Modelo de Contrato PPS

Modelo de Contrato PPS Material de soporte del Diplomado “Modalidades de Asociaciones Público-Privadas y Marcos Jurídicos Concesión” Elaborado por De...
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Modelo de Contrato PPS Material de soporte del Diplomado “Modalidades de Asociaciones Público-Privadas y Marcos Jurídicos Concesión”

Elaborado por Derek M. Woodhouse Socio de Woodhouse Lorente Ludlow, S.C.

México, Distrito Federal Octubre 2010

Patrocinado por el Fondo Multilateral de Inversiones del Banco Interamericano de Desarrollo

Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

INTRODUCCIÓN

El modelo de contrato de prestación de servicios a largo plazo para la implementación de un proyecto para prestación de servicios (Contrato PPS) es elaborado normalmente como resultado de un esfuerzo conjunto entre quien vaya a obrar como Entidad Contratante y un grupo interdisciplinario de expertos técnicos, financieros y jurídicos que responden a las necesidades o inquietudes de aquélla respecto a establecer una Asociación Público-Privada (APP) para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios públicos. Antes que cualquier otro paso, este grupo debe llevar a cabo lo que se conoce como Taller de Riesgos, que implica un ejercicio de concentración de objetivos, esfuerzos y especialidades, para detectar en forma previa, todas las necesidades que habrán de ser previstas en torno a los PPS; independientemente de la cronología de otras actividades, tanto de planeación como de acción, el Taller de Riesgos primero manifiesta los riesgos del proyecto, luego permite que los expertos recomienden cuál de las partes debería asumirlos respectivamente y finalmente otorga un orden a la sucesión de fases y eventos a cubrir por el proyecto, para lograr la mayor eficacia y generación del valor por dinero —óptima combinación entre costo total del proyecto y la calidad e idoneidad del servicio y de su infraestructura, para el logro de los resultados empleados—; en la medida en que el Taller detalla riesgos, se esbozan las características, prioridades, metodologías y técnicas, que resultarán en los proyectos de los contratos e instrumentos jurídicos a utilizar. Las leyes aplicables a cada caso también determinarán los procesos y requisitos de participación de las empresas idóneas para concertar la asociación público-privada y celebrar un contrato. Finalmente, se prepara un paquete a ofrecerse a los interesados, que contiene modelos tipo de los instrumentos jurídicos que la Entidad Contratante celebraría con quien resultara adjudicataria del proyecto; entre ellos está el Modelo de Contrato PPS que a continuación se presenta y los Modelos de Bases de Licitación, cuando en su caso sean aplicables.

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INTEGRACIÓN Un Contrato PPS cuenta generalmente con tres elementos básicos:

1. ANTECEDENTES Y DECLARACIONES Cada parte hace descripciones de hechos, detalla fundamentaciones legales requeridas, así como la relación de documentos o actos jurídicos que prueban la legitimidad, legalidad o licitud de los actos y del status de representación de los firmantes, de su capacidad para obligarse o representar a los firmantes, en su caso, tanto formal como materialmente; también, se hacen las relatorías de antecedentes necesarias en cada caso y, por lo que hace a la entidad contratante, hace las veces de la motivación necesaria. •

Uno de los firmantes es necesariamente una entidad o dependencia del sector público que puede actuar por sí misma o mediante la representación competente que se decida. Siempre se trata del que contrata los servicios objeto del contrato. Como contratante, debe contar con recursos patrimoniales para cumplir con el pago de la contraprestación que se pacte en el contrato; los antecedentes de procedencia, constitución de vehículos jurídicos al efecto, autorizaciones y decretos de autorización para la celebración de los actos referidos en el contrato, se pueden relacionar aquí.



El otro firmante es una empresa del sector privado, Proveedor del servicio integral de largo plazo para el cual deberá hacerse cargo del diseño, financiamiento, construcción, mantenimiento y, si el marco legal lo permite, operación de determinada infraestructura a la Entidad Contratante —y no al público en general o a los usuarios del servicio público que presta la entidad o dependencia—; en general, puede tratarse de una empresa o empresas preexistentes o un grupo empresarial —vehículo de propósito específico—que se asocia para efectos de responder a la convocatoria hecha por la Entidad Contratante, ya sea mediante convocatoria a licitación pública, o siguiendo los mecanismos establecidos por las leyes aplicables para asignar el contrato de servicios entre las empresas postulantes. El Proveedor puede subcontratar servicios de empresas que suelen ser socias del Proveedor. Pero para efectos del contrato, no tienen una relación contractual con la Entidad Contratante.

2. CLAUSULADO La zona del contrato que despliega el contenido obligacional y de derechos para las partes, en forma recíproca. En el Contrato PPS, constan frecuentemente de las cláusulas siguientes: Objeto, Precio, Duración del Contrato; Obligaciones a cargo de las partes, Calendarización de la prestación de los Servicios (y sus componentes); Derechos de las partes; Calidades; Junta de Coordinación; Cambios de Legislación y Variaciones; Causas excusables de incumplimiento; Garantías; Seguros; Responsabilidades Laborales; Indemnizaciones; Cesiones, cambios de control, subcontrataciones y cambios de administración. Terminación, Rescisión y efectos;

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propiedad intelectual e información del Proyecto, confidencialidad; legislación aplicable y procedimientos para la resolución de controversias. Cada vez es más frecuente utilizar una sección de “Definiciones” y “Cláusulas de Interpretación” de práctica anglosajona, aunque innecesarias ambas en nuestro Derecho, al tratarse de un sistema de Derecho escrito, en el que, aunque no se incluyan expresamente las cláusulas obligatorias por disposición de Ley, se tienen por puestas y por tanto, aplicable el Derecho (las leyes, reglamentos, códigos atinentes al asunto o materia) aunque no se nombre o se cite. También se ha optado por enviar estas cláusulas opcionales como anexos al Contrato. Las cláusulas primordiales se comentan a continuación: 2.1

OBJETO DEL CONTRATO

Incluye la o las cláusulas que definen el dar, hacer o no hacer a que se comprometen las partes contractuales. En esencia, es la razón de celebración del Contrato, la conceptualización y/o definición del Servicio que la [Entidad Contratante] desea que el Proveedor le preste. En el Contrato PPS, no se trata de contratación de Obra —a pesar de que haya obra implicada en el proyecto—, sino siempre contratación de servicios, que pueden consistir: a)

Servicios consistentes en la capacidad para prestar un servicio público (competencia de la Entidad Contratante). El Proveedor dota a la Entidad Contratante de los elementos necesarios —de todo tipo— para que se preste el servicio — v.gr, servicio de capacidad de transporte urbano; servicio de capacidad hospitalaria o educativa—.

b)

Servicios para el cumplimiento de una función específica (que coadyuva a las funciones del Entidad Contratante) — v.gr., servicio de prestación de educación especial para discapacitados, servicio de prestación de educación para niños con déficit de atención—.

