MODELO TARIFARIO PARA LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES. 2011

MODELO TARIFARIO PARA LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES. 2011 [En el presente informe se encuentra la metodología establecida para la dete...
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MODELO TARIFARIO PARA LOS CENTROS DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES.

2011 [En el presente informe se encuentra la metodología establecida para la determinación de los costos del examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz examen realizado en los centros de reconocimiento de conductores, la cual contempla un tope máximo en la tarifa.]

[INFORME FINAL]

Tabla de contenido

Introducción ........................................................................................................................................ 3 ¿Cómo está el mercado? ..................................................................................................................... 4 Oferta (2009 y 2010) ....................................................................................................................... 4 Exámenes practicados (2009 y 2010*) ............................................................................................ 5 Implicaciones ley 1383 y 1397 en la relación oferta y demanda .................................................... 6 Vigencia de la licencia de conducción ......................................................................................... 6 Evolución de Precios: 2009-2011 .................................................................................................... 7 Metodología de estimación del precio máximo.................................................................................. 9 Modelo para la estimación del precio máximo. .............................................................................. 9 I.

Tasa de rentabilidad (CAPM) ............................................................................................... 9

II.

Metodología de estimación de precios por rendimiento objetivo ................................... 10

III.

Estimación de la demanda efectiva, costos y capital invertido .................................... 11

IV.

Obtención de los precios de acuerdo a los anteriores pasos. ....................................... 13

V.

Determinación de la tarifa máxima ................................................................................... 14

Método de actualización ............................................................................................................... 15 Recomendaciones finales.................................................................................................................. 16

Introducción El Examen de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz-EAFMC que practican los Centros de Reconocimiento a Conductores-CRC es indispensable para que los conductores puedan obtener su licencia de conducción. Actualmente los precios que cobran los CRC por la realización del EAFMC son el resultado de la libre competencia. No obstante, se ha evidenciado que en algunos municipios los CRC enfrentan poca competencia y tienen un mercado cautivo lo cual les otorga cierto poder de mercado. En este sentido la Ley 1383 en el artículo 5 parágrafo 3 ha establecido que “El Ministerio de Transporte reglamentará los costos del examen, teniendo como referencia los valores actuales, haciendo ajustes anuales hasta por el índice de precios al consumidor, IPC”. En virtud de lo anterior el Ministerio de Transporte, contrató a la Universidad Nacional de Colombia-UNC, con el objeto de “adelantar el estudio para el seguimiento de la operación de los Centros de Reconocimiento de Conductores1 y estructuración de la metodología para el análisis de los resultados del Examen de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz2 para obtener la licencia de conducción”. Uno de los objetivos del estudio era estimar los precios que deberían cobrar los CRC por los EAFMC, a la luz de la ley entrada en vigencia de la Ley 1383 de 2010. En cuanto a la propuesta tarifaria, el estudio de la UNC se basó en supuestos en un escenario que amerita la realización de algunos ajustes. En dicho estudio existen valiosos elementos en esta investigación que están vigentes y que permiten sugerir un esquema tarifario que reglamente el mandato de la Ley 1383 y 1397 de 2010. En este sentido, el objetivo de este documento es retomar los aportes que realizó la Universidad y con base en estos proponer un esquema en donde se establezca un precio máximo para la realización de los EAFMC.

1 2

En el presente documento para referirse a los Centros de Reconocimiento de Conductores, se acudirá a la sigla CRC En el presente documento para referirse al Examen de Aptitud Física, Mental y de Coordinación Motriz2, se acudirá a la sigla EAFMC

¿Cómo está el mercado? En esta primera parte del informe se presentan las condiciones generales en las cuales cual están operando los CRC, con el propósito de hacer un diagnóstico en aspectos tales como el comportamiento de la oferta y de exámenes realizados e implicaciones de la aplicación de las nuevas leyes (1383 y 1397 de 2010) y la evolución de los precios con base en el año 2009.

