Notas a los Estados Financieros

Notas a los Estados Financieros Asamblea General Ordinaria de Accionistas 29 Nota 1. Entidad reportante BANCO COMPARTIR S.A., se constituyó como ...
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Notas a los

Estados Financieros

Asamblea General Ordinaria de Accionistas

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Nota 1. Entidad reportante BANCO COMPARTIR S.A., se constituyó como establecimiento de crédito mediante Escritura Pública No. 8136 el 23 de octubre de 1969, otorgada en la Notaría Sexta de Bogotá, con domicilio social en Bogotá D.C., la duración establecida en los estatutos es hasta el año 2068, pero podrá disolverse o prorrogarse antes de dicho término. Mediante Resolución No. 2133 del 28 de noviembre de 2014, la Superintendencia Financiera de Colombia autorizó la conversión de FINAMÉRICA S.A. Compañía de Financiamiento en Establecimiento Bancario, con la denominación “BANCO COMPARTIR S.A.”. Producto de lo anterior, mediante Resolución N° 0194 del 24 de febrero de 2015, de la citada Superintendencia autorizó a BANCO COMPARTIR S.A., para funcionar y desarrollar en todo el territorio nacional las actividades propias de su objeto social de conformidad con lo autorizado por la ley a los establecimientos bancarios, lo que equivale al certificado de autorización de que trata el numeral 7 del artículo 53 del EOSF BANCO COMPARTIR S.A., es una sociedad anónima privada que tiene como función principal la realización de todos los negocios y operaciones autorizadas por las leyes Colombianas a los establecimientos bancarios, en especial la captación de recursos con el objeto de realizar operaciones activas de crédito, sin perjuicio de las operaciones e inversiones que de conformidad con el régimen aplicable puede realizar dentro de las condiciones o limitaciones que se señalen para el efecto. La orientación del Banco es la de promover el desarrollo de las microfinanzas en Colombia mediante el otorgamiento de créditos a las micro y pequeñas empresas, en la ciudades de Armenia, Arauca, Bogotá, Barranquilla, Bucaramanga, Barrancabermeja, Buga, Cajicá, Cali, Cartagena, Cartago, Chía, Chiquinquirá, Cúcuta, Duitama, Espinal, Facatativá, Fusagasugá, Florencia, Floridablanca, Funza, Girardot, Ibagué, Ipiales, Itagüí, La Calera, La Mesa, La Unión, Lorica, Magangué, Medellín, Mocoa, Moniquita, Montería, Neiva, Pasto, Pensilvania, Pereira, Pitalito, Popayán, Quibdó, Riohacha, San Gil, Santa Marta, Sincelejo, Sogamoso, Tuluá, Tunja, Túquerres, Ubaté, Valledupar, Villavicencio, Yopal y Zipaquirá, a través de 87 oficinas y 6 puntos de atención (con 1731 funcionarios de planta) localizadas en los centros de desarrollo microempresarial de cada ciudad. Los estados financieros individuales fueron autorizados por la Junta Directiva y el Representante Legal el 24 de febrero de 2016, para ser presentados a la Asamblea General de Accionistas para su aprobación. Las reformas estatutarias más representativas son las siguientes: • Por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 25 de marzo de 2015, protocolizada mediante escritura pública No.1474 del 10 de abril de 2015 de la Notaria 48 del Círculo de Bogotá, se aprobó la reforma transitoria del artículo 16, consistente en la suspensión transitoria y por el término de tres (3) meses del derecho de preferencia en la negociación de las acciones para llevar a cabo el proceso de venta de acciones de propiedad del FIDEICOMISO A.I. 331661 BANCO SUPERIOR. • Por decisión de las Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 21 de enero de 2015, se aprobó la reforma integral de los Estatutos Sociales y su compilación en un solo instrumento como Estatutos Sociales del Banco, protocolizando esta decisión junto con la Resolución número 2133 del 28 de noviembre de 2014 de la Superintendencia Financiera de Colombia, mediante la cual se autorizó la conversión de FINANCIERA AMÉRICA S.A. Compañía de Financiamiento – FINAMÉRICA S.A. en Establecimiento Bancario, en la Escritura Pública 179 del 27 de enero de 2015 otorgada en la Notaría 48 de Bogotá.

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• Por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 6 de junio de 2012, protocolizada mediante escritura pública No. 3205 del 19 de junio de la Notaria 48 del Círculo de Bogotá, se modificó el valor nominal de la acción a mil pesos ($1.000) y se aumentó el capital autorizado del Banco a la suma de $100.000. • Por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 28 de febrero de 2012, protocolizada mediante escritura pública N°1179 de la Notaría 48 del Círculo de Bogotá, se aprobó que el Banco tuviera dos (2) ejercicios contables, al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año. Para el cierre de 2015 el Banco por decisión de la asamblea empezó a realizar cierres anuales. • Por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 30 de junio de 2010, protocolizada mediante escritura pública No 3561 de la Notaría 48 del Círculo de Bogotá, se incrementó el capital autorizado al Banco a la suma de $50.000 y se aumentó el número de miembros de la Junta Directiva de 8 a 10; así mismo, se compilaron los estatutos sociales del Banco en un solo Instrumento. • Por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 1º de octubre de 2009, protocolizada en escritura pública No 5005 del 1º de octubre de 2009 de la Notaría 48 se cambió la denominación social como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 25 de la ley 1328 de 2009. • Por decisión de la Asamblea General de Accionistas, en reunión celebrada el 27 de marzo de 2009, protocolizada mediante escritura pública Nª1707 del 20 de abril de 2009 de la Notaría 48 de Bogotá, se modificó la denominación de Presidente por la de Gerente General, se amplió el período de la Junta Directiva y del Revisor Fiscal de 1 año a 2 años. • Por decisión de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas, en reunión celebrada el 11 de octubre de 2007, protocolizada mediante Escritura Pública N° 4881 del 16 de octubre de 2007, inscrita el 18 de octubre de 2007 bajo el número 1165358, se aumentó el capital autorizado a la suma de treinta mil de pesos con 05/100, así como de los artículos 1° (inclusión de la sigla), 11 (supresión parágrafos transitorios), 23 (supresión de parágrafo), 36 (ajuste quórum deliberativo Junta Directiva), 38 (ajustes funciones Junta Directiva) y 47 (Supresión parágrafo transitorio). • Por Escritura Pública 5956, de la Notaría 31 de Bogotá, del 25 de noviembre de 1997, inscrita el 26 de noviembre de 1997 bajo el número 00611747 del Libro IX de la Cámara de Comercio de Bogotá, la sociedad cambió su nombre de: FINANSOL S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, por el de FINANCIERA AMERICA S.A. Compañía de Financiamiento Comercial FINAMERICA S.A • Por Escritura Pública 1686, de la Notaría Única de Funza del 14 de noviembre de 1995, inscrita el 18 de enero de 1996 bajo el número 523500 del Libro IX de la Cámara de Comercio de Bogotá, la sociedad trasladó su domicilio de la ciudad de Funza (Cundinamarca) a la ciudad de Santafé de Bogotá. • Por Escritura Pública 1016, de la Notaría 49 de de Bogotá, del 12 de julio de 1994, inscrita el 18 de enero de 1996 bajo el número 523495 del Libro IX de la Cámara de Comercio de Bogotá, la sociedad adicionó su nombre de FINANSOL S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, por el de FINANSOL S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, y podrá utilizar la sigla FINANSOL S.A. • Por Escritura Pública 765, de la Notaría 10 de Bogotá, del 17 de marzo de 1994, inscrita el 24 de marzo de 1994 bajo el número 442003 del Libro IX de la Cámara de Comercio de Bogotá, la sociedad trasladó su domicilio de la ciudad de Santafé de Bogotá a la de Funza (Cundinamarca). • Por Escritura Pública 6913 de la Notaría 31 de Bogotá, del 16 de octubre de 1993, inscrita el 3 de noviembre de 1993 bajo el número 425914 del Libro IX de la Cámara de Comercio de Bogotá, la sociedad cambió su nombre de: FINANCIERA FENIX S.A. Compañía de Financiamiento Comercial, por el de: FINANSOL S.A. Compañía de Financiamiento Comercial.

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Nota 2. Bases de Preparación y resumen de las principales políticas contables Las principales políticas contables aplicadas en la preparación de los estados financieros se detallan a continuación. Las cuales han sido aplicadas uniformemente en todos los años presentados, a menos que se indique lo contrario. 2.1. Declaración de Cumplimiento Los estados financieros que se acompañan han sido preparados de conformidad con Normas Internacionales de Contabilidad y de Información Financiera Aceptadas en Colombia, las cuales comprenden: El decreto No. 2784 emitido por el Gobierno Nacional en diciembre de 2012, el cual establece las características de las entidades que hacen parte del Grupo 1. Así mismo establece el marco contable para la preparación de estados financieros, el cual comprende las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones de Normas Internacionales de Información Financiera (CINIIF). Decreto 3023 de 2013, en el cual se establece modificar parcialmente el marco normativo aplicable en Colombia, al incluir las enmiendas a las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por IASB durante el año 2012 y que fueron publicadas por dicho organismo en el idioma español al mes de agosto de 2013. Decreto 2267 de 2014, en el cual se establece que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia deben aplicar el marco técnico del Decreto 2784 y sus modificaciones, salvo lo dispuesto respecto al tratamiento de la clasificación y valoración de las inversiones en la NIC 39 y NIIF 9, la cartera de crédito y su deterioro, así como el reconocimiento del deterioro para los bienes recibidos en dación de pago, independientemente de su clasificación contable, para las cuales, se aplica las normas establecidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Este marco normativo es obligatorio para el manejo de la contabilidad y preparación de los estados financieros de los bancos y otras entidades de interés público a partir del 1 de enero de 2015 con un período de transición para la preparación del balance de apertura al 1 de enero de 2014 y un juego de Estados Financieros preparados bajo Normas de Contabilidad y de Información Financiera al 31 de diciembre de 2014 para efectos comparativos. 2.2. Moneda Funcional El Banco ha determinado que el peso colombiano (COP) representa su moneda funcional, de acuerdo con lo establecido en la Norma Internacional de Contabilidad N° 21 (NIC-21), las operaciones en otras divisas distintas del peso colombiano se consideran “moneda extranjera”. Los registros contables del Banco son mantenidos en Pesos Colombianos. Los Estados Financieros al cierre de diciembre de 2015, han sido preparados a partir de los registros de contabilidad mantenidos por el Banco y expresados para su presentación en millones de pesos. 2.3 Base de contabilidad de causación La Empresa prepara sus estados financieros, excepto para la información de los flujos de efectivo, usando la base de contabilidad de causación. 2.4 Importancia relativa y materialidad La presentación de los hechos económicos se hace de acuerdo con su importancia relativa o

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materialidad. Para efectos de revelación, una transacción, hecho u operación es material cuando, debido a su cuantía o naturaleza, su conocimiento o desconocimiento, considerando las circunstancias que lo rodean, incide en las decisiones que puedan tomar o en las evaluaciones que puedan realizar los usuarios de la información contable. En la preparación y presentación de los estados financieros, la materialidad de la cuantía se determinó con relación, al activo total entre los rubros del activo, al pasivo total entre los rubros del pasivo, al patrimonio o a los resultados del ejercicio, según corresponda. En términos generales, se considera como material toda partida que supere el 5% con respecto a un determinado total de los anteriormente citados. 2.5. Hipótesis de negocio en marcha La Administración de Bancompartir, estima que no tiene incertidumbres significativas, eventos subsecuentes significativos, o indicadores de deterioro fundamentales que pudieran afectar la hipótesis de negocio en marcha a la fecha de presentación de los presentes estados financieros. Nota 3. Políticas contables y revelaciones de las Partidas que conforman el Estado de Situación Financiera: 3.1

Efectivo y equivalentes de efectivo

3.1.1

Bases de Medición y Políticas Contables.

El efectivo y equivalentes al efectivo incluye el efectivo en caja, los saldos en bancos, los depósitos a plazo en entidades financieras, las inversiones en fondos comunes y otras inversiones altamente líquidas de corto plazo con un vencimiento original de tres meses o menos a partir de la adquisición del instrumento financiero, fácilmente convertibles en efectivo y que están sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor. La entidad mantiene regularmente un nivel de efectivo y equivalentes que le permitan estabilidad entre la liquidez y la rotación de cuentas por cobrar y por pagar. La entidad administra su efectivo bajo políticas de tesorería enmarcadas en estándares de seguridad previamente establecidos. Existe segregación de funciones en relación con el manejo del efectivo, se legalizan los avances y anticipos, además de controlar las cajas menores, los equivalentes de efectivo y los niveles que la operación requiere, la composición se relación según nota No 4 y su respectiva revelación. Los equivalentes de efectivo incluyen medios de pago con tarjetas de créditos, convenios especiales y similares 3.2

Instrumentos financieros

3.2.1 Bases de Medición y políticas contables de inversiones Bancompartir está obligado a clasificar y valorar las inversiones de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo I-1 de la Circular Básica contable, Teniendo en cuenta la excepción reglamentada según decreto el decreto 2267 de 2014 para la clasificación y valoración de las inversiones, expedidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público 3.2.1.1 Clasificación de las inversiones Las inversiones son clasificadas por el Banco de acuerdo con el modelo de negocio el cual en el año 2015 el Banco realizó sus negocios de tesorería participando dentro del mercado financiero, teniendo en cuenta las recomendaciones del Comité de Dirección (CODIR), realizada por lo menos una vez al mes con su respectiva acta. Estas recomendaciones van encaminadas a obtener los mejores beneficios en términos de ingresos minimizando los riesgos, bajo los límites establecidos por la Junta Directiva y el manual de Administración de Riesgo de Mercado y Riesgo de Liquidez, y dentro de los

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parámetros de transparencia y seguridad mencionados. Es así como durante el año Bancompartir enfocó su negocio de tesorería a operaciones de alta liquidez. Es de anotar, que todos los negocios (interbancarios), se realizaron con entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, que permitieron disminuir el riesgo de contraparte. Así mismo el Banco invirtió sus excesos de liquidez de corto plazo, en Fondos de Inversión Colectiva abiertos y a la vista administrada por Sociedades Fiduciarias y Comisionista de Bolsa, para lo cual se establecieron los cupos máximos de inversión, teniendo en cuenta entre otros, su calificación y su trayectoria en el mercado financiero. Los cupos definidos por la Junta Directiva son revisados periódicamente, bajo la metodología definida por este órgano de administración para tal fin, la cual está basada en la metodología CAMEL en la cual se ponderan los principales factores de riesgo de liquidez de cada entidad y por tanto su capacidad de repago de sus obligaciones. El nivel de atribuciones definidos para adelantar operaciones de la tesorería se presenta a continuación:

(1) Traslados entre cuentas corrientes, ahorros y FIC de Bancompartir (2) Incluye interbancario, Repos, simultaneas (3) Compra y venta de títulos de deuda pública y privada asignado dentro del cupo y plazo de emisor * En caso de ausencia deberá ser autorizado por el Presidente o un Representante Legal ** En caso de ausencia deberá ser autorizado por un Representante Legal Las inversiones se clasifican de acuerdo a la normatividad expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia en: inversiones negociables, inversiones para mantener hasta el vencimiento e inversiones disponibles para la venta. Inversiones negociables Se clasifican como inversiones negociables todo valor o título y, en general, cualquier tipo de inversión que ha sido adquirida con el propósito principal de obtener utilidades por las fluctuaciones a corto plazo del precio. Forman parte de las inversiones negociables, en todo caso, las siguientes: a. La totalidad de las inversiones en títulos o valores efectuadas por los fondos de inversión colectiva. b. La totalidad de las inversiones en títulos o valores efectuadas con los recursos de los fondos de pensiones obligatorias y de cesantías, las reservas pensionales administradas por entidades del régimen de prima media y patrimonios autónomos o encargos fiduciarios cuyo propósito sea administrar recursos de la seguridad social, tales como los que se constituyen en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 810 de 1998 y las Leyes 549 y 550 de 1999, o demás normas que las sustituyan modifiquen o subroguen.

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Inversiones para mantener hasta el vencimiento Se clasifican como inversiones para mantener hasta el vencimiento, los valores o títulos y, en general, cualquier tipo de inversión respecto de la cual el inversionista tiene el propósito y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlas hasta el vencimiento de su plazo de maduración o redención. El propósito de mantener la inversión corresponde a la intención positiva e inequívoca de no enajenar el título o valor. Con las inversiones clasificadas en esta categoría no se pueden realizar operaciones del mercado monetario (operaciones de reporto o repo, simultáneas o de transferencia temporal de valores), salvo que se trate de las inversiones forzosas u obligatorias suscritas en el mercado primario y siempre que la contraparte de la operación sea el Banco de la República, la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional o las entidades vigiladas por la SFC. Sin perjuicio de lo anterior, los valores clasificados como inversiones para mantener hasta el vencimiento podrán ser entregados como garantías en una cámara de riesgo central de contraparte con el fin de respaldar el cumplimiento de las operaciones aceptadas por ésta para su compensación y liquidación, y/o en garantía de operaciones de mercado monetario. Inversiones disponibles para la venta Son inversiones disponibles para la venta los valores o títulos y en general, cualquier tipo de inversión, que no se clasifiquen como inversiones negociables o como inversiones para mantener hasta el vencimiento. Los valores clasificados como inversiones disponibles para la venta podrán ser entregados como garantías en una cámara de riesgo central de contraparte con el fin de respaldar el cumplimiento de las operaciones aceptadas por ésta para su compensación y liquidación. Así mismo, con estas inversiones se podrán realizar operaciones del mercado monetario (operaciones de reporto o repo (repo), simultáneas o de transferencia temporal de valores) y entregar en garantía de este tipo de operaciones. Para estos efectos de clasificacion de los titulos para mantener hasta el vencimiento el Banco tiene encuenta Los valores o títulos respecto de los cuales el Bancompartir S.A. tiene el propósito serio y la capacidad legal, contractual, financiera y operativa de mantenerlos hasta su plazo de maduración o redención y los clasifica como tal cuando el propósito serio de mantener la inversión es la intención positiva e inequívoca de no enajenar el valor o título, de tal manera que los derechos en él incorporados se entiendan en cabeza del inversionista. Con los valores o títulos clasificados como inversiones para mantener hasta el vencimiento no se pueden realizar operaciones de liquidez, como tampoco operaciones de reporto o repo, simultáneas o de transferencia temporal de valores, salvo que se trate de las inversiones forzosas u obligatorias suscritas en el mercado primario y siempre que la contraparte de la operación sea el Banco de la República, la Dirección General del Tesoro Nacional o las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia. Dentro de este modelo por ahora Bancompartir solo tendrá las inversiones obligatorias en los títulos emitidos por el Fondo para el Financiamiento del sector agropecuario –FINAGROPara la inversiones negociables el objetivo del Banco en el modelo de negocio no es mantener instrumentos financieros para obtener los flujos de efectivo contractuales, La valoración de estas inversiones tiene como objetivo fundamental el cálculo, registro contable y la revelación al mercado del valor o precio justo de intercambio por el cual un título valor, podría ser negociado en una fecha determinada, de acuerdo con sus características particulares y dentro de las condiciones prevalecientes en el mercado en dicha fecha

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3.2.1.2 Valoración Las inversiones se valorar de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia con sujeción a los siguientes criterios: A.

