PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

Código: SEG-001-P PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS Fecha: 01/10/15 Versión: A Página: 1 / 33 1. INDICE 2. O...
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PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS

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1. INDICE 2. OBJETIVOS

3

3. ALCANCE

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4. DEFINICIONES

3

5. DESARROLLO

5

A) REQUISITOS INDISPENSABLES PARA EL INGRESO DE PERSONAL DE EMPRESAS A

5

LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA. B) REQUISITOS INDISPENSABLES PARA EL INGRESO DE PERSONAL AUTÓNOMO A LA

8

UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA. C) REQUISITOS PARA EL INGRESO DE AUTOMOTORES Y FLETES EN GENERAL

10

D) REQUISITOS PARA EL INGRESO DE EQUIPOS MOVILES (GRUAS, MOTACARGAS,

11

HIDROELEVADORES, EXCAVADORAS, PALAS MECANICAS, AUTOELEVADOS, ETC.) E) PROCEDIMIENTOS MINIMOS DE SEGURIDAD, HIGIENE PARA EL CUMPLIMIENTO

12

DE: EMPRESAS, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS. 1. Obligaciones

12

2. Normas Generales

13

3. Máquinas, equipos y herramientas

14

4. Equipos para izar

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5. Permisos de Trabajo

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6. Trabajos en Altura

18

7. Seguridad Eléctrica

22

8. Prevención de Incendios

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9. Normas de Seguridad Soldadura de Oxicorte

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10. Normas de Seguridad Soldadura Eléctrica

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11. Uso de Amoladoras

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12. Cilindros a Presión

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13. Orden y Limpieza

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14. Higiene Personal

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15. Circulación

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16. Comunicación de Accidentes e Incidentes

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17. Acciones en caso de Emergencias

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18. Primeros Auxilios

29

19. Requerimientos de seguridad para vigilancia del parque

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20. Señalización

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21. Elementos de Protección Personal Mínimos según actividad

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6. DOCUMENTOS RELACIONADOS

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7. CONTROL DE CAMBIOS

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2. OBJETIVO: Asegurar que todas las Empresas y personas que ingresen A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, cumplan los requisitos legales establecidos en las siguientes Leyes 24.557 y 19.587 y

Dec. 911/96 – Dec. 231/96 - Resolución

051/97, con: 1. Documentación legal. 2. Legajo Técnico. 3. Servicios de infraestructura de obra. 4. Normas de seguridad aplicables en obra. 5. Normas higiénicas. 6. Acciones en caso de emergencia. 7. Primeros Auxilios.

3. ALCANCE: Toda Empresa que ingrese A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, a realizar obras y/o servicios, en carácter de propietario, contratista o subcontratista.

4. DEFINICIONES:

4.1.Accidente: Suceso imprevisto que altera una actividad de trabajo, ocasionando muerte, lesión o daño a las personas y/o alteraciones en la maquinaria, equipos, materiales y productividad.

4.2. Auditoria: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias de la auditoria (registros, declaraciones de hechos o cualquier otra información que son pertinentes para los criterios de la auditoria y que son verificables) y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar la extensión en que se cumplen los criterios de auditoría (conjunto de políticas, procedimientos o requisitos utilizados como referencia).

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4.3. Evaluación del riesgo: Proceso general que consiste en estimar la magnitud del riesgo y decidir los niveles de riesgo.

4.4. Identificación del peligro: Proceso que consiste en reconocer que existe un peligro y definir sus características.

4.5. Incidente (cuasi accidente): Acontecimiento no deseado que puede derivar en lesión o daño, no provoca daños personales, ni materiales, ni deterioro al medio ambiente.

4.6. Mejora continua: Actividad recurrente para aumentar la capacidad para cumplir los requisitos.

4.7. No conformidad: Incumplimiento de un requisito.

4.8. Peligro: Fuente potencial del daño.

4.9. Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra un daño y la severidad de ese daño.

4.10. Riesgo tolerable: Riesgo que es aceptado en un contexto dado, basado en los valores corrientes de la sociedad u organización.

4.11. Seguridad: Ausencia de riesgo inaceptable.

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5. DESARROLLO:

A) REQUISITOS INDISPENSABLES PARA EL INGRESO DE PERSONAL DE EMPRESAS A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA.

1.

Nota de presentación, dirigida a Dirección de Compras y Contrataciones de la

UNVM, con la nómina del personal a ingresar A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA que contenga: Apellido y Nombre, Nº de CUIL, fecha de ingreso a la empresa, firmada y sellada por el responsable de la empresa. Dicha carta tendrá carácter de Declaración Jurada, debiendo comunicar las altas y bajas del personal que se produzcan oportunamente. En dicha carta se deberá detallar también el nombre y los teléfonos de contacto (24 hs) de la persona de la empresa que actuara como representante ante la UNVM.

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Modelo de Carta

REF.: OBRA............................................ EMPRESA…………….................................... De nuestra mayor consideración: Tenemos el agrado de dirigirnos a Uds. con el fin de solicitarles la autorización correspondiente para el ingreso de los portador/es de la presente, cuyos datos figuran al pie. Dejamos expresa constancia que los mencionados, al igual que nosotros los firmantes, conocemos y aceptamos las normas que rigen en la UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA y la índole del trabajo que allí se realizará. Declaramos que asumimos la responsabilidad emergente del incumplimiento de las leyes laborales y previsionales vigentes, respecto de nuestro personal y del contratado o subcontrato por nosotros, que preste tareas en la UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA. Asimismo nos comprometemos a mantenerlos indemnes ante cualquier situación de índole Judicial y/o administrativa que pudiera afectar a vuestra Institución y ante cualquier reclamo que se derive del régimen de Seguridad Social en relación a los Empleados. APELLIDO Y NOMBRE

CALIFICACION

CUIL

FECHA DE INGRESO

PROFESIONAL

Informamos el nombre de la persona que actuara como Representante de la Empresa: APELLIDO Y

CALIFICACION

NOMBRE

PROFESIONAL

CUIL

TELEFONO

FECHA DE

24 Hs.

INGRESO

Sin otro particular saluda Atte. (Socio Gerente, Presidente, Apoderado, Etc.) DNI: ..........................................

