ARMADA Jefatura del Apoyo Logístico Dirección de Mantenimiento

PLIEGO DE

PRESCRIPCIONES TECNICAS

(P.P.T.)

DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE DIVERSOS EQUIPOS RESPIRATORIOS DE PROTECCION INDIVIDUAL EN USO EN LA ARMADA.

Madrid a t X de febrero de 2014

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íNDICE 1.

2. 3. 3.1. 3.2. 3.3.

3.4 4. 5. 6. 7. 8. 9.

OBJETO 3

DESCRIPCiÓN DEL OBJETO 3

CONDICIONES DE EJECUCiÓN 3

PERSONAL 5

MATERIALES Y REPUESTOS 5

DOCUMENTACiÓN TÉCNICA APLICABLE 6

LUGAR DE REALlZACION DE LOS TRABAJOS 6

PRUEBAS DE ACEPTACiÓN Y GESTiÓN DE DISCREPANCIAS 6

APOYO DE LA ARMADA AL CONTRATISTA 7

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. 7

GES1·IÓN DEL CON·rRATO 9

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD 10

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES 10

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS (P.P.T.) DEL CONTRATO DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LOS EQUIPOS RESPIRATORIOS AUTONOMOS EN LOS BUQUES DE LA ARMADA

1.

OBJETO

El objeto del expediente al que se refiere el presente documento (en lo sucesivo PPT), es establecer los requisitos y condiciones técnicas que han de regir en la contratación del expediente del epígrafe, para llevar a cabo, en los términos que se expresan a continuación, el desarrollo de actividades de mantenimiento integral de los EQUIPOS RESPIRATORIOS AUTONOMOS EN LA ARMADA, los cuales son: Equipos Respiratorios de aire comprimido de Intervención (300 bares/6 litros) de presión

positiva.

Equipos de Escape de Emergencia (ERPE) (200 bares/2 litros).

Equipos Respiratorios de Intervención del Trozo de Vuelo (300 bares/3 litros).

Botellas de reserva de todos los equipos antes mencionados.

Así mismo, se incluirán también los equipos que pudieran incorporarse con posterioridad durante la vigencia del contrato, con la finalidad de garantizar su perfecto funcionamiento operativo, por parte de la empresa que resulte adjudicataria, en adelante El Contratista. Se trata de un Contrato de Servicios. 2.

DESCRIPCiÓN DEL OBJETO

El Contratista adjudicatario deberá asumir la realización de las tareas de mantenimiento solicitadas puntualmente para los equipos entregados y las cuales se detallan en el Anexo 11 de este PPT,(mantenimiento preventivo, obligatorio, correctivo y necesario) de los equipos entregados por la Armada al contratista según el Arsenal responsable gestione la necesidades de mantenimiento.

3.

CONDICIONES DE EJECUCiÓN

La realización de los trabajos objeto del contrato, se efectuará conforme a lo dispuesto tanto en el presente PPT como en el de Cláusulas Administrativas Particulares, en adelante PCAP. Serán de aplicación a este Contrato las condiciones de ejecución establecidas en el -Anexo 11I­ de seguimiento y control de este PPT.

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Al margen de estas condiciones, el Contratista aceptará los equipos (-Anexo 1-) en las condiciones en que se hallen a fecha de licitación. El Contratista será responsable de aportar los recursos humanos y materiales necesarios, excluidos repuestos y piezas de sustitución de los equipos a mantener, para lograr la total operatividad de los sistemas, subsistemas y componentes objeto del Contrato y para la realización de las tareas indicadas en el mismo. Asimismo el Contratista podrá presentar cualquier propuesta de mejora, modificación o actualización en cualquiera de los sistemas, subsistemas y equipos objeto de este PPT (ver ­ Anexo 1-), presentándola al JPA (Jefe de Programa en la Armada, ver -Anexo 11I- a este PPT), para su evaluación y aprobación si procede, siendo necesario para ello, la aportación previa de toda la documentación técnica que sirva de soporte. Se establecerá la trazabilidad necesaria para identificar cada equipo con el mantenimiento realizado, ubicación actual e histórico y aplicación de las garantías. De acuerdo con lo expuesto, el Contratista deberá elaborar una Base de Datos (que proporcionará a la Armada, así como posibilidad de acceso remoto) que incluya la población actual de los equipos respiratorios y botellas de repuesto objeto del contrato, con la siguiente información: a) Buque o Dependencia donde se encuentre el equipo. b) Cantidad de equipos. c) Fecha de fabricación. d) Ultimo mantenimiento programado anual (incluye inspección visual). e) Ultimo mantenimiento programado bianual (incluye inspección visual). f) Ultimo mantenimiento programado trianual inspección visual).

