INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMAN Y ADICIONANLOS ARTÍCULOS 5 Y 59 TER DE LA LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, SUSCRITA POR LA DIPUTADA ALLIET MARIANA BAUTISTA BRAVO, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA ALLIET MARIANA BAUTISTA BRAVO, diputadafederal de la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, con fundamento en las atribuciones que me confiere el artículo 71, fracción II y 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanosy 55 del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanossomete a consideración de esta Soberanía la presente iniciativa con proyecto de decreto por el cual se reforman y adicionan los artículos 5 y 59 Ter de la Ley Federal de Radio y Televisión, al tenor de lo siguiente: Planteamiento del problema El actualidad el consumo de alimentos y bebidas altos en calorías por parte de las niñas y niños mexicanos ha repercutido en problemas de salud, prueba de ello es que nuestro país tiene altos índices de obesidad, convirtiendo esto en un problema de salud pública, siendo una de las causas los malos hábitos alimenticios, que son provocados en muchas ocasiones por los constantes anuncios publicitarios transmitidos en los medios de comunicación, principalmente en la televisión, que se empeñan en mostrar anuncios de alimentos y bebidas altos en calorías de una manera que resulte atractiva para las niñas y niños, ello por medio de publicidad que podemos considerar engañosa, asegurando contener una cantidad de “nutrientes” que ayudarán a un sano desarrollo, según estos anuncios esos productos ayudan a niñas y niños a ser más fuertes, insinuando que se podrán parecer a súper héroe o figuras del medio artístico o deportivo. Para tener un panorama claro de lo que se está abordando se proporciona la definición de “anuncio publicitario”, que es el mensaje dirigido al público o a un segmento del mismo, con el propósito de informar sobre la existencia o las características de un producto, servicio o actividad para su comercialización y venta o para motivar una conducta1, ello porque a lo largo de esta iniciativa se aludirá en reiteradas ocasiones a este concepto. Además de esta definición en el libro Publicidad y Alimentación se menciona que la publicidad es la técnica de comunicación más importante para las promociones y/o comercialización de alimentos.2 Como se mencionó, una de las consecuencias que trae la publicidad de alimentos y bebidas altos en calorías, es que en México hay altos niveles de sobrepeso y obesidad que representan factores de riesgo para numerosas enfermedades crónicas, entre las que se incluyen la diabetes, las enfermedades cardiovasculares y el cáncer3. Además de lo anterior se suman implicaciones psicológicas, ya que estas personas son blancos de comentarios ofensivos, discriminación, y otras manifestaciones de rechazo que propician el desarrollo de una baja autoestima4.

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Reglamento en  http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/compi/rlgsmp.html   Publicidad y Alimentación, Gobierno Bolivariano de Venezuela, 200 bicentenario, Caracas, disponible en  http://www.me.gob.ve/nutricion/6.Publicidad_Alimentacion.pdf, consultado el 12 de febrero de 2014.  3 OMS, Obesidad, disponible en  http://www.who.int/topics/obesity/es/index.html, consultado el 10 de febrero de 2014  4  Comida chatarra en los centros escolares, (2009‐2011), disponible en  http://www.red‐ icean.org/fileadmin/user_upload/red‐ icean/docs/Investigaci%C3%B3n%20comida%20chatarra%20en%20los%20centros%20escolares_2010.pdf  2

   