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2. Certificado de “No Repetición” hacia UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, emitido por la ART de la Empresa, Contratista o Subcontratista, conteniendo el siguiente texto:

Modelo de Certificado de No Repetición:

“Por la presente se deja expresa constancia que ( Nombre de la ART) renuncia en forma expresa a iniciar toda acción de repetición o regreso contra la UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, sus funcionarios, empleados u obreros, bien sea con

fundamento en el Art. 39.5 de la Ley 24557 o en cualquier otra norma Jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar o abonar al personal dependiente o independiente de (Nombre de la Empresa) alcanzado por la cobertura de Seguro de Riesgos del Trabajo contratado por (Nombre de la Empresa) con esa aseguradora, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo o viceversa.”.

3. Carta de la ART con la nomina del personal amparado por la Ley 24557, conteniendo Apellido, Nombre y Nº de C.U.I.L, con sello y firma de la ART, incluyendo el periodo de vigencia de la carta.

4. Teléfono para emergencias médicas de la ART y Listado de prestadores para su derivación en caso de Accidente (Tel. y Direcciones), de la localidad de Villa María.

5. Constancia de presentación del servicio de Seguridad e Higiene de la empresa por parte de un profesional habilitado, de acuerdo a Ley 19587, Dec. 351/79, Dec. 911/96 y/o Dec. 1338/96. Adicionalmente, se deberá presentar la siguiente documentación relacionada: •

Fotocopia de la matricula habilitante del profesional interviniente.

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Comunicación, en forma fehaciente, a su ART y con al menos cinco (5) días

hábiles de anticipación, la fecha de todo tipo de obra que emprendan (Res. 51/97 – SRT). •

Presentación de un “Programa de Seguridad de la obra” que contemple al

análisis de riesgo cada una de las tareas. Dicho programa deberá estar aprobado por la ART. •

Fotocopia del registro de capacitación al personal en los temas de

seguridad, vigente dentro de los últimos 12 meses, y de acuerdo a los riesgos en ejecución de las tareas. •

Fotocopia del registro de entrega de Elementos de Protección Personal,

según Res. 299/11 de la SRT.

B) REQUISITOS INDISPENSABLES PARA EL INGRESO DE PERSONAL AUTÓNOMO A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA.

1. Constancia de Nº de CUIT. 2. Fotocopia del pago como Autónomo de Jubilación/Monotributo. (Presentación mensual). 3. Procedimiento de Trabajo Seguro confeccionado por un Profesional Matriculado en Seguridad e Higiene en el Trabajo. El mismo contemplara: Memoria descriptiva de la tarea a realizar, Normas de riesgos generales y específicas que deberán respetarse mientras se realiza el trabajo encomendado, elementos de Seguridad necesarios y Capacitación de la persona sobre los riesgos inherentes. 4. Para aquellos servicios / trabajos que deban ser realizados por personal matriculado, deberán adjuntarse copias de las matriculas del personal involucrado (Profesionales intervinientes, Responsable de Seguridad, Eléctricas, Gasistas, etc.) 5. Listado de herramientas manuales y equipos/vehículos a ingresar a la planta para el desarrollo de las tareas. 6. Listado de los equipos de seguridad para ingresar a la Universidad. Notas:

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• Toda la documentación presentada deberá estar firmada por el responsable, apoderado y/o titular con sello aclaratorio. • El envió de la documentación solicitada estará dirigida a Dirección de Compras y Contrataciones de la UNVM, deberá contar con la misma como mínimo con una semana de antelación al inicio del trabajo. • Toda la documentación deberá presentarse en original (que será devuelto) o fotocopia autenticada. No se aceptara bajo ningún concepto documentación vía fax.

C) REQUISITOS PARA EL INGRESO DE AUTOMOTORES Y FLETES EN GENERAL

Para el ingreso de algún transporte/flete, se controlara antes del ingreso que se cumplan con los requisitos que se detallan a continuación: • Licencia de conductor actualizada. • Verificación técnica vehicular • Tarjeta verde de la unidad motriz. • Tarjeta verde del acoplado y/o remolque. • En caso de estar equipado con sistema de GNC, oblea vigente en el parabrisas. • Elementos de seguridad: • Para unidades de peso bruto total de hasta 1500 Kg. Matafuego de 1 Kg de capacidad nominal, tipo ABC, con indicador de presión. • Para unidades de peso bruto total de hasta 5000 Kg. Matafuego de 2.5 Kg de capacidad nominal, tipo ABC, con indicador de presión de carga. • Para unidades con una capacidad de carga mayor a 5000Kg. Matafuego de 5 Kg. De capacidad nominal, tipo ABC, con indicador de presión de carga. Nota: para el transporte de mercaderías y residuos peligrosos, el matafuego que deberá portar el vehículo estará de acuerdo a la categoría del mismo y al tipo de potencial extintor que determine el valor de la carga.

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Asimismo se deberá adoptar las indicaciones incluidas en el reglamento de transporte de mercaderías y residuos peligrosos.

D) REQUISITOS PARA EL INGRESO DE EQUIPOS MOVILES (GRUAS, MOTACARGAS, HIDROELEVADORES, EXCAVADORAS, PALAS MECANICAS, AUTOELEVADOS, ETC.)

Toda grúa o equipo de izaje que ingrese A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, deberá reunir los requisitos mínimos de seguridad que se detallan a continuación: • Habilitación del maquinista (registro de conductor con categoría de maquinista en equipos especiales no agrícolas, otorgado por un ente oficial de capital o provincia). • Fotocopia de los registros de capacitación en los temas relacionados con las operaciones de izaje de cargas y seguridad en general del/los chofer/es y el/los lingador/es. • Habilitación del equipo. • Verificación técnica del equipo, en vigencia.

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E)

PROCEDIMIENTOS

MINIMOS

DE

SEGURIDAD,

HIGIENE

PARA

EL

CUMPLIMIENTO DE: EMPRESAS, CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS.

Las empresas, en carácter de propietario, contratistas y/o subcontratistas serán responsables directos del cumplimiento de la legislación relacionada con seguridad e higiene, leyes previsionales y de accidentes de trabajo. Las presentes condiciones resultan complementarias a las referidas anteriormente y deberán aplicarse a todas las tareas que se realicen en instalaciones de la UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA.