(incluye

prueba

hidráulica

e

g) Números de serie de la botella y números de serie del capuz o mascara. e) Historial y estado actual del equipo. El contratista acepta las condiciones de operatividad en que se encuentren los sistemas, subsistemas y equipos a la fecha de licitación.

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3.1.

Personal

Para poder cumplir con los cometidos indicados en este PPT y sus Anexos, el Contratista dispondrá de personal a tiempo completo o en dedicación bajo demanda, suficiente y especializado en este tipo de trabajos. Todo el personal relacionado con la ejecución de las actividades objeto de este Contrato deberán contar con la formación específica para este tipo de servicios y el Contratista deberá disponer de todos los certificados y documentos que lo puedan acreditar frente a cualquier requerimiento de la Armada. Con el fin de garantizar la actualización de conocimiento necesario en este tipo de intervenciones sobre los equipos incluidos en este PPT (ver -Anexo 1- a este PPT), el Contratista asumirá los costes de formación y reciclaje de su personal para garantizar una calidad de servicio acorde con lo reflejado en este Contrato. El Contratista informará a la Armada de todas las jornadas de formación impartidas para el fin señalado en el párrafo anterior, remitiendo al JPA la información técnica impartida en dichas jornadas formativas. La Armada podrá verificar el cumplimiento de las condiciones anteriormente expuestas, estando el Contratista obligado a demostrar dichas cualificaciones mediante Certificaciones Oficiales.

3.2.

Materiales y Repuestos

Los repuestos necesarios para la ejecución de los mantenimientos deberán ser comunicados al Servicio de Repuestos de la DIMAN con antelación suficiente para que puedan ser procesados dichos pedidos (pedidos SIGMA) por la Jefatura Industrial correspondiente a la unidad afectada y remitido el material al adjudicatario antes del inicio de los mantenimientos. Para poder llevar a cabo la adquisición del material necesario para los mantenimientos correctivos, el contratista comunicará al Servicio de Repuestos de la DIMAN la relación del mismo, quien a su vez lo comunicará a la Jefatura Industrial, a través del encargado del contrato en el ArsenalllSEMER para la elaboración de los pedidos SIGMA. Todos los repuestos necesarios para la ejecución de este contrato serán aportados por el Servicio de Repuestos de la Armada. Todos los equipos y/o elementos que sean sustituidos como consecuencia de acciones de mantenimiento y que lo hayan sido con cargo a la Armada, serán entregados por el Contratista y a su cargo en el Arsenal Responsable.

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Dirección de Mantenimiento

3.3.

Documentación Técnica aplicable

Será responsabilidad del Contratista disponer de toda la documentación técnica necesaria para la prestación de la actividad. En el supuesto de que, durante el desarrollo del Contrato se editen nuevas revisiones a la documentación técnica existente, éstas serán de aplicación en todas las actividades. La Armada podrá aportar, cuando existan, sus procedimientos propios, quedando estos en poder del Contratista en calidad de préstamo y a disposición de la Armada. Con carácter general, la realización de todos los trabajos acordados con la Empresa se harán de acuerdo con los procedimientos que en cada momento se encuentren en vigor en la Armada.

3.4.

Lugar de realización de los trabajos

El Contratista realizará todas las acciones de mantenimiento en sus instalaciones. El Contratista recogerá los equipos en los Arsenales de apoyo (Ferrol, Cartagena, San Fernando, ISEMER (Rota), Las Palmas, Madrid) previa petición de los RCA (ver anexo 111). El plazo de ejecución de los mantenimientos requeridos para los equipos respiratorios de cada UCO nunca podrá ser superior a treinta días naturales, contados a partir de la notificación por parte de cualquiera de la Jefaturas Industriales de los Arsenales, de la necesidad de ejecutar las acciones de mantenimiento necesario. Una vez finalizada la revisión o recorrido de los equipos en sus instalaciones, el Contratista deberá comunicarlo al RCA. Este coordinará con el Contratista y la UCO (Unidad, Centro u Organismo) la entrega del material. Los transporte de recogida y entrega de material serán a cargo del Contratista.

