Presupuestal Central

Manual Presupuestal Central REPÚBLICA DE COLOMBIA Contraloría General de la República Julio César Turbay Quintero Contralor General de la Repúblic...
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Presupuestal

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REPÚBLICA DE COLOMBIA Contraloría General de la República Julio César Turbay Quintero Contralor General de la República Roberto Pablo Hoyos Botero Vicecontralor General de la República Nicolai Rossiasco Piraján Contralor Delegado para Economía y Finanzas Públicas Marisol Rojas Izquierdo Director Oficina Comunicaciones y Publicaciones Este documento fue elaborado por: Nicolai Rossiasco Piraján Colaboraron en la elaboración de este documento: Blas Vicente Orozco Díaz Libardo Ramirez Ortiz Revisión de textos Edgar Giovanni Zuleta Parra Diseño y Portada Yenny Liliana Pérez Guzmán Yesid Andrés Otálora Acosta Ilustración portada Magda Betsabé Briceño Muñoz Diagramación Yesid Andrés Otálora Acosta Contraloría General de la República Calle 17 No 9-82 Teléfono: 3537700 Ext. 3504 Bogotá D.C., Colombia Febrero de 2010 www.contraloriagen.gov.co

Contenido Página

Presentación Introducción

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Capítulo I Generalidades 1.1 Objetivos del manual.......................................................................................................15 1.2 Marco Jurídico................................................................................................................15 1.2.1 Normatividad vigente...................................................................................................16

1.2.2 Funciones de la actividad presupuestal del Estado..............................................19

1.2.3 Marco general y constitucional de la planeación..............................................................20 Capítulo II Principios presupuestales 2.1 Principios de la programación presupuestal.......................................................................23 2.1.1 Coherencia macroeconómica.........................................................................................23 2.1.2 Planificación................................................................................................................2 3 2.1.3 Priorización del gasto público........................................................................................24 2.2 Principios del ciclo presupuestal .....................................................................................25 2.2.1 principio de la universalidad ........................................................................................25 2.2.2 Principio de la ejecución anual......................................................................................25 2.2.3 Principio de la unidad de caja.......................................................................................25 2.2.4 Principio de la especialización.......................................................................................26 2.2.5 Principio de programación integral ..............................................................................26 2.2.6 Principio de presupuesto bruto......................................................................................26 2.2.7 Principio de inembargabilidad......................................................................................26 2.2.8 Principio de transparencia............................................................................................27 Capítulo III Plan de Desarrollo 3.1 Contenido de la parte general del plan ............................................................................31 Capítulo IV Componentes Sistema Presupuestal 4.1 Marco Fiscal a Mediano Plazo (MFMP)...........................................................................36 4.1.1 Plan Financiero...........................................................................................................37 4.1.2 Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP)..................................................................38 4.2 Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) ...................................................................40 4.3 Presupuesto General de la Nación....................................................................................40

Página 44.3.1 Presupuesto...............................................................................................................40 4.3.2 Cobertura del Presupuesto General de la Nación.............................................................42 4.3.3 Componentes del presupuesto ......................................................................................44 4.3.3.1 Clasificación de los ingresos ......................................................................................44 4.3.3.1.1 Los ingresos corrientes...........................................................................................44 4.3.3.1.1.1 Ingresos corrientes tributarios..............................................................................46 4.3.3.1.1.2 Ingresos no tributarios........................................................................................46 4.3.4.2 Recursos de capital...................................................................................................47 4.3.4.2.1 Recursos de crédito................................................................................................47 4.3.4.2.2 Otros recursos de capital.........................................................................................47 4.3.4.2.2.1 recursos del balance ...........................................................................................48 4.3.4.2.2.2 Excedentes financieros .......................................................................................48 4.3.4.2.2.3 Rendimientos por operaciones financieras.............................................................48 4.3.4.2.2.4 Donaciones.........................................................................................................48 4.3.4.2.2.5 Diferencial cambiario .........................................................................................48 4.3.4.3 Contribuciones parafiscales........................................................................................49 4.3.5 Clasificación del presupuesto de gastos..........................................................................50 4.3.5.1 Gastos de funcionamiento..........................................................................................50 4.3.5.1.1 Gastos de personal.................................................................................................51 4.3.5.2 Servicio de la deuda..................................................................................................52 4.3.5.3 Gastos de inversión...................................................................................................53 Capítulo V Fases del proyecto de presupuesto municipal 5.1 Preparación................................................................................................................55 5.2 Presentación y trámites ante el Congreso......................................................................56 5.3 Ley de presupuesto y decreto de liquidación...................................................................56 5.4 Ejecución presupuestal ...............................................................................................58 Capítulo VI Empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta 6.1 Generalidades.................................................................................................................75 6.2 Seguimiento presupuestal................................................................................................78 6.3 Excedentes financieros y utilidades...................................................................................80 6.4 Control del presupuesto...................................................................................................87 6.5 Responsabilidades de la gestión presupuestal ...................................................................88 Capítulo VII Generalidades del clasificador funcional del gasto 7. Impuestos al consumo.......................................................................................................91 7.7.1 Esquema del clasificador funcional................................................................................92 7.2 manual de definiciones..................................................................................................101

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Capítulo VIII Clasificación económica 8.1 Rentas y recursos de capital...........................................................................................157 8.2 Financiamiento - fuentes ..............................................................................................158 8.3 Gastos e inversiones de capital.......................................................................................158 8.4 Financiamiento - Aplicaciones.......................................................................................159 Glosario ...............................................................................................................................240 Bibliografía ...........................................................................................................................256

Presentación Con el objetivo fundamental de ayudar a una mejor programación, priorización y ejecución del presupuesto municipal, la Contraloría General de la República (CGR), a través de la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Publicas, pone a disposición del lector el presente Manual Presupuestal Municipal. El documento que se presenta a continuación ilustra los conceptos y procedimientos básicos para entender el proceso presupuestal colombiano, enmarcado dentro de la estructura legal vigente para tal fin. Es por ello que la CGR, atendiendo el mandato constitucional, inicia con el presente documento un proceso de compilación de normas y conceptos relacionados con la gestión presupuestal, con el objeto de ofrecer a la diversidad de agentes que intervienen en la gestión, interpretación, evaluación o análisis del presupuesto público, un manual que facilite la unificación de procesos, conceptos y metodologías. El Estado y sus organizaciones tienen como finalidad el desarrollo social y económico de sus integrantes, incidiendo en el bienestar de sus asociados. Para ello dispone de una serie de instrumentos y recursos que tienen que ser adecuadamente administrados para generar el máximo de ese bienestar. De esta manera, el sector público ocupa un papel central en cualquier economía, así como la forma en que este asigna los recursos públicos. Una de las más importantes herramientas con las que cuentan los organismos del Estado para desarrollar su propósito, es la gestión de recursos a través del presupuesto público. El presupuesto es el instrumento por medio del cual el Estado proyecta las actividades que debe realizar para alcanzar el propósito máximo de su existencia, como es preservar a la sociedad que lo ha creado y buscar superar el nivel de bienestar de la misma. El presupuesto del sector público constituye, asimismo, un documento político que recopila la declaración de intenciones de un gobierno, cuantificados monetariamente, para su ejecución anual, por lo que sintetiza desde la perspectiva económica, financiera y jurídica, el plan de actuación que regirá la gestión gubernamental. El presupuesto debe suministrar información acerca de todos los recursos que están a disposición de las agencias públicas, incluyendo la ayuda proveniente del exterior. Esto ayuda a los responsables de la toma de decisiones a afrontar adecuadamente los desequilibrios del gasto y a promover la consecución de objetivos de política fiscal a través de la preparación y ejecución del mismo. La información presupuestaria debe permitir el análisis de la composición del gasto dentro de los sectores y entre sus categorías, con el fin de garantizar coherencia entre la eficiencia y la ejecución de políticas públicas.



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Los objetivos del presupuesto no son otros que los de ser una guía de acción que permita comparar los gastos efectivos con los planificados, optimizar el uso eficiente de los recursos públicos y permitir actuar de manera anticipada y previsiva con respecto a los distintos hechos económicos o contingencias fiscales que pueden ocurrir. En el caso colombiano, la importancia de la planificación del gasto público se refleja en el cúmulo de regulaciones que en torno al mismo se han expedido, lalas cuales provienen del mandato constitucional y que recorren desde el Estatuto Presupuestal diversas instancias y organismos nacionales, incluyendo leyes, decretos y resoluciones, dando como resultado una gran diversidad de normas que particularizan varios aspectos presupuestales, de acuerdo con las necesidades e interpretaciones particulares para cada público. Los sistemas de planificación presupuestal, junto con las fuentes de financiamiento del gasto público, constituyen el centro de la política fiscal ejecutada por los distintos niveles de la administración pública. Es innegable la importancia que la teoría macroeconómica moderna le asigna a la política fiscal y a la inversión pública, como mecanismo de consecución de mayores niveles de bienestar de los habitantes de un país. El funcionamiento de la política fiscal se basa en el cambio discrecional de gastos o impuestos gubernamentales con el objetivo de lograr metas económicas nacionales, departamentales o municipales. De acuerdo con la Ley del Plan General de Desarrollo –Ley 152 de 1994– y el Estatuto Orgánico de Presupuesto –Decreto 111 de 1996–, el municipio debe adoptar un sistema presupuestal que garantice la ejecución eficiente y eficaz de sus prioridades de desarrollo económico, social y ambiental y que permita la presentación de resultados concretos de la gestión en la administración local. Se presentan entonces, elementos generales sobre el presupuesto, sobre la base de los principios que lo rigen, los actores que interactúan en su formulación, discusión y aprobación, y la estructura y contenido del mismo. De igual forma, se describe el Plan Operativo Anual de Inversión Municipal (POAIM) como una parte fundamental del presupuesto. Se exponen también los procesos de elaboración, discusión, aprobación y liquidación del presupuesto y, finalmente, se exponen una serie de aspectos importantes para la ejecución del mismo. Igualmente, la importancia del presente documento está directamente relacionada con la relevancia que tiene la elaboración rigurosa del presupuesto para la administración de las finanzas públicas colombianas.



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Así, se constituye en una herramienta fundamental que ayudará a planificar, desarrollar y hacer seguimiento al presupuesto de cada uno de los niveles del gobierno, de manera efectiva y rigurosa, con ajuste a las principales disposiciones legales colombianas y a las principales técnicas económicas mundialmente aceptadas. El documento que se presenta, además de una juiciosa recopilación analítica de la normativa presupuestal vigente, corresponde al resultado de una ardua y rigurosa labor de investigación. Por supuesto, y como debe ser, con el profesionalismo y rigor conceptual (tanto económico como jurídico) necesarios, con el exclusivo objetivo de contribuir a la mejora del proceso presupuestal en nuestro país. Finalmente, se entrega el soporte conceptual básico para estudiar el presupuesto (en especial, para entenderlo como instrumento de planeación), composición de ingresos y gastos del sector público; y por último, las distintas fases del presupuesto del nivel nacional colombiano.

Bogotá D.C., marzo de 2010

Julio César Turbay Quintero Contralor General de la República



Nicolai Rossiasco Piraján Contralor Delegado para Economía y Finanzas Públicas



Introducción El presente documento busca presentar con rigor conceptual y doctrinario, un compendio jurídico de los principios presupuestales y su aplicación a las entidades del nivel central. El contenido de este escrito se divide en ocho partes, iniciando por generalidades sobre las normas presupuestales en Colombia, así como las funciones de la actividad presupuestal del Estado y el marco general de la planeación. En el segundo capítulo se abordarán los principios presupuestales y asuntos relativos a la planificación, la anualidad, la universalidad y la unidad de caja, entre otros; y en tercera parte, se señala brevemente el contenido del Plan Nacional de Desarrollo. El cuarto acápite está compuesto por el sistema presupuestal e incorpora asuntos de gran trascendencia para el ejecutivo, v.g. el marco fiscal de mediano plazo, el plan anual de inversiones y el Presupuesto General de la Nación. Al abordar el quinto capítulo, el presente documento se detiene en las fases del proyecto de presupuesto nacional, dentro de lo que podemos resaltar las fases de preparación y presentación ante el Congreso y la de ejecución presupuestal, además de la ley de presupuesto y decreto de liquidación. Adicionalmente, se señalan los conceptos y los pasos para hacer el registro presupuestal, el cierre de la vigencia, las reservas presupuestales, las cuentas por pagar y las vigencias futuras. El capítulo sexto se detiene a analizar las particularidades de las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta, incluyendo los principios que les son aplicables en materia presupuestal, su seguimiento y las responsabilidades que derivan de la gestión presupuestal. En la séptima parte se observan las generalidades del clasificador funcional del gasto, incluyendo el esquema de clasificación funcional y su respectivo manual de definiciones, además de abordar las asignaciones especiales y distribuciones sectoriales. Por último, el capítulo octavo analiza el clasificador económico del presupuesto público nacional, el cual persigue la generación de reportes para el seguimiento y control de la información en su interrelación con otros sectores de la economía, a lo que se propone clasificar la totalidad de las operaciones presupuestales en cuatro capítulos: i) de rentas y recursos de capital; ii) financiamiento - fuentes; iii) gastos e inversión de capital; y iv) financiamiento – aplicaciones. En la segunda parte de este capítulo final se incluye la clasificación y descripción de las cuentas por código económico y

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por código asociado, determinados por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En este amplio contexto, el papel de los organismos de control deviene de las atribuciones impartidas a la Contraloría General de la República (CGR), como máximo órgano de control fiscal en el estado colombiano, en procura del buen uso de los recursos y bienes públicos, para así contribuir a la modernización del Estado mediante acciones de mejoramiento continuo en las distintas entidades públicas. Entre estas funciones, sobresale la de control y vigilancia fiscal, la rendición de información de cuentas y estadísticas fiscales y la verificación del cumplimiento de reglas fiscales por parte de las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios. A su vez, el artículo 95 del Decreto 111 de enero 15 de 1996, preceptúa que la CGR ejercerá vigilancia fiscal de la ejecución del presupuesto sobre todos los sujetos presupuestales1. En este marco, fueron expedidas la Ley 617 de 2000, que reformó parcialmente la Ley 136 de 1994, al establecer una serie de límites que deben observar los entes territoriales, en cuanto a los gastos de funcionamiento, en proporción con sus ingresos corrientes de libre destinación; se adicionó la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto 1421 de 1993 y se dictaron otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y la racionalización del gasto público nacional. De otra parte y en desarrollo de la facultad constitucional otorgada al Contralor para llevar la contabilidad de la ejecución del presupuesto (art. 354), el inciso segundo del artículo 37 de la Ley 42 de 1993, señala que corresponde a la Contraloría General de la República uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad de la ejecución del presupuesto general del sector público y establecer la forma, oportunidad y responsables de la presentación de los informes sobre dicha ejecución, los cuales deberán ser auditados por los órganos de control fiscal respectivos. En este sentido, la H. Corte Constitucional ha reiterado en su jurisprudencia2 que una de las razones fundamentales para que la competencia de llevar la contabilidad de la ejecución presupuestal resida en cabeza de la Contraloría, es que ésta presenta a consideración de la Cámara de Representantes, para examen y fenecimiento del Congreso de la República, la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro para su examen y fenecimiento, de conformidad con el numeral 2 del artículo 178 de la Constitución Política y la Ley 42 de 1993, con base en la cual certifica sobre la Situación de las Finanzas del Estado, de acuerdo con el numeral 11 del artículo 268 constitucional. 1 Resolución 5217 de 2001 2 Sentencia C-570 de 1997, M.P. Carlos Gaviria Díaz

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Por tanto, la centralización y unificación en la Contraloría General de la República de las cuentas mediante las cuales se ejecuta el presupuesto tiene un fin y es el de reflejar el resultado de la hacienda y el tesoro de manera unificada y coherente. En este contexto, el presente documento es puesto a disposición de las entidades del orden nacional como una herramienta valiosa y aprovechable, con el firme propósito de solidificar la relación con el ente de control fiscal y en conjunto, propende por un mayor entendimiento y mejores prácticas en el ámbito presupuestal.

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Capítulo I

Capítulo I Generalidades 1.1 Objetivos del Manual El presente manual busca convertirse en el instrumento de consulta permanente y agente facilitador de los servidores públicos, para comprender la reglamentación y metodología presupuestal. De igual manera, se espera contar con un instrumento unificado y coherente que determine con precisión las reglas y procedimientos aplicables a situaciones concretas presupuestales y optimizar la comunicación interinstitucional en aras de lograr una información confiable, precisa y oportuna.

1.2 Marco jurídico La Constitución Política de Colombia en el Título XII, Capítulo 1, que establece el régimen económico y de la hacienda pública, le otorga la dirección general de la economía al Estado (Art. 334)3. Esta función autoriza, a través del mandato de Ley, a los diversos organismos estatales para intervenir en los múltiples aspectos de la vida económica, como la explotación de los recursos naturales, el uso del suelo, los servicios públicos, entre otros. A partir de este marco constitucional, que efectúa una asignación de competencias entre la rama legislativa y ejecutiva del poder público en el manejo económico, surge la delegación en el Gobierno Nacional de determinar, a través del Plan Nacional de Desarrollo, los propósitos y objetivos nacionales de inversión a largo plazo que se canalizaran en las entidades públicas del orden nacional (Art. 339 C.P).

3 La Constitución Política de Colombia en el Título XII, capítulo 1,

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En virtud de lo anterior, el Decreto 111 de 1996 compila la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995, conformando el Estatuto Orgánico del Presupuesto. Decreto reglamentario 568 Por el cual se reglamentan las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995 Orgánicas del Presupuesto General de la Nación. Decreto 2260.

2.1Normativa vigente Las normas básicas de permanente consulta y aplicación en materia de presupuestal son las siguientes: • Constitución Política - Titulo XII - Economía y Hacienda Pública, Artículos 332 al 373, inclusive. • Estatuto Orgánico de Presupuesto- Decreto 111 de 1996,: Por el cual se compilan las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995. • Ley 1122 de 2007: Por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. •

Ley 1176 de 2007 de modificación del Sistema General de Participación (SGP).

• Ley 1151 de 2007 - Plan de Desarrollo (2006-2010), Estado Comunitario Desarrollo para todos. •

Régimen presupuestal EIC y SEM (del orden nacional).

• Ley 1169 de 2007- Decreto 4944 de 2007: Presupuesto 2008, Ley y Decreto Liquidación Anual Presupuesto Nacional. •

Ley 812 de 2003: Plan de Desarrollo (Hacia un Estado Comunitario).



Ley 819 de 2003: Responsabilidad y transferencia fiscal.



Ley 715 de 2001: Sistema General de Participaciones.



Ley 617 De 2000: Reforma parcial de la Ley 136 de 1994.



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Leyes 344 de 1996: Sobre austeridad en el gasto (Decreto 126 de 1996).

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• Ley 185 de 1995: Operaciones Eendeudamiento (Ley 358 de 1996 sobre capacidad de endeudamiento). •

Ley 225 de 1995: Vigencias futuras excepcionales.



Ley 141 de 1994: Fondo de Regalías.



Ley 152 de 1994: Planeación y Plan de Desarrollo.

• Leyes 136 y 177 de 1994: Organización territorial y presupuestos, contralorías y personerías. • Ley 60 de 1993: Competencias, situado fiscal y participación de los municipios en los ingresos corrientes de la Nación (Acto Legislativo No. 01 de 1993). •

Ley 80 de 1993: Estatuto de Contratación Administrativa.

• Decreto 875 de 2008: Normativa del Presupuesto General de la Nación, en lo referente al Banco de Proyectos de Inversión y otros aspectos generales. •

Decreto 1957 de 2007: Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto.

• Decreto 2467 de 2005: Por el cual se fusiona la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional (ACCI) a la Red de Solidaridad Social (RSS) y se dictan otras disposiciones. • Decreto 1220 de 2005: Por el cual se reglamenta el Título VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales. • Decreto 4730 de 2005: Por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto. • Decreto 4109 de 2004: Plazos para registros de proyectos de inversión en el Banco de Proyectos. • Decreto 3286 de 2004: Por el cual se crea el Sistema de Información de Seguimiento a los Proyectos de Inversión Pública. • Decreto 1066 de 2004: Por el cual se modifica el artículo 25 del Decreto 0841 de 1990, actualización de los manuales metodológicos y de procedimientos del Banco de Programas y Proyectos de Inversión. • Decreto 195 de 2004: Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.

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• Decreto 2884 de 2001: Por el cual se reglamenta el Fondo de Apoyo Financiero para la Energización de las zonas no Interconectadas (Fazni). • Decreto 1813 de 2000: Por el cual se reorganiza el Fondo de Inversión Para la Paz (FLP). • Decreto 2141 de 1999: Por el cual se modifica la estructura de la Comisión Nacional de Regalías. • Decreto 1225 de 1997: Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 368 de 1997 y se dictan otras disposiciones. • Decreto 1080 de 1997: Por el cual se reglamenta el artículo 6 de la Ley 344 de 1996 sobre el trámite para la financiación de proyectos regionales de inversión por parte de la Comisión Nacional de Regalías. • Decreto 2260 de1996: Por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 568 de 1996. •

Decreto 630 de 1996: Por medio del cual se modifica el Decreto 359 de 1995.



Decreto 568 de 1996: Reglamentarios de la Ley Orgánica de Presupuesto.

• Decreto 115 de 1996: Conformación y ejecución de los presupuestos de las empresas industriales y comerciales del estado y sociedades de economía mixta. •

Decreto 359 de 1995: Reglamentarios de la Ley Orgánica de Presupuesto.



Decreto358 de 1995: Reglamentarios de la Ley Orgánica de Presupuesto.



Decreto 1310 de 1995: Inversión de recursos de órganos públicos del orden.

• Decretos 192 de 2001, 735 de 2001,828 de 2001, 1248 de 2001, 3202 de 2002, 3574 de 2003 y 3730 de 2003. •

Decreto 2626 de 1994: Estatuto Municipal (Inexequible).

• Decreto 2099 de 1994: Por el cual se reorganiza el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social de la Presidencia de la República. • Decreto 2133 de 1992: por el cual se fusiona el Fondo Especial de la Presidencia de la República al Fondo de Solidaridad y Emergencia Social y se reestructura el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

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• Decreto 2240 de 1991: Por el cual se modifica el Decreto 841 del 20 de abril de 1990 sobre calificación ejecución presupuestal. • Decreto 1569 de 1991: Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 841 de 1990 sobre oportunidad del registro. •

Decreto 841 de 1990: Organización del Banco de Proyectos de Inversión.



Decreto 2980 de 1989: Reglamentario de la inembargabilidad del presupuesto.



Decreto 2162 de 1989: Prestamos de la Nación a entidades públicas.

• Resolución 036 de 1998: Determinación de normas y procedimientos sobre registro presupuestales y suministro de información y su sistematización del Presupuesto General de la Nación. •

Acuerdo 024 de 1995: Estatuto de Presupuesto de Bogotá.

1.2.2 Funciones de la actividad presupuestal del Estado 1.2.2.1. Función de asignación de recursos Corresponde a la provisión de bienes sociales, o proceso mediante el cual se divide el uso de los recursos totales entre bienes privados y sociales, y se selecciona la mezcla de bienes sociales.

1.2.2.2 Función de distribución Ajuste de la distribución del ingreso y de la riqueza, de acuerdo con lo que la sociedad considera equitativo.

1.2.2.3 Política de estabilización y crecimiento Mediante el uso de la política fiscal y monetaria, se buscan mantener los altos niveles de empleo, estabilidad de precios y una tasa adecuada de crecimiento económico (Corresponde al Gobierno Central).

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1.2.3 Marco general y constitucional de la planeación La planeación, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de 1991, se orienta a ser un instrumento de gestión, a través del cual se pretende lograr la necesaria coherencia dentro de la política fiscal del país. Adicionalmente, se garantiza la implementación de los objetivos fundamentales del Estado y la efectividad de los derechos de las personas. El modelo acogido por la Constitución Política de 1991, el Estado Social de Derecho, tiene como uno de sus fundamentos esenciales el de la intervención estatal, encaminada a asegurar la prosperidad general y la garantía de los derechos de las personas. La planificación económica y social surge como un instrumento necesario para el manejo económico público a través del cual se sujeta la actividad estatal. La preexistencia de los planes y proyectos definidos y adecuados a las políticas que se pretende implementar, es condición necesaria para la implementación de las finalidades del Estado. Planear desde esta perspectiva significa en el fondo el establecimiento de prioridades. La planeación se manifiesta como una modalidad de intervención del Estado en la economía. El para qué y el por qué interviene el Estado en la economía es una decisión eminentemente política. El fin de la intervención es político y persigue unas finalidades sociales y económicas, cuya satisfacción interesa al propio Estado como condición de su legitimidad misma, de su estabilidad macroeconómica y del incremento de su riqueza. El punto esencial a determinar va a ser cuáles son los instrumentos de intervención. La planeación como instrumento de intervención del Estado en la economía, ha tenido a lo largo de la historia tres manifestaciones claras: La primera, es el dirigismo propio de los regímenes totalitarios; la segunda la planeación a nivel macro, y la última, la planeación de ejecución presupuestales4. La planeación dirigista era propia de los antiguos regímenes comunistas, en los cuales no se consideraba la situación del mercado. El inconveniente de esta modalidad de planeación es que al no considerarse la situación del mercado, se incurre en el problema de olvidar los saltos tecnológicos propios de un sistema de mercado, lo que su vez genera insatisfacción por parte del consumidor.

4 La Constitución Política de Colombia en el Título XII, capítulo 1,

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La planeación de ejecución presupuestal implica un cierto dirigismo en concepto político-económico, y en función de ello se ejecutan las diferentes políticas planeadas. En Colombia no hay tanto dirigismo sino más bien una planificación del presupuesto, en cuanto a los ingresos que se espera recibir y los gastos que se espera realizar. En el medio de estas dos alternativas, se encuentra la planificación macroeconómica, a través de la cual se establecen unas reglas de juego claras que garanticen un entorno macroeconómico establece. El Estado es el encargado de definir esas reglas de juego y los particulares se ocupan de los sectores que les resulten más atractivos, según sus propios intereses. El Estado no usa su capital, sino que permite que sean los particulares quienes lo hagan. En esta modalidad de intervención estatal, está claro que el Estado, al sentar una posición determinada, genera valor agregado, puesto que los particulares conocen por anticipado las condiciones a las que se someten. En esta modalidad de planificación, lo que se pretende es, básicamente, que se le envíen mensajes claros al mercado a fin de informarle hacia dónde va la economía. El modelo de planificación adoptado en Colombia es, según se verá en las páginas siguientes, el de ejecución presupuestal. Este modelo tiene algunas desventajas, pero de todas formas permite que conviva la iniciativa privada con la intervención estatal en la economía. Sobre este particular, la Corte Constitucional se ha pronunciado cuando afirma que: “El concepto de planeación que acoge la Constitución Política de 1991, y que encuentra su antecedente inmediato en la reforma constitucional de 1968, es compatible con un modelo económico de libertad de empresa que rescata, sin embargo, las facultades estatales de intervención económica. El modelo que adopta la Carta de 1991, hace énfasis en la autonomía de las regiones en la gestión de su propio desarrollo, en la prioridad del gasto social concebido como un mecanismo óptimo de redistribución del ingreso, en el principio de participación ciudadana y de concertación en la formulación de las políticas de planeación, que refuerza la vigencia del principio democrático, y en la necesidad de garantizar el equilibrio y la preservación ambiental y ecológica. De otra parte, este modelo de planeación pretende ser global, es decir abarcar todas las esferas del actuar institucional del Estado, tanto a nivel nacional como territorial.” En general, la función de planeación está descrita y regulada constitucionalmente en los artículos 151, 342, 339, 300.2 y 313, numeral 2º, de la Constitución Política.

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Capítulo II

Capítulo II Principios Presupuestales 2.1 Principios de la programación presupuestal Los principios presupuestales son preceptos generales que sirven de orientación para la formulación, elaboración, aprobación y ejecución de los elementos del sistema presupuestal y orientan la política y el ciclo presupuestal. Son principios de política presupuestal: la coherencia macroeconómica, la planificación y la priorización del gasto público, así como la universalidad, la ejecución anual, la unidad de caja, la especialización, la programación integral, el presupuesto bruto, la inembargabilidad y la transparencia.

2.1.1 Coherencia macroeconómica El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas por el Gobierno en coordinación con la Junta Directiva del Banco de la República, y con las restricciones fiscales previstas en la presente ley5.

2.1.2 Planificación El Presupuesto Público Nacional deberá guardar concordancia con los contenidos del Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Nacional de Inversiones Marco Fiscal de Mediano Plazo y el Marco de Gasto de Mediano Plazo. En tal sentido, el principio de planificación, de acuerdo con el artículo 94 de la Ley 38 de 1989; los respectivos presupuestos, tanto de la Nación como de las entidades descentralizadas; así como las entidades territoriales (departamentos y municipios) en sus distintas manifestaciones, deben estar coordinados y ajustados y ser congruentes y armonizados con sus planes de desarrollo. 5 Artículo 20 del Decreto 111 de 1996 ó Estatuto Orgánico del Presupuesto, Esto quiere decir que el Banco de la República deberá informar al Congreso de la República el impacto macroeconómico y sectorial del déficit y del nivel de gasto propuesto.

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La Corte Constitucional, mediante sentencia C-30 del 14 de agosto de 1996, dictaminó que en el presupuesto anual pueden aparecer otros programas de inversión diferentes de los que estén contemplados en el presupuesto plurianual del Plan de Desarrollo. Artículo 20 del Decreto 111 de 1996 ó Estatuto Orgánico del Presupuesto, Esto quiere decir que el Banco de la República deberá informar al Congreso de la República el impacto macroeconómico y sectorial del déficit y del nivel de gasto propuesto.

2.1.3 Priorización del gasto público En el Presupuesto Público Nacional se priorizarán las apropiaciones necesarias para atender, con eficiencia y austeridad, el funcionamiento de los órganos que lo conforman, las destinadas al gasto público social y las necesarias para servir la deuda pública.

Gasto público social Para efectos de la definición y priorización a que hace referencia el artículo 350 de la Constitución Política, constituyen gasto público social las apropiaciones que satisfacen los objetivos fundamentales de la actividad del Estado, destinadas a la solución de necesidades básicas insatisfechas de salud, saneamiento ambiental, agua potable, educación, deporte y los subsidios para servicios públicos domiciliarios asociados al saneamiento ambiental y agua potable.

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2.2 Principios del ciclo presupuestal 2.2.1 Principio de universalidad El Presupuesto Público Nacional contendrá la totalidad de las apropiaciones que se pretende realizar durante la vigencia fiscal respectiva. En consecuencia, ninguna autoridad podrá efectuar erogaciones con cargo al Tesoro o transferir crédito alguno, que no figure en el presupuesto.

2.2.2 Principio de ejecución anual La vigencia fiscal comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre, no podrán asumirse obligaciones con cargo al presupuesto de apropiaciones o al de financiamiento del año fiscal que se cierra en esa fecha, y los saldos no afectados o excluidos de la ejecución extensiva del presupuesto, que se establece en el artículo 74, caducarán sin excepción.

2.2.3 Principio de unidad de caja Con el recaudo del presupuesto de rentas y financiamiento se atenderá, en forma centralizada, el pago oportuno de las obligaciones autorizadas en el Presupuesto Nacional. En consecuencia, los recursos de destinación específica que hagan parte del Presupuesto Público Nacional y que en la actualidad administre o que en lo sucesivo llegare a administrar la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, harán unidad de caja con los demás recursos del Tesoro Nacional y no podrá constituirse portafolios de inversión independientes. La destinación de los recursos, previamente establecida en la ley, se mantendrá a través de las apropiaciones presupuestales requeridas para su ejecución. Este principio también se aplica a los establecimientos públicos, respecto a sus rentas propias. En las entidades territoriales no se podrá hacer unidad de caja con las rentas que por Constitución, ley o acto administrativo particular, tengan destinación específica.

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2.2.4 Principio de especialización Las apropiaciones deben referirse en cada órgano a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual se programan.

2.2.5 Principio de programación integral Todo programa presupuestal deberá contemplar simultáneamente los gastos e inversiones de capital que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución, operación y mantenimiento, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes. El reglamento establecerá la definición de programa presupuestal. Este principio busca asegurar una buena programación donde existen dos entidades presupuestales como lo son el Ministerio de Hacienda en lo relacionado con el presupuesto de funcionamiento y Planeación Nacional en lo pertinente al los gastos de inversión. Con el fin de lograr que este principio cumpla su objetivo, se requiere que estas dos entidades estatales logren una buena coordinación al momento de preparar el presupuesto de una vigencia.

2.2.6 Principio de presupuesto bruto La determinación e incorporación de rentas, apropiaciones y financiamiento en el Presupuesto Público Nacional se efectuará en forma bruta, sin efectuar deducción algun6.

2.2.7 Principio de inembargabilidad Son inembargables las rentas incorporadas en el Presupuesto Público Nacional, así como los bienes y derechos de los órganos que lo conforman. En ningún caso procederá el embargo de los recursos depositados en las cuentas abiertas exclusivamente a favor de la Nación – Dirección General del Tesoro Nacional. Se incluyen en esta prohibición las cesiones y participaciones de que trata el Capítulo 4 del título XII de la Constitución Política y cualquier otra participación o transferencia que reciban las entidades territoriales del Presupuesto Público Nacional. 6 Estatuto Orgánico de Presupuesto. Decreto 111 de 1996.

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Los funcionarios competentes deberán adoptar las medidas conducentes al pago de las sentencias en contra de los órganos respectivos, dentro de los plazos establecidos para ello.

2.2.8 Principio de transparencia Los procedimientos de programación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del sistema presupuestal, así como los informes periódicos y finales sobre el mismo, serán de conocimiento público y contendrán información suficiente para verificar el cumplimiento de los principios que lo rigen y de los objetivos programados.

El principio de universalidad Tiene gran importancia ya que los ingresos deben aparecer de una manera “bruta”, es decir, no deben descontarse los gastos del recaudado para hacer aparecer ingresos netos, sino que deben hacerse aparecer los ingresos brutos; y por el lado de los gastos se registrará el costo en que se incurra para efectuar su recaudo7. Igualmente, el Estatuto Orgánico de Presupuesto (Decreto 111 de 1996) dice textualmente: El cómputo de las rentas que deban incluirse en el Proyecto de Presupuesto General de la Nación, tendrá como base el recaudo de cada renglón rentístico de acuerdo con la metodología que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, sin tomar en consideración los costos de su recaudo (Ley 38 de 1989, artículo 28). La Corte Constitucional mediante sentencia C-478, del 6 de agosto de 1992, con ponencia del Magistrado Eduardo Cifuentes Muñoz, ha dicho que este principio lo que busca es incluir en el presupuesto todos los ingresos y renta del Estado en un determinado nivel, como aparece en el artículo 11 del Estatuto Orgánico de Presupuesto. Colombia, como Estado Social de Derecho, consagra en el artículo 345 de la Constitución Política, el principio de la universalidad presupuestal, mediante el cual establece que todos los ingresos y gastos en que incurra el Estado dentro de una vigencia fiscal deben estar contenidos en la Ley Anual de Presupuesto.

7 Juan Camilo Restrepo “Derecho Presupuestal Colombiano, pag.107.

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El principio de especialización Este principio busca evitar la desviación del destino de los recursos y garantizar la seriedad del proceso de planificación presupuestal. El Decreto 4730 de 2005, reglamentario del Estatuto Orgánico de Presupuesto, establece la obligación de presentar clasificado el presupuesto, esto es una clasificación funcional y una clasificación económica. La clasificación funcional del Presupuesto General de la Nación corresponde a los gastos clasificados de acuerdo a la finalidad y función a que se destinan en el presupuesto permiten determinar los objetivos generales de las políticas gubernamentales, mostrar la naturaleza de los servicios que las instituciones públicas brindan a la comunidad, y medir la función social de las mismas como parte de la administración pública nacional, brindando elementos adicionales que permiten un análisis más profundo del presupuesto y de la política de gasto público en general. La clasificación funcional del presupuesto permite concentrar los esfuerzos del gobierno en función de la obtención de resultados que sean prioritarios para la sociedad, a la vez que facilita y estimula la vigilancia de los ciudadanos sobre la toma de decisiones del gobierno. Así, la clasificación funcional es un instrumento de lectura del presupuesto que permite al H. Congreso y a la opinión pública que lo analicen y evalúen desde una óptica diferente, enriqueciendo el debate y contribuyendo de manera constructiva a la definición de las políticas públicas. De este modo, la presentación de la distribución funcional del presupuesto se constituye en un elemento adicional de transparencia, que permite observar la materialización de los propósitos de gasto del gobierno, de acuerdo con las diferentes categorías en que se presentan agregados las funciones y fines propuestos (Ministerio de Hacienda y Crédito Público). La clasificación económica del Presupuesto Público Nacional tiene como objeto la determinación de los resultados económicos, financieros y fiscales, mediante la identificación de la naturaleza de las rentas y recursos de capital y el objeto de los gastos y de las inversiones de capital y los mecanismos empleados para el financiamiento del déficit o la aplicación del superávit (Ministerio de Hacienda y Crédito Público).

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De conformidad con lo previsto en los artículos 8o y 16 de la Ley 38 de 1989, normativa del Presupuesto General de la Nación, la inembargabilidad constituye un principio del sistema presupuestal, lo que implica que las rentas y recursos incorporados en el Presupuesto no son embargables. Al realizar la revisión constitucional de las anteriores normas, la Corte Constitucional manifestó de forma categórica, que si bien la inembargabilidad es la regla general en materia de presupuesto, ya que está fundada en la protección del bien público y del interés general, ésta prioridad no puede ser interpretada de manera que justifique la violación de los derechos fundamentales de unos pocos, como aquellas personas que pertenecen a la tercera edad que tienen derecho al pago de su pensión y los trabajadores vinculados al Estado quienes debe recibir una efectiva protección al derecho fundamental al pago del salario.

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Capítulo III

CAPÍTULO III Plan de Desarrollo La Constitución de 1991, en su capítulo 2 del título XII, se refiere con detenimiento a los planes de desarrollo y señalan la gran importancia que le concede a este tema. Esto queda presente con la expedición de la Ley 152 de 1994, norma de carácter cuasi-constitucional y superior a cualquier otra ley. El propósito del Legislador es el de fortalecer la relación entre el Plan de Desarrollo y el Presupuesto General de la Nación, con el fin de mejorar la asignación de recursos e integrar las decisiones de mediano y largo plazo con la gestión del presupuesto. El Presupuesto no sólo constituye la materialización del Plan de Desarrollo, sino que también cumple un papel destacado en el diseño de la política económica, en la medida en que su cuantía, composición y estructura de financiamiento, son elementos importantes en el engranaje del balance macroeconómico. La mencionada concepción de que el presupuesto, es también un instrumento de política macroeconómica y se refuerza con la incorporación del principio de coherencia macroeconómica, que busca garantizar que el presupuesto sea compatible con las metas económicas fijadas por el gobierno; y el de homeóstasis, que es un mecanismo de autorregulación que determina que el incremento de los recursos presupuestarios debe ser consistente con el crecimiento de la economía de forma que no genere desequilibrios macroeconómicos.

3.1 Contenido de la parte general del Plan La parte general del plan contendrá lo siguiente: a) Los objetivos nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo según resulte del diagnóstico general de la economía y de sus principales sectores y grupos sociales; b) Las metas nacionales y sectoriales de la acción estatal a mediano y largo plazo y los procedimientos y mecanismos generales para lograrlos;

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c) Las estrategias y políticas en materia económica, social y ambiental que guiarán la acción del Gobierno para alcanzar los objetivos y metas que se hayan definido; d) El señalamiento de las formas, medios e instrumentos de vinculación y armonización de la planeación nacional con la planeación sectorial, regional, departamental, municipal, distrital y de las entidades territoriales indígenas; y de aquellas otras entidades territoriales que se constituyan en aplicación de las normas constitucionales vigentes8.

Cuadro 3.1

Plan Nacional de Desarrollo Artículo 339 Constitución Nacional y Ley 152 de 1994 Plan de Inversiones Programas Proyectos Presupuesto Plurianual

Parte estratégica Objetivos Metas Estrategias

Ingresos

Gastos

Existe en principio un libre acceso a la información que obra en los despachos o entidades públicas. Pero como principio tiene sus precisas y restringidas excepciones. Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley, reza el artículo 74 de la Constitución Política. Dicho postulado no es más que el desarrollo de un derecho consagrado en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas; y del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos – Pacto de San José de Costa Rica, adoptado en Colombia mediante Ley 16 de 1972.

8. Artículo 5 de la ley 152 de 1994.

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Capítulo IV

CAPÍTULO IV Componentes del Sistema Presupuestal El presupuesto se estructura a través del denominado Sistema Presupuestal, con que se pretende cumplir una serie de objetivos y metas planificadas. El Sistema Presupuestal es un sistema que permite básicamente tres cosas: que se cumplan las metas fijadas, tomar decisiones acertadas según la coyuntura y facilitar la gestión. De igual manera, el Sistema Presupuestal pretende responder a cinco interrogantes claros dentro de la actuación estatal: El ¿qué se hace? que se responde a través de la planificación inherente al marco presupuestal. El ¿cómo se hace? se responde a través de la integralidad de las acciones; y ¿con qué se hace? que se responde con la coordinación necesaria entre las autoridades implicadas. Las medidas y valores que se pueden tomar se manifiestan a través de la cuantificación y finalmente el monto de ingresos y gastos se afronta con la operatividad del sistema. El Sistema Presupuestal se compone del Marco Fiscal a Mediano Plazo, el Plan Anual de Inversiones y el Presupuesto General de la Nación.

Composición del Sistema Presupuestal

Marco fiscal de mediano plazo. Antes del 15 de junio de cada vigencia, el Gobierno Nacional presentará a las comisiones económicas de Senado y de la Camara de Representantes. (En desarrollo del articulo 1 de la ley 819 de 2003).

PGN (Presupuesto General de la Nación) al congreso a mas tardar el 30 de junio .

Plan Operativo Anual de Inversiones antes del 15 de julio al Conpes.

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4.1 Marco Fiscal de Mediano Plazo Es el documento mediante el cual se proyecta a 10 años el comportamiento de los ingresos y los gastos de la entidad, con el fin de garantizar el cumplimiento de las normas vigentes de endeudamiento, racionalización del gasto y responsabilidad fiscal; en donde antes del 15 de junio de cada vigencia fiscal, el Gobierno Nacional presentará a las comisiones económicas del Senado y de la Cámara de Representantes, un Marco Fiscal de Mediano Plazo, el cual será estudiado y discutido con prioridad durante el primer debate de la Ley Anual de Presupuesto9. Este Marco contendrá, como mínimo: a) El Plan Financiero contenido en el artículo 4º de la Ley 38 de 1989, modificado por el inciso 5 del artículo 55 de la Ley 179 de 1994; b) Un programa macroeconómico plurianual; c) Las metas de superávit primario a que hace referencia el artículo 2º de la presente ley, así como el nivel de deuda pública y un análisis de su sostenibilidad; d) Un informe de resultados macroeconómicos y fiscales de la vigencia fiscal anterior. Este informe debe incluir, en caso de incumplimiento de las metas fijadas en el Marco Fiscal de Mediano Plazo del año anterior, una explicación de cualquier desviación respecto a las metas y las medidas necesarias para corregirlas. Si se ha incumplido la meta de superávit primario del año anterior, el nuevo Marco Fiscal de Mediano Plazo tiene que reflejar un ajuste tal que garantice la sostenibilidad de la deuda pública: e) Una evaluación de las principales actividades cuasifiscales realizadas por el sector público. f) Una estimación del costo fiscal de las exenciones, deducciones o descuentos tributarios existentes. g) El costo fiscal de las leyes sancionadas en la vigencia fiscal anterior; h) Una relación de los pasivos contingentes que pudieran afectar la situación financiera de la Nación.

9 Artículo 1º de la Ley 819 de 2003.

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i) Y finalmente, en todo presupuesto se deben incluir los indicadores de gestión presupuestal y de resultado de los objetivos, planes y programas desagregados para mayor control del presupuesto.

Superávit primario y sostenibilidad Cada año el Gobierno Nacional determinará para la vigencia fiscal siguiente una meta de superávit primario para el sector público no financiero, consistente con el programa macroeconómico y metas indicativas para los superávit primarios de las diez vigencias fiscales siguientes. Todo ello con el fin de garantizar la sostenibilidad de la deuda y el crecimiento económico. Dicha meta será aprobada por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis)10. Las metas de superávit primario ajustadas por el ciclo económico, en promedio no podrán ser inferiores al superávit primario estructural que garantiza la sostenibilidad de la deuda.

