PRESUPUESTO MUNICIPAL 2015

PRESUPUESTO MUNICIPAL 2015 Incluye Incluye Servicios Incorporados a la Gestión de Educación y Salud I.MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO SECRETARÍA COMUNAL D...
5 downloads 2 Views 1MB Size
PRESUPUESTO MUNICIPAL 2015 Incluye Incluye Servicios Incorporados a la Gestión de Educación y Salud

I.MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO SECRETARÍA COMUNAL DE PLANIFICACIÓN Diciembre de 2014

1

ÍNDICE

Contenido

Página

Contenido

Página

1. Presentación

3

PRESUPUESTO 2015 - ÁREA EDUCACIÓN

47

2. Orientaciones Generales

4

TÍTULO II Presupuesto de Educación Municipal

48

9. Estructura Deudores Presupuestarios

51

10. Justificaciones Deudores Presupuestarios

55

11. Estructura Acreedores Presupuestarios

57

12. Justificaciones Acreedores Presupuestarios

62

PRESUPUESTO 2015 - ÁREA MUNICIPAL

7

TÍTULO I Estimaciones de Ingresos y Gastos y Normas Complementarias del Área Municipal

8

3. Estructura Deudores Presupuestarios

21

4. Justificaciones Deudores Presupuestarios

24

PRESUPUESTO 2015 - ÁREA SALUD

66

5. Estructura Acreedores Presupuestarios

29

TÍTULO III Presupuesto de Educación Municipal

67

6. Presupuesto por Áreas de Gestión Municipal

34

13. Estructura Deudores Presupuestarios

70

7. Justificaciones Acreedores Presupuestarios

36

14. Justificaciones Deudores Presupuestarios

72

8. Gastos en Personal

45

15. Estructura Acreedores Presupuestarios

78

8.1. Límites del Gasto en Personal a Contrata y Honorarios a Suma Alzada

16. Justificaciones Acreedores Presupuestarios

80

45

8.2. Límites del Gasto respecto a los Ingresos Propios

46

TÍTULO IV Normas de Control y Vigencia

85

17. Plan de Desarrollo Comunal - Matriz 2015

87

18. Plan de Inversión - Proyectos 2015

105

2

1. PRESENTACIÓN

El Presupuesto Municipal es una estimación financiera de los

Este instrumento de la administración financiera es

deudores y acreedores presupuestarios para un periodo

complemento

dado, ordenando de forma eficiente los recursos con que

(PLADECO), debiendo considerar todas las actividades de

cuenta el municipio, así como los gastos en que incurre, en

índole financiero que contemplan estas herramientas de

función de las directrices principales que lo definen. Esta

planeación para el cumplimiento de las políticas y metas

herramienta, es concebida como la expresión económica de

propuestas.

del

PLAN

DE

DESARROLLO

COMUNAL

todas las actividades y programas que ejecuta el municipio En consecuencia, el presupuesto como instrumento de

para el cumplimiento de sus fines.

planificación, Como

herramienta

de

administración

financiera,

origen de los recursos y el destino que se les dará para concretar los programas y actividades que se propone realizar la organización en un periodo determinado. Es un sistema dinámico y flexible, porque a través del control de ingresos (recibidos y devengados) y gastos (pagados, devengados y obligados) permite tomar decisiones y efectuar adecuadas

a

las

necesidades

transforma

en

una

herramienta

determinante en el éxito futuro de la gestión municipal.

el

presupuesto constituye la base para planificar de acuerdo al

modificaciones

se

e

implementación de programas y proyectos presupuestarios.

3

2. ORIENTACIONES GENERALES

El Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO), es definido como

El PLADECO, define 6 áreas y objetivos estratégicos que

un instrumento fundamental para el desarrollo comunal que

permiten orientar la formulación del Presupuesto Municipal

contiene las acciones, programas, proyectos y actividades a

2015. Estas áreas y objetivos se construyen a partir de los

desarrollar por la gestión municipal, en un horizonte de

siguientes lineamientos que se desprenden del diagnóstico

tiempo de 5 años, y están orientadas a satisfacer las

de la situación comunal, necesidades, demandas y

necesidades de la comunidad local y a promover el avance

requerimientos sociales e institucionales:

social, económico y cultural de la comuna. o Identidad, historia y capital social El PLADECO, es concebido como un instrumento de

o Infraestructura y servicios

planeación estratégica que se asume como carta de

o Interconectividad e integración espacial y social

navegación que define los compromisos y apuestas de

o Habitabilidad, mejoramiento de vivienda y oferta de

desarrollo de la organización municipal,

para el período

nuevas viviendas

2013 – 2017. En dicho Plan de Desarrollo Comunal, la Visión

o Seguridad Pública

de futuro deseado para la comuna Lo Espejo, se sintetiza en

o Comuna saludable y ambientalmente sustentable

la siguiente expresión: “Lo Espejo, una comuna con historia

o Educación, movilidad social e innovación

e identidad. Que reconoce y promueve las capacidades y talentos de su gente y de su comunidad. Una comuna participativa, limpia, saludable y preocupada del medio ambiente. Segura para vivir, emprender y circular.”

4

2) Área Educación

Las áreas y los objetivos estratégicos que orientan el accionar y presupuesto municipal 2015, son los siguientes:

o Construir un sistema de educación municipal integral y participativo, centrado en el desarrollo de los y las

1) Área Desarrollo Social y Económico

estudiantes a contar desde la primera infancia.

o Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la comuna, mediante el desarrollo de

3) Área Salud

políticas, programas, proyectos e iniciativas sociales

o Generar un sistema de salud comunal que garantice

locales de carácter integral, innovador, e inclusivo,

una atención de calidad, en el contexto del proceso

conducentes a la promoción social y sustentada en un

de acreditación de los prestadores de salud,

enfoque de derechos y la participación de sus actores.

caracterizado por ser desburocratizado, con recursos

o Contribuir a mejorar las oportunidades económicas de la

humanos competentes, que hace un uso eficaz de los

población, a través de la capacitación, empleabilidad y el

recursos financieros y tecnológicos, y funcione

desarrollo del emprendimiento en la comuna.

conectado en redes (sinergia).

o Colaborar con el mejoramiento de las condiciones materiales y la calidad de vida de los sectores de población de mayor vulnerabilidad socioeconómica, mediante acciones de promoción humana e integración social que faciliten el acceso a los servicios y/o recursos que le sean necesarios.

5

4) Área Participación y Seguridad Pública o Promover

la

participación

5) Área Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Vivienda

democrática

de

la

o Desarrollar

la

infraestructura y

creando

equipamiento

comunidad para impulsar el desarrollo de la comuna y

comunal

mejorar la calidad de vida de sus habitantes,

encuentro y de convivencia comunitaria con calidad

mediante mecanismos de planificación, consultas,

sustentable ambiental.

control social y construcción conjunta.

recuperando

y

espacios

de

o Mejorar la calidad de viviendas y su entorno

o Generar una política de seguridad ciudadana integral

inmediato, a partir de un principio de habitabilidad y

que incorpore la institución municipal, programas

sustentabilidad ambiental.

estatales y comunidad; dotándola de un soporte político-técnico-administrativo

para

mejorar

6) Área de Gestión Interna

las

condiciones de seguridad de la comunidad.

o

o Promover el acceso a la justicia, promoción de

Promover el mejoramiento de la Gestión Municipal a través del principio de eficiencia.

derechos y prevención en materia de seguridad a

o

través del Defensor Comunal.

Establecer una imagen institucional dando sentido de pertenencia e identidad municipal.

6

PRESUPUESTO 2015

ÁREA MUNICIPAL

I . M U N I C I P A L I D A D

D E

L O

E S P E J O

-

7

S E C R E T A R Í A

C O M U N A L

D E

P L A N I F I C A C I Ó N

TÍTULO I ESTIMACIONES DE INGRESOS Y GASTOS Y NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL ÁREA MUNICIPAL ARTÍCULO 1°

ARTÍCULO 3° (*)

Apruébese las estimaciones de deudores y acreedores

Los trabajos extraordinarios deberán ser autorizados

presupuestarios correspondientes al Presupuesto Municipal

mediante Decreto Alcaldicio y se ajustarán a las siguientes

para el año 2015, a nivel de subtítulos, ítem, y algunas

políticas:

asignaciones como indica el texto adjunto (Numeral 3 del presente Instrumento).

* DECRETO Nº 960, del 15 mayo de 2012 INSTRUCTIVO: “Autorización y Pago de Tiempo

ARTÍCULO 2°

Extraordinario en la Municipalidad de Lo Espejo”.

La dotación máxima de personal aprobada por la Ley para esta municipalidad es de 260 funcionarios de Planta, más 44

Artículo 1° Se podrá contemplar exclusivamente en aquellos

horas Ley 15.076. Los empleos que el municipio puede

casos de trabajos eminentemente ocasionales y que el

nombrar a contrata, entre el 1° de enero y el 31 de diciembre

personal que se dispone a ello no pueda ejecutarlo durante

del 2015, en total no pueden superar el 20% del gasto en

la jornada ordinaria.

sueldos y remuneraciones del personal de Planta Municipal. El Artículo 6°, de la Ley 20.554, del 23/01/2012, que modifica

Artículo 2° Se debe solicitar la autorización en forma previa

el Artículo 3° DFL N° 141-19.321 de 1994, incorpora un Juez

del Administrador Municipal para que se trabaje tiempo

de Policía Local grado 3° y

extraordinario.

dos Secretarios Abogado al

La

jornada

extraordinaria

no

presentarse si no se cuenta con citada autorización.

Juzgado de Policía Local, grado 5°.

8

puede

Artículo 3° Corresponde al Administrador Municipal autorizar

y Finanzas y generará responsabilidad para el Jefe que

la jornada extraordinaria en forma previa a la realización de

encargó el trabajo frente al servidor en el pago del servicio.

los trabajos, no así el pago de horas extras ya laboradas. Salvo situaciones muy especiales, así calificadas por el

Artículo 6° Toda solicitud deberá consignar, para su estudio y

Director respectivo, el Alcalde podrá autorizar los trabajos

aprobación,

extraordinarios, de forma posterior al período de su

legalmente facultado para ejecutar en representación de la

realización, siempre y cuando ello no se contraponga a

Dirección.

autorización

respectiva

del

Jefe

directo

norma expresa. Artículo 7° Toda solicitud de tiempo extraordinario deberá Artículo 4° La autorización de jornada extraordinaria que

cumplir con los siguientes requisitos:

otorgue el Administrador Municipal rige a partir de la fecha

a) Ser tramitada a través del Administrador Municipal para

en que la respectiva solicitud se reciba por el Departamento

su visación.

de Personal, con excepción de los casos autorizados según el

b) Indicar la justificación por lo cual se requiere el trabajo.

artículo anterior, cuya fecha de vigencia será la que

c)

determine el Alcalde.

Señalar la cantidad de horas extraordinarias solicitadas por actividad, indicando los puestos o cargos que ocupan los funcionarios que participarán en el trabajo.

Artículo 5° En aquellos casos en que a pesar de la ausencia

d) Indicar el periodo de duración del trabajo.

de autorización, se realice trabajo en tiempo extraordinario,

e) Tener el visto bueno del Jefe directo según artículo

este no podrá ser pagado por la Dirección de Administración

anterior.

9

f)

Cuando se trate de horas adicionales a las ya

Artículo 9° Toda persona a quien se le autorice laborar

autorizadas, deberá adjuntarse un informe sobre la

tiempo

utilización real de horas extras, en el que se indique con

respectivos en el sistema de control de asistencia, donde se

claridad a quienes se han pagado, cantidad pagada por

demuestre el tiempo efectivamente elaborado. En los casos

mes y actividades que se han atendido en esas jornadas.

excepcionales en que no se utilice el reloj marcador (por

extraordinario

deberá

efectuar

los

registros

motivos de trabajo en terreno), deberá llevarse el control en Artículo 8° El uso del tiempo extraordinario deberá ajustarse

forma manual, el cual debe ser refrendado por el superior

al principio de excepción y eventualidad, por lo tanto, son

inmediato dando fe del tiempo extraordinario reportado por

improcedentes aquellas situaciones en que un solo individuo

el servidor.

trabaje en forma permanente la jornada ordinaria y una extraordinaria. En el caso de presentarse esta situación, el

Artículo 10° La jornada extraordinaria, por su propia

Jefe directo deberá tomar las medidas correspondientes para

naturaleza, solamente procede una vez concluida la jornada

que cese tal situación -de no hacerlo, será responsable

ordinaria.

directo del monto resultante de las horas extraordinarias que Artículo 11° Se computará como trabajo extraordinario, todo

así se pagaren.

el tiempo que los funcionarios laboren por sobre la jornada ordinaria de trabajo.

10

Artículo 12° La Dirección de Control deberá efectuar los

concepto no podrá exceder del 10% del costo de la planta

estudios sobre el pago de horas extras laboradas de acuerdo

municipal.

con sus planes de fiscalización y enviar copia de su informe al Estos honorarios serán imputados al subtitulo 21, ítem 03,

Administrador Municipal. Estos informes serán considerados

asignaciones 001 o 002, según se trate de honorarios a suma

para futuras solicitudes de autorización de jornada

alzada o asimilados a grados respectivamente.

extraordinaria que presente la Dirección que se trate, o bien para la revocatoria de una autorización de jornada

Para continuar con el mejoramiento sostenido de la gestión

extraordinaria.

interna de la municipalidad, especialmente en el ámbito legal, administrativo, financiero, control y desarrollo de

Artículo 13° El Departamento de Personal, deberá llevar un

recursos humanos, como en la implementación de nuevas

control exacto de la cantidad de horas extras autorizadas.

tecnologías de la información y comunicación para la gestión externa, vinculadas a la prestación de servicios a la

ARTÍCULO 4°

comunidad, acorde a la modernización de la gestión pública

Las contrataciones a honorarios efectuadas de acuerdo al

impulsada por el estado, se debe contratar el servicio de

Artículo 4° del Estatuto Administrativo Municipal, no podrán

profesionales o expertos en materias legales, administración

exceder del 31 de diciembre del 2015. Las personas

interna, sistema presupuestario, financiero, control interno, y

contratadas a honorarios no formarán parte de la dotación

de mejoría en las prestaciones a la comunidad, quienes

máxima a que se refiere el Artículo 2°, y el gasto por este

deberán realizar los siguientes cometidos:

11

Cometido Nº 4

Cometido Nº 1 Confeccionar,

actualizar,

sistematizar,

optimizar

Llevar

y

a

cabo

estudios,

análisis,

evaluación,

ratios,

racionalizar procedimientos administrativos, ordenanzas,

estadísticas y proporciones sobre los ingresos y gastos

reglamentos, manuales e instructivos de esta organización

municipales, con el fin de racionalizar recursos y optimizar

municipal.

su distribución a la comunidad y gestión administrativa.

Cometido Nº 2

Cometido Nº 5

Realizar estudios, informes y/o proyectos que sean

Confeccionar, elaborar programas orientados a la prevención

requeridos por las distintas unidades municipales para la

de enfermedades profesionales y accidentes laborales de

optimización de los servicios, coberturas e impacto de los

esta municipalidad, con el propósito de asegurar la

diferentes programas, en términos de eficiencia, eficacia y

integridad de los funcionarios municipales y el impacto a las

calidad de la gestión.

actividades que desarrollan las unidades.

Cometido Nº 3

Cometido Nº 6

Diseñar, desarrollar, aplicar, actualizar, mantener y evaluar

Elaborar

soportes de sistemas computacionales y/o bases de datos, de

estudios,

registros,

estados

de

situación,

estadísticas y análisis de los procesos sobre protección de los

gestión administrativa municipal y explotación, creación,

derechos de las personas que sean relevantes para la

actualización de sitios web institucionales de las distintas

Defensoría Comunal.

áreas de esta organización.

12

Cometido Nº 7

equipamiento comunitario, el espacio público y la calidad de

Asumir la defensa en determinados juicios y recursos en que

vida de los habitantes de la comuna, creando espacios

el Municipio sea parte, tanto como demandante o

públicos seguros, adecuados para la recreación, el descanso y

demandado, y en calidad de abogado, procurador o

el uso del tiempo libre. Además, que puedan fomentar la

patrocinante. Asimismo, se puede considerar la contratación

vida saludable, el cuidado del medio ambiente y la higiene

profesional para la elaboración de estudios y análisis de

ambiental de la comuna, incentivando la participación

proyectos legales que puedan influir en el funcionamiento de

comunitaria

las actividades y gestión municipal, a objeto de minimizar su

demostraciones didácticas a la comunidad de las iniciativas a

impacto o anticiparse a su entrada en vigencia.

desarrollar.

Cometido Nº 8

Cometido Nº 10

Elaborar estudios, registros, estadísticas e informes sobre

Elaborar estudios, planes de acción, políticas, programas y

bases técnicas, contratos de los proyectos de iniciativa de

proyectos para tratar temas relacionados a la contaminación

inversión y asuntos de gestión interna de la municipalidad.

ambiental y la importancia de las zonas verdes para la salud

a

través

de

charlas,

capacitación

y

pública a través del manejo técnico, mejoramiento y Cometido Nº 9

mantención de las especies arbustivas y arbóreas de los

Generar estudios, planes de acción, programas, proyectos y

espacios públicos y del vivero Municipal y su incidencia en el

distintas iniciativas de servicios a la comunidad que apunten

mejoramiento de la calidad de vida de la población,

a

realizando labores de difusión y formación en los distintos

mejorar el entorno urbano, la infraestructura y

13

colegios y organizaciones sociales de la comuna, planificando

Cometido Nº 12

y coordinando visitas guiadas al vivero municipal y espacios

Efectuar

públicos. Se puede considerar además la contratación para

intervenciones y exposiciones que realice el Sr. Alcalde en su

la generación de programas de podas masivas, control

condición de tal, proponiendo medidas para mejorar

sanitario sobre tenencia responsable de animales, la

dificultades. Además, se puede contratar los servicios de

elaboración de material educativo, capacitación de personal

profesionales, técnicos o expertos en comunicaciones,

y transferencia tecnológica en esta materia.

protocolo, medios audiovisuales, para apoyar la difusión y

estudios

y

análisis

de

las

presentaciones,

modernización de la imagen corporativa institucional, como Cometido Nº 11

también para asegurar una información y respuesta

Confeccionar, analizar, estudiar, planes, políticas sobre la

oportuna a las consultas y demandas de la comunidad ante

racionalización y la buena distribución equitativa de los

las autoridades municipales, realizando análisis de solicitudes

servicios comunales: alumbrado público, agua potable,

de la comunidad, sistematización de información por

señalizaciones viales, extracción de residuos entre otros,

materias, como así mismo proponiendo medidas para un

detectando dificultades y proponiendo nuevas formas

mejor control y manejo de la información relevante de los

administrativas

sistemas administrativos – informáticos de la organización

organizacional

para su

permitir

un

funcionamiento,

mayor

control

garantizando

municipal.

la

satisfacción de la comunidad.

14

Cometido Nº 13

servicios

Efectuar análisis de los comunicados de Prensa generados

recopilación, análisis e interpretación de información,

por el Municipio y demás publicaciones en medios de

formulación, implementación y evaluación de programas,

difusión, clasificándolos por áreas y proponiendo sistemas

proyectos e iniciativas sociales y comunitarias.

que permitan mejorar la difusión y el grado de conocimiento

considerar la generación y aplicación de encuestas,

de las políticas, acciones, y programas municipales por parte

actualización y apoyo administrativo de fichas sociales y otras

de la comunidad. Se podrá también, generar contratación

de interés para la comuna.

de

profesionales,

técnicos

o

expertos

en

Además

para servicios, edición y presentaciones de audiovisuales con el objetivo de generar nuevos canales de difusión de las

Cometido Nº 15

actividades que lleva a cabo el Municipio.

Desarrollar, implementar programas e iniciativas para incentivar la participación y formación cívica de la

Cometido Nº 14

comunidad

Apoyar la gestión territorial, social y comunitaria de la

importancia a la generación de inventarios y catastros de

organización municipal, evaluando y analizando el impacto

registro sistemático y seguimiento de las organizaciones

de las diferentes políticas, programas, proyectos e iniciativas

sociales de la comuna de Lo Espejo, enfatizando acciones

nacionales

análisis,

de promoción de la participación de la comunidad en las

evaluaciones, catastros, estudios estadísticos y acciones

distintas actividades y/o proyectos que lleva acabo la

tendientes a mejorar la calidad, efectividad, cobertura de

municipalidad.

participantes e innovación de iniciativas, contratando los

información relevante de los diversos programas de

y

locales,

realizando

estudios,

15

espejina

y

sus

organizaciones,

dando

Además, estudiar, evaluar, y recopilar

servicios

a

la

comunidad,

actividades

Cometido Nº 17

municipales, culturales,

Analizar, efectuar un estudio de las etnias autóctonas de

proponiendo sistemas de información y medidas para

nuestro territorio nacional que se encuentran distribuidas

evitar la doble asignación de recursos financieros y/o

en esta comuna de Lo Espejo, aplicando encuestas,

beneficios, como también medidas necesarias para

participación ciudadana, municipal, con el fin de entregar

incentivar a la reactivación de las organizaciones a objeto

más antecedentes estadísticos y difusión de ellas a la

que vuelvan a desarrollar sus actividades.

comunidad.

Cometido Nº 16

Cometido Nº 18

Efectuar un estudio sobre políticas de Seguridad Ciudadana

Efectuar un estudio de las políticas y programas orientados

de la comuna de Lo Espejo, analizando la realidad comunal

a dar protección a la familia estableciendo medidas que

en esta materia y proponiendo acciones destinadas a

propendan al fortalecimiento y enriquecimiento de éstas.

enfrentar las situaciones de delincuencia en la comuna.

Además, desarrollar, analizar estudio de la realidad

Además, generar programas e iniciativas de prevención a

comunal en materia de violencia intrafamiliar, proponiendo

través de organizaciones funcionales y territoriales de

medidas y políticas pertinentes para evitar su ocurrencia.

comunitaria,

sociales,

recreacionales

y

manera de disminuir o evitar su ocurrencia.

16

Cometido Nº 19

matriculas escolares, entregando medidas, políticas para la

Desarrollar, verificar la calidad de la atención primaria en

reinserción escolar.

los consultorios de la

comuna, estableciendo normas,

políticas para mejorar la calidad y gestión de atención a la

Cometido Nº 21

comunidad espejina.

Estudiar la factibilidad de constituir una corporación municipal del deporte, y una corporación cultural

Cometido Nº 20

municipal, proponiendo sus estatutos.