4.

PRUEBAS DE ACEPTACiÓN Y GESTiÓN DE DISCREPANCIAS

Las pruebas a realizar en las prestaciones objeto de este Contrato serán, con carácter general, las recogidas en los protocolos de pruebas establecidos en los Manuales e instrucciones de los Fabricantes originales de los sistemas, subsistemas y equipos. En todo caso, cualquier prueba funcional deberá ser validada por el responsable de la UCO (Unidad, Centro u Organismo) afectada.

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Las pruebas funcionales que se realicen deberán ser superadas por los sistemas, subsistemas y equipos afectados sin modificar los ajustes de sensibilidad que tuvieran aquéllos que cuenten con posibilidades de tal modificación, salvo autorización expresa de la Armada. La Armada se reserva la realización de comprobaciones y procedimientos de reconocimiento adicionales del servicio prestado que considere necesarias. Las desviaciones detectadas serán comunicadas al Contratista para su subsanación. En caso de disconformidad o discrepancia en los resultados de las comprobaciones efectuadas, El Contratista podrá presentar, de conformidad con la Armada, las que estime pertinentes en forma de peritajes, dictámenes o análisis emitidos por Centros u Organismos oficiales, que servirán como elementos de juicio para la aceptación de la Armada. Los gastos que se pudieran ocasionar por las comprobaciones anteriormente citadas serán de cuenta del Contratista. En el caso que la disconformidad o discrepancia persistieran, ambas partes se someterán a arbitraje de una tercera parte a designar de mutuo acuerdo.

5.

APOYO DE LA ARMADA AL CONTRATISTA

De acuerdo al objeto y alcance del contrato no se estima necesario ningún apoyo por parte de la Armada en lo relativo al uso de las instalaciones y equipos afectos a la Armada

6.

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Tanto los derechos de Propiedad Industrial como de Propiedad Intelectual que se generen como consecuencia de los estudios e informes que se desarrollen a lo largo del cumplimiento de este Contrato, serán propiedad exclusiva del Ministerio de Defensa. En consecuencia, la transferencia, intercambio y utilización relativa al objeto de este Contrato serán, igualmente, de competencia exclusiva al Ministerio de Defensa, salvo que tales derechos y licencias sean específicamente cedidos al Contratista por el Ministerio de Defensa. Toda la información sobre personal, material, medios o instalaciones de la Armada, que se obtenga durante el desarrollo de la prestación del servicio aun cuando se adquieran de forma accidental, tendrá carácter de confidencialidad, y el Contratista o cualquier persona dependiente de la misma que desempeñe las funciones objeto de este contrato o que por cualquier causa se encuentre en ellas, deberá mantener la confidencialidad plena sobre aquella.

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Adicionalmente, cualquier información, relativa a la Armada, que se suministre por ser necesaria para el ejercicio de su actividad o a la que tenga acceso durante el desarrollo de esta, será tratada con la discreción necesaria para garantizar que se cumple absolutamente el compromiso de confidencialidad antes mencionado. Esta obligación de confidencialidad, aplicable en todos los casos descritos anteriormente, se entenderá plenamente vigente incluso con posterioridad a la extinción del presente contrato. Toda la información o documentación adquirida o generada para la Armada por el Contratista con motivo del presente Contrato será propiedad del Ministerio de Defensa y puesta a su disposición. El Contratista se compromete a no revelar, usar, ceder o disponer de dicha información o documentación para cualquier otro propósito no relacionado con el presente Contrato, sin consentimiento escrito previo del Ministerio de Defensa. Especialmente mantendrá en secreto la información o documentación relativa a una invención que pudiera ser de interés para la Defensa Nacional, por si procediera su tramitación como patente secreta de acuerdo a lo establecido en los artículos 119 a 122 de la ley 11/1986 de 20 de marzo, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad. Serán propiedad del Ministerio de Defensa cualesquiera creaciones originales adquiridas o generadas en la ejecución de las actividades acogidas al presente Contrato que pudieran ser objeto de propiedad intelectual conforme a la legislación vigente y se hayan obtenido empleando fondos aportados por el Ministerio de Defensa, lo que se presumirá por la vinculación de dicha propiedad intelectual adquirida o generada a los resultados de las actividades acogidas al presente Contrato o por su utilización en la ejecución de las mismas. Especialmente será propiedad del Ministerio de Defensa la documentación técnica, fotografías, dibujos, planos y especificaciones, así como las maquetas, prototipos, modelos, muestras y programas de ordenador. Asimismo el Ministerio de Defensa será titular de los derechos de explotación de cualquier propiedad industrial, especialmente las invenciones y la documentación aplicable a las mismas, que pudiera resultar patentable o protegible según la Ley, que hubiere sido desarrollada en el ámbito del presente Contrato, lo que se presumirá por la utilización de dicha propiedad industrial en la ejecución de las actividades acogidas al presente Contrato o por su aplicación a los resultados de las mismas. El Contratista vendrá obligado a informar al Ministerio de Defensa, en el plazo de un mes a partir de su obtención, de cualquier creación o invención que pudiera ser susceptible de ser registrada como propiedad intelectual o industrial. En el caso de que el Ministerio de Defensa comunicara al Contratista su deseo de no solicitar y obtener el registro a su favor de determinados derechos de propiedad intelectual o industrial, el Contratista podrá solicitar y obtener dicho registro, aunque el Ministerio de Defensa obtendrá Página 8 de 10