4.1.1 Plan Financiero Es un instrumento de planificación y gestión financiera que pretende desarrollar los planes del gobierno. El Plan de Desarrollo es la fuente principal del Plan Financiero y con el cual se inicia el proceso de programación presupuestal. El Plan Financiero es un programa de ingresos y gastos de caja, así como de fuentes de financiamiento, el cual define las metas máximas de pagos a efectuarse durante el año que servirán de base para elaborar el Programa Anual de Caja (PAC). El Plan deberá ser aprobado antes de la presentación del Presupuesto General de la Nación al Congreso de la República, y su revisión definitiva se hará antes del 10 de diciembre de cada año. El Plan Financiero comienza con la obtención de información histórica sobre operaciones efectivas de presupuesto (ejecución de ingresos y gastos); luego, para analizar la información recolectada, se tabulan los datos por sus correspondientes conceptos y años determinados, los cuales sirven como soportes de las proyecciones. De esta forma la tabla nos arroja los ingresos que podríamos obtener y los gastos en que podríamos incurrir, en el evento en que las condiciones no cambiaran, es decir, si la situación continuara como viniere11. 10 Artículo 2º. Ley 819 de 2003 11 El Plan Financiero es una programación de ingresos y de gastos (Artículo 2° del Decreto 568

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Gráfico 12 Componentes básicos del plan financiero I. Ingresos corrientes

II: Pagos corrientes

III. Ahorro corriente

IV. Servicios de la deuda intereses

V. Ahorro disponible V= (III) - (IV) VI. Necesidades de inversión

VII. Amortizaciones

VIII. Necesidades de financiación VII= (VI - VII)

4.1.2 Marco de Gasto de Mediano Plazo (MGMP) Se constituye en un anexo entre el MFMP y el proyecto de PGN, en el cual se establece que el Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) y los anteproyectos de presupuesto deberán elaborarse con base en el MGMP, el cual es un proceso estratégico de proyección y priorización de gasto, a través del cual las decisiones presupuestales anuales son conducidas por prioridades de política y disciplinadas por una restricción de recursos de mediano plazo. Lo anterior no quiere decir que el MGMP sea equivalente a un plan de desarrollo; y mas bien, se trataría de un complemento e insumo fundamental para este último. Esto es así en la medida en que el MGMP es un ejercicio que: i) comprende la totalidad del gasto (inversión, funcionamiento y servicio de la deuda) y la articula a las prioridades de política; II) se desarrolla como parte del proceso de programación presupuestal anual; y III) se renueva cada año, de tal modo que se actualiza de acuerdo con el desarrollo de la economía y la revisión de las políticas de gobierno.

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El MGMP no es tampoco un sistema de presupuestación plurianual que establezca asignaciones de gasto de fuerza legal a varios años. Bajo un MGMP se mantiene la anualidad del sistema presupuestal, sólo que se hacen explícitos los posibles efectos y restricciones que el gasto presente tenga en el futuro12. Así, a partir de las prioridades de política del gobierno y de las metas macroeconómicas y fiscales de mediano plazo existentes, se definen unas cuotas de gasto sectorial que cubren un período de cuatro años que es renovado anualmente, donde la cuota del primer año es consistente con el presupuesto anual, mientras los techos para los años siguientes son estimaciones indicativas que se convierten en la línea de base para un nuevo período de programación. De esta forma, el MGMP se constituye en el nexo que permite articular el diseño de políticas, la planeación macroeconómica y fiscal de mediano plazo y la programación presupuestal anual. El MGMP está compuesto por tres elementos fundamentales: •Un marco agregado de recursos consistente con la estabilidad macro, las posibilidades de financiamiento interno y externo y las prioridades generales del gobierno. Incluye metas macroeconómicas, fiscales y presupuestales que están interrelacionadas entre sí y que cubren un período de cuatro años. •Este marco se define de arriba hacia abajo, es decir, que lo establecen las autoridades económicas y presupuestales. •Una estimación de abajo hacia arriba (estimación elaborada por los diferentes sectores del gobierno) del gasto de mediano plazo asociado con las políticas existentes y con las propuestas de cambios de política que se pretenda implementar. La preparación de estas proyecciones se adelanta como parte de una serie de ejercicios anuales de programación estratégica de recursos, con los que cada sector revisa y ajusta sus objetivos, metas y programas de gasto. •Un proceso de toma de decisiones a través del cual se concilian las restricciones agregadas definidas desde arriba con las proyecciones de gasto que vienen desde abajo. Un factor básico en este punto es la inclusión de comités sectoriales de carácter político y de grupos técnicos de apoyo a dichos comités. A través de estos foros se abren espacios de discusión para que las autoridades presupuestales y los diferentes sectores del gobierno desarrollen, en forma coordinada, propuestas de redistribución de recursos a nivel intrasectorial que pasan, posteriormente, para aprobación de una instancia de alto nivel dentro del gobierno. 12 Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Departamento Nacional de Planeación, República de Colombia.

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El desarrollo de estos tres elementos implica la existencia de una fase estratégica al inicio del proceso de programación presupuestal, de tal forma que las decisiones sobre el detalle del presupuesto anual están precedidas y limitadas por decisiones estratégicas de alto nivel relacionadas, fundamentalmente, con el monto total del presupuesto y su distribución sectorial agregada, en un horizonte de mediano plazo.

4.2 Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) Este Plan señala los proyectos de inversión clasificados por sectores, órganos y programas, coherentes con lo establecido en el Plan de Inversiones Públicas (PI) del PND y con el PF. Un proyecto de inversión que no esté incluido en los programas del POAI, puede ser incluido en la Ley Anual de Presupuesto, salvo decisión del Congreso al respecto.

4.3 Presupuesto General de la Nación (PGN) Es el instrumento para el cumplimiento de los planes y programas de desarrollo económico y social. Está conformado por el Presupuesto de la Nación y el presupuesto de los establecimientos públicos del orden nacional para una vigencia fiscal.

4.3.1 Presupuesto La palabra presupuesto viene del latín pre” que significa antes, y “suponere”, que significa cómputo o cálculo. En inglés “budget”, hacía referencia al saco donde se guardaban las cuentas. La legislación colombiana lo define desde 1973 a través del Decreto 294 “Como un instrumento para cumplir las metas y objetivos fijados en los planes y programas de desarrollo económico y social y en los planes de inversiones públicas.” Por su parte, para García Villarejo, Avelino (1985), el presupuesto es “Un documento jurídico –político elaborado periódicamente en el que de forma contable se recoge la autorización del techo del gasto y las previsiones de ingresos que realizará la hacienda pública durante el ejercicio económico correspondiente en consonancia con el plan económico de la misma”. Juan Camilo Restrepo (1994) habla que “El presupuesto es un estimativo de los ingresos fiscales y una autorización de los gastos públicos que, normalmente cada año, efectúa el órgano de representación popular en ejercicio del del control político que que en materia fiscal le corresponde”.

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Ramírez Cardona (1998) define el presupuesto como “El cálculo prospectivo de ingresos y gastos públicos para un período concreto, ordenado al sostenimiento de los servicios públicos y regulación económica y social dentro del plan económico de la Nación”. Acorde con este criterio, el presupuesto gira alrededor de tres fines: a) Es un instrumento de control para identificar la responsabilidad de la gestión de una parte de los recursos por parte de cada sección, o programa que conforma el presupuesto. b) El presupuesto es un elemento de gestión pública al permitir comparar los aspectos monetarios con el tiempo y los resultados esperados, y; c) El presupuesto es un instrumento de política económica porque sirve para direccionar la economía, promueve el equilibrio macro económico y permite una medición del impacto de actividad financiera en el conjunto de la economía. El presupuesto es la herramienta que permite poner en práctica las actividades planteadas en el Plan de Desarrollo. Es la estimación tanto de los ingresos que se recaudarán durante la vigencia fiscal (un año), como de los gastos de funcionamiento, de deuda y de inversión. En el proceso de elaboración y ejecución del presupuesto se discriminan los recursos destinados a cada programa y proyecto, siendo consecuentes con lo establecido en el Plan de Desarrollo. Ninguna autoridad podrá efectuar gastos públicos con cargo al Tesoro o transferir créditos que no figuren en el presupuesto. El Concepto técnico, sobre qué es presupuesto, está determinado en el Estatuto Orgánico del Presupuesto Nacional (Decreto 111 de 1996) que compila las normas de las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1991, cuyas disposiciones que deberán ser observadas en materia presupuestal. El presupuesto supone el cálculo y previsión de los ingresos y gastos de las entidades del Estado para la satisfacción de necesidades públicas y la regulación económica y social, en atención a ciertas condiciones que lo permiten y justifican.

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4.3.2 Cobertura del Presupuesto General de la Nación El Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación consta de dos (2) niveles: 1-Presupuesto General de la Nación, el cual está compuesto por los presupuestos de los establecimientos públicos del orden nacional y el presupuesto nacional. El presupuesto Nacional comprende las ramas Legislativa y Judicial, el Ministerio Público, la Contraloría General de la República, la organización Electoral y la Rama Ejecutiva del nivel nacional, con excepción de los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta. 2-El segundo nivel está compuesto por la fijación de metas financieras a todo el sector público y la distribución de los excedentes financieros de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta. Gráfico 12

Presupuesto General de la Nación

Presupuesto de los establecimientos públicos

Presupuesto Nacional Ramas Legislativas y Judicial, Ministerios Públicos, CGR y organización electoral

Segundo nivel Fijación de metas sector público y distribución de excedentes financieros de las Empresas Industriales y Comerciales del estado y las Sociedades de Economía Mixta

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Son sujetos de control fiscal los órganos que integran las ramas legislativa y judicial, los órganos autónomos e independientes como los de control y electorales, los organismos que hacen parte de la estructura de la administración nacional y demás entidades nacionales, los organismos creados por la Constitución Nacional y la ley que tienen régimen especial, las sociedades de economía mixta, las empresas industriales y comerciales del Estado, los particulares que manejen fondos o bienes del Estado, las personas jurídicas y cualquier otro tipo de organización o sociedad que maneje recursos del Estado en lo relacionado con éstos y el Banco de la República13.

Comparativo de actividades del proceso presupuestal Conceptos

Municipal

Departamental

Central

Etapas de presentación del presupuesto.

Congreso

Asamblea

Concepto

Responsables de la elaboración del presupuesto

Ministerio de Hacienda (Funcionamiento) Planeación nacional(Inversión)

Secretaría de Hacienda (Funcionamiento) y planeación (inversión)

Secretaría de Hacienda (Funcionamiento) y planeación (inversión)

Entidades de control

Contraloría General de la República

Contralorías departamentales

Contralorías municipales cuando existan

¿Cuáles son los impuestos más representativos?

Renta Ventas Aduanas Timbre

Consumo de tabaco Consumo de licores Consumo de cerveza Apuestas permanentes Registro y anotación Sobretasa a la gasolina

Predial unificado Industrial y comercio Vehículos y automotores Sobretasa a la gasolina Aviso y tableros

¿Cuáles son las contribuciones más representativas?

Contribución de valorización

Contribución de valorización contribución o impuesto a la plusvalía

¿Cuáles son las tasas más representativas?

Eneregía eléctrica

Acueducto y alcantarillado Mataderos aseo

13 Ley 42 de 1993

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4.3.3 Componentes del presupuesto El Presupuesto General de la Nación está conformado por:

Composicoón del presupuesto General de la Nación

Rentas

Ley de Apropiaciones o Gastos

Disposiciones Generales

Servicio de la deuda Funcionamiento

Inversión

La clasificación económica del presupuesto público nacional tiene como objeto la determinación de los resultados económicos, financieros y fiscales, mediante la identificación de la naturaleza de las rentas y el objeto de las apropiaciones el mejoramiento en la aplicación en la vigencia fiscal.

4.3.3.1 Clasificación de los ingresos Los ingresos estarán comprendidos por los ingresos corrientes, los fondos especiales, las rentas parafiscales, las transferencias corrientes y las rentas de la propiedad.

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Composición de las rentas y recursos de capital

Tributarios (impuestos)

-Directos - Grav. rentaK, propiedad (progresivos) -Indirectos - Grava transacciones (regresivos) Impuesto al valor agregado

I. Ingresos corrientes

No tributarios

Tasas, multas y contribuciones, venta de bienes y servicios, convenios Transferencias participaciones Otros ingresos no tributarios

II. Contribuciones parafiscales

III. Fondos Especiales

VI. Recursos de capital

Recursos del credito Recursos del credito externo Recursos del credito interno Otros recursos de capital Recursos del balance Excedentes financieros Rendimientos por operaciones financieras Donaciones, Diferencia al cambio V. Recursos de los establecimientos públicos

Ingresos operacionales recursos de capital

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4.3.3.1.1 Los ingresos corrientes Son los ingresos económicos que se derivan del ejercicio de la soberanía del Estado, y se caracterizan por su permanencia, regularidad, predictibilidad y sostenibilidad de las fuentes o bases generadoras, constituyéndose en los ingresos normales de la operación del sector público. Estos ingresos se clasifican, a su vez, en ingresos tributarios y no tributarios. 4.3.3.1.1.1 Ingresos tributarios

Conformados por pagos obligatorios al Gobierno, sin contraprestación, fijados en virtud de norma legal, provenientes de impuestos, directos o indirectos. Impuestos directos: Comprende los tributos creados por norma legal que recaen sobre la renta o la riqueza de las personas, naturales o jurídicas, consultando la capacidad de pago de éstas. Se denominan directos porque dependen de la renta de cada persona. Impuestos indirectos: Son los tributos que recaen sobre la producción, extracción, venta, transferencias, arrendamiento o aprovisionamiento de bienes y prestación de servicios, así como sobre importaciones y exportaciones; y los impuestos específicos al consumo y a los servicios y los que en general gravan una actividad y no consultan la capacidad de pago del contribuyente. 4.3.31.1.2 Ingresos no tributarios

Esta categoría incluye los ingresos del Gobierno Nacional, que aunque son obligatorios, dependen de las decisiones o actuaciones de los contribuyentes o provienen de la prestación de servicios del Estado. Este rubro incluye los ingresos originados por las tasas que son obligatorias, pero que por su pago se recibe una contraprestación específica y cuyas tarifas se encuentran reguladas por el Gobierno Nacional, los provenientes de pagos efectuados por concepto de sanciones pecuniarias impuestas por el Estado a personas naturales o jurídicas que incumplen algún mandato legal y aquellos otros que constituyendo un ingreso corriente no puedan clasificarse en los ítems anteriores. Las transferencias corrientes son aportes de ingresos recibidos de terceros que no están sujetas a contraprestación financiera o de retorno de capital y que deben dedicarse a los gastos o al capítulo de financiamiento. Se incorporarán en las transferencias corrientes los recursos provenientes de donaciones y de decisiones judiciales o administrativas a favor de la Nación, siempre que se apliquen a gastos operativos.

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Las rentas de la propiedad son los ingresos financieros derivados de la disposición, tenencia o negociación de activos financieros, así como de las rentas provenientes de activos no financieros explotados, usados o consumidos por terceros.

4.3.4.2 Recursos de capital Los recursos de capital son aquellos que obtiene el Estado en forma eventual o aquellos a los que acude la autoridad estatal cuando sus ingresos corrientes son insuficientes frente a requerimientos y necesidades de gastos. De acuerdo con el artículo 31 del Estatuto Orgánico de Presupuesto, estos recursos de capital son: Recursos de crédito externo e interno y otros recursos de capital. 4.3.4.2.1 Recurso del crédito Son los ingresos provenientes de empréstitos, que de acuerdo con su fuente se clasifican en externos o internos. La incorporación en el Presupuesto General de la Nación de los recursos del crédito autorizados y aún no contratados ni perfeccionados, se hará de acuerdo con los cupos autorizados por el Congreso de la República y las estimaciones de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda. 4.3.4.2.1.1 Recursos del crédito externo

Son recursos provenientes del exterior, previamente autorizados a la Nación, obtenidos con entidades financieras, organismos internacionales o a través de la emisión de títulos. 4.3.4.2.1.2 Recursos del crédito interno

Son los ingresos provenientes de las autorizaciones dadas a la Nación para contratar créditos con entidades financieras, organismos nacionales o emisión de títulos previamente aprobados por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. 4.3.4.2.2 Otros recursos de capital Son los recursos de capital distintos a los empréstitos internos y externos. Están constituidos, entre otros, por los recursos del balance, los rendimientos por operaciones financieras, el diferencial cambiario, los excedentes financieros de los establecimientos públicos y de las empresas industriales y comerciales del Estado no societarias y utilidades de las empresas industriales y comerciales societarias y de las Sociedades de economía mixta, las utilidades del Banco de la República y las donaciones.

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4.3.4.2.2.1 Recurso del balance

Los recursos del balance comprenden los de los ejercicios fiscales anteriores, por lo que incluyen la cancelación de reservas excedentes financieros, venta de activos fijos y la recuperación de cartera vencida. 4.3.4.2.2.2 Excedentes financieros

Esta fuente fue dominada como tal en la ley 179 de 1994 cuando se sustituyó lo que antes se llamaba superávit fiscal, dejando esta expresión en el presupuesto para los resultados positivos de las empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) y las sociedades de economía mixta (SEM). 4.3.4.2.2.3 Rendimientos por operaciones financieras

Corresponde a los ingresos obtenidos por la colocación de recursos financieros en el mercado de capitales o en títulos valores (intereses, dividendos y corrección monetaria). 4.3.4.2.2.4 Donaciones

Son ingresos sin contraprestación, pero con la destinación que establezca el donante, recibido por otros gobiernos o de instituciones públicas o privadas de carácter nacional o internacional. 4.3.4.2.2.5 Diferencial cambiario

Se define como el mayor valor en pesos, originado por la diferencia entre las tasas de cambio utilizadas en la incorporación al Presupuesto General de la Nación de los recursos de crédito nominados en moneda extranjera y las tasas de cambio vigentes a la fecha de su utilización o de su conversión en pesos. 4.3.4.2.3 Rentas e ingresos ocasionales Aquellos recursos que tengan estas características deberán incluirse como tales dentro de los correspondientes grupos y subgrupos del agregado de recursos de capital (Artículo 21 del Decreto 111 de 1996).

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4.3.4.3 Contribuciones parafiscales Son contribuciones parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afectan a un determinado y único grupo social o económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable. Las contribuciones parafiscales administradas por los órganos que formen parte del Presupuesto General de la Nación se incorporarán al presupuesto solamente con el fin de registrar la estimación de su cuantía y en capítulo separado de las rentas fiscales y su recaudo será efectuado por los órganos encargados de su administración (Artículo12 de la Ley 179 de 1994, artículo 2 de la Ley 225 de 1995 y artículo 29 del Decreto 111 de 1996).

4.3.4.4 Fondos especiales Constituyen fondos especiales en el orden nacional, los ingresos creados y definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador (Artículo 27 de la Ley 225 de 1995 y artículo 30 del Decreto 111 de 1996). Dentro de estos fondos podemos mencionar, entre otros, los siguientes: Contribución a la Superintendencia de Industria y Comercio Contribución a la Superintendencia de Industria y Comercio Contribución a la Superintendencia de Puertos y Transporte Cuota de fiscalización de la Contraloría General de la República Aportes especiales para la administración de Justicia Fondo de Defensa Nacional.

4.3.4.5. Recursos propios de los establecimientos públicos nacionales En el presupuesto de rentas y recursos de capital se identificarán y clasificarán por separado las rentas y recursos de los establecimientos públicos. Para estos efectos se entiende por:

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Rentas propias: Todos los ingresos corrientes de los establecimientos públicos, excluidos los aportes y transferencias de la Nación. Recursos de capital: Todos los recursos del crédito externo e interno con vencimiento mayor de un año, el diferencial cambiario, los rendimientos por operaciones financieras, los excedentes financieros que el Conpes les reasigne y las donaciones (Artículo 22 de la Ley 38 de 1989, artículo 14 de la Ley 179 de 1994 y artículo 34 del Decreto 111 de 1996).

4.3.5 Clasificación del presupuesto de gastos El presupuesto de gastos o Ley de Apropiaciones, incluye los gastos que se pretenden realizar en la respectiva vigencia fiscal, distinguiendo entre funcionamiento, servicio de la deuda e inversión a nivel de programas y subprogramas. Clasificación del gasto • Gastos de funcionamiento • Servicio de la deuda • Gastos de inversión Cada uno de estos presupuestos de gastos se presenta clasificado en diferentes secciones, las cuales corresponden a la rama Legislativa, la rama Judicial, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Registradora Nacional del Estado Civil, que incluye el Concejo Nacional Electoral y la Policía Nacional, y una sección especial para el servicio de la deuda pública, una por cada ministerio, departamento administrativo y establecimientos públicos. Dentro de cada órgano existen unidades ejecutoras, cuyo presupuesto de gastos de funcionamiento se clasifica en apropiaciones para gastos de personal, gastos generales, transferencias corrientes, transferencia de capital y gastos de comercialización y producción.

4.3.5.1. Gastos de funcionamiento Son aquellos que tienen por objeto atender las necesidades de los órganos para cumplir a cabalidad con las funciones asignadas en la Constitución y la ley. Se incluyen dentro de gastos de funcionamiento:

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4.3.5.1.1. Gastos de personal Corresponden a aquellos gastos que debe hacer el Estado como contraprestación de los servicios de personal que recibe. Servicios personales asociados a la nómina: Comprende la remuneración por concepto de sueldo y demás factores salariales legalmente establecidos de los servidores públicos vinculados a la planta de personal, tales como: • Sueldos de personal de nómina Pagos de remuneraciones a los empleados y trabajadores oficiales incluidos en la planta de personal, incluyendo los incrementos por antigüedad y el trabajo en días festivos y nocturnos ordinarios. Debe considerarse además de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley 344 de 1996, en lo que tiene que ver con los encargos del personal titular. • Horas extras Remuneración al trabajo realizado en horas adicionales a la jornada ordinaria diurna o nocturna, o en días dominicales y festivos. Su reconocimiento y pagos están sujetos a las limitaciones establecidas en las disposiciones legales vigentes. • Indemnización por vacaciones Compensación en dinero por vacaciones causadas y no disfrutadas que se paga al personal que se desvincula o a quienes, por necesidades del servicio, no pueden tomarlas en el tiempo. Su cancelación se hará con cargo al presupuesto vigente, cualquiera que sea el año de su causación. La afectación de este rubro requiere resolución motivada suscrita por el jefe del respectivo órgano. 4.3.5.1.2. Gastos generales Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes y servicios necesarios para que el órgano cumpla con las funciones asignadas por la Constitución y la ley, así como con el pago de los impuestos y multas a que estén sometidos legalmente. Esto corresponde a la compra de bienes muebles destinados a apoyar el desarrollo de las funciones del órgano, a la contratación y el pago de a personas jurídicas y naturales por la prestación de un servicio que complementa el desarrollo de las funciones del órgano y permite mantener y proteger los bienes que son de su propiedad o están a su cargo, así como los pagos por concepto de tasas a que estén sujetos los órganos.

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Dentro de este concepto se encuentran: compra de equipo, materiales y suministros gastos imprevistos, otros gastos por adquisición de bienes, sostenimiento de embajadas y consulados, sostenimiento de semovientes, capacitación, bienestar social y estímulos, mantenimiento, servicios públicos, arrendamientos, viáticos y gastos de viaje, impresos y publicaciones, comunicaciones y transporte, gastos judiciales, seguros, gastos de operación aduanera, gastos imprevistos, otros gastos generales por adquisición de servicios, transporte de presos, sostenimiento de embajadas y consulados, gastos reservados, apoyo a operaciones militares y policiales, defensa hacienda pública. 4.3.5.1.3 Transferencias corrientes Son recursos que transfieren los órganos a entidades nacionales o internacionales, con fundamento en un mandato legal. De igual forma, involucra las apropiaciones destinadas a la previsión y seguridad social, cuando el órgano asume directamente la atención de las mismas. 4.3.5.1.4 Gastos de comercialización y producción Son los que realizan las entidades para adquirir bienes y servicios destinados directamente a la comercialización, producción de bienes o prestación de servicios.

4.3.5.2 Servicio de la deuda Los gastos por concepto del servicio de la deuda pública, tanto interna como externa, tienen por objeto atender el cumplimiento de las obligaciones correspondientes al pago de capital, los intereses, las comisiones, los imprevistos y los gastos de contratación originados en operaciones de crédito público. 4.3.5.2.1 Servicio de la deuda externa Se refiere al monto total de pagos que se causen durante la vigencia fiscal por amortización, intereses y comisiones correspondientes a empréstitos con acreedores del exterior y pagaderos en moneda extranjera. El servicio de la deuda externa se clasifica en: -Amortización deuda pública externa: Es el monto total de pagos que se causen durante la vigencia fiscal por la amortización de empréstitos con acreedores internacionales y que se paguen en moneda extranjera.

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-Intereses, comisiones y gastos deuda pública externa: Es el monto total de pagos que se causen durante la vigencia fiscal por concepto de intereses, gastos y comisiones de empréstitos con acreedores internacionales y que se paguen en moneda extranjera. 4.3.5.2.2 Servicio de la deuda interna Constituye el monto total de pagos que se causen durante la vigencia fiscal por amortización, intereses, gastos y comisiones, correspondientes a empréstitos con acreedores nacionales y que se paguen en pesos colombianos. El servicio de la deuda interna se clasifica en las subcuentas: -Amortización deuda pública interna -Intereses, comisiones y gastos deuda pública interna.

4.3.5.3 Gastos de inversión Son aquellas erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que se materialicen en bienes de utilización perdurable, llamados también de capital. Así mismo, se incluyen como gastos de inversión aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. La característica fundamental de este gasto es que su asignación permite acrecentar la capacidad de producción y la productividad en el campo de la estructura física, económica y social.

4.3.6 Disposiciones generales Corresponden a las normas que aseguran la correcta ejecución del PGN, las cuales rigen únicamente para el año fiscal para el que se expidan. De acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Orgánica N° 5993 en el Artículo 76 reporte de hechos económicos de deuda. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y las demás entidades de los niveles nacional y territorial en sus sectores central y descentralizado que mantengan compromisos de deuda, deberán remitir mensualmente dentro de los cinco (5) días hábiles del mes inmediatamente siguiente, a la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas, un informe que contenga debidamente identificados según su fecha de ocurrencia, los saldos y el movimiento de los desembolsos, amortizaciones, intereses y comisiones de la deuda interna y externa y demás operaciones, eventos o atributos contemplados en el formato que para el efecto implemente la Contraloría General de la República.

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Capítulo V

CAPÍTULO V Fases de la aprobación del proyecto de Presupuesto Nacional 5.1 Preparación En la preparación del proyecto de presupuesto se surten los siguientes pasos14:

Departamento Nacional de Planeación

Hacienda y Crédito Público

Inversón

Funcionamiento Servicio de la Deuda

Inscripción por parte de las entidades de los proyectos a ejecutarse (plazo 1 de enero del año anterior al cual se está porgramando) remisión de proyectos para viabilización al Depto.

Fijación de meta de inversión en el Plan Financiero Distribución y comunicación de la cuota de inversión por sectores (marzo-abril). Entidades envían anteproyectos de inversión (abril y mayo)

Entidades envían a la DGPN al anteproyecto de presupuesto (antes del 15 de marzo) DGPN envió al Congreso copia del anteproyecto (primera semana de abril) DGPN envió a la DGCP la relación del servicio de deuda para su verificación (primera semana de abril)

Comites funcionales de inversión (abril - mayo)

DGCP envió a la DGPN el anteproyecto verificado del servicio de la deuda de los establecimientos públicos (antes del 30 de abril).

Elaboración del POAI (mayo y junio) Presentación del POAI a consideración del Conpes (junio) Envio del POAI a DGPN del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (antes del 20 de julio)

DGPN elabora las disposiciones generales (antes del 20 de julio) DGPN recibe presupuesto de inversión del DNP (antes del 20 de julio)

EDGPN elabora el PGN (antes del 20 de julio) EMinisterio de Hacienda presenta el PGN al Congreso (primeros diez díasde la legislatura)

14 Aspectos prácticos del Sistema presupuestal Colombiano.

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5.2. Presentación y trámites ante el Congreso 15. El proyecto PGN se presenta ante el congreso (durante los 10 primeros dias de cada legislatura - 20 de julio Comisiones económicas del congreso estudian si el proyecto se ajusta a la laey organica (hasta el 14 de agosto)

El primer debate se hará en conjunto por las comisones y la votaciones por separado. el segundo debate se podrá hacer en plenarias simultaneas. Si el congreso no expidiere el presupuesto a la media noche del 20 de octubre, regira el proyecto presentado por el gobierno, incluyendo las modificaciones aprobadas en el primer debate (‘legislatura 20 julio)

Si no se ajusta lo devolvera al ministerio de hacienda antes del 15 de agosto, quien lo presentara con los ajustes antes del 30 e agosto.

Comisiones aprueban el monto definitivo del proyecto PGN (antes del 15 de septiembre) Discusión y aprobación del proyecto del PGN en plenaria (1 al 20 de octubre)

Ley de Presupuesto General de la Nación

También existe lo que se conoce como repetición del presupuesto, lo cual implica que si el proyecto de Presupuesto General de la Nación no se presenta en los plazos establecidos, el Gobierno expide como Presupuesto el mismo del año anterior.

5.3 Ley de Presupuesto y Decreto de Liquidación Una vez aprobado el Presupuesto, el Presidente de la República sanciona la respectiva Ley y le corresponde al Gobierno Nacional expedir el Decreto de Liquidación del PGN. En la preparación de este decreto se toma como base el proyecto de presupuesto presentado por el Gobierno a consideración del Congreso y se tienen en cuenta todas las modificaciones que se le hayan hecho durante su trámite en el Congreso. Este Decreto de liquidación se acompaña de un anexo que tiene el detalle del gasto para el año fiscal respectivo.

15 Aspectos Prácticos del Sistema Presupuestal Colombiano.

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Errores más frecuentes en la preparación del anteproyecto de Presupuesto por parte de las entidades -Sobrestimación de ingresos. -Incluir ingresos que no estén debidamente soportados en disposiciones legales vigentes. -No clasificar debidamente un ingreso. -Inclusión de gastos no autorizados legalmente. -No solicitar apropiaciones presupuestales para compromisos adquiridos mediante vigencias futuras. -Incumplimiento por parte de las entidades en los términos para la presentación del anteproyecto. -Incluir programas o proyectos no previstos en el plan de desarrollo, ni inscritos en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional (BPIN). -No tener en cuenta la correspondencia entre las fuentes de financiamiento y el uso que se le puede dar a cada una. -Inscribir proyectos en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional (BPIN) fuera del tiempo límite. -Inscribir proyectos en el BPIN clasificados dentro de un tipo de gasto (programa) y sector (subprograma) inapropiados con el objeto del proyecto. -Solicitar modificaciones al proyecto de presupuesto fuera de los tiempos límites. -No enviar la distribución de la cuota de inversión por fuentes, usos y regiones. -No identificar las fuentes de financiación de los proyectos. -No computar dentro de la cuota de inversión comunicada por el DNP, las vigencias futuras y los créditos externos.

Sobre el tema, la Corte Constitucional en Sentencia C-192 de 15 de abril de 1997, Magistrado Ponente, Alejandro Martínez Caballero, expresó:

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El tema presupuestal es uno de aquellos que necesariamente propicia áreas de concurrencia y, por ende, supone una labor previa de coordinación. Para su tratamiento hay que partir de la existencia de tres niveles de hacienda pública. La hacienda central o nacional, la hacienda seccional o departamental y la hacienda local o municipal. La nueva constitución reconoce a las entidades territoriales una autonomía financiera limitada (C.P., artículo 287-3). Estos presupuestos serán elaborados, aprobados, modificados y puestos en vigor exclusivamente por autoridades del respectivo ente. Es el reflejo de un principio autonómico fundamental: la existencia de competencias propias. La existencia de éstas se deriva de la necesidad de gestionar sus propios asuntos, pero no por mano ajena sino directamente por las autoridades elegidas popularmente para lo cual es preciso crear las competencias que enmarquen la actividad de esas autoridades locales. En lo que concierne a lo presupuestal se tratará de un rango amplio y complejo de competencias que, desagregadas, se reducen a cuatro: una primera competencia, que es ejercida por el Ejecutivo en la respectiva entidad territorial, de preparar y presentar – y algunas veces- adicionar el presupuesto, la que se denominará genéricamente “preparación del presupuesto”. Le sigue en el tiempo, el ejercicio de la segunda competencia, consiste en discutir y aprobar el presupuesto, que de manera general se llamará en adelante “aprobación y que corresponde exclusivamente al órgano de elección popular. Aprobado el presupuesto (y sus adiciones si las hay) vendrá una tercera fase de cumplimiento de lo aprobado, que se llamará aquí “de ejecución”, coetánea con la cuarta fase de control ejercida por el respectivo órgano contralor.”

5.4 Ejecución presupuestal La etapa de ejecución del presupuesto es el momento de la gestión en el cual se aplican las estrategias de desarrollo identificadas y aprobadas en el Plan de Desarrollo, a través de la elaboración y aprobación del presupuesto.

5.4.1 Ejecución presupuestal de ingresos La ejecución del presupuesto de ingresos incorpora la causación del ingreso, recaudo, devoluciones y registros de la ejecución de ingresos.

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5.4.1.1 Causación del ingreso Para la causación y recaudo de los ingresos se debe contar con los actos administrativos de reconocimiento del derecho o de la obligación, derivados del hecho económico que los produjo.

5.4.1.2 Recaudo Los ingresos corrientes de la Nación y aquellas contribuciones y recursos cuyo recaudo y manejo no hayan sido asignados por normas legales a otro órgano, deberán ser consignados en la Dirección del Tesoro Nacional (DTN), por quienes estén encargados de su recaudo. Así mismo, las superintendencias que no sean una sección presupuestal deberán consignar en la DTN, con la periodicidad indicada en la ley, el valor total de las contribuciones establecidas para su funcionamiento. Los ingresos propios de los establecimientos públicos nacionales son recaudados directamente por sus tesorerías de conformidad con las normas legales16.

5.4.1.3 Devoluciones Cuando una persona natural o jurídica paga un valor en exceso al erario público, la devolución debe registrarse en los ingresos como un menor monto y no afecta de ninguna manera el presupuesto de gastos. Esta es una operación netamente de tesorería.

5.4.1.4 Registros de la ejecución de ingresos Los formularios para registros e informes de la ejecución de ingresos son los contenidos en la Resolución 036 de 1998, expedida por la DGPN. Estos son: -Libro de registro de ingresos. -Informe mensual de ejecución del presupuesto de ingresos.

5.4.2 Ejecución presupuestal de gastos Las apropiaciones incluidas en el PGN se entienden ejecutadas cuando se ha desarrollado el objeto de las mismas, cumpliendo el fin para el cual fueron programadas en la respectiva vigencia fiscal (Artículo 18 y 89 del Decreto 111 de 1996).

16 Aspectos prácticos del Sistema Presupuestal Colombiano.

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5.4.2.1 Proceso de afectación presupuestal Se encuentra conformado por: apropiación, certificado de disponibilidad presupuestal, compromiso y registro presupuestal del compromiso, obligación y pago. 5.4.2.1.1 Apropiación Es el monto máximo autorizado para asumir compromisos con un objeto determinado durante la vigencia fiscal. El anexo del decreto de liquidación define el detalle de cada uno de los rubros presupuestales, según el objeto de gasto o proyecto. Las apropiaciones pueden tener restricciones para su ejecución, lo cual determina que están condicionadas a cumplir un requisito antes de poder afectarse. Estas apropiaciones son las que se conocen como apropiaciones condicionadas. 5.4.2.1.2 Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) Es un documento expedido por el jefe de presupuesto, ó por quien haga sus veces, con el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para la asunción de compromisos con cargo al presupuesto de la respectiva vigencia fiscal. Este documento afecta preliminarmente el presupuesto mientras se perfecciona el compromiso. 5.4.2.1.3 Compromiso y registro presupuestal del compromiso Son compromisos los actos y contratos expedidos o celebrados por los órganos públicos, en desarrollo de la capacidad de contratar y de comprometer el presupuesto, realizados en cumplimiento de las funciones públicas asignadas por la ley. Dichos actos deben desarrollar el objeto de la apropiación presupuestal. Previamente a la adquisición del compromiso (bien sea a través de la expedición de actos administrativos o de la celebración de contratos), la entidad ejecutora debe contar con el respectivo certificado de disponibilidad presupuestal. Ahora bien, se entiende por Registro Presupuestal del Compromiso la imputación presupuestal mediante la cual se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que ésta solo se utilizará para ese fin. Esta operación indica el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. El acto del registro perfecciona, por tanto, el compromiso (Artículo 71 E.O.P.).

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5.4.2.1.4 Obligación Se entiende por obligación exigible de pago, el monto adeudado por el ente público, como consecuencia del perfeccionamiento y cumplimiento – total o parcial - de los compromisos adquiridos, equivalente al valor de los bienes recibidos, servicios prestados y demás exigibilidades pendientes de pago, incluidos los anticipos no pagados que se hayan pactado en desarrollo de las normas presupuestales y de contratación administrativa. 5.4.2.1.5 Pago Es el acto mediante el cual, la entidad pública, una vez verificados los requisitos previstos en el respectivo acto administrativo o en el contrato, teniendo en cuenta el reconocimiento de la obligación y la autorización de pago efectuada por el funcionario competente, liquidadas las deducciones de ley y/o las contractuales (tales como amortización de anticipos y otras) y verificado el saldo en bancos, desembolsa al particular el monto de la obligación, ya sea mediante cheque bancario o por consignación en la cuenta bancaria del beneficiario, extinguiendo la respectiva obligación.

5.4.2.2 Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) El PAC es un instrumento mediante el cual se fija el monto máximo para efectuar pagos y se constituye en el mecanismo que define el monto mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Nacional para efectuar el pago de los compromisos asumidos en desarrollo de las apropiaciones presupuestales incorporadas en el presupuesto y financiadas con recursos de la Nación. El Confis, con fundamento en las metas máximas de pago establecidas en el Plan Financiero, aprobará el programa anual de caja PAC con recursos de la Nación. Las Juntas o Consejos Directivos, o el representante legal del órgano, si no existen juntas o consejos directivos, aprobarán el PAC y su modificaciones con ingresos propios de los establecimientos públicos, con fundamento en las metas globales de pagos fijadas por el Confis17. No se pueden adquirir compromisos de pago por encima de los montos aprobados del PAC17.

17 Marco Legal: En diciembre 20 de 1995, por medio de la Ley 225 se modificó la Ley Orgánica del Presupuesto asignando las funciones de administración de PAC a la Dirección del Tesoro Nacional (artículo 23), las cuales estaban bajo responsabilidad de la Dirección General del Presupuesto Nacional (DGPN)

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5.4.2.2.1 Distribución inicial del PAC Con base en las metas de pago aprobadas por el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) se asigna el PAC a cada entidad por objeto de gasto, el cual consiste en el valor máximo a situar a cada órgano ejecutor durante la vigencia fiscal, considerando las prioridades establecidas por la norma para atender los gastos de funcionamiento, deuda e inversión, respectivamente. Dichas metas contemplan el pago del rezago presupuestal de la vigencia anterior, quedando como remanente un monto para asignar recursos a la vigencia actual, donde se efectúan provisiones para sufragar posibles contingencias y/o modificaciones presupuestales que se originen en el transcurso de la misma. Cada una de las entidades beneficiarias de los recursos del presupuesto nacional deberá hacer llegar al Grupo PAC, antes del 20 de diciembre (Art. 29 del Decreto 568 de 1996), el formato de distribución de PAC donde se proyecte para cada objeto de gasto apropiado en el decreto liquidatorio y la mensualización de los montos a pagar durante el lapso de la vigencia. Una vez recibidas las solicitudes, la DTN analiza y consolida la información con el fin de ajustarlas a la meta de pago y a la disponibilidad de recursos en la Cuenta Única Nacional. Plan Financiero

Decreto de liquidación del presupuesto

Metas del pago definids por el Cofis

Programa Anual Mensualizado de caja (PAC)

contemplaban las de asignación, control y consolidación del PAC. Así mismo, se deben de considerar los Decretos 568 y 111 de 1996, 246 del 28 de enero de 2004 y 4730 del año 2005. Finalmente y para efectos de ilustrar el manejo de recursos públicos y la aplicabilidad del sistema SIIFNación es conveniente consultar el Decreto 178 de 2003.

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5.4.2.2.2 Clasificación del PAC El PAC se clasifica o agrupa en las siguientes cuentas presupuestales18:

Funcionamiento SIIF)

Identificación(en PAC)

Gastos de personal Gastos generales Transferencias corrientes Transferencias de capital Gastos Generales seguridad democrática Servicio de la deuda Deuda externa Deuda interna Servicio de la deuda Inversión específica

1 2 3 4 30

Identificación(en PAC) 5 6 Identificación(en PAC) 7

Identificación(en A0012C-1 A0022C-2 A0352C-3 A0042C-4 A0023C-30 Identificación(en SIIF) B0062C-5 B0072C-6 Identificación(en SIIF) C0001C-7

En la clasificación de PAC SSF, cambia únicamente la letra “C” por la letra “S”. De acuerdo con la ubicación de los recursos PAC, puede ser: PAC con Situación de Fondos (CSF): Corresponde a los giros realizados por la DTN a las cuentas de la entidad con cargo al PAC y apropiación de la entidad identificada presupuestalmente CSF. PAC sin Situación de Fondos (SSF): corresponde a los recursos que recauda la entidad sin que para el efecto medie un documento instructivo de pago ni de programación de giros para situación de fondos por parte de la DTN. No se efectúa giro de recursos por parte de la DTN. 5.4.2.2.3 Tipos de modificaciones del PAC Reducción: Consiste en la disminución del PAC que se efectúa a nivel de objeto de gasto de la vigencia actual en uno o varios meses y tiene como tope máximo el monto asignado o reportado en el PAC. Este valor se adicionará al rezago de la vigencia siguiente. 18 Aspectos Prácticos de Presupuesto “Minhacienda”.

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Para el caso del rezago año anterior, no aplica este tipo de modificación por cuanto La reducción al PAC del rezago presupuestal del año anterior se realiza automáticamente como resultado del trámite de cancelación o anulación de reservas presupuestales o cuentas por pagar que la entidad gestione ante la Dirección General de Presupuesto. Las reducciones al PAC pueden originarse por los siguientes eventos: •

A solicitud del órgano ejecutor



Por iniciativa del Gobierno o el Confis.



Por efecto de una reducción presupuestal



A raíz de la deficiente ejecución del PAC por parte de la entidad.



Como resultado de un reintegro originado y reportado por la entidad.



Por ajustes de la DTN al cierre de cada mes y año

Aplazamientos: Consiste en reducir valores de uno o varios meses, a partir del mes actual o subsiguientes y acreditarlos en mes(es) futuro(s) dentro de la misma vigencia. Puede darse hasta por el máximo monto de PAC asignado o disponible en el respectivo mes ó meses en los que se aplaza, en un objeto de gasto y vigencia. Esta modificación tiene el propósito de posponer el valor de giro o pago a fechas futuras, sin que el valor total anual del PAC se altere. Estas dos modificaciones tienen aprobación automática: no van a reunión de análisis del PAC. Los aplazamientos tienen como fecha límite para realizarse los primeros 10 días hábiles del mes. Las entidades pueden efectuar la modificación de aplazamiento desde su terminal de trabajo. Para modificaciones de reducción y aplazamiento las entidades, deben verificar que el PAC se encuentre en estado disponible, esto es, que no esté programado para giro, a fin de garantizar el éxito de la operación. Después que un aplazamiento o una reducción ingresa al sistema, no es posible reversarlo.

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Anticipos: Consiste en adicionar valores a uno o varios meses en un objeto de gasto y vigencia, reduciendo valores de uno o varios meses futuros hasta el monto máximo disponible de los meses a reducir. Adiciones: Consiste en incrementar el PAC, en uno o varios meses del año fiscal vigente, hasta por el monto disponible del rezago del año siguiente en un objeto de gasto y vigencia. Cuando se adiciona el PAC de la vigencia actual, dicho valor tiene como efecto disminuir el rezago para el año siguiente. Para el caso del rezago año anterior, únicamente se pueden hacer anticipos. Las adiciones presupuestales y los traslados en los diferentes objetos de gasto no incrementan automáticamente el PAC de la vigencia. La entidad deberá solicitar la adición de PAC en las fechas y formatos establecidos por la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional, a fin de ser estudiada en la reunión de análisis de PAC.