Además de que el Relator Especial de Naciones Unidas por el Derecho a la Alimentación, Oliver de Shutter, señaló: Las dietas no saludables representan un mayor riesgo que el tabaco.5 Es decir, existen antecedentes de lo que nuestras niñas y niños están viviendo un momento de crisis, respecto a su salud y a sus hábitos alimenticios, aunado al sedentarismo que existe en la sociedad mexicana. Además de lo anterior, la presente iniciativa pretende complementar la media fiscal de la reforma hacendaria que gravó a los alimentos “chatarra” y a las bebidas altas en calorías. La propuesta estimamos reducirá los consumos de estos alimentos al ser compensados con anuncios de hábitos alimenticios sanos. Argumentos que le sustentan La presente iniciativa pretende reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión,pues se considera que no cuenta con los suficientes mecanismos que protejan la alimentaciónde las niñas y niños, que están expuestos permanentemente a contenidos comerciales de alimentos altos en grasa y azucares en la programación principalmente de televisión. Por lo que, se entenderá por regular, el hecho de ajustar el funcionamiento de un sistema a determinados fines, es decir determinar las reglas a que debe ajustarse a alguien o algo.6 La publicidad que más influye en el consumo de alimentos y bebidas altos en calorías en las niñas y los niños es la transmitida por televisión, al tratarse del medio más recurrente para ellas y ellos, atrayéndolos mediante la combinación de imágenes, sonidos y movimientos. Pero además de este medio de comunicación, también está la radio en donde se utilizan sonidos, con palabras, efectos y música ambiental.7 En el caso de nuestro país, los anuncios de alimentos y bebidas altos en calorías son trasmitidos en horarios y canales en los que el mayor número de audiencia está compuesta por niñas y niños, de hecho uno de los canales más visto es el Canal 5 de la televisión abierta, que está dirigido principalmente a la niñez. Una nota del Diario de Morelia, afirma que “existen en promedio 11.25 anuncios de comida chatarra por hora, y en el 67.5 por ciento se utilizan personajes para generar el vínculo afectivo del menor con la marca y el producto.”8Lo que estudios, que más adelante se mencionarán generan hábitos alimenticios en las niñas y los niños. Además de ello, en el periódico “La Jornada” se señala la misma cifra, pues se dice que en los canales de televisión en México se transmiten cada hora 11.25 anuncios publicitarios de alimentos y debidas altas en calorías durante su programación infantil, lo que implica que un niño está

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 El poder del consumidor, (9 de mayo de 2014), “Presentan convención marco contra comida chatarra similar a la del  tabaco”, disponible en; 2012http://elpoderdelconsumidor.org/saludnutricional/presentan‐en‐asamblea‐mundial‐de‐la‐ salud‐convencion‐marco‐contra‐chatarra‐similar‐la‐del‐tabaco/  6  Vanessa Díaz, (2009), “contenido televisivo, regulación de”, Diccionario de Derecho de la Información, Coord. Ernesto  Villanueva, Porrúa, P. 239.   7  El poder del consumidor   8 Patricia Monreal Vázquez, (20 de noviembre de 2013), “En Canal 5, por hora 11.25 comerciales de comida chatarra:  diputados” en Cambio de Michoacán, Disponible en; http://www.cambiodemichoacan.com.mx/nota‐211351,  consultado el 11 de febrero de 2014. 

   

expuesto a 12 mil anuncios de cereales, dulces, botanas, refrescos y pastelitos por año9, esta es una cifra sumamente alta si tenemos en consideración, que no se transmiten la misma cantidad de comerciales relativos a la promoción de una alimentación nutritiva y balanceada. Como lo muestra la siguiente tabla en la que se pone de relieve que en el “Análisis de Programas Transmitidos en canales gratuitos de televisión de la Ciudad de México de julio a octubre de 2007 las bebidas con azúcar, dulces y azúcar, cereales con azúcar añadida, cereales sin azúcar añadida y grasas representan 8 de cada 10 anuncios en la barra de programación infantil.

