma de ángulo).

Página 231 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10 LIBRE LIBRE 10

A B A A B

LIBRE 10 LIBRE LIBRE 10

A B A A B

LIBRE 10 LIBRE 10 10 15

A B A B B C

LIBRE 10

A B

LIBRE 10 10 LIBRE

A B B A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 10 LIBRE

A B A

LIBRE 10 LIBRE

A B A

LIBRE LIBRE

A A

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7216.91.19 7216.99 7216.99.10 7216.99.20 7216.99.90 72.17 7217.10.00 7217.20.00 7217.30.00 7217.90.00 72.18 7218.10.00 7218.91.00 7218.99.00 72.19

7219.11.00 7219.12.00 7219.13.00 7219.14.00 7219.21.00 7219.22.00 7219.23.00 7219.24.00 7219.31.00 7219.32.00 7219.33.00 7219.34.00 7219.35.00 7219.90.00 72.20

7220.11 7220.11.10 7220.11.20 7220.11.90 7220.12 7220.12.10 7220.12.20 7220.12.90 7220.20 7220.20.10 7220.20.20 7220.20.90 7220.90 7220.90.10 7220.90.20 7220.90.90 7221.00.00 72.22 7222.11.00 7222.19.00

DESCRIPCION ----Los demás. --Los demás: ---Perfiles en L (en forma de ángulo). ---Láminas acanaladas para techos. ---Las demás ALAMBRE DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR. -Sin revestir, incluso pulido. -Cincado. -Revestido de otro metal común. -Los demás. III. ACERO INOXIDABLE. ACERO INOXIDABLE EN LINGOTES O DEMÁ S FORMAS PRIMARIAS; PRODUCTOS INTERMEDIOS DE ACERO INOXIDABLE. -Lingotes o demás formas primarias. -Los demás. --De sección transversal rectangular --Los demás PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE ACERO INOXIDABLE, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm. -Simplemente laminados en caliente, enrollados: --De espesor superior a 10 mm. --De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. --De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. --De espesor inferior a 3 mm. -Simplemente laminados en caliente, sin enrollar: --De espesor superior a 10 mm. --De espesor superior o igual a 4.75 mm pero inferior o igual a 10 mm. --De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. --De espesor inferior a 3 mm. -Simplemente laminados en frío: --De espesor superior o igual a 4.75 mm. --De espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4.75 mm. --De espesor superior a 1 mm pero inferior a 3 mm --De espesor superior o igual a 0.5 mm pero inferior o igual a 1 mm. --De espesor inferior a 0.5 mm. -Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE ACERO INOXIDABLE, DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm. -Simplemente laminados en caliente: --De espesor superior o igual a 4.75 mm: ---Flejes o zunchos. ---Pletinas. ---Los demás. --De espesor inferior a 4.75 mm: ---Flejes o zunchos. ---Pletinas. ---Los demás. -Simplemente laminados en frío: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás. -Los demás: --Flejes. --Pletinas. --Los demás. ALAMBRÓ N DE ACERO INOXIDABLE. BARRAS Y PERFILES, DE ACERO INOXIDABLE. -Barras simplemente laminadas o extrudidas en caliente: --De sección circular. --Las demás.

Página 232 de 327

TASA BASE

PLAZO

10

B

10 10 LIBRE

B B A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 15 15

A A A A C C

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE 15 LIBRE

A A C A

LIBRE LIBRE

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7222.20 7222.20.10 7222.20.21 7222.20.29 7222.20.90 7222.30 7222.30.10 7222.30.21 7222.30.29 7222.30.90 7222.40.00 7223.00.00

72.24

7224.10.00 7224.90.00 72.25

7225.11.00 7225.19.00 7225.20.00 7225.30.00 7225.40.00 7225.50.00 7225.91.00 7225.92.00 7225.99.00 72.26

7226.11.00 7226.19.00 7226.20 7226.20.10 7226.20.20 7226.20.90 7226.91 7226.91.10 7226.91.20 7226.91.90 7226.92 7226.92.10 7226.92.20 7226.92.90 7226.93.00 7226.94.00 7226.99 7226.99.10 7226.99.20 7226.99.90 72.27 7227.10.00

DESCRIPCION -Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío: --Pletinas. --De sección circular: ---Calibradas. ---Las demás. --Las demás. -Las demás barras: --Pletinas. --De sección circular: ---Calibradas. ---Las demás. --Las demás. -Perfiles. ALAMBRE DE ACERO INOXIDABLE. IV. LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS; BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓ N, DE ACERO ALEADO O SIN ALEAR. LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS EN LINGOTESO DEMÁ S FORMAS PRIMARIAS; PRODUCTOS INTERMEDIOS DE LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS. -Lingotes o demás formas primarias. -Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS, DE ANCHURA SUPERIOR O IGUAL A 600 mm. -De acero al silicio llamado "magnético" (acero magnético al silicio): --De grano orientado. --Los demás. -De acero rápido. -Los demás, simplemente laminados en caliente, enrollados -Los demás, simplemente laminados en caliente, sin enrollar. -Los demás, simplemente laminados en frío. -Los demás: --Cincados electrolíticamente. --Cincados de otro modo --Los demás. PRODUCTOS LAMINADOS PLANOS DE LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS, DE ANCHURA INFERIOR A 600 mm. -De acero al silicio llamado "magnético" (acero magnético al silicio): --De grano orientado. --Los demás. -De acero rápido: --Flejes o zunchos. --Pletinas. --Los demás. -Los demás: --Simplemente laminados en caliente: ---Flejes o zunchos. ---Pletinas. ---Los demás. --Simplemente laminados en frío: ---Flejes o zunchos. ---Pletinas. ---Los demás. --Cincados electrolíticamente. --Cincados de otro modo. --Los demás: ---Flejes o zunchos. ---Pletinas. ---Los demás. ALAMBRÓ N DE LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS. -De acero rápido.

Página 233 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7227.20.00 7227.90.00 72.28 7228.10 7228.10.10 7228.10.20 7228.10.90 7228.20 7228.20.10 7228.20.20 7228.20.90 7228.30 7228.30.10 7228.30.20 7228.30.90 7228.40 7228.40.10 7228.40.90 7228.50 7228.50.10 7228.50.20 7228.50.90 7228.60 7228.60.10 7228.60.20 7228.60.90 7228.70.00 7228.80.00 72.29 7229.10.00 7229.20.00 7229.90.00

DESCRIPCION -De acero silicomanganeso. -Los demás. BARRAS Y PERFILES, DE LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS; BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓ N, DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR. -Barras de acero rápido: --Pletinas. --De sección circular. --Las demás. -Barras de acero silicomanganeso: --Pletinas. --De sección circular. --Las demás. -Las demás barras, simplemente lamina das o extrudidas en caliente: --Pletinas. --De sección circular. --Las demás. -Las demás barras, simplemente forjadas: --Pletinas. --Las demás. -Las demás barras simplemente obtenidas o acabadas en frío: --Pletinas. --De sección circular. --Las demás. -Las demás barras: --Pletinas. --De sección circular. --Las demás. -Perfiles. -Barras huecas para perforación. ALAMBRE DE LOS DEMÁ S ACEROS ALEADOS. -De acero rápido. -De acero silicomanganeso. -Los demás.

Página 234 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3

A

15 10 10 10

C B B B

15 15 15

C C C

15 15

C C

10 10

B B

10 10 10 LIBRE 10 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

B B B A B A A A A A

LIBRE 10 10 10

A B B B

15

C

10

B

15

C

10

B

15

C

10

B

CAPITULO 73 73 7301

7301.10.00 730120 7301.20.11 7301.20.19 7301.20.91 7301.20.99 7302

7302.10.00 7302.20.00 7302.30.00 7302.40.00 7302.90.00 7303 7303.00.10 7303.00.90 7304 7304.10.00 7304.21.00 7304.29.00 7304.31.00 7304.39.00 7304.41.00 7304.49.00 7304.51.00 7304.59.00 7304.90.00 7305

7305.11.00 7305.12.00 7305.19.00 7305.20.00 730531 7305.31.10 7305.31.90 730539 7305.39.10 7305.39.90 730590 7305.90.10 7305.90.90

MANUFACTURAS DE FUNDICION, HIERRO O ACERO TABLESTACAS DE HIERRO O ACERO, INCLUSO PERFORADAS O HECHAS CON ELEMENTOS ENSAMBLADOS; PERFILES DE HIERRO O ACERO OBTENIDOS POR SOLDADURA. - TABLESTACAS - PERFILES ---En forma de ángulo ("L" o "V"). ---Los demás. ---En forma de ángulo ("L" o "V"). ---Los demás. ELEMENTOS PARA VIAS FERREAS, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO: CARRILES (RIELES), CONTRACARRILES (CONTRARIELES) Y CREMALLERAS, AGUJAS, PUNTAS DE CORAZON, VARILLAS PARA MANDO DE AGUJAS Y OTROS ELEMENTOS PARA CRUCE O CAMBIO DE VIAS, TRAVIESAS (DURMIENTES), BRI -Carriles (rieles). -Traviesas (durmientes). -Agujas, puntas de corazón, Varillas Para mando de Agujas y otros elementos Para cruce o cambio de vías. -bridas y placas de asiento. -Los demás. TUBOS Y PERFILES HUECOS, DE FUNDICION. -Tubos de sección circular, de fundición no maleable. -Los demás. TUBOS Y PERFILES HUECOS, SIN SOLDADURA (SIN COSTURA), DE HIERRO O ACERO. -Tubos del tipo de Los utilizados En oleoductos o gasoductos. --Tubos de perforación. --Los demás. --Estirados o laminados En frío. --Los demás. --Estirados o laminados En frío. --Los demás. --Estirados o laminados En frío. --Los demás. -Los demás. LOS DEMAS TUBOS (POR EJEMPLO: SOLDADOS O REMACHADOS) DE SECCION CIRCULAR CON DIAMETRO EXTERIOR SUPERIOR A 406,4 MM, DE HIERRO O ACERO. --Soldados longitudinalmente con arco sumergido. --Los demás, Soldados longitudinalmente. --Los demás. -Tubos de entubación ("casing") del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o gas. -- SOLDADOS LONGITUDINALMENTE ---Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado En instalaciones hidroeléctricas. ---Los demás. -- LOS DEMAS ---Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado En instalaciones hidroeléctricas. ---Los demás. - LOS DEMAS --Conducciones forzadas de acero, incluso con zunchos, del tipo utilizado En instalaciones hidroeléctricas. --Los demás.

Página 235 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7306

7306.10.00 7306.20.00 730630 7306.30.11 7306.30.19 7306.30.90 7306.40.00 7306.50.00 7306.60.00 7306.90.00 7307 7307.11.00 7307.19.00 7307.21.00 7307.22.00 7307.23.00 7307.29.00 7307.91.00 7307.92.00 7307.93.00 7307.99.00 7308

7308.10.00 7308.20.00 7308.30.00 730840 7308.40.10 7308.40.90 730890 7308.90.10 7308.90.20 7308.90.30 7308.90.40 7308.90.50 7308.90.90 7309

7309.00.10 7309.00.90 7310

7310.10.00 73102110 73102190

DESCRIPCION LOS DEMAS TUBOS Y PERFILES HUECOS (POR EJEMPLO: SOLDADOS, REMACHADOS,GRAPADOS O CON LOS BORDES SIMPLEMENTE APROXIMADOS), DE HIERRO O ACERO. -Tubos del tipo de Los utilizados En oleoductos o gasoductos. -Tubos de entubación ("casing") o de producción ("tubing"), del tipo de los utilizados para la extracción de petróleo o gas. - LOS DEMAS, SOLDADOS, DE SECCION CIRCULAR, DE HIERRO O ACERO SIN ALEAR ---Con diámetro exterior igual a 7/8 de pulgadas. ---Los demás. --Los demás. -Los demás, Soldados, de sección circular, de acero inoxidable. -Los demás, Soldados, de sección circular, de Los demás aceros aleados. -Los demás, Soldados, excepto Los de sección circular. -Los demás. ACCESORIOS DE TUBERIA (POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES), CODOS, MANGUITOS), DE FUNDICION, HIERRO O ACERO. --de fundición no maleable. --Los demás. --Bridas. --Codos, curvas y maguitos, roscados. --accesorios Para soldar a tope. --Los demás. --Bridas. --Codos, curvas y maguitos, roscados. --accesorios Para soldar a tope. --Los demás. CONSTRUCCIONES Y SUS PARTES (POR EJEMPLO: PUENTES Y SUS PARTES, COMPUERTAS DE ESCLUSAS, TORRES, CASTILLETES, PILARES, COLUMNAS, ARMAZONES PARA TECHUMBRE, TECHADOS, PUERTAS Y VENTANAS Y SUS MARCOS, BASTIDORES YUMBRALES, CORTINAS DE CIERRE, BALAUSTRADAS), -Puentes y sus Partes. -Torres y castilletes. -Puertas, ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales. - MATERIAL DE ANDAMIAJE, ENCOFRADO, APEO O APUNTALAMIENTO --Sillines de postensados. --Los demás. - LOS DEMAS --Verjas. --Gaviones. --Columnas, pilares, postes. --Las demás, estructuras prefabricadas, excepto las de la partida nº 94.06. --Pisos y rejillas incluso recubiertos de plásticos Para corrales de cerdo. --las demás. DEPOSITOS, CISTERNAS, CUBAS Y RECIPIENTES SIMILARES PARA CUALQUIER MATERIA (EXCEPTO GAS COMPRIMIDO O LICUADO), DE FUNDICION, HIERRO O ACERO, DE CAPACIDAD SUPERIOR A 300 L, SIN DISPOSITIVOS MECANICOS NI TERMICOS, INCLUSO CON REVESTIMIENTO INTERIOR O CALOR -De más de 500 litros de capacidad. -Los demás. DEPOSITOS, BARRILES, TAMBORES, BIDONES, LATAS O BOTES, CAJAS Y RECIPIENTES SIMILARES, PARA CUALQUIER MATERIA (EXCEPTO GAS COMPRIMIDO O LICUADO), DE FUNDICION, HIERRO O ACERO, DE CAPACIDAD INFERIOR O IGUAL A 300 L, SIN DISPOSITIVOS MECANICOS NI TERMICOS, -De capacidad superior o igual a 50 litros. ---Envases tipo aerosol de hojalata ---Los demás

Página 236 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10

B B

LIBRE 10 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A B A A A A A

10 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

B A A A A A A A A A

15 15 10

C C B

LIBRE 5

A A

10 5 15 15 3 10

B A B B A A

10 15

B C

15 LIBRE 15

C A C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 73102910 73102990 7311 7311.00.10 7311.00.20 7311.00.90 7312 731210 7312.10.10 7312.10.90 7312.90.00 7313

7313.00.10 7313.00.20 7313.00.90 7314

7314.12.00 7314.13.00 731414 7314.14.10 7314.14.20 7314.14.30 7314.14.40 7314.14.90 731419 7314.19.10 7314.19.20 7314.19.30 7314.19.40 7314.19.90 731420

7314.20.10 7314.20.20 7314.20.90 731431 7314.31.10 7314.31.20 7314.31.30 7314.31.40 7314.31.90 731439 7314.39.10 7314.39.20 7314.39.30 7314.39.40 7314.39.90 731441 7314.41.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Envases para betunes ---Los demás RECIPIENTES PARA GAS COMPRIMIDO O LICUADO, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO. -Cilindros para gases combustibles de cocina (propano, butano o similares), con capacidad superior a 50 libras de contenido. -Cilindros para gases combustibles de cocina (propano, butano o similares), con capacidad inferior o igual a 50 libras de contenido. -Los demás. CABLES, TRENZAS, ESLINGAS Y ARTICULOS SIMILARES, DE HIERRO O ACERO, SIN AISLAR PARA ELECTRICIDAD. - CABLES --Para la pesca, incluso combinados con otras materias. --Los demás. -Los demás. ALAMBRE DE PUAS, DE HIERRO O ACERO; ALAMBRE (SIMPLE O DOBLE) Y FLEJE,TORCIDOS, INCLUSO CON PUAS, DE HIERRO O ACERO, DEL TIPO UTILIZADO PARA CERCAR. -Alambre galvanizado revestido recubierto o enfundado de materiales plásticos.

LIBRE 15

A C

10

B

15

C

LIBRE

A

5 LIBRE 10

A A B

LIBRE

A

-Alambre de púas (alambre espigado). -Los demás. TELAS METALICAS (INCLUIDAS LAS CONTINUAS O SIN FIN), REDES Y REJAS, DE ALAMBRE DE HIERRO O ACERO; CHAPAS Y TIRAS, EXTENDIDAS (DESPLEGADAS),DE HIERRO O ACERO. --telas metálicas contínuas o sin fin, de acero inoxidable, Para máquinas. --las demás telas metálicas contínuas o sin fin, Para máquinas. -- LAS DEMAS TELAS METALICAS TEJIDAS, DE ACERO INOXIDABLE ---mallas Para tamices de cantera. ---mallas y telas metálicas propias Para la protección contra insectos. ---mallas de ciclón. ---mallas propias Para Gaviones. ---las demás. -- LAS DEMAS ---Para tamices de cantera. ---mallas y telas metálicas propias Para la protección contra insectos. ---mallas de ciclón. ---mallas propias Para Gaviones. ---las demás. - REDES Y REJAS, SOLDADAS EN LOS PUNTOS DE CRUCE, DE ALAMBRE CUYA MAYOR DIMENSION DE LA SECCION TRANSVERSAL SEA SUPERIOR O IGUAL A 3 MM Y CON MALLA DE SUPERFICIE SUPERIOR O IGUAL A 100 CM2 --mallas Para tamices de cantera. --mallas Para cercados. --las demás. -- CINCADAS ---mallas Para tamices de cantera. ---mallas y telas metálicas propias Para la protección contra insectos. ---Mallas para cercados (excepto de gallinero). ---mallas Para gallinero. ---las demás. -- LAS DEMAS ---mallas Para tamices de cantera. ---mallas y telas metálicas propias Para la protección contra insectos. ---Mallas para cercados (excepto de gallinero). ---mallas Para gallinero. ---las demás. -- CINCADAS ---mallas Para tamices de cantera.

15 15

C C

10 10

B B

10 10 10 10 15

B B B B C

10 10 10 10 15

B B B B C

10 10 15

B B C

10 10 15 10 15

B B C B C

10 10 15 10 15

B B C B C

10

B

Página 237 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7314.41.20 7314.41.30 7314.41.90 731442 7314.42.10 7314.42.20 7314.42.90 731449 7314.49.10 7314.49.20 7314.49.30 7314.49.90 731450 7314.50.10 7314.50.20

7314.50.90 7315 7315.11.00 7315.12.00 7315.19.00 7315.20.00 7315.81.00 731582 7315.82.10 7315.82.90 731589 7315.89.10 7315.89.90 7315.90.00 7316.00.00 7317

7317.00.11 73170012 7317.00.19 7317.00.20 7317.00.30 7317.00.90 7318

7318.11.00 7318.12.00 7318.13.00 7318.14.00 7318.15.00 7318.16.00 7318.19.00 7318.21.00 7318.22.00 7318.23.00 7318.24.00 7318.29.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---mallas de ciclón. ---mallas propias Para Gaviones. ---las demás. -- REVESTIDAS DE PLASTICO ---mallas de ciclón. ---mallas propias Para Gaviones. ---las demás. -- LAS DEMAS ---mallas Para tamices de cantera. ---mallas de ciclón. ---mallas propias Para Gaviones. ---Las demás. - CHAPAS Y TIRAS, EXTENDIDAS (DESPLEGADAS) --Del tipo utilizado como malla de repello. --Las demás, láminas extendidas (desplegadas), cincada (galvanizada) o no, con número de calibre superior o igual a USG 9 y cuya abertura larga de rombo, sea inferior o igual a tres (3) pulgadas. --las demás. CADENAS Y SUS PARTES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO. --Cadena de rodillos. --las demás cadenas. --Partes. -Cadenas antideslizantes. --Cadenas de eslabones con contrete (travesaño). -- LAS DEMAS CADENAS, DE ESLABONES SOLDADOS ---Galvanizadas y destinadas a redes de pesca. ---Las demás. -- LAS DEMAS ---Galvanizada y destinada a redes de pesca. ---Las demás. -Las demás Partes. ANCLAS, REZONES Y SUS PARTES, DE FUNDICION HIERRO O ACERO. PUNTAS, CLAVOS, CHINCHETAS (CHINCHES), GRAPAS APUNTADAS, ONDULADAS O BISELADAS, Y ARTICULOS SIMILARES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO, INCLUSO CON CABEZA DE OTRAS MATERIAS, EXCEPTO DE CABEZA DE COBRE. --Cincados (galvanizados). --Clavos para calzados --Los demás. -Grapas Para cercas. -Alcayatas y artículos análogos. -Los demás. TORNILLOS, PERNOS, TUERCAS, TIRAFONDOS, ESCARPIAS ROSCADAS, REMACHES,PASADORES, CLAVIJAS, CHAVETAS, ARANDELAS (INCLUIDAS LAS ARANDELAS DE MUELLE (RESORTE)) Y ARTICULOS SIMILARES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO. --Tirafondos. --Los demás tornillos Para madera. --Escarpias y armellas, roscadas. --Tornillos taladradores. --Los demás tornillos y pernos, incluso con sus tuercas y arandelas. --Tuercas. --Los demás. --Arandelas de muelle (resorte) y las demás de seguridad. --Las demás arandelas. --Remaches. --Pasadores, clavijas y chavetas. --Los demás.

10 10 15

B B C

15 10 15

C B C

10 10 10 15

B B B C

15 15

C C

LIBRE

A

3 3 3 3 3

A A A A A

5 15

A A

5 3 15 10

A A C B

10 LIBRE 10 15 15 LIBRE

A A A C C A

10 10 10 10 10 10 LIBRE LIBRE 10 LIBRE 10 10

B A B A A A A A B A B B

Página 238 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7319

7319.10.00 7319.20.00 7319.30.00 7319.90.00 7320 7320.10.00 7320.20.00 7320.90.00 7321

732111 7321.11.10 7321.11.20 732112 7321.12.10 7321.12.20 732113 7321.13.10 7321.13.20 7321.81.00 7321.82.00 7321.83.00 7321.90.00 7322

7322.11.00 7322.19.00 7322.90.00 7323

732310 7323.10.10 7323.10.90 732391 7323.91.10 7323.91.90 7323.92.00 7323.93.00 7323.94.00 732399 7323.99.10 73239920 7323.99.90 7324

DESCRIPCION AGUJAS DE COSER, DE TEJER, PASACINTAS, AGUJAS DE GANCHILLO (CROCHE), PUNZONES PARA BORDAR Y ARTICULOS SIMILARES, DE USO MANUAL, DE HIERRO OACERO; ALFILERES DE GANCHO (IMPERDIBLES) Y DEMAS ALFILERES DE HIERRO O ACERO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA -Agujas de coser, zurcir o bordar. -Alfileres de gancho (imperdibles). -Los demás alfileres. -Los demás. MUELLES (RESORTES), BALLESTAS Y SUS HOJAS, DE HIERRO O ACERO. -Ballestas y sus hojas. -Muelles (resortes) helicoidales. -Los demás. ESTUFAS, CALDERAS CON HOGAR, COCINAS (INCLUIDAS LAS QUE PUEDAN UTILIZARSE ACCESORIAMENTE PARA CALEFACCION CENTRAL), BARBACOAS (PARRILLAS), BRASEROS, HORNILLOS DE GAS, CALIENTAPLATOS Y APARATOS NO ELECTRICOS SIMILARES, DE USO DOMESTICO, Y SUS PARTES, DE F -- DE COMBUSTIBLES GASEOSOS, O DE GAS Y OTROS COMBUSTIBLES ---Armados. ---Desmontados o sin montar. -- DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS ---Armados. ---Desmontados o sin montar. -- DE COMBUSTIBLES SOLIDOS ---Armados. ---Desmontados o sin montar --De combustibles gaseosos, o de Gas y otros combustibles. --De combustibles Líquidos. --De combustibles sólidos. -Partes. RADIADORES PARA CALEFACCION CENTRAL, DE CALENTAMIENTO NO ELECTRICO, YSUS PARTES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO; GENERADORES Y DISTRIBUIDORES DE AIRE CALIENTE (INCLUIDOS LOS DISTRIBUIDORES QUE PUEDAN FUNCIONAR TAMBIEN COMO DISTRIBUIDORES DE AIRE FRESCO O A --De fundición. --Los demás. -Los demás. ARTICULOS DE USO DOMESTICO Y SUS PARTES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO; LANA DE HIERRO O ACERO; ESPONJAS, ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTICULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANALOGOS, DE HIERRO O ACERO. - LANA DE HIERRO O ACERO; ESPONJAS, ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTICULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANALOGOS --Lana de hierro o de acero. --Los demás. -- DE FUNDICION, SIN ESMALTAR ---De cocina o antecocina. ---Los demás. --De fundición, esmaltados. --De acero inoxidable. --De hierro o acero, esmaltados. --Los demás ---Perchas de alambre. ---Hormas para calzados ---Los demás. ARTICULOS DE HIGIENE O TOCADOR, Y SUS PARTES, DE FUNDICION, HIERRO O ACERO.

Página 239 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 15 LIBRE 15

A C A C

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15 3

C A

15 3

C A

10 3 15 15 10 15

B A C C B C

15 15 15

C C C

10 15

B C

15 15 10 10 10

C C B A B

15 LIBRE 10

B A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7324.10.00 7324.21.00 7324.29.00 7324.90.00 7325 732510 7325.10.10 7325.10.90 7325.91.00 732599 7325.99.10 7325.99.90 7326 7326.11.00 7326.19.00 732620 7326.20.10 7326.20.20 7326.20.90 732690 7326.90.10 7326.90.20 7326.90.30 7326.90.41 7326.90.49 7326.90.50 7326.90.60 7326.90.70 73269080 7326.90.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Fregaderos (piletas de lavar) y Lavabos, de acero inoxidable. --De fundición, incluso esmaltadas. --Las demás. -Los demás, incluidas las Partes. LAS DEMAS MANUFACTURAS MOLDEADAS DE FUNDICION, HIERRO O ACERO. - DE FUNDICION NO MALEABLE --Artículos Para canalizaciones. --Los demás. --Bolas y artículos similares Para molinos. -- LAS DEMAS ---Artículos Para canalizaciones. ---Los demás. LAS DEMAS MANUFACTURAS DE HIERRO O ACERO. --Bolas y artículos similares Para molinos. --Las demás. -Manufacturas de alambre de hierro o acero. --Ganchos especiales Para colgar ropa, de Los tipos exclusivamente utilizados En locales comerciales. --Ataduras Para cerrar Bolsas o sacos, revestidas de cobre. --Los demás. - LAS DEMAS --Persianas y Cortinas. --Cajas Para herramientas. --Sujetador de ganado; tensores de alambres para cercas. ---Cajas de empalmes, tapas, molduras. ---Los demás. --Abrazaderas, collares, bridas de soporte Para tuberías, articulaciones de rótula, pinzas de suspensión, pinzas de anclaje y Dispositivos similares. --Gabinete de baño, incluso con espejo. --Bebederos y comederos Para animales. --Sujetadores de hojalata para mechas de velas. --Las demás.

10 10 10 10

B B A B

15 15 3

C C A

15 10

C A

3 15

A C

5

A

LIBRE 15

A C

10 10 LIBRE 15 10 10

B B A C B B

10 3 LIBRE 10

B A A A

Página 240 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15 LIBRE

C C A

10 LIBRE 15 15

B A C C

LIBRE 15 15 15

A C C C

10 15

B C

15 LIBRE

C A

10 LIBRE 10

B A B

10 10

B B

10 10

B B

10 10

B B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE 10

A B

LIBRE 10 15 15 15

A B C C C

15 15

C C

CAPITULO 74 74 74.01 7401.10.00 7401.20.00 7402.00.00 74.03 7403.11.00 7403.12.00 7403.13.00 7403.19.00 7403.21.00 7403.22.00 7403.23.00 7403.29.00 7404.00.00 7405.00.00 74.06 7406.10.00 7406.20.00 74.07 7407.10 7407.10.10 7407.10.20 7407.10.90 7407.21 7407.21.10 7407.21.90 7407.22 7407.22.10 7407.22.90 7407.29 7407.29.11 7407.29.19 7407.29.91 7407.29.99 74.08 7408.11 7408.11.10 7408.11.90 7408.19 7408.19.10 7408.19.90 7408.21.00 7408.22.00 7408.29.00 74.09 7409.11.00 7409.19.00

COBRE Y SUS MANUFACTURAS MATAS DE COBRE; COBRE DE CEMENTACIÓ N (COBRE PRECIPITADO) -Matas de cobre. -Cobre de cementación (cobre precipitado). COBRE SIN REFINAR; Á NODOS DE COBRE PARA REFINADO ELECTROLÍ TICO COBRE REFINADO Y ALEACIOES DE COBRE, EN BRUTO -Cobre refinado: --Cátodos y secciones de cátodos --Barras para alambrón ("wire-bars"). --Tochos. --Los demás. -Aleaciones de cobre: --A base de cobre-cinc (latón). --A base de cobre-estaño (bronce). --A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca) --Las demás aleaciones de cobre (excepto las aleaciones madre de la partida No. 74.05 DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE COBRE. ALEACIONES MADRE DE COBRE. POLVO Y ESCAMILLAS, DE COBRE. -Polvo de estructura no laminar -Polvo de estructura laminar; escamillas. BARRAS Y PERFILES, DE COBRE. -De cobre refinado: --Barras huecas. --Barras macizas para trefilar (alambrón). --Los demás. -De aleaciones de cobre: --A base de cobre-cinc (latón): ---Barras huecas. ---Las demás --A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca) ---Perfiles huecos ---Las demás --Los demás ---A base de cobre-estaño (bronce): ----Barras huecas ----Los demás ---Los demás: ----Barras huecas. ----Los demás ALAMBRE DE COBRE. -De cobre refinado: --Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 6 mm ---Para trefilar (alambrón) ---Los demás --Los demás: ---Sin revestir, para la fabricación de latas. ---Los demás. --A base de cobre-cinc (latón). --A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca --Los demás CHAPAS Y TIRAS, DE COBRE, DE ESPESOR SUPERIOR A 0,15 mm -De cobre refinado: --Enrolladas --Las demás -De aleaciones a base de cobre-cinc (latón):

Página 241 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7409.21.00 7409.29.00 7409.31.00 7409.39.00 7409.40.00 7409.90.00 74.10

7410.11.00 7410.12.00 7410.21.00 7410.22.00 74.11 7411.10.00 7411.21.00 7411.22.00 7411.29.00 74.12 7412.10.00 7412.20.00 7413.00.00 74.14

7414.20.00 7414.90 7414.90.10 7414.90.90 74.15

7415.10.00

7415.21.00 7415.29.00 7415.31.00 7415.32.00 7415.39.00 7416.00.00 7417.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Enrolladas --Las demás -De aleaciones a base de cobre - estaño (bronce) --Enrolladas --Las demás -De aleaciones a base de cobre - níquel (cuproníquel) o de cobre – níquel - cinc (alpaca) -De las demás aleaciones de cobre HOJAS Y TIRAS, DELGADAS, DE COBRE (INCLUSO IMPRESAS O FIJADAS SOBRE PAPEL, CARTÓ N, PLÁ STICO O SOPOR TES SIMILARES), DE ESPESOR INFERIOR O IGUAL A 0,15 mm (SIN INCLUIR RIOR O IGUAL A 0,15 mm (SIN INCLUIR EL SOPORTE). -Sin soporte: --De cobre refinado --De aleaciones de cobre -Con soporte: --De cobre refinado --De aleaciones de cobre TUBOS DE COBRE. -De cobre refinado -De aleaciones de cobre: --A base de cobre - cinc (latón) --A base de cobre – níquel (cuproníquel) o de cobre-níquel-cinc (alpaca) --Los demás. ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: RACORES (EMPALMES), CODOS O MANGUTOS), DE COBRE. -De cobre refinado -De aleaciones de cobre CABLES, TRENZAS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE COBRE, SIN AISLAR PARA ELECTRICIDAD TELAS METÁ LICAS (INCLUIDAS LAS CONTINUAS O SIN FIN), REDES Y REJAS, DE ALAM BRE DE COBRE; CHAPAS Y TIRAS, EXTENDIDAS (DESPLEGADAS), DE COBRE -Telas metálicas. -Las demás: --Para tamices o para la protección contra los insectos --Las demás. PUNTAS, CLAVOS, CHINCHETAS (CHINCHES), GRAPAS APUNTADAS Y ARTÍCULOS SIMILA RES, DE COBRE, O CON ESPIGA DE HIERRO O ACERO Y CABEZA DE COBRE; TORNILLOS PERNOS, TUERCAS, ESCARPIAS ROSCADAS, REMACHES, PASADORES, CLAVIJAS, CHAVETAS Y ARANDELAS (INCLUIDAS LAS ARANDE LAS DE MUELLE (RESORTE)) Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE COBRE. -Puntas y clavos, chinchetas (chinches), grapas apuntadas y artículos similares.

LIBRE 15

A C

LIBRE 15 15

A C C

15

C

LIBRE 15

A C

15 15

C C

10

B

LIBRE 10 LIBRE

A B A

10 10 10

B B B

15

C

10 15

B C

LIBRE

A

LIBRE 10

A B

LIBRE LIBRE 15 15 15

A A C C C

-Los demás artículos sin rosca: --Arandelas (incluidas las arandelas de muelle (resorte). --Los demás -Los demás artículos roscados: --Tornillos para madera --Los demás tornillos; pernos y tuercas. --Los demás MUELLES (RESORTES) DE COBRE APARATOS NO ELÉ CTRICOS DE COCCIÓ N O DE CALEFACCIÓ N, DE LOS TIPOS DOMÉ STICOS, Y SUS PARTES, DE COBRE. MÉ STICOS, Y SUS PARTES, DE COBRE

Página 242 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 74.18

7418.11.00 7418.19 7418.19.10 7418.19.20 7418.19.90 7418.20.00 74.19 7419.10.00 7419.91 7419.91.10 7419.91.90 7419.99

7419.99.11 7419.99.19 7419.99.20 7419.99.90

DESCRIPCION ARTÍCULOS DE USO DOMÉ STICO, HIGIENE O TOCADOR, Y SUS PARTES, DE COBRE; ESPONJAS, ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTÍ CULOS SIMILARES PARA FREGAR LUSTRAR O USOS ANÁ LOGOS, DE COBRE. -Artículos de uso doméstico y sus partes; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos: --Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos --Los demás ---Artículos especialmente utilizados en la cocina o antecocina; artículos de vajilla ---Perchas (ganchos) y horquillas. ---Los demás -Artículos de higiene o tocador, y sus partes. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE COBRE. -Cadenas y sus partes -Las demás: --Coladas, moldeadas, estampadas o forjadas, pero sin trabajar de otro modo: ---Artículos para canalizaciones ---Los demás --Las demás: ---Depósitos, cisternas, cubos, barriles, tambores, bidones, latas o cajas y recipiente similares para cualquier materia: ----De capacidad superior a 300 litros. ----Los demás ---Artículos de alambre. ---Los demás

Página 243 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

15

C

15 15 10

C C A

15

C

15 15

C C

15 15 15 15

C C C C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 10

B B

10 10 15 15

B B A A

10 15

B A

10 15

B A

15 15

A A

15 15

A A

10 10 10

B B B

10 15

B A

LIBRE 15

A A

10

B

10 15

B A

10 10 10 10

B B B B

10

B

15 15 15

A A A

15

A

CAPITULO 75 75 75.01 7501.10.00 7501.20.00 75.02 7502.10.00 7502.20.00 7503.00.00 7504.00.00 75.05 7505.11 7505.11.10 7505.11.90 7505.12 7505.12.10 7505.12.90 7505.21.00 7505.22.00 75.06 7506.10.00 7506.20.00 75.07

7507.11.00 7507.12.00 7507.20.00 75.08 7508.10 7508.10.10 7508.10.90 7508.90 7508.90.10 7508.90.20

7508.90.31 7508.90.39 7508.90.40 7508.90.51 7508.90.52 7508.90.53 7508.90.54 7508.90.59 7508.90.61 7508.90.69 7508.90.70 7508.90.90

NIQUEL Y SUS MANUFACTURAS MATAS DE NÍQUEL, "SINTERS" DE Ó XIDOS DE NÍQUEL Y DEMÁ S PRODUCTOS INTERMEDIOS DE LA METALURGIA DEL NÍQUEL -Matas de níquel -"Sinters" de óxidos de níquel y demás productos intermedios de la metalurgia del níquel. NÍQUEL EN BRUTO. -Níquel sin alear. -Aleaciones de níquel DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE NÍQUEL POLVO Y ESCAMILLAS, DE NÍQUEL BARRAS, PERFILES Y ALAMBRE, DE NÍQUEL -Barras y perfiles: --De níquel sin alear ---Barras huecas. ---Las demás. --De aleaciones de níquel: ---Barras huecas. ---Las demás. -Alambre: --De níquel sin alear --De aleaciones de níquel CHAPAS, HOJAS Y TIRAS, DE NÍQUEL. -De níquel sin alear -De aleaciones de níquel TUBOS Y ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES),CODOS, MANGUITOS), DE NÍQUEL -Tubos: --De níquel sin alear --De aleaciones de níquel. -Accesorios de tubería. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE NÍQUEL -Telas metálicas, redes y rejas, de alambre de níquel. --Telas metálicas. --Las demás. -Las demás: --Á nodos para niquelar. --Artículos para canalizaciones. --Clavos, puntas, chinchetas, grapas, escarpias y artículos similares; artículos de pernería y tornillería. ---Pernos, tornillos, tuercas, arandelas, alcayatas y otros artículos similares roscados. ---Los demás --Vajillas, artículos de uso doméstico, y sus partes. --Artículos de higiene o tocador, y sus partes: ---Tinas de baño ---Regaderas y pitones ---Lavamanos, bidés, orinales, inodoros y cisternas de inodoros. ---Accesorios para cuarto de baño, de empotrarse o fijarse permanentemente. ---Los demás --Depósitos, cisternas, cubas y demás recipientes análogos. ---Con capacidad superior o igual a 300 litros. ---Los demás --Barriles, tambores, bidones, cajas y otros recipientes similares para el transporte o envasado. --Los demás

Página 244 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE LIBRE 10

A A B

15 LIBRE

C A

LIBRE

A

10 10

B B

10

B

LIBRE 10 10

A B B

LIBRE 15

A C

LIBRE 15

A C

15

C

10

B

LIBRE

A

LIBRE

A

CAPITULO 76 76 76.01 7601.10.00 7601.20.00 7602.00.00 76.03 7603.10.00 7603.20.00 76.04 7604.1 7604.10.10 7604.10.21 7604.10.22 7604.21.00 7604.29 7604.29.10 7604.29.20 7604.29.90 76.05 7605.11.00 7605.19.00 7605.21.00 7605.29.00 76.06 7606.11 7606.11.10

7606.11.20

ALUMINIO Y SUS MANUFACTURAS ALUMINIO EN BRUTO. -Aluminio sin alear. -Aleaciones de aluminio. DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE ALUMINI0. POLVO Y ESCAMILLAS, DE ALUMINIO. -Polvo de estructura no laminar. -Polvo de estructura laminar; escamillas. BARRAS Y PERFILES, DE ALUMINIO. -De aluminio sin alear: --Barras --Perfiles y perfiles huecos: ---Perfiles ---Perfiles huecos -De aleaciones de aluminio: --Perfiles huecos --Los demás: ---Barras ---Vigas para encofrados ---Los demás ALAMBRE DE ALUMINIO. -De aluminio sin alear: --Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 7mm. --Los demás. -De aleaciones de aluminio: --Con la mayor dimensión de la sección transversal superior a 7 mm. --Los demás CHAPAS Y TIRAS, DE ALUMINIO, DE ESPESOR SUPERIOR A 0,2 mm. -Cuadradas o rectangulares: --De aluminio sin alear: ---De sección rectangular, de un espesor máximo de 6mm, de anchura má xima de 500mm y cuyo espesor no exceda de la décima parte de su anchura (flejes). ---Las demás chapas, tiras o láminas, perforadas, onduladas o acanaladas.