5.4.2.3 Registros de ejecución presupuestal de gastos La Resolución 036 de 1998 de la DGPN contiene los formularios e informes en los cuales se deben registrar los movimientos que se efectúen a cada rubro presupuestal. Estos formularios son: -Libro de registro de apropiaciones, compromisos, obligaciones y pagos. -Libro de registro de reservas presupuéstales. -Libro de registro de cuentas por pagar. -Libro de registro de vigencias futuras. -Informe mensual de ejecución del presupuesto de gastos - apropiaciones de la vigencia. -Informe mensual de ejecución del presupuesto de gastos – reservas presupuestales. -Informe mensual de ejecución del presupuesto de gastos – cuentas por pagar.

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5.4.2.4 Pago pasivos exigibles vigencias expiradas Las normas presupuestales han previsto la manera de cancelar los compromisos durante la vigencia fiscal en la cual se contraen, o durante la inmediatamente siguiente con cargo al presupuesto de la vigencia anterior (cuentas por pagar y reservas presupuestales),prohibiendo tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten el presupuesto de gastos cuando no reúnan los requisitos exigidos por la ley o se configuren como hechos cumplidos, estableciendo responsabilidad disciplinaria, fiscal y penal del representante legal y del ordenador del gasto o sus delegados, por el incumplimiento de esta disposición. Excepcionalmente podrían cancelarse aquellos compromisos originados en vigencias fiscales anteriores, con cargo al presupuesto de la vigencia siguiente (pago de pasivos exigibles), siempre y cuando los mismos se hayan adquirido con las formalidades legales, contando con el respectivo soporte presupuestal, pero que por razones ajenas a la entidad pública no se hubiesen podido ejecutar en la vigencia prevista (Oficio DGPN 33189, julio 26 de 2002). Para tal efecto, es necesario crear un rubro específico denominado pago pasivos exigibles vigencias expiradas, mediante una modificación al presupuesto de la vigencia en curso, modificación que debe ser solicitada por la respectiva entidad a la Dirección General de Presupuesto, previo concepto de DNP, tratándose de gastos de inversión. Una vez efectuada la modificación mencionada, se deberá dar aviso a la Contraloría General de la República para lo de su competencia.

5.4.2.5 Reservas presupuestales De acuerdo con lo previsto en el artículo 89 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, artículos 37, 38 y 39 del Decreto 568 de 1996 y en las disposiciones generales de la leyes anuales de presupuesto, las reservas presupuéstales se pueden definir como aquellos compromisos legalmente adquiridos por los órganos que conforman el PGN, que tienen registro presupuestal, pero cuyo objeto no fue cumplido dentro del año. fiscal que termina y que serán pagados dentro de la vigencia fiscal siguiente con cargo al presupuesto de la vigencia anterior. Las entidades deberán constituir las reservas y enviar, antes del 20 de enero de la vigencia siguiente, una relación de éstas a la DGPN. Esta Dirección, a su vez, registra las reservas en sus sistemas de información y las pone a disposición de la Dirección General del Tesoro y de la Contraloría General de la República, para lo de su competencia.

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Reservas presupuestales Las entidades deberán constituir las reservas y enviar antes del 20 de enero de la vigencia siguiente una relación de estas a la DGPN

Compromiso Son los compromisos legalmente adquiridos por los organos que conforman el PGN

Obligación Pagada dentro de la vigencia fiscal siguiente con cargo al presupuesto de la vigencia anterior

5.4.2.6 Cuentas por pagar Las entidades pueden constituir cuentas por pagar, a 31 de diciembre de cada vigencia fiscal, cuando se deriven de la entrega a satisfacción de los bienes y servicios contratados o se hayan pactado anticipos a contratos antes del 31 de diciembre. Cuentas por pagar las entidades pueden constituir cuentas por pagar al 31 de dieembre de cada vigencia fiscal

Obligación Pagada dentro de la vigencia fiscal siguiente con cargo al presupuesto de la vigencia anterior

Pagos Pagada dentro de la vigencia fscal siguiente

El ordenador del gasto y el tesorero o pagador deben constituir las cuentas por pagar y remitir una relación de las mismas a la DGPN antes del 20 de enero de la vigencia siguiente, para seguir con el mismo procedimiento definido para las reservas presupuestales. Su constitución estará a cargo del ordenador del gasto de cada órgano y el control le compete a la Contraloría General de la República.

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Presupuestal Central

Las cuentas por pagar y las reservas de apropiación afectan el presupuesto de la vigencia en la que fueron constituidas. Las cuentas por pagar y las reservas constituidas que no se ejecuten durante el año en que fueron constituidas fenecerán.

Errores más frecuentes en la ejecución presupuestal -Crear rubros y registrar proyectos con objetos de gasto inadecuados. -Solicitar traslados o adiciones presupuestales a proyectos no inscritos con anterioridad en el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión Nacional -Solicitar distribuciones presupuestales sin la inscripción previa de los subproyectos en el BPIN. -Solicitar distribuciones presupuestales de proyectos que no tienen la leyenda: distribución previo concepto DNP. -Solicitar traslados o vigencias futuras sin el certificado de disponibilidad presupuestal respectivo. -Solicitar traslados, levantamientos de previos conceptos, vigencias futuras o vigencias expiradas sin justificación amplia y suficiente. -Ordenar gastos con cargo a proyectos con tipos de gastos inadecuados o no contemplados en las actividades descritas en las fichas EBI. -No constituir reservas o cuentas por pagar en el tiempo debido. -No registrar los compromisos en forma oportuna. -Omitir o llevar inadecuadamente la contabilidad presupuestal. -Omitir constitución de reservas. -Constituir reservas de apropiación por encima del valor comprometido y no obligado. -Constituir cuentas por pagar por encima del valor obligado y no pagado. -No cumplir con las especificaciones de la Resolución 036 de 1998 de la DGPN, en cuanto al diligenciamiento de los libros e informes allí establecidos.

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Contraloría General de la República

5.4.2.7. Vigencias Futuras 5.4.2.7.1. Concepto Es un instrumento de planificación presupuestal y financiero que garantiza la incorporación en los presupuestos de vigencias posteriores a la de la asunción del compromiso, de los recursos necesarios para la ejecución de proyectos plurianuales y otros gastos especiales, que por su naturaleza requieren ejecutarse en más de una vigencia fiscal, dado que se consideran estratégicos y básicos para el cumplimiento de los objetivos y políticas de las entidades. 5.4.2.7.2 Marco legal La existencia de esta modalidad de autorizaciones se establece en los artículos 23 y 24 del EOP y en las disposiciones generales de la leyes anuales de presupuesto. La expedición de vigencias futuras, se reglamentó en la Resolución 11 de 1997 del Confis, en la cual se delega en el DGPN la autorización de asunción de obligaciones que afectan presupuestos de vigencias futuras. Adicionalmente, para las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) y para las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de aquellas, dedicadas a actividades no financieras, en el artículo 11 del Decreto 115 de 1996 y en la Resolución 03 de 1998 del Confis, se delega en las juntas directivas la autorización de asunción de obligaciones que afectan presupuestos de vigencias futuras con ingresos propios. 5.4.2.7.3 Clasificación, competencia y aprobación Ordinarias: Le compete al Confis su aprobación, el cual la delegó en la DGPN y en las juntas directivas de las EICE, como se explicó anteriormente. La característica principal de este tipo de vigencias futuras, es que para su otorgamiento se requiere que el respectivo proyecto o compromiso cuente con certificado de disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto de la vigencia en que se solicitan. Excepcionales: Única y exclusivamente las puede aprobar el Confis. Se utilizan para las obras de infraestructura, energía, comunicaciones, aeronáutica, defensa y seguridad, para la remuneración de los negocios de administración fiduciaria y para las garantías de las concesiones. La característica principal de este tipo de vigencias futuras, es que para su otorgamiento no se requiere que el respectivo proyecto o compromiso cuente con certificado de disponibilidad presupuestal con cargo al presupuesto de la vigencia en que

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Presupuestal Central

se solicitan, pudiendo imputarse el valor total del mismo a los presupuesto de los años siguientes a aquel en que se tramitan. 5.4.2.7.4. Trámite La solicitud del órgano respectivo debe ir acompañada de una justificación legal y económica, y deberá anexar: 1.

Proyección de los ingresos y gastos para el período que se va afectar.

2. Cuando el solicitante sea un establecimiento público, empresa industrial o comercial del Estado, sociedad de economía mixta u otra dependencia que en el presupuesto constituya una sección presupuestal, se requerirá concepto técnico económico del ministerio, departamento administrativo o unidad administrativa a la cual se encuentren adscritas o vinculadas. 3. Certificado de disponibilidad y certificación de inicio de los compromisos en la actual vigencia, si no corresponde a los casos excepcionales. 4.

Concepto del DNP cuando se afecten los gastos de inversión19. Clasificación

Tipo de gasto

I. Ordinarias

Su ejecución se inicia con presupuesto de la vigencia en curso

I. Excepciones

Su ejecución no compromete recursos de la vigencia en curso

Aprobación

Delegación

DGPN (Resolución 11 de 1997) Presupuesto General de la Nación - Empresas: lo que sugiere límites de la Resolución 03/98 G a s t o s d e personal, gastos generales, transferencias, operación, servicio , deuda, inversión .

Confis

Juntas directivas Resolución 03/98

Ninguno

Hasta un 10% del Ppto de funcionamiento de la vigencia. Plazo máximo a dos años para: mantenimiento, arrendamiento,seguros, servicios médicos y materiales y suministros.

Hasta un 20% de Ppto de gastos de operación comercial de la vigencia plazo máximo 3 años.

Obras de infraestructura, energia, comunicciones, aeronautica, defensa y seguridad, garantias a las concesiones. Confis

No hay

19 Aspectos Prácticos del Sistema Prasupuestal Colombiano.

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Limites

Ninguno

Requisitos Certificado de disponibilidad presupuestal Concepto -técnico económico del ministerio del ramo Concepto del DNP / inversión - justificación económica - información adicional que la DGNP requiera.

Certificado de disponibilidad presupuestal Justificación técnico económica Información adicional que la junta requiere.

Concepto técnicoeconómico Ministerio del ramo Concepto del DNP/Inversión Justificación adicional que la DGNP requiera

Contraloría General de la República

5.4.2.9 Las modificaciones presupuestales Las modificaciones presupuestales buscan adecuar el presupuesto a nuevas condiciones económicas, sociales y particulares presentadas durante la ejecución de los proyectos o de los gastos de funcionamiento, no previstas durante la etapa de programación presupuestal. En todos los casos en que se afecten los gastos de inversión, se requiere contar con el concepto previo y favorable del DNP para poder realizarlas.

Adiciones

Concepto Recursos Adcionales

Responsable Congreso

Norma Ley

Requisitos Fundamento legal certificado de disponibilidad justificación económica concepto DNP inversión

Reducciones y aplazamientos Concepto Apropiaciones no comprometidas

Responsable Gobierno Nacional

Norma Decreto

Requisitos Concepto consejo de ministros

Traslados

Concepto entre funcionamiento servicio de la deuda externa

Responsable Congreso

Norma Ley

Requisitos Concepto DNP - inversión, certificado de disponibilidad, justificación económica

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Manual

Presupuestal Central

Contribuciones

Concepto Distribuciones

Responsable Jefe órgano consejo directivo

Norma Resolución

Requisitos Concepto DNP - Inversión

Cambio de recurso ó fuente

Concepto Afectando los niveles rentísticos

Responsable Congreso

Norma Ley

Requisitos Concepto DNP - Inversión

Ajustes y autorizaciones

Concepto entre Ubicación de rubros

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Responsable Gobierno Minhacienda DGPN

Norma Decreto de liquidación

Requisitos Solicitud entidad - DNP

Contraloría General de la República

Los establecimientos públicos del orden nacional reportaran la información mensual relacionada con la ejecución presupuestal de ingresos a la CGR. Con el fin de dar cumplimiento oportunamente a la publicación del Informe Financiero de la CGR, a través del cual se hace seguimiento mensual a las finanzas del Gobierno Central Nacional, se hace necesario que los establecimientos públicos que no están en línea con el SIIF, deberán presentar trimestralmente la información solicitada diligenciando los formatos establecidos en el inciso 2o del artículo 64 de la Resolución 5993, dentro de los primeros quince (15) días hábiles del período a reportar de la vigencia en ejecución.

De conformidad con la Ley 42 de enero 26 de 1993 y la Resolución 05145 de octubre de 2000 de la CGR, son causales para efectos de la imposición de sanciones en materia de rendición de cuentas e informes, entre otras, las siguientes: no rendir las cuentas y/o los informes que se les exija o no lo hagan en la forma y oportunidad establecidos por la CGR o incurrir en forma reiterada en errores u omisiones en la presentación de las cuentas e informes.

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Capítulo VI

CAPÍTULO VI EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO Y SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA 6.1 Generalidades La programación, ejecución y modificaciones al presupuesto de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) y las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas (SEM), tienen como base lo establecido en la Constitución Nacional, el EOP, los Decretos 115 de 1996, 353 de 1998, 1786 de 2001 y las Resoluciones del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) números 03 de 1995, 011 de 1997, 12 de 1995, 03 de 1998. Las normas sobre la elaboración, conformación y aprobación de los presupuestos de las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de economía mixta del orden nacional dedicadas a actividades financieras, se encuentran reguladas por la Resolución 2416 de 1997 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Los detalles de la programación, ejecución y modificaciones presupuestales de las EICE y las SEM no financieras, se resumen a continuación:

6.1.1 Principios presupuestales aplicables a las EICE Los principios presupuestales aplicables a las EICE son la planificación, la anualidad, la universalidad, la unidad de caja, la programación integral y la homeostasis presupuestal definidos en los artículos 2 al 19 del Decreto 115 de 1996.

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6.1.2 Cobertura Empresas industriales y comerciales del Estado (EICE)

Con régimen de EICE

Sociedades de economía mixta sujetas al régimen de las EICE.

Nivel de vinculación por estatutos

Empresas de servicios públicos S.A. (ESP)

Capital estatal >=90%

Empresas Sociales del Estado (ESE)

Sociedades por acciones Aporte nacional>-90%

En los casos en los que concurren en una misma empresa recursos de la Nación y de una entidad territorial, corresponde el ejercicio de vigilancia y control fiscal a la contraloría del ente que tenga mayor nivel de participación “Cuando la magnitud de los recursos es idéntica, corresponde realizar control prevalente a la Contraloría General de la República”.

6.1.3 Estructura del presupuesto de ingresos Estructura del presupuesto de ingresos de las empresas industriales y comerciales del Estado. Disponibilidad inicial

Impuesto de ingresos

Ingresos corrientes

Recursos de capital

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Ingresos de explotación Aportes e impuestos Otros ingresos Crédito interno Crédito externo Rendimientos financieros Ventas de activos Aportes de Capital

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6.1.4 Estructura del presupuesto de gastos Funcionamiento

Gastos de personal Gastos generales Transferencias

Operación comercial Presupuesto de gastos Servicio de la deuda

Deuda interna Deuda externa

Inversión

Disponibilidad final = presupuesto de ingresos - presupuesto de gastos

6.1.5 Proceso de aprobación Las empresas enviarán a la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y al Departamento Nacional de Planeación el anteproyecto de presupuesto antes del 31 de diciembre de cada año. La responsabilidad de la desagregación del presupuesto de ingresos y gastos, conforme a las cuantías aprobadas por el Confis o quien éste delegue, será de los gerentes, presidentes o directores, quienes presentarán un informe de la desagregación a la junta o consejo directivo, para sus observaciones, modificaciones y refrendación mediante resolución o acuerdo, antes del 1 de febrero de cada año. Formulación del anteproyecto Envío al Ministerio de Hacienda y DNP

Concepto Ministerio Concepto DNP-Inversión

30 de octubre

Preparación proyecto de presupuesto Presentación proyecto al Confis Aprobación Confis

Hasta el 31 de diciembre

Expedición resolución Confis

Hasta el 31 de diciembre

Desagración Gerente o Director Referndación Junta Directiva Informe a Hacienda y DNP

1 de enero hasta el 30 de enero Hasta el 30 de enero

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6.1.6 Modificaciones presupuestales Las adiciones, traslados o reducciones que modifiquen el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación comercial, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobados por el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), o quien delegue. Para estos efectos se requiere del concepto del Ministerio respectivo. Para los gastos de inversión se requiere adicionalmente el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación. Modificaciones al presupuesto de las empresas industriales y comerciales del Estado Tipo

Adiciones

Reducciones

Translados

Recursos

Responsable

Requisitos

Ingresos diferentes a distribuciones del presupuesto nacional

Confie a su delegado

Certificado de disponibilidad concepto de ministerio concepto DNP - inversión

Distribución del presupuesto nacional

Junta Directiva

Enviar a Minhacienda

gastos

Confis o su delegado

Certificado de disponibilidad concepto de ministerio concepto DPN - inversión

Entre el funcionamiento operaciones comerciales servicio de la deuda

Confis o su delegado

Certificado de disponibilidad concepto de ministerio concepto DPN - inversión

Entre el funcionamiento operaciones comerciales servicio de la deuda

Junta Directiva

Enviar a MinHacienda

Ingresos

o

6.2 Seguimiento presupuestal 6.2.1 Informes de ejecución Los órganos que hacen parte del PGN, las EICE, las sociedades de economía mixta con régimen de EICE, las empresas de servicios públicos oficiales y las entidades territoriales, tienen el deber de enviar a la DGPN la información que se les solicite para el seguimiento y para el centro de información presupuestal. Así mismo, el DNP puede solicitar directamente la información que se requiera para evaluar la inversión pública y para realizar el control de resultados. La DGPN determina las normas y procedimientos que sobre suministro de información, registros presupuestales y sistematización deberán seguir los órganos del orden nacional. Es así como se establece que los jefes de dichos órganos deben enviar a la

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Contraloría General de la República

DGPN los informes correspondientes a la ejecución del presupuesto de ingresos y de gastos necesarios para la programación, ejecución y seguimiento del PGN.

6.2.2 Visitas e informes La DGPN puede efectuar las visitas que considere necesarias para determinar o verificar los mecanismos de programación y ejecución presupuestales que emplee cada órgano y establecer sus reales necesidades presupuestales.

6.2.3 Documentos de consulta entidades territoriales Respecto a la aplicación de la Ley 617 de 2000, por la cual, entre otras, se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional, existe la cartilla para su aplicación en las entidades territoriales

6.2.4 Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF) El SIIF es una herramienta modular automatizada que integra y estandariza el registro de la gestión financiera, propicia una mayor eficiencia en el uso de los recursos de la Nación y brinda información oportuna y confiable. Los módulos funcionales definidos en el sistema son: módulo de ingresos, módulo de egresos, módulo de PAC, módulo de Cuenta Única Nacional (CUN) y módulo de contabilidad. La estructura así diseñada permite reflejar la siguiente información: • En forma desagregada, la totalidad de transacciones con efectos económico financieros que se derivan de la gestión de los órganos conectados en línea con el SIIF, por lo cual la información se reflejará en tiempo real y concomitante con la operación realizada. • En forma agregada, la gestión financiera de los órganos que operan fuera de línea. • De manera actualizada, integral y simultánea, las instancias presupuestales y contables. • En forma secuencial, los registros para facilitar el seguimiento y control de las operaciones.

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Presupuestal Central

• Los clasificadores presupuestales y contables utilizados para registrar la gestión en el sistema con una estructura escalonada por niveles. La información registrada en el sistema tiene carácter oficial y es fuente válida para: • El desarrollo de los procesos operativos relacionados con la gestión de apropiaciones, la ejecución presupuestal de ingresos y de gastos, la aprobación y administración del Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC), la tramitación de las órdenes de pago para el abono en cuenta a través del sistema de CUN y la gestión contable. •

La presentación de informes de seguimiento presupuestal.

• La evaluación financiera de la inversión pública y el control de resultados que realicen las autoridades públicas. • La generación de información contable básica y la obtención de los estados contables requeridos por la Contaduría General de la Nación. •

La obtención de los informes requeridos por las entidades de control.

6.3 Excedentes financieros y utilidades Para garantizar la coherencia de las políticas fiscal y macroeconómica definidas por el Gobierno Nacional Central, las entidades del sector descentralizado deben cumplir con las directrices que en materia presupuestal, administrativa y financiera definan el Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), el Consejo Superior de Política Fiscal (Confis), el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación. Para tal efecto se hace necesario que los representantes de la Nación en las juntas directivas y en las asambleas de accionistas tengan conocimiento, entre otros aspectos, de los lineamientos sobre la liquidación y distribución de excedentes financieros y utilidades de las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta.

6.3.1 El cálculo de excedentes financieros y utilidades Se compone por excedentes financieros, utilidades, análisis de flujo de caja libre para el accionista y resultados

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6.3.1.1 Excedentes financieros Los excedentes financieros son el valor resultante de deducir al valor del patrimonio, el monto del capital social, el de las reservas legales y el del superávit por donaciones de la entidad, a 31 de diciembre del año analizado. 6.3.1.1.1 Calculo de excedentes financieros A los establecimientos públicos y a las empresas industriales y comerciales del Estado no societarias se les calculan los excedentes financieros con la siguiente metodología, definida para estos efectos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación:

Patrimonio - Capital social - Reserva legal - Superávit por donaciones = Excedentes financieros Dado que el excedente financiero así liquidado contienen cuentas del balance que no están representadas en el efectivo, tales como las valorizaciones, superávit y otras reservas, existe el riesgo de inducir descapitalizaciones en las entidades. Por lo anterior, se hace necesario incluir un análisis de la situación de liquidez de cada una de las entidades para determinar la disponibilidad de los recursos que se transferirían a la Nación. Para la elaboración del análisis de liquidez, se realiza un pronóstico de efectivo, el cual se basa en una proyección de los ingresos y de los gastos para la vigencia siguiente a la de corte de los Estados Financieros, en donde se incluyen, además, las cuentas por cobrar y por pagar de la empresa. El principal propósito de este análisis es establecer el monto de recursos que estarían disponibles para el accionista. A continuación se presenta la estructura del pronóstico de efectivo:

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6.3.1.1.2 Pronóstico de efectivo De este excedente, el 80% es factible de ser distribuido y el 20% restante debe ser asignado a la empresa. Concepto A. Recaudo Disponibilidad inicial Recaudos de la vigencia -Ingresos corrientes -Recursos de capital B. Pagos Pagos de la vigencia -Funcionamiento -Operación comercial -Servicio de la deuda -Inversión C. Efectivo disponible (A-B) D. Propuesta transferencia excedente Nación E. Diferencia (C-D)

6.3.1.2 Utilidades A las utilidades se considera como utilidad neta del ejercicio, el resultado de sumar los ingresos, tanto operacionales como no operacionales, y deducir todos los gastos de la entidad, las provisiones, depreciaciones y amortizaciones, la corrección monetaria y la provisión para el pago del impuesto de renta. Adicionalmente, para el cálculo de las utilidades netas a distribuir entre los socios, de las empresas industriales y comerciales del Estado societarias y de las sociedades de economía mixta, se toma como base la utilidad neta del ejercicio, se deducen las reservas y se adiciona la liberación de reservas de los ejercicios anteriores. 6.3.1.2.1 Cálculo de la utilidad a distribuir En el caso de las utilidades de las empresas industriales y comerciales del Estado societarias y de las sociedades de economía mixta, se realiza el cálculo de la siguiente forma:

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Utilidad neta del ejercicio -Reserva legal - Reserva estatutaria + Liberación de reservas de ejercicios anteriores = Utilidad neta a distribuir

Utilidad neta a distribuir *Participación directa de la nación en el capital = Utilidad de la Nación

Adicionalmente, para las empresas industriales y comerciales societarias y las sociedades de economía mixta, se analizan en conjunto las utilidades del ejercicio, los indicadores financieros y los ajustes por exposición a la inflación. Lo anterior, con el objeto de no afectar la capacidad financiera de las empresas en el corto plazo, ni obstaculizar sus planes de desarrollo en el mediano plazo.

6.3.1.3 Análisis de flujo de caja libre para el accionista y resultados Por otra parte, teniendo en cuenta que la política de dividendos adoptada por una empresa afecta el valor del negocio, y que la Nación es uno de los accionistas más importantes en las entidades analizadas, se estableció una metodología que conciliara las necesidades de liquidez de los socios y la maximización del valor de la empresa. De acuerdo con lo anterior, desde el año 2000, se incorporó al análisis el flujo de caja libre, que es una herramienta en donde se identifica la liquidez generada por la empresa para el accionista, una vez descontadas las reinversiones de capital y el efecto de la deuda. La desagregación del flujo de caja libre para el accionista se encuentra en el siguiente cuadro:

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Flujo de caja libre para el accionista19 + Utilidad antes de intereses e impuestos (EBIT) - Impuestos sobre la EBIT = Utilidad operativa neta después d impuestos (NOPAT) + Depreciaciones , amortizaciones y otros no desembolsables = Flujo de caja bruta - Inversiones en capital de trabajo - inversiones en activos fijos - Inversiones en otros activos = Inversión bruta = Flujo de caja libre (flujo de caja bruto - inversión bruta) + Aumento en pasivos - Servicio de la deuda (intereses + amortizaciones) +Ingresos no operacionales -Gastos no operacionales = Flujo de caja libre para el accionista

Los resultados obtenidos anteriormente, permiten realizar un diagnóstico de la situación de las empresas en términos operativos, de financiamiento y de rentabilidad. Con base en este diagnóstico, se evalúa la viabilidad de efectuar el pago de dividendos a la Nación y se hacen recomendaciones respecto al destino de los recursos que se reasignan al interior de las entidades, ya sea para capitalizarlas o para cubrir gastos de funcionamiento, servicio de la deuda o inversión, que se consideren prioritarios.

6.3.2 Papel de los representantes de la Nación en las empresas Los representantes de la Nación en las juntas directivas y asambleas de accionistas deben contribuir decisivamente para que las empresas descentralizadas lleven a cabo su gestión aplicando las políticas generales y sectoriales del Gobierno. Como ya se mencionó, los excedentes de las empresas industriales y comerciales del Estado no societarias y una porción de las utilidades de las empresas industriales y comerciales del Estado, societarias y de las sociedades de economía mixta, son propiedad de la Nación, y el Conpes es la instancia encargada de pronunciarse sobre su destinación. Por lo cual, los representantes de la Nación en las juntas de accionistas no deben aprobar decisiones sobre los excedentes y utilidades, que sean diferentes a lo establecido por la Ley y/o lo dispuesto por el Conpes. 19Aspectos Prácticos del Sistema Presupuestal Colombiano

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De la misma forma, al tomar decisiones respecto a la distribución de excedentes financieros y utilidades debe tenerse en cuenta que el Decreto 205 de 1997 prevé que: “Si en la fecha de celebración de la asamblea ordinaria de tales sociedades (Empresas industriales y comerciales del Estado societarias y sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas), el Consejo Nacional de Política Económica y Social no ha impartido las instrucciones de que trata el inciso anterior, las utilidades que correspondan por su participación a las entidades estatales nacionales, se registrarán en el patrimonio social como utilidades de ejercicios anteriores, hasta que el Conpes decida sobre el particular y luego de haber apropiado los recursos correspondientes a la reserva legal y estatutaria, si fuere del caso.

Cronograma de actividades de los excedentes financieros y utilidades En el siguiente cuadro se encuentra el cronograma de actividades relacionadas con la liquidación y distribución de excedentes financieros y utilidades de las empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta:

A ct i vidad/F echa

E ne

F eb

M ar

A br

M ay

Ju n

Ju l

A go

S ep

O ct

N ov

Cierre contable vigencia anterior Envío de Estados Financieros Liquidación y distribución de Excedentes y Utilidades (DNP – Minhacienda)

Documento CONPES aprobado – liquidación y distribución de excedentes y utilidades Consignación de excedentes y utilidades en la Dirección del Tesoro

Sujeto al pronunciamiento del CONPES

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Las entidades mencionadas en este documento, al cierre del ejercicio contable anual, deben enviar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación los siguientes Estados financieros y sus respectivas notas: -Balance general -Estado de actividad financiera, económica y social (estado de resultados o de ganancias o pérdidas)

-Estado de flujo de efectivo



-Estado de cambios en la situación financiera



-Estado de cambios en el patrimonio

• En el Estatuto Orgánico del Presupuesto se establece que las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta deben enviar al Departamento Nacional de Planeación y a la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda, los estados financieros definitivos, con corte a 31 de diciembre del año anterior, a más tardar el 31 de marzo de cada año. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a la imposición de multas, por parte de las Superintendencia a cuyo cargo esté lavigilancia de la correspondiente entidad, o en su defecto, por la Procuraduría General de la Nación. • Las empresas industriales y comerciales del Estado societarias y las sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas, deben enviar, a más tardar con un mes de antelación a la fecha de celebración de la respectiva asamblea, el proyecto de distribución de utilidades con base en estados financieros fidedignos con corte a 31 de diciembre del año precedente. Lo anterior, con el fin de que el Conpes pueda impartir instrucciones respecto a la destinación que debe dársele a las utilidades que le corresponden a las entidades estatales nacionales por su participación en éstas empresas o sociedades. • Así mismo, el proyecto de distribución de utilidades que envíen entidades que tengan más de un ejercicio contable debe corresponder al período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre y se debe remitir durante los dos primeros meses del año, con la misma anticipación prevista respecto a la fecha de celebración de la asamblea (un mes). Adicionalmente, los estados financieros mencionados deben estar aprobados por la junta u órgano directivo competente de la empresa.

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Contraloría General de la República

• Para el caso de las entidades públicas dedicadas a actividades financieras, dichos estados deben contar, además, con la aprobación de la Superintendencia Bancaria, por lo cual, si antes del plazo máximo establecido para su envío aún no tienen este visto bueno, se remitirá la información provisional indicando que tiene ese carácter. Posteriormente, una vez la Superintendencia Bancaria conceptuó acerca de los estados financieros, se acojan las recomendaciones de ésta y se realicen los ajustes respectivos, deberán volverse a remitir los estados financieros para hacer un cálculo definitivo de los excedentes o las utilidades, según corresponda. • Para la elaboración del pronóstico de efectivo, se toma como base el presupuesto vigente de la empresa, así como la ejecución presupuestal de los ingresos y gastos, que las entidades deben enviar mensualmente a este departamento y a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. • Los excedentes financieros del ejercicio fiscal anterior de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta con el régimen de aquellas, deberán ser consignados a nombre de la dirección del Tesoro Nacional, en la cuantía y fecha establecida por el Conpes. El incumplimiento de este plazo, genera intereses de mora a la tasa máxima legal, certificada por la Superintendencia Bancaria, liquidados sobre el saldo pendiente de la obligación.

6.4. Control del Presupuesto El Congreso de la República ejerce el control político sobre el presupuesto mediante los siguientes instrumentos: • Citación de los ministros del despacho a las sesiones plenarias o a las comisiones constitucionales. • Citación de los jefes de departamento administrativo a las comisiones constitucionales. • Examen de los informes que el Presidente de la República, los ministros del despacho y los jefes de departamento administrativo presenten a consideración de las cámaras. • Análisis que adelante la Cámara de Representantes para el cierre definitivo de la Cuenta General del Presupuesto y del Tesoro, que presenta el Contralor General de la República.

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Presupuestal Central

• Así mismo, existe el control fiscal, ejercido por la Contraloría General de la República sobre todos los sujetos presupuestales.

6.5. Responsabilidades de la gestión presupuestal Con respecto a la capacidad de contratación, ordenación del gasto y autonomía presupuestal, es necesario mencionar que los órganos que son una sección en el PGN, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cual hagan parte, y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección, lo que constituye la autonomía presupuestal a que se refieren la Constitución Política y la Ley. Estas facultades están en cabeza del jefe de cada órgano, quién puede delegarlas en funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces, y son ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el E.O.P. y en las disposiciones legales vigentes. En los mismos términos y condiciones, tienen estas capacidades las superintendencias, unidades administrativas especiales, las entidades territoriales, asambleas y concejos, las contralorías y personerías territoriales y todos los demás órganos estatales de cualquier nivel que tengan personería jurídica (artículo 110 del E.O.P.). De la mala administración del presupuesto público pueden derivarse responsabilidades penales, disciplinarias y fiscales. Las responsabilidades penales, en relación con el presupuesto, están establecidas en el Código Penal Colombiano, Títulos XIV y XV, denominado “Delitos contra la Administración Pública”. Así mismo, las responsabilidades disciplinarias se establecen en la Ley 734 de 2002 y las fiscales en el E.O.P. Son fiscalmente responsables: • Los ordenadores de gasto y cualquier otro funcionario que contraiga a nombre de los órganos oficiales obligaciones o pagos no autorizados en la Ley. • Los funcionarios de los órganos que contabilicen obligaciones contraídas contra expresa prohibición o emitan giros para el pago de las mismas. • El ordenador de gastos que solicite la constitución de reservas para el pago de obligaciones contraídas contra expresa prohibición legal. • Los pagadores y el auditor fiscal que efectúen y autoricen pagos, cuando con ellos se violen los preceptos consagrados en el Estatuto Orgánico de Presupuesto y en las demás normas que regulan la materia.

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Contraloría General de la República

• Los ordenadores y pagadores serán solidariamente responsables de los pagos que efectúen sin el lleno de los requisitos legales. Los representantes legales de las empresas de servicios públicos de carácter mixto, tendrían que presentar el acta de informe de gestión, cuando fuere el caso. En cuanto a los informes que presentan los gerentes de estas empresas a la asamblea de accionistas el mismo, podría considerarse como un insumo, en el evento en que exista separación de su cargo, o ser ratificado, Ahora bien, en materia de cumplimiento la Ley 951 de 2005, ordena en el artículo 14, que la Contraloría General de la República y los demás control en el ámbito de su competencia, vigilaran el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos a que se refiere la misma. Norma que se invoca como sustento jurídico de la Resolución Orgánica 5675 de 24 de junio de 2005.

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Capítulo VII

CAPÍTULO VII GENERALIDADES DEL CLASIFICADOR FUNCIONAL DEL GASTO La clasificación funcional del Presupuesto General de la Nación corresponde a los gastos clasificados de acuerdo a la finalidad y función a que se destinan en el presupuesto permiten determinar los objetivos generales de las políticas gubernamentales, mostrar la naturaleza de los servicios que las instituciones públicas brindan a la comunidad, y medir la función social de las mismas como parte de la Administración Pública Nacional, brindando elementos adicionales que permiten un análisis más profundo del presupuesto y de la política de gasto público en general21.

7.1 Esquema de clasificación funcional 01 Función pública general 0101 Órganos legislativo y ejecutivo, asuntos financieros y fiscales, asuntos externos.

010101 Órgano legislativo



010102 Órgano ejecutivo



010103 Asuntos fiscales y financieros



010104 Apoyo y regulación de la función pública



010105 Relaciones exteriores e internacionales



010106 Órganos de control

0102 Asuntos externos

010201 Asistencia económica a otros países

21 Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de presupuesto Público Nacional, actualizado al 2008.

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Manual



010202 Aportes a organismos internacionales

0103 Función pública

010301 Recursos humanos



010302 Servicios de planificación y estadística

0104 Transferencias a otros niveles de la administración

010401 Transferencias a otros niveles de la administración

0105 Programas institucionales de apoyo a la descentralización

010501 Apoyo institucional a la descentralización

0106 Investigación básica

010601 Investigación básica

0107 Investigación aplicada a la función pública

010701 Investigación aplicada a la función pública

0108 Actividades de función pública n.c.a

010801 Actividades de función pública n.c.a

02 Actividades y servicios de la defensa nacional 0201 Defensa Nacional

020101 Defensa nacional

0202 Investigación aplicada a la defensa nacional

020201 Investigación aplicada a la defensa nacional

0203 Otras actividades de la defensa nacional n.c.a

020301 Otras actividades de la defensa nacional n.c.a

03 Actividades de orden público y seguridad ciudadana 0301 Servicios de policía y protección ciudadana

92

030101 Servicios de policía y protección ciudadana

Presupuestal Central

Contraloría General de la República

0302 Administración de la justicia

030201 Administración de la justicia

0303 Administración y gestión de establecimientos penitenciarios

030301 Administración y gestión de establecimientos penitenciarios

0304 Investigación aplicada al orden público y la seguridad

030401 Investigación aplicada al orden público y la seguridad

0305 Actividades de orden público y seguridad n.c.a.

030501 Actividades de orden público y seguridad n.c.a.

04 Fomento y regulación del desarrollo económico 0401 Fomento y regulación del desarrollo económico general

040101 Fomento y regulación del desarrollo económico general



040102 Fomento y regulación de agricultura, ganadería, caza y pesca



040103 Fomento y regulación de bosques



040104 Fomento y regulación en energía y combustibles



040105 Fomento y regulación de la minería no energética



040106 Fomento y regulación de la industria y construcción



040107 Fomento y regulación del transporte



040108 Fomento y regulación de las comunicaciones



040109 Fomento y regulación del sector financiero



040110 Fomento y regulación del comercio



040111 Fomento y regulación de turismo, hotelería y restaurantes



040112 Fomento y regulación de otras actividades n.c.a.

0402 Investigación para el fomento y la regulación del desarrollo económico 040201 Investigación para el fomento y la regulación del desarrollo económico general

93

Manual

Presupuestal Central

040202 Investigación para el fomento y la regulación de la agricultura, ganadería, Caza, pesca y bosques

040203 Investigación para la regulación de la energía y los combustibles



040204 Investigación para el fomento y la regulación de minería no energética.



040205 Investigación para el fomento y regulación de la industria y construcción



040206 Investigación para el fomento y regulación del transporte



040207 Investigación para el fomento y regulación de las comunicaciones



040208 Investigación para el fomento y regulación del sector financiero



040209 Investigación para el fomento y regulación de otras a c t i v i d a d es econó m i c a s .

0403 Asuntos de fomento y regulación del desarrollo económico n.c.a

040301 Asuntos de apoyo y regulación del desarrollo económico n.c.a.

05 Infraestructura básica, producción y prestación de servicios 0501 Infraestructura y producción agropecuaria, bosques, caza y pesca

050101 Infraestructura y producción agropecuaria



050102 Infraestructura y producción para bosques



050103 Infraestructura y producción para actividades de caza y pesca



050104 Infraestructura para proyectos múltiples de agricultura, ganadería, bosques, caza y pesca.

0502 Infraestructura, producción y distribución de combustibles

94



050201 Infraestructura y producción de carbón y otros combustibles minerales sólidos



050202 Infraestructura y producción de petróleo y gas natural



050203 Infraestructura y transporte de combustibles por ductos



050204 Infraestructura, producción y distribución de combustibles no convencionales

Contraloría General de la República

0503 Infraestructura y actividades de generación y distribución de energía8

050301 Infraestructura y generación de energía eléctrica



050302 Infraestructura y actividades de transmisión y distribución de e n e r g í a e l é c t r i c a .



050303 Infraestructura y actividades de producción y distribución de energías no convencionales



0504 Infraestructura y producción en minería no energética, industria y construcción

050401 Infraestructura y producción en minería no energética



050402 Infraestructura y producción industrial



050403 Construcción

0505 Infraestructura y servicios de transporte

050501 Infraestructura y servicios de transporte terrestre



050502 Infraestructura y servicios de transporte fluvial y marítimo



050503 Infraestructura y servicios de transporte aéreo



050504 Infraestructura y servicios de otros tipos de transporte

0506 Infraestructura y servicios de comunicación

050601 Infraestructura y servicios de comunicación por medios masivos



050602 Infraestructura y servicios de telefonía y transmisión de datos

0507 Infraestructura y servicios del sector financiero

050701 Infraestructura y servicios del sector financiero

0508 Infraestructura y servicios en otras actividades económicas

050801 Infraestructura y servicios de comercio y bodegaje



050802 Infraestructura y servicios de turismo, hotelería y restaurantes



050803 Infraestructura y servicios en otras actividades económicas n.c.a

0509 Investigación para la infraestructura básica y la producción o prestación de servicios económicos

95

Manual

Presupuestal Central



050901 Investigación para la infraestructura y la producción en agricultura, ganadería, bosques, caza y pesca



050902 Investigación para la infraestructura, la producción y distribución de combustibles



050903 Investigación para la infraestructura, la producción, la transmisión y la distribución de energía



050904 Investigación para la infraestructura y la producción en minería no energética, industria y construcción



050905 Investigación para infraestructura y los servicios de transporte



050906 Investigación para la infraestructura de las comunicaciones



050907 Investigación para la prestación de servicios financieros



050908 Investigación para la producción y prestación de servicios n.c.a

0510 Asuntos de infraestructura, producción y prestación de servicios n.c.a

051001 Asuntos de infraestructura, minería y energía no especificados

06 Medio ambiente 0601 Control de la contaminación

060101 Control de contaminación del aire



060102 Control de contaminación del agua



060103 Control de la contaminación del suelo



060104 Disposición de desechos sólidos

0602 Manejo de aguas

060201 Manejo de aguas

0603 Protección de la biodiversividad

060301 Protección de la biodiversividad

0604 Fomento y regulación del medio ambiente

96

060401 Fomento y regulación del medio ambiente

Contraloría General de la República



060401 Fomento y regulación del medio ambiente

0605 Investigación en medio ambiente

060501 Investigación en medio ambiente

0606 Medio ambiente n.c.a.

060601 Medio ambiente n.c.a.

07 Vivienda y espacio público 0701 Regulación de vivienda y espacio público

070101 Regulación de usos del suelo y mejoramiento del espacio público



070102 Regulación de vivienda, desarrollo urbano y servicios complementarios



070103 Regulación de acueductos y alcantarillados

0702 Construcción y provisión de vivienda y servicios complementarios

070201 Construcción de viviendas



070202 Construcción de proyectos de desarrollo urbano



070203 Construcción de acueductos y alcantarillados

0703 Investigación en vivienda, usos del suelo, espacio público, acueductos y alcan tarillados y desarrollo urbano

070301 Investigación en vivienda, usos del suelo, espacio público, acueductos y alcantarillados y desarrollo urbano

0704 Vivienda y espacio público n.c.a.

070401 Vivienda y espacio público n.c.a.

08 Salud 0801 Producción o adquisición de productos y equipos médicos

080101 Producción o adquisición de productos y equipos médicos

0802 Contratación o prestación de servicios de salud

080201 Contratación o prestación de servicios ambulatorios

97

Manual

Presupuestal Central



080202 Contratación o prestación de servicios hospitalarios



080203 Promoción, prevención y cuidado de la salud pública



080204 Contratación o prestación de servicios de salud no discriminados por tipo de servicio

0803 Fomento, coordinación y regulación de los servicios de salud

080301 Fomento y regulación de los servicios de salud

0804 Investigación en salud

080401 Investigación en salud

0805 Actividades de salud n.c.a.

09 Recreación, deporte, cultura y comunicación 0901 Recreación y deporte

090101 Fomento y regulación de la recreación y el deporte



090102 Servicios de recreación y el deporte

0902 Cultura

090201 Fomento y regulación de actividades culturales



090202 Servicios culturales

0903 Comunicación por medios masivos de comunicación

090301 Fomento de la comunicación por medios masivos y regulación de con tenidos



090302 Producción y emisión por medios masivos de comunicación

0904 Investigación en recreación, deportes, cultura y comunicación

090401 Investigación en recreación, deportes, cultura y comunicación

0905 Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación n.c.a.