Además, en 2007 la Organizaciones Defensoras de los Consumidores presentaron un análisis en el que se muestra que en México, un niño que ve dos horas de televisión al día presencia alrededor de 12 mil 700 anuncios de alimentos y bebidas altas en calorías al año y ninguno anuncio comercial de orientación nutricional.10 Es decir, si de las tres de la tarde a las nueve de la noche las niñas y niños se la pasan frente al televisor, están expuestos a observar de 85 a 110 comerciales de anuncios que incitan a consumir papitas, galletas, refrescos y productos salados, sólo por mencionar algunos11. Aunque estamos conscientes de que la Ley Federal de Radio y Televisión en su artículo 58 establece la libertad de expresión y recepción, así como el derecho a no recibir inquisición, ni limitación; se considera que también tiene que ser más responsables en las atribuciones que les confiere este artículo, pues debe de existir la posibilidad de que la libertad de expresión no                                                             

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 Susana Gonzales G. (8 de noviembre de 2010), bombardea tv a niños con 12 mil comerciales de golosinas al año, en La  Jornada, México, disponible en; http://www.jornada.unam.mx/2010/11/08/politica/018n1pol  10  Cesar Arellano, (19 de agosto de 2010), “Inútil prohibir comida chatarra en escuelas si se anuncia en tv: experto”, en  La Jornada, sección sociedad y justicia, P. 10, disponible  http://www.jornada.unam.mx/2010/08/19/sociedad/038n1soc, consultado el 10 de febrero de 2014  11  Ídem 

   

transgreda el interés superior de la infancia consagrado en la Norma Suprema de la Nación, lo que las niñas y niños reciben como “información” por medio de publicidad alimentaria. Si bien es cierto que en la Constitución Política establece que la libertad que tienen los medios de comunicación, también lo es que en la emergencia epidemiológica en la que se encuentra nuestro país respecto a la obesidad y diversas enfermedades ocasionadas por el consumo de alimentos y bebidas altas en calorías es necesaria la participación de quienes explotan concesiones de radio y televisión aportando medidas que contribuyan a una mejor y mayor calidad de la salud de las niñas y los niños. De hecho las compañías que más anuncios muestran en la televisión en horario AAA12 son CocaCola, Bimbo, Nestlé y Pepsico, Danone, como lo muestra el siguiente cuadro en la que además de establecen sus ventas, y sus líneas de negocios.

Referente a cuanto gastan las empresas en publicidad se encuentra que McDonald’s está a la cabeza con $957 millones de dólares de inversión al año, mientras que Subway gasta $516 millones en publicidad13. O sea, dos de las empresas de alimentos y bebidas altas en calorías más importantes en el mundo no escatiman gastos al momento de transmitir sus anuncios publicitarios. Con ello se confirma que las niñas y niños se encuentran expuestos con este tipo de publicidad, a lo que se debe de hacer frente, pues abundan las bebidas azucaradas y alimentos con grandes concentraciones de calorías y en el que existe poca oferta de frutas y vegetales,14 como ya se ha reiterado. Con respecto a México las dos televisoras más importantes tienen un gran número de audiencia, y por ende son las cuentan con mayor publicidad.                                                             

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 Los datos anteriormente mostrados son extraídos de; Industria de alimentos procesados, Unidad de Inteligencia de  Negocios 2012, PRO MÉXICO inversión y crecimiento  http://mim.promexico.gob.mx/work/sites/mim/resources/LocalContent/72/2/Alimentos_procesados_ES.pdf  13  Las marcas que más invierten en publicidad, 9 de septiembre de 2013, http://www.paredro.com/las‐marcas‐que‐ mas‐invierten‐en‐publicidad/, consultado el 12 de febrero de 2014.  14  Publicidad y Alimentación, Gobierno Bolivariano de Venezuela, 200 bicentenario, Caracas, disponible en  http://www.me.gob.ve/nutricion/6.Publicidad_Alimentacion.pdf, consultado el 12 de febrero de 2014. 

   

Como prueba de lo anterior, se realizó un monitoreo durante tres días el cual arrojo que en el canal 2 de televisión abierta en un horario de 2 a 4 de la tarde, los comerciales de alimentos y bebidas son los que tienen el mayor porcentaje, como se muestra a continuación.

Mientras tanto en el canal 13 de televisión abierta se llevó a cabo un estudio del 15 de noviembre al 5 de diciembre de 2010, abarcando horarios estelares de 14 a 16 horas y de 20:30 a 23 horas15y se concluyó que los dulces, bebidas, pan, cereales y otros alimentos, tienen cifras considerables, mientras que los comerciales de verduras y futras son nulos, pues no se transmitió ni un comercial.