7606.11.90 7606.12 7606.12.10

---Las demás --De aleaciones de aluminio: ---De sección rectangular, de un espesor máximo 6mm, de anchura máxima de 500mm y cuyo espesor no exceda de la décima parte de su anchura (Flejes).

7606.12.20

---Las demás chapas, tiras o láminas, perforadas, onduladas o acanaladas.

10

B

7606.12.90

LIBRE

A

7606.91 7606.91.10

---Las demás -Las demás: --De aluminio sin alear: ---Las demás chapas, tiras o láminas, perforadas, onduladas o acanaladas.

10

B

7606.91.90 7606.92 7606.92.10

---Las demás. --De aleaciones de aluminio: ---Las demás chapas, tiras o láminas, perforadas, onduladas o acanaladas.

15

C

10

B

7606.92.20 7606.92.90 76.07

---Discos para fabricar cilindros de gas. ---Las demás HOJAS Y TIRAS, DELGADAS, DE ALUMINIO (INCLUSO IMPRESAS O FIJADAS SOBRE PAPEL, CARTÓ N, PLÁ STICO O SOPORTES SIMILARES), DE ESPESOR INFERIOR O IGUAL A 0,2 mm (SIN INCLUIR EL SOPORTE). IGUAL A 0,2 mm (SIN INCLUIR EL SOPORTE). -Sin soporte:

LIBRE LIBRE

A A

Página 245 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 7607.11.00 7607.19 7607.19.10 7607.19.90 7607.20 7607.20.10 7607.20.20 7607.20.90 76.08 7608.10 7608.10.10 7608.10.90 7608.20 7608.20.10 7608.20.90 7609.00.00 76.10

7610.10 7610.10.10 7610.10.20 7610.10.90 7610.90 7610.90.10 7610.90.20 7610.90.30 7610.90.40 7610.90.50

7610.90.91 7610.90.99 76.11

7611.00.10 7611.00.90 76.12

7612.10.00 7612.90 7612.90.10 7612.90.91 7612.90.92 7612.90.99

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Simplemente laminadas --Las demás: ---"Papel aluminio", sin impresión, presentado en ---Los demás. -Con soporte: --Tiras delgadas (cintas). --"Papel aluminio" sin impresión, presentado en bobinas. --Las demás. TUBOS DE ALUMINIO. -De aluminio sin alear: --Sin enrollar, de sección trasversal circular con diámetro interior igual o inferior a 4 pulgadas, para agua, uso eléctrico o de mueble. --Los demás -De aleaciones de aluminio: --Sin enrollar, de sección trasversal circular con diámetro interior igual o inferior a 4 pulgadas, para agua, uso eléctrico o de mueble. --Los demás ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES), CODOS, (MANGUITOS) DE ALUMINIO. CONSTRUCCIONES Y SUS PARTES (POR EJEMPLO: PUENTES Y SUS PARTES, TORRES, CASTILLETES, PILARES, COLUMNAS, ARMAZONES PARA TECHUMBRE, TECHADOS, PUERTAS Y VENTANAS Y SUS MARCOS, BASTIDORES Y UMBRALES, BALAUSTRADAS), DE ALUMINIO, EXCEPTO LAS CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS DE LA PARTIDA No. 94.06; CHAPAS, BARRAS, PERFILES, TUBOS Y SIMILARES, DE ALUMINIO, PREPARADOS PARA LA CONSTRUCCIÓ N.

LIBRE

A

LIBRE 10

A B

LIBRE LIBRE 10

A A A

10

B

15

C

10

B

15 LIBRE

C A

10 15 10

B C B

10 15 LIBRE 10 15

B C A B C

LIBRE 5

A A

15 15

C C

LIBRE

A

15

C

15 15 15

C C C

-Puertas, ventanas y sus marcos, bastidores y umbrales: --Bastidores, umbrales y marcos, para puertas o ventanas. --Puertas y ventanas, con o sin vidrio. --Las demás -Los demás: --Perfiles preparados para cielo raso suspendido. --Balaustradas y sus partes. --Encofrados para hormigón, concreto o cemento, y sus partes. --Puntales y andamios, y sus partes. --Las demás construcciones (particiones, columnas, pilares, torres, postes, etc.), excepto partes. --Los demás: ---Vigas para encofrados. ---Las demás partes o elementos preparados para la construcción. DEPÓ SITOS, CISTERNAS, CUBAS Y RECIPIENTES SIMILARES PARA CUALQUIER MATERIA (EXCEPTO GAS COMPRIMIDO O LICUADO), DE ALUMINIO, DE CAPACIDA SUPERIOR A 300 l, SIN DISPOSITIVOS MEC Á NICOS NI TÉ RMICOS, INCLUSO CON REVESTIMIENTO INTERIOR O CALORÍFUGO. -Con capacidad superior a 300 litros. -Los demás DEPÓ SITOS, BARRILES, TAMBORES, BIDONES, BOTES, CAJAS Y RECIPIENTES SIMILARES, DE ALUMINIO (INCLUIDOS LOS ENVASES TUBULARES RÍGIDOS O FLEXIBLES), PARA CUALQUIER MATERIA (EXCEPTO GAS COMPRIMIDO O LICUADO), DE CAPACIDAD INFERIOR O IGUAL A 300 L, SIN DISPOSITIVOS MECÁ NICOS NI TÉ RMICOS, INCLUSO CON REVESTIMIENTO INTERIOR O CALORÍFUGO. -Envases tubulares flexibles -Los demás: --Barriles, tambores y bidones --Los demás: ---Recipientes isotérmicos ---Envases para cervezas o bebidas gasificadas ---Los demás

Página 246 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

76.13

RECIPIENTES PARA GAS COMPRIMIDO O LICUADO, DE ALUMINIO. -Cilindros para gases combustibles de cocina (Propano, Butano y análogos):

7613.00.11 7613.00.12

--Con capacidad inferior a 50 libras de contenido. --Con capacidad igual o superior a 50 libras de contenido, pero inferior o igual a 100 libras de contenido. --Los demás -Los demás CABLES, TRENZAS Y SIMILARES, DE ALUMINIO, SIN AISLAR PARA ELECTRICIDAD. -Con alma de acero -Los demás. ARTÍCULOS DE USO DOMÉ STICO, HIGIENE O TOCADOR Y SUS PARTES, DE ALUMINIO; ESPONJAS, ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANÁ LOGOS, DE -ARTÍCULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANÁ LOGOS, DE ALUMILUSTRAR O USOS ANÁ LOGOS, DE ALUMINIO. -Artículos de uso doméstico y sus partes; esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos: --Esponjas, estropajos, guantes y artículos similares para fregar, lustrar o usos análogos. --Los demás: ---Ollas de aluminio colado (pailas). ---Ollas para cocer a presión. ---Los demás artículos de cocina o antecocina. ---Artículos para el servicio de mesa. ---Bandejas glaseadas para panadería. ---Los demás -Artículos de higiene o tocador, y sus partes: --Tinas de baño, fregadores --Lavamanos, bidés e inodoros --Accesorios para cuartos de baño que se fijan o empotran permanentemente.

15 15

C C

10 10

B B

10 10

B B

15

C

15 10 10 15 3 10

C B B C A B

10 10 10

B B B

--Los demás LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE ALUMINIO. -Puntas, clavos, grapas apuntadas, tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas, arandelas y artículos similares: --Pernos, tornillos, tuercas, alcayatas roscadas. --Remaches tubulares. --Los demás. -Las demás: --Telas metálicas, redes y rejas, de alambre de aluminio. --Las demás: ---Cajas para herramientas ---Estuches de bolsillo, monederos, portallaves, tabaqueras, joyeros y artículos análogos. ---Depósitos, cisternas, cubos y C293demás recipientes análogos con capacidad inferior o igual a 300 litros: ----Depósitos exteriores para basura. ----Los demás ---Los demás: ----Cadenas, cadenitas y sus partes ----Persianas, para edificios y persianas venecianas. ----Chapas o bandas extendidas (expandidas). ----Tejas y baldosas de pavimentación no comprendidas en otra parte. ----Dispositivo excluidor de tortugas marinas, para las redes de pesca. ----Hormas para calzados. ----Los demás

10

B

15 LIBRE LIBRE

C A A

15

B

10 15

B C

15 15

C C

LIBRE 15 15 10 LIBRE LIBRE 15

A B B A A A B

7613.00.19 7613.00.90 76.14 7614.10.00 7614.90.00 76.15

7615.11.00 7615.19 7615.19.10 7615.19.20 7615.19.30 7615.19.40 7615.19.60 7615.19.90 7615.20 7615.20.10 7615.20.20 7615.20.30 7615.20.90 76.16 7616.10

7616.10.10 7616.10.20 7616.10.90 7616.91.00 7616.99 7616.99.10 7616.99.20

7616.99.31 7616.99.39 7616.99.91 7616.99.92 7616.99.93 7616.99.94 7616.99.95 7616.99.97 7616.99.99

Página 247 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

A

LIBRE 15 10 10

A A B A

15 15 15 10

A A A B

15

A

15 15

A A

15

A

15 15

A A

CAPITULO 78 78 78.01 7801.10.00 7801.91.00 7801.99.00 7802.00.00 7803.00.00 78.04 7804.11.00 7804.19.00 7804.20.00 7805.00.00 78.06 7806.00.10

7806.00.21 7806.00.22 7806.00.23 7806.00.29 7806.00.90

PLOMO Y SUS MANUFACTURAS PLOMO EN BRUTO. -Plomo refinado. -Los demás: --Con antimonio como el otro elemento predominante en peso --Los demás. DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE PLOMO. BARRAS, PERFILES Y ALAMBRE, DE PLOMO CHAPAS, HOJAS Y TIRAS, DE PLOMO; POLVO Y ESCAMILLAS, DE -Chapas, hojas y tiras: --Hojas y tiras, de espesor inferior o igual a 0.2 mm (sin incluir el soporte). --Las demás -Polvo y escamillas TUBOS Y ACCESORIOS DE TUBERÍA POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES), CODOS, MANGUITOS), DE PLOMO. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE PLOMO. -Artículos para canalizaciones; piezas de plomo colado, estampado o forja; cables y cordajes. -Depósitos, cisternas, cubos, botes, latas, tubos y demás recipientes análogos para cualquier materia, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con revestimien to interior o calorífugo: --Tubos para envasar pomadas, ungüentos o cremas. --Depósitos, cisternas y demás recipientes análogos, con capacidad igual o superior a 500 litros. --Los demás depósitos, cisternas y recipientes análogos con capacidad inferior a 500 litros. --Los demás -Los demás.

Página 248 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15 15 10

B B B B

10 LIBRE LIBRE 10 15

B A A B B

10

A

15 15

B B

15

B

15 15 10

B B B

LIBRE LIBRE

A A

15

B

15 15

B B

10 LIBRE 15 15

B A B B

CAPITULO 79 79 79.01 7901.11.00 7901.12.00 7901.20.00 7902.00.00 79.03 7903.10.00 7903.90.00 7904.00.00 7905.00.00 7906.00.00 79.07 7907.00.10

7907.00.21 7907.00.29

7907.00.31 7907.00.39 7907.00.40 7907.00.50

7907.00.61 7907.00.62 7907.00.70

7907.00.81 7907.00.89 7907.00.91 7907.00.92 7907.00.93 7907.00.99

CINC Y SUS MANUFACTURAS CINC EN BRUTO. -Cinc sin alear: --Con un contenido de cinc superior o igual al 99,99% en peso. --Con un contenido de cinc inferior al 99,99% en peso. -Aleaciones de cinc. DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE CINC. POLVO Y ESCAMILLAS, DE CINC. -Polvo de condensación -Los demás BARRAS, PERFILES Y ALAMBRE, DE CINC. CHAPAS, HOJAS Y TIRAS, DE CINC. TUBOS Y ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES), CODOS, MANGUITOS), DE CINC. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE CINC -Artículos para canalizaciones, caballetes para tejados, claraboyas y otras manufacturas para la construcción. -Depósitos cisternas, cubos y recipientes similares para cualquier materia, exceptogas comprimido o licuado, de capacidad superior a 300 litros: --De capacidad superior a 500 litros --Los demás -Depósitos, barriles, tambores, bidones, botes y recipientes similares, para cualquier materia, excepto gas comprimido o licuado, con capacidad inferior o igual a 300 litros: --Botes o latas y recipientes similares, con capacidad inferior a 50 litros, excepto recipientes de dobles paredes. --Los demás. -Recipientes para gas comprimido o licuado. -Telas metálicas y enrejadas de alambre; chapas y bandas extendidas. -Puntas, clavos, chinchetas, grapas y artículos análogos; Tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas, chavetas, arandelas artículos similares: --Puntas, clavos, chinchetas, grapas y artículos análogos: --Tornillos, pernos, tuercas, escarpias roscadas, remaches, pasadores, clavijas chavetas, arandelas y artículos similares: -Estufas, calderas con hogar, cocinas, asadores, braseras, hornillos de gas, calientaplatos y aparatos similares de calefacción, distribuidores de aire caliente y análogos. -Artículos de uso doméstico y sus partes, excepto los artículos de higiene o tocador y sus partes: --Batería de cocina; vajillas y demás artículos para los servicios de mesa. --Los demás -Los demás: --Artículos de higiene o tocador y sus partes --Á nodos --Persianas y cortinas. --Los demás

Página 249 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 15 10 LIBRE 15

A A B A A

15 15 15

A A A

15

A

10 15 15

B A A

CAPITULO 80 80 80.01 8001.10.00 8001.20.00 8002.00.00 8003.00.00 8004.00.00 80.05

8005.00.10 8005.00.20 8006.00.00 80.07 8007.00.10 8007.00.21 8007.00.29 8007.00.90

ESTAÑ O Y SUS MANUFACTURAS ESTAÑ O EN BRUTO. -Estaño sin alear. -Aleaciones de estaño DESPERDICIOS Y DESECHOS, DE ESTAÑ O. BARRAS, PERFILES Y ALAMBRE, DE CHAPAS, HOJAS Y TIRAS, DE ESTAÑ O, DE ESPESOR SUPERIOR A 0.2 mm. HOJAS Y TIRAS, DELGADAS, DE ESTAÑ O (INCLUSO IMPRESAS O FIJADAS SOBRE PAPEL, CARTÓ N, PLÁ STICO O SOPORTES SIMILARES), DE ESPESOR INFERIOR O IGUAL A 0.2 mm (SIN INCLUIR INFERIOR O IGUAL A 0.2 mm (SIN INCLUIR EL SOPORTE); POLVO Y ESCAMILLAS, DE ESTAÑ O. -Hojas y tiras delgadas. -Polvo y escamillas TUBOS Y ACCESORIOS DE TUBERÍA (POR EJEMPLO: EMPALMES (RACORES), CODOS, MANGUITOS), DE ESTAÑ O. LAS DEMÁ S MANUFACTURAS DE ESTAÑ O. -Cajas, latas y envases análogos -Artículos de uso doméstico: --Artículos para el servicio de mesa o cocina --Los demás -Los demás

Página 250 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

B

10 15 15

B B B

15 15

B B

15

B

10 15 15

B B B

15 15

B B

10 15

B B

15 15

B B

15 15 10 10

B B B B

15 10 15

B B B

15 15 15

B B B

10 15

B B

CAPITULO 81 81 81.01 8101.10.00 8101.91

8101.91.10 8101.91.90 8101.92.00 8101.93.00 8101.99.00 81.02 8102.10.00 8102.91 8102.91.10 8102.91.90 8102.92.00 8102.93.00 8102.99.00 81.03 8103.10 8103.10.10 8103.10.90 8103.90 8103.90.10 8103.90.90 81.04

8104.11.00 8104.19.00 8104.20.00 8104.30.00 8104.90 8104.90.10 8104.90.20 8104.90.30 8104.90.41 8104.90.49 8104.90.90 81.05

8105.10 8105.10.10 8105.10.90

LOS DEMÁ S MATERIALES COMUNES; "CERMETS"; MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS. VOLFRAMIO (TUNGSTENO) Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Polvo. -Los demás: --Volframio (tungsteno) en bruto, incluidas Las Barras simplemente obtenidas por las barras simplemente obtenidas por sinterizado; desperdicios y desechos: ---Desperdicios y desechos. ---Los demás. --Barras, excepto las simplemente obtenidas por sinterizado, perfiles, chapas, hojas y tiras. --Alambre. --Los demás. MOLIBDENO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DESECHOS. -Polvo. -Los demás: --Molibdeno en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado; desperdicios y desechos: ---Desperdicios y desechos. ---Los demás. --Barras, excepto Las simplemente obteni-das por sinterizado, perfiles, Chapas bandas y hojas. --Alambre. --Los demás. TANTALIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Tantalio en bruto, incluidas las barras simplemente obtenidas por sinterizado; desperdicios y desechos; polvo: --Desperdicios y desechos. --Los demás. -Los demás: --Telas metálicas, redes y rejas. --Los demás MAGNESIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Magnesio en bruto: --Con un contenido de magnesio superior o igual al 99.8% en peso. --Los demás. -Desperdicios y desechos -Torneaduras y gránulos calibrados; polvo. -Los demás: --Barras, chapas o planchas, perfiles, alambres y tubos. --Telas metálicas, redes y rejas. --Pernos, tornillos, tuercas, arandelas, alcayatas y artículos análogos --Depósitos, cisternas, cubos y demás recipientes análogos: ---Con capacidad inferior o igual a 300 litros. ---Los demás. --Los demás MATAS DE COBALTO Y DEMÁ S PRODUCTOS INTERMEDIOS DE LA METALURGIA DEL COBALTO; COBALTO Y SUS MANUFACTURAS INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Matas de cobalto y demás productos intermedios de la metalurgia del cobalto; cobalto en bruto; desperdicios desechos; polvo: --Desperdicios y desechos --Los demás

Página 251 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8105.90.00 81.06 8106.00.10 8106.00.20 8106.00.90 81.07 8107.10 8107.10.10 8107.10.90 8107.90.00 81.08 8108.10 8108.10.10 8108.10.90 8108.90.00 81.09 8109.10 8109.10.10 8109.10.90 8109.90.00 81.10 8110.00.10 8110.00.20 8110.00.90 81.11 8111.00.10 8111.00.20 8111.00.90 81.12

8112.11.00 8112.19.00 8112.20 8112.20.10 8112.20.20 8112.20.90 8112.30 8112.30.10 8112.30.20 8112.30.90 8112.40 8112.40.10 8112.40.20 8112.40.90 8112.91 8112.91.10 8112.91.90 8112.99.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Los demás BISMUTO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS DESECHOS -Desperdicios y desechos -En bruto -Los demás CADMIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Cadmio en bruto; desperdicios y desechos; polvo: --Desperdicios y desechos --Los demás -Los demás TITANIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Titanio en bruto; desperdicios y desechos; polvo --Desperdicios y desechos --Los demás -Los demás CIRCONIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Circonio en bruto; desperdicios y desechos; polvo --Desperdicios y desechos --Los demás -Los demás ANTIMONIO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Desperdicios y desechos -En bruto -Los demás MANGANESO Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS -Desperdicios y desechos -En bruto -Los demás BERILIO, CROMO, GERMANIO, VANADIO, GALIO, HAFNIO (CELTIO), INDIO, NIOBIO (COLOMBIO), RENIO Y TALIO, ASÍ COMO LAS MANUFACTURAS DE ESTOS METALES, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS. -Berilio: --En bruto; desperdicios y desechos; polvo --Los demás -Cromo: --Desperdicios y desechos --En bruto --Los demás -Germanio: --Desperdicios y desechos --En bruto --Los demás -Vanadio: --Desperdicios y desechos --En bruto --Los demás -Los demás: --En bruto; desperdicios y desechos; polvo: ---Desperdicios y desechos ---Los demás --Los demás

15

B

10 15 15

B B B

10 15 15

B B C

10 15 LIBRE

B B A

10 15 15

B B B

10 LIBRE 15

B A B

10 15 15

B B C

15 15

B B

10 15 15

B B B

10 15 15

B B B

10 15 15

B B B

10 15 15

B B B

Página 252 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

81.13

"CERMETS" Y SUS MANUFACTURAS, INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS INCLUIDOS LOS DESPERDICIOS Y DESECHOS.

8113.00.10 8113.00.20 8113.00.90

-Desperdicios y desechos -En bruto -Los demás

Página 253 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 15 15

B B C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 LIBRE

B A

10 15 LIBRE

B B A

LIBRE 10 10

A B B

LIBRE

A

LIBRE

A

10 3

B A

3 3 10

A A B

3 3

A A

LIBRE

A

10

B

15 10 10 10

B B B B

10 10 10

B B B

CAPITULO 82 82

82.01

8201.10.00 8201.20.00 8201.3 8201.30.10 8201.30.20 8201.30.90 8201.4 8201.40.10 8201.40.90 8201.50.00 8201.60.00 8201.90.00 82.02 8202.10.00 8202.20.00 8202.31.00 8202.39.00 8202.40.00 8202.91.00 8202.99.00 82.03

8203.10 8203.10.10 8203.10.90 8203.20 8203.20.10 8203.20.90 8203.30.00 8203.40.00 82.04

8204.11.00 8204.12.00 8204.20.00

HERRAMIENTAS Y Ú TILES, ARTÍCULOS DE CUCHILLERÍA Y CUBIERTOS DE MESA, DE METAL COMÚ N; PARTES DE ESTOS ARTÍCULOS, DWE METAL COMÚ N. LAYAS, PALAS, AZADAS, PICOS, BINADERAS, HORCAS DE LABRANZA, RASTRILLOS Y RAEDERAS; HACHAS, HOCINOS Y HERRAMIENTAS SIMILARES CON FILO;TIJERAS DE PODAR DE CUALQUIER TIPO; HOCES Y GUADAÑ AS CUCHILLOS PARA HENO O PARA PAJA, CIZALLAS PARA SETOS, CUÑ AS Y DEMÁ S HERRAMIENTAS DE MANO, AGRÍCOLAS, HORTÍ COLAS O FORESTALES. -Layas y palas -Horcas de labranza -Azadas, picos, binaderas, rastrillos y raederas. --Picos --Escobas de jardín (rastrillos de flejes) --Las demás -Hachas, hocinos y herramientas similares con filo: --Para uso forestal o agrícola --Las demás -Tijeras de podar (incluidas las de trinchar aves) para usar con una sola mano (podadoras). -Cizallas para setos, tijeras de podar y herramientas similares, para usar con las dos manos. -Las demás, herramientas de mano, agríco las, hortícolas o forestales SIERRAS DE MANO; HOJAS DE SIERRA DE CUALQUIER CLASE (INCLUSO LAS FRESAS - SIERRA Y LAS HOJAS SIN DENTAR). -Sierras de mano -Hojas de sierra de cinta -Hojas de sierra circulares (incluidas las fresas sierra): --Con parte operante de acero. --Las demás, incluidas las partes. -Cadenas cortantes -Las demás hojas de sierra: --Hojas de sierra rectas para trabajar metal. --Las demás LIMAS, ESCOFINAS, ALICATES (INCLUSO CORTANTES), TENAZAS, PINZAS, CIZALLAS PARA METALES, CORTATU BOS, CORTAPERNOS, SACABOCADOS Y HERRAMIENTAS SIMILARES, DE MANO. -Limas, escofinas y herramientas similares: --Limas triangulares para metales, del tipo utilizado en las actividades agrí colas o forestales --Las demás -Alicates (incluso cortantes), tenazas, pinzas y herramientas similares: --Pinzas para depilar. --Las demás. -Cizallas para metales y ferramientas similares. -Cortatubos, cortapernos, sacabocados y herramientas similares. LLAVES DE AJUSTE DE MANO (INCLUIDAS LAS LLAVES DINAMOMÉ TRICAS); CUBOS DE AJUSTE INTERCAMBIABLES, INCLUSO CON MANGO. -Llaves de ajuste de mano: --De boca fija --De boca variable -Cubos de ajuste intercambiables, incluso con mango

Página 254 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 82.05

8205.10.00 8205.20 8205.20.11 8205.20.19 8205.20.90 8205.30.00 8205.40.00 8205.51 8205.51.10 8205.51.20 8205.51.90 8205.59 8205.59.10 8205.59.90 8205.60.00 8205.70.00 8205.80.00 8205.90 8205.90.11 8205.90.19 8205.90.90 8206.00.00 82.07

8207.13.00 8207.19.00 8207.20.00 8207.30.00 8207.40.00 8207.50.00 8207.60.00 8207.70.00 8207.80.00 8207.90.00 82.08 8208.10.00 8208.20.00 8208.30.00 8208.40.00 8208.90.00 8209.00.00

DESCRIPCION HERRAMIENTAS DE MANO (INCLUIDOS LOS DIAMANTES DE VIDRIERO) NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE; LÁMPARAS DE SOLDAR Y SIMILARES; TORNILLOS DE BANCO, PRENSAS DE CARPINTERO Y SIMILARES, EXCEPTO LOS QUE SEAN ACCESORIOS O PARTES DE MÁQUINAS HERRAMIENTA; YUNQUES; FRAGUAS PORTÁ TILES; MUELAS DE MANO O A PEDAL, CON BASTIDOR. -Herramientas de taladrar o roscar (incluidas las terrajas). -Martillos y mazas: --Mazas de cocina: ---De cobre, o aleaciones de cobre ---Las demás --Los demás -Cepillos, formones, gubias y herramientas cortantes similares para trabajar madera. -Destornilladores. -Las demás herramientas de mano (incluidos los diamantes de vidriero): --De uso doméstico: ---De cobre o aleaciones de cobre ---Portarolos de pintar. ---Los demás --Las demás: ---Instrumento manual para descornar. ---Las demás. -Lámparas de soldar y similares -Tornillos de banco, prensas de carpintero y similares. -Yunques; fraguas portátiles; muelas de mano o a pedal, con bastidor. -Juegos de artículos de dos o más de las subpartidas anteriores: --De utensilios de cocina y demás objetos de tipo doméstico: ---De cobre o aleaciones de cobre ---Los demás --Los demás HERRAMIENTAS DE DOS Ó MAS DE LAS PARTIDAS No. 82.02 a 82.05, ACONDICIONA DAS EN JUEGOS PARA LA VENTA AL POR MENOR. Ú TILES INTERCAMBIABLES PARA HERRAMIENTAS DE MANO, INCLUSO MECÁ NICAS, O PARA MÁQUINAS HERRAMIENTA (POR EJEMPLO: DE EMBUTIR, ESTAMPAR, PUNZONAR, ROSCAR (INCLUSO ATERRAJAR) TALADRAR, ESCARIAR, BROCHAR, FRESAR, TORNEAR, ATORNILLAR), INCLUIDAS LAS HILERAS PARA EXTRUDIR METAL, ASÍ COMO LOS Ú TILES DE PERFORACIÓ N O SONDEO. -Ú tiles de perforación o sondeo: --Con parte operante de "cermet". --Los demás, incluidas las partes -Hileras para extrudir metal. -Ú tiles de embutir, estampar o punzonar. -Ú tiles de roscar (incluso aterrajar). -Ú tiles de taladrar. -Ú tiles de escariar o brochar. -Ú tiles de fresar. -Ú tiles de tornear. -Los demás útiles intercambiables. CUCHILLAS Y HOJAS CORTANTES, PARA MÁQUINAS O PARA APARATOS MECÁ NICOS -Para trabajar metal. -Para trabajar madera -Para aparatos de cocina o máquinas de la industria alimentaria. -Para máquinas agrícolas, hortícolas o forestales. -Las demás. PLAQUITAS, VARILLAS, PUNTAS Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA Ú TILES, SIN MONTAR, DE "CERMET".

Página 255 de 327

TASA BASE

PLAZO

10

B

15 15 10 10

B B B B

10

B

15 10 15

B B B

5 10 10 10 10

A B B B B

15 15 10 10

B B B A

3 3 3 3 3 3 3 3 3 3

A A A A A A A A A A

3 3 3 3 3 10

A A A A A B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 82.10

8210.00.10 8210.00.90 82.11

8211.10 8211.10.10 8211.10.90 8211.91.00 8211.92 8211.92.10 8211.92.90 8211.93 8211.93.10 8211.93.90 8211.94.00 8211.95 8211.95.10 8211.95.90 82.12 8212.10.00 8212.20.00 8212.90.00 82.13 8213.00.10 8213.00.90 82.14

8214.10 8214.10.10 8214.10.90 8214.20.00 8214.90 8214.90.10 8214.90.91 8214.90.99 82.15

8215.10.00 8215.20.00 8215.91.00 8215.99.00

DESCRIPCION APARATOS MECÁ NICOS ACCIONADOS A MANO, DE PESO INFERIOR O IGUALA 10 kg, UTILIZADOS PARA PREPARAR, ACONDICIONAR O SERVIR ALIMENTOS, O BEBIDAS. -Molinos para maíz, principalmente. -Los demás. CUCHILLOS CON HOJA CORTANTE O DENTADA, INCLUIDAS LAS NAVAJAS DE PODAR, Y SUS HOJAS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 82.08). -Surtidos: --Para artesanos. --Los demás. -Los demás: --Cuchillos de mesa de hoja fija. --Los demás cuchillos de hoja fija: ---Cuchillos especiales para artesanos. ---Los demás. --Cuchillos, excepto los de hoja fija, incluidas las navajas de podar: ---Para artesanos. ---Los demás. --Hojas --Mangos de metal común: ---Para artesanos. ---Los demás. NAVAJAS Y MÁQUINAS DE AFEITAR Y SUS HOJAS (INCLUIDOS LOS ESBOZOS EN FLEJE). -Navajas y máquinas de afeitar -Hojas para maquinillas de afeitar, incluidos -Las demás partes TIJERAS Y SUS HOJAS. -Tijeras de punta roma. -Las demás. LOS DEMÁ S ARTÍCULOS DE CUCHILLERÍA (POR EJEMPLO: MÁQUINAS DE CORTAR EL PELO O DE ESQUILAR, CUCHILLAS PARA PICAR CARNE, TAJADERAS DE CARNICERÍA O COCINA Y CORTAPAPELES); HERRAMIENTAS Y JUEGOS DE HERRAMIENTAS DE MANICURA O PEDICURO (INCLUIDAS LAS LIMAS PARA UÑ AS). -Cortapapeles, abrecartas, raspadores, sacapuntas y sus cuchillas: --Sacapuntas y sus cuchillas. --Los demás. -Herramientas y juegos de herramientas de manicura o de pedicuro (incluidas las limas para uñas). -Los demás: --Máquinas o aparatos de esquilar. --Los demás: ---Peinillas con navaja para cortar el cabello. ---Los demás. CUCHARAS, TENEDORES, CUCHARONES, ESPUMADERAS, PALAS PARA TARTA, CUCHILLOS PARA PESCADO O MANTEQUILLA (MANTECA), PINZAS PARA AZÚ CAR Y ARTÍCULOS SIMILARES. -Surtidos que contengan por lo menos un objeto plateado, dorado o platinado. -Los demás surtidos -Los demás: --Plateados, dorados o platinados. --Los demás.

CAPITULO 83 83

MANUFACTURAS DIVERSAS DE METAL COMÚ N

Página 256 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 15

B B

10 15

B B

15

B

10 15

B B

10 15 15

B B B

10 15

B B

10 10 10

B B B

15 10

B B

10 10 10

B B B

10

B

10 10

B B

10

B

10

B

10 10

B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 83.01

8301.10.00 8301.20.00 8301.30.00 8301.40.00 8301.50.00 8301.60.00 8301.70.00 83.02

8302.10.00 8302.20.00 8302.30.00

8302.41 8302.41.10 8302.41.20 8302.41.30 8302.41.90 8302.42.00 8302.49.00 8302.50 8302.50.10 8302.50.90 8302.60.00 8303.00.00

8304.00.00

83.05

8305.10.00 8305.20 8305.20.10 8305.20.90 8305.90.00 83.06

8306.10.00

DESCRIPCION CANDADOS, CERRADURAS Y CERROJOS (DE LLAVE, COMBINACIÓ N O ELÉ CTRICOS), DE METAL COMÚ N; CIERRES Y MONTURAS CIERRE, CON CERRADURA INCORPORADA, DE METAL COMÚ N; LLAVES DE METAL COMÚ N PARA ESTOS ARTÍCULOS. -Candados -Cerraduras del tipo de las utilizadas en vehículos automóviles. -Cerraduras del tipo de las utilizadas en muebles. -Las demás cerraduras; cerrojos -Cierres y monturas cierre, con cerradura incorporada. -Partes -Llaves presentadas aisladamente GUARNICIONES, HERRAJES Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE METAL COMÚ N, PARA MUEBLES, PUERTAS, ESCALERAS, VENTANAS, PERSIANAS, CARROCERÍAS, ARTÍCULOS DE GUARNICIONERÍA, BAÚ LES, ARCAS, COFRES Y DEMÁ S MANUFACTURAS DE ESTA CLASE; COLGADORES, PERCHAS, SOPORTES Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE METAL COMÚ N; RUEDAS CON MONTURA DE METAL COMÚ N; CIERRAPUERTAS AUTOMÁ TICOS DE METAL COMÚ N. -Bisagras de cualquier clase (incluidos los pernios y demás goznes). -Ruedas. -Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares, para vehículos autom óviles. -Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares: --Para edificios. ---Portavidrios para celosías con anchos mayores de 4 pulgadas. ---Operadores para el cierre de ventanas ---Las demás guarniciones, herrajes y artículos similares para persianas. ---Los demás --Los demás, para muebles. --Los demás. -Colgadores, perchas, soportes y artículos similares --Percheros y colgadores del tipo utilizado en locales comerciales para colgar ropa. --Los demás. -Cierrapuertas automáticos. CAJAS DE CAUDALES, PUERTAS BLINDADAS Y COMPARTIMIENTOS PARA CÁMARAS ACORAZADAS, COFRES Y CAJAS DE SEGURIDAD Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE METAL COMÚ N. CLASIFICADORES, FICHEROS, CAJAS DE CLASIFICACIÓ N, BANDEJAS DE CORRESPONDENCIA, PLUMEROS (VASOS O CAJAS PARA PLUMAS DE ESCRIBIR), PORTASELLOS Y MATERIAL SIMILAR DE OFICINA, DE METAL COMÚ N, EXCEPTO LOS MUEBLES DE OFICINA DE LA PARTIDA No. 94.03. MECANISMOS PARA ENCUADERNACIÓ N DE HOJAS INTERCAMBIABLES O PARA CLASIFICADORES, SUJETADORES, CANTO NERAS, CLIPS, Í NDICES DE SEÑ AL Y ARTÍCULOS SIMILARES DE OFICINA, DE METAL COMÚ N; GRAPAS EN TIRAS (POR EJEMPLO: DE OFICINA, TAPICERÍA O ENVASE), DE METAL COMÚ N. -Mecanismos para encuadernación de hojas intercambiables o para clasificadores -Grapas en tiras. --Del tipo utilizado por tapiceros y embaladores. --Los demás. -Los demás, incluidas las partes. CAMPANAS, CAMPANILLAS, GONGOS Y ARTÍCULOS SIMILARES, QUE NO SEAN ELÉ CTRICOS, DE METAL COMÚ N; ESTATUILLAS Y DEMÁ S ARTÍ CULOS DE ADORNO, DE METAL COMÚ N; MARCOS PARA FOTOGRAFÍAS, GRABADOS O SIMILARES, DE METAL COMÚ N; ESPEJOS DE METAL COM Ú N. -Campanas, campanillas, gongos y artículos similares

Página 257 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10 LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE 10

A B A A A A B

LIBRE LIBRE 10

A A B

LIBRE LIBRE LIBRE 10 LIBRE 10

A A A A A B

5

A

5 LIBRE 15

A A B

15

B

LIBRE

A

LIBRE LIBRE 15

A A B

15

B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

8311.10.00 8311.20.00 8311.30.00

-Estatuillas y demás artículos de adorno: --Plateados, dorados o platinados. --Los demás. -Marcos para fotografías, grabados o similares; espejos. --Marcos para fotografías, grabados o similares --Espejos de metales comunes, incluso enmarcados. TUBOS FLEXIBLES DE METAL COMÚ N, INCLUSO CON SUS ACCESORIOS. -De hierro o acero. -De los demás metales comunes. CIERRES, MONTURAS CIERRE, HEBILLAS, HEBILLAS CIERRE, CORCHETES GANCHOS, ANILLOS PARA OJETES Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE METAL COMÚ N, PARA PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, TOLDOS, MARROQUINERÍA O DEMÁ S ARTÍCULOS CONFECCIONADOS; REMACHES TUBULARES O CON ESPIGA HENDIDA DE METAL COMÚ N; CUENTAS Y LENTEJUELAS, DE METAL COMÚ N. -Corchetes, ganchos y anillos para ojetes. -Remaches tubulares o con espiga hendida. -Los demás, incluidas las partes. TAPONES Y TAPAS (INCLUIDAS LAS TAPAS CORONA, LAS TAPAS ROSCADAS Y LOS TAPONES VERTEDORES), CAPSULAS PARA BOTELLAS, TAPONES ROSCADOS, SOBRETAPAS, PRECINTOS Y DEMÁ S, ACCESORIOS PARA ENVASES, DE METAL COMÚ N. -Tapas corona (platillos). -Los demás. --Precintos de todas clases --Ataduras para cerrar sacos, bolsas, u otros continentes --Tapas para radiadores o para depósitos de ombustibles de vehículos --Tapas abrefácil para envases de aluminio --Los demás. PLACAS INDICADORAS, PLACAS RÓ TULO, PLACAS DE DIRECCIONES Y PLACAS SIMILARES, CIFRAS, LETRAS Y SIGNOS DIVERSOS, DE METAL COMÚ N, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 94.05 ALAMBRES, VARILLAS, TUBOS, PLACAS, ELECTRODOS Y ARTÍCULOS SIMILARES, DE METAL COMÚ N O DE CARBURO METÁ LICO, RECUBIERTOS O RELLENOS DE DECAPANTES O DE FUNDENTES, PARA SOLDADURA O DEPÓ SITO DE METAL O DE CARBURO METÁ LICO; ALAMBRES Y VARILLAS, DE POLVO DE METAL COMÚ N AGLOMERADO, PARA LA METALIZACIÓ N POR PROYECCIÓ N. -Electrodos recubiertos para soldadura de arco, de metal común. -Alambre relleno para soldadura de arco, de metal común. -Varillas recubiertas y alambre relleno para soldar al soplete, de metal común.