98

090501 Recreación, deporte, cultura y comunicación n.c.a.

Contraloría General de la República

10 Educación 1001 Contratación y prestación de servicios de Educación preescolar, media

100101 Educación preescolar



100102 Educación básica



100103 Educación media



100104 Educación media técnica y vocacional

básica y

1002 Contratación y prestación de servicios de educación superior

100201 Formación universitaria de pregrado y postgrado



100202 Formación postsecundaria técnica y tecnológica

1003 Contratación y prestación de servicios de capacitación para el trabajo

100301 Contratación y prestación de servicios de capacitación para el trabajo

1004 Contratación y prestación de servicios educativos no definidos por nivel

100401 Servicios educativos no definidos por nivel

1005 Contratación y prestación de servicios complementarios de la educación

100501 Contratación y prestación de servicios complementarios de la educación

1006 Fomento, coordinación y regulación de la educación

100601 Fomento, coordinación y regulación de la educación

1007 Investigación sobre la educación

100701 Investigación sobre la educación

1008 Actividades y servicios de la educación n.c.a.

100801 Actividades y servicios de la educación n.c.a.

11 Protección social 1101 Atención de invalidez y limitaciones físicas y mentales

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Manual

Presupuestal Central

1102 Atención de ancianos

110201 Atención de ancianos

1103 Atención de la familia, la niñez, la adolescencia y la juventud

110301 Atención a la familia



110302 Atención a la niñez y la adolescencia



110303 Atención de la juventud

1104 Protección y atención de desempleados

110401 Protección y atención de desempleados

1105 Protección y atención de grupos étnicos

110501 Protección y atención de grupos étnicos

1106 Atención a la población socialmente vulnerable o excluida n.c.a.

110601 Atención a la población socialmente vulnerable o excluida n.c.a.

1107 Prevención y atención de desastres

110701 Prevención de desastres



110702 Atención de desastres

1108 Servicios de bomberos20

110801 Servicios de bomberos

1109 Subsidios a las familias.

110901 Subsidios de vivienda



110902 Subsidios por servicios públicos domiciliarios



110909 Otros Subsidios

1110 Pensiones

111001 Pensiones

1111 Cesantías

100

111101 Cesantías

Contraloría General de la República

1112 Investigación en protección social

111201 Investigación en protección social

1113 Actividades de protección social n.c.a

111301 Actividades de protección social n.c.a.

12. Actividades públicas que no corresponden a funciones 1201 Transferencias al nivel nacional

120101 Transferencias al nivel nacional



120102 Transferencias al Tesoro

1202 Transacciones de la deuda pública

120201 Pago de intereses



120202 Amortizaciones

1203Impuestos y multas

120301 Impuestos y multas

1204 Otras actividades que no corresponden a funciones n.c.a.

120401 Otras actividades que no corresponden a funciones n.c.a

1205 Previo concepto

120501 Previo concepto DNP, DGPN

7.2 Manual de definiciones 01 Función Pública General Corresponde a las acciones inherentes al Estado destinadas al cumplimiento de funciones: legislativas, ejecutiva, asuntos externos, administración fiscal, control de la gestión pública, información estadística básica, la investigación aplicada a la función pública y actividades de función pública no clasificadas en otras categorías.

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Manual

Presupuestal Central

0101 Órganos legislativo y ejecutivo, asuntos financieros y fiscales, asuntos externos 010101 Órgano legislativo

Senado de la República y Cámara de Representantes: se incluye el personal asesor administrativo y político adjunto a dichas oficinas y órganos legislativos; bibliotecas y otros servicios de consulta que se hallan principalmente al servicio de órganos legislativos; elementos materiales a disposición del Congreso (Cámara y Senado). Se incluyen, los comités permanentes o ad hoc creados por el Congreso o en su nombre. 010102 Órgano ejecutivo

Oficina del jefe del ejecutivo en todos los niveles del gobierno: Dirección superior de la Presidencia de la República. Se incluye el personal asesor administrativo y político adjunto a dichas oficinas; bibliotecas y otros servicios de consulta que se hallan principalmente al servicio de la presidencia de la República; elementos materiales a disposición del Presidente de la República. Se incluyen, asimismo, las comisiones y comités permanentes o ad hoc creados por el jefe ejecutivo. Las secretarías de la Presidencia de la República que tienen una función concreta como ayudas educativas, políticas de reinserción de relaciones exteriores política cultural, etc. deben ser clasificados atendiendo a la función respectiva. Incluye Acción Social. 010103 Asuntos fiscales y financieros

Actividades de control a la gestión fiscal del Estado: se incluyen la revisión, coordinación, conciliación y control de los presupuestos oficiales, servicios de contabilidad del presupuesto y de revisión y fenecimiento de cuentas. Se incluyen los servicios de información pública y de estadística y otros servicios generales prestados por la Contraloría General de la República. También se incluye el Ministerio de Hacienda entre otros. 010104 Apoyo y regulación de la función pública

Actividades de formulación y control de la gestión institucional del gobierno. 010105 Relaciones exteriores e internacionales

Administración y gestión del ministerio de relaciones exteriores y de las misiones diplomáticas y consulares destacadas en el extranjero o en oficinas de organizaciones internacionales. Administración, gestión y apoyo de los servicios informativos designado a la distribución fuera de las fronteras nacionales.

102

Contraloría General de la República

Se incluyen la gestión bibliotecas salas de lectura y servicios de consulta situados en el extranjero. Se incluyen, los servicios administrativos de apoyo a la investigación sobre política exterior. Las suscripciones ordinarias y las contribuciones para solventar los gastos generales de las operaciones de las organizaciones internacionales se clasifican en ese subgrupo. Clasificados en otra parte de este grupo principal figuran la ayuda económica a otros países, las misiones de ayuda económica acreditadas ante gobiernos extranjeros y las contribuciones a los programas de ayuda administrados por organizaciones internacionales y regionales. Además se incluyen Ministerio de Relaciones Exteriores, Fondo del Ministerio de Relaciones Exteriores. 010106 Órganos de control

Se incluyen los gastos asociados a los órganos de control diferentes a los asuntos fiscales y financieros. Se hace referencia principalmente a las actividades de la Procuraduría General de la Nación o Ministerio Público, Contraloría General y Defensoría del Pueblo.

0102 Asuntos externos 010201 Asistencia económica a otros países

Establecimientos que administran la asistencia de carácter no militar a otros países. Misiones de asistencia económica acreditadas ante gobiernos extranjeros. Donaciones en efectivo o en especie. Préstamos, sea cual fuere el tipo de interés. Asignación o apoyo de asistencia técnica y capacitación, incluida la concesión de becas de estudio o perfeccionamiento. 010202 Aportes a organismos internacionales

Establecimientos que administran la asistencia de carácter no militar a organismos internacionales. Misiones de asistencia económica acreditadas ante las mismas. Donaciones en efectivo o en especie. Préstamos, sea cual fuere el tipo de interés. Asignación o apoyo de asistencia técnica y capacitación. Contribuciones a los fondos de desarrollo económico administrados por organizaciones internacionales o regionales. Incluye aportes a organismos internacionales.

0103 Función pública 010301 Recursos humanos

Administración y gestión de los servicios del personal al servicio del Estado. Elaboración y aplicación de políticas y procedimientos generales de personal referente a

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Manual

Presupuestal Central

la selección y los ascensos, Escalafón, descripción de funciones, evaluación y en general administración de la función pública y actividades análogas. Incluye el Ministerio del Interior y de Justicia, comisión Nacional del Servicio civil y la Función Pública, entre otros. 010302 Servicios de planificación y estadística

Administración y gestión de los servicios generales de planificación económica y social. Servicios de planificación no vinculados a una función específica y desempeñada generalmente por el Departamento Administrativo de Planeación Nacional. Administración y gestión de los servicios generales de estadística. Servicios de estadística no vinculados a una función específica y no vinculado por el Departamento Nacional de Estadística. Las oficinas centrales de este departamento reúnen y analizan las estadísticas relativas a muchas esferas, formulan las políticas estadísticas generales y coordinan, asesoran y prestan asistencia a las dependencias de programas estadísticos asignadas a una función específica. También incluye el DANE, Departamento Nacional de Planeación, Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Registraduría Nacional y Superintendencia de Notariado y Registro.

0104 Transferencias a otros niveles de la administración 010401 Transferencias a otros niveles de la administración

Las transferencias deben ser ubicadas en la función que corresponda de acuerdo a su destino final. En caso que no puedan ubicarse se colocan en esta categoría. Incluye transferencias por concepto de IVA, cruce de cuentas, prestamos a entidades descentralizadas.

0105 Programas institucionales de apoyo a la descentralización 010501 Apoyo institucional a la descentralización

Gastos del gobierno nacional central destinados hacia la gestión y apoyo del proceso de descentralización en sus diferentes expresiones del orden de lo territorial. Administración de los recursos destinados para tal fin. Incluye Fondo Nacional de Regalías.

0106 Investigación básica

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Contraloría General de la República

010601 Investigación básica

Se entiende por investigación básica toda actividad dirigida al aumento de los conocimientos científicos o al descubrimiento de nuevas esferas de la investigación sin objetivos prácticos específicos. La investigación aplicada tiene también el objeto de aumentar los conocimientos, pero se emprende con un objetivo práctico concreto. En general, la investigación aplicada se clasifica en la función con la que está relacionado su objetivo. Incluye Colciencias.

0107 Investigación aplicada a la función pública 010701 Investigación aplicada a la función pública

Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., que administran o ejecutan actividades gubernamentales en la esfera de la investigación aplicada al mejoramiento de procesos administrativos dentro la función pública general del Estado. Provisión de recursos financieros para estas investigaciones.

0108 Actividades de la función pública n.c.a. 010801 Actividades de la función pública n.c.a.

Asuntos de la función pública general del Estado que no clasifican en ninguna de las anteriores categorías.

02 Actividades y servicios de la Defensa Nacional Acciones inherentes a la defensa nacional, al mantenimiento del orden público nacional en las fronteras, costas y espacio aéreo .

0201 Defensa nacional 020101 Defensa nacional

Administración general, supervisión y gestión de los asuntos y de las fuerzas de la defensa militar: fuerzas de defensa de tierra, mar, y aire; ingeniería, transportes, comunicación información, materiales, personal y otras fuerzas y mandos no combatientes; fuerzas de reserva y auxiliares vinculadas al sistema de la defensa. Abastecimiento de equipo, estructuras militares, etc. Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

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Manual

Presupuestal Central

Oficinas de los agregados militares destacados en el extranjero, salvo las misiones de ayuda militar. La administración y la gestión de las escuelas y academias militares cuyos planes de estudios son análogos a las de las instituciones civiles. se clasifican en los subgrupos correspondientes del grupo principal 10, aun cuando la asistencia a ellas esté limitada al personal militar y sus familias. La administración y gestión de hospitales de base que se clasifican en la cuenta pertinente del grupo 08, pero los hospitales de campaña se incluyen aquí. Los planes de pensiones para el personal se clasifican en el grupo 1108. Incluye todo el Sector Defensa, Agencia Logística de las FF MM y casas Fiscales del Ejército.

0202 Investigación aplicada a la defensa nacional 020201 Investigación aplicada a la defensa nacional

Administración y apoyo de la investigación y el desarrollo experimental relacionados con las fuerzas armadas y la defensa civil. Investigaciones para el desarrollo de equipo nuevo y mejorado, el perfeccionamiento de la táctica y la estrategia, la utilización del espacio y las profundidades marinas para la defensa y otros tipos de investigación y desarrollo experimental relacionados con la defensa. La investigación fundamental se clasifica en la cuenta pertinente 0105. Incluye Proyectos Orientados a la Investigación en el Área de Defensa Nacional.

0203 Otras actividades de defensa nacional n.c.a. 020301 Otras actividades de defensa nacional n.c.a.

Asuntos de la defensa nacional que no clasifican en ninguna de las anteriores categorías.

03 Actividades de orden público y seguridad Acciones al mantenimiento del orden público interno y protección ciudadana.

0301 Servicios de Policía y protección ciudadana 030101 Servicios de Policía y protección ciudadana

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Contraloría General de la República

Establecimientos administrativos que dirigen, administran y supervisan a las fuerzas y los servicios de policía. Incluye protección ciudadana, patrullaje e investigaciones policiales. Fuerzas regulares y auxiliares de policía sostenidas por las autoridades públicas y otras fuerzas especiales de policía. Los servicios de policía incluyen la regulación del tráfico, el registro de extranjeros, la gestión de los laboratorios policíacos y el manejo de registro de detenciones y de las estadísticas relativas a la labor policial. El suministro de equipo y materiales para el servicio de policía, incluso vehículos, aeronaves y navíos. Se incluye el adiestramiento de personal de policías, pero las academias de policías que incluyen una enseñanza además de adiestramiento policial se clasifican en la cuenta pertinente del grupo principal. Se incluye los servicios policiales, Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, Fondo Rotatorio de la Policía Nacional y Dirección Nacional de Estupefacientes.

0302 Administración de la Justicia 030201 Administración de la justicia

La administración y gestión de los tribunales de justicia civil y penal del sistema judicial, incluso la representación y el asesoramiento jurídicos en nombre del gobierno o de otros cuando los suministra el gobierno mediante el pago en efectivo o la prestación de servicios. Los funcionarios judiciales encargados de la ejecución de multas o de arreglos jurídicos impuestos por los tribunales. Se incluyen la administración y la gestión de los servicios de libertad vigilada y libertad condicional. La administración de prisiones se clasifica en el subgrupo 0303. Los tribunales administrativos se clasifican según su función. Además incluye Rama Judicial, Ministerio de Justicia, Fiscalía, Instituto Nacional de Medicina Legal, Fondo de Seguridad de la Rama Judicial y del Ministerio Público.

0303 Administración y gestión de establecimientos penitenciarios 030301 Administración y gestión de establecimientos penitenciarios

Administración y gestión de establecimientos penitenciarios y otros establecimientos destinados a la detención y rehabilitación de los delincuentes. Granjas y talleres correccionales, reformatorios, establecimientos para jóvenes delincuentes y manicomios para delincuentes alienados. Incluye el INPEC sede central y establecimientos de reclusión.

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Presupuestal Central

0304 Investigación aplicada al orden público y la seguridad 030401 Investigación aplicada al orden público y la seguridad

Gestión y apoyo administrativo y financiero a los procesos de investigación aplicados a los diferentes aspectos componentes del orden público y la seguridad, incluidas las investigaciones en este sentido realizadas por el DAS. No se incluyen las investigaciones de carácter criminal o judicial conducentes a la aplicación de la justicia.

0305 Actividades de orden público y seguridad n.c.a. 030501 Actividades de orden público y seguridad n.c.a.

Administración y apoyo de las actividades de orden público y seguridad que no pueden asignarse a ninguno de los grupos anteriores, incluidas la investigación aplicada y el desarrollo experimental de relaciones entre los métodos policiales, la administración de prisiones y cárceles y las prácticas de los tribunales de justicia, también se incluyen la administración, la reglamentación y el apoyo en general de las actividades de fomento del orden público y la seguridad, la formulación de una política general a este respecto y la difusión de información al público. Incluye Programas para la convivencia y seguridad ciudadana.

04 Fomento y regulación del desarrollo económico Gasto dedicadas a la administración y gestión del desarrollo económico a través de la formulación y promoción de políticas públicas.

0401 Fomento y regulación del desarrollo económico general 040101 Fomento y regulación del desarrollo económico general

Administración y gestión del desarrollo económico a través de la formulación y promoción de políticas públicas dirigidas hacia el desarrollo económico, industrial, comercial y financiero. Operación y soporte administrativo y financiero de las entidades dedicadas a esta labor. Incluye Ministerio de Minas, Ministerio de Comercio y Dansocial.

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040102 Fomento y regulación de agricultura, ganadería, caza y pesca

Fomento y regulación de actividades y servicios relacionados con la producción y conservación de tierras agrícolas, incluidas su bonificación y expansión. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., que realizan tareas para conservar, bonificar y ampliar las tierras cultivables. Esas tareas, por lo general, entrañan trabajos físicos como el desbroce, la instalación de sistemas de avenamiento y de riego, la reducción de la sanidad y otros análogos. Fomento y regulación de actividades y servicios relacionados con la producción ganadera y conservación de tierras aptas para el pastoreo, incluidas su conservación y expansión productiva. Administración de asuntos y servicios concernientes a la estabilización o mejora de los precios e ingresos para los agricultores y ganaderos. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., que administran o proporcionan otras formas de apoyo, por ejemplo, subvenciones, en virtud de planes de sostén de los precios, de comercialización o de restricción o estímulo de la producción de determinados cultivos. Fomento y regulación de actividades y servicios de la caza y pesca comerciales o deportivas. Actividades relacionadas con a la caza de animales salvajes y a la propagación, protección y preservación de la fauna; y actividades de pesca en agua dulce, oceánica y costera, incluidas las granjas ictiológicas. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., encargadas de la gestión explotación, y Fomento de reservas de caza, servicios de extensión, actividades de repoblación, selección, etc.; gestión explotación, viveros de peces, servicios de extensión, actividades de repoblación, selección, etc. Los gastos las reservas de caza y pesca administrados en régimen de empresas públicas se excluyen de la clasificación, pero se incluye el apoyo del gobierno a esas organizaciones. Dependencias de programas que se ocupan de preparar reglamentaciones y vigilar su cumplimiento, incluida la concesión de licencias de caza y pesca. Incluye Inconder, ICA, UNAT y Ministerio de Agricultura. 040103 Fomento y regulación en bosques

Fomento y regulación de los asuntos y servicios forestales, incluidas la reglamentación de las operaciones forestales y la concesión de licencias para la tala de árboles. Gestión, funcionamiento o apoyo sobre el terreno relativo a la reforestación, la prevención de plagas y enfermedades y los servicios de prevención y lucha contra los incendios de bosques.

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Manual

Presupuestal Central

Gastos en forma de préstamos, donaciones o subvenciones relacionados con operaciones forestales comerciales y con la explotación de productos forestales además de la madera. Incluye Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrollo Territorial. 040104 Fomento y regulación en energía y combustibles

Fomento y regulación de actividades relacionadas con el carbón, petróleo y gas natural. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que formulan y administran reglamentaciones sobre la explotación o conservación de esos recursos y dependencias encargadas de su aprovechamiento En el caso del carbón actividades se refieren al carbón de todas las calidades, al lignito y la turba, independientemente del método de extracción o beneficio, e incluyen su conversión en otras formas de combustible como el coque. En cuanto al gas natural y petróleo incluye los gases licuados del petróleo y los gases de refinerías y el petróleo de pozos u otras fuentes como esquistos y arenas bituminosas. También abarca asuntos relacionados con la distribución urbana de gas., independientemente de su composición, pero las oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., que se ocupan de asuntos relativos al transporte del petróleo o gas, a la formulación y vigilancia del cumplimiento de reglamentaciones relativas a la explotación o la conservación, y dependencias que se ocupan de la prospección y el aprovechamiento de recursos o de su extracción, elaboración o distribución. Dependencias de programas que se ocupan de preparar y difundir información y de compilar estadísticas sobre los recursos de petróleo y gas natural, su producción y su utilización. Fomento y regulación de asuntos y servicios que conciernen a combustibles como el alcohol, la madera y sus desechos, el bagazo y otros combustibles “no comerciales”. Oficinas, direcciones y dependencias de programas encargadas de administrar o sostener actividades encaminadas a racionalizar el uso de esos materiales para la producción de energía, incluso la investigación aplicada y el desarrollo experimental. Dependencias de programas encargadas de preparar o difundir información y de compilar estadísticas sobre la disponibilidad, producción o utilización de esos combustibles. Administración de asuntos de oleoductos y gasoductos. Administración de asuntos de oleoductos y gasoductos. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que planifican, y diseñan, oleoductos o gasoductos y estructuras conexas tales como estaciones de bombeo, etc., o que supervisan, autorizan mediante licencia o reglamentan esas obras. Fomento y regulación de la generación eléctrica.

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Contraloría General de la República

Formulación de reglamentos y vigilancia de su cumplimiento. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., encargadas de estos asuntos de Fomento y regulación. Fomento y regulación de la transmisión y distribución de la energía eléctrica. Formulación de reglamentos y vigilancia de su cumplimiento. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., encargadas de estos asuntos de Fomento y regulación. Fomento y regulación en fuentes de energía no eléctrica tal como sucede con la energía eólica y solar. Oficinas y dependencias encargadas de esta actividad. Incluye Agencia Nacional de Hidrocarburos, Upme y Ministerio de Minas. 040105 Fomento y regulación de la minería

Fomento y regulación de asuntos y servicios de minería y recursos minerales, excepto los asuntos y servicios de los combustibles clasificados en el grupo 0403. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, entre otros, encargadas de la prospección, explotación, conservación, comercialización y otros aspectos de la producción de minerales. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, entre otros, que formulan y administran reglamentaciones sobre prospección y minería, conceden y supervisan licencias y arriendos, reglamentan las tasas de producción, inspeccionan a las minas para verificar el cumplimiento de los reglamentos de seguridad, entre otros. 040106 Fomento y regulación de la industria y construcción

Fomento y regulación de asuntos y servicios de desarrollo industrial. Oficinas, direcciones y dependencias de programas encargados de formular y administrar políticas de fomento, administración y reglamentaciones sobre el establecimiento y el funcionamiento de actividades destinadas a desarrollar, ampliar y mejorar en general la situación de las industrias mediante préstamos o donaciones, subvenciones a la producción o a los insumos, reintegros tributarios o asistencia de otras formas. Dependencias de programas que formulan y administran reglamentaciones sobre el establecimiento y el funcionamiento de plantas fabriles, inspeccionar las plantas para verificar el cumplimiento de los reglamentos de seguridad y ejercicio de otros tipos de control. Fomento y regulación de los asuntos y servicios de la construcción. Oficinas, direcciones y dependencias de programas que se ocupan principalmente de la formulación y administración de reglamentos sobre normas de edificación, la concesión de certificados de habilitación, la vigilancia del cumplimiento de los reglamentos de seguridad en las obras de construcción, entre otros.

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040107 Fomento y regulación del transporte

Fomento y regulación de actividades y servicios de transporte por caminos y carreteras excepto la construcción. Incluyen los sistemas públicos de transporte (pasajeros y carga) por carretera, oficinas que formulan y administran reglamentaciones sobre la utilización de carreteras, por ejemplo, la concesión de licencias para vehículos y conductores, la inspección de la seguridad de los vehículos, especificaciones de tamaño y carga, reglamentaciones de las horas de trabajo de los conductores de camiones, oficinas que reglamentan la explotación de los sistemas públicos de transporte por carretera, incluidas las concesiones de franquicias, la aprobación de tarifas de pasajeros y de carga, las horas y frecuencia de los servicios. En general se considera que el control del tráfico es una función policial y está clasificada en la cuenta 0301. La reglamentación y vigilancia de la contaminación debida a los vehículos automotores se clasifica en la cuenta 060101. Fomento y regulación de actividades y servicios de sistemas ferroviarios, excepto la construcción. Se refiere a los servicios de las grandes líneas ferroviarias y de los servicios interurbanos, servicios de tránsito urbano rápido y tranvías. Oficinas, direcciones y dependencias de programas que formulan y administran reglamentaciones sobre las operaciones ferroviarias, incluyendo las condiciones de material rodante, estabilidad de las vías, frecuencia de los servicios, seguridad de los pasajeros y de la carga. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que explotan servicios ferroviarios públicos distintos de las empresas o que brindan Fomento en forma de préstamos, donaciones o subvenciones a las explotaciones para adquirir el material rodante o para su conservación y mantenimiento, oficinas que conceden franquicias, reglamentan tarifas de pasajeros y de carga y prestan asistencia de explotación en forma de pasajes y subvenciones a las tarifas de pasajeros y carga. Fomento y regulación de actividades y servicios de transporte por agua, excepto la construcción. Se refiere al servicio de pasajeros y carga por vías interiores, costeras y por mar. Oficinas, direcciones o dependencias de programas encargadas de la explotación de puertos, muelles, canales artificiales y otros servicios de transporte por agua y su conservación en buenas condiciones, o de su apoyo. Oficinas que formulan y administran reglamentaciones sobre el transporte por agua, por ejemplo, registro, licencias e inspección de buques y tripulaciones y reglamentaciones relativas a la seguridad de pasajeros o mercancías. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que explotan embarcaciones (por ejemplo, barcazas de transbordo) o conceden franquicias para esas operaciones. Oficinas, etc., que proveen de buques a empresas de transporte por agua o que conceden préstamos o donaciones a las empresas para la adquisición de buques o su conservación y mantenimiento.

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Oficinas que reglamentan las tarifas de pasajeros y carga y proporcionan asistencia de explotación en forma de subvenciones. Oficinas, direcciones o dependencias de programas encargadas del funcionamiento de ayudas a la navegación, siempre que puedan separarse de las dependencias que se encargan del servicio de guardacostas o de su administración. Fomento y regulación de actividades y servicios de transporte por aire, excepto la construcción. Los asuntos de transporte por aire. Se refiere no solamente a los servicios de pasajeros y carga (regulares o no), sino también a la reglamentación y control de vuelos de los particulares. Oficinas, direcciones, o dependencias de programas encargadas del funcionamiento de los aeropuertos y de los tipos de control y navegación por aire y su conservación en buenas condiciones, o de su apoyo. Oficinas que formulan y administran reglamentaciones sobre el transporte aéreo: registro, licencias e inspección de aviones, pilotos y tripulantes, incluido el personal de tierra; seguridad de los pasajeros; asignación de rutas; control de tarifas de pasajeros y carga; y otros asuntos relativos al transporte aéreo. Oficinas, direcciones o dependencias que explotan servicios de transporte aéreo (excepto empresas públicas), suministran aviones, aerolíneas aéreas o les conceden préstamos o donaciones para la adquisición de aviones, su conservación y mantenimiento. Fomento y regulación de actividades y servicios de transporte por otros medios como teleféricos, sistemas de cable de tracción. En el caso de transporte por ductos (oleoductos, gasoductos y poliductos) se clasifican en 040302. Oficinas, direcciones o dependencias de programas encargadas de la explotación o el apoyo de los sistemas de transporte antes mencionados y de conservación en buenas condiciones. Oficinas, etc., que elaboran y administran reglamentaciones relativas a estos sistemas: registro, licencia, o inspección de equipo; especialización y capacitación de operadores; normas de seguridad y otros asuntos. Dependencias de programas que conceden franquicias y establecen tarifas y la frecuencia y los niveles del servicio. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que explotan esos sistemas de transporte (excepto empresas públicas), o que suministran equipos a las empresas de explotación o conceden préstamos o donaciones para la adquisición de equipo o su conservación. Oficinas que brindan Fomento en forma de subvenciones. Incluye Ministerio de Transporte.

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040108 Fomento y regulación de las comunicaciones

Administración de actividades y servicios de comunicaciones. Las actividades de comunicaciones se refieren a los sistemas de comunicación postal, telefónica, telegráfica, cablegráfica, inalámbrica de los satélites de comunicaciones, comunicaciones por medios masivos, telefonía tradicional y personal, y trasmisión de datos. No incluyen las ayudas de navegación de agua por aire, que se clasifican en los subgrupos pertinentes. En ese subgrupo están clasificadas las oficinas, direcciones o dependencias de programas, encargadas de la construcción o explotación o de brindar Fomento a la una o a la otra, así como las dependencias de programas que reglamentan esos sistemas, incluso la fijación de las tarifas telefónicas (Fomento y regulación; infraestructura). Dependencias de programas encargadas de la explotación de sistemas de comunicaciones y de la conservación de sistemas de apoyo. El Fomento incluye, préstamos, donaciones y subvenciones de explotación. Oficinas que elaboran y administran reglamentaciones relativas a la explotación de sistemas de comunicaciones: asignación de frecuencias; especificación de los mercados a los que han de prestar servicios y de las tarifas; accesos a otros sistemas análogos o a sistemas que emplean una tecnología de comunicaciones diferente y otros asuntos reglamentarios. Incluye Ministerio de Comunicaciones, Comisión Nacional de Televisión. 040109 Fomento y regulación del sector financiero

Administración, Fomento y regulación de actividades relacionadas con la actividad financiera. Incluye actividades relacionadas con la vigilancia, formulación de política financiera y crediticia, soporte financiero al crédito de fomento, y la prestación directa del servicio financiero. No incluye los préstamos que realiza el gobierno, los cuales se clasifican de acuerdo a su función teniendo en cuenta el destino final de los créditos. Se incluye la transferencia de recursos al sector financiero bien sea para subsidiar las operaciones de crédito, para solventar sus faltas de liquidez, para apalancarlas patrimonialmente, para su rescate frente a una crisis financiera, o para nacionalizar total o parcialmente sus activos. Incluye la Superintendencia Financiera de Colombia 040110 Fomento y regulación del comercio

Fomento y regulación de actividades y servicios del comercio de distribución y del almacenamiento y depósito. Se incluyen, también, la administración de asuntos de interés del consumidor y de su protección. Oficinas, direcciones, o dependencias de programas encargadas de elaborar y vigilar reglamentaciones relativas al comercio por mayor y menor, tales como licencias, prac-

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ticas de venta, rotulación de alimentos envasados y otros bienes destinados al consumo doméstico, inspección de balanzas y otras máquinas de pesar, entre otras. Administración de planes de control de precios y de racionamiento aplicados por conducto de los comerciantes al por mayor y menor, sea cual fuere el tipo de mercaderías de que se trate o el consumidor al que se destinen. Oficinas encargadas de conceder, préstamos, donaciones u otras asistencias a los establecimientos comerciales, al por mayor y menor y de conceder subvenciones que benefician al público en general. Las subvenciones a los alimentos y otras aplicables a determinados grupos o personas (por ejemplo, las de la leche para bebes) se consideran actividades de protección social y se clasifican en el grupo principal 11. Oficinas, direcciones, o dependencias de programas encargadas de elaborar y vigilar reglamentaciones relativas al almacenamiento y depósitos y de prestar asistencia a la industria en diversas formas. Se incluyen la concesión de licencias y la reglamentación de los almacenes generales de depósito afianzados por el gobierno. Incluye Superintendencia de Industria y Comercio. 040111 Fomento y regulación del turismo, hoteles y restaurantes

Fomento y regulación de actividades y servicios de hoteles, restaurantes y de actividades y servicios de turismo. Oficinas encargadas de elaborar y vigilar reglamentaciones relativas a la explotación de hoteles y restaurantes, incluidas las reglamentaciones de precios, normas de limpieza, las prácticas de venta y las licencias para hoteles y restaurantes. Dependencias de programas que brindan apoyo para la explotación, en forma de préstamos, donaciones y subvenciones. Oficinas, direcciones y dependencias de programas encargadas de actividades para atraer turistas. Estas actividades entrañan sobre todo campañas publicitarias, difusión de literatura relativa a atracciones y servicios, Fomento de festividades para atraer turistas, explotación de oficinas de turismo en el país y en el exterior y actividades de enlace con establecimiento de transporte. Incluye Artesanías de Colombia. 040112 Fomento y Regulación de otras actividades no clasificadas anteriormente

Fomento y regulación de actividades y servicios de proyectos de desarrollo con fines múltiples. Gastos, incluidos los préstamos, donaciones o subvenciones de construcción, conservación o explotación. Los gastos en proyectos con una función principal (por ejemplo, la generación de energía) y otras funciones que son marginales deben clasificarse según su función principal.

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0402 Investigación para el fomento y la regulación del desarrollo económico 040201 Investigación para el fomento y la regulación del desarrollo económico general

Gastos directos dirigidos hacia la promoción y ejecución de proyectos de investigación acerca del mejoramiento de las condiciones generales de desarrollo económico y temas relacionados. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a la investigación en temas de desarrollo económico. 040202 Investigación para el fomento y la regulación de la agricultura, ganadería, bosques, caza y pesca

Gastos dirigidos hacia el mejoramiento de los procesos de regulación y fomento del sector agrícola, ganadero, de bosques, caza y pesca. Este mejoramiento incluye aspectos administrativos, financieros y fiscales. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 040203 Investigación para la regulación de la energía y los combustibles

Gastos destinados hacia la investigación que apoye el mejoramiento de la actividad reguladora y de fomento del Estado en el tema de los combustibles. Se incluyen aspectos administrativos, fiscales y financieros. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. Gastos destinados hacia el mejoramiento de la intervención del Estado, a través de su actividad de fomento y regulación, en el sector energético. Incluye aspectos administrativos, financieros y fiscales. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 040204 Investigación para el fomento y la regulación de minería no energética Gastos dirigidos hacia el mejoramiento de los procesos de regulación y fomento de los sectores de minería no energética, industria y construcción. Se contemplan también mecanismos financieros y fiscales de apoyo, así como la cualificación de la gestión pública en este campo de intervención. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 040205 Investigación para el fomento y regulación de la industria y construcción Gastos dirigidos hacia el mejoramiento de los procesos de regulación y fomento de los sectores de industria y construcción. Se contemplan también mecanismos financieros y fiscales de apoyo, así como la cualificación de la gestión pública en este campo de intervención. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación.

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040206 Investigación para el fomento y regulación del transporte

Gastos destinados hacia la investigación que apoye el mejoramiento de la actividad reguladora y de fomento del Estado en el tema del sector transporte. Esta clasificación contempla también los aspectos administrativos, fiscales y financieros de la actividad estatal en este campo. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 040207 Investigación para el fomento y la regulación de las comunicaciones

Gastos destinados hacia el mejoramiento de la intervención del Estado, a través de su actividad de fomento y regulación, en el sector de comunicaciones. En esta categoría se incluye los mecanismos de apoyo financiero y fiscal del Estado de investigaciones cuyo objeto sea la modernización permanente del sector en sus diferentes componentes técnicos y económicos. Así mismo se contemplan los estudios que pretendan mejorar la gestión estatal en este campo. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 040208 Investigación para el fomento y la regulación del sector financiero

Gastos dirigidos hacia el mejoramiento de los procesos de regulación, control y fomento del sector financiero. Se contemplan también mecanismos financieros y fiscales de apoyo, así como la cualificación de la gestión pública en este campo de intervención. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 040209 Investigación para el fomento y regulación de otras actividades económicas

Gastos destinados hacia la investigación que apoye el mejoramiento de la actividad reguladora y de fomento del Estado en el tema de otras industrias no contempladas en los numerales 040201 al 040208. Se incluyen aspectos administrativos, fiscales y financieros. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación.

05 Infraestructura básica, producción y prestación de servicios Acciones relativas a la infraestructura económica, de producción del sector público y privado.

0501 Infraestructura y producción agropecuaria, bosques, caza y pesca

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050101 Infraestructura y producción agropecuaria

Gastos de infraestructura para la producción y conservación de tierras agrícolas, incluidas su bonificación y expansión. Oficinas, direcciones, dependencias de programas que realizan tareas para conservar, bonificar y ampliar las tierras cultivables. Esas tareas por lo general entrañan trabajos físicos como el desbroce, la instalación de sistemas de avenamiento y de riego, la reducción de la sanidad y otros análogos. Gastos de construcción de presas, diques, canales de riego, de instalación de equipos y los de administración y funcionamiento de esas obras y sistemas. 050102 Infraestructura y producción para bosques

Gastos de infraestructura para los asuntos relacionados con los servicios forestales. Apoyo sobre el terreno relativo a la reforestación, la prevención de plagas y enfermedades y los servicios de prevención y lucha contra los incendios de bosques. Oficinas y entidades públicas que realizan este tipo de gastos. 050103 Infraestructura y producción para actividades de caza y pesca

Gastos destinados hacia el desarrollo de infraestructura para las actividades de caza y pesca. Actividades referidas a la caza de animales salvajes y a la propagación, protección y preservación de la fauna, la pesca de agua dulce, oceánica y costera, incluidas las granjas ictiológicas. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., encargadas de esta actividad. Los gastos de las reservas de caza y de los viveros de peces administrados en régimen de empresas públicas se excluyen de la clasificación, pero se incluye el apoyo del gobierno a esas organizaciones. 050104 Infraestructura para proyectos múltiples de agricultura, ganadería, bosques, caza y pesca

Promoción de proyectos múltiples de infraestructura en agricultura, bosques, caza y pesca. Oficinas, direcciones o dependencias de desarrollo que planifican, diseñan, construyen, amplían o mejoran proyectos de infraestructura con fines múltiples.

0502 Infraestructura, producción y distribución de combustibles 050201 Infraestructura y producción de carbón y otros combustibles minerales sólidos

Gastos dirigidos hacia la infraestructura de actividades relacionadas con el carbón y otros combustibles minerales sólidos. Tales actividades se refieren al carbón de todas las calidades, al lignito y la turba, independientemente del método de extracción o beneficio, e incluyen su conversión en otras formas de combustible como el

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coque o el gas. Apoyo en forma de préstamos, donaciones o subvenciones a la industria de fabricación de coque, briquetas o gas. Oficinas y dependencias públicas encargadas de este tipo de gastos. 050202 Infraestructura y producción de Petróleo y gas natural

Desarrollo de infraestructura para las actividades de petróleo y gas natural. Estas actividades conciernen al gas natural, los gases licuados del petróleo y los gases de refinerías y el petróleo de pozos u otras fuentes como esquistos y arenas bituminosas. También abarca asuntos relacionados con la distribución urbana de gas. Apoyo en forma de préstamos, donaciones o subvenciones a la industria de extracción de petróleo y a la industria de refinación del petróleo crudo y de los productos líquidos y gaseosos conexos. 050203 Infraestructura y transporte de combustibles por ductos

Desarrollo de la infraestructura de oleoductos y gasoductos. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que planifican, y diseñan, oleoductos o gasoductos y estructuras conexas tales como estaciones de bombeo, entre otras, o que supervisan, autorizan mediante licencia o reglamentan esas obras. 050204 Infraestructura, producción y distribución de combustibles no convencionales

Desarrollo de la infraestructura concerniente a combustibles como el alcohol, la madera y sus desechos, el bagazo y otros combustibles “no comerciales”. Oficinas, direcciones y dependencias de programas encargadas de generar la construcción de nueva infraestructura y el mantenimiento de la existente.

0503 Infraestructura y actividades de generación y distribución de energía 050301 Infraestructura y generación de energía eléctrica.

Apoyo para la infraestructura de actividades que conciernen a las fuentes convencionales de electricidad, como las plantas termoeléctricas, y a las fuentes no convencionales, como los generadores eólicos o heliotérmicos. Oficinas, direcciones, dependencias de programas, etc., encargadas de estos asuntos. Apoyo en forma de préstamos, donaciones o subvenciones a la industria de producción de electricidad, incluso asistencia para reducción de la contaminación, como la instalación de equipo de precipitación en centrales alimentadas con carbón. Incluye el apoyo de la construcción de presas y otras obras destinadas principalmente a la generación de electricidad y de la investigación aplicada sobre diversos aspectos de la generación (incluidas las centrales nucleoeléctricas), transmisión y distribución de electricidad. Incluye IPSE.

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050302 Infraestructura y actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica

Apoyo para la infraestructura de actividades que conciernen a la transmisión y distribución de la energía eléctrica. 050303 Infraestructura y actividades de producción y distribución de energías no convencionales

Gastos destinados hacia la creación y mantenimiento de infraestructura en fuentes de energía no eléctrica tal como sucede con la energía eólica y solar. Oficinas y dependencias encargadas de esta actividad.

0504 Infraestructura y producción en minería no energética, industria y construcción 050401 Infraestructura y producción en minería no energética

Oficinas, direcciones y dependencias encargadas del desarrollo de la infraestructura en las actividades de minería, prospección, explotación, comercialización y otros aspectos de la explotación de minerales. Además de los minerales metalíferos, esas actividades abarcan la arena, arcilla y la piedra, los minerales para la fabricación de productos químicos y fertilizantes, la sal, las piedras preciosas, el amianto y el yeso, entre otros. 050402 Infraestructura y producción industrial

Gastos destinados al desarrollo y mantenimiento de infraestructura en el campo del desarrollo industrial. Oficinas, direcciones y dependencias de programas encargados de estas actividades. Las transferencias, préstamos, subvenciones a los productores de manufactura y dirigidas hacia la creación y manutención de la infraestructura industrial. 050403 Construcción

Infraestructura para el desarrollo de los asuntos y servicios de la construcción. Oficinas, direcciones y dependencias de programas que se ocupan de estas actividades. Desarrollo de métodos, materiales y otras actividades para apoyar la infraestructura en la construcción.

0505 Infraestructura y servicios de transporte 050501 Infraestructura y servicios de transporte terrestre

Administración de actividades y servicios de construcción de caminos y carreteras,

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incluidos los caminos y las calles urbanas. Oficinas, direcciones o dependencias deprogramas que planifican, diseñan, construyen, amplían o mejoran los caminos y las carreteras y las estructuras conexas como puentes, túneles, lugares de estacionamiento, terminales de autobuses, entre otras, o que supervisan, autorizan mediante licencia o reglamentan tales obras. Administración de actividades y servicios de construcción de ferrocarriles, incluidos los tranvías y otros ferrocarriles urbanos. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que planifican, diseñan, construyen, amplían o mejoran las vías de los ferrocarriles, sean de superficie o no, y estructuras conexas tales como terminales, túneles, puentes, entre otras o que supervisan, autorizan mediante licencia o reglamentan tales obras. Gastos incluidos, préstamos, donaciones o subvenciones para estas obras. 050502 Infraestructura y servicios para el transporte fluvial y marítimo

Administración de actividades y servicios de construcción de obras para el transporte por río y marítimo. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que planifican, diseñan, construyen, amplían, o mejoran obras o estructuras para facilitar el tráfico de pasajeros y de carga por agua, o que supervisan, autorizan mediante licencia o reglamentan tales obras. Estas obras comprenden estructuras portuarias, canales artificiales o naturales, rompeolas, malecones, muelles, terminales, entre otras. Gastos incluidos, préstamos, donaciones y subvenciones para estas obras. 050503 Infraestructura y servicios de transporte aéreo

Administración de actividades y servicios de construcción de obras para el transporte por aire. Oficinas, direcciones, o dependencias de programas que planifican, diseñan, construyen o mejoran aeropuertos, pistas de aterrizaje, terminales, hangares, respaldo a la navegación aérea y otras estructuras y equipo fijo vinculados al transporte por aire, o que supervisan, autorizan mediante licencias o reglamentan tales obras. Gastos, incluidos préstamos, donaciones y subvenciones para esas obras. 050504 Infraestructura y servicios de otros tipos de transporte

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura de actividades y servicios de transporte por otros medios como teleféricos, sistemas de cable de tracción. Administración de actividades relacionadas con estos asuntos, Incluye a la Empresa Colombiana de Vías Férreas.

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0506 Infraestructura y servicios de comunicación 050601 Infraestructura y servicios de comunicación por medios masivos

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura y los servicios de comunicación de trasmisión masiva, tales como radio y televisión. Oficinas, direcciones o dependencias de programas encargadas de planificar, diseñar, construir , ampliar, mejorar o promover de otra manera el desarrollo de esos sistemas , o de su apoyo. 050602 Infraestructura y servicios de telefonía y transmisión de datos

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura y los servicios de comunicación de la telefonía y la transmisión de datos. Oficinas, direcciones o dependencias de programas encargadas de planificar, diseñar, construir, ampliar, mejorar o promover de otra manera el desarrollo de esos sistemas , o de su apoyo.

0507 Infraestructura y servicios en sector financiero 050701 Infraestructura y servicios del sector financiero

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura de actividades y servicios financieros.

0508 Infraestructura y servicios en otras actividades económicas. 050801 Infraestructura y servicios de comercio y bodegaje

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura de actividades y servicios del comercio de distribución y del almacenamiento y depósito. 050802 Infraestructura y servicios de turismo, hotelería y restaurantes

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura de actividades y servicios del turismo, hotelería y restaurantes. 050803 Infraestructura y servicios en otras actividades económicas n.c.a

Gastos destinados hacia el desarrollo y mantenimiento de la infraestructura de actividades y servicios relacionadas con el desarrollo económico general y no mencionadas en los rubros 050701 y 050702.

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0509 Investigación para la infraestructura básica y la producción o prestación de servicios económicos 050901 Investigación para la infraestructura y la producción en agricultura, ganadería, bosques, caza y pesca

Se incluye el apoyo el apoyo de las investigaciones sobre la formulación y eficacia de los planes de sostén de precios, la información pública sobre programas de estabilización de precios e ingresos agrícolas y las estadísticas sobre los precios e ingresos del sector agrícola. La investigación sobre el uso de fertilizantes y otros medios de mejorar la producción. Investigaciones relacionadas con la ordenación y explotación de bosques, la caza y la pesca. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 050902 Investigación para la infraestructura, la producción y distribución de combustibles

Investigación aplicada y desarrollo experimental sobre todo los aspectos relativos a los combustibles minerales sólidos. Investigación aplicada y desarrollo experimental en todas las fases de los combustibles derivados del petróleo. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 050903 Investigación para la infraestructura, la producción, la transmisión y la distribución de energía

Investigaciones destinadas hacia el desarrollo de fuentes alternativas de energía e infraestructura adecuada para la generación y transmisión de energía. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 050904 Investigación para la infraestructura en minería no energética, industria y construcción

Gastos de investigación o apoyo a la investigación de los problemas de la minería y los recursos minerales, incluida la investigación de los métodos de beneficio de minerales en general; investigación sobre métodos de manufactura, materiales y administración de empresas industriales; investigaciones sobre métodos, materiales, productividad y otros asuntos relacionados con la construcción de edificios. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 050905 Investigación para la infraestructura y los servicios del transporte

Se incluyen los gastos directos o de apoyo en investigaciones sobre diseño, métodos o materiales de construcción de carreteras si pueden separarse de los gastos de investigación sobre construcción de edificios.