Por otra parte, en la siguiente tabla se especifican los tipos de anuncios publicitarios, que son transmitidos en nuestro país, y en los que los alimentos y bebidas una vez más son los más altos.

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 Sergio Octavio Contreras, (14 de marzo de 2011),  La publicidad en la televisión mexicana, disponible en  http://www.etcetera.com.mx/articulo.php?articulo=7039, consultado el 12 de febrero de 2014 

   

Respecto a la percepción que tienen las niñas y los niños de los anuncios publicitarios, se presenta el siguiente dato del documento “Estrategias publicitarias utilizadas en los anuncios de los productos alimenticios durante los programas infantiles16”.

                                                            

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 Gráficas extraídas de; Salud Pública México, (2010), Publicidad de los alimentos en la programación de la televisión  mexicana: ¿Los niños están más expuestos?, disponible en, http://bvs.insp.mx/rsp/articulos/articulo.php?id=002452,  consultado el 12 de febrero de 2014 

     

Además de los datos aportados, observamos que México se encuentra en una situación desfavorable, pues según el portal de la Secretaría de Salud, nuestro país se encuentra en segundo lugar de sobre peso, a nivel mundial, sólo después de Estados Unidos, por ello es urgente que se ponga en marcha políticas nacionales que reconozca el origen multifactorial del problema, apelándose a que baje la publicidad de alimentos y bebidas altas en calorías en radio y televisión, pues este es uno de los factores de la obesidad y el sobrepeso infantil, como se planteó anteriormente; asimismo se enfatiza en que nuestro marco jurídico debe de regular estos comerciales con la finalidad de irlos disminuyendo hasta erradicarlos de la televisión, como ocurrió en el caso de la publicidad de los cigarros. Respecto a estaepidemia, el gobierno federal ha implementado políticas públicas, como la “Cruzada por el Hambre”, que si bien su objetivo principal no es combatir la obesidad, si lo ha logrado como un efecto secundario promover el uso alimentación nutritiva y adecuada en sus lineamientos del programa; propiciando que las personas en pobreza multidimensional extrema y que carecen de acceso a la alimentación, pueden eliminar la desnutrición infantil aguda y mejorar los indicadores de peso y talla de la niñez,17 es decir, un programa que pretende combatir el hambre, puede servir también para reducir la cantidad de grasa que comen las niñas y niños principalmente, buscando que no ingieran alimentos y bebidas que en un futuro les sean dañinos para su salud. Con este programa, los comedores comunitarios que se han puesto en diferentes lugares de la República Mexicana, han contribuido a que las personas, en general tengan accesos más oportunos                                                             

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 SIN HAMBRE, CRUZADAS NACIONAL, disponible en http://sinhambre.gob.mx/cruzada/objetivos‐de‐la‐cruzada/,  consultado el 10 de junio de 2014. 

   

a la alimentación, es decir con platillos balanceados, ello por medio de una aportación simbólica que se pide a quienes asiste a estos lugares. Pues esto es un derecho constitucional que se establece en el artículo Artículo 4º… Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará… Es decir la Constitución señala que la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad es un derecho humano, aspectos que no es considerado en los anuncios publicitarios de alimentos y bebidas altos en calorías que se transmite por medio de la televisión y radio en horario infantil. Es tal la situación en la que se encuentra el mundo ante el problema de la obesidad a causa de los alimentos y bebidas altos en calorías que se proporciona el siguiente cuadro, en donde se establece los principales países que consumen alimentos procesado, además en un segundo cuadro se mencionan las categoría de las comidas más adquiridas por la población.

