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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO DE SERVICIOS DENOMINADO: GESTIÓN DEL PROGRAMA EUROPA JOVEN MADRID A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRÁMITE URGENCIA.
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO
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Objetivo General La gestión de Europa Joven Madrid en el municipio de Madrid, como centro de referencia en materia de información y formación relativa a programas europeos, especialmente el Programa denominado Juventud en Acción o los programas que lo sustituyan, fomentando y promoviendo la participación de los jóvenes de Madrid en programas europeos.
SEGUNDA. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL CONTRATO 1. REQUISITOS DEL PROYECTO. Para la realización del objeto del contrato, se deberá presentar proyecto detallado que no exceda de 100 páginas en el que consten las características técnicas del desarrollo y gestión de las actividades del Centro Europa Joven Madrid. 2. OBJETIVOS 2.1. Objetivos Específicos 2.1.1.Información: Sobre los programas europeos con especial incidencia y Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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participación en la Red Eurodesk de Madrid, respondiendo a la demanda que la red exige. 2.1.2.Formación: A los jóvenes y grupos de entidades que trabajan con jóvenes de Madrid sobre los contenidos principales de los programas europeos de juventud. 2.1.3. Participación: Promoción de los jóvenes en el voluntariado europeo donde los jóvenes participen directamente en Europa a través de diferentes opciones movilidad internacional, según los criterios y características del Programa Juventud en Acción. 2.1.4.Fomentar el conocimiento de Europa a través de diferentes opciones movilidad internacional, según los criterios y características del Programa Juventud en Acción y sus modificaciones posteriores.
2.2. Relación de trabajos a realizar, personal y características técnicas: 2.2.1.Información y asesoramiento en programas dirigidos a jóvenes a. Atender a la petición de información y asesoramiento, bien de forma personalizada en el Centro de Europa joven, vía correo electrónico y telefónico, sobre cualquier tema con relación a Europa que pueda ser de interés para los jóvenes. b. Informar sobre proyectos europeos para la población joven a entidades que trabajen en temas de juventud, grupos de jóvenes, asociaciones y federaciones de juventud para que desarrollen sus iniciativas europeas. 2.2.2.Participación en la red Eurodesk según los criterios que establece el Instituto de la Juventud y que se detallan como parte de las funciones del técnico europeo, en el apartado b de estos Pliegos. 2.2.3.Promoción del voluntariado europeo tanto de envío como de acogida según las características establecidas en el programa Juventud en acción. a. Promoverá el Servicio de Voluntariado Europeo como entidad de envío consiguiendo al menos que cinco jóvenes al año participen de este proyecto en países de Europa. b. Acogida cada año de al menos otros 4 voluntarios europeos dentro del servicio de voluntariado europeo.
3. SERVICIOS A PRESTAR: Servicio de difusión Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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3.1. Difusión de actividades en el centro Europa Joven Madrid, que se realizara de la forma: Información y asesoramiento. Realizar una campaña de información y difusión sobre las actividades y recursos europeos para jóvenes con las siguientes funciones: Difundir la campaña en colaboración con la Red Municipal de información juvenil. Atender a la petición de información y asesoramiento, bien de forma personalizada en el Centro de Europa Joven Madrid y vía email, sobre cualquier tema de Europa que pueda ser de interés para los jóvenes. Informar sobre proyectos europeos para la población joven a entidades que trabajen en temas de juventud y de así lo requieran, como asociaciones juveniles. 3.2. Difusión y comunicación de actividades del centro, que se realizará de la forma: Producción de dos Roll up (display) tamaño 100x150. Realizar cinco folletos de información para jóvenes sobre becas, viajes, ocio, idiomas y empleo para su difusión en el centro y por Internet. Elaborar tres guías sobre viajar y estudiar en Inglaterra, Francia y Alemania con difusión en la Web del Centro www.europajoven.org/madrid. Realizar un boletín electrónico mensual sobre actividades europeas para jóvenes y entidades de juventud (11 meses). Actualizar mensualmente las noticias y contenidos de la página Web www.europajoven.org/madrid 3.3. Asimismo la empresa deberá: Asumir el diseño, maquetación y fotocomposición de folletos para la difusión del centro en español e inglés en papel y en formato pdf. Mantener y actualizar la base documental e informática del centro, encargándose de las modificaciones necesarias de la base de datos de usuarios del servicio. Difundir todos estos folletos en colaboración con la Red Municipal de información Juvenil
4. DESARROLLO Y EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES Las actividades a desarrollar, dado su carácter culturaljuvenil, tendrán en cuenta el interés de 3