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Los gastos directos o de apoyo en investigaciones sobre el diseño y métodos o materiales de construcción de obras para el transporte por agua se incluyen, si pueden separarse de los gastos de investigación sobre la construcción de edificios. Se incluyen los gastos directos o de apoyo para investigaciones sobre diseño, métodos o materiales de construcción de aeropuertos. 050906 Investigación para la infraestructura de las comunicaciones

Gastos directos o de apoyo en investigaciones sobre equipo y tecnología de las comunicaciones, mejoramiento de los servicios y la infraestructura. Oficinas y dependencias públicas dedicadas a este tipo de investigación. 050907 Investigación para la producción y prestación de servicios n.c.a

Gastos directos o de apoyo en investigaciones sobre asuntos de la producción o prestación de servicios no especificados en los rubros anteriores.

0510 Asuntos de infraestructura, producción y prestación de servicios n.c.a 051001 Asuntos de infraestructura, producción y prestación de servicios n.c.a

En esta categoría se incluyen todos aquellos gastos que no se puede clasificar en ninguna de las cuentas del grupo principal 05.

06 Medio Ambiente Acciones inherentes a controlar y explotar los recursos naturales (bosques naturales, parques nacionales entre otros), el medio físico, biológico y social del hombre y el equilibrio ecológico.

0601 Control de la contaminación 060101 Control de la contaminación del aire

Se incluye todo gasto del gobierno dirigido hacia la creación de mecanismos que permitan ejercer un control sobre los factores de contaminación del aire en ciudades y campos. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin. Apoyo a instituciones privadas u Organizaciones no Gubernamentales que complementan esta actividad.

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060102 Control de la contaminación del agua

Administración, supervisión, inspección, operación y soporte del manejo de contaminación de fuentes fluviales y marítimas, así como la construcción y manejo de sistemas de tratamiento mecánicos, biológicos y procesos avanzados. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin. 060103 Control de la contaminación del suelo

Se incluye todo gasto del gobierno dirigido hacia la creación de mecanismos que permitan ejercer un control sobre los factores de contaminación del suelo. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin. Apoyo a instituciones privadas u Organizaciones no Gubernamentales que complementan esta actividad. 060104 Disposición de desechos sólidos

Administración, supervisión, inspección, operación y soporte de mecanismos y técnicas de manejo de desechos sólidos, así como la construcción de infraestructura dirigida al desarrollo de este objetivo. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin.

0602 Manejo de aguas 060201 Manejo de aguas

Administración, supervisión, inspección, operación y soporte de sistemas de manejo de aguas. Construcción y diseño de sistemas y procesos técnicos y biológicos que conduzcan hacia un óptimo aprovechamiento del agua, así como el mantenimiento de los mismos. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin.

0603 Protección de la biodiversidad 060301 Protección a la biodiversidad

Contempla todas aquellas actividades relacionadas con la protección de la flora y la fauna, la protección de los hábitats naturales y la protección de las zonas de forestales y ecológicas. Oficinas y entidades publicadas dedicadas a este fin.

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0604 Fomento y regulación del medio ambiente 060401 Fomento y regulación del medio ambiente

Administración y gestión del medio ambiente a través de la formulación y promoción de políticas públicas dirigidas hacia el tema. Operación y soporte administrativo y financiero de las entidades dedicadas a esta labor. Incluye Corporaciones Autónomas Regionales, Ministerio de Medio Ambiente.

0605 Investigación en medio ambiente 060501 Investigación en medio ambiente

Desarrollo de actividades dirigidas hacia la investigación de procesos de conserva -ción de fuentes fluviales y marítimas, la mitigación del impacto ambiental de las actividades productivas, conservación de la biodiversidad, optimización de mecanismos de disposición de desechos sólidos, entre otras.

0606 Medio ambiente n.c.a. 060601 Medio ambiente n.c.a.

Actividades de medio ambiente no consideradas entre los grupos 0601 al 0604 y 0606.

07 Vivienda y espacio público Acciones inherentes a la promoción del desarrollo habitacional con el fin de posibilitar a la población el acceso a unidades de vivienda y procurar una adecuada infraestructura urbanística.

0701 Regulación de vivienda y espacio público 070101 Regulación de usos del suelo y mejoramiento del espacio público

Administración, vigilancia y promoción de actividades relacionadas con la utilización óptima del suelo y el espacio público. Estímulo, monitoreo y evaluación de políticas que desarrollen mecanismos alternativos de uso del espacio público, ordenación del mismo y concientización de la comunidad respecto a formas racionales de utilización

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y explotación productiva del suelo y el espacio público. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin. Incluye Superintendencia de Servicios Públicos domiciliaros. 070102 Regulación de asuntos de vivienda, desarrollo urbano y servicios complementarios Administración de actividades y servicios de vivienda. Ejecución, vigilancia y evaluación de actividades con él o sin el auspicio de las autoridades públicas. Formulación y reglamentación de normas y vivienda, excepto las de construcción. Administración del control de los arrendamientos y normas para determinar quienes tienen derecho a ocupar unidades de vivienda que reciben apoyo con recursos públicos. Oficinas, direcciones o dependencias de programas que producen y difunden información pública sobre vivienda; investigación aplicada y desarrollo experimental sobre normas y diseño de viviendas, pero no métodos ni materiales de construcción. 070103 Regulación de acueductos y alcantarillados Administración, vigilancia y promoción de actividades relacionadas con el servicio público de acueducto y alcantarillado. Subsidios dirigidos hacia los sectores sociales vulnerables en términos de este servicio. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin. Incluye Unidad Administrativa Especial de Regulación de agua potable y saneamiento básico. 0702 Construcción y provisión de vivienda y servicios complementarios 070201 Construcción de viviendas Suministro de vivienda para el público en general o para personas con necesidades especiales, es decir, construcción, compra, remodelación y reparación de unidades de vivienda. Adquisición de tierras en necesarias para la construcción de viviendas. Eliminación de barrios, de tugurios, en relación con el suministro de viviendas. Subvenciones, donaciones o préstamos para aumentar, mejorar o conservar la existencia de viviendas, excepto las subvenciones de arrendamiento pagadas a las familias, que se consideran una forma de ayuda pecuniaria. 070202 Construcción de proyectos de desarrollo urbano Desarrollo de actividades de construcción de proyectos de desarrollo urbano para la renovación de los diferentes espacios circunscritos a las ciudades. Oficinas y entidades públicas encargadas de estas actividades. 070203 Construcción de acueductos y alcantarillados Administración, vigilancia y promoción de actividades relacionadas con la construcción y mantenimiento de sistemas de acueducto y alcantarillado. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin.

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0703 Investigación en vivienda, usos del suelo, espacio público, acueductos y alcantarillados y desarrollo urbano 070301 Investigación en vivienda, usos del suelo, espacio público, acueductos y alcantarillados y desarrollo urbano

Actividades conducentes hacia la investigación en vivienda y espacio público, en aspectos específicos como, usos del suelo y espacio público, alumbrado público, asuntos de vivienda y servicios, acueducto y alcantarillado, entre otros.

0704 Vivienda y espacio público n.c.a. 070401 Vivienda y espacio público n.c.a.

Asuntos de vivienda y espacio público no contemplados entre los grupos 0701 al 0705.

08 Salud Acciones inherentes a la prestación de servicios de salud en todos los niveles.

0801 Producción o adquisición de productos y equipos médicos 080101 Producción o adquisición de productos y equipos médicos

Administración de actividades de salud que entrañan el suministro de medicamentos, prótesis, equipo médico y aparatos ortopédicos, productos farmacéuticos, equipos terapéuticos u otros productos de prescripción relacionados con la salud para el consumo o uso de una sola persona o familia fuera de un servicio o institución sanitaria o los gastos respectivos. Esos artículos se pueden obtener habitualmente en boticas, farmacias o proveedores de equipo médicos.

0802 Contratación o prestación de servicios de salud 080201 Contratación o prestación de servicios ambulatorios

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Actividades dirigidas hacia los servicios médicos y ambulatorios, e instituciones que prestan dicho servicio. Incluye, servicios médicos generales, especializados, odontológicos y paramédicos. Los hogares para ancianos y convalecientes, prestan servicios para pacientes internos a personas que se recuperan de intervenciones quirúrgicas o de una enfermedad o afección debilitante y que requieren sobre todo la vigilancia y la administración de medicamentos, ejercicios sencillos para compensar la pérdida de una función o reposo. 080202 Contratación o prestación de servicios hospitalarios

Administración de actividades y servicios de hospitales generales. Incluye, servicios hospitalarios generales, especializados, de maternidad y de convalecencia en el hogar. Gestión, funcionamiento, inspección o apoyo de hospitales que no limitan sus servicios a una especialidad médica determinada. Se definen los hospitales como instituciones que atienden a pacientes internos bajo la supervisión directa de médicos calificados. . Gastos del gobierno por servicios prestados a los pacientes y pagados directamente a la institución o indirectamente por intermedio del paciente. Se incluyen los gastos en construcción de hospitales, equipo y suministros generales y alojaamiento y servicios para el personal. Incluye Hospital Militar. 080203 Promoción, prevención y cuidado de la salud pública

Administración, gestión, funcionamiento, apoyo a programas de desarrollo de la salud, servicios de salud pública tales como el funcionamiento de bancos de sangre (extracción, elaboración, almacenamiento, despacho), servicios de diagnóstico de enfermedades (cáncer, tuberculosis, lepra, SIDA, enfermedades venéreas) servicios de prevención (inmunización, inoculación), servicios de control de población (colocación de dispositivos para el control de la natalidad), atención de emergencias sanitarias, entre otros. Con frecuencia estos servicios son prestados por grupos especiales no vinculados a un hospital, clínica o profesional. No es infrecuente que los servicios sean prestados a grupos de personas, la mayoría de las cuales gozan de buena salud, en los lugares de trabajo, escuelas u otros ambientes no médicos. Se clasifican en este grupo los gastos por concepto de estos servicios, sean prestados por médicos o no. Los gastos por concepto de apoyo de laboratorios estrechamente vinculados a servicios de esta clase también se clasifican en este grupo, pero los gastos correspondientes a laboratorios dedicados a determinar las causas de la enfermedad se clasifican por separado con las investigaciones relativas a la medicina y la salud. Incluye Centro Dermatológico Federico Lleras Instituto Nacional de Cancerología.

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080204 Contratación o prestación de servicios de salud no discriminados por tipo de servicio

Comprende la administración, gestión, inspección, funcionamiento o apoyo de la salud que no están definidas en los grupos 0801 al 0804. Incluye los aportes al sistema de salud (Empresas Prestadoras de Salud y otros). También incluye pago de servicios médicos convencionales o servicios médicos prestados directamente en entidades diferentes al sector de la salud.

0803 Fomento, coordinación y regulación de los servicios de salud 080301 Fomento, coordinación y regulación de los servicios de salud

Fomento y regulación de los servicios de salud. Administración general de la salud, diferente a la especificada en los grupos 0801 al 0805. Oficinas y entidades públicas encargadas de dicha labor. Incluye Invima, Superintendencia Nacional de Salud, Instituto Nacional de Salud.

0804 Investigación en salud 080401 Investigación en salud

Administración, gestión, funcionamiento, apoyo de la investigación aplicada y el desarrollo experimental relacionados con la naturaleza , la prevención, el diagnóstico , el tratamiento y la incidencia de enfermedades y otros problemas de salud, incluidas las perturbaciones mentales, y de servicios públicos y preventivos de sanidad, problemas de nutrición, farmacología, toxicomanía, y rehabilitación. Se incluye la administración, la gestión, la promoción y el apoyo al desarrollo de la salud, entre otras.

0805 Salud n.c.a. 080501 Salud n.c.a.

Actividades de salud no clasificadas entre los grupos 0801 al 0806.

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09 Recreación, deporte, cultura y comunicación Políticas del estado que buscan fomentar manifestaciones intelectuales, deportivas y religiosas; espectáculos públicos culturales, museos, bibliotecas, monumentos y lugares históricos, así como acciones destinadas a brindar recreación y esparcimiento a la población. Se incluyen aquí las actividades de fomento de la comunicación por medios masivos, la regulación de contenidos, producción y emisión y las actividades de investigación relacionadas.

0901 Recreación y deporte 090101 Fomento y regulación de la recreación y el deporte

Administración de actividades deportivas y recreativas. También incluyen las subvenciones a equipos profesionales o a competidores individuales, los jardines botánicos o parques zoológicos, los acuarios, los parques forestales e instituciones similares. Incluye Club Militar de Oficiales. 090102 Servicios de recreación y el deporte

Gestión, funcionamiento, apoyo, suministros, de instalaciones para la práctica de deportes activos o pasivos y para actividades recreativas. Se incluyen las instalaciones para espectadores. Las instalaciones para deportes activos incluyen campos de juego, canchas para juegos de pelota, pistas de atletismo, campos de golf y otros deportes, cuadriláteros de boxeo, pista de patinaje, gimnasios, entre otros. Las instalaciones de deportes pasivos incluyen principalmente las salas equipadas especialmente para juegos de cartas y en tableros y otros juegos simples. Incluye Coldeportes.

0902 Cultura 090201 Fomento y regulación de actividades culturales

Administración de actividades culturales. Organización, funcionamiento, apoyo de los actos culturales, incluso conciertos, producciones teatrales y cinematográficas, exposiciones de arte. Donaciones y otros tipos de ayuda prestada a artistas, escritores, diseñadores, compositores y a otras personas dedicadas a las artes y a las organizaciones que promueven las actividades culturales. También se incluyen los actos de ayuda a celebraciones nacionales, regionales o locales siempre que su finalidad no sea la atracción de turistas.

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090202 Servicios culturales

Gestión, funcionamiento, apoyo, suministro, de las instalaciones para actividades culturales, como bibliotecas , museos, galerías de arte, teatros, salones de exposición, monumentos, casas y lugares históricos, jardines zoológicos y parques botánicos, acuarios y parques forestales, entre otros. Incluye Archivo General, Instituto Caro y Cuervo.

0903 Comunicación por medios masivos de comunicación 090301 Fomento de la comunicación por medios masivos y regulación de contenidos

Administración, regulación, vigilancia y promoción de actividades de radio, televisión, prensa escrita, y comunicación, así como el apoyo a otras instituciones privadas dedicadas a este fin. Oficinas y entidades públicas que tienen como objeto esta actividad. Incluye Unidad especial de Administración de Regulación de telecomunicaciones. 090302 Producción y emisión por medios masivos de comunicación

Desarrollo de actividades relacionadas con la producción de programas de radio, televisión y prensa escrita.

0904 Investigación en recreación, deportes, cultura y comunicación 090401 Investigación en recreación, deportes, cultura y comunicación

Actividades de investigación en aspectos como, recreación y deporte, servicios culturales, radio y televisión, prensa escrita, otros servicios comunitarios. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin.

0905 Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación n.c.a. 090501 Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación n.c.a.

Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación no clasificadas entre los grupos 0901 al 0905. Incluye el desarrollo de actividades de apoyo a la comunidad relacionadas principalmente en su organización comunal para el desarrollo de mecanismos de autogestión comunitaria y provisión de servicios sociales diferentes a los servicios públicos tradicionales. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin.

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0905 Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación n.c.a. 090501 Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación n.c.a.

Actividades de recreación, deporte, cultura y comunicación no clasificadas entre los grupos 0901 al 0905. Incluye el desarrollo de actividades de apoyo a la comunidad relacionadas principalmente en su organización comunal para el desarrollo de mecanismos de autogestión comunitaria y provisión de servicios sociales diferentes a los servicios públicos tradicionales. Oficinas y entidades públicas dedicadas a este fin.

10 Educación Acciones que realiza el Estado para la prestación y el fomento de servicios de educación a todos los niveles.

1001 Contratación y prestación de servicios de Educación preescolar, básica y media 100101 Educación preescolar

Administración de las actividades de la enseñanza previa a la primaria (Nivel 0 de la CIUE), ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas. Gestión, inspección, funcionamiento y apoyo de las escuelas e instituciones que imparte enseñanza a este nivel de la CIUE. Comprende la institución organizada en un medio de tipo escolar destinado a constituir una etapa intermedia entre el hogar y la atmósfera escolar. La edad de egreso varía según la edad habitual de ingreso en la escuela primaria. Está compuesto de programas que se denominan con diversos nombres. a saber, para la primera infancia, educación infantil o educación preescolar, y se vincula fundamentalmente al desarrollo social, mental o físico del niño. 100102 Educación básica

Administración de las actividades de la educación primaria (nivel 1 de la CIUE) y secundaria (niveles 2 de la CIUE). Gestión, inspección, funcionamiento y apoyo de las escuelas e instituciones que imparte enseñanza a estos niveles de la CIUE. . El nivel 1 de la CIUE, corresponde a los niños de cinco a siete años hasta los diez a doce años de edad. Corresponde a programas destinados a impartir un conocimiento elemental de otros temas. A veces se incluye la instrucción vocacional. También se incluyen los programas de alfabetización para estudiantes de edad muy superior a

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la escuela primaria. El nivel 2 corresponde al primer ciclo de la educación secundaria. La edad al tiempo de ingreso es alrededor de 11 ó 12 años de edad y la edad de egreso alrededor de los 14 ó 15 años. Este nivel amplía los programas de enseñanza de conformidad con una pauta de orientación más temática. Puede haber alguna especialización vocacional, pero en la mayor parte de los países son más comunes los programas generales sin orientación vocacional. 100103 Educación media

Administración, gestión, inspección funcionamiento o apoyo de los programas de educación en el nivel 3 de la CIUE. Esta educación constituye la culminación, consolidación y avance en el logro de los niveles anteriores y comprende dos grados, el décimo (10°) y el undécimo (11°). Tiene como fin la comprensión de las ideas y los valores universales y la preparación para el ingreso del educando a la educación superior y al trabajo. Se incluye la enseñanza secundaria de extramuros para adultos y jóvenes. 100104 Educación media técnica y vocacional

Administración, gestión, inspección funcionamiento o apoyo de los programas de educación media técnica y vocacional. La educación media técnica prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior, en el mismo sentido estará dirigida a la formación calificada en especialidades tales como: agropecuaria, comercio, finanzas, administración, ecología, medio ambiente, industria, informática, minería, salud, recreación, turismo, deporte y las demás que requiera el sector productivo y de servicios. Debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia. La educación vocacional comprende programas con mayor contenido vocacional incluidos en el nivel 2 de la CIUE. El cual enseña a los estudiantes las pericias. necesarias para desempeñar trabajos relativamente no calificados. Los programas de aprendizaje pueden tener una duración de tres a cinco años. También incluyen los programas que combinan la educación general con la formación vocacional contenidos en el nivel 3, los cuales tienen mayor orientación vocacional que los del nivel 2 y están suficientemente avanzados como para capacitar a los estudiantes para emplearse en esferas específicas. El ingreso en los programas de aprendizaje del nivel 3 requiere, por lo común, ocho años de escolaridad anterior, debido a la necesidad de saber matemáticas básicas, interpretar planos y comprender el funcionamiento de maquinaria y equipo. Ambos niveles comprenden programas

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formulados para adultos y estudiantes de jornada parcial estos programas tiene requisitos de ingreso más flexibles.

1002 Contratación y prestación de servicios de educación superior 100201 Formación de Pregrado y posgrado

Administración de las actividades y servicios de la enseñanza terciaria (niveles 5, 6, y 7 de la CIUE), incluyendo la enseñanza que lleva a un título universitario de postgrado, esto es, enseñanza que lleva a una preparación superior, como la preparación de un especialista en medicina. Los programas de asignaturas en estos niveles difieren tanto en contenido como en el alcance de los de la enseñanza secundaria. Los estudiantes deben haber cursado el equivalente de alrededor de 11 años completos de enseñanza organizada para proseguir los estudios en los niveles 5 ó 6 y deben haber completados los programas requeridos en el nivel 6 para ingresar en el nivel 7. La enseñanza en los niveles 5 ó 6 por lo común prepara al estudiante para empleos altamente calificados o para el ingreso en profesiones que ofrecen buenas perspectivas de carrera. La enseñanza en el nivel 7 es más especializada que la enseñanza en el nivel 6 y lleva una preparación profesional más elevada o a la publicación de los resultados de investigaciones originales. 100202 Formación postsecundaria técnica y tecnológica

Administración, gestión, inspección, funcionamiento o apoyo de la enseñanza en el nivel 5 de la CIUE, esto es, educación superior que no permite obtener un primer título universitario. Los programas en el nivel 5 de la CIUE tienden a ser paralelos a los del nivel 6, pero comúnmente son más breves y de orientación más práctica. Por lo común, los programas son de carácter especializado en cuanto a las asignaturas de estudio; muchos de ellos son de jornada parcial; es común la a s i s t e n c i a vespertina a cl a s e .

1003 Contratación y prestación de servicios de capacitación para el trabajo 100301 Contratación y prestación de servicios de capacitación para el trabajo

Administración, gestión e inspección, funcionamiento o apoyo de enseñanza dirigida a la capacitación de la fuerza de trabajo. Entre las organizaciones patrocinadoras, además de las instituciones de enseñanza se encuentran las empresas comerciales, las asociaciones industriales, las organizaciones sindicales, las asociaciones profesionales y otras entidades. La gama de asignaturas es muy amplia, tiene por objeto preparar técnicos sumamente especializados como artes gráficas, metal mecánica,

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contabilistas supervisores de producción, etc. Se incluyen becas, donaciones, préstamos y subvenciones de estudio a los estudiantes que siguen los programas antes descritos, entre ellos los del SENA.

1004 Contratación y prestación de servicios educativos no definidos por nivel 100401 Servicios educativos no definidos por nivel

Administración, gestión, inspección, funcionamiento o apoyo de la enseñanza no definida por nivel. Se incluye los programas de educación especial tales como los realizados por Instituto Nacional de Ciegos (INCI) y el Instituto Nacional de Sordos (Insor). La enseñanza del nivel 9 corresponde a programas de los que no es posible decir que exigen una educación previa específica para el ingreso. Sin embargo, esos programas se diferencian de las actividades recreativas por ser organizados y sostenidos. Por organiza dos se entienden los programas compuestos de cursos con objetivos o planes de estudio establecidos y por sostenidos se indica que la experiencia de aprendizaje posee los elementos de duración y continuidad.

1005 Contratación y prestación de servicios complementarios de la educación 100501 Contratación y prestación de servicios complementarios de la educación

Administración, gestión, funcionamiento, inspección o apoyo en materia de transporte, alimentos, alojamiento, atención médica y odontológica y otros servicios conexos principalmente para estudiantes, sea cual fuere su nivel.

1006 Fomento, coordinación y regulación de la educación 100601 Fomento, coordinación y regulación de la educación.

Administración general de la educación diferente a la especificada en los grupos 1001 al 1007. Oficinas y entidades públicas encargadas de dicha labor. Las donaciones, préstamos, subvenciones en efectivo, con que se sufragan los gastos de los servicios auxiliares, continúan clasificados por nivel.

1007 Investigación sobre la educación

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100701 Investigación sobre la educación

Investigación en aspectos de educación como, educación primaria, secundaria, universitaria, técnica, vocacional, métodos de educación, pedagogías, administración de la educación, entre otros aspectos.

1008 Actividades y servicios de educación n.c.a. 100801 Actividades y servicios de educación n.c.a.

Actividades y servicios de educación no clasificados entre los grupos 1001 al 1009.

11 Protección Social Acciones inherentes a la protección y ayuda directa a personas necesitadas, brindándoles aportes tanto financieros como materiales, así como la cobertura financiera de las necesidades originadas en la población que ha dejado de contribuir al proceso productivo, por medios tales como pensiones y jubilaciones.

1101 Atención de invalidez y limitaciones físicas y mentales 110101 Atención de la invalidez

Actividades que proveen protección social en términos de dinero o algún otro beneficio que reemplaza el período de incapacidad por enfermedad natural o accidental. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor. 110102 Atención de limitados físicos y mentales

Actividades de protección social en forma de dinero o especie a personas que se hallan total o parcialmente incapacitadas para desarrollar una actividad económica o llevar una vida física o mental sin ningún tipo de impedimento. Esta incapacidad sólo es válida más allá de un período mínimo determinado. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

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1102 Atención de ancianos 110201 Atención de ancianos

Consiste en los desembolsos dirigidos hacia la protección social de la tercera edad en forma de dinero o de alguna otra clase de beneficios que cubran los riesgos de aquellas personas que por su vejez pierdan su capacidad de generación de ingreso o éste sea económicamente insuficiente. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

1103 Atención de la familia, la niñez, adolescencia y la juventud 110301 Atención a la familia

Recursos dirigidos para la atención integral de las familias. Esta provisión social puede ser en efectivo o en especie. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor. Incluye I.C.B.F, Acción Social. 110302 Atención a la niñez y adolescencia

Recursos dirigidos hacia la protección social de aquellas personas e instituciones quienes tienen a su cargo el mantenimiento de niños y adolescentes. Esta provisión social puede ser en efectivo o en especie. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor. 110303 Atención de la juventud

Recursos dirigidos hacia la juventud, bien sea directamente o a través de instituciones que atienden este grupo poblacional. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

1104 Protección y atención de desempleados 110401 Protección y atención de desempleados

Desembolsos destinados hacia la protección de personas que aun teniendo capacidad de trabajar no encuentran un empleo remunerado. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

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1105 Protección y atención de grupos étnicos 110501 Protección y atención de grupos étnicos

Recursos y programas dirigidos hacia grupos poblacionales minoritarios, tales como comunidades indígenas y negritudes. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

1106 Atención a población socialmente vulnerable o excluida n.c.a. 110601 Atención a población socialmente vulnerable o excluida n.c.a.

Recursos destinados hacia aquel sector de la población vulnerable y socialmente excluido, no incluidos entré las categorías 1101 a la 1105. Por ejemplo, inmigrantes, indigentes, refugiados, alcohólicos, drogadictos y víctimas del crimen y la violencia, entre otros. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

1107 Prevención y atención de desastres 110701 Prevención de desastres

Incluye solamente actividades de prevención de desastres no clasificables sectorialmente. Actividades de administración y gestión relacionadas con el tema. 110702 Atención de desastres

Incluye solamente reacción y atención inmediata de desastres. Las actividades de rehabilitación y reconstrucción se clasifican sectorialmente. Gestión y administración de programas relacionados con el tema, como el caso del FOREC

1108 Servicios de bomberos 110801 Servicios de bomberos

Administración y servicios de prevención de incendios. Apoyo a los cuerpos de bomberos para el desarrollo de tal labor.

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1109 Subsidios a las familias 110901 Subsidios de vivienda

Recursos que van a financiar parcialmente la consecución de vivienda de aquel sector de población que no cuenta con los recursos para adquirirla. Equivale a los mecanismos de vivienda de interés social. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor. Incluye Fondo de Vivienda. 110902 Subsidios por servicios públicos domiciliarios

Recursos orientados a subsidiar las tarifas de servicios públicos tales como electricidad, gas, acueducto, alcantarillado, aseo, y teléfono. 110909 Otros subsidios

Subsidios diferentes a los de vivienda y servicios públicos domiciliarios, que benefician a la población como el subsidio a los combustibles que favorece el poder adquisitivo de la canasta familiar, las compensaciones por pagos de impuestos en familias con bajos ingresos económicos, devolución del IVA, entre otros.

1110 Pensiones 111001 Pensiones

Las contribuciones patronales por concepto de pensiones. Transferencias de recursos por cualquier concepto destinadas a financiar el sistema general de pensiones. El pago directo a las personas por concepto de pensiones y mesadas pensiónales. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor. Incluye Caja del Retiro de las Fuerzas Militares, Caja de Sueldos de la Policía Nacional.

1111 Cesantías 111101 Cesantías

Recursos públicos destinados a cubrir el pago de cesantías de los empleados al servicio del Estado. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

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1112 Investigación en protección social 111201 Investigación en protección social

Define los recursos aplicados al desarrollo investigativo y experimental en el campo de la protección social como, enfermedad e invalidez, atención a la tercera edad, subsidios, desempleados, entre otros. Ampliación tecnológica y de servicios de protección social. Administración, operación y soporte de estas actividades. Oficinas o entidades públicas encargadas de esta labor.

1113 Actividades de protección social n.c.a 111301 Actividades de protección social n.c.a.

Recursos dirigidos hacia la administración, operativización y soporte de actividades tales como la formulación, la coordinación y el monitoreo de todas las políticas de protección social, los programas y sus restricciones. También son utilizados en el refuerzo y la modernización de la legislación, su clasificación y al provisión de documentos para la protección social. En general, corresponde a actividades de protección y cubrimiento social no clasificadas entre los grupos 1101 al 1112.

12 Actividades públicas que no corresponden a funciones Acciones que no corresponden a las funciones esenciales del estado como las transferencias que se realizan entre entidades públicas, reconocimientos tributarios, el servicio de la deuda contraída en periodos anteriores y no posibles de incluir en anteriores grupos.

1201 Transferencias a nivel nacional 120101 Transferencias a nivel nacional

Transferencias de carácter general entre diferentes niveles del gobierno, es decir, transferencias no asignadas a una función específica. Incluye la cuota de auditaje o cuota de Contranal.

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120102 Transferencias al Tesoro - Excedentes financieros transferidos a la Nación.

1202 Transacciones de la deuda pública 120201 Pago de intereses Pago de intereses originados en las obligaciones que se desprenden de la deuda pública, por concepto de suscripción y emisión de empréstitos y bonos. 120202 Amortizaciones

Pago a capital de obligaciones que se desprenden de la deuda pública, por concepto de suscripción y emisión de empréstitos. Redención de bonos de deuda pública.

1203 Impuestos y multas 120301 Impuestos y multas Gastos destinados al pago de impuestos y multas generados por factores diversos y de carácter también diverso en los cuales no se especifica el nivel al cual se dirigen.

1204 Otras actividades que no corresponden a funciones n.c.a. 120401 Otras actividades que no corresponden a funciones n.c.a. Comprende otros gastos no clasificados funcionalmente entre los grupos principales 01 al 11, y entre los grupos de segundo nivel 1201 y 1202.

1205 Proyectos sujetos distribución previo concepto DNP, DGPN 120501 Proyectos sujetos a distribución previo concepto DNP, DGPN Corresponden a aquellos rubros relacionados con proyectos sujetos para su ejecución al concepto del Departamento Nacional de Planeación o la Dirección General del Presupuesto Nacional para su distribución, los cuales no son claramente asignados a función específica.

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Guia de clasificación funcional del gasto Concepto Presupuestal Servicios personales asociados a la personales indirectos.

nómina y servicios

Clasificación Funcional Con cargo a la función de la Entidad

Impuestos, tasas y multas

Con cargo a la función de la Entidad

Cuota de auditaje a Contranal

Actividades públicas que no corresponde a funciones: Impuestos.

Cuota Superfinanciera

Actividades públicas que no corresponden a funciones Transferencias 120101

Indemnizaciones y/o conciliaciones

Actividades públicas que no corresponden a funciones Transferencias 120101

Sentencias

Con cargo a la función de la Entidad

Pensiones y/o mesadas pensionales

Con cargo a la función de la Entidad

Pago de servicios médicos convencionales

Protección Social-Pensiones-Código 111001

Cesantías parciales o definitivas

Salud-Contratación o prestación de servicios de salud no discriminada por tipo de servicio. Código 080204

Fondo de Vivienda

Protección social – Cesantías-Código 111101

Proyectos de sistemas o informática.

Protección social- Subsidios de vivienda. Código 110901

Proyectos de implementaciones, Implantaciones, aplicaciones, capacitación, investigaciones

Con cargo a la función de la Entidad

Proyectos asesorías y asistencia técnica

Con cargo a la función de la Entidad

Proyectos que establecen convenios con Municipios o Departamentos

Con cargo a la función de la Entidad

Proyectos que hacen referencia a compra de terrenos o tierra

ISi identifican la función, se clasifican con el código respectivo de la función. Si no identifica función alguna, se clasifican como transferencia a otros niveles de la administración. Código 010401

Proyectos que hacen referencia a ampliación, remodelación, mejoramiento, rehabilitación.

Con cargo a la función de la Entidad

Proyectos que hacen referencia a mantenimiento y dotación de sedes

Con cargo a la función de la Entidad

Impuestos, tasas y multas

Con cargo a la función de la Entidad

Porcentajes de participación en claves funcionales En este capítulo se presenta la distribución porcentual de la asignación de recursos, de los rubros que por su naturaleza hacen parte de diversas clasificaciones funcionales24 .

24 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008

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Presupuestal Central

Contribuciones inherentes a nómina Para el cálculo de los rubros correspondientes a contribuciones inherentes a la nómina del sector público y contribuciones inherentes a la nómina del sector privado debe realizarse el cálculo que se detalla a continuación: 1. Para las entidades que tienen régimen general: • Se toma como base de cálculo el rubro Sueldos de personal de nómina y se le agregan los valores correspondientes a los rubros de horas extras y días festivos, indemnización por vacaciones, prima técnica y otros asociados a los gastos de personal cuando estén desagregados. Dicho valor se toma como el total base de salarios. • Se suman los valores correspondientes a los rubros contribuciones inherentes a la nómina del sector público y sector privado. Dicho valor se toma como el total base contribuciones. • El total base de contribuciones debería sumar un valor aproximado al 44% del total base salarios. Dicho porcentaje (44%) se toma como porcentaje teórico. • Se calcula el valor teórico, que se obtiene multiplicando el porcentaje teórico (44%) por el total base salarios. • Se calcula el factor de ajuste, dividiendo el total base contribuciones entre el valor teórico25 .

Funcionamiento Salud

8.50%

Identificación(en SIIF) 19.32%

Riesgos profesionales

2.40%

5.54%

ESAP

0.50%

0.11%

SENA

2%

4.55%

CCF

4%

9.09%

ICBF

3%

6.82%

Pensiones

12%

27.28%

Cesantias

12%

27.28%

Total

44.00%

100%

25 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

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Cálculo contribuciones inherentes a la nómina sector privado •

Cajas de compensación: 4%

• Los rubros correspondientes a seguridad social, Salud, Pensiones y Riesgos profesionales, se dividen en 2 y se les suma el porcentaje de la caja de compensación (4%). • El porcentaje se calcula dividiendo cada uno de los porcentajes entre el valor resultante así:

Rubro

Salud

4,25%

% 27,48%

Riesgos profesionales

1,22%

7,87%

Cajas de compensación familiar

6,00%

38,79%

Total

15,47%

100%

Cálculo Contribuciones inherentes a la nómina Sector público: •

SENA: 2%



ICBF: 3%



ESAP: 0.05%



FNA: 12%

• Los rubros correspondientes a seguridad social, Salud, Pensiones y Riesgos profesionales, se dividen en 2 y se les suma los porcentajes del SENA, ICBF, ESAP y FNA. • El porcentaje se calcula dividiendo cada uno de los porcentajes entre el valor resultante así 26:

26Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

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Rubro Salud

4,30%

% 14,90%

Riesgos Profesionales

1,20%

4,30%

ESAP

0,50%

0,20%

SENA

2%

7,00%

ICBF

3%

10,50%

Pensiones

6,00%

21,00%

Cesantias

12%

42,10%

Total

28,50%

100%

Presupuestal Central



Clasificación de la desagregación correspondientes a los rubros de contribuciones inherentes a la nomina del sector público y privado: Contribuciones inherentes a la nómina del sector privado Rubro Cajas de compensación

110301

Lector Funcional Atención a la familia

Salud

80204

Contratación o prestación de servicios de salud no discriminados por tipo de servicio

Pensiones

111001

Pensiones

Riesgos Profesionales

80204

Contribución o prestación de servicios de salud no discriminados por tipo de servicio

Contribuciones inherentes a la nómina del secro publico



146

Rubro SENA

110301

Lector Funcional Capacitación para el trabajo

ICBF

80204

Atención a la ninez y la adolescencia

ESAP

111001

Formación universitaria de pregrado y postgrado

FNA

80204

Vivienda y espacio publico n.c.a

Salud

Contratación o prestación de servicios de salud no discriminados por tipo de servicio.

Pensiones

Pensiones

Riesgos profesionales

Contratación o prestación de servicios de salud no discriminados por tipo de servicio

Contraloría General de la República

Sistema General de Participaciones (Ley715 de 2001 y Ley 1176 de 2007) El Sistema General de Participaciones establece la siguiente distribución de recursos27

Concepto I. Asignaciones especiales

Porcentaje 4.0%

A. Resguardos indigenas

0.52%

B.Municipios ribere;os rio Magdalena

0.08/%

C. Alimentación escolar

0.5%

D. Fonpet

2.9%

II. Distribución escolar A. Educación B. Salud C. Agua potable

96.0% 58.5% 24.25% 5.4%

D. Proposito general

11.6%

Total

100%

Asignaciones especiales A. Resguardos indígenas El artículo 83 de la Ley 715 de 2001, que establece: “Los recursos de la participación asignados a los resguardos indígenas deberán destinarse a satisfacer las necesidades básicas de salud incluyendo la afiliación al Régimen Subsidiado, educación preescolar, básica primaria y media, agua potable, vivienda y desarrollo agropecuario de la población indígena. En todo caso, siempre que la Nación realice inversiones en beneficio de la población indígena de dichos resguardos, las autoridades indígenas dispondrán parte de estos recursos para cofinanciar dichos proyecto”. De acuerdo con el artículo anterior, los principales sectores hacia los cuales se destinan los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) para los resguardos indígenas son: -Educación -Salud -Inversión otros -Agua potable 27Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

147

Manual

Presupuestal Central

- Vivienda - Desarrollo agropecuario Para la distribución porcentual de la ejecución de estos recursos se toma la establecida para las asignaciones sectoriales, donde para educación se destina el 58.5%, salud el 24.5%, agua potable 5,4% e inversión el 11,6%. Los porcentajes y asignación de claves funcionales para la Participación de los Resguardos Indígenas del Sistema General de Participaciones (SGP), es la siguiente:

Funcionamiento

Participación %

Concepto educación

20,0 58,5 60,0 20,0

Salud

60,0 24,5 20,0 20,0

Agua potable Inversión otros Vivienda Desarrollo agropecuario Total

5,4 11,6

11,70 35,10 11,70

Clave

Función

100101 100102 100103

Educación preescolar Educación básica Educación media

80202 80203 80204

Contratación o prestación de servicios hospitalarios. Promoción, prevención y cuidado de la salud publica. Contratación o prestación de servicios nos discriminado por tipo de servicio.

100 5,4

700203

Construcción de acueductos y alcantarillados

50 5,8 50 5,8

700401 40102

Vivienda y espacio público n.c.a Fomento y regulación de agricultura, ganaderiam caza y pesca.

14,70 4,90 4,90

100%

B. Municipios ribereños del Río Magdalena La ley 1176 de 2007 establece la destinación de los recursos así: Artículo 20. “Destinación de los recursos. Los recursos de la asignación especial del Sistema General de Participaciones para municipios ribereños del río Magdalena serán destinados a financiar, promover y ejecutar proyectos relacionados con la reforestación que incluye la revegetalización, reforestación protectora y el control de erosión; el tratamiento de aguas residuales; y el manejo artificial de caudales que incluye recuperación de la navegabilidad del río, hidrología, manejo de inundaciones, canal navegable y estiaje; compra de tierras para protección de microcuencas asociadas al río Magdalena.” Teniendo en cuenta dicha destinación los porcentajes y asignación de claves funcionales es la siguiente:

148

Contraloría General de la República

Concepto

%

Clave

Función

Tratamientos de agua

25%

60201

Manejo artificial de caudales

25%

60201

Manejo de aguas

Compra de tierras para protección de microcuencas

25%

60201

Manejo de aguas

Reforestación

25%

60301

Protección de la biodeversidad

Manejo de aguas



C. Alimentación escolar Los municipios y distritos destinan estos recursos a programas de alimentación escolar, con el fin de garantizar los servicios de complementación alimentaria a los estudiantes. Se establece como prioridad del gasto un 80% en alimentos y el 20% restante para prever otros costos, tales como transporte, implementos necesarios para su preparación, personal requerido y para monitoreo y seguimiento al programa28. La clave funcional para la alimentación escolar para distritos municipios del Sistema General de Participaciones (SGP), es la siguiente:

Concepto

110302

Función

Atención a la niñez y la adolecencia

D. FONPET La totalidad de los recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales le corresponde la siguiente clave funcional, dada su naturaleza.

Clave

Función

11001

Pensiones

28 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

149

Manual

Presupuestal Central

II. Distribución sectorial A. Educación. Resumiendo los principales conceptos del Propósito Educación se encuentra la siguiente composición porcentual

Concepto

%

Prestación de servicios

88,05%

Aportes ptronales

8,69%

Cancelación prestaciones sociales del Magisterio

3,26%

Total

100%

En el concepto de Prestación de Servicios se considera que el 92,46% es para gastos de personal y el 5% para gastos generales, los Aportes para el pago de cesantías (8,33%), pensiones (5%) y salud (3,5%) a los cuales se le asigna un peso porcentual de acuerdo a su participación en el total de aportes por estos tres conceptos y la cancelación de las prestaciones del Magisterio se destinan en su totalidad para el pago de pension e s . Los recursos se encuentran apropiados en el presupuesto para la vigencia fiscal 2003 en:

Clave

2201-01 Minieducación G.G

Rubro

3-7-1-1

Concepto Sistema General de Participaciones - Educación Artículo 4 Ley 715 de 2001 (Distribución previo concepto DNP)



De acuerdo con lo anterior, las claves funcionales propuestas para el Propósito Educación del SGP, son las siguientes

150

Contraloría General de la República

Educación Prestación de servicios

Participación

Clave

Función

88,05

Gastos de personal

83,05

Sueldos Personas Nomina

Educación media Técnica y vocacional 76,77

Riesgos profesionales

100104

Contratación o prestación de servicios de salud

80204

Atención a la Familia

Cajas de C.

110301

Atención a la ninez y la adolecencia

I.C.B.F

110302

Capacitación para el trabajo

SENA

100101

Formación universitaria de pregrado y posgrado

ESAP

100201

capacitación para el trabajo

Escuelas e Ins. Tec

100301

Educación media tecnica y vocacional

Gastos Generales Aportes

5

5

100104

8,69

Cesantias

111101

Cesantias

Pensiones

111001

Pensiones

80204

Contratacón o prestación de servicios de la salud

11001

Pensiones

Salud Cancelación Magisterio

prestaciones

Pensiones

3,26 3,26

B. Salud29 Para la determinación de las claves funcionales y sus porcentajes, se utilizó como base la información consolidada de los Documentos Conpes sociales sobre la distribución del SGP para el año 2002. Los resultados obtenidos en la distribución del Sistema General de Participaciones salud, de acuerdo con los documentos Conpes, son los siguientes: Concepto



Regimen Subsidiado Salud Publica Prestación de servicios Aportes Patronales Prestación de servicios. Primer nivel Total

% 47% 11% 42% 35% 65% 100%

29 Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

151

Manual

Presupuestal Central

Los conceptos principales, que se manejan en la distribución de recursos del Propósito Salud del SGP, se encuentran definidos en el citado documento del DNP, los cuales comprenden: Régimen Subsidiado: Pago del seguro de salud a la población pobre y vulnerable. Garantiza servicios básicos, tanto de diagnóstico como de tratamiento, atención de urgencias, servicios especializados, ambulatorios y hospitalarios y acciones de promoción y prevención, detección temprana y protección específica. Salud Pública PAB: Pago de los costos de las acciones en salud pública (promoción, prevención y protección especificas) dirigidas al conjunto de la población y de las acciones de inspección, vigilancia y control de riesgos para la salud pública Aportes patronales: Pago de las obligaciones prestacionales del Estado con los trabajadores del sector salud por concepto de cesantías, pensiones, salud y riesgos profesionales. De acuerdo con lo anterior, las claves funcionales para el propósito salud del SGP, son las siguientes: C. Propósito general De acuerdo con las Leyes 1176 de 2007, 715 de 2001 y los documentos Conpes de Distribución de los recursos para el propósito general, se tiene la siguiente repartición:

Educación

Participación

Regimen subsidiado

47,0%

Salud Publica (PAB)

11,0%

Presatación de Servicios

42,0%

Aportes Patronales

80202 80203

Función Contratació o prestación de servicios hospitalaria Promoción y prevención y ciudad de la salud pública

76.77 35.0%

Cesantías

29.0%

111101

Cesantias

Pensiones

35.0%

111101

Pensiones

Salud

28.0%

80202

Contratación o prestación de servicios hospitalarios

8.0%

80202

Contraación o prestación de servicios hospitalarios

Contraación o prestación de servicios hospitalarios

Riesgos Profesionales Prestación servicos/primer nivel Gastos de personal

65.0% 88.0%

Sueldos

9,1%

80202

Caja de compensación

4.0%

110301

Atención a la familia

ICBF

3.0%

110302

Atención a la ninez y a adolescencia

SENA

1.0%

100301

Contratacón o prestación de servicios de la salud

ESAP

0.5%

100201

Formación universitaria de pregrado

Escuelas e institutos

0.5%

100301

Capacitación para trabajo

12.0%

80202

Contratación o prestación de servicios hospitalarios

Gastos generales

152

Clave

Contraloría General de la República

Concepto

Función

Libre

31,9%

Forzosa

68,1%

Deporte y recreación

7.7%

Cultura

5.8%

FONPET

6.30%

Otros

80.20%

Total 100%

100%



Educación I. Libre asignación

Participación

Clave

Función

32%

- Sueldos y prestaciones

76%

- Aportes

24%

24,24%

10501

11101

Apoyo institucional a la descentralización

-Cesantias

1,91%

-Pensiones

2,07%

11101

-Salud

1,60%

800204

Contratación o prestación de servicios de la salud no discriminados por tipo

-Cajas de C.