Valores de deuda negociables

Los valores de deuda clasificados como inversiones negociables se deberán valorar de acuerdo con el precio suministrado por el proveedor de precios para valoración designado como oficial para el segmento correspondiente, de acuerdo con las instrucciones establecidas en la Circular Básica Jurídica emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia. Los valores clasificados como inversiones para mantener hasta el vencimiento, se valoran en forma exponencial a partir de la Tasa Interna de Retorno calculada en el momento de la compra, sobre la base de un año de 365 días. Cuando en las condiciones de la emisión se hubiere establecido el empleo del valor del indicador de la fecha de inicio del período a remunerar, la Tasa Interna de Retorno se debe recalcular cada vez que cambie el valor del indicador facial y cuando se presente vencimiento de cupón. En estos casos, el valor presente a la fecha de recalculo, excluidos los rendimientos exigibles pendientes de recaudo, se debe tomar como el valor de compra. Cuando en las condiciones de la emisión se hubiere establecido el empleo del valor del indicador de la fecha de vencimiento del período a remunerar, la Tasa Interna de Retorno se debe recalcular cada vez que el valor del indicador facial cambie. En el caso de los valores que incorporen opción de prepago la Tasa Interna de Retorno se debe recalcular cada vez que cambien los flujos futuros y las fechas de pago para efecto de valoración, de conformidad con lo dispuesto por la Superintendencia financiera de Colombia En estos casos el valor presente a la fecha de recalculo de los flujos futuros se debe tomar como valor de compra. Valores participativos Las inversiones en títulos y/o valores participativos en subsidiarias, filiales y participaciones en negocios conjuntos se deben valorar por el método de participación patrimonial y los inscritos en RNVE (Registro Nacional de valores y emisores) de acuerdo con el precio determinado por los proveedores de precios de valoración autorizados por la SFC. Cuando el proveedor de precios designado como oficial para el segmento correspondiente no cuente con una metodología de valoración para estas inversiones, las entidades deberán aumentar o disminuir el costo de adquisición en el porcentaje de participación que corresponda al inversionista sobre las variaciones subsecuentes del patrimonio del respectivo emisor. 3.2.1.3 Reconocimiento de las inversiones Las inversiones se deben registrar inicialmente por su costo de adquisición y desde ese mismo día deberán valorarse a valor razonable, a TIR o variación patrimonial, según corresponda, la contabilización de los cambios entre el costo de adquisición y el valor razonable de las inversiones, se realizará a partir de la fecha de su compra, individualmente, por cada título o valor, de conformidad con las siguientes disposiciones: Inversiones negociables La contabilización de estas inversiones se debe efectuar en las respectivas cuentas de “Inversiones a

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Valor Razonable con Cambios en Resultados”, del Catálogo único de información financiera con fines de supervisión de la Superintendencia financiera de Colombia. La diferencia que se presente entre el valor razonable actual y el inmediatamente anterior del respectivo valor se debe registrar como un mayor o menor valor de la inversión, afectando los resultados del período. Tratándose de valores de deuda, los rendimientos exigibles pendientes de recaudo se registran como un mayor valor de la inversión. En consecuencia, el recaudo de dichos rendimientos se debe contabilizar como un menor valor de la inversión. En el caso de los títulos participativos, cuando los dividendos o utilidades se repartan en especie se procederá a modificar el número de derechos sociales en los libros de contabilidad respectivos. Los dividendos o utilidades que se reciban en efectivo se contabilizan como un menor valor de la inversión. Inversiones para mantener hasta el vencimiento La contabilización de estas inversiones debe efectuarse en las respectivas cuentas de “Inversiones a Costo Amortizado”, del Catálogo Único de Información Financiera con fines de Supervisión. La actualización del valor presente de esta clase de inversiones se debe registrar como un mayor valor de la inversión, afectando los resultados del período. Los rendimientos exigibles pendientes de recaudo se registran como un mayor valor de la inversión. En consecuencia, el recaudo de dichos rendimientos se debe contabilizar como un menor valor de la inversión. A.

Títulos y/o valores participativos

El efecto de la valoración de la participación que le corresponde al inversionista, se contabiliza en la respectiva cuenta de Ganancias o Pérdidas No Realizadas (ORI), con cargo o abono a la inversión, excepto Inversiones en subsidiarias, filiales, asociadas y participaciones en negocios conjuntos, los cuales se valoran por el método de variación patrimonial. Los dividendos que se repartan en especie o en efectivo, se deben registrar como ingreso, ajustando la correspondiente cuenta de Ganancias o Pérdidas No Realizadas (máximo hasta su valor acumulado) y, si es necesario, también el valor de la inversión en la cuantía del excedente sobre aquella cuenta. 3.2.1.4

Deterioro (provisiones) o pérdidas por calificación de riesgo emisor

El precio de los títulos y/o valores de deuda de así como también los títulos participativos que se valoran a variación patrimonial son ajustados en cada fecha de valoración con fundamento en: • La calificación del emisor y/o del título de que se trate cuando quiera que ésta exista. • La evidencia objetiva de que se ha incurrido o se podría incurrir en una pérdida por deterioro del valor en estos activos. Este criterio es aplicable incluso para registrar un deterioro mayor del que resulta tomando simplemente la calificación del emisor y/o del título, si así se requiere con base en la evidencia. El importe de la pérdida por deterioro deberá reconocerse siempre en el resultado del período, con independencia de que la respectiva inversión tenga registrado algún monto en Otros Resultados Integrales ORI. No estarán sujetos a las disposiciones los títulos y/o valores de deuda pública interna o externa emitidos o avalados por la Nación, los emitidos por el Banco de la República y los emitidos o garantizados por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras – FOGAFÍN.

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Para efectos de la medición y reconocimiento del deterioro de las inversiones en subsidiarias, filiales, asociadas y negocios conjuntos en los estados financieros separados, las vigiladas deberán atender lo dispuesto sobre el particular en la NIC 36 contenida en el Marco Técnico Normativo del Anexo del Decreto 2784 de 2012 o las normas que lo modifiquen o sustituyan. A.

Títulos y/o valores de emisiones o emisores que cuenten con calificaciones externas a la entidad

Los títulos y/o valores que cuenten con una o varias calificaciones otorgadas por calificadoras externas reconocidas por la SFC, o los títulos y/o valores de deuda emitidos por entidades que se encuentren calificadas por éstas, no pueden estar contabilizados por un monto que exceda los siguientes porcentajes de su valor nominal neto de las amortizaciones efectuadas hasta la fecha de valoración:

En todo caso, si los deterioros (provisiones) sobre las inversiones clasificadas como para mantener hasta el vencimiento y respecto de las cuales se pueda establecer un valor razonable, según lo previsto en la normatividad exigida por la Superintendencia financiera de Colombia, la cual si resultan mayores a las estimadas con la regla señalada anteriormente, deberán aplicarse las últimas. Tal provisión corresponde a la diferencia entre el valor registrado de la inversión y el valor razonable, cuando éste es inferior. En el evento en que la inversión o el emisor cuente con calificaciones de más de una sociedad calificadora, se debe tener en cuenta la calificación más baja, si fueron expedidas dentro de los últimos tres (3) meses, o la más reciente cuando exista un lapso superior a dicho período entre una y otra calificación. B.

Títulos y/o valores de emisiones o emisores no calificados

Las entidades deben sujetarse para determinar el deterioro de la siguiente manera: a. Categoría “A”- Inversión con riesgo normal. Corresponde a emisiones que se encuentran cumpliendo con los términos pactados en el valor y cuentan con una adecuada capacidad de pago de capital e intereses, así como aquellas inversiones de emisores que, de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible, reflejan una adecuada situación financiera. Para los títulos y/o valores que se encuentren en esta categoría no procede el registro de deterioros (provisiones). b. Categoría “B”- Inversión con riesgo aceptable, superior al normal. Corresponde a emisiones que presentan factores de incertidumbre que podrían afectar la capacidad de seguir cumpliendo adecuadamente con el servicio de la deuda. Así mismo, comprende aquellas inversiones de emisores que, de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible, presentan debilidades que pueden afectar su situación financiera. Tratándose de títulos y/o valores de deuda, el valor por el cual se encuentran contabilizados no puede ser superior al ochenta por ciento (80%) de su valor nominal neto de las amortizaciones efectuadas hasta la fecha de valoración.

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En el caso de títulos y/o valores participativos, el valor neto de deterioros (provisiones) por riesgo crediticio (valor en libros) por el cual se encuentran contabilizados no puede ser superior al ochenta por ciento (80%) del valor de la inversión por el método de variación patrimonial en la fecha de la valoración. c. Categoría “C”- Inversión con riesgo apreciable. Corresponde a emisiones que presentan alta o media probabilidad de incumplimiento en el pago oportuno de capital e intereses. De igual forma, comprende aquellas inversiones de emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible, presentan deficiencias en su situación financiera que comprometen la recuperación de la inversión. Tratándose de títulos y/o valores de deuda, el valor por el cual se encuentran contabilizados no puede ser superior al sesenta por ciento (60%) de su valor nominal neto de las amortizaciones efectuadas hasta la fecha de valoración. En el caso de títulos y/o valores participativos, el valor neto de deterioros (provisiones) por riesgo crediticio (valor en libros menos provisión) por el cual se encuentran contabilizados no puede ser superior al sesenta por ciento (60%) del valor de la inversión por el método de variación patrimonial en la fecha de la valoración. d. Categoría “D”- Inversión con riesgo significativo. Corresponde a aquellas emisiones que presentan incumplimiento en los términos pactados en el título, así como las inversiones en emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible presentan deficiencias acentuadas en su situación financiera, de suerte que la probabilidad de recuperar la inversión es alta. Tratándose de títulos y/o valores de deuda, el valor por el cual se encuentran contabilizados no puede ser superior al cuarenta por ciento (40%) de su valor nominal neto de las amortizaciones efectuadas hasta la fecha de valoración. En el caso de títulos y/o valores participativos, el valor neto de deterioro (provisiones) por riesgo crediticio (valor en libros menos provisión) por el cual se encuentran contabilizados no puede ser superior al cuarenta por ciento (40%) del valor de la inversión por el método de variación patrimonial en la fecha de la valoración. e. Categoría “E”- Inversión incobrable. Corresponde a aquellas inversiones de emisores que de acuerdo con sus estados financieros y demás información disponible se estima que es incobrable. C.

Categoría de las inversiones de acuerdo al Catalogo Único de Información Financiera CUIF

Las inversiones de Deceval y Cifin se contabilizaron según el CUIF emitido por la Superintendencia financiera de Colombia a valor razonable con cambios en Otro resultado Integral, los fondos comunes se contabilizaron a valor razonable con cambios en el resultado y Las inversiones de Finagro A y Finagro B se registraron a costo amortizado.

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D.

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Deterioro del valor de las inversiones.

La entidad no posee inversiones ni otros activos financieros que coticen en bolsas de valores, por lo tanto no hay Deterioros (provisiones) por este concepto, y los instrumentos financieros medidos al costo amortizado no presentaron deterioros de valor respecto a tales instrumentos. E.

Reclasificación de las inversiones.

El Banco puede reclasificar sus inversiones únicamente de conformidad con las siguientes disposiciones: Hay lugar a reclasificar una inversión de la categoría de inversiones para mantener hasta el vencimiento a la categoría de inversiones negociables, cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias: a. Deterioro significativo en las condiciones del emisor, de su matriz, de sus subordinadas o de sus vinculadas. b. Cambios en la regulación que impidan el mantenimiento de la inversión. c. Procesos de fusión o reorganización institucional que conlleven la reclasificación o la realización de la inversión, con el propósito de mantener la posición previa de riesgo de tasas de interés o de ajustarse a la política de riesgo crediticio, previamente establecida por la entidad resultante. d. En los demás casos en que la SFC haya otorgado su autorización previa y expresa. Hay lugar a reclasificar una inversión de la categoría de inversiones disponibles para la venta a cualquiera de las otras dos categorías previstas en la presente Capítulo, cuando: a. Se redefina la composición de las actividades significativas del negocio, derivada de circunstancias tales como, variaciones en el ciclo económico o del nicho de mercado en el cual está actuando la entidad vigilada o en su apetito de riesgo. b. Se materialicen los supuestos de ajuste en la gestión de las inversiones que el modelo de negocio haya definido previamente. c. El inversionista pierda su calidad de matriz o controlante, y dicha circunstancia implique igualmente la decisión de enajenar la inversión en el corto plazo a partir de esa fecha, o d. se presente alguna de las circunstancias previstas en el numeral 4.1 de la presente norma. Las entidades que reclasifiquen inversiones con base se deberán informar este hecho por escrito a la SFC, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de la reclasificación, con destino a la delegatura institucional correspondiente. En materia de reclasificación de inversiones se debe observar las siguientes reglas: a. Cuando las inversiones para mantener hasta el vencimiento se reclasifiquen a inversiones negociables, se deben observar las normas sobre valoración y contabilización de estas últimas. En consecuencia, las ganancias o pérdidas no realizadas se deben reconocer como ingresos o egresos el día de la reclasificación. b. Cuando las inversiones disponibles para la venta se reclasifiquen a inversiones negociables, el resultado de la reclasificación de inversiones deberá reconocerse y mantenerse en el “Otro Resultado Integral (ORI)” como ganancias o pérdidas no realizadas, hasta tanto no se realice la venta de la correspondiente inversión. c. Cuando las inversiones disponibles para la venta se reclasifiquen a inversiones para mantener hasta el vencimiento, se deben observar las normas sobre valoración y contabilización de estas últimas. En consecuencia, las ganancias o pérdidas no realizadas, que se encuentren reconocidas en el ORI, se deben cancelar contra el valor registrado de la inversión, toda vez que el efecto del valor razonable ya no se realizará, dada la decisión de reclasificación a la categoría de mantener hasta el vencimiento. De esta manera la inversión deberá quedar registrada como si siempre hubiese estado clasificada en la categoría para mantener hasta el vencimiento. Así mismo, a partir

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de esa fecha la inversión se debe valorar bajo las mismas condiciones de Tasa Interna de Retorno del día anterior a la reclasificación. d. Cuando la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público realice operaciones de manejo de deuda u operaciones transitorias de liquidez sobre valores de deuda pública, las entidades sometidas a inspección y vigilancia de la SFC podrán reclasificar dichos valores de las categorías “inversiones disponibles para la venta” o “inversiones para mantener hasta el vencimiento” a la categoría “inversiones negociables”. En todo caso, sólo se podrán reclasificar valores en aquellas operaciones realizadas con el cumplimiento de los supuestos y condiciones previstos, por el monto efectivamente negociado. e. En el evento que el emisor de un título o valor vaya a efectuar una redención anticipada, en cumplimiento de las condiciones de la emisión, no será necesario realizar reclasificación alguna. 3.3 Cartera de Créditos y cuentas por cobrar Bancompartir S.A., aplica para el tratamiento y provisión de cartera de créditos el Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, la cual establece los lineamientos para la administración del riesgo crediticio, a través del Sistema de Administración de Riesgo de Crédito (SARC), que comprende las políticas, procesos, modelos, Deterioros y mecanismos de control que le permitan a las entidades financieras identificar, medir y mitigar adecuadamente el riesgo crediticio. Por otra parte, de acuerdo con el Decreto 1851 de agosto del 2013, en el artículo 2 se excluye la aplicación de las NIC 39 y la NIIF 9 respecto al tratamiento de la cartera de crédito y su deterioro. Así mismo mediante la C.E. 038 de Diciembre del 2013 la Superintendencia Financiera de Colombia, informó que los preparados de la información financiera de los establecimientos de crédito continuaran atendido lo establecido en el capítulo II de la Circular Básica Contable Financiera. El Banco califica y deteriora (provisiona) la Cartera de Crédito y Operaciones de Leasing Financiero de la siguiente forma: 3.3.1 Bases de Medición y políticas contables Registra las diferentes clases de créditos otorgados por el Banco, bajo los distintos tipos autorizados, en desarrollo del giro especializado de cada una de ellas. Los recursos utilizados en el otorgamiento de los créditos provienen de recursos propios del público en la modalidad de depósitos y otras fuentes de financiamiento tanto externo como interno. La entidad observa principios y criterios generales y parámetros mínimos para diseñar, desarrollar y aplicar el Sistema de Administración del Riesgo Crediticio (SARC) con el objeto de mantener adecuadamente evaluado el riesgo de crédito implícito en los activos. Modelos para la estimación o cuantificación de pérdidas esperadas El SARC estima o cuantifica las pérdidas esperadas de cada modalidad de crédito, a través de modelos, los cuales permiten, respecto de cada portafolio, determinar los componentes de la pérdida esperada de acuerdo con los siguientes parámetros: • La probabilidad de incumplimiento de los deudores. Corresponde a la probabilidad de que en un lapso de 12 meses éstos incurran en incumplimiento. Se entiende por incumplimiento para: • Créditos comerciales, los que se encuentren en mora mayor o igual a 150 días • Créditos de consumo que se encuentren en mora mayor a 90 días • Microcréditos que se encuentren en mora mayor o igual a 30 días • Créditos de tesorería que se encuentren en mora. • El valor expuesto del activo, entendido como el saldo de la obligación al momento del cálculo de la pérdida esperada.

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• La pérdida dado el incumplimiento se define como el deterioro económico en que incurriríaentidad en caso de que se materialice alguna de las situaciones de incumplimiento. Igualmente se considera incumplimiento las situaciones que a continuación se describen: • Cuando el deudor registre obligaciones castigadas con la entidad o en el sistema, de acuerdo con la información proveniente de las centrales de riesgo o de cualquier otra fuente. • Cuando al momento de la calificación el deudor registre obligaciones reestructuradas con la entidad en la misma modalidad, salvo que se trate de créditos de vivienda reestructurados a solicitud del deudor en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 546 de 1999. • Cuando un deudor se encuentre en un proceso concursal o cualquier clase de proceso judicial o administrativo que pueda conllevar la imposibilidad de pago de la obligación o su aplazamiento. 3.3.2. Régimen general de evaluación, calificación y deterioro de la cartera de crédito Reglas adicionales para el adecuado funcionamiento del SARC La estructura de la cartera de créditos contempla las siguientes modalidades de crédito, a las cuales se les efectùa un seguimiento permanente del riesgo crediticio: Comerciales Se entiende como créditos comerciales los otorgados a personas naturales o jurídicas para el desarrollo de actividades económicas organizadas, distintos de los otorgados bajo la modalidad de microcrédito. Consumo Se entiende como créditos de consumo, independientemente de su monto, los otorgados a personas naturales para financiar la adquisición de bienes de consumo o el pago de servicios para fines no comerciales o empresariales, distintos a los otorgados bajo la modalidad de Microcrédito. Microcréditos Son microcréditos los constituidos por las operaciones activas de crédito a las cuales se refiere el artículo 39 de la Ley 590 de 2000, o las normas que la modifiquen, sustituyan o adicionen, así como las realizadas con microempresas en las cuales la principal fuente de pago de la obligación provenga de los ingresos derivados de su actividad. Para los efectos, el saldo de endeudamiento del deudor no podrá exceder de ciento veinte (120) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la aprobación de la respectiva operación activa de crédito. Se entiende por saldo de endeudamiento el monto de las obligaciones vigentes a cargo de la correspondiente microempresa con el sector financiero y otros sectores, que se encuentren en los registros de los operadores de bancos de datos consultados por el respectivo acreedor, excluyendo los créditos hipotecarios para financiación de vivienda y adicionando el valor de la nueva obligación. Se tendrá por definición de microempresa aquella consagrada en las disposiciones normativas vigentes. Reglas sobre calificación del riesgo crediticio Los contratos deben clasificarse en una de las siguientes categorías de riesgo crediticio: • •

Categoría A o “riesgo normal” Categoría B o “riesgo aceptable, superior al normal”

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• • •

Categoría C o “riesgo apreciable” Categoría D o “riesgo significativo” Categoría E o “riesgo de incobrabilidad”

Categoría “A”: Crédito con riesgo crediticio NORMAL. Los créditos calificados en esta categoría reflejan una estructuración y atención apropiadas. Los estados financieros de los deudores o los flujos de caja del proyecto, así como la demás información crediticia, indican una capacidad de pago adecuada, en términos del monto y origen de los ingresos con que cuentan los deudores para atender los pagos requeridos. Sin embargo, las entidades deben clasificar en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones anteriores presenten mayor riesgo por otros factores. Categoría “B”: Crédito con riesgo ACEPTABLE. Los créditos calificados en esta categoría están aceptablemente atendidos y protegidos, pero existen debilidades que potencialmente pueden afectar, transitoria o permanentemente, la capacidad de pago del deudor o los flujos de caja del proyecto, en forma tal que, de no ser corregidas oportunamente, llegarían a afectar el normal recaudo del crédito o contrato. Las siguientes son condiciones objetivas suficientes para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría:

Sin embargo, las entidades deben clasificar en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones anteriores presenten mayor riesgo por otros factores. Categoría “C”: Crédito deficiente, con riesgo APRECIABLE. Se califican en esta categoría los créditos o contratos que presentan insuficiencias en la capacidad de pago del deudor o en los flujos de caja del proyecto, que comprometan el normal recaudo de la obligación en los términos convenidos. Las siguientes son condiciones objetivas suficientes para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría:

Sin embargo, el Banco clasifica en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones anteriores presenten mayor riesgo por otros factores.

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Categoría “D”: Crédito de difícil cobro, con riesgo SIGNIFICATIVO. Es aquél que tiene cualquiera de las características del deficiente, pero en mayor grado, de tal suerte que la probabilidad de recaudo es altamente dudosa. Las siguientes son condiciones objetivas suficientes para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría:

Sin embargo, las entidades deben clasificar en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones anteriores presenten mayor riesgo por otros factores. Categoría “E”: Crédito IRRECUPERABLE. Es aquél que se estima incobrable. Las siguientes son condiciones objetivas suficientes para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría:

Sin embargo, las entidades deben clasificar en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones anteriores presenten mayor riesgo por otros factores. Provisión general Corresponde como mínimo al uno por ciento (1%) sobre el total de la cartera de créditos bruta otorgados bajo la modalidad de microcrédito. La constitución de Deterioros(provisiones) generales adicionales, requerirá de la aprobación de la Asamblea General de Accionistas, con una mayoría decisoria superior al 85% y deberá fundamentarse técnicamente. En virtud del modelo de referencia que aplica Bancompartir, el cual incorpora componentes contracíclicos, se podrá destinar proporcionalmente las deterioros(provisiones) generales efectuadas antes de la aplicación de dichos modelos, a la constitución de deterioros (provisiones) individuales.