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una licencia gratuita de uso sobre la propiedad intelectual o industrial durante todo el tiempo de su vigencia y en el ámbito territorial que el Ministerio determine para utilizar o hacer utilizar y fabricar o hacer fabricar los resultados de cualquiera de las actividades acogidas al presente Contrato. Todos los derechos, títulos e intereses tanto de propiedad industrial o intelectual previos al presente Contrato permanecerán como propiedad del Contratista, pero ésta concederá al Ministerio de Defensa una licencia no exclusiva y gratuita durante el plazo de vigencia de dichas propiedades en relación con el desarrollo, resultado y aplicación de las actividades objeto del presente Contrato. En cuanto sea legalmente necesario para hacer efectivos la titularidad o los derechos del Ministerio de Defensa reconocidos en la presente cláusula, El Contratista, desde que sea requerido para ello y en cualquier caso antes de la recepción de los trabajos de las actividades acogidas al presente Contrato vinculados a dicha titularidad o derecho, formalizará en documento público, que se inscribirá en los correspondientes registros, la transmisión al Ministerio de Defensa de los derechos de explotación de la propiedad intelectual e industrial generada o adquirida con motivo de las actividades acogidas al presente Contrato y la cesión de derechos a los fines de explotación de los resultados de las mismas. Todos los gastos que pudieran originarse serán por cuenta del Contratista, quien habrá de satisfacer también las remuneraciones que resultasen legalmente procedentes. El Contratista deberá mantener y conservar la información, documentación y bienes cuya propiedad corresponda a la Administración. Especialmente, El Contratista deberá mantener actualizados un registro de la documentación y un inventario de todos los bienes tangibles o intangibles y equipos que adquiera con cargo a Defensa (número de serie, fabricante y otros que se determinen), en los que constará la persona designada responsable por el Contratista y a cuyo cargo se encuentra dicha información, bienes y equipos y su lugar de ubicación. Tanto el registro como el inventario y los elementos que en ellos figuren estarán siempre a disposición del Ministerio de Defensa. Los Planos de las Instalaciones y los originales o copias de los Programas (SW) y Claves de Acceso de los Sistemas de Seguridad, de los Listados de Incidencias o de documentos análogos, no podrán salir de las dependencias a las que pertenezcan, salvo autorización expresa de la Armada.

7.

GESTiÓN DEL CONTRATO

La gestión del Contrato será acorde a las condiciones de Seguimiento y Control -Anexo 11I-, a este PPT.

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8.

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD

El Contratista es responsable de mantener al día un efectivo sistema de Aseguramiento de la Calidad que garantice que los productos y servicios, especificados en el presente Pliego, serán prestados de conformidad con lo indicado en la certificación ISO 9001 cuyo objeto sea mantenimiento equipos respiratorios y que la empresa debe tener en vigor dicha ISO 9001 durante toda la vigencia del contrato. El Jefe del Programa en la Armada (JPA) tendrá acceso a la totalidad de las instalaciones del Contratista en los horarios normal de trabajo, para los temas relacionados con el objeto del Contrato, en orden al cumplimiento de sus competencias.

9.