8311.90.00

-Los demás, incluidas las partes.

8306.21.00 8306.29.00 8306.30 8306.30.10 8306.30.20 83.07 8307.10.00 8307.90.00 83.08

8308.10.00 8308.20.00 8308.90.00 83.09

8309.10.00 8309.90 8309.90.10 8309.90.20 8309.90.30 8309.90.40 8309.90.90 8310.00.00

83.11

Página 258 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10

A B

15 15

B B

15 15

B B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

15

B

LIBRE LIBRE 10 LIBRE LIBRE 15

A A B A A B

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10 15 10 10

B B B B

3

A

3

A

3 3 3

A A A

15 15

B B

3

A

3 3

A A

10 3

B A

10 3

B A

15

B

3 3 15

A A B

15

B

LIBRE

A

CAPITULO 84 84 84.01

8401.10.00 8401.20.00 8401.30.00 8401.40.00 84.02

8402.11.00 8402.12.00 8402.19.00 8402.20.00 8402.90.00 84.03 8403.10.00 8403.90.00 84.04

8404.10.00 8404.20.00 8404.90.00 84.05

8405.1

8405.10.10 8405.10.90 8405.9 8405.90.10 8405.90.90 84.06 8406.10.00 8406.81.00 8406.82.00 8406.90.00 84.07 8407.10.00 8407.21 8407.21.10

REACTORES NUCLEARES, CALDERAS, MÁQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS MECÁ NICOS; PARTES DE ESTAS MÁQUINAS O APARATOS. REACTORES NUCLEARES; ELEMENTOS IRRADIAR PARA REACTORES NUCLEA RES; MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA SEPARACIÓ N ISOTÓ PICA. -Reactores nucleares. -Máquinas y aparatos para la separación isotópica, y sus partes -Elementos combustibles (cartuchos) sin irradiar. -Partes de reactores nucleares CALDERAS DE VAPOR (GENERADORES DE VAPOR), EXCEPTO LAS DE CALEFACCIÓ N CENTRAL CONCEBIDAS PARA PRODUCIR AGUA CALIENTE Y TAMBIÉ N VAPOR A BAJA PRESIÓ N; CALDERAS DENOMINADAS "DE AGUA SOBRECALENTADA". -Calderas de vapor: --Calderas acuotubulares con una producción de vapor superior a 45 toneladas por hor --Calderas acuotubulares con una producción de vapor inferior o igual a 45 toneladas por hora. --Las demás calderas de vapor, incluidas las calderas mixtas. -Calderas denominadas "de agua sobrecalentada" -Partes. CALDERAS PARA CALEFACCIÓ N CENTRAL, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 84.02. -Calderas -Partes APARATOS AUXILIARES PARA LAS CALDERAS DE LAS PARTIDAS No. 84.02 U 84.03 (POR EJEMPLO:ECONOMIZADORES, RECALENTADORES, DESHOLLINADORES O RECUPERADORES DE GAS); CONDENSADO RES PARA MÁQUINAS DE VAPOR. -Aparatos auxiliares para las calderas de las partidas Nos. 84.02 u 84.03. -Condensadores para máquinas de vapor. -Partes GENERADORES DE GAS POBRE (GAS DE AIRE) O DE GAS DE AGUA, INCLUSO CON SUS DEPURADORES; GENERADORES DE ACETILENO Y GENERADORES SIMILARES DE GASES, POR VÍA HÚ MEDA, INCLUSO CON SUS DEPURADORES. -Generadores de gas pobre (gas de aire) o de gas de agua, incluso con sus depuradores; generadores deacetileno y generadores similares de gases, por vía húmeda, incluso con sus depuradores: --Gasógenos para aparatos autopropulsados o vehículos automóviles --Los demás -Partes: --Para gasógenos de aparatos autopropulsados o vehículos automóviles --Los demás TURBINAS DE VAPOR. -Turbinas para la propulsión de barcos -Las demás turbinas: --De potencia superior a 40 MW. --De potencia inferior o igual a 40 MW. -Partes. MOTORES DE ÉMBOLO (PISTÓ N) ALTERNATIVO Y MOTORES ROTATIVOS, DE ENCENDIDO POR CHISPA (MOTORES DE EXPLOSIÓ N). -Motores de aviación -Motores para la propulsión de barcos: --Del tipo fueraborda: ---De potencia igual inferior a 40 caballos de fuerza.

Página 259 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8407.21.90 8407.29 8407.29.10 8407.29.90

8407.31.00 8407.32.00 8407.33.00 8407.34.00 8407.90.00 84.08 8408.10 8408.10.10 8408.10.20 8408.10.30 8408.10.90 8408.20.00 8408.90.00 84.09

8409.10.00 8409.91.00 8409.99 8409.99.10 8409.99.90 84.10

8410.11.00 8410.12.00 8410.13.00 8410.90.00 84.11

8411.11.00 8411.12.00 8411.21.00 8411.22.00 8411.81.00 8411.82.00 8411.91.00 8411.99.00 84.12 8412.10.00 8412.21.00 8412.29.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Las demás --Los demás: ---De potencia igual o inferior a 35 caballos de fuerza. ---Los demás -Motores de émbolo (pistón) alternativo del tipo de los utilizados para la propulsión de vehículos del Capítulo 87: --De cilindrada inferior o igual a 50 cm3 --De cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 250 cm3 --De cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 1000 cm3 --De cilindrada superior a 1,000. cm3 -Los demás motores. MOTORES DE ÉMBOLO (PISTÓ N) DE ENCENDIDO POR COMPRESIÓ N (MOTO RES DIESEL O SEMI - DIESEL). -Motores para la propulsión de barcos: --Motores internos de potencia igual o inferior a 35 caballos de fuerza. --Motores internos de potencia superior a 35 caballos de fuerza, con sistema de enfriamiento por serpentina. --Del tipo fuera de borda y de potencia igual o inferior a 40 caballos de fuerza.

LIBRE

A

LIBRE LIBRE

A A

10 10 10 5 10

B B C C B

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE

A

LIBRE 5

A C

3

A

5

A

5

C

5

A

3

A

3 3 3 3

A C C A

3 3

A A

3 3

A A

3 3

C C

3 3

A A

15

C

3 3

A A

--Los demás -Motores del tipo de los utilizados para la propulsión de vehículos del Capítulo 87 -Los demás motores PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS MOTO RES DE LAS PARTIDAS No. 84.07 U 84.08. -De motores de aviación -Las demás: --Identificables como destinadas, exclusiva o prin-cipalmente, a los motores de é mbolo (pistón) de encendido por chispa. --Las demás: ---De motores internos para propulsión de barcos que funcionen con sistema de enfriamiento por serpentina. ---Las demás TURBINAS HIDRÁ ULICAS, RUEDAS HIDRÁ ULICAS Y SUS REGULADORES. -Turbinas y ruedas hidráulicas: --De potencia inferior o igual a 1,000 Kw --De potencia superior a 1,000 kW pero inferior o igual a 10,000 kW --De potencia superior a 10,000 kW -Partes, incluidos los reguladores TURBORREACTORES, TURBOPROPULSORES Y DEMÁ S TURBINAS DE GAS -Turborreactores: --De empuje inferior o igual a 25 kN --De empuje superior a 25 Kn -Turbopropulsores: --De potencia inferior o igual a 1,100 kW --De potencia superior a 1,100 kW -Las demás turbinas de gas: --De potencia inferior o igual a 5,000 kW --De potencia superior a 5,000 kW -Partes: --De turborreactores o de turbopropulsores --Las demás LOS DEMÁ S MOTORES Y MÁQUINAS MOTRICES -Propulsores a reacción, excepto los turborreactores. -Motores hidráulicos: --Con movimiento rectilíneo (cilindros) --Los demás

Página 260 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8412.31.00 8412.39.00 8412.80 8412.80.10 8412.80.90 8412.90 8412.90.10 8412.90.20 8412.90.90 84.13

8413.11.00 8413.19.00 8413.20 8413.20.10 8413.20.20 8413.20.90 8413.30.00 8413.40.00 8413.50 8413.50.10 8413.50.20 8413.50.90 8413.60 8413.60.10 8413.60.20 8413.60.90 8413.70 8413.70.10 8413.70.20 8413.70.90 8413.81 8413.81.10 8413.81.20 8413.81.90 8413.82.00 8413.91.00 8413.92.00 84.14

8414.10.00 8414.20.00 8414.30.00 8414.40.00 8414.51.00 8414.59.00 8414.60.00

DESCRIPCION -Motores neumáticos: --Con movimiento rectilíneo (cilindros) --Los demás -Los demás: --Motores de viento o eolios. --Los demás. -Partes: --Para motores hidráulicos o neumáticos de movimientos rectilíneos (cilindro) --Para motores de viento o eolios. --Los demás. BOMBAS PARA LÍQUIDOS, INCLUSO CON DISPOSITIVO MEDIDOR INCORPORADO; ELEVADORES DE LÍQUIDOS. -Bombas con dispositivo medidor incorporado o concebidas para llevarlo porado o concebidas para llevarlo: --Bombas para distribución de carburantes o lubricantes, del tipo de las utilizadas en gasolineras, estaciones de servicio o garajes. --Las demás -Bombas manuales, excepto las de las subpartidas Nos. 8413.11 u 8413.19: --Para actividad agropecuaria --Para sistema de achique marino. --Los demás -Bombas de carburante, aceite o refrigerante, para motores de encendido por chispa o compresión. -Bombas para hormigón -Las demás bombas volumétricas alternativas: --Para actividad agropecuaria --Para sistema de achique marino --Los demás -Las demás bombas volumétricas rotativas: --Para actividad agropecuaria. --Para sistema de achique marinos --Los demás -Las demás bombas centrífugas: --Para actividad agropecuaria --Para sistema de achique marino --Los demás -Las demás bombas; elevadores de líquidos: --Bombas: ---Para actividad agropecuaria ---Para sistema de achique marino. ---Los demás --Elevadores de líquidos --De bombas --De elevadores de líquidos BOMBAS DE AIRE O DE VACÍO, COMPRESORES DE AIRE U OTROS GASES Y VEN TILADORES; CAMPANAS ASPIRANTES PARA EXTRACCIÓ N O RECICLADO, CON VENTILADOR INCORPORADO, INCLUSO CON FILTRO. -Bombas de vacío -Bombas de aire, de mano o pedal -Compresores del tipo de los utilizados en los equipos frigoríficos -Compresores de aire montados en chasis remolcable con ruedas. -Ventiladores: --Ventiladores de mesa, pie, pared, cielo raso, cho o ventana, con motor elé ctrico incorporado de potencia inferior o igual a 125 W. --Los demás -Campanas aspirantes en las que el mayor lado horizontal sea inferior o igual a 120 cm

Página 261 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 3

A A

5 3

A A

3

A

5 3

A A

15

B

3

A

LIBRE 5 3 5

A A A C

3

A

LIBRE 5 3

A A A

LIBRE 5 3

A A A

LIBRE 5 3

A A A

LIBRE 5 3 3 3 3

A A A A A A

3 3 3 10

A A A B

10

A

3 10

A B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8414.80.00 8414.90 8414.90.10 8414.90.90 84.15

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3

A

15 3

B A

10 10 5

C C C

10

C

10

C

8415.10 8415.10.10 8415.10.90 8415.20.00

-Los demás -Partes: --Para ventiladores de la partida arancelaria --Las demás. MÁQUINAS Y APARATOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE AIRE QUE COMPRENDAN UN VENTILADOR CON MOTOR Y LOS DISPOSITIVOS ADECUADOS PARAMODIFICAR LA TEMPERATURA Y LA HUMEDAD, AUNQUE NO REGULEN SEPARADAMENTE EL GRADO HIGROMÉ TRICO. -De pared o para ventanas, formando un solo cuerpo: --Presentado desmontado o sin montar todavía (desarmado) --Los demás. -Del tipo de los utilizados en vehículos automóviles para sus ocupantes.B818

8415.81.00 8415.82 8415.82.10

-Los demás: --Con equipo de enfriamiento y válvula de inversión del ciclo térmico. --Los demás, con equipo de enfriamiento: ---Los demás,presentados desmontados o sin montar todavía (desarmado).

8415.82.90 8415.83.00 8415.90 8415.90.10 8415.90.20

---Los demás --Sin equipo de enfriamiento -Partes: --Destinadas principalmente a vehículos automóviles del capítulo 87. --Destinadas principalmente a los artículos de la partida arancelaria 8415.83.00.

10 10

C C

5 3

A A

8415.90.90 84.16

--Los demás. QUEMADORES PARA LA ALIMENTACIÓ N DE HOGARES, DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS O SÓ LIDOS PULVERIZADOS O DE GASES; ALIMENTADORES MECÁ NICOS DE HOGA RES, PARRILLAS MECÁ NICAS, DESCARGADORES MECÁ NICOS DE CENIZAS Y DEMÁ S DISPOSITIVOS MECÁ NICOS AUXILIAREEMPLEADOS EN HOGARES. -Quemadores de combustibles líquidos: --Para la industria azucarera --Los demás -Los demás quemadores, incluidos los mixtos: --Para la industria azucarera --Los demás -Alimentadores mecánicos de hogares, parrillas mecánicas, descargadores me cánicos de cenizas y demás dispositivos mecánicos auxiliares empleados en hogares. -Partes. HORNOS INDUSTRIALES O DE LABORA-TORIO, INCLUIDOS LOS INCINERADORES, QUE NO SEAN ELÉ CTRICOS. -Hornos para tostación, fusión u otros tratamientos térmicos de los minerales metalíferos (incluidas las piritas) o de los metales: --Para fusión, incluidos los cubilotes --Los demás. -Hornos de panadería, pastelería o galletería -Los demás. -Partes: --Para horno de fusión de metal o mineral metalífero, incluidos los cubilotes.

10

A

3 3

A A

3 3 15

A A B

15

B

3 LIBRE 3 LIBRE

A A A A

3

A

3 LIBRE

A A

8416.10 8416.10.20 8416.10.90 8416.20 8416.20.10 8416.20.90 8416.30.00

8416.90.00 84.17 8417.10 8417.10.10 8417.10.90 8417.20.00 8417.80.00 8417.90 8417.90.10 8417.90.20 8417.90.90 84.18

8418.10

--Para hornos de panadería, pastelería o galletería. --Los demás REFRIGERADORES, CONGELADORES Y DEMÁ S MATERIAL, MÁ QUINAS Y APARATOS PARA PRODUCCIÓ N DE FRÍO, AUNQUE NO SEAN ELÉ CTRICOS; BOMBAS DE CALOR, EXCEPTO LAS MÁQUINAS Y APARATOS PARA ACONDICIONAMIENTO DE AIRE DE LA PARTIDA No. 84.15. -Combinaciones de refrigerador y congelador con puertas exteriores separadas:

Página 262 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8418.10.11 8418.10.19 8418.10.90 8418.21 8418.21.11 8418.21.19 8418.21.90 8418.22 8418.22.10 8418.22.90 8418.29.00 8418.30

8418.30.11 8418.30.19 8418.30.90 8418.40

8418.40.11 8418.40.19 8418.40.90 8418.50.00

8418.61.00 8418.69 8418.69.10 8418.69.21 8418.69.29 8418.69.30 8418.69.90 8418.91.00 8418.99.00 84.19

8419.11 8419.11.10 8419.11.20 8419.11.90 8419.19 8419.19.10 8419.19.20

DESCRIPCION --Domésticos con funcionamiento eléctrico: ---Desmontadas o sin armar. ---Los demás --Los demás -Refrigeradores domésticos: --De compresión ---De funcionamiento eléctrico y del tipo doméstico. ----Desmontadas o sin armar ----Las demás ---Los demás. --De absorción, eléctricos: ---Desmontadas o sin armar. ---Los demás. --Los demás -Congeladores horizontales del tipo arcón (cofre), de capacidad inferior o igual a 800 litros. --De funcionamiento eléctrico: ---Desmontados o sin armar. ---Los demás. --Los demás. -Congeladores verticales del tipo armario, de capacidad inferior o igual a 900 litros: --De funcionamiento eléctrico: ---Desmontados o sin armar. ---Los demás. --Los demás. -Los demás armarios, arcones (cofres), vitrinas, mostradores y muebles similares para la producción de frío. -Los demás materiales, máquinas y aparatos para la producción de frí o; bombas de calor: --Grupos frigoríficos de compresión en los que el condensador esté constituido por un intercambiador de calor. --Los demás: ---Las demás máquinas y aparatos para fabricar hielo o helado. ---Máquinas y aparatos enfriadoras de agua: ----Desmontadas o sin armar ----Los demás ---Los demás aparatos enfriadores de leche para granjas. ---Los demás -Partes: --Muebles concebidos para incorporarles un equipo de producción de frío --Las demás. APARATOS Y DISPOSITIVOS, AUNQUE SE CALIENTEN ELÉ CTRICAMENTE, PARA EL TRATAMIENTO DE MATERIAS MEDIANTE OPERACIONES QUE IMPLIQUEN UN CAMBIO DE TEMPERATURA, TALES COMO CALENTAMIENTO, COCCIÓ N, TORRE FACCIÓ N, DESTILACIÓ N, RECTIFICACIÓ N, ESTERILIZACIÓ N, PASTEURIZACIÓ N, BAÑ O DE VAPOR DE AGUA, SECADO, EVAPORA CIÓ N, VAPORIZACIÓ N, CONDENSACIÓ N ENFRIAMIENTO, EXCEPTO LOS APARATOS DOMÉ STICOS; CALENTADORES DE AGUA DE CALENTAMIENTO INSTANTÁ NEO O DE ACUMULACIÓ N, EXCEPTO LOS ELÉ CTRICOS. -Calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos: --De calentamiento instantáneo, de gas: ---Del tipo para uso industrial. ---Los demás, desarmados ---Los demás --Los demás: ---Del tipo para uso industrial. ---Los demás, desarmados.

Página 263 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 10 10

A B B

3 10 10

A C C

3 15 15

A B C

3 15 3

A B A

3 3 3 3

A A A A

3

A

3

A

3 3 LIBRE 3

A A A A

15 3

B A

LIBRE 5 15

A A B

LIBRE 5

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8419.19.90 8419.20.00 8419.31 8419.31.10 8419.31.90 8419.32.00 8419.39.00 8419.40.00 8419.50.00 8419.60.00 8419.81 8419.81.10 8419.81.90 8419.89 8419.89.10 8419.89.20 8419.89.30 8419.89.90 8419.90.00 84.20 8420.10 8420.10.10 8420.10.20 8420.10.90 8420.91.00 8420.99.00 84.21

8421.11.00 8421.12

8421.12.11 8421.12.19 8421.12.90 8421.19 8421.19.10 8421.19.90 8421.21.00 8421.22.00 8421.23.00 8421.29.00 8421.31.00 8421.39.00 8421.91.00 8421.99.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Los demás -Esterilizadores médicos-quirúrgicos o de laboratorio. -Secadores: --Para productos agrícolas: ---Para la industria azucarera ---Los demás --Para madera, pasta para papel, papel o cartón. --Los demás -Aparatos de destilación o rectificación -Intercambiadores de calor -Aparatos y dispositivos para licuefacción de aire u otros gases -Los demás aparatos y dispositivos: --Para la preparación de bebidas calientes o la cocción o calentamiento de alimentos: ---Eléctricos ---Los demás --Los demás: ---Aparatos de torrefacción ---Aparatos para la industria papelera ---Los demás aparatos de calentamiento o enfriamiento no eléctricos ---Los demás -Partes CALANDRIAS Y LAMINADORES, EXCEPTO PARA METAL O VIDRIO, Y CILINDROS PARA ESTAS MÁQUINAS. -Calandrias y laminadores: --Para cueros y pieles --Para reconstruir manuscritos o documentos. --Los demás -Partes: --Cilindros --Las demás CENTRIFUGADORAS, INCLUIDAS LAS SECADORAS CENTRÍFUGAS; APARATOS PARA FILTRAR O DEPURAR LÍQUIDOS O GASES. -Centrifugadoras, incluidas las secadoras cen trífugas: --Desnatadoras (descremadoras). --Secadoras de ropa: ---Con capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg: ----Desmontados o sin armar. ----Los demás ---Los demás --Las demás: ---Para extraer miel ---Las demás -Aparatos para filtrar o depurar líquidos: --Para filtrar o depurar agua --Para filtrar o depurar las demás bebidas --Para filtrar lubricantes o carburantes en los motores de encendido por chispa o compresión. --Los demás. -Aparatos para filtrar o depurar gases: --Filtros de entrada de aire para motores de encendido por chispa o compresi ón. --Los demás -Partes: --De centrifugadoras, incluidas las de secadoras centrífugas --Las demás

15 3

B A

3 3 3 3 LIBRE 3 3

A A A A A A A

3 3

A A

LIBRE 3 LIBRE 3 3

A A A A A

3 3 LIBRE

A A A

3 3

A A

LIBRE

A

3 15 15

A B B

10 3

B A

3 3 10

A A B

3

A

10

C

3

A

3 3

A A

Página 264 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 84.22

8422.11.00 8422.19.00 8422.20.00 8422.30

8422.30.10 8422.30.90 8422.40.00 8422.90.00 84.23

8423.10.00 8423.20.00 8423.30.00

8423.81.00 8423.82.00 8423.89.00 8423.90.00 84.24

8424.10 8424.10.10 8424.10.20 8424.20.00 8424.30 8424.30.10 8424.30.90 8424.81.00 8424.89 8424.89.10 8424.89.90 8424.90 8424.90.10 8424.90.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15 3

C C A

LIBRE 3 3

A A A

3

A

10 3 3

B A A

3 3 3 3

A A A A

15 10 3

B B A

10 3

B A

LIBRE

A

LIBRE 3

A A

LIBRE 10

A B

MÁQUINAS PARA LAVAR VAJILLA; MÁQUINAS Y APARATOS PARA LIMPIAR O SECAR BOTELLAS O DEMÁ S RECIPIENTES; MÁQUINAS Y APARATOS PARA LLENAR, CERRAR, TAPAR,TAPONAR O ETIQUETAR BOTELLAS, BOTES O LATAS, CAJAS, SACOS (BOLSAS) O CONTINENTES ANÁ LOGOS; MÁQUINAS Y APARATOS PARA CAPSULAR BOTELLAS, TARROS, TUBOS Y CONTINENTES ANÁ LOGOS; LAS DEMÁ S MÁQUINAS Y APARATOS PARA EMPAQUETAR O ENVOLVER MERCANCÍAS (INCLUIDAS LAS DE ENVOLVER CON PELÍCULA TERMORRETRÁ CTIL); MÁQUINAS Y APARATOS PARA GASEAR BEBIDAS. -Máquinas para lavar vajilla: --De tipo doméstico. --Las demás. -Máquinas y aparatos para limpiar o secarbotellas o demás recipientes. -Máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas para capsular botellas, tarros, tubos o continentes análogos; máquinas y aparatos para gasear bebidas. --Para gasear bebidas --Los demás. -Las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil). -Partes. APARATOS E INSTRUMENTOS PARA PESAR, INCLUIDAS LAS BÁ SCULAS Y BALANZAS INCLUIDAS LAS BÁ SCULAS Y BALANZAS PARA COMPROBAR O CONTAR PIEZAS FABRICADAS, EXCEPTO LAS BALANZAS SENSIBLES A UN PESO INFERIOR O IGUAL A 5 cg; PESAS PARA TODA CLASE DE BÁ SCULAS O BALANZAS. -Para pesar personas, incluidos los pesabebés; balanzas domésticas. -Básculas y balanzas para pesada continua sobre transportados. -Básculas y balanzas para pesada constante, incluidas las de descargar pesos determinados en sacos (bolsas) u otros recipientes, así como las dosificadoras de tolva. -Los demás aparatos e instrumentos para pesar: --Con capacidad inferior o igual a 30 kg. --Con capacidad superior a 30 kg pero inferior o igual a 5,000 kg. --Los demás -Pesas para toda clase de básculas o balan zas; partes de aparatos o instrumentos para pesar. APARATOS MECÁ NICOS (INCLUSO MANUALES) PARA PROYECTAR, DISPERSAR O PULVERIZAR MATERIAS LÍQUIDAS O EN POLVO; EXTINTORES, INCLUSO CARGADOS; PISTOLAS AEROGRÁ FICAS Y APARATOS SIMILARES; MÁQUINAS Y APARATOS DE CHORRO DE ARENA O DE VAPOR Y APARATOS DE CHORRO SIMILARES. -Extintores, incluso cargados: --Con carga --Sin cargar -Pistolas aerográficas y aparatos similares -Máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares: --Aparatos de chorro de vapor. --Los demás -Los demás aparatos: --Para agricultura u horticultura --Los demás: ---Del tipo de los utilizados en la actividad agropecuaria. ---Los demás. -Partes: --Para los aparatos del tipo utilizado en la actividad agropecuaria. --Para extintores --Los demás partes:

Página 265 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8424.90.91 8424.90.99 84.25 8425.11 8425.11.10 8425.11.90 8425.19 8425.19.10 8425.19.90 8425.20.00

8425.31 8425.31.10 8425.31.90 8425.39 8425.39.10 8425.39.90 8425.41.00 8425.42.00 8425.49.00 84.26

8426.11.00 8426.12.00 8426.19.00 8426.20.00 8426.30.00 8426.41.00 8426.49.00 8426.91.00 8426.99.00 84.27 8427.10.00 8427.20.00 8427.90.00 84.28

8428.10.00 8428.20.00

8428.31.00 8428.32.00 8428.33.00 8428.39.00 8428.40.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Cabezas y monturas, de pulverizadores. ---Las demás. POLIPASTOS; TORNOS Y CABRESTANTES; GATOS -Polipastos: --Con motor eléctrico: ---Pescantes de marina ---Los demás --Los demás: ---Pescantes de marina ---Los demás -Tornos para el ascenso y descenso de jaulas o montacargas en pozos de minas; tornos especialmente concebidos para el interior de minas. -Los demás tornos; cabrestantes: --Con motor eléctrico: ---Tornos y cabrestantes de marina ---Los demás --Los demás: ---Tornos y cabrestantes de marina. ---Los demás -Gatos: --Elevadores fijos para vehículos automóviles, del tipo de los utilizados en talleres --Los demás gatos hidráulicos --Los demás. GRÚ AS Y APARATOS DE ELEVACIÓ N SOBRE CABLE AÉ REO; PUENTES RODANTES, PÓ RTICOS DE DESCARGA O MANIPULACIÓ N, PUENTES GR Ú A, CARRETILLAS PUENTE Y CARRETILLAS GRÚ A. -Puentes (incluidas las vigas) rodantes, pórticos, puentes grúa y carretillas puente: --Puentes (incluidas las vigas) rodantes, sobre soporte fijo. --Pórticos móviles sobre neumáticos y carretillas puente. --Los demás -Grúas de torre -Grúas de pórtico -Las demás máquinas y aparatos, autopropulsados: --Sobre neumáticos. --Los demás. -Las demás máquinas y aparatos: --Concebidos para montarlos sobre vehículo de carretera. --Los demás CARRETILLAS APILADORAS; LAS DEMÁ S CARRETILLAS DE MANIPULACIÓ N CON DISPOSITIVO DE ELEVACIÓ N INCORPORADO. -Carretillas autopropulsadas con motor eléctrico -Las demás carretillas autopropulsadas. -Las demás carretillas LAS DEMÁ S MÁQUINAS Y APARATOS DE ELE-VACIÓ N, CARGA, DESCARGA O MANIPULACIÓ N (POR EJEMPLO: ASCENSORES, ESCALERAS MECÁ NICAS, TRANSPORTADORES, TELEFÉ RICOS). -Ascensores y montacargas -Aparatos elevadores o transportadores, neumáticos -Los demás aparatos elevadores o transportadores, de acción continua, para mercancías: --Especialmente concebidos para el interior de minas u otros trabajos subterrá neos --Los demás, de cangilones --Los demás, de banda o correa --Los demás -Escaleras mecánicas y pasillos móviles.

3 15

A B

5 3

A A

5 3 10

A A C

5 3

A A

5 3

A A

10

C

3 3

A A

3 3 3 10 5

A A A C A

10 10

C C

10 10

C C

3 3 10

A A B

3 3

A A

10

C

3 3 3 10

A A A B

Página 266 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

8428.50.00

-Empujadores de vagonetas de minas, carros transbordadores, basculadores y volteadores, de vagones, de vagonetas, etc. e instalaciones similares para la manipulación de material móvil sobre carriles (rieles).

10

C

8428.60.00

-Teleféricos (incluidos los telesillas y los telesquís);mecanismos de tracción para funiculares. -Las demás máquinas y aparatos TOPADORAS FRONTALES ("BULLDOZERS"), TOPADORAS ANGULARES ("ANGLEDOZERS") NIVELADORAS, TRAÍLLAS ("SCRAPERS"), PALAS MECÁ NICAS, EXCAVADORAS, CARGA DORAS, PALAS CARGADORAS, COMPACTA DORAS Y APISONADORAS ( APLANADORAS), AUTOPROPULSADAS. -Topadoras frontales ("bulldozers") y topadoras angulares ("angledozers"): --De orugas --Las demás -Niveladoras -Traíllas ("scrapers"). -Compactadoras y apisonadoras (aplanadoras). -Palas mecánicas, excavadoras, cargadoras y palas cargadoras: --Cargadoras y palas cargadoras de carga frontal --Máquinas cuya superestructura pueda girar 360º ---Retroexcavadoras, palas, cucharas de mandíbulas y dragalinas. ---Las demás. --Las demás: ---Retroexcavadoras, palas, cucharas de mandíbulas y dragalinas. ---Las demás. LAS DEMÁ S MÁQUINAS Y APARATOS PARA EXPLANAR, NIVELAR, TRAILLAR ("SCRAPING"), EXCAVAR, COMPACTAR, APISONAR (APLANAR), EXTRAER O PERFORAR TIERRA O MINERALES; MARTINETES Y MÁ QUINAS PARA ARRANCAR PILOTES, ESTACAS O SIMILARES; QUITANIEVES. -Martinetes y máquinas para arrancar pilotes, estacas o similares -Quitanieves -Cortadoras y arrancadoras, de carbón o rocas, y máquinas para hacer túneles o galerías: --Autopropulsadas --Las demás -Las demás máquinas de sondeo o perforación: --Autopropulsadas --Las demás -Las demás máquinas y aparatos, autopropulsados. -Las demás máquinas y aparatos, sin propulsión: --Máquinas y aparatos para compactar o apisonar (aplanar) --Traíllas ("scrapers”) --Los demás PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINA-DAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LAS MÁQUINAS O APARATOS DE LAS PARTIDAS No. 84.25 a 84.30. -De máquinas o aparatos de la partida No.84.25: --Para aparatos de marina --Los demás -De máquinas o aparatos de la partida No.84.27 -De máquinas o aparatos de la partida No.84.28: --De ascensores, montacargas o escaleras mecánica. --Las demás -De máquinas o aparatos de las partidas Nos. 84.26, 84.29 u 84.30: --Cangilones, cucharas, cucharas de almeja, palas y garras o pinzas. --Hojas de topadoras frontales ("bulldozers") o de topadoras angulares ("angledozers”)

10

C

3

A

3 10 5 10 10

A C B C C

3

A

5 5

A A

3 3

A A

10 10

C C

10 10

C C

10 10 10

B C C

10 10 10

C C C

5 3 3

A A A

3 10

A C

3 10

A C

8428.90.00 84.29

8429.11.00 8429.19.00 8429.20.00 8429.30.00 8429.40.00 8429.51.00 8429.52 8429.52.10 8429.52.90 8429.59 8429.59.10 8429.59.90 84.30

8430.10.00 8430.20.00

8430.31.00 8430.39.00 8430.41.00 8430.49.00 8430.50.00 8430.61.00 8430.62.00 8430.69.00 84.31

8431.10 8431.10.10 8431.10.90 8431.20.00 8431.31.00 8431.39.00 8431.41.00 8431.42.00

Página 267 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

5

A

5

A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

8433.11.00

--De máquinas de sondeo o perforación de las subpartidas No. 8430.41 u 8430.49. --Las demás. MÁQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS AGRÍ-COLAS, HORTÍCOLAS O SILVÍCOLAS, PARA LA PREPARACIÓ N O EL TRABAJO DEL SUELO O PARA EL CULTIVO; RODILLOS PARA CÉ SPED O TERRENOS DE DEPORTE. -Arados -Gradas (rastras), escarificadores, cultivadores, estirpadores, azadas rotativas (rotocultores), escardadoras y binadoras: --Gradas (rastras) de discos --Los demás -Sembradoras, plantadoras y transplantadoras -Esparcidores de estiércol y distribuidores de -Las demás máquinas, aparatos y artefactos -Partes MÁQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS PARA COSECHAR O TRILLAR, INCLUIDAS LAS PRENSAS PARA PAJA O FORRAJE; CORTADORAS DE C É SPED Y GUADAÑ A DORAS; MÁQUINAS PARA LA LIMPIEZA O CLASIFICACIÓ N DE HUEVOS, FRUTOS O DEMÁ S PRODUCTOS AGRÍ COLAS, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 84.37. -Cortadoras de césped: --Con motor, en las que el dispositivo de corte gire en un plano horizontal

10

C

8433.19.00 8433.20.00

--Las demás -Guadañadoras, incluidas las barras de corte para montar sobre un tractor.