Efectuar estudios de las políticas y programas de fondos externos, tendientes al mejoramiento y distribución de

Cometido Nº 22

recursos al sistema de educación de la comuna de Lo

Aplicación de instrumentos de fomento productivo

Espejo. Así como, desarrollar, elaborar estudio de los

utilizados por las instituciones regionales en las distintas

programas

al

áreas de la actividad comunal, y para mejorar la

mejoramiento de la calidad de la educación, proponiendo

intermediación comunal en relación al mercado laboral y

medidas que propendan al fortalecimiento de ésta y

condiciones de la pequeña y mediana empresa. Asimismo,

particularmente del programa de jornada escolar completa

elaborar e implementar investigaciones, estudios y

aplicado en los establecimientos municipales de la comuna.

proyectos de asistencia técnica, cooperación y apoyo

Además, considerar la elaboración estudio en los distintos

tecnológicos en áreas específicas de fomento productivo

aspectos de la comunidad, relacionada a la disminución de

para los actores económicos de la comuna y otros afines.

y

políticas

municipales

orientadas

17

Cometido Nº 23 Estudiar, evaluar, recopilar información de la comunidad,

Se exceptúan de lo anterior, las asignaciones 001-002-003-

para crear programas de interés a objeto de realizar

007 y 008 del ítem 01 de Transferencias al sector privado; y

postulación de

las asignaciones 002-080-090-091-092-100 y 101 del ítem 03

dichos programas a financiamiento

Transferencias al sector público.

externos, que deberán ser implementados en la comuna de Lo

Espejo,

permitiendo

el

fortalecimiento

de

las

organizaciones sociales y asociaciones indígenas dentro de

ARTÍCULO 6º

la comuna de Lo Espejo.

Autorícese a traspasar la suma de M$ 400.000 al presupuesto del área de Educación Municipal, con el objeto

ARTÍCULO 5º

de equilibrar el financiamiento de dicho presupuesto.

Las subvenciones o aportes del subtítulo 24 de gastos

Este monto, se aportará proporcionalmente en los 12 meses

“Transferencias Corrientes”, deberán ser aprobadas por el

del año, o bien de acuerdo a las necesidades reales de

Concejo Municipal, de acuerdo a las proposiciones que

financiamiento del área de Educación, no obstante podrá

efectúe el Alcalde.

Estas subvenciones, sólo podrán

aumentarse esta transferencia según lo solicitado por la

otorgarse para fines específicos y deberá además tenerse

Dirección de Administración y Finanzas con documento

presente las normas legales sobre registro de instituciones

formal y respaldo. Esta Secretaría gestionará comisión de

receptoras de fondos públicos, contenidas en la Ley Nº

presupuesto para someter a votación ante el H. Concejo

19.862; como también en la Ordenanza Municipal y el

Municipal la modificación presupuestaria correspondiente .

Reglamento de Subvenciones.

18

ARTÍCULO 7º

acuerdo a las proposiciones que efectúe el sr. Alcalde. Una

Autorícese a traspasar la suma de M$ 300.000 al

vez aprobados, serán incorporados por la Dirección

presupuesto del área de Salud Municipal, con el objeto de

Administración y Finanzas, al Presupuesto Municipal

equilibrar el financiamiento de dicho presupuesto. El cual

mediante Decreto Alcaldicio.

de

considera el aporte de servicio de bienestar según Ley N°20.647.

Respecto de las iniciativas financiadas con fondos externos

Este monto se aportará proporcionalmente en los 12 meses

que no se reflejan en este presupuesto, se incorporarán al

del año, o bien de acuerdo a las necesidades reales de

presupuesto municipal, una vez aprobados los fondos desde

financiamiento del área de Salud, no obstante podrá

los órganos públicos externos, a excepción de fondos de

aumentarse esta transferencia según lo solicitado por la

aporte con cargo municipal.

Dirección de Administración y Finanzas con documento

**Considerar

Memorándum

formal y respaldo. Esta Secretaría gestionará comisión de

Administrador

Municipal,

presupuesto para someter a votación ante el H. Concejo

N°300/21/224/2014.

N°1200/424/2013 complementa

del

Sr.

Memorándum

Municipal la modificación presupuestaria correspondiente ARTÍCULO 9º ARTÍCULO 8º

Las modificaciones en los montos estimados de Deudores y

Los estudios proyectos y programas de Inversión del

Acreedores del Presupuesto Municipal para el año 2015,

Subtítulo 31 de Gastos en “Iniciativas de Inversión”, deberán

serán presentadas por el Alcalde para la aprobación del

ser aprobados y priorizados por el H. Concejo Municipal, de

Concejo Municipal.

19

El acuerdo de estas modificaciones,

deberá materializarse por Decreto Alcaldicio que deberá

ARTÍCULO 11º

dictar la Dirección de Administración y Finanzas.

Las Instituciones o personas que reciban subvenciones o aportes en dinero deberán rendir cuenta documentada de la

ARTÍCULO 10º

inversión de los fondos entregados.

Toda proposición que se plantee al Concejo Municipal, ya sea

cuentas oportuna suspenderá de inmediato la entrega de

proyectos de inversión, estudios, programas, subvenciones,

nuevos aportes.

aportes u otros, que involucren gastos con

La no rendición de

cargo al

Presupuesto Municipal deberá contar con el financiamiento

Las subvenciones o aportes entregados sólo podrán ser

previo, en caso contrario, si el Concejo las acoge, se

usados para los fines que fueron autorizados por el Concejo.

entenderá

que sólo aprueba la idea de actuar en ese

sentido, no pudiendo materializarse tal acuerdo, hasta que

Le corresponderá a la Dirección de Control examinar las

se cuente con el referido financiamiento a través de alguna

rendiciones de cuentas y pronunciarse sobre ellas. Cualquier

distribución, incorporación o modificación presupuestaria,

observación u objeción a las rendiciones de cuentas también

realizada conforme las normas del presente presupuesto.

suspenderán la entrega de nuevos fondos a la respectiva Institución.

20

ÍTEM

SUB TITULO

3. ESTRUCTURA DEUDORES PRESUPUESTARIOS (INGRESOS) ÁREA MUNICIPAL 2015

03 03 03 03 03 05 05 05 05 05 05 05 06 06 06 06 06 06

01 02 03 99 01 03 04 05 06 07 01 02 03 04 99

DENOMINACIÓN

M$

TRIBUTOS SOBRE EL USO DE BS. Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

2.252.030

PATENTES Y TASAS POR DERECHOS PERMISOS Y LICENCIAS PARTICIPACIÓN EN IMPUESTO TERRITORIAL (ART. 37 DL 3063) OTROS TRIBUTOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PRIVADO DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS DE EMPRESAS PUBLICAS NO FINANC. DE EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS DE GOBIERNOS EXTRANJEROS DE ORGANISMOS INTERNACIONALES RENTAS DE LA PROPIEDAD ARRIENDO DE ACTIVOS NO FINANCIEROS DIVIDENDOS INTERESES PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES OTRAS RENTAS DE LA PROPIEDAD

791.530 1.265.500 195.000 0 352.378 106.000 246.378 0 0 0 0 78.000 78.000

21

0 0 0

ÍTEM

SUB TITULO

DENOMINACIÓN

M$

07 07 07 08

INGRESOS DE OPERACIÓN 01 VENTA DE BIENES 02 VENTA DE SERVICIOS OTROS INGRESOS CORRIENTES

0 0 0 8.701.785

08

01 RECUPERACIONES Y REEMBOLSOS POR LICENCIAS MEDICAS

08

02 MULTAS Y SANCIONES PECUNIARIAS

1.197.103

08

03 PARTIC. DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL - Art. 38 D.L. Nº 3.063, de 1979

7.188.750

08 08 10 10 10 10 10 10 10

04 FONDOS DE TERCEROS 99 OTROS VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 01 TERRENOS 02 EDIFICIOS 03 VEHÍCULOS 04 MOBILIARIO Y OTROS 05 MAQUINAS Y EQUIPOS 06 EQUIPOS INFORMÁTICOS

131.000

24.427 160.505 0 0 0 0 0 0 0

22

ÍTEM

SUB TITULO

DENOMINACIÓN

M$

10 10 11 11

07 PROGRAMAS INFORMÁTICOS 99 OTROS ACTIVOS NO FINANCIEROS VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS 01 VENTA O RESCATE DE TÍTULOS Y VALORES

0 0 0 0

11

02 VENTA DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL

0

11 12 12 12 12 12 12

99 OTROS ACTIVOS FINANCIEROS RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS 02 HIPOTECARIOS 06 POR ANTICIPOS A CONTRATISTAS 07 POR ANTICIPOS POR CAMBIO DE RESID. 09 POR VENTAS A PLAZO 10 INGRESOS POR PERCIBIR

13 13 13 14 14 15

TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL 01 DEL SECTOR PRIVADO 03 DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS ENDEUDAMIENTO 01 ENDEUDAMIENTO INTERNO SALDO INICIAL DE CAJA TOTAL INGRESOS M$

23

0 95.000 0 0 0 0 95.000 0 0 0 0 0 328.000 11.807.193

4. JUSTIFICACIONES DEUDORES PRESUPUESTARIOS (INGRESOS) ÁREA MUNICIPAL Codificación Contable: Nivel 2 – Ítem

115 - 03 - 01: Patentes y Tasas Por Derechos

115 - 03 - 02: Permisos y Licencias

Para la ejecución presupuestaria año 2015 se consideran

Corresponden

ingresos estimados por un monto de M$ 791.530.-, la cual

presupuestarios, relacionados a ingresos por cobro de

comprende deudores presupuestarios

relacionados a las

autorizaciones de carácter obligatorio como lo son; Permiso

actividades que gravan derechos tales como: Patentes

de Circulación, Licencias de Conducir - Similares y Otros. Los

Municipales, Derechos de Aseo, Derechos de Explotación y

conceptos

Otros Derechos. Los conceptos definidos anteriormente se

codificados según Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y

encuentran codificados en el Catálogo de Cuentas del Sector

su registro económico se respaldó según instrucciones

Municipal y su registro económico se respalda según

impartida en Normativa Contable Vigente y su estimación

instrucciones impartidas en la Normativa Contable Vigente.

asciende a M$ 1.265.500.-. Estos ingresos se encuentran

Los ingresos estimados expuestos en su gran mayoría son

directamente administrados por la Dirección de Tránsito y

administrados por la Dirección de Administración y Finanzas,

Transporte Público.

específicamente

por

el

Departamentos

de

Rentas

Municipales.

24

a

las

definidos

estimaciones

anteriormente

por

se

deudores

encuentran

115 - 03 - 03: Participación en Impuesto Territorial (Art. 37,

Cuentas Corrientes”, ID 750998-5-LP13, aprobado mediante

DL. 3063)

Decreto Alcaldicio N° 1795, 04/11/2014.

Comprende los ingresos por concepto de la participación que se determine de acuerdo a la cantidad de predios en

115 - 05 - 03: Transferencias Corrientes de Otras Entidades

conformidad a lo dispuesto en el artículo señalado

Públicas

precedentemente,

percibir

Comprende las transferencias de otras entidades del Sector

M$ 195.000.-. Las señaladas estimaciones serán recaudadas

Público, para dar cumplimiento a leyes específicas, para lo

por intermedio de transferencias realizadas por la Tesorería

cual se estiman ingresos por M$ 30.000.- relativos a la

General de la República.

Bonificación Adicional de la Ley N° 20.387 (Bonificación por

por

lo

cual

se

estima

Retiro Voluntario), y M$ 216.378.- por otras transferencias 115 - 05 - 01: Transferencias Corrientes del Sector Privado

corrientes del Tesoro Público, Ley N° 20.723 (Programa de

Corresponde a las donaciones voluntarias de particulares,

Mejoramiento de la Gestión Municipal.

instituciones privadas sin fines de lucro, fundaciones no gubernamentales, empresas y otras fuentes.

115 - 06 - 01: Arriendos de Activos No Financieros

Para el año 2015, se estima percibir M$ 106.000.- por

Este ítem es considerado para los municipios como activos

transferencias de BancoEstado, correspondiente al 20% del

no producidos, es decir, no obtenidos por medios de un

Aporte Total por concepto de Patrocinio establecido en

proceso productivo, como la renta de la propiedad

Contrato de Licitación Pública “Apertura y Mantención de

proveniente de los arrendamientos de terrenos, activos del subsuelo y otros activos de origen natural, estima un ingreso

25

presupuestario por M$ 78.000.- relacionados a los conceptos

casos a través del Departamento de Cobranzas dependiente

de Arriendo de Locales del Persa Automotriz y Varios.

de la Dirección de Administración y Finanzas.

115 - 08 - 01: Recuperación y Reembolsos por Licencias

Considera además: Multas de Beneficio Municipal, Multas

Médicas

Art.14 N°6 Ley N°18.695 de Beneficio Fondo Común

Se estima una ejecución presupuestaria para el año 2015, por

Municipal, Multas Ley de Alcoholes de Beneficio Municipal,

un monto inicial de M$ 131.000.-, la cual corresponde a

Multas Ley de Alcoholes de Beneficio Servicio de Salud,

reembolsos y recuperaciones por subsidios de accidentes de

Registro de Multas de Tránsito no pagas de Beneficio

trabajo y subsidios de enfermedades comunes, las cuales son

Municipal, Registro de Multas de Tránsito no pagas de

gestionadas por la Dirección de Administración y Finanzas a

Beneficio Otras Municipalidades, Intereses provenientes de

través del Departamento de Cobranzas.

cualquier concepto anterior. Los conceptos definidos anteriormente se encuentran codificados según Catálogo de

115 - 08 - 02: Multas y Sanciones Pecuniarias

Cuentas del Sector Municipal y su registro económico se

Se consigna un monto de M$ 1.197.103.- y corresponden a

respaldó según instrucciones impartida en Normativa

los ingresos provenientes de pagos obligatorios por parte de

Contable Vigente.

terceros por el incumplimiento de las leyes, normas administrativas

u

obligaciones

y

que

se

recaudan

básicamente en los Juzgados de Policía Local y en algunos

26

115 - 08 - 03: Participación del Fondo Común Municipal

115 - 08 - 99: Otros

Comprende al ingreso de ejecución presupuestaria, el cual se

Para la ejecución presupuestaria año 2015 se consideran

define como un instrumento de asignación solidaria de

ingresos estimados por un monto de M$ 160.505.-, la cual

recursos entre las municipalidades, por cuanto a menor

comprende deudores presupuestarios relacionados a otros

capacidad financiera del municipio, se recibe más aporte del

ingresos corrientes no especificados en las categorías

fondo. Asimismo, las comunas que tienen mayores ingresos

anteriores referidos a devoluciones y reintegros no

o capacidad económica-financiera, aportan mayores flujos

provenientes de impuestos, tales como; Aportes Varios,

monetarios. Por este concepto de participación se proyectan

Reintegro por cualquier concepto de Remuneraciones,

una estimación de ingreso por Fondo Común Municipal, en

Bonos, Biblioteca Municipal, etc.

conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 del DL. Nº 3.063 115 - 12-10: Ingresos por Percibir

de 1979, la cantidad de M$ 7.188.750.-

Tiene relación con los ingresos devengados y no percibidos al 115 - 08 - 04: Fondos de Terceros

31 de Diciembre del año anterior por lo que se estiman

Apertura de la cuenta con M$ 24.427.- y corresponde a

recursos del orden de los M$ 95.000.-. Para mayor claridad

recursos que recaudan organismos del sector público y que

se presentan las siguientes cuentas en detalles tales como;

en virtud de las disposiciones legales vigentes deben ser

Patentes Municipales de años anteriores, Permiso de

integrados a terceros.

Circulación Años Anteriores, Derecho de Aseo Años Anteriores, Convenio Renta Años Anteriores, Uso de BNUP de Patentes Enroladas Años Anteriores, etc.

27

115 - 15 - 01: Saldo Inicial de Caja Corresponde a las disponibilidades netas en cuentas corrientes bancaria y en efectivo de los organismos públicos, además de los fondos anticipados y no rendidos, excluyendo los depósitos de terceros, tanto en moneda nacional como extranjera, al 01 de enero del año 2015. Se estima un Saldo Inicial de Caja por un valor de M$ 328.000.-.

Fuentes: Proyecto Presupuesto año 2015, Instrucciones Ley de Presupuesto Sector Público, Catálogo de Cuentas Sector Municipal, Normativa y Procedimientos Contables Vigentes impartidas por Contraloría General de la República.

28

5. ESTRUCTURA ACREEDORES PRESUPUESTARIOS (GASTOS) ÁREA MUNICIPAL 2015

04 - PROG. SOCIALES

03 - ACTIV. MUNICIPALES

02 - SERV. A LA COMUNIDAD

01 - GESTIÓN INTERNA

4.068.839 0 15.000 652.223 3.376.570 0 0 0 460.438 0 0 0 101.831 0 0 0 130.000 0 15.000 652.223 2.135.194 2.444.059 55.000 129.226 0 0 6.500 13.659 0 0 1.000 5.550 78.000 0 0 400 176.029 0 0 39.127 562.998 566.259 0 0 64.300 0 0 1.940 50.000 0 16.500 12.792 815.260 1.877.800 30.000 30.608 249.607 0 1.000 16.450 30.000 0 0 0

29

TOTAL

01 02 03 04 05 06 07 08 09 10

GASTOS EN PERSONAL PERSONAL DE PLANTA PERSONAL A CONTRATA OTRAS REMUNERACIONES OTROS GASTOS EN PERSONAL BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO ALIMENTOS Y BEBIDAS TEXTILES, VESTUARIO Y CALZADO COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES MATERIALES DE USO O CONSUMO SERVICIOS BÁSICOS MANTENIMIENTO Y REPARACIONES PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN SERVICIOS GENERALES ARRIENDOS SERVICIOS FINANCIEROS Y DE SEGUROS

06 - PROG. CULTURALES

01 02 03 04

DENOMINACIÓN

05 - PROG. RECREACIONALES

21 21 21 21 21 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22

ÍTEM

SUB TITULO

ÁREAS DE GESTIÓN

53.004 0 0 0 53.004 47.924 0 1.524 0 4.400 0 0 1.500 40.500 0 0

17.080 0 0 0 17.080 75.355 2.450 319 0 3.840 0 0 7.246 61.500 0 0

4.806.146 3.376.570 460.438 101.831 867.307 4.965.508 22.609 8.393 78.400 223.396 1.129.257 66.240 88.038 2.855.668 267.057 30.000

22 11 SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES OTROS GASTOS EN BIENES Y SERVICIOS DE 22 12 CONSUMO 23 PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 23 01 PRESTACIONES PREVISIONALES 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 24 01 AL SECTOR PRIVADO 24 03 A OTRAS ENTIDADES PUBLICAS 24 04 A EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS 24 05 A EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS 24 06 A GOBIERNOS EXTRANJEROS 24 07 A ORGANISMOS INTERNACIONALES 25 ÍNTEGROS AL FISCO 25 01 IMPUESTOS 26 OTROS GASTOS CORRIENTES 26 01 DEVOLUCIONES

TOTAL

06 - PROG. CULTURALES

05 - PROG. RECREACIONALES

04 - PROG. SOCIALES

03 - ACTIV. MUNICIPALES

02 - SERV. A LA COMUNIDAD

DENOMINACIÓN

01 - GESTIÓN INTERNA

ÍTEM

SUB TITULO

ÁREAS DE GESTIÓN

159.450

0

0

8.700

0

0

168.150

28.300 30.000 30.000 1.636.962 0 1.636.962 0 0 0 0 0 0 37.427 13.000

0 0 0 65.000 65.000 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 6.000 6.000 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 61.500 61.500 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 3.000 3.000 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 2.060 2.060 0 0 0 0 0 0 0 0 0

28.300 30.000 30.000 1.774.522 137.560 1.636.962 0 0 0 0 0 0 37.427 13.000

30

26 26 29 29 29 29 29 29 29 29 29 30 30 30 30

02 04 01 02 03 04 05 06 07 99 01 02 03

COMPENSACIÓN POR DAÑOS A TERCERO Y/O A LA PROPIEDAD APLICACIÓN FONDOS DE TERCEROS ADQUISIC. DE ACTIVOS NO FINANCIEROS TERRENOS EDIFICIOS VEHÍCULOS MOBILIARIO Y OTROS MAQUINAS Y EQUIPOS EQUIPOS INFORMÁTICOS PROGRAMAS INFORMÁTICOS OTROS ACTIVOS NO FINANCIEROS ADQUISIC. DE ACTIVOS FINANCIEROS COMPRA DE TÍTULOS Y VALORES COMPRA DE ACCIONES Y PARTIC. DE CAP. OPERACIONES DE CAMBIO

TOTAL

06 - PROG. CULTURALES

05 - PROG. RECREACIONALES

04 - PROG. SOCIALES

03 - ACTIV. MUNICIPALES

02 - SERV. A LA COMUNIDAD

DENOMINACIÓN

01 - GESTIÓN INTERNA

ÍTEM

SUB TITULO

ÁREAS DE GESTIÓN

0 24.427 40.890 0 0 0 4.390 7.200 24.000 5.300

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 3.700 0 0 0 1.490 2.210 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 2.200 0 0 0 1.000 1.200 0 0

0 0 0 0

0 0 0 0

0 0 0 0

0 0 0 0

0 0 0 0

0 0 0 0

31

0 24.427 46.790 0 0 0 6.880 10.610 24.000 5.300 0 0 0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

32

0 25.000 0 25.000 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

TOTAL

06 - PROG. CULTURALES

05 - PROG. RECREACIONALES

04 - PROG. SOCIALES

03 - ACTIV. MUNICIPALES

99 OTROS ACTIVOS FINANCIEROS INICIATIVAS DE INVERSIÓN 01 ESTUDIOS BÁSICOS 02 PROYECTOS 03 PROGRAMAS DE INVERSIÓN PRESTAMOS 02 HIPOTECARIOS 06 POR ANTICIPOS A CONTRATISTAS 07 POR ANTICIPOS POR CAMBIO DE RESIDENCIA 99 POR VENTAS A PLAZO TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 01 AL SECTOR PRIVADO 03 A OTRAS ENTIDADES PUBLICAS 04 A EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS 05 A EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS 06 A GOBIERNOS EXTRANJEROS

02 - SERV. A LA COMUNIDAD

ÍTEM

30 31 31 31 31 32 32 32 32 32 33 33 33 33 33 33

DENOMINACIÓN

01 - GESTIÓN INTERNA

SUB TITULO

ÁREAS DE GESTIÓN

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

0 25.000 0 25.000 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

33 34 34 34 34 34 35

07 A ORGANISMOS INTERNACIONALES SERVICIO DE LA DEUDA 01 AMORTIZACIÓN DEUDA INTERNA 03 INTERESES DEUDA INTERNA 05 OTROS GASTOS FINANC. DEUDA INTERNA 07 DEUDA FLOTANTE SALDO FINAL DE CAJA TOTAL GASTOS M$

TOTAL

06 - PROG. CULTURALES

05 - PROG. RECREACIONALES

04 - PROG. SOCIALES

03 - ACTIV. MUNICIPALES

02 - SERV. A LA COMUNIDAD

DENOMINACIÓN

01 - GESTIÓN INTERNA

ÍTEM

SUB TITULO

ÁREAS DE GESTIÓN

0 0 0 0 0 0 0 24.388 65.399 4.410 21.236 1.184 5.183 121.800 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 24.388 65.399 4.410 21.236 1.184 5.183 121.800 0 0 0 0 0 0 0 8.052.450 2.599.458 80.410 867.885 105.112 101.878 11.807.193

33

6. PRESUPUESTO POR ÁREAS DE GESTIÓN MUNICIPAL

02 Servicios a la Comunidad:

DESAGREGACIÓN DEL PRESUPUESTO POR ÁREAS DE GESTIÓN

Comprende

todos

los

gastos

relacionados

con

el

funcionamiento y la mantención de los bienes y servicios El Decreto N°885 del 24 de julio de 2009, del Ministerio de

directamente vinculados con la mantención de los bienes

Hacienda, incorpora la desagregación del presupuesto

nacionales de uso público de cargo del municipio. Incluye

municipal en el gasto, por seis grandes áreas de las cuales se

también, los gastos relativos a dichos bienes por conceptos

definen:

de iniciativas de inversión de beneficio municipal; los aportes a los servicios incorporados y las subvenciones que decidan

01 Gestión Interna:

otorgar a entidades públicas o privadas.