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

Dada la naturaleza de este Contrato, sí se han definido estas Prescripciones Técnicas teniendo en condiciones de igualdad que permitan la concurrencia de cualquier licitador, tal y como establece el arto 117.2 del R.O. Legislativo 3/2011 por el que se aprueba el TRLCSP.

Madrid, a l~ de febrero de 2014

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1. Este contrato dará cobertura al mantenimiento de todos los equipos respiratorios de aire comprimido de la Armada y a las botellas de reserva, son los siguientes: EQUIPOS RESPIRATORIOS 300 BAR PRESiÓN POSITIVA COMPLETOS EQUIPOS RESPIRATORIOS DE ESCAPE DE EMERGENCIA (ERPE)

700 8.000

BOTELLAS 300 BAR DE 6 LITROS

900

BOTELLAS 200 BAR DE 2 LITROS

500

BOTELLAS 300 BAR DE 3 LITROS

50

2. La actuación del contratista abarcará los mantenimientos (preventivos, obligatorios, necesarios y/o correctivos) de acuerdo con la normativa en vigor y las recomendaciones del fabricante para el conjunto de los equipos, compuestos por: a) En los equipos autónomo de aire comprimido de 300 bar presión positiva, los cuales se componen de:

Los equipos autónomo de aire comprimido de 300 bar presión positiva se

componen de:

1.° Conjunto soporte dorsal con brida y atalaje.

2.° Máscara de protección facial.

3.° Válvula reductora de presión (1 a etapa).

4.° Regulador autopositivo (2 a etapa).

5.° Manómetro comprobador de presión.

6.° Avisador acústico.

7.° Botella de aire comprimido y grifo.

8.° Dispositivo de auxilio.

b) Equipos respiratorios de escape de emergencia (ERPE), los cuales se componen de:

1.° Conjunto soporte con atalajes.

ANEXO I

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2. 0 Botella de aire comprimido. 3. 0 Grifo.

4. 0 Manómetro. 5. 0 Reductora de presión. 6. 0 Tubo de alimentación. 7. 0 Capucha

8. 0 Sistema de llenado.

3. Para dar trazabilidad a los mantenimientos realizados sobre los equipos, las botellas no deben ser intercambiadas sin información y aprobación de la jefatura de la Armada, de esta forma cada equipo va asociado a una botella. Las otras botellas, son las botellas de reserva.

ANEXO I

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ANEXO

ANEXO 11

11

MEMORIA

DESCRIPTIVA

DE

ACTIVIDADES

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íNDICE

1. 2.

3.

ANEXO 11

OB..JETO ALCANCE LISTADO DE ACTIVIDADES

3

3

3

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1. OBJETO

Establecer la relación de actividades de mantenimiento los sistemas/equipos y componentes objeto del Contrato. Mediante este contrato, se pretende llevar a cabo las acciones de mantenimiento de diversos equipos respiratorios en uso en la Armada, para lo cual el contratista dará a la Armada los servicios de mantenimiento preventivos, correctivos, obligatorios y necesarios, para asegurar la disponibilidad y buen funcionamiento de los Equipos Respiratorios Intervención de 300 bares de presión positiva y a los de Escape de Emergencia (ERPE), así como, a la totalidad de las botellas de aire, tanto de los Equipos Respiratorios de Intervención (300 bares/6 litros), Equipos Respiratorios de Intervención del Trozo de Vuelo (300 bares/3 litros), como de los Equipos de Escape de Emergencia (200 bares/2 litros), abarcando también a las botellas de reserva de todos los equipos antes mencionados. 2. ALCANCE El alcance de este contrato cubrirá a todos los equipos Equipos Respiratorios Intervención de 300 bares de presión positiva y a los de Escape de Emergencia (ERPE), así como, a la totalidad de las botellas de aire, tanto de los Equipos Respiratorios de Intervención (300 bares/6 litros), Equipos Respiratorios de Intervención del Trozo de Vuelo (300 bares/3 litros), como de los Equipos de Escape de Emergencia (200 bares/2 litros), abarcando también a las botellas de reserva de todos los equipos antes mencionados, de la Armada así como cualquier otro equipo respiratorio de protección individual no mencionado y previa conformidad de las partes (Armada y empresa contratista). El contratista realizará las pruebas según los protocolos de comprobación del fabricante, cumpliendo con el cambio de piezas y revisiones especiales que éste aconseje por caducidad de componentes. A aquellos equipos a los que durante el mantenimiento se les haya aplicado un sistema de limpieza y desinfección, se les protegerá con bolsas herméticas. 3. LISTADO DE ACTIVIDADES En todas las revisiones detalladas a continuación se realizará una limpieza exterior e interior de la botella, si es necesario. Después de cada revisión, las botellas se devolverán cargadas a la presión nominal de cada botella. Aquel mantenimiento correctivo necesario, será a cargo del contratista.