Oferta (2009 y 2010) La oferta depende del número de Centros de Reconocimiento de Conductores habilitados por el Ministerio de Transporte. De acuerdo con la Dirección de Tránsito y Transporte y El RUNT para el año de referencia 2009 estaban aprobados en el país 294 CRC y en la actualidad el número de centros aprobados aumento a 304, lo cual indica que la oferta permanece relativamente estable. Es de esperarse que no todos los CRC se encuentren activos, pero en este análisis se considerará que todos los CRC están operando. Adicionalmente, el Ministerio de Transporte aprueba un número máximo de EAFMC que cada centro está en capacidad de realizar al día, en la actualidad la suma total de los certificados que pueden realizar el todos los centros es de 16.763 exámenes diarios. El número de CRC´s se ve influenciado por la distribución poblacional a lo largo del país, por lo cual se establecieron unos grupos de municipios de acuerdo con el número de habitantes que permitan analizar variaos escenarios, los grupos fueron los siguientes: Bogotá: Tomado como un caso aparte dado que es la ciudad donde se concentra el mayor número de CRC. Barranquilla, Medellín, Cali (BMC): Conformado por aquellas ciudades grandes con una población entre 1 y 5 millones de habitantes. Ciudades Intermedias: Conformado por aquellas ciudades intermedias con una población entre 300,000 y un millón de habitantes. Ciudades Pequeñas: Conformado por aquellas ciudades pequeñas con una población menor a 300,000 habitantes. De acuerdo con las anteriores agrupaciones poblacionales, en las ciudades pequeñas está el 43% del total de CRC´s, seguida de las ciudades intermedias en donde se concentra el 21%, mientras que Bogotá y BMC tienen el 19% y 16% de todos los CRC´s del país, respectivamente (Tabla 1).

Tabla 1: Distribución geográfica porcentual de los CRC (2009)

Fuente: Datos Estudio Universidad Nacional de Colombia

Exámenes practicados (2009 y 2010*) Para estimar la demanda efectiva se consideraron las encuestas que realizó la UNC en el año 2009 a 57 CRC´s a lo largo del territorio nacional cuyos los resultados aparecen en la tabla 2. Al contrastar estos datos con la capacidad promedio de certificados por CRC aprobada por el Ministerio de Transporte se encuentra que la eficiencia técnica3 de los diferentes grupos poblacionales es muy baja. Adicionalmente, es evidente que el número anual de exámenes efectuados por CRC (o demanda efectiva) no es homogéneo, por el contrario Bogotá evidencia el menor promedio, mientras que Barranquilla, Medellín y Cali tienen el mayor promedio. Tabla 2: Nivel de Eficiencia técnica Porcentual por núcleos poblacionales (2009) DEMANDA EFECTIVA NÚCLEO CAPACIDAD POR CRC POBLACIONAL ANUAL 2009

EFICIENCIA TECNICA

BOGOTÁ

15750

3826

24%

BMC

17000

5499

32%

INTERMEDIAS

13250

4013

30%

PEQUEÑAS

12750

4576

36%

AGREGADO NACIONAL

58750

17914

30%

Fuente: Universidad Nacional de Colombia

La tabla 2 muestra claramente la situación de los CRC en cuanto a la oferta y la demanda efectiva, evidenciando problemas de sobreoferta. No obstante, como se verá más adelante está pendiente la aplicación de la reglamentación de la ley 1383 con la cual en principio cambiaría el panorama, llevando a la necesidad de habilitar unos CRC adicionales para compensar la demanda adicional que generará la refrendación periódica de las licencias de conducción.

3

Eficiencia técnica= No. de exámenes realizados/Numero de exámenes aprobados.

En el año 2010 se evidenció que relación entre la oferta y la demanda no cambió sustancialmente. Por el contrario, si se compara el total de exámenes practicados en el año 2010, que fue del 1´118.406, con la capacidad máxima de exámenes al año del año 2009, que fue de 4´150.750, se evidencia una caída en la eficiencia técnica del 30% al 27%.