Al ser un servicio, la Legislación atinente será la relativa a las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios (LAAS) aplicable —según corresponda en el ámbito federal estatal o municipal; y aún cuando el servicio incluya construcciones, del tipo de las reguladas normalmente como obra pública—, cuando no existe una ley PPS específica o en el supuesto de que dicha ley remita a la LAAS como norma directa o supletoria. La cláusula, entonces, debe apegarse a la legislación que le sea aplicable. 2.2

PRECIO DE LOS SERVICIOS

Se establece la contraprestación a cargo de la [Entidad Contratante], que se pacta como única contraprestación por los Servicios a cargo del Proveedor, en pagos periódicos previamente convenidos; ningún pago por otro concepto es válido. Un procedimiento más explícito para la determinación sobre la forma de pago y la metodología de cálculo del precio, se refiere en uno de los Anexos al Contrato, bajo esa denominación. a)

La prestación de servicios se caracteriza por los resultados alcanzados y la calidad de los mismos, que la Entidad Contratante se encarga de

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definir; mientras que el Proveedor debe definir paramétricamente los medios que empleará para alcanzar dichos resultados: v.gr. una entidad específica necesita servicios educativos para personas con capacidades especiales, perfilando qué aptitudes o actitudes deben desarrollarse; el Proveedor define, de qué dimensiones o con qué requerimientos deben construirse las instalaciones, en qué sitio deben ubicarse para cubrir un radio de necesidades óptimo, qué insumos se requieren, a fin de lograr la convergencia con el tipo de calidad y resultados solicitados por la contratante. Por ello, la [Entidad Contratante] no lidia con los problemas administrativos del desarrollo del servicio ni con varios contratistas, sólo verifica que los niveles de desempeño del proveedor sean los adecuados para llenar los estándares de calidad previamente convenidos. b)

2.3

Derivado de lo anterior y como característica singular, el mecanismo de pagos aplicable está basado en el desempeño del Proveedor del Servicio. La contraprestación a cargo del contratante, al tratarse de un servicio, es equivalente al pago periódico del mismo—como en una proveeduría—, durante toda la vigencia del contrato y su monto se determina en vista de la cantidad y la calidad de los servicios prestados efectivamente. Así, si la calidad de desempeño no es la acordada, hay una reducción en el monto del pago periódico, pues no se alcanzan los resultados esperados del servicio.

VIGENCIA DEL CONTRATO

Como el objeto del Servicio comprende generalmente desde el diseño hasta la operación del Proyecto cuya construcción e instalación se encargan al Proveedor, y tal proyecto no se entrega simplemente como “llave en mano”, ni culmina con la construcción del Proyecto y sus instalaciones, sino que implica el mantenimiento y la operación del dicho Inversionista por un lapso variable, hasta la entrega definitiva del Proyecto, la vigencia del contrato ordinariamente implica un plazo largo(20 a 30 años), que puede variar conforme a la legislación aplicable (hay legislación específica de PPS en ciertos estados, que determina los plazos mínimos y máximos de duración de los contratos; para otros estados se plantea únicamente la duración “a largo plazo” o se sobre entiende de la previsión presupuestal multianual, “duradera por la vida del contrato o del Proyecto”.) En todo caso, los esquemas PPS existentes implican una duración considerable para que el objeto de la prestación de servicios sea cumplido a cabalidad y aún tenga un período de dotación por el Proveedor. 2.4

OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

La principal es la Prestación del Servicio, pero con la singularidad de que el Proveedor financiará todo el proyecto, en todas sus partes y durante la vigencia contractual; así el financiamiento del Servicio nunca le representará Deuda Pública a la [Entidad Contratante], sino gasto corriente. Aunque la Infraestructura desarrollada sea propiedad del Proveedor, éste tiene limitaciones como titular de dichos derechos, pues no puede ofrecer tal infraestructura como garantía de créditos o financiamientos, aunque su destino sea la realización del Proyecto, pues no son gravables ni afectables. No obstante, sí se puede afectar el flujo de ingresos esperado como garantía y los

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acreedores del Proveedor pueden llegar a ejercer ciertos derechos de intervención para asegurar la continuidad del proyecto y del flujo de ingresos esperado. El contratante no requiere adquirir la propiedad de la infraestructura para la prestación del servicio que se desarrolla, pero tiene la posibilidad de hacerlo, por lo que el contrato plantea alternativas para la posesión y uso de la infraestructura física —como el comodato—, en tanto la Entidad Contratante decide; así como también, en su caso, puede preverse el momento y la forma de transmisión de la propiedad—gratuita, onerosa, y en tal caso, cómo calcular el valor para la transmisión; o incluso, considerando la adquisición de la infraestructura bajo los parámetros de determinación del valor propios del arrendamiento financiero—. Si se pacta un precio para tal adquisición, su pago importará deuda pública en su momento, para la Entidad Contratante. Los riesgos de la infraestructura que se desarrolla (trátese del diseño, financiamiento, construcción, puesta en marcha, desempeño operativo y cambio tecnológico) son asumidos, desde la firma del contrato, por el proveedor. Otros se pueden compartir, de así pactarse en el contrato, por las partes (riesgos de inflación, riesgos cambiarios, fuerza mayor, valor residual; a veces, riesgos derivados del cambio de demanda del servicio); los riesgos regulatorios (cambios en la Legislación, obtención de concesiones, permisos y licencias); a veces riesgos derivados del cambio de demanda del servicio, se asumen por la Entidad Contratante. En general, los riesgos se asumen por quien mejor pueda manejarlos o contenerlos. La determinación de la asunción de los riesgos normalmente ocurre en el “Taller de Riesgos” y se regula por la legislación. La idea, sin embargo es la asunción de los riesgos del proyecto por el Proveedor, no sólo de manera integral, sino durante el mayor tiempo posible, para facilitar una razonable distribución de funciones del gasto público, así como de los servicios estatales. El contrato trae, por tanto, cláusulas que prevén las consecuencias directas e indirectas de la transmisión de los activos o de su no transmisión, cláusulas sobre la responsabilidad del Proveedor y sobre las causas excusables de su incumplimiento. El Proveedor puede en todo momento hacer subcontrataciones de otras empresas, incluso propias, para la elaboración de las distintas etapas o fases de las que puede constar el Servicio. No requiere autorización expresa de la Entidad Contratante, pues quien aparece como única contraparte es el Proveedor y de antemano ambas partes conocen la metodología de elaboración o dotación del servicio. El Proveedor se convierte así, en el único responsable frente a la Entidad Contratante, y asume todo tipo de riesgos, incluidos los laborales. No obstante, puede pactarse la posibilidad de que la Entidad Contratante celebre a su vez contratos con los subcontratistas a fin de asegurar la continuidad del Proyecto o de la operación del servicio, en el caso de que el Proveedor fuese reemplazado o intervenido tanto por los financistas acreedores, como por la propia Entidad Contratante. Otras obligaciones a cargo del Proveedor se refieren a adquirir financiamientos, tramitar y obtener las autorizaciones, licencias y permisos; a constituir vehículos financieros alternativos (como podrían ser fideicomisos a los que se aporten los activos necesarios para la construcción del proyecto, tales como el terreno, las instalaciones y otros bienes infraestructurales, en donde permanecerán hasta la terminación del contrato). Contratar seguros y garantías;

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y a obligarse conforme a las cláusulas de protección de la propiedad intelectual del Proyecto, así como a guardar confidencialidad sobre la Información en torno al Proyecto. 2.5

OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE

El pago del precio; pero también otro tipo de obligaciones, dentro del ámbito de lo que pacten las partes, como la de facilitar la obtención de autorizaciones, permisos y licencias que estuviesen a su alcance; la no obstaculización del cumplimiento del objeto del contrato, para con el Proveedor; mantener la continuidad y estabilidad de sus funciones; e inclusive, pueden las partes pactar como obligación a cargo de la Entidad Contratante, la adquisición de los activos del Proyecto al término de la vigencia del contrato.

4. ANEXOS Constituyen la parte variable de la mecanización del Contrato y en ella se desarrollan los temas que requieren de mayor detalle o especificidad ya sea por materia o por profundidad. Forman parte integrante del Contrato con la misma jerarquía del texto principal, bajo el género de Instrumentos Contractuales. No obstante, de haber discrepancia entre los términos de los anexos respecto al texto principal, se suele pactar que prima la interpretación o la referencia de éste último sobre los Anexos. Al ser funcionales, hay tantos como necesidad de explicación, precisión y diversidad se requiera.