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los jóvenes y se concretarán dentro de un amplio abanico de opciones relativas a diferentes talleres, actividades, jornadas y seminarios que la empresa adjudicataria deberá cada año ofertar dentro de su proyecto de actividades. 4.1. Talleres participativos de divulgación de proyectos. 4.1.1.Dos talleres para acercar Europa a la juventud, a través de actividades lúdicas, encuentros y otras actividades, cada uno de dos horas como mínimo. 4.1.2.Seis talleres de idiomas en que se trabajará la conversación en inglés y al menos otro idioma comunitario a elegir entre alemán, francés o italiano. La duración de cada taller será de al menos 8 horas. 4.2. Organización y participación en eventos. 4.2.1.Organización de actividades en la Semana Europea de la Juventud. 4.2.2.Participación en al menos tres sesiones informativas de las actividades de los Centros Juveniles del Ayuntamiento de Madrid 4.3. Jornadas y seminarios 4.3.1.Realizar cinco jornadas informativas sobre la búsqueda de becas de empleo y sobre viajar por Europa, en el Centro de Europa Joven, cuya duración será entre hora y media y dos horas cada jornada.
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4.3.2.Organizar diez jornadas formativas sobre proyectos europeos de Juventud de dos horas, con contenidos sobre voluntariado europeo intercambios juveniles y otras acciones de grupos juveniles. 4.3.3.Organizar un seminario internacional en Madrid con un mínimo de 15 participantes europeos con el objetivo de fomentar los contactos entre centros de información y promoción europea de la juventud y crear nuevas propuestas para los jóvenes de las ciudades implicadas.
TERCERA. MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES 1. MATERIALES La empresa adjudicataria aportará todos los materiales: Todos los materiales administrativos necesarios para el desarrollo de las actividades (consumibles de oficina papelería, toner de impresoras, Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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cartulinas, folios, bolígrafos, grapadoras, pizarras blancas, clips, etc.). 1 Conexión Internet con ADSL. 2 teléfonos, uno fijo y otro móvil. 2 ordenadores de mesa (Procesador Intel core i3 o superior, memoria RAM 4 Gb o superior, Disco duro: 1000 Gb a 7200 rpm o superior, sistema operativo Windows 7 o superior, lector DVD, wifi, 5 salidas USB o mas, entradas y salidas de audio, Webcam, cascos, micrófonos, ratones y monitor LED 17” o superior). 1 ordenador portátil (Procesador intel core i3 o superior, memoria RAM 4 Gb o superior, disco duro: 500 Gb a 5400 rpm o superior, sistema operativo Windows 7 o superior, lector DVD, wifi, 3 salidas HDMI o mas, entradas y salidas de audio, Webcam, cascos y micrófonos). 1 impresora láser b/n, mínimo de 20 ppm. Y los consumibles para su adecuado uso.
2. PERSONAL El contratista deberá aportar el personal preciso para atender a sus obligaciones. El personal estará sometido al poder de dirección y organización del contratista adjudicatario (retribuciones, horarios, instrucciones, etc.) y a todo ámbito y orden legalmente establecido siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial, en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídicolaboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo. De conformidad con el artículo 301.4 del TRLCSP, a la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Madrid. El adjudicatario designará un representante para que sea el interlocutor con el departamento de juventud para los temas que afecten al cumplimiento de este contrato. Este representante y/o la organización, deberá tener conocimientos y experiencia probada en la organización de programas europeos de juventud. El adjudicatario se compromete a designar a tres personas: Un responsable del proyecto, un técnico europeo y un informador europeo cuya formación y experiencia exigida será demostrable mediante currículo vitae y documentación acreditativa necesaria. Dicha titulación Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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será como mínimo la recogida en los puntos siguientes con las funciones que corresponden a cada persona: 2.1. Un responsable del proyecto 2.1.1.Titulación, formación y experiencia requerida
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Licenciatura Universitaria, o formación universitaria de grado, preferiblemente relacionada con las Ciencias Sociales. Título oficial de Coordinador de Tiempo Libre, monitor de tiempo libre o formación en Animación Sociocultural. Certificado que acredite nivel alto de Ingles B2= Usuario independiente (según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas ( MCER) Experiencia en gestión de programas similares de Europa relacionados con juventud, de al menos 1 año de duración. 2.1.2.Funciones del responsable del proyecto Supervisión y organización del servicio siendo el enlace con el Departamento de Juventud