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Provisión individual Provisiones para créditos de consumo y microcrédito Las entidades deben mantener en todo momento provisiones no inferiores a los porcentajes que se indican, calculadas sobre el saldo pendiente de pago:

Se entiende por porcentaje mínimo de provisión neto de garantía el porcentaje de provisión que será aplicado sobre el saldo pendiente de pago descontando el valor de las garantías idóneas, teniendo en cuenta las reglas establecidas en el numeral 2.1.4 del presente anexo. Se entiende por porcentaje mínimo de provisión el porcentaje de provisión que será aplicado sobre el saldo pendiente de pago sin descontar el valor de las garantías idóneas. En todo caso, la provisión individual por cada calificación deberá corresponder a la suma de las provisiones que resulten de aplicar el porcentaje mínimo de provisión neta de garantía y el porcentaje mínimo de provisión. Para cubrir el Riesgo de credito el SARC cuenta con un sistema de Deterioro (provisiones) para la cartera de consumo y cartera comercial de acuerdo en función de las pérdidas esperadas que arroja la aplicación del modelo de referencia, para la cartera de microcredito se aplican las políticas de calculo contempladas en la circular basica contable. Deterioro (Provisiones) individuales de cartera de créditos: Son las provisiones que reflejan el RC de los deudores. Se determina de acuerdo con el modelo de referencia, dando cumplimiento al Anexo 3 del Capitulo II para el caso de la cartera comercial y al Anexo 5 del mismo capitulo para el caso de la cartera de consumo. La cartera de microcrédito por su parte se deterirora (provisiona)de acuerdo al modelo de referencia descrito en el Anexo 1 del capitulo II. •

Cálculo de provisiones individuales bajo modelos de referencia

La provisión individual de cartera de créditos bajo los modelos de referencia se establece como la suma de dos componentes individuales, definidos de la siguiente forma: • Componente individual procíclico (en adelante CIP): Corresponde a la porción de la provisión individual de la cartera de créditos que refleja el riesgo de crédito de cada deudor, en el presente. • Componente individual contracíclico (en adelante CIC): Corresponde a la porción de la provisión individual de la cartera de créditos que refleja los posibles cambios en el riesgo de crédito de los deudores en momentos en los cuales el deterioro de dichos activos se incrementa. Esta porción se constituye con el fin de reducir el impacto en el estado de resultados cuando tal situación se presente. Los modelos internos o de referencia tienen en cuenta y calculan este componente con base en la información disponible que refleje esos cambios. En ningún caso, el componente individual contracíclico de cada obligación podrá ser inferior a cero y tampoco podrá superar el valor de la pérdida esperada calculada con la matriz B (Resultado de multiplicar la exposición del deudor, asociado a la garantía teniendo en cuenta el modelo de referencia), así mismo la suma de estos dos componentes no podrá superar el valor de la exposición.

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Provisión total individual cartera microcrédito Sin perjuicio de la provisión general, el Banco debe mantener en todo momento, en relación con sus operaciones de microcrédito, una provisión no inferior al porcentaje que se indica, calculada sobre el saldo pendiente de pago:

Se entiende por porcentaje mínimo de provisión neto de garantía el porcentaje de provisión que será aplicado sobre el saldo pendiente de pago descontado el valor de las garantías idóneas, teniendo en cuenta las reglas establecidas sobre efecto de las garantías idóneas. Se entiende por porcentaje mínimo de provisión el porcentaje de provisión que será aplicado sobre el saldo pendiente de pago sin descontar el valor de las garantías idóneas. En todo caso, la provisión individual por cada calificación deberá corresponder a la suma de los deterioros (provisiones) que resulten de aplicar el porcentaje mínimo de provisión neta de garantía y el porcentaje mínimo de provisión. Provisión total individual cartera comercial Los deterioros( provisiones) totales Individuales de la cartera comercial se calculan conforme al Modelo de Referencia (MRC), establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia, cuya estimación de la pérdida esperada resulta de la siguiente fórmula: PÉRDIDA ESPERADA= [Probabilidad de incumplimiento] x [Exposición del activo en el momento del incumplimiento] x [Pérdida dado el incumplimiento] La probabilidad de incumplimiento corresponde a la probabilidad de que en un lapso de doce (12) meses los deudores de un determinado portafolio de cartera comercial incurran en incumplimiento y se define de acuerdo con las siguientes matrices: Comercial – Matriz A

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Comercial – Matriz B

Pérdida dado el incumplimiento (PDI) para la cartera comercial La pérdida dado el incumplimiento (PDI) se define como el deterioro económico en que incurriría la entidad en caso de que se materialice alguna de las situaciones de incumplimiento a que hace referencia el numeral 3 del Anexo III del Capítulo II de la CE 100 de 1995 de la siguiente manera: a. Se entiende por incumplimiento, sin perjuicio de que la entidad establezca criterios adicionales más exigentes, el evento en el cual una operación de crédito cumple por lo menos con alguna de los siguientes condiciones: • Créditos comerciales que se encuentren en mora mayor o igual a 150 días. • Créditos que según lo establecido en el numeral 1 del Capítulo XX de esta Circular se consideren de tesorería y se encuentren en mora. • Créditos de consumo que se encuentren en mora mayor a 90 días. • Créditos de vivienda que se encuentren en mora mayor o igual a 180 días. • Microcréditos que se encuentren en mora mayor o igual a 30 días. Igualmente se considera incumplimiento las situaciones que a continuación se describen: • Cuando el deudor registre obligaciones castigadas con la entidad o en el sistema, de acuerdo con la información proveniente de las centrales de riesgo o de cualquier otra fuente. • Cuando al momento de la calificación el deudor registre obligaciones reestructuradas con la entidad en la misma modalidad, salvo que se trate de créditos de vivienda reestructurados a solicitud del deudor en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 546 de 1999. • Cuando el deudor se encuentre en un proceso concursal o cualquier clase de proceso judicial o administrativo que pueda conllevar la imposibilidad de pago de la obligación o su aplazamiento. b. El valor expuesto del activo, entendido como el saldo de la obligación al momento del cálculo de la pérdida esperada. Aquellas entidades que dispongan de información histórica pertinente podrán calcular la exposición de los derechos contingentes a través de métodos de reconocido valor técnico. c. La pérdida dado el incumplimiento se define como el deterioro económico en que incurriría la entidad en caso de que se materialice alguna de las situaciones de incumplimiento listadas en el literal b. del presente numeral. La metodología que se adopte debe tener en cuenta, al menos, los siguientes parámetros para la cuantificación de la pérdida dado el incumplimiento: • Debe cuantificar la pérdida en función de las recuperaciones que se han realizado en efectivo sobre el conjunto de créditos incumplidos. • Debe considerar como mínimo los créditos incumplidos durante los últimos tres (3) años. • Debe considerar la existencia e idoneidad de las garantías que respaldan los créditos

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• Las garantías que respaldan las operaciones crediticias son necesarias para calcular las pérdidas esperadas en el evento que se incurra en el no pago, por lo que son fundamentales para determinar el nivel de deterioro( provisiones). Las garantías; sin embargo, no se tienen en cuenta como criterio dentro del proceso de aprobación de las operaciones sino en la determinación y evaluación del riesgo crediticio, es así como Bancompartir acepta garantías hipotecarias, prendarias sobre maquinaria industrial o vehículos y Garantías emitidas por fondos de garantías que administren recursos públicos, que en virtud de lo dispuesto en el Decreto 2555 de 2010 se consideran como seguridades o garantías idóneas. La PDI para deudores calificados en la categoría incumplimiento sufrirá un aumento paulatino de acuerdo con los días transcurridos después de la clasificación en dicha categoría. La PDI por tipo de garantía es la siguiente: Para homologar las distintas garantías presentes en los contratos de crédito con los segmentos anteriormente listados, las entidades deben atender la siguiente clasificación: Garantías Idóneas: Se entienden como garantías idóneas, aquellas garantías que cumplan con las características enunciadas en el literal d) del numeral 1.3.2.3.1 del Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, Este indica que las Las garantías que respaldan la operación son necesarias para calcular las pérdidas esperadas en el evento de no pago y, por consiguiente, para determinar el nivel de las provisiones. se entiende por garantías idóneas aquellas seguridades debidamente perfeccionadas que tengan un valor establecido con base en criterios técnicos y objetivos, que ofrezcan un respaldo jurídicamente eficaz al pago de la obligación garantizada (por ejemplo, al otorgar a la entidad acreedora una preferencia o mejor derecho para obtener el pago de la obligación) cuya posibilidad de realización sea razonablemente adecuada. No se pueden considerar como garantías idóneas aquellas sean calificadas como no admisibles. Para evaluar el respaldo ofrecido y la posibilidad de realización de cada garantía se deben considerar como mínimo los siguientes factores: naturaleza, valor, cobertura y liquidez de las garantías. Adicionalmente, las entidades deben estimar los potenciales costos de su realización y considerar los requisitos de orden jurídico necesarios para hacerlas exigibles en cada caso. i) • • • • • •

Colateral Financiero Admisible (CFA): Se clasifican como CFA las siguientes garantías: Depósitos de dinero en garantía tienen una PDI de 0%. Cartas Stand By tienen una PDI de 0%. Seguros de crédito tienen una PDI de 12%. Garantía Soberana de la Nación (Ley 617 de 2000) tiene una PDI de 0%. Garantías emitidas por fondos de garantías que administren recursos públicos tienen una PDI de 12%. Títulos valores endosados en garantía emitidos por instituciones financieras tienen una PDI de 12%.

ii) Bienes raíces comerciales y residenciales. iii) Bienes dados en leasing inmobiliario. iv) Bienes dados en leasing diferente a inmobiliario. v) Derechos de cobro: Garantías que otorgan el derecho de cobrar rentas o flujos comerciales relacionados con los activos subyacentes del deudor. vi) Otras garantías idóneas: Se clasifican dentro de esta categoría las garantías que no se enuncien en los literales anteriores y las garantías a que se refiere la Ley 1676 de 2013 (garantías mobiliarias). 1. Garantía no Idónea: Se clasifican dentro de esta categoría las garantías (incluidas aquellas mobiliarias) que no cumplan con las características enunciadas en el literal d) del numeral 1.3.2.3.1 del capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera tales como avalistas y codeudores. 2. Sin Garantía: Se clasifican dentro de esta categoría todas las obligaciones que no cuenten con garantía alguna.

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Así, para cada deudor se obtendrá una PDI diferente de acuerdo con el tipo de garantía, la cual se aplicará sobre el porcentaje real de cubrimiento que representa esa garantía respecto de la obligación. Deterioro totales individuales cartera de consumo Bancompartir como entidad obligada a implementar el SARC y con cartera de consumo, estableció un modelo de otorgamiento de crédito que permita clasificar y calificar según el riesgo a los potenciales sujetos de crédito, considerando lo establecido en el numeral 1.3.2.3.1 anexo 5 del Capítulo II de la CE 100 de 1995. Segmentos del MRCO El modelo de referencia para cartera de consumo MRCO se basa en segmentos diferenciados según los productos y los establecimientos de crédito que los otorgan, con el fin de preservar las particularidades de los nichos de mercado y de los productos otorgados. Los siguientes son los segmentos definidos para el MRCO a. General-Automóviles: Créditos otorgados por establecimientos de crédito diferentes a las Compañías de Financiamiento Comercial (CFC) para adquisición de automóviles. b. General-Otros: Créditos otorgados por establecimientos de crédito diferentes a las Compañías de Financiamiento Comercial (CFC) para adquisición de bienes de consumo diferentes a automóviles. En este segmento no se incluyen las tarjetas de crédito. c. Tarjeta de Crédito: Crédito rotativo para la adquisición de bienes de consumo que se utiliza a través de una tarjeta plástica. En este segmento no se establece diferenciación por tipo de entidad. Definición del incumplimiento en el MRCO El incumplimiento en el MRCO se establece a partir de los casos descritos en el literal b del numeral 1.3.3.1 de la circular externa 100 de 1995 Capitulo II, asi: Se entiende por incumplimiento, sin perjuicio de que la entidad establezca criterios adicionales más exigentes, el evento en el cual una operación de crédito cumple por lo menos con alguna de las siguientes condiciones: i) ii) iii) iv) v)

Créditos comerciales que se encuentren en mora mayor o igual a 150 días. Créditos que según lo establecido en el numeral 1 del Capítulo XX de esta Circular se consideren de tesorería y se encuentren en mora. Créditos de consumo que se encuentren en mora mayor a 90 días. Créditos de vivienda que se encuentren en mora mayor o igual a 180 días. Microcréditos que se encuentren en mora mayor o igual a 30 días.

No obstante, para efectos de los reportes de endeudamiento a la SFC y a las centrales de riesgo las entidades deben clasificar los créditos y homologarlos observando las reglas previstas en el numeral 2.2 del presente capítulo. Igualmente se considera incumplimiento las situaciones que a continuación se describen: • Cuando el deudor registre obligaciones castigadas con la entidad o en el sistema, de acuerdo con la información proveniente de las centrales de riesgo o de cualquier otra fuente. • Cuando al momento de la calificación el deudor registre obligaciones reestructuradas con la entidad en la misma modalidad, salvo que se trate de créditos de vivienda reestructurados a solicitud del deudor en aplicación de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 546 de 1999. • Cuando el deudor se encuentre en un proceso concursal o cualquier clase de proceso judicial o administrativo que pueda conllevar la imposibilidad de pago de la obligación o su aplazamiento.

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Metodología de calificación del MRCO Para los deudores que en el momento de la calificación no pertenezcan a la categoría de incumplimiento, Bancompartir aplica el siguiente modelo dependiendo del segmento a calificar. Este modelo calcula un puntaje, el cual es producto de las características particulares de cada deudor y está dado por la aplicación de la siguiente ecuación:

Donde, Z varía de acuerdo al segmento al cual pertenece el deudor. Finalmente sobre este puntaje se establecen las calificaciones de acuerdo con la tabla del numeral 4.2.6 del anexo 5 de la CE 100 de 1995. Con base en los puntajes arrojados por cada uno de los modelos para cada cliente, se busca determinar una calificación en la nueva escala establecida. Los puntos de corte de cada calificación en el puntaje producido son los siguientes:

Las entidades deberán calificar a los deudores en categorías de mayor riesgo, cuando cuenten con elementos de riesgo adicionales que sustenten dicho cambio. Rangos de calificación. Con base en los puntajes del Z arrojados por cada uno de los modelos para cada cliente, se busca determinar una calificación en la nueva escala establecida. Los puntos de corte de cada calificación en el puntaje producido son los siguientes:

Bancompartir califica a los deudores en categorías de mayor riesgo, con base en los elementos de riesgo adicionales que sustentan dicho cambio.

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Componentes del MRCO La estimación de la pérdida esperada en el marco del MRCO resulta de la aplicación de la siguiente fórmula, donde las pérdidas esperadas se constituyen en deteriorode acuerdo con lo expuesto en el numeral 7 del anexo 5 del Capítulo II de la CE 100 de 1995: PÉRDIDA ESPERADA= [Probabilidad de incumplimiento] x [Exposición del activo en el momento del incumplimiento] x [Pérdida dado el incumplimiento] El modelo de referencia de cartera de consumo permite determinar los componentes de la pérdida esperada de acuerdo con los siguientes parámetros: La probabilidad de incumplimiento Corresponde a la probabilidad de que en un lapso de doce (12) meses los deudores de un determinado segmento y calificación de cartera de consumo incurran en incumplimiento, de acuerdo con el numeral 3 del anexo 5 del capítulo II de la CE 100. La probabilidad de incumplimiento se define de acuerdo con las siguientes matrices: Matriz A

Matriz B

De esta manera, para cada deudor-segmento de cartera de consumo se obtiene la probabilidad de migrar entre su calificación vigente y la calificación de incumplimiento en los próximos 12 meses de acuerdo con el ciclo del comportamiento general del riesgo de crédito. Para efectos de la asignación de la probabilidad de incumplimiento, Bancompartir en primera instancia, da cumplimiento a lo establecido en el literal a. del numeral 2.2.4 del Capítulo II de la CE 100 y posteriormente sobre la calificación alineada asigna la probabilidad de incumplimiento correspondiente a cada uno de los segmentos. La pérdida dado el incumplimiento (PDI) La PDI para deudores calificados en la categoría incumplimiento sufrirá un aumento paulatino de acuerdo con los días trascurridos después de la clasificación en dicha categoría

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La PDI por tipo de garantía será la siguiente:

Para homologar las distintas garantías presentes en los contratos de crédito con los segmentos anteriormente listados, las entidades deben atender la siguiente clasificación: 1. Garantías Idóneas: Se entienden como garantías idóneas, aquellas garantías que cumplan con las características enunciadas en el literal d) del numeral 1.3.2.3.1 del Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera. i) Colateral Financiero Admisible (CFA): Se clasifican como CFA las siguientes garantías: • • • • • •

Depósitos de dinero en garantía tienen una PDI de 0%. Cartas Stand By tienen una PDI de 0%. Seguros de crédito tienen una PDI de 12%. Garantía Soberana de la Nación (Ley 617 de 2000) tiene una PDI de 0%. Garantías emitidas por fondos de garantías que administren recursos públicos tienen una PDI de 12%. Títulos valores endosados en garantía emitidos por instituciones financieras tienen una PDI de 12%.

ii) Bienes raíces comerciales y residenciales. iii) Bienes dados en Leasing Inmobiliario. iv) Bienes dados en Leasing diferente a Inmobiliario. v) Derechos de cobro (DC): Garantías que otorgan el derecho de cobrar rentas o flujos comerciales relacionados con los activos subyacentes del deudor. vi) Otras garantías idóneas: Se clasifican dentro de esta categoría las garantías que no se enuncien en los literales anteriores y a las garantías que se refiere la Ley 1676 de 2013 (Garantías Mobiliarias). 2. Garantía no Idónea: Se clasifican dentro de esta categoría las garantías (incluidas aquellas mobiliarias) que no cumplan con las características enunciadas en el literal d) del numeral 1.3.2.3.1 del Capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera tales como codeudores, avalistas y garantía por libranza. Se entiende por garantías no idóneas aquellas que no cumplen con las seguridades debidamente perfeccionadas que no tengan un valor establecido con base en criterios técnicos y objetivos, que no ofrezcan un respaldo jurídicamente eficaz al pago de la obligación garantizada (por ejemplo, al otorgar a la entidad acreedora una preferencia o mejor derecho para obtener el pago de la obligación) cuya posibilidad de realización sea razonablemente adecuada. 3. Sin Garantía: Se clasifican dentro de esta categoría todas las obligaciones que no cuenten con garantía alguna. Así, para cada deudor se obtendrá una PDI diferente de acuerdo con el tipo de garantía, la cual se aplicará sobre el porcentaje real de cubrimiento que representa esa garantía respecto de la obligación.