   

Aunado a lo anterior, en la Ley Federal de Radio y Televisión se estipula que en la propaganda no se deben de transmitir anuncios de productos industriales, o de algún tipo de actividad que engañe al públicos, situación que sólo se encuentra en teoría pues, las tablas anteriores son lamuestra de lo que se consume principalmente las niñas y niños a raíz de que son expuesto a publicidad excesiva de estos productos en sus televisores. Ante tal situación, la Organización Mundial de la Salud- OMS- publicó cinco recomendaciones, aludiendo a la publicidad de alimentos y bebidas altos en calorías: Recomendación 1: La finalidad de las políticas debe ser reducir el impacto que tiene sobre los niños la promoción de alimentos ricos en grasas saturadas, ácidos grasos de tipo trans, azúcares libres o sal. Recomendación 2: Dado que la eficacia de la promoción depende de la exposición y el poder del mensaje, el objetivo general de las políticas debe ser reducir tanto la exposición de los niños como el poder de la promoción de los alimentos ricos en grasas saturadas, ácidos grasos de tipo trans, azúcares libres o sal. Recomendación 3: Para lograr la finalidad y los objetivos de las políticas, los Estados Miembros deben considerar diferentes métodos, es decir, el progresivo o el integral, para reducir la promoción de alimentos ricos en grasas saturadas, ácidos grasos de tipo trans, azúcares libres o sal dirigida a los niños. Recomendación 4: Los gobiernos deben establecer definiciones claras de los componentes esenciales de las políticas que permitan un proceso de aplicación normalizado. Esto facilitará la aplicación uniforme, con

   

independencia del organismo que se encargue de ella. Al establecer las definiciones esenciales, los Estados Miembros tienen que reconocer y abordar cualquier desafío nacional específico con miras a obtener el máximo impacto de las políticas. Recomendación 5: Los entornos donde se reúnen los niños deben estar libres de toda forma de promoción de alimentos ricos en grasas saturadas, ácidos grasos de tipo trans, azúcares libres o sal. Dichos entornos incluyen, sin carácter limitativo, guarderías, escuelas, terrenos escolares, centros preescolares, lugares de juego, consultorios y servicios de atención familiar y pediátrica, y durante cualquier actividad deportiva o cultural que se realice en dichos locales.18 La Convención Sobre los Derechos de los Niños obliga a los Estados parte, en su artículo 24, numeral 1 inciso c) a: c) Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente; Además de estas recomendaciones y convenciones, también debemos apelar al hecho de que en el artículo 59 de la Ley Federal de Radio y Televisión se menciona que en los tiempos del Estado se deben difundir 30 minutos de mensajes educativos, dentro de los cuales se plantea que se debe de considerar la publicidad sobre alimentos y bebidas nutritivos y saludables, ya que ello va ligado a temas de educación pero también de orientación social y la salud.Ya que realizando este tipo de anuncios publicitarios por el mismo Estado, puede verse reflejado en un futuro en la inversión que tendrá que aportar al sector salud, y en particular a los niveles de obesidad infantil y de manera colateral en la prevención y disminución de enfermedades derivados del sobre peso y la obesidad. Respecto al nivel de obesidad que hay en el mundo, se presenta la siguiente gráfica19 en donde se muestra como año con año estos niveles van aumentando considerablemente en algunos países.

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 Organización Mundial de la Salud, Conjunto de recomendaciones sobre la promoción de alimentos y bebidas  alcohólicas dirigidas a los niños, disponible en; http://whqlibdoc.who.int/publications/2010/9789243500218_spa.pdf,  consultada el 13 de febrero de 2014  19  Extraída del texto La obesidad y la economía de la prevención, disponible en http://www.oecd.org/health/health‐ systems/46068468.pdf   

   

Luz Edwards, “Obesidad infantil: El problema no es el niño”, disponible en http://www.eldefinido.cl/actualidad/pais/158/Obesidad_infantil_El_problema_no_es_el_nino./, consultado el 12 de febrero de 2014. Y el hecho de que los niveles de sobrepeso vayan en aumento se relaciona con los hábitos alimenticios que tiene la población, y la relación que esta tiene con los anuncios publicitarios en alimentos y bebidas altos en calorías en el mundo; si bien es cierto que ésta es transmitida en radio y televisión, también es verdad que la publicada en televisión es la más perceptible para las niñas y niños, pues según un estudio publicado en Venezuela, hay demasiada influencia de los comerciales