Comprenden todo el gasto relativo a la operación y funcionamiento del municipio, incluidas las adquisiciones de

03 Actividades Municipales:

activos no financieros y las iniciativas de inversión requeridas

Comprende los gastos en bienes y servicios que, incluidos

para su operación y funcionamiento. Además, se incluirán las

dentro de la función municipal, se efectúan con motivo de la

transferencias al Fondo Común Municipal y otras a que esté

celebración y/o realización de festividades, aniversarios,

obligada legalmente la entidad, como también los aportes

inauguraciones y similares que el municipio defina como de

destinados a cubrir las operaciones de servicios incorporados

interés común en el ámbito local.

a la gestión municipal.

34

04 Programas Sociales:

06 Programas Culturales:

Comprende todo gasto ocasionado por el desarrollo de

Comprende todo gasto relacionado con el desarrollo de

acciones realizadas directamente por el municipio con el

iniciativas que ejecute directamente el municipio, orientadas

objeto de mejorar las condiciones materiales de vida y el

al fomento y difusión de la cultura y de las artes entre los

bienestar social de los habitantes de la respectiva comuna.

habitantes de la comuna.

Incluye las subvenciones que, con igual finalidad, acuerde

entidades públicas o privadas que conceda con la misma

entregar a entidades públicas o privadas, como también las

finalidad.

Incluye las subvenciones a

iniciativas que resuelva llevar a cabo en fomento productivo y desarrollo económico local.

05 Programas Recreacionales: Comprende todo gasto vinculado con las actividades y/o iniciativas ejecutadas directamente por el municipio, con la finalidad de fomentar las disciplinas deportivas, de recreación, turismo y entretenimiento de la comunidad local.

Fuente: Decreto N°885 del 24 de julio de 2009, del Ministerio

Incluye las subvenciones a entidades públicas o privadas que

de Hacienda.

otorgue con igual propósito.

35

7. JUSTIFICACIONES ACREEDORES PRESUPUESTARIOS (GASTOS) ÁREA MUNICIPAL

Codificación Contable: Nivel 2 – Ítem 215 - 21 - 02: Personal a Contrata 215 - 21 - 01: Personal de Planta

Corresponde al sueldo base y asignaciones, no asociados al

Para la ejecución presupuestaria del gasto, se estiman para el

desempeño colectivo, asignados a los grados del Personal a

3.376.570.-,

Contrata que se consulten en calidad de transitorio, por

correspondiente Sueldos y Sobresueldos, Aportes del

mandato expreso de la ley, considerando para ello un valor

Empleador, Asignaciones por Desempeños, Remuneraciones

estimado de M$ 460.438.-

Personal

Planta

un

monto

de

M$

Variables, Aguinaldos y Bonos, todos ellos asociados a las remuneraciones. Corresponde al sueldo base y asignaciones,

215 - 21 - 03: Otras Remuneraciones

no asociados al desempeño individual o colectivo, asignados

Se establece un monto de M$ 101.831.- Este Ítem considera

a los grados de las dotaciones permanentes

fijadas por

Asignaciones de acreedores presupuestario por concepto de

disposiciones legales vigentes, además de aportes que debe

Honorarios a Suma Alzada – Personas Naturales; honorarios

efectuar los organismos del sector público, en su calidad de

a profesionales, técnicos o expertos en determinadas

empleadores, a las instituciones correspondientes, en

materias y/o labores de asesorias altamente calificada, de

conformidad a la legislación.

Los conceptos definidos

acuerdo con las disposiciones vigentes, y Suplencias –

anteriormente se encuentran codificados según Catálogo de

Reemplazos; gastos por estos conceptos de acuerdo con las

Cuentas del Sector Municipal y su registro económico se

disposiciones legales vigentes. Incluye los sobresueldos

respaldó según instrucciones impartida en Normativa

correspondientes.

Contable Vigente.

36

215 - 22 - 01: Alimentos y Bebidas

215 - 21 - 04: Otros Gastos en Personal de

Estimase un gasto de M$ 22.609.- por la adquisición de

M$ 867.307.- por concepto del pago Asistencia a Juntas,

alimentos para funcionarios, alumnos y demás personas con

Concejos, Comisiones y Concejos Municipales. Comprende,

derechos a estos beneficios. Correspondientes a las áreas de

además, los pagos por concurrencia a fallos, audiencia,

Actividades Municipales, Programas Sociales y Programa

reuniones y sesiones, y la entrega de fondos para fines

Culturales. El concepto definido anteriormente se encuentra

específicos de acuerdo a la normativa legal vigente. También

codificado según Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y

se imputaran las asignaciones “Prestaciones Servicios en

su registro económico se respaldó según instrucciones

Programas Comunitarios” la contratación de personas

impartida en Normativa Contable Vigente.

Se

estima

un

acreedor

presupuestario

(gasto)

naturales sobre la base de honorarios, para la prestaciones de servicios ocasionales y/o transitorios, correspondientes a

215 - 22 - 02: Textiles, Vestuario y Calzado

las áreas de gestión; Programas Sociales, Programas

Se estima un gasto presupuestario por un valor de

Recreacionales y Programas Culturales.

Los conceptos

M$ 8.393.- para la adquisición y/o confección de textiles

definidos anteriormente se encuentran codificados según

como vestuario y ropa de seguridad y sus accesorios,

Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y su registro

correspondientes a las áreas de Actividades Municipales,

económico se respaldó según instrucciones impartida en

Programas Sociales, Programas Recreacionales y Programas

Normativa Contable Vigente.

Culturales.

37

215 - 22 - 03: Combustibles y Lubricantes

215 - 22 - 05: Servicios Básicos

En este ítem considera en sus asignaciones la imputación por

Se estima un gasto por un orden de los M$ 1.129.257.- por

adquisición de combustibles y lubricantes por el consumo de

consumos de Energía Eléctrica, Agua Potable, Derechos de

Vehículos, Maquinarias – Equipos de Producción – Tracción y

Agua, Compra de Agua a Particulares, Gas de Cañería y

Elevación y Calefacción. Por tanto, se estima un gasto

Licuados, Correo, Servicios Telefónicos y Otros. Se considera

presupuestario de M$ 78.400.-

una desagregación en las áreas de Gestión Interna y Servicios a la Comunidad.

215 - 22 - 04: Materiales de Uso o Consumo Este Ítem considera gastos presupuestarios por conceptos de

215 - 22 - 06: Mantenimiento y Reparaciones

adquisiciones de Materiales de Uso o Consumo Corriente,

Corresponde al gasto que el municipio determine necesario

tales como Materiales de Oficina, Materiales de Enseñanzas,

efectuar por conceptos de Reparaciones y Mantenciones de

Productos Químicos y Farmacéuticos, Materiales y Útiles

Bienes Muebles e Inmuebles, Instalaciones, Construcciones

Quirúrgicos y Útiles de Aseo, Menajes para Casinos y

Menores y sus Artículos Complementarios. El Ítem contempla

Oficinas, Insumos Computacionales, Materiales y Repuestos y

mantenimiento y reparaciones de Edificaciones, Vehículos y

Accesorios para Mantenimiento y Reparaciones. El monto

Maquinarias y Equipos de Producción. Se considera para la

estimado asciende a M$ 223.396.- correspondiente a las

ejecución

áreas de Gestión Interna, Programas Sociales, Programas

M$ 66.240.- correspondiente a las áreas de Gestión Interna y

Recreacionales y Programas Culturales.

Programas Sociales.

38

presupuestaria

año

2015,

un

monto

de

215 - 22 - 07: Publicidad y Difusión

Servicios de Mantención de Semáforos y también de

En este Ítem se imputarán gastos destinados a la publicidad,

Señalizaciones, Pasajes, Salas Cunas, Serv. de Producción y

difusión o relaciones públicas en general, tales como Avisos,

eventos y otros de similar, rango en que la municipalidad

Promociones en Periódicos, Radios, Televisiones, Cines,

incurrirá durante el ejercicio presupuestario 2015.

Teatros, Revistas, Contratos con Agencias Publicitarias,

considera una desagregación en las áreas de Gestión Interna,

Servicios de Exposiciones y en General todo gasto similar

Servicios

que se destine a estos objetivos, sujeto a la normativa del

Programas Sociales y Programas Culturales.

artículo 3° de la Ley 19.896. Además considera Servicios de

Además, incluye Servicios de Producción y Desarrollo de

Impresión de Afiches, Folletos, Revistas y Otros elementos

Eventos por M$ 81.000, que se ejecutarán durante el año

que se destinen para estos fines.

Se estima una gasto

2015, con cargo a las transferencias realizadas por

presupuestario de Considera un gasto de M$ 88.038.-. Se

BancoEstado, por concepto de Patrocinio según Contrato de

considera una desagregación en las áreas de Gestión Interna,

Licitación Pública “Apertura y Mantención de Cuentas

Actividades Municipales, Programas Sociales, Programas

Corrientes”, ID 750998-5-LP13.

Recreacionales y Programas Culturales.

Los conceptos definidos anteriormente se encuentran

a

la

Comunidad,

Actividades

Se

Municipales,

codificados según Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y 215 - 22 - 08: Servicios Generales:

su registro económico se respaldó según instrucciones

Corresponde imputar en esta partida M$ 2.855.668.- para el

impartida en Normativa Contable Vigente.

gasto por concepto de Servicios de Aseo, Servicios de Vigilancia, Servicios de Mantención de Alumbrado Público,

39

215 - 22 - 09: Arriendos:

estableciendo para ello, un estimación presupuestaria de

Estima una ejecución presupuestaria del gasto por un monto

gasto M$ 30.000.-

de M$ 267.057.- Dentro de este Ítem se consideran Asignaciones Mobiliarios

por y

arriendos

Otros,

de

Máquinas

Edificios, y

215 - 22 - 11: Servicios Técnicos y Profesionales

Vehículos,

Equipos,

Considera una estimación de M$ 168.150.- para Cursos de

Equipos

Informáticos y Otros, todos ellos para gestiones propias del

Capacitación

municipio que son de vital importancia para el municipio

Informáticos. Además, Cursos de Capacitación por Programas

para

óptimo

Sociales. Este ítem incluye el compromiso adquirido con la

Se considera una desagregación en las

Empresa Proyectos, Consultorías y Capacitación Gestión

áreas de Gestión Interna, Actividades Municipales y

Global SPA, por M$ 78.750.- correspondiente a los servicios

Programas Sociales. Los conceptos definidos anteriormente

prestados por la empresa, en virtud de la Licitación Pública

se encuentran codificados según Catálogo de Cuentas del

“Estudio

Sector Municipal y su registro económico se respaldó según

ID 5146-17-LE12, Contrato de fecha 15 de mayo de 2012,

instrucciones impartida en Normativa Contable Vigente.

aprobado mediante Decreto Alcaldicio N° 808, 24/04/2012.

el

cumplimiento

funcionamiento.

de

sus

fines

y

un

de

a

funcionarios

Factibilidad

municipales

Financiera

para

y

Servicios

Municipio”,

Los conceptos definidos anteriormente se encuentran 215 - 22 - 10: Servicios Financieros y De Seguros

codificados según Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y

Corresponden al gasto por concepto de Primas de Seguros

su registro económico se respaldó según instrucciones

contra daños de los vehículos municipales y bienes muebles

impartida en Normativa Contable Vigente.

40

215 - 22 - 12: Otros Gastos en Bienes y Servicios de

215 - 24 - 01: Transferencias al Sector Privado

Consumo

Considera un gasto estimado en M$ 137.560.- por el

En este Ítem se consideran Asignaciones relacionadas a

concepto de transferencias directas de carácter social como

Gastos Menores, Gastos de Representación, Protocolo y

también, transferencias a instituciones del sector privado con

Ceremonial, Intereses – Multas y Recargos, Derechos y Tasas,

el fin de financiar programas de funcionamiento de dichas

Contribuciones y Otros. Presenta una estimación para la

instituciones a saber: Voluntariado, Fondos de Emergencia,

ejecución presupuestaria año 2015, por un monto de

Organizaciones Comunitarias, Asistencia Social a Personas

M$ 28.300.- Los conceptos definidos anteriormente se

Naturales, Premios y Otros y Otras Transferencias Corrientes.

encuentran codificados según Catálogo de Cuentas del Sector

Los conceptos definidos anteriormente se encuentran

Municipal y su registro económico se respaldó según

codificados según Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y

instrucciones impartida en Normativa Contable Vigente.

su registro económico se respaldó según instrucciones impartida en Normativa Contable Vigente. Se considera una

215 - 23 - 01: Prestaciones Previsionales

desagregación en las áreas: Servicios a la Comunidad,

Esta partida imputará los desahucios e indemnizaciones

Actividades Municipales, Programas Sociales, Programas

establecidos en estatutos especiales del personal en algunos

Recreacionales y Programas Culturales.

organismos del sector público. Se estima el gasto en 215 - 24 - 03: A Otras Entidades Públicas

M$ 30.000.-

Corresponde las transferencias remitidas a otras entidades que en la Ley de Presupuestos el Sector Público no tienen la

41

calidad superior que identifica a los organismos, se establece

215 - 26 - 04: Aplicación Fondos de Terceros

un monto estimado de M$ 1.636.962.-. De este se

Considera un gasto de M$ 24.427.- para la entrega de fondos

desprenden Asignaciones correspondientes; Multas Ley de

recaudados a entidades beneficiadas de acuerdo con las

Alcoholes, Asociación Chilena de Municipalidades, Aporte

disposiciones legales vigentes (Arancel de Multas de Tránsito

Año Vigente al Fondo Común Municipal, Aportes Años

No Pagadas). El concepto definido anteriormente se

Anteriores, Articulo 14 - N°6 Ley N°19.695.

encuentra codificado según Catálogo de Cuentas del Sector

Además,

lo

anterior

considera

una

estimación

Municipal y su registro económico se respaldó según

de

presupuesto de gasto relacionados a Servicios Incorporados a

instrucciones impartida en Normativa Contable Vigente.

la Gestión: Traspasos a Sector Salud (215–24–03–101–002)

215 - 29 - 04: Mobiliario y Otros

por un monto de M$ 300.000.- y un Traspaso al Sector

Corresponde a los gastos por concepto de adquisición

Educación

mobiliario de oficinas y de viviendas, muebles de

(215–24–03–101–001)

por

la

suma

de

M$ 400.000.-

instalaciones educacionales, hospitalarias, policiales, etc.

215 - 26 - 01: Devoluciones

Así mismo, incluye los gastos en otros enseres destinados al

Estimase M$ 13.000.- por Devoluciones de Gravámenes,

funcionamiento de oficinas, casinos, edificaciones y otras

Contribuciones

y

instalaciones públicas. El gasto se estima en M$ 6.880.-

8.500.-

considerando una desagregación en las áreas de Gestión

Reembolsos.

Pagadas Incluye

en

Exceso,

montos

por

Retenciones M$

Interna, Programas Sociales y Programas Culturales.

correspondientes a reintegros al GORE, por proyectos FRIL ejecutados en los años 2011-2012.

42

215 - 29 - 05: Máquinas y Equipos

215 - 29 - 07: Programas Informáticos:

Se estima un gasto presupuestario de M$ 10.610.- para la

Corresponde

adquisición de máquinas, equipos y accesorios para el

Computacionales como también, Software diseñado y

funcionamiento, producción o mantenimiento, que no

adaptado a las necesidades de la institución. Por lo que se

formen parte de un proyecto de inversión. El concepto

considera una provisión de recursos de M$ 5.300.-

al

gasto

en

adquisición

de

Sistemas

definido anteriormente se encuentra codificado según Catálogo de Cuentas del Sector Municipal y su registro

215 - 31 - 02: Proyectos:

económico se respaldó según instrucciones impartida en

Corresponde al gasto en Obras Civiles, que se ejecutarán

Normativa Contable Vigente. Se considera una desagregación

durante el año 2015, con cargo a las transferencias realizadas

en las áreas de Gestión Interna, Programas Sociales y

por BancoEstado, por concepto de Patrocinio según Contrato

Programas Culturales.

de Licitación Pública “Apertura y Mantención de Cuentas Corrientes”, ID 750998-5-LP13, cuyo monto asciende a M$ 25.000.-

215 - 29 - 06: Equipos Informáticos Corresponde al gasto por la adquisición de Equipos Computacionales – Periféricos y Comunicacionales para Redes Informáticas, por un monto estimado de M$ 24.000.para el área de Gestión Interna.

43

215 - 34 - 07: Deuda Flotante Corresponden a los compromisos devengados y no pagados al 31 de diciembre del ejercicio presupuestario vigente. Para este Ítem, el gasto estimado asciende a M$ 121.800.- Se considera una desagregación en las áreas de Gestión Interna, Servicios

a

la

Comunidad,

Actividades

Municipales,

Programas Sociales, Programas Recreacionales y Programas Culturales.

Fuentes: Proyecto Presupuesto año 2015, Instrucciones Ley de Presupuesto Sector Público, Catálogo de Cuentas Sector Municipal, Normativa y Procedimientos Contables Vigentes impartidas por Contraloría General de la República.

44

8. GASTOS EN PERSONAL MUNICIPAL

8.1. Límites del Gasto en Personal a Contrata y

Cuadro N° 1: Gastos en Personal de Planta

Honorarios a Suma Alzada

Durante el año 2015, el Presupuesto de Gastos en Personal de Planta, asciende a M$ 3.205.139.- (Ver Cuadro N° 1) El límite del Gasto en Personal a Contrata -de acuerdo al inciso 4to, del Artículo 2°, de la Ley N° 18.883 (20%)- es de

Cuadro N° 2: Gastos en Personal a Contrata

M$ 641.028.El Presupuesto de Gastos del Personal a Contrata, para el año 2015, asciende a M$ 431.205.-, encontrándose dentro de los límites legales. (Ver Cuadro N° 2) El límite del Gasto en Personal a Honorarios a Suma Alzada

Cuadro N° 3: Gastos en Personal a Suma Alzada

-conforme al Inciso 1ro, Artículo 13°, de la Ley N° 19.280 (10%)- es de M$ 320.514.El Presupuesto de Gastos en Personal a Honorarios a Suma * No incluye Componente Base Asignación de Desempeño, Ley N° 20.723. **No incluye Aporte al Servicio de Bienestar.

Alzada, para el año 2015 asciende a M$ 51.117.-, encontrándose dentro de los límites legales. (Ver Cuadro N° 3)

45

8.2. Límites del Gasto en Personal

De acuerdo a lo establecido en la Letra a), del Artículo 65°, de

respecto a los Ingresos Propios

la Ley N° 18.382, el gasto en personal –en su conjunto- no debe exceder el 35% del Rendimiento Estimado de los

Los Ingresos Propios Estimados para el año 2015, ascienden a

Ingresos, es decir, no podrá exceder M$ 3.783.809.-

M$ 10.743.171.- (Ver Cuadro N° 4) Para el año 2015, se estima el Gasto Total en Personal, en Cuadro N° 4: Estimación de los Ingresos Propios

M$ 3.617.683.- (Ver Cuadro N° 5), encontrándose dentro de los límites legales del 35%.

Cuadro N° 5: Gasto Total en Personal GASTO TOTAL EN PERSONAL

M$

PERSONAL DE PLANTA a) b) PERSONAL A CONTRATA b) PERSONAL A HONORARIOS

3.135.361 431.205 51.117

TOTAL GASTO EN PERSONAL DEPURADO

3.617.683

a) No incluye Sueldo del Sr. Alcalde, Ley N° 20.033. b) No incluye Componente Base Asignación de Desempeño, Ley N° 20.723; No incluye Aporte al Servicio de Bienestar, Dictamen N° 16.406; Incluye Gastos de Suplencias y Reemplazos.

46

PRESUPUESTO 2015

ÁREA EDUCACIÓN

47 I . M U N I C I P A L I D A D

D E

L O

E S P E J O

-

S E C R E T A R Í A

C O M U N A L

D E

P L A N I F I C A C I Ó N

TÍTULO II PRESUPUESTO DE EDUCACIÓN MUNICIPAL

ARTÍCULO 12º

A su vez, contempla la “LEY DE SUBVENCIÓN ESCOLAR

Apruébese las estimaciones de Deudores y Acreedores

PREFERENCIAL” (SEP), la que consiste en una subvención

Presupuestarios,

destinada al mejoramiento de la calidad de la educación de

correspondientes

al

Presupuesto

de

los establecimientos educacionales subvencionados, a los

Educación Municipal para el año 2015, según texto adjunto.

alumnos prioritarios que estén cursando primer o segundo ARTÍCULO 13º

nivel de transición de la educación parvularia y educación

Las modificaciones en los montos estimados de Deudores y

general básica.