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ÍNDICE

ANTECEDENTES ............................................................................................................................. 1 DECLARACIONES ......................................................................................................................... 1 CLÁUSULA 1

DEFINICIONES Y REGLAS DE INTERPRETACIÓN ................................................ 2

Sección 1.1

Términos definidos ..................................................................................................2

Sección 1.2

Reglas de interpretación ................................................................................... 11

CLÁUSULA 2

OBJETO .............................................................................................................. 12

Sección 2.1

Objeto material ................................................................................................... 12

Sección 2.2

[la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS].................. 12

Sección 2.3

Pagos por Servicio ............................................................................................... 12

CLÁUSULA 3

PRECIO .............................................................................................................. 12

CLÁUSULA 4

VIGENCIA ......................................................................................................... 13

CLÁUSULA 5

OBLIGACIONES GENERALES DEL PROVEEDOR .............................................. 13

Sección 5.1

Documentos del Proyecto ................................................................................ 13

Sección 5.2

Ejecución del Proyecto ...................................................................................... 14

Sección 5.3

Medidas de seguridad ....................................................................................... 15

Sección 5.4

Autorizaciones...................................................................................................... 15

Sección 5.5

Financiamiento del Proyecto ........................................................................... 15

Sección 5.6

Capital Social Mínimo ........................................................................................ 16

Sección 5.7

Subcontratistas..................................................................................................... 16

Sección 5.8

Responsabilidad Laboral ................................................................................... 16

Sección 5.9

Condiciones del Terreno .................................................................................... 18

Sección 5.10 Fideicomiso Irrevocable de Administración .................................................. 19 Sección 5.11 Anuncios y Publicidad ........................................................................................ 20 CLÁUSULA 6

ACTIVIDADES PREVIAS ..................................................................................... 20

Sección 6.1

Aspectos generales ............................................................................................ 20

Sección 6.2

Programa de Actividades Previas ................................................................... 21

Sección 6.3

Certificación de Avance de Actividades Previas ........................................ 25

Sección 6.4

Diseño .................................................................................................................... 26

Sección 6.5

Desarrollo de la Infraestructura ........................................................................ 27

Sección 6.6

Equipamiento ....................................................................................................... 29

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Sección 6.7

Financiamiento .................................................................................................... 29

Sección 6.8

Preparación Operativa ...................................................................................... 30

CLÁUSULA 7

[LA DENOMINACIÓN ACORDADA PARA EL SERVICIO OBJETO DEL PPS] ... 30

Sección 7.1

Aspectos generales ............................................................................................ 30

Sección 7.2

Inicio de la Prestación del Servicio .................................................................. 30

Sección 7.3

Notificación de Servicio Deficiente ................................................................. 30

CLÁUSULA 8

FORMA DE PAGO ............................................................................................. 31

Sección 8.1

Facturación .......................................................................................................... 31

Sección 8.2

Moneda y Lugar de Pago ................................................................................. 32

Sección 8.3

Mora ....................................................................................................................... 32

Sección 8.4

Pagos en Exceso.................................................................................................. 32

CLÁUSULA 9

DESTINO DE LAS INSTALACIONES ................................................................... 32

Sección 9.1

Destino por expiración de la vigencia del Contrato ................................... 32

Sección 9.2

Destino por terminación anticipada o rescisión del Contrato .................. 33

Sección 9.3

Disposiciones comunes ...................................................................................... 33

CLÁUSULA 10 REPRESENTACIÓN Y COMUNICACIÓN .......................................................... 34 Sección 10.1 Representantes de [Entidad Contratante] .................................................... 34 Sección 10.2 Representante del Proveedor .......................................................................... 35 Sección 10.3 Notificaciones ...................................................................................................... 35 CLÁUSULA 11 COMITÉ DE COORDINACIÓN ......................................................................... 36 Sección 11.1 Constitución y Funciones ................................................................................... 37 Sección 11.2 Designación y Remoción de Miembros ......................................................... 38 Sección 11.3 Toma de Decisiones ............................................................................................ 38 Sección 11.4 Reuniones y Convocatorias .............................................................................. 38 CLÁUSULA 12 CAMBIO RELEVANTE EN LA LEGISLACIÓN ..................................................... 39 CLÁUSULA 13 RETRASOS .......................................................................................................... 40 Sección 13.1 Retraso imputable al Proveedor ...................................................................... 40 Sección 13.2 Retraso no imputable al Proveedor ................................................................ 41 Sección 13.3 Mitigación ............................................................................................................. 42 Sección 13.4 Notificación .......................................................................................................... 42 Sección 13.5 Falta de información .......................................................................................... 43 CLÁUSULA 14 INCUMPLIMIENTOS EXCUSABLES .................................................................... 44 Sección 14.1 Causas Excusables para el Proveedor............................................................ 44 Sección 14.2 Eventos Extraordinarios ....................................................................................... 45 Sección 14.3 Caso Fortuito o de Fuerza Mayor ..................................................................... 47

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CLÁUSULA 15 GARANTÍAS ....................................................................................................... 49 Sección 15.1 Constitución de Fianza de Cumplimiento...................................................... 49 Sección 15.2 Cobro de la Fianza de Cumplimiento ............................................................ 49 Sección 15.3 Liberación de la Fianza de Cumplimiento ..................................................... 49 Sección 15.4 Constitución del Fondo de Reserva ................................................................ 50 CLÁUSULA 16 SEGUROS ........................................................................................................... 51 Sección 16.1 Seguros a contratar ............................................................................................ 51 Sección 16.2 Contenido de las Pólizas .................................................................................... 52 Sección 16.3 Responsabilidad por Actos de los Subcontratistas....................................... 52 Sección 16.4 No Liberación de Responsabilidad ................................................................. 52 Sección 16.5 Riesgos no Asegurables ..................................................................................... 52 Sección 16.6 Administración de riesgos .................................................................................. 53 Sección 16.7 Notificación de Posible Reclamación ............................................................ 53 Sección 16.8 Aplicación de Pagos por Siniestro ................................................................... 53 Sección 16.9 Opción de Terminación de [Entidad Contratante] ..................................... 54 CLÁUSULA 17 INDEMNIZACIONES .......................................................................................... 54 Sección 17.1 Indemnizaciones del Proveedor a [Entidad Contratante] ......................... 54 Sección 17.2 Indemnizaciones de [Entidad Contratante] al Proveedor ......................... 55 Sección 17.3 Procedimiento de Reclamaciones .................................................................. 56 CLÁUSULA 18 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN........................................................................ 57 Sección 18.1 Procedimiento de Revisión ................................................................................ 57 Sección 18.2 Información Adicional ........................................................................................ 58 Sección 18.3 Fundamentos para Objetar .............................................................................. 59 Sección 18.4 Resultado de la Revisión .................................................................................... 61 Sección 18.5 Administración de Documentos ...................................................................... 61 CLÁUSULA 19 CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL O ESTRUCTURA SOCIETARIA ................... 62 Sección 19.1 Cesión .................................................................................................................... 62 Sección 19.2 Cambio de Control ............................................................................................. 62 Sección 19.3 Cambio de Estructura Societaria ..................................................................... 63 CLÁUSULA 20 INCUMPLIMIENTOS NO EXCUSABLES .............................................................. 64 Sección 20.1 Eventos de Incumplimiento del Proveedor .................................................... 64 Sección 20.2 Opciones de [Entidad Contratante] ............................................................... 66 Sección 20.3 Reemplazo de un Subcontratista en Incumplimiento ................................. 67 Sección 20.4 Prestación de Servicios por un Tercero ........................................................... 67 Sección 20.5 Rescisión Administrativa ..................................................................................... 67 Sección 20.6 Eventos de Incumplimiento de [Entidad Contratante] ............................... 68