   

hacia los niños.Además de ello en el mismo documento se establece que lo que se gastan las empresas en publicidad de alimentos poco saludables, son cantidades considerables.20 Respecto a nuestro país, la Ley General de Salud en Materia de Publicidad, en el que se abordan puntos específicos relativos a la presente iniciativa: Artículo 22. La publicidad de alimentos, suplementos alimenticios y bebidas no alcohólicas, no deberá: I. Inducir o promover hábitos de alimentación nocivos para la salud; II. Afirmar que el producto llena por sí solo los requerimientos nutricionales del ser humano; III. Atribuir a los alimentos industrializados un valor nutritivo superior o distinto al que tengan; IV. Realizar comparaciones en menoscabo de las propiedades de los alimentos naturales; V. Expresar o sugerir, a través de personajes reales o ficticios, que la ingestión de estos productos proporciona a las personas características o habilidades extraordinarias; VI. Asociarse directa o indirectamente con el consumo de bebidas alcohólicas o tabaco, y VII. Declarar propiedades que no puedan comprobarse, o que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico. El artículo antes citado es una muestra de que esta Ley no se está aplicando, pues en ella se menciona que no se puede por ningún motivo permitir que los anuncios afirmen que esos productos son requerimiento nutricional. Un ejemplo de la violación es, el comercial de un chocolate, en el que su principal argumento es, si tienes hambre, comete ese chocolate, es decir, se argumenta que sólo basta con comer este chocolate para que el hambre se quite, esto sin mencionar los problemas que ello trae. Además de ello también se encuentra el artículo 106, en el que se establece lo siguiente: Artículo 106. Corresponde a la Secretaría la vigilancia del cumplimiento de este Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, la que se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Título Decimoséptimo de la Ley.

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Publicidad y alimentación, (2011), nutriendo conciencias en las escuelas para el buen vivir, Dirección de Educación,   Venezuela, disponible en; http://www.me.gob.ve/nutricion/6.Publicidad_Alimentacion.pdf  

   

Aunado a este Reglamento existe el Código PABI21 cuyo principal objetivo es establecer los principios, lineamientos, mecanismos de verificación y de cumplimiento de la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas dirigida al público infantil en el marco de la autorregulación del sector privado. Lo importante de este Código es que presentan parámetros para distinguir que anuncios publicitario están dirigió al público infantil, es decir por medio de colores, personas públicas o personajes ficticios que los promocionan. En este Código se abordan 30 artículos de los que se destacan los siguientes: Artículo 8.- La publicidad no debe desarrollar expectativas en el público infantil sobre el alimento o bebida no alcohólica, tales como imponer la noción de que la ingesta del mismo proporcione superioridad y su falta, inferioridad. Artículo 17.- La publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas no debe alentar la ingesta de un alimento en detrimento de otro. Además de los ya mencionados existen otras leyes, reglamentos y códigos que abordan el tema de la publicidad, entre ellos se encuentran: 1. Ley General de Salud. 2.- Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Publicidad. 3.- Ley Federal de Protección al Consumidor. 4.- Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor. 5.- Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión. 6.- Norma Oficial Mexicana-051-SCFI-1994 Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. 7.- Norma Oficial Mexicana-043-SSA2-2005 Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación. 8.- Norma Oficial Mexicana-028-SCFI-1999, Prácticas comercialesElementos de información en las promociones coleccionables y/o por medio de sorteos y concursos. 9.- Norma Oficial Mexicana-031-SSA2-1999 Para la atención a la salud del niño. 10.- Norma Oficial Mexicana-131-SSA1-1995 Bienes y servicios. Alimentos para lactantes y niños de corta edad. Disposiciones y especificaciones sanitarias y nutrimentales. 11.- Norma Oficial Mexicana-174-SSA1-1998 Para el manejo integral de la obesidad. Asimismo, se encuentranconvenciones, tratados, protocolos y otros instrumentos de derecho internacional que han contribuido a que la publicidad de alimentos y bebidas altos en calorías sea menor cada vez, entre éstos que encontramos las siguientes: 1.- Código de Ética del Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria.                                                             