10 LIBRE

C A

8433.30.00 8433.40.00

-Las demás máquinas y aparatos para henificar -Prensas para paja o forraje, incluidas las prensas recogedoras. -Las demás máquinas y aparatos para cosechar; máquinas y aparatos para trillar: --Cosechadoras-trilladoras. --Las demás máquinas y aparatos para trillar. --Máquinas para cosechar raíces o tubérculos --Los demás -Máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas. -Partes: --Para máquinas cortadoras de césped. --Los demás MÁQUINAS PARA ORDEÑ AR Y MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA INDUSTRIA LECHERA. -Máquinas para ordeñar -Máquinas y aparatos para la industria lechera -Partes PRENSAS, ESTRUJADORAS Y MÁQUINAS Y APARATOS ANÁ LOGOS PARA LA PRODUCCIÓ N DE VINO, SIDRA, JUGOS DE FRUTOS O BEBIDAS SIMILARES. -Máquinas y aparatos: --Extractores de jugos de fruta --Prensas para frutas: ---Para manzanas, pera o uvas. ---Los demás. --Los demás -Partes: --Para extractores de jugos de frutas --Para prensas de frutas (excepto pera, manzanas --Los demás

LIBRE LIBRE

A A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A

10 LIBRE

B A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

3

A

LIBRE 3 LIBRE

A A A

3 3 LIBRE

A A A

8431.43.00 8431.49.00 84.32

8432.10.00

8432.21.00 8432.29.00 8432.30.00 8432.40.00 8432.80.00 8432.90.00 84.33

8433.51.00 8433.52.00 8433.53.00 8433.59.00 8433.60.00 8433.90 8433.90.10 8433.90.90 84.34 8434.10.00 8434.20.00 8434.90.00 84.35

8435.10 8435.10.10 8435.10.21 8435.10.29 8435.10.90 8435.90 8435.90.10 8435.90.20 8435.90.90

Página 268 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 84.36

8436.10.00

8436.21 8436.21.10 8436.21.20 8436.29 8436.29.10 8436.29.20 8436.29.90 8436.80 8436.80.10 8436.80.90 8436.91 8436.91.10 8436.91.20 8436.91.90 8436.99 8436.99.10 8436.99.90 84.37

8437.10.00 8437.80.00 8437.90.00 84.38

8438.10.00 8438.20.00 8438.30.00 8438.40.00 8438.50 8438.50.10 8438.50.90 8438.60.00 8438.80 8438.80.10 8438.80.90 8438.90.00 84.39

8439.10.00 8439.20.00 8439.30.00

DESCRIPCION LAS DEMÁ S MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA AGRICULTURA, HORTICULTURA, SILVICULTURA, AVICULTURA O APICULTURA, INCLUIDOS LOS GERMINADORES CON DISPOSITIVOS MECÁ NICOS O TÉ RMICOS Y LAS INCUBADORAS Y CRIADORAS AVÍCOLAS. -Máquinas y aparatos para preparar alimentos o piensos para animales -Máquinas y aparatos para la avicultura, incluidas las incubadoras y criadoras: --Incubadoras y criadoras: ---Incubadoras ---Criadoras --Los demás: ---Desplumadoras de aves ---Baterías automáticas de crianza o puesta ---Los demás. -Las demás máquinas y aparatos: --Máquinas y aparatos de apicultura --Las demás -Partes: --De máquinas o aparatos para la avicultura: ---Para criadoras y ponedoras ---Para incubadoras y desplumadoras ---Los demás --Las demás: ---Para máquinas y aparatos de apicultura ---Los demás MÁQUINAS PARA LIMPIEZA, CLASIFICACIÓ N O CRIBADO DE SEMILLAS, GRANOS U HORTALIZAS DE VAINA SECAS; MÁQUINAS Y APARATOS PARA MOLIENDA O TRATAMIENTO DE CEREALES U HORTALIZAS DE VAINA SECAS, EXCEPTO LAS DE TIPO RURAL. -Máquinas para limpieza, clasificación o cribado de semillas, granos u hortalizas de vaina secas -Las demás máquinas y aparatos -Partes MÁQUINAS Y APARATOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO, PARA LA PREPARACIÓ N O FABRICACIÓ N INDUSTRIAL DE ALIMENTOS O BEBIDAS, EXCEPTO LAS MÁQUINAS Y APARATOS PARA EXTRACCIÓ N O PREPARACIÓ N DE ACEITES O GRASAS, ANIMALES O VEGE TALES FIJOS. -Máquinas y aparatos para panadería, pastelería, galletería o la fabricación de pastas alimenticias -Máquinas y aparatos para confitería, elaboración de cacao o la fabricación de chocolate. -Máquinas y aparatos para la industria azucarera -Máquinas y aparatos para la industria cervecera -Máquinas y aparatos para la preparación de carne: --Para moler, picar o cortar carne. --Los demás -Máquinas y aparatos para la preparación de frutos u hortalizas -Las demás máquinas y aparatos: --Para la preparación de pescado, crustáceos o moluscos --Los demás -Partes MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA FABRI CACIÓ N DE PASTA DE MATERIAS FIBROSAS CELULÓ SICAS O PARA LA FABRICA CIÓ N O ACABADO DE PAPEL O CARTÓ N. -Máquinas y aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celuló sicas -Máquinas y aparatos para la fabricación de papel o cartón -Máquinas y aparatos para el acabado de papel o cartón. -Partes:

Página 269 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE

A

3 3

A A

3 3 LIBRE

A A A

10 LIBRE

B A

3 3 LIBRE

A A A

10 LIBRE

B A

LIBRE

A

3 3

A A

3

A

3

A

3 LIBRE

A A

3 3 3

A A A

3 3 3

A A A

3

A

3 3

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8439.91.00 8439.99.00 84.40 8440.10.00 8440.90.00 84.41

8441.10.00 8441.20.00 8441.30.00 8441.40.00 8441.80.00 8441.90.00 84.42

8442.10.00 8442.20.00 8442.30.00 8442.40.00 8442.50.00

84.43

8443.11.00 8443.12.00 8443.19.00

8443.21.00 8443.29.00 8443.30.00 8443.40.00 8443.51.00 8443.59.00 8443.60.00 8443.90.00 8444.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De máquinas o aparatos para la fabricación de pasta de materias fibrosas celulósicas1 --Las demás MÁQUINAS Y APARATOS PARA ENCUADERCIÓ N, INCLUIDAS LAS MÁ QUINAS PARA COSER PLIEGOS. -Máquinas y aparatos -Partes LAS DEMÁ S MÁQUINAS Y APARATOS PARA EL TRABAJO DE LA PASTA DE PAPEL, DEL PAPEL O CARTÓ N, INCLUIDAS LAS CORTADORAS DE CUALQUIER TIPO. -Cortadoras -Máquinas para la fabricación de sacos (bolsas), bolsitas o sobres. -Máquinas para la fabricación de cajas, tubos, tambores o continentes similares, excepto por moldeado -Máquinas para moldear artículos de pasta de papel, de papel o cartó. -Las demás máquinas y aparatos -Partes MÁQUINAS, APARATOS Y MATERIAL (EXCEPTO LAS MÁQUINAS HERRAMIENTA DE LAS PARTIDAS Nos. 84.56 A 84.65) PARA FUNDIR O COMPONER CARACTERES O PARA PREPARAR O FABRICAR CLISÉ S, PLANCHAS, CILINDROS O DEMÁ S ELEMENTOS IMPRESORES; CARACTERES DE IMPRENTA, CLISÉ S, PLANCHAS, CILINDROS Y DEMÁ S ELEMENTOS IMPRESORES; PIEDRAS LITOGRÁ FICAS, PLANCHAS, PLACAS Y CILINDROS, PREPARADOS

3

A

3

A

3 3

A A

3 3 3

A A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3

A

3 3 3 3

A A A A

3 3 3 3 3

A A A A A

PARA LA IMPRESIÓ N (POR EJEMPLO: APLANADOS, GRANEADOS, PULIDOS). -Máquinas para componer por procedimiento fotográfico -Máquinas, aparatos y material para componer caracteres por otros procedimientos, incluso con dispositivos para fundir -Las demás máquinas, aparatos y material. -Partes de estas máquinas, aparatos o material -Caracteres de imprenta, clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores; piedras litográficas, planchas, placas y cilindros, preparados para la impresión (por ejemplo: aplanados, graneados, pulidos). MÁQUINAS Y APARATOS PARA IMPRIMIR, INCLUIDAS LAS MÁQUINAS PARA IMPRIMIR POR CHORRO DE TINTA, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 84.71; MÁQUINAS AUXILIARES PARA LA IMPRESIÓ N. -Máquinas y aparatos para imprimir, offset: --Alimentados con bobinas --Alimentados con hojas de formato inferior o igual a 22 cm x 36 cm (offset de oficina) --Los demás -Máquinas y aparatos para imprimir, tipográficos, excepto las máquinas y aparatos , flexográficos: --Alimentados con bobinas --Los demás -Máquinas y aparatos para imprimir, flexográficos -Máquinas y aparatos para imprimir, heliográficos (huecograbado) -Las demás máquinas y aparatos para imprimir: --Máquinas para imprimir por chorro de tinta. --Los demás. -Máquinas auxiliares -Partes MÁQUINAS PARA EXTRUDIR, ESTIRAR, TEXTURAR O CORTAR MATERIA TEXTIL SINTÉ TICA O ARTIFICIAL.

Página 270 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 84.45

8445.11.00 8445.12.00 8445.13.00 8445.19 8445.19.10 8445.19.90 8445.20.00 8445.30.00 8445.40.00 8445.90.00 84.46 8446.10.00 8446.21.00 8446.29.00 8446.30.00 84.47

8447.11.00 8447.12.00 8447.20.00 8447.90.00 84.48

8448.11.00

8448.19.00 8448.20.00

8448.31.00 8448.32.00 8448.33.00 8448.39.00 8448.41.00 8448.42.00 8448.49.00

DESCRIPCION MÁQUINAS PARA LA PREPARACIÓ N DE MATERIA TEXTIL; MÁQUINAS PARA HILAR, DOBLAR O RETORCER MATERIA TEXTIL Y DEMÁ S MÁ QUINAS Y APARATOS PARA LA FABRICACIÓ N DE HILADOS TEXTILES; M ÁQUINAS PARA BOBINAR (INCLUIDAS LAS CANILLERAS) O PARA LA PREPARACIÓ N DE HILADOS TEXTILES PARA SU UTILIZACIÓ N EN LAS MÁ QUINAS DE LAS PARTIDAS Nos. 84.46 u 84.47. -Máquinas para la preparación de materia textil: --Cardas --Peinadoras --Mecheras --Las demás: ---Desmotadoras de algodón ---Las demás -Máquinas para hilar materia textil -Máquinaspara doblar o retorcer materia textil. -Máquinas para bobinar (incluidas las canilleras) o devanar materia textil. -Los demás TELARES. -Para tejidos de anchura inferior o igual a 30 cm -Para tejidos de anchura superior a 30 cm, de lanzadera: --De motor --Los demás -Para tejidos de anchura superior a 30 cm, sinlanzadera. MÁQUINAS DE TRICOTAR, DE COSER POR CADENETA, DE ENTORCHAR, DE FABRICAR TUL, ENCAJE, BORDADOS, PASAMANERÍA, TRENZAS, REDES O DE INSERTAR MECHONES. -Máquinas circulares de tricotar: --Con cilindro de diámetro inferior o igual a 165 mm --Con cilindro de diámetro superior a 165 mm -Máquinas rectilíneas de tricotar; máquinas de coser por cadeneta. -Las demás MÁQUINAS Y APARATOS AUXILIARES PARA LAS MÁQUINAS DE LAS PARTIDAS Nos. 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (POR EJEMPLO: MAQUINITAS PARA LIZOS, MECANISMOS JACQUARD, PARAURDIMBRES Y PARATRAMAS, MECANIS MOS DE CAMBIO DE LANZADERA); PARTES Y ACCESORIOS IDENTIFICABLES COMO DESTINADOS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LAS MÁQUINAS DE ESTA PARTIDA O DE LAS PARTIDAS Nos. 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47 (POR EJEMPLO: HUSOS, ALETAS, GUARNICIONES DE CARDAS, PEINES, BARRETAS, HILERAS, LANZADERAS, LIZOS Y CUADROS DE LIZOS, AGUJAS, PLATINAS, GANCHOS). -Máquinas y aparatos auxiliares para las máquinas de las partidas Nos 84.44, 84.45, 84.46 u 84.47: --Maquinitas para lizos y mecanismos Jacquard; reductoras, perforadoras y copiadoras de cartones; máquinas para unir cartones después de perforados. --Los demás -Partes y accesorios de las máquinas de la partida No. 84.44 o de sus má quinas o aparatos auxiliares -Partes y accesorios de las máquinas de la partida No 84.45 o de sus má quinas o aparatos auxiliares: --Guarniciones de cardas. --De máquinas para la preparación de materia textil, excepto las guarniciones de cardas --Husos y sus aletas, anillos y cursores --Los demás. -Partes y accesorios de telares o de sus máquinas o aparatos auxiliares: --Lanzaderas --Peines; lizos y cuadros de lizos --Los demás

Página 271 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 3 3

A A A

LIBRE 3 3 3 3 3

A A A A A A

3

A

3 3 3

A A A

3 3 3 3

A A A A

3

A

3 3

A A

3 3

A A

3 3

A A

3 3 3

A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

8448.51.00 8448.59.00 84.49

8449.00.10 8449.00.90 84.50

8450.11 8450.11.10 8450.11.90 8450.12 8450.12.10 8450.12.90 8450.19 8450.19.10 8450.19.90 8450.20.00 8450.90.00 84.51

8451.10.00 8451.21 8451.21.10 8451.21.90 8451.29.00 8451.30 8451.30.10 8451.30.90 8451.40.00 8451.50.00 8451.80.00 8451.90.00 84.52

8452.10.00 8452.21.00 8452.29 8452.29.10

DESCRIPCION -Partes y accesorios de máquinas o aparatos de la partida No. 84.47 o de sus máquinas aparatos auxiliares: --Platinas, agujas y demás artículos que participen en la formación de mallas --Los demás MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA FABRICACIÓ N O ACABADO DEL FIELTRO O TELA SIN TEJER, EN PIEZA O CON FORMA, INCLUIDAS LAS MÁQUINAS Y APARATOS PARA LA FABRICACIÓ N DE SOMBREROS DE FIELTRO; HORMAS DE SOMBRERERÍA. -Máquinas y aparatos -Partes MÁQUINAS PARA LAVAR ROPA, INCLUSO CON DISPOSITIVO DE SECADO -Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 Kg: --Máquinas totalmente automáticas: ---Desmontadas o sin armar ---Los demás --Las demás máquinas, con secadora centrífuga incorporada: ---Desmontadas o sin armar ---Los demás --Las demás: ---Desmontadas o sin armar ---Los demás -Máquinas de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, superior a 10 kg -Partes MÁQUINAS Y APARATOS (EXCEPTO LAS MÁQUINAS DE LA PARTIDA No. 84.50) PARA LAVAR, LIMPIAR, ESCURRIR, SECAR, PLANCHAR, PRENSAR (INCLUIDAS LAS PRENSAS PARA FIJAR), BLANQUEAR, TEÑ IR, APRESTAR, ACABAR, RECUBRIR O IMPREGNAR HILADOS, TELAS O MANUFACTURAS TEXTILES Y MÁQUINAS PARA EL REVES TIMIENTO DE TELAS U OTROS SOPORTES UTILIZADOS EN LA FABRICACIÓ N DE CUBRESUELOS, TALES COMO EL LINÓ LEO; MÁ QUINAS PARA ENROLLAR, DESENROLLAR, PLEGAR, CORTAR O DENTAR TELAS. -Máquinas para limpieza en seco. -Máquinas para secar: --De capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 10 kg: ---Desmontadas o sin armar ---Los demás --Las demás -Máquinas y prensas para planchar, incluidas las prensas para fijar: --Prensas de madera --Los demás -Máquinas para lavar, blanquear o teñir -Máquinas para enrollar, desenrollar, plegar, cortar o dentar telas -Las demás máquinas y aparatos -Partes. MÁQUINAS DE COSER, EXCEPTO LAS DE COSER PLIEGOS DE LA PARTIDA No. 84.40; MUEBLES, BASAMENTOS Y TAPAS O CUBIERTAS ESPECIALMENTE CONCEBIDOS PARA MÁQUINAS DE COSER; AGUJAS PARA MÁQUINAS DE COSER. -Máquinas de coser domésticas -Las demás máquinas de coser: --Unidades automáticas --Las demás: ---Máquinas para coser sacos de los tipos utilizados para envasar productos agrícolas.

Página 272 de 327

TASA BASE

PLAZO

3

A

3

A

15 15

B B

3 10

A C

3 10

A C

3 15 15

A C C

3

A

15

B

3 15 15

A C B

15 3 15 3 3 15

B A B A A B

10

A

3

A

LIBRE

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8452.29.90 8452.30.00 8452.40 8452.40.10 8452.40.90 8452.90.00 84.53

8453.10.00 8453.20.00 8453.80.00 8453.90.00 84.54 8454.10.00 8454.20.00 8454.30.00 8454.90 8454.90.10 8454.90.90 84.55 8455.10.00 8455.21.00 8455.22.00 8455.30.00 8455.90.00 84.56

8456.10.00 8456.20.00 8456.30.00 8456.91.00 8456.99.00 84.57 8457.10.00 8457.20.00 8457.30.00 84.58

8458.11.00 8458.19.00 8458.91.00 8458.99.00 84.59

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

---Las demás. -Agujas para máquinas de coser -Muebles, basamentos y tapas o cubiertas para máquinas de coser, y sus partes: --Muebles --Los demás, incluidas las partes -Las demás partes para máquinas de coser MÁQUINAS Y APARA TOS PARA LA PREPARACIÓ N, CURTIDO O TRABAJO DE CUERO O PIEL O PARA LA FABRICACIÓ N O REPARACIÓ N DE CALZADO U OTRAS MANUFACTURAS DE CUERO O PIEL, EXCEPTO LAS MÁQUINAS DE COSER. -Máquinas y aparatos para la preparación, curtido o trabajo de cuero o piel.

3 3

A A

3 3 3

A A A

3

A

-Máquinas y aparatos para la fabricación o reparación de calzado. -Las demás máquinas y aparatos -Partes CONVERTIDORES, CUCHARAS DE COLA-DA, LINGOTERAS Y MÁQUINAS DE COLAR (MOLDEAR), PARA METALURGIA, ACERÍAS O FUNDICIONES. -Convertidores -Lingoteras y cucharas de colada. -Máquinas de colar (moldear) -Partes: --De convertidores --Los demás LAMINADORES PARA METAL Y SUS CILINDROS -Laminadores de tubos -Los demás laminadores: --Para laminar en caliente o combinados para laminar en caliente y en frío. --Para laminar en frío -Cilindros de laminadores -Las demás partes MÁQUINAS HERRAMIENTA QUE TRABAJEN POR ARRANQUE DE CUALQUIER MATERIA MEDIANTE LÁ SER U OTROS HACES DE LUZ O DE FOTONES, POR ULTRASONIDO, ELECTROEROSIÓ N, PROCESOS ELECTROQUÍMCOS, HACES DE ELECTRONES, HACES IÓ NICOS O CHORRO DE PLASMA. -Que operen mediante láser u otros haces de luz o de fotones. -Que operen por ultrasonido -Que operen por electroerosión -Las demás: --para grabar en seco esquemas (trazas) sobre material semiconductor. --Las demás. CENTROS DE MECANIZADO, MÁQUINAS DE PUESTO FIJO Y MÁ QUINAS DE PUESTOS MÚ LTIPLES, PARA TRABAJAR METAL. -Centros de mecanizado -Máquinas de puesto fijo -Máquinas de puestos múltiples TORNOS (INCLUIDOS LOS CENTROS DE TORNEADO) QUE TRABAJEN POR ARRANQUE DE METAL -Tornos horizontales: --De control numérico --Los demás -Los demás tornos: --De control numérico --Los demás MÁQUINAS (INCLUIDAS LAS UNIDADES DE MECANIZADO DE CORREDERAS) DE TALADRAR, ESCARIAR, FRESAR O ROSCAR (INCLUSO ATERRAJAR), METAL POR ARRANQUE DE MATERIA, EXCEPTO LOS TORNOS (INCLUIDOS LOS CENTROS DE TORNEADO) DE LA PARTIDA No. 84.58.

3 3 3

A A A

LIBRE 3 3

A A A

LIBRE 3

A A

3

A

3 3 3 3

A A A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3

A A

Página 273 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8459.10.00 8459.21.00 8459.29.00 8459.31.00 8459.39.00 8459.40.00 8459.51.00 8459.59.00 8459.61.00 8459.69.00 8459.70.00 84.60

8460.11.00 8460.19.00

8460.21.00 8460.29.00 8460.31.00 8460.39.00 8460.40.00 8460.90.00 84.61

8461.10.00 8461.20.00 8461.30.00 8461.40.00 8461.50.00 8461.90.00 84.62

8462.10.00

8462.21.00 8462.29.00

8462.31.00 8462.39.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Unidades de mecanizado de correderas. -Las demás máquinas de taladrar: --De control numérico --Las demás -Las demás escariadoras-fresadoras: --De control numérico --Las demás -Las demás escariadoras -Máquinas de fresar de consola: --De control numérico --Las demás -Las demás máquinas de fresar: --De control numérico. --Las demás -Las demás máquinas de roscar (incluso aterrajar) MÁQUINAS DE DESBARBAR, AFILAR, AMOLAR, RECTIFICAR, LAPEAR (BRUÑ IR), PULIR O HACER OTRAS OPERACIONES DE ACABADO, PARA METAL, O CERMETS, MEDIANTE MUELAS, ABRASIVOS O PRODUCTOS PARA PULIR, EXCEPTO LAS MÁQUINAS PARA TALLAR O ACABAR ENGRANAJES DE LA PARTIDA No. 84.61. -Máquinas de rectificar superficies planas en las que la posición de la pieza en uno de los ejes pueda regularse a 0.01 mm ó menos: --De control numérico --Las demás -Las demás máquinas de rectificar, en las que la posición de la pieza en uno de los ejes pueda regularse a 0.01 mm o menos: --De control numérico --Las demás -Máquinas de afilar: --De control numérico --Las demás -máquinas de lapear (bruñir) -Las demás MÁQUINAS DE CEPILLAR, LIMAR, MORTAJAR, BROCHAR, TALLAR O ACABAR ENGRANAJES, ASERRAR, TRONCEAR Y DEMÁ S MÁQUINAS HERRAMIENTA QUE TRABAJEN POR ARRANQUE DE METAL O "CERMETS", NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Máquinas de cepillar -Máquinas de limar o mortajar -Máquinas de brochar -Máquinas de tallar o acabar engranajes -Máquinas de aserrar o trocear -Las demás MÁQUINAS (INCLUIDAS LAS PRENSAS) DE FORJAR O ESTAMPAR, MARTILLOS PILÓ N Y OTRAS MÁQUINAS DE MARTILLAR, PARA TRABAJAR METAL; MÁQUINAS (INCLUIDAS LAS PRENSAS) DE QUINAS (INCLUIDAS LAS PRENSAS) DE REZAR, APLANAR, CIZALLAR, PUNZONAR O ENTALLAR, METAL;PRENSAS PARA TRABAJAR METAL O CARBUROS METÁ LICOS, NO EXPRESADAS ANTERIORMENTE.

3

A

3 3

A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3

A A

3 3 3 3

A A A A

3 3 3 3 3 3

A A A A A A

3

A

3 3

A A

3 3

A A

-Máquinas (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras má quinas de martillar. -Máquinas (incluidas las prensas) de enrollar, curvar, plegar enderezar o aplanar: --De control numérico --Las demás -Máquinas (incluidas las prensas) de cizallar, excepto las combinadas de cizallar y punzonar: --De control numérico --Las demás

Página 274 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

8462.41.00 8462.49.00 8462.91.00 8462.99.00 84.63 8463.10.00 8463.20.00 8463.30 8463.30.10 8463.30.90 8463.90.00 84.64

8464.10.00 8464.20.00 8464.90.00 84.65

8465.10.00

8465.91.00 8465.92.00 8465.93.00 8465.94.00 8465.95.00 8465.96.00 8465.99.00 84.66

8466.10.00 8466.20.00 8466.30.00

8466.91.00 8466.92.00 8466.93.00 8466.94.00 84.67

8467.11.00 8467.19.00 8467.81.00 8467.89.00

DESCRIPCION -Máquinas (incluidas las prensas) de punzonar o entallar, incluidas las combinadas de cizallar y punzonar: --De control numérico --Las demás -Las demás: --Prensas hidráulicas --Las demás LAS DEMÁ S MÁQUINAS HERRAMIENTA PARA TRABAJAR METAL O "CERMETS", QUE NO TRABAJEN POR ARRANQUE DE MATERIA. -Bancos de estirar barras, tubos, perfiles, alambres o similares -Máquinas laminadoras de hacer roscas -Máquinas para trabajar alambre: --Para fabricar clavos --Las demás -Las demás MÁQUINAS HERRAMIENTA PARA TRABAJAR PIEDRA, CERÁMICA, HORMIGÓ N, AMIANTOCEMENTO O MATERIAS MINERALES SIMILARES, O PARA TRABAJAR EL VIDRIO EN FRÍO. -Maquinas de aserrar. -Máquinas de amolar o pulir. -Las demás MÁQUINAS HERRAMIENTA (INCLUIDAS LAS DE CLAVAR, GRAPAR, ENCOLAR O ENSAMBLAR DE OTRO MODO) PARA TRABAJAR MADERA, CORCHO, HUESO, CAUCHO EN DURECIDO, PLÁ STICO RÍGIDO O MATERIAS DURAS SIMILARES. -Máquinas que efectúen distintas operaciones de mecanizado sin cambio de ú til entre dichas operaciones -Las demás: --Máquinas de aserrar --Máquinas de cepillar; máquinas de fresar o moldurar. --Máquinas de amolar, lijar o pulir --Máquinas de curvar o ensamblar --Máquinas de taladrar o mortajar --Máquinas de hendir, rebanar o desenrollar --Las demás PARTES Y ACCESORIOS IDENTIFICABLES COMO DESTINADOS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LAS MÁQUINAS DE LAS PARTIDAS Nos. 84.56 a 84.65, INCLUIDOS LOS PORTAPIEZAS Y PORTAÚ TILES, DISPOSITIVOS DE ROSCAR DE APERTURA AUTOMÁ TICA, DIVISORES Y DEMÁ S DISPOSITIVOS ESPECIALES PARA MONTAR EN MÁQUINAS HERRAMIENTA; PORTAÚ TILES PARA HERRAMIENTAS DE MANO DE CUALQUIER TIPO. -Portaútiles y dispositivos de roscar de apertura automática -Portapiezas -Divisores y demás dispositivos especiales para montar en máquinas herramienta. -Los demás: --Para máquinas de la partida No. 84.64 --Para máquinas de la partida No. 84.65 --Para máquinas de las partidas Nos. 84.56 a 84.61. --Para máquinas de las partidas Nos. 84.62 u 84.63 HERRAMIENTAS NEUMÁ TICAS, HIDRÁ ULICAS O CON MOTOR INCORPORADO QUE NO SEA ELÉ CTRICO, DE USO MANUAL. -Neumáticas: --Rotativas (incluso de percusión). --Las demás -Las demás herramientas: --Sierras o tronzadoras de cadena --Las demás -Partes:

Página 275 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 3

A A

3 3

A A

3 3

A A

LIBRE 3 3

A A A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

3

A

3 3 3 3 3 3 3

A A A A A A A

3 3 3

A A A

3 3 3 3

A A A A

10 10

B B

10 10

B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8467.91.00 8467.92.00 8467.99.00 84.68

8468.10.00 8468.20.00 8468.80.00 8468.90.00 84.69

8469.11.00 8469.12.00 8469.20.00 8469.30.00 84.70

8470.10.00

8470.21 8470.21.10 8470.21.90 8470.29 8470.29.10 8470.29.90 8470.30.00 8470.40.00 8470.50.00 8470.90.00 84.71

8471.10.00 8471.30.00

8471.41.00

8471.49.00 8471.50.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De sierras o tronzadoras de cadena --De herramientas neumáticas. --Las demás. MÁQUINAS Y APARATOS PARA SOLDAR, AUNQUE PUEDAN CORTAR, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No 85.15; MÁQUINAS Y APARATOS DE GAS PARA EL TEMPLE SUPERFICIAL. -Sopletes manuales -Las demás máquinas y aparatos de gas -Las demás máquinas y aparatos. -Partes MÁQUINAS DE ESCRIBIR, EXCEPTO LAS IMPRESORAS DE LA PARTIDA No. 84.71; MÁQUINAS PARA TRATAMIENTO O PROCESAMIENTO DE TEXTOS. -Máquinas de escribir automáticas y máquinas para tratamiento o procesamiento de textos: --Máquinas para tratamiento o procesamiento de textos --Máquinas de escribir automáticas. -Las demás máquinas de escribir, eléctricas -Las demás máquinas de escribir, que nosean eléctricas. MÁQUINAS DE CALCULAR Y MÁQUINAS DE BOLSILLO REGISTRADORAS, REPRODUCTORAS Y VISUALIZADORAS DE DATOS, CON FUNCIÓ N DE CÁ LCULO; MÁQUINAS DE CONTABILIDAD, DE FRANQUEAR, EXPEDIR BOLETOS (TIQUES) Y MÁQUINAS SIMILARES, CONDISPOSITIVO DE CÁ LCULO INCORPORADO; CAJAS REGISTRADORAS. -Calculadoras electrónicas que funcionen sin fuente de energía eléctrica exterior y máquinas de bolsillo registradoras, reproductoras y visualizadoras de datos, con función de cálculo. -Las demás máquinas de calcular electrónicas: --Con dispositivo de impresión incorporado: ---Con circuito cargador de baterías ---Los demás --Las demás: ---Con circuito cargador de baterías ---Los demás -Las demás máquinas de calcular -Máquinas de contabilidad -Cajas registradoras -Las demás MÁQUINAS AUTOMÁ TICAS PARA TRATAMIENTO O PROCESAMIENTO DE DATOS Y SUS UNIDADES; LECTORES MAGNÉ TICOS U Ó PTICOS, MÁ QUINAS PARA REGISTRO DE DATOS SOBRE SOPORTE EN FORMA CODIFICADA Y MÁQUINAS PARA TRATAMIENTO O PROCESAMIENTO DE ESTOS DATOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE. -Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, anal ógicas o híbridas. -Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales, portátiles, de peso inferior o igual a 10 kg, que estén constituidas,al menos, por una unidad central de proceso, un teclado y un visualizador.

10 10 10

B B B

3 3 3 3

A A A A

3 3 10 10

A A B B

5

A

10 15

B B

10 15 15 15 15 15

B B B B B B

5

A

5

A

5

A

5 5

A A

-Las demás Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos, digitales: --Que incluyan en la misma envoltura, al menos, una unidad central de proceso y, aunque estén combinadas, una unidad de entrada y una de salida. --Las demás presentadas en forma de sistemas. -Unidades de proceso digitales, excepto las de las subpartidas No. 8471.41y 8471.49, aunque incluyan en la misma envoltura uno o dos de los tipos siguientes de unida des: unidad de memoria, unidad de entrada y unidad de salida.

Página 276 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8471.60.00 8471.70.00 8471.80.00 8471.90.00 84.72

8472.10.00 8472.20.00 8472.30.00

8472.90 8472.90.10 8472.90.90 84.73

8473.10 8473.10.10 8473.10.90 8473.21.00 8473.29.00 8473.30.00 8473.40.00 8473.50.00 84.74

8474.10.00 8474.20.00 8474.31.00 8474.32.00 8474.39.00 8474.80.00 8474.90.00 84.75

8475.10.00

8475.21.00 8475.29.00 8475.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Unidades de entrada o salida, aunque incluyan Unidades de memoria en la misma envoltura. -Unidades de memoria. -Las demás Unidades de Máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. -Los demás. LAS DEMÁ S MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA (POR EJEMPLO: COPIADO RAS HECTOGRÁ FICAS, MIMEÓ GRAFOS, MÁQUINAS DE IMPRIMIR DIRECCIONES, DISTRIBUIDORES AUTOMÁ TICOS DE BILLETES DE BANCO, MÁQUINAS DE CLASIFICAR, CONTAR O ENCARTUCHAR MONEDAS, SACAPUNTAS, PERFO RADORAS, GRAPADORAS). -Copiadoras incluidos los mimeógrafos -Máquinas de imprimir direcciones o estampar placas de direcciones -Máquinas de clasificar, plegar, meter en sobres o colocar en fajas, correspondencia, máquinas de abrir, cerrar o precintar correspondencia y m áquinas para colocar u obliterar sellos estampillas -Los demás. --Distribuidores automáticos (cajeros automáticos) de dinero --Los demás. PARTES Y ACCESORIOS (EXCEPTO LOS ESTUCHES, FUNDAS Y SIMILARES) IDENTIFICABLES COMO DESTINADOS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LAS MÁQUINAS O APARATOS DE LAS PARTIDAS Nos. 84.69 a 84.72. -Partes y accesorios de máquinas de la partida No. 84.69: --Para la partida arancelaria 8469.11.00 y 8469.12.00 --Las demás. -Partes y accesorios de máquinas de la partida No. 84.70: --De máquinas de calcular electrónicas de las subpartidas Nos. 8470.10, 8470.21 u 8470.29 --Los demás. -Partes y accesorios de máquinas de la partida No. 84.71 -Partes y accesorios de máquinas de la partida No. 84.72. -Partes y accesorios que puedan utilizarse indistintamente con Máquinas o aparatos varias de las partidas Nºs 84.72. MÁQUINAS Y APARATOS DE CLASIFICAR, CRIBAR, SEPARAR, LAVAR, QUEBRAN TAR, TRITURAR, PULVERIZAR, MEZCLAR, AMASAR O SOBAR, TIERRA, PIEDRA U OTRA MATERIA MINERAL SÓ LIDA (INCLUIDOS EL POLVO Y LA PASTA); MÁQUINAS DE AGLOMERAR, FORMAR O MOLDEAR COMBUSTIBLES MINERALES SÓ LIDOS, PASTAS CERÁMICAS, CEMENTO, YESO O DEMÁ S MATERIAS MINERALES EN POLVO O PASTA; MÁQUINAS DE HACER MOLDES DE ARENA PARA FUNDICIÓ N.

5

A

5 5

A A

5

A

15 15 15

B B B

5 15

A A

3 15

A B

15

A

3 3 15 15

A A C C

3 3

A A

3 3 3 3 3

A A A A A

LIBRE

A

LIBRE LIBRE 3

A A A

-Máquinas y aparatos de clasificar, cribar, separar o lavar -Máquinas y aparatos de quebrantar, triturar o pulverizar -Máquinas y aparatos de mezclar, amasar o sobar: --Hormigoneras y aparatos de amasar mortero. --Máquinas de mezclar materia mineral con asfalto --Los demás -Las demás máquinas y aparatos -Partes. MÁQUINAS PARA MONTAR LÁMPARAS, TUBOS O VÁ LVULAS ELÉ CTRICOS O ELECTRÓ NICOS O LÁMPARAS DE DESTELLO, QUE TENGAN ENVOLTURA DE VIDRIO; MÁQUINAS PARA FABRICAR O TRABAJAR EN CALIENTE EL VIDRIO O SUS MANUFACTURAS. -Máquinas para montar lámparas, tubos o válvulas eléctricos o electró nicos o lámparas de destello, que tengan envoltura de vidrio. -Máquinas para fabricar o trabajar en caliente el vidrio o sus manufacturas: --Máquinas para fabricar fibras ópticas y sus esbozos --Las demás. -Partes

Página 277 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 84.76

8476.21.00 8476.29.00 8476.81.00 8476.89.00 8476.90.00 84.77

8477.10.00 8477.20.00 8477.30.00 8477.40.00 8477.51.00 8477.59.00 8477.80.00 8477.90.00 84.78

8478.10.00 8478.90.00 84.79

8479.10.00 8479.20.00 8479.30.00

8479.40.00 8479.50.00 8479.60.00 8479.81.00 8479.82

8479.82.10 8479.82.20 8479.82.90 8479.89 8479.89.10 8479.89.20 8479.89.30 8479.89.40 8479.89.80 8479.89.90 8479.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

B B

15 15 15

B B B

3 3 3 3

A A A A

3

A

3 3 3

A A A

3 3

A A

10

C

-Máquinas y aparatos para extracción o preparación de o grasas animales o vegetales fijos. -Prensas para fabricar bleros de partículas, fibra de madera u otras materias leñosas y demás máquinas y aparatos para trabajar madera o corcho.

3

A

3

A

-Máquinas de cordelería o cablería. -Robotes industriales, no expresados ni comprendidos en otra parte. -aparatos de evaporación para refrigerar el aire -Las demás máquinas y aparatos: --Para trabajar metal, incluidas las bobinadoras de hilos eléctricos --Para mezclar, amasar o sobar, quebrantar, triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar: triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar: ---Máquinas y aparatos que pueden agruparse por las industrias que las utilizan. ---Las demás máquinas y aparatos de uso general. ---Las demás. --Los demás: ---Humectadores y deshumectadores de aire. ---Torres de burbujas. ---Enceradoras y fregadoras de piso; aspiradoras de polvo. ---Compactadores de basura. ---Las demás máquinas y aparatos de uso general. ---Los demás. -Partes.

3 3 10

A A B

3

A

3

A

LIBRE 3

A A

3 LIBRE 3 LIBRE LIBRE 3 3

A A A A A A A

MÁQUINAS AUTOMÁ TICAS PARA LA VENTA DE PRODUCTOS (POR EJEMPLO: SELLOS (ESTAMPILLAS), CIGARRILLOS, ALIMENTOS, BEBIDAS), INCLUIDAS LAS MÁQUINAS PARA CAMBIAR MONEDA. -Máquinas automáticas para venta de bebidas: --Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado --Las demás -Las demás: --Con dispositivo de calentamiento o refrigeración, incorporado. --Las demás -Partes MÁQUINAS Y APARATOS PARA TRABAJAR CAUCHO O PLÁ STICO O PARA FABRICAR PRODUCTOS DE ESTAS MATERIAS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍ -Máquinas de moldear por inyección. -Extrusoras -Máquinas de moldear por soplado -Máquinas de moldear en vacío y demás máquinas para termoformado. -Las demás máquinas y aparatos para moldear o formar: --De moldear o recauchutar neumáticos (llantas neumáticas) o moldear o formar cámaras para neumáticos --Los demás. -Las demás máquinas y aparatos. -Partes MÁQUINAS Y APARATOS PARA PREPARAR O ELABORAR TABACO, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍ TULO. -Máquinas y aparatos -Partes MÁQUINAS Y APARATOS MECÁ NICOS CON FUNCIÓ N PROPIA, NO EXPRESA DOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍ TULO. -Máquinas y aparatos para obras públicas, la construcción o trabajos análogos

Página 278 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 84.80

8480.10.00 8480.20.00 8480.30.00 8480.41.00 8480.49.00 8480.50.00 8480.60 8480.60.10 8480.60.90 8480.71.00 8480.79.00 84.81

8481.10.00 8481.20 8481.20.10 8481.20.90 8481.30.00 8481.40.00 8481.80 8481.80.10 8481.80.20 8481.80.90 8481.90.00 84.82 8482.10.00 8482.20.00 8482.30.00 8482.40.00 8482.50.00 8482.80.00 8482.91.00 8482.99.00 84.83

8483.10 8483.10.10 8483.10.90 8483.20.00 8483.30.00

DESCRIPCION CAJAS DE FUNDICIÓ N; PLACAS DE FONDO PARA MOLDES; MODELOS PARA MOLDES; MOLDES PARA METAL (EXCEPTO LAS LINGOTERAS), CARBUROS METÁ LICOS, VIDRIO, MATERIA MINERAL, CAUCHO O PLÁ STICO. -Cajas de fundición. -Placas de fondo para moldes. -Modelos para moldes. -Moldes para metales o carburos metálicos: --Para el moldeo por inyección o compresión --Los demás -Moldes para vidrio. -Moldes para materia mineral: --Moldes y formas para hormigón, concreto o mortero --Los demás -Moldes para caucho o plástico: --Para moldeo por inyección o compresión. --Los demás ARTÍCULOS DE GRIFERÍA Y Ó RGANOS SIMILARES PARA TUBERÍAS, CALDERAS, DEPÓ SITOS, CUBAS O CONTINENTES SIMILARES, INCLUIDAS LAS VÁ LVULAS REDUCTORAS DE PRESIÓ N Y LAS VÁ LVULAS TERMOSTÁ TICAS. -Válvulas reductoras de presión. -Válvulas para transmisiones oleohidráulicas o neumáticas: --Para neumáticos o cámaras de aire para vehículos --Los demás -Válvulas de retención -Válvulas de alivio o seguridad. -Los demás artículos de grifería y órganos similares: --Grifos --Las demás válvulas. --Las demás -Partes RODAMIENTOS DE BOLAS, DE RODILLOS O DE AGUJAS. -Rodamientos de bolas. -Rodamientos de rodillos cónicos, incluidos los ensamblados de conos y rodillos cónicos. -Rodamientos de rodillos en forma de tonel. -Rodamientos de agujas. -Rodamientos de rodillos cilíndricos. -Los demás, incluidos los rodamientos combinados. -Partes: --Bolas, rodillos y agujas --Las demás Á RBOLES DE TRANSMISIÓ N (INCLUIDOS LOS DE LEVAS Y LOS CIGÜ EÑ ALES) Y MANIVELAS; CAJAS DE COJINETES Y COJINETES; ENGRANAJES Y RUEDAS DE FRICCIÓ N; HUSILLOS FILETEADOS DE BOLAS O RODILLOS; REDUCTORES, MULTIPLICADORES Y VARIADORES DE VELOCIDAD, INCLUIDOS LOS CONVERTIDORES DE PAR; VOLANTES Y POLEAS, INCLUIDOS LOS MOTONES; EMBRAGUES Y Ó RGANOS DE ACOPLAMIENTO, INCLUIDAS LAS JUNTAS DE ARTICULACIÓ N. -Á rboles de transmisión (incluidos los de levas y los cigüeñales) y manivelas: --Para usos marinos --Los demás -Cajas de cojinetes con rodamientos incorporados. -Cajas de cojinetes sin rodamientos incorporados; cojinetes.