0,96%

110301

Atención a la niñez y la adolescencia

-I.C.B.F

0,64%

110302

Capacitación para el trabajo

-SENA

0,13%

110301

Formación universitaria de pregrado y posgrado

-ESAP

0,13%%

110302

Capacitación para el trabajo

Escuelas e Inst. Tec.

0,22%

100301

- Construcción y mantenimiento de escenarios

1,47%

90102

Servicios de recreación y deporte

-Financiación eventos

3,77%

90101

Fomento y regulación de la recreacioón y el deporte Fomento y regulación de actividades culturales

II. Inversión Forzosa Deporte y Recreación

68% 8%

-Cultura

6% 3

93%

90201

FONPET

6%

4,32%

111001

-Otros

80%

-Desarrollo institucional

1,00%

10104

Apoyo y regulación de la función publica

Justicia, defensa y seguridad

8,00%

30101

Servicios de policia y protección ciudadana

Credito a micro y pequeña empresa-estrategia para reducir el empleo

3,00%

40101

Fomento y regulación del desarrollo economico general

Infraestructura vial

8,00%

50501

Infraestructira y servicios de transporte terrestre

Programas de vida

2,32%

70201

Construcción de viviendas

Promoción y financiamiento de proyectos agropecuarios

1,00%

50101

Infraestructura y produccion agropecuaria

Prevención y atención a desatres

0,80%

110702

Atención de desastres

Admon. y protección del medio ambiente

3,60%

60301

Protección de la biodiversidad

153

Manual

Presupuestal Central

Continuación Atención población vulnerable, educación, servicios personales

6.50%

110601

Atención a la población socialmente vilnerable o excluida n.c.a

Atención población vulnerable, educación, construcción, mtto, plantas fisicas

7.00%

100801

Actividades y servicios de la educación n.c.a

Atención intengral con limitación fisica y mental

0.30%

110102

Atención de limitados fisicos y mentales

Otras actividades de protección social

7.50%

110301

Actividades de protección social

Centros amar de integración

0.60%

110301

Atención a la familia

Programas para la niñez

4.50%

110302

Atención a la niñez y adolescencia

-Recuperación de jóvenes

0.50%

110303

Atención a la juventud

La Contraloría General de la República asumirá por competencia prevalente la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Participaciones. Entre tanto, corresponde a las contralorías territoriales enviar los informes o reportes que aquella solicite para cumplir adecuadamente la labor de coordinación y complementación de las funciones30

Regalías Los porcentajes de distribución de los recursos del Fondo Nacional de Regalías que se describen a continuación, se asignan conforme con lo dispuesto en la ley 141 de 1994 y sus decretos reglamentarios (Decretos: 145 de 1995, 620 de 1995, 149 de 2004, 416 de 2007 y 4192 de 2007).

%

Nombre funcional

9.1%

40105

Fomento y regulación de la mineria no energetica

15.1%

50301

Infraestructura y energia electrica

34.1%

111301

35.3%

60401

Fomento y regulación medio ambiente

6.4%

70203

Construcción alcantarillados

30 Concepto 80112- EE 51852

154

Clave funcional

Actividades N.C.A

de

generación protección

de

de

social

acueductos

y

Contraloría General de la República

En casos excepcionales y a petición de la autoridad competente o de la comunidad, la Contraloría General de la República podrá ejercer el control fiscal de los proyectos que se financien con recursos provenientes de regalías, ya sean éstas propias o del Fondo Nacional de Regalías

155

Capítulo VIII

CAPÍTULO VIII CLASIFICACIÓN ECONÓMICA El clasificador económico del Presupuesto Público Nacional tiene como objeto la determinación de los resultados económicos, financieros y fiscales, mediante la identificación de la naturaleza de las rentas y recursos de capital y el objeto de los gastos y de las inversiones de capital y los mecanismos empleados para el financiamiento del déficit o la aplicación del superávit. El clasificador detallado en el presente Manual se aplica para la totalidad de las operaciones presupuestales y persigue la generación de reportes para el seguimiento y control de la información desde el punto de vista de la interrelación del sector público con otros sectores de la economía, determinando el comportamiento de la situación fiscal y financiera y su impacto sobre la deuda, siguiendo los criterios establecidos en el Manual de Estadísticas del Fondo Monetario Internacional. Bajo ésta perspectiva, el Manual propone la clasificación de las operaciones presupuéstales en cuatro secciones: 1.

Rentas y Recursos de capital

2.

Financiamiento - Fuentes

3.

Gastos e inversiones de capital

4.

Financiamiento- Aplicaciones

8.1 Rentas y recursos de capital El capítulo de rentas y recursos de capital incorpora la totalidad de los ingresos recibidos durante un período fiscal que incrementan el patrimonio de las instituciones públicas. La categoría de las rentas considera su carácter de permanencia y la condición de destinación, lo que permite la generación de información transparente y coherente

157

Manual

Presupuestal Central

frente a los lineamientos y compromisos de rendición de cuentas, de control y seguimiento fiscal. Así, se colige que un ingreso debe corresponder a: Un ingreso permanente pero no de libre disposición, como son las rentas parafiscales y fondos especiales, catalogados como ingresos con destinación específica. Un ingreso ocasional que puede ser de libre disposición, como son las rentas de la propiedad determinadas entre otros, por los rendimientos y excedentes financieros. Un ingreso ocasional que no es de libre disposición, como son las transferencias corrientes y de capital originadas en donaciones. Un ingreso permanente y de libre disposición, como son los ingresos tributarios regulares. Cada una de las características anteriores se incorpora como una clasificación dentro de la estructura del clasificador económico, para determinar el origen y la naturaleza del ingreso, de manera que pueda cumplirse en forma transparente con la revelación y la medición de los ingresos. Por su parte, la categoría de recursos de capital comprende las rentas obtenidas por la venta de bienes y aportes de capital, y las transferencias de capital sin contraprestación.

8.2 Financiamiento – Fuentes La categoría de fuentes de financiamiento incorpora los recursos obtenidos por endeudamiento público, las disminuciones de las inversiones financieras y la recuperación de préstamos.

8.3 Gastos e inversiones de capital Gastos Esta categoría incluye los gastos destinados a financiar las actividades inherentes al desarrollo del objetivo institucional, entendiéndose como tales, el pago de gastos corrientes, gastos de la propiedad, gastos financieros, gastos de operación comercial e industrial, subsidios y transferencias corrientes. Se aplica para acumular las operaciones que tienen la característica de representar perdidas o disminuciones patrimoniales.

158

Contraloría General de la República

La clasificación económica en la categoría de gastos identifica: 1. Los gastos que permiten cumplir a cabalidad y de manera sostenible las funciones que le asigna la Constitución y la Ley a los organismos públicos, las cuales tienen la característica de necesidad y permanencia para sostener el objetivo institucional. Esta subcategoría incorpora, primordialmente, los gastos corrientes o erogaciones económicamente no recuperables. 2. Los gastos generados en la tenencia de activos financieros, así como la explotación y uso de activos no financieros de propiedad de terceros utilizados en el desarrollo de la actividad de las instituciones públicas. Esta subcategoría recoge el importe de los gastos de la propiedad que se caracterizan por su relatividad y discrecionalidad frente al objetivo institucional de la entidad. 3. Los gastos originados por el financiamiento del endeudamiento que acumularía los costos financieros de los pasivos. 4. Los gastos que representan los costos de la operación comercial de las instituciones que reportan ingresos derivados de la producción y venta de bienes y servicios, en desarrollo de su objetivo social, así como los subsidios a la actividad productiva. 5. Las transferencias corrientes de recursos a otras instituciones y órganos públicos en virtud de mandamientos legales.

Inversiones de capital Acumula los flujos que corresponden a erogaciones susceptibles de ser económicamente productivas, determinadas por el uso, explotación y adquisición de activos no financieros o reales, así como los activos financieros y las transferencias que deben ser destinadas con ese fin. La característica conceptual de estos rubros es que no necesariamente representan disminuciones de la capacidad patrimonial de las instituciones públicas, en tanto representan significativamente una sustitución del recurso.

8.4 Financiamiento- Aplicaciones La categoría de aplicaciones del financiamiento registra las amortizaciones de la deuda pública interna y externa y el pago de intereses, la colocación de instrumentos financieros y la concesión de préstamos.

159

Manual

Presupuestal Central

La Contraloría General de la República -CGR- y la Contaduría General de la Nación suscribieron el 6 de diciembre de 2007 el acuerdo de uso de la plataforma del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Financiera Pública -SCHIP¬que administra la CGN, específicamente en su funcionalidad de aplicativo de captura y Bodega de Datos, en condición de usuario estratégico del sistema para las categorías que desarrolle, incluyendo inicialmente la categoría presupuestal. La implementación y uso de las categorías en la plataforma -SCHIP- deberá efectuarse en forma progresiva por parte de las entidades públicas, acogiendo las directrices generales de reporte de información definidas por el administrador general del SCHIP. La Contraloría General de la República mediante las Circulares 002 del 25 de marzo de 2008 y 003 del 16 de abril de 2008 ha establecido como año base la vigencia 2007 para el registro de la información de la contabilidad presupuestal en el Banco de Datos Fiscales, recogiendo la información existente en el sistema de cuentas de Presupuesto y Tesorería del Régimen de Contabilidad Pública.

Clasificación y descripción de las cuentas Clasificación: la estructura de los ingresos y recursos de capital, gastos e inversiones de capital y financiamiento, que hacen parte del Manual se ordenan, según su naturaleza económica31. Código económico: este campo corresponde a la clasificación económica de los rubros presupuéstales e incorpora los conceptos de capítulo, categoría, subcategoría, cuenta y subcuenta y tienen la virtud general de ser el insumo básico para la generación de los reportes de interés general. A continuación de definen los niveles de desagregación que componen la estructura del Manual: Capítulo: Cada una de las partes principales en que se divide el clasificador económico. Categoría: Desagregación de los capítulos según la naturaleza de los conceptos económicos que los conforman.

31Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de Presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

160

Contraloría General de la República

Manual presupuestal - Nivel central Capitulo Categoria Subcategoria Cuenta subcuenta

x

x

x

x

x

Código Económico

Plan de cuentas por código Ecónomico32 Código Ecónomico

Concepto

1 Rentas y recursos de capital 11 Rentas 111 Ingresos corrientes 1111 Tributarios 11111 Impuestos sobre el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital 11112 Impuestos sobre la propiedad 11113 Impuestos sobre los bienes y servicios 11114 Impuestos sobre el comercio y las transacciones internacionales 11119 Otros Impuestos 1112 No Tributarios 11121 Venta de bienes y servicios 11122 Multas, sanciones pecuniarias y depósitos en caución transferidos 11123 Concesiones sobre explotación de bienes, derechos y servicios No Agotables 11124 Servicios específicos 11125 Ingresos de Operación Comercial 11129 Ingresos Diversos 112 FONDOS ESPECIALES 1121 Contribuciones especiales 1121 Contribuciones sobre la propiedad, el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital 11212 Contribuciones sobre los bienes y servicios 11213 Contribuciones para la regulación 1122 Otros Ingresos de los Fondos Especiales 11221 Venta de bienes y servicios 31Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de Presupuesto Público Nacional actualizado al 2008.

161

Manual

Código Ecónomico

Presupuestal Central

Concepto

11222 Multas, sanciones pecuniarias y depósitos en caución transferidos 11223 Ingresos de Operación Comercial 11229 Ingresos Diversos 113 RENTAS PARAFISCALES 1131 Contribuciones Sociales (EFP) 11311 Contribuciones De Los Empleados 11312 Contribuciones De Los Empleadores 1132 Contribuciones Sobre La Nómina Y La Fuerza De Trabajo 11321 Contribuciones Sobre La Nómina 114 RENTAS DE LA PROPIEDAD 1141 Ingresos Financieros 11411 Intereses y Rendimientos 11412 Dividendos y utilidades de empresas y similares societarias 11413 Utilidades Banca Central 11414 Excedentes financieros y utilidades de entes no societarios 11415 Ganancias de capital 11419 Otros ingresos financieros 1142 Derechos Sobre Bienes Intangibles 11421 Concesiones Ocasionales de Bienes, derechos y Servicios agotables 11422 Patentes y Marcas 11423 Rentas por Derechos de Explotación de Monopolios 11424 Franquicias 11429 Otros Derechos Sobre bienes y Servicios 1143 Indemnizaciones 11431 Sentencias y conciliaciones 11432 Reclamaciones por siniestros 11433 Otras indemnizaciones 1144 Arrendamientos y alquileres 11441 De Tierras y Terrenos 11442 De Otros Bienes Inmuebles 11443 De Bienes Muebles y Equipos 11444 Otros Bienes Muebles 115 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1151 Transferencias DEL Sector Privado 11511 Transferencias De Personas Naturales 11512 Transferencias de Personas Jurídicas 1152 Transferencias del Sector Público 11521 De la Administración Central (AC) 11522 De empresas Públicas no Financieras (EPNF) 11523 De empresas Públicas Financieras (EPF) 11524 De Otras Entidades Públicas 11525 Del Sistema General de Participaciones 11526 Asignaciones Especiales 11527 Participaciones Sectoriales 11529 Otras Transferencias del Sector Público 1153 Transferencias Del Sector Externo 11531 De Organismos Internacionales 11532 De Gobiernos Extranjeros 11533 Otras Transferencias del Exterior

162

Contraloría General de la República

Código Ecónomico 12 121 1211 12111 12112 1211 1212 12121 1213 1213 12132 122 1221 12211 12212 1222 12221 12222 12223 12225 1223 12231 12232 12239 2 21 211 2111 2112 2113 2114 2115 2116 212 2121 21211 21212 21213 2122 21221 21222 21223 2123 21231 21232 21233 2124 21241 21242



Concepto RECURSOS DE CAPITAL VENTA DE ACTIVOS REALES Enajenación y disposición de Bienes Semovientes Inmuebles Maquinaria, Muebles, Equipo y Otros Enajenación y disposición de Aportes de Capital Venta de aportes de capital Otros Ingresos De Capital Enajenación de Activos Intangibles Ingresos de Capital Diversos TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Transferencias Del Sector Privado Donaciones De Personas Naturales Donaciones De Personas Jurídicas Transferencias Del Sector Público De la Administración Central (AC) De Empresas Públicas No Financieras (EPNF) De Empresas Públicas Financieras (EPF) De Otras Entidades Públicas Transferencias Del Sector Externo De Organismos Internacionales De Gobiernos Extranjeros Otras Transferencias del Exterior FINANCIAMIENTO-FUENTES OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO CREDITO EXTERNO Banca Comercial Banca De Fomento Gobiernos Organismos Multilaterales Proveedores Otros Deuda Externa CREDITO INTERNO Con Sector Público Nacional Entidades Financieras Públicas Nacionales Empresas Públicas No Financieras Nacionales Banco Central Con el Sector Publico Departamental Gobierno Central Departamental Entidades Financieras Departamentales Empresa Públicas No financieras Departamentales Con Sector Público Municipal y Distrital Gobierno Central Municipal y Distrital Entidades Financieras Municipales y Distritales Empresas Públicas No financieras Municipales y Distritales Con Sector Privado Entidades financieras Del Sector Privado Proveedores

163

Manual

Código Ecónomico 21249 22 221 2211 22111 22112 2212 22121 22122 222 2221 22211 22212 2222 2223 2224 22241 22242 2225 22251 22252 22253 22254 23 231 2311 2312 2313 232 233 3 31 311 3111 31111 31112 3112 31121 3113 31131 3114 31141 31142 3115 31151 31152 312 3121 31211

164

Presupuestal Central

Concepto Otras entidades del Sector Privado ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBILIDADES Recursos disponibles Caja y Bancos en el Exterior Caja y Bancos en el interior Reintegros de Vigencias Anteriores Gastos e inversiones de capital Financiamiento -Aplicaciones INSTRUMENTOS FINANCIEROS -DISPOSICIONES Sector Público Nacional Financiero Nacional No Financiero Nacional Sector Publico Departamental Sector Público Municipal Distrital Sector Privado Empresas Financieras del Sector Privado Empresas No Financieras del Sector Privado Sector Externo Empresas Públicas Financieras del Exterior Empresas Públicas no financieras del Exterior Empresa Privadas Financieras del Exterior Empresa Privadas No financieras del Exterior PRESTAMOS-Recuperaciones Sector Público Al Sector Público Nacional Al Sector Público Departamental Al Sector Público Municipal y Distrital Sector Privado Sector Externo GASTOS E INVERSIONES DE CAPITAL GASTOS GASTOS CORRIENTES Remuneraciones Sueldos Y Salarios Del Personal De Nómina Servicios Personales No Asociados A La Nómina Contribuciones Sociales Contribuciones Sociales Inherentes A La Nómina Prestaciones Sociales Prestaciones Sociales a Cargo del Gobierno Adquisición de Bienes y Servicios Bienes De Consumo Servicios No Personales Impuestos, Contribuciones, Multas e Intereses de Mora Impuestos y Contribuciones Multas e intereses de mora GASTOS DE LA PROPIEDAD Costos Financieros de Activos Financieros Gastos en Adquisición de Títulos

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Código Ecónomico 31213 31214 3122 31221 31222 3123 31231 31232 31233 31239 3124 31241 31242 31243 31249 313 3131 31311 31312 31313 31314 31315 31316 31317 31319 3132 31321 31322 31323 31324 314 3141 31411 31412 3142 31421 co 3143 31431 3144 31441 31442 31443 3145 31451 31452 3146 31461 31462

Concepto Otros Gastos Financieros Perdidas de Capital Excedentes Dividendos y Utilidades Dividendos y Utilidades Excedentes Financieros Derechos Sobre Bienes Intangibles Patentes y Marcas Programas de informática Franquicias Otros Derechos Arrendamientos y Alquileres Arrendamiento De Tierras Y Terrenos De Otros Bienes Inmuebles De Bienes Muebles y Equipos De Otros Bienes Muebles y Equipos GASTOS FINANCIEROS Intereses, Comisiones Y Gastos De La Deuda Pública Externa Banca Comercial Banca De Fomento Gobiernos Organismos Multilaterales Proveedores Títulos Valores Cuenta Especial de Deuda Externa Otros Deuda Externa Intereses, Comisiones Y Gastos De La Deuda Pública Interna Nivel Nacional Nivel Departamental Nivel Distrital o Municipal Sector Privado GASTOS DE OPERACIÓN COMERCIAL E INDUSTRIAL Remuneraciones Sueldos Y Salarios Del Personal De Nómina Servicios Personales No Asociados A La Nómina Contribuciones Sociales Contribuciones Sociales Inherentes A La Nómina del Sector PúbliPrestaciones Sociales Prestaciones Sociales a Cargo del Gobierno Adquisición de Bienes y Servicios Bienes De Consumo Servicios No Personales Impuestos, Contribuciones, Multas e Intereses de Mora Gastos de la Propiedad Derechos Sobre Bienes Intangibles Arrendamientos y Alquileres Existencias Mercancías para la venta Productos Terminados

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Manual

Código Ecónomico 31463 31464 315 3151 31511 31512 31513 31519 3152 31521 31522 316 3161 31611 31612 31613 31619 3162 31621 31622 31623 31629 3163 31631 31632 3164 31641 31642 31649 3169 31691 31692 31699 32 321 3211 32111 32112 32113 32114 32115 32116 32119 3212 32121 32122 22129 3213

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Presupuestal Central

Concepto Productos en Proceso Materias Primas SUBSIDIOS A la Actividad Productiva A Empresas Privadas A Empresas Públicas Financieras A Empresas Públicas No Financieras Otras Entidades y Organismos Públicos De Beneficio Social Para Adquisición, Acceso o Mejora de Bienes Para Adquisición, Acceso o Mejora de Servicios TRANSFERENCIAS CORRIENTES Transferencias Al Sector Privado Al Sector Financiero Al Sector No financiero A entidades Sin Fines De Lucro A Otras Entidades o Personas No Definidas Transferencias Al Sector Público A la Administración Central (AC) A Empresas Públicas No Financieras (EPNF) A Empresas Públicas Financieras (EPF) A Otras Entidades Publicas Sistema General De Participaciones (SGP) Asignaciones especiales Participaciones sectoriales Transferencias Al Sector Externo A Organismos Internacionales A Gobiernos Extranjeros Otras Transferencias Al Exterior Otras Transferencias Indemnizaciones Cuenta de Compensación Presupuestal Destinatarios De Otras Transferencias Corrientes INVERSIONES DE CAPITAL ADQUISICION COSNTRUCCION O MEJORA DE ACTIVOS REALES O NO

Propiedades Planta Y Equipo Semovientes Terrenos Edificaciones y Estructuras Maquinaria Y Equipo Muebles, Enseres Y Equipo De Oficina Redes DE distribución Comunicación y Transporte Otros Bienes de Propiedad Planta y Equipo Bienes De Uso Público Edificios y Estructuras Vienes Históricos , Culturales y Objetos de Valor Otros Inversión en Recursos Naturales Y Del Medio Ambiente

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Código Ecónomico 32131 32132 32133 32134 32135 3214 32141 32142 32143 32144 32149 3215 32151 32152 3216 32161 322 3221 32211 32212 32213 32219 3222 32221 32222 32223 32229 3223 32231 32232 32239 4 41 411 4111 4112 4113 4114 4115 4116 4117 4119 412 4121 41211 41212 41213 4122 41221

Concepto Minas y Canteras Yacimientos Bosques Naturales Otros recursos Naturales Agotables Conservación y Recuperación de Recursos Naturales y del Ambiente

Activos Intangibles Exploración Minera Programas De Informática -Software Originales Para Esparcimiento, Literarios o Artísticos Estudios de Preinversión Otros Activos Intangibles Construcciones en Curso Edificaciones y Estructuras de Uso Público Edificaciones y Estructuras de Dominio Privado Adquisición de Aportes de Capital Acciones y Participaciones de Capital TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Trasferencias Al Sector Privado Con el Sector Financiero Con el Sector No financiero Con Entidades Sin Fines De Lucro Otras Transferencias de Capital al Sector Privado Transferencias Al Sector Publico A la Administración Central (AC) A Empresas Publicas No Financieras (EPNF) A Empresas Publicas Financieras (EPF) Otras Entidades Públicas del Orden Territorial Transferencias Al Exterior A Organismos Internacionales A Gobiernos Extranjeros Otras Transferencias Al Exterior FINANCIAMIENTO OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO CREDITO EXTERNO Banca Comercial Banca De Fomento Gobiernos Organismos Multilaterales Proveedores Títulos Valores Cuenta Especial de Deuda Externa Otros Deuda Externa Crédito interno Con sector público nacional Entidades financieras Públicas Nacionales Empresas públicas no financieras nacionales Banco central Con sector Público Departamental Gobierno central departamental

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Manual

Código Ecónomico 41222 41223 4123 41231 41232 41233 4124 41241 41242 41249 42 422 4221 42211 42212 4222 4223 4224 42241 42242 4225 42251 42252 42253 42254 43 431 4311 4312 4313 432 433

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Presupuestal Central

Concepto Entidades financieras departamentales Entidades Públicas No financieras Departamentales Con Sector Público Municipal y Distrital Gobierno Central Municipal y Distrital Entidades Financieras Municipales y Distritales Empresas Públicas No Financieras Municipales y Distritales Con sector privado Entidades financieras del sector privado Proveedores Otras Entidades del Sector Privado Activos financieros Adquisición de instrumentos financieros Sector público nacional Financiero nacional No financiero Nacional Sector público departamental Sector Público Municipal y Distrital Sector privado Empresas financieras del sector privado Empresas No Financieras del Sector Privado Sector externo Empresas Públicas financieras del Exterior Empresas Públicas No Financieras del Exterior Empresas Privadas Financieras del Exterior Empresas privadas No financieras del Exterior PRESTAMOS - Concesiones AL SECTOR PÚBLICO Al Sector Público Nacional Al Sector Público Departamental Al Sector Público Municipal y Distrital Sector Privado Sector Externo

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Plan de cuentas por Código Asociado33 Descripción de cuentas

Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

1 Rentas y recursos de capital

En correspondencia con lo referido por la Constitución se entenderán como rentas todas las operaciones presupuéstales que tienen la característica de crear, incrementar o mantener la riqueza patrimonial del Gobierno Central y de las instituciones públicas. Sus componentes primarios son: los ingresos y los recursos de capital. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

Cuenta

1 Rentas y recursos de capital Rentas

El ingreso está determinado por las operaciones que crean o incrementan el nivel patrimonial de Gobierno Central y de las instituciones públicas. Las fuentes principales de ingreso son: los ingresos corrientes, recurso capital, contribuciones parafiscales, fondos especiales. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital rentas ingresos corrientes

Cuenta

1

Se denominan ingresos corrientes, los ingresos regulares, permanentes y sostenibles para financiar las apropiaciones del sector público. Estos ingresos se clasifican en ingresos tributarios y no tributarios. Los ingresos corrientes reúnen las siguientes características: I) regularidad en el recaudo, II) certidumbre en la base de cálculo y recaudo histórico para estimación razonable de los ingresos públicos, III) disponibilidad normal para atender actividades rutinarias, IV) ingresos ordinarios libres para atender gastos con la suficiencia de cobertura general.

33Ministerio de Hacienda y Crédito Público Dirección General de Presupuesto Público Nacional, actualizado al 2008.

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Manual

Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Ingresos corrientes Tributarios

Presupuestal Central

Cuenta

1

1

Los ingresos tributarios constituyen los pagos obligatorios sin contraprestación que se originan en la potestad que tiene el estado para establecer impuestos. Se clasifican en impuestos directos e indirectos y su clasificación depende de la base sobre la que se grava el impuesto. Un impuesto se considera directo porque se aplica y recauda directamente de la persona que tienen los ingresos o el patrimonio gravados, como el gravamen sobre la renta como ingreso. Un impuesto es indirecto cuando recae sobre la producción, extracción, venta, transferencias, arrendamiento o aprovisionamiento de bienes y prestación de servicios, así como sobre importaciones y exportaciones y no sobre las personas, como el gravamen a las ventas y el consumo. 11111 Impuestos sobre el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital Estos impuestos se aplican a: a) Los sueldos, salarios, propinas, honorarios, comisiones, prestaciones complementarias y otras remuneraciones por servicios laborales; b) Los intereses, dividendos, arriendo de activos públicos naturales e ingresos por concepto de regalías; c) Las ganancias de capital, y pérdidas de capital cuando ello se establezca, incluidas las distribuciones de ganancias de capital de los Fondos de Inversión; d) Las utilidades de las empresas, sociedades, propietarios individuales, sucesiones y fideicomisos, d) otras partidas diversas relacionadas con el ingreso y que se definan por ley. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: el impuesto de renta y complementarios en cabeza de personas naturales, sucesiones ilíquidas y personas jurídicas y el Impuesto a las Ganancias Ocasionales. 11112 Impuesto sobre la propiedad Incluye los impuestos sobre el uso, la propiedad o la transferencia de riqueza. Pueden ser recaudados en intervalos regulares, una sola vez o cuando se produce un cambio en la propiedad.

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Los impuestos sobre la propiedad inmueble gravados sobre la renta neta presunta se registran como impuestos sobre el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital; de igual manera, los impuestos sobre el uso de la propiedad con fines residenciales. Los ingresos por su naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: Gravamen a los movimientos financieros, impuesto sobre vehículos automotores, impuestos de registro e impuesto predial unificado. 11113 Impuestos sobre los bienes y servicios Incluye los impuestos sobre la producción, extracción, venta, transferencia, arrendamiento o entrega de bienes y prestación de servicios. Así mismo, otros impuestos para permitir usar bienes o realizar actividades. Los ingresos que por su naturaleza hacen parte de esta subcuenta son: los impuestos generales sobre los bienes y servicios como el IVA, los impuestos selectivos que gravan a productos específicos y los impuestos sobre el uso de bienes y permiso para realizar actividades mediante la emisión por parte del gobierno de una licencia o certificado. 11114 Impuestos sobre el comercio y las transacciones internacionales Esta partida abarca los ingresos provenientes de todos los impuestos que gravan los bienes por el hecho de entrar en el país o los servicios por el hecho de que son proporcionados por no residentes a residentes. Los gravámenes pueden aplicarse con fines de obtención de ingresos o con fines proteccionistas y pueden ser determinados sobre una base específica o advalorem, pero deben limitarse por ley a los productos importados. Incluyen los derechos aplicados según la tarifa de aranceles aduaneros y sus anexos, incluidas las sobretasas basadas en la tarifa de aranceles, los derechos consulares, los cargos por tonelaje, los impuestos estadísticos, los derechos fiscales y las sobretasas no basadas en la tarifa de aranceles aduaneros. Los impuestos que se aplican a las importaciones, por corresponder a una categoría más amplia de bienes que están sujetos a impuesto, se registran en impuestos generales sobre los bienes y servicios o impuestos selectivos. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: Los derechos de aduanas y otros impuestos sobre derechos de importación. 11119 Otros impuestos En esta partida se incluye el ingreso procedente de los impuestos aplicados, fundamentalmente, sobre una base o bases diferentes de las descritas en las categorías de impuestos anteriores.

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Manual

Presupuestal Central

Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: el impuesto de timbre nacional, el impuesto de timbre nacional sobre salidas al exterior, el impuesto de patentes marcas y herretes y la sobretasa bomberil y los otros impuestos no clasificados expresamente en los rubros anteriores. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Ingresos corrientes No tributarios

1

Cuenta 2

Son ingresos no tributarios las entradas con contraprestación, como los derechos, participaciones sobre los ingresos de la concesión de bienes del estado, tasas pagadas a cambio de bienes y servicios; o sin contraprestación como las multas y sanciones pecuniarias. 11121 Venta de bienes y servicios En esta subcuenta se incluyen los ingresos producto de la venta de bienes y de la prestación de servicios en desarrollo de la función o apoyo de su actividad institucional. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: Los derechos Administrativos, representados en contribuciones para la regulación y las ventas incidentales de establecimientos que operan en condiciones de no mercado, representados en venta de bienes y servicios. 11122 Multas, sanciones pecuniarias y depósitos en caución transferidos Las multas y sanciones pecuniarias son rentas obligatorias, impuestas a las instituciones y entidades por los tribunales o los órganos judiciales originadas en el incumplimiento de las leyes o normas administrativas. Las multas y sanciones que conforman esta subcuenta incluyen las referentes al incumplimiento tributario de un impuesto determinado por parte de un contribuyente. En aquellos casos en que no sea posible identificar este tipo de multas y sanciones con el impuesto específico al que corresponden, estas se incluyen en la subcuenta otros impuestos de los ingresos tributarios.

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11123 Concesiones sobre explotación de bienes, derechos y servicios no agotables Corresponde a la negociación con terceros para la utilización y explotación de bienes o servicios de propiedad del estado, para llevar a cabo el desarrollo económico de una política pública en el fomento en los diferentes sectores entre ellos transporte, agropecuario, comunicaciones, turismo, minería, siempre que tengan una naturaleza permanente, la cual se determina en función de la extinción o agotamiento de los bienes y servicios objeto de la concesión. Los ingresos que por su naturaleza hacen parte de esta subcuenta son: las concesiones del sistema personalizado de comunicaciones y la otorgada a las sociedades portuarias. 11124 Servicios específicos Incluye todos los recaudos que se aplican a pagos por servicios específicos, como impuestos sobre los cargos de transporte, primas de seguro, servicios bancarios, diversiones, restaurantes, publicidad, juegos de azar y casinos. 11125 Ingresos de operación comercial Recursos provenientes de la venta de bienes y la prestación de servicios por entidades públicas que realizan una actividad productiva comercial, industrial o agrícola. 11129 Ingresos diversos Se incluyen en esta categoría todos los ingresos que no pueden clasificarse en ninguna otra categoría. Pueden incluirse partidas como la venta de material militar y otros bienes usados que no fueron clasificados como activos, las ventas de chatarra, las indemnizaciones de seguros, las primas de seguros, no de vida, de los sistemas de seguro administrados por el gobierno y los pagos por daños a la propiedad pública.

Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas fondos especiales

Cuenta

2

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Manual

Presupuestal Central

Son los ingresos definidos en la ley para la prestación de un servicio público específico, así como los pertenecientes a fondos sin personería jurídica creados por el legislador. En esta su categoría de renta se clasifican las contribuciones que gravan con bases diferentes y que según preceptos legales financian gastos específicos, como también la venta de bienes y servicios que financian gastos con predestinación. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Fondos especiales contribuciones especiales

2

Cuenta 1

Son imposiciones obligatorias del Gobierno que gravan distintas bases de actividad económica y que a diferencia de los tributos financian gastos predeterminados. Las contribuciones pueden gravar el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital, la propiedad, los bienes y servicios y demás bases gravables. 11211 Contribuciones sobre la propiedad, el ingreso, las utilidades y las ganancias de capital Estas contribuciones se aplican cuando no corresponden a ingresos corrientes por tener una asignación específica definida por ley. Su base será: a) los sueldos, salarios, propinas, honorarios, comisiones, prestaciones complementarias y otras remuneraciones por servicios laborales; b) intereses, dividendos, arriendo de activos públicos naturales; c) ganancias y pérdidas de capital cuando ello se establezca, incluidas las distribuciones de ganancias de capital de los Fondos de Inversión; d) utilidades de las empresas, sociedades, propietarios individuales, sucesiones y fideicomisos e) otras partidas diversas relacionadas con el ingreso y que se definan por ley. De igual forma, Incluye las contribuciones sobre la transferencia de riqueza, distintas a las no clasificadas como ingresos corrientes en tanto financian gastos preestablecidos por la ley. Pueden ser recaudados en intervalos regulares, una sola vez o cuando se produce un cambio en la propiedad. 11212 Contribuciones sobre los bienes y servicios Incluye las contribuciones sobre la producción, extracción, venta, transferencia, arrendamiento o entrega de bienes y prestación de servicios; igualmente, contribuciones para permitir usar bienes o realizar actividades, no incluidas en los ingresos corrientes.

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Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta lo conforman las sobretasas a la gasolina y al ACPM y las contribuciones sobre generación, transporte consumo de energía, contribuciones por definir la situación militar y las regalías. 11213 Contribuciones para la regulación Corresponde a los recursos obtenidos en el ejercicio de la función regulatoria del estado en la prestación de los servicios públicos y otros definidos por Ley. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 2 Rentas y recursos de capital Rentas Fondos especiales Otros ingresos de fondos especiales

Cuenta 2

En esta subcuenta se agregan los ingresos producto de la venta de bienes que hacen las entidades e instituciones del Estado en función o apoyo de su actividad institucional, no incluidos como ingresos corrientes puesto que financian gastos preestablecidos con precepto legal. 11221 Venta de bienes y servicios En esta subcuenta agregan los ingresos no incluidos como ingresos corrientes producto de la venta bienes y servicios que desarrollan las entidades e instituciones del Estado en función o apoyo de su actividad institucional. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: Los Derechos Administrativos, las Ventas incidentales de establecimientos que no operan en condiciones de mercado, juegos de azar y venta de sustancias especiales. Por derechos administrativos se entienden la expedición de matriculas profesionales y por ventas incidentales de establecimientos las ventas de servicios de seguridad, arrendamientos y servicios de aseo, venta de documentos, venta de bases de datos, matriculas y venta de boletos a eventos culturales, entre otros. 11222 Multas, sanciones pecuniarias y depósitos en caución transferidos Las multas y sanciones pecuniarias son rentas obligatorias, impuestas a las unidades o instituciones por los tribunales o los órganos judiciales originadas en el incumplimiento de las leyes o normas administrativas, que reciben el tratamiento de fondos especiales.

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Manual

Presupuestal Central

11223 Ingresos de operación comercial Se registran en esta subcuenta los ingresos provenientes de la venta de bienes y servicios, obtenidos en razón de una actividad comercial, industrial u agrícola, desarrolladas por un fondo especial. 11229 Ingresos diversos En esta subcuenta de renta se agregan los ingresos producto de la venta de bienes que hacen las entidades e instituciones del Estado en función o apoyo de su actividad institucional, no incluidos como ingresos corrientes puesto que financian gastos preestablecidos con precepto legal. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: ventas de energía, los fondos de pensiones de las superintendencias, las indemnizaciones e ingresos financieros. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Rentas parafiscales

Cuenta

3

Son rentas parafiscales los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la ley, que afecten a un determinado y único grupo social o económico y que se utilizan para beneficio del propio sector. Se clasifican en este nivel de renta las contribuciones a la seguridad social de salud y riesgos profesionales, del empleado como del empleador, tanto del régimen contributivo como del régimen subsidiado. Capitulo 1

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Categoria

Subcategoria

1 3 Rentas y recursos de capital Rentas Fondos especiales Contribuciones Sociales (EFP)

Cuenta 1

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Son las contribuciones a la seguridad social de empleados y empleadores cuya base de liquidación es la nómina, las remuneraciones o el número de empleados. Los pagos obligatorios determinados sobre una base diferente, pero asignados a seguridad social se tratan como impuestos. En este nivel de cuenta también se clasifican las contribuciones a la seguridad social de todos los funcionarios, inclusive independientes que cotizan a las entidades prestadoras de servicio de los distintos niveles del gobierno. 11311 Contribuciones de los empleados Son las contribuciones a la seguridad social pagadas directamente por los empleados. o deducidas de sus sueldos o salarios, y que pueden ser transferidas por el empleador en nombre de los empleados. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: las contribuciones al sistema de seguridad social en salud y en pensión, las contribuciones al sistema subsidiado de salud y pensión y los flujos recaudados de pagos por capitación UPC. 11312 Contribuciones de los empleadores Son pagos directos para el cubrimiento de los sistemas salud y seguridad social del empleador en nombre de sus empleados. Los ingresos por naturaleza que hacen parte de esta subcuenta son: La contribución al sistema de riesgos profesionales, las contribuciones al sistema de salud de las fuerzas militares y de policía nacional y la contribución al sistema de seguridad social en pensión.

Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 3 Rentas y recursos de capital Rentas Fondos especiales Contribuciones sobre la nomina y la fuerza de trabajo

Cuenta 2

Comprende los impuestos recaudados de empleadores o de trabajadores por cuenta propia, ya como una porción de la nómina o como un monto fijo por persona, y no asignados a sistemas de seguridad social. En este rubro se acumulan los impuestos que tienen coma base de liquidación las nóminas de empleados del sector público y privado, distintos a los impuestos de las contribuciones de la seguridad social.

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Manual

Presupuestal Central

11321 Contribuciones sobre la nómina Son pagos directos efectuados por el empleador en nombre de sus empleados para el cubrimiento de los programas del ICBF y SENA. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

Cuenta

1 3 Rentas y recursos de capital Rentas Rentas de la propiedad

Corresponde a los recursos obtenidos por las unidades o instituciones del Gobierno Central por la propiedad de activos financieros y no financieros tangibles e intangibles colocados a disposición de terceros, para su uso. Los principales componentes de esta categoría son los ingresos financieros, los derechos sobre bienes tangibles y los arrendamientos y alquileres de bienes de terceros. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Renta de la propiedad Ingresos financieros

2

Cuenta 1

Son los ingresos generados por la colocación de depósitos bancarios y en la inversión de títulos y valores públicos, en el mercado financiero y de capitales.

11411 Intereses y rendimientos Corresponden a los recursos generados por la colocación e inversión de activos financieros, de acuerdo con las condiciones y plazos contractuales.

11412 Dividendos y utilidades de empresas y similares societarias Comprende los recursos que cada año el CONPES determina que entrarán a hacer parte de los recursos de Capital al Presupuesto Nacional y para su determinación se tienen en cuenta las utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales societarias y las utilidades de las sociedades de economía mixta en la cuantía que corresponda a las entidades nacionales estatales por su participación en el capital de la empresa. Así mismo, comprende los recursos generados en la obtención de dividendos y ganancias producto de los aportes de capital invertidos en sociedades de capital y de personas jurídicas de naturaleza mixta o privada.

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11413 Utilidades Banca Central Son los recursos generados en utilidades del Banco de la República, descontadas las reservas de estabilización cambiaria y monetaria. 11414 Excedentes Financieros y utilidades de entes no societarios Corresponde al valor de las utilidades distribuidas por las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias y los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos de propiedad del estado, que son transferidas como ingreso de la Administración Central en el presupuesto Nacional. 11415 Ganancias de capital Corresponde al mayor valor obtenido sobre el valor económico de Activos financieros como resultado de una variación del precio nominal del mismo en condiciones de mercado o en las tasas interés o de cambio. 11419 Otros ingresos financieros Comprende todos aquellos ingresos generados en la colocación de recursos financieros no especificados anteriormente. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 4 Rentas y recursos de capital Rentas Renta de la propiedad Derechos sobre bienes intangibles

Cuenta 2

Corresponde a los recaudos originados en la concesión de derechos a terceros para su uso en operaciones de producción y comercialización tales como derechos de autor, concesiones, franquicias, patentes, marcas de fábrica y otros bienes intangibles de propiedad de la Nación.

11421 Concesiones sobre explotación de bienes, derechos y servicios agotables Ingresos por concepto de derechos de explotación de bienes o servicios que tienen una vida útil estimable, de manera que tienen una condición ocasional. La ocasionalidad se determina en función de la extinción, agotamiento de los bienes y servicios objeto de la concesión.

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Presupuestal Central

11422 Patentes y marcas Ingreso proveniente del cobro de derechos sobre patentes y marcas por el uso en operaciones de producción y comercialización. 11423 Rentas por derechos de explotación de monopolios Ingreso obtenidos por el Estado como contraprestación al usufructo monopolístico por cuenta de terceros. 11424 Franquicias Derecho concedido a una persona natural o jurídica para que explote determinado bien o realice determinada actividad económica. 11429 Otros derechos sobre bienes y servicios Se clasifican en este ítem los derechos intangibles sobre bienes y servicios no clasificables en los enumerados anteriormente. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Renta de la propiedad Indemnizaciones

4

Cuenta 3

Recursos obtenidos como retribución o reparación económica por daños o perjuicios ocasionados en el patrimonio público. 11431 Sentencias y conciliaciones Recursos provenientes de una sentencia, laudo arbitral o conciliación determinados a través de un fallo o autoridad competente y que tienen como fin reparar el daño o perjuicio causado al patrimonio público.

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11432 Reclamaciones de siniestros Beneficios económicos derivados de la indemnización producto de la ocurrencia de la contingencia y reclamación en el ejercicio de los derechos de subrogación provenientes de una pérdida asegurada. 11433 Otras indemnizaciones Beneficios económicos derivados de la indemnización con la cual se repara la pérdida o daño en el patrimonio público. Capitulo

Categoria

1

Subcategoria

1 4 Rentas y recursos de capital Rentas Renta de la propiedad Arrendamientos y alquileres

Cuenta 4

Comprende los recursos obtenidos por concepto de arrendamientos y alquiler de los bienes muebles e inmuebles que son propiedad del ente público. 11441 De tierras y terrenos Son los recursos provenientes del arrendamiento a terceros de las tierras y terrenos de propiedad del ente público. 11442 De otros bienes inmuebles Se clasifican en esta subcuenta los ingresos provenientes del arrendamiento a terceros de bienes inmuebles diferentes a las tierras y terrenos. 11443 De bienes muebles, equipos Recursos obtenidos en arrendamiento a tercero bienes muebles y equipos. 11444 Otros bienes muebles Ingresos provenientes del arrendamiento a terceros de bienes muebles diferentes a los descritos anteriormente.