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Sección 20.7 Opciones del Proveedor .................................................................................... 68 Sección 20.8 Coordinación con Acreedores ........................................................................ 69 CLÁUSULA 21 TERMINACIÓN ANTICIPADA ............................................................................ 69 Sección 21.1 Terminación Anticipada por parte de [Entidad Contratante] .................. 70 Sección 21.2 Pagos en caso de Terminación Anticipada .................................................. 70 Sección 21.3 Únicos Derechos .................................................................................................. 70 CLÁUSULA 22 PROPIEDAD INTELECTUAL E INFORMACIÓN DEL PROYECTO ........................ 71 Sección 22.1 Acceso a Propiedad Intelectual...................................................................... 71 Sección 22.2 Licencias ............................................................................................................... 71 Sección 22.3 Resguardo de la Información del Proyecto .................................................. 71 Sección 22.4 Reclamaciones en Materia de Propiedad Intelectual ............................... 72 Sección 22.5 Modelo Financiero .............................................................................................. 72 Sección 22.6 Cooperación para Auditorias .......................................................................... 72 CLÁUSULA 23 PROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ................... 73 Sección 23.1 Conciliación previa ante el Comité de Coordinación ............................... 73 Sección 23.2 Mediación obligatoria ante [*]......................................................................... 74 Sección 23.3 Competencia Judicial ....................................................................................... 74 CLÁUSULA 24 DISPOSICIONES GENERALES ............................................................................ 74 Sección 24.1 Legislación ............................................................................................................ 74 Sección 24.2 Sanciones .............................................................................................................. 75 Sección 24.3 Integridad ............................................................................................................. 75 Sección 24.4 Divisibilidad ........................................................................................................... 75 Sección 24.5 Idioma.................................................................................................................... 75 Sección 24.6 Modificaciones .................................................................................................... 75

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ANEXOS [Cada proyecto tiene el número y clase de anexos que se requieran; si los anexos son escasos, pueden incluirse dentro de las condiciones de la concesión. Lo siguiente es únicamente un ejemplo basado en el texto propuesto para este modelo]. Anexo 1 .................................................................................................. Mecanismos de Pagos Anexo 2 ......................................................................................... Requerimientos del Servicio Anexo 3 .......................................................................................... Requerimientos de Seguros Anexo 4 ............................................................................... Programa de Actividades Previas Anexo 5 ........................................................................................................ Modelo de Gestión Anexo 6 .........................................................................................................Modelo Financiero Anexo 7 ................................................................................................. Pagos por Terminación Anexo 8 ........................................................................................ Procedimiento de Variación Anexo 9 ..................................................................................Transmisión de las Instalaciones Anexo 10 .................................................................................................... Oferta del Proveedor Anexo 11 ....................................................................................... Lista de Exclusión Ambiental

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MODELO DE CONTRATO PPS MÓDULO 1 “MODALIDADES DE ASOCIACIONES PÚBLICO-PRIVADAS Y MARCOS REGULATORIOS”

Patrocinado por el Fondo Multilateral de Inversiones del Banco Interamericano de Desarrollo

Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LARGO PLAZO QUE CELEBRA POR UNA PARTE, [LA AUTORIDAD COMPETENTE QUE REQUIERA CONTRATAR EL SERVICIO], REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR [*], (EN LO SUCESIVO “[ENTIDAD CONTRATANTE]”), Y POR LA OTRA, [NOMBRE DE LA EMPRESA DE PROPÓSITO ESPECÍFICO CONSTITUIDA POR EL ADJUDICATARIO], REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR [*], (EN LO SUCESIVO EL "PROVEEDOR”). ANTECEDENTES [En esta sección se incluye una relatoría de la necesidad de llevar a cabo el proyecto; las razones para llevarlo a cabo; los fines que se persiguen; los estudios y demás consideraciones que deban hacerse respecto a la implementación del proyecto; y el procedimiento que se ha seguido para adjudicar el Contrato]. DECLARACIONES [Cada parte hace expresión de: personalidad legal, representación legal, detalle de autorizaciones, permisos, licencias, que las capaciten a celebrar el contrato; relación de hechos relevantes para la contratación; datos de otros actos jurídicos relacionados]. I.

II.

[Entidad Contratante] declara a través de su representante que: (a)

[*];

(b)

[*];

(c)

[*];

(d)

[*];

(e)

[*]; y,

(f)

[*].

El Proveedor declara a través de su representante que: (a)

[*];

(b)

[*];

(c)

[*];

(d)

[*];

(e)

[*]; y,

(f)

[*].

EN VIRTUD DE LO ANTERIOR, las partes se reconocen mutuamente su personalidad y convienen en sujetar el cumplimiento y la ejecución del presente contrato a lo establecido en las siguientes:

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CLÁUSULAS

CLÁUSULA 1 DEFINICIONES Y REGLAS DE INTERPRETACIÓN [El contenido y tipo de definiciones será concretada dependiendo de las características de cada Proyecto; no son indispensables ni las definiciones ni las reglas de interpretación en Derecho Mexicano, no obstante han resultado de enorme sentido práctico por su eficacia como referentes únicos, dado lo voluminoso del material que puede importar un Contrato PPS]. Sección 1.1

Términos definidos

Para efectos del presente Contrato: Acreedores significa todas y cada una de las personas que provean financiamiento o fondos al Proveedor para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto. Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante] significa el conjunto de actividades que, de acuerdo con lo previsto en este Contrato, deberá llevar a cabo [Entidad Contratante] para que el Proveedor pueda desarrollar las Actividades Previas e iniciar la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]. Actividades Previas significa el conjunto de actividades que deberá llevar a cabo el Proveedor en forma previa para poder prestar a [Entidad Contratante] el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] y que comprenden las actividades de [establecer las actividades que realizará el Proveedor tales como diseño, financiamiento, construcción, equipamiento o las demás que se requieran] y Preparación Operativa de las Instalaciones en los términos previstos en el Contrato. Año Contractual significa el periodo de 12 (doce) meses calendario comenzando el día [*] de [*] de 20[**] y cada periodo subsiguiente de 12 (doce) meses comenzando en el aniversario de la fecha del Contrato, en el entendido de que el último Año Contractual será el periodo que inicie en el aniversario de la fecha del Contrato que corresponda y termine en la Fecha de Terminación del Contrato. Auditor Técnico significa [insertar el nombre de la empresa especializada contratada al efecto por el Proveedor y cuya selección haya sido previamente acordada con [Entidad Contratante]], la cual desempeñará las funciones que en este Contrato se le asignan y que forman parte de la auditoría técnica de las Instalaciones durante la vigencia del mismo. Autorizaciones significa todos los permisos, autorizaciones, aprobaciones, certificados, consentimientos, licencias, concesiones y otras autorizaciones que se requieran conforme a la Legislación, y cualquier otro consentimiento o acuerdo necesario de terceras personas (incluyendo, sin limitación, cualquier permiso de planeación), que se requiera para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto de conformidad con los términos del Contrato. Cambio de Administración significa, respecto de cualquier entidad, fideicomiso o sociedad, cualquier acto jurídico celebrado por una o más personas que implique un cambio en la(s) persona(s) que tiene(n) la capacidad de tomar las decisiones