Implicaciones ley 1383 y 1397 en la relación oferta y demanda Vigencia de la licencia de conducción La ley 769 de 2002, en su artículo 22 establecía que: “Las licencias de conducción para vehículos particulares tendrán una vigencia indefinida. Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de 3 años, al cabo de los cuales se solicitará su renovación adjuntando un nuevo certificado de aptitud física y mental y el registro de información sobre infracciones de tránsito del período vencido. Todos los conductores de servicio público mayores de 65 años deberán renovar su licencia de conducción anualmente, demostrando su aptitud mediante certificación competente e idónea”. Ahora la el artículo 6° de la ley 1383 de 2010 cambia los tiempos de refrendación de las licencias de conducción, de la siguiente forma: “Las licencias de conducción para vehículos de servicio diferente al público, tendrán una vigencia indefinida. No obstante, cada cinco (5) años, el titular de la licencia deberá refrendarla, para lo cual se practicará un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz, que permitirá establecer que se mantienen las aptitudes requeridas para conducir. Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una Vigencia de tres (3) años, al cabo de los cuales se solicitará su refrendación, presentando un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz, y el registro de información o certificado en el que conste que se encuentra al día por concepto de pago de multas por infracciones a las normas de tránsito, debidamente ejecutoriadas. Todos los conductores de servicio público mayores de sesenta (60) años deberán refrendar su licencia de conducción anualmente, demostrando mediante el respectivo examen, su aptitud física, mental y de coordinación motriz. De igual manera lo harán cada tres (3) años los conductores de servicio diferente al público, a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad”. En resumen la periodicidad de la refrendación cambiará de acuerdo con la tabla 3, lo cual conducirá a un aumento tan elevado de la demanda que la eficiencia técnica de las CRC subirá del 27%-30% al 100% ya que la demanda podría multiplicarse por 6, según el estudio de la UNC.

Tabla 3: Cambios con base en ley 1383. Clase de Actualmente Periodicidad servicio/Edad refrendación en años Particular65

Indefinido

3

Publico60

1

1

Fuente: Datos Ley 1383 de 2010.

Evolución de Precios: 2009-2011 Actualmente el mercado de los Centros de Reconocimiento de Conductores y más específicamente el de los exámenes de aptitud física mental y de coordinación motriz, se encuentra bajo el esquema de libre mercado, es decir cada empresario de acuerdo con su estudio de mercado, sus proyecciones en sus costos y rentabilidad, estima los precios finales con los cuales va a competir en el mercado. De acuerdo con la sobreoferta que se evidenció anteriormente, los precios parecen estarse ajustando a la baja. Por ejemplo, en el año 2009 el costo promedio del examen era de $75.466 y en el 2011 descendió a $73.972,95, adicionalmente la mediana de los precios descendió de $86.206,90 a $77.586,21. (Gráficos 3 y 4). Grafico 3: Tarifa EAFMC con datos observados según encuesta UNAC, datos 2009 sin IVA.

Fuente: Universidad Nacional de Colombia

Grafico 4: Tarifa actual EAFMC, con datos encuestados por ORE en enero 2011, sin IVA.

Fuente: Recolección propia, ORE.

No obstante, cuando se observa el cambio de las tarifas según los grupos poblacionales que se establecieron en la sección de demanda, se encuentran comportamientos diferenciados. En las ciudades con un gran número de CRC´s (Bogotá y BMC) existe una tendencia a la baja en los precios del examen, lo cual puede deberse a la alta competencia entre los centros. Por el contrario en ciudades pequeñas o intermedias se observa que el precio ha subido y esto puede estar reflejando la ausencia de competencia ya que en estos municipios hay muy pocos CRC´s que favorecen comportamientos monopolísticos u oligopólicos. Tabla 4: Comparativo tarifas promedio 2009-2011, sin IVA NÚCLEO POBLACIONAL BOGOTÁ BMC INTERMEDIAS PEQUEÑAS PROMEDIO TOTAL

TARIFA 2009

TARIFA 2011

$ 77.014

$ 68.743

$ 67.661

$ 64.655

$ 81.180

$ 86.991

$ 72.736

$ 73.276

$ 75.466

$ 73.973

Fuente: Datos 2009: Universidad Nacional de Colombia, Datos 2011: recolección propia, ORE.

