PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA CONVOCATORIA REDES 2016

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA CONVOCATORIA REDES 2016 1. ¿Cuál es la mejor vía para plantear las dudas sobre el texto de la convocatoria y la propues...
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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA CONVOCATORIA REDES 2016

1. ¿Cuál es la mejor vía para plantear las dudas sobre el texto de la convocatoria y la propuesta que quiero presentar? La mejor forma de ayudarle a resolver sus dudas es que se planteen directamente enviando un correo electrónico a la dirección de correo electrónico [email protected]. Para los asuntos de tipo informático relacionados con la aplicación de solicitud, la aplicación de firma de solicitudes, RUS o SISEN, [email protected]. Para asuntos relacionados [email protected].

con

el

Sistema

de

Entidades

(SISEN),

2. En la evaluación, ¿qué se contempla en el criterio “Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta”? Se valorarán la definición, contenido, calidad, originalidad, grado de novedad y adecuación de las actividades a los objetivos planteados. Se valorarán asimismo el plan de trabajo, la adecuación del cronograma y del presupuesto de las actividades a desarrollar y la contribución de dicha propuesta al avance de conocimiento. 3. ¿Y en “Calidad, investigación”?

trayectoria

y

adecuación

del

equipo

de

Se valorarán la competencia y la adecuación del equipo de investigación para llevar a cabo la actuación, la trayectoria y contribuciones científico-técnicas del equipo de investigación; y los resultados previos obtenidos por los investigadores principales y por los componentes del equipo de investigación, especialmente en proyectos de investigación o en otras actuaciones de planes nacionales de I+D+i anteriores, en proyectos financiados por el Programa Marco de la Unión Europea o en otros programas competitivos de naturaleza internacional. 4. ¿Y en el “Impacto propuesta”?

científico-técnico

o

internacional

de

la

Se valorarán el impacto científico-técnico esperable de los resultados previstos de la actuación, su potencial transnacional, su posible contribución a la solución de problemas sociales, económicos o tecnológicos, así como su posible impacto en la capacidad de liderazgo internacional del equipo de investigación en esa temática. 5. ¿Qué significado tiene mi elección de un área temática de gestión? Tiene un significado muy importante puesto que las comisiones técnicas se establecen por los criterios temáticos de las áreas de gestión de la Subdirección General de Proyectos de Investigación, que gestiona esta convocatoria, por lo que su proyecto será evaluado en una comisión técnica específica constituida por expertos de dicha área temática. 1/6   

6. ¿Cómo debo proceder para ubicar la red en el área ANEP y en el área temática de gestión adecuadas cuando ambas no coinciden? Las áreas temáticas de gestión están siempre identificadas como áreas o, en su caso, como subáreas y ambos campos son obligatorios (cuando un área no tenga subáreas, le aparecerá en el desplegable la denominación del área). Respecto a las áreas ANEP, será obligatorio cumplimentar el área ANEP preferente. En caso de cambio de área temática de gestión, la Subdirección General de Proyectos de Investigación puede hacerlo de oficio como establece la convocatoria. 7. Un investigador que no tiene vinculación con la entidad solicitante en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes pero está pendiente de la formalización de un contrato ¿podría ser investigador principal? ¿y miembro del equipo de investigación? Sí, si el contrato que está pendiente de formalizarse es consecuencia de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva. En ese caso, válido tanto para ser investigador principal como para pertenecer al equipo de investigación, deberá acreditarse documentalmente la superación del procedimiento público de selección, según lo previsto en el artículo 15.5 b) 8. Un investigador con un contrato que finaliza antes del período previsto de ejecución del proyecto. ¿podría ser investigador principal? ¿y miembro del equipo de investigación? Sí. En el caso de que los investigadores principales o los miembros del equipo de investigación tuviesen una vinculación con su entidad que no abarcase el período completo de ejecución del proyecto, para poder participar como tales en el mismo, será preciso que el representante legal de la entidad a la que pertenezcan manifieste su compromiso de mantener la vinculación durante todo el mencionado período de ejecución. Dicho compromiso debe manifestarse por escrito usando el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad y adjuntarse a la solicitud. 9. Un investigador cuya vinculación al organismo o entidad solicitante es a tiempo parcial, ¿podría ser investigador principal? Sí, si cumple el resto de requisitos establecidos en la convocatoria. 10. ¿Dónde y cómo debo identificar los grupos de investigación que participan en la red? Los grupos de investigación debe identificarlos tanto en la aplicación de solicitudes como en la memoria técnica. Es importante definirlos de la misma manera en ambos documentos para evitar posibles confusiones. 11. ¿Cómo se compone el equipo de investigación de una red CONSOLIDER? El equipo de investigación de las redes CONSOLIDER tiene que estar compuesto por tantos investigadores como entidades participantes hubiera en el proyecto CONSOLIDER del investigador principal. Si en el proyecto CONSOLIDER participaban, por ejemplo, cinco entidades, incluida la entidad gestora, la red tendrá un 2/6   