Página 279 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 3 3

A A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3

A A

3

A

10 3 3 3

A A A A

10 3 3 3

A A A A

3 3

A A

3 3 3 3

A A A A

3 3

A A

5 5 10 10

C C B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8483.40.00

8483.50.00 8483.60.00 8483.90.00 84.84

8484.10.00 8484.20.00 8484.90.00 84.85

8485.10.00 8485.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Engranajes y ruedas de fricción, excepto las simples ruedas dentadas y demás órganos elementales de transmisión; husillos fileteados de bolas o rodillos; reductores, multiplicadores y variadores de velocidad, incluidos los convertidores de par. -Volantes y poleas, incluidos los motones -Embragues y órganos de acoplamiento, incluidas las juntas de articulació n. -Partes. JUNTAS METALOPLÁ STICAS; SURTIDOS DE JUNTAS DE DISTINTA COMPOSICIÓ N PRESENTADOS EN BOLSITAS, SOBRES O ENVASES ANÁ LOGOS; JUNTAS MECÁ NICAS DE ESTANQUEIDAD. -Juntas metaloplásticas -Juntas mecánicas de estanqueidad. -Los demás PARTES DE MÁQUINAS O APARATOS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO, SIN CONEXIONES ELÉ CTRICAS, PARTES AISLADAS ELÉ CTRICAMENTE, BOBINADOS, CONTACTOS NI OTRAS CARACTERÍSTICAS ELÉ CTRICAS. -Hélices para barcos y sus paletas. -Las demás.

3

A

10 10

B B

10

B

10 10 10

B B B

5 3

A B

Página 280 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

3 3

B B

3 3

A B

3 3

C C

3 3

A B

3 3 3

A B B

3 3 3

B B C

3 3 3 3

C C C C

3 3 3 10

C C C C

10 10 3 3

C C A A

3

C

3 3

C B

3

C

CAPITULO 85 85

85.01 8501.10.00 8501.20.00

8501.31 8501.31.10 8501.31.20 8501.32 8501.32.10 8501.32.20 8501.33 8501.33.10 8501.33.20 8501.34 8501.34.10 8501.34.20 8501.40.00 8501.51.00 8501.52.00 8501.53.00 8501.61.00 8501.62.00 8501.63.00 8501.64.00 85.02

8502.11.00 8502.12.00 8502.13.00 8502.20.00

8502.31.00 8502.39.00 8502.40.00 8503.00.00

85.04

8504.10.00 8504.21.00 8504.22.00 8504.23.00

MÁQUINAS, APARATOS Y MATERIAL ELÉ CTRONICO, Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACIÓ N O REPRODUCCIÓ N DE SONIDO, APARATOS DE GRABACIÓ N O REPRODUCCIÓ N DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISI Ó N, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS. MOTORES Y GENERADORES, ELÉ CTRICOS, EXCEPTO LOS GRUPOS ELECTRÓ GENOS. -Motores de potencia inferior o igual a 37,5 W. -Motores universales de potencia superior a 37,5 W. -Los demás motores de corriente continua; generadores de corriente continua: --De potencia inferior o igual a 750 W : ---Generadores de corriente continua. ---Motores --De potencia superior a 750 W pero inferior o igual a 75 KW: ---Generadores de corriente continua ---Motores --De potencia superior a 75 kW pero inferior o igual a 375 KW: ---Generadores de corriente continua ---Motores --De potencia superior a 375 kW: ---Generadores de corriente continua ---Motores -Los demás motores de corriente alterna, monofásicos. -Los demás motores de corriente alterna, polifásicos: --De potencia inferior o igual a 750 W --De potencia superior a 750 W pero inferior o igual a 75 KW. --De potencia superior a 75 kW. -Generadores de corriente alterna (alternadores): --De potencia inferior o igual a 75 kVA --De potencia superior a 75 KVA pero inferior o igual a 375 KVA. --De potencia superior a 375 KVA pero inferior o igual a 750 KVA. --De potencia superior a 750 kVA GRUPOS ELECTRÓ GENOS Y CONVERTIDORES ROTATIVOS ELÉ CTRICOS. -Grupos electrógenos con motor de émbolo (pistón) de encendido por compresión (motores Diesel o semi - Diesel): --De potencia inferior o igual a 75 KVA --De potencia superior a 75 KVA pero inferior o igual 375 KVA. --De potencia superior a 375 KVA -Grupos electrógenos con motor de émbolo (pistón) de encendido por chispa (motorde explosión). -Los demás grupos electrógenos: --De energía eólica. --Los demás. -Convertidores rotativos eléctricos. PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LAS MÁQUINAS DE LAS PARTIDAS Nos. 85.01 u 85.02. TRANSFORMADORES ELÉ CTRICOS, CONVERTIDORES ELÉ CTRICOS ESTÁ TICOS (POR EJEMPLO: RECTIFICADORES) Y BOBINAS DE REACTANCIA (AUTOINDUCCIÓ N). -Balastos (reactancias) para lámparas o tubos de descarga. -Transformadores de dieléctrico líquido: --De potencia inferior o igual a 650 KVA. --De potencia superior a 650 kVA pero inferior o igual a 10,000 KVA inferior o igual a 10,000 KVA --De potencia superior a 10,000 KVA -Los demás transformadores:

Página 281 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8504.31.00 8504.32.00 8504.33.00 8504.34.00 8504.40 8504.40.10 8504.40.90 8504.50.00 8504.90.00 85.05

8505.11.00 8505.19.00 8505.20.00 8505.30.00 8505.90.00 85.06 8506.10 8506.10.11 8506.10.19 8506.10.20 8506.30 8506.30.11 8506.30.19 8506.30.20 8506.40 8506.40.11 8506.40.19 8506.40.20 8506.50 8506.50.11 8506.50.19 8506.50.20 8506.60 8506.60.11 8506.60.19 8506.60.20 8506.80 8506.80.11 8506.80.19 8506.80.20 8506.90.00 85.07 8507.10.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--De potencia inferior o igual a 1 KVA --De potencia superior a 1 kVA pero inferior o igual a 16 KVA. --De potencia superior a 16 kVA pero inferior o igual a 500 KVA --De potencia superior a 500 kVA. -Convertidores estáticos: --Alimentadores estabilizados para máquinas automáticas De tratamiento o proce samiento de datos u otras máquinas de oficina. --Los demás. -Las demás bobinas de reactancia (autoinducción). -Partes ELECTROIMANES; IMANES PERMANENTES Y ARTÍCULOS DESTINADOS A SERIMANTADOS PERMANENTEMENTE; PLATOS, MANDRILES Y DISPOSITIVOS MAGNÉ TICOS O ELECTROMAGNÉ TICOS SIMILARES, DE SUJECIÓ N; ACOPLAMIENTOS, EMBRAGUES, VARIADORES DE VELOCIDAD Y FRENOS, ELECTROMAGNÉ TICOS; CABEZAS ELEVADORAS ELECTROMAGNÉ TICAS. -Imanes permanentes y artículos destinados a ser imantados permanentemente: --De metal --Los demás -Acoplamientos, embragues, variadores de velocidad y frenos, electromagné ticos -Cabezas elevadoras electromagnéticas. -Los demás, incluidas las partes. PILAS Y BATERÍAS DE PILAS, ELÉ CTRICAS. -De dióxido de manganeso: --De volumen exterior inferior o igual a 300 cm3: ---De aparatos para facilitar la audición de sordos. ---Las demás --De volumen exterior superior a 300 cm3 -De óxido de mercurio: --De volumen exterior inferior o igual a 300 cm3: ---De aparatos para facilitar la audición de sordos. ---Las demás --De volumen exterior superior a 300 cm3. -De óxido de plata: --De volumen exterior inferior o igual a 300 cm3 ---De aparatos para facilitar la audición de sordos. ---Las demás --De volumen exterior superior a 300 cm3 -De litio: --De volumen exterior inferior o igual a 300 cm3 ---De aparatos para facilitar la audición de sordos. ---Las demás --De volumen exterior superior a 300 cm3 -De aire-cinc: --De volumen exterior inferior o igual a 300 cm3: ---De aparatos para facilitar la audición de sordos. ---Las demás --De volumen exterior superior a 300 cm3 -Las demás: --De volumen exterior inferior o igual a 300 cm3: ---De aparatos para facilitar la audición de sordos. ---Las demás --De volumen exterior superior a 300 cm3 -Partes. ACUMULADORES ELÉ CTRICOS, INCLUIDOS SUS SEPARADORES, AUNQUE SEAN CUADRADOS O RECTANGULARES. -De plomo, del tipo de los utilizados para arranque de motores de explosión

3 3 3 3

C C C C

5

A

5 15 3

C C A

15 15 10

C C B

10 15

B B

LIBRE 5 5

A B A

LIBRE 5 5

A A A

LIBRE 5 5

A A A

LIBRE 5 5

A A A

LIBRE 5 5

A A A

LIBRE 5 5 5

A A A A

15

C

Página 282 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8507.20.00 8507.30.00 8507.40.00 8507.80.00 8507.90.00 85.08 8508.10.00 8508.20.00 8508.80.00 8508.90.00 85.09 8509.10.00 8509.20.00 8509.30.00 8509.40.00 8509.80 8509.80.11 8509.80.12 8509.80.19 8509.80.90 8509.90.00 85.10 8510.10.00 8510.20 8510.20.10 8510.20.90 8510.30.00 8510.90 8510.90.10 8510.90.20 8510.90.90 85.11

8511.10.00 8511.20.00 8511.30.00 8511.40 8511.40.10 8511.40.90 8511.50 8511.50.10 8511.50.90 8511.80.00 8511.90 8511.90.10 8511.90.90 85.12

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Los demás acumuladores de plomo. -De níquel - cadmio -De níquel - hierro. -Los demás acumuladores -Partes HERRAMIENTAS ELECTROMECÁ NICAS CON MOTOR ELÉ CTRICO INCORPORADO, DE USO MANUAL -Taladros de todas clases, incluidas las perforadoras rotativas. -Sierras incluidas las tronzadoras. -Las demás herramientas -Partes. APARATOS ELECTROMECÁ NICOS CON MOTOR ELÉ CTRICO INCORPORADO, DE USO DOMÉ STICO -Aspiradoras. -Enceradoras (lustradoras) de pisos. -Trituradores de desperdicios de cocina -Trituradores y mezcladoras de alimentos; extractoras de jugos de frutos u hortalizas -Los demás aparatos: --Aparatos en donde se señala límite de peso (inferior o igual a 20 Kg): ---Máquinas para cortar en lonchas la carne, queso, etc. ---Cepillos de diente eléctricos. ---Los demás. --Los demás -Partes AFEITADORAS, MÁQUINAS DE CORTAR EL PELO O ESQUILAR Y APARATOS DE DEPILAR, CON MOTOR ELÉ CTRICO INCORPORADO. -Afeitadoras -Máquinas de cortar el pelo o esquilar: --Aparatos para esquilar --Los demás -Aparatos de depilar. -Partes: --Para aparatos de afeitar --Para aparatos de esquilar --Los demás APARATOS Y DISPOSITIVOS ELÉ CTRICOS DE ENCENDIDO O DE ARRANQUE, PARA MOTORES DE ENCENDIDO POR CHISPA O POR COMPRESIÓ N (POR EJEMPLO :MAGNETOS, DINAMOMAGNETOS, BOBINAS DE ENCENDIDO, BUJÍAS DE ENCENDIDO O CALENTAMIENTO, MOTORES DE ARRANQUE); GENERADORES (POR EJEMPLO: DÍNAMOS, ALTERNADORES) Y REGULADORES DISYUNTORES UTILIZADOS CON ESTOS MOTORES.

15 15 15 15 3

B C C B A

10 10 10 3

B B B A

15 15 10 5

C C C A

5 5 5 5 15

C C A A C

10

C

15 15 10

C C C

10 15 15

B C C

-Bujías de encendido -Magnetos; dinamomagnetos; volantes magnéticos. -Distribuidores; bobinas de encendido -Motores de arranque, aunque funcionen también como generadores: --De 32 voltios --Los demás -Los demás generadores: --Alternadores para uso marino. --Los demás -Los demás aparatos y dispositivos -Partes: --Para alternadores de uso marino y motores de arranque de 32 voltios --Los demás APARATOS ELÉ CTRICOS DE ALUMBRADO O SEÑ ALIZACIÓ N (EXCEPTO LOS ARTÍCULOS DE LA PARTIDA No. 85.39), LIMPIAPARABRISAS, ELIMINADORES DE ESCARCHA O VAHO, ELÉ CTRICOS, DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS EN VELOCÍPEDOS O VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES.

5 5 5

C A C

5 5

A A

5 5 5

A A A

5 10

A B

Página 283 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8512.10.00 8512.20.00 8512.30.00 8512.40.00 8512.90.00 85.13

8513.10.00 8513.90.00 85.14

8514.10 8514.10.10 8514.10.90 8514.20 8514.20.10 8514.20.90 8514.30 8514.30.10 8514.30.90 8514.40 8514.40.10 8514.40.90 8514.90.00 85.15

85.15.11.00 85.15.19.00 85.15.21.00 85.15.29.00 85.15.31.00 85.15.39.00 85.15.80.00 85.15.90.00 85.16

8516.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Aparatos de alumbrado o señalización visual del tipo de los utilizados en bicicletas. -Los demás aparatos de alumbrado o señalización visual -Aparatos de señalización acústica -Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho -Partes LÁMPARAS ELÉ CTRICAS PORTÁ TILES CONCEBIDAS PARA FUNCIONAR CON SU PROPIA FUENTE DE ENERGÍA (POR EJEMPLO: DE PILAS, ACUMULADORES, ELECTROMAGNÉ TICAS), EXCEPTO LOS APARATOS DE ALUMBRADO DE LA PARTIDA No. 85.12. -Lámparas. -Partes HORNOS ELÉ CTRICOS INDUSTRIALES O DE LABORATORIO, INCLUIDOS LOS DE INDUCCIÓ N O PÉ RDIDAS DIELÉ CTRICAS; LOS DEMÁ S APARATOS INDUSTRIALES O DE LABORATORIO PARA TRATAMIENTO TÉ RMICO DE MATERIAS POR INDUCCIÓ N O PÉ RDIDAS DIELÉ CTRICAS. -Hornos de resistencia (de calentamiento indirecto): --Para cerámica. --Los demás. -Hornos de inducción o pérdidas dieléctricas: --Para cerámica. --Los demás. -Los demás hornos: --Para cerámica. --Los demás. -Los demás aparatos para tratamiento térmico de materias por inducción o p érdidas dieléctricas: --Para cerámica. --Los demás. -Partes MÁQUINAS Y APARATOS PARA SOLDAR (AUNQUE PUEDAN CORTAR), ELÉ CTRICOS (INCLUIDOS LOS DE GAS CALENTADO ELÉ CTRICAMENTE), DE LÁ SER U OTROS HACES DE LUZ O DE FOTONES, ULTRASONIDO, HACES DE ELECTRONES, IMPULSOS MAGNÉ TICOS O CHORRO DE PLASMA; MÁQUINAS Y APARATOS ELÉ CTRICOS PARA PROYECTAR EN CALIENTE METAL O CERMET. '-Máquinas y aparatos para soldadura fuerte o para soldadura blanda: --Soldadores y pistolas para soldar. --Los demás -Máquinas y aparatos para soldar metal por resistencia: --Total o parcialmente automáticos --Los demás -Máquinas y aparatos para soldar metal, de arco o chorro de plasma: --Total o parcialmente automáticos. --Los demás -Las demás máquinas y aparatos -Partes CALENTADORES ELÉ CTRICOS DE AGUA DE CALENTAMIENTO INSTANTÁ NEO O ACUMULACIÓ N Y CALENTADORES ELÉ CTRICOS DE INMERSIÓ N; APARATOS ELÉ CTRICOS PARA CALEFACCIÓ N DE ESPACIOS O SUELOS; APARATOS ELECTROTÉ RMICOS PARA EL CUIDADO DEL CABELLO (POR EJEMPLO: SECADORES, RIZADORES, CALIENTATENACILLAS) O PARA SECAR LAS MANOS; PLANCHAS ELÉ CTRICAS; LOS DEMÁ S APARATOS ELECTROTÉ RMICOS DE USO DOMÉ STICO; RESISTENCIAS CALENTADORAS, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 85.45.

10

B

10 10 10 10

A B B B

10 15

B C

10 3

B A

10 3

B A

10 3

B A

10 3 3

B A A

3 3

A A

3 3

A A

3 3 3 3

A A A A

-Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión

Página 284 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

5 15

A A

5 15

A B

15 15

C C

10 10

C C

10 10 15 5 15

B B C C C

15 10

C C

10 10 10

C C C

10 15

B C

15 15

C C

5

A

5

A

10 10 5 5

B B A A

5 5

A A

5

A

10

B

--Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación: 8516.10.11 8516.10.19 8516.10.21 8516.10.29 8516.21.00 8516.29.00

8516.31 8516.31.10 8516.31.90 8516.32 8516.32.10 8516.32.90 8516.33.00 8516.40.00 8516.50.00 8516.60 8516.60.10 8516.60.90 8516.71.00 8516.72.00 8516.79.00 8516.80 8516.80.10 8516.80.90 8516.90 8516.90.10 8516.90.90 85.17

8517.11.00 8517.19.00 8517.21.00 8517.22.00 8517.30.00 8517.50.00 8517.80.00 8517.90.00 85.18

8518.10.00 8518.21.00

---Desmontados o sin armar todavía. ---Los demás. --Calentadores eléctricos de inmersión: ---Desmontados o sin armar todavía. ---Los demás. -Aparatos eléctricos para calefacción de espacios, o suelos: --Radiadores de acumulación. --Los demás. -Aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello o para secar las manos: --Secadores para el cabello: ---Portátiles ---Los demás --Los demás aparatos para el cuidado del cabello: ---Portátiles. ---Los demás --Aparatos para secar las manos. -Planchas eléctricas -Hornos de microondas. -Los demás hornos; cocinas, calentadores (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores: --Los demás hornos y asadores --Los demás. -Los demás aparatos electrotérmicos: --Aparatos para la preparación de café o té. --Tostadores de pan --Los demás. -Resistencias calentadoras: --Para planchas eléctricas --Los demás -Partes: --Para planchas eléctricas --Los demás APARATOS ELÉ CTRICOS DE TELEFONÍA O DE TELEGRAFÍA CON HILOS, INCLUIDOS LOS TELÉ FONOS DE ABONADO DE AURICULAR INALÁ MBRICO, COMBINADO CON MICRÓ FONO Y LOS APARATOS DE TELECOMUNICACIÓ N POR CORRIENTE PORTADORA O TELECOMUNICACIÓ N DIGITAL; VIDEÓ FONOS. -Teléfonos de abonado; videófonos: --Teléfonos de abonado de auricular inalámbrico combinado con micrófono. --Los demás. -Telefax y teletipos: --Telefax. --Teletipos. -Aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía -Los demás Aparatos de telecomunicación por corriente portadora o telecomunicación digital. -Los demás aparatos. -Partes. MICRÓ FONOS Y SUS SOPORTES; ALTAVOCES (ALTOPARLANTES), INCLUSO MONTADOS EN SUS CAJAS; AURICULARES, INCLUSO COMBINADOS CON MICRÓ FONO; AMPLIFICADORES ELÉ CTRICOS DE AUDIOFRECUENCIA; EQUIPOS ELÉ CTRICOS PARA AMPLIFICACIÓ N DEL SONIDO. -Micrófonos y sus soportes. -Altavoces (altoparlante), incluso montados en sus cajas: --Un altavoz (altoparlante) montado en su caja

Página 285 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8518.22.00 8518.29.00 8518.30.00 8518.40.00 8518.50 8518.50.10 8518.50.90 8518.90.00 85.19

8519.10.00 8519.21.00 8519.29.00 8519.31.00 8519.39.00 8519.40.00 8519.92.00 8519.93.00 8519.99.00 85.20

8520.10.00 8520.20.00

8520.32.00 8520.33.00 8520.39.00 8520.90.00 85.21

8521.10.00 8521.90.00 85.22

8522.10.00 8522.90 8522.90.10 8522.90.90 85.23

8523.11.00 8523.12.00 8523.13.00 8523.20.00 8523.30.00 8523.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Varios altavoces (altoparlantes) montados en una misma caja. --Los demás -Auriculares, incluso combinados con un micrófono. -Amplificadores eléctricos de audiofrecuencia. -Equipos eléctricos para amplificación de sonido: --Para cinematografía --Los demás -Partes. GIRADISCOS, TOCADISCOS, TOCACASETES Y DEMÁ S REPRODUCTORES DE SONIDO, SIN DISPOSITIVO DE GRABACIÓ N DE SONIDO INCORPORADO. -Tocadiscos que funcionen por ficha o moneda. -Los demás tocadiscos: --Sin altavoces (altoparlantes). --Los demás. -Giradiscos: --Con cambiador automático de discos --Los demás -Aparatos para reproducir dictados -Los demás reproductores de sonido: --Tocacasetes de bolsillo. --Los demás tocacasetes. --Los demás MAGNETÓ FONOS Y DEMÁ S APARATOS DE GRABACIÓ N DE SONIDO, INCLUSO CON DISPOSITIVO DE REPRODUCCIÓ N DE SONIDO INCORPORADO. -Aparatos para dictar que solo funcionen con fuente de energía exterior -Contestadores telefónicos. -Los demás aparatos de grabación y reproducción de sonido, en cinta magnética: --Digitales. --Los demás, de casete. --Los demás -Los demás APARATOS DE GRABACIÓ N O DE REPRODUCCIÓ N DE IMAGEN Y SONIDO (VIDEOS), INCLUSO CON RECEPTOR DE SEÑ ALES DE IMAGEN Y SONIDO INCORPORADO. -De cinta magnética -Los demás. PARTES Y ACCESORIOS IDENTIFICABLES COMO DESTINADOS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS APARATOS DE LAS PARTIDAS Nos. 85.19 a 85.21. -Cápsulas fonocaptoras -Los demás. --Muebles --Las demás. SOPORTES PREPARADOS PARA GRABAR SONIDO O GRABACIONES ANÁ LOGAS, SONIDO O GRABACIONES ANÁ LOGAS, SONIDO O GRABACIONES ANÁ LOGAS, SIN GRABAR, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DEL CAPÍTULO 37. -Cintas magnéticas: --De anchura inferior o igual a 4 mm --De anchura superior a 4 mm pero inferior o igual a 6.5 mm --De anchura superior a 6.5 mm -Discos magnéticos. -Tarjetas con tira magnética incorporada. -Los demás.

5 5 10 5

A A B A

15 10 10

C B B

10

B

10 10

B B

10 10 10

B B B

10 10 5

B B B

10 10

B B

5 5 10 10

B A B B

5 5

C C

15

C

15 10

C B

5 5 5 5 5 5

A A A A A A

Página 286 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 85.24

8524.10 8524.10.10 8524.10.20 8524.10.90 8524.31 8524.31.10 8524.31.90 8524.32 8524.32.10 8524.32.90 8524.39 8524.39.11 8524.39.12 8524.39.19 8524.39.20 8524.39.90 8524.40 8524.40.10 8524.40.90 8524.51 8524.51.11 8524.51.19 8524.51.20 8524.51.90 8524.52 8524.52.11 8524.52.19 8524.52.20 8524.52.90 8524.53 8524.53.11 8524.53.19 8524.53.20 8524.53.30 8524.53.90 8524.60.00 8524.91 8524.91.10 8524.91.90 8524.99 8524.99.10 8524.99.20 8524.99.31 8524.99.32 8524.99.39 8524.99.90

DESCRIPCION DISCOS, CINTAS Y DEMÁ S SOPORTES PARA GRABAR SONIDO O GRABACIONES ANÁ LOGAS, GRABADOS, INCLUSO LAS MATRICES Y MOLDES GALVÁ NICOS PARA FABRICACIÓ N DE DISCOS, EXCEPTO LOS PRODUCTOS DEL CAPÍTULO 37. -Discos para tocadiscos: --De larga duración grabados --Para fines privados y educacionales --Los demás. -Discos para sistemas de lectura por rayos láser: --Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen : ---De máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. ---Los demás --Para reproducir únicamente sonido: ---Para fines privados o educacionales ---Los demás --Los demás: ---De máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos: ----Programas de entretenimiento. ----Los demás programas. ----Los demás. ---Discos de video digital (“DVD”) para todo uso ---Los demás -Cintas magnéticas para reproducir fenó menos distintos del sonido o imagen: --De máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. --Las demás -Las demás cintas magnéticas: --De anchura inferior o igual a 4 mm: ---Como soporte de sonido únicamente: ----Para fines privados o educacionales. ----Los demás ---De máquinas automáticas para tratamiento de la información. ---Las demás --De anchura superior a 4 mm pero inferior o igual a 6.5 mm: ---Como soporte de sonido únicamente: ----Para fines privados o educacionales ----Los demás ---De máquinas automáticas para tratamiento de la información. ---Las demás --De anchura superior a 6.5 mm: ---Como soporte de sonido únicamente ----Para fines privados o educacionales ----Los demás ---De máquinas automáticas para tratamiento de la información. ---Video-películas. ---Las demás. -Tarjetas con tira magnética incorporada. -Los demás: --Para reproducir fenómenos distintos del sonido o imagen: ---De máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos. ---Los demás --Los demás: ---Matrices y moldes galvánicos ---Los demás discos compacto, con soporte de sonido únicamente, ---De máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos: ----Programas de entretenimiento. ----Los demás programas. ----Los demás. ---Los demás

Página 287 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 LIBRE 10

C A C

5 15

A A

LIBRE 15

A C

15 5 10 5 15

A A A A A

10 15

B C

LIBRE 10 10 15

A B B C

LIBRE 10 10 15

A B B C

LIBRE 10 10 5 15 15

A B B A C C

5 15

A C

15 15

C C

15 5 3 15

C A A C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 85.25

8525.10 8525.10.10 8525.10.20 8525.10.30 8525.10.90 8525.20 8525.20.10 8525.20.20 8525.20.30 8525.20.90 8525.30.00 8525.40.00 85.26 8526.10.00 8526.91.00 8526.92 8526.92.10 8526.92.90 85.27

8527.12.00 8527.13.00 8527.19.00

8527.21.00 8527.29.00

8527.31 8527.31.10 8527.31.90 8527.32.00 8527.39.00 8527.90.00 85.28

8528.12.00 8528.13.00 8528.21.00 8528.22.00 8528.30.00

DESCRIPCION APARATOS EMISORES DE RADIOTELEFONÍA, RADIOTELEGRAFÍA, RADIO DIFUSIÓ N O TELEVISIÓ N, INCLUSO CON APARATO RECEPTOR O DE GRABACIÓ N O REPRODUCCIÓ N DE SONIDO, INCORPORADOS; CÁ MARAS DE TELEVISIÓ N; VIDEOCÁMARAS, INCLUIDAS LAS DE IMAGEN FIJA. -Aparatos emisores: --Para estaciones de radiodifusión --De televisión --Para radioaficionados. --Los demás. -Aparatos emisores con aparato receptor incorporado: --Para estaciones de radiodifusión. --Para estaciones televisoras. --Para radioaficionados. --Los demás. -Cámaras de televisión. -Videocámaras, incluidas las de imagen fija. APARATOS DE RADAR, RADIONAVEGACIÓ N O RADIOTELEMANDO. -Aparatos de radar. -Los demás: --Aparatos de radionavegación. --Aparatos de radiotelemando: ---Control remoto para aparatos domésticos ---Los demás APARATOS RECEPTORES DE RADIOTELEFONÍA, RADIOTELEGRAFÍA O DOS EN LA MISMA ENVOLTURA CON GRABADOR O REPRODUCTOR DE SONIDO O CON RELOJ. -Aparatos receptores de radiodifusión que puedan funcionar sin fuente de nergí a exterior, incluso los que puedan recibir señales de radiotelefonía o radiotelegraf ía: --Radiocasetes de bolsillo --Los demás aparatos combinados con grabador o reproductor de sonido. --Los demás -Aparatos receptores de radiodifusión que solo funcionen con fuente de energía exterior, del tipo de los utilizados en vehículos automóviles, incluso los que puedan recibir señales de radio telefonía o radiotelegrafía: --Combinados con grabador o reproductor de sonido. --Los demás -Los demás aparatos receptores de radiodifusión, incluso los que puedan recibir señales de radiotelefonía o radiotelegrafía: --Combinados con grabador o reproductor de sonido. ---Para estaciones de radiodifusión ---Los demás --Sin combinar con grabador o reproductor de sonido pero combinados con reloj --Los demás. -Los demás aparatos APARATOS RECEPTORES DE TELEVISIÓ N, INCLUSO CON APARATO RECEPTOR DE RADIODIFUSIÓ N O DE GRABACIÓ N O REPRODUCCIÓ N DE SONIDO O IMAGEN INCORPORADOS; VIDEOMONITORES Y VIDEOPROYECTORES. '-Aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusi ón o de grabación o reproducción de sonido o imagen incorporados: --En colores --En blanco y negro u otros monocromos -Videomonitores: --En colores --En blanco y negro u otros monocromos. -Videoproyectores.

Página 288 de 327

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 15 10 5

A C B A

LIBRE 15 5 5 5 5

A C A A A A

15

C

15

C

15 15

C C

5 10 5

B B A

5 10

A B

LIBRE 10 10

A B B

10 10

B B

5 5

B A

5 5 5

A A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 85.29

8529.10.00

8529.90

8529.90.11 8529.90.19 8529.90.90 85.30

8530.10.00 8530.80.00 8530.90.00 85.31

8531.10.00 8531.20.00 8531.80 8531.80.10 8531.80.20 8531.80.30 8531.80.40 8531.80.90 8531.90.00 85.32 8532.10.00

8532.21.00 8532.22.00 8532.23.00 8532.24.00 8532.25.00 8532.29.00 8532.30.00 8532.90.00 85.33 8533.10.00 8533.21.00 8533.29.00

8533.31.00 8533.39.00

DESCRIPCION PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS APARATOS DE LAS PARTIDAS Nos. 85.25 a 85.28. -Antenas y reflectores de antena de cualquier tipo; partes apropiadas para su quier tipo; partes apropiadas para su utilización con dichos artículos. -Las demás: --Muebles especiales, diseñados para el montaje de aparatos de las partidas 85.25 a 85.28: ---Para estaciones de radiodifusión (emisoras de radio). ---Los demás --Los demás APARATOS ELÉ CTRICOS DE SEÑ ALIZACIÓ N (EXCEPTO LOS DE TRANSMISIÓ N DE MENSAJES), SEGURIDAD, CONTROL O MANDO, PARA VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES, CARRETERAS, VÍAS FLUVIALES, Á REAS O PARQUES DE ESTACIONAMIENTO, INSTALACIONES PORTUARIAS O AEROPUERTOS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 86.08). -Aparatos para vías férreas o similares -Los demás aparatos -Partes APARATOS ELÉ CTRICOS DE SEÑ ALIZACIÓ N ACÚ STICA O VISUAL (POR EJEMPLO: SONERÍAS, SIRENAS, TABLEROS ANUNCIADORES, AVISADO RES DE PROTECCIÓ N CONTRA ROBO O INCENDIO), EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 85.12 u 85.30. -Avisadores eléctricos de protección contra robo o incendio y aparatos contra robo o incendio y aparatos similares -Tableros indicadores con dispositivos de cristal líquido (LCD) o diodos emisores de luz (LED), incorporados -Los demás aparatos: --Avisadores sonoros para telefonía o telegrafía (timbres). --Los demás timbres eléctricos, zumbadores, carillones de puertas y similares --Los demás tableros anunciadores luminosos --Sirenas --Los demás -Partes CONDENSADORES ELÉ CTRICOS FIJOS, VARIABLES O AJUSTABLES -Condensadores fijos concebidos para redes eléctricas de 50/60Hz para una potencia reactiva igual o superior a 0.5 kvar (condensadores de potencia). -Los demás condensadores fijos: --De tantalio --Electrolíticos de aluminio --Con dieléctrico de cerámica de una sola capa. --Con dieléctrico de cerámica, multicapas. --Con dieléctrico de papel o plástico --Los demás -Condensadores variables o ajustables -Partes RESISTENCIAS ELÉ CTRICAS, EXCEPTO LAS DE CALENTAMIENTO (INCLUIDOS REÓ STATOS Y POTENCIÓ METROS). -Resistencias fijas de carbono, aglomeradas o de capa. -Las demás resistencias fijas: --De potencia inferior o igual a 20 W --Las demás -Resistencias variables bobinadas (incluidos los reóstatos y los potenció metros): --De potencia inferior o igual a 20 W --Los demás

Página 289 de 327

TASA BASE

PLAZO

5

A

5 15 5

B B B

15 15 15

C C C

10

A

15

A

15 10

C B

15 10 15 15

C B C C

3

A

3 10 3 3 3 3 3 3

A B A A A A A A

3

A

3 3

A A

3 3

A A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

8533.40.00

-Las demás resistencias variables (incluidos los reóstatos y potenciómetros)

3

A

8533.90.00 8534.00.00 85.35

-Partes CIRCUITOS IMPRESOS APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCIÓ N, DERIVACIÓ N , EMPALME O CONEXIÓ N DE CIRCUITOS ELÉ CTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, CORTACIRCUITOS, PARARRAYOS, LIMITADORES DE TENSIÓ N, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓ N TRANSITORIA, TOMAS DE CORRIENTE, CAJAS DE EMPALME), PARA UNA TENSIÓ N SUPERIOR A 1,000 VOLTIOS. -Fusibles y cortacircuitos de fusible -Disyuntores: --Para una tensión inferior a 72,5 kV --Los demás. -Seccionadores e interruptores -Pararrayos, limitadores de tensión y supresores de sobretensión transitoria.

3 3

A A

3

C

3 10 10 10

C C C C

10 10

C C

10 3 10

C C C

3 3 5

A C C

10 10

B B

10 10

B B

10 10

C C

10

B

5

A

10

B

8535.10.00 8535.21.00 8535.29.00 8535.30.00 8535.40.00 8535.90 8535.90.10 8535.90.90 85.36

8536.10.00 8536.20.00 8536.30.00 8536.41.00 8536.49.00 8536.50.00 8536.61.00 8536.69.00 8536.90 8536.90.10 8536.90.90 85.37

8537.10.00 8537.20.00 85.38

8538.10.00 8538.90.00 85.39

8539.10.00

-Los demás: --Cajas de empalme, conexión o distribución. --Las demás. APARATOS PARA CORTE, SECCIONAMIENTO, PROTECCIÓ N, DERIVACIÓ N, EMPALME O CONEXIÓ N DE CIRCUITOS ELÉ CTRICOS (POR EJEMPLO: INTERRUPTORES, CONMUTADORES, RELÉ S, CORTACIRCUITOS, SUPRESORES DE SOBRETENSIÓ N TRANSITORIA, CLAVIJAS Y TOMAS DE CORRIENTE, (ENCHUFES), PORTALÁMPARAS, CAJAS DE EMPALME), PARA UNA TENSIÓ N INFERIOR O IGUAL A 1,000 VOLTIOS. -Fusibles y cortacircuitos de fusible -Disyuntores -Los demás aparatos para protección de circuitos eléctricos. -Relés: --Para una tensión inferior o igual a 60V. --Los demás -Los demás interruptores, seccionadores y conmutadores. -Portalámparas, clavijas y tomas de corriente (enchufes): --Portalámparas --Los demás -Los demás aparatos: --Cajas de empalmes, conexión o distribución. --Los demás. CUADROS, PANELES, CONSOLAS, ARMARIOS Y DEMÁ S SOPORTES EQUIPADOS CON VARIOS APARATOS DE LAS PARTIDAS No. 85.35 u 85.36, PARA CONTROL O DISTRIBUCIELECTRICIDAD, INCLUIDOS LOS QUE INCORPOREN INSTRUMENTOS O APARATOS DEL CAPÍTULO 90, ASÍ COMO LOS APARATOS DE CONTROL NUMÉ RICO, EXCEPTO LOS APARATOS DE CONMUTACIÓ N DE LA PARTIDA No. 85.17. -Para una tensión inferior o igual a 1,000 V -Para una tensión superior a 1,000 V PARTES IDENTIFICABLES COMO DESTINADAS, EXCLUSIVA O PRINCIPALMENTE, A LOS APARATOS DE LAS PARTIDAS Nos. 85.35, 85.36 u 85.37. -Cuadros, paneles, consolas, armarios y demás soportes de la partida No. 85.37, sin sus aparatos -Las demás LÁMPARAS Y TUBOS ELÉ CTRICOS DE INCANDESCENCIA O DE DESCARGA, INCLUIDOS LOS FAROS O UNIDADES "SELLADOS" Y LAS LÁMPARAS Y TUBOS DE RAYOS ULTRAVIOLETAS O INFRARROJOS; LÁMPARAS DE ARCO. -Faros o unidades "sellados". -Las demás lámparas y tubos de incandescencia, excepto las de rayos ultravioletas o infrarrojos:

Página 290 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8539.21.00 8539.22.00 8539.29.00 8539.31.00 8539.32.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Halógenos de volframio --Los demás de potencia inferior o igual a 200 W y para una tensión superior a 100 V --Los demás -Lámparas y tubos de descarga, excepto los de rayos ultravioletas : --Fluorescentes, de cátodo caliente. --Lámparas de vapor de mercurio o sodio; lámparas de halogenuro metálico.