Metodología de estimación del precio máximo El precio máximo es un mecanismo de regulación económica que se usa para darle al mercado un margen para que el precio fluctué de acuerdo con la oferta y demanda. El límite superior se establece para evitar que se abuse del poder de mercado que algunos CRC tienen debido a que tienen poca competencia, permitiéndoles establecer tarifas muy altas que perjudican al usuario.

Modelo para la estimación del precio máximo. Para determinar el precio máximo se siguieron los siguientes pasos: I. II. III. IV. V.

Determinar un nivel de rentabilidad por realizar los exámenes. Establecer una metodología para calcular los precios. Obtener la estructura de costos, inversión inicial y la demanda. Encontrar los precios de acuerdo con los pasos I, II y III. Ajustar el precio del paso 4 para establecer el límite superior.

Los anteriores pasos se explican a continuación: I.

Tasa de rentabilidad (CAPM)

El primer paso para establecer el precio que las CRC deberán cobrar por el examen es determinar el nivel de rentabilidad que se debería obtener por realizarlos. En este sentido, se tomó la estimación que realizó la UNC a través del modelo Capital Asset Pricing Model-CAPM que frecuentemente se usa para determinar la rentabilidad que espera el inversionista o el costo del capital de los inversionistas. Básicamente la rentabilidad de los CRC es igual al retorno general del mercado ajustado según el riesgo que representa invertir en una CRC comparada con el riesgo general del mercado. Por ejemplo, si una empresa de un determinado sector tiene un riesgo mayor que el de empresas de otros sectores del mercado, entonces la rentabilidad de la empresa debería ser más de rentable (en proporción directa a su riesgo) que empresas de otros sectores del mercado.

Ajuste según el riesgo de invertir en una CRC frente al riesgo general del mercado.

r  Rf   * ( Rm  Rf )  Rp

Retorno más seguro del mercado.

Retorno general del mercado frente al más seguro.

Ajuste al riesgo Colombiano

Dónde: r: Tasa de rentabilidad o rendimiento estimada Rf: Tasa libre de riesgo. Beta: Estimador del riesgo del mercado. Rm: Rentabilidad del mercado. Rp: Riesgo País. Adicionalmente, debido al tipo de negocio, se le adiciona una prima de liquidez (z) del 10%. Con base en este método se encontró que la rentabilidad estimada para los CRC´s es de 13.22% (tabla 5). Tabla5.: CAPM, variables, datos y resultado de la metodología Variable

Valor

Rf BETA Rm

3,25% 0,94 10,44%

Rp

2,01%

CAPM Z (% del CAPM) Z

12,02%

CAPM +Z

13,22%

10% 1,20%

Fuente: Universidad Nacional de Colombia

II.

Metodología de estimación de precios por rendimiento objetivo

El modelo calcula el precio al cual se deben ofrecer los exámenes de manera que se garantice el rendimiento que se estimó con la metodología CAPM, dado el nivel de demanda que están atendiendo los centros. Para lograr lo anterior, se asume que la rentabilidad del modelo CAPM es igual al porcentaje de los beneficios respecto al capital invertido: Ingreso

r  13.22% 

Beneficios P  q  Costos  Capital Invertido K

Dónde: r: Tasa de rentabilidad o rendimiento estimada con el modelo CAPM. p: precio que se va a estimar. q: demanda observada en el mercado. Costos: costos de funcionamiento.

K: Capital inicial invertido. De la anterior ecuación se puede deducir el precio que garantiza el nivel de rentabilidad del 13.22% que arrojó el modelo CAPM, de siguiente manera:

P

0.1322  K  Costos q

A continuación se presenta cómo se obtuvo el capital (K), los costos y demanda observada (q). III.