Acreedores del Presupuesto de Educación Municipal para El número de docentes de la dotación comunal con calidad

2015, serán presentadas por el Alcalde para la aprobación

de contratados, no podrá ser superior al 20% del total de la

del Concejo Municipal. El acuerdo de estas modificaciones,

dotación docente aprobada.

deberá materializarse en un Decreto Alcaldicio que deberá dictar la Dirección de Administración y Finanzas.

En todo caso, cualquier nueva contratación de personal docente, no docente, que no sea imprescindible y de

ARTÍCULO 14º

reemplazo de titulares, deberá ser previamente autorizada

La dotación docente para el año 2015, será la que se

por el Alcalde.

determine en el PADEM, sancionado por Decreto Alcaldicio.

48

ARTÍCULO 15º Los objetivos Administrativos que guían la gestión del

7. Fomentar que los Establecimientos Educacionales de la

sistema de Educación Municipal serán los siguientes:

comuna desarrollen actividades de tipo cultural, cívico social y deportivo en conjunto con la comunidad escolar y

1. Continuar desarrollando políticas de modernización de la

organizada del sector.

gestión administrativa. Artículo 16º

2. Desarrollar e implementar políticas de modernización de los recursos humanos.

Los Objetivos Educativos que guían al sistema de Educación

3. Lograr mejorar la identidad e imagen del Sistema de

Municipal serán los siguientes:

Educación Municipal. 4. Generar oportunidades educacionales para los niños,

1. Continuar desarrollando la Reforma Educacional de

niñas, jóvenes y adultos de la comuna, favoreciendo a los

acuerdo a los principios de calidad y

sectores más pobres.

Educación, desde el ámbito pedagógico – curricular.

5. Proporcionar un entorno seguro en cada uno de los

equidad de la

2. Elevar los niveles de aprendizaje en todos los sectores del

Establecimientos Educacionales.

plan de estudio de cada tipo de enseñanza que imparten

6. Incorporar a los padres y apoderados en el proceso de

los establecimientos municipales de la comuna de Lo

enseñanza – aprendizaje y evaluación, impulsando su

Espejo. 3. Mejorar la calidad del trabajo docente para materializar la

colaboración con el trabajo docente dentro y fuera del

Reforma Educacional en el aula particularmente, en lo que

aula.

49

se refiere a la actualización profesional en los ámbitos

7. Proveer al departamento de una base de datos

técnicos pedagógicos y en los sectores de aprendizaje en

corporativos que contenga la información global de cada

que se desempeña cada docente.

uno de los alumnos del sistema escolar.

4. Incorporar activamente a los padres y apoderados en el

8. Apoyar y

complementar la Educación Formal de los

proceso de enseñanza – aprendizaje y evaluación,

alumnos de las escuelas municipales de Lo Espejo a través

impulsando su colaboración con el trabajo docente dentro

de actividades y eventos de carácter extraescolar en las

y fuera del aula.

áreas Artística, Medioambiental, Social y Deportiva.

5. Generar y promover acciones de apoyo integral que

9. Fortalecer los talleres de Educación Extraescolar a través

asistan y beneficien a los alumnos y las alumnas más

de una política de Implementación recursos materiales,

vulnerables del sistema.

humanos y financieros.

6. Prevenir e incentivar hábitos que mejoren las condiciones

10. Poner en marcha una Política de capacitación y

de salud en los escolares.

perfeccionamiento para monitores y Docentes.

50

DENOMINACIÓN

M$

ÍTEM

SUB TITULO

9. ESTRUCTURA DEUDORES PRESUPUESTARIOS (INGRESOS) ÁREA EDUCACIÓN 2015

03

TRIBUTOS SOBRE EL USO DE BS. Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES

0

03

01

PATENTES Y TASAS POR DERECHOS

0

03

02

PERMISOS Y LICENCIAS

0

03

03

PARTICIPACIÓN EN IMPUESTO TERRITORIAL (ART. 37 DL 3063)

0

03

99

OTROS TRIBUTOS

0

05

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

6.298.285

05

01

DEL SECTOR PRIVADO

05

03

DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS

05

04

DE EMPRESAS PUBLICAS NO FINANC.

0

05

05

DE EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS

0

05

06

DE GOBIERNOS EXTRANJEROS

0

05

07

DE ORGANISMOS INTERNACIONALES

0

RENTAS DE LA PROPIEDAD

0

06

0 6.298.285

06

01

ARRIENDO DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

0

06

02

DIVIDENDOS

0

51

SUB TITULO

ÍTEM

06

03

INTERESES

0

06

04

PARTICIPACIÓN DE UTILIDADES

0

06

99

OTRAS RENTAS DE LA PROPIEDAD

0

INGRESOS DE OPERACIÓN

0

DENOMINACIÓN

07

M$

07

01

VENTA DE BIENES

0

07

02

VENTA DE SERVICIOS

0

08

OTROS INGRESOS CORRIENTES

205.726 172.236

08

01

RECUPERACIONES Y REEMBOLSOS POR LICENCIAS MEDICAS

08

02

MULTAS Y SANCIONES PECUNIARIAS

0

08

03

PARTIC. DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL - Art. 38 D.L. Nº 3.063, de 1979

0

08

04

FONDOS DE TERCEROS

0

08

99

OTROS

10

33.490

VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

0

10

01

TERRENOS

0

10

02

EDIFICIOS

0

52

SUB TITULO

ÍTEM

10

03

VEHÍCULOS

0

10

04

MOBILIARIO Y OTROS

0

10

05

MAQUINAS Y EQUIPOS

0

10

06

EQUIPOS INFORMÁTICOS

0

10

07

PROGRAMAS INFORMÁTICOS

0

10

99

OTROS ACTIVOS NO FINANCIEROS

0

VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS

0

DENOMINACIÓN

11

M$

11

01

VENTA O RESCATE DE TÍTULOS Y VALORES

0

11

02

VENTA DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL

0

11

99

OTROS ACTIVOS FINANCIEROS

0

RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS

0

12 12

02

HIPOTECARIOS

0

12

06

POR ANTICIPOS A CONTRATISTAS

0

12

07

POR ANTICIPOS POR CAMBIO DE RESID.

0

12

09

POR VENTAS A PLAZO

0

53

SUB TITULO

ÍTEM

12

10

DENOMINACIÓN

13

M$

INGRESOS POR PERCIBIR

0

TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL

0

13

01

DEL SECTOR PRIVADO

0

13

03

DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS

0

ENDEUDAMIENTO

0

ENDEUDAMIENTO INTERNO

0

14 14 15

01

SALDO INICIAL DE CAJA

300.000 TOTAL INGRESOS M$

54

6.804.011

10. JUSTIFICACIONES DEUDORES PRESUPUESTARIOS (INGRESOS) ÁREA EDUCACIÓN

115 - 08 - 01: Recuperación y Reembolsos de Licencias

Codificación Contable: Nivel 2 – Ítem

Médicas 115 - 05 - 03: Transferencias de Otras Entidades Públicas

Esta cuenta presupuestaria comprende los posibles ingresos

El total de la partida se estima en M$ 6.298.285.-

por concepto de subsidios de accidentes laborales y subsidios

correspondientes a los ingresos a percibir por una matricula

de enfermedades comunes, por lo cual considera una

de 5.010 alumnos, considerando Subvención y Otros Aportes

estimación de M$ 172.236.- Comprende ingresos derivados

tales como Desempeño Difícil, Subvención Adicional, UMP

de la Gestión Interna por M$ 152.236.- y Fondos PIE por

Complementaria, Excelencia Académica y de la Junta

M$ 20.000.-

Nacional de Jardines Infantiles por implementación de Salas Cunas, y un Aporte Municipal de M$ 400.000.-. (Este monto

115 - 08 - 99: Otros

ya

Esta cuenta corresponde a Otros Ingresos no especificados

se

encuentra

incorporado

en

cifra

mencionada

en las categorías anteriores como Devoluciones y Reintegros

anteriormente).

no provenientes de Impuestos, por lo cual se considera un monto de M$ 33.490.- (Gestión interna)

Además, incluye la proyección de ingresos por concepto de Subvención Escolar Preferencial (SEP), por M$ 1.252.000.-, y Fondos del Programa de Integración Escolar (PIE), por M$ 830.000.-

55

SUBVENCIÓN GENERAL

115 - 15 - 01: Saldo Inicial de Caja

DIFERENCIA PRESUPUESTO V/S PERCIBIDO AÑO 2014

Corresponde a las disponibilidades netas en cuentas corrientes bancaria y en efectivo de los organismos públicos, además de los fondos anticipados y no rendidos, excluyendo

VARIABLES

los depósitos de terceros, tanto en moneda nacional como

ASISTENCIA MEDIA MATRICULA ESTIMADO POR MES MENOR INGRESO ANUAL

extranjera, al 01 de enero del año 2015. Se estima un Saldo Inicial de Caja total de M$ 300.000.- el cual se desglosa en: M$ 54.000.- para Gestión Interna; M$ 216.000.- para SEP, y M$ 30.000.- para Fondos PIE.

Fuentes: Proyecto Presupuesto año 2015, Instrucciones Ley de Presupuesto Sector Público, Catálogo de Cuentas Sector Municipal, Normativa y Procedimientos Contables Vigentes impartidas por Contraloría General de la República.

56

PROYECTADO

PERCIBIDO

DIFERENCIA

88,0%

80,1%

-7,9%

5.200,0

4.771,4

-428,6

$ 200.700.000

$ 169.130.007

-$ 31.569.993

$ 2.414.421.000

$ 2.034.633.987

-$ 379.787.013

21

TOTAL

PIE

03 – FONDOS

SEP

02 – FONDOS

INTERNA

01 - GESTIÓN

DENOMINACIÓN ÍTEM

SUB TITULO

11. ESTRUCTURA ACREEDORES PRESUPUESTARIOS (GASTOS) ÁREA EDUCACIÓN 2015

GASTOS EN PERSONAL

3.982.000

417.600

790.000

5.189.600

21

01

PERSONAL DE PLANTA

2.128.000

0

90.000

2.218.000

21

02

PERSONAL A CONTRATA

1.156.000

90.000

60.000

1.306.000

21

03

OTRAS REMUNERACIONES

698.000

327.600

640.000

1.665.600

21

04

OTROS GASTOS EN PERSONAL

0

0

0

0

424.786

853.200

70.000

1.347.986

22

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

22

01

ALIMENTOS Y BEBIDAS

108

16.200

0

16.308

22

02

TEXTILES, VESTUARIO Y CALZADO

864

16.200

0

17.064

22

03

COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

5.400

5.400

0

10.800

22

04

MATERIALES DE USO O CONSUMO

27.868

199.800

30.000

257.668

22

05

SERVICIOS BÁSICOS

281.634

0

0

281.634

22

06

MANTENIMIENTO Y REPARACIONES

18.040

21.600

0

39.640

22

07

PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN

2.160

81.000

0

83.160

22

08

SERVICIOS GENERALES

43.092

10.800

0

53.892

22

09

ARRIENDOS

18.360

75.600

0

93.960

57

03 – FONDOS

02 – FONDOS

INTERNA

10

SERVICIOS FINANCIEROS Y DE SEGUROS

17.000

0

0

17.000

22

11

SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES

540

426.600

40.000

467.140

9.720

0

0

9.720

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

26.525

0

0

26.525

PRESTACIONES PREVISIONALES

26.525

0

0

26.525

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

0

0

0

0

TOTAL

PIE

SEP

ÍTEM

01 - GESTIÓN

SUB TITULO 22

DENOMINACIÓN

OTROS GASTOS EN BIENES Y SERVICIOS DE 22

12

23 23

01

24

CONSUMO

24

01

AL SECTOR PRIVADO

0

0

0

0

24

03

A OTRAS ENTIDADES PUBLICAS

0

0

0

0

24

04

A EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS

0

0

0

0

24

05

A EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS

0

0

0

0

24

06

A GOBIERNOS EXTRANJEROS

0

0

0

0

24

07

A ORGANISMOS INTERNACIONALES

0

0

0

0

ÍNTEGROS AL FISCO

0

0

0

0

IMPUESTOS

0

0

0

0

25 25

01

58

01

TOTAL

PIE

03 – FONDOS

SEP

02 – FONDOS

INTERNA

01 - GESTIÓN

ÍTEM

SUB TITULO 26 26

DENOMINACIÓN OTROS GASTOS CORRIENTES

2.700

0

0

2.700

DEVOLUCIONES

2.700

0

0

2.700

COMPENSACIÓN POR DAÑOS A TERCERO Y/O

0

26

02

A LA PROPIEDAD

0

0

26

04

APLICACIÓN FONDOS DE TERCEROS

0

0

0

0

ADQUISIC. DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

0

97.200

0

97.200

29

0

29

01

TERRENOS

0

0

0

0

29

02

EDIFICIOS

0

0

0

0

29

03

VEHÍCULOS

0

0

0

0

29

04

MOBILIARIO Y OTROS

0

32.400

0

32.400

29

05

MAQUINAS Y EQUIPOS

0

64.800

0

64.800

29

06

EQUIPOS INFORMÁTICOS

0

0

0

0

29

07

PROGRAMAS INFORMÁTICOS

0

0

0

0

29

99

OTROS ACTIVOS NO FINANCIEROS

0

0

0

0

ADQUISIC. DE ACTIVOS FINANCIEROS

0

0

0

0

30

59

03 – FONDOS

02 – FONDOS

INTERNA

01

COMPRA DE TÍTULOS Y VALORES

0

0

0

0

30

02

COMPRA DE ACCIONES Y PARTIC. DE CAP.

0

0

0

0

30

03

OPERACIONES DE CAMBIO

0

0

0

0

30

99

OTROS ACTIVOS FINANCIEROS

0

0

0

0

INICIATIVAS DE INVERSIÓN

0

0

0

0

31

TOTAL

PIE

SEP

ÍTEM

01 - GESTIÓN

SUB TITULO 30

DENOMINACIÓN

31

01

ESTUDIOS BÁSICOS

0

0

0

0

31

02

PROYECTOS

0

0

0

0

31

03

PROGRAMAS DE INVERSIÓN

0

0

0

0

PRESTAMOS

0

0

0

0

32 32

02

HIPOTECARIOS

0

0

0

0

32

06

POR ANTICIPOS A CONTRATISTAS

0

0

0

0

32

07

POR ANTICIPOS POR CAMBIO DE RESIDENCIA

0

0

0

0

32

99

POR VENTAS A PLAZO

0

0

0

0

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

0

0

0

0

AL SECTOR PRIVADO

0

0

0

0

33 33

01

60

03 – FONDOS

02 – FONDOS

INTERNA

03

A OTRAS ENTIDADES PUBLICAS

0

0

0

0

33

04

A EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS

0

0

0

0

33

05

A EMPRESAS PUBLICAS FINANCIERAS

0

0

0

0

33

06

A GOBIERNOS EXTRANJEROS

0

0

0

0

33

07

A ORGANISMOS INTERNACIONALES

0

0

0

0

20.000

100.000

20.000

140.000

34

SERVICIO DE LA DEUDA

TOTAL

PIE

SEP

ÍTEM

01 - GESTIÓN

SUB TITULO 33

DENOMINACIÓN

34

01

AMORTIZACIÓN DEUDA INTERNA

0

0

0

0

34

03

INTERESES DEUDA INTERNA

0

0

0

0

34

05

OTROS GASTOS FINANC. DEUDA INTERNA

0

0

0

0

34

07

DEUDA FLOTANTE

20.000

100.000

20.000

140.000

0

0

0

0

4.456.011 1.468.000

880.000

6.804.011

35

SALDO FINAL DE CAJA TOTAL GASTOS M$

61

12. JUSTIFICACIONES ACREEDORES PRESUPUESTARIOS (GASTOS) ÁREA EDUCACIÓN 215 - 21 - 03: Otras Remuneraciones

Codificación Contable: Nivel 2 – Ítem

Corresponde al personal regido bajo el Código del Trabajo, 215 - 21 - 01: Personal de Planta

incluye esta partida el personal administrativo de vigilancia

Corresponde a los Sueldos Base, Asignaciones Especiales,

por un monto de M$ 698.000.-

Otras Asignaciones, Experiencia Calificada, Asignaciones de

M$ 327.600.- por SEP, y M$ 640.000.- por PIE. (Honorarios a

Perfeccionamiento, Aguinaldos y Bonos del Personal a Plazo

Suma Alzada, Remuneraciones Reguladas por el Código del

Indefinido regido bajo DFL Nº 1 Ley 19.070. Estatuto Docente

Trabajo y Otras). Partida total de M$ 1.665.600.-

de Gestión Interna,

por un monto de M$ 2.218.000.- (Gestión Interna y PIE). 215 - 22 - 01: Alimentos y Bebidas 215 - 21 - 02: Personal de Contrata

Corresponde a gastos por concepto del consumo de

Corresponde a los Sueldos Base, Asignaciones Especiales,

productos alimenticios en que incurre el sistema para la

Otras Asignaciones, Experiencia Calificada, Asignaciones de

realización de actividades relacionadas con el PADEM.

Perfeccionamiento, Aguinaldos y Bonos del Personal a Plazo

Estimase un monto de M$ 16.308.-, de los cuales

Fijo regido bajo DFL Nº 1 Ley 19.070. Estatuto Docente por

M$ 16.200.- corresponden a fondos SEP.

un monto de M$ 1.306.000.El monto antes señalado contempla M$ 1.156.000.- de Gestión Interna, M$ 90.000.- de la Subvención Escolar Preferencial (SEP), y M$ 60.000.- del Programa de Integración Escolar (PIE).

62

215 - 22 - 02: Textil vestuario y calzado

Computacionales necesarios para el buen funcionamiento

Corresponde a Vestuarios, Textiles Varios y Accesorios para

del sistema. Del total, M$ 199.800.- corresponden a Fondos

los auxiliares del servicio como también, para los talleres de

SEP, y M$ 30.000.- a Fondos PIE, y la diferencia Gestión

especialidades que imparten algunos establecimientos por lo

Interna.

que se estima un monto de M$ 17.064.-, de los cuales M$ 16.200 corresponden a fondos SEP, distribuidos según

215 - 22 - 05: Servicios Básicos

Planes de Mejoramientos Educacionales, y la diferencia

Considera un gasto anual de M$ 281.634.- para efecto de

Gestión Interna.

contar con los Servicios de Electricidad, Agua, Gas, Telefonía Fija, Acceso a Internet y otros Servicios indispensables para

215 - 22 - 03: Combustibles y Lubricantes

el funcionamiento de los establecimientos educacionales.

En este ítem se imputan la adquisición de Combustibles y Lubricantes para el consumo de Vehículos, Maquinarias y

215 - 22 - 06: Mantenimiento y Reparaciones

Equipos para lo cual se prevé un gasto de M$ 5.400.- por

Estimase gastar M$ 39.640 para cubrir las necesidades de

Gestión interna y M$ 5.400.-, por fondos SEP.

Reparación y Mantención de los bienes Inmuebles, Instalaciones y Construcciones Menores. Además de los

215 - 22 - 04: Materiales de uso o consumo

artículos complementarios que se destinen para estos fines,

Consigna un monto de M$ 257.668.- en consideración a la

de los cuales M$ 21.600.- corresponden a fondos SEP, y la

adquisición de los diversos Materiales de Oficina, Textos,

diferencia Gestión Interna.

Materiales de Enseñanza, Insumos, Repuestos y Accesorios

63

215 - 22 - 07: Publicidad y Difusión

215 - 22 - 10: Servicios Financieros y de Seguros

Considera para este rubro una estimación de M$ 83.160.- y

Se presenta un monto de M$ 17.000.- por los gastos

se refieren a gastos por concepto de Avisos, Difusión o

asociados de prima de seguros contra daños y otros

Relaciones Públicas en General para promover información

accidentes a la propiedad como incendios, condición de

de público conocimiento. Lo anterior incluye fondos SEP por

vehículos, etc.

M$ 81.000.- y la diferencia Gestión Interna. 215 - 22 - 11: Servicios Técnicos y Profesionales 215 - 22 - 08: Servicios Generales

Considera una estimación presupuestaria por un monto de

Corresponde al pago por servicios de: Aseo, Vigilancia,

M$ 467.140.- son los gastos por concepto de Estudios e

Pasajes-Fletes y Bodegaje,

Investigaciones,

Salas Cunas y/o Jardines

Cursos

de

Capacitación,

Servicios

Infantiles, Serv. de Producción y Desarrollo de Eventos y

Informáticos y Otros, de los cuales M$ 426.600 corresponde

Otros, por M$ 53.892.-, incluye M$ 10.800.- de fondos SEP, y

a fondos SEP, y M$ 40.000.- a fondos PIE, y la diferencia por

la diferencia Gestión Interna.

M$ 540.- Gestión Interna.

215 - 22 – 09: Arriendos

215 - 22 - 12: Otros Gastos en Bienes y Servicios

Imputase en esta partida el monto de M$ 93.960.- por

Se proyecta un gasto anual por M$ 9.720.- en Fondos

concepto del Arriendos de Vehículos, Máquinas y Equipos y

Menores e Intereses, Multas y Recargos.

Otros, de los cuales M$ 75.600.- corresponde a fondos SEP, y la diferencia Gestión Interna.

64

215 - 23 - 01: Prestaciones Previsionales

instalaciones públicas. M$ 32.400.- el cual corresponde

Corresponde a cualquier beneficio de seguridad social

íntegramente a fondos SEP.

pagado por el empleador a sus empleados o exempleados, el monto

presupuestado

corresponde

a

M$

215 - 29 - 05: Máquinas y Equipos

26.525.-

Corresponde a los gastos por concepto de adquisición de

correspondiente a indemnización de cargo fiscal.

Máquinas y Equipos de Oficinas, por M$ 64.800.215 - 26 - 01: Devoluciones Corresponde

a

las

Devoluciones

de

215 - 34 - 07: Deuda Flotante:

Gravámenes,

Contribuciones Pagadas en Exceso, Garantías, Descuentos

Corresponde a compromisos devengados y no pagados al 31

Indebidos, etc. que considera un gasto estimativo de

de diciembre del ejercicio presupuestario, equivalente a un

M$ 2.700.-

monto de M$ 140.000.-, de los cuales M$ 20.000.corresponden a Gestión Interna, M$ 100.000.- a fondos SEP y M$ 20.000.- a fondos PIE.