1. Obligaciones Cumplir y hacer cumplir a todo su personal las presentes condiciones y las exigencias legales de seguridad en el trabajo de exigencia nacional, provincial y municipal. Ingresar A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA a trabajar únicamente después de haber presentado todos los requisitos exigidos en el punto A ó B (“requisitos mínimos de seguridad para el ingreso de empresas ó autónomos”). Contar con la presencia en la obra de su representante de seguridad e higiene, como mínimo, el tiempo estipulado por ley, quedando a criterio de la UNVM, de la facultad de exigir el aumento de su presencia, en función de los riesgos presentes en las tareas a realizar. Instalar, mantener y operar con sistemas y métodos de trabajo aprobado por el Servicio de Seguridad de la Contratista y/o Subcontratista. Aplicar las recomendaciones surgidas de las inspecciones realizadas por algún representante de la UNVM y solucionar dentro de los plazos estipulados las irregularidades apuntadas, bajo pena de suspensión del trabajo. Comunicar inmediatamente A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, todo tipo de accidente/incidente ocurrido durante la realización de su trabajo y participar de la investigación del mismo. Proveer a sus empleados de elementos de protección personal conforme a las disposiciones legales vigentes

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2. Normas generales Toda persona que ingrese a las locaciones de la UNVM deberá contar con E.P.P correspondientes a la tarea a realizar y en buen estado. El calzado de seguridad, protectores oculares, guantes y casco deberán estar certificados bajo Norma IRAM como lo exige la SRT en la Res. 299/11. La Empresa es responsable por el adecuado uso de los EPP suministrados a su personal, como así mismo por el mantenimiento y el cumplimiento a la Res 299/11 de la SRT. Res. 299/11 dice: “Los E.P.P tales como casco, guantes, protectores oculares y calzado de seguridad deben poseer obligatoriamente

certificación IRAM de

producto”. Si desconoce el equipo de seguridad a emplear o como usarlo, no realice la tarea y solicite instrucciones a su supervisor. Mantenga el equipo de protección personal en perfecto estado de uso y conservación y en caso de deterioro solicite el recambio del mismo. En la manipulación de sustancias cáusticas o corrosivas, vidrios chapas u otro material cortante, use guantes y protección facial apropiados al riesgo. Para trabajar con equipos de soldadura es imprescindible el use de lentes o caretas, guantes de cuero y delantales de seguridad, si la tarea es por largo periodo de tiempo se deberá incorporar mangas o chaqueta y polainas de vaqueta. Se deberá tener los E.P.P adecuados y las medidas de seguridad necesarias, si la actividad requiere de trabajos en altura y/o a distintos niveles. Ante la presencia de gases o polvos, utilizar equipos de respiración apropiados. UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, se reserva el derecho de exigir el uso de otros elementos de protección personal. Está prohibido el ingreso y consumo de cualquier tipo de bebida alcohólicas o drogas. Este prohibido el ingreso o portación de cualquier tipo de arma. No se deberá iniciar o intervenir en cualquier tipo de disputa personal originada en la relación laboral. Antes de ejecutar cualquier operación, se deberán conocer los riesgos, evitarlos y buscar la forma más segura de trabajo. Es obligatorio el uso correcto de todos los

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elementos de seguridad que hayan sido previstos, o que se indiquen en el sector donde se presten los servicios, incluyendo resguardos de maquinas, etc. Durante el desarrollo de las tareas habituales en las áreas industriales u en los depósitos, o cuando se trabaje en las proximidades de maquina, equipos o instalaciones con partes móviles o rotantes, no se permite que el personal expuesto use: cabello largo suelto (use cofia), ropa o elementos de vestir sueltos (camisas sueltas, puños abiertos, corbata o delantal) joyas u otros accesorios sueltos (cadenas, pulseras, aros, colgantes, etc.) Los avisos y letreros constituyen “normas de seguridad” y sus indicaciones deben ser cumplidas. Está prohibido colgarse de estanterías, maquinas o material estibado, debiéndose hacer uso solamente de los escalones, plataformas, escalera, etc. No deberán proferirse gritos sin causa justificada (solo ante riesgos de accidentes, alarmas, etc.), ni correr en las zonas de trabajo. Todo el personal deberá utilizar lenguaje correcto en su trato diario.

3. Maquinarias, equipos y herramientas: 3.1. Esta totalmente prohibido el uso de equipos, maquinarias, herramientas o instalaciones de propiedad de la UNVM por parte del personal de las Empresas. La violación a esta norma será considerada como una falta grave y dará lugar a desafectar a la persona de la dotación autorizada a ingresar a planta, en forma inmediata. 3.2. La Empresa deberá disponer de todos los equipos, maquinarias y elementos de seguridad que sean necesarios para la ejecución de los trabajos, los cuales deben estar en perfectas condiciones de mantenimiento y funcionamiento. 3.3. Las maquinas, equipos y herramientas eléctricas deberán ser revisados periódicamente, controlándose su correcto aislamiento, masa, adecuados tomas, fichas, etc. En caso de detectarse un equipo defectuoso o que no cumpla con requisitos de seguridad e higiene legales, deberá ser retirado del establecimiento. 3.4. Utilizar equipos neumáticos y mangueras para aire comprimido adecuadas a la presión utilizada. Los equipos sometidos a presión interna (caldera, compresores, etc.) deberán tener actualizada las pruebas hidráulicas obligatorias.

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3.5. Utilizar cinturón porta-herramientas. Las herramientas no deben ser llevadas en los bolsillos de la ropa. 3.6. Opere solamente los equipos, maquinas, herramientas, etc. para los cuales a sido autorizado y entrenado. Esto incluye el manejo de equipos móviles (autoelevadores, grúas, zorras, carretas, etc.). 3.7. No opere ningún equipo si sus protecciones de seguridad no funcionan correctamente o carecen de ellas (guardas, barreras, disyuntores eléctricos, fusibles, válvulas de seguridad, limitadores de velocidad, alarmas, etc.). 3.8. Los equipos y/o herramientas eléctricas fijas deberán estar alimentados desde un tablero con puesta a tierra y disyuntor diferencial. 3.9. Esta absolutamente prohibido el bloquear los dispositivos de parada de seguridad y modificar el funcionamiento de los equipos, sin la previa autorización por escrito del representante de la Comisión del PARQUE INDUSTRIAL Y TECNOLOGICO SEM. 3.10. No coloque las manos en órganos en movimiento que las expongan a cortes o aprisionamiento. 3.11. No realice tareas de mantenimientos en equipos energizados o en movimiento. Primero se debe parar el equipo y bloquéelo con candados y tarjetas de aviso. 3.12. Antes de iniciar su trabajo verifique que las herramientas con las que va a trabajar se encuentren en buen estado. No utilice herramientas gastadas, quebradas, falladas, sin filo o con rebarbas. Las herramientas de mano deberán estar en buenas condiciones y el mango libre de grasa y aceite. 3.13. No utilizar herramientas inadecuadas para realizar el trabajo. 3.14. No deje las herramientas por el piso o esparcidas sobre las escaleras. 3.15 Los conductores eléctricos de las maquinas, equipos o alargues deben estar libres de empalmes.