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Valor expuesto del activo Dentro del MRCO, se entiende por valor expuesto del activo al saldo vigente de capital, intereses, cuentas por cobrar de intereses y otras cuentas por cobrar, de las obligaciones de la cartera de consumo. Componente contracíclico del MRCO Las políticas de deterioro(provisiones) consideran explícitamente los ajustes contracíclicos, de manera que en los períodos de mejora en la calidad crediticia se constituyan mayores provisiones de las que serían necesarias en tales condiciones, a fin de compensar, almenos en parte, las que deberían constituirse en períodos de deterioro en la calidad crediticia. El MRCO incorpora el componente contracíclico en el cálculo de PI, al utilizar una metodología que permite definir el comportamiento del riesgo de crédito para cada año. Así, la SFC obtiene matrices de migraciones para diferentes fases del riesgo de crédito. Castigos de cartera y de otros activos Al menos una vez semestralmente se presenta a la Junta Directiva de Bancompartir, si los hubiere, solicitud de castigos de cartera y de los activos relacionados, justificando plenamente las razones que ameriten esa decisión, haciendo énfasis en los conceptos jurídicos y los esfuerzos aplicados en busca de su recaudo. Lo cual va acompañado de un diagnóstico en cuanto al sector económico y oficina en la que se generan tales castigos. Las obligaciones sujetas de castigo están provisionadas cien por ciento (100%) y calificadas en “E” conforme las definiciones establecidas por la Superintendencia Financiera. Una vez aprobados los castigos se informa a la Superintendencia Financiera, de acuerdo con la normatividad existente para el efecto. Garantías Criterios para la exigencia y aceptación de garantías Para atender efectivamente sus programas crediticios dirigidos a la Micro, Pequeña y Mediana empresa, Bancompartir solicita las garantías adecuadas y de acuerdo con el producto, que le permitan operar dentro de márgenes aceptables de riesgo y mercado. Las garantías son en esencia un criterio para respaldar la eventualidad de no-pago y, consecuentemente del riesgo y la constitución de los deterioros (provisiones) respectivas y, no serán criterio o elemento primordial en la aprobación de un crédito, el cual se efectúa fundamentalmente sobre la capacidad de pago del sujeto de crédito y no sobre las garantías. Bancompartir estudia los casos especiales que requieran sustitución de garantías. En caso de aceptarse, la nueva garantía deberá cumplir todos los requisitos originalmente exigidos y deberá ser aprobada por la misma entidad. Por tipo de crédito Bancompartir establece diferentes tipos de garantías en función de los productos del portafolio y sus montos. Para determinar el porcentaje de cobertura máximo de las garantías idóneas o admisibles que Bancompartir acepta, se establecen los siguientes criterios:

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• Hipotecas en primer grado. La cobertura será hasta por un setenta por ciento (70%) del valor del avalúo del inmueble. No se aceptará la constitución de garantía hipotecaria a favor de Bancompartir respecto de bienes inmuebles sometidos a patrimonio de familia inembargable o afectación a vivienda familiar anteriores a la solicitud de crédito de Bancompartir. • Hipotecas en segundo grado. Se acepta este tipo de garantías con autorización expresa por parte del Gerente General del Banco y siempre que: (i) la hipoteca en primer grado sea cerrada y de cuantía determinada, constituida a favor de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia; (ii) el acreedor hipotecario lo autorice expresamente; (iii) la hipoteca así constituida no tendrá porcentaje de cobertura, salvo en el caso de préstamos para empleados. • Prenda sobre Maquinaria. En éste caso la cobertura será así: (i) Si se trata de bienes nuevos hasta por el cincuenta por ciento (50%) del valor del avalúo de los mismos; (ii) Para maquinaria usada la cobertura máxima será hasta el cuarenta por ciento (40%) del valor en que se avalúen los bienes. • Prenda sobre vehículos. La cobertura será así: (i) Si se trata de vehículos nuevos o usados hasta cuatro (4) años de antigüedad y para uso particular: hasta por el setenta por ciento (70%) del valor del avalúo de los mismos, cuando se trate de vehículos de transporte público o relacionados con la actividad de comercio adelantada por el empresario la cobertura será del sesenta por ciento (60%) delvalor del avalúo; (ii) Para vehículos usados con antigüedad superior a cuatro años y hasta diez (10) años la cobertura máxima será hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor en que se avalúen los bienes independientemente de su destinación. • Bienes dados en Leasing. Los activos entregados en arrendamiento financiero o leasing, se computarán por el cincuenta por ciento (50%) del valor del bien. Este porcentaje será del setenta y cinco por ciento (75%) cuando, a juicio de la entidad, el bien dado en arrendamiento financiero no sea susceptible de enajenarse fácilmente en el mercado secundario sin pérdida significativa sobre su valor en libros. • Garantías emitidas por fondos de garantías que administren recursos públicos. La cobertura se determina de acuerdo con el porcentaje amparado por el Fondo y tan sólo respaldará el capital de las obligaciones. • Certificados de Garantía USAID. La cobertura se determina de acuerdo con el porcentaje amparado por USAID y para los clientes y zonas establecidas en el convenio, y tan sólo respaldará el capital de las obligaciones. • Otras Garantías: Las restantes coberturas se determinan según los criterios establecidos en el Decreto 2555 de 2010, así como por lo establecido en el capítulo II de la Circular 100 de la Superintendencia Financiera de Colombia o cualquier otra norma que lo adicione, modifique o sustituya. Reglas de Alineamiento La entidad realiza el alineamiento de las calificaciones de sus deudores atendiendo los siguientes criterios: • Previo al proceso de constituciòn de deterioros (provisiones) y homologaciòn de calificaciones segùn lo establecido en el literal b del numeral 2.2. del Capìtulo II de la Circular 100 de 1995, la entidad mensualmente y para cada deudor, realiza el proceso de alineamiento interno, para lo cual se llevan a la categorìa de mayor riesgo los crèditos de la misma modalidad otorgados a éste, salvo que se demuestre a la SFCla existencia de razones suficientes para su calificaciòn en una categoria de menor riesgo.

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Efecto de las garantías sobre los Deterioros (provisiones) Para efectos de la constitución de deterioros provisiones individuales de la cartera de Microcrédito, las garantías sólo respaldan el capital de los créditos. En consecuencia, los saldos por amortizar de los créditos amparados con seguridades que tengan el carácter de garantías idóneas, incluidas aquellas mobiliarias que cumplan con las características enunciadas en el literal d) del numeral 1.3.2.3.1 del capítulo II de la Circular Básica Contable y Financiera, se deterioraran(provisionan) en el porcentaje que corresponda según lo establecido en el presente anexo 1 de la normatividad citada. No obstante, dependiendo de que la garantía sea o no hipotecaria y del tiempo de mora del respectivo crédito, para la constitución de deterioros (provisiones), para la cartera de Microcrédito, sólo se considerarán los porcentajes del valor total de la garantía así: Para garantías no hipotecarias:

Para garantías hipotecarias o fiducias en garantía hipotecarias idóneas:

Las cartas de crédito stand by y las garantías otorgadas por fondos de garantías que administren recursos públicos que cumplan las condiciones señaladas en el literal d) del numeral 1.3.2.3.1 del Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995, se toman por el 100% de su valor para efectos de la constitución de deterioros(provisiones) individuales las cuales se calculan de conformidad con lo señalado en el párrafo anterior. Para efectos de deterioros (provisiones) no se tienen en cuenta como garantía idónea, las siguientes: • Garantías prendarias que versen sobre establecimientos de comercio o industriales del deudor. • Garantías hipotecarias sobre inmuebles en donde opere o funcione el correspondiente establecimiento, salvo los casos en que Bancompartir determine que es posible escindir el inmueble del establecimiento y que el valor de mercado de estos inmuebles no está directamente relacionado con el funcionamiento del establecimiento. • Garantías sobre inmuebles por destinación que formen parte del respectivo establecimiento. Procesos de control interno El diseño e implementación de un esquema para la administración del RC cuenta con procesos de control interno, mediante los cuales se verifica la implementación de las metodologías, procedimientos y, en general el cumplimiento de todas las reglas de su funcionamiento, incluyendo especialmente el oportuno flujo de

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información a la Junta Directiva y al nivel administrativo del Banco. Evaluación y recalificación de la cartera de créditos Bancompartir evalua permanentemente el riesgo de su cartera de créditos introduciendo las modificaciones del caso en las respectivas calificaciones cuando haya nuevos análisis o información que justifiquen dichos cambios. Atendiendo las políticas establecidas por el Banco, a través del comité de evaluación de cartera designado por la Junta Directiva, que se reune mensualmente para tales efectos. Para el adecuado cumplimiento de esta obligaciòn se considera el comportamiento crediticio del deudor con otras entidades y particularmente, si al momento de la evaluaciòn el deudor registra obligaciones reestructuradas de acuerdo con la informaciòn proveniente de las centrales de riesgo o cualquier otra fuente. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad realiza la evaluciòn y recalificaciòn de su cartera de credito en los siguientes casos: Cuando los créditos incurren en mora después de haber sido reestructurados, evento en el cual se recalifican inmediatamente. Como minimo en los meses de mayo y noviembre, en cumplimiento de lo señalado en la norma legal vigente en el anexo 3 del capitulo II de la circular 100 y con la aplicación de la metodología interna de seguimiento y calificación de la cartera comercial, La evaluación será realizada por el Comitéde Evaluación y Calificación de Cartera y los resultados se registrarán al cierre del mes siguiente. Reglas sobre calificación del riesgo crediticio Cartera de microcrédito Los contratos otorgados bajo la modalidad de Microcrédito deben clasificarse en una de las siguientes categorías de riesgo crediticio. Sin embargo, la entidad clasifica en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones que se detallan a continuación presente mayor riesgo por otros factores Categoría “A”: Crédito con riesgo crediticio NORMAL. Los créditos calificados en esta categoría reflejan una estructuración y atención apropiadas. Los estados financieros de los deudores o los flujos de caja del proyecto, así como la demás información crediticia, indican una capacidad de pago adecuada, en términos del monto y origen de los ingresos con que cuentan los deudores para atender los pagos requeridos. Categoría “B”: Crédito con riesgo ACEPTABLE. Los créditos calificados en esta categoría están aceptablemente atendidos y protegidos, pero existen debilidades que potencialmente pueden afectar, transitoria o permanentemente, la capacidad de pago del deudor o los flujos de caja del proyecto, en forma tal que, de no ser corregidas oportunamente, llegarían a afectar el normal recaudo del crédito ocontrato. Es condición objetiva suficiente para que un crédito tenga que estar clasificado tener un rango de mora de más de 1 mes y hasta 2 meses. Categoría “C”: Crédito deficiente, con riesgo APRECIABLE. Se califican en esta categoría los créditos o contratos que presentan insuficiencias en la capacidad de pago del deudor o en los flujos de caja del proyecto, que comprometan el normal recaudo de la obligación en los términos convenidos. Es condición objetiva suficiente para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría, tener un rango de mora de más de 2 meses y hasta 3 meses.

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Categoría “D”: Crédito de difícil cobro, con riesgo SIGNIFICATIVO. Es aquél que tiene cualquiera de las características del deficiente, pero en mayor grado, de tal suerte que la probabilidad de recaudo es altamente dudosa. Es condición objetiva suficiente para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría tener un rango de mora de más de 3 meses y hasta 4 meses. Categoría “E”: Crédito IRRECUPERABLE. Es aquél que se estima incobrable. Es condición objetiva suficiente para que un crédito tenga que estar clasificado en esta categoría tener mora de más de 4 meses. Créditos comerciales Los contratos de cartera comercial deben clasificarse en una de las siguientes categorías de riesgo crediticio. Sin embargo, la entidad clasifica en categorías de mayor riesgo a deudores que independientemente de que cumplan con las condiciones a continuación, presenten mayor riesgo por otros factores. Así mismo, la calificación asignada al momento de otorgamiento tendrá validez sólo en el primer reporte de calificación, periodo después del cual el crédito se mantendrá en esta categoría si no presentó una mora en sus obligaciones diferente a la definida para cada categoría: Categoría “AA”: Los créditos calificados en esta categoría reflejan una estructuración y atención excelente. Los estados financieros de los deudores o los flujos de caja del proyecto, así como la demás información crediticia, indican una capacidad de pago optima, en términos del monto y origen de los ingresos con que cuentan los deudores para atender los pagos requeridos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • Los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “AA”. • Los créditos ya otorgados que no presenten mora superior a 29 días en sus obligaciones contractuales, esto es entre 0 y 29 días en mora. Categoría “A”: Los créditos calificados en esta categoría reflejan una estructuración y atención apropiadas. Los estados financieros de los deudores o los flujos de caja del proyecto, así como la demás información crediticia, indican una capacidad de pago adecuada, en términos del monto y origen de los ingresos con que cuentan los deudores para atender los pagos requeridos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • En esta categoría se deben clasificar los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “A”. • Los créditos ya otorgados que presenten mora superior o igual a 30 días e inferior a 60 días en sus obligaciones contractuales, esto es entre 30 y 59 días en mora. Categoría “BB”: Los créditos calificados en esta categoría están atendidos y protegidos de forma aceptable, pero existen debilidades que potencialmente pueden afectar, transitoria o permanentemente, la capacidad de pago del deudor o los flujos de caja del proyecto, en forma tal que, de no ser corregidas oportunamente, llegarían a afectar el normal recaudo del crédito o contrato. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • En esta categoría se deben clasificar los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “BB”. • Los créditos ya otorgados que presenten mora superior o igual a 60 días e inferior a 90 días en sus obligaciones contractuales, esto es entre 60 y 89 días en mora. Categoría “B”: Se califican en esta categoría los créditos o contratos que presentan insuficiencias en

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la capacidad de pago del deudor o en los flujos de caja del proyecto, que comprometan el normal recaudo de la obligación en los términos convenidos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • En esta categoría se deben clasificar los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “B”. • Los créditos ya otorgados que presenten mora superior o igual a 90 días e inferior a 120 días en sus obligaciones contractuales, es decir entre 90 y 119 días en mora. Categoría “CC”: Se califican en esta categoría los créditos o contratos que presentan graves insuficiencias en la capacidad de pago del deudor o en los flujos de caja del proyecto, que comprometan significativamente el recaudo de la obligación en los términos convenidos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • En esta categoría se deben clasificar los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “CC”. • Los créditos ya otorgados que presenten mora superior o igual a 120 días e inferior a 150 días en sus obligaciones contractuales, es decir entre 120 y 149 días en mora. Categoría “incumplimiento”: Las condiciones objetivas mínimas para que el crédito sea calificado en esta categoría son los eventos descritos en el literal b del numeral 1.3.3.1 del capítulo II de la CE 100 de 1995. Créditos de consumo Los contratos de cartera de consumo se califican en una de las siguientes categorías de riesgo crediticio, según las definiciones que a continuación se establecen: Categoría “AA”: Los créditos calificados en esta categoría reflejan una atención excelente. El análisis de riesgo sobre el deudor refleja una capacidad de pago óptima y un comportamiento crediticio excelente que garantiza el recaudo de la obligación en los términos convenidos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • Los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “AA”. • Los créditos cuya calificación obtenida por la aplicación de la metodología de calificación del MRCO establecida en el numeral 4.2 del Anexo 5 de la CE 100 de 1995, sea igual a “AA”. Categoría “A”: Los créditos calificados en esta categoría reflejan una atención adecuada. El análisis de riesgo sobre el deudor refleja una capacidad de pago apropiada y un comportamiento crediticio adecuado que permite inferir estabilidad en el recaudo de la obligación en los términos convenidos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • Los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “A”. • Los créditos cuya calificación obtenida por la aplicación de la metodología de calificación del MRCO establecida en el numeral 4.2 del Anexo 5 de la CE 100 de 1995, sea igual a “A”. Categoría “BB”: Los créditos calificados en esta categoría reflejan una atención aceptable. El análisis de riesgo sobre el deudor muestra debilidades en su capacidad de pago y comportamiento crediticio que potencialmente pueden afectar, transitoria o permanentemente, el normal recaudo de la obligación en los términos convenidos.

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Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • Los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “BB”. • Los créditos cuya calificación obtenida por la aplicación de la metodología de calificación del MRCO establecida en el numeral 4.2 del Anexo 5 de la CE 100 de 1995, sea igual a “BB”. Categoría “B”: Los créditos calificados en esta categoría reflejan una atención deficiente. El análisis de riesgo sobre el deudor muestra insuficiencias en la capacidad de pago y un comportamiento crediticio deficiente, afectando el normal recaudo de la obligación en los términos convenidos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • Los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “B”. • Los créditos cuya calificación obtenida por la aplicación de la metodología de calificación del MRCO establecida en el numeral 4.2 del Anexo 5 de la CE 100 de 1995, sea igual a “B”. Categoría “CC”: Los créditos calificados en esta categoría presentan graves insuficiencias en la capacidad de pago del deudor y en su comportamiento crediticio, afectando significativamente el recaudo de la obligación en los términos convenidos. Son condiciones objetivas mínimas para que un crédito esté clasificado en esta categoría: • Los créditos nuevos cuya calificación asignada al momento de otorgamiento sea “CC”. • Los créditos cuya calificación obtenida por la aplicación de la metodología de calificación del MRCO establecida en el numeral 4.2 del Anexo 5 de la CE 100 de 1995, sea igual a “CC”. Categoría “incumplimiento”: Las condiciones objetivas mínimas para que el crédito sea calificado en esta categoría son los eventos descritos en el literal b del numeral 1.3.3.1 del Capítulo II de la CE 100. Las entidades deberán clasificar en categorías de mayor riesgo a los deudores que independientemente de que se ajusten a las definiciones señaladas en los ítems anteriores, presenten mayor riesgo por otros factores. Reglas sobre homologación de calificaciones Para efectos de homologar las calificaciones de riesgo en los reportes de endeudamiento y en el registro en los estados financieros Bancompartir aplica las siguientes tablas según corresponda: Cartera Comercial:

Cuando en virtud de la implementación del modelo de referencia adoptado por la SFC Bancompartir califique a sus clientes como incumplidos éstos deberán ser homologados de la siguiente manera: • Categoría agrupada E = Aquellos clientes incumplidos cuya PDI asignada sea igual al cien por ciento (100%).

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• Categoría agrupada D = Los demás clientes calificados como incumplidos. Cartera de Consumo:

Cuando en virtud de la implementación del modelo de referencia adoptado por la SFC, Bancompartir califica a sus clientes como incumplidos éstos son homologados de la siguiente manera: • Categoría agrupada E = Aquellos clientes incumplidos cuya PDI asignada sea igual al cien por ciento (100%). • Categoría agrupada D = Los demás clientes calificados como incumplidos. Para efectos de la homologación en la cartera de consumo, la mora actual a la que se refiere la tabla anterior, debe entenderse como la máxima que registra el deudor en los productos alineados. Créditos reestructurados Se entiende por reestructuración de un crédito cualquier mecanismo excepcional, instrumentado mediante la celebración y/o ejecución de cualquier negocio jurídico, que tenga por objeto modificar las condiciones originalmente pactadas con el fin de permitirle al deudor la atención adecuada de su obligación ante el real o potencial deterioro de su capacidad de pago. Adicionalmente, se consideran reestructuraciones los acuerdos celebrados en el marco de las Leyes 550 de 1999, 617 de 2000 y 1116 de 2006 o normas que las adicionen o sustituyan, así como las reestructuraciones extraordinarias y las novaciones. Las reestructuraciones no pueden convertirse en una práctica generalizada para regularizar el comportamiento de la cartera de créditos. No se consideran reestructuraciones los alivios crediticios ordenados por leyes, como fue el caso de los establecidos en la Ley 546 de 1999 para la Ley de vivienda donde crea nuevos Sistemas de amortización y Condiciones de los créditos de vivienda individual. 3.4

Préstamos y otras partidas por cobrar

Los préstamos y partidas por cobrar son activos financieros con pagos fijos o determinables que no se cotizan en un mercado activo. Estos activos inicialmente se reconocen al valor razonable más cualquier costo de transacción directamente atribuible. Posterior al reconocimiento inicial, los préstamos y partidas por cobrar se miden al costo amortizado usando el método de interés efectivo, menos las pérdidas por deterioro. El tratamiento de las otras cuentas por cobrar diferentes a cartera de crédito se realiza de acuerdo a la NIC 39, cuyo reconocimiento se da cuando surge el derecho de cobro por parte de la entidad por conceptos originados en ingresos de actividades diferentes a cartera de crédito. Las cuentas por cobrar se miden inicialmente por el valor razonable del efectivo a recibir, expresado en la factura o documento que los origine el deterioro de valor se determina si hay evidencia objetiva

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de que se ha producido un evento de pérdida y que se puede estimar de forma fiable. Entre la evidencia de riesgos de incobrabilidad que debe el cual debe documentarse. Los anticipos de proveedores, contratos, impuestos y empleados se reconocen como activos no financiero y se reconocieron en el gasto en el momento que se recibieron los bienes y servicios. Su presentación en el estado de situación financiera se mostrara como activos no financieros. Se reconocerá el deterioro de valor sólo si hay evidencia objetiva de que se ha producido un evento de pérdida y que se puede estimar de forma fiable Los principales criterio que se utilizan para determinar que existe evidencia objetiva de una pérdida por deterioro son: • Dificultades financieras significativas del emisor o del obligado. • Un incumplimiento de contrato, tales como no pagos o retrasos en el interés o del pago principal. • La Empresa, por razones económicas o legales relacionadas con dificultades financieras del prestatario, le conceda al prestatario una concesión que de otro modo no hubiera considerado. • Resulta probable que el prestatario entre en quiebra o en saneamiento financiero. • La desaparición de un mercado activo para el activo financiero debido a dificultades financieras. • Los datos observables indican que existe una disminución significativa en los flujos 3.5

Políticas de la Gestión del Riesgo de los instrumentos financieros

La política y gestión del riesgo financiero es prudencial, pues el Banco no destina sus recursos a la adquisición de instrumentos con alta volatilidad en el mercado ni adquiere inversiones con fines especulativos. Los riesgos en materia de tasas de cambio, índices bursátiles y otros factores que pudieren afectar significativamente los resultados ordinarios de la entidad son identificados, analizados, evaluados, gestionados y controlados de forma sistemática y con criterios uniformes. Las posiciones en el mercado y los riesgos asumidos están relacionados fundamentalmente con las operaciones normales de la entidad y se gestionan con criterios que permitan balancear su importancia (probabilidad/impacto) y los medios necesarios para reducirlo (incluyendo la inversión que para ello fuere necesaria). Un activo financiero se da de baja únicamente cuando expiran los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo y se transfieren de manera sustancial los riesgos y ventajas inherentes a su propiedad. Si se continúa reteniendo el control del activo transferido, se reconoce la participación y la obligación asociada por los montos que tendría que pagar, en la medida de su implicación continuada. Ver Nota 36 sobre revelaciones de administración de los riesgos 3.6

Propiedades, planta y equipo

3.6.1 Bases de medición y principales políticas Las propiedades, planta y equipo comprenden los bienes tangibles de la entidad que se utilizan para la prestación de servicios o para generar ingresos producto de su actividad principal. Estos bienes no están disponibles para la venta en el ciclo normal de operaciones y su vida útil probable en condiciones normales de utilización, excede de un año. El costo de los activos incluye el precio de adquisición, el IVA no descontable y todos los costos directamente relacionados con su adecuación a las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia, así como los costos que se podría incurrir para su desmantelamiento. Las Propiedades, Planta y Equipo se miden al costo menos la depreciación acumulada y los deterioros de valor. La medición posterior de los bienes inmuebles se reconocerá al modelo de revaluación. Los demás elementos de propiedades planta y equipo se aplicará el modelo del costo.