215 - 29 - 04: Mobiliarios y Otros Corresponde a los gastos por concepto de adquisición mobiliario de oficinas y de viviendas, muebles de

Fuentes: Proyecto Presupuesto año 2015, Instrucciones Ley

instalaciones educacionales, hospitalarias, policiales, etc. A si

de Presupuesto Sector Público, Catálogo de Cuentas Sector

mismo, incluye los gastos en otros enseres destinados al

Municipal, Normativa y Procedimientos Contables Vigentes

funcionamiento de oficinas, casinos, edificaciones y otras

impartidas por Contraloría General de la República.

65

     

35(6838(672 35(6838(672

É5($6$/8' É5($6$/8' 6$/8'   66  

/ ͘ D h E /  / W  > /        > K   ^ W  : K  Ͳ  ^   Z  d  Z 1    K D h E  >     W >  E / & /    / M E 

d1dh>K/// WZ^hWh^dK^>hDhE//W>

Zd1h>KϭϳǑ

ů ƉĞƌƐŽŶĂů ĚĞ ůĂ ĚŽƚĂĐŝſŶ ĚĞ ƐĂůƵĚ ŵƵŶŝĐŝƉĂů ƌĞŐŝĚŽ ƉŽƌ ůĂ

ƉƌƵĠďĞƐĞ ůĂƐ ĞƐƚŝŵĂĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ĞƵĚŽƌĞƐ LJ ĐƌĞĞĚŽƌĞƐ

>ĞLJϭϵ͘ϯϳϴ͕ĞŶĐĂůŝĚĂĚĚĞĐŽŶƚƌĂƚĂ͕ŶŽƉŽĚƌĄƐĞƌƐƵƉĞƌŝŽƌĂů

WƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽƐ͕ ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞƐ Ăů WƌĞƐƵƉƵĞƐƚŽ ĚĞ ^ĂůƵĚ

ϮϬйĚĞĚŝĐŚĂĚŽƚĂĐŝſŶƚŽƚĂů͘

DƵŶŝĐŝƉĂůƉĂƌĂĞůĂŹŽϮϬϭϱ͕ƐĞŐƷŶƚĞdžƚŽĂĚũƵŶƚŽ͘





Zd1h>KϮϬǑ

Zd1h>KϭϴǑ

>ĂƐĞdžƚĞŶƐŝŽŶĞƐŚŽƌĂƌŝĂƐĚĞůĄƌĞĂĚĞƐĂůƵĚƐĞƌĄŶĂƵƚŽƌŝnjĂĚĂƐ

>ĂƐ ŵŽĚŝĨŝĐĂĐŝŽŶĞƐ ĞŶ ůŽƐ ŵŽŶƚŽƐ ĞƐƚŝŵĂĚŽƐ ĚĞ ĞƵĚŽƌĞƐ LJ

ƉŽƌ ĞĐƌĞƚŽ ůĐĂůĚŝĐŝŽ͕ ĚĞ ĂĐƵĞƌĚŽ Ă ůĂƐ ŶĞĐĞƐŝĚĂĚĞƐ ĚĞů

ĐƌĞĞĚŽƌĞƐ ĚĞů WƌĞƐƵƉƵĞƐƚŽ ĚĞ ^ĂůƵĚ DƵŶŝĐŝƉĂů ƉĂƌĂ ϮϬϭϱ͕

ƐĞƌǀŝĐŝŽ͘

ƐĞƌĄŶ ƉƌĞƐĞŶƚĂĚĂƐ ƉŽƌ Ğů ůĐĂůĚĞ ƉĂƌĂ ůĂ ĂƉƌŽďĂĐŝſŶ ĚĞů



ŽŶĐĞũŽ DƵŶŝĐŝƉĂů͘  ů ĂĐƵĞƌĚŽ ĚĞ ĞƐƚĂƐ ŵŽĚŝĨŝĐĂĐŝŽŶĞƐ͕

^ŽůŽƐĞĂƵƚŽƌŝnjĂƌĄŶůŽƐƌĞĞŵƉůĂnjŽƐĚĞĂƋƵĞůůŽƐƉƌŽĨĞƐŝŽŶĂůĞƐ

ĚĞďĞƌĄ ŵĂƚĞƌŝĂůŝnjĂƌƐĞ ĞŶ ƵŶ ĞĐƌĞƚŽ ůĐĂůĚŝĐŝŽ ƋƵĞ ĚĞďĞƌĄ

ĚĞůĂƐĂůƵĚƋƵĞƉƌĞƐƚĂŶƵŶĂĂƚĞŶĐŝſŶĚŝƌĞĐƚĂĂůŽƐƉĂĐŝĞŶƚĞƐ

ĚŝĐƚĂƌůĂŝƌĞĐĐŝſŶĚĞĚŵŝŶŝƐƚƌĂĐŝſŶLJ&ŝŶĂŶnjĂƐ͘

ĚĞůƐŝƐƚĞŵĂĚĞƐĂůƵĚ͘^ŽůŽĞŶĐĂƐŽƐĚĞďŝĚĂŵĞŶƚĞũƵƐƚŝĨŝĐĂĚŽƐ



ƐĞ ƉŽĚƌĄ ƌĞĞŵƉůĂnjĂƌ ƉĞƌƐŽŶĂů ĚĞ ĨƵŶĐŝŽŶĞƐ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐ͕

Zd1h>KϭϵǑ

ĞŶůĂŵĞĚŝĚĂƋƵĞƐĞĂŶĞĐĞƐĂƌŝŽƉĂƌĂĂƐĞŐƵƌĂƌůĂĐŽŶƚŝŶƵŝĚĂĚ

>Ă ĚŽƚĂĐŝſŶ ĚĞ ^ĂůƵĚ  ƉĂƌĂ Ğů ĂŹŽ ϮϬϭϱ͕ ƐĞƌĄ ůĂ ƋƵĞ ƐĞ

ĚĞůĂŐĞƐƚŝſŶ͘

ĚĞƚĞƌŵŝŶĞ ĞŶ Ğů WůĂŶ ŶƵĂů ĚĞ ^ĂůƵĚ DƵŶŝĐŝƉĂů͕ ƐĂŶĐŝŽŶĂĚŽ



ƉŽƌĞĐƌĞƚŽůĐĂůĚŝĐŝŽ͘

Zd1h>KϮϭǑ ƵĂůƋƵŝĞƌĐŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶĚĞƉĞƌƐŽŶĂůƌĞŐŝĚŽƉŽƌůĂůĞLJϭϵ͘ϯϳϴ͕ ĚĞďĞƌĄĞŶĐƵĂĚƌĂƌƐĞĚĞŶƚƌŽĚĞůůşŵŝƚĞŵĄdžŝŵŽĚĞůĂĚŽƚĂĐŝſŶ

67

ĂƉƌŽďĂĚĂ ƉĂƌĂ  Ğů ĂŹŽ ϮϬϭϱ͘  ^Ğ ĞdžĐĞƉƚƷĂŶ ĚĞ ůĂ ŶŽƌŵĂ

ƉƌĞǀĞŶƚŝǀĂƐLJƉƌŽŵŽĐŝſŶĂůĞƐĂĚĂƉƚĂĚĂƐĂĞƐĂƌĞĂůŝĚĂĚ͘>Ă

ĂŶƚĞƌŝŽƌ͕ ůĂƐ ĐŽŶƚƌĂƚĂĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ƉĞƌƐŽŶĂů ĨŝŶĂŶĐŝĂĚŽƐ ĐŽŶ

ĐŽŶƚŝŶƵŝĚĂĚ ĚĞ ĐƵŝĚĂĚŽƐ ĚĞ ƐĂůƵĚ ƐĞ ĞdžƚŝĞŶĚĞ Ă ƚŽĚĂ ůĂ

ƌĞĐƵƌƐŽƐ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĚŽƐ Ăů ŵĂƌŐĞŶ ĚĞů ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚŽ͕ Ă ƚƌĂǀĠƐ

ƌĞĚ Ă ƚƌĂǀĠƐ ĚĞů ͞ƚƌĂďĂũŽ ĞŶ ƌĞĚ͟ ;ƌĞĚ ĂƐŝƐƚĞŶĐŝĂů͕

ĚĞ ƉƌŽŐƌĂŵĂƐ ĞƐƉĞĐşĨŝĐŽƐ͕ ůĂƐ ĐƵĂůĞƐ ĞŶ ƚŽĚŽ ĐĂƐŽ͕ ĚĞďĞŶ

ĐŽŵƵŶŝƚĂƌŝĂ͕ƐŽĐŝĂůͿ͘

ĂũƵƐƚĂƌƐĞĂůŽƐƌĞĐƵƌƐŽƐĂƉŽƌƚĂĚŽƐƉĂƌĂĞƐƚŽƐĨŝŶĞƐ͘



ŽŶ ƚŽĚŽ͕ ĐƵĂůƋƵŝĞƌ ŶƵĞǀĂ ĐŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶ ĚĞ ƉĞƌƐŽŶĂů ĚĞďĞƌĄ

Ϯ͘ WƌĞƐƚĂĐŝſŶ ĚĞ ^ĞƌǀŝĐŝŽƐ /ŶƚĞŐƌĂĚŽƐ͗  ƉĞƐĂƌ ĚĞ ƋƵĞ

ƐĞƌĂƵƚŽƌŝnjĂĚĂƉŽƌĞůůĐĂůĚĞ͘

ƚƌĂĚŝĐŝŽŶĂůŵĞŶƚĞ ƐĞ ŚĂďůĂ ĚĞ ĐŽŶƐƵůƚĂƐ LJ ĐŽŶƚƌŽůĞƐ͕ ƐĞ

 Zd1h>KϮϮǑ

ĞƐƉĞƌĂƋƵĞĞŶĐĂĚĂĐŽŶƚĂĐƚŽĐŽŶŝŶĚŝǀŝĚƵŽƐLJĨĂŵŝůŝĂƐƐĞ ǀŝƐƵĂůŝĐĞ ůĂ ŽƉŽƌƚƵŶŝĚĂĚ ƉĂƌĂ ŝŶĐŽƌƉŽƌĂƌ ĂĐĐŝŽŶĞƐ ĚĞ

>ĂƐ ƉŽůşƚŝĐĂƐ LJ ůŝŶĞĂŵŝĞŶƚŽƐ ƋƵĞ ŐƵşĂŶ ůĂ ĂĐĐŝſŶ ĚĞů ƐŝƐƚĞŵĂ

ƉƌŽŵŽĐŝſŶ LJ ƉƌĞǀĞŶĐŝſŶ͕ ĨŽŵĞŶƚĂŶĚŽ Ğů ĂƵƚŽĐƵŝĚĂĚŽ

ĚĞ^ĂůƵĚDƵŶŝĐŝƉĂůƐŽŶ͗

ŝŶĚŝǀŝĚƵĂůLJĨĂŵŝůŝĂƌ͘ůĞƋƵŝƉŽĚĞƐĂůƵĚĚĞďĞƐĞƌĐĂƉĂnjĚĞ

 ϭ͘ ŽŶƚŝŶƵŝĚĂĚĚĞůĂƚĞŶĐŝſŶLJĚĞůŽƐƵŝĚĂĚŽƐĚĞ^ĂůƵĚ͗

ĂĐƚƵĂƌ ĐŽŶ ƐĞƌǀŝĐŝŽƐ ŝŶƚĞŐƌĂĚŽƐ ĞƐƉĞĐŝĂůŵĞŶƚĞ ĞŶ ůŽƐ ƉƌŽďůĞŵĂƐ ƉƐŝĐŽƐŽĐŝĂůĞƐ ƉƌĞǀĂůĞŶƚĞƐ LJ ĞŵĞƌŐĞŶƚĞ ĞŶ ůĂ

Ŷ Ğů ŶŝǀĞů ƉƌŝŵĂƌŝŽ ĞƐƚĂ ĚĂĚŽ ƉŽƌ ƵŶĂ ĨŽƌŵĂ

ƉŽďůĂĐŝſŶ͘ >Ă ƉƌĞŽĐƵƉĂĐŝſŶ ƉŽƌ ůŽ ƋƵĞ ĞƐƉĞƌĂ ĐĂĚĂ

ŽƌŐĂŶŝnjĂĐŝŽŶĂůƋƵĞƉĞƌŵŝƚĂƵŶĂƌĞůĂĐŝſŶĐĞƌĐĂŶĂĐŽŶƵŶĂ

ƉĞƌƐŽŶĂƋƵĞƐĞĂĐĞƌĐĂĞŶďƵƐĐĂĚĞĂƚĞŶĐŝſŶĚĞƐĂůƵĚLJĞů

ƉŽďůĂĐŝſŶ Ă ĐĂƌŐŽ ;ƐĞĐƚŽƌŝnjĂĐŝſŶͿ͘ ƐƚĞ ĞƋƵŝƉŽ ĐŽŶŽĐĞ Ă

ďƵĞŶ ƚƌĂƚŽ͕ ƐŽŶ ƉĂƌƚĞ ĚĞ ůĂ ĐĂůŝĚĂĚ LJ ĚĞů ĂďŽƌĚĂũĞ

ƐƵĐŽŵƵŶŝĚĂĚĚĞƵƐƵĂƌŝŽƐĞŶůŽƐĂƐƉĞĐƚŽƐĚĞĐĂůŝĚĂĚĚĞ

ŝŶƚĞŐƌĂů͘

ǀŝĚĂ͕ĨĂĐƚŽƌĞƐĚĞƌŝĞƐŐŽLJĨĂĐƚŽƌĞƐƉƌŽƚĞĐƚŽƌĞƐ͕LJĚŝƐƉŽŶĞ͕



ƉŽƌ ůŽ ƚĂŶƚŽ͕ ĚĞ ĞůĞŵĞŶƚŽƐ ƉĂƌĂ ĂĐƚƵĂƌ ĐŽŶ ĞƐƚƌĂƚĞŐŝĂƐ

68

ϯ͘ ZĞƐŽůƵƚŝǀŝĚĂĚ͗ ĞĨŝŶŝĚĂ ĐŽŵŽ ůĂ ĐĂƉĂĐŝĚĂĚ ĚĞů ŶŝǀĞů ĞŶ

ϰ͘ ZĞƐƉŽŶƐĂďŝůŝĚĂĚŽŵƉĂƌƚŝĚĂĞŶƚƌĞƚŽĚŽƐůŽƐDŝĞŵďƌŽƐ

ƋƵĞ ƐĞ ĐŽŶƐƵůƚĞ͕ ĚĞ ĚĂƌ ƌĞƐƉƵĞƐƚĂ Ă ůĂƐ ŶĞĐĞƐŝĚĂĚĞƐ ĚĞ

ĚĞůĂ&ĂŵŝůŝĂLJůĂŽŵƵŶŝĚĂĚƉŽƌůĂ^ĂůƵĚĚĞƐƵ&ĂŵŝůŝĂLJ

ůĂƐ ƉĞƌƐŽŶĂƐ͘ Ŷ Ğů ĐĂƐŽ ĚĞ ůŽƐ ĞƋƵŝƉŽƐ ĚĞ ƐĂůƵĚ ĚĞ

ĚĞ ĐĂĚĂ ƵŶŽ ĚĞ ƐƵƐ /ŶƚĞŐƌĂŶƚĞƐ͗ ^Ğ ƉƌŽŵƵĞǀĞ ůĂ

ĂƚĞŶĐŝſŶ ƉƌŝŵĂƌŝĂ ĞƐƚĂ ƌĞƐŽůƵƚŝǀŝĚĂĚ ƐĞ ƚƌĂĚƵĐĞ ĞŶ ůĂ

ƉĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶ ĚĞ ůĂ ĨĂŵŝůŝĂ ƚĂŶƚŽ ĞŶ ůĂƐ ĂĐƚŝǀŝĚĂĚĞƐ

ĐĂƉĂĐŝĚĂĚ ĚĞ ĐŽŶƚƌŝďƵŝƌ Ăů ĐƵŝĚĂĚŽ ĚĞ ůĂ ƐĂůƵĚ ĚĞ ůĂƐ

ƉƌĞǀĞŶƚŝǀŽͲƉƌŽŵŽĐŝſŶĂůĞƐ ĐŽŵŽ ĞŶ ůĂƐ ƌĞĐƵƉĞƌĂƚŝǀĂƐ͕

ƉĞƌƐŽŶĂƐĚĞƐƵƐĞĐƚŽƌ͕ƐƵŵĂĚĂĂůĂĐĂƉĂĐŝĚĂĚĚŝĂŐŶſƐƚŝĐĂ

ĨĂǀŽƌĞĐŝĞŶĚŽĞƐƉĞĐŝĂůŵĞŶƚĞůĂƉĂƌƚŝĐŝƉĂĐŝſŶĚĞůĂƉĂƌĞũĂ

LJĞdžĐĞůĞŶĐŝĂĐůşŶŝĐĂ͘ĂĚĂĞƐƚĂďůĞĐŝŵŝĞŶƚŽĚĞďĞĚŝƐƉŽŶĞƌ

ĞŶ Ğů ƉƌŽĐĞƐŽ ƌĞƉƌŽĚƵĐƚŝǀŽ͕ ĚĞů ƉĂĚƌĞ LJ ůĂ ŵĂĚƌĞ ĞŶ Ğů

ĚĞů ĞƋƵŝƉĂŵŝĞŶƚŽ LJ ĚĞ ůŽƐ ƌĞĐƵƌƐŽƐ ŚƵŵĂŶŽƐ ĐĂůŝĨŝĐĂĚŽƐ

ĐƵŝĚĂĚŽ ĚĞ ůŽƐ ŚŝũŽƐ͖ ĚĞ ĂůŐƷŶ ŝŶƚĞŐƌĂŶƚĞ ĚĞ ůĂ ĨĂŵŝůŝĂ LJ

ƉĂƌĂ ĂďŽƌĚĂƌ ůŽƐ ĚĞƐĂĨşŽƐ ĚĞ ĞǀŝƚĂƌ Ğů ĚĂŹŽ ĞŶ ƐĂůƵĚ͕

ĐŽŵƵŶŝĚĂĚ ĞŶ Ğů ĐƵŝĚĂĚŽ ĚĞ ůĂƐ ƉĞƌƐŽŶĂƐ ĐŽŶ

ƉĞƐƋƵŝƐĂƌůŽ ƉƌĞĐŽnjŵĞŶƚĞ͕ ĐŽŶĨŝƌŵĂƌ ĚŝĂŐŶſƐƚŝĐŽƐ͕ ƚƌĂƚĂƌ

ĞŶĨĞƌŵĞĚĂĚĞƐĐƌſŶŝĐĂƐ͕ĂĚƵůƚŽƐŵĂLJŽƌĞƐ͕ĚŝƐĐĂƉĂĐŝƚĂĚŽƐ͕

ĞŶĨĞƌŵĞĚĂĚĞƐ ĚĞ ĂĐƵĞƌĚŽ Ă ůŽƐ ƉƌŽƚŽĐŽůŽƐ LJ ĐƵŵƉůŝƌ ƐƵ

ƉĞƌƐŽŶĂƐ ƉŽƐƚƌĂĚĂƐ Ž ĞŶ ĨĂƐĞ ƚĞƌŵŝŶĂů ĚĞ ĂůŐƵŶĂ

ƌŽůĞŶůĂƌĞĚĂƐŝƐƚĞŶĐŝĂů͘

ĞŶĨĞƌŵĞĚĂĚ͘

      

69

ÍTEM

SUB TITULO

ϭϯ͘^dZhdhZhKZ^WZ^hWh^dZ/K^;/E'Z^K^Ϳ Z^>hϮϬϭϱ

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

05 05

DENOMINACIÓN

8.121.011

03 DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS

8.121.011

OTROS INGRESOS CORRIENTES

08

229.443

08 08

01 RECUPERACIONES Y REEMBOLSOS POR LICENCIAS MEDICAS 02 MULTAS Y SANCIONES PECUNIARIAS

08 08 08

03 PARTIC. DEL FONDO COMÚN MUNICIPAL - Art. 38 D.L. Nº 3.063, de 1979 04 FONDOS DE TERCEROS 99 OTROS

10 10 10 10 10 10 10 10 10

01 02 03 04 05 06 07 99

M$

229.443 0 0 0 0

VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS

0

TERRENOS EDIFICIOS VEHÍCULOS MOBILIARIO Y OTROS MAQUINAS Y EQUIPOS EQUIPOS INFORMÁTICOS PROGRAMAS INFORMÁTICOS OTROS ACTIVOS NO FINANCIEROS

0 0 0 0 0 0 0 0

70

ÍTEM

SUB TITULO

DENOMINACIÓN

VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS

11

M$

0

11

01 VENTA O RESCATE DE TÍTULOS Y VALORES

0

11 11

02 VENTA DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES DE CAPITAL 99 OTROS ACTIVOS FINANCIEROS

0 0

12 12 12 12 12 12

02 06 07 09 10

RECUPERACIÓN DE PRESTAMOS

0

HIPOTECARIOS POR ANTICIPOS A CONTRATISTAS POR ANTICIPOS POR CAMBIO DE RESID. POR VENTAS A PLAZO INGRESOS POR PERCIBIR

0 0 0 0 0

TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL 13 13 13

14 14

15

0 01 DEL SECTOR PRIVADO 03 DE OTRAS ENTIDADES PUBLICAS

0 0

ENDEUDAMIENTO

0

01 ENDEUDAMIENTO INTERNO

0

SALDO INICIAL DE CAJA TOTAL INGRESOS

50.000 8.400.454

 

71

ϭϰ͘:h^d/&//KE^hKZ^WZ^hWh^dZ/K^;/E'Z^K^Ϳ Z^>h

^Ğ ŝŶƐĐƌŝďĞ ĚĞŶƚƌŽ ĚĞů ĐŽŶƚĞdžƚŽ ĚĞ ůĂ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĐŝſŶ ĚĞ ůŽƐ

ďͿ ƚĞŶĐŝſŶWƌŝŵĂƌŝĂĞƉĞŶĚŝĞŶƚĞĚĞůŽƐƉƌŽƉŝŽƐ^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞ

ƌĞĐƵƌƐŽƐ ĞƐƚĂƚĂůĞƐ͖ ƐĞ ŝŶƐĞƌƚĂŶ ĞŶ ƵŶĂ ůſŐŝĐĂ ŵĂĐƌŽ ĚĞ

^ĂůƵĚ͕ ĐƵLJĂ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĐŝſŶ ĞƐ ĚĞů ^ĞƌǀŝĐŝŽ ĚĞ ^ĂůƵĚ

ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚŽƉŽƌƌĞƐƵůƚĂĚŽƐ͕ƌĞĐŽŶŽĐŝĞŶĚŽůĂŝŵƉŽƌƚĂŶĐŝĂĚĞ

ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞ͕ ĐŽŶ ƐƵƐ ĞƐƚĂďůĞĐŝŵŝĞŶƚŽƐ͕ ĐŽŶƐƵůƚŽƌŝŽƐ

ůĂ ĂƐŝŐŶĂĐŝſŶ ĚĞ ƌĞĐƵƌƐŽƐ ƚƌĂŶƐƉĂƌĞŶƚĞ͕ ůĂ ŶĞĐĞƐŝĚĂĚ ĚĞ ĚĂƌ

ŐĞŶĞƌĂůĞƐ ƌƵƌĂůĞƐ LJ ƵƌďĂŶŽƐ͕ ĂĚŽƐĂĚŽƐ Ž ŶŽ Ă ƉŽƐƚĂƐ ĚĞ

ĐƵĞŶƚĂ Ă ůĂ ĐŽŵƵŶŝĚĂĚ LJ Ă ůŽƐ ĚŝƐƚŝŶƚŽƐ ĂĐƚŽƌĞƐ ƐŽĐŝĂůĞƐ

ƐĂůƵĚƌƵƌĂů͕ĞƐƚĂĐŝŽŶĞƐ͘  ĐͿ  KƌŐĂŶŝnjĂĐŝŽŶĞƐEŽ'ƵďĞƌŶĂŵĞŶƚĂůĞƐ;KE'Ϳ͕ƋƵĞĂƚƌĂǀĠƐ

ŝŶǀŽůƵĐƌĂĚŽƐ͕ ĚſŶĚĞ ƐĞ ŐĂƐƚĂ͕ ĐſŵŽ ƐĞ ŐĂƐƚĂ͕ ƋƵŝĞŶĞƐ ƐŽŶ ďĞŶĞĨŝĐŝĂĚŽƐLJĐſŵŽƐĞŚĂŶĨŝŶĂŶĐŝĂĚŽůŽƐŐĂƐƚŽƐĞĨĞĐƚƵĂĚŽƐ͘

ĚĞ ĐŽŶǀĞŶŝŽƐ &> ϯϲͬϴϬ ĐŽŶ ůŽƐ ^ĞƌǀŝĐŝŽƐ ĚĞ ^ĂůƵĚ

ƐƚŽĐŽďƌĂĞƐƉĞĐŝĂůŝŵƉŽƌƚĂŶĐŝĂĞŶƐĂůƵĚ͕ƉƵĞƐŝŶǀŽůƵĐƌĂĂůĂƐ

ƌĞƐƉĞĐƚŝǀŽƐ͕ ĞũĞĐƵƚĂŶ ĂĐĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ŶŝǀĞů ƉƌŝŵĂƌŝŽ ĚĞ

ƉĞƌƐŽŶĂƐLJƐƵďŝĞŶĞƐƚĂƌ͘

ĂƚĞŶĐŝſŶ͘

 >Ă ƚĞŶĐŝſŶ WƌŝŵĂƌŝĂ ĚĞ ^ĂůƵĚ ;W^Ϳ ĐŚŝůĞŶĂ ƉƌĞƐĞŶƚĂ

 >Ă W^ ŵƵŶŝĐŝƉĂů͕ ƉŽƐĞĞ ƵŶ ŵĂƌĐŽ ũƵƌşĚŝĐŽ ƋƵĞ ƐƵƐƚĞŶƚĂ ůŽƐ

ĚŝƐƚŝŶƚŽƐ ŵĞĐĂŶŝƐŵŽƐ LJ ĚĞƉĞŶĚĞŶĐŝĂƐ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂƚŝǀĂƐ LJ

ĂƉŽƌƚĞƐ ĞƐƚĂƚĂůĞƐ Ă ůĂ ƐĂůƵĚ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĚĂƉŽƌ ůŽƐ ŵƵŶŝĐŝƉŝŽƐ

ĨƵĞŶƚĞƐĚĞĨŝŶĂŶĐŝĂŵŝĞŶƚŽ͘^ĞĚŝƐƚŝŶŐƵĞŶ͗

ĞůƋƵĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂĞŶůĂůĞLJEΣϭϵ͘ϯϳϴ͕ĂƌƚşĐƵůŽƐϰϵLJϱϲLJƐĞ

 ĂͿ ƚĞŶĐŝſŶWƌŝŵĂƌŝĂĚĞ^ĂůƵĚDƵŶŝĐŝƉĂů͕ĐƵLJĂĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĐŝſŶ

ƌĞĨůĞũĂ ĞŶ ĚŽƐ ŵĞĐĂŶŝƐŵŽƐ ĚĞ ƉĂŐŽ͗ ƉĞƌ ĐĄƉŝƚĂ LJ ƉĂŐŽ

ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂ ĞŶ ĞŶƚŝĚĂĚĞƐ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĚŽƌĂƐ ĚĞ ƐĂůƵĚ

ƉƌŽƐƉĞĐƚŝǀŽƉŽƌƉƌĞƐƚĂĐŝſŶ;ƉƌŽŐƌĂŵĂƐͿ͘

ŵƵŶŝĐŝƉĂůLJƐƵƌĞĚĚĞĞƐƚĂďůĞĐŝŵŝĞŶƚŽƐ͘

  



72

>ĂƚĞŶĐŝſŶWƌŝŵĂƌŝĂĚĞĚĞƉĞŶĚĞŶĐŝĂŵƵŶŝĐŝƉĂů͕ĐŽŶƐŝĚĞƌĂĞŶ

ƉŽƌ ĐŽŵƵŶĂ͕ ĚĞĨŝŶŝĚĂ ĞŶ ŽĐƚƵďƌĞ ĚĞů ĂŹŽ ĂŶƚĞƌŝŽƌ Ăů ƋƵĞ

ĞƐƚĂ ĐŽŵƵŶĂ ƵŶĂ ƉŽďůĂĐŝſŶ Ă ĐĂƌŐŽ ƉĂƌĂ Ğů ĂŹŽ ϮϬϭϰ ĚĞ

ĐŽŵŝĞŶnjĂ

ϴϴ͘Ϭϲϰ ƉĞƌƐŽŶĂƐ ŝŶƐĐƌŝƚĂƐ͕ ůŽ ƋƵĞ ƐŝŐŶŝĨŝĐĂ ƵŶĂ ƌĞĚƵĐĐŝſŶ ĚĞ

ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞƐ͘

ƵŶ ϳ͕ϰй ĐŽŶ ƌĞƐƉĞĐƚŽ Ă ůĂ ƌĞĐŽŶŽĐŝĚĂ ƉĂƌĂ Ğů ƉĞƌŝŽĚŽ ϮϬϭϯ

>ŽƐĨĂĐƚŽƌĞƐĚĞŝŶĐƌĞŵĞŶƚŽĚĞůƉĞƌĐĄƉŝƚĂďĂƐĂů͕ĐŽŶƚĞŵƉůĂŶ

;ϵϱ͘ϭϱϮͿ͘

ƐŝŐƵŝĞŶĚŽůŽƐĐƌŝƚĞƌŝŽƐĚĞŝŶĐƌĞŵĞŶƚŽƐĞŹĂůĂĚŽƐĞŶĞůĂƌƚşĐƵůŽ



ϰϵ ĚĞ ůĂ >ĞLJ EΣ ϭϵ͘ϯϳϴ͕ Ăů ŶŝǀĞů ƐŽĐŝŽĞĐŽŶſŵŝĐŽ ĚĞ ůĂ

͘ WĞƌĄƉŝƚĂ;ĐƵĞŶƚĂĚĞŝŶŐƌĞƐŽƐϭϭϱͲϬϱͲϬϯͲϬϬϲͲϬϬϭͿ

ƉŽďůĂĐŝſŶ ƉŽƚĞŶĐŝĂůŵĞŶƚĞ ďĞŶĞĨŝĐŝĂƌŝĂ͕ ƌĞƉƌĞƐĞŶƚĂŶĚŽ ĞŶ



ĞƐƚĞĐƌŝƚĞƌŝŽĂĐŽŵƵŶĂƐĐŽŶĚŝĨĞƌĞŶƚĞƐŐƌĂĚŽƐĚĞƉŽďƌĞnjĂLJůĂ

ůWĞƌĄƉŝƚĂ͕ĞƐƵŶŵĞĐĂŶŝƐŵŽĚĞĨŝŶĂŶĐŝĂŵŝĞŶƚŽƋƵĞƉĂŐĂ

ƉŽďůĂĐŝſŶ ƉŽƚĞŶĐŝĂůŵĞŶƚĞ ďĞŶĞĨŝĐŝĂƌŝĂ ĚĞ ϲϱ ĂŹŽƐ LJ ŵĄƐ ĚĞ

ĚĞ ĂĐƵĞƌĚŽ Ă ůĂ ƉŽďůĂĐŝſŶ ďĞŶĞĨŝĐŝĂƌŝĂ͕ ƉŽƌ ƵŶ ƉƌĞĐŝŽ

ůĂƐ ĐŽŵƵŶĂƐ ĂĚƐĐƌŝƚĂƐ Ăů ƐŝƐƚĞŵĂ͖ ůĂ ĚŝĨŝĐƵůƚĂĚ ƉĂƌĂ ƉƌĞƐƚĂƌ

ĞƐƚŝƉƵůĂĚŽ ƉŽƌ DŝŶŝƐƚĞƌŝŽ ĚĞ ^ĂůƵĚ ĞŶ ƌĞĨĞƌĞŶĐŝĂ Ă ƵŶĂ

ĂƚĞŶĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ƐĂůƵĚ͖ ůĂ ĚŝĨŝĐƵůƚĂĚ ƉĂƌĂ ĂĐĐĞĚĞƌ Ă ůĂƐ

ĐĂŶĂƐƚĂĚĞƉƌĞƐƚĂĐŝŽŶĞƐ͕ůůĂŵĂĚĂWůĂŶĚĞ^ĂůƵĚ&ĂŵŝůŝĂƌ͘ƐƚĞ

ĂƚĞŶĐŝŽŶĞƐĚĞƐĂůƵĚ͘>ŽƐ͞ŝŶĚĞdžĂĚŽƌĞƐ͟ƋƵĞƐĞŝŶĐŽƌƉŽƌĂŶĞŶ

ŵĞĐĂŶŝƐŵŽ ĞƐƚĄ ďĂƐĂĚŽ ĞŶ Ğů ƉůĂŶ ĚĞ ƐĂůƵĚ ĨĂŵŝůŝĂƌ͕ ƐƵƐ

ĞƐƚĞĨĂĐƚŽƌƐŽŶĐŝŶĐŽ͗

Ă

ƌĞŐŝƌ

Ğů

ĚĞĐƌĞƚŽ

ĐŽŶ

ƉƌŽŐƌĂŵĂƐLJůĂ/ŶƐĐƌŝƉĐŝſŶĚĞůĂƉŽďůĂĐŝſŶďĞŶĞĨŝĐŝĂƌŝĂ͘

ϭ͘

WŽďƌĞnjĂ



Ϯ͘

ZŝĞƐŐŽĂƐŽĐŝĂĚŽĂĞĚĂĚ

ů ƉĞƌ ĐĄƉŝƚĂ ďĂƐĂů ƐĞ ĚĞĨŝŶĞ ĐŽŵŽ Ğů ĂƉŽƌƚĞ ďĄƐŝĐŽ ƵŶŝƚĂƌŝŽ

ϯ͘

ZƵƌĂůŝĚĂĚ͘

ŚŽŵŽŐĠŶĞŽ͕ƉŽƌďĞŶĞĨŝĐŝĂƌŝŽŝŶƐĐƌŝƚŽĞŶůŽƐĞƐƚĂďůĞĐŝŵŝĞŶƚŽƐ

ϰ͘

ZĞĨĞƌĞŶĐŝĂĚĞƐŝŐŶĂĐŝſŶĚĞŽŶĂ͘

ŵƵŶŝĐŝƉĂůĞƐĚĞƚĞŶĐŝſŶWƌŝŵĂƌŝĂĚĞ^ĂůƵĚĚĞĐĂĚĂĐŽŵƵŶĂ͘

ϱ͘

ĞƐĞŵƉĞŹŽŝĨşĐŝů͘

^Ğ ĐŽŶƐŝĚĞƌĂ Ă ůĂ ƉŽďůĂĐŝſŶ ĐĞƌƚŝĨŝĐĂĚĂ ;ŝŶƐĐƌŝƚĂ LJ ǀĂůŝĚĂĚĂͿ



73

ůŽƐ

ĂƉŽƌƚĞƐ

ůƉĞƌĐĄƉŝƚĂĂƐŝŐŶĂĚŽƉĂƌĂĞƐƚĂŽŵƵŶĂ͕ůŽĐĂůĐƵůĂŵŽƐƐŽďƌĞ

WŽďůĂĐŝſŶ/ŶƐĐƌŝƚĂ

ϵϮ͘ϯϬϭ

ůĂďĂƐĞĚĞΨϰ͘ϱϳϵ͘

sĂůŽƌWĞƌĄƉŝƚĂĂƐĂů;hŶŝƚĂƌŝŽƉŽƌŵĞƐͿ

Ψϯ͘ϵϲϬ

ů ƉƌŝŵĞƌ ĐŽƌƚĞ ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞ Ă ĞƐƚĞ ĂŹŽ ;ƉĂƌĂ Ğů

sĂůŽƌWĞƌĄƉŝƚĂ>K^W:K;hŶŝƚĂƌŝŽƉŽƌŵĞƐͿ

Ψϰ͘ϱϳϵ

ƌĞĐŽŶŽĐŝŵŝĞŶƚŽĚĞůĂƉŽďůĂĐŝſŶƉĂƌĂĞůĂŹŽϮϬϭϱͿ͕ĂƌƌŽũſůŽƐ

dŽƚĂůWĞƌĄƉŝƚĂDĞŶƐƵĂů

ΨϰϮϮ͘ϲϳϭ͘ϳϱϴ

ƐŝŐƵŝĞŶƚĞƐƌĞƐƵůƚĂĚŽƐ͗

ĞƐĐƵĞŶƚŽŵĞŶƐƵĂůƉŽƌZĞƚŝƌŽsŽůƵŶƚĂƌŝŽ

ͲΨϲ͘ϰϭϯ͘ϳϮϯ

sĂůŽƌDĞŶƐƵĂůĐŽŶĞƐĐƵĞŶƚŽ

Ψϰϭϲ͘Ϯϱϴ͘Ϭϯϱ

 EdZK^>h &D/>/Z

sĂůŽƌ ŶƵĂů ;ŵĞƐ ĚĞ ĚŝĐŝĞŵďƌĞ ϮϬϭϱ͕ ĐŽŶ

EΣŝŶƐĐƌŝƚŽƐ EΣŝŶƐĐƌŝƚŽƐ ǀĂůŝĚĂĚŽƐ

ǀĂůŝĚĂĚŽƐ

ϮϬϭϰ

ϭĞƌĐŽƌƚĞ

sĂƌŝĂĐŝſŶ

Ϯϭ͘ϭϳϴ

ϮϮ͘Ϭϱϭ

нϴϳϯ

ƌ͘:ƵůŝŽĐƵŹĂWŝŶnjſŶ

Ϯϲ͘ϴϯϲ

Ϯϳ͘Ϯϱϵ

нϰϮϯ

͘ DĞĐĂŶŝƐŵŽ WĂŐŽ WƌŽƐƉĞĐƚŝǀŽ ƉŽƌ WƌĞƐƚĂĐŝſŶ Ͳ WƌŽŐƌĂŵĂƐ;ĐƵĞŶƚĂĚĞŝŶŐƌĞƐŽƐϭϭϱͲϬϱͲϬϯͲϬϬϲͲϬϬϮͿ 

нϮ͘Ϯϭϱ

Ϯϯ͘ϮϴϮ

Ϯϱ͘ϰϵϳ

WƵĞďůŽ>ŽƐƉĞũŽ

ϭϲ͘ϳϲϴ

ϭϳ͘ϰϵϰ

нϳϮϲ

dKd>KDhE>

ϴϴ͘Ϭϲϰ

ϵϮ͘ϯϬϭ

нϰ͘Ϯϯϳ

ĞƉĞĚĂ

Ψϱ͘Ϭϭϯ͘ϴϮϴ͘Ϭϯϱ



ůĂƌĂĞƐƚƌĞůůĂ

ƌĂ͘ DĂƌŝĞůĂ ^ĂůŐĂĚŽ

ƌĞĂũƵƐƚĞĚĞůϰ͕ϱйͿ

ůĂƉŽƌƚĞĞƐƚĂƚĂůǀşĂĞůŵĞĐĂŶŝƐŵŽĚĞƉĂŐŽĚĞƉĞƌĐĄƉŝƚĂ͕ƐĞ ĐŽŵƉůĞŵĞŶƚĂ ĐŽŶ ĂƉŽƌƚĞƐ ĞƐƚĂƚĂůĞƐ ĂĚŝĐŝŽŶĂůĞƐ͕ ŶŽƌŵĂĚŽƐ ĞŶ Ğů ĂƌƚşĐƵůŽ ϱϲ ĚĞ ůĂ ůĞLJ EΣ ϭϵ͘ϯϳϴ͘ ^Ƶ ŵĞĐĂŶŝƐŵŽ ĞƐ ĚĞ ƉĂŐŽĞƐƉƌŽƐƉĞĐƚŝǀŽƉŽƌƉƌĞƐƚĂĐŝſŶ͘





ŶƚŽŶĐĞƐ͕ĞůĂƉŽƌƚĞŵĞŶƐƵĂůǀşĂWĞƌĐĄƉŝƚĂLJƐĞŐƷŶĞůĂƌƚşĐƵůŽ

ƐƚŽƐ ĂƉŽƌƚĞƐ ƐĞ ĞŶƚƌĞŐĂŶ ǀşĂ ĐŽŶǀĞŶŝŽƐ ƐƵƐĐƌŝƚŽƐ ĞŶƚƌĞ ůŽƐ

ϰϵΣ ĚĞ ůĂ >ĞLJ EΣ ϭϵ͘ϯϳϴ ƋƵĞ ƐĞ ƉƌŽLJĞĐƚĂ ƉĞƌĐŝďŝƌ ĚƵƌĂŶƚĞ Ğů

ƌĞƐƉĞĐƚŝǀŽƐ^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞ^ĂůƵĚ;DĞƚƌŽƉŽůŝƚĂŶŽ^ƵƌĞŶŶƵĞƐƚƌŽ

ĂŹŽϮϬϭϱ͕ƐĞĚĞƐŐůŽƐĂĚĞůĂƐŝŐƵŝĞŶƚĞŵĂŶĞƌĂ͗

74

ĐĂƐŽͿ LJ ůŽƐ DƵŶŝĐŝƉŝŽƐ ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞƐ ĞŶ Ğů ĐĂƐŽ ƋƵĞ ůĂƐ

^Ƶƌ ĚĞ Ψ ϭ͘ϯϵϲ͘ϮϬϬ͘ϰϰϮ ƐŽďƌĞ ůĂ ďĂƐĞ ĚĞ ůŽƐ ƐŝŐƵŝĞŶƚĞƐ

ŶŽƌŵĂƐ ƚĠĐŶŝĐĂƐ͕ ƉůĂŶĞƐ LJ ƉƌŽŐƌĂŵĂƐ ƋƵĞ ŝŵƉĂƌƚĂ ĐŽŶ

ĐŽŶǀĞŶŝŽƐ͗

ƉŽƐƚĞƌŝŽƌŝĚĂĚ Ğů DŝŶŝƐƚĞƌŝŽ ĚĞ ^ĂůƵĚ ŝŵƉůŝƋƵĞŶ ƵŶ ŵĂLJŽƌ

ϭ͘

>ĂďŽƌĂƚŽƌŝŽŽŵƉůĞŵĞŶƚĂƌŝŽ'^;Ψϭϲϭ͘ϳϰϭ͘ϯϲϰͿ

ŐĂƐƚŽ ƉĂƌĂ ůĂ ĞŶƚŝĚĂĚ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĚŽƌĂ ĚĞ ƐĂůƵĚ ŵƵŶŝĐŝƉĂů͕

Ϯ͘

ƚĞŶĐŝſŶ ĚĞ WĞƌƐŽŶĂƐ ĐŽŶ ĞƉĞŶĚĞŶĐŝĂ ^ĞǀĞƌĂ ;Ψϭϳ͘ϳϱϭ͘ϳϯϮͿ

ĞƐƚŽ ĞƐ͕ ĐƵĂŶĚŽ ƐĞ ƌĞƋƵŝĞƌĞ ĚĞ ŽƚƌĂƐ ĂĐĐŝŽŶĞƐ ĚŝƐƚŝŶƚĂƐ Ă ĂƋƵĞůůĂƐƋƵĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶĐŽŶƐŝĚĞƌĂĚĂƐĞŶĞůWůĂŶĚĞ^ĂůƵĚ

ϯ͘

WƌŽŐƌĂŵĂƐƉĞĐŝĂů͘Z͘;Ψϱϯ͘Ϭϯϱ͘ϬϮϬͿ

&ĂŵŝůŝĂƌ͘

ϰ͘

ZĞŚĂďŝůŝƚĂĐŝſŶ ĞŶ ůĂ ZĞĚ ĚĞ ^ĂůƵĚ ;Z͘͘Ϳ ;Ψϰϵ͘ϲϳϵ͘ϮϯϬͿ

 ŽŶĨŽƌŵĞůĂ>ĞLJϭϵ͘ϯϳϴLJƐƵƐŵŽĚŝĨŝĐĂĐŝŽŶĞƐ͕ůĂƐĂƵƚŽƌŝĚĂĚĞƐ

ϱ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ^͘͘W͘hĞŶƚĂů:͘͘W;ΨϮϯ͘ϴϴϱ͘ϴϬϱͿ

ƋƵĞ ƐƵƐĐƌŝďĂŶ ĐŽŶǀĞŶŝŽƐ ĞŶƚƌĞ ůŽƐ DƵŶŝĐŝƉŝŽƐ ƋƵĞ

ϲ͘

&ŽŶĚŽ ĚĞ &ĂƌŵĂĐŝĂ ƉĂƌĂ ŶĨĞƌŵĞĚĂĚĞƐ ƌſŶŝĐĂƐ ŶŽ

ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂŶƐĂůƵĚLJůŽƐ^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞ^ĂůƵĚĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞƐ͕

dƌĂŶƐŵŝƐŝďůĞƐ ĞŶ ͘W͘^ ;ŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶ ĚĞ ZZ,, LJ

