PLAN DE TRABAJO PARA LA EXPORTAC1ON

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SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO

DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL

PLANDE TRABAJO PARA LA EXPORTAC1ON DE PALTAS FRESCAS,variedadhass DESDE MEXICO, ESTADO DE MICHOACAN (ALGUNOS MUNICIPIOS) A CHILE

INDICE

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INDICE DE ANEXO

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1.

INTRODUCCION

El Plan de trabajo para la exportaciónde frutos frescosde palta (Perseaamericana), variedad Hassdesdelos Municipios Uruapán,SalvadorEscalante,Peribánde Ramos,Tancítaro,Nuevo Parangaricutiro(San Juan), Ario de Rosalesy Taretan,del Estadode Michoacán,México a Chile, es un acuerdoconjunto entre el SERVICIO AGRICOLA y GANADERO (SAG), del Ministerio de Agricultura de la República de Chile y la DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL, SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD y CALIDAD AGROALIMENTARIA DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENT ACION DE MEXICO (SAGARPA / SENASICA / DGSV) y que tiene como objetivo, cumplir en México, con las regulacionesfitosanitariasestablecidaspor Chile paraexportarfrutos frescosde palta. 2. ORGANISMOS Y ENTIDADES PARTICIPANTES

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SERVICIO AGRICOLA y GANADERO (SAG), del Ministerio de Agricultura de la Repúblicade Chile.

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Dirección Generalde SanidadVegetal, Servicio Nacionalde Sanidad,Inocuidady Calidad Agroalimentaria de la Secretariade Agricultura Ganadería,Desarrollo Rural, Pescay Alimentación de México (SAGARPA I SENASICA I DGSV).

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Empresasexportadorasempacadoras de paItas,fruto fresco,variedadHass.

SAG y SAGARPA / SENASICA / DGSV, son las OrganizacionesNacionalesde Protección Fitosanitaria, encargadasde definir los aspectostécnicos y coordinar el desarrollo del programa.

3. RESPONSABILIDADESDE LOS PARTICIPANTES 3.1 Del SAG

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Proporcionar,mantenery actualizarun Plan de Trabajopara la exportaciónde paltas,fruto fresco,variedadHass,desdeMéxico a Chile. Nominar al o los inspectores/supervisoresdel SAG, que se requieransegúnel programa, para la supervisiónen origen al programadurantetodo el procesoexportador.

3.1.1 Del InspectorSAG

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Realizar en México, la supervisiónde la certificación de los embarquesde paltas hass , destinadas a Chile.

Coordinar con SAGARPAl SENASICAlDGSV, la aplicación,supervisióny ce de las medidasfitosanitariasacordadasen estePlan De Trabajo

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3.2 De la SAGARPA / SENASICA / DGSV

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Ejecutary supervisartodaslas actividadesdel programa. Mantenery realizar un monitoreo anual que permita demostrarque los municipios de Uruapán, Salvador Escalante,Peribán de Ramos, Tancítaro, Nuevo Parangaricutiro (San Juan), Ario de Rosales y Taretan, Michoacán están libres de Conotrachelus perseae, Conotrachelus aguacatae (Col., Curculionidae), Heilipus lauri (Col., Curculionidae),Stenomacatenifer (Lep., Oecophoridae). Realizar el monitoreo para Conotrachelusperseae, Conotrachelusaguacatae(Col., Curculionidae), Heilipus lauri (Col., Curculionidae), Stenoma catenifer (Lep., Oecophoridae),en una superficierepresentativay que incluya una proporciónrelevante de huertos registrados.Este monitoreo deberá ser realizado durante la estación de crecimientoy completadaprevio a la cosecha. Remitir al SAG previo al inicio de la temporadade exportaciónla lista de los prediosy empacadorasaprobadosy registradospor SAGARPA paraexportara Chile. Solicitar con 30 días de antelacióndel inicio de la temporada,la presenciade él o los inspector (es) del SAG para la supervisiónen origen al programadurante el proceso exportador. Coordinarlos pagosde las exportadorasparafinanciar los costosde los inspectoresdel SAG para la supervisiónen origen al programa,duranteel procesoexportador,según lo indicado en el anexo lB. Ademásde efectuarla cancelaciónde estepersonala su arribo. Nominar a un funcionario de la SAGARPA / SENASICA / DGSV del Estado de Michoacán, como contraparte responsabledel los inspectores SAG, durante la permanenciade estosen la supervisiónen origen al programade exportaciones,el cual deberáestardisponiblepara resolverinquietudes,problemasy cualquierotra situación que amerite. Rechazarpartidas o lotes, que no cumplan con las condicionesestablecidaspara la exportación a Chile, en especiallo que se refiere al origen de la fruta de los lugares previamenteautorizadoscomo áreaslibres de barrenadoresdel hueso. Llevar un cuadernoy/o libro foliado, en las empacadorasdonde se especifiquentodos los embarquesrealizados a Chile, indicando número de cajas, número de sellos utilizados, númerode certificado fitosanitario,aprobacióny rechazode un lote y causal de rechazo,entreotros antecedentes. Contar con el timbre que identifica las plantasempacadorasregistradas,su municipio de origen y asegurarque todaslas cajasdestinadasa la exportacióna Chile lleven esta identificación.