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Las vidas útiles definidas representan la realidad económica y financiera dado que se refieren al periodo en el cual estos bienes serán utilizados o el número de unidades de producción, según sea el caso. La depreciación de los activos inicia desde el momento que los bienes se encuentran disponibles para ser utilizados en la ubicación y condiciones necesarias para su uso. La depreciación se calcula linealmente durante la vida útil estimada. Cada activo es estudiado cuidadosamente para determinar su vida útil. Al cierre de cada estado financiero anual, o cuando se estima necesario, se analiza el valor de los activos para determinar si se presenta algún indicio, tanto interno como externo, de la existencia de pérdidas de valor de tales activos. Un elemento de la propiedad planta y equipo es dado de baja en el momento que no se esperan recibir beneficios futuros económicos de su uso o disposición. Las pérdidas o utilidades que surjan de la baja de activos fijos son incluidas en el estado de resultados en el periodo en que se da de baja. 3.6.2 Métodos de depreciación utilizados y vidas útiles La depreciación se calcula, aplicando el método de línea recta, sobre el costo de adquisición de los activos, menos su valor residual en el caso de los edificios y de acuerdo con sus vidas útiles estimadas por la gerencia del Banco; entendiéndose que los terrenos sobre los que se construyen los edificios y otras edificaciones tienen una vida útil indefinida y que, por tanto, no son objeto de depreciación. La depreciación se registra con cargo a resultados. Las vidas útiles estimadas por la gerencia para calcular la depreciación de propiedades y equipo son las siguientes: • • • •

Construcción y edificaciones 100 años Equipos de oficina 10 años Equipos de comunicación y cómputo 5 años Vehículos 5 años

La entidad estableció unas vidas útiles diferentes a las establecidas en las normas tributarias para los bienes inmuebles, para los bienes muebles la entidad consideró que las que vidas útiles que traía se cumplían con los criterios de uso del bien. Los elementos de propiedad, planta y equipo se deprecian desde la fecha en la que están y en condiciones de ser usados. Cuando se sustituyen partes o cuando la relación costo-beneficio de separar los componentes permite un mayor detalle de las diferentes partes de un elemento de las propiedades planta y equipo, la depreciación se realiza por cada componente identificado. El Banco ha mantenido medidas necesarias para la conservación y protección de las propiedades y equipo. Del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2015 existen pólizas de seguro multiriesgo que cubre riesgos de sustracción, incendio y/o rayo, temblor, asonada y equipo electrónico. 3.7 Arrendamientos Los arrendamientos operativos son aquellos en los cuales el arrendador retiene sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del bien arrendado. Los pagos en arrendamientos operacionales son reconocidos linealmente como gasto en el estado de resultados durante la vigencia del contrato.

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Un arrendamiento financiero es un tipo de arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo, aunque la propiedad del mismo no sea transferida. El que un arrendamiento sea financiero u operativo dependerá de la esencia económica y naturaleza de la transacción, más que de la mera forma del contrato. Los bienes recibidos en arrendamiento en su recepción inicial también son clasificados en arrendamientos financieros u operativos. Los contratos de arrendamiento que se clasifiquen como financieros se incluyen en el balance como propiedades, planta y equipos de uso propio según su objeto y se contabilizan inicialmente en el activo y en el pasivo simultáneamente por un valor igual al valor razonable del bien recibido en arrendamiento o bien por el valor presente de los pagos mínimos del arrendamiento, si este fuera menor. Después del reconocimiento inicial, el activo es contabilizado de acuerdo con la política contable aplicable, referente a la depreciación el activo este se deprecia por el menor entre el plazo del contrato de arrendamiento y la vida útil de los activos que se posean en la entidad, Bancompartir ha realizado contrato de arrendamiento de vehículo con Leasing Popular, el cual cumple las condiciones para ser reconocido como arrendamiento financiero. El Banco adicionalmente presenta contratos de arrendamientos que por sus características no se clasifican como arrendamientos Financieros debido a que no existe una transferencia sustancial de riesgos y ventajas de la propiedad arrendada, razón por la cual se clasifican como arrendamientos operativos, como es el caso de los contratos de arrendamientos de locales y computadores y son reconocidos de forma lineal en el resultado del periodo en que se generan. Bancompartir no posee cuotas contingentes reconocidas como gasto en el periodo; tampoco realiza subarriendos por arrendamientos operativos y financieros, no posee cuotas de carácter contingente pactadas, plazos de renovación u opciones de compra ni cláusulas de actualización o escalonamiento para arrendamientos. Adicionalmente no presenta restricciones impuestas en virtud de contratos de arrendamiento, tales como las que refieran a la distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o a nuevos contratos de arrendamiento. En el desarrollo de sus actividades el Banco firma contratos para recibir en arrendamiento operativo propiedades, planta y equipo, a continuación detallamos los compromisos de pago de cánones de arrendamiento operativo en los próximos años:

El Banco tiene dos operaciones de arrendamientos así: • Oficina Bancaria ubicada en la localidad de Bosa adquirida a través del Banco de Occidente por un valor de $512.012 en el año 2013 con un plazo de 60 meses. Los pagos futuros ascienden al 31 de diciembre de 2015 y 31 de diciembre de 2014 a $306.154 y $392.756, respectivamente. • Vehículo adquirido a través del Banco Popular por un valor de $138.230 en el año 2014 con un plazo de 36 meses. Los pagos futuros ascienden al 31 de diciembre de 2015 y31dediciembrede 2014 a$79.113y$118.992, respectivamente.

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3.8

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Provisiones y Contingencias

3.8.1 Bases de Medición y Políticas Contables Las provisiones para demandas legales se reconocen cuando el Banco tiene una obligación presente legal o asumida como resultado de hechos pasados, es probable que se requiera una salida de recursos para liquidar la obligación y el importe se ha estimado de forma fiable. Cuando existen varias obligaciones similares, la probabilidad de que una salida de efectivo sea requerida se determina considerando el tipo de obligaciones como un todo. Se reconoce una provisión incluso si la probabilidad de la salida de un flujo de efectivo con respecto a cualquier partida incluida en la misma clase de obligaciones sea mínima. Las provisiones se valoran por el valor presente de los desembolsos que se espera sean necesarios para liquidar la obligación usando una tasa de descuento antes de impuestos que refleje las evaluaciones del mercado actual del valor del dinero en el tiempo y de los riesgos específicos de la obligación. El aumento en la provisión debido al paso del tiempo se reconoce como un gasto. 3.9

Activos Intangibles

3.9.1 Medición Inicial y principales políticas Los activos intangibles, distintos de las plusvalías generadas internamente, son medidos al costo en el reconocimiento inicial. Después de su reconocimiento inicial, los activos intangibles son registrados al costo menos su amortización acumulada y cualquier pérdida por deterioro acumulada. Los activos intangibles generados internamente, que cumplan con lo establecido en la NIC 38 párrafo 52 en adelante podrán ser activados. Como norma general los ítems de activos intangibles deben registrarse inicialmente al costo. Determinación del costo inicial Forman parte del costo inicial de un activo intangible, los siguientes conceptos: • Impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición • Los descuentos comerciales y rebajas. • Todos los costos directamente relacionados con la preparación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por el Banco. A continuación se mencionan algunos costos directamente atribuibles para la preparación del activo en el lugar y condiciones para que pueda operar y que deben formar parte del costo inicial: Los costos de remuneraciones y otros beneficios a los empleados (según se definen en la NIC 19 Beneficios a los Empleados), que procedan directamente al desarrollo o adquisición de un activo intangible. • • • •

Los honorarios para registrar los derechos legales. La amortización de licencias que se utilizan para generar activos intangibles. Los costos de instalación. Los costos por intereses en la fase de desarrollo, hasta que el activo intangible logre estar en

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funcionamiento (Según se define en la NIC 23 Costos por préstamos). • Los honorarios profesionales. • Los costos de comprobación de que el activo funciona adecuadamente. 3.9.1.1 Medición posterior Posterior al reconocimiento inicial el Banco ha optado por medir los activos intangibles al modelo del costo. Este modelo significa registrar el elemento de activos intangibles a su costo inicial menos su respectiva amortización acumulada y su deterioro acumulado de valor. Esta política se aplicará a todos los elementos que compongan una clase de activo intangible, la cual es definida como un conjunto de activos de similar naturaleza y uso en las operaciones del Banco. 3.9.1.2 Amortización Es la distribución sistemática del valor a amortizar de un activo a lo largo de su vida útil estimada. Todos los activos intangibles, exceptuando los activos intangibles con vida útil indefinida, son amortizados linealmente durante la vida útil técnica estimada del activo relacionado. El monto amortizable es el costo inicial menos su valor residual y deterioro acumulado de valor. El cargo por amortización de activos intangibles con vidas útiles finitas es reconocido en cada periodo como un gasto. La amortización debe comenzar cuando el activo está disponible para ser usado y se debe amortizar por toda la vida útil estimada, incluso si el activo no se está utilizando o está ocioso. 3.9.1.3 Vidas útiles Las vidas útiles de los activos intangibles son determinadas como finita o indefinidas. Los activos intangibles con vidas finitas son amortizados durante la vida útil y su deterioro es evaluado cada vez que existen indicadores que el activo intangible puede estar deteriorado. Los intangibles con vidas útiles indefinidas o perpetuas no se amortizan y cada periodo o en cualquier momento se evaluará si existen indicios de que el activo ha perdido valor en cualquier caso para ser deteriorado. La vida útil de un activo intangible con vida útil indefinida es revisada anualmente para determinar si la evaluación de vida útil indefinida continúa. Si no, el cambio en la evaluación de vida útil de indefinido a finito es realizado en base prospectiva, de acuerdo a la NIC8. Las vidas útiles económicas estimadas por categoría están definidas en la política contable. La determinación de las vidas útiles se realiza de la siguiente manera: • Software: al efectuar la adquisición del software, la gerencia de tecnología y operaciones determina la vida útil, con base a datos de la industria en donde se ha considerado un rango de 5 a 10 años. • Patentes, marcas registradas y otros derechos: son determinadas de acuerdo al periodo de vigencia legal. En caso no haberse definido, el derecho no se debe amortizar, tendrá revisión periódica si hay evidencia de deterioro. • Licencias y programas informáticos: es la Gerencia de tecnología y operaciones quien determina la vida útil del mismo, en función de los contratos y de las licencias respectivas.

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• El software contable (ERP) y especializado en producción se podrá amortizar hasta en 10 años según se defina. • Cuando sea impracticable la determinación de la vida útil de un intangible se tomará como vida útil entre 7 años y 10 años los cuales los determinará Tecnología y operaciones teniendo en cuenta el uso que se da en estos casos en el mercado bancario. 3.10

Activos no financieros

El valor en libros de los activos no financieros, se revisa en cada fecha de balance para determinar si existe algún indicio de deterioro. Si existen tales indicios, se estima el importe recuperable del activo o se reconoce una pérdida por deterioro si el valor en libros de un activo o su unidad generadora de efectivo excede su importe recuperable. 3.11

Pasivos financieros

Un pasivo financiero es cualquier obligación contractual del Banco para entregar efectivo u otro activo financiero a una tercera persona natural o jurídica, para intercambiar activos y pasivos financieros o liquidar un contrato utilizando instrumentos de patrimonio propios de la entidad. En el reconocimiento inicial el Banco los valorará por su valor razonable ajustado, en el caso que el pasivo financiero no se contabilicen al valor razonable con cambios en resultados, por los costes de transacción que sean directamente atribuibles a la compra o emisión del mismo. Posteriormente dichos pasivos financieros son medidos a su costo amortizado de acuerdo con el método de tasa de interés efectiva determinada en el momento inicial con cargo a resultados como gastos financieros. Los pasivos financieros sólo se dan de baja del balance individual cuando se han extinguido las obligaciones que generan o cuando se adquieren (bien sea con la intención de cancelarlos, bien con la intención de recolocarlos de nuevo). 3.11.1 Reconocimiento Bancompartir S.A. Reconoce los pasivos financieros en la fecha en que se originan. Todos los pasivos, son reconocidos inicialmente en la fecha de la transacción en la que la entidad se hace parte de las disposiciones contractuales del instrumento y se reconocen inicialmente por su valor razonable menos costos de transacción directamente atribuibles, posteriormente se miden al costo amortizado por el método de interés efectivo. La entidad da de baja un pasivo financiero cuando sus obligaciones contractuales se cancelan o expiran. 3.11.2 Obligaciones financieras, proveedores comerciales y cuentas por pagar Los pasivos financieros como obligaciones financieras y cuentas por pagar comerciales se miden inicialmente al valor razonable. Su medición posterior corresponde al costo amortizado usando el método de la tasa de interés efectiva. La tasa de interés efectiva es la tasa de descuento que iguala exactamente los flujos de efectivo por cobrar o por pagar estimados a lo largo de la vida esperada del pasivo financiero (o, cuando sea adecuado, en un periodo más corto) con el importe neto en libros del pasivo financiero. Al 31 de diciembre de 2015 no tenemos proveedores que tengan una financiación implícita por lo tanto no se mide al costo amortizado y no se convierte el costo al valor presente. 3.12

Beneficios a los empleados:

La entidad realiza las aportaciones reglamentadas en la Ley, en las cuales no asume riesgo actuarial ni riesgo de inversión. Los beneficios a los empleados que Bancompartir S.A. Reconoce son a corto

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plazo y que se espera liquidar totalmente antes de los doce meses siguientes al final del periodo anual sobre el que se informa en el que los empleados hayan prestado los servicios relacionados, no posee beneficios post-empleo, ni beneficios a largo plazo, ni beneficios por terminación del contrato. Estos comprenden: • • • • • •

Sueldos, salarios Aportes a Seguridad Social Ausencias remuneradas (vacaciones o por enfermedad) Participación en bonificaciones en el mes de diciembre Beneficios no monetarios Se reconoce en la medida en que el trabajador presta sus servicios de manera inmediata, se trata como un pasivo real o un activo si se paga anticipadamente). • Ausencias remuneradas: Si el derecho es acumulativo se reconoce a medida que el empleado presta el servicio y se mide por el valor esperado a pagar. • Si es revocable (si hay retiro se pierde el derecho) se reconoce si se espera se disfrute • Si el derecho no es acumulativo se reconoce cuando se disfruta. Según el pacto colectivo se tienen los siguientes beneficios: • Por antigüedad está estipulado días de vacaciones adicionales, dependiendo el tiempo. • Se reconoce monetariamente por fechas especiales como matrimonios, cumpleaños, grados, nacimientos etc. • Se conceden licencias por matrimonio, calamidad doméstica, cambio de vivienda, grados y hasta tres horas a la semana para vueltas personales. • Promueve dentro de sus posibilidades el crecimiento académico y profesional • Las incapacidades se pagan al 100%, siempre que no superen 180 días. • Se conceden auxilios ópticos y promueven el deporte. 3.13

Impuesto a las ganancias

El gasto por impuestos sobre las ganancias comprende el impuesto corriente y el impuesto diferido. El gasto de impuesto es reconocido en el estado de resultados. El impuesto de renta corriente es calculado sobre la base de las leyes tributarias vigentes en Colombia a la fecha de corte de los estados financieros. A partir del año 2013, la Ley 1607 de diciembre de 2012 modificó el artículo 240 del Estatuto tributario, reduciendo la tarifa del impuesto de renta al 25% y creando el impuesto sobre la renta para la equidad “CREE”, el cual para el año 2013, 2014 y 2015 tendrá un tarifa del 9%. La depuración de la renta del “CREE” será igual que la depuración de la renta ordinaria, salvo algunas deducciones especiales, así como la compensación de pérdidas y excesos de renta presuntiva, beneficios no aplicables al CREE. Adicionalmente, se estableció la nueva tarifa para el impuesto sobre ganancias ocasionales de las sociedades en un 10%, a partir el año gravable 2013, es de anotar que esta tasa aplica también para la venta de activos poseídos por más de dos años. Sin embargo, la Ley 1739 de 2014 modificó algunos artículos de la Ley 1607 de 2012, incluyendo la compensación de pérdidas y excesos de renta presuntiva en la base gravable de dicho impuesto a partir del año 2015. a. La base para determinar el impuesto sobre la renta no puede ser inferior al 3% de su patrimonio líquido en el último día del ejercicio gravable inmediatamente anterior. b. A partir del año gravable 2007, se eliminó para efectos fiscales el sistema de ajustes integrales por inflación, mientras que para efectos contables estuvieron vigentes hasta el año 2000. c. A partir del año gravable 2007 y únicamente para efectos fiscales, los contribuyentes podrán reajustar anualmente el costo de los bienes muebles e inmuebles que tengan carácter de activos fijos. El porcentaje de ajuste será el que fije la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución.