ƐŽŶĞůůĐĂůĚĞŽůĐĂůĚĞƐĂLJĞůŝƌĞĐƚŽƌ;ĂͿĚĞů^ĞƌǀŝĐŝŽĞŶƐƵ

ĐĂŶĂƐƚĂĚĞƉŝĞĚŝĂďĠƚŝĐŽͿ;Ψϭϯ͘ϱϬϯ͘ϭϵϵͿ

ƌŽů ĚĞ ŐĞƐƚŽƌ ĚĞ ƌĞĚĞƐ͘ ƐŝŵŝƐŵŽ͕ ůĂƐ ƚƌĂŶƐĨĞƌĞŶĐŝĂƐ ĚĞ

ϳ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ^͘͘W͘h͘;Ψϯϵϰ͘ϵϴϱ͘ϬϲϲͿ

ƌĞĐƵƌƐŽƐ͕ĐŽŶĨŽƌŵĞůĂƌĞŐƵůĂĐŝſŶǀŝŐĞŶƚĞ͕ƐĞƌĞĂůŝnjĂĚĞƐĚĞůŽƐ

ϴ͘

ƉŽLJŽĂůĂ'ĞƐƚŝſŶ>ŽĐĂů/͘Z͘ĞŶ^Wh;Ψϱ͘ϰϬϴ͘ϭϳϮͿ

^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞ^ĂůƵĚŚĂĐŝĂůĂƐDƵŶŝĐŝƉĂůŝĚĂĚĞƐ͘

ϵ͘

WƌŽŐƌĂŵĂsŝĚĂ^ĂŶĂKďĞƐŝĚĂĚ;ΨϮϬ͘ϲϮϰ͘ϭϮϬͿ

ϭϬ͘



WƌŽŐƌĂŵĂ/ŶƚĞŐƌĂůĚĞ^ĂůƵĚDĞŶƚĂůĞŶ͘W͘^



;ΨϮϲϱ͘ϲϬϰ͘ϱϱϳͿ

ƵƌĂŶƚĞ Ğů ƉƌĞƐĞŶƚĞ ĂŹŽ ϮϬϭϰ͕ ĞdžŝƐƚĞ ƵŶ ĐŽŵƉƌŽŵŝƐŽ ĚĞ ϭϭ͘

ƚƌĂŶƐĨĞƌĞŶĐŝĂ ƉŽƌ ƉĂƌƚĞ ĚĞů ƐĞƌǀŝĐŝŽ ĚĞ ^ĂůƵĚ DĞƚƌŽƉŽůŝƚĂŶŽ

75

WƌŽŐƌĂŵĂĚĞZĞƐŽůƵƚŝǀŝĚĂĚĞŶ͘W͘^;ΨϱϬ͘ϮϲϬ͘ϯϳϱͿ

ϭϮ͘

Ϯϯ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ WŝůŽƚŽ ĚĞů EŝŹŽ LJ ůĂ EŝŹĂ ^ĂŶĂ ĞŶ Ğů

WƌŽŐƌĂŵĂ ͘Z͘ ŽŶƚŝŶŐĞŶĐŝĂ ^͘͘W͘h ; ϯ ŵĞƐĞƐͿ ;Ψϴ͘ϰϳϬ͘ϳϮϬͿ

ƐƚĂďůĞĐŝŵŝĞŶƚŽĚƵĐĂĐŝŽŶĂůĞƐ;Ψϭϰ͘ϵϱϭ͘ϴϬϵͿ WƌŽŐƌĂŵĂ'^KĚŽŶƚŽůſŐŝĐŽ&ĂŵŝůŝĂƌŶŝŹŽƐĚĞϲĂŹŽƐ

Ϯϰ͘

sĂĐƵŶĂĐŝſŶ/ŶĨůƵĞŶnjĂ;Ψϭ͘Ϯϴϰ͘ϵϭϮͿ

LJĞŵďĂƌĂnjĂĚĂƐ;Ψϲϰ͘ϵϭϰ͘ϯϯϬͿ

Ϯϱ͘

ŚŝůĞƌĞĐĞŽŶƚŝŐŽ;Ψϲϲ͘ϴϭϴ͘ϵϵϬͿ

ϭϰ͘

WƌŽŐƌĂŵĂŽŶƚƌŽů:ŽǀĞŶ^ĂŶŽ;Ψϴ͘ϰϳϮ͘ϱϵϯͿ

Ϯϲ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ ĚĞ ƐƉĂĐŝŽƐ ŵŝŐĂďůĞƐ WĂƌĂ :ſǀĞŶĞƐ LJ

ϭϱ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ'^KĚŽŶƚŽůſŐŝĐŽ/ŶƚĞŐƌĂů;Ψϭϲ͘ϯϰϮ͘ϭϳϴͿ

ϭϲ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ'^KĚŽŶƚŽůſŐŝĐŽĚƵůƚŽ͕^ĂůƵĚŽƌĂůĚĞϲϬ

ϭϯ͘

ĚŽůĞƐĐĞŶƚĞƐ;Ψϳ͘ϯϭϱ͘ϬϲϬͿ Ϯϳ͘

ƉŽLJŽZĂĚŝŽůſŐŝĐŽ;Ψϰ͘ϰϳϲ͘ϲϬϬͿ

ĂŹŽƐ;Ψϰϲ͘ϲϲϬ͘ϮϬϬͿ



ϭϳ͘

DŝƐŝŽŶĞƐĚĞĞƐƚƵĚŝŽƐϯĂŹŽƐ;Ψϵ͘Ϭϵϳ͘ϱϬϬͿ

ĚĞŵĄƐ͕ ĞdžŝƐƚĞ ƵŶ ƚƌĂƐƉĂƐŽ ƌĞůĂĐŝŽŶĂĚŽ Ăů ĐƵŵƉůŝŵŝĞŶƚŽ ĚĞ

ϭϴ͘

WƌŽŐƌĂŵĂ'ĞƐWƌĞǀĞŶƚŝǀŽĞŶ^ĂůƵĚƵĐĂůĞŶWŽďůĂĐŝſŶ

ŵĞƚĂƐ ĚĞ ůĂ >ĞLJ EΣϭϵ͘ϴϭϯ ĞŶ ƐƵ ĐŽŵƉŽŶĞŶƚĞ ĨŝũŽ LJ ǀĂƌŝĂďůĞ

ƐĐŽůĂƌĞŶW^;Ψϳ͘Ϯϴϰ͘ϯϮϭͿ

;Ψϲϳϭ͘Ϯϭϵ͘ϭϵϳͿ

ϭϵ͘

ϮϬ͘

Ϯϭ͘

ϮϮ͘

 WƌŽŐƌĂŵĂ ĚĞ /ŵĄŐĞŶĞƐ ŝĂŐŶŽƐƚŝĐĂƐ ĞŶ W^ ;Ψϰϰ͘ϲϵϲ͘ϭϮϱͿ

^Ğ ƉƌŽLJĞĐƚĂ ƉĞƌĐŝďŝƌ ĚƵƌĂŶƚĞ Ğů ĂŹŽ ϮϬϭϱ ƉŽƌ ĐŽŶĐĞƉƚŽ ĚĞ

WƌŽŐƌĂŵĂWŝůŽƚŽsŝĚĂ^ĂŶĂůĐŽŚŽůĞŶW^ 

ĞƐƚĂƐƚƌĂŶƐĨĞƌĞŶĐŝĂƐ͕ůĂƐƵŵĂΨϮ͘ϳϵϳ͘Ϭϴϯ͘ϬϬϬ͘Ͳ

;Ψϭϰ͘ϴϱϯ͘ϭϯϮͿ



WƌŽŐƌĂŵĂ DŽĚĞůŽ ĚĞ ƚĞŶĐŝſŶ ĞŶ ŶĨŽƋƵĞ &ĂŵŝůŝĂƌ



ĞŶW^;Ψϭϰ͘Ϯϭϳ͘ϱϮϴͿ



WƌŽŐƌĂŵĂ ĚĞ DĂŶƚĞŶŝŵŝĞŶƚŽ Ğ /ŶĨƌĂĞƐƚƌƵĐƚƵƌĂ ϮϬϭϰ



;Ψϵ͘ϴϲϱ͘ϴϬϰͿ



76

͘ ĞůƚĞƐŽƌŽƉƷďůŝĐŽ;ĐƵĞŶƚĂĚĞŝŶŐƌĞƐŽƐϭϭϱͲϬϱͲϬϯͲϬϬϳͿ





͘ KƚƌŽƐŝŶŐƌĞƐŽƐĐŽƌƌŝĞŶƚĞƐ;ĐƵĞŶƚĂĚĞŝŶŐƌĞƐŽƐϭϭϱͲϬϴͲϬϭͿ

^ĞƉƌŽLJĞĐƚĂƵŶŝŶŐƌĞƐŽĚĞDΨϭϬ͘ϬϬϬ͘ͲƉŽƌĞƐƚĞĐŽŶĐĞƉƚŽ͘





ƐƚĂ ĐƵĞŶƚĂ͕ ƐĞ ŝŶĐůƵLJĞ ůŽƐ ƌĞĞŵďŽůƐŽƐ ƉŽƌ ĚĞƐĐƵĞŶƚŽƐ LJ ůĂ

͘ &ŝŶĂŶĐŝĂŵŝĞŶƚŽ >ŽĐĂů Ă ůĂ ƚĞŶĐŝſŶ WƌŝŵĂƌŝĂ ĚĞ ^ĂůƵĚ

ƌĞĐƵƉĞƌĂĐŝſŶĚĞůĂƐ>ŝĐĞŶĐŝĂƐDĠĚŝĐĂƐ͘ĂůĐƵůĂŵŽƐůĂĐŝĨƌĂĚĞ

DƵŶŝĐŝƉĂů͕ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚŽ DƵŶŝĐŝƉĂů ;ĐƵĞŶƚĂ ĚĞ ŝŶŐƌĞƐŽƐ

DΨϮϮϵ͘ϰϰϯ͘Ͳ

ϭϭϱͲϬϱϬϯϭϬϭͿ





&͘ ^ĂůĚŽ/ŶŝĐŝĂůĚĞĂũĂ;ĐƵĞŶƚĂĚĞŝŶŐƌĞƐŽƐϭϭϱͲϭϱͲϬϭͿ

^Ğ ĚĞďĞ ĚĞƐƚĂĐĂƌ ĐŽŵŽ ĨƵĞŶƚĞ ĚĞ ĨŝŶĂŶĐŝĂŵŝĞŶƚŽ Ă ůĂ ƐĂůƵĚ



ƉƌŝŵĂƌŝĂ ĚĞ ĂĚŵŝŶŝƐƚƌĂĐŝſŶ ŵƵŶŝĐŝƉĂů͕ ůŽƐ ĂƉŽƌƚĞƐ ƉƌŽƉŝŽƐ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞ Ă ůĂƐ ĚŝƐƉŽŶŝďŝůŝĚĂĚĞƐ ŶĞƚĂƐ ĞŶ ĐƵĞŶƚĂƐ

ƋƵĞ ĞƐƚĂďůĞĐĞ ĐĂĚĂ ŽŵƵŶĂ ƉĂƌĂ ĂƚĞŶĚĞƌ Ă ůĂƐ ŶĞĐĞƐŝĚĂĚĞƐ

ĐŽƌƌŝĞŶƚĞƐďĂŶĐĂƌŝĂLJĞŶĞĨĞĐƚŝǀŽĚĞůŽƐŽƌŐĂŶŝƐŵŽƐƉƷďůŝĐŽƐ͕

ĚĞƐĂůƵĚĚĞůĂƉŽďůĂĐŝſŶĂĐĂƌŐŽ͕ĞŶĨŽƌŵĂĐŽŵƉůĞŵĞŶƚĂƌŝĂĂ

ĂĚĞŵĄƐĚĞůŽƐĨŽŶĚŽƐĂŶƚŝĐŝƉĂĚŽƐLJŶŽƌĞŶĚŝĚŽƐ͕ĞdžĐůƵLJĞŶĚŽ

ůŽƐ ĂƉŽƌƚĞƐ ĞƐƚĂƚĂůĞƐ ƐĞŹĂůĂĚŽƐ ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞ͘ WĂƌĂ Ğů

ůŽƐ ĚĞƉſƐŝƚŽƐ ĚĞ ƚĞƌĐĞƌŽƐ͕ ƚĂŶƚŽ ĞŶ ŵŽŶĞĚĂ ŶĂĐŝŽŶĂů ĐŽŵŽ

ĞũĞƌĐŝĐŝŽ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽ ϮϬϭϱ ƐĞ ĞƐƚŝŵĂŶ DΨϯϬϬ͘ϬϬϬ͘Ͳ ĚĞ

ĞdžƚƌĂŶũĞƌĂ͕ĂůϬϭĚĞĞŶĞƌŽĚĞůĂŹŽϮϬϭϱ͘^ĞĞƐƚŝŵĂƵŶ^ĂůĚŽ

ŝŶŐƌĞƐŽƐ ƉŽƌ ĞƐƚĞ ĐŽŶĐĞƉƚŽ͕ Ğ ŝŶĐŽƌƉŽƌĂ ƚƌĂŶƐĨĞƌĞŶĐŝĂƐ ƉŽƌ

/ŶŝĐŝĂůĚĞĂũĂĚĞDΨϱϬ͘ϬϬϬ͘Ͳ

^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞŝĞŶĞƐƚĂƌ͘  

77

ÍTEM

SUB TITULO

ϭϱ͘^dZhdhZZKZ^WZ^hWh^dZ/K;'^dK^Ϳ Z^>hϮϬϭϱ

21 21 21 21 21

GASTOS EN PERSONAL 01 02 03 04

22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22 22

23 23 23

DENOMINACIÓN

6.963.218

PERSONAL DE PLANTA PERSONAL A CONTRATA OTRAS REMUNERACIONES OTROS GASTOS EN PERSONAL

4.181.989 2.719.340 61.889 0

BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12

M$

ALIMENTOS Y BEBIDAS TEXTILES, VESTUARIO Y CALZADO COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES MATERIALES DE USO O CONSUMO SERVICIOS BÁSICOS MANTENIMIENTO Y REPARACIONES PUBLICIDAD Y DIFUSIÓN SERVICIOS GENERALES ARRIENDOS SERVICIOS FINANCIEROS Y DE SEGUROS SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES OTROS GASTOS EN BIENES Y SERVICIOS DE CONSUMO

PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL 01 PRESTACIONES PREVISIONALES 03 PRESTACIONES SOCIALES DEL EMPLEADOR

78

1.138.736 455 150 10.000 636.059 110.522 26.000 29.500 184.550 77.000 2.500 14.000 48.000

137.000 137.000 0

ÍTEM

SUB TITULO 26 26

OTROS GASTOS CORRIENTES

34 34

35

500

ADQUISIC. DE ACTIVOS NO FINANCIEROS 04 05 06 07

M$

500

01 DEVOLUCIONES

29 29 29 29 29

DENOMINACIÓN

MOBILIARIO Y OTROS MAQUINAS Y EQUIPOS EQUIPOS INFORMÁTICOS PROGRAMAS INFORMÁTICOS

21.000 6.000 5.000 4.000 6.000

SERVICIO DE LA DEUDA

140.000

07 DEUDA FLOTANTE

140.000

SALDO FINAL DE CAJA TOTAL GASTOS 

0 8.400.454

     

79

ϭϲ͘:h^d/&//KE^ZKZ^WZ^hWh^dZ/K^;'^dK^Ϳ Z^>h ŽĚŝĨŝĐĂĐŝſŶŽŶƚĂďůĞ͗EŝǀĞůϮʹ1ƚĞŵ

džƉĞƌŝĞŶĐŝĂ ĂůŝĨŝĐĂĚĂ͕ ŐƵŝŶĂůĚŽƐ LJ ŽŶŽƐ ĚĞů WĞƌƐŽŶĂů Ă



ŽŶƚƌĂƚĂƉŽƌƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϮ͘ϳϭϵ͘ϯϰϬ͘Ͳ͘

ϮϭϱͲϮϭͲϬϭ͗WĞƌƐŽŶĂůĚĞWůĂŶƚĂ

>ŽƐ ĐŽŶĐĞƉƚŽƐ ĚĞĨŝŶŝĚŽƐ ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞ ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶ

ƐƚĞ şƚĞŵ ĐŽŶƚĞŵƉůĂ Ğů ƌĞŐŝƐƚƌŽ ƌĞůĂĐŝŽŶĂĚŽƐ Ă ůŽƐ ^ƵĞůĚŽƐ

ĐŽĚŝĨŝĐĂĚŽƐƐĞŐƷŶĂƚĂůŽŐŽĚĞƵĞŶƚĂƐĚĞů^ĞĐƚŽƌDƵŶŝĐŝƉĂůLJ

ĂƐĞ͕ ƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ZĞƐƉŽŶƐĂďŝůŝĚĂĚ͕ ƉŽƌ ĞƐĞŵƉĞŹŽ

ƐƵ ƌĞŐŝƐƚƌŽ ĞĐŽŶſŵŝĐŽ ƐĞ ƌĞƐƉĂůĚŽ ƐĞŐƷŶ ŝŶƐƚƌƵĐĐŝŽŶĞƐ

ŝĨşĐŝů͕ ƵŵƉůŝŵŝĞŶƚŽ ĚĞ DĞƚĂƐ͕ DĠƌŝƚŽ͕ ŽŶŽƐ LJ ŐƵŝŶĂůĚŽƐ

ŝŵƉĂƌƚŝĚĂĞŶEŽƌŵĂƚŝǀĂŽŶƚĂďůĞsŝŐĞŶƚĞ͘

ĚĞůƉĞƌƐŽŶĂůƌĞŐŝĚŽďĂũŽůĂ>ĞLJϭϵ͘ϯϳϴ͘ƐƚĂƚƵƚŽĚĞƚĞŶĐŝſŶ



WƌŝŵĂƌŝĂDƵŶŝĐŝƉĂůŝnjĂĚĂƉŽƌƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϰ͘ϭϴϭ͘ϵϴϵ͘Ͳ͘

ϮϭϱͲϮϭͲϬϯ͗KƚƌĂƐZĞŵƵŶĞƌĂĐŝŽŶĞƐ

>ŽƐ ĐŽŶĐĞƉƚŽƐ ĚĞĨŝŶŝĚŽƐ ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞ ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶ

^Ğ ĞƐƚĂďůĞĐĞ ƵŶ ŵŽŶƚŽ ĚĞ DΨ ϲϭ͘ϴϴϵ͘Ͳ ƐƚĞ şƚĞŵ ĐŽŶƐŝĚĞƌĂ

ĐŽĚŝĨŝĐĂĚŽƐƐĞŐƷŶĂƚĄůŽŐŽĚĞƵĞŶƚĂƐĚĞů^ĞĐƚŽƌDƵŶŝĐŝƉĂůLJ

ƵŶĂ ƐŝŐŶĂĐŝſŶ ĚĞ ĂĐƌĞĞĚŽƌĞƐ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽ ƉŽƌ ĐŽŶĐĞƉƚŽ

ƐƵ ƌĞŐŝƐƚƌŽ ĞĐŽŶſŵŝĐŽ ƐĞ ƌĞƐƉĂůĚŽ ƐĞŐƷŶ ŝŶƐƚƌƵĐĐŝŽŶĞƐ

ĚĞ,ŽŶŽƌĂƌŝŽƐĂ^ƵŵĂůnjĂĚĂͲ

ŝŵƉĂƌƚŝĚĂĞŶEŽƌŵĂƚŝǀĂŽŶƚĂďůĞsŝŐĞŶƚĞ

WĞƌƐŽŶĂƐ EĂƚƵƌĂůĞƐ͖ ŚŽŶŽƌĂƌŝŽƐ Ă ƉƌŽĨĞƐŝŽŶĂůĞƐ͕ ƚĠĐŶŝĐŽƐ Ž



ĞdžƉĞƌƚŽƐĞŶĚĞƚĞƌŵŝŶĂĚĂƐŵĂƚĞƌŝĂƐLJͬŽůĂďŽƌĞƐĚĞĂƐĞƐŽƌşĂƐ

ϮϭϱͲϮϭͲϬϮ͗WĞƌƐŽŶĂůĚĞŽŶƚƌĂƚĂ

ĂůƚĂŵĞŶƚĞ ĐĂůŝĨŝĐĂĚĂƐ͕ ĚĞ ĂĐƵĞƌĚŽ ĐŽŶ ůĂƐ ĚŝƐƉŽƐŝĐŝŽŶĞƐ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞ Ă ůĂ ĞƐƚŝŵĂĐŝſŶ ĚĞ ĂĐƌĞĞĚŽƌĞƐ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽƐ

ǀŝŐĞŶƚĞƐ͘

ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞƐ Ăů ƌĞŐŝƐƚƌŽ ĚĞ ^ƵĞůĚŽƐ ĂƐĞ͕ ƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐ



ƉŽƌ ĞƐĞŵƉĞŹŽ͕ ƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ZĞƐƉŽŶƐĂďŝůŝĚĂĚ ŝƌĞĐƚŝǀĂ͕



ƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐƐƉĞĐŝĂůĞƐ͕ĚĞDĠƌŝƚŽ͕dƌĂďĂũŽƐdžƚƌĂŽƌĚŝŶĂƌŝŽƐ͕

 

80

ϮϭϱͲϮϮͲϬϭ͗ůŝŵĞŶƚŽƐLJĞďŝĚĂƐ

ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶĐŽĚŝĨŝĐĂĚŽƐƐĞŐƷŶĂƚĄůŽŐŽĚĞ

ƐƚŝŵĂƐĞ ƵŶ ŐĂƐƚŽ ĚĞ DΨ ϰϱϱ͘Ͳ ƉŽƌ ůĂ ĂĚƋƵŝƐŝĐŝſŶ ĚĞ

ƵĞŶƚĂƐ ĚĞů ^ĞĐƚŽƌ DƵŶŝĐŝƉĂů LJ ƐƵ ƌĞŐŝƐƚƌŽ ĞĐŽŶſŵŝĐŽ ƐĞ

ĂůŝŵĞŶƚŽƐƉĂƌĂĨƵŶĐŝŽŶĂƌŝŽƐ͕ĂůƵŵŶŽƐLJĚĞŵĄƐƉĞƌƐŽŶĂƐĐŽŶ

ƌĞƐƉĂůĚſ ƐĞŐƷŶ ŝŶƐƚƌƵĐĐŝŽŶĞƐ ŝŵƉĂƌƚŝĚĂ ĞŶ EŽƌŵĂƚŝǀĂ

ĚĞƌĞĐŚŽƐ Ă ĞƐƚŽƐ ďĞŶĞĨŝĐŝŽƐ͕ ůĂƐ ƋƵĞ ƌĞĂůŝnjĂŶ ĂĐƚŝǀŝĚĂĚĞƐ

ŽŶƚĂďůĞsŝŐĞŶƚĞ͘

ŝŶŚĞƌĞŶƚĞƐ Ă ůĂ ŐĞƐƚŝſŶ͘ ů ĐŽŶĐĞƉƚŽ ĚĞĨŝŶŝĚŽ ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞ



ƐĞ ĞŶĐƵĞŶƚƌĂ ĐŽĚŝĨŝĐĂĚŽ ƐĞŐƷŶ ĂƚĄůŽŐŽ ĚĞ ƵĞŶƚĂƐ ĚĞů

ϮϭϱͲϮϮͲϬϰ͗DĂƚĞƌŝĂůĞƐĚĞƵƐŽŽĐŽŶƐƵŵŽ

^ĞĐƚŽƌDƵŶŝĐŝƉĂůLJƐƵƌĞŐŝƐƚƌŽĞĐŽŶſŵŝĐŽƐĞƌĞƐƉĂůĚſƐĞŐƷŶ

ƐƚĞşƚĞŵĐŽŶƐŝĚĞƌĂŐĂƐƚŽƐƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽƐƉŽƌĐŽŶĐĞƉƚŽƐĚĞ

ŝŶƐƚƌƵĐĐŝŽŶĞƐŝŵƉĂƌƚŝĚĂĞŶEŽƌŵĂƚŝǀĂŽŶƚĂďůĞsŝŐĞŶƚĞ͘

ĂĚƋƵŝƐŝĐŝŽŶĞƐ ĚĞ DĂƚĞƌŝĂůĞƐ ĚĞ hƐŽ Ž ŽŶƐƵŵŽ ŽƌƌŝĞŶƚĞ͕



ƚĂůĞƐĐŽŵŽDĂƚĞƌŝĂůĞƐĚĞKĨŝĐŝŶĂ͕DĂƚĞƌŝĂůĞƐĚĞŶƐĞŹĂŶnjĂƐ͕

ϮϭϱͲϮϮͲϬϮ͗dĞdžƚŝů͕sĞƐƚƵĂƌŝŽLJĂůnjĂĚŽ͗

WƌŽĚƵĐƚŽƐ YƵşŵŝĐŽƐ LJ &ĂƌŵĂĐĠƵƚŝĐŽƐ͕ DĂƚĞƌŝĂůĞƐ LJ jƚŝůĞƐ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞ Ă sĞƐƚƵĂƌŝŽƐ͕ dĞdžƚŝůĞƐ sĂƌŝŽƐ LJ ĐĐĞƐŽƌŝŽƐ ƉĂƌĂ

YƵŝƌƷƌŐŝĐŽƐ LJ jƚŝůĞƐ ĚĞ ƐĞŽ͕ DĞŶĂũĞƐ ƉĂƌĂ ĂƐŝŶŽƐ LJ

ůŽƐĂƵdžŝůŝĂƌĞƐĚĞůƐĞƌǀŝĐŝŽ͕ĞƐƚŝŵĂƐĞƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϭϱϬ͘Ͳ

KĨŝĐŝŶĂƐ͕/ŶƐƵŵŽƐŽŵƉƵƚĂĐŝŽŶĂůĞƐ͕DĂƚĞƌŝĂůĞƐLJZĞƉƵĞƐƚŽƐLJ



ĐĐĞƐŽƌŝŽƐ ƉĂƌĂ DĂŶƚĞŶŝŵŝĞŶƚŽ LJ ZĞƉĂƌĂĐŝŽŶĞƐ͘ ů ŵŽŶƚŽ

ϮϭϱͲϮϮͲϬϯ͗ŽŵďƵƐƚŝďůĞƐLJ>ƵďƌŝĐĂŶƚĞƐ

ĞƐƚŝŵĂĚŽ ĂƐĐŝĞŶĚĞ Ă DΨ ϲϯϲ͘Ϭϱϵ͘Ͳ >ŽƐ ĐŽŶĐĞƉƚŽƐ ĚĞĨŝŶŝĚŽƐ

ŶĞƐƚĞşƚĞŵĐŽŶƐŝĚĞƌĂĞŶƐƵƐĂƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐůĂŝŵƉƵƚĂĐŝſŶƉŽƌ

ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶĐŽĚŝĨŝĐĂĚŽƐƐĞŐƷŶĂƚĄůŽŐŽĚĞ

ĂĚƋƵŝƐŝĐŝſŶĚĞĐŽŵďƵƐƚŝďůĞƐLJůƵďƌŝĐĂŶƚĞƐƉŽƌĞůĐŽŶƐƵŵŽĚĞ

ƵĞŶƚĂƐ ĚĞů ^ĞĐƚŽƌ DƵŶŝĐŝƉĂů LJ ƐƵ ƌĞŐŝƐƚƌŽ ĞĐŽŶſŵŝĐŽ ƐĞ

sĞŚşĐƵůŽƐ͕DĂƋƵŝŶĂƌŝĂƐͲƋƵŝƉŽƐĚĞWƌŽĚƵĐĐŝſŶͲdƌĂĐĐŝſŶLJ

ƌĞƐƉĂůĚſ ƐĞŐƷŶ ŝŶƐƚƌƵĐĐŝŽŶĞƐ ŝŵƉĂƌƚŝĚĂ ĞŶ EŽƌŵĂƚŝǀĂ

ůĞǀĂĐŝſŶ LJ ĂůĞĨĂĐĐŝſŶ͘ WŽƌ ƚĂŶƚŽ͕ ƐĞ ĞƐƚŝŵĂ ƵŶ ŐĂƐƚŽ

ŽŶƚĂďůĞsŝŐĞŶƚĞ͘

ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽ ĚĞ DΨ ϭϬ͘ϬϬϬ͘Ͳ >ŽƐ ĐŽŶĐĞƉƚŽƐ ĚĞĨŝŶŝĚŽƐ



81

ϮϭϱͲϮϮͲϬϱ͗^ĞƌǀŝĐŝŽƐĄƐŝĐŽƐ

ϮϭϱͲϮϮͲϬϴ͗^ĞƌǀŝĐŝŽƐ'ĞŶĞƌĂůĞƐ

ŽŶƐŝĚĞƌĂ ƵŶ ŐĂƐƚŽ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽ ĂŶƵĂů ĚĞ DΨ ϭϭϭ͘ϬϮϮ͘Ͳ

ƐƚĞ ĐŽŶĐĞƉƚŽ ŝŶĐŽƌƉŽƌĂ ĐŽŵŽ ƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐ ůŽƐ^ĞƌǀŝĐŝŽƐ ĚĞ

ƉĂƌĂĞĨĞĐƚŽĚĞĐŽŶƚĂƌĐŽŶůŽƐ^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞůĞĐƚƌŝĐŝĚĂĚ͕ŐƵĂ͕

sŝŐŝůĂŶĐŝĂƐ͕ WĂƐĂũĞƐ Ͳ &ůĞƚĞƐ LJ ŽĚĞŐĂũĞƐ͕ ^ĂůĂƐ ƵŶĂƐ LJͬŽ

'ĂƐ͕ dĞůĞĨŽŶşĂ &ŝũĂ͕ ĐĐĞƐŽ Ă /ŶƚĞƌŶĞƚ LJ KƚƌŽƐ ^ĞƌǀŝĐŝŽƐ

:ĂƌĚŝŶĞƐ /ŶĨĂŶƚŝůĞƐ LJ KƚƌŽƐ ŐĂƐƚŽƐ ƉƌŽƉŝŽƐ ĚĞ ůĂ ŐĞƐƚŝſŶ LJ Ğů

ŝŶĚŝƐƉĞŶƐĂďůĞƐ

ĐƵŵƉůŝŵŝĞŶƚŽ ĚĞ ŵĞƚĂƐ ŝŶƐƚŝƚƵĐŝŽŶĂůĞƐ͘ ^Ğ ĞƐƚŝŵĂ ƵŶ ŐĂƐƚŽ

ƉĂƌĂ

Ğů

ĨƵŶĐŝŽŶĂŵŝĞŶƚŽ

ĚĞ

ůŽƐ

ĞƐƚĂďůĞĐŝŵŝĞŶƚŽƐĚĞƐĂůƵĚ͘

ĚĞDΨϭϴϰ͘ϱϱϬ͘Ͳ





ϮϭϱͲϮϮͲϬϲ͗DĂŶƚĞŶŝŵŝĞŶƚŽLJZĞƉĂƌĂĐŝŽŶĞƐ

ϮϭϱͲϮϮͲϬϵ͗ƌƌŝĞŶĚŽƐ

^Ğ ƉƌĞƐĞŶƚĂ ƵŶĂ ĞƐƚŝŵĂĐŝſŶ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝĂ ĐŽƌƌĞƐƉŽŶĚŝĞŶƚĞ

/ŵƉƵƚĂƐĞ ĞŶ ĞƐƚĂ ƉĂƌƚŝĚĂ Ğů ŵŽŶƚŽ ĚĞ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂĚŽ ĞŶ

ĂůĂĞũĞĐƵĐŝſŶĂŹŽϮϬϭϰ͕ƉŽƌƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϮϲ͘ϬϬϬ͘ͲƉĂƌĂ

ŐĂƐƚŽ ƉĂƌĂ Ğů ƉĞƌşŽĚŽ ĐŽŶƚĂďůĞ ĂŹŽ ϮϬϭϰ͕ ƉŽƌ ƵŶ ŵŽŶƚŽ ĚĞ

ĐƵďƌŝƌůĂƐŶĞĐĞƐŝĚĂĚĞƐĚĞDĂŶƚĞŶŝŵŝĞŶƚŽLJZĞƉĂƌĂĐŝŽŶĞƐĚĞ

DΨϳϳ͘ϬϬϬ͘ͲƉŽƌĐŽŶĐĞƉƚŽĚĞůƌƌŝĞŶĚŽĚĞsĞŚşĐƵůŽƐLJKƚƌŽƐ

ĚŝĨŝĐĂĐŝŽŶĞƐ͕sĞŚşĐƵůŽƐLJDĄƋƵŝŶĂƐLJƋƵŝƉŽƐĚĞKĨŝĐŝŶĂ͘

ŐĂƐƚŽƐ͘





ϮϭϱͲϮϮͲϬϳ͗WƵďůŝĐŝĚĂĚLJŝĨƵƐŝſŶ

ϮϭϱͲϮϮͲϭϬ͗^ĞƌǀŝĐŝŽƐ&ŝŶĂŶĐŝĞƌŽƐLJĚĞ^ĞŐƵƌŽƐ

ŽŶƐŝĚĞƌĂ ƵŶ ŵŽŶƚŽ ĚĞ DΨ Ϯϵ͘ϱϬϬ͘Ͳ ƉĂƌĂ ĞũĞĐƵƚĂƌ ůĂ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞĂƐĞŐƵƌŽƐĚĞsĞŚşĐƵůŽƐĚĞů^ĞĐƚŽƌ^ĂůƵĚ͕ƉŽƌƵŶ

/ŵƉƌĞƐŝſŶĚĞ&ŝĐŚĂƐĚĞůŽƐĚŝƐƚŝŶƚŽƐĐŽŶƐƵůƚŽƌŝŽƐĐŽŵƵŶĂůĞƐĞ

ŵŽŶƚŽĚĞDΨϮ͘ϱϬϬ͘Ͳ

/ŵƉƌĞƐŝſŶ ĚĞ DĂƚĞƌŝĂů ĚĞƐƚŝŶĂĚŽ Ă ůĂ ĚŝĨƵƐŝſŶ ĚĞ ĐŽŶĐƵƌƐŽƐ



ƉƷďůŝĐŽƐLJĚĞůĂƐĂĐƚŝǀŝĚĂĚĞƐĚĞůĂŐĞƐƚŝſŶ͘ 

82

ϮϭϱͲϮϮͲϭϭ͗^ĞƌǀŝĐŝŽƐdĠĐŶŝĐŽƐLJWƌŽĨĞƐŝŽŶĂůĞƐ

ϮϭϱͲϮϯͲϬϭ͗WƌĞƐƚĂĐŝŽŶĞƐWƌĞǀŝƐŝŽŶĂůĞƐ

ŽŶƐŝĚĞƌĂ ƵŶĂ ĞƐƚŝŵĂĐŝſŶ ĚĞ DΨ ϭϰ͘ϬϬϬ͘Ͳ ƉĂƌĂ ůĂ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞĂůƉĂŐŽƉŽƌĞƐĂŚƵĐŝŽƐĞ/ŶĚĞŵŶŝnjĂĐŝŽŶĞƐƋƵĞ

ĂƉĂĐŝƚĂĐŝſŶ Ă ůŽƐ ĨƵŶĐŝŽŶĂƌŝŽƐ ĚĞů ^ĞĐƚŽƌ ^ĂůƵĚ ƐĞŐƷŶ ůĂƐ

ƐĞŐĞŶĞƌĞŶĞŶĞůƉĞƌŝŽĚŽƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽĂŹŽϮϬϭϱ͕ůŽĐƵĂůƐĞ

ŶĞĐĞƐŝĚĂĚĞƐ ƉƌŽƉŝĂƐ ĚĞ ůĂ ŐĞƐƚŝſŶ͕ LJ Ăů ƵƐŽ ĚĞ ĞƐƚĂ ƉĂƌĂ Ğů

ĞƐƚŝŵĂƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϭϯϳ͘ϬϬϬ͘Ͳ

ĚĞƐĂƌƌŽůůŽĚĞƉƌŽŐƌĂŵĂƐĨŝŶĂŶĐŝĂĚŽƐƉŽƌĞů^ĞƌǀŝĐŝŽĚĞ^ĂůƵĚ



DĞƚƌŽƉŽůŝƚĂŶŽ^Ƶƌ͕ƚĞŶĚŝĞŶƚĞƐĂŝŶĐƌĞŵĞŶƚĂƌůĂĐŽďĞƌƚƵƌĂĚĞ

ϮϭϱͲϮϲͲϬϭ͗ĞǀŽůƵĐŝŽŶĞƐ

ůŽƐƐĞƌǀŝĐŝŽƐŵĞĚŝĂŶƚĞůĂĐŽŶƚƌĂƚĂĐŝſŶĚĞŚŽŶŽƌĂƌŝŽƐϭ͘

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞ



ŽŶƚƌŝďƵĐŝŽŶĞƐ WĂŐĂĚĂƐ ĞŶ džĐĞƐŽ͕ 'ĂƌĂŶƚşĂƐ͕ ĞƐĐƵĞŶƚŽƐ

ϮϭϱͲϮϮͲϭϮ͗KƚƌŽƐŐĂƐƚŽƐĞŶďŝĞŶĞƐLJ^ĞƌǀŝĐŝŽƐĚĞĐŽŶƐƵŵŽ

/ŶĚĞďŝĚŽƐ͕ĞƚĐ͕͘ƋƵĞĐŽŶƐŝĚĞƌĂƵŶŐĂƐƚŽĚĞDΨϱϬϬ͘Ͳ

Ŷ ĞƐƚĞ şƚĞŵ ƐĞ ĐŽŶƐŝĚĞƌĂŶ ƐŝŐŶĂĐŝŽŶĞƐ ƌĞůĂĐŝŽŶĂĚĂƐ Ă



'ĂƐƚŽƐDĞŶŽƌĞƐĞ/ŶƚĞƌĞƐĞƐ͕DƵůƚĂƐLJZĞĐĂƌŐŽƐ͘WƌĞƐĞŶƚĂƵŶĂ

ϮϭϱͲϮϵͲϬϰ͗DŽďŝůŝĂƌŝŽƐLJŽƚƌŽƐ

ĞƐƚŝŵĂĐŝſŶƉĂƌĂůĂĞũĞĐƵĐŝſŶƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝĂĂŹŽϮϬϭϱƉŽƌƵŶ

WƌĞƐĞŶƚĂ ƵŶĂ ĞƐƚŝŵĂĐŝſŶ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝĂ ƌĞůĂĐŝŽŶĂĚĂ Ă

ŵŽŶƚŽ ĚĞ DΨ ϰϴ͘ϬϬϬ͘Ͳ >ŽƐ ĐŽŶĐĞƉƚŽƐ ĚĞĨŝŶŝĚŽƐ

ĚƋƵŝƐŝĐŝŽŶĞƐ ĚĞ ĐƚŝǀŽƐ EŽ ĨŝŶĂŶĐŝĞƌŽƐ͕ ƉŽƌ ĐŽŶĐĞƉƚŽ ĚĞ

ĂŶƚĞƌŝŽƌŵĞŶƚĞƐĞĞŶĐƵĞŶƚƌĂŶĐŽĚŝĨŝĐĂĚŽƐƐĞŐƷŶĂƚĄůŽŐŽĚĞ

ĂĚƋƵŝƐŝĐŝŽŶĞƐ ĚĞ DŽďŝůŝĂƌŝŽƐ ĚĞ KĨŝĐŝŶĂ͕ DƵĞďůĞƐ ĚĞ

ƵĞŶƚĂƐ ĚĞů ^ĞĐƚŽƌ DƵŶŝĐŝƉĂů LJ ƐƵ ƌĞŐŝƐƚƌŽ ĞĐŽŶſŵŝĐŽ ƐĞ

/ŶƐƚĂůĂĐŝŽŶĞƐ͕ ,ŽƐƉŝƚĂůĂƌŝĂƐ LJ 'ĂƐƚŽƐ ĞŶ KƚƌŽƐ ŶƐĞƌĞƐ

ƌĞƐƉĂůĚſ ƐĞŐƷŶ ŝŶƐƚƌƵĐĐŝŽŶĞƐ ŝŵƉĂƌƚŝĚĂ ĞŶ EŽƌŵĂƚŝǀĂ

ĚĞƐƚŝŶĂĚŽƐ Ă ŽĨŝĐŝŶĂƐ ƉŽƌ ůŽ ƋƵĞ ƐĞ ĐŽŶƐŝĚĞƌĂ ŐĂƐƚĂƌ

ŽŶƚĂďůĞsŝŐĞŶƚĞ͘

DΨϲ͘ϬϬϬ͘Ͳ 

ϭ

SOLFDGLFWDPHQGH&*51ƒ



83

Ă

ůĂƐ

ĞǀŽůƵĐŝŽŶĞƐ

ĚĞ

'ƌĂǀĄŵĞŶĞƐ͕

ϮϭϱͲϮϵͲϬϱ͗DĂƋƵŝŶĂƐLJƋƵŝƉŽƐ

ϮϭϱͲϯϰʹϬϳ͗ĞƵĚĂ&ůŽƚĂŶƚĞ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞ Ă ůĂ ĞƐƚŝŵĂĐŝſŶ ƉŽƌ ůĂ ĐŽŵƉƌĂ ĚĞ DĄƋƵŝŶĂƐ LJ

ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞĂĐŽŵƉƌŽŵŝƐŽƐĚĞǀĞŶŐĂĚŽƐLJŶŽƉĂŐĂĚŽƐĂůϯϭ

ƋƵŝƉŽƐ ĚĞ KĨŝĐŝŶĂ͕ ƌĞůĂĐŝŽŶĂĚĂƐ Ă ĐƚŝǀŽƐ EŽ &ŝŶĂŶĐŝĞƌŽƐ LJ

ĚĞ ĚŝĐŝĞŵďƌĞ ĚĞů ĞũĞƌĐŝĐŝŽ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƌŝŽ ĞŶ ĐŽŶĨŽƌŵŝĚĂĚ Ă

ƐĞƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϱ͘ϬϬϬ͘Ͳ

ůŽĚŝƐƉƵĞƐƚŽĞŶůŽƐĂƌƚşĐƵůŽƐEǑϭϮLJEǑϭϵĚĞů͘>͘EǑϭ͘Ϯϲϯ͘Ͳ



WĂƌĂ ĞƐƚĞ ĂŹŽ ϮϬϭϰ͕ ƐĞ ƉƌĞƐƵƉƵĞƐƚĂ ĞŶ ŽďůŝŐĂĐŝŽŶĞƐ

ϮϭϱͲϮϵͲϬϲ͗ƋƵŝƉŽƐ/ŶĨŽƌŵĄƚŝĐŽƐ

ĚĞǀĞŶŐĂĚĂƐƵŶŵŽŶƚŽĚĞDΨϭϰϬ͘ϬϬϬ͘Ͳ

ŽŶƐŝĚĞƌĂƵŶŵŽŶƚŽƉŽƌĞƐƚĞĐŽŶĐĞƉƚŽĚĞDΨϰ͘ϬϬϬ͘ͲƉĂƌĂůĂ



ĂĚƋƵŝƐŝĐŝſŶ ĚĞ ƋƵŝƉŽƐ ŽŵƉƵƚĂĐŝŽŶĂůĞƐʹ WĞƌŝĨĠƌŝĐŽƐ LJ



ƋƵŝƉŽƐĚĞŽŵƵŶŝĐĂĐŝŽŶĞƐƉĂƌĂZĞĚĞƐ/ŶĨŽƌŵĄƚŝĐĂƐ͘







ϮϭϱͲϮϵͲϬϳ͗WƌŽŐƌĂŵĂƐ/ŶĨŽƌŵĄƚŝĐŽƐ



ŽƌƌĞƐƉŽŶĚĞ Ăů ŐĂƐƚŽ ĞŶ ĂĚƋƵŝƐŝĐŝſŶ ĚĞ ^ŝƐƚĞŵĂƐ



ŽŵƉƵƚĂĐŝŽŶĂůĞƐ ĐŽŵŽ ƚĂŵďŝĠŶ͕ ^ŽĨƚǁĂƌĞ ĚŝƐĞŹĂĚŽ LJ



ĂĚĂƉƚĂĚŽĂůĂƐŶĞĐĞƐŝĚĂĚĞƐĚĞůĂŝŶƐƚŝƚƵĐŝſŶ;ƉĂƌƚŝĐƵůĂƌŵĞŶƚĞ



ĞŶ ĨĂƌŵĂĐŝĂͿ͘ ^Ğ ĐŽŶƐŝĚĞƌĂ ƵŶĂ ƉƌŽǀŝƐŝſŶ ĚĞ ƌĞĐƵƌƐŽƐ ƉŽƌ



DΨϲ͘ϬϬϬ͘Ͳ















84



;      I;3   

1

$   *              

 $           #

Suggest Documents