4. Equipos para izar (grúas, montacargas, hidroelevadores, excavadoras, palas mecánicas, etc.)

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4.1. Antes de utilizar una grúa en una obra, debe considerar todos los factores que puedan afectar su uso, tales como: •

peso, tamaño y tipo de carga que deberá izar;



alcance o radio máximo que se requiere de ella;



restricciones para el uso, tales como cables aéreos de transmisión eléctrica,

condiciones de la obra y tipo de terreno; •

necesidad de operadores y señaleros capacitados.

4.2. Las grúas deben contar con certificación vigente de inspección técnica, otorgada por ente público o probado de reconocida actuación donde se acredite la capacidad máxima de carga y la aptitud del equipo para funcionar en forma segura. 4.3. Los equipos para izar deberán ser operados por personal capacitado y autorizado, mediante carnet habilitante, para desempeñar dicha función. Todas las grúas deben tener (en un lugar visible de la cabina) la tabla de cargas máximas admisibles correspondientes al equipo. 4.4. Cada equipo móvil, tales como grúas, montacargas y similares, deben ser mantenidas en buenas condiciones y poseer extinguidor. Se deberá señalizar y asegurar la zona de trabajo de las grúas, para evitar accidente a terceros. 4.5. El traslado de las grúas se efectuara con la pluma baja, y el contratista deberá adicionar una guía identificado con chaleco reflectivo, que se desplazara al costado y nunca delante de la grúa. 4.6. Nunca se deberán dejar elementos suspendidos de la pluma. 4.7. Cuando las grúas no sean usadas, serán estacionadas en los lugares con sus plumas bajas y contraídas. 4.8. Están totalmente prohibidos los movimientos de cargas y /o traslados de materiales, cuando operarios se hallen, por diversas causas, sobre estos. Grúas,

montacargas

o

similares,

deben

estar

equipados

acústica/luminosa cuando operen en marcha atrás. El área de izaje deberá estar adecuadamente cercada y señalizada.

con

alarma

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4.9. Todas las grúas deben tener gancho con traba de seguridad para impedir que la carga se desprenda accidentalmente si se enreda con algo o se trabara durante el izado. 4.10. Ningún operario podrá, trepar por la torre o la pluma cuando la grúa está en uso. 4.11. Utilice sólo eslingas y cuerdas que tengan marcada la carga de trabajo. Recubra los cantos y bordes cortantes de la carga para proteger la eslinga y verifique que la carga este bien amarrada.

5. Permiso de trabajo 5.1. Cada trabajo que tenga implícito un alto o moderado nivel de riesgo requerirá la emisión de un permiso de trabajo seguro antes de dar comienzo a la tarea particular. Lo anterior no excluye ni cubre el requerimiento de la realización del “programa de seguridad” que deberá ser confeccionado por el responsable de seguridad de la empresa que desarrollará actividad dentro de la UNIVERSIDAD. 5.2. Los permisos de trabajo deberán ser firmados por el representante de la Empresa a cargo del trabajo, con firmas autorizadas. Si las condiciones de trabajo o del ambiente se modifican con respecto a la situación estipulada en los permisos otorgados, se deberá interrumpir el mismo en forma inmediata y dar aviso al representante de la UNVM Las tareas que requerirán la emisión de un permiso de trabajo son: - Trabajos en caliente. - Ingreso a espacios confinados. - Trabajos en altura. - Desconexión de líneas/equipos con materiales peligrosos. - Trabajos con fuentes de energía. - Excavaciones. - Submuraciones - Trabajo en instalaciones de amoniaco. 5.3. Antes de iniciar trabajos de excavación, perforación, clavado de estacas o cualquier tipo de tarea que implique remoción de suelos, deberá solicitar

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autorización previa al representante de la Comisión del Parque Industrial y Tecnológico SEM.

6.

Trabajos en altura

6.1. Un trabajo en altura es aquel realizado a más de 2 m por sobre el nivel 0 (cero), o mas de 2 m por debajo del nivel 0. Están incluidos dentro de esta definición aquellos trabajos que se deban realizar en áreas sin protección, andamios, techos, grúas, etc. 6.2. Para todo trabajo en altura será obligatorio el uso de arnés de cuerpo completo de seguridad. 6.3. No está permitido elevar personas en canastos enganchados en grúas autoelevadores o máquinas similares. El sistema de trabajo equivalente será el elevar a las personas en plataformas para trabajo en altura (PTA) especialmente diseñadas para la elevación de personas las cuales podrán ser del tipo tijera, telescópicas, de pluma articulada, etc. 6.4

Uso de andamios

6.4.1. Utilice andamios que se encuentren en perfectas condiciones de uso y que estén montados de forma adecuada y segura. 6.4.2. Independientemente de la altura del andamio, mantenga sus bases niveladas y su estabilidad garantizada. 6.4.3. El representante del contratista será el responsable de verificar el andamio y que sus elementos componentes se encuentren en buenas condiciones de seguridad, de acuerdo al uso y a la carga máxima a soportar. 6.4.4. Los andamios deben contar con plataformas de trabajo metálicas (ancho mínimo 60 cm) con rodapiés y enganches en sus externos para encastrar en los bastidores en caso contrario la plataforma de trabajo deberá estar formada por 2 (dos) tablones de 30 x 5 cm. como mínimo sin rajaduras nudos u otros defectos que lo puedan hacer desaconsejables. Los tablones deben sobrepasar como mínimo 30 cm. de cada extremo y deben contar con tacos de 25 x 25 mm. en cada lateral de forma que el tablón no pueda moverse. Todos los tablones deberán estar amarrados. 6.4.5. La plataforma de trabajo situada a más de 2 (dos) metros de altura respecto