Estimación de la demanda efectiva, costos y capital invertido

Las estimaciones de la demanda o exámenes efectivamente practicados se vieron en la sección sobre la situación actual del mercado y los resultados aparecen en el Gráfico 6. Para estimar la demanda se consideraron las encuestas que realizó la UNC en el año 2009 a 57 CRC´s a lo largo del territorio nacional. Grafico6: Demanda promedio anual estimada según grupo de municipios (2009). 6000 5499 5000 4000

4576 4013

3826

3000 2000 1000 0 BOGOTÁ

BMC

INTERMEDIAS

PEQUEÑAS

Fuente: Universidad Nacional de Colombia

Con base en la normatividad que se ha dispuesto sobre los CRC y las condiciones de realización de los exámenes, así como con la ayuda de expertos del sector salud, se indagó por la infraestructura mínima y el cuerpo de profesionales básico con el que contar un CRC para la adecuada realización de los exámenes. Este CRC es lo que se denomina en este documento CRC modelo. Adicionalmente se consultó en el mercado cual sería el valor de la inversión y el costo de funcionamiento promedio a nivel nacional de una CRC modelo.

Respecto a la inversión se consideraron los siguientes conceptos: Inicial sin equipos: Incluye todos los costos de formalización del CRC, además de los costos de muebles y equipos de oficina necesarios y el de la adecuaciones locativas necesarias para el funcionamiento de los consultorios y áreas comunes. Acreditación inicial: Costo medio de la inversión realizada por el CRC en el proceso de acreditación bajo la norma ISO/IEC 17024. Inicial ISO: Monto de la inversión realizada por el CRC para obtener la certificación de calidad ISO, se decidió incluir la misma debido a que la mayoría de los CRC cuentan con esta certificación a pesar de que la misma no es exigida por el Ministerio de Transporte para el funcionamiento, pero si es claro que el poseer la misma es un signo claro de buena organización de los procesos y una garantía relativa de calidad en el servicio. Compra de equipos: Costo promedio de los equipos para evaluación médica adquiridos por el CRC para realizar pruebas de visión, audición y psicomotriz. Sobre este valor se establece el costo de la depreciación o utilización de los equipos que se carga al costo de funcionamiento por periodo en el cálculo del método tarifario. Respecto a los costos de funcionamiento se consideraron los siguientes conceptos: Auditorias de acreditación: Costo estimado en que incurre el CRC por periodo durante el proceso de auditoría a la acreditación por parte de la ONAC. Auditoría ISO: Monto de la inversión realizada por periodo en las auditorías de mantenimiento de la certificación ISO. Salarios (año): Monto total de la nómina de profesionales, personal administrativo y de servicios generales del CRC para un periodo anual. Gastos administrativos: En este ítem se Agrupan: costos de funcionamiento que hacen referencia al trabajo administrativo del CRC, entre los que se pueden nombrar; arrendamientos, servicios públicos, seguros, comunicaciones, insumos de oficina, mantenimiento de equipos, seguridad y vigilancia, entre otros. Arrendamiento de equipos: Esta variable se incluyó, al encontrar en el estudio previo a la encuesta que existían CRC que no tenían propiedad sobre los equipos de valoración médica y manejan figuras de arrendamiento o franquicia sobre los mismos a través de casas matrices que representan a los fabricantes en el país. En la tabla 5 aparecen los resultados del promedio del valor de la inversión y los costos de una CRC modelo.

Tabla 5: Estructuras de una CRC modelo. CONCEPTO

COSTO

Inversión inicial

$ 42,000,000

Certificación inicial

$ 4,500,000

Inicial ISO

$ 10,000,000

Inversión o capital total inicial

$ 56,500,000

Compra equipos

$ 45,000,000

Inversión total

$ 101,500,000

Depreciación equipos

$ 4,500,000

Auditorias certificación

$ 6,000,000

Auditorias ISO

$ 6,000,000

Salarios (año)

$ 207,228,262

Gastos administrativos

$ 71,400,000

Costo de funcionamiento total

$ 295,128,262

Fuente: Universidad Nacional de Colombia

IV.

Obtención de los precios de acuerdo a los anteriores pasos.

Antes de avanzar en la obtención de los precios resulta conveniente recapitular cómo se obtuvo la información que permite estimar los costos:

CAPM

P

Normatividad, expertos y precios de insumos en el mercado.