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 Código PABI, disponible en, http://www.promocion.salud.gob.mx/dgps/descargas1/programas/codigo_pabi.pdf  

   

2.- Código Consolidado de la Cámara Internacional de Comercio de Prácticas Publicitarias y de Comunicación Comercial. 3.- Marco de Referencia de la Cámara Internacional de Comercio para la Comunicación Comercial Responsable de Alimentos y Bebidas. 4.- Normas de calidad aplicables a alimentos y bebidas no alcohólicas. 5.- Codex Alimentarius. 6.- Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud. OMS. 7.- Estrategia Mundial para la Prevención y el Control de las Enfermedades no Trasmisibles. OMS. 8.- Código de Autorregulación de la Publicidad de Alimentos y Bebidas dirigida a Menores (PAOS). España. 9.- BroadcastCodeforAdvertisingforChildren. EUA. 10.- Departamento de Salud y Servicios Humanos de EUA. Es decir con estas disposiciones es de suponer que en nuestro país y en otros debería de existir una mejor posición respecto a la obesidad y los anuncios publicitarios que se transmiten, pero la realidad desafortunadamente es otra. Por ello, se precisa en la propuesta en el siguiente cuadro comparativo: LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN VIGENTE Artículo 5o.- La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán:

INICIATIVA Artículo 5o.-La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, además deberá contribuir a la difusión de hábitos alimenticios sano. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán:

I.- Afirmar el respeto a los principios de la I.- …; moral social, la dignidad humana y los vínculos familiares; II.- Evitar influencias nocivas o perturbadoras II.-Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico de la niñez y la al desarrollo armónico y alimenticio de la niñez y la juventud; juventud; III.-Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo, de salud y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana; y

III.- Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana.

IV.- Fortalecer las convicciones democráticas, IV.-Fortalecer las convicciones democráticas, la unidad nacional y la amistad y cooperación la unidad nacional y la amistad y cooperación internacionales. internacionales.

   

Artículo 59-TER. La Programación General Artículo 59-TER… dirigida a la población infantil que transmitan las estaciones de radio y televisión deberá: I.-V. … I. Propiciar el desarrollo armónico de la niñez. II. Estimular la creatividad, la integración familiar y la solidaridad humana. III. Procurar la comprensión de los valores nacionales y el conocimiento de la comunidad internacional. VI.- Los anunciantes de alimentos y bebidas IV. Promover el interés científico, artístico altas en calorías, por cada dos anuncios y social de los niños. publicitarios deberán contratar uno relativo a hábitos alimenticios sanos; y V. Proporcionar diversión y coadyuvar al VII.- Fomentar la alimentación sana, proceso formativo en la infancia. erradicando anuncios de alimentos y bebidas altos en calorías. …

La programación dirigida a los niños se difundirá en los horarios previstos en el reglamento de esta ley, cuidará que el contenido de los anuncios publicitarios estimule a las niñas y niños a consumir alimentos y bebidas sanas y nutritivas. Los programas infantiles que se transmiten en vivo, las series radiofónicas, las telenovelas o teleteatros grabados, las películas o series para niños filmadas, los programas de caricaturas, producidos, grabados o filmados en el país o en el extranjero deberán sujetarse a lo dispuesto en las fracciones anteriores.

La Programación dirigida a los niños se difundirá en los horarios previstos en el reglamento de esta Ley.