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del piano horizontal inferior más próximo contará en todo su perímetro que dé al vacío con una baranda superior ubicada a 1 (un) metro de altura, una baranda intermedia a 50 (cincuenta) centímetros de altura, y un zócalo en contacto con la plataforma. Las barandas y zócalos de madera se fijarán del lado interior de los montantes. 6.4.6. Los andamios deberán ser anclados como mínimo cada 6 m de altura. 6.4.7. Cuando utilice torres de andamios provistos de ruedas en su base, los mismos deben poseer sistemas de traba de seguridad (frenos). A su vez se deberá tener en cuenta la estabilidad de la torre (cociente entre la altura del andamio y el lado más pequeño - H/I), la cual debiera ser menor o igual a 4. 6.4.8. No está permitido el armado y uso de andamios de madera. 6.4.9. Cuando haya ráfagas o vientos fuertes, independientemente de su altura el andamio debe estar amarrado. 6.5. Uso de escaleras 6.5.1. Las escaleras deben ser de aluminio o fibra de vidrio, están prohibidas las escaleras de madera. 6.5.2. Las escaleras deben asegurarse en su base (sujetándolas o atándolas) para evitar deslizamientos. Aquellas de más de 3,5 m. de altura deben poseer sistema de enganche en su parte superior. No está permitido el uso de escaleras improvisadas. 6.5.3. Las escaleras de hojas simples y/o extensibles deben ser provistas de zapatas de seguridad antideslizantes. 6.5.4. Si se trata de una escalera de dos hojas, ábrala bien antes de ascender y verifique que el sistema de límite de apertura esté en condiciones y posea cadena o soga. 6.5.5. Previo al comienzo del trabajo realice una inspección para verificar el estado general de la escalera. 6.6. Uso de plataformas hidráulicas. 6.6.1. Deberán contar con la certificación de un organismo oficial o privado de reconocida trayectoria. 6.6.2. Nunca deberán excederse los límites de carga especificados por el fabricante.

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6.6.3. Deberá contar con controles duales de cabina/tierra. 6.6.4. Previo al uso del equipo se deberá chequear el estado general del mismo. En caso de detectar alguna anomalía, la plataforma no podrá utilizarse hasta tanto no sea reparada. 6.7. Trabajos con riesgos de caídas de objetos 6.7.1. Cuando por encima de un plano de trabajo se estén desarrollando tareas con riesgos de caída de objetos o materiales, será obligatorio proteger a los trabajadores adoptando medidas de seguridad adecuadas a cada situación. La determinación de las mismas será competencia del responsable de Higiene y Seguridad, estando la verificación de su correcta aplicación a cargo del responsable de la tarea. 6.7.2. El transporte y traslado de los materiales y demás insumos de obra, tanto vertical como horizontal, se hará observando adecuadas medidas de seguridad. 6.8. Trabajos con riesgos de caída de personas 6.8.1. Las aberturas en el piso se deben proteger por medio de: 1. Cubiertas sólidas que permitan transitar sobre ellas y, en su caso, que soporten el paso de vehículos. No constituirán un obstáculo para la circulación, debiendo sujetarse

con

dispositivos

eficaces

que

impidan

cualquier

desplazamiento

accidental. El espacio entre las barras de las cubiertas construidas en forma de reja no superará los CINCO CENTIMETROS (5 cm.). 2. Barandas de suficiente estabilidad y resistencia en todos los lados expuestos, cuando no sea posible el uso de cubiertas. Dichas barandas serán de UN METRO (1 m.) de altura, con travesaños intermedios y zócalos de QUINCE CENTIMETROS (15 cm.) de altura. 3. Cualquier otro medio eficaz. 6.8.2. Aberturas en las paredes al exterior con desnivel: 1. Las aberturas en las paredes que presenten riesgo de caída de personas deben estar protegidas por barandas, travesaños y zócalos, según los descripto en el ítem 6.8.1. -1 2. Cuando existan aberturas en las paredes de dimensiones reducidas y se encuentren por encima del nivel del piso a UN METRO (1m.) de altura como máximo, se admitirá el uso de travesaños cruzados como elementos de protección.

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3. Cuando los parámetros no hayan sido construidos y no se utilicen barandas, travesaños y zócalos como protección contra la caída de personas, se instalarán redes protectoras por debajo del plano de trabajo. Estas deben cubrir todas las posibles trayectorias de caídas. Estas redes salvavidas tendrán una resistencia adecuada en función de las cargas a soportar y serán de un material cuyas características resistan las agresiones ambientales del lugar donde se instalen. Deberán estar provista de medios seguros de anclaje a punto de amarre fijo. Se colocarán como máximo a TRES METROS (3 m.) por debajo del plano de trabajo, medido en su flecha máxima. 4. Es obligatoria la identificación y señalización de todos los lugares que en obra presenten riesgo de caída de personas y la instalación de adecuadas protecciones.

7.

Seguridad Eléctrica

7.1. El electricista que ha recibido la capacitación y entrenamiento necesario, es la única persona que puede realizar trabajos en instalaciones eléctricas. Los electricistas deberán estar matriculados. 7.2. Las

herramientas

eléctricas

deberán

estar

debidamente

protegidas

y

conectadas a tierra. No se deberán utilizar si tienen cables sueltos o tramos sin aislar. 7.3. Únicamente el personal autorizado podrá ingresar a las subestaciones eléctricas. 7.4. Considere siempre que todo el equipo y líneas eléctricas tienen corriente hasta haber comprobado lo contrario. 7.5. Conozca la ubicación del interruptor principal de corriente y de los medios más rápidos de desenergización, por si lo requiere una emergencia. 7.6. Realice la limpieza de los equipos y maquinaria sin mojar motores, controles eléctricos y los contactos monofásicos y trifásicos. 7.7. Verifique que esté correcta la conexión a tierra siempre que se conecte o desconecte un circuito. 7.8. Debe asegurarse que ha dejado perfectamente aislado el equipo o máquina cuando termine un trabajo de mantenimiento. 7.9. Nunca deben quedar cajas de conexiones o tableros destapadas.

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7.10.Todo equipo de iluminación portátil deberá ser de tensión reducida (24 v). 7.11. Los tableros eléctricos fijos y/o

portátiles deberán contar con puesta a

tierra, protección diferencial y llaves térmicas adecuadas. 7.12. Todas las conexiones provisorias que se realicen para ejecutar el trabajo dentro

de

las

locaciones

deberán

contar

con

las

correspondientes

fichas

(hembra/macho). No se permitirán conexiones múltiples en una ficha o conexiones precarias. 7.13. Las prolongaciones deberán ser de doble aislación (tipo TPR) y deberán estar en perfecto estado de conservación. No se admitirán cables con roturas en su aislación.

8.