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con

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al

de

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I SENASICA I DGSV así10amerita.Estasuspensiónpuedeser temporalo permanente para la temporada. Informar en forma inmediata al Departamentode Protección Agrícola, sobre la presenciade brotes de las siguientesplagasen las áreasautorizadasa la exportación: Conotrachelusperseae,Conotrachelusaguacatae,Heilipus lauri y Stenomacatenifer

3.3 De las empacadoras: . .

Acatar todos lo requerimientosdel Plande Trabajo. Facilitar información y antecedentestécnicos previos, a la SAGARPA I SENASICA I DGSV (Anexo 11): . Identificación de la empacadora(nombre,dirección,teléfono,fax, etc.) . Identificación del responsabletécnico(nombre,profesión,teléfono,fax, email). . Descripción de la infraestructuradestinadaal lavado, cepillado, seleccióny empaque de la fruta. . Condiciones de resguardode las plantas empacadorasy cámarasde mantención o almacenajede la fruta. . El responsabletécnico de la empacadoraserá el encargadode avisar con 24 hrs de antelación, al inspector SAG encargadode la oficina de verificación en origen en México, los procesosde recepción,inspeccióny despachode paltasa Chile. . Cancelartodos los gastosen que incurra el personaldel SAG asociadoa la supervisión en origen al programa,durantetodo el procesoexportador,los cuales se detallan en (ANEXO 111). . Enviar carta compromiso (ANEXO 1) de las empacadoraso su representante(s),al SAGARPAl SENASICA I DGSV.

3.4 Del importador:

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Acatar las nonnasgeneralesde ingresode mercaderíasagrícolasal pah

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4. EXIGENCIASDEL SAGPARA EL INGRESODE PALTASFRESCASA CHILE. 4.1Requisitos fitosanitarios: La importación de paltas como fruta frescaa Chile se encuentrareguladapor medio de la Resolucióncorrespondiente. Se autorizael ingresoal país,de frutos frescosde palta (Perseaamericana),variedadhass, para consumo solo cuando estén producidos en los Municipios de Uruapán, Salvador Escalante, Peribán de Ramos, Tancítaro, Nuevo Parangaricutiro(San Juan), Ario de Rosalesy Taretandel Estadode Michoacán,México y provengande prediosproductoresy plantas empacadoraspreviamenteregistradaspor SAGARPA / SENASICA / DGSY, en dichosmunicipios Solo podrá ser recolectaday empacada,la fruta frescade palto variedadHassque presente 22% de materia seca,como mínimo gradode madurez. Estaresoluciónestablecelas declaracionesadicionales,condición de ingreso,requisitosde importacióny el tránsitode estafruta desdelos lugaresdondeseindica.

4.2Condicionesde ingreso: a) La partida deberáencontrarselibre de suelo. b) Las paltas deberánhaber sido sometidasa un proceso de lavado y cepillado en la empacadora c) Cada fruto deberácontar con una etiquetaautoadhesivaen la cual se indique el código de la empacadoray la leyenda"Productode México". d) La partida deberá venir en envasesy material de acomodaciónde primer uso, no permitiéndose el reenvase. En los envases se deberá indicar el Municipio de procedenciade la fruta y el nombrede la empacadoraen que fue procesada. e) El material de embalajedebeser adecuadopara accionesde tratamientocuarentenario de fumigación. t) Las bodegasde los barcos deben ser de uso exclusivo para transportarpartidas de similar condición fitosanitaria, las cuales deberánvenir selladas.Además, se podrá transportar en contenedoressellados.En caso de transporteaéreo, la partida deberá venir cubierta por plástico y debidamenteempacadapennitiendo la colocaciónsegura del sello o en contenedorsellado Los númerosde los sellosdeberánindicarseen el CertificadoFitosanitario. g) La y los pallets deberá estar libre de corteza y de daño

5.

REGISTRO DE HUERTOS

El muestreodeberáestarorientadoparaplagascuarentenarias paraChile. La información de estosmuestreosdeberáestar registraday disponible para auditorías. La Dirección General de SanidadVegetal, Servicio Nacional de Sanidad,Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Secretariade Agricultura Ganadería,Desarrollo Rural, Pescay Alimentación de México (SAGARPA / SENASICA / DGSV ), deberácomunicar al Servicio Agrícola y Ganaderola presenciade cualquier brotes de barrenadoresdel huesoindicadosen el punto precedentey el establecimientode áreasreglamentadaso bajo cuarentena,en un periodo no superiora las 96 horasde sucedidoel evento. 6. INSPECCIÓN PARA CERTIFICACION La inspecciónpara certificación deberáser efectuadapor los inspectoresde SAGARPA I SENASICA I DGSV en las empacadorasregistradas,sobreel 2% de cadalote presentado a inspección,cortandoy trazando30 frutos de la muestra,a objeto de verificar la ausencia de las plagascuarentenariasde interésen estePlan de Trabajo. Además, en esta inspección se verificará que la partida cumple con las normas de etiquetadoen las cajas,fruto y con las normasde embalaje.