   

Contenido de la reforma. De manera que ahora se aborda la explicación de la propuesta para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión. Iniciando con el artículo 5º que se reforma con el fin de que quede claro que se debe de contribuir a que nuestra sociedad tenga hábitos alimenticios sanos, y que esto sea difundido en los medios de comunicación consientes con el hecho de que se debe de tener un progreso favorable en la salud. Además en la fracción II se estipula que no debe de existir influencias nocivas que puedan perturbar el desarrollo alimenticio, es decir se debe de cuidar por todos los medios posibles que las niñas y niños no se encuentren inmiscuidos en publicidad que pueda alterar su ingesta de alimentos calóricos, aunado a ello en la fracción III, se establece que se debe elevar el nivel de salud del pueblo, ello porque se apela a que si hay menos anuncios publicitarios en radio y televisión las niñas y niños principalmente, estarán menos expuestos a consumir este tipo de alimentos y como consecuencia se tendrá una población con una mejor calidad de vida y de salud. Otro artículo en el que se adicionan dos fracciones es el artículo 59 Ter, esto se hace debido a la importancia que tiene el mencionado dentro de la Ley Federal de Radio y Televisión, pues dentro de este se aborda la propaganda de radio y televisión que va dirigida a la población infantil de nuestro país, en el que como principales aspectos se encuentra que se debe propiciar el desarrollo armónico, dejando clara la conexión que debe de existir entre la información y la diversión a la cual tienen derecho las niñas y niños, es decir que se puede informar a estos por medio de anuncios publicitarios que contribuyan a su mejor ingesta alimentaria. Y que con ello se estimule e incentive a promover el interés de las niñas y niños, es por ello que se propone que para que este artículo este completo se debe de abordar también los anuncios publicitarios a los que están expuestos, por ello se adicionan las fracciones VI y VII, con el fin de que quede claro que por cada dos anuncios publicitarios de alimentos y bebidas altos en calorías las empresas que adquieran el servicios estarán obligadas a pagar uno de comida saludable, con el fin de que las niñas y niños tengan hábitos alimenticios adecuados a su edad. Es decir en la fracción VII se piensa que con reformar los artículos antes mencionados, en este se debe de esclarecer que poco a poco se debe de ir erradicando este tipo de anuncios publicitarios, hasta llegar al momento en el que ya no sean transmitidos. Por lo expuesto y fundado en lo señalado en el presente proyecto de decreto sometemos a esta Soberanía la siguiente iniciativa por la que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal de Radio y Televisión. PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LEY FEDERAL DE RADIO Y TELEVISIÓN. Artículo Único. Se reforma elartículo 5º y se reforma y adiciona el artículo 59-Ter.de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue: Artículo 5o.-La radio y la televisión, tienen la función social de contribuir al fortalecimiento de la integración nacional y el mejoramiento de las formas de convivencia humana, además deberá contribuir a la difusión de hábitos alimenticios sanos. Al efecto, a través de sus transmisiones, procurarán:

   

I.- …; II.-Evitar influencias nocivas o perturbadoras al desarrollo armónico y alimenticio de la niñez y la juventud; III.-Contribuir a elevar el nivel cultural del pueblo, de salud y a conservar las características nacionales, las costumbres del país y sus tradiciones, la propiedad del idioma y a exaltar los valores de la nacionalidad mexicana; y IV.-… Artículo 59-TER… I.-V. … VI.- Los anunciantes de alimentos y bebidas altas en calorías, por cada dos anuncios publicitarios deberán contratar uno relativo a hábitos alimenticios sanos; y VII.- Fomentar la alimentación sana, erradicando anuncios de alimentos y bebidas altos en calorías. … La programación dirigida a los niños se difundirá en los horarios previstos en el reglamento de esta ley, cuidará que el contenido de los anuncios publicitarios estimule a las niñas y niños a consumir alimentos y bebidas sanas y nutritivas. Disposiciones transitorias Única. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado la Sede de la Comisión Permanente a 2 de julio de 2014

ALLIET MARIANA BAUTISTA BRAVO Diputada Federal