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d. Al 31 de diciembre de 2015 el Banco no presenta excesos de renta presuntiva sobre renta ordinaria por compensar. De acuerdo con las disposiciones tributarias vigentes los excesos de renta presuntiva sobre la renta ordinaria pueden ser compensados con la renta líquida ordinaria, dentro de los cinco años siguientes, reajustados fiscalmente. El Banco, periódicamente evalúa posiciones tomadas en las declaraciones tributarias con respecto a situaciones en los cuales la regulación fiscal aplicable es sujeta a interpretación y establece provisiones cuando sea apropiado sobre la base de montos esperados a ser pagados a las autoridades tributarias. Los impuestos diferidos son reconocidos sobre diferencias temporarias que surgen entre las bases tributarias de los activos y pasivos, y los montos reconocidos en los estados financieros, que dan lugar a cantidades que son deducibles o gravables al determinar la ganancia o pérdida fiscal correspondiente a períodos futuros cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado. El impuesto diferido es determinado usando tasas de impuestos que están vigentes a la fecha del balance y se esperan aplicar cuando el activo por impuesto diferido es realizado o cuando el pasivo por impuesto diferido es compensado. Los impuestos diferidos pasivos son provistos sobre diferencias temporarias gravables que surgen, excepto por el impuesto diferido pasivo sobre inversiones en controladas y asociadas, sobre las cuales el Banco tiene la habilidad para controlar la reversión de las diferencias temporarias. 3.13.1 Impuestos diferidos La ganancia o pérdida contable se calcula antes de deducir el gasto por el impuesto a las ganancias, de conformidad con estándares internacionales. La ganancia (o pérdida) se calcula de acuerdo con las reglas establecidas por la autoridad fiscal. Sobre la utilidad fiscal se determinan los impuestos a pagar (o a deducir). El gasto por el impuesto a las ganancias es el importe total que, por dicho concepto, se incluye al determinar la ganancia o pérdida neta del periodo, conteniendo tanto el impuesto corriente como el diferido. El impuesto corriente es la cantidad a pagar por el impuesto a las ganancias relativo a la ganancia (o pérdida) fiscal del periodo. 3.13.2 Pasivos por impuestos diferidos Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a pagar en periodos futuros, relacionadas con las diferencias temporarias imponibles. 3.13.3 Activos por impuestos diferidos Son las cantidades de impuestos sobre las ganancias a recuperar en periodos futuros, relacionadas con: a. Las diferencias temporarias deducibles; b. A compensación de pérdidas obtenidas en periodos anteriores, que todavía no hayan sido objeto de deducción fiscal; c. La compensación de créditos no utilizados procedentes de periodos anteriores. Las diferencias temporarias son las que existen entre el importe en libros de un activo o pasivo en el estado de situación financiera y su base fiscal. El Banco registra el impuesto diferido de acuerdo con NIC 12 “Impuestos sobre las ganancias”, que requiere un enfoque de activo y pasivo para la contabilización del efecto de las diferencias temporarias en el impuesto sobre la renta, bajo los siguientes principios básicos:

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a. Se reconoce un pasivo o activo por impuesto diferido para los efectos tributarios futuros estimados atribuibles a diferencias temporales y arrastres de pérdidas tributarias; b. La medición de los pasivos y activos por impuesto diferido está basada en las disposiciones de la ley tributaria promulgada y los efectos de cambios futuros en las leyes o tasas tributarias no son anticipados. 3.14

Capital Social

La entidad gestiona su capital para asegurar su continuidad como empresa en marcha, maximizando la relación entre endeudamiento y patrimonio, distribuyendo las utilidades que corresponden de acuerdo al marco legal y considerando las reservas ocasionales y estatutarias que por decisión de Junta Directiva se utilicen para los fines previstos. El Banco pertenece a una organización que gestiona sus recursos e inversiones de manera coherente con los planes de expansión de la gerencia y con la tradición de un gran número de años de existencia que le proporcionan la seguridad razonable de continuar en los negocios y nichos de mercado en los que ha invertido de manera estratégica. La permanencia en el mercado, la imagen corporativa, su responsabilidad social empresarial y su gobierno corporativo están encaminados a mantener su participación en la economía del país, en la generación de riqueza para la sociedad y en la conformación del capital humano y del tejido social, en coherencia con los objetivos planteados por sus fundadores desde el inicio de la Organización. Para efectos de la gestión, el concepto de capital es entonces amplio, al considerar como tal no solamente capital económico sino también el capital social y ambiental del entorno en el que se desarrolla los negocios. El Banco no está sujeta a requerimientos externos de capital, por lo cual no se informa sobre los cumplimientos relacionados, no existen pasivos financieros con subordinadas ni ninguna otra clase de pasivos que sean considerados como capital. No se han presentado cambios en el último año relacionados con los objetivos, políticas y procesos de gestión de capital. 3.15

Impuesto a la riqueza

En diciembre de 2014 el Gobierno Nacional expidió la Ley 1739, la cual creó el impuesto a la riqueza, el cual debe ser cancelado por todas las personas naturales, sucesiones ilíquidas, personas jurídicas y sociedades de hecho, contribuyentes del impuesto de renta y complementarios que posea un patrimonio líquido neto al 1 de enero de 2015 superior a $ 1.000. De acuerdo con esta Ley los contribuyentes del impuesto a la riqueza podrán imputar este impuesto contra las reservas patrimoniales sin afectar las utilidades del ejercicio. 3.16 Ingresos Los ingresos se miden por el valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir, y representan importes a cobrar por los bienes entregados, neto de descuentos, devoluciones, y el impuesto al valor agregado. El Banco reconoce los ingresos cuando el importe de los mismos se puede medir con fiabilidad, sea probable que los beneficios económicos futuros vayan a fluir a la entidad y cuando se han cumplido los criterios específicos para cada una de las actividades del Banco, tal como se describe a continuación.

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1. Prestación de servicios Los ingresos se miden por el valor razonable de la contraprestación recibida o por recibir, y representan importes a cobrar por los servicios prestados, neto de descuentos, devoluciones, y el impuesto al valor agregado. Los ingresos por intereses se reconocen por el sistema de causación a la tasa pactada con el deudor, para la cartera vigente. El Banco reconoce los ingresos cuando el importe de los mismos se puede medir con fiabilidad, es probable que los beneficios económicos futuros vayan a fluir a la entidad y cuando se ha cumplido los criterios específicos para cada una de las actividades relacionadas con la prestación del servicio. El reconocimiento se efectúa en el período contable en que se prestan los servicios. 2. Ingresos por comisiones Las comisiones son reconocidas como ingresos en el estado de resultados por servicios bancarios cuando los servicios respectivos son prestados. Estimaciones de Valores Razonables El valor razonable de los activos y pasivos financieros que se negocian en mercados activos (como los activos financieros en títulos de deuda y de patrimonio o en mercados interbancarios) se basa en precios suministrados por un proveedor de precios oficial autorizado por la Superintendencia Financiera de Colombia, el cual los determina a través de promedios ponderados de transacciones ocurridas durante el día de negociación. Nota 4. Efectivo y Equivalentes de efectivo El saldo de efectivo y equivalentes de efectivo comprende: En moneda legal

A continuacion relacionamos la conciliación de los importes del flujos de efectivo con y las partidas equivalentes sobre las que se informa en el estado de situación financiera asi:

Los depósitos en caja, bancos y otras Entidades Financieras se tienen para atender las exigibilidades propias del negocio. No existen saldos de efectivo y equivalentes al efectivo con restricciones para ser utilizados por la entidad, a excepción del encaje bancario el cual a 31 de diciembre de 2015 y 2014 ascendió a $1,095 y $3,396 respectivamente. Los depósitos en el Banco de la República y en efectivo en caja hacen parte del encaje bancario que debe mantener el Banco sobre los depósitos recibidos de clientes, de acuerdo con las disposiciones legales.

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La Caja comprende todo el efectivo que posee el Banco en transportadora de valores, centro de efectivo, cajeros automáticos y los recaudos que se realizan a través de los terceros ATH, Efecty y Gtech. Fondos Interbancarios A 31 de diciembre de 2014 y 31 de diciembre de 2015, las operaciones de liquidez del Banco están representadas en Interbancarios vendidos a la vista, pactados con entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y dentro de los cupos establecidos por la Junta Directiva:

A 31 de diciembre de 2015, el Banco cerró con interbancarios vendidos a la vista por valor nominal de $41.173, de los cuales $34.171 se otorgaron a bancos a una tasa promedio de 5.77% E.A y $7.002 a Corporaciones Financieras a una tasa E.A. de 5.79%. Al 31 de diciembre de 2014, los interbancarios vigentes corresponden a dos operaciones con plazos de 7 y 10 días a una tasa promedio E.A. de 4.50%; y el depósito remunerado corresponde a una operación con plazo de 3 días a una tasa E.A. de 3.50%. Los fondos de inversiones se reconocen como una inversion a valor razonable con cambios en el resultado-instrumentos representativos de deuda” del catálogo único de información financiera con fines de supervisión (CUIF). Nota 5. Inversiones El saldo de inversiones comprende:

Las inversiones por clasificación están discriminadas así:

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En las inversiones disponibles en títulos participativos se incluye la valorización tanto en Deceval como en Cifin. Las inversiones por su obligatoriedad están discriminadas así:

Evaluación de las inversiones Las inversiones negociables, para mantener hasta el vencimiento y disponibles para la venta con corte 31 de diciembre de 2015 y al 31 de diciembre de 2014 fueron evaluadas, en relación con los riesgos de solvencia, mercado y jurídico. Riesgo de solvencia El portafolio de Inversiones al 31 de diciembre de 2015, está representado en un 96.2% en inversiones obligatorias con títulos emitidos y respaldados por el Gobierno Nacional, lo cual permite disminuir el riesgo de solvencia en razón a que en la actualidad este emisor no presenta deterioro en su estructura financiera. Al cierre de diciembre de 2015, la composición de las inversiones está dada en: 96.2% inversiones obligatorias correspondientes a Títulos de Desarrollo Agropecuario (TDA) clase A y B, y en títulos de Reducción de Deuda (TRD). Las inversiones voluntarias3.8% del total del portafolio se encuentra en Carteras Colectivas Abiertas y en Acciones de la empresa Deceval S.A. y CIFIN.

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Riesgo de mercado Respecto al riesgo de mercado el Banco realiza la valoración del 100% de sus inversiones voluntarias a precios de mercado (precio justo de intercambio), de acuerdo al Capítulo I de la Circular Externa 100 de 1995. Riesgo jurídico Una vez analizada la totalidad de las inversiones con respecto a este riesgo se concluye que ninguno de los emisores de títulos incluidos en el portafolio presenta situaciones de orden legal que puedan afectar la titularidad de las inversiones o la efectiva recuperación de su valor. En conclusión, de acuerdo a la evaluación de riesgos de solvencia, mercado y jurídico, las inversiones vigentes se clasifican como categoría A. No existen restricciones jurídicas o económicas por pignoración, embargos, litigios o cualquier otra limitación al ejercicio de los derechos sobre las inversiones o que afecten la titularidad. Nota 6. Cartera crédito y operaciones de leasing financiero Riesgo de crédito Con el objeto de mantener adecuadamente evaluado el riesgo de crédito implícito en los activos gestionados por, Bancompartir cuenta con un sistema que integra las políticas; procedimientos; modelos para la estimación de pérdidas esperadas, sistema de deterioro(provisiones), procesos de control Interno, y en general todos los lineamientos en materia de riesgo crediticio que debe observar a lo largo de sus procesos de otorgamiento, seguimiento y recuperación de la cartera, estando esto acompañado del diseño e implementación de modelos estadísticos desarrollados internamente, así como de los modelos de referencia de la SFC, que le permitan gestionar adecuadamente la posibilidad de que el Banco incurra en pérdidas y se disminuya el valor de sus activos, como consecuencia de que un deudor o contraparte incumpla sus obligaciones. Lo anterior se encuentra debidamente documentado en el manual aprobado por la Junta Directiva, el cual a su vez se ajusta a los requerimientos establecidos en el Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995 de la SFC. Manual que contempla, entre otros, las políticas en relación con los sujetos de crédito; límites máximos de pérdidas esperadas consolidado y por modalidades de cartera; criterios para la exigencia y aprobación de garantías; estructura organizacional en la que se soporta el sistema, criterios de clasificación, calificación y recalificación de cartera; reglas de alineamiento de cartera; política de constitución de deterioro; política de recuperación de cartera y criterios para la recuperación de cartera castigada y condonaciones. Para el caso específico del sistema de constitución de deterioro, y con el fin de cubrir el riesgo crediticio y dar cumplimiento a lo estipulado en el Capítulo II de la Circular Externa 100 de 1995, el Banco aplicó los Modelos de Referencia expedidos por la Superintendencia Financiera de Colombia, tanto para la cartera comercial (MRC) como para la cartera de consumo (MRCO), modelos que responden a los lineamientos definidos en la citada norma, que contemplan la constitución de la provisión individual a partir de los componentes procíclicos y contracíclicos. En cuanto a la constitución de deterioro (provisiones) para la cartera de microcrédito, el Banco se rige por lo establecido en el Anexo 1 del Capítulo II de la Circular Externa 100. Modelos que hacen parte integral de la plataforma tecnológica DIÁLOGO, en la que corren de manera centralizada todos los procesos del Banco.

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El siguiente es el detalle de la cartera crédito:

La modalidad de la cartera de crédito corresponde a préstamos ordinarios, desembolsados de acuerdo con los siguientes plazos:

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El siguiente es el detalle de la cartera bruta por sector económico:

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Al 31 de diciembre de 2015 y al 31 de diciembre de 2014, el Banco evaluó el 100% de la cartera de créditos, intereses y otros conceptos de acuerdo con la Circular Externa 100 de 1995 de la Superintendencia Financiera de Colombia, el resultado de la calificación es el siguiente:

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La cartera bruta de Bancompartir S.A., está distribuida por ciudades así:

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El valor de las garantías de la cartera, se discrimina así:

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Créditos leasing Todas las operaciones de leasing corresponden a leasing vehículos modalidad comercial y se detallan por segmento de la siguiente forma:

La cartera leasing por región está distribuida así:

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La cartera leasing por calificación se discrimina así:

Créditos reestructurados por modalidad se discriminan así:

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La cartera reestructurada por ciudades está distribuida así:

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La siguiente es la cartera reestructurada por sector económico:

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La siguiente es la cartera reestructurada detallada por número de créditos, modalidad, provisiones, garantías y tipo de acuerdo.

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Compra de cartera de créditos Para año 2015 no se presentó compra de cartera, en el segundo semestre del año 2014 se presentó una compra de cartera por valor de $875. Ventas de cartera de créditos Durante el año 2015 y 2014 se presentó venta de cartera así:

Castigos de cartera de créditos

Estos castigos corresponden a los realizados de enero a diciembre del año 2015, 2014 y 2013 aprobados por la Junta Directiva en las Actas números 618 del 28 de Enero, 620 del 18 de febrero, 622 del 18 de marzo, 623 del 15 de abril, 626 del 22 de junio, 629 del 21 de octubre de 2015, para el año 2014 las Actas números 612 del 30 de julio, 614 del 24 de septiembre, 615 del 22 de octubre y 617 del 15 diciembre de 2014 y para el año 2013 las Actas números 598 del 26 de junio de 2013, 602 del 23 octubre de 2013, 603 del 27 de noviembre de 2013 y la 604 del 16 de diciembre de 2013. Estos castigos se realizaron de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Capítulo V de la Circular Externa 100 de 1995.

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Los siguientes son los castigos por destino económico:

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Provisión para cartera de créditos: El movimiento de la provisión para cartera de créditos es el siguiente:

Al diciembre de 2014, el saldo de las provisiones por modalidad de crédito fue el siguiente:

Tasas de interés efectivas promedio ponderado – cartera de créditos.

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Nota 7. Cuentas comerciales por cobrar y otras Cuentas por cobrar El saldo de las cuentas por cobrar comprende:

El movimiento de las provisiones para cuentas por cobrar comprende:

Se detalla por categorías las cuentas comerciales y otras cuentas por cobrar: Año 2015:

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Año 2014:

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Año 2013:

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El deterioro de cuentas por cobrar comprende:

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Nota 8. Activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos El saldo de activos y pasivos por impuestos corrientes y diferidos comprende:

Impuestos corrientes El detalle de los impuestos por activos corrientes comprende:

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El detalle de los impuestos por pasivos corrientes comprende:

Se detalla a continuación el cálculo del impuesto a las ganancias:

Impuesto diferido Cálculo del impuesto diferido año 2015 El impuesto diferido ha sido calculado y causado mensualmente, teniendo como base las diferencias temporales y temporarias entre las cifras contables Vs cifras fiscales. Estas diferencias pueden generar la constitución de un impuesto diferido o la reversión de un impuesto diferido causado en años anteriores: • Se generaron impuestos diferidos durante el año 2015, por la realización de diversos hechos económicos. • El impuesto diferido causado en años anteriores, por hechos económicos que fiscalmente se han realizado durante el año 2015, ha sido revertido.

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Los registros por concepto de activo o pasivo diferido han generado gasto por concepto de impuesto a las ganancias diferido o afectación al ORI, según corresponda y como se evidencia a continuación: Impuesto diferido en ganancias o pérdidas.

Impuesto diferido en otros resultados integrales

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Conciliación entre el gasto por impuesto a las ganancias a la tasa nominal y la tasa efectiva: La tasa nominal de tributación para el impuesto de renta es del 25%, a partir del 1 de enero de 2013 fue creado el impuesto de renta para la equidad CREE a una tarifa del 9%. A partir del año 2015 fue creada la sobretasa del CREE la cual para el año 2015 el del 5%. A continuación se presenta la conciliación por el gasto del impuesto a las ganancias calculado con las tarifas vigentes sobre la utilidad contable y el gasto del impuesto efectivamente registrado en el resultado del periodo. CONCILIACION ENTRE EL GASTO POR EL IMPUESTO A LA TASA NOMINAL Y LA TASA EFECTIVA

En el impuesto a las ganancias presentó cambio en la tarifa a partir del año 2015 debido a la creación de la sobretasa del CREE , la cual fue establecida con tarifa del 5% para el año 2015, del 6% para el año 2016, del 8 % para el año 2018 y del 9% para el 2018.   Nota 9. Otros activos No financieros El saldo de otros activos no financieros comprende:

A continuación relacionamos detalle de los gastos pagados por anticipado

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Nota 10. Activos no corrientes mantenidos para la venta y propiedades de inversión El saldo de activos no corrientes mantenidos para la venta comprende:

Los bienes recibidos en pago de créditos en contrato de leasing se reconocen como activos no corrientes mantenidos para la venta, los cuales el Banco tiene la intención de venderlos en un plazo no superior a un año y su venta se considere altamente probable. El Banco no deprecia (o amortiza) el activo no corriente mientras esté clasificado como mantenido para la venta, o mientras forme parte de un grupo de activos para su disposición clasificado como mantenido para la venta. Bancompartir S.A reconoce en su balance de apertura el activo mantenido para la venta por $4 con una provisión de $0.1 es decir con un saldo al 1 de Enero de 2014 $ 3.9 en abril del 2014 se vendió el bien. Propiedades de inversión De acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad NIC 40 las propiedades de inversión son definidas como aquellos terrenos o edificios considerados en su totalidad, en parte o en ambos, que tienen el Banco para obtener rentas, valorización del activo o ambos en lugar de su uso para fines propios. Las propiedades de inversión se miden inicialmente al costo, el cual incluye: a. Su precio de compra, incluyendo los costos de importación y de impuestos no descontables, después de deducir los descuentos comerciales. b. Cualquier costo directamente atribuible para traer el activo a la locación y condiciones necesarias para su correcta y adecuada operación.

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El saldo de propiedad de inversión comprende:

Bancompartir S.A reconoce en su balance de apertura el bien recibidos en dación de pago el lote de Puente Aranda $ 501donde el Banco tiene una participación 47.24% es decir $ 237. En septiembre del 2014 se vendió el lote de Puente Aranda. Nota 11. Propiedad Planta y Equipo El saldo de propiedad, planta y equipo comprende:

El detalle de propiedad, planta y equipo comprende:

A continuación se detalla la conciliación de propiedad, planta y equipo:

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El Banco ha mantenido medidas necesarias para la conservación y protección de las propiedad, planta y equipo. Al 31 de diciembre de 2015, existen pólizas de seguro multiriesgo que cubre riesgos de sustracción, incendio y/o rayo, temblor, asonada y equipo electrónico. Las mejoras en propiedad agena la entidad las activa y las deprecia en forma lineal de acuerdo al duracion del contrato. Nota 12. Activos intangibles distintos a plusvalía Todos los activos intangibles con vida definida son amortizados linealmente durante la vida útil técnica estimada del activo relacionado. El monto amortizable es el costo inicial menos su valor residual y deterioro acumulado de valor, la compra de licencias , programas y aplicaciones informáticas se amortizan de 5 a 10 años dependiendo la evaluación realizada por el área de tecnología o el uso de las mismas cuando está estipulado en el contrato El saldo de activos intangibles distintos a la plusvalía:

El detalle de activos intangibles distintos de la plusvalia comprende:

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Los activos intangibles que tiene el Banco corresponden a programas de computación; Se miden inicialmente por el costo incurrido en la adquisición, y posteriormente son amortizados durante la vida útil estimada, sin que ésta sea mayor a diez años. Al 31 de Diciembre de 2015, 2014 y 1 de Enero de 2014, no existieron perdidas por deterioro. Nota 13. Depósitos y exigibilidades El saldo de depósitos y exigibilidades comprende:

Atendiendo lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, los depósitos no se encuentran vinculados a la capacidad de pago de los clientes para obtener crédito. Las cuentas de ahorro que no presentan movimiento por política contable cuando cumplen 180 días de inactivas se trasladan al código contable 210810 Depósitos Inactivos, al cumplir 360 días de inactivas son giradas a la Dirección del Tesoro Nacional. Nota 14. Otros Pasivos Financieros Los créditos de bancos y otras obligaciones financieras incluyen saldos con vencimientos a corto, mediano y largo plazo, cuyo detalle se presenta a continuación:

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El Gobierno Colombiano ha establecido ciertos programas de crédito para promover el desarrollo de sectores específicos de la economía, incluyendo comercio exterior, agricultura, turismo, construcción de vivienda y otras industrias. Los programas son manejados por varias entidades del Gobierno tales como Banco de Comercio Exterior (“BANCOLDEX”), Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (“FINAGRO”) y Financiera de Desarrollo Territorial (“FINDETER”). El saldo de las obligaciones con el Banco de Comercio Exterior Bancoldex se detalla así:

Los créditos directos están respaldados con pagaré del banco y los créditos de redescuento con cartera otorgada.   Al 31 de diciembre de 2015 el saldo detallado de otros bancos y entidades financieras corresponde:

Al 31 de diciembre de 2014 el saldo detallado de otros bancos y entidades financieras corresponde:

Al 31 de diciembre de 2013 el saldo detallado de otros bancos y entidades financieras corresponde:

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Nota 15. Cuentas comerciales por pagar y otras cuentas por pagar El saldo de la cuentas por pagar comprende:

Nota 16. Obligaciones laborales El saldo de las obligaciones laborales comprende:

El Banco realiza la consolidación de prestaciones sociales al 31 de diciembre de 2015. Nota 17. Otros pasivos No Financieros El saldo de otros pasivos no financieros comprende:

Nota 18. Otras Provisiones El saldo de las provisiones comprende:

El Banco califica los procesos legales en contra como probable, eventual y remoto, el valor a provisionar se determina de acuerdo a las pretensiones de la demanda y si esta es calificada como probable, previa validación del área jurídica. El siguiente detalle corresponde a los principales procesos contra el Banco durante al cierre de diciembre 31 de los años 2015, 2014 y 1 de enero de 2014, los cuales son calificados como probables. Las provisiones para demandas legales por valor de $11, $21 y $35 respectivamente, se reconocen cuando se tiene una obligación presente legal o asumida como resultado de eventos pasados, que han sido definidos por los asesores legales como de alta probabilidad de pérdida.