investigador principal (que actuó como investigador principal de alguna de las entidades participantes) y cuatro investigadores en el equipo de investigación, uno por cada una de las otras entidades participantes. 12. ¿Y si una de las entidades participantes en el proyecto CONSOLIDER no quiere o no puede unirse a la red que queremos presentar en esta convocatoria? Solo se admitirá en casos debidamente justificados. 13. ¿Pueden añadirse a la red CONSOLIDER nuevos socios o participantes que no estaban en el proyecto CONSOLIDER original? No, no se podrán incorporar a la red nuevos socios o participantes. 14. En las redes CONSOLIDER, podrán solicitar ayuda aquellos proyectos CONSOLIDER cuya fecha de finalización sea anterior al 30 de junio de 2016. Esta fecha ¿se refiere a la que figuraba en la resolución de concesión inicial de la ayuda o a la fecha actual de finalización del proyecto en los casos en que se haya solicitado prórroga? Se refiere a la fecha actual de finalización del proyecto incluyendo una posible prórroga que haya podido tener. 15. ¿Cómo se compone el equipo de investigación de una red TEMÁTICA? El equipo de investigación de las redes temáticas estará compuesto por un número entre cuatro y diez investigadores, cada uno de los cuales representará a un grupo de investigación que estará definido en la memoria científico-técnica y en la solicitud. Además, al menos la mitad de los investigadores, incluido el investigador principal, tiene que haber participado en algún proyecto de investigación, finalizado o en vigor, financiado en las convocatorias 2008-2012 del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada, del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental o de un proyecto de las convocatorias de Proyectos I+D Excelencia o de Proyectos I+D+I Retos, en el marco del Plan Estatal de I+D+i 20132016. Por ejemplo, una red temática de cuatro grupos de investigación deberá tener como mínimo dos investigadores que hayan participado en el tipo de proyectos descritos en el apartado anterior. Puesto que es un requisito del investigador principal haberlo sido también de un proyecto de las mencionadas convocatorias, al menos uno de los participantes en el equipo de investigación deberá haber participado o estar participando, como investigador principal o como miembro del equipo de investigación, en un proyecto de las mismas características. 16. Y, si se trata de una red de cinco grupos de investigación, ¿cuántos investigadores, además del investigador principal, deberán haber participado o estar participando en algún proyecto de las convocatorias mencionadas en la pregunta anterior (artículo 12.5 a)? Al menos dos, además del investigador principal. 3/6   

17. ¿Pueden formar parte del equipo de investigación quienes pertenezcan a las modalidades de contratación laboral específicas del ámbito universitario (ayudante, profesor ayudante doctor, profesor contratado doctor...)? Sí, siempre que sean personal investigador, realicen tareas de investigación relacionadas directamente con la solicitud presentada y que su vinculación sea durante todo el período de ejecución de la red. 18. ¿Se pueden imputar gastos de personas que participan en la red si no forman parte del equipo de investigación? Sí, como el equipo de investigación lo componen únicamente investigadores que representan a un grupo de investigación, el resto de personas del grupo pueden imputar gastos derivados de las tareas que desempeñen siempre que su participación se justifique debidamente en los informes científico-técnicos de seguimiento y final. 19. El artículo 5 de la convocatoria beneficiarios”. ¿Qué son exactamente?

se

titula

“Pluralidad

de

Si usted tiene dudas sobre si determinada entidad es miembro asociado de la entidad solicitante, lo más probable es que no lo sea y entonces no tendrá que cumplimentar nada en el apartado “Solicitante” < “Beneficiarios asociados”, de la aplicación. En estas convocatorias la participación de miembros asociados no llega al 2 % de los casos. Si considera que sí puede serlo, lea el documento “Beneficiarios asociados” en el apartado de “Documentos explicativos” de la convocatoria, y el artículo 5 de la resolución de la convocatoria. 20. Si, antes de la aprobación de la red en la que participo como investigador principal, cambiara de entidad, ¿puedo trasladar la ayuda a mi nueva entidad? No. Si en el momento de la resolución definitiva no existe vinculación con la entidad solicitante, que es el beneficiario de la ayuda, la solicitud sería excluida. 21. Los investigadores del equipo de investigación pertenecientes a entidades distintas de la solicitante ¿pueden pertenecer a cualquier tipo de entidad? No. Únicamente son válidas las entidades legitimadas para ser beneficiarias, es decir, universidades, centros públicos de I+D+i, centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro y centros tecnológicos, descritos en el artículo 4 de la convocatoria. 22. Estoy preparando el presupuesto de mi solicitud. Si mi proyecto resultase financiado, ¿en qué conceptos podré utilizar la subvención recibida de costes directos? La ayuda recibida en costes directos podrá utilizarse para cualquiera de los costes elegibles según los conceptos incluidos en la solicitud inicial. Los cambios realizados en relación con el presupuesto solicitado deberá justificarlos en los informes de seguimiento y final del mismo, dentro de los apartados incluidos para este fin en los formularios de los informes, pero no es necesario que solicite autorización para hacerlo.