Prevención de Incendios

8.1. No use equipos de llama abierta, sin autorización. Está prohibido la utilización de mecheros para calentar brea u otros materiales o utilizando sopletes de equipos oxiacetilénicos u oxigas. 8.2. Contenga con arena inmediatamente cualquier derrame de combustible, limpie y disponga adecuadamente los residuos para ser tratados posteriormente como peligrosos. 8.3. No vuelque líquidos inflamables en cañerías de desagües. 8.4. Almacene los líquidos inflamables y peligrosos en lugares adecuados que cumplan con lo siguiente: poseer piso firme e impermeable, ser un lugar seco, ventilada y alejado de fuentes de calor, radiación solar y chispas. 8.5. Los envases para líquidos inflamables dentro de los lugares de trabajo serán los denominados recipientes de seguridad (Safety Can), de fabricación industrial. 8.6. Cuente con los medios de extinción necesarios en su lugar de trabajo. Como mínimo un extintor de Polvo Químico triclase de 5 Kg., estará instalado en forma permanente en el obrador y uno similar en la zona de obra, si es que el riesgo no requiere de una mayor cantidad o de otro tipo de agente extintor. 8.7. No maltrate ni use indebidamente los elementos de lucha contra incendio. No los utilice para trabajos ajenos al uso específico. 8. 8. Si usa un extinguidor, solicite al responsable de su empresa, el reemplazo por otro en condiciones de uso.

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8.9. Desconecte antes de abandonar su lugar de trabajo todos los equipos o artefactos eléctricos utilizados (herramientas portátiles, calefactores, etc.).

9. Normas de seguridad para el uso de soldadura oxicorte 9.1. Deben mantenerse los tubos lo más alejados posibles del soplete. 9.2. Durante las tareas de corte es necesario utilizar la presión correcta para esta operación, ya que un exceso solo provocará chispas aumentando la proyección de escoria. 9.3. Para encender el soplete se debe usar solamente chisperos o llama piloto. 9.4. Se debe mantener alejado el aceite o la grasa del oxígeno a fin de evitar accidentes por combustión espontánea. 9.5. Siempre deben utilizarse antiparras con cristales coloreados. 9.6. Las mangueras deben estar sujetadas con abrazaderas al soplete y regulador. No se permitirá el uso de mangueras resquebrajadas o parcialmente quemadas. 9.7. No deben colgarse el soplete y sus mangueras de los reguladores o de las válvulas de los cilindros. 9.8. Los reguladores deben ser revisados en periodos no mayores de seis meses siempre y cuando el uso del equipo sea ocasional. Para usos más intensivos, esta frecuencia debe reducirse a tres meses. 9.9. Las mangueras deberán estar provistas con arrestallamas adyasentes al mango del soplete y válvulas de exceso de flujo a la salida de los reguladores de presión. 9.10. Debe asegurarse siempre que los picos de los sopletes se encuentran limpios y sin deterioros. 9.11. El capuchón protector de la válvula debe ser colocado y ajustado a mano en aquellos tubos que están vacíos o que sean de reposición. 9.12. Los tubos de gases comprimidos deben estar permanentemente amarrados (vacíos y llenos). 9.13. No se permitirá en el circuito de acetileno el uso de accesorios de cobre.

10. Normas de seguridad para operaciones con soldadura eléctrica 10.1. Cuando se emplee soldadura de arco se deberá proteger a los operarios que

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estén trabajando en los alrededores o de la exposición cercando el lugar con pantallas. 10.2. Debe usarse siempre la mascara de protección facial, aún en las tareas de punteado. 10.3. Los transformadores de equipos de soldadura eléctrica deben ser conectados en toma corriente con descarga a tierra. No desconecte nunca el transformador cuando este bajo tensión. 10.4. Debe verificarse siempre el estado de los cables y la pinza portaelectrodos.

11. Uso de Amoladoras 11.1. Amoladoras de pie 1. El apoyo de la maquina debe estar a 3 mm de la piedra, quedando a la altura del centro de la piedra. 2. Debe utilizarse la cara lateral de la piedra como superficie de trabajo. 3. Debe evitarse los recalentamientos de la pieza y la piedra. 4. No debe presionarse exageradamente la pieza sobre la piedra. 5. La protección visual es de uso obligatorio 6. Debe haber iluminación localizada sobre la zona de trabajo, 7. La protección de la piedra debe permanecer puesta en todo momento. 8. No debe utilizarse guantes o trapos para sujetar las piezas a trabajar. 9. Verifique el balanceo y estado de la piedra.

11.2. Amoladoras portátiles 1. Debe contar en todo momento del protector de la piedra. 2. Debe

verificarse

el

estado

del

cable

de

alimentación

eléctrico

y

la

correspondiente ficha. 3. Debe verificarse la forma de colocación de la piedra. 4. Debe verificarse si existen trepidaciones en la puesta en marcha de la maquina. 5. No debe golpearse la piedra al colocarla. Si se cae y golpea, deberá ser reemplazada. 6. Al apoyar la maquina, nunca deberá quedar del lado de la piedra fin de evitar accidentes por un accionamiento casual.

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7. Nunca cambiar la piedra con la maquina conectada. 8. Le protección visual es de USO obligatorio. 9. Verifique el balanceo y estado del disco.

12. Cilindros a presión 12.1. Deben ser siempre almacenados en lugares ventilados, frescos, a la sombra y sujetados con cadenas o soportes. 12.2. Los cilindros que no sean usados (llenos o vacíos) siempre deben contar con el capuchón de protección de la válvula. 12.3. Antes de levantar un tubo que se encuentre en posición horizontal, deberá verificarse que el capuchón esta perfectamente roscado a fin de evitar la caída durante su movimiento. 12.4. Los cilindros de acetileno y gases licuados nunca se deben poner en posición horizontal. 12.5. Al transportarlo como al moverlo deberán evitarse todo tipo de golpes. Esta prohibido arrojarlos desde la caja de un transporte o cualquier desnivel que se quiera sobrepasar. 12.6. Habrá que evitar que estén apoyados sobre pisos que se encuentren mojados, ya que al estar construidos en acero son susceptibles a la corrosión. 12.7. Si al intentar abrir una válvula se encuentran impedimentos, no deberán utilizarse llaves y menos aún martillos, ya que podrían producir el desprendimiento de la válvula. 12.8. Nunca se intentará reparar una válvula de seguridad. 12.9. Si se detecta una pérdida en un cilindro, no se lo utilizara y se dará aviso de inmediato al representante del contratista. 12.10. Cuando se utilicen cilindros de oxigeno hay que evitar la proximidad de grasas o aceites debido a que su oxidación violenta puede producir focos de incendio. Debe tomarse en cuenta que esto es extensivo a la suciedad que se puede tener en la mano o en el guante que tiene puesto. 12.11. Para retirar un regulador de un tubo, primero se debe cerrar la válvula, luego evacuar el contenido de la línea (caño o manguera), aflojar la mariposa del regulador y finalmente retirar el regulador.

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12.12. Para colocar un regulador, debe abrirse lentamente la válvula del cilindro con el regulador totalmente cerrado y posteriormente debe abrirse el regulador hasta a presión deseada.