ANEXO 11

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Todos los repuestos necesarios para la ejecución del presente contrato serán suministrados por la Armada de acuerdo al procedimiento establecido en el apartado.3.2 del PPT. A continuación se describen de forma genenca las actividades de mantenimiento indicadas en el objeto, que serán a un precio tanto alzado con un valor fijo para cada una de ellas (el mantenimiento correctivo se realizará según necesidades y estará incluido en el mismo precio): En todos los casos se efectuará anualmente una inspección de la válvula del grifo de la botella y cada dos años se sustituirán sus juntas. 3.1

PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS RESPIRATORIOS 300 BAR PRESiÓN POSITIVA COMPLETOS:

3.1.1 Mantenimiento programado Anual (MPA):

-

Inspección visual (Artículo 9 del CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-S). Comprobación de fugas. Verificación membrana regulador 2a etapa. Revisión de la válvula de seguridad de la reductora de 1a

etapa.

Limpieza y desinfección de la máscara y regulador.

3.1.2 Mantenimiento programado Bienal (MPB). Inspección visual (Artículo 9 del CAPíTULO 111, de la

Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-S).

Comprobación de fugas.

Sustitución de las juntas tóricas y revisión general del

regulador 2a etapa.

Sustitución de la membrana regulador 2a etapa.

Revisión de la válvula de seguridad de la reductora de 1a

etapa.

Revisión del grupo fónico y válvulas de la Máscara y visor y

cambio componentes que lo necesiten.

Revisión de los tubos de conexión.

Prueba de hermeticidad de la máscara.

Revisión y comprobación del soporte dorsal y conjunto

atalajes.

Limpieza y desinfección de la máscara y regulador.

ANEXO 11

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3.1.3 Mantenimiento programado Trienal (MPT). Inspección periódica (prueba hidráulica) (Artículo 7 del

CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC

EP-S).

Revisión y verificación del regulador de 2a etapa. Reemplazo

membrana y juntas si es necesario.

Revisión, regulación y timbrado de la válvula reductora de 1a

etapa.

Revisión y limpieza del visor.

Revisión y/o sustitución si es necesario, grupo fónico, juntas y

válvulas de la Máscara, así como verificación de la rosca

hembra de acoplamiento y del sistema de acople rápido.

Revisión, regulación y timbrado del avisador acústico.

Revisión y/o reemplazo de los tubos de conexión.

Revisión y comprobación del soporte dorsal y conjunto

atalajes.

Prueba de hermeticidad de la máscara.

Limpieza y desinfección de la máscara y regulador.

3.2

PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE LAS BOTELLAS DE REPUESTO DE LOS EQUIPOS RESPIRATORIOS 300 BAR PRESiÓN POSITIVA:

3.2.1 Mantenimiento programado Anual (MPA): Inspección visual (Artículo 9 del CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-S). Comprobación de fugas.

3.2.2 Mantenimiento programado Trienal (MPT) : Inspección periódica (prueba hidráulica) (Artículo 7 del CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-S).

3.3

PROGRAMA DE MANTENIMIMIENTO EQUIPOS RESPIRATORIOS DE ESCAPE E.R.P.E. COMPLETOS.

3.3.1 Mantenimiento programado Anual (MPA): Inspección visual (Artículo 9 del CAPíTULO 111, de la

Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-S).

Revisión general del equipo y comprobación de fugas.

Limpieza y desinfección de capucha.

ANEXO 11

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3.3.2 Mantenimiento programado Bienal (MPB): Inspección visual (Artículo 9 del CAPíTULO 111, de la

Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-5).

Revisión juntas tóricas

Revisión general del equipo y comprobación de fugas.

Comprobación y regulación del caudal de la válvula reductora

de presión.

Revisión tubo de conexión a la capucha.

Revisión de atalajes, bolsa transporte y capucha aluminizada.

Limpieza y desinfección de capucha.

3.3.3 Mantenimiento programado Trienal (MPT) : Inspección periódica (prueba hidráulica) (Artículo 7 del

CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC

EP-5).