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Y el pasivo contingente por valor de $43 es una obligación que surge de hechos pasados cuya existencia quedará confirmada sólo si llegan a ocurrir uno o más sucesos futuros inciertos y que no están bajo el control del Banco. Los siguientes corresponden a procesos en contra del Banco a 31 de diciembre de 2015.

Los siguientes corresponden a procesos en contra del Banco a 31 de diciembre de 2014

Los siguientes corresponden a procesos en contra del Banco a 1 de enero de 2014

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Bancompartir S.A., revela la siguiente contingencia remota en la cual se dictó sentencia el 11 de febrero de 2014, en donde se desvinculó del proceso civil al Banco.

Nota 19. Capital social El saldo del capital social comprende:

El valor nominal por acción es de mil pesos ($1) y el capital autorizado es de $ 100.000

La Asamblea General de Accionistas de Bancompartir S.A., aprobó distribuir dividendos en acciones de la utilidad obtenida entre el 1 de enero y el 30 de Junio de 2014, previa la constitución de la reserva legal, según acta No. 91 del 29 de septiembre de 2014 por valor de $4,930. Bancompartir S.A, para la presentación del Estado de Situación Financiera por orden de liquidez a 31 de diciembre del 2014, presenta en su patrimonio la capitalización de la utilidad del primer semestre del 2014 por valor de $4,930, el estado de resultados se presenta acumulado entre el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2014 generado una utilidad del ejercicio de $12,855. A continuación relacionamos nuestros mayores accionistas y cuya participación supera el 1%:

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Nota 20. Reservas De acuerdo con el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, todo establecimiento de crédito, deberá constituir una reserva legal que ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito, formada con el diez por ciento (10%) de las utilidades líquidas de cada ejercicio. Sólo será procedente la reducción de la reserva legal cuando tenga por objeto enjugar pérdidas acumuladas que excedan del monto total de las utilidades obtenidas en el correspondiente ejercicio y de las no distribuidas de ejercicios anteriores. El saldo de las reservas comprende:

Bancompartir S.A, para la presentación del Estado de Situación Financiera por orden de liquidez a 31 de diciembre del 2014, presenta un incremento en la reserva legal por $548 de acuerdo a la utilidad capitalizada del primer semestre del 2014.

Nota 21. Ganancias acumuladas El saldo de las ganancias acumuladas comprende:

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Nota 22. Resultado del Ejercicio El saldo del resultado del ejercicio comprende:

La Asamblea General de Accionistas de Bancompartir S.A., de la utilidad obtenida entre el 1 de enero y el 30 de Junio de 2014 por valor de $5,478 aprobó distribuir dividendos en acciones, según acta No. 91 del 29 de septiembre de 2014 por valor de $4,930 previa constitución de la reserva legal por valor de $548. Nota 23. Otras participaciones en el Patrimonio El saldo de las otras participaciones en el patrimonio comprende:

Nota 24. Ganancias o pérdidas no realizadas El saldo de las ganancias o pérdidas no realizadas comprende:

La variación de otro resultado integral por valor $ 246, $354 para los años 2015 y 2014 respectivamente, corresponde al movimiento reconocido por efecto de la revaluación de los edificios. La variación de ($2) y ($29) para los años 2015 y 2014 respectivamente, corresponde a las valorizaciones de las inversiones (DECEVAL Y CIFIN).

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Nota 25. Ingresos de Actividades Ordinarias El saldo de los ingresos por actividades ordinarias comprende:

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Nota 26. Otros ingresos El saldo de las cuentas de otros ingresos comprende:

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Nota 27. Ingresos y gastos financieros El saldo de las cuentas de ingresos y gastos financieros comprende:

Nota 28. Ingresos y gastos por comisiones El saldo de las cuentas de ingresos por comisiones comprende:

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Microcrédito La Ley Mi pyme creó el ámbito para que las entidades financieras y las ONG’s especializadas en crédito micro empresarial dirijan sus recursos a este segmento, está constituido por las operaciones activas de crédito a las cuales se refiere el artículo 39 de la Ley 590 de 2000, o las nor¬mas que la modifiquen, sustituyan o adicionen, así como las realizadas con microempresas en las cuales la principal fuente de pago de la obligación provenga de los ingresos derivados de su actividad. Nota 29. Intereses depósitos y exigibilidades El saldo de las cuentas de intereses depósitos y exigibilidades comprende:

Nota 30. Beneficios empleados El saldo de las cuentas de beneficios a empleados comprende:

El cálculo de la bonificación de los empleados se realiza de acuerdo al pacto colectivo el cual se determina proporcionalmente de acuerdo al salario dentro de los 12 meses del año y se reconoce en los estados financieros de la misma manera mes a mes y este es cancelado en el mes de diciembre. Para el año 2015, se determinó el pago proporcional de acuerdo a la fecha de ingreso, por decisión de la Administración.

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Nota 31. Deterioro de cartera de crédito y operaciones leasing financiero El saldo de las cuentas de deterioro de cartera de crédito y operaciones leasing financiero comprende:

Nota 32. Deterioro de otras cuentas por cobrar El saldo de las cuentas de deterioro de otras cuentas por cobrar comprende:

Nota 33. Depreciación y amortización El saldo de las cuentas de depreciación y amortización comprende:

Nota 34. Otros gastos El saldo de las cuentas de otros gastos comprende:

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A continuación se detalla la cuenta de gastos por arrendamientos honorarios así:

A continuación se detalla la cuenta de gastos por arrendamientos así:

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A continuación se detalla la cuenta de gastos diversos así:

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Nota 35. Otro resultado Integral El saldo de otro resultado integral comprende:

Nota 36. Adopción por primera vez del nuevo marco técnico normativo, en la convergencia a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) MARCO LEGAL GENERAL A través de la Ley 1314 de julio de 2009, el Estado reguló los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia, con el objetivo de crear un sistema único y homogéneo de alta calidad para el reporte de información financiera. La Ley 1314 de 2009, fue reglamentada por medio del Decreto 2784 de 2012 y sus modificaciones con el decreto 3023 de 2013, que estableció el marco técnico normativo para los preparadores de información financiera que fueron clasificados en el Grupo 1 por dicho decreto. El Banco se clasificó en este grupo por tratarse de una entidad de interés público y emisor de valores. El marco técnico normativo vigente aplicable al Banco en la preparación de los estados financieros está basado en las NIIF emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés) al 1 de enero de 2012, excepto: 1. El tratamiento de la cartera de crédito y su deterioro y la clasificación y valoración de las inversiones que seguirán bajo las normas contables de la Superintendencia Financiera de Colombia establecidas en la Circular Externa 100 de 1995, manteniendo el reconocimiento del deterioro de la cartera de crédito en los resultados del período de acuerdo con la estimación de pérdidas esperadas. 2. Reconocimiento contable del impuesto a la riqueza con cargo a reservas patrimoniales sin afectar los resultados del período, establecido en la Ley 1739 de 2014. Con la expedición de los Decretos 2784 de 2012, 3023 de 2013, 1851 de 2013 y 2267 de 2014, reglamentarios de la Ley 1314 de 2009, El Banco adoptó las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), atendiendo las disposiciones establecidas en la NIIF 1 “Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera” para el reconocimiento de la transición de sus estados financieros bajo normas locales hacia las NIIF preparando su balance de apertura al 1 de enero de 2014, teniendo encuenta las instrucciones establecidas por la Superintendencia Financiera de Colombia y las disposiciones requeridas en la NIIF 1, resumidas en:

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• Elaborar un estado de situación financiera de apertura junto con sus revelaciones • Establecer las políticas contables para la aplicación retroactivamente a todos los períodos presentados en los primeros estados financieros según las NIIF. • Aplicar las excepciones obligatorias establecidas en los párrafos 14 al 17 y apéndice B de la NIIF 1 • Optar por utilizar exenciones contenidas en los apéndices C a E de la NIIF 1. • Reconocer todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento sea requerido por las NIIF. • No reconocer partidas como activos o pasivos si las NIIF no lo permiten. • Reconocer los activos y pasivos cuyo reconocimiento era requerido por las NIIF. • Reclasificar partidas reconocidas según los Principios contables generalmente aceptados (PCGA) Anteriores como un tipo de activo, pasivo o componente del patrimonio, pero que conforme a las NIIF son un tipo diferente de activo, pasivo o componente del patrimonio. • Aplicar las NIIF al medir todos los activos y pasivos reconocidos A continuación, se incluye la excepción que fueron aplicadas en la elaboración del estado de situación financiera de apertura de las normas contables anteriores (PCGA anteriores) a las NIIF al 01 de enero de 2014. Excepciones: Estimaciones contables: Las estimaciones según las NIIF, en la fecha de transición, serán coherentes con las estimaciones hechas para la misma fecha según los PCGA anteriores (después de realizar los ajustes necesarios para reflejar cualquier diferencia en las políticas contables), a menos que exista evidencia objetiva de que estas estimaciones fueron erróneas. Estado de Situación Financiera de Apertura El siguiente es el estado de situación financiera de apertura del Banco bajo PCGA anteriores y bajo las NIIF, al 31 de diciembre de 2014:

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El siguiente es el estado de situación financiera de apertura del Banco bajo PCGA anteriores y bajo las NIIF, al 1 de enero de 2014:

La siguiente es la conciliación de la utilidad neta del período según el Banco bajo PCGA anteriores y bajo las NIIF a 31 de diciembre de 2014:

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La siguiente es la conciliación del patrimonio según PCGA Anteriores y bajo NIIF al 1 de enero de 2014 y 31 de diciembre de 2014:

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Notas a las conciliaciones: Las siguientes son las notas explicativas de los ajustes y reclasificaciones entre PCGA Anteriores y las NIIF con excepciones al 1 de enero de 2014 y 31 de diciembre de 2014. a. Efectivo De acuerdo con el párrafo 7 NIC 7, dicho rubro se tienen, más que para propósitos de inversión o similares, para cumplir con los compromisos de corto plazo. Así mismo estos rubros cumplen con las siguientes características: Fácilmente convertible en efectivo, de gran liquidez y riesgo poco significativo como lo menciona el párrafo 6 NIC 7. Se reclasificaron las cuentas por cobrar de recaudos con terceros y la caja menor se reconoce en el efectivo.

b. Inversiones En las inversiones se sigue aplicando la normatividad de la Superintendencia Financiera de Colombia en su clasificación y valoración. Las inversiones en Finagro A y B se clasifican como activos financieros medidos a costo amortizado cuyo objetivo es esperar los flujos de efectivo contractuales en fechas establecidas. Las inversiones en títulos participativos que se tienen en Deceval y Cifin se clasificaron como activos financieros medidos a valor razonable. Para el balance de apertura estas inversiones se reconocen tomando el saldo PCGA anterior como costo.

c. Cartera y operaciones de leasing financiero: Para el tratamiento de la cartera de créditos y su deterioro se aplica lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia en la Circular Externa 100 de 1995, excepción establecida en los decretos 1851 de 2013 y 2267 de 2014. La cartera se continúa registrando por su valor nominal y se constituían provisiones por deterioro con base en modelos de referencia establecidos por la Superintendencia Financiera de Colombia para cartera comercial y de consumo, previa calificación de los créditos por niveles de riesgo y porcentajes de provisión que incluían componentes cíclicos y contra cíclicos; y para la cartera de microcrédito la Superintendencia Financiera de Colombia no definió un modelo especifico, los créditos se calificaban por niveles de riesgo de acuerdo con su altura de mora y la provisión se calculaba con base en porcentajes específicos de provisión determinadas

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por la Superintendencia, de acuerdo con la categoría de riesgo más una provisión general del 1% del saldo total de esta cartera.

d. Cuentas por cobrar: Las cuentas por cobrar como faltante en cajero automático, Dirección del tesoro nacional, cuentas por cobrar a transportadora y otras cuentas por cobrar se reclasifican a este rubro y se medirán al costo debido que son cuentas por cobrar a corto plazo y están en el modelo del negocio.

e. Activos no corrientes mantenidos para la venta: Los bienes recibidos en pago de créditos y los activos no corrientes mantenidos para la venta en los cuales el Banco tiene la intención de venderlos en un plazo no superior a un año y su venta se considere altamente probable, son registrados como “activos no corrientes mantenidos para la venta”, dichos bienes son registrados por el valor menor entre su valor en libros al momento de su traslado a esta cuenta o su valor razonable menos los costos estimados de venta. El Banco no depreciará el activo no corriente mantenido para la venta. En este rubro se reclasifico de bienes recibidos en dación de pago (bien restituido vehículo en leasing), de acuerdo a la NIIF 5 P6 y P8, por valor de $4. f. Propiedad Planta y Equipo: Las propiedades, planta y equipo se registraban al costo, se depreciaban principalmente con base en vidas útiles de veinte años para edificios, diez años para maquinaria y equipo, muebles y enseres, y cinco años para vehículos y equipos de cómputo. Con base en avalúos practicados en períodos no superiores a tres años se calculaban valorizaciones de dichos activos por la diferencia entre el valor del avalúo y el valor en libros del activo. Dichas valorizaciones se registraban en el activo en una cuenta especial denominada valorizaciones con contrapartida en la cuenta patrimonial denominada superávit por valorizaciones. Si el valor del avalúo era inferior al valor en libros la diferencia se registraba como provisión con cargo a resultados. Bajo NIIF Las propiedades, planta y equipo de uso propio se registraron por su costo. El Banco no modificó las vidas útiles para los bienes muebles y enseres por considerar que se ajustaban con la realidad de uso. Para los bienes inmuebles se cambió la vida útil con base en la vida útil definida

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por una firma experta valuadora, que consideró para los bienes inmuebles 100 años. El Banco en medición posterior para sus inmuebles aplicó el modelo de revaluación, que consiste en su valor razonable determinado por peritos independientes (avalúos). De acuerdo con la NIIF 1, el Banco en el estado financiero de apertura reconoció las mejoras en propiedades tomadas en arriendo por su costo establecido bajo los PCGA anteriores. Para este tipo de propiedades, la vida útil se estableció de acuerdo a la vigencia inicial del contrato de arrendamiento.

g. Activo y Pasivo por impuesto diferido: De acuerdo con la NIC12 “Impuestos a las Ganancias”, el impuesto diferido se realiza por el método del pasivo, que consiste en determinar las diferencias temporarias entre el valor en libros de los activos y pasivos y sus bases fiscales. Las diferencias temporarias pueden dar lugar a cantidades imponibles o deducibles, respectivamente, al determinar la ganancia (pérdida) fiscal correspondiente a períodos futuros, cuando el importe en libros del activo sea recuperado o el del pasivo sea liquidado. De esta forma, el impuesto diferido activo y pasivo calculado al 1 de enero de 2014, ascendió a $794 y $31 respectivamente, por los siguientes conceptos:

h. Bienes recibidos en dación en pago Bajo los PCGA anteriores los bienes recibidos en dación en pago representados en in-muebles se reciben con base en un avalúo comercial determinado técnicamente y los bienes muebles, acciones y participaciones, con base en el valor de mercado. Para el registro de los bienes recibidos en dación en pago el reconocimiento inicial se realiza de acuerdo con el valor determinado en la adjudicación judicial o el acordado con los deudores, teniendo en cuenta su valor razonable y las diferencias resultantes se reconocen según correspondan, como un gasto con cargo a los resultados del período o como una cuenta por pagar a favor del deudor. El Banco en el estado financiero de apertura eliminó las partidas que bajo los PCGA anteriores tenía de bienes recibidos en dación de pago.

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i. Propiedad de inversión: De acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad NIC 40 son definidas como aquellos terrenos o edificios considerados en su totalidad o en parte, que tiene el Banco para obtener rentas, valorización del activo o ambos en lugar de su uso para fines propios. Bancompartir S.A. reconoce en su balance de apertura el bien recibidos en dación de pago el lote de Puente Aranda $ 501 donde el Banco tiene una participación 47.24% es decir $ 237. En septiembre del 2014 se vendió el lote de Puente Aranda. El reconocimiento del costo cesa cuando el elemento se encuentra en la locación y condiciones necesarias para su operación. El Banco eligió el modelo del costo para la medición posterior, aplicando los requisitos establecidos en la política de propiedades, planta y equipo.

j. Otros activos: Se eliminaron las partidas que bajo NIIF, no cumplen los criterios de reconocimiento como activos, como los aportes permanentes, las valorizaciones de las inversiones, la valorización los bienes recibidos en dación en pago, los bienes de arte y cultura. Se reclasifico la caja menor al efectivo, los créditos de empleados a la cartera de créditos y las mejoras de propiedades en tomadas en arriendo se reclasificaron a propiedades, planta y equipo. Se reconocieron de acuerdo a la NIC 38 párrafo 24 los activos intangibles como licencias y programas informáticos que bajo los PCGA anteriores se registraban como cargos diferidos. También se reconocen como activos no financieros los pagos anticipados que establece el párrafo 69 A de la NIC 38, en donde el Banco reconoce el pago anticipado cuando el pago por los bienes o

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servicios se haya realizado antes de que se obtenga el derecho de acceso a los bienes o se reciban los servicios.

k. Instrumentos financieros a costo amortizado Los pasivos financieros se miden al costo amortizado a través del método del interés efectivo. Para el cálculo de la tasa de interés efectiva se estiman los flujos de efectivo teniendo en cuenta todas las condiciones contractuales del instrumento financiero.

l. Créditos de bancos y otras obligaciones financieras Estos pasivos financieros se miden al costo amortizado teniendo en cuenta las condiciones contractuales de los instrumentos financieros. El Banco reclasificó a la cuenta de instrumentos financieros los intereses de dichos instrumentos.

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m. Cuentas por pagar y otros pasivos Las cuentas por cobrar lo componen cuentas comerciales por pagar y pasivos por impuestos corrientes, se reclasificaron:

n. Pasivos estimados y provisiones Los pasivos estimados y provisiones comprenden multas sanciones y litigios, se reclasificaron así:

o. Reservas Al 1 de enero de 2014 las reservas bajo PCGA anteriores ascendían al valor de $11,254 de los cuales $2,603 correspondían a la prima en colocación de acciones, reclasificados a otras participaciones en el patrimonio bajo NIIF. p. Ganancias o pérdidas no realizadas (ori) A continuación relacionamos el detalle de las ganancias acumuladas originadas en la conversión:

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Nota 37. Transacciones con partes relacionadas Partes relacionadas: Son partes relacionadas: • Un vinculado económico es una persona o entidad relacionada con el Banco a través de transacciones como transferencias de recursos, servicios u obligaciones, con independencia de que se cargue o no un precio. • Los accionistas que individualmente poseen el diez por ciento (10%) o más del capital social o cuando teniendo menos, existan operaciones que representen más del cinco por ciento (5%) del patrimonio técnico. • Personal clave de la dirección del Banco Incluye al Gerente General y Gerencia Media que son las personas que participan en la planeación, dirección y control. Transacciones con partes relacionadas: El Banco podrá celebrar transacciones, convenios o contratos con partes relacionadas, las cuales se realizaran a valores razonables. El detalle de los saldos y transacciones desarrolladas con partes relacionadas, incluyendo el detalle de las operaciones con personal clave de la dirección, es el siguiente: Año 2015:

Año 2014:



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Nota 38. Revelaciones de administración de los riesgos Riesgo del negocio: Bancompartir ha diseñado, desarrollado e implementado un sistema para la administración de riesgos, el cual está conformado por los subsistemas para la administración del riesgo de liquidez, riesgo de mercado, riesgo de crédito y riesgo operativo, este último a su vez incluye el riesgo legal y el riesgo reputaciónal. Sistemas que están dotados de políticas, procedimientos y metodologías para la identificación, medición, control y monitoreo de los diferentes riesgos, tanto financieros como no financieros, a los que se encuentra expuesto el Banco en desarrollo de su objeto social. En lo que concierne a la medición efectuada en los diferentes sistemas de riesgo, esta corresponde a las metodologías establecidas por la Superintediencia Financiera de Colombia a partir de las cuales se determinan las posiciones en riesgo del Banco y cuyos efectos económicos se encuentran incluidos en la presente nota. Riesgo operativo: El riesgo operativo se encuentra regulado en la Circular Básica Contable y Financiera (Circular Externa 100 de 1995, Capitulo XXIII expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia). Fue definido por la Circular Externa 041 del 29/06/2007, de la Superintendencia Financiera de Colombia como la “posibilidad de incurrir en pérdidas por deficiencias, fallas o inadecuaciones, en el recurso humano, los procesos, la tecnología, la infraestructura o por la ocurrencia de acontecimientos externos. Esta definición incluye el riesgo legal y reputacional, asociados a tales factores”. La Junta Directiva de Bancompartir ha instrumentado diversas medidas para fortalecer los sistemas de administración de riesgos asociados a su actividad. La Junta Directiva de Bancompartir ha establecido las políticas del Sistema de Administración del Riesgo Operativo (SARO), así como la aprobación de sus procedimientos y metodología. En cumplimiento de la reglamentación en materia de riesgo operativo, Bancompartir cuenta con la Dirección de Riesgo Operativo, con independencia de los órganos de control y de las áreas de operaciones y tecnología, que gestiona el riesgo operativo del Banco. El modelo interno de SARO se desarrolló teniendo como marco la normativa local y los lineamientos de Basilea II, contando con un modelo que permite la identificación, medición, control y monitoreo de los riesgos operacionales del Banco, que está en constante revisión y actualización. Se acogieron como principios generales, en consonancia con las buenas prácticas para la gestión y supervisión de este riesgo, los siguientes: • La Junta Directiva aprueba y revisa el marco de gestión del sistema de administración del riesgo operativo. • El marco de gestión estará sujeto a revisiones por parte de la Auditoría Interna. • La gestión del riesgo operativo forma parte de las responsabilidades de la alta dirección.