13. Orden y Limpieza 13.1. El área de trabajo deberá mantenerse limpia y libre de todo desecho, escombro, basura o desperdicio. 13.2. Mantenga el orden en todo momento prestando atención en mantener despejados los accesos y calles, retirar residuos, eliminar riesgos por caídas y almacenar adecuadamente los materiales y equipos. 13.3. Arroje la basura y los desperdicios dentro de contenedores apropiados. Nunca lo haga sobre el suelo. 13.4. Deposite los trapos o estopas impregnados en aceite en tos recipientes destinados para ese uso. 13.5. Mantenga ordenadas las herramientas en los lugares destinados para ellas. 13.6. No utilice aire comprimido para la limpieza de ropas de trabajo o equipos. 13.7. No utilice productos inflamables para realizar tareas de limpieza. 13.8. Limpie rápidamente cualquier pérdida o derrame de productos. Señalice y coloque vallas para evitar que otras personas puedan resultar lesionadas. Tome las precauciones del caso si la sustancia derramada es tóxica o nociva para la salud. 13.9. Guarde sus ropas y otros materiales en los lugares provistos a tal efecto. 13.10. No cuelgue toallas, trapos u otros objetos sobre estufas, calderas o generadores de calor. 13.11. No coloque cartones u otros materiales como accesorios de los equipos. 13.12. Está prohibido depositar materiales dentro o encima de tableros eléctricos y obstruir su acceso.

14. Higiene personal 14.1. Está prohibido introducir recipientes de vidrio al interior de la UNVM 14.2. Diariamente deberá presentarse a trabajar con su uniforme completo y limpio sus zapatos de seguridad y el pelo/barba corto o recogido. 14.3. Deberá observar todas las normas de higiene necesarias en el uso de los

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servicios sanitarios, duchas, vestuarios, comedor, etc. 14.4. Use agua y jabón para su aseo personal. 14.5. Cuando sus manos estén sucias de aceite, grasa, o productos químicos, lávelas bien, especialmente antes de comer o manipular alimentos. 14.6. No está permitido en el ámbito de la UNVM la preparación de comidas, como así también contar con anafes, calentadores, cocinas, parrillas, etc. 14.7. Todos los frentes de obra, deberán disponer con la provisión mínima de un retrete y lavabo con agua fría en cada uno de sus frentes.

15. Circulación 15.1. Transite por las sendas peatonales, pasillos y puertas de acceso autorizados. No circule saltando cintas, cables o cañerías. 15.2. Evite pasar por los portones usados para la entrada/salida de vehículos, utilice los accesos para el personal 15.3. Use los pasamanos de las escaleras, rampas en todo momento. 15.4. Camine, no corra. 15.5. Estacione los vehículos en los lugares designados. 15.6. Cargue y descargue en los sectores habilitados. 15.7. No se suba, cuelgue o salte sobre máquinas, equipos o materiales. 15.8. No se ubique debajo de cargas suspendidas o debajo de lugares donde se realicen trabajos de altura. 15.9. No viaje como pasajero ni transporte personas en vehículos industriales. 15.10. No utilice autoelevadores o máquinas no expresamente diseñadas y autorizadas por el fabricante para tal fin. 15.11. No circule con un vehículo a una velocidad mayor a 20 km/h dentro de la UNVM.

16. Comunicación de accidente-incidentes 16.1. Notifique inmediatamente a su superior cuando sufra algún accidente o incidente durante la jornada de trabajo.

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16.2. Comunique dicha circunstancia a la

UNVM inmediatamente después de

prestar la debida atención al accidentado y de haber tomado las medidas correctivas iniciales.

17. Acciones en caso de Emergencia 17.1. Una situación de emergencia estará representada por: -

Principio de incendio y/o explosión.

-

Accidente con consecuencias graves.

-

Derrame o escape de productos químicos que puedan afectar al personal, las instalaciones y/o al medio ambiente.

17.2. Cada vez que registre una emergencia, corte los suministros de energía, dé aviso a su superior inmediato y llame al teléfono de emergencia asignado por su empleador y al responsable de la obra por parte de la UNVM. 17.3. Si se trata de un principio de incendio, trate de extinguirlo con los extintores disponibles, si no resulta organice la evacuación. 17.4. Una vez efectuado el aviso de emergencia, el personal deberá obedecer las indicaciones que pudiera brindarles el Responsable de la UNVM u otra persona autorizada. 17.5. Si la emergencia requiere la evacuación, el personal de la Empresa desalojará el área de trabajo ordenadamente, concurriendo los evacuados hasta el punto de encuentro definido dentro de la UNVM. 17.6. El representante de la Empresa deberá controlar la presencia de todo su personal y denunciar la falta de alguna persona al Responsable de la UNVM.

18. Primeros Auxilios En caso de emergencia/accidente, de aviso a su superior inmediato y al personal de la UNVM responsable del control de las obras. Mueva al accidentado, solo cuando sea necesario, sin causar lesiones adicionales. Si no se dispone de medios adecuados (camilla, etc.) no intente mover a un lesionado con múltiples traumatismos.

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Nunca intente mover, ni quitar un objeto extraño del accidentado, por sus propios medios. Esto debe ser realizado por personal debidamente capacitado del servicio médico. Trate de mantener despierto al accidentado, no le dé de beber ni de comer. Logre un acceso seguro al accidentado. Entregue al accidentado con la mayor información posible al personal más capacitado.

19. Requerimientos de Elementos en Obra 19.1. Botiquín de Primeros Auxilios, equipado con: 1. Desinfectantes: • agua oxigenada (1 botella de 500 cm3) • alcohol (1 botella de 250 cm3) • pervinox (1 botella de 200 cm3) 2. Heridas: • gasas estériles grandes (5 cajas) • vendas de gasa (2 paquetes de 5 cm) y (2 paquetes de 10 cm) • 3 apósitos grandes • algodón (1 paquete de 500 g) • sábana de una plaza nueva 3. Adhesivos: • tela adhesiva (2 rollos) • tijera (1 una) • curitas (5 cajas) 4. Bioseguridad: • guantes de látex (1 caja) • barbijos (10 diez) • protectores oculares (5 cinco) • jabón de tocador (1 uno) • toalla de mano (1 una) 19.1.2. Extintor de incendio ABC de 5 kg, cantidad 2 (dos) 19.1.3. Luz de emergencia de 90 lets.

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19.1.4. Linterna. 19.1.5. Conos de señalización 5 (cinco).