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Manual

Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 Rentas y recursos de capital Rentas Trasnferencias corrientes

Presupuestal Central

Cuenta

5

Las transferencias corrientes son entradas del gobierno por aportes recibidos de terceros que no están sujetas a contraprestación financiera en bienes o servicios o de retorno de capital y que están condicionados a que su receptor o beneficiario las utilice en gastos o aplicaciones de financiamiento como las amortizaciones de créditos. Se incorporarán en las transferencias corrientes los recursos provenientes de donaciones y de decisiones judiciales o administrativas a favor de la Nación, siempre que se apliquen a gastos operativos. Cuando una transferencia no se pueda clasificar como de capital se clasificara como corriente. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 5 Rentas y recursos de capital Rentas Transferencias corrientes Transferencias del sector privado

Cuenta 1

Son las recibidas del sector privado nacional para aplicar a gastos operativos o al pago de amortizaciones de crédito. De acuerdo a la persona que la efectúa se clasifican en naturales o jurídicas. 11511 Transferencias de personas naturales Recursos recibidos de personas naturales sin contraprestación por parte del beneficiario y que están condicionadas para ser aplicadas a gastos operativos. 11512 Transferencias de personas jurídicas Recursos recibidos de personas jurídicas del sector privado, sin contraprestación por parte del beneficiario y que están condicionadas para aplicar a gastos operativos. Capitulo 1

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Categoria

Subcategoria

1 5 Rentas y recursos de capital Rentas Renta de la propiedad Transferencias del sector pùblico

Cuenta 2

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Son las recibidas de organismos del sector público para aplicar a gastos operativos o a las aplicaciones de financiamiento para la amortización de créditos. En esta categoría se registrarán, además, los aportes de la nación que reciban los organismos públicos que se destinan a gastos operativos y a la amortización de créditos. Igualmente, las entidades territoriales deben registrar en este concepto los recursos del sistema general de participaciones y otras transferencias. La subclasificación se efectúa a según los niveles de nacional, departamental y Distrital o municipal. 11521 De la Administración Central (AC) Recursos provenientes de los organismos de la Administración Central Nacional para financiar gastos operativos o aplicaciones de financiamiento para amortizaciones de crédito. En esta subcategoría se registraran los aportes de la nación que reciban los organismos públicos y que están condicionados a su utilización para que se destinen a gastos operativos y pagos de endeudamiento. 11522 De Empresas Públicas No Financieras (EPNF) Recursos provenientes de empresas públicas de carácter no financiero, bien sean nacionales, departamentales, municipales o distritales, para aplicar a gastos operativos o a la amortización de créditos. 11523 De empresas públicas financieras Recursos provenientes de empresas públicas del sector financiero, bien sean nacionales, departamentales, municipales o distritales, para aplicar a gastos operativos o amortización de créditos. 11524 De otras entidades públicas Recursos provenientes de otras entidades descentralizadas del orden territorial como asociaciones de municipios, resguardos indígenas, regiones, entre otros, para aplicar a gastos operativos o amortización del crédito. 11525 Del Sistema General De Participaciones Recursos provenientes del sistema general de participaciones (SGP) en cumplimiento de los artículos 356 y 357 de la Constitución Política. Este concepto es para uso exclusivo de las entidades territoriales y de los organismos nacionales receptores de recursos del SGP.

183

Manual

Presupuestal Central

11526 Asignaciones especiales Recursos deducidos del Sistema General de Participaciones que se distribuyen a los resguardos indígenas, municipios cuyos territorios limiten con el Río Grande del Magdalena, a los distritos y municipios para programas de alimentación escolar y al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales (FONPET), establecidos en el parágrafo 2º del artículo 2º de la Ley 715 de 2001. 11527 Participaciones sectoriales Recursos del Sistema General de Participaciones para el sector educativo, el sector salud y de propósito general, establecidos en el artículos 3º de la Ley 715 de 2001 y cuarto de la Ley 1176 de 2007. 11529 Otras transferencias del sector público Recursos provenientes del sector central nacional para cubrir sentencias y conciliaciones y otras transferencias corrientes como situado fiscal (reaforo) y participación en ingresos corrientes de la nación (reaforo). Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 5 Rentas y recursos de capital Rentas Transferencias corrientes Transferencias del sector externo

Cuenta 3

Son las recibidas de personas naturales o jurídicas no residentes, incluidas las donaciones que se aplicaran a gastos operativos o amortización del crédito. 11531 De organismos internacionales Son recursos recibidos de organismos internacionales que están condicionados al desarrollo de actividades, con fines de integración económica, políticos o sociales y que se aplican a gastos operativos o amortizaciones del crédito. 11532 De gobiernos extranjeros Son recursos que se reciben de los gobiernos extranjeros (nacional, regional o estatal y local), para desarrollar actividades con fines de integración económica, políticos o sociales y que se aplican a gastos operativos o amortizaciones del crédito.

184

Contraloría General de la República

11533 Otras transferencias del exterior Recursos que se reciben de personas naturales o jurídicas privadas extranjeras, que se aplican a gastos operativos o amortizaciones del crédito. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 Rentas y recursos de capital Recursos de capital

Comprenden aquellas rentas producidas por la venta o disposición de propiedades, planta y equipo, otros activos reales y otros bienes económicos no financieros con la capacidad de generar beneficios económicos futuros. Estos recursos se caracterizan por su naturaleza irregular y esporádica, poca frecuencia en su generación y en particular por el agotamiento o extinción de la fuente generadora. Igualmente se incluyen las transferencias de capital correspondientes a ingresos recibidos de terceros que no están sujetas a ninguna contraprestación financiera o de retorno de capital. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 1 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Ventas de actividades reales

Comprenden aquellas rentas producidas por la venta o disposición de propiedades, planta y equipo, otros activos reales y otros bienes económicos no financieros con la capacidad de generar beneficios económicos futuros. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 5 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Venta de activos reales Enajenación y disposición de bienes

Cuenta 3

Comprende los ingresos por la venta de edificios y otras construcciones, de maquinarias y equipos de oficina, sean éstos de producción, agropecuarios, industriales, de transporte en general, energía, riego, frigoríficos, de comunicaciones, médicos, odontológicos, educativos y otros. Así mismo incluye la venta de semovientes, ganado de diferentes especies, vehículos, tierras y terrenos y demás activos tangibles.

185

Manual

Presupuestal Central

12111 Semovientes Recursos provenientes de la venta de ganado de diferentes especies y todo tipo de animales adquiridos con fines ornamentales, de investigación científica, de reproducción o trabajo. 12112 Inmuebles Recursos provenientes de la venta de activos inmuebles como el suelo y las construcciones adheridas a él. 12113 Maquinaria, muebles, equipo y otros Recursos provenientes de la venta de bienes muebles, tales como maquinarias, equipos y otros. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

2 1 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Venta de activos reales Enajenación y disposición de aportes de capital

Cuenta 2

Comprende los ingresos por la venta de acciones y cuotas partes de capital. 12121 Venta de aportes de capital Comprende los recursos provenientes de la venta de acciones y cuotas partes de capital, en empresas estatales, mixtas o privadas nacionales o extranjeras. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

2 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Venta de activos reales Otros ingresos de Capital

1

Cuenta 3

Ingresos obtenidos en la enajenación de otros activos reales no especificados anteriormente.

186

Contraloría General de la República

12131 Enajenación de activos intangibles Recursos obtenidos en la venta de activos intangibles correspondientes a derechos legales de larga duración y ventajas comparativas tales como patentes, derechos de autor, franquicias marcas registradas y otros activos intangibles. 12132 Ingresos de capital diversos Recursos provenientes de la venta o enajenación de activos reales no especificados anteriormente. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

2 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Transferencias de capital

Cuenta

2

Las transferencias de capital son aportes de ingresos recibidos de terceros que no están sujetas a ninguna contraprestación en bienes o servicios o de retorno de capital y que deben aplicarse a inversión. Se incorporarán en las transferencias de capital los recursos provenientes de donaciones siempre que se aplique a inversiones. Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

1 2 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Transferencias de capital Transferencias del sector privado

Cuenta 3

Recursos que sin contraprestación alguna y que por programas específicos o con carácter de donación se reciban de entes del sector privado. 12211 Transferencias de personas naturales Recursos recibidos de personas naturales sin contraprestación para aplicar en inversiones de capital. 12212 Transferencias de personas jurídicas Recursos recibidos de personas jurídicas sin contraprestación para ser aplicados en inversiones de capital.

187

Manual

Capitulo 1

Categoria

Subcategoria

2 2 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Transferencias de capital Transferencias del sectro pùblico

Presupuestal Central

Cuenta 2

Recursos sin contraprestación alguna y que por programas específicos o con carácter de donación se reciban de entes del sector público. 12221 De la Administración Central (AC) Recursos provenientes de los organismos de la administración central nacional sin contraprestación para financiar inversión. Se clasifican en transferencias del nivel nacional, departamental o distrital y municipal. 12222 De Empresas Públicas No Financieras (EPNF) Recursos provenientes de empresas publicas nacionales, departamentales, distritales y municipales, no financieras sin contraprestación para aplicar en inversión. 12223 De Empresas Públicas Financieras (EPF) Recursos provenientes de empresas publicas nacionales, departamentales, distritales y municipales, financieras sin contraprestación para aplicar en inversión. 12229 De otras entidades públicas Recursos provenientes de otras entidades públicas del orden nacional y del orden territorial como asociaciones de municipios, resguardos indígenas, regiones, entre otros, sin contraprestación para aplicar en inversión. Capitulo 1

188

Categoria

Subcategoria

2 2 Rentas y recursos de capital Recursos de capital Transferencias de capital Transferencias del sector externo

Cuenta 3

Contraloría General de la República

Recursos recibidos de personas jurídicas o naturales no residentes, incluidas las donaciones, que se aplicaran a inversión. 12231 De Organismos internacionales Son recursos recibidos de organismos internacionales con fines de integración económica, políticos o sociales y que se aplican a inversión. 12232 De gobiernos extranjeros Son recursos que se reciben de los gobiernos extranjeros (nacional, regional o estatal y local), para desarrollar actividades con fines de integración económica, política y social y que se aplicarán a inversión. 12239 Otras transferencias del exterior Recursos que se reciben de personas naturales o jurídicas privadas no residentes, que se aplican a inversiones de capital. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 Financiamiento - Fuentes

El financiamiento tiene por objeto cubrir las necesidades derivadas de la insuficiencia de recursos generados en la operación presupuestal. Constituyen fuentes de financiamiento, las disminuciones de las inversiones financieras, y los recursos del endeudamiento público. Capitulo 2

Categoria

Subcategoria

Cuenta

1 Rentas y recursos de capital Recursos de capital

Son operaciones de crédito público los actos o contratos, que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago. Las operaciones de crédito pueden ser internas o externas y comprenden entre otras, la contratación de empréstitos, la emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública, los créditos de proveedores y el otorgamiento de garantías para obligaciones de pago a cargo de entidades estatales, según lo establecido en el decreto 2681 de 29 de diciembre de 1993.

189

Manual

Capitulo

Categoria

2

1

Subcategoria

Presupuestal Central

Cuenta

1 Financiamiento Operaciones de endeudamiento Credito externo

Las operaciones de crédito público externo son todos los actos o contratos que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago y cuyo prestamista es un agente no residente. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

1

Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito Externo Banca Comercial

Empréstitos concedidos por los bancos comerciales extranjeros para financiar programas de inversión del Gobierno Nacional durante el periodo presupuestal. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

3

Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito Externo Banca de fomento

Empréstitos concedidos por los organismos de fomento o bancos privados para proyectos concretos durante la vigencia presupuestal Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

4

Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito Externo Gobiernos

Empréstitos concedidos por los Gobiernos durante la vigencia presupuestal y que tiene por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago.

190

Contraloría General de la República

Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

4

Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito Externo Organismos multilaterales

Empréstitos concedidos por los organismos multilaterales y que tiene por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

5

Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito Externo Proveedores

Recursos provenientes de la contratación de empréstitos representados en bienes y servicios. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

6

Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito Externo Otros deuda externa

Empréstitos concedidos por otros agentes no residentes durante la vigencia presupuestal que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago. Capitulo

Categoria

2

1

Subcategoria

Cuenta

2 Financiamiento Operaciones de endeudamiento Credito interno

Son operaciones de crédito público internas las que, de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran exclusivamente entre residentes del territorio colombiano para ser pagaderas en moneda legal colombiana. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

2

1

Financiamiento Operaciones de endeudamiento Credito interno Con sector público nacional

191

Manual

Presupuestal Central

Comprende las transacciones por operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el sector público Nacional para ser pagaderas en moneda colombiana. 21211 Entidades financieras públicas nacionales Recursos provenientes de las operaciones de crédito público representadas en empréstitos con entidades financieras públicas nacionales. 21212 Empresas públicas no financieras nacionales Recursos provenientes de las operaciones de crédito público representadas en empréstitos con empresas públicas no financieras nacionales. 21213 Banco Central Comprende las operaciones de financiamiento a favor del Estado proporcionado por el Banco de la República, según lo establecido en el artículo 373 de la Constitución Política de Colombia. Capitulo

Categoria

2

1

Subcategoria

2 Financiamiento Obligaciones de endeudamiento Credito interno Con sector público Departamental

Cuenta 2

Comprende las transacciones por operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el sector público departamental para ser pagaderas en moneda colombiana. 21221 Gobierno central departamental Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con el gobierno central departamental. 21222 Entidades financieras departamentales Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con entidades financieras departamentales.

192

Contraloría General de la República

21223 Empresas públicas no financieras departamentales Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con empresas públicas no financieras departamentales. Capitulo

Categoria

2

1

Subcategoria

2 Financiamiento Operaciones de endeudamiento Credito interno Con sector pùblico municipal y distrital

Cuenta 3

Comprende las transacciones por operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el sector público municipal y distrital para ser pagaderas en moneda colombiana. 21231 Gobierno central municipal y distrital Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con el gobierno central municipal y Distrital. 21232 Entidades financieras municipales y distritales Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con entidades financieras municipales y distritales. 21233 Empresas públicas no financieras municipales y distritales Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con empresas públicas no financieras municipales y distritales. Capitulo

Categoria

2

1

Subcategoria 2

Cuenta 4

Financiamiento Operaciones de endeudamiento Credito interno Con sector privado

Comprende las transacciones por operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el Sector Privado para ser pagaderas en moneda colombiana.

193

Manual

Presupuestal Central

21241 Entidades financieras del sector privado Recursos provenientes de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con entidades financieras del sector privado. 21242 Proveedores Recursos provenientes de la contratación de empréstitos representados en adquisición de bienes y servicios con plazo para su pago. 21249 Otras entidades del sector privado Recursos provenientes de las operaciones de crédito público representadas en empréstitos con otras entidades del sector privado. Capitulo 2

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 Financiamiento Activos financieros

Comprende los recursos provenientes de la disposición de activos financieros producto de la recuperación de préstamos y la venta de títulos valores, que se adquirieron con el fin de obtener rentabilidad y administrar liquidez, así como la venta de acciones de empresas públicas y otras entidades nacionales o extranjeras y la variación en saldos de caja y bancos. Capitulo

Categoria

Subcategoria

2

2

1

Cuenta

Financiamiento Activos financieros Disponibilidades

Comprende los recursos en activos disponibles como caja y bancos. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

1

1

1

Financiamiento Activos financieros Disponibilidades Recursos disponibles

194

Contraloría General de la República

Comprende los recursos líquidos que incrementan el saldo de caja al cierre del ejercicio con relación al saldo inicial de las cuentas bancarias del Tesoro Nacional. 22111 Caja y bancos en el exterior Comprende los recursos líquidos mantenidos en cuentas en el extranjero que incrementan el saldo de Bancos al cierre del ejercicio con relación al saldo inicial de las cuentas bancarias del Tesoro Nacional. 22112 Caja y bancos en el interior Comprende los recursos líquidos mantenidos en cuentas en el país que incrementan el saldo de caja y bancos al cierre del ejercicio con relación al saldo inicial de las cuentas bancarias del Tesoro Nacional. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

2

1

2

Financiamiento Activos financieros Disponibilidades Reintegros de vigencias anteriores

Comprende los recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación que no han sido comprometidos o ejecutados y sobre los cuales procede su reintegro a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, conforme a lo establecido en las disposiciones generales de la Ley anual del presupuesto. 22121 Gastos e inversiones de capital Comprende los recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación para atender gastos e inversiones de capital que no han sido comprometidos o ejecutados y sobre los cuales procede su reintegro a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, conforme a lo establecido en las disposiciones generales de la Ley anual del presupuesto. 22122 Financiamiento- Aplicaciones Comprende los recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación para atender amortizaciones del crédito externo e interno, la adquisición de activos financieros y la concesión de préstamos, que no han sido comprometidos o ejecutados y sobre los cuales procede su reintegro a la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional, conforme a lo establecido en las disposiciones generales de la Ley anual del presupuesto.

195

Manual

Capitulo

Categoria

2

2

Subcategoria

Presupuestal Central

Cuenta

2 Financiamiento Activos financieros Instrumentos financieros - Disposiciones

Corresponde los recursos por la disposición o venta de los títulos y otros instrumentos financieros que el gobierno invierte en el sector público o privado Interno y externo con fines de administración de la liquidez. Capitulo

Categoria

2

2

Subcategoria

2 Financiamiento Activos financieros Instrumentos financieros-Disponibles Sector Público Nacional

Cuenta 1

Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector público nacional financiero o no financiero con fines de administración de la liquidez. 22211 Financiero nacional Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector público financiero nacional con fines de administración de la liquidez. 22212 No financiero nacional Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector público no financiero nacional con fines de administración de la liquidez.

196

Capitulo

Categoria

2

2

Subcategoria

2 Financiamiento Activos financieros Instrumentos financieros-Disposiciones Sector público departamental

Cuenta 2

Contraloría General de la República

Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector público departamental financiero o no financiero con fines de administración de la liquidez. Capitulo

Categoria

2

2

Subcategoria

2 Financiamiento Activos financieros Instrumentos financieros-Disposiciones Sector público municipal y distrital

Cuenta 3

Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector público municipal y distrital financiero o no financiero con fines de administración de la liquidez. Capitulo

Categoria

2

2

Subcategoria

2 Financiamiento Activos financieros Instrumentos financieros-Disposiciones Sector privado

Cuenta 4

Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector privado en empresas financieras o no financieras con fines de administración de la liquidez. 22241 Empresas financieras del sector privado Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos de empresas financieras del sector privado con fines de administración de la liquidez. 22242 Empresas no financieras del sector privado Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos de empresas no financieras del sector privado con fines de administración de la liquidez.

197

Manual

Capitulo

Categoria

2

2

Subcategoria

2 Financiamiento Activos financieros Instrumentos financieros-Disposiciones Sector Externo

Presupuestal Central

Cuenta 5

Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos del sector externo en empresas públicas financieras o no financieras y empresas privadas financieras o no financieras con fines de administración de la liquidez. 22251 Empresas públicas financieras del exterior Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos de empresas públicas financieras del exterior con fines de administración de la liquidez. 22252 Empresas públicas no financieras del exterior Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos de empresas públicas no financieras del exterior con fines de administración de la liquidez. 22253 Empresas Privadas Financieras del Exterior Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos de empresas privadas financieras del exterior con fines de administración de la liquidez. 22254 Empresas Privadas No Financieras del Exterior Comprende los recursos provenientes de la disposición o venta de instrumentos financieros adquiridos de empresas privadas no financieras del exterior con fines de administración de la liquidez.

198

Contraloría General de la República

Capitulo 2

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3 Financiamiento - Fuentes Prestamos - Recupercaiones

Corresponde a las operaciones relacionadas con la recuperación de préstamos directos efectuados por el gobierno a los sectores privados y públicos tanto interno como externo, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo

Categoria

Subcategoria

2

3

1

Cuenta

Financiamiento Prestamos - Recuperaciones Sector público

Comprende los recursos por recuperación de préstamos al sector público nacional financiero y no financiero, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2

3

1

1

Financiamiento Prestamos - recuperaciones Sector Público Al sector público Nacional

Comprende los recursos por recuperación de préstamos al sector público departamental financiero y no financiero, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo

Categoria

2

3

Subcategoria

1 Financiamiento Prestamos - recuperaciones Sector Público Al sector público departamental

Cuenta 2

Comprende los recursos por recuperación de préstamos al sector público nacional financiero y no financiero, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad.

199

Manual

Capitulo

Categoria

2

3

Subcategoria

1 Financiamiento Prestamos - recuperaciones Sector Público Al sector público municipal y distrital

Presupuestal Central

Cuenta 3

Comprende los recursos por recuperación de préstamos al sector público departamental financiero y no financiero, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo

Categoria

Subcategoria

2

3

2

Cuenta

Financiamiento Prestamos - Recuperaciones Sector Privado

Comprende los recursos por recuperación de préstamos al sector privado financiero y no financiero del país. Capitulo

Categoria

Subcategoria

2

3

3

Cuenta

Financiamiento Prestamos - Recuperaciones sector externo

Comprende los recursos por recuperación de préstamos al sector externo financiero y no financiero. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3 Gastos e inversion de capital

Incluye gastos destinados a financiar actividades inherentes al desarrollo del objeto institucional. Se aplica para acumular las operaciones que tienen la característica de representar perdidas o disminuciones patrimoniales.

200

Contraloría General de la República

Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

1

Cuenta

Gastos e inversiones de capital gastos

Se incluyen en esta categoría los gastos destinados a financiar las actividades inherentes al desarrollo del objetivo institucional, administración de activos y pasivos, entendiéndose como tales, el pago de gastos corrientes, gastos de la propiedad, gastos financieros, gastos de operación comercial, subsidios y transferencias corrientes. Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

1

Cuenta

Gastos e inversiones de capital gastos gastos corrientes

Corresponde a los gastos necesarios para el desarrollo de las actividades propias y ordinarias del sector público destinadas al desarrollo de su objetivo institucional, exceptuando los gastos originados en el uso de bienes de terceros. Capitulo

Categoria

3

1

Subcategoria

1 Gastos e inversiones de capital gastos gastos corrientes remuneraciones

Cuenta 1

Corresponde aquellos gastos que debe hacer el estado como contraprestación de los servicios que recibe del recurso humano, sea por una relación laboral o a través de contratos de servicios.

201

Manual

Presupuestal Central

31111 Sueldos y salarios del personal de nómina Comprende la remuneración por concepto de sueldos y demás factores saláriales legalmente establecidos, de los servidores vinculados a la planta de personal. Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: Sueldos, horas extras y días festivos, indemnizaciones por vacaciones, prima técnica, bonificaciones, primas y otras remuneraciones como, gastos de representación, auxilio de transporte subsidio de alimentación. 31112 Servicios personales no asociados a la nómina Son gastos destinados a atender la contratación de personas jurídicas y naturales para que presten servicios calificados o profesionales, cuando no puedan ser desarrollados con personal de planta. Así mismo, incluye la remuneración del personal que se vincule en forma ocasional para desarrollar actividades netamente temporales o para suplir a los servidores públicos en caso de licencias o vacaciones, dicha remuneración cubrirá las prestaciones sociales a que tenga derecho, así como las contribuciones a que haya lugar. Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: remuneración servicios técnicos, horas cátedra, honorarios, honorarios tribunales de arbitramento, jornales y personal supernumerario. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 1 Gastos e inversiones de capital Gastos Gastos corrientes Contribuciones sociales

Cuenta 2

Son los gastos asociados a la nómina en que incurre el ente público con el fin de cubrir los derechos por salud, pensiones, cesantías, al igual que los riesgos profesionales, caja de compensación familiar y cualquier otro aporte, los que pueden ser administrados por entidades públicas o privadas. 31121 Contribuciones sociales inherentes a la nómina Corresponde a las contribuciones legales que debe hacer el órgano como empleador y que tienen como base la nómina del personal de planta.

202

Contraloría General de la República

Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: las administradas por el sector privado así: cajas de compensación familiar, fondos privados administradores de cesantías y pensiones, empresas promotoras de salud y administradoras de riesgos y enfermedades profesionales. Igualmente, las administradas por el sector público como Fondo Nacional del ahorro, SENA, ICBF, ESAP, fondos públicos administradores de pensiones y cesantías, empresas promotoras de salud, administradoras de riesgos y enfermedades profesionales. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 1 Gastos e inversiones de capital Gastos gastos corrientes Prestaciones sociales

Cuenta 3

Recursos destinados por el empleador a cubrir las necesidades de prestación social de sus asalariados y disminuir los riesgos que afectan el bienestar de los empleados. 31131 Prestaciones sociales a cargo del Gobierno Recursos destinados por el gobierno a cubrir los pagos por concepto de beneficios de prestación social de sus trabajadores y disminuir los riesgos que afectan su bienestar. Los objetos de gasto que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: Pensiones y Jubilaciones, cesantías y otras cuentas de prestación social. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 1 Gastos e inversiones de capital Gastos gastos corrientes Adquisición de bienes y servicios

Cuenta 4

Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes de consumo y servicios necesarios para que el órgano cumpla con las funciones asignadas por la constitución y la ley. 31141 Bienes de consumo Bienes tangibles e intangibles de consumo final o fungible que serán explotados y consumidos en las actividades del sector público, con duración estimada de hasta un año y que no son objeto de devolución.

203

Manual

Presupuestal Central

Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: materiales y suministros, combustibles, lubricantes y productos químicos, elementos de uso personal, gastos especiales, y otros bienes de consumo. 31142 Servicios no personales Comprende la contratación y el pago a personas jurídicas y naturales por compensación a la prestación de servicios de carácter no personal que complementa el desarrollo de las funciones del órgano y permiten mantener y proteger los bienes que son de su propiedad o están a su cargo. Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: Servicios públicos, mantenimiento, seguros, viáticos y gastos de viaje, servicios especiales, y otros servicios. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

1

5

Gastos e inversiones de capital Gastos gastos corrientes Impuestos, contribuciones, multas e intereses de mora

Involucra el pago de impuestos nacionales y territoriales que por mandato legal deben atender los órganos. Así mismo, incluye las multas que la autoridad competente le imponga a la entidad y cualquier otro derecho obligatorio. 31151 Impuestos y contribuciones Corresponde al pago de impuestos nacionales y territoriales que por mandato legal deben atender los órganos e instituciones públicas, así como las contribuciones que se establezcan según mandato legal. 31152 Multas e intereses de mora Pagos por sanciones pecuniarias impuestas a entidades públicas por incumplimiento a sus obligaciones fiscales o incurrimiento de falta. Se exceptúan aquellas sanciones que son motivadas por sentencia judicial. También se registran en este concepto los gastos destinados al pago de intereses por mora en el pago de obligaciones contractuales previamente establecidas por el ente público.

204

Contraloría General de la República

Los objetos de gasto que hacen parte de esta subcuenta son: Multas y sanciones e intereses de mora. Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

2

Cuenta

Gastos e inversiones de capital Gastos gastos de la propiedad

Son los gastos que se originan en el uso, inversión o explotación de activos financieros de propiedad del ente público, así como los gastos por el uso o explotación de activos reales o no financieros de propiedad de terceros. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 2 Gastos e inversiones de capital Gastos gastos de la propiedad Gastos de activos financieros

Cuenta 1

Comprende los gastos incurridos por el ente público para la colocación de fondos en títulos y otras inversiones en activos financieros, tales como comisiones y otros gastos distintos a las pérdidas de capital. 31211 Gastos en adquisición de títulos Comprende los gastos incurridos en la adquisición de títulos, así como en la administración de los mismos. 31212 Administración de portafolio Comprende los gastos incurridos en la administración de portafolios. 31213 Otros gastos de financieros Comprende los demás gastos incurridos por el ente público en el proceso de adquisición de activos financieros.

205

Manual

Presupuestal Central

31214 Pérdidas de capital Comprende los gastos incurridos por el ente público derivados de la perdida de capital invertido en bonos, títulos, otros valores distintos de acciones e inversiones temporales producto de las variaciones del mercado. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 2 Gastos e inversiones de capital Gastos gastos de la propiedad Excedentes, dividendos y utilidades

Cuenta 2

Provisión de recursos al Presupuesto Nacional provenientes de la liquidación de excedentes financieros de los Establecimientos Públicos y Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias, así como de las utilidades que generan las Empresas Industriales y Comerciales del Estado Societarias y las Sociedades de Economía Mixta, según lo establecido por la ley. 31221 Dividendos y utilidades Corresponde a la provisión de recursos a cuenta de utilidades que las Empresas Industriales y Comerciales societarias y las sociedades de economía mixta en la cuantía que corresponda a las entidades nacionales estatales por su participación en el capital de la empresa, deberán entregar anualmente como recursos al Presupuesto Nacional de acuerdo con lo determinado por el CONPES. 31222 Excedentes financieros Corresponde a los excedentes financieros que los Establecimientos Público y las Empresas Industriales y Comerciales del Estado no societarias deberán entregar anualmente como recursos al Presupuesto Nacional. Capitulo 3

206

Categoria

Subcategoria

1 2 Gastos e inversiones de capital Gastos gastos de la propiedad Derechos sobre bienes intangibles

Cuenta 3

Contraloría General de la República

Corresponde a los pagos originados en la adquisición de derechos para el uso de bienes, activos de la propiedad industrial, comercial, intelectual y otros relacionados con el ejercicio de las operaciones de producción y comercialización tales como derechos de autor, franquicias, patentes y marcas. 31231 Patentes y marcas Gastos incurridos en la utilización de patentes y marcas de propiedad de terceros. 31232 Programas de informática Corresponde a las erogaciones por los derechos adquiridos para utilizar programas de software o un grupo de programas. 31233 Franquicias Comprende los gastos incurridos por los entes públicos para adquirir el derecho de explotación de un bien o realizar una actividad económica. 31239 Otros derechos Comprende los gastos incurridos por el ente público en la utilización de derechos intangibles de propiedad de terceros y no clasificados anteriormente. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 2 Gastos e inversiones de capital Gastos gastos de la propiedad Arrendamientos y alquileres

Cuenta 4

Comprende los gastos incurridos por el uso de bienes muebles e inmuebles de propiedad de terceros. 31241 Arrendamiento de tierras y terrenos Erogaciones en que incurre el ente público por el uso de tierras y terrenos de propiedad de terceros.

207

Manual

Presupuestal Central

31242 De otros bienes inmuebles Erogaciones en que incurre el ente público por el uso de bienes inmuebles de propiedad de terceros diferentes a las tierras y terrenos clasificados anteriormente. 31243 De bienes muebles y equipos Erogaciones en que incurre el ente público por el uso de bienes muebles y equipos de propiedad de terceros.

31249 De otros bienes muebles y equipos Son las erogaciones en que incurre el ente público por el uso de otros bienes muebles de propiedad de terceros no discriminados anteriormente. Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

3

Cuenta

Gastos e inversiones de capital Gastos gastos financieros

Son los intereses, comisiones y demás costos financieros generados por las operaciones de deuda pública. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

3

1

Gastos e inversiones de capital Gastos gastos financieros intereses, comisiones y gastos de la deuda pública externa

Gastos financieros originados en operaciones de crédito público con no residentes. 31311 Banca comercial Gastos de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre los empréstitos concedidos por la banca comercial.

208

Contraloría General de la República

31312 Banca de fomento Gastos de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre los empréstitos concedidos por los organismos de fomento. 31313 Gobiernos Gastos de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre los empréstitos concedidos por los gobiernos extranjeros. 31314 Organismos multilaterales Gastos de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre los empréstitos concedidos por los organismos multilaterales. 31315 Proveedores Gastos de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre los empréstitos representados en bienes y servicios. 31316 Títulos valores Gastos de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre los empréstitos representados en títulos valores. 31317 Cuenta especial de deuda externa Gastos por intereses, comisiones y costos financieros de deuda externa en los que el gobierno nacional asume en su papel de garante el pago de los mismos, adquiriendo un derecho efectivo frente al deudor original. 31319 Otros deuda externa Gasto de intereses, comisiones y costos financieros generados sobre empréstitos concedidos por otros agentes no residentes. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

3

2

Gastos e inversiones de capital Gastos gastos financieros intereses, comisiones y gastos de la deuda pública interna

209

Manual

Presupuestal Central

Gastos financieros destinados para atender los intereses, comisiones y demás costos financieros de la deuda pública interna. 31321 Nivel nacional Gastos financieros destinados para atender los intereses, comisiones y demás costos financieros de la deuda pública interna, representada en empréstitos con entidades públicas nacionales. 31322 Nivel departamental Gastos financieros destinados para atender los intereses, comisiones y demás costos financieros de la deuda pública interna representada en empréstitos con entidades públicas departamentales. 31323 Nivel municipal y distrital Gastos financieros destinados para atender los intereses, comisiones y demás costos financieros de la deuda pública interna representada en empréstitos con entidades públicas municipales y distritales. 31324 Sector privado Gastos de intereses, comisiones y demás costos financieros de la deuda pública interna representada en empréstitos con entidades del sector privado. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

4

0

Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial

Son los gastos de comercialización y producción que realizan los órganos para adquirir bienes, servicios e insumos que participan directamente en el proceso de producción o comercialización de bienes y servicios para la venta. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

4

1

Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial remuneraciones

210

Contraloría General de la República

Corresponde aquellos gastos que debe hacer el estado como contraprestación de los servicios que recibe sea por una relación laboral o a través de contratos y que deben aplicarse a las operaciones de producción y comercialización. 31411 Sueldos y salarios del personal de nómina Comprende la remuneración por concepto de sueldos y demás factores saláriales legalmente establecidos, de los servidores vinculados a la planta de personal, como retribución a la prestación de los servicios por operaciones de producción y comercialización. 31412 Servicios personales no asociados a la nómina Son gastos destinados a atender la contratación de personas jurídicas y naturales para que realicen las operaciones de producción y comercialización a través de servicios calificados o profesionales y cuando no puedan ser desarrollados con personal de planta. Así mismo, incluye la remuneración del personal que se vincule en forma ocasional, para desarrollar actividades netamente temporales o para suplir a los servidores públicos en caso de licencias o vacaciones, dicha remuneración cubrirá las prestaciones sociales a que tenga derecho, así como las contribuciones a que haya lugar. Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

4

Cuenta

Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial contribuciones sociales

Son los gastos asociados a la nómina en que incurre el ente público con el fin de cubrir los derechos por salud, pensiones, cesantías, al igual que los riesgos profesionales, caja de compensación familiar y cualquier otro aporte, los que pueden ser administradas por entidades públicas o privadas y que deben aplicarse a los gastos de producción y comercialización. 31421 Contribuciones sociales inherentes a la nómina del sector público Corresponde a las contribuciones legales que debe hacer el órgano como empleador, que tienen como base la nómina del personal de planta que participan en los procesos de producción o comercialización.

211

Manual

Presupuestal Central

Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

4

3

Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial Prestaciones sociales

Recursos destinados por el empleador a cubrir las necesidades de prestación social de sus asalariados y disminuir los riesgos que afectan el bienestar de los empleados que participan en los procesos de producción o comercialización. 31431 Prestaciones Sociales a cargo del Gobierno Recursos destinados por el gobierno a cubrir las necesidades de prestación social de sus trabajadores en los procesos de producción o comercialización así como disminuir los riesgos que afectan su bienestar. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 4 Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial Adquisición de bienes y servicios

Cuenta 4

Son los gastos relacionados con la adquisición de bienes de consumo y servicios para su uso en la producción y comercialización. Adicionalmente se registran los conceptos impositivos y sancionatorios en que incurra el ente público y que deben asignarse a las actividades de operación comercial. 31441 Bienes de consumo Bienes tangibles de consumo final o fungible que serán explotados y consumidos en las actividades de producción y comercialización. 31442 Servicios no personales Comprende la contratación y el pago a personas jurídicas y naturales por compensación a la prestación de servicios de carácter no personal relacionados con las actividades de producción y comercialización.

212

Contraloría General de la República

31443 Impuestos, contribuciones, multas e intereses de mora Corresponde al pago de Impuestos nacionales y territoriales que por mandato legal deben cancelar quienes tienen por objeto producir o comercializar bienes o servicios. Así mismo incluye las contribuciones y multas que la autoridad competente imponga y los intereses de mora generados en el incumplimiento de pagos relacionados con la actividad comercial. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

4

5

Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial Gastos de la propiedad

Son los gastos que se originan en el uso, inversión o explotación de activos financieros de propiedad del ente público, así como los gastos incurridos por el uso o explotación de activos reales no financieros de propiedad de terceros que son necesarios para la operación de producción y comercialización. 31451 Derechos sobre bienes intangibles Corresponde a los pagos originados en la adquisición de derechos para el uso de bienes, activos de la propiedad industrial, comercial, intelectual y otros relacionados con el ejercicio de las operaciones de producción y comercialización tales como derechos de autor, franquicias, patentes y marcas. 31452 Arrendamientos y alquileres Comprende los gastos incurridos por el uso de bienes muebles e inmuebles de propiedad de terceros que sean necesarios para el desarrollo de las operaciones de producción y comercialización. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

4

6

Gastos e inversiones de capital Gastos de la operación comercial e industrial Existencias

213

Manual

Presupuestal Central

Comprende las erogaciones necesarias para adquirir mercancías para la venta. Asimismo, hace parte de esta cuenta las erogaciones en materiales, mano de obra y gastos generales de fábrica que se convierten en el inventario de productos terminados, o productos en proceso y los pagos por adquisición de materias primas necesarias para iniciar el proceso de producción. 31461 Mercancías para la venta Corresponde a las erogaciones incurridas en la compra de bienes producidos con el objeto de comercializarlos. 31462 Productos terminados Corresponde a acumulación de costos incurridos en la fabricación de productos para ser comercializados por el ente público, previo proceso de producción o transformación. 31463 Productos en proceso Corresponde a acumulación de costos incurridos en las etapas intermedias de fabricación de productos, los que una vez terminados serán comercializados por el ente público. 31464 Materias primas Corresponde a las erogaciones incurridas en la compra de materias primas para ser utilizadas en la fabricación o producción. Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

5

Cuenta

Gastos e inversiones de capital Gastos subsidios

Son las asignaciones de recursos sin contraprestación, no recuperables, destinadas a subvencionar las actividades productivas o de beneficio social. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

5

1

Gastos e inversiones de capital Gastos subsidios a la actividad productiva

214

Contraloría General de la República

Corresponde a la concesión de asistencia económica a los productores de un determinado bien, servicio o factor de producción que dan como resultado la disminución del precio de venta de los productos, el valor de las remuneraciones y otros aspectos de política en la distribución de recursos y compensación de deficiencias del mercado. 31511 A empresas privadas Erogaciones sin contraprestación, dirigidas a subsidiar los costos de producción a las empresas privadas. 31512 A empresas públicas financieras Erogaciones sin contraprestación, dirigidas a subsidiar los costos de producción a las empresas públicas financieras. 31513 A empresas públicas no financieras Erogaciones sin contraprestación, dirigidas a subsidiar los costos de producción a las empresas públicas no financieras. 31519 A otras entidades y organismos públicos Erogaciones sin contraprestación, dirigidas a subsidiar los costos de producción a otras entidades y organismos públicos. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

5

2

Gastos e inversiones de capital Gastos subsidios de beneficio social

Corresponde a las erogaciones sin contraprestación que tienen por objeto aplicar las políticas de beneficio social definidas en los planes de desarrollo del gobierno. 31521 Para adquisición, acceso o mejora de bienes Erogaciones sin contraprestación, dirigidas a la adquisición, acceso y mejora de bienes con el fin de cumplir la política de beneficio social definida por el gobierno. Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: vivienda, tierras, maquinaria y equipo y otros bienes.

215

Manual

Presupuestal Central

31522 Para adquisición, acceso o mejora de servicios Erogaciones sin contraprestación, dirigidas a la adquisición, acceso y mejora de servicios con el fin de cumplir la política de beneficio social definida por el gobierno. Los rubros que hacen parte de esta subcuenta según el objeto del gasto son: servicios públicos, educativos, de salud y transporte.

Capitulo

Categoria

Subcategoria

3

1

6

Cuenta

Gastos e inversiones de capital Gastos transferencias corrientes

Traspaso de recursos sin contraprestación directa en bienes o servicios, los cuales están condicionados a que los beneficiarios las utilicen en gastos o aplicaciones financieras y cuyos importes no son reintegrados por los beneficiarios y sus fines pueden ser económicos o financieros y sociales. Cuando una transferencia no se pueda clasificar como de capital se clasificara como corriente. Así mismo, se clasifican de acuerdo al sector receptor de la transferencia Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

6

1

gastos e inversiones de capital gastos transferencias corrientes transferencias al sector privado

Aquellas que se otorgan al sector privado en desarrollo de actividades de carácter nacional o territorial, y no están condicionadas a la adquisición de un activo por parte del beneficiario. Se clasifican de acuerdo al sector receptor de la transferencia. 31611 Al sector financiero Recursos asignados a entidades privadas del sector financiero, para el desarrollo de programas de nivel nacional o territorial que no son inversiones de capital. 31612 Al sector no financiero Recursos asignados a entidades privadas del sector no financiero, para desarrollar programas nacionales o territoriales que no sean inversiones de capital.

216

Contraloría General de la República

31613 A entidades sin fines de lucro Recursos destinados a entidades sin fines de lucro, a efectos de apoyar el desarrollo de programas nacionales o territoriales que no son inversiones de capital. 31619 Otras a entidades o personas Aquellas asignaciones en transferencias corrientes al sector privado, no contempladas anteriormente. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

1

6

2

gastos e inversiones de capital gastos transferencias corrientes transferencias al sector público

Son recursos asignados a organismos del sector público para aplicar a gastos o aplicaciones financieras. Se subclasifican según los beneficiarios o receptores de la transferencia. 31621 A la Administración Central (AC) Recursos asignados a organismos de la administración central de los niveles nacional, departamental, distrital o municipal, con fundamento en un mandato legal y con fines económicos o financieros y sociales. 31622 A Empresas Públicas no Financieras ( EPNF) Recursos asignados a empresas públicas no financieras con fundamento en un mandato legal con fines económicos o financieros. Se clasifica en nacional departamental, distrital o municipal. 31623 A empresas públicas financieras Recursos asignados a empresas publicas financieras de los niveles nacional, departamental, Distrital o municipal, con fines económicos o financieros, que tienen fundamento en un mandato legal. 31629 Otras transferencias al sector público Recursos asignados a otros beneficiarios o receptores del sector público no especificados anteriormente, con fines económicos, financieros y sociales.

217

Manual

Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 6 Gastos e inversiones de capital Gastos transferencias corrientes Sistema General de Participación (SGP)

Presupuestal Central

Cuenta 3

Pagos con destino a las entidades públicas receptoras de los recursos del sistema general de participaciones, de conformidad con el acto legislativo 01 de 2001. Se clasifica de acuerdo al tipo de asignación en especiales y sectoriales. Se crea este nivel de agrupación por la importancia en el sistema de transferencias que hace la nación. 31631 Asignaciones especiales Corresponde a las distribución de SGP así: el 0.52% entre los resguardos indígenas, el 0.08% a los municipios ribereños del Río grande de la Magdalena el 0.5% a los municipios y distritos para cubrimiento de alimentación escolar y el 2.9% a los municipios, distritos y departamentos para sostenimiento del Fondo de Pensiones Territoriales, acorde a la Ley 715 de 2001 31632 Participaciones sectoriales Corresponde a los pagos por las distribuciones de SGP acorde con las Leyes 715 de 2001 y 1176 de 2007, así: el 58.5% a los municipios, distritos y departamentos para sostenimiento de programas de educación; el 24.5% a los municipios, distritos y departamentos para sostenimiento de programas de: salud pública, régimen subsidiado y prestación de servicios de salud,; el 11.6% a los municipios y distritos para propósito general de acuerdo a los grados de pobreza relativa (40%), proporción a la población urbana y rural (40%), eficiencia fiscal (10%) y eficiencia administrativa (10%); y el 5.4% restante para agua potable y saneamiento básico. Capitulo 3

218

Categoria

Subcategoria

1 6 gastos e inversiones de capital gastos transferencias corrientes transferencias al sector externo

Cuenta 4

Contraloría General de la República

Valor de los recursos transferidos sin contrapartida directa a otros circuitos económicos con fundamento en convenios y con fines económicos, políticos o sociales. 31641 A organismos internacionales Recursos que se transfieren a organismos internacionales para desarrollar actividades con fines de integración económica, políticos o sociales. 31642 A gobiernos extranjeros Recursos que transfieren a gobiernos extranjeros para desarrollar actividades con fines de integración económica, política y social. Se considera gobierno extranjero a todo tipo de organismo central o descentralizado que sea propiedad mayoritaria de un gobierno extranjero. 31649 Otras transferencias al exterior Pagos al exterior no recuperables y no clasificados en otra partida de gasto, los cuales pueden ser de carácter permanente o no permanente para el donante y el beneficiario. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

1 Gastos e inversiones de capital Gastos transferencias corrientes Otras transferencias

6

Cuenta 9

Pagos no recuperables y sin contraprestación no contemplados en las partidas anteriores y que están destinados a financiar gastos que no inciden directamente en el rendimiento del patrimonio público. 31691 Indemnizaciones Pagos a cargo del ente público como retribución o reparación económica por daños o perjuicios ocasionados a terceros. 31692 Cuenta de compensación presupuestal Recursos asignados por el presupuesto a la Cuenta de Compensación Presupuestal, y que se utilizara para completar faltantes de la Ley de Apropiaciones de la respectiva vigencia fiscal.

