PROCESO ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS

Página 1 de 20 Código: 2BS-FR-0034 PROCESO ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS Fecha: 27/06/2012 ACEPTACIÓN DE OFERTA MÍNIMA CUANTÍA Versión: 1 N° S – 20...
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Página 1 de 20 Código: 2BS-FR-0034

PROCESO ADQUIRIR BIENES Y SERVICIOS

Fecha: 27/06/2012

ACEPTACIÓN DE OFERTA MÍNIMA CUANTÍA

Versión: 1

N° S – 2016 –

POLICÍA NACIONAL

/ AREAD-GRUCO–2.25

Bogotá D.C. 12 de Febrero de 2016, Señores: INSTRUMENTOS Y AUTOMATIZACIONES INDUSTRIALES LTDA Gerente SANDRA LILIANA VILLATE LIEVANO CLL 76 NO. 20B - 24 OFC 207 EDIF CENTRUM Teléfono: 2129044 Bogotá D.C. Asunto: Aceptación Oferta Proceso PN CESAP MIC 08-02-48-2016

Con toda atención me permito informarle que la propuesta presentada por usted, el 03 de Febrero del 2016, dentro del proceso PN CESAP MIC 65 2016 cuyo objeto es “ADQUISICION DE DESHUMIFICADOR DE HUMEDAD PARA EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL”. Por la suma de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($ 1.764.894), ha sido aceptado por este Centro Social, CONTRATANTE

CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL. NIT: 830-028-714-3

ORDENADOR DEL Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARIN PIEDRAHITA GASTO CÉDULA DE 94.379.905 de Cali CIUDADANÍA N°. CARGO ADMINISTRADOR CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DISPOSICIÓN DE Resolución No 02822 del 16 de Julio de 2014 NOMBRAMIENTO RESOLUCIÓN DE Resolución N°. 05606 del 31 de Diciembre de 2014 DELEGACIÓN Nombre: INSTRUMENTOS Y AUTOMATIZACIONES INDUSTRIALES LTDA NIT 900208179-9 SANDRA LILIANA VILLATE LIEVANO Gerente C.C: 52.054.474 CONTRATISTA CIUDAD NOTIFICACIÓN: Bogota D.C. NOTIFICACION JUDICIAL CLL 76 NO. 20B - 24 OFC 207 EDIF CENTRUM Email: [email protected] Tel. 2129044

SUPERVISOR DEL CONTRATO

La supervisión del contrato, estará a cargo del Responsable del Grupo de Logística y el Responsable de Archivo del Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional, persona con conocimiento en la descripción técnica de los servicios solicitados, el cual sea designado por el Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional, quien tendrá amplio poder de decisión y facultades para ejercer la supervisión técnica y administrativa del contrato de conformidad con la resolución No 3256 del 2004, por la cual se reglamenta la actividad de los interventores, supervisores y coordinadores de los contratos y/o convenios en el Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional .

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El Centro Social de Agentes y Patrulleros, pagará al CONTRATISTA en forma total dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la presentación y radicación de la factura, previa expedición del recibo a satisfacción por parte del supervisor del contrato y una vez que se hayan entregado los BIENES de acuerdo a las especificaciones técnicas exigidas y presentación de los siguientes documentos: a) Factura Comercial o cuenta de cobro debidamente diligenciada por el CONTRATISTA, b) Recibo a satisfacción que expida el supervisor designado para este contrato. c) Certificación del pago a los aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad, así como los propios el SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, conforme a lo establecido en el artículo 50 de la ley 789 de 2002 adicionado por el artículo 1 de la ley 828 de 2003. EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS efectuará las deducciones a que haya lugar según las obligaciones tributarias que tenga el contratista ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional, de conformidad con la inscripción en el registro único tributario. Cualquier tipo de impuesto, que genere la ejecución del contrato, será a cargo del contratista. Si los documentos en referencia no se reciben dentro del plazo establecido ó que recibidos sean devueltos por inconsistencias como la falta de información o mal diligenciamiento de los mismos, el Centro Social de Agentes y Patrulleros, se obliga a la asignación nuevamente de turno, siempre y cuando se hubieren subsanado las observaciones y se haya cumplido con el trámite documental dentro del plazo indicado. Este pago podrá ser modificado previo el cumplimiento de los requisitos de Ley y con autorización del Administrador del Centro Social.