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corporativas o administrativas de la entidad, fideicomiso o sociedad de que se trate, incluyendo sin limitar, el control sobre los derechos de voto o el control sobre los derechos a designar y remover a los funcionarios, miembros de comité, y/o administradores de la entidad, fideicomiso o sociedad. Cambio de Control tiene el significado que se le atribuye en la Sección 19.2(a). Cambio Relevante en la Legislación tiene el significado que se le atribuye en el inciso (a) de la CLÁUSULA 12. Caso Fortuito o de Fuerza Mayor tiene el significado que se le atribuye en la Sección 14.3. Causa Excusable para el Proveedor tiene el significado que se le atribuye en el inciso (a) de la Sección 14.1. Certificado de Avance de Actividades Previas o CAAP significa cada uno de los documentos que emita el Auditor Técnico de conformidad con lo previsto en la Sección 6.3 para validar y certificar el grado de avance de las Actividades Previas con el único propósito de contar con un mecanismo objetivo, confiable y transparente para que, en caso de terminación anticipada del Contrato, determinar los gastos no recuperables incurridos por el Proveedor que deberán ser tomados en cuenta de acuerdo con lo previsto en el Anexo 7 (Pagos por Terminación). Certificado de Conclusión de Instalaciones significa el documento que debe emitir el Auditor Técnico de conformidad con lo previsto en la Sección 6.2(l) para certificar que las Instalaciones cumplen con lo establecido en los Requerimientos del Servicio y se encuentran listas para ser utilizadas. Certificado de Terminación de Actividades Previas significa el documento que debe emitir el Comité de Coordinación de conformidad con lo previsto en la Sección 6.2(o) para certificar que las Actividades Previas a cargo del Proveedor han sido realizadas y que, una vez transcurrido el Periodo Preoperativo, el Proveedor se encuentra listo para prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]. Cierre Financiero significa la celebración, por parte del Proveedor con los Acreedores, de los contratos o instrumentos necesarios para contar con el financiamiento o fondos para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto. Comité de Coordinación significa el comité establecido por [Entidad Contratante] y por el Proveedor de acuerdo con lo previsto en la Sección 11.1. Comité de Expertos significa el comité establecido de acuerdo con lo previsto en la Sección 23.2. Confirmación de Variación tiene el significado que se le atribuye en el Anexo 8 (Procedimiento de Variación). Contrato significa el presente contrato de prestación de servicios de largo plazo, incluyendo todos y cada uno de sus anexos. Control significa la capacidad de dirigir o determinar la dirección de la administración o de las políticas de una persona moral o entidad, ya sea por medio de la propiedad

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de acciones u otros valores con derecho a voto o mediante cualquier otro medio; en el entendido de que cualquier persona moral o entidad que posea al menos el 50% del capital accionario de otra, o que tenga derechos contractuales o corporativos que otorguen el mismo nivel de control sobre esa otra que el que tendría un accionista con un 50% de participación, será considerada como que tiene el Control de esa otra persona moral o entidad. Filial significa con respecto a cualquier persona o entidad, cualquier otra persona moral o entidad que, directa o indirectamente, tenga el Control de la persona moral de que se trate, que esté bajo el Control de dicha persona moral o que se encuentre bajo el Control común con dicha persona moral o entidad. Daño Directo significa el daño directamente causado y que genera la obligación de quien lo causa de resarcir al damnificado por los costos y gastos directos y debidamente comprobables en que incurra con motivo de ese daño (incluyendo costos y gastos legales y de otros servicios profesionales debidamente justificados), siempre y cuando no sean costos o gastos recuperables y sin incluir lucro cesante, gastos indirectos o conceptos similares. Defectos significa cualquier vicio, omisión o error en las Instalaciones (que no sean parte de los Pendientes) que sea o no visible, y que ocurra debido al incumplimiento por parte del Proveedor con la Información de Diseño y/o la Oferta y/o cualquier otra obligación bajo el Contrato. Día Hábil significa cualquier día que no sea sábado, domingo o un día de descanso obligatorio conforme a la legislación laboral de México. Documento Presentado a Revisión significa, de conformidad con lo previsto en la Sección 18.1, la solicitud de revisión que deberá acompañarse por una copia de los documentos que pretenden someterse a revisión o de una descripción de acciones a realizar, conjuntamente con la documentación que se adjunte a la misma. Documentos del Financiamiento significan todos y cada uno de los convenios o contratos que celebre el Proveedor, directa o indirectamente, con algún Acreedor para el financiamiento de la Ejecución del Proyecto o de este Contrato, los Subcontratos o las Garantías de Cumplimiento. Documentos del Proyecto significan este Contrato, los Subcontratos, las Garantías de Cumplimiento, los Seguros, el contrato de Fideicomiso Irrevocable de Administración y los Documentos del Financiamiento. Ejecución del Proyecto significa el desarrollo de las Actividades Previas y la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]. Equipo significa los bienes distintos a la Infraestructura que el Proveedor deba entregar a [Entidad Contratante] para ser utilizados en la Infraestructura o en el Terreno de conformidad con este Contrato. [Entidad Contratante] significa [la entidad, dependencia, órgano u organismo federal o local que contrate los servicios del Proveedor]. Evento de Incumplimiento de [Entidad Contratante] tiene el significado que se le atribuye en la Sección 20.6.

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Evento de Incumplimiento del Proveedor tiene el significado que se le atribuye en la Sección 20.1. Evento Extraordinario tiene el significado que se le atribuye en la Sección 14.2. Falta de Servicios significa cualquier incumplimiento del Proveedor a sus obligaciones respecto a la Ejecución del Proyecto, de conformidad con el Contrato, refiriéndose en específico con cualquier incumplimiento que tenga lugar en relación a la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]. Fecha de Conclusión de las Instalaciones significa el día en que el Proveedor haya concluido el diseño, la construcción y el equipamiento de las Instalaciones de conformidad con lo previsto en el Contrato. Fecha de Inicio de Pago significa el día en que transcurra un mes calendario a partir de la Fecha de Inicio del Servicio, es decir, el mismo día pero del mes siguiente a la Fecha de Inicio del Servicio. Fecha de Inicio del Servicio significa el día en que inicie formalmente la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], lo cual tendrá lugar el día en que el Proveedor haga constar a [Entidad Contratante] que ha transcurrido el Periodo Preoperativo y que se ha emitido el Certificado de Terminación de Actividades Previas. Fecha de Terminación del Contrato significa, según sea aplicable, (i) el último día de Vigencia del Contrato; (ii) la fecha en que las partes acuerden, en términos de lo previsto en este Contrato, que surtirá efectos la terminación anticipada o rescisión del Contrato; o (iii) la fecha en que de conformidad con lo previsto en la CLÁUSULA 20 se determine que el Contrato se ha dado por terminado o ha sido rescindido. Fecha Programada de Conclusión de las Instalaciones significa el [*] de [*] de 200[*], día en que el Proveedor deberá haber concluido el diseño, la construcción y el equipamiento de las Instalaciones de conformidad con lo previsto en el Contrato. Fecha Programada de Inicio del Servicio significa el [*] de [*] de 20[*]. Fecha Programada para el Cierre Financiero significa el [*] de [*] de 20[*]. Fideicomiso Irrevocable de Administración significa el fideicomiso irrevocable de administración a que se hace referencia en la Sección 5.10. Filial significa con respecto a cualquier persona moral o entidad, cualquier otra persona que, directa o indirectamente, tenga el Control de esa persona moral o entidad, que esté bajo el Control de dicha persona moral o entidad, o que se encuentre bajo el Control común con dicha persona moral o entidad. Empresas Clave significa las personas morales tenedoras de acciones o partes sociales representativas del capital social del Proveedor y cualquier Filial de ellas que [Entidad Contratante] tomó en cuenta para acreditar la solidez financiera y técnica de la Oferta y para acreditar la experiencia de gestión, técnica y operativa de las empresas que directa o indirectamente constituyeron al Proveedor, y con base en ello adjudicar el Contrato, las cuales se enlistan a continuación: [enlistar Empresas Clave].