10 10

B B

10

B

5 10

A B

5 10

A B

8539.39 8539.39.10 8539.39.90

--Los demás: ---Las demás lámparas fluorescentes. ---Las demás. -Lámparas y tubos de rayos ultravio letas o infrarrojos; lámparas de arco:

8539.41.00 8539.49.00 8539.90.00 85.40

--Lámparas de arco --Los demás. -Partes. LÁMPARAS, TUBOS Y VÁ LVULAS ELECTRÓ NICOS, DE CÁ TODO CALIENTE, CÁ TODO FRÍO O FOTOCÁ TODO (POR EJEMPLO: LÁ MPARAS, TUBOS Y VÁ LVULAS, DE VACÍO, DE VAPOR O GAS, TUBOS RECTIFICADORES DE VAPOR DE MERCURIO, TUBOS CATÓ DICOS, TUBOS Y VÁ LVULAS PARA CÁMARAS DE TELEVISIÓ N), EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 85.39. -Tubos catódicos para aparatos receptores de televisión, incluso para video monitores: --En colores --En blanco y negro u otros monocromos -Tubos para cámaras de televisión; tubos convertidores o intensificadores de convertidores o intensificadores de imagen; los demás tubos de fotocátodo.

3 3 15

A A C

10 10 10

C C C

-Tubos para visualizar datos gráficos en colores, con pantalla fosfórica de separación de puntos inferior a 0.4 mm. -Tubos para visualizar datos gráficos en blanco y negro u otros monocromos.

10

C

10

C

-Los demás tubos catódicos. -Tubos para hiperfrecuencias (por ejemplo: magnetrones, klistrones, tubos de ondas progresivas, carcinotrones), excepto los controlados por rejilla: --Magnetrones --Klistrones --Los demás. -Las demás lámparas, tubos y válvulas: --Tubos receptores o amplificadores. --Los demás -Partes: --De tubos catódicos --Las demás DIODOS, TRANSISTORES Y DISPOSITIVOS SEMICONDUCTORES SIMILARES; DISPOSITIVOS SEMICONDUCTORES FOTOSENSIBLES, INCLUIDAS LAS CÉ LULAS FOTO VOLTÁ ICAS, AUNQUE ESTÉ N ENSAMBLADAS EN MÓ DULOS O PANELES; DIODOSEMISORES DE LUZ; CRISTALES É CTRICOS MONTADOS. -Diodos, excepto los fotodiodos y los diodos emisores de luz. -Transistores, excepto los fototransistores: --Con una capacidad de disipación inferior a 1 W. --Los demás -Tiristores, diacs y triacs, excepto los dispositivos fotosensibles -Dispositivos semiconductores fotosensibles, incluidas las células fotovoltá icas, aunque estén ensambladas en módulos o paneles; diodos emisores de luz -Los demás dispositivos semiconductores. -Cristales piezoeléctricos montados

10

C

10 10 10

C C C

10 10

C C

10 10

C C

10

B

10 10 10 10

B B B B

10 10

B B

8540.11.00 8540.12.00 8540.20.00

8540.40.00 8540.50.00 8540.60.00

8540.71.00 8540.72.00 8540.79.00 8540.81.00 8540.89.00 8540.91.00 8540.99.00 85.41

8541.10.00 8541.21.00 8541.29.00 8541.30.00 8541.40.00

8541.50.00 8541.60.00

Página 291 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8541.90.00 85.42 8542.12.00 8542.13.00 8542.14.00 8542.19.00 8542.30.00 8542.40.00 8542.50.00 8542.90.00 85.43

8543.11.00 8543.19.00 8543.20.00 8543.30.00 8543.40.00 8543.81.00 8543.89 8543.89.10 8543.89.20 8543.89.30 8543.89.90 8543.90 8543.90.10 8543.90.20 8543.90.90 85.44

8544.11.00 8544.19.00 8544.20 8544.20.10 8544.20.90 8544.30.00

8544.41.00 8544.49 8544.49.10 8544.49.20 8544.49.90

8544.51.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Partes CIRCUITOS INTEGRADOS Y MICROESTRUCTURAS ELECTRÓ NICAS. -Circuitos integrados monolíticos digitales: --Tarjetas provistas de circuitos integrados electrónicos (tarjetas inteligentes)

10

B

10

C

--Semiconductores de Ó xido metálico (tecnología MOS) --Circuitos de tecnología bipolar. --Los demás, incluidos los circuitos que combinen tecnologías MOS y bipolar (tecnología BIMOS). -Los demás circuitos integrados monolíticos. -Circuitos integrados híbridos -Microestructuras electrónicas. -Partes MÁQUINAS Y APARATOS ELÉ CTRICOS CON FUNCIÓ N PROPIA, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍ TULO. -Aceleradores de partículas. --Aparatos de implantación iónica para dopar material semiconductor. --Los demás. -Generadores de señales. -Máquinas y aparatos de galvanotécnia, electrólisis o electroforesis -Electrificadores de cercas. -Las demás máquinas y aparatos: --Tarjetas y etiquetas de activación por proximidad --Los demás: ---Amplificadores para transmisores de radioemisoras de radiodifusión ---Sincronizadores ---Generadores y difusores de ozono. ---Los demás. -Partes: --Para amplificadores de aparatos transmisores de radiodifusión (de estudios de radio emisoras) --Para sincronizadores. --Las demás. HILOS, CABLES (INCLUIDOS LOS COAXIALES) Y DEMÁ S CONDUCTORES AISLADOS PARA ELECTRICIDAD, AUNQUE ESTÉ N LAQUEADOS, ANODIZADOS O PROVISTOS DE PIEZAS DE CONEXIÓ N; CABLES DE FIBRAS Ó PTICAS CONSTITUIDOS POR FIBRAS ENFUNDADAS INDIVIDUALMENTE, INCLUSO CON CONDUCTORES ELÉ CTRICOS INCORPORADOS O PROVISTOS DE PIEZAS DE CONEXIÓ N.

10 10 10

C C A

10 10 10 10

C C C C

3 3 15 3 15

A A C A C

15

C

LIBRE 15 15 15

A C C C

10

B

15 15

C C

10 10

B B

3 3 10

A A B

10

C

15

C

15

C

10

B

10

B

-Alambre para bobinar: --De cobre --Los demás -Cables y demás conductores eléctricos, coaxiales. --Para computadoras --Los demás -Juegos de cables para bujías de encendido y demás juegos de cables del tipo de los utilizados en los medios de transporte. -Los demás conductores eléctricos para tensión inferior o igual a 80 V: --Provistos de piezas de conexión --Los demás: ---Alambres y cables telefónicos de cobre, de aislamiento termoplástico, tipo IN, hasta dos pares ---Cables planos de cobre, bajante para antenas de televisión, de un par, con aislamiento termoplástico. ---Los demás -Los demás conductores eléctricos para una tensión superior a 80 v pero inferior o igual a 1000 v : --Provistos de piezas de conexión

Página 292 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8544.59 8544.59.11 8544.59.12 8544.59.19 8544.59.20 8544.59.30 8544.59.40

8544.59.90 8544.60 8544.60.10 8544.60.91 8544.60.92

8544.60.93 8544.60.99 8544.70.00 85.45

8545.11.00 8545.19.00 8545.20.00 8545.90.00 85.46 8546.10.00 8546.20.00 8546.90.00 85.47

8547.10.00 8547.20.00 8547.90 8547.90.10 8547.90.90 85.48

8548.10.00 8548.90.00

DESCRIPCION --Los demás: ---Alambres y cables telefónicos: ----Con aislamiento termoplástico de cobre, incluso, estañados, tipo IN, "Jumper Wire" y hasta dos pares ----Con aislamiento termoplástico de acero recubierto o revestido de cobre (Copperclad) para bajada o acometida y hasta dos pares. (tipo "Drop Wire") ----Los demás ---Cables porta-electrodos (para soldadura eléctrica por arco) ---Cables planos de aislamiento termoplástico de cobre, bajante para antenas de televisión, de un par. ---Alambres, cordones y cables de cobre con aislamiento termoplástico, para servicio hasta 90ºC (194º F.) y hasta cuatro conductores, con exclusión de los alambres y cables con aislamiento transparente ---Los demás -Los demás conductores eléctricos para tensión superior a 1000 V. --Con pieza de conexión --Los demás: ---Cables porta electrodos (para soldadura eléctrica por arco) ---Alambres, cordones y cables de cobre con aislamiento termoplástico para servicios hasta 90º C. (194º F), para edificaciones, distribución y acometida y hasta de cuatro conductores ---Cables de control multipares, incluso con ánima de acero ---Los demás -Cables de fibras ópticas. ELECTRODOS Y ESCOBILLAS DE CARBÓ N, CARBÓ N PARA LÁ MPARAS O PARA PILAS Y DEMÁ S ARTÍCULOS DE GRAFITO U OTROS CARBONOS, INCLUSO CON METAL, PARA USOS ELÉ -Electrodos: --Del tipo de los utilizados en los hornos --Los demás -Escobillas -Los demás AISLADORES ELÉ CTRICOS DE CUALQUIER MATERIA -De vidrio. -De cerámica. -Los demás. PIEZAS AISLANTES TOTALMENTE DE MATERIA AISLANTE O CON SIMPLES PIEZAS METÁ LICAS DE ENSAMBLADO POR EJEMPLO: CASQUILLOS ROSCADOS) EMBUTIDAS EN LA MASA, PARA MÁQUINAS, APARATOS O INSTALACIONES ELÉ CTRICAS, EXCEPTO LOS AISLADORES DE LA PARTIDA No 85.46; TUBOS AISLADORES Y SUS PIEZAS DE UNIÓ N, DE METAL COMÚ N, AISLADOS INTERIORMENTE. -Piezas aislantes de cerámica -Piezas aislantes de plástico -Los demás: --Tubos aislados y sus piezas de unión, de metales comunes, aislados interiormente --Los demás DESPERDICIOS Y DESECHOS DE PILAS, BATERÍAS DE PILAS O ACUMULADORES, ELÉ CTRICOS; PILAS, BATERÍAS DE PILAS Y ACUMULADORES, ELÉ CTRICOS, INSERVIBLES; PARTESLÉ CTRICAS DE M ÁQUINAS O APARATOS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO. -Desperdicios y desechos de pilas, baterías de pilas o acumuladores, eléctricos; pilas, baterías de pilas y acumuladores, eléctricos, inservibles. -Los demás.

Página 293 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

10

B

10 3 15

B A C

10

B

10

B

10

B

3 10

A B

10 10 10

B B B

3 15 15 15

A C C C

15 15 15

C C C

15 15

C C

3

A

10

B

10

B

5

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

15 15

A A

CAPITULO 86 86

86.01 8601.10.00 8601.20.00 86.02 8602.10.00 8602.90.00 86.03 8603.10. 8603.10.10 8603.10.90 8603.90. 8603.90.10 8603.90.90 8604

8604,00,10 8604.00.90 8605

8605.00.10 8605.00.90 86.06 8606.1 8606.10.10 8606.10.90 8606.2 8606.20.10 8606.20.90 8606.3 8606.30.10 8606.30.90 8606.91. 8606.91.10 8606.91.90 8606.92 8606.92.10 8606.92.90 8606.99 8606.99.10 8606.99.90 86.07 8607.11.00 8607.12.00

VEHÍCULOS Y MATERIAL PARA VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES, Y SUS PARTES; APARATOS MECÁ NICOS (INCLUSO ELECTROMECÁ NICOS) DE SEÑ ALIZACIÓ N PARA VÍAS DE COMUNICACIÓ N. LOCOMOTORAS Y LOCOTRACTORES, DE FUENTE EXTERNA DE ELECTRICIDAD O ACUMULADORES ELÉ CTRICOS. -De fuente externa de electricidad -De acumuladores eléctricos LAS DEMÁ S LOCOMOTORAS Y LOCOTRACTORES; TÉ NDERES. -Locomotoras Diesel-eléctricas -Los demás AUTOMOTORES PARA VÍAS FÉ RREAS Y TRANVÍAS AUTOPROPULSADOS, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 86.04. -De fuente externa de electricidad. --Con carrocería de metal --Los demás -Los demás. --Con carrocería de metal. --Los demás. VEHÍCULOS PARA MANTENIMIENTO O SERVICIO DE VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES, INCLUSO AUTOPROPULSADOS (POR EJEMPLO: VAGONES TALLER, VAGONES GRÚ A, VAGONES EQUIPADOS PARA APISONAR BALASTO, ALINEAR VÍAS, COCHES PARA ENSAYOS Y VAGONETAS DE INSPECCIÓ N DE VÍAS. -Con carrocería de metal. -Los demás COCHES DE VIAJEROS, FURGONES DE EQUIPAJES, COCHES CORREO Y DEMÁ S COCHES ESPECIALES, PARA VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES (EXCEPTO LOS COCHES DE LA PARTIDA No. 86.04) -Con carrocería de metal -Los demás VAGONES PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS SOBRE CARRILES (RIELES). -Vagones cisterna y similares. --Con carrocería de metal --Los demás -Vagones isotérmicos, refrigerantes o frigoríficos, excepto los de la subpartida No. 8606.10 --Con carrocería de metal --Los demás. -Vagones de descarga automática, excepto los de las subpartidas Nos. 8606.10. u 8606.20. --Con carrocería de metal --Los demás -Los demás: --Cubiertos y cerrados. ---Con carrocería de metal ---Los demás --Abiertos, con pared fija de altura superior a 60 cm ---Con carrocería de metal ---Los demás --Los demás. ---Con carrocería de metal ---Los demás PARTES DE VEHÍCULOS PARA VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES. -Bojes, "bissels", ejes y ruedas, y sus partes: --Bojes y "bissels", de tracción --Los demás bojes y "bissels".

Página 294 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8607.19.00 8607.21.00 8607.29.00 8607.30.00 8607.91.00 8607.99.00 8608.00.00

8609

8609.00.11 8609.00.12 8609.00.19 8609.00.90

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Los demás, incluidas las partes -Frenos y sus partes: --Frenos de aire comprimido y sus partes --Los demás -Ganchos y demás sistemas de enganche, topes, y sus partes -Las demás: --De locomotoras o locotractores --Las demás MATERIAL FIJO DE VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES; APARATOS MEC Á NICOS (INCLUSO ELECTROMECÁ NICOS) DE SEÑ ALIZACIÓ N, SEGURIDAD, CONTROL O MANDO, PARA VÍAS FÉ RREAS O SIMILARES, CARRETERAS O VÍAS FLUVIALES, Á REAS O PARQUES DE ESTACIONAMIENTO, INSTALACIONES PORTUARIAS O AEROPUERTOS; SUS PARTES. CONTENEDORES (INCLUIDOS LOS CONTENEDORES CISTERNA Y LOS CONTENEDORES DEPÓ SITO) ESPECIALMENTE CONCEBIDOS Y EQUIPADOS PARA UNO O VARIOS MEDIOS DE TRANSPORTE. -Contenedores cisternas. --De acero inoxidable para el almacenamiento de leche --Los demás de metal, para el transporte de líquidos con capacidad superior a 500 litros. --Los demás -Los demás

15

A

15 15 15

A A A

15 15 15

A A A

3 15

A A

15 15

A A

Página 295 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10 LIBRE

A C A

LIBRE 10

A B

5

A

5

A

5

A

10 10

EXCL. EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

15

EXCL.

8703.21.91 8703.21.92 8703.21.93

----Los demás ---Los demás ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar de B/12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/12,000.000 sin pasar de B/.14,500.00

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

8703.21.99 8703.22 8703.22.10 8703.22.20

----Los demás. --De cilindrada superior a 1,000 cm3 pero inferior o igual a 1,500 cm3 ---Ambulancias y coches fúnebres ---Vehículos mixtos proyectados principalmente para transporte de mercancías.

20

EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

CAPITULO 87 87

8703.21 8703.21.10 8703.21.20

VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES, TRACTORES, VELOCÍPEDOS Y DEMÁ S VEHÍ CULOS TERRESTRES; SUS PARTES Y ACCESORIOS. TRACTORES (EXCEPTO LAS CARRETILLAS TRACTOR DE LA PARTIDA No. 87.09). -Motocultores -Tractores de carretera para semirremolques. -Tractores de orugas -Los demás. --Tractores agrícolas, hortícolas ó forestales --Los demás VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES PARA TRANSPORTE DE DIEZ O MÁ S PERSONAS, INCLUIDO EL CONDUCTOR. -Con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (Diesel o semiDiesel) -Los demás COCHES DE TURISMO Y DEMÁ S VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES CONCEBIDOS PRINCIPALMENTE PARA TRANSPORTE DE PERSONAS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 87.02), INCLUIDOS LOS VEHÍ CULOS DEL TIPO FAMILIAR ("BREAK" O "STATION WAGON") Y LOS DE CARRERAS. -Vehículos especialmente concebidos para desplazarse sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares. -Los demás vehículos con motor de émbolo (pistón) alternativo, de encendido por chispa: --De cilindrada inferior o igual a 1,000 cm3. ---Ambulancias y coches fúnebres. ---Vehículos mixtos, proyectados principalmente para transporte de mercancías.

8703.21.31 8703.21.32

---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ----De un valor CIF inferior o igual a B/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00

87.01 8701.10.00 8701.20.00 8701.30.00 8701.9 8701.90.10 8701.90.90 87.02 8702.10.00 8702.90.00 87.03

8703.10.00

8703.21.39

8703.22.31 8703.22.32 8703.22.39 8703.22.91 8703.22.92 8703.22.93 8703.22.99 8703.23 8703.23.10 8703.23.20

---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ----De un valor CIF inferior o igual a B/12,000.00. ----Cuando su valor CIF excede de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00 ----Los demás. ---Los demás ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar de B/12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda B/.12,000.00 sin pasar de B/.14,500.00 ----Los demás. --De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 3,000 cm3 ---Ambulancias y coches fúnebres ---Vehículos mixtos proyectados principalmente para transporte de mercancías. ---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD)

Página 296 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8703.23.31 8703.23.32 8703.23.39 8703.23.91 8703.23.92 8703.23.93 8703.23.99 8703.24 8703.24.10 8703.24.20 8703.24.31 8703.24.32 8703.24.39 8703.24.91 8703.24.92 8703.24.93 8703.24.99

8703.31 8703.31.10 8703.31.20

8703.31.31 8703.31.32 8703.31.39 8703.31.91 8703.31.92 8703.31.93 8703.31.99 8703.32 8703.32.10 8703.32.20

8703.32.31 8703.32.32 8703.32.39 8703.32.91 8703.32.92 8703.32.93 8703.32.99 8703.33 8703.33.10 8703.33.20

8703.33.31 8703.33.32 8703.33.39 8703.33.91 8703.33.92 8703.33.93

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----De un valor CIF inferior o igual a B/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00 ----Los demás. ---Los demás ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar deB/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.14,500.00. ----Los demás. --De cilindrada superior a 3000 cm3. ---Ambulancias y coches fúnebres ---Vehículos mixtos proyectados para transporte de mercancías ---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ----De un valor CIF inferior o igual a B/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00 ----Los demás. ---Los demás. ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar de B/12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.14,500.00. ----Los demás. -Los demás vehículos con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (Diesel o semi-Diesel): --De cilindrada inferior o igual a 1,500 cm3. ---Ambulancias y coches fúnebres ---Vehículos mixtos proyectados principalmente para transporte de mercancí as. ---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ----De un valor CIF inferior o igual a B/.12,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00 ----Los demás. ---Los demás. ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar de B/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.000 sin pasar de B/.14,500.00. ----Los demás. --De cilindrada superior a 1,500 cm3 pero inferior o igual a 2,500 cm3. ---Ambulancias y coches fúnebres ---Vehículos mixtos proyectados principalmente para transporte de mercancías.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10 10

EXCL. EXCL.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ----De un valor CIF inferior o igual a B/.12,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00 ----Los demás. ---Los demás. ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar de B/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/14,500.00. ----Los demás. --De cilindrada superior a 2,500 cm3 ---Ambulancias y coches fúnebres ---Vehículos mixtos proyectados principalmente para transporte de mercancías. ---Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ----De un valor CIF inferior o igual a B./.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18,000.00 ----Los demás. ---Los demás. ----De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00 ----Cuando su valor CIF exceda de B/,5,000.00 sin pasar deB/.12,000.00. ----Cuando su valor CIF exceda B/.12,000.000 sin pasar de B/.14,500.00.

Página 297 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8703.33.99 8703.90 8703.90.10 8703.90.20

8703.90.31 8703.90.32 8703.90.39 8703.90.91 8703.90.92 8703.90.93 8703.90.99 87.04 8704.10.00

8704.21.00 8704.22.00 8704.23.00 8704.31.00 8704.32.00 8704.90.00 87.05

8705.10.00 8705.20.00 8705.30.00 8705.40.00 8705.90.00 87.06 8706.00.10 8706.00.90 87.07 8707.10.00 8707.90 8707.90.11 8707.90.19 8707.90.21 8707.90.22 8707.90.29 87.08 8708.10.00 8708.21.00 8708.29 8708.29.10

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

----Los demás. -Los demás. --Ambulancias y coches fúnebres '--Vehículos mixtos proyectados principalmente para transporte de mercancías.

20

EXCL.

10 10

EXCL. C

15 15 18

EXCL. EXCL. EXCL.

15 15 18 20

EXCL. EXCL. EXCL. EXCL.

10

B

8 5 10

EXCL. A C

10 10 10

EXCL. C C

5 10 10 3 10

A B B A C

15 15

EXCL. EXCL.

15

EXCL.

15 15

EXCL. EXCL.

10 LIBRE 10

B A B

5

A

5

A

LIBRE

A

--Los demás con tracción en las cuatro ruedas (4WD) ---De un valor CIF inferior o igual a B/.12,000.00 ---Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.00 sin pasar de B/.18.000.00 ---Los demás. --Los demás. ---De valor CIF inferior o igual a B/.5,000.00 ---Cuando su valor CIF exceda de B/.5,000.00 sin pasar de B/.12,000.00. ---Cuando su valor CIF exceda de B/.12,000.000 sin pasar de B/.14.500.00. ---Los demás. VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS -Volquetes automotores concebidos para utilizarlos fuera de la red de carreteras -Los demás, con motor de émbolo (pistón), de encendido por compresión (Diesel o semi-Diesel): --De peso total con carga máxima inferior o igual a 5t --De peso total con carga máxima superior a 5t pero inferior o igual a 20t --De peso total con carga máxima superior a 20t . -Los demás, con motor de émbolo (pistón), de encendido por chispa: --De peso total con carga máxima inferior o igual a 5t --De peso total con carga máxima superior a 5t. -Los demás VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES PARA USOS ESPECIALES, EXCEPTO LOS CONCEBIDOS PRINCIPALMENTE PARA TRANSPORTE DE PERSONAS O MERCANCÍAS (POR EJEMPLO: COCHES PARA REPARACIONES (AUXILIO MECÁ NICO), CAMIONES GRÚ A, CAMIONES DE BOMBEROS, CAMIONES HORMIGONERA, COCHES BARREDERA, COCHES ESPARCIDORES, COCHES - TALLER, COCHES RADIOLÓ GICOS). -Camiones grúa. -Camiones automóviles para sondeo o perforación -Camiones de bomberos. -Camiones hormigonera -Los demás CHASIS DE VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES DE LAS PARTIDAS Nos. 87.01 A 87.05, EQUIPADOS CON SU MOTOR. -Para los vehículos citados en la partida No. 87.03 -Los demás. CARROCERÍAS DE VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES DE LAS PARTIDAS 87.01 A 87.05, INCLUIDAS LAS CABINAS. -De los vehículos de la partida No. 87.03 -Las demás. --Carrocerías. ---Para autobuses ---Las demás --Cabinas. ---De tractores de carretera para semirremolque ---De los demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales. ---Los demás PARTES Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES DE LAS PARTIDAS Nos. 87.01 A 87.05. -Parachoques (paragolpes, defensas) y sus partes. -Las demás partes y accesorios de carrocería (incluidas las de cabina): --Cinturones de seguridad --Los demás. ---Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales

Página 298 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8708.29.90 8708.31 8708.31.10 8708.31.90 8708.39.00 8708.40 8708.40.10 8708.40.90 8708.50 8708.50.10 8708.50.90 8708.60 8708.60.10 8708.60.90 8708.70 8708.70.10 8708.70.90 8708.80 8708.80.10 8708.80.90 8708.91 8708.91.10 8708.91.20 8708.91.90 8708.92.00 8708.93 8708.93.10 8708.93.20

DESCRIPCION ---Los demás -Frenos y servofrenos, y sus partes: --Guarniciones de frenos montadas. ---Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales ---Los demás --Los demás -Cajas de cambio --Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales --Los demás -Ejes con diferencial, incluso provistos con otros órganos de transmisión. --Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales --Los demás -Ejes portadores y sus partes. --Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales --Los demás -Ruedas, sus partes y accesorios. --Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales, --Los demás -Amortiguadores de suspensión. --Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales. --Los demás -Las demás partes y accesorios: --Radiadores. ---Tanques de bronce y plástico para radiadores ---Collarín con tubo de rebose para tanque de radiador. ---Los demás --Silenciadores y tubos (caños) de escape. --Embragues y sus partes. ---Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales ---Para tractores de oruga ---Los demás embragues de disco para transmisión manual y sus partes.

8708.93.31 8708.93.32 8708.93.33 8708.93.34 8708.93.39 8708.93.90 8708.94 8708.94.10

----Completos nuevos ----Completos usados o reconstruidos ----Discos nuevos, usados o reconstruidos. ----Platos de presión nuevos, usados o reconstruidos ----Las demás partes ---Los demás --Volantes, columnas y cajas de dirección. ---Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales

8708.94.90 8708.99 8708.99.10

---Los demás. --Los demás:. ---Para motocultores y demás tractores agrícolas, hortícolas ó forestales

8708.99.20 8708.99.90 87.09

---Alfombras plásticas. ---Los demás CARRETILLAS AUTOMÓ VIL SIN DISPOSITIVO DE ELEVACIÓ N DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS EN FÁ BRICAS, ALMACENES, PUERTOS O AEROPUERTOS, PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS A CORTA DISTANCIA; CARRETILLAS TRACTOR DEL TIPO DE LAS UTILIZADAS EN ESTACIONES FERROVIARIAS; SUS PARTES. -Carretillas: --Eléctricas --Las demás -Partes. --Ruedas equipadas con bandajes o neumáticos. ---Con neumáticos ---Las demás --Las demás

8709.11.00 8709.19.00 8709.90 8709.90.11 8709.90.19 8709.90.90

Página 299 de 327

TASA BASE

PLAZO

5

A

LIBRE 5 5

A C A

LIBRE 10

A B

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

LIBRE 5

A A

3 LIBRE 15 5

A A A A

LIBRE 5

A A

5 15 15 15 5 5

A EXCL. EXCL. EXCL. A A

LIBRE

A

5

B

LIBRE

A

5 5

A EXCL.

3 3

B C

15 15 10

EXCL. EXCL. B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 8710.00.00

87.11 8711.10.00 8711.20.00 8711.30.00 8711.40.00 8711.50.00 8711.90.00 87.12 8712.00.10 8712.00.20 8712.00.30 8712.00.90 87.13

8713.10.00 8713.90.00 87.14

8714.11.00 8714.19 8714.19.10 8714.19.20 8714.19.30 8714.19.90 8714.20 8714.20.10 8714.20.20 8714.20.90 8714.91.00 8714.92 8714.92.10 8714.92.20 8714.92.90 8714.93.00 8714.94.00 8714.95.00 8714.96.00 8714.99.00 87.15 8715.00.10 8715.00.91 8715.00.99 87.16

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

TANQUES Y DEMÁ S VEHÍCULOS AUTOMÓ VILES BLINDADOS DE COMBATE, INCLUSO CON ARMAMENTO INCORPORADO; SUS PARTES. MOTOCICLETAS Y TRICICLOS A MOTOR VELOCÍPEDOS EQUIPADOS CON MOTOR AUXILIAR, CON SIDECAR O SIN É L; SIDECARES. -Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 -Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 50 cm3, pero inferior o igual a 250 cm3. -Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 500 cm3. -Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 500 cm3 pero inferior o igual a 800 cm3. -Con motor de émbolo (pistón) alternativo de cilindrada superior a 800 cm3

RESTR

A

15

C

15

C

15

C

15

C

15

C

15

C

5 10 10 15

A C C C

LIBRE LIBRE

A A

10

C

15 15 15 10

B B B A

LIBRE LIBRE LIBRE

A A A

10

A

15 15 10 10 10 10 10 10

C C B B B B B B

10

A

15 10

A A

-Los demás BICICLETAS Y DEMÁ S VELOCÍPEDOS (INCLUIDOS LOS TRICICLOS DE REPARTO), SIN MOTOR. -Bicicletas de todo tipo, totalmente desarmada -Bicicletas tipo BMX -Bicicletas montañeras y las de carrera -Las demás SILLONES DE RUEDAS Y DEMÁ S VEHÍCULOS PARA INVÁ LIDOS, INCLUSO CON MOTOR U OTRO MECANISMO DE PROPULSIÓ N. -Sin mecanismo de propulsión -Los demás PARTES Y ACCESORIOS DE VEHÍCULOS DE LAS PARTIDAS Nos. 87.11 a 87.13. -De motocicletas y triciclos a motor (incluidos los también a pedales): --Sillines (asientos) --Los demás. ---Ruedas con bandajes. ---Ruedas con neumáticos. ---Mangos para manubrios y almohadillas para pedales. ---Los demás -De sillones de ruedas y demás vehículos para inválidos --Ruedas con bandajes --Ruedas con neumáticos. --Los demás -Los demás. --Cuadros y horquillas, y sus partes --Llantas y radios. ---Ruedas con bandajes ---Ruedas con neumáticos. ---Los demás --Bujes sin freno y piñones --Frenos, incluidos los bujes con freno, y sus partes. --Sillines (asientos) --Pedales, y mecanismos de pedal y sus partes. --Los demás COCHES, SILLAS Y VEHÍCULOS SIMILARES PARA TRANSPORTE DE NIÑ OS, Y SUS PARTES. -Coches, sillas y vehículos similares -Partes --Aros metálicos equipados con bandajes --Los demás REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES PARA CUALQUIER VEHÍCULO; LOS DEMÁ S VEHÍCULOS NO AUTOMÓ VILES; SUS PARTES.

Página 300 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

8716.10.00

-Remolques y semirremolques para vivienda o acampar, del tipo caravana

15

C

8716.20.00

-Remolques y semirremolques, autocargadores o autodescargadores, para uso agrícola -Los demás remolques y semirremolques para transporte de mercancías: --Cisternas. ---De acero inoxidable para el transporte de leche ---Los demás --Los demás. ---Remolques y semirremolques con plataforma baja y rampa de acceso para transportar material pesado (tractores, etc). ---Los demás remolques abiertos (sin carrocería) ---Los demás -Los demás remolques y semirremolques -Los demás vehículos. --Carretillas de metal usadas en los supermercados, carritos para transportar cubos de trapear --Carretillas para transportar ataúdes --Las demás -Partes. --Ruedas equipadas con bandajes --Ruedas equipadas con neumáticos --Las demás

10

B

3 10

A B

10

B

10 10 15

B B C

15

C

15 15

C C

15 15 10

C C C

8716.31 8716.31.10 8716.31.90 8716.39 8716.39.10 8716.39.20 8716.39.90 8716.40.00 8716.80 8716.80.10 8716.80.20 8716.80.90 8716.90 8716.90.10 8716.90.20 8716.90.90

Página 301 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 15

B B

15 15 15

B B B

15

B

10 15

B B

15 15 10 15 15

B B B B C

15

B

15

B

15

B

15 15 10

B B B

10 15

A B

15

B

CAPITULO 88 88 88.01 8801.10.00 8801.90.00 88.02

8802.11.00 8802.12.00 8802.20.00 8802.30.00 8802.40.00 8802.60.00 88.03 8803.10.00 8803.20.00 8803.30.00 8803.90.00 8804.00.00

88.05

8805.10.00

8805.20.00

AERONAVES, VEHÍCULOS ESPACIALES Y SUS PARTES GLOBOS Y DIRIGIBLES; PLANEADORES, ALAS VOLANTES Y DEMÁ S AERONAVES NO CONCEBIDAS PARA LA PROPULSIÓ N CON MOTOR. -Planeadores y alas volantes. -Los demás. LAS DEMÁ S AERONAVES (POR EJEMPLO: HELICÓ PTEROS, AVIONES); VEHÍCULOS ESPACIALES (INCLUIDOS LOS SATÉ LITES) Y SUS VEHÍ CULOS DE LANZAMIENTO Y VEHÍCULOS SUBORBITALES. -Helicópteros: --De peso en vacío inferior o igual a 2,000 kg. --De peso en vacío superior a 2,000 kg. -Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío inferior o igual a 2,000 kg. -Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 2,000 kg, pero inferior o igual a 15,000 kg. -Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío superior a 15,000 kg. -Vehículos espaciales (incluidos los satélites) y sus vehículos de lanzamiento y vehículos suborbitales. PARTES DE LOS APARATOS DE LAS PARTIDAS Nos. 88.01. u 88.02 -Hélices y rotores, y sus partes. -Trenes de aterrizaje y sus partes. -Las demás partes de aviones o helicópteros. -Las demás. PARACAÍDAS (INCLUIDOS LOS PARACAÍDAS DIRIGIBLES, PLANEADORES (“PARAPENTES”) Y LOS PARACAÍDAS CON ASPAS GIRATORIAS; SUS PARTES Y ACCESORIOS. APARATOS Y DISPOSITIVOS PARA LANZAMIENTO DE AERONAVES; APARATOS Y DISPOSITIVOS PARA ATERRIZAJE EN PORTAAVIONES Y APARATOS Y DISPOSITIVOS SIMILARES; APARATOS DE ENTRENAMIENTO DE VUELO EN TIERRA; SUS PARTES. -Aparatos y dispositivos para lanzamiento de aeronaves y sus partes; aparatos y dispositivos para aterrizaje en portaaviones y aparatos y dispositivos similares, y sus partes. -Aparatos de entrenamiento de vuelo en tierra y sus partes.