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y que actuará como responsable de la gestión del Programa. Para ello organizara las reuniones periódicas con técnicos del Departamento de Juventud. Participar en reuniones de coordinación con el Departamento de Juventud cuando así lo establezca, o bien a petición de los Distritos Municipales para un mejor desarrollo de la prestación. Potenciar la participación activa de los jóvenes, asociados o no, en los programas europeos con actividades informativas que abiertas a toda la población joven sin excepción con especial dedicación a jóvenes mas necesitados. Supervisar de la realizar un informe mensual y memoria anual del trabajo realizado, en soporte escrito y digital con datos cualitativos, cuantitativos, segregados por Distritos, y, en su caso, con indicación de los jóvenes que han sido informados según los criterios que determine el Departamento de Juventud. Hacer el seguimiento y control de las noticias de los Programas Europeos de la Agencia Nacional y desde la Unión Europea, y ponerlos a disposición del Departamento de juventud. Llevar a cabo las gestiones necesarias para el buen desarrollo del proyecto, con procedimientos que resulten eficaces y adecuados para los distintos grupos y necesidades, siendo creativos e innovadores a la hora de elegir sus estrategias, métodos y herramientas. Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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Para la correcta realización de sus funciones se prevé un total de 4 horas semanales. De conformidad con la Instrucción 5/2012, este Jeferesponsable actuará como interlocutor con el Ayuntamiento de Madrid y en particular con el Departamento de Juventud. Para los casos de ausencia de este interlocutor, la empresa contratista deberá designar un sustituto.
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2.2. Un técnico europeo 2.2.1.Titulación, formación y experiencia requerida Diplomatura Universitaria, o formación universitaria de grado, preferiblemente relacionada con las Ciencias Sociales. Título oficial de Coordinador de Tiempo Libre, monitor de tiempo libre o formación en Animación Sociocultural. Certificado que acredite nivel alto de Ingles B2= Usuario independiente y conocimiento en otra lengua europea A2= Usuario básico. (según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER) Experiencia demostrada como participante en un programa europeo en el extranjero de más de tres meses. (Preferiblemente servicio de voluntariado europeo). Experiencia en gestión de programas similares de Europa relacionados con juventud, de al menos un año de duración. Manejo de ordenador con conocimientos básicos en ofimática, tratamiento de texto y Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp
correo electrónico. 2.2.2.Funciones del Técnico europeo Coordinar todas las actividades y Programas del Centro Europa Joven Dentro de la participación en la Red Eurodesk las obligaciones del Programa: o Responder las preguntas realizadas a través del Portal Europeo de Juventud a la red Eurodesk (carpeta “Spain” de First Class). Principalmente en ingles. o Promover la información europea entre los jóvenes. o Colaborar con otras organizaciones que trabajen con jóvenes. o Participar en los seminarios y eventos organizados por INJUVE (Instituto de la Juventud de España) relativos al servicio Eurodesk. Recoger información de carácter local e incluirla en las carpetas disponibles en First Class Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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a tal efecto si se considera que esa información cumple los criterios de estar dirigida a los jóvenes y tener una dimensión europea. Poner a disposición de los usuarios diversos medios de resolución de consultas. Responder a las demandas de información por parte de usuarios. Se exige un mínimo de 25 consultas al mes y la participación activa resolviendo al menos una duda a través de First Class por semana para considerar que el puesto Eurodesk se está rentabilizando. Dar difusión al servicio e información (prensa, publicaciones propias, ferias, etc.); Mandar los mensajes a las carpetas correspondientes para tal fin y nunca en envíos Código de verificación : PY056bb60b79d581
masivos: General: cualquier consulta de carácter general relativa a Europa. Mobility: consultas sobre viajes y estancias en otros países. Partners: solicitudes de búsqueda de interlocutores. Información en España: programas, becas y convocatorias de ámbito regional, nacional o internacional, pero abiertas a todo el público. o Spain: resolución de cuestiones del Portal Europeo de Juventud. o Red en España: boletines y actividades del día a día de la red española. La óptima ejecución del trabajo del Centro, manteniendo informada en todo momento al o o o o
Departamento de Juventud del desarrollo del mismo. Así mismo enviara y se coordinara información de interés para los jóvenes con a la Red Municipal de Información Juvenil. Realizar un informe mensual y memoria anual del trabajo realizado, en soporte escrito y
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digital con datos cualitativos, cuantitativos, segregados por programas y actividades, todo ello según los criterios que determine el Departamento de Juventud. Asistir a los cursos de formación que se programen desde la Dirección General de Educación y Juventud, en colaboración con otras Áreas de Gobierno municipales, con la Comunidad de Madrid u otras instituciones. Participar en reuniones de coordinación con el Departamento de Juventud cuando así lo establezca. Para la correcta realización de sus funciones se prevé un total de 30 horas semanales.