7. MANEJO POSTINSPECCION 7.1 Empaque y resguardo de fruta inspeccionada.

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7.2 Envases Cadaenvasecon fruta destinadaa Chile deberánllevar la siguienteleyenda.

Las dimensionesde los sellos/timbre/etiqueta deberánser de 5 cm. de anchopor 8 cm. de largo. Estaleyenda deberáserubicadaen la carafrontal de la caja,entreotros antecedentes. 7.3 Cámaras de mantención Las cámaras de mantención y/o de frío deberán ser de uso exclusivo para fruta inspeccionaday aprobada. Estascámarasdeberánproveer un despachoseguro,desdeéstasestructurasa los medios de transporte.

8. DESPACHO El despachode la fruta inspeccionaday aprobadaesde responsabilidaddel inspectorde la SAGARPA I SENASICA I DGSV, el que deberáverificar los siguientesaspectos,para autorizarel embarquede la fruta al medio de transporte:

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Despachodirecto y segurodesdeel áreade resguardoal medio de transporte. Limpieza del medio de transporte,de insectos,maderasentreotros. Timbraje y etiquetadode cadauna de las cajas. Maderade los pallets,libre de cortezay dañode insecto. Colocacióndel sello y/o precinto oficial, exclusivopara embarquesa Chile, del medio de transporte,o en el casoque seavía áreala protecciónde los pallets con malla tipo mosquiteray su selladoo precinto en cadaunidad

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9. CERTIFICACION FITOSANITARIA El inspector deberáemitir el Certificado Fitosanitario Oficial, en el cual constecomo declaraciónadicionalla siguientelectura:

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El envío seajustaa las especificacionesdel Plan de TrabajoestablecidosentreSAG Chile y SAGARPA / SENASICA / DGSV México y cumple con los requisitos fitosanitariosde ingresosestablecidosen la Resoluciónque autorizael ingresode frutos frescosde palta (Perseaamericana),variedadHass.

10. INSPECCION EN DESTINO Al ingresoal país la partidaserásometidaa una inspecciónde rutina por los profesionales asignadosen el puerto de ingreso, los que resolverán la internación, verificando los siguientesaspectos: . Documentación fitosanitaria que acompaña a la partida, esto corresponde al Certificado Fitosanitario Oficial original completo y de acuerdo a las exigencias establecidaspor la Resolucióncorrespondiente. . Sellos/precintosde los contenedoresy/o pallets. . Timbre y etiquetasen cadaunade las cajasy en los frutos. . Verificación de las condicionesfitosanitariasdel embarque. .

Inspección de las exigencias y condiciones fitosanitarias de las maderas de embalaje y pallets.

11. INTERCEPCIONES EN DESTINO.

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La detecciónde plagascuarentenarias para Chile motivaráel rechazode la partiday el descuelguedel huertode origende la fruta.

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La detecciónde ejemplaresde Conotrachelusperseae,Conotrachelusaguacatae(Col., Curculionidae), Heilipus lauri (Col., Curculionidae) y Stenoma catenifer, (Lep., Oecophoridae),motivará el rechazode la partida, y el descuelguedel Municipio o el áreareglamentadabasadaen las característicasbiológicasde cadaplaga.

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La detecciónde ejemplaresde Copturusaguacalae,Scirtothripsperseaey Oligonichus perseae,motivaráel rechazode la partiday seprocederáa la reexportaciónde eselote.

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La detecciónde un insectoacompañantecuarentenariovivo, serámotivo de rechazode la partida,evaluándoseen cadacasola factibilidad de un tratamientocuarentenarioy/o de un aumentode los nivelesde muestreoen el puertode ingreso. En caso que se descubranotras plagas de importancia cuarentenaria,se someteráal tratamientode conformidadcon las estipulacionesde Decreto Ley N° 3557 de 1980 que Establecelas disposicionessobreProtecciónAgrícola. La

de fruta de procedenciadistinta a la estipuladao de productores no registradasimplicará el rechazo de la partida. Esta situación a SAGARPA I SENASICA I DGSV como incumplimiento al Plan

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Trabajo para su inmediatacorrección.La recurrenciaen la detecciónde estasmismas anomalíasseránmotivo de suspensióndel programa.

12. SUPERVISION EN ORIGEN El SAG realizará una supervisiónen origen al programade exportaciónde paltas como fruta fresca,durantela temporadade exportación. Estas supervisionesserán coordinadaspara cada temporada,por las Organizacionesde Protección Fitosanitariasde cada país, con costo a los exportadoresy/o interesados,de acuerdoa las especificacionesadministrativasque se indiquenen el Anexo III.

13. PLAZO DE VIGENCIA DEL PLAN DE TRABAJO Este Plan de Trabajo estarávigente, en tanto no seamodificado a petición expresa(por escrito) de algunas de las partes y firmado nuevamentepor los representantesde las mIsmas.

Fecha:30--

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