CAPITULO 89 89 89.01

8901.10.00

8901.20.00 8901.30.00 8901.90.00 89.02

8902.00.10 8902.00.90 89.03 8903.10.00

BARCOS Y DEMÁ S ARTEFACTOS FLOTANTES TRANSATLÁ NTICOS, BARCOS PARA EXCURSIONES (DE CRUCEROS), TRANSBORDADORES, CARGUEROS, GABARRAS (BARCAZAS) Y BARCOS GABARRAS (BARCAZAS) Y BARCOS SIMILARES PARA EL TRANSPORTE DE PERSONAS O MERCANCÍAS. -Transatlánticos, barcos para excursiones (de cruceros) y barcos similares concebidos principalmente para transporte de personas; transbordadores -Barcos cisterna -Barcos frigorífico, excepto los de la subpartida No. 8901.20 -Los demás barcos para transporte de mercancías y demás barcos concebidos para transporte mixto de personas y mercancías BARCOS DE PESCA; BARCOS FACTORÍA Y DEMÁ S BARCOS PARA TRATARÍA Y DEMÁ S BARCOS PARA TRATAMIENTO O PREPARACIÓ N DE CONSERVAS DE PRODUCTOS DE PESCA. -Que no excedan de 250 toneladas brutas de registro -Los demás YATES Y DEMÁ S BARCOS Y EMBARCACIONES DE RECREO O DEPORTE; BARCAS (BOTES) DE REMO Y CANOAS. -Embarcaciones inflables -Los demás:

Página 302 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15

B

8903.91 8903.91.10

--Barcos de vela, incluso con motor auxiliar. ---Con casco de madera que no excedan de 250 toneladas brutas de registro

8903.91.20 8903.91.90 8903.92 8903.92.10

---Con casco de fibra de vidrio, de no menos de 18 pies de eslora ---Los demás --Barcos de motor, excepto los de motor fuera Borda. ---Con casco de madera que no excedan de 250 toneladas brutas de registro

10 15

B B

5

A

8903.92.20 8903.92.90 8903.99 8903.99.10

---Con casco de fibra de vidrio, de no menos de 18 pies de eslora ---Los demás --Los demás. ---Con casco de madera que no excedan de 250 toneladas brutas de registro

5 15

A B

5

A

8903.99.20 8903.99.90 8904.00.00 89.05

---Con casco de fibra de vidrio, de no menos de 18 pies de eslora ---Los demás REMOLCADORES Y BARCOS EMPUJADORES. BARCOS FARO, BARCOS BOMBA, DRAGAS, PONTONES GRÚ A Y DEMÁ S BARCOS EN LOS QUE LA NAVEGACIÓ N SEA ACCESORIA EN RELACIÓ N CON LA FUNCIÓ N PRINCIPAL; DIQUES FLOTANTES; PLATAFORMAS DE PERFORACIÓ N O EXPLOTACIÓ N, FLOTANTES O SUMERGIBLES. -Dragas -Plataformas de perforación o explotación, flotantes o sumergibles -Los demás LOS DEMÁ S BARCOS, INCLUIDOS LOS NAVÍOS DE GUERRA Y BARCOS DE SALVAMENTO QUE NO SEAN DE REMOS. -Navíos de guerra de cualquier tipo -Barcos hospital -Los demás LOS DEMÁ S ARTEFACTOS FLOTANTES (POR EJEMPLO: BALSAS, DEPÓ SITOS, CAJONES, INCLUSO DE AMARRE, BOYAS Y BALIZAS). -Balsas inflables -Los demás. --Boyas y balizas --Los demás BARCOS Y DEMÁ S ARTEFACTOS FLOTANTES PARA DESGUACE -De guerra -De recreo y deportes. --Con casco de madera, que no excedan de 250 toneladas brutas de registro

5 15 15

C B B

15 15 15

B B B

RESTR 15 15

A B B

15

B

5 15

A A

RESTR

A

15

B

15 15

B B

15

B

8905.10.00 8905.20.00 8905.90.00 89.06 8906.00.10 8906.00.20 8906.00.90 89.07 8907.10.00 8907.9 8907.90.10 8907.90.90 89.08 8908.00.10 8908.00.21 8908.00.22 8908.00.29

15

B

8908.00.41

--De fibra de vidrio con no menos de 18 pies ni más de 38 pies de eslora --Los demás -De pesca, de barcos factorías para el tratamiento o preparación de los productos de pesca. --Con casco de cualquier material que no excedan de 250 toneladas brutas de registro. --Los demás -De pasajeros o de carga. --Con casco de madera, que no excedan de 250 toneladas brutas de registro

15

B

8908.00.42

--Con casco de metal que no exceda de 250 toneladas brutas de registro

15

B

8908.00.49 8908.00.50 8908.00.60 8908.00.90

--Los demás -De remolcadores y barcos de salvamento. -De diques, grúas, dragas flotantes y otras naves similares -Los demás.

15 15 15 15

B B B B

8908.00.31 8908.00.39

CAPITULO 90

Página 303 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 90

90.01

9001.10.00 9001.20.00 9001.30.00 9001.40.00 9001.50.00 9001.90 9001.90.10 9001.90.90 90.02

9002.11.00 9002.19.00 9002.20.00 9002.90. 9002.90.10 9002.90.90 90.03

9003.11.00 9003.19.00 9003.90.00 90.04 9004.10.00 9004.90.00 90.05

9005.10.00 9005.80.00 9005.90.00 90.06

9006.10.00 9006.20.00 9006.30.00

9006.40.00

DESCRIPCION INSTRUMENTOS Y APARATOS DE Ó PTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓ N; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRÚ RGICOS; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS. FIBRAS Ó PTICAS Y HACES DE FIBRAS Ó PTICAS; CABLES DE FIBRAS Ó PTICAS, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 85.44; HOJAS Y PLACAS DE MATERIA POLARIZANTE; LENTES (INCLUSO DE CONTACTO), PRISMAS, ESPEJOS Y DEMÁ S ELEMENTOS DE Ó PTICA DE CUALQUIER MATERIA, SIN MONTAR, EXCEPTO LOS DE VIDRIO SIN TRABAJAR Ó PTICAMENTE. -Fibras ópticas, haces y cables de fibras ópticas -Hojas y placas de materia polarizante -Lentes de contacto -Lentes de vidrio para gafas (anteojos) -Lentes de otras materias para gafas (anteojos) -Los demás. --Tramos para artes gráficas sin montar --Los demás LENTES, PRISMAS, ESPEJOS Y DEMÁ S ELEMENTOS DE Ó PTICA DE CUALQUIER MATERIA, MONTADOS, PARA INSTRUMENTOS O APARATOS, EXCEPTO LOS DE VIDRIO SIN TRABAJAR Ó PTICAMENTE. -Objetivos: --Para cámaras, proyectores o ampliadoras o reductoras fotográficos o cinematográficos. --Los demás -Filtros -Los demás. --Espejos ópticos, destinados a equipos, instrumentos o aparatos --Los demás MONTURAS (ARMAZONES) DE GAFAS (ANTEOJOS) O DE ARTÍ CULOS SIMILARES Y SUS PARTES. -Monturas (armazones): --De plástico --De otras materias. -Partes GAFAS (ANTEOJOS) CORRECTORAS, PROTECTORAS U OTRAS, Y ARTÍ CULOS SIMILARES. -Gafas (anteojos) de sol -Las demás. BINOCULARES (INCLUIDOS LOS PRISMÁ TICOS), CATALEJOS, ANTEOJOS ASTRONÓ MICOS, TELESCOPIOS Ó PTICOS Y SUS ARMAZONES; LOS DEMÁ S INSTRUMENTOS DE ASTRONOMÍA Y SUS ARMAZONES, EXCEPTO LOS APARATOS DE RADIO ASTRONOMÍ(incluidos A. -Binoculares los prismáticos. -Los demás instrumentos -Partes y accesorios (incluidas las armazones) CÁMARAS FOTOGRÁ FICAS; APARATOS Y DISPOSITIVOS, INCLUIDOS LAS LÁMPARAS Y TUBOS, PARA LA PRODUCCIÓ N DE DESTELLOS EN FOTOGRAFÍA, EXCEPTO LAS LÁMPARAS Y TUBOS DE DESCARGA DE LA PARTIDA No. 85.39. -Cámaras fotográficas del tipo de las utilizadas para preparar clisés o cilindros de imprenta. -Cámaras fotográficas del tipo de las utilizadas para registrar documentos en microfilmes, microfichas u otros microformatos -Cámaras especiales para fotografía submarina o aérea, examen médico de ó rganos internos o para laboratorios de medicina legal o identificación judicial -Cámaras fotográficas de autorrevelado -Las demás cámaras fotográficas:

Página 304 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10 10 3 3

B B A A A

10 10

B B

5

A

5 10

A B

15 10

B B

10 5 10

B A B

5 5

A A

10 10 10

B B B

3

A

10

B

10

B

10

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9006.51.00 9006.52.00 9006.53.00 9006.59.00

9006.61.00 9006.62.00 9006.69.00 9006.91.00 9006.99.00 90.07

9007.11.00 9007.19.00 9007.2 9007.20.10 9007.20.90 9007.91.00 9007.92.00 90.08 9008.10.00 9008.20.00 9008.30.00 9008.40.00 9008.90.00 90.09

9009.11.00 9009.12.00

9009.21.00 9009.22.00 9009.30.00 9009.90.00 90.10

9010.10.00

9010.41.00 9010.42.00 9010.49.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Con visor de reflexión a través del objetivo, para películas en rollo de anchura inferior o igual a 35mm. --Las demás, para películas en rollo de anchura inferior a 35 mm --Las demás, para películas en rollo de anchura igual a 35 mm. --Las demás -Aparatos y dispositivos, incluidos lámparas y tubos, para producir destellos para fotografía: --Aparatos de tubo de descarga para producir destellos ("flashes electró nicos"). --Lámparas y cubos, de destello, y similares. --Los demás -Partes y accesorios: --De cámaras fotográficas. --Los demás CÁMARAS Y PROYECTORES CINEMATOGRATOGRÁ FICOS, INCLUSO CON GRABADOR O REPRODUCTOR DE SONIDO INCORPORADOS. -Cámaras: --Para película cinematográfica (filme) de anchura inferior a 16 mm o para la doble -8 mm --Las demás -Proyectores: --Para películas cinematográficas (filme) de anchura inferior a 16 mm. --Los demás -Partes y accesorios: --De cámaras --De proyectores PROYECTORES DE IMAGEN FIJA; AMPLIADORAS O REDUCTORAS, FOTOGRÁ FICAS. -Proyectores de diapositivas -Lectores de microfilmes, de microfichas u otros microformatos, incluso copiadores -Los demás proyectores de imagen fija -Ampliadoras o reductoras, fotográficas -Partes y accesorios APARATOS DE FOTOCOPIA POR SISTEMA Ó PTICO O DE CONTACTO Y APARATOS DE TERMOCOPIA. -Aparatos de fotocopia electrostáticos: --Por procedimiento directo (reproducción directa del original) --Por procedimiento indirecto (reproducción del original mediante soporte intermedio) -Los demás aparatos de fotocopia: --Por sistema óptico --De contacto -Aparatos de termocopia -Partes y accesorios APARATOS Y MATERIAL PARA LABORATORIOS FOTOGRÁ FICO O CINEMATOGRÁ FICO (INCLUIDOS LOS APARATOS PARA PROYECTAR O REALIZAR ESQUEMAS (TRAZAS) DE CIRCUITOS SOBRE SUPERFICIES SENSIBILIZADAS DE MATERIAL SEMICONDUCTOR), NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO; NEGATOSCOPIOS; PANTALLAS DE PROYECCIÓ N. -Aparatos y material para revelado automático de película fotográfica, película cinematográde película fotográfica, película cinematográfica (filme) o papel fotográfico en rollo o para impresión automática de películas reveladas en rollos de papel fotográfico -Aparatos para proyectar o realizar esquemas (trazas) de circuitos sobre material semiconductor sensibilizado: --Aparatos para trazado directo sobre obleas (“wafers”) --Fotorrepetidores. --Los demás.

5

A

10 5 5

A A A

10

B

5 10

A B

10 10

A A

10

B

10

B

10 10

B B

10 10

B B

15 15

B B

15 3 15

B A B

15 15

B B

15 15 15 15

B B B B

3

A

3 3 3

A A A

Página 305 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9010.50 9010.50.10 9010.50.20 9010.50.90 9010.60.00 9010.90.00 90.11 9011.10.00 9011.20.00 9011.80.00 9011.90.00 90.12 9012.10.00 9012.90.00 90.13

9013.10.00 9013.20.00 9013.80 9013.80.10 9013.80.90 9013.90.00 90.14 9014.10 9014.10.10 9014.10.90 9014.20.00 9014.80

9014.80.11 9014.80.19 9014.80.90 9014.90 9014.90.10 9014.90.20 9014.90.90 90.15

9015.10.00 9015.20.00 9015.30.00 9015.40.00 9015.80 9015.80.10 9015.80.90 9015.90 9015.90.10

DESCRIPCION -Los demás aparatos y material para laborato--Prensas --Cubos y cubitos de revelado, lavado, etc --Los demás -Pantallas de proyección -Partes y accesorios. MICROSCOPIOS Ó PTICOS, INCLUSO PARA FOTOMICROGRAFÍA, CINEFOTOMICROGRAFÍA O MICROPROYECCIÓ N. -Microscopios estereoscópicos -Los demás microscopios para fotomicrografía, cinefotomicrografía o microproyección -Los demás microscopios -Partes y accesorios MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS Ó PTICOS, Y DIFRACTÓ GRAFOS -Microscopios, excepto los ópticos, y difractógrafos -Partes y accesorios DISPOSITIVOS DE CRISTAL LÍQUIDO QUE NO CONSTITUYAN ARTÍCULOS COMPRENDIDOS MÁ S ESPECÍFICAMENTE EN OTRA PARTE; LÁ SERES, EXCEPTO LOS DIODOS LÁ SER; LOS DEMÁ S APARATOS E INSTRUMENTOS DE Ó PTICA, NO EXPRESADOS NICOMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO. -Miras telescópicas para armas; periscopios; visores para máquinas, aparatos o instrumentos de este Capítulo o de la Sección XVI -Láseres, excepto los diodos láser -Los demás dispositivos, aparatos e instrumentos: --Lentes de aumento y cuentahilos --Los demás -Partes y accesorios BRÚ JULAS, INCLUIDOS LOS COMPASES DE NAVEGACIÓ N; LOS DEMÁ S INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACIÓ N. -Brújulas, incluidos los compases de navegación. --Compases de navegación --Los demás -Instrumentos y aparatos para navegación -Los demás instrumentos y aparatos. --Para la navegación marítima o fluvial, incluidos los sextantes, los octantes o los acimutes de marina ---Sonares, ecosondas ---Los demás. --Los demás -Partes y accesorios. --Para instrumentos y aparatos de navegación marítima o fluvial, excepto compases --Para compases de navegación --Los demás INSTRUMENTOS Y APARATOS DE GEODESIA, TOPOGRAFÍA, AGRIMENSURA, NIVELACIÓ N, FOTOGRAMETRÍA, HIDROGRAFÍA, OCEANOGRAFÍA, HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA O GEOFÍSICA, EXCEPTO LAS BRÚ JULAS; TELÉMETROS. -Telémetros -Teodolitos y taquímetros -Niveles -Instrumentos y aparatos de fotogrametría -Los demás instrumentos y aparatos: --Los demás instrumentos y aparatos de Geodesia, Topografía, Agrimensura o nivelación --Los demás -Partes y accesorios. --Para instrumentos y aparatos de geodesia, topografía, agrimensura o nivelació n

Página 306 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 15 3 15 15

A B A B B

15 15

B B

3 15

A B

3 3

A A

15

C

15

C

15 15 15

C C C

5 15 15

A A B

5 15 15

A B A

15

B

15 15

B B

10 10 10 10

B B B B

5

A

10

B

5

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9015.90.20 9015.90.30 9015.90.90 90.16

9016.00.11 9016.00.19 9016.00.91 9016.00.99 90.17

9017.10.00 9017.20.00 9017.30.00 9017.80.00 9017.90 9017.90.10 9017.90.90 90.18

9018.11.00 9018.12.00 9018.13.00 9018.14.00 9018.19.00 9018.20.00 9018.31.00 9018.32.00 9018.39.00 9018.41.00 9018.49.00 9018.50.00 9018.90 9018.90.10 9018.90.20 9018.90.30 9018.90.90 90.19

9019.10.00 9019.20

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Para telémetros --Para instrumentos y aparatos de fotogrametría --Los demás BALANZAS SENSIBLES A UN PESO INFERIOR O IGUAL A 5 cg, INCLUSO CON PESAS -Balanzas: --Eléctricas y electrónicas --Las demás -Partes y accesorios: --De balanzas eléctricas y electrónicas --Las demás INSTRUMENTOS DE DIBUJO, TRAZADO O CÁ LCULO (POR EJEMPLO: M ÁQUINAS DE DIBUJAR, PANTÓ GRAFOS, TRANSPORTADORES, ESTUCHES DE DIBUJO), REGLAS Y CÍRCULOS, DE CÁ LCULO); INSTRUMENTOS MANUALES DE MEDIDA DE LONGITUD (POR EJEMPLO: METROS, MICRÓ METROS, CALIBRADORES), NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO. -Mesas y máquinas de dibujar, incluso automáticas. -Los demás instrumentos de dibujo, trazado o cálculo -Micrómetros, pies de rey, calibradores y galgas -Los demás instrumentos -Partes y accesorios. --Para la partida 9017.30.00 --Los demás INSTRUMENTOS Y APARATOS DE MEDICINA, CIRUGÍA, ODONTOLOGÍ A O VETERINARIA, INCLUIDOS LOS DE CENTELLOGRAFÍA Y DEM Á S APARATOS ELECTROMÉ DICOS, ASÍ COMO LOS APARATOS PARA PRUEBAS VISUALES. -Aparatos de electrodiagnóstico (incluidos los aparatos de exploración funcional o de vigilancia de parámetros fisiológicos): --Electrocardiógrafos --Aparatos de diagnóstico mediante escáner. --Aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética. --Aparatos de centellografía. --Los demás -Aparatos de rayos ultravioleta o infrarrojos. -Jeringas, agujas, catéteres, cánulas e instrumentos similares: --Jeringas, incluso con agujas --Agujas tubulares de metal y agujas de sutura --Los demás -Los demás instrumentos y aparatos de odontología: --Tornos dentales, incluso combinados con otros equipos dentales sobre basamento común --Los demás -Los demás instrumentos y aparatos de oftalmología -Los demás instrumentos y aparatos: --Instrumentos y aparatos especiales para la fecundación artificial de animales

5 5 3

A A A

3 3

A A

3 3

A A

15 15 3 15

B B A B

3 15

A B

15 15 15 15 10 15

B B B B B B

5 15 10

A B B

15

B

5 15

A B

LIBRE

A

LIBRE 15 10

A B B

15

B

--Riñones artificiales --Optómetros. --Los demás APARATOS DE MECANOTERAPIA; ARATOS PARA MASAJES; APARATOS DE SICOTECNIA; APARATOS DE OZONOTERAPIA, OXIGENOTERAPIA O AEROSOLTERAPIA, APARATOS RESPIRATORIOS DE REANIMACIÓ N Y DEMÁ S APARATOS DE TERAPIA RESPIRATORIA. -Aparatos de mecanoterapia; aparatos para masajes; aparatos de sicotecnia -Aparatos de ozonoterapia; oxigenoterapia o aerosolterapia, aparatos respiratorios de animación y demás aparatos de terapia respiratoria.

Página 307 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9019.20.10 9019.20.20 9019.20.30 9019.20.90 90.20.00

9020.00.10 9020.00.20 9020.00.90 90.21

9021.11.00 9021.19 9021.19.10 9021.19.90 9021.21.00 9021.29.00 9021.30.00 9021.40.00 9021.50.00 9021.90.00 90.22

9022.12.00 9022.13.00 9022.14.00 9022.19.00

9022.21.00 9022.29.00 9022.30.00 9022.90 9022.90.10

9022.90.20 9022.90.90 9023.00.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Pulmón de acero y similares --Partes para pulmón de acero --Las demás partes --Los demás LOS DEMÁ S APARATOS RESPIRATORIOS Y MÁ SCARAS ANTIGÁ S, EXCEPTO LAS MÁ SCARAS DE PROTECCIÓ N SIN MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE. -Máscaras antigás -Partes para máscaras antigás -Los demás ARTÍCULOS Y APARATOS DE ORTOPEDIA, INCLUIDAS LAS FAJAS Y VENDAJES MEDICOQUIRÚ RGICOS Y LAS MULETAS; TABLILLAS, FÉ RULAS U OTROS ARTÍCULOS Y APARATOS PARA FRACTURAS; ARTÍCULOS Y APARATOS DE PRÓ TESIS; AUDÍFONOS Y DEMÁ S APARATOS QUE LLEVE LA PROPIA PERSONA O SE LE IMPLANTEN PARA COMPENSAR UN DEFECTO O INCAPACIDAD. -Prótesis articulares y demás artículos y aparatos de ortopedia o para fracturas:

LIBRE LIBRE 15 15

A A B B

15 15 15

B B B

--Prótesis articulares --Los demás: ---Calzados ortopédicos ---Los demás. -Artículos y aparatos de prótesis dental: --Dientes artificiales --Los demás -Los demás artículos y aparatos de prótesis -Audífonos, excepto sus partes y accesorios -Estimuladores cardíacos, excepto sus partes y accesorios -Los demás APARATOS DE RAYOS X Y APARATOS QUE UTILICEN RADIACIONES ALFA, QUE UTILICEN RADIACIONES ALFA, BETA O GAMMA, INCLUSO PARA USO MÉ DICO, QUIRÚ RGICO, ODONTOL Ó GICO O VETERINARIO, INCLUIDOS LOS APARATOS DE RADIOGRAFÍA O RADIOTERAPIA, TUBOS DE RAYOS X Y DEMÁ S DISPOSITIVOS GENERADORES DE RAYOS X, GENERADORES DE TENSIÓ N, CONSOLAS DE MANDO, PANTALLAS, MESAS, SILLONES Y SOPORTES SIMILARES PARA EXAMEN O TRATAMIENTO.

LIBRE

A

15 LIBRE

C A

LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE LIBRE

A A A A A A

15 15 15 15

B B B B

LIBRE 15 15

A B B

LIBRE

A

5 15 15

A B B

-Aparatos de rayos X, incluso para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario, incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia: --Aparatos de tomografía computarizados. --Los demás, para uso odontológico. --Los demás, para uso médico, quirúrgico ó veterinario --Para otros usos -Aparatos que utilicen radiaciones alfa, beta o gamma, incluso para uso mé dico, quirúrgico, odontológico o veterinario incluidos los aparatos de radiografía o radioterapia: --Para uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinario --Para otros usos -Tubos de rayos X -Los demás, incluidas las partes y accesorios: --Partes y accesorios para aparatos de uso médico, quirúrgico, odontológico o veterinamédico, quirúrgico, odontológico o veterinario que utilicen las radiaciones alfa beta ó gamma --Escudo protector recubierto de plomo, para rayos X --Los demás LOS CONCEBIDOS PARA DEMOSTRACIONES (POR EJEMPLO: EN LA NSEÑ ANZA O EXPOSICIONES), NO SUSCEPTIBLES DE OTROS USOS

Página 308 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 90.24

9024.10.00 9024.80.00 9024.90.00 90.25

9025.11.00 9025.19.00 9025.80.00 9025.90.00 90.26

9026.10.00 9026.20.00 9026.80.00 9026.90.00 90.27

9027.10.00 9027.20.00 9027.30.00 9027.40 9027.40.10 9027.40.90 9027.50

9027.50.11 9027.50.19 9027.50.90 9027.80 9027.80.10 9027.80.20 9027.80.90 9027.90 9027.90.10 9027.90.20 9027.90.30 9027.90.90 90.28 9028.10.00 9028.20.00 9028.30.00

DESCRIPCION MÁQUINAS Y APARATOS PARA ENSAYOS DE DUREZA, TRACCIÓ N, COMPRESIÓ N, ELASTICIDAD U OTRAS PROPIEDADES MEC Á NICAS DE MATERIALES (POR EJEMPLO: METAL, MADERA, TEXTIL, PAPEL, PLÁ STICO). -Máquinas y aparatos para ensayo de metales -Las demás máquinas y aparatos -Partes y accesorios DENSÍMETROS, AREÓ METROS, PESALÍQUIDOS E INSTRUMENTOS FLOTANTES SIMILARES, TERMÓ METROS, PIRÓ METROS, BARÓ METROS, HIGRÓ METROS Y SICRÓ METROS, AUNQUE SEAN REGISTRADORES, NCLUSO COMBINADOS ENTRE SÍ. -Termómetros y pirómetros, sin combinar con otro instrumentos: --De líquido, con lectura directa --Los demás -Los demás instrumentos -Partes y accesorios INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA LA MEDIDA O CONTROL DEL CAUDAL, NIVEL, PRESIÓ N U OTRAS CARACTERÍSTICAS VARIABLES DE LÍQUIDOS O GASES (POR EJEMPLO: CAUDALÍME-TROS, INDICADORES DE NIVEL, MANÓ METROS, CONTADORES DE CALOR), EXCEPTO LOS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE LAS PARTIDAS Nos. 90.14, 90.15, 90.28 ó 90.32. -Para medida o control del caudal o nivel de líquidos -Para medida o control de presión. -Los demás instrumentos y aparatos -Partes y accesorios INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA ANÁ LISIS FÍSICOS O QUÍMICOS (POR EJEMPLO: POLARÍMETROS, REFRACTÓ METROS, ESPECTRÓ METROS, ANALIZADORES DE GASES O HUMOS); INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA ENSAYOS DE VISCOSIDAD, POROSIDAD, DILATACIÓ N, TENSIÓ N SUPERFICIAL O SIMILARES O PARA MEDIDAS CALORIMÉ TRICAS, ACÚ STICAS O FOTOMÉ TRICAS (INCLUIDOS LOS EXPOSÍMETROS); MICRÓ TOMOS. -Analizadores de gases o humos -Cromatógrafos e instrumentos de electroforesis. -Espectrómetros, espectrofotómetros y espectrógrafos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR). -Exposímetros: --Eléctricos o electrónicos --Los demás -Los demás instrumentos y aparatos que utilicen radiaciones ópticas (UV, visibles, IR): --Fotómetros. ---Eléctricos o electrónicos ---Los demás --Los demás -Los demás instrumentos y aparatos. --Para análisis de sangre --Para la determinación de glicemia capilar --Los demás -Micrótomos; partes y accesorios: --Partes para instrumentos y aparatos de análisis de sangre --Partes para fotómetros no eléctricos ni electrónicos --Lancetas para punción capilar y disparadores de Lancetas --Los demás CONTADORES DE GAS, LÍQUIDO O ELECTRICIDAD, INCLUIDOS LOS DE CALIBRACIÓ N. -Contadores de gas -Contadores de líquido -Contadores de electricidad

Página 309 de 327

TASA BASE

PLAZO

3 3 3

A A A

3 3 15 3

A A C A

3 3 3 3

A A A A

3 3 3

A A A

3 3

A A

3 3 15

A A B

15 5 3

B A A

15 10 5 3

B B A A

3 3 10

A A B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9028.90 9028.90.10 9028.90.90 90.29

9029.10 9029.10.10 9029.10.20 9029.10.90 9029.20. 9029.20.10 9029.20.90 9029.90 9029.90.10 9029.90.90 90.30

9030.10.00 9030.20.00

9030.31.00 9030.39.00 9030.40.00

9030.82.00 9030.83.00 9030.89.00 9030.90.00 90.31.

9031.10.00 9031.20.00 9031.30.00 9031.41.00

9031.49.00 9031.80 9031.80.10 9031.80.20 9031.80.30 9031.80.90 9031.90.00 90.32 9032.10.00 9032.20.

DESCRIPCION -Partes y accesorios. --Para medidores de consumo de energía eléctrica. --Los demás LOS DEMÁ S CONTADORES (POR EJEMPLO: CUENTARREVOLUCIONES, CONTADORES DE PRODUCCIÓ N, TAXÍMETROS, CUENTAKILÓ METROS PODÓ METROS); VELOCÍMEKILÓ METROS PODÓ METROS); VELOCÍ MEDE LAS PARTIDAS Nos. 90.14 ó 90.15; ESTROBOSCOPIOS. -Cuentarrevoluciones, contadores de producción, taxímetros, cuentakiló metros, podómetros y contadores similares. --Cuentarrevoluciones, cuentakilómetros. --Contadores de producción --Los demás -Velocímetros y tacómetros; estroboscopios. --Estroboscopios. --Los demás. -Partes y accesorios: --Para medidores de comunicaciones telefónicas. --Las demás OSCILOSCOPIOS, ANALIZADORES DE ESPECTRO Y DEMÁ S INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O CONTROL DE MAGNITUDES ELÉ CTRICAS; INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA O DETECCIÓ N DE RADIACIONES ALFA, BETA, GAMMA, X, CÓ SMICAS O DEMÁ S RADIACIONES IONIZANTES. -Instrumentos y aparatos para medida o detección de radiaciones ionizantes. -Osciloscopios y oscilógrafos catódicos -Los demás instrumentos y aparatos para medida medida o control de tensión, intensidad, resistencia o potencia, sin dispositivo registrador: --Multímetros --Los demás -Los demás instrumentos y aparatos, especialmente concebidos para té cnicas de telecomunicación (por ejemplo: hipsómetros, kerdómetros, distorsió metros, sofómetros). -Los demás instrumentos y aparatos: --Para medida o control de obleas ("Wafers") o dispositivos, semiconductores. --Los demás, con dispositivo registrador. --Los demás -Partes y accesorios INSTRUMENTOS, APARATOS Y MÁQUINAS DE MEDIDA O CONTROL, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍ TULO; PROYECTORES DE PERFILES. -Máquinas para equilibrar piezas mecánicas -Bancos de pruebas -Proyectores de perfiles -Los demás instrumentos y aparatos, ópticos. --Para control de obleas ("Wafers") o disposi-tivos, semiconductores, o control de máscaras o retículas utilizadas en la fabricación de dispositivos semiconductores. --Los demás -Los demás instrumentos, aparatos y máquinas: --Reglas de senos --Niveles --Plomadas --Los demás -Partes y accesorios INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA REGULACIÓ N O CONTROL AUTOMÁ TICOS -Termostatos -Manostatos (presostatos).

Página 310 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 3

B A

10 3 15

B A B

15 10

C B

15 15

B B

3

A

3

A

3 10 10

A B B

15

B

15 15 15

C C B

3 3 15

A A C

15

B

15

B

10 10 15 15 3

B B B B A

3

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9032.20.10 9032.20.90 9032.81.00 9032.89 9032.89.10 9032.89.21 9032.89.29 9032.89.90 9032.90.00 9033.00.00

DESCRIPCION --Reguladores de oxígeno para uso médico --Los demás -Los demás instrumentos y aparatos: --Hidráulicos o neumáticos --Los demás: ---Reguladores de humedad para el almacenamiento de granos agrícolas ---Reguladores automáticos de magnitudes eléctricas. ----Para computadoras, u otras máquinas o aparatos de oficina. ----Los demás. ---Los demás -Partes y accesorios PARTES Y ACCESORIOS, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO, PARA MÁQUINAS, APARATOS, INSTRUMENTOS O ARTÍCULOS DEL CAPÍTULO 90.

Página 311 de 327

TASA BASE

PLAZO

15 10

C B

15

C

LIBRE

A

5 15 15 15 15

A B B B B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

CAPITULO 91 91 91.01

APARATOS DE RELOJERÍA Y SUS PARTES RELOJES DE PULSERA, BOLSILLO Y SIMILARES (INCLUIDOS LOS CONTADORES DE TIEMPO DE LOS MISMOS TIPOS), CON CAJA DE METAL PRECIOSO O CHAPADO DE METAL PRECIOSO (PLAQUÉ ). -Relojes de pulsera, eléctricos, incluso con contador de tiempo incorporado

9101.11.00 9101.12.00 9101.19.00

--Con indicador mecánico solamente. --Con indicador optoelectrónico solamente --Los demás -Los demás relojes de pulsera, incluso con contador de tiempo incorporado:

10 10 10

B B B

9101.21.00 9101.29.00

--Automáticos --Los demás -Los demás: --Eléctricos --Los demás RELOJES DE PULSERA, BOLSILLO Y SIMILARES (INCLUIDOS LOS CONTADORES DE TIEMPO DE LOS MISMOS TIPOS), EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 91.01. -Relojes de pulsera, eléctricos, incluso con contador de tiempo incorporado:

10 10

B B

10 10

B B

9101.91.00 9101.99.00 91.02

9102.11.00 9102.12.00 9102.19.00

--Con indicador mecánico solamente --Con indicador optoelectrónico solamente --Los demás -Los demás relojes de pulsera, incluso con contador de tiempo incorporado:

5 5 5

A A A

9102.21.00 9102.29.00

--Automáticos. --Los demás -Los demás. --Eléctricos --Los demás. DESPERTADORES Y DEMÁ S RELOJES DE PEQUEÑ OS MECANISMOS DE RELOJERÍA -Eléctricos. --Relojes de mesa, incluso los Relojes Despertadores y los de viaje --Los demás -Los demás. --Relojes de mesa, incluso los Relojes Despertadores y los de viaje --Los demás RELOJES DE TABLERO DE INSTRUMENTOS Y RELOJES SIMILARES, PARA AUTOMÓ VILES, AERONAVES, BARCOS O DEMÁ S VEHÍCULOS. LOS DEMÁ S RELOJES. -Despertadores: --Eléctricos --Los demás -Relojes de pared: --Eléctricos --Los demás -Los demás: --Eléctricos. --Los demás. APARATOS DE CONTROL DE TIEMPO Y CONTADORES DE TIEMPO, CON MECANISMO DE RELOJERÍA O MOTOR SINCRÓ NICO (POR EJEMPLO: REGISTRADORES DE ASISTENCIA, FECHADORES, CONTADORES). -Registradores de asistencia; fechadores y contadores

10 10

B B

10 5

B A

10 10

B B

10 10 15

B B B

10 10

B B

10 10

B B

10 10

B B

15

B

9102.91.00 9102.99.00 91.03 9103.10. 9103.10.10 9103.10.90 9103.90 9103.90.10 9103.90.90 9104.00.00 91.05 9105.11.00 9105.19.00 9105.21.00 9105.29.00 9105.91.00 9105.99.00 91.06

9106.10.00

Página 312 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9106.20.00 9106.90.00 9107.00.00

91.08 9108.11.00 9108.12.00 9108.19.00 9108.20.00 9108.91.00 9108.99.00 91.09

9109.11.00 9109.19.00 9109.90.00 91.10

9110.11.00 9110.12.00 9110.19.00 9110.90.00 91.11 9111.10.00 9111.20.00 9111.80.00 9111.90.00 91.12 9112.10.00 9112.80.00 9112.90.00 91.13 9113.10.00 9113.20.00 9113.90. 9113.90.10 9113.90.20 9113.90.30 9113.90.40 9113.90.50 9113.90.90 91.14 9114.10.00 9114.20.00 9114.30.00 9114.40.00 9114.90.00

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

-Parquímetros -Los demás INTERRUPTORES HORARIOS Y DEMÁ S APARATOS QUE PERMITAN ACCIONAR UN DISPOSITIVO EN UN MOMENTO DADO, MECANISMO DE RELOJERÍA O MOTOR SINCRÓ NICO. PEQUEÑ OS MECANISMOS DE RELOJERÍA, COMPLETOS Y MONTADOS. -Eléctricos. --Con indicador mecánico solamente o dispositivo que permita incorporarlo

15 3 15

B A B

15

B

--Con indicador optoelectrónico solamente --Los demás -Automáticos -Los demás: --Que midan 33.8 mm ó menos --Los demás MECANISMOS DE RELOJERÍA, COMPLETOS Y MONTADOS, EXCEPTO LOS PEQUEÑ OS MECANISMOS. -Eléctricos. --De despertadores --Los demás. -Los demás MECANISMOS DE RELOJERÍA COMPLETOS, SIN MONTAR O PARCIALMENTE MONTADOS (“CHABLONS”); MECANISMOS DE RELOJERÍA INCOMPLETOS, MONTADOS; MECANISMOS DE RELOJERÍA EN BLANCO (“EBAUCHES”). -Pequeños mecanismos: --Mecanismos completos, sin montar o parcialmente montados (“chablons”).

15 15 15

B B B

15 15

B B

15 15 15

B B B

15

B

15 15 15

B B B

15 15 15 15

B B B C

15 15 15

C C C

10 10

C C

15 15 10 10

C B B B

15 10

B B

15 15 15 15 15

C C C C C

--Mecanismos incompletos, montados. --Mecanismos "en blanco" (“bauches”). -Los demás CAJAS DE LOS RELOJES DE LAS PARTIDAS Nos. 91.01 ó 91.02 y SUS PARTES. -Cajas de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué) -Cajas de metal común, incluso dorado o plateado. -Las demás cajas. -Partes CAJAS Y ENVOLTURAS SIMILARES PARA LOS DEMÁ S APARATOS DE RELOJERÍA Y SUS PARTES. -Cajas y envolturas similares de metal -Las demás cajas y envolturas similares. -Partes PULSERAS PARA RELOJ Y SUS PARTES. -de metal precioso o de chapado de metal precioso (plaqué) -De metal común, incluso dorado o plateado. -Las demás: --De materiales plásticos artificiales. --De cuero natural, artificial o regenerado. --De material textil. --De manufacturas de perlas finas, de piedras preciosas y semipreciosas o de piedras sintéticas o reconstruidas. --De caucho. --Los demás. LAS DEMÁ S PARTES DE APARATOS DE RELOJERÍA -Muelles (resortes), incluidas las espirales. -Piedras -Esferas o cuadrantes -Platinas y puentes -Las demás

Página 313 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

5 5 5

A A A

10 10 10

B B B

10 10

B B

10 10 10

B B B

5 10

A B

15 10

B B

10 10

B B

15

B

10 10 15

B C B

15 15 15 15 10

B B B B B

15 10

B B

CAPITULO 92 92 92.01 9201.10.00 9201.20.00 9201.90.00 92.02 9202.10.00 9202.90.00 9203.00.00 92.04 9204.10.00 9204.20.00 92.05 9205.10.00 9205.90.00 9206.00.00

92.07

9207.10.00 9207.90.00 92.08

9208.10 9208.10.10 9208.10.90 9208.90 9208.90.10 9208.90.20 9208.90.90 92.09

9209.10.00 9209.20.00 9209.30.00 9209.91 9209.91.10 9209.91.90 9209.92.00 9209.93.00 9209.94.00 9209.99 9209.99.10 9209.99.90

INSTRUMENTOS MUSICALES; SUS PARTES Y ACCESORIOS PIANOS, INCLUSO AUTOMÁ TICOS; CLAVECINES Y DEMÁ S INSTRUMENTOS DE CUERDA CON TECLADO. -Pianos verticales -Pianos de cola. -Los demás. LOS DEMÁ S INSTRUMENTOS MUSICALES DE CUERDA (POR EJEMPLO: GUITARRAS, VIOLINES, ARPAS). -De arco. -Los demás. Ó RGANOS DE TUBOS Y TECLADO; ARMONIOS E INSTRUMENTOS SIMILARES DE TECLADO Y LENGÜ ETAS METÁ LICAS LIBRES. ACORDEONES E INSTRUMENTOS SIMILARES; ARMÓ NICAS -Acordeones e instrumentos similares. -Armónicas. LOS DEMÁ S INSTRUMENTOS MUSICALES DE VIENTO (POR EJEMPLO: CLARINETES, TROMPETAS, GAITAS). -Instrumentos llamados "metales". -Los demás INSTRUMENTOS MUSICALES DE PERCUSIÓ N (POR EJEMPLO: TAMBORES, CAJAS, XILÓ FONOS, PLATILLOS, CASTAÑ UELAS, MARACAS). INSTRUMENTOS MUSICALES EN LOS QUE EL SONIDO SE PRODUZCA O TENGA QUE AMPLIFICARSE ELÉ CTRICAMENTE (POR EJEMPLO: Ó RGANOS, GUITARRAS, ACORDEONES). -Instrumentos de teclado, excepto los acordeones. -Los demás. CAJAS DE MÚ SICA, ORQUESTRIONES, ORGANILLOS, PÁ JAROS CANTORES, SIERRAS MUSICALES Y DEMÁ S INSTRUMENTOS MUSICALES NO COMPRENDIDOS EN OTRA PARTIDA DE ESTE CAPÍTULO; RECLAMOS DE CUALQUIER CLASE; SILBATOS, CUERNOS Y DEMÁ S INSTRUMENTOS DE BOCA, DE LLAMADA O AVISO. -Cajas de música. --Cofres y joyeros musicales. --Los demás -Los demás. --Organillos y pájaros cantores --Reclamos de cualquier clase e instrumentos de boca para llamada o aviso. --Los demás. PARTES (POR EJEMPLO: MECANISMOS DE CAJAS DE MÚ SICA) Y ACCESORIOS (POR EJEMPLO: TARJETAS, DISCOS Y ROLLOS PARA APARATOS MECÁ NICOS) DE INSTRUMENTOS MUSICALES; METR Ó NOMOS Y DIAPASONES DE CUALQUIER TIPO. -Metrónomos y diapasones. -Mecanismos de cajas de música. -Cuerdas armónicas. -Los demás --Partes y accesorios de pianos. ---Cajas para pianos e instrumentos similares. ---Los demás. --Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida No. 92.02. --Partes y accesorios de instrumentos musicaes de la partida No. 92.03. --Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida No. 92.07. --los demás. ---Partes y accesorios de los instrumentos de viento y percusión. ---Los demás.