Revisión general del equipo y comprobación de fugas.

Revisión, regulación y timbrado de la válvula reductora de

presión.

Revisión de atalajes, bolsa transporte y capucha aluminizada.

Reemplazo junta tóricas del grifo de la botella.

Prueba de hermeticidad de la capucha.

Revisión y/o reemplazo del tubo de conexión a la capucha.

Limpieza y desinfección de capucha.

3.4

PROGRAMA DE MANTENIMIMIENTO DE LAS BOTELLAS DE REPUESTO DE LOS EQUIPOS RESPIRATORIOS DE ESCAPE E.R.P.E.

3.4.1 Mantenimiento programado Anual (MPA): Inspección visual (Artículo 9 del CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-5). Comprobación de fugas.

3.4.2 Mantenimiento programado Trienal (MPT) : Inspección periódica (prueba hidráulica) (Artículo 7 del CAPíTULO 111, de la Instrucción Técnica Complementaria ITC EP-5).

ANEXO 11

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4. RECHAZO V RETIRADA DEFECTUOSAS

DE

EQUIPOS

VIO

DE

BOTELLAS

En caso de que la botella no cumpla con los requisitos necesarios para su utilización segura, se procederá a su rechazo. En caso de rechazo, el centro de inspección troquelará, al lado del número de identificación de la botella, el punzón contraseña de rechazo R, con las dimensiones y características que se indican en el anexo 11 de la ITe EP-S. Así mismo cuando se estime que los daños existentes en parte de los componentes vayan a superar el 7S% del valor del equipo se propondrá la baja de dicho equipo al Arsenal que da apoyo a la unidad propietaria del equipo. Los equipos y/o botellas rechazados serán remitida al Arsenal de apoyo a la ueo (Unidad, centro u Organismo) del cual es el equipo.

ANEXO 11

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ANEXO 111 SEGUIMIENTO Y CaNTaL

ANEXO 11I SEGUIMIENTO Y CONTROL

ANEXO III

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ANEXO 11I SEGUIMIENTO Y CONTOL

íNDICE

1.

2. 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2.5.

ANEXO 111

OBJETO ÓRGANOS DE GESTiÓN JEFE DE PROGRAMA EN LA ARMADA (..IPA) RESPONSABLE DEL CONTRATO ARMADA (RCA) COORDINADOR TÉCNICO DE LA ARMADA (CTA) JEFE DE PROGRAMA EN LA EMPRESA (JPE) RESPONSABLE DEL CONTRATO EMPRESA (RCE)

3

3

3

.4

.4

5

5

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ANEXO 1/1 SEGUIMIENTO Y CONTOL

1. OB..IETO Este Modelo de Gestión establece las directrices generales que regularán los flujos de información y las responsabilidades del Contrato para el desarrollo de actividades de los equipos respiratorios objeto de este Contrato, así como de los que pudieran incorporarse con posterioridad durante la vigencia del mismo. A continuación se establecen las características y condiciones del Modelo de Gestión del Contrato. 2.

ÓRGANOS DE GESTiÓN

Con carácter general, se establece que los perfiles directamente implicados en el seguimiento y control del presente Contrato serán los que establece la normativa vigente en la Armada, y que, para este contrato, resultará en los siguientes Órganos de Supervisión, Control y Gestión:

2.1. JEFE DE PROGRAMA EN LA ARMADA (JPA) La Armada (JAL-DIMAN) deberá designar, tras la adjudicación del Contrato, un Jefe de Programa, figura con carácter permanente y no exclusiva a lo largo de la duración del mismo, quién deberá ser responsable de la correcta ejecución del contrato. Entre sus cometidos principales estarán:



Informar al AJALlADIMAN/ASUBDEM del desarrollo del Contrato cuando así sea requerido.



Ser interlocutor general con el Jefe de Programa de la Empresa (.. 'PE):



Analizar y proponer a la Empresa (.. IPE) las propuestas de modificación de las cantidades económicas asignadas y alcances del Contrato.



Supervisar la evolución técnica y económica del Contrato. Para la evolución técnica se apoyará en el CTA (Coordinador Técnico de la Armada; ver punto 2.3 de este Anexo), como experto en los temas relacionados con el alcance del Contrato.



Solicitar al órgano de contratación su decisión sobre las propuestas de desviaciones o derogaciones.