0.1322  K  Costos q Encuestas

Con base en la anterior fórmula y todos los insumos que se obtuvieron en los anteriores pasos se calcularon los precios en los diferentes grupos municipales que se han visto anteriormente, con el fin de obtener varios escenarios de acuerdo a la demanda (q) que efectivamente se está observado:

Tabla 6: Precios del examen según grupo municipal. BOGOTÁ

BCM

INTERMEDIAS

Inversión (k)

$ 56,500,000

Costo de funcionamiento

$ 295,128,262

PEQUEÑAS

TOTAL NACIONAL

Demanda efectiva 2009 (q)

3826

5499

4013

4576

4457

Precio Estimado

$ 79,090

$ 55,028

$ 75,404

$ 66,127

$67.893

Fuente: Universidad Nacional de Colombia

Como se puede observar el efecto de la demanda sobre los precios es significativo y evidencia que entre mayor sea el número de exámenes practicados menor es el precio. Este resultado es razonable porque en la estructura de costos de un CRC sólo hay costos fijos, lo cual significa que entre más exámenes se realicen en un mayor número de usuarios se pueden distribuir los costos. Otra conclusión importante es que de alguna manera la inexistencia de homogeneidad en cuanto a la demanda efectiva por CRC impide determinar una tarifa única para todo país, según lo revelan los diferentes escenarios que ofrecen las agrupaciones de municipios. V.

Determinación de la tarifa máxima

¿Por qué una tarifa máxima? Primero, porque cumple con los requerimientos de las leyes 1383 Y 1397 de 2010 en cuanto a la necesidad de reglamentar los costos del EAFMC. Segundo, permite la existencia de competencia entre las CRC, ya que deja un espacio para que el precio de los exámenes se ajuste ante cambios en la oferta y la demanda. Tercero, la demanda efectiva y los costos de funcionamiento no son homogéneos entre las diferentes regiones y la existencia de una tarifa máxima permite ajustes a estas particularidades. Cuarto, un límite superior de los precios que previene el abuso de posición dominante en el mercado en aquellos sitios donde existen pocos CRC El límite superior Se ha considerado que es conveniente que el límite superior respete la situación de demanda efectiva promedio que se está observando. En este sentido, se va a tomar como precio máximo el que se estimó usando la demanda efectiva promedio nacional, es decir, $67.893. Como este precio está calculado con los datos del año 2009, se debe traer a precios del año 2011 y para ello se

ajusta con la variación anual del IPC que se observó al cierre del 2009 y 2010. De esta manera el límite superior es $71.400 (ajustado a la centena más cercana).

Método de actualización Las leyes 1383 y 1397 de 2010 indican que se deben realizar “ajustes anuales hasta por el índice de precios al consumidor, IPC”. De esta manera el límite superior se actualizará anualmente con la variación del IPC al cierre del año anterior. Lo cual formalmente se describe a continuación:

Pr ecioMaximo t  Pr ecioMaximo t 1 * (1  IPCt 1 ) Donde, ∆IPCt-1: Variación porcentual del IPC al cierre del año anterior. De esta forma se logra un ajuste justo y razonable para el CRC que ofrece el servicio y para el Usuario final.

¿Cómo están los precios actuales frente al precio máximo? La tarifa máxima que se escogió es bastante cercana al promedio de los precios que se observan en el mercado en el 2011, cuyo valor es de $73.973 (sin IVA). Este resultado corresponde a los lineamientos de la ley 1383 y 1397 de 2010 en cuanto a considerar los “valores actuales” de los precios de los exámenes para reglamentar su costo. Gráfico 7. Precio máximo estimado y precios actuales de los EAFMC 120.000 100.000 80.000 71.400

TARIFAS 2011 MAXIMO

60.000 40.000 20.000 Fuente: Recolección propia, ORE.