Página 314 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

RESTR

A

15

B

15 15

B B

15 15 15

B B B

15

B

15 15

B B

RESTR 15

A B

15

B

15

B

15 15

B B

RESTR 15

A B

RESTR 10 10 15

A B B B

RESTR 15

A B

CAPITULO 93 93 9301.00.00 9302.00.00 93.03

9303.10.00 9303.20.00 9303.30.00 9303.90.00 9304.00.00

93.05 9305.10.00 9305.21.00 9305.29.00 9305.90. 9305.90.10 9305.90.90 93.06

9306.10.00

9306.21.00 9306.29 9306.29.10 9306.29.90 9306.30 9306.30.10 9306.30.90 9306.90 9306.90.10 9306.90.20 9306.90.30 9306.90.90 93.07 9307.00.10 9307.00.90

ARMAS Y MUNICIONES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS ARMAS DE GUERRA, EXCEPTO LOS REVÓ LVERES, PISTOLAS Y ARMAS BLANCAS. REVÓ LVERES Y PISTOLAS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS Nos. 93.03 ó 93.04 LAS DEMÁ S ARMAS DE FUEGO Y ARTEFACTOS SIMILARES QUE UTILICEN LA DEFLAGRACIÓ N DE PÓ LVORA (POR EJEMPLO: ARMAS DE CAZA, ARMAS DE AVANCARGA, PISTOLAS LANZACOHETE Y DEMÁ S ARTEFACTOS CONCEBIDOS Ú NICAMENTE PARA LANZAR COHETES DE SEÑ AL, PISTOLAS Y REVÓ LVERES DE FOGUEO, PISTOLAS DE MATARIFE, CAÑ ONES LANZACABO). -Armas de avancarga. -Las demás armas largas de caza o tiro deportivo que tengan, por lo menos, un cañón de ánima lisa. -Las demás armas largas de caza o tiro deportivo -Las demás. LAS DEMÁ S ARMAS (POR EJEMPLO: ARMAS LARGAS Y PISTOLAS DE MUELLE (RESORTE), AIRE COMPRIMIDO O GAS, PORRAS), EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 93.07. PARTES Y ACCESORIOS DE LOS ARTÍCULOS DE LAS PARTIDAS Nos. 93.01 a 93.04. -De revólver o pistola. -De armas largas de la partida No. 93.03 --Cañones de ánima lisa. --Los demás. -Los demás. --De armas de guerra. --Los demás. BOMBAS, GRANADAS, TORPEDOS, MINAS, MISILES, CARTUCHOS Y DEMÁ S MUNICIONES Y PROYECTILES, Y SUS PARTES, INCLUIDAS LAS POSTAS, PERDIGONES Y TACOS PARA CARTUCHOS. -Cartuchos para pistolas de remachar o usos similares, para pistolas de matarife, y sus partes. -Cartuchos para armas largas con cañón de ánima lisa y sus partes; balines para armas de aire comprimido. --Cartuchos. --Los demás. ---Balines para armas de aire comprimido. ---Los demás. -Los demás cartuchos y sus partes. --Para armas de guerra y sus partes. --Los demás. -Los demás. --Las demás municiones, proyectiles y granadas de guerra y sus partes. --Arpones y puntas para arpones. --Partes para armas de deportes acuáticos. --Los demás. SABLES, ESPADAS, BAYONETAS, LANZAS Y DEMÁ S ARMAS BLANCAS, SUS PARTES Y FUNDAS. -Armas blancas para usos militares. -Los demás.

Página 315 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 10 15

C B C

10 15 10 15

A A A A

15 15 15

C A A

15 15 15 15

C C C C

15 15

C B

15 15

B B

15 15

B B

12.5 15

B B

3

A

3 3 15

A A B

15 15 15

C C C

15

C

CAPITULO 94 94

94.01 9401.10 9401.10.10 9401.10.20 9401.10.90 9401.20 9401.20.10 9401.20.20 9401.20.30 9401.20.90 9401.30 9401.30.10 9401.30.20 9401.30.90 9401.40 9401.40.10 9401.40.20 9401.40.90 9401.50.00 9401.61.00 9401.69.00 9401.71 9401.71.10 9401.71.90 9401.79 9401.79.10 9401.79.90 9401.80 9401.80.10 9401.80.90 9401.90. 9401.90.10 9401.90.20 9401.90.30 9401.90.90 94.02

9402.10 9402.10.11 9402.10.12 9402.10.19 9402.10.91

MUEBLES; MOBILIARIO MEDICOQUIRÚ RGICO; ARTÍCULOS DE CAMA Y SIMILARES; APARATOS DE ALUMBRADO NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS LUMINOSOS Y ARTÍCULOS SIMILARES; CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS. ASIENTOS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 94.02), INCLUSO LOS TRANSFORMABLES EN CAMA, Y SUS PARTES. -Asientos del tipo de los utilizados en aeronaves. --Con armazón de madera. --Con armazón de metal. --Los demás. -Asientos del tipo de los utilizados en vehículos automóviles. --Asiento para llevar niños dentro del automóvil, de cualquier materia. --Los demás asientos con armazón de madera. --Los demás asientos con armazón de metal. --Los demás. -Asientos giratorios de altura ajustable. --Con armazón de madera. --Con armazón de metal. --Los demás. -Asientos transformables en cama, excepto el material de acampar o de jardín. --Con armazón de madera. --Con armazón de metal. --Los demás. -Asientos de roten (ratán), mimbre, bambú o materias similares. -Los demás asientos, con armazón de madera: --Con relleno. --Los demás. -Los demás asientos, con armazón de metal: --Con relleno. ---Fijas para teatros. ---Los demás.. --Los demás. ---Fijas para teatros. ---Los demás. -Los demás asientos. --Sillas y Asientos de materiales plásticos artificiales para niños. --Los demás. -Partes. --Bases de metal; mecanismos para asientos giratorios de altura ajustable; bastidores de metal --Conchas plásticas moldeadas para fabricar sillas --Conchas de madera contrachapada para fabricar sillas --Las demás. MOBILIARIO PARA MEDICINA, CIRUGÍA, ODONTOLOGÍA O VETERINARIA (POR EJEMPLO: MESAS DE OPERACIONES O DE RECONOCIMIENTO, CAMAS CON MECANISMO PARA USO NICO, SILLONES DE DENTISTA); SILLONES DE PELUQUERÍA Y SILLONES SIMILARES, CON DISPOSITIVOS DE ORIENTACIÓ N Y ELEVACIÓ N; PARTES DE ESTOS ARTÍCULOS. -Sillones de dentista, de peluquería y sillones similares, y sus partes. --Sillones de dentista, de peluquería y sillones similares: ---Con armazón de madera. ---Con armazón de metal. ---Los demás. --Partes: ---De madera.

Página 316 de 327

CLÍ

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9402.10.92 9402.10.99 9402.90. 9402.90.11 9402.90.12 9402.90.19 9402.90.91 9402.90.92 9402.90.99 94.03 9403.10 9403.10.11 9403.10.12 9403.10.19 9403.10.91 9403.10.99 9403.20. 9403.20.11 9403.20.12 9403.20.13 9403.20.14 9403.20.19 9403.20.91 9403.20.92 9403.20.93 9403.20.99 9403.30 9403.30.10 9403.30.90 9403.40 9403.40.10 9403.40.90 9403.50 9403.50.10 9403.50.90 9403.60. 9403.60.11 9403.60.19 9403.60.90 9403.70 9403.70.11 9403.70.19 9403.70.91 9403.70.99 9403.80.00 9403.90.00

DESCRIPCION ---De metal. ---Los demás. --Los demás mobiliarios excepto partes. ---Con armazón de madera. ---Con armazón de metal. ---Los demás. --Partes: ---De madera. ---De metal. ---Los demás. LOS DEMÁ S MUEBLES Y SUS PARTES. -Muebles de metal del tipo de los utilizados en oficinas --Que descansen en el suelo. ---Archivadores para planos. ---Los demás archivadores. ---Los demás. --Las demás: ---Armarápidos y tablillas, armadas o no. ---Los demás. -Los demás muebles de metal. --Que descansen en el suelo. ---Nevera para hielo. ---Catres de campaña. ---Exhibidores de mercancías ---Estanterías y Góndolas ---Los demás. --Los demás. ---Armarápidos y tablillas, armados o no. ---Gabinetes de baño. ---Exhibidores de mercancías ---Los demás. -Muebles de madera del tipo de los utilizados en oficinas --Que descansen en el suelo. --Los demás. -Muebles de madera del tipo de los utilizados en cocinas --Que descansen en el suelo. --Los demás. -Muebles de madera del tipo de los utilizados en dormitorios. --Catres de campaña. --Los demás. -Los demás muebles de madera. --Que descansen en el suelo: ---Cajas de alcanforero. ---Los demás. ---Los demás. -Muebles de plástico. --Que descansen en el suelo. ---Exhibidores de mercancías. ---Los demás --Los demás ---Exhibidores de mercancías. ---Los demás. -Muebles de otras materias, incluidos el roten (ratán), mimbre, bambú materias similares. -Partes.

Página 317 de 327

o

TASA BASE

PLAZO

15 15

C C

15 15 15

C C C

15 15 15

C C C

15 15 15

B B B

15 15

C C

15 15 5 15 15

C B C C C

15 5 5 15

C C C C

15 15

B B

15 15

C B

15 15

C B

15 15 15

B B B

5 10

C C

5 15 15

B C B

15

B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 94.04

9404.10. 9404.10.10 9404.10.90 9404.21.00 9404.29.00 9404.30.00 9404.90. 9404.90.11 9404.90.12 9404.90.19 9404.90.20 9404.90.90 94.05

9405.10

9405.10.10 9405.10.20 9405.10.30

9405.10.41 9405.10.49 9405.10.51 9405.10.59 9405.10.90 9405.20. 9405.20.10 9405.20.20

9405.20.31 9405.20.39 9405.20.40 9405.20.90 9405.30 9405.30.10 9405.30.90 9405.40. 9405.40.10 9405.40.20 9405.40.30

9405.40.41

DESCRIPCION SOMIERES; ARTÍCULOS DE CAMA Y SOMIERES; ARTÍCULOS DE CAMA Y PLO: COLCHONES, CUBREPIÉ S, EDREDONES, COJINES, PUFES, ALMOHADAS), BIEN CON MUELLES (RESORTES), BIEN RELLENOS O GUARNECIDOS INTERIORMENTE CON CUALQUIER MATERIA, INCLUIDOS LOS DE CAUCHO O PLÁ STICO CELULARES, RECUBIERTOS O NO. -Somieres. --Bastidores de metal con muelles o bien con flejes de enrejado de alambre, sin tapizar. --Los demás. -Colchones. --de caucho o plástico celulares, recubiertos o no --De otras materias. -Sacos (bolsas) de dormir. -Los demás. --Almohadas, almohadones, asientos y cojines: ---Eléctricos. ---Los demás de caucho no neumático. ---Los demás. --Mantas, colchas y cubrecamas. --Los demás. APARATOS DE ALUMBRADO (INCLUIDOS LOS PROYECTORES) Y SUS PARTES, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE; ANUNCIOS, LETREROS Y PLACAS INDICADORAS LUMINOSOS Y ARTÍCULOS SIMILARES, CON FUENTE DE LUZ INSEPARABLE, Y SUS PARTES NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE. -Lámparas y demás aparatos eléctricos de alumbrado, para colgar o fijar al techo o a la pared, excepto los del tipo de los utilizados para el alumbrado de espacios o vías públicos. --Proyectores de todo tipo. --Los demás de materia plástica. --Las demás de paja, mimbre, juncos, cintas de madera o de materias trenzables del capítulo 46. --Las demás de cerámica. ---De loza o porcelana. ---Las demás. --Los demás de metales comunes. ---Lámparas fluorescentes del tipo utilizado en cielorazo suspendido (comerciales e industriales). ---Las demás. --Las demás. -Lámparas eléctricas de cabecera, mesa, oficina o de pie. --De materia plástica. --De paja, de mimbre, juncos, cintas de madera o de materias trenzables del Capítulo 46. --De cerámica: ---De loza o porcelana. ---Los demás. --De metales comunes. --Los demás. -Guirnaldas eléctricas del tipo de las utilizadas en árboles de Navidad. --Con bombillos --Las demás -Los demás aparatos eléctricos de alum brado. --Proyectos de todo tipo. --Los demás de materia plástica. --Los demás de paja, mimbre, juncos, cintas de madera o de materias trenzables del Capítulo 46. --Las demás de cerámicas. ---De loza o de porcelana.

Página 318 de 327

TASA BASE

PLAZO

15

C

15

C

15 15 15

C C C

15 15 15 15 15

B B B B B

15 10 15

B A A

15 5

A A

10

A

10 15

A A

10 15

A A

15 10 10 15

A A A A

10 10

A A

15 10 15

A B A

15

C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9405.40.49 9405.40.50 9405.40.90 9405.50. 9405.50.10 9405.50.20

9405.50.31 9405.50.39 9405.50.40 9405.50.51 9405.50.59 9405.50.90 9405.60.00 9405.91. 9405.91.10 9405.91.90 9405.92.00 9405.99. 9405.99.10

9405.99.21 9405.99.29 9405.99.31 9405.99.32 9405.99.33 9405.99.39 9405.99.90 94.06 9406.00.10 9406.00.21 9406.00.29 9406.00.30 9406.00.40 9406.00.51 9406.00.59 9406.00.61 9406.00.69 9406.00.71 9406.00.79 9406.00.90

DESCRIPCION ---Las demás. --Las demás de metales comunes. --Las demás. -Aparatos de alumbrado no eléctricos. --De materia plástica. --De paja, mimbre, juncos, cinta de madera o de materias trenzables del Capí tulo 46. --De cerámica. ---De loza o porcelana. ---Los demás. --De vidrio. --De metales comunes: ---Lámparas o linternas de petróleo. ---Los demás. --Los demás. -Anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares. -Partes. --De vidrio. ---De alumbrado no eléctrico. ---Las demás. --De plástico. --Las demás. ---De paja, mimbre, junco, cintas de madera o de materias trenzables del Capí tulo 46. ---De cerámica. ----De loza o porcelana. ----Las demás. ---De metales comunes: ----Para lámparas de alumbrado no eléctrico. ----Para lámpara fluorescentes del tipo utilizado en cielorazo suspendido (comerciales e industriales). ----Para proyectores. ----Las demás. ---Las demás. CONSTRUCCIONES PREFABRICADAS. -De material plástico. -De madera: --Edificaciones. --Las demás. -Manufacturas de cemento, hormigón o piedra artificial, incluidas las manufacturas de cemento de escorias o de terrazo. -De cerámica. -De hierro o acero: --Edificaciones. --Las demás. -De aluminio: --Edificaciones. --Las demás. -De cinc: --Edificaciones. --Las demás. -Las demás.

Página 319 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10 15

B A A

10 15

B C

15 10 15

C B C

15 15 15 15

C C B B

15 10 10

C B B

15

B

15 10

B B

15 15

B B

15 10 15

B B B

10

B

15 15 15

C B C

15

C

15 15

C B

15 15

C C

15 10 15

C B C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

10

A

10

C

10

C

10

C

10

B

10

B

10

B

15 10

C C

15 10 10 10 10 10 10

C C B B B B B

RESTR 15 15 5 15

A C A A C

10 15

B B

RESTR 15 15

A C B

10 15

C C

RESTR

A

CAPITULO 95 95 9501.00.00

95.02 9502.10.00 9502.91.00 9502.99.00 95.03

9503.10.00 9503.20.00 9503.30.00 9503.41. 9503.41.10 9503.41.90 9503.49 9503.49.10 9503.49.90 9503.50.00 9503.60.00 9503.70.00 9503.80.00 9503.90.00 95.04

9504.10. 9504.10.11 9504.10.12 9504.10.19 9504.10.20 9504.10.90 9504.20 9504.20.10 9504.20.90 9504.30 9504.30.10 9504.30.20 9504.30.90 9504.40. 9504.40.10 9504.40.90 9504.90. 9504.90.11

JUGUETES, JUEGOS Y ARTÍCULOS PARA RECREO O DEPORTE; SUSPARTES Y ACCESORIOS. JUGUETES DE RUEDAS CONCEBIDOS PARA QUE SE MONTEN LOS NIÑ OS (POR EJEMPLO: TRICICLOS, PATINETES, MONOPATINES, COCHES DE PEDAL); COCHES Y SILLAS DE RUEDAS PARA MUÑ ECAS O MUÑ ECOS MUÑ ECAS Y MUÑ ECOS QUE REPRESENTEN SOLAMENTE SERES HUMANOS. -Muñecas y muñecos, incluso vestidos -Partes y accesorios: --Prendas y sus complementos (accesorios), de vestir, calzado, y sombreros y demás tocados --Los demás LOS DEMÁ S JUGUETES; MODELOS REDUCIDOS A ESCALA Y MODELOS SIMILARES, PARA ENTRETENIMIENTO, INCLUSO ANIMADOS; ROMPECABEZAS DE CUALQUIER CLASE. -Trenes eléctricos, incluidos los carriles (rieles), señales y demás accesorios -Modelos reducidos a escala para ensamblar , incluso animados, excepto los de la subpartida No. 9503.10. -Los demás juegos o surtidos y juguetes de construcción -Juguetes que representen animales o seres no humanos: --Rellenos. ---Figuras de peluche ---Los demás --Los demás. ---Figuras de peluche ---Los demás -Instrumentos y aparatos, de música, de juguete -Rompecabezas -Los demás juguetes presentados en juegos o surtidos o en panoplias. -Los demás juguetes y modelos, con motor -Los demás ARTÍCULOS PARA JUEGOS DE SOCIEDAD, INCLUIDOS LOS JUEGOS CON MOTOR O MECANISMO, BILLARES, MESAS ESPECIALES PARA JUEGOS DE CASINO Y JUEGOS DE BOLOS AUTOMÁ TICOS. -Videojuegos del tipo de los utilizados con receptor de televisión. --Accionados por moneda o fichas. ---Que distribuyan premios en efectivo. ---Que distribuyen premios en mercancías. ---Los demás --Los demás que se conectan a un receptor de televisión. --Los demás. -Billares y sus accesorios. de los tipos para el entretenimiento de los niños --Los demás. -Los demás juegos activados con monedas o fichas, excepto los juegos de bolos automáticos. --Que distribuyen premios en efectivo. --Que distribuyen premios en mercancías. --Los demás. -Naipes (barajas). --Para niños. --Los demás. -Los demás: --Juegos de bolos automáticos. ---activados por monedas y que pagan premios en efectivo

Página 320 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

9504.90.12

---Los demás activados por monedas y distribuyen premios en mercancías.

15

C

9504.90.19

---Los demás. --Los demás juegos de bolos. ---Para niños. ---Los demás. --Los demás juegos de suerte o azar, del tipo de los utilizados en los casinos o lugares públicos. ---Con sistema mecánico o con motor. ---Los demás. --Los demás juegos para niños. --Juegos de mesa. --Los demás. ARTÍCULOS PARA FIESTAS, CARNAVAL U OTRAS DIVERSIONES, INCLUIDOS LOS DE MAGIA Y ARTÍCULOS SORPRESA. -Artículos para fiestas de Navidad. --Figuras para nacimientos. --Los demás -Los demás. ARTÍCULOS Y MATERIAL PARA CULTURA FÍSICA, GIMNASIA, ATLETISMO, DEMÁ S DEPORTES (INCLUIDO EL TENIS DE MESA) O PARA JUEGOS AL AIRE LIBRE, NO EXPRESADOS NI COMPRENDIDOS EN OTRA PARTE DE ESTE CAPÍTULO; PISCINAS, INCLUSO INFANTILES. -Esquís para nieve y demás artículos para práctica del esquí de nieve: --Esquís. --Fijadores de esquí. --Los demás. -Esquís acuáticos, tablas, deslizadores de vela y demás artículos para práctica de deportes náuticos: --Deslizadores de vela. --Los demás. -Palos de golf ("clubs") y demás artículos para golf: --Palos de golf ("clubs") completos. --Pelotas. --Los demás. -Artículos y material para tenis de mesa. -Raquetas de tenis, "badminton" o similares, incluso sin cordaje: --Raquetas de tenis, incluso sin cordaje. --Las demás. -Balones y pelotas, excepto las de golf o tenis de mesa: --Pelotas de tenis. --Inflables. ---De fútbol, de baloncesto. ---Los demás. --Los demás. ---Pelotas de béisbol, "sofball”. ---Los demás. -Patines para hielo y patines de ruedas, incluidos el calzado con patines fijos.

15

C

10 15

B C

15 15 10 10 15

C C B B C

15 10 15

C C C

5 5 5

A A A

5 5

A A

5 5 5 5

A A A A

5 5

A A

5

A

5 5

A A

5 5 5

A A A

5

A

10

B

10 5

B A

9504.90.21 9504.90.29

9504.90.31 9504.90.39 9504.90.40 9504.90.50 9504.90.90 95.05 9505.10. 9505.10.10 9505.10.90 9505.90.00 95.06

9506.11.00 9506.12.00 9506.19.00

9506.21.00 9506.29.00 9506.31.00 9506.32.00 9506.39.00 9506.40.00 9506.51.00 9506.59.00 9506.61.00 9506.62 9506.62.10 9506.62.90 9506.69. 9506.69.10 9506.69.90 9506.70.00

9506.91.00 9506.99 9506.99.10 9506.99.91 9506.99.99

-Los demás: --artículos y material para cultura física, gimnasia o atletismo --Los demás. ---Columpios, toboganes, etc. de materiales plásticos. ---Los demás. ----Piscinas infantiles de materiales plásticos. ----Los demás.

Página 321 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 95.07

9507.10.00 9507.20.00 9507.30.00 9507.90. 9507.90.10 9507.90.20 9507.90.30 9507.90.90 9508.00.00

DESCRIPCION CAÑ AS DE PESCAR, ANZUELOS Y DEMÁ S ARTÍCULOS PARA LA PESCA CON CAÑ A; SALABARDOS, CAZAMARIPOSAS Y REDES SIMILARES; SEÑ UELOS (EXCEPTO LOS DE LA PARTIDAS Nos. 92.08 ó 97.05) Y ARTÍCULOS DE CAZA SIMILARES. -Cañas de pescar. -Anzuelos, incluso con brazolada (sotileza). -Carretes de pesca. -Los demás: --Sedales. --Señuelos. --Cazamariposas y salabardos. --Los demás. TIOVIVOS, COLUMPIOS, CASETAS DE TIRO Y DEMÁ S ATRACCIONES DE FERIA; CIRCOS, ZOOLÓ GICOS Y TEATROS, AMBULANTES

Página 322 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 10 10

B B B

15 10 15 10 15

C B C B C

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

15 10

C B

15 10

C B

10

B

10 15

B C

15

C

5 10

A B

3 15

A C

LIBRE 15 15 10 15

A C C B C

3 10

A B

15 15 15

C C C

CAPITULO 96 96 96.01

9601.1 9601.10.10 9601.10.90 9601.90 9601.90.10 9601.90.90 96.02

9602.00.10 9602.00.20 9602.00.90 96.03

9603.10.00

9603.21.00 9603.29.00 9603.30 9603.30.10 9603.30.90 9603.40

9603.40.11 9603.40.19 9603.40.20 9603.40.30 9603.40.90 9603.50. 9603.50.10 9603.50.90 9603.90 9603.90.11 9603.90.19 9603.90.20

MANUFACTURAS DIVERSAS MARFIL, HUESO, CONCHA (CAPARAZÓ N) DE TORTUGA, CUERNO, ASTA, CORAL, NÁ CAR Y DEMÁ S MATERIAS ANIMALES PARA TALLAR, TRABAJADAS, Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS (INCLUSO LAS OBTENIDAS POR MOLDEO). -Marfil trabajado y sus manufacturas. --Manufacturas. --Los demás. -Los demás. --Manufacturas. --Las demás. MATERIAS VEGETALES O MINERALES PARA TALLAR, TRABAJADAS, Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS; MANUFACTURAS MOLDEADAS O TALLADAS DE CERA, PARAFINA, ESTEARINA, GOMAS O RESINAS NATURALES O PASTA PARA MODELAR Y DEMÁ S MANUFACTURAS MOLDEADAS O TALLADAS NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE; GELATINA SIN ENDURECER TRABAJADA, EXCEPTO LA DE LA PARTIDA No. 35.03, Y MANUFACTURAS DE GELATINA SIN ENDURECER. -Materias vegetales o minerales para tallar, trabajada incluso sus manufacturas. -Cápsulas de gelatina. -Las demás. ESCOBAS, CEPILLOS Y BROCHAS, AUNQUE SEAN PARTES DE MÁ QUINAS, APARATOS O VEHÍCULOS, ESCOBAS MECÁ NICAS DE USO MANUAL, EXCEPTO LAS DE MOTOR, PINCELES Y PLUMEROS; CABEZAS PREPARADAS PARA ARTÍCULOS DE CEPILLERÍA; ALMOHADILLAS Y RODILLOS, PARA PINTAR; RASQUETAS DE CAUCHO O MATERIA FLEXIBLE ANÁ LOGA. -Escobas y escobillas de ramitas u otra materia vegetal atada en haces, incluso con mango. -Cepillos de dientes, brochas de afeitar, Cepillos para cabello, pestañas o u ñas y demás cepillos para aseo personal, incluidos los que sean partes de aparatos: --Cepillos de dientes, incluidos los cepillos para dentaduras postizas. --Los demás. -Pinceles y brochas para pintura artística, pinceles para escribir y pinceles similares para aplicación de cosméticos: --Pinceles y brochas para cosméticos. --Las demás -Pinceles y brochas para pintar, enlucir, barnizar o similares (excepto los de la subpartida No. 9603.30); almohadillas y rodillos, para pintar. --Pinceles y brochas: ---Pinceles para teñir calzados ---Los demás --Rodillos para pintar sin montar en un mango. --Portarrodillo de pintar. --Los demás. -Los demás Cepillos que constituyan partes de máquinas, aparatos o vehículos. --Cepillos para máquinas. --Los demás -Los demás: --Cabezas preparadas para artículos de cepillería, excepto fregonas. ---Para Cepillos de dientes, brochas de afeitar y para pintar ---Las demás. --Fregonas para el suelo (trapeador), incluso sin aljofifas o estropajos.

Página 323 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9603.90.30

9603.90.41 9603.90.49 9603.90.50

9603.90.61 9603.90.69 9603.90.70 9603.90.91 9603.90.92 9603.90.99 96.04 9604.00.11 9604.00.12 9604.00.19 9604.00.90 9605.00.00

96.06

9606.10.00 9606.21.00 9606.22.00 9606.29.00 9606.30.00 96.07 9607.11.00 9607.19.00 9607.20.00 96.08

9608.10.00 9608.20.00 9608.31.00 9608.39.00 9608.40.00 9608.50.00 9608.60.00 9608.91.00 9608.99.00 96.09

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

--Armaduras para fregonas, sin mango, alijofifas o estropajos. --Cepillos para lavar ropa, fregar pisos, limpieza de sanitarios, cepillos montados sobre alambres torcidos para la limpieza de botellas, biberones, sanitarios y similares. ---De fibras vegetales o de fibras plásticas, sintéticas o artificiales. ---Los demás. --Escobas mecánicas de uso manual, excepto Las de motor --Las demás escobas, escobillas, cepillos, escobas, escobillones, escobines y artículos similares, incluso para recoger migas. ---De fibras vegetales o de fibras plásticas artificiales o similares. ---Los demás. --Plumeros y sacudidores similares. --Los demás. ---Cepillos de alambre. ---Cepillos de caucho o de plástico moldeado en una sola pieza. --Los demás. TAMICES, CEDAZOS Y CRIBAS, DE MANO. -Del tipo de cocina. --Coladores de café. --Los demás de materias plásticas artificiales. --Los demás. -Los demás. JUEGOS O SURTIDOS DE VIAJE PARA ASEO PERSONAL, COSTURA O LIMPIEZA DEL CALZADO O DE PRENDAS DE VESTIR. BOTONES Y BOTONES DE PRESIÓ N; FORMAS PARA BOTONES Y DEMÁ S PARTES DE BOTONES O DE BOTONES DE PRESIÓ N; ESBOZOS DE BOTONES. -Botones de presión y sus partes. -Botones: --De plástico, sin forrar con materia textil. --de metal común, sin forrar con materia textil --Los demás. -Formas para botones y demás partes de botones; esbozos de botones. CIERRES DE CREMALLERA (CIERRES RELÁMPAGO ) Y SUS PARTES -Cierres de cremallera (cierres relámpago): --Con dientes de metal común. --Los demás. -Partes. BOLÍGRAFOS; ROTULADORES Y MARCADORES CON PUNTA DE FIELTRO U OTRA PUNTA POROSA; ESTILOGRÁ FICAS Y DEMÁ S PLUMAS; ESTILETES O DEMÁ S PLUMAS; ESTILETES O GRAFO (STENCILS); PORTAMINAS; PORTAPLUMAS, PORTALÁ PICES Y ARTÍCULOS SIMILARES; PARTES DE ESTOS ARTÍCULOS (INCLUIDOS LOS CAPUCHONES Y SUJETADORES), EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA No. 96.09.

15

C

15 10 15

C B C

15 15 15

C C C

15 10 10

C B B

15 15 15 3 15

C C C A C

3

A

3 3 3 3

A A A A

3 3 3

A A A

-Bolígrafos. -Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa. -Estilográficas y demás plumas: -- Para dibujar con tinta china. --Las demás. -Portaminas. -Juegos de artículos pertenecientes, por lo menos, a dos de las subpartidas anteriores. -Cartuchos de repuesto con su punta para bolígrafo. -Los demás: --Plumillas y puntos para plumillas. --Los demás. LÁ PICES, MINAS, PASTELES, CARBONCILLOS, TIZAS PARA ESCRIBIR O DIBUJAR Y JABONCILLOS (TIZAS) DE SASTRE

10 10

A B

10 10 10 10

B B A A

10

A

10 10

C C

Página 324 de 327

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9609.10 9609.10.10 9609.10.20. 9609.10.90 9609.20.00 9609.90 9609.90.10 9609.90.90 96.10 9610.00.10 9610.00.90 9611.00.00

96.12

9612.10.00 9612.20.00 96.13 9613.10.00 9613.20.00 9613.30.00 9613.80.00 9613.90.00 96.14 9614.20.00 9614.90. 9614.90.10 9614.90.90 96.15

9615.11.00 9615.19 9615.19.10 9615.19.90 9615.90 9615.90.10 9615.90.90 96.16

9616.10.00 9616.20.00 9617.00.00

DESCRIPCION -Lápices: --Lápices de cera. --con funda protectora rígida de madera, y Minas negras de arcilla, grafito o carbón. --Los demás, incluso presentados en surtido de colores -Minas para lápices o portaminas. -Los demás. --Tizas para escribir o dibujar. --Las demás. PIZARRAS Y TABLEROS PARA ESCRIBIR O DIBUJAR, INCLUSO ENMARCADOS. -Tableros o pizarras para niños, incluso combinados con un ábaco. -Los demás. FECHADORES, SELLOS, NUMERADORES, TIMBRADORES Y ARTÍCULOS SIMILARES (INCLUIDOS LOS APARATOS PARA IMPRIMIR ETIQUETAS), DE MANO; COMPONEDORES E IMPRENTILLAS CON COMPONEDOR, DE MANO. CINTAS PARA MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y CINTAS SIMILARES, ENTINTADAS O PREPARADAS DE OTRO MODO PARA IMPRIMIR, INCLUSO EN CARRETES O CARTUCHOS; TAMPONES, INCLUSO CARTUCHOS; TAMPONES, INCLUSO IMPREGNADOS O CON CAJA. -Cintas. -Tampones. ENCENDEDORES Y MECHEROS, INCLUSO MECÁ NICOS O ELÉ CTRICOS, Y SUS PARTES, EXCEPTO LAS PIEDRAS Y MECHAS. -Encendedores de gas no recargables, de bolsillos. -Encendedores de gas recargables, de bolsillos. -Encendedores de mesa. -Los demás encendedores y mecheros. -Partes. PIPAS (INCLUIDAS LAS CAZOLETAS), BOQUILLAS PARA CIGARROS (PUROS) O CIGARRILLOS, Y SUS PARTES. -Pipas y cazoletas. -Las demás: --Boquillas para pipas. --Las demás. PEINES, PEINETAS, PASADORES Y ARTÍCULOS SIMILARES; HORQUILLAS; RIZADORES, BIGUDIES Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA EL PEINADO, EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA No. 85.16, Y SUS PARTES. -Peines, peinetas, pasadores y artículos similares: --De caucho endurecido o plástico. --Los demás. ---Peinetas talladas de materias de las partidas 96.01 y 96.02. ---Los demás peines, peinetas, pasadores y artículos similares. -Los demás. --Horquillas para el pelo de Los tipos ordinarios o corrientes de hierro o acero. --Los demás. PULVERIZADORES DE TOCADOR, SUS MONTURAS Y CABEZAS DE MONTURAS; BORLAS Y SIMILARES PARA APLICACIÓ N DE POLVOS, OTROS COSMÉ TICOS O PRODUCTOS DE TOCADOR. Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas. -Pulverizadores de tocador, sus monturas y cabezas de monturas. -Borlas y similares para aplicación de polvos, otros cosméticos o productos de tocador. TERMOS Y DEMÁ S RECIPIENTES ISOTÉ RMICOS, MONTADOS Y AISLADOS ISOTÉ RMICOS, MONTADOS Y AISLADOS (EXCEPTO LAS AMPOLLAS DE VIDRIO).

Página 325 de 327

TASA BASE

PLAZO

10 15

B C

10 10

B A

15 10

C C

10 15 15

B A C

10 15

B C

10 10 10 10 10

B B B B C

15

C

10 15

B C

15

C

10 15

B C

15

C

10

B

3

A

3

A

10

B

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO 9618.00.00

DESCRIPCION MANIQUÍES Y ARTÍCULOS SIMILARES; AUTÓ MATAS Y ESCENAS ANIMADAS PARA ESCAPARATES.

Página 326 de 327

TASA BASE

PLAZO

5

A

PROGRAMA DE DESGRAVACION ARANCELARIA DE LA REPUBLICA DE PANAMA CODIGO ARANCELARIO

DESCRIPCION

TASA BASE

PLAZO

LIBRE 10 15 15 15 LIBRE

A B C C C A

LIBRE

A

LIBRE

A

15

C

CAPITULO 97 97 97.01

9701.1 9701.10.10 9701.10.20 9701.10.90 9701.90.00 9702.00.00 9703.00.00 9704.00.00

9705.00.00

9706.00.00

OBJETOS DE ARTE O COLECCIÓ N Y ANTIGÜ EDADES PINTURAS Y DIBUJOS, HECHOS TOTALMENTE A MANO, EXCEPTO LOS DIBUJOS DE LA PARTIDA No. 49.06 Y ARTÍCULOS MANUFACTURADOS DECORADOS A MANO; "COLLAGES" Y CUADROS SIMILARES. -Pinturas y dibujos. --Sin marco, incluso montadas en bastidor. --Con marco de material plástico artificial. --Los demás. -Los demás. GRABADOS, ESTAMPAS Y LITOGRAFÍAS ORIGINALES. OBRAS ORIGINALES DE ESTATUARIA O ESCULTURA, DE CUALQUIER MATERIA. SELLOS (ESTAMPILLAS) DE CORREO, TIMBRES FISCALES, MARCAS POSTALES, SOBRES PRIMER DÍA, ENTEROS POSTALES, DEMÁ S ARTÍ CULOS FRANQUEADOS Y ANÁ LOGOS, BIEN OBLITERADOS, BIEN SIN OBLITERAR QUE NO TENGAN NI HAYAN DE TENER CURSO LEGAL EN EL PAÍS DE DESTINO. COLECCIONES Y ESPECÍMENES PARA COLECCIONES DE ZOOLOGÍ A, BOTÁ NICA, MINERALOGÍA O ANATOMÍA O QUE TENGAN INTERÉ S HISTÓ RICO, ARQUEOLÓ GICO, PALEONTOLÓ GICO, ETNOGRÁ FICO O NUMISMÁ TICO. ANTIGÜ EDADES DE MÁ S DE CIEN AÑ OS.

Página 327 de 327

Suggest Documents