FORMA DE PAGO

El acta de entrega, aunque se encuentre suscrita por el supervisor del contrato, no implica el recibo o aprobación definitiva por parte del CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICÍA NACIONAL, respecto del bien y/o servicio suministrado y por consiguiente, no exime al CONTRATISTA de su responsabilidad en cuanto a la durabilidad, cantidad y buena calidad de lo contratado o de cualquier otra obligación contractual o de responsabilidad civil sea esta contractual o extracontractual. Todas las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del CONTRATISTA, quien no tendrá por ello derecho al pago de intereses de cualquier clase o compensación de ninguna naturaleza. Lo mismo se predicará en el caso en que el CONTRATISTA no elabore y presente las respectivas actas al CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICÍA NACIONAL. NOTA 1: Este pago podrá ser modificado previo el cumplimiento de los requisitos de Ley y con autorización del Administrador del Centro Social. NOTA 2: EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS, efectuará las deducciones a que haya lugar según las obligaciones tributarias que tenga el contratista ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacional, de conformidad con la inscripción en el registro único tributario. NOTA 3: cualquier tipo de impuesto, que genere la ejecución del contrato, será a cargo del contratista Los pagos se harán a la siguiente cuenta: NOMBRE BENEFICIARIO: INSTRUMENTOS INDUSTRIALES LTDA NIT: 900208179-9 CUENTA N°: 05242248891 TIPO DE CUENTA: Ahorros ENTIDAD FINANCIERA: BANCOLOMBIA

APROPIACION PRESUPUESTAL

Y

AUTOMATIZACIONES

Amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 55-1600000093 del 28/01/2016, expedido por la Jefe de Presupuesto del Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional.

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Para efectos legales, presupuestales y fiscales, el valor total del contrato asciende a la suma de UN MILLON SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($ 1.764.894), incluidos todos los costos directos e indirectos a que haya lugar para la ejecución del contrato, así como las deducciones, impuestos tasas y contribuciones de ley. ÍTEM

DESCRIPCIÓN

CANT

VALOR SIN IVA

1

DESHUMIFICADOR EXTRACTOR DE HUMEDAD, 220M3 APROXIMADAMENTE RECINTOS CERRADOS,4.5 LITROS, AUTOAPAGADO, DISPLAY DE NIVEL Y HUMEDAD DIGITALES, (20 LITROS) DE AGUA, 15.1X13.5X25.3”, BIONAIRE

1

$ 1.521.420

VALOR IVA

VALOR

$243.474

VALOR TOTAL ESTIMADO CON IVA

$1.764.894

TOTAL $1.764.894

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Las contempladas en el anexo N° 1 de esta aceptación de oferta. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de la aceptación de oferta, el CONTRATISTA deberá constituir y presentar a favor del CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, la Garantía Única que cubra los siguientes riesgos:

GARANTÍA ÚNICA: a) DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato (aceptación de la oferta), vigente por un término igual a la vigencia del contrato y cuatro meses más. b) CALIDAD DEL BIEN: Por el cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato (aceptación de la oferta), vigente por el plazo del contrato y doce meses más. SANCIONES GARANTÍA ÚNICA Y SANCIONES

c) MULTA POR INCUMPLIMIENTO PARCIAL.- En caso de mora o incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones derivadas del presente contrato por causas imputables al CONTRATISTA - salvo circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito conforme a las definiciones del artículo 1° de la Ley 95 de 1890 – las partes acuerdan que el CENTRO SOCIAL, mediante acto administrativo, afectará al CONTRATISTA con multas, cuyo valor se liquidará con base en el cero punto cinco por ciento (0,5%) del valor dejado de entregar, por cada día de retardo y hasta por quince (15) días calendario que se descontara del saldo que adeude la entidad. Esta sanción se impondrá conforme a la ley y se reportará a la Cámara de Comercio competente de conformidad con lo previsto en el artículo 6° de la ley 1150 de 2007. d) MULTA POR LA NO CONSTITUCIÓN DENTRO DEL TÉRMINO Y EN LA FORMA PREVISTA EN EL CONTRATO, O EN ALGUNO DE SUS MODIFICATORIOS DE LA PÓLIZA DE GARANTÍA ÚNICA: Cuando el CONTRATISTA, no constituya dentro del término y en la forma prevista en el contrato, o en alguno de sus modificatorios alguno de los requisitos de ejecución, el CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, podrá mediante acto administrativo afectar al