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Fondo de Reserva significa la cuenta bancaria abierta por el Proveedor en cumplimiento de sus obligaciones conforme al Contrato, en la que se establecerá que para el retiro de cualquier fondo, deberá obtenerse la firma de algún apoderado de [Entidad Contratante], y que tiene como propósito ser un fondo para la reposición, reparación y actualización de activos que formen parte de las Instalaciones, y que formará parte del patrimonio del fideicomiso a que se refiere la Sección 5.10. [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante] significa el conjunto de funciones, atribuciones, objetivos y fines que, de acuerdo con la Legislación, tiene encomendadas [Entidad Contratante] en materia [definir las funciones que tiene la Entidad Contratante relacionados con el objeto de este Contrato], y debe desarrollar o cumplir en [describir características y nombre del proyecto] conocido como [nombre del proyecto], las cuales se describen puntualmente en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio) Garantías de Cumplimiento significa las garantías otorgadas a favor del Proveedor o de [Entidad Contratante] conforme a los Subcontratos. Gasto de Capital significa “gasto de capital” como dicho término sea interpretado de acuerdo con las Normas de Información Financiera aplicables en los Estados Unidos Mexicanos. Indemnizado tiene el significado que se le atribuye en la Sección 17.3. Indemnizante tiene el significado que se le atribuye en la Sección 17.3. Indicadores de Desempeño significa el conjunto de conceptos, aspectos y resultados medibles que se identifican en el Anexo 1 (Mecanismo de Pagos) para poder evaluar las características del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] prestado por el Proveedor. Índice significa la variación mensual correspondiente en el Índice Nacional de Precios al Consumidor de acuerdo con las publicaciones correspondientes en el Diario Oficial de la Federación. Información de Diseño significa todos los planos, reportes, documentos, software, fórmulas, cálculos y otra información en relación con el diseño, construcción, pruebas y/u operación de las Instalaciones. Información de Diseño Sujeta a Revisión significa aquella Información de Diseño que a solicitud de [Entidad Contratante] o del Auditor Técnico deba someterse a la revisión de [Entidad Contratante] para verificar que la misma cumpla con los Requerimientos del Servicio conforme a lo previsto en la Sección 6.4(b). Información del Proyecto significa de manera enunciativa, más no limitativa: (i) todos los planos, reportes, documentos, programas de cómputo, fórmulas, cálculos y otra información relacionada con la provisión del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]; y (ii) cualquier otro material, documento o información adquirida o utilizada en relación con la Ejecución del Proyecto o este Contrato. Infraestructura significa la construcción que se encuentre adherida al Terreno y cualquier objeto unido a esa construcción de manera fija o con un propósito permanente.

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Instalaciones significa el Terreno, la Infraestructura y el Equipo. IVA significa el Impuesto al Valor Agregado aplicable de conformidad con la Legislación, según su tasa o su regulación sean modificadas durante la duración del Contrato. Legislación significa (a) cualquier código, ley u ordenamiento legal aplicable en México; (b) cualquier normatividad, regulación, reglamento, regla, directriz o disposición jurídica de carácter general vigente aplicable en México; o, (c) cualquier jurisprudencia o decisiones judiciales que sean de aplicación general y obligatoria en México. Límites de Retraso significa un plazo de [*] días. Lista de Pendientes significa la notificación que debe emitir el Auditor Técnico de conformidad con lo previsto en la Sección 6.2(l)(ii). Mecanismo de Deducciones tiene el significado que se le atribuye en el Anexo 1 (Mecanismo de Pagos). Mecanismo de Pagos significa el mecanismo que deberá utilizarse para calcular y determinar el monto de cada Pago por Servicios y que se encuentra contenido en el Anexo 1 (Mecanismo de Pagos). México significa los Estados Unidos Mexicanos. Modelo de Gestión significa el modelo de gestión que forma parte del Contrato como Anexo 5 (Modelo de Gestión). Modelo Financiero significa la hoja de cálculo creada en sistemas de cómputo que contiene la proyección financiera para la Ejecución del Proyecto y que formó parte de la Oferta del Proveedor, incorporando los estados financieros y flujos del Proveedor en relación con la Ejecución del Proyecto conjuntamente con los balances y cuentas de pérdida y utilidad del Proveedor, durante toda la duración del Proyecto acompañada por todos los detalles, asunciones, cálculos y metodologías utilizadas en su elaboración y cualquier otra documentación necesaria o considerada importante para poder operar el modelo, según esto sea modificado de tiempo en tiempo de conformidad con lo previsto en el Contrato, y que a la fecha del Contrato es el modelo que se incluye en versión impresa y versión electrónica como Anexo 6 (Modelo Financiero). Notificaciones de Servicio Deficiente tendrá el significado que se le atribuye en la Sección 7.3. Oferta u Oferta del Proveedor significa la propuesta técnica y económica presentada a [Entidad Contratante] y con base en la cual le fue adjudicado el presente Contrato al Proveedor. Pago por Servicio significa cada uno de los pagos que deberá realizar [Entidad Contratante] al Proveedor por el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] efectivamente prestado, cuyo monto será calculado por mes de servicio prestado de conformidad con lo previsto en la CLÁUSULA 3.

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Pago por Terminación tiene el significado que se le atribuye en el Anexo 7 (Pagos por Terminación). Participación Económica significa la inversión directa o indirecta (ya sea en la forma de acciones o deuda subordinada) en el Proveedor o en cualquier otra persona moral o entidad que directa o indirectamente sea propietaria del 100% (cien por ciento) del Proveedor; en el entendido de que para el cálculo del nivel de la Participación Económica de un accionista indirecto del Proveedor, se deberá contar la participación total del accionista directo si el accionista indirecto es una Filial del accionista directo del Proveedor, y en caso de que no lo sea, entonces el porcentaje de Participación Económica del accionista indirecto será igual a la participación del accionista directo multiplicada por la participación (ya sea directa o indirecta) del accionista indirecto en el accionista directo. Partida Adicional significa una partida que se requiera para que el Proveedor cumpla con una Solicitud de Variación. Pendientes significa los elementos menores que se encuentren pendientes para concluir las Instalaciones, que no impedirían en forma importante el uso y beneficio por parte de [Entidad Contratante] de esas Instalaciones y la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] por parte del Proveedor. Periodo Preoperativo significa el periodo de [*] meses comprendido entre la Fecha de Conclusión de las Instalaciones, que se acredita con el Certificado de Conclusión de las Instalaciones, y la Fecha de Inicio del Servicio, en el cual deberán llevarse a cabo una serie de actividades por parte de [Entidad Contratante] y del Proveedor para permitir que [Entidad Contratante] pueda operar correctamente las Instalaciones y que se describen con mayor detalle en el Anexo 4 (Programa de Actividades Previas). Persona Restringida significa cualquier persona que de conformidad con la Legislación no pueda contratar con [Entidad Contratante] por tener vínculos directos o indirectos con actos o prácticas ilícitas. Personal a Cargo del Proveedor significa los empleados, personal directivo y en general cualquier persona que trabaje para o haya sido contratada por el Proveedor o los Subcontratistas, y participe en la Ejecución del Proyecto. Pesos significa la moneda de curso legal en México. Planes de Calidad de Servicios tiene el significado que se le atribuye en la sección [*] del Anexo 5 (Modelo de Gestión). Prácticas Prudentes de la Industria significa el grado de capacidad, cuidado, diligencia, prudencia y responsabilidad que podría esperarse de un perito o persona con experiencia dedicada al mismo tipo de actividades bajo circunstancias similares, en relación con los estándares, prácticas, métodos y procedimientos utilizados. Preparación Operativa significa la generación de las condiciones para que las Instalaciones puedan ser debidamente operadas por [Entidad Contratante], para lo cual será necesario que las mismas, además de cumplir con la Legislación, los Requerimientos del Servicio, el Modelo de Gestión y las Prácticas Prudentes de la Industria, hayan sido puestas a punto por el Proveedor y hayan sido puestas a prueba operativa por el personal de [Entidad Contratante], y que éste cuente con la