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23. ¿Puedo incluir en la partida de personal el gasto de una beca? No, en la partida de personal no se pueden solicitar ni imputar becas de formación. Puede imputar únicamente gastos de personal en régimen de contratación temporal. 24. ¿Puedo contratar con cargo a la red a un miembro del equipo de investigación? No, las personas contratadas con cargo a la red no pueden formar parte del equipo de investigación. 25. En la anterior convocatoria, mi solicitud fue excluida porque el pdf de la memoria científico-técnica estaba en blanco. Efectivamente, al revisar mis documentos, había adjuntado un archivo erróneo. ¿No es posible subsanar estos defectos? No. La memoria científico-técnica y el currículum abreviado del investigador principal no son documentos subsanables al tratarse de una convocatoria en concurrencia competitiva. Por eso es muy importante que el investigador principal revise, antes de generar la solicitud definitiva, que los documentos que ha aportado en la aplicación informática de solicitud son los correctos. Con carácter general, todos los documentos a aportar por el IP deben incorporarse en los modelos que se proporcionan en la página web (modelos de impresos). El currículo solo será válido en el formato “currículo abreviado”. La presentación del currículo del IP en un formato distinto del “currículo abreviado” será causa de exclusión. Lo mismo ocurre con la memoria científico-técnica; solamente se aceptará en el formato disponible en el Ministerio de Economía y Competitividad. 26. ¿Existe un formato para la realización de la memoria científicotécnica? Sí; en la página web del ministerio existe una plantilla específica para la memoria científico-técnica de cada tipo de red que incluye todos los apartados que, de acuerdo con la convocatoria, deberá rellenar y que son necesarios para la evaluación de la propuesta (artículo 15.4). La presentación de la memoria científico-técnica en otro formato será causa de exclusión de la red. La memoria científico-técnica podrá presentarse en español o en inglés. 27. Estoy mirando la extensión de cada uno de los apartados de la memoria técnica y me gustaría saber si la totalidad de los caracteres incluye espacios o no. Los espacios sí computan como caracteres. Como en algunas ocasiones la forma de contar caracteres puede ser diferente en Word y en otras aplicaciones, lo mejor es que al pegar el texto en la memoria compruebe que el escrito llega hasta el final. 28.No he tenido tiempo de rellenar algunos apartados de la memoria científico-técnica, ¿podré adjuntarla en el período de subsanación? No; el contenido de la memoria científico-técnica no podrá ser modificado una vez finalizado el plazo de presentación. Aunque se dé trámite de audiencia en el momento de la preevaluación de las solicitudes, este servirá solo para aquellos casos en que haya habido un error en la revisión de las solicitudes de la convocatoria, pero no para 5/6   

subsanar un defecto en los documentos presentados en el plazo de solicitud ni para presentar otros documentos mejorados, corregidos o diferentes. 29. ¿Qué formato y extensión debo dar a mi currículo abreviado? El currículum abreviado se presentará obligatoriamente en el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad y no podrá exceder de 4 páginas, escritas con letra Times New Roman o Arial en un tamaño mínimo de 11 puntos; márgenes laterales de 2,5 cm; márgenes superior e inferior de 1,5 cm; y espaciado mínimo sencillo (artículo 15.4 de la convocatoria). 30. ¿Existe la opción de presentar un CV extenso además del CV abreviado? No. Solamente se puede presentar un CV por investigador, que debe ser el CV abreviado, con el contenido, formato y extensión que se especifican en la convocatoria. 31. El currículum abreviado ¿no podrá subsanarse en el trámite de preevaluación, previsto en el artículo 16 de la convocatoria? No; aunque se dé trámite de audiencia, este servirá solo para aquellos casos en que haya habido un error en la revisión de las solicitudes de la convocatoria, pero no para subsanar un defecto en los documentos presentados en el plazo de solicitud ni para presentar otros documentos mejorados, corregidos o diferentes. 32. En las instrucciones para rellenar el currículum abreviado, se recomienda poner los sexenios de investigación en el apartado A.3. “Indicadores generales de calidad de la producción científica”. ¿Qué es un sexenio y cómo se calcula? Un sexenio es un complemento de productividad incentivador, cuya finalidad es fomentar la actividad investigadora de los profesores universitarios y del personal de las escalas científicas del CSIC. La solicitud de reconocimiento de un sexenio se hace de forma voluntaria por parte del investigador interesado a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), que realiza la evaluación e informa positiva o negativamente sobre la concesión de este complemento. Por lo tanto, el número de sexenios no se calcula dividiendo los años de investigación por seis, sino que corresponde al número de períodos reconocidos y concedidos como tales por la CNEAI. Si usted no es profesor universitario o personal científico del CSIC, no debe incluir ninguna información sobre el número de sexenios. 33. ¿Es posible generar el curriculum vitae abreviado (CVA) para esta convocatoria a través del editor de CVN (https://cvn.fecyt.es/editor)? Sí, el CVA que se genera con el editor de CVN es válido para esta convocatoria. En el enlace https://cvn.fecyt.es/editor/ encontrará una “Guía para la generación de CVA desde el Editor CVN”. Recuerde que debe cumplir también los requisitos de contenido, formato y extensión exigidos en la convocatoria.

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