20. Señalización 20.1. Señalización en Obra • El responsable de Higiene y Seguridad de cada Empresa, contratista ó subcontratista que ingrese A LA UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MARIA, indicará los sitios a señalar y las características de la señalización a colocar, según las particularidades de la obra. Tomar como modelo la señalética adjunta como ANEXO I. • Los sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, tarjetas, etc.), se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes, de acuerdo a normas nacionales o internacionales reconocidas. • Todas las herramientas, equipos y maquinarias deberán contar con señalamiento adecuado a los riesgos que genere su utilización, para prevenir la ocurrencia de accidentes. • Las señales visuales serán confeccionadas en forma tal que sean fácilmente visibles a distancia y en las condiciones que se pretenden sean observadas. • Se utilizarán leyendas en idioma español, pictogramas, ideogramas, etc., que no ofrezcan dudas en su interpretación y usando colores contrastantes con el fondo. • La señalización de los lugares de acceso, caminos de obra, salidas y rutas • de escape deberán adecuarse al avance de la obra. • Los trabajadores ocupados en la construcción deberán estar provistos de equipos de alta visibilidad. • Todos los vehículos y máquinas de obra deberán trabajar maniobrando con ocupación parcial o total de la vía pública habilitada al tránsito, e instalaran señales fonoluminosas. • Las partes de máquinas, equipos y otros elementos de obra, así como los edificios pertenecientes a la obra en forma permanente o transitoria, cuyos

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colores no hayan sido establecidos, se pintarán de cualquier color que sea suficientemente contrastante con los de seguridad y no provoque confusiones. • Las partes móviles de máquinas y equipos de obra serán señalizadas de manera tal que se advierta fácilmente cuál es la parte en movimiento y cuál la que permanece en reposo. • Las cañerías por las que circulen fluidos se pintarán con los colores establecidos en la Norma IRAM correspondiente. 20.1. Señalización en el predio del Parque. • Según la urbanización y el desarrollo que vaya teniendo el parque, se irá acompañando con la colocación de la señalizando que se muestra en el ítem SEÑALIZACIÓN DE TRÁNSITO. ANEXO I.

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21. Elementos de protección personal mínimos según actividad y riesgo El Responsable de Higiene y Seguridad en el Trabajo de cada Empresa, determinará según el requerimiento de las funciones del trabajador y los riesgos inherentes en el puesto, los elementos de protección personal necesarios. A continuación se muestra una tabla orientativa.

ACTIVIDAD

1) Trabajos Albañilería

2) Trabajos Mecánicos

3) Soldaduras al Arco

4) Soldadura Oxicorte

ELEMENTOS DE PROTECCION 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Zapato de Seguridad con puntera de acero Guante de cuero corto Guante de nitrilo Casco Antiparras Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura Protección auditiva tipo endoaural.

Zapatos de Seguridad con puntera de acero Guantes de cuero corto Casco Antiparras Protección auditiva tipo copa adaptada al casco (reducción: 20 dB mínimo). 6. Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura.

1. 2. 3. 4. 5.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 1. 2. 3. 4. 5. 6. dB 7.

Delantal y polaina de cuero Guantes de cuero largo Antiparras Careta para soldar Zapatos de seguridad con puntera de acero. Casco. Protección auditiva tipo copa adaptada al casco (reducción: 20 dB mínimo), según necesidad. Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura. Delantal y polaina de cuero Zapatos de seguridad con puntera de acero. Anteojos para Oxicorte Guantes de cuero largo. Casco. Protección auditiva tipo copa adaptada al casco (reducción: 20 mínimo), según necesidad. Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura.

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5) Trabajos Carpintería

6) Trabajos de instal. De Gas

7) Trabajos Eléctricos

8) Trabajos de Jardinería

9) Maquinistas

1. 2. 3. 4. dB 5. 6. dB 7. 1. 2. 3. 4. 5.

Zapatos de Seguridad con puntera de acero. Anteojos de Seguridad o Antiparras Guantes de cuero corto Protección auditiva tipo copa adaptada al casco (reducción: 20 mínimo). Casco. Protección auditiva tipo copa adaptada al casco (reducción: 20 mínimo), según necesidad. Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura. Guantes de cuero corto Anteojos de seguridad Zapatos de seguridad con puntera de acero Casco. Protección auditiva tipo copa, según necesidad (reducción: 20 dB mínimo) 6. Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura.

Zapatos dieléctricos de seguridad Anteojos de Seguridad o Antiparras Guantes de goma dieléctricos Guantes de cuero corto Casco Protección auditiva tipo copa, según necesidad (reducción: 20 dB mínimo). 7. Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura.

1. 2. 3. 4. 5. 6.

1. Antiparras, según necesidad 2. Ropa de Agua 3. Casco, según necesidad 4. Zapatos de seguridad. 5. Botas de goma de seguridad 6. Guantes de cuero corto 7. Cinturón de seguridad para trabajos de poda en altura. 8. Protección adecuada para máquinas y herramientas especiales. 9. Protección Facial, según necesidad 10. Protección auditiva tipo copa, según necesidad (reducción: 20 dB mínimo). 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Zapato de seguridad con punta de acero. Protección Auditiva tipo copa (reducción: 20dB mínimo). Antiparra Guante de cuero corto Arnés reflectante Casco, según necesidad.

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10) Máquinas y Herramientas

11) Trabajos de Pintura

12) Trabajos con riesgos Químicos

13) Trabajos con emisión de polvos

1. 2. 3. 4. 5.

Zapato de seguridad con punta de acero. Protector facial, según necesidad Antiparras Guantes cuero corto Protección auditiva tipo copa, según necesidad (reducción: 20dB mínimo).

1. 2. 3. 4.

Zapatos de seguridad con puntera de acero. Antiparras Guantes de cuero corto o de látex, según necesidad Arnés de cuerpo entero para trabajos en altura (según necesidad) 5. Media máscara con respirador con filtro para solventes.

1. 2. 3. 4. 5.

Media máscaras con filtro para solventes Guantes de Nítrilo Anteojos de Seguridad o Antiparras Pecheras de Hule Botas de Goma

1. Media máscara con filtro para polvos 2. Antiparras no empañable 3. Guantes de cuero.

6. DOCUMENTOS RELACIONADOS: •

Ley 19587 “Higiene y Seguridad en el Trabajo” – Dec. 351/79.



Decreto 911/96.



Res. 51/97



Ley. 24557 y decretos reglamentarios.



Anexo I – Señalética.

7. CONTROL DE CAMBIOS: FECHA

RAZÓN DEL CAMBIO

VERSIÓN

ORIGINAL

A