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capacitación e información necesaria para hacer un correcto uso de las mismas, de acuerdo con lo previsto en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio). Procedimiento de Conciliación significa el procedimiento de conciliación previa ante el Comité de Coordinación previsto en la Sección 23.1. Procedimiento de Mediación significa el procedimiento obligatorio de mediación ante el Comité de Expertos previsto en la Sección 23.2. Procedimiento de Revisión significa el procedimiento previsto en la CLÁUSULA 18. Procedimiento de Variación significa el procedimiento previsto en el Anexo 8 (Procedimiento de Variación). Procedimiento para la Resolución de Controversias significa el conjunto de procedimientos estipulados por las partes en la CLÁUSULA 23 para la resolución de controversias y que abarca el Procedimiento de Conciliación, el Procedimiento de Mediación y la instancia jurisdiccional, según corresponda. Programa de Actividades Previas significa el Programa Definitivo de Actividades Previas o, en caso de que aún no haya sido aprobado por [Entidad Contratante], el Programa Preliminar de Actividades Previas. Programa de Pagos significa el programa referencial de pagos contenido en el Mecanismo de Pagos que establece el monto base para poder determinar el monto de cada Pago por Servicio que deberá realizar [Entidad Contratante] de conformidad con lo previsto en la CLÁUSULA 3. Programa Definitivo de Actividades Previas significa el programa definitivo que desarrollen conjuntamente [Entidad Contratante] y el Proveedor en los términos de Sección 6.2 para la realización de las Actividades Previas, el cual una vez aprobado por [Entidad Contratante] sustituirá al Programa Preliminar de Actividades Previas y formará parte de este Contrato como Anexo 4 (Programa de Actividades Previas). Programa Preliminar de Actividades Previas significa el programa preliminar para la realización de las Actividades Previas contenido en el Anexo 4 (Programa de Actividades Previas). Propiedad Intelectual significa todas las marcas, patentes, modelos industriales, diseños registrados, derechos de autor, ya sea que se encuentren registrados o no, secretos industriales u otro tipo de derechos de propiedad intelectual que se creen, adquieran, transmitan, utilicen o que pretendan ser utilizadas por el Proveedor o cualquier Personal a cargo del Proveedor o terceras personas (para el uso y beneficio del Proveedor) para la Ejecución del Proyecto, excluyéndose los derechos sobre Propiedad Intelectual de los Subcontratistas que obtengan para su beneficio y que usen únicamente de manera incipiente para las Operaciones del Proyecto. Proveedor [por cuestiones de compatibilidad con las mayoría de la legislación en materia de PPS, es aconsejable utilizar este término aunque se podrá establecer algún otro relacionado con el nombre de la empresa] significa [nombre de la empresa de propósito específico constituida por el o los adjudicatarios del presente Contrato].

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Representante de [Entidad Contratante] significa la persona designada por [Entidad Contratante] de conformidad con lo previsto en la Sección 10.1. Representante del Proveedor significa la persona designada por el Proveedor de conformidad con lo previsto en la Sección 10.2. Requerimientos de Seguros significa las pólizas de seguros señaladas en el Anexo 3 (Requerimientos de Seguros) que el Proveedor deberá contratar a su propia costa. Requerimientos del Servicio significan las actividades, características y especificaciones, incluyendo los niveles de calidad y desempeño, que se establecen en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio) para el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]. Retraso significa que la Fecha de Inicio del Servicio no ocurra en la Fecha Programada de Inicio del Servicio. Riesgo No Asegurable significa un riesgo para el cual el Proveedor tenga que contratar un seguro de conformidad con lo previsto en la CLÁUSULA 15, y que después de la fecha del Contrato (a) dicho seguro no esté disponible de manera universal en el mercado de seguros internacional, respecto del riesgo correspondiente; o (b) los términos ofrecidos respecto de dicho riesgo son tales que en general la práctica universal del mercado de seguros de aseguradoras reconocidas mundialmente es no asegurar, siempre y cuando el Proveedor y otros contratistas, actuando de manera prudente en negocios similares, dejarían de operar dichos negocios a fin de mitigar o administrar el efecto de que dicho riesgo no sea asegurable, y el Proveedor lo haya demostrado a [Entidad Contratante]. Seguros significa, según el contexto lo requiera, todos o cada uno de los seguros que deba contratar y mantener vigentes el Proveedor de conformidad con el Contrato. [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] significa el servicio que se obliga a prestar el Proveedor de acuerdo a este Contrato y que consiste en proveer a [Entidad Contratante] de un conjunto de elementos físicos, materiales y tecnológicos que se describen con mayor detalle en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio) y que son necesarios para que [Entidad Contratante] pueda cumplir con sus [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante] en los términos previstos en este Contrato. Solicitud de Pago significa la solicitud que el Proveedor debe presentar a [Entidad Contratante] mes con mes, de acuerdo con lo previsto en la CLÁUSULA 4 para que [Entidad Contratante] pueda revisar su contenido y, una vez aprobado, el Proveedor pueda presentar a [Entidad Contratante] la factura correspondiente. Solicitud de Variación [Entidad Contratante] tiene el significado que se le atribuye en el Anexo 8 (Procedimiento de Variación). Subcontratista significa las empresas subcontratadas por el Proveedor para poder llevar a cabo la Ejecución del Proyecto y cuya contratación ha sido autorizada por [Entidad Contratante] en términos de este Contrato. A la fecha de firma de este Contrato, los Subcontratistas autorizados por [Entidad Contratante] son los siguientes: [se incluirá el nombre de cada una de las empresas subcontratadas o que se tenga contemplado subcontratar por el Proveedor y que hayan sido autorizadas por [Entidad Contratante]].

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Subcontratos significa los contratos celebrados por el Proveedor con cada uno de los Subcontratistas a fin de poder llevar a cabo la Ejecución del Proyecto y que han sido autorizados por [Entidad Contratante] en términos de este Contrato. A la fecha de firma de este Contrato, los Subcontratos autorizados por [Entidad Contratante] son los siguientes: [se incluirá una lista de cada uno de los Subcontratos celebrados o que se tenga contemplado celebrar por el Proveedor y que hayan sido autorizados por [Entidad Contratante]]. Subsidiaria significa (i) cualquier persona moral en la cual el Proveedor o cualquier socio, accionista, consejero, funcionario o directivo del Proveedor sea propietario, controle de manera directa o indirecta o sea el titular de los derechos derivados de un porcentaje superior al 10% (diez por ciento) del capital social o del activo de dicha persona moral; (ii) cualquier persona que sea parte de una asociación en participación o de convenios en cuyos términos dos o más personas convengan en llevar a cabo conjuntamente la explotación de ciertos activos para un fin específico; (iii) cualquier fideicomiso en el cual el Proveedor sea fideicomitente o fideicomisario; (iv) una persona de cualquier naturaleza que, directa o indirectamente sea propiedad de, o esté controlada por, el Proveedor; o (v) cualquier socio, accionista, consejero, funcionario, directivo, gerente o empleado del Proveedor. Supervisor significa la empresa o profesional especializado cuyos servicios deberán ser contratados por el Proveedor para que en la etapa final de la vigencia del Contrato, es decir, [*] ([*]) meses antes de que termine la vigencia del mismo, realice una inspección y un reporte del estado que guardan las Instalaciones en los términos y para los efectos de lo previsto en la Sección 15.4. Tercero Participante significa cualquier socio o accionista que participe en el capital social del Proveedor, pero que no esté directamente involucrado en la Ejecución del Proyecto. Terreno significa el predio ubicado en [describir colindancias y ubicación del terreno e instrumentos jurídicos que acrediten la titularidad de los derechos para utilizarlo]. Variación tiene el significado que se le atribuye en el Anexo 8 (Procedimiento de Variación). Variaciones Aprobadas significa una Variación con relación a la cual [Entidad Contratante] haya emitido una Confirmación de Variación. Sección 1.2

Reglas de interpretación

(a)

Las referencias a cualquier declaración, cláusula, sección, inciso, sub-inciso, numeral o anexo deberán ser consideradas, salvo que el contexto requiera lo contrario, como referencias a las declaraciones, cláusulas, secciones, incisos, sub-incisos, numerales o anexos del presente Contrato, respectivamente.