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• Todo el personal de la organización es gestor del riesgo operativo desde la actividad que realiza. • El control del riesgo operativo tiene por objeto su identificación, evaluación, seguimiento, medición y mitigación por medio de herramientas cualitativas y cuantitativas. • Bancompartir dispone de un plan de contingencia y de continuidad de negocio que tiene como objeto mantener sin interrupción su operativa y reducir las pérdidas en caso de presentarse. Como herramienta fundamental para la gestión, se elabora el mapa de riesgos que permite identificar las principales exposiciones a los riesgos. La valoración de los riesgos se realiza con base en la frecuencia que se prevé y su impacto en caso de materializarse. Uno de los objetivos del análisis realizado es determinar los principales focos de riesgos, con el fin de identificar y priorizar las acciones correctoras y los controles necesarios para reducir el riesgo operativo. Bancompartir cuenta con indicadores, que son revisados periódicamente y que permiten generar alertas oportunas a través de su análisis y evolución para la mitigación del riesgo. Existen alertas internas y externas. Las internas, están vinculadas a diversos elementos de análisis interno de RTO (Indicadores, Base de Eventos) y las externas están vinculadas a recomendaciones de Auditoría Interna, de Organismos Supervisores y de Revisoría Fiscal. Para el análisis cuantitativo, la base de eventos (conciliada contablemente) permite conocer el origen de las pérdidas e incidencias ocurridas en cada área de Bancompartir. Bancompartir cuenta con elementos de mitigación tales como: acciones correctivas / medidas mitigadoras, mitigación organizativa o estructural, manual de políticas y procedimientos, planes de continuidad del negocio y seguros. Las acciones correctivas o medidas mitigadoras, cuyo objeto es reducir o eliminar la exposición a un riesgo o la ocurrencia de nuevos eventos, son identificadas en el propio proceso de alertas y gestión del riesgo operativo (a través del análisis de bases de eventos, indicadores), así como en recomendaciones de la Auditoría Interna y de organismos supervisores. En los manuales se han establecido los procedimientos y controles que buscan garantizar efectividad en el desarrollo de las tareas, integridad de la información y el cumplimiento de los requerimientos regulatorios, los cuales han sido difundidos en toda la organización. Durante el año 2015, los eventos de riesgo operativo que generaron pérdidas o recuperaciones y afectaron el estado de resultados de la Entidad se registraron conforme a las instrucciones impartidas por la Superintendencia en las cuentas PUC correspondientes. Eventos que en total generaron pérdidas por valor de $108 representados en 42 registros de eventos. En lo que respecta al plan de continuidad de negocio, Bancompartir, llevo a cabo durante el año 2015, la actualización del manual de continuidad de negocio, así mismo, realizo las pruebas correspondientes en los sitios definidos como alternos. Adicionalmente, la Entidad participa dentro de las pruebas realizadas a nivel de gremio en ASOBANCARIA buscando lograr la recuperación de los procesos

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tanto internos como con terceros en el caso de ser requerido. Margen de solvencia El Decreto 2555 del 15 de julio de 2010, establece que el patrimonio técnico, calculado en los términos referidos en el mencionado decreto, dividido por el valor de los activos en moneda nacional y extranjera ponderados por nivel de riesgo crediticio y de mercado, no puede ser inferior al 9%. Bancompartir al cierre de diciembre de 2015 presentó una relación de solvencia total del 14.90%.

Riesgo de tesorería El riesgo de tesorería es gestionado a través de las áreas del front, back y middle, las cuales son operativa y administrativamente independientes entre sí, todo obrando dentro de las políticas prudenciales y límites razonables que refleja una posición institucional conservadora frente a los riesgos que puede asumir el Banco, lo cual está acompañado de una baja participación del portafolio de inversiones dentro del total de los activos del Banco, operaciones que en todo caso han sido realizadas dentro de los mercados de actuación y límites establecidos por la Junta Directiva los cuales se encuentran consignados en el Manual de Políticas del Sistema de Administración de Riesgo de Mercado, y que a su vez han sido realizadas conforme a los cupos de tesorería (contraparte y emisor), adjudicados y aprobados por dicho estamento, y con las seguridades procedimentales, físicas y tecnológicas que ameritan. Riesgo de mercado Bancompartir cuenta con un Sistema de Administración de Riesgo de Mercado, mediante el cual busca gestionar la posibilidad de que el Banco incurra en pérdidas asociadas a la disminución del valor de sus portafolios, las caídas en el valor de los Fondos de inversión Colectiva (FIC) o por efecto de cambios en el precio de los instrumentos financieros en los cuales se mantiene posiciones dentro o fuera del balance. Dicho sistema reúne, entre otros, las políticas, procedimientos, estructura, límites, exposiciones y señales de alerta, así como los niveles máximos de exposición por los diferentes riesgos a que está expuesta el Banco como consecuencia de los mercados de actuación aprobados para la Tesorería y en desarrollo de su objeto social, todos aprobados por la Junta Directiva y condensados en el respectivo manual. De acuerdo con la política establecida por la Junta Directiva, todos los negocios estratégicos en los que se autoriza la actuación de la Tesorería de Bancompartir, podrán corresponder a las actividades de compra y venta en operaciones de Renta Fija, operaciones con pacto de recompra y deuda, los cuales deberán estar pactados en moneda nacional o índices empleados en el territorio nacional. Así lo anterior, el Banco de acuerdo con sus mercados autorizados de actuación se encuentra expuesta a: Riesgo tasa de interés; Riesgo precio de acciones y de Riesgo carteras colectivas. Riesgos que son

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medidos a partir del modelo de referencia de la Superintendencia Financiera de Colombia. En general, dada la estructuración del portafolio de inversiones, Bancompartir mantiene unos bajos niveles de exposición por riesgo de mercado, presentando un impacto económico derivado de su estimación al 31 de diciembre de 2014 de $511 y al 31 de diciembre de 2015 de $77 y con una repercusión marginal en el nivel de solvencia del Banco, riesgo que se descompone así:

Riesgo de liquidez Bancompartir realiza el cálculo del Sistema de Administración del Riesgo de Liquidez, conforme lo estipulado por la Superintendencia Financiera en el capítulo VI de la circular externa 100 de 1995. Sistema que contiene, entre otros, las políticas y procedimientos para llevar a cabo una adecuada identificación, medición, control y monitoreo del riesgo al que está expuesta como consecuencia de los mercados, productos y posiciones en los que opera. En razón a lo anterior, Bancompartir ha venido gestionando la estructuración de sus posiciones activas y pasivas con el fin de mantener unos adecuados niveles de liquidez que le garanticen el cumplimiento tanto de sus obligaciones contractuales y no contractuales, así como la continuidad de su actividad crediticia y cumplimiento de los requerimientos normativos en términos de liquidez. En este orden, el Banco tiene adoptados e incorporados a su gestión del riesgo de liquidez algunos mecanismos que facilitan las acciones a seguir en el momento de necesidades urgentes de liquidez como son los Apoyos transitorios de liquidez otorgados por el Banco de la Republica mediante la Circular reglamentaria Externa DODM-140 del 01 de octubre de 2015. Es así como Bancompartir efectúa la medición del riesgo de liquidez mediante el modelo de referencia establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia; a partir del cual se obtiene que a la fecha el Banco no ha presentado un valor en riesgo por liquidez o exposición significativa al riesgo de liquidez, presentando en todos los periodos evaluados del año 2015 una brecha positiva para las bandas a 7 días y de 1 a 30 días. Igual situación se tiene para el ratio de liquidez, el cual ya incorpora las nuevas definiciones establecidas por la Superintendencia Financiera de Colombia en el modelo de referencia para la estimación del riesgo de liquidez. El detalle de los vencimientos por bandas de tiempo para los flujos activos y pasivos, así como la posición por riesgo de liquidez con corte al mes de diciembre de 2015, se detalla a continuación:

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A 31 de diciembre de 2015:

A 31 de diciembre de 2014:

A 1 de enero de 2014:

Al 31 de diciembre de 2015 y 31 de diciembre de 2014, el Banco ha realizado un análisis de los vencimientos para pasivos financieros no derivados mostrando los siguientes vencimientos contractuales remanentes:

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Riesgo jurídico Bancompartir cuenta con un área jurídica y asesores externos, que brinda apoyo en la realización de sus operaciones. En todo caso, el área jurídica se encarga de hacer el seguimiento y velar por el cumplimiento de las normas y de las reglamentaciones expedidas por los diferentes entes de control, inspección y vigilancia. Las contingencias que existen en contra del Banco se encuentran debidamente reflejadas en los estados financieros y así mismo se han desarrollado medidas pertinentes para minimizar cualquier riesgo jurídico que se pueda derivar en el desarrollo de sus operaciones sociales. Riesgo tecnológico Para la adecuada gestión del riesgo tecnológico, Bancompartir cuenta con la definición de las políticas en materia de seguridad informática, lo cual ha sido acompañado de la implementación de la tecnología e infraestructura adecuada que permitan reducir los riesgos tecnológicos a los que está expuesta al Banco en desarrollo de su objeto social, siendo los más importantes los relacionados con: 1. Implementación de la Circular Externa 042 de la Superintendencia Financiera de Colombia, con el fin de mejorar la seguridad tecnológica y operacional para los clientes. 2. Análisis de vulnerabilidad a la red de datos del Banco, cuyo objetivo es asegurar la detección y solución de debilidades en dispositivos de la red, mediante reportes referenciales comparados con puntos de control estandarizados a nivel mundial y aplicado a la plataforma tecnológica de Bancompartir. 3. Homologación de la herramientas antivirus y antispam a nivel de toda la Entidad. 4. Plan de recuperación de desastres. 5. Implementación del software Aranda que brinda información de cada computador de al Banco a nivel de hardware y software, además de ofrecer servicios de gestión remota en tiempo real y manejo remoto de archivos y programas útiles para labores de control y soporte. Riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo Bancompartir a 31 de diciembre de 2015, cumplió con las políticas y normas establecidas en la Parte I, Título IV, Capitulo IV de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 12014) sobre el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT), desarrollando las siguientes actividades: Las políticas adoptadas por nuestro Banco exigen el conocimiento adecuado de todos nuestros clientes, sus actividades y en especial el origen de sus recursos. Nuestros clientes deben diligenciar el formulario de vinculación adoptado por el Banco y adjuntar la documentación respectiva. Gracias a nuestra actividad de prestadores de servicios financieros en el sector de las microfinanzas y con el apoyo y compromiso del área comercial se lleva a cabo el modelo relacional el cual consiste en realizar visitas a los establecimientos de comercio por parte de los Asesores Comerciales. Así mismo, efectuamos una confirmación de la información que nos suministran nuestros clientes y adelantamos procesos especiales de seguimiento de operaciones de clientes con un mayor nivel de riesgo.

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La información de nuestros clientes es conservada de acuerdo con lo que exige la ley y durante el término previsto en la misma. Capacitación: En el proceso de inducción los empleados nuevos reciben la capacitación SARLAFT y como mínimo una vez al año se realiza la capacitación de actualización anual SARLAFT la cual aplica para los funcionarios antiguos. Reportes Obligatorios: El Banco cumplió con los reportes obligatorios a la UIAF relacionados con el SARLAFT. Consulta en Listas: Los clientes, proveedores, empleados y accionistas son consultados en las listas de la OFAC y de las Naciones Unidas, previo a su vinculación al Banco. Adicionalmente con periodicidad mensual es validada contra las referidas listas la base de datos de Clientes, lo que permite tener control no solamente al momento de su vinculación, sino también durante el período de permanencia en el Banco. En el transcurso del año 2015 el Oficial de Cumplimiento realizó como mínimo en períodos trimestrales el informe de su gestión, los cuales se presentan a la Junta Directiva en cumplimiento a lo establecido en la Parte I, Título IV, Capitulo IV de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 de 12014) sobre el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT). En estos informes se describe todo lo relacionado con los resultados de las políticas y programas desarrollados, el cumplimiento de los diferentes reportes, la efectividad de todos los mecanismos de control, así como todo lo relacionado con la gestión de riesgos, etapas y elementos del SARLAFT. Nota 39. Gobierno corporativo Junta Directiva y Alta Gerencia: La Junta Directiva y la Alta Gerencia del Banco están al tanto de la responsabilidad que implica el manejo de los diferentes riesgos, y están debidamente enterados de los procesos y de la estructura de negocios, teniendo en cuenta que Bancompartir tiene como estrategia dedicar sus esfuerzos a las microfinanzas y este perfil especial conlleva al análisis y evaluaciones específicos. En cuanto a los límites de aprobación, la Junta es informada e interviene directamente en las operaciones que por su cuantía corresponde aprobarlas a ese Organismo. Políticas y división de funciones La política de gestión de riesgos ha sido impartida desde la Junta Directiva y se encuentra integrada con la gestión de riesgos de las demás actividades del Banco. Reportes a la Junta Directiva La Junta Directiva y la Alta Gerencia reciben periódicamente los reportes sobre posiciones de riesgo tanto en inversiones, crédito, gestión de activos y pasivos, solvencia y demás riesgos. Asimismo,

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se informa a la Junta sobre el incumplimiento de límites, operaciones fuera de las condiciones de mercado y con empresas o personas vinculadas al Banco. Infraestructura tecnológica 1. Actualización tecnológica y crecimiento de la infraestructura. Durante el 2015, el Banco implementó importantes proyectos tecnológicos como parte del plan estratégico corporativo de crecimiento y eficiencia operacional tales como: Implementación a nivel nacional de OnBase para la mejora de los procesos de otorgamiento y desembolso de créditos, implementación del producto de cuenta corriente y canje requeridos para la licencia bancaria, certificación con la cámara de compensación electrónica CENIT para transferencias interbancarias, desarrollo e implementación nuevo producto de créditos de montos bajos, actualización de la plataforma central de servidores, nueva plataforma de correo electrónico y comunicaciones unificadas, aprovisionamiento e instalación de infraestructura tecnológica de las nuevas oficinas e implementación del proyecto de seguridad perimetral administrada, entre otros. 2. Plan estratégico de tecnología. En el año 2016 y en alineación con los proyectos estratégicos del Banco se desarrollarán importantes proyectos de orden tecnológico entre los que cabe destacar los siguientes: Selección Core Bancario, identificación y desarrollo gap funcional y técnico del Core Bancario, implementación aplicativo de crédito hipotecario, implementación aplicativo para la gestión del portafolio de inversiones de la tesorería, desarrollo módulo de gestión de convenios de recaudo y dispersión, implementación módulo de gestión de tarjeta debito franquiciada, desarrollo cuenta corriente con sobregiro, implementación plataforma de venta relacional y el aprovisionamiento de infraestructura tecnológica para el nuevo Core Bancario y nuevas oficinas. Metodologías para medición de riesgos Bancompartir cuenta para cada uno de sus sistemas de administración del riesgo, con metodologías adecuadas que le permiten adelantar la medición de los riesgos a los cuales se encuentra expuesta en el desarrollo de su objeto social. Es así, como en riesgo de crédito, se cuenta con modelos que reúnen variables cuantitativas y cualitativas, objetivas y subjetivas, que operan en las diferentes etapas crediticias como son: otorgamiento, seguimiento y recuperación. Para el caso específico de la estimación de las pérdidas esperadas, el Banco ha implementado los modelos de referencia conforme lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia. La misma situación, opera para la medición del riesgo de liquidez y mercado, en los cuales el Banco ha desarrollado e implementado las metodología conforme lo definido por la Superintendencia Financiera Colombia. Para el caso de riesgo operativo y de lavado de activos y financiación del terrorismo, los modelos

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desarrollados por el Banco, permiten medir el riesgo inherente y residual de cada una de las áreas, productos y procesos de la Entidad, así como su consolidado. Estructura organizacional La estructura organizacional del Banco comprende las siguientes gerencias: comercial, financiera, tecnología y operaciones, mercadeo, gestión humana y administrativa, apoyada por la contraloría interna, el oficial de cumplimiento y la secretaría general. Existe total independencia entre las áreas de negociación, control de riesgos y de contabilización. Al corte de 31 de diciembre de 2015, el Banco contaba con 1,731 empleados así:

Al corte de 31 de diciembre de 2014, el Banco contaba con 1,577 empleados así:

Al corte de 1 de enero de 2014, el Banco contaba con 1,346 empleados así:

Al corte de 31 de diciembre de 2015 el Banco contaba con 87 oficinas y 6 puntos de información. Recurso humano Los funcionarios de el Banco se encuentran debidamente calificados y preparados, de acuerdo con sus funciones, tanto académicamente como a nivel de experiencia profesional. Verificación de operaciones El Banco cuenta con mecanismos de control y seguridad para que las operaciones se realicen de acuerdo a sus condiciones de aprobación, de igual manera su contabilización se registra en forma oportuna y precisa. Comité de auditoria El comité de auditoría supervisa en nombre de la junta directiva, la integridad del reporte financiero, controles y procedimientos implementados por la Gerencia.

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Contraloría La Contraloría Interna tiene acceso permanente y sin limitaciones a la información de las operaciones que el Banco efectúa. La Contraloría Interna adelanta las revisiones de acuerdo con los lineamientos del Comité de Auditoría, las normas emitidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, sobre las cuales emite informes cuyas recomendaciones son oportunamente atendidas por la Administración. Nota 40. Controles de ley El Banco ha dado adecuado cumplimiento a los requerimientos de encaje, relación de solvencia, inversiones obligatorias (Bonos de paz, TRD y TDA clases A y B), posición propia y posee un margen suficiente frente a cualquier situación de quiebra. A continuación se detalla el margen de solvencia y el patrimonio técnico:

Nota 41. Hechos Subsecuentes Venta de inversiones Bancompartir suscribió el pasado 8 de febrero de 2016 un acuerdo con TRANSUNION NETHERLANDS II B.V., para la venta del ciento por ciento (100%) de su participación accionaria en CIFIN S.A., sociedad anónima, calificada como Sociedad de Servicios Técnicos y Administrativos, acreditada como operador de información financiera, crediticia, comercial y de servicios. En tal fecha se perfeccionó la venta de 4.872 acciones ordinarias por un valor de $ 0.6 en moneda legal colombiana por acción, de forma tal que, junto con los demás accionistas parte del acuerdo de venta, se enajenó el 71% de la participación accionaria de CIFIN S.A., por un valor de $3.067 en moneda legal colombiana. Las restantes acciones ordinarias, esto es 1.612, serán transferidas a más tardar el próximo 31 de mayo de 2016. Litigios El proceso verbal sumario de acción de protección al consumidor que inició la señora Linda Jineth Agudelo Martínez en contra del Banco terminó por conciliación el pasado 12 de febrero de 2016.