No obstante, hay una porción elevada de CRC´s que están realizando los exámenes con precios que están por encima del máximo que se permitiría. La razón de ello se debe principalmente a que no hay suficiente competencia en gran parte de los municipios. En la tabla 7 aparecen los municipios en donde hay CRC´s que practican los exámenes con precios superiores al máximo que se permitiría, pero al mismo tiempo se puede observar que el número de CRC´s habilitadas en dichos municipios es muy bajo, lo cual facilita prácticas no competitivas. Por ejemplo, en Montería

sólo hay habilitadas 3 CRC´s y todos cobran $86.207 (sin incluir el IVA), en girón sólo hay 2 CRC´s y también cobran ese precio, en Tuluá sólo hay un CRC que hace los exámenes por el mismo valor, en Espinal hay un solo CRC que cobra por encima del máximo. Tabla 7. Ciudades con CRC´s que cobran por encima del precio máximo y número de CRS´s habilitadas en estas ciudades. CIUDAD

No. CRC TARIFA 2011

CIUDAD

No. CRC TARIFA 2011

BARRANCABERMEJA

3

$ 77,586

MONTERIA

3

$ 94,828

BOGOTA

67

$ 86,207

POPAYAN

5

$ 86,207

BUCARAMANGA

9

$ 90,517

SANTA MARTA

4

$ 103,448

CALI

11

$ 86,207

2

$ 86,207

ESPINAL GIRARDOT GIRON

1 5 2

$ 77,586 $ 77,586 $ 86,207

SANT. DE QUILICHAO SINCELEJO SOCORRO TULUA

1 2 1

$ 86,207 $ 86,207 $ 86,207

BUGA

2

$ 86,207

VALLEDUPAR

3

$ 86,207

IBAGUE

3

$ 86,207

YOPAL

3

$ 86,207

Fuente: Recolección propia, ORE.

Recomendaciones finales. Junto con la metodología establecida en el presente informe, la Oficina de Regulación Económica recopila y adiciona una serie de recomendaciones de política para el correcto proceder del mercado: Debemos apuntar hacia un CRC modelo ya que el modelo tarifario propuesto será cada vez más eficiente si se logran las siguientes características: Definir una infraestructura mínima en el CRC. Un cuerpo de profesionales suficiente. Consultorios especializados y áreas de recepción y archivo. Equipos requeridos apropiadamente calibrados. Pactar su rentabilidad de acuerdo a la rentabilidad esperada. De la misma forma las condiciones actuales de oferta de los Centros de Reconocimiento de Conductores variarían significativamente cuando con ocasión del cambio de licencias, la demanda de usuarios aumente. Es decir en ese momento del tiempo podría requerirse nuevos Centros de Reconocimiento de Conductores, la cantidad no puede estimarse hasta que la Dirección de Tránsito y Transporte establezcan los plazos. En cuanto a la competencia del RUNT, cabe resaltar que actualmente solo se registra si el candidato es aprobado o no, pero está claramente demostrado que la cantidad de resultados no-

aprobado es casi nula en el sistema. En este sentido, se recomienda insistir al Registro Único Nacional de Transito el control sobre los resultados obtenidos en las diferentes etapas del examen (psicológico, optómetra, fonoaudiólogo y medico general). De acuerdo con visitas y revisión de la normatividad, no existe una reglamentación clara que generalice la calibración de los equipos utilizados en el examen, lo cual influye directamente en la estandarización de los resultados, por lo cual recomendamos a la Dirección de Tránsito y Transporte crear un método de control para mantener estándares de calibración, con lo cual se lograría afianzar la calidad. Respecto a funciones operativas, en las visitas que realizó tanto la Universidad Nacional y las realizadas por el Ministerio de Transporte, se expusieron las restricciones a las cuales se encuentran sometidos los CRC al estar catalogados como IPS. Lo cual incrementa los requerimientos al momento de obtener la habilitación para su funcionamiento, aumentando los costos de la inversión inicial y de funcionamiento en búsqueda de alcanzar los estándares como IPS. Se propone a la DTT sea tenido en cuenta el hecho de darles un tratamiento diferencial a los CRC, cambiando las condiciones de habilitación como IPS. Por último, Se debe fortalecer la comunicación del RUNT con la DIAN, para que ellos como ente estatal acompañen la regulación realizada por esta oficina: en cuanto a recaudos de impuesto al valor agregado (IVA). Partiendo de la base que los CRC son IPS, sin embargo no van en pro de mejorar la salud de los examinados en el examen, por lo cual deben ser retenedores del IVA.

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