Iniciativa para presentar al Órgano de Contratación modificaciones que afecten al presente Modelo de Gestión.

ANEXO 111

las posibles

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ANEXO 11I SEGUIMIENTO Y CONTOL

2.2. RESPONSABLE INFLUENCIA.

DEL

CONTRATO

ARMADA

(RCA)

EN

ZONA

Figura con carácter permanente y no exclusiva a lo largo de la duración del mismo, quiénes deberán controlar la gestión que el Contratista realiza, comprobando la realización de las actividades objeto del Contrato en plazo y recursos necesarios en su zona de influencia (un RCA por cada Arsenal).

Entre sus cometidos principales estarán (limitados para su zona de influencia): • Velar por los intereses de la Armada, siendo el interlocutor de la Armada, en lo relativo a comunicaciones con el Contratista. • Evaluar y, en su caso, aprobar las ofertas individuales de cada uno de los servicios y actividades descritos en el presente pliego y a realizar por el Contratista. • Comprobar la realización de las actividades solicitadas por la Armada. • Analizar, evaluar e informar al JPA, si procede, de los imprevistos detectados durante el seguimiento del Contrato. • Apoyar a la Empresa en las gestiones que permitan alcanzar el objeto del Contrato • Recabar todos los informes, estudios y especificaciones relativos a los trabajos objeto del expediente. • Informar al JPA, con la periodicidad adecuada, los trabajos realizados por el Contratista para proceder a su facturación. Así mismo, el RCA de cada Zona será responsable de recabar toda la documentación que favorezca este proceso. • Iniciativa para presentar al JPA las posibles modificaciones que afecten al presente Modelo de Gestión.

Para este Contrato, la figura de RCA en cada una de las Zonas descritas en el será asumida por quien se designe en los Arsenales de El Ferrol, Las Palmas, Madrid, San Fernando, ISEMER (Rota) y Cartagena, y BN Rota, quienes se apoyarán en su personal para su correcta ejecución.

2.3. COORDINADOR TÉCNICO DE LA ARMADA (CTA) Figura con carácter permanente y no exclusiva a lo largo de la duración del mismo, el Centro de Instrucción y Seguridad Interior de la Armada (CISI), quién deberá apoyar, en caso que se le solicite, al RCA en cada Zona en sus labores ----------"""-­

ANEXO 111

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ANEXO 111 SEGUIMIENTO Y CONTOL

de seguimiento TÉCNICO en la realización de las actividades objeto del Contrato en plazo y recursos necesarios. Entre sus cometidos principales estarán: • Apoyar al RCA en el análisis de las Incidencias. • Análisis de la información técnica entregada por la empresa. • Apoyo al JPA. 2.4. JEFE DE PROGRAMA EN LA EMPRESA (..IPE) La Empresa deberá designar un Jefe de Programa, tras la adjudicación del Contrato y con carácter permanente a lo largo de la duración del mismo. Entre sus funciones principales están: • Ser la interlocución autorizada con el Jefe de Programa en la Armada (JPA) • Mantener reuniones periódicas de seguimiento y control de la ejecución con el ..IPA • Proponer al ..IPA mejoras para el rendimiento del Contrato • Garantizar al ..IPA, y más específicamente a los RCA de cada Zona, un servicio de consulta técnica, con un número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico que garantice la resolución de incidencias

2.5. RESPONSABLE DEL CONTRATO EMPRESA (RCE) La Empresa, tras la adjudicación del Contrato y con carácter permanente a lo largo de la duración del mismo, deberá designar un Responsable del Contrato de la Empresa (que puede recaer en el JPE u otra persona que la empresa considere conveniente) responsable del cumplimiento de las actividades objeto del Contrato en cada ZONA. Entre sus funciones principales están: • Ser el único interlocutor de la Empresa con el RCA de su ZONA en todo lo relativo al alcance del Contrato. • Gestionar la resolución de imprevistos y deficiencias • Proponer al ..IPE mejoras en el rendimiento del Contrato • Coordinar al personal de su empresa/subcontratistas • Garantizar el cumplimiento de los plazos en la resolución de Incidencias • Remitir al RCA presupuestos individualizados en las acciones de mantenimiento incidental para su análisis y, si procede, aprobación. • Elaborar y remitir al RCA los informes periódicos establecidos en este Contrato.

ANEXO 11I

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