219

Manual

Presupuestal Central

Adicionalmente, la cuenta de compensación incluye apropiaciones para atender los pagos necesarios para el restablecimiento del equilibrio contractual, si los rubros correspondientes son insuficientes para ello. 31699 Destinatarios de otras transferencias corrientes Transferencias no contempladas previamente que se destinaran a financiar gastos que no inciden directamente en el rendimiento del patrimonio público. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital

Son aquellas erogaciones para adquirir bienes de capital y como tal son, de algún modo, económicamente productivas. Su naturaleza de capital se deriva de la naturaleza perdurable del cuerpo de bienes que, además tienen un valor representativo Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 1 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital adquisicion Construccion o mejora de activos reales o no financieros

Se define como las operaciones de adquisición, construcción, mejoras de propiedades, planta y equipo, semovientes, bienes de infraestructura y de uso público inversión en recursos naturales y del medio ambiente, activos intangibles, aportes de capital y otros bienes económicos o no financieros. Capitulo 3

220

Categoria

Subcategoria

2 1 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Adquisicion de activos reales propiedades planta y equipo

Cuenta 1

Contraloría General de la República

Se define como los Activos que se utilizan por varios ciclos productivos y por causa del deterioro, desuso, utilización, causas naturales, obsolescencia o explotación, pierden su capacidad normal de operación. 32111 Semovientes Valor del ganado de diferentes especies y todo tipo de animales adquiridos con fines ornamentales, de investigación científica, de reproducción, explotaciones pecuarias, exposiciones, trabajo y otros. 32112 Terrenos Gastos por la adquisición de terrenos cualquiera sea su destino y sobre los cuales se ejerce un derecho de propiedad. 32113 Edificaciones y estructuras Adquisición de bienes inmuebles tales como edificios, casas, fábricas, bodegas, y otros bienes de capital adheridos al terreno, incluyendo todas las instalaciones unidas permanentemente y que forman parte del mismo, se excluye el valor de los terrenos sobre los que se encuentran ubicados, los cuales deben registrarse en la cuenta correspondiente. 32114 Maquinaria y equipo Gastos por adquisición de maquinarias, equipos y aditamentos que complementan a la unidad principal y que son, de consumo duradero utilizados para el funcionamiento y operación de los entes públicos. 32115 Muebles, enseres y equipo de oficina Gastos por la adquisición de muebles y equipo de oficina utilizados para el funcionamiento y operación de los entes públicos. 32116 Redes de distribución, comunicación, transporte Gastos incurridos por el ente público para la adquisición de redes de distribución, comunicación y telecomunicación, interconexión, recolección, conducción, transmisión y transporte.

221

Manual

Presupuestal Central

32119 Otros bienes de propiedad, planta y equipo Se incluye en este rubro todas las propiedades, planta y equipo que por sus características especiales no sean asignables a los grupos precedentes. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 1 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Adquisicion de activos reales bienes de uso público

Cuenta 2

Adquisición de bienes duraderos accesibles al público en general para su uso y cuya administración es ejercida por un ente público. 32121 Edificios y Estructuras Bienes que se construyen con destino al uso público y que mantienen su carácter de adherencia al suelo tales como vías, los puentes, túneles, parques y plazas públicas. 32122 Bienes históricos, culturales y objetos de valor Bienes que se construyen con destino al uso público, que se mantienen por su valor histórico o aquellos que se mantienen como depósitos de valor como las joyas y pinturas. Y no se usan para fines de producción y consumo. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3

2 1 3 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Adquisicion de activos reales inversión en recursos naturales y del medio ambiente

Valor de las inversiones efectuadas en la explotación racional y uso sostenible de los recursos naturales y del medio ambiente. 32131 Minas y canteras Inversión incurrida por el ente público para la explotación de Minas y Canteras.

222

Contraloría General de la República

Valor de las inversiones efectuadas en la explotación racional y uso sostenible de los recursos naturales y del medio ambiente. 32131 Minas y canteras Inversión incurrida por el ente público para la explotación de Minas y Canteras. 32132 Yacimientos Inversión incurrida por el ente público para la explotación de yacimientos. 32133 Bosques naturales Inversión incurrida por el ente público para la explotación de bosques naturales. 32134 Otros recursos naturales agotables Inversión incurrida por el ente público para la explotación de otros recursos naturales agotables. 32135 Conservación y recuperación de recursos naturales y del ambiente Inversión incurrida por el ente público para la conservación y recuperación de recursos naturales y del medio ambiente. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 1 Gastos e inversiones de capital Adquisicion de activos reales Inversiones de capital activos intangibles

Cuenta 4

Adquisición de derechos para el uso de activos de propiedad industrial, comercial, intelectual y otros. 32141 Exploración minera Corresponde a las erogaciones incurridas en la adquisición de derechos en la exploración de minas con el fin de descubrir nuevos recursos naturales.

223

Manual

Presupuestal Central

32142 Programas de Informática – Software Corresponde a las erogaciones incurridas por el ente público por la utilización de programas informáticos y materiales de apoyo de los sistemas. 32143 Originales para esparcimiento, literarios o artísticos Corresponde a las erogaciones incurridas por el ente público por la utilización de películas, grabaciones, manuscritos cintas y otros. 32144 Desarrollos de investigación Comprende las erogaciones para iniciar una nueva etapa en la investigación teniendo como premisa los resultados obtenidos en la etapa preliminar o anteproyecto. También se incluyen como gastos por desarrollo de la investigación los incurridos en proyectos mineros y de actividades de la industria extractiva como la prospección, exploración, perforación, extracción y funciones similares. 32149 Otros activos intangibles Se registran las erogaciones por otros derechos en el uso de activos de propiedad industrial, comercial e intelectual. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 1 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Adquisicion de activos reales construcciones en curso

Cuenta 5

Corresponde a los costos acumulados en las construcciones nuevas de bienes inmuebles de dominio público o privado, así como las ampliaciones o construcciones complementarias, que signifiquen incremento de valor. 32151 Edificaciones y estructuras de uso público Corresponde a los costos acumulados en la construcción de bienes duraderos accesibles al público en general para su uso, cuya administración es ejercida por un ente público, tales como vías, puentes, túneles, parques y plazas públicas y otras estructuras construidas para utilidad de la comunidad.

224

Contraloría General de la República

32152 Edificaciones y estructuras de dominio privado Corresponde a los costos acumulados en la construcción de bienes de dominio privado tales como edificios para oficinas públicas y demás centros administrativos, edificaciones para salud, culturales, militares y de seguridad, educativas, para vivienda, para actividades comerciales industriales y de servicio. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 1 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Adquisicion de activos reales adquisición de aportes de capital

Cuenta 6

Comprende las erogaciones efectuadas por el estado en aportes de capital o mediante la adquisición de acciones y participaciones de capital, de empresas estatales, mixtas o privadas, nacionales o extranjeras. 32161 Acciones y participaciones de capital Comprende las erogaciones realizadas por el Estado para adquirir acciones y participaciones de capital, en empresas estatales, mixtas o privadas nacionales o extranjeras. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 2 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Transferencias de capital

Asignaciones de recursos, sin contraprestación que están condicionados a la adquisición de activos de capital financiero y no financiero. Se clasifican de acuerdo al sector receptor de la transferencia. Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 2 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Transferencias de capital transferencias al sector privado

Cuenta 1

225

Manual

Presupuestal Central

Transferencias que tienen por finalidad financiar programas específicos de inversión a favor de las personas naturales o jurídicas del sector privado. Se clasifican de acuerdo al tipo de entidad que desarrollara el programa. 32211 Con el sector financiero Recursos asignados a entidades del sector financiero privado sin contraprestación y no recuperables por el gobierno, con el fin de adquirir bienes de capital en los programas que se desarrollen a nivel nacional o territorial. 32212 Con el sector no financiero Recursos asignados a entidades del sector no financiero privado, sin contraprestación, para desarrollar programas nacionales o territoriales que sean inversiones de capital. 32213 Con entidades sin fines de lucro Pago sin contraprestación del gobierno a entidades sin fines de lucro para desarrollar programas nacionales o territoriales que sean inversiones de capital. 32219 Otras transferencias de capital al sector privado Recursos destinados a entidades privadas y a unidades familiares para usar en bienes de capital.

Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 2 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Transferencias de capital transferencias al sector público

Cuenta 2

Pagos sin contraprestación del gobierno, con el objeto de que los perceptores o beneficiarios puedan adquirir activos de capital. 32221 A la Administración Central (AC) Recursos asignados a organismos de la administración central de los niveles nacional, departamental, distrital o municipal, para financiar inversiones de capital.

226

Contraloría General de la República

32222 A Empresas Públicas no Financieras (EPNF) Transferencias que realizan los diferentes organismos del sector público a las empresas públicas no financieras del nivel nacional, departamental. Distrital o municipal, de acuerdo con el ordenamiento legal vigente y para financiar inversiones de capital. 32223 A Empresas Públicas Financieras (EPF) Transferencias de capital efectuadas a empresas publicas financieras del nivel nacional, departamental, Distrital o municipal para financiar gastos específicos de capital. 32229 Otras Entidades Públicas del Orden territorial Recursos asignados a otro tipo de entidades del sector publico del orden territorial no contempladas previamente y que se destinan a financiar inversiones de capital. Pagos sin contraprestación no recuperables del gobierno con fines de capital a gobiernos, instituciones internacionales, personas, instituciones sin fines de lucro y otras entidades no residentes. 32231 A Organismos internacionales Recursos que se transfieren a organismos internacionales con fines de integración económica, políticos o sociales, y que corresponden a planes de inversión. 32232 A Gobiernos extranjeros Pagos sin contraprestación no recuperable del gobierno para fines de capital a gobiernos extranjeros. 32239 Otras transferencias al exterior Todos los pagos sin contraprestación no recuperables del gobierno con fines de capital a personas físicas, instituciones sin fines de lucro y entidades no residentes no contempladas previamente.

Capitulo 3

Categoria

Subcategoria

2 2 Gastos e inversiones de capital Inversiones de capital Transferencias de capital transferencias al exterior

Cuenta 3

227

Manual

Presupuestal Central

El financiamiento tiene por objeto cubrir las necesidades derivadas de la insuficiencia de recursos generados en la operación presupuestal o la aplicación de recursos originados en posiciones superavitarias. Constituyen fuentes de financiamiento, las disminuciones de las inversiones financieras, las recuperaciones de préstamos y los recursos del endeudamiento público y aplicaciones del financiamiento, los recursos disponibles, colocaciones en inversiones financieras, colocaciones de préstamos y las amortizaciones del crédito. Capitulo

Categoria

Subcategoria

Cuenta

4 Financiamiento Aplicaciones

Son aplicaciones de endeudamiento público los pagos por amortización del capital de las deudas del Gobierno contraídas con agentes privados y/o públicos, residentes y no residentes. Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

Cuenta

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento

Las aplicaciones del crédito externo comprenden los pagos por amortización o reembolso del capital prestado por un agente no residente. Capitulo

Categoria

Subcategoria

4

1

1

Cuenta

Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento credito externo

Pagos por amortización de empréstitos concedidos por los bancos comerciales para financiar programas de inversión del Gobierno Nacional durante el periodo presupuestal.

228

Contraloría General de la República

Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito externo banca comercial

Cuenta 1

Pagos por amortización de los empréstitos concedidos por los organismos de fomento o bancos privados para proyectos concretos durante la vigencia presupuestal. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito externo banca de fomento

Cuenta 2

Pagos por amortización de los empréstitos concedidos por los Gobiernos durante la vigencia presupuestal y que tiene por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito externo gobiernos

Cuenta 3

Pago por amortización de los Empréstitos concedidos por los organismos multilaterales y que tiene por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito externo organismos multilaterales

Cuenta 4

229

Manual

Presupuestal Central

Proveedores Pago por amortización de empréstitos representados en bienes y servicios. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito externo proveedores

Cuenta 5

Corresponde a amortización de los títulos de deuda pública como los bonos y los demás valores de contenido crediticio y con plazo para su redención. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

1 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito externo títulos valores

Cuenta 6

Corresponde a la concesión de préstamos originados en la deuda asumida por el gobierno nacional, proveniente de la contratación de empréstitos por parte de otras unidades de gobierno, en las que atendiendo a su papel de garante, el Estado adquiere un derecho efectivo frente al deudor original. 4119 Otros deuda externa Pago por la amortización de empréstitos concedidos por otros agentes no residentes que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

Cuenta

2 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Credito interno

Comprende las transacciones que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran exclusivamente entre residentes del territorio colombiano para ser pagaderas en moneda colombiana durante el período presupuestal.

230

Contraloría General de la República

Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

2 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Crédito interno con sector público nacional

Cuenta 1

Comprende la amortización de las operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el Sector Público Nacional para ser pagaderas en moneda colombiana. 41211 Entidades financieras públicas nacionales Pagos por la amortización de empréstitos con entidades financieras públicas nacionales. 41212 Empresas públicas no financieras nacionales Comprende los pagos por amortización de los empréstitos concedidos por las empresas públicas no financieras nacionales de propiedad mayoritaria del gobierno o controladas por el gobierno. 41213 Banco Central Comprende las operaciones de financiamiento a favor del Estado proporcionado por el Banco de la República, según lo establecido en el artículo 373 de la Constitución Política de Colombia. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

2 Financiamiento Aplicaciones operacionales de endeudamiento Crédito interno con el Sector Público

Cuenta 2

Comprende la amortización de las operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el Sector Público Departamental para ser pagaderas en moneda colombiana.

231

Manual

Presupuestal Central

41221 Gobierno central departamental Comprende los pagos por amortización de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con el gobierno central departamental. 41222 Entidades financieras departamentales Pagos por la amortización de empréstitos con entidades financieras departamentales. 41223 Empresas públicas no financieras departamentales Comprende los pagos por amortización de empréstitos concedidos por las empresas públicas no financieras departamentales. Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

2 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Credito interno con sector público municipal y distrital

Cuenta 3

Comprende la amortización de las operaciones de crédito público internas que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebran con el Sector Público Municipal y Distrital para ser pagaderas en moneda colombiana. 41231 Gobierno central municipal y distrital Comprende los pagos por amortización de las operaciones de crédito público, representada en empréstitos con el gobierno central municipal y distrital. 41232 Entidades financieras municipales y distritales Pagos por la amortización de empréstitos con entidades financieras municipales y distritales. 41233 Empresas públicas no financieras municipales y distritales Comprende los pagos por amortización de los empréstitos concedidos por las empresas públicas no financieras municipales y distritales.

232

Contraloría General de la República

Capitulo

Categoria

4

1

Subcategoria

2 Financiamiento Aplicaciones operaciones de endeudamiento Credito interno con sector privado

Cuenta 4

Comprende los pagos por amortización de las operaciones de crédito público representada en empréstitos con el Sector Privado para ser pagaderos en moneda colombiana. 41241 Entidades financieras del sector privado Pagos por la amortización de empréstitos con entidades financieras del sector privado. 41242 Proveedores Pago por amortización de empréstitos representados en bienes y servicios recibidos de los proveedores. 41249 Otras entidades del sector privado Comprende los pagos por amortización de los empréstitos concedidos por otras entidades del sector privado. Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

Cuenta

2 Financiamiento Activos financieros Adquisición de instrumentos financieros Al sector público departamental

Comprende las erogaciones por concesión de préstamos y la adquisición de títulos valores, con el fin de obtener rentabilidad y administrar liquidez, así como la adquisición de acciones de empresas públicas y otras entidades nacionales o extranjeras. Capitulo

Categoria

4

2

Subcategoria

Cuenta

2 Financiamiento Activos financieros Adquisicion de instrumentos financieros Sector público, municipal y distrital

233

Manual

Presupuestal Central

Corresponde a la compra de títulos y otros instrumentos financieros que el gobierno invierte en el sector público o privado Interno y externo Capitulo

Categoria

4

2

Subcategoria

2 Financiamiento Aplicaciones activos financieros Adquisición de instrumentos financieros Sector público nacional

Cuenta

1

Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector público financiero o no financiero nacional. 42211 Financiero nacional Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector público financiero nacional. 42212 No financiero nacional Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector público no financiero nacional. Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector público financiero o no financiero departamental. Capitulo

Categoria

4

2

Subcategoria

2 Financiamiento Activos financieros Adquisición de instrumentos financieros Ssector público departamental

Cuenta 2

Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector público financiero o no financiero municipal y Distrital. Capitulo 4

234

Categoria

Subcategoria

2 2 Financiamiento aplicaciones activos financieros Adquisición instrumentos financieros Sector público, municipal y distrital

Cuenta 3

Contraloría General de la República

Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector privado financiero o no financiero. 42241 Empresas financieras del sector privado Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en empresas financieras del sector privado. 42242 Empresas no financieras del sector privado Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en empresas no financieras del sector privado. Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

2 2 Financiamiento aplicaciones Activos financieros Adquisición instrumentos financieros S ector privado

Cuenta 4

Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en el sector externo financiero o no financiero. 42251 Empresas públicas financieras del exterior Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en empresas públicas financieras del sector externo. 42252 Empresas públicas no financieras del exterior Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en empresas públicas no financieras del sector externo. 42253 Empresas privadas financieras del exterior Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en empresas privadas financieras del sector externo. 42254 Empresas privadas no financieras del exterior Comprende las erogaciones por compra de instrumentos financieros, efectuadas por el gobierno en empresas privadas no financieras del sector externo.

235

Manual

Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

Presupuestal Central

Cuenta

3 Financiamiento Aplicaciones Préstamos Concesiones

Corresponde a las operaciones relacionadas con la concesión de préstamos directos efectuados por el gobierno a los sectores privados y públicos tanto interno como externo de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo

Categoria

Subcategoria

4

3

1

Cuenta

Financiamiento Aplicaciones Préstamos Concesiones al sector público

Comprende la concesión de préstamos al sector público, de corto y largo plazo, de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo

Categoria

4

3

Subcategoria

1 Financiamient, aplicaciones Prestamos Concesiones del sector público Al sector público nacional

Cuenta 1

Comprende la concesión de préstamos al sector público nacional financiero y no financiero, de corto y largo plazo y de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo 4

236

Categoria

Subcategoria

3 1 Financiamiento, aplicaciones Prestamos - concesiones del Sector público Al sector público departamental

Cuenta 2

Contraloría General de la República

Comprende la concesión de préstamos al sector público departamental financiero y no financiero, de corto y largo plazo y de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

3 1 Financiamiento aplicaciones Prestamos - concesiones al sector público Al sector púlico municipal y distrital

Cuenta 3

Comprende la concesión de préstamos al sector público municipal y distrital financiero y no financiero, de corto y largo plazo y de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

Cuenta

3 2 Financiamiento, aplicaciones Prestamos - Concesiones Sector Público Al sector privado

Comprende la concesión de préstamos al sector privado, de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad. Capitulo 4

Categoria

Subcategoria

3 Financiamiento aplicaciones préstamos-concesiones Al sector externo

Cuenta

3

Comprende la concesión de préstamos al sector externo, de carácter reintegrable, los cuales responden a objetivos de política y no a lograr rentabilidad.

237

Manual

Presupuestal Central

Cuando no existan cuentas especificas en el CGC de la CGR para establecer asociación de registros presupuestales. Los formularios contenidos en el título VIII, no están diseñados para atender situaciones particulares de identificación internas dadas las características de los clasificadores presupuestal y contable vigentes. En consecuencia la decisión de utilizar determinadas subcuentas o rubros presupuestales de uno y otro clasificador es responsabilidad de la entidad quien optará por las subcuentas disponibles que más se adecuen al hecho económico que se presente registrar. Alternativamente, podrá plantear su necesidad de clasificación antes las entidades o autoridades responsables y administradoras de los catálogos de cuentas, quienes evaluarán su solicitud.

238

Glosario

GLOSARIO Adición presupuestal

Es el aumento de las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto. Agregado presupuestal

Es un tipo de clasificación que contiene varios rubros de presupuesto. Anteproyecto de presupuesto

Estimación preliminar del presupuesto que contiene las proyecciones de las rentas e ingresos, inversiones y gastos de cada entidad, que se presenta previamente a la Secretaría de Hacienda, a la Oficina de Planeación Municipal y que sirve de base para la elaboración del Proyecto de Presupuesto Anual. Anulación de saldos de disponibilidad

Cuando se perfeccione el compromiso que se pretenda respaldar con una disponibilidad y el valor registrado resulte inferior al valor de la disponibilidad, o cuando no se hace uso de la disponibilidad ésta será anulada de oficio por el ordenador del gasto. Aplazamiento presupuestal

Son las apropiaciones financiadas con recursos de los cuales no se tiene certeza de su ingreso, que deben ser suspendidas o aplazadas mediante decreto y por lo tanto no se puede expedir certificado de disponibilidad alguno hasta tanto no se levante el aplazamiento o la suspensión. Aprobación del presupuesto anual

Es la expedición por parte del Concejo Municipal del Acuerdo de Presupuesto Anual como herramienta de gestión para el cumplimiento de los programas del Plan de Desarrollo Económico y Social.

241

Manual

Presupuestal Central

Apropiación definitiva

Monto máximo para ordenar gastos. Apropiación inicial

Monto inicial aprobado para cada rubro presupuestal según el decreto de liquidación del presupuesto. Apropiaciones presupuestales

Las apropiaciones incluidas en el Presupuesto Anual del Municipio son autorizaciones máximas de gastos que el Concejo aprueba para ser ejecutadas o comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva. Autonomía presupuestal

Es la capacidad que tienen los órganos que conforman el presupuesto general del distrito, para ejecutar el presupuesto de acuerdo a los lineamientos de política presupuestal. Caja menor

Fondo fijo de efectivo destinado a sufragar gastos identificados y definidos en los conceptos del presupuesto anual del Municipio que tengan el carácter de urgentes e imprescindibles. Calculo de gastos

Es una Proyección estimada de las erogaciones que se pretendan efectuar en la respectiva vigencia fiscal, por cada uno de los rubros en desarrollo de la misión para la cual fue creada la entidad . Calculo de ingresos

Es la estimación de los recursos que percibirá cada entidad del Municipio en cada vigencia, los cuales serán incorporados en el presupuesto. Calendarización

Programación del cumplimiento de los pagos por concepto de servicio de la deuda.

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Contraloría General de la República

Cancelación de apropiaciones

Es la supresión de la apropiación de un rubro del Presupuesto de Gastos. (Decreto 1228 de 1997 Art. 30). Cancelación de reservas

Recursos liberados por la anulación de las reservas presupuestales, pasivos exigibles y cuentas por pagar cuando cesa la obligación. Se convierten en recursos disponibles que se pueden incorporan en el presupuesto para nuevos gastos. Capacidad de endeudamiento

Es el límite o monto máximo hasta la cual el Distrito Capital o sus entidades Pueden adquirir compromisos de crédito sin que exceda su capacidad de pago. Capacidad de pago

Es el flujo mínimo de ahorro operacional que permite efectuar cumplidamente el servicio de la deuda en todos los años, dejando un remanente para financiar inversiones. Certificado de disponibilidad presupuestal

Documento expedido por el responsable del presupuesto, o quien haga sus veces, para afectar en forma preliminar un rubro presupuestal, garantizando la existencia de apropiación presupuestal disponible, libre de toda afectación y suficiente para respaldar los actos administrativos con los cuales se ejecuta el presupuesto o se hace uso de la apropiación presupuestal. Certificado de registro presupuestal

Documento mediante el cual se hace constar el Registro Presupuestal de los compromisos u obligaciones adquiridos con los proveedores de bienes, obras y servicios. Certificado de viabilidad presupuestal

Es el documento donde se certifica el respaldo presupuestal y se garantiza su viabilidad y coherencia con los lineamientos de Política Presupuestal. Constituye requisito esencial para todas las modificaciones a las plantas de personal y a las asignaciones salariales de las entidades que conforman el presupuesto anual.

243

Manual

Presupuestal Central

Cierre fiscal Corte financiero que se produce al terminar el año con el fin de determinar la ejecución de ingresos y gastos del periodo y su registro en la contabilidad. Cierre presupuestal

Procedimiento que realizan los órganos y entidades públicos al finalizar cada vigencia fiscal, con el propósito de determinar, el estado de tesorería, la situación fiscal o excedentes financieros. Circulares Presupuestales

Son instructivos del Director Municipal de Presupuesto, en donde se señalan o precisan procedimientos, plazos y fechas. Codigo presupuestal

Numero con el cual se identifica cada uno de los rubros presupuestales. Comportamiento historico y programado de gastos

Análisis comparativo en la ejecución de los gastos en las vigencias anteriores. Consejo Municipales De Politica Economica Y Fiscal-Confis

Organismo rector de la política fiscal y coordinador del Sistema Presupuestal, está conformado por el Alcalde , quien lo presidirá; el Secretario de Hacienda Municipal; el Director de Planeación Municipal y tres (3) funcionarios que designe el Alcalde Mayor. Contracredito

Disminución de una partida inicialmente aprobada para financiar otros rubros presupuestales. Control administrativo

Es el ejercido por la Secretaria de Hacienda sobre el presupuesto general del Municipio para garantizar la correcta programación y ejecución presupuestal.

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Contraloría General de la República

Créditos adicionales

Es la adición a las partidas inicialmente aprobadas o no previstas para un objeto del gasto, se produce cuando en la ejecución del presupuesto anual se hace indispensable aumentar el monto de las apropiaciones para complementar. La Dirección Municipal de Presupuesto certificará y aprobará el mayor valor de las rentas que podrán ser adicionadas a los respectivos Presupuestos; (Decreto 1228 de 1997 Art. 30). Cuentas especiales

Son aquellas cuentas previstas para el manejo de los recursos con destinación especifica (sector salud) en las entidades territoriales que en ningún caso harán parte integral de los recursos comunes del presupuesto de tales entidades. Cuentas por pagar

Cada organismo y entidad constituirá al 31 de diciembre de cada año, cuentas por pagar con las obligaciones correspondientes a los anticipos pactados en los contratos de la entrega de bienes y servicios. Cuota de gasto global

Monto o límite máximo de gastos de funcionamiento, deuda e inversión que determina la autoridad competente, para cada uno de los organismos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Municipio y que sirve de base para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto de Gastos. Cupo de endeudamiento

Es el cupo que el Concejo Municipal fija para el Municipio y cada entidad en particular de un monto global que constituye su capacidad máxima de endeudamiento. Déficit fiscal

Ocurre cuando en el cierre de la vigencia fiscal del año inmediatamente anterior, las exigibilidades son mayores a la disponibilidad neta en tesorería. Déficit presupuestal

Es el exceso de gastos sobre los ingresos de un presupuesto o vigencia presupuestal.

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Manual

Presupuestal Central

Deuda externa

Son los recursos provenientes de operaciones de crédito público, que se celebren con entidades comerciales, multilaterales, gobiernos u organismos del exterior, pagaderos en moneda extranjera. Deuda interna

Son los recursos provenientes de operaciones de crédito público, que de conformidad con las disposiciones cambiarias, se celebren exclusivamente, entre residentes del Territorio Colombiano para ser pagaderos en moneda legal colombiana. Deuda pública

Son todas las obligaciones que el estado contrae con los agentes económicos tanto públicos como privados a nivel nacional e internacional. Directiva presupuestal

Línea de conducta trazada por el Alcalde, que prescribe el comportamiento que han de seguir los ordenadores del gasto en materia presupuestal. Disposiciones generales

Corresponde a las normas que se expiden en cada vigencia fiscal, tendientes a asegurar la correcta ejecución del presupuesto dentro del mismo período. Disponibilidad presupuestal

Es la afectación preliminar de un rubro presupuestal que garantice apropiación libre y suficiente para atender el gasto que se pretende realizar. Todas las disponibilidades deben numerarse en orden secuencial, ascendente y específica para cada entidad. Ejecución activa

Corresponde a la Secretaría de Hacienda Municipal efectuar el recaudo de las rentas y recursos de capital del presupuesto anual del Municipio, por conducto de las oficinas de manejo de sus dependencias o de las entidades de derecho público o privado delegadas para el efecto. Se exceptúan los recursos que son recaudados directamente por los establecimientos públicos del orden Municipal.

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Contraloría General de la República

Ejecución pasiva

La Ejecución Pasiva del Presupuesto se realizará mediante la adquisición de compromisos y ordenación de gastos que cumplan los requisitos señalados en las disposiciones vigentes, los cuales se respaldan con la expedición previa de certificados de disponibilidad presupuestal y con la operación del registro presupuestal que perfecciona el compromiso, afecta en forma definitiva la apropiación y garantiza que ésta no será desviada a ningún otro fin. La ordenación de gastos conlleva la ordenación del pago. Empresa industrial y comercial

Es un organismo que hace parte del nivel descentralizado, posee autonomía administrativa y financiera; compuesta por capital público y privado. Entidades descentralizadas

Son los Establecimientos Públicos, las Empresas Industriales y Comerciales o de Economía Mixta y Entes Universitarios Distritales. Excedentes financieros

Hacen parte del presupuesto de ingresos del Municipio. Para efectos de su determinación los Establecimientos Públicos Municipales a 31 de Diciembre de cada año deberán realizar el procedimiento siguiente: (+) Disponibilidad de tesorería a 31 de Diciembre (-) Fondos y recaudos de terceros (-) Cuentas por pagar (-) Saldo de reservas a 31 de Diciembre (+) Reconocimientos (=) EXCEDENTE FINANCIERO Fondo de compensación municipal

Rubro del presupuesto de gastos de la Secretaría de Hacienda –Dirección Municipal de Presupuesto, cuya apropiación asciende hasta el 1% de los ingresos corrientes anuales del Municipio, destinado a atender faltantes de apropiaciones en gastos de funcionamiento de las Entidades en la respectiva vigencia fiscal y para los casos que el Alcalde del Municipio y el Consejo de Gobierno califiquen de excepcional urgencia.

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Manual

Presupuestal Central

Giros presupuestales

Es la etapa del proceso de ejecución presupuestal en la cual el ordenador del gasto solicita tanto al responsable de presupuesto, como al tesorero registrar la orden de pago y el cumplimiento de la misma respectivamente. Gastos de funcionamiento

Son las apropiaciones necesarias para el normal desarrollo de las actividades administrativas, técnicas y operativas. Comprende los gastos por servicios personales, gastos generales, aportes patronales y transferencias de funcionamiento. Informática

Estudia el tratamiento racional y sistemático de la información, por medios automáticos. Ingreso

Es el flujo de recursos que recibe un agente económico en un determinado periodo de tiempo o vigencia. Ingresos corrientes

Recursos que percibe el Municipio en el desarrollo de lo establecido en las disposiciones legales, por concepto de la aplicación de impuestos, tasas, multas. De acuerdo con su origen se identifican como tributarios y no tributarios. Ingresos tributarios

Agregado conformado por aquellos recursos que percibe el distrito, sin contraprestación directa alguna, fijados en virtud de norma legal, provenientes de impuestos directos o indirectos. Ingresos no tributarios

Ingresos del Municipal por conceptos diferentes a los impuestos: recursos obtenidos por la prestación de servicios, en el desarrollo de contratos y otros. Instructivos presupuestales

Indicaciones del Director Municipal de Presupuesto, por medio de los cuales se recuerdan o precisan procedimientos, plazos y fechas.

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Inversión

Gastos en que incurre el Municipio para el desarrollo económico, social y cultural de la ciudad, es decir, aquellos que contribuyen a mejorar el índice de calidad de vida de los ciudadanos. Lineamientos de política presupuestal

Documento expedido por el Alcalde Mayor en donde se establecen los objetivos y las metas que se deben tener en cuenta en la elaboración del presupuesto Anual. Liquidación del presupuesto

Corresponde al Gobierno Municipal dictar el decreto de Liquidación del Presupuesto Anual del Municipio. En la preparación de este decreto la Secretaría de Hacienda - Dirección Municipal de Presupuesto, observará las siguientes pautas: 1. Tomará como base el Proyecto de Presupuesto presentado por el Gobierno a consideración del Concejo Municipal. 2. Insertará todas las modificaciones que se le haya hecho en el Concejo Municipal. 3. Este decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo Modificaciones presupuestales

Es el procedimiento mediante el cual se aumentan, trasladan o disminuyen las cuantías de las apropiaciones. Plan de cuentas

Codificación clasificación y desagregación por rubros de cada una de los ingresos y gastos que componen el presupuesto con su correspondiente definición. Plan de desarrollo económico, social y de obras públicas

Acuerdo expedido por el Concejo Municipal a iniciativa del Alcalde o Decreto en donde se reflejan los objetivos, prioridades, metas y programas de inversión a ejecutar en un determinado periodo de gobierno.

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Manual

Presupuestal Central

Plan financiero plurianual Instrumento de planificación y gestión financiera de la Administración Municipal y sus Entidades Descentralizadas que tienen como base las operaciones efectivas de las Entidades Municipales, tomando en consideración las proyecciones de ingresos, gastos, superávit o déficit y su financiación, compatibles con los programas anuales de caja respectivos. Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI)

El conjunto de proyectos de inversión clasificados por sectores, entidades y Programas el cual guardará concordancia con el Plan de Inversiones establecido en el Plan de Desarrollo Municipal. Presupuesto anual

Nivel que comprende el Presupuesto del Concejo, la Contraloría, la Personería, la Administración Central Municipal y los Establecimientos Públicos Municipales que incluyen a los Entes Autónomos Universitarios. Presupuesto general

Nivel que comprende el Presupuesto de los Fondos de desarrollo local y el Presupuesto de las Empresas Industriales y Comerciales y Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas, del Municipio. Presupuesto por resultados

Metodología que permite una presentación completa de los bienes y servicios que las entidades tienen previsto producir con el gasto de sus presupuestos. Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) Es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles con el fin de cumplir los compromisos que no puedan exceder del total del PAC de la vigencia. La ejecución de los gastos del Presupuesto Anual del Municipio se hará a través del Programa Anual Mensualizado de Caja -PAC-. Este es el instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles con el fin de cumplir los compromisos que no puedan exceder del total del PAC de la vigencia. El PAC correspondiente a las apropiaciones de cada Vigencia Fiscal, tendrá como límite máximo el valor del presupuesto en dicho período.

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Contraloría General de la República

Programación del presupuesto

Es el proceso mediante el cual se establecen los lineamientos, instrumentos y procedimientos para la elaboración, presentación, estudio y aprobación del presupuesto de las entidades Municipales. Prohibición para tramitar hechos cumplidos

Está prohibido tramitar o legalizar actos administrativos que afecten el presupuesto de gastos cuando no reúnan los requisitos legales o se configuren como hechos cumplidos. Recursos de capital

Son ingresos que percibe el Municipio, provenientes entre otras de las siguientes fuentes: operaciones de crédito público con vencimiento mayor a un año, los recursos del balance, los rendimientos por operaciones financieras, las donaciones, diferencial cambiario, los excedentes financieros de los Establecimientos Públicos del orden Municipal y de las Empresas y otros recursos de capital diferentes. Registro de obligaciones y pagos autorizados

Indica los saldos de las obligaciones pendientes de autorización de pago para cada una de las apropiaciones incluidas en el decreto de liquidación del Presupuesto General del municipio. Registro presupuestal

Es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que ésta no será desviada a ningún otro fin. En esta operación se debe indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar. Registro del presupuesto inicial

Es el proceso mediante el cual una vez expedido el decreto de liquidación del presupuesto, el responsable del presupuesto de cada entidad, registrará los montos aprobados de ingresos, gasto e inversión, de manera desagregada, en el sistema de información de presupuesto que se esté utilizando.

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Manual

Presupuestal Central

Registro de las reservas presupuestales y las cuentas por pagar Indica los saldos de los compromisos y las obligaciones pendientes de autorización de pago por cada una de las apropiaciones constituidas como Reservas Presupuestales o Cuentas Por Pagar. Registro de las vigencias futuras

Indica el monto de las obligaciones adquiridas en desarrollo de la autorización otorgada por el CONFIS o por la autoridad que este delegue, que afectan apropiaciones de vigencias presupuestales futuras. También presenta los saldos no utilizados de dichas autorizaciones los cuales fenecen el 31 de diciembre del año en el cual se otorgó esta autorización. Recursos del balance del tesoro

Ingresos provenientes de la liquidación del ejercicio fiscal del año inmediatamente anterior. Incluye, entre otros el superávit fiscal, cancelación de Reservas y la venta de activos Registro Presupuestal

Es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiación , garantizando que esta no será desviada a ningún otro fin. Registro Presupuestal del Compromiso

Es la imputación presupuestal mediante la cual se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que ésta solo se utilizará para ese fin. Rendimientos financieros

Corresponde a los ingresos obtenidos por la colocación de los recursos del Municipio en el mercado de capitales o en títulos valores. Rentas propias

Son todos Los ingresos corrientes de los Establecimientos Públicos, excluidos los aportes y transferencias de la nación.

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Repetición del presupuesto

Si el proyecto de Presupuesto Anual del Municipio no hubiere sido presentado en los primeros tres (3) días de sesiones ordinarias del mes de noviembre o no hubiere sido aprobado por el Concejo Municipal, el Gobierno Municipal expedirá el Decreto de Repetición antes del 20 de Diciembre de conformidad con lo dispuesto en el artículo 348 de la Constitución Política. Son las obligaciones y compromisos que a 31 de Diciembre de cada vigencia fiscal no se hayan podido cumplir, esto es, que el bien no se haya recibido, que la obra no se haya terminado o que el servicio no se haya prestado pero que estén legalmente contraídas y desarrollen el objeto de la apropiación. Servicio de la deuda

Apropiación destinada al pago de las obligaciones contraídas por los con personas naturales o jurídicas, entidades bancarias, financieras, públicas o privadas de carácter nacional o internacional; fiduciarias, calificadoras de valores y asesoras en finanzas así como la Superintendencia de valores y todas aquellas que por su naturaleza y funciones hayan de recibir pagos inherentes a la contratación de créditos y a la emisión de títulos valores, cuyos vencimientos ocurrirán durante la vigencia fiscal respectiva. Sistema presupuestal

Entendido éste como el conjunto de actividades relacionadas con el proceso presupuestal mutuamente relacionadas o que interactúan, las cuales transforman los elementos de entrada (recursos disponibles), en resultados plasmados en el Presupuesto Municipal. Superávit fiscal

Se origina en el cierre de la vigencia fiscal del año inmediatamente anterior y es el resultado de restar de la disponibilidad neta en tesorería las exigibilidades como lo son: los recursos con destinación específica, las reservas presupuestales determinan los reconocimientos, entendidos ellos como los ingresos que al cierre de la vigencia fiscal no han ingresado a la Tesorería, pero de los cuales se tiene certeza que se recaudarán en una fecha posterior al 31 de diciembre, se registrarán como ejecutados o causados en el presupuesto de ingresos de la vigencia fiscal que se cierra. Deben estar certificados por parte de la persona natural o jurídica, pública o privada en la cual se originan los recursos, o mediante los cálculos efectuados con base en las disposiciones legales vigentes. Con base en el estado de tesorería, las reservas presupuestales y los reconocimientos, se determina el superávit fiscal. o los excedentes financieros según sea el caso.

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Manual

Presupuestal Central

Transferencias

Son dineros de un Presupuesto que percibe otro Presupuesto por mandato legal, en uno es un gasto y en el otro es un ingreso, como es el caso de los provenientes de la nación por participación en sus Ingresos Corrientes, Situado Fiscal y de las Entidades Descentralizadas por pago de compromisos adquiridos como el Plan de Gestión Ambiental o Estratificación por parte de las Empresas. También se incluyen aquí los recursos que se obtengan para cofinanciación de proyectos de entidades públicas o privadas, al igual que los provenientes del Fondo Nacional de Regalías de conformidad con lo establecido en la Ley 141 de 1994. Traslado presupuestal

Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía. Vigencias futuras

Herramienta financiera que permite a las entidades regidas por el Estatuto Orgánico de Presupuesto Municipal y Distrital, asumir compromisos con cargo a vigencias posteriores con el fin de adelantar los trámites que demandan los procesos de contratación36.

36 Ministerio de Hacienda “División de Presupuesto”

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Bibliografía

BIBLIOGRAFIA •

Constitución Política, 1991



Acto Legislativo 04 de 2007

• Ley 136 De 1994. Normas tendientes a modernizar la organización y funcionamiento de los municipios. • Ley 179 de 1984. Diciembre 30. Por el cual se introducen algunas modificaciones a la Ley 38 de 1989, Orgánica de Presupuesto. • Ley 185 de 1995. Enero 27. Por medio del cual se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación, operaciones para el saneamiento de obligaciones crediticias del sector público. • Ley 358 de 1997.Enero 30. Por el cual se reglamenta el artículo 364 de la Constitución Política. • Ley 550 de 1999. Por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones • Ley 549 de 1999. Por la cual se dictan normas tendientes a financiar el pasivo pensional de las entidades territoriales. • Ley 617 de 2000.Octubre 6. Por el cual se reforma parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la Ley Orgánica de presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y racionalización del gasto público nacional. • Ley 715 de 2001. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 228, 347, 356 y 357 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar los servicios de educación y salud. •Ley 819 de 2003. Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal •Ley 1176 de 2007. Por la cual se reforma la Ley 715

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Manual

Presupuestal Central

• Ley 1148 de 2007. Por medio de la cual se modifican las Leyes 136 de 1994 y 617 de 2000 y se dictan otras disposiciones. • Ley 028 de 2008. Por medio del cual se define la estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto que se realice con recursos del Sistema General de Participaciones. •

Decreto 111 de 1996. Estatuto Orgánico de Presupuesto

• Decreto 115 de 1996. Por el cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y ejecución de los presupuestos de las empresas industriales y comerciales del Estado y de las sociedades de economía mixta sujetas al régimen de aquéllas, dedicadas a actividades no financieras. •

Decreto 1333 de 1986. Código de Régimen Municipal.

• Ley 51 DE 1990. Por la cual se autorizan unas operaciones de endeudamiento interno y externo. • Decreto 359 de 1995. Febrero 22. Por el cual se establecen normas sobre la elaboración, conformación y ejecución de los presupuesto de las empresas industriales y comerciales del Estado. • Decreto 2796 de 1994. Reglamentario del Decreto 2626 del 29 de Noviembre de 1994. • Decreto 2178 de 2006. Por medio del cual se crea el Sistema Electrónico para la Contratación Pública. • Decreto 028 de 2008 Por medio del cual se define la estrategia de monitoreo, seguimiento y control integral al gasto que se realice con recursos del Sistema General de Participaciones • Decreto 066 de 2008. Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1150 de 2007 sobre las modalidades de selección, publicidad y selección objetiva y se dictan otras disposiciones. • Decreto 313 de 2008. Por medio del cual se reglamentan parcialmente las Leyes 715 de 2001, 1122 de 2007 y 1176 de 2007 • Decreto 1525 de 2008. Por el cual se dictan normas relacionadas con la inversión de los recursos de las entidades estatales del orden nacional y territorial. • Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Aspectos Prácticos del Sistema Presupuestal Colombiano.

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Contraloría General de la República

Operativo Anual de Inversiones- POAI. Proyecto de Gestión Financiera Municipal PROFIM, 2002. • Federación Colombiana de Municipios y Cooperación Alemana al DesarrolloGTZ. Coyuntura del Sistema Presupuestal Municipal. Proyecto de Gestión Financiera Municipal PROFIM, 2002. • Federación Colombiana de Municipios-FCM y Cooperación Alemana al Desarrollo-GTZ. Estatuto Orgánico del Presupuesto Municipal. Proyecto de Gestión Financiera Municipal PROFIM, 2002. •

Echeverry, E. Bernardo. Presupuesto municipal colombiano.

• García, Gómez José Fernando. Planeación, presupuesto y contabilidad pública. Herramientas del desarrollo económico. Caldas. Enero 1994 • Calderón Rivera; Camilo Planeación estatal y presupuesto público. Legis Editores. Primera edición. Santa fe de Bogotá. 1998. • Restrepo, Juan Camilo. Hacienda Pública. Universidad Externado de Colombia. Bogotá .1994. •

Restrepo, Juan Camilo. Derecho Presupuestal Colombiano. LEGIS.



Editores S.A. Bogotá .2007

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