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CONTRATISTA, con multa, cuyo valor se liquidará con base en un cero punto dos por ciento (0,2%) del valor total del contrato, por cada día de retardo y hasta por diez (10) días, al cabo de los cuales EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, podrá optar por declarar la caducidad del contrato. e) PENAL PECUNIARIA.- De conformidad con lo previsto en los artículos 1592 y 1599 del Código Civil Colombiano, en caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total de las obligaciones derivadas del presente contrato (aceptación de oferta), EL CONTRATISTA pagará al CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, a título de pena pecuniaria, una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato (aceptación de oferta), cuando se trate de incumplimiento total del mismo y proporcional al incumplimiento parcial del contrato (aceptación de oferta) y que no supere el porcentaje señalado. Para efectos de calcular el monto del incumplimiento parcial relativo a la obligación de plazo de ejecución, se empleará la misma fórmula de estimación de valor contemplada en el literal a) del presente acápite. El pago de la cláusula penal pecuniaria estará, amparado mediante póliza de seguros en las condiciones establecidas en la presente aceptación de oferta. PARÁGRAFO.- APLICACIÓN DEL VALOR DE LAS SANCIONES PECUNIARIAS: Una vez notificada la resolución por medio de la cual se hace efectiva alguna de las sanciones aquí estipuladas, el CONTRATISTA dispondrá de quince (15) días calendario para proceder de manera voluntaria para a su pago. Las multas no serán reintegrables aún en el supuesto que el CONTRATISTA dé posterior ejecución a la obligación incumplida. En caso de no pago voluntario y una vez en firme la resolución que imponga multas, podrá tomarse del saldo a favor del CONTRATISTA si lo hubiere, o acudir a cobro coactivo. NOTA 1: EN LA PÓLIZA DEBERÁ CONSTAR EXPRESAMENTE QUE SE AMPARA EL PAGO DE LAS MULTAS Y DE LA PENAL PECUNIARIA CONVENIDAS Y QUE LA ENTIDAD ASEGURADORA RENUNCIA AL BENEFICIO DE EXCUSIÓN. ASÍ MISMO, SE INDICARÁ QUE EN EL EVENTO EN QUE POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA, EL ASEGURADOR RESOLVIERA CONTINUAR COMO CESIONARIO Y CON LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Y LA ENTIDAD ESTATAL CONTRATANTE ESTUVIERE DE ACUERDO CON ELLO, EL CONTRATISTA GARANTIZADO ACEPTARÁ DESDE EL MOMENTO DE LA CONTRATACIÓN DE LA PÓLIZA, LA CESIÓN DEL CONTRATO A FAVOR DEL ASEGURADOR. EN TODO CASO, DEPENDIENDO DEL TIPO DE MECANISMO DE COBERTURA ELEGIDO, DEBERÁ CUMPLIR CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL DECRETO 1510 DE 2013. NOTA 2 : SI EL CONTRATISTA SE NEGARE A CONSTITUIR EL MECANISMO DE COBERTURA DE LOS RIESGOS, ASÍ COMO PRESENTARLO EN LOS TÉRMINOS, CUANTÍA Y DURACIÓN ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL, PODRÁ DECLARAR LA CADUCIDAD DEL PRESENTE CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN

LUGAR DE PRESTACION DE SERVICIO

El plazo para la ejecución del presente contrato será de treinta (30) días calendario, contado a partir de la aprobación por parte de la Administración de la garantía única.

El CONTRATISTA, hará entrega del objeto del contrato en el Almacén del Centro Social de Agentes y Patrulleros ubicado en la diagonal 44 No· 68B-30 de la Ciudad de Bogotá D.C, sin costo adicional para el contratante por concepto de transporte, embalajes y / o demás gastos.

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MONEDA DEL CONTRATO

Pesos colombianos

VIGENCIA

La Vigencia del contrato será igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.

Lo anterior teniendo en cuenta que el comité evaluador del proceso de Mínima cuantía PN CESAP MIC 65 2016 nombrado mediante resolución No. 37 del 28 de Enero del 2016 por medio de acta No. 0107 del 12 de Febrero de 2016, recomienda al señor Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARIN PIEDRAHITA Administrador del Centro Social de Agentes y Patrulleros de la Policía Nacional, adjudicar el proceso PN CESAP MIC MIC 65 2015 CUYO OBJETO ES “ADQUISICION DE DESHUMIFICADOR DE HUMEDAD PARA EL CENTRO SOCIAL DE AGENTES Y PATRULLEROS DE LA POLICIA NACIONAL” a la firma INSTRUMENTOS Y AUTOMATIZACIONES INDUSTRIALES LTDA, con NIT No. 900208179-9, en atención a que cumplió técnica, jurídica y económicamente y de conformidad con los términos establecidos en la invitación que rigió el proceso y la oferta presentada.

Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARÍN PIEDRAHITA Administrador Centro Social de Agentes y Patrulleros Elaborado por: OPS. YUDY HERRERA RODRIGUEZ – Abogada de Contratos Revisado por: CP. YOLANDA ALFONSO BOHORQUEZ – Jefe de Contratos

Diagonal 44 No 68 B-30 6057675 [email protected]

www.cesap.gov.co

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ANEXO N° 1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS El Contratista se compromete a entregar el bien y/o a prestar los servicios de acuerdo a lo estipulado en su oferta y sus anexos; a lo señalado en la invitación para el proceso de contratación N° PN CESAP MIC 65 2016 y sus anexos, a lo consignado en las adendas y/o aclaraciones que se hayan hecho a la invitación mediante el cual se llevó a cabo el proceso de contratación N° PN CESAP MIC 65 2016; a lo consignado en esta aceptación de oferta y de acuerdo al cuadro de especificaciones técnicas que se muestra a continuación. ITEM

DESCRIPCION

CANT

1

DESHUMIFICADOR EXTRACTOR DE HUMEDAD, 220M3 APROXIMADAMENTE RECINTOS CERRADOS,4.5 LITROS, AUTOAPAGADO, DISPLAY DE NIVEL Y HUMEDAD DIGITALES, (20 LITROS) DE AGUA, 15.1X13.5X25.3”, BIONAIRE

1

CONDICIONES TECNICAS GENERALES ITEM

1

2

3

4

5

6

7

DESCRIPCION Los elementos suministrados deberán contar con una garantía de calidad por tiempo no menor a un año y será atendida directamente por el contratista quien destinara los medios logísticos necesarios para atender en sitio el servicio técnico solicitado por garantía, en caso de ser retirado el elemento deberá dejar en remplazo uno de similares características para uso del Centro social de Agentes y Patrulleros. Los elementos serán ingresados al almacén es su totalidad y deben ser verificados en todos su funcionamiento al momento de la recepción de los mismos. El oferente deberá garantizar y certificar que existen repuestos susceptibles de cambio en centro de servicio de la marca ofrecida, lo anterior con el fin de tener disponibilidad de los mismos en tiempo no mayor a 3 días. El contratista deberá realizar capacitación y dar instrucciones de manejo, modos de conexión, voltajes de operación y tiempo de uso de los elementos y equipos ofrecidos al Centro social de Agentes Y patrulleros. El contratista deberá remplazar los elementos que no cumplan con las características técnicas mínimas exigidas y de calidad, sin ningún costo adicional para el Centro Social de Agentes y Patrulleros, dentro un término máximo de 48 horas después de realizado el requerimiento. El contratista debe tener capacidad de respuesta para los requerimientos que solicite el Centro Social de Agentes y Patrulleros dentro de un tiempo máximo de seis (6) horas. GARANTÍA, ASISTENCIA TÉCNICA Y SERVICIO POST-VENTA La casa fabricante un (1) año de garantía de calidad contra desperfectos de fabricación, ensamble y el correcto funcionamiento de los elementos. La empresa fabricante o proveedor deberá asistir técnicamente a la Policía Nacional, en caso de presentarse fallas de por desperfectos de fabricación y/o ensamble. Teniendo en cuenta lo anterior se debe atender la novedad en un tiempo no mayor a treinta (30) días calendario dando solución,

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CUMPLE

NO CUMPLE

8

9

rehabilitando o cambiando el elemento que se requiera. De ser necesario realizar una reparación cubierta por la garantía de calidad ofrecida, los costos generados por el envío de los equipos desde y hacia Colombia correrán por cuenta del proveedor. El proveedor deberá estar en capacidad de ofrecer disponibilidad de repuestos y servicio técnico en el caso de presentarse daños en los equipos que no sean cubiertos por la garantía. AÑO DE FABRICACIÓN El equipo debe ser ensamblado o fecha de fabricación no inferior año 2014, el material es nuevo y no corresponde a unidades repotenciadas ni re manufacturadas. SOPORTE TÉCNICO Los equipos deben estar cubiertos por un programa de soporte técnico a cargo del contratista de manera directa, que garantice, estabilidad y sostenibilidad operacional del equipo por un lapso de una (1) año, contados a partir de la entrega de los equipos.

Teniente Coronel RODRIGO HERNAN MARÍN PIEDRAHITA Administrador Centro Social de Agentes y Patrulleros

Elaborado por: OPS. YUDY HERRERA RODRIGUEZ – Abogada de Contratos Revisado por: CP. YOLANDA ALFONSO BOHORQUEZ – Jefe de Contratos

Diagonal 44 No 68 B-30 6057675 [email protected]

www.cesap.gov.co

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