2.3. Un informador europeo 2.3.1.Titulación, formación y experiencia requerida Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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Ciclo formativo de grado medio o superior, Bachillerato. Título de monitor de tiempo Libre, animador sociocultural o similar Certificado que acredite conocimientos altos de Ingles B2= Usuario independiente. (según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas MCER) Experiencia en la gestión de programas Europeos relacionados con juventud, de al menos
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un año de duración. Experiencia en la participación en algún programa Europeo con estancia superior a 3 meses. Manejo de ordenador con conocimientos básicos en ofimática, tratamiento de texto y correo electrónico. 2.3.2.Funciones del Informador europeo Las derivadas de la ejecución de programa y las que le asigne el técnico coordinador. Acceder a la información que se considere de interés para la juventud en relación con programas europeos (tiempo libre, viajes, becas, premios, programas con Europa, salud, oposiciones, cursos y programas formativos, conferencias, ofertas de empleo público, etc...), mediante el trabajo de búsqueda por Internet, web, redes sociales. La información ofrecida será completa, actualizada, precisa, práctica y fácil de utilizar. Garantizar la objetividad de la información ofrecida, mediante el pluralismo y la
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comprobación de las fuentes utilizadas. Asimismo la información ofrecida deberá estar exenta de cualquier influencia religiosa, política, ideológica o comercial. Asistir a los cursos de formación que se programen desde la Dirección General de Educación y Juventud, en colaboración con otras Áreas de Gobierno municipales, con la Comunidad de Madrid u otras instituciones. Captar información para actualizar la página web municipal con contenidos de interés para los jóvenes con los criterios y soportes que determine la Dirección General de Educación y Juventud. Apoyar a otros servicios que en su caso determine el Departamento de Juventud, con una antelación suficiente para potenciarlos. Para la correcta realización de sus funciones se prevé un total de 20 horas semanales. Tanto el técnico como informador europeo deberán ser sustituidos en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad. La contratación de un nuevo técnico o informador requerirá que estas personas cumplan con los mismos requisitos de titulación y experiencia que la persona a la que sustituye, según se prevé en este Pliego de Prescripciones Técnicas, debiendo comunicarse esta Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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sustitución al Departamento de Juventud para su aprobación.
CUARTA. LUGAR Y HORARIO DE REALIZACION DE LAS PRESTACIONES DEL CONTRATO
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1. Horario Las horas de atención directa al público se establecerán según determine el Departamento de Juventud teniendo en cuenta la demanda del servicio y los horarios del Centro donde se ubica. El Centro permanecerá cerrado durante el mes de agosto. 2. Lugar de la ejecución Las actividades se llevarán a cabo en el Centro Juvenil Chamberí, en la calle Raimundo Fernandez Villaverde nº 2 en Madrid. Los gastos de limpieza y mantenimiento corresponden al Distrito donde se ubica el centro.
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QUINTA. C ONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia . La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: a. Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD) . Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato. b. Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. c. Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. d. Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda especificar en concreto y que se incluyan como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. e. A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD). Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo. El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas. El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
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El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones. f. Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. g. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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h. Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid. i. En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados. También, en caso de que los equipos informáticos se utilicen en los talleres que se imparten a los jóvenes del los centros juveniles, se recuerda que habrá de tenerse especialmente en consideración la necesidad de proceder al borrado en los ordenadores de cualquier dato personal de los alumnos que pudieran haberse utilizado para hacer prácticas en los cursos. j. De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). k. Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación la persona que serán directamente responsables de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional. Firmado por: MARIA GARABANDAL MARTIN DE LEON Fecha: 12-08-2013 16:02:02 Autor
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