(b)

En caso de cualquier discrepancia, diferencia o contradicción entre lo previsto en el clausulado de este Contrato y lo previsto en sus anexos, mismos que forman parte del Contrato, prevalecerá lo establecido en su clausulado.

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CLÁUSULA 2 OBJETO [Se define el objeto del contrato siempre como la prestación de un servicio integral o servicios integrales que el Proveedor prestará a la Entidad]. Sección 2.1

Objeto material

El Proveedor se obliga a prestar a [Entidad Contratante] el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] y, a cambio de ello, [Entidad Contratante] se obliga a pagar al Proveedor un Pago por Servicio como contraprestación periódica, de conformidad con lo previsto en este Contrato. Sección 2.2

[la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]

(a)

El [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] que se obliga a prestar el Proveedor consiste en proveer a [Entidad Contratante] del conjunto de elementos físicos, materiales y tecnológicos necesarios para que [Entidad Contratante] pueda cumplir con sus [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante] de conformidad con lo previsto en este Contrato.

(b)

Los elementos físicos, materiales y tecnológicos a los que se refiere el inciso (a) anterior, así como el contenido y alcance de las [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante], son los que se describen en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio).

Sección 2.3

Pagos por Servicio

Cada uno de los Pagos por Servicio que se obliga a realizar [Entidad Contratante] como contraprestación periódica por el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] efectivamente prestado, será calculado de conformidad con lo previsto en la CLÁUSULA 3.

CLÁUSULA 3 PRECIO [EL PRECIO SE PACTA EN FORMA PERIÓDICA POR EL SERVICIO; ES EL ÚNICO DESEMBOLSO QUE REALIZA LA ENTIDAD CONTRATANTE Y LO HACE NORMALMENTE CON CARGO A SUS GASTOS DE CUENTA CORRIENTE]. (a)

[Entidad Contratante] pagará al Proveedor un Pago por Servicio por cada mes en que el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] haya sido efectivamente prestado y validado por [Entidad Contratante] de conformidad con lo previsto en este Contrato.

(b)

El monto de cada Pago por Servicio será determinado de acuerdo con lo previsto en esta CLÁUSULA y el Mecanismo de Pagos establecido en el Anexo 1 (Mecanismo de Pagos).

(c)

El Mecanismo de Pagos contiene un Programa de Pagos que establece el monto base que será utilizado para determinar el monto de cada Pago por Servicio en

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función de la oportunidad, idoneidad, calidad y seguridad del servicio prestado, de conformidad con las reglas y fórmulas ahí establecidas. (d)

Para determinar el monto de cada Pago por Servicio, el Mecanismo de Pagos prevé reglas y fórmulas que reducen el monto base correspondiente en la medida en que disminuya el nivel de desempeño del Proveedor respecto al servicio prestado y que ajustan el resultado para reflejar las variaciones por inflación.

(e)

El monto de cada Pago por Servicio únicamente podrá exceder del monto base establecido en el Programa de Pagos cuando: (i)

Sea consecuencia del ajuste realizado para reflejar variaciones por inflación de acuerdo con lo previsto en el inciso anterior;

(ii)

Sea el resultado de incluir como parte del mismo un pago pendiente de realizar respecto a un Pago por Servicio anterior; o bien,

(iii)

Sea producto de un pago acordado entre [Entidad Contratante] y el Proveedor con motivo de una Variación en los términos de este Contrato.

(f)

El Pago por Servicio será la única contraprestación periódica que tendrá derecho a percibir el Proveedor por la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS].

(g)

Antes de la Fecha de Inicio de Pago, la cual tendrá lugar el día que transcurra un mes a partir de la Fecha de Inicio del Servicio, el Proveedor no percibirá remuneración alguna conforme a este Contrato, sin perjuicio de las indemnizaciones que en su caso procedan si acontece una terminación anticipada del Contrato de acuerdo con lo previsto en la CLÁUSULA 20.

CLÁUSULA 4 VIGENCIA [Por el tipo de servicio de que se trata, la vigencia puede oscilar entre los 20 y los 30 años; el contrato no termina con la terminación del Proyecto. Ordinariamente prosigue con la continuidad de prestación del servicio y el mantenimiento de los inmuebles, muebles e insumos que permiten la prestación del Servicio por el Proveedor; hay que atender, asimismo, la regulación específica de vigencia para PPS en caso de entidades federativas o a nivel federal]. La vigencia del presente Contrato será de [*] años contados a partir de la fecha en que el mismo sea firmado por las partes.

CLÁUSULA 5 OBLIGACIONES GENERALES DEL PROVEEDOR Sección 5.1 (a)

Documentos del Proyecto

El Proveedor deberá cumplir con todas y cada una de sus obligaciones conforme a los Documentos del Proyecto. Para que [Entidad Contratante] pueda verificar el cumplimiento de esta obligación, el Auditor Técnico deberá

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generar un reporte mensual certificando dicho cumplimiento con base en la información que tenga a su disposición. Los Subcontratos deberán establecer la obligación a cargo del Subcontratista de mantener debidamente informado al Auditor Técnico de cualquier incumplimiento en que incurra o esté a punto de incurrir el Proveedor. (b)

El Proveedor deberá obtener la autorización previa de [Entidad Contratante] para: (i)

Celebrar, dar por terminado o acordar la terminación de cualquiera de los Documentos del Proyecto o de sus derechos u obligaciones que se deriven de ellos;

(ii)

Modificar cualquiera de los Documentos del Proyecto;

(iii)

Ceder, transferir o renunciar derechos u obligaciones contraídos conforme a cualquiera de los Documentos del Proyecto; o,

(iv)

No cumplir con sus obligaciones de acuerdo a cualquiera de los Documentos del Proyecto.

(c)

El Proveedor deberá solicitar la autorización a que hace referencia el inciso (c) anterior mediante el Procedimiento de Revisión, la cual no será negada salvo que [Entidad Contratante] considere que al hacerlo se afectarán negativamente los intereses de [Entidad Contratante] o se pondrá en riesgo la correcta y oportuna Ejecución del Proyecto. [Entidad Contratante] contará con un plazo máximo de 15 (quince) Días Hábiles para resolver sobre la solicitud de autorización, el cual podrá ser prorrogado por un plazo igual cuando la complejidad del asunto así lo justifique y [Entidad Contratante] lo haya notificado dentro del primer plazo aludido. Tratándose de casos urgentes debidamente documentados por el Proveedor, el plazo máximo para resolver sobre la solicitud de autorización será de 5 (cinco) Días Hábiles.

(d)

Cuando tenga lugar la celebración, modificación, cesión o terminación de un Documento del Proyecto, o de los derechos u obligaciones derivados del mismo, el Proveedor deberá entregar a [Entidad Contratante] un ejemplar original o una copia certificada del convenio o contrato correspondiente dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el mismo se suscriba.

Sección 5.2

Ejecución del Proyecto

(a)

El Proveedor deberá realizar todas aquellas actividades que resulten necesarias para prestar a [Entidad Contratante] el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] de conformidad con lo previsto en este Contrato y con estricto apego a la Legislación, incluyendo la contratación del Auditor Técnico.

(b)

La prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] deberá ser consistente y congruente con lo establecido en los Requerimientos del Servicio, y las Instalaciones que sean desarrolladas y puestas a disposición de [Entidad Contratante] por el Proveedor deberán ser acordes a esos requerimientos, cumplir con la Legislación y permitir a [Entidad Contratante] dar un mejor cumplimiento a sus [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante].

(c)

El Proveedor deberá realizar todas aquellas actividades que resulten necesarias para garantizar la continuidad y estabilidad de las [funciones, servicios propios

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de la Entidad Contratante] a cargo de [Entidad Contratante] antes de la terminación del presente Contrato cualquiera que sea la causa, y para que el destino final de las Instalaciones se ajuste a la Legislación y a los intereses que corresponde representar a [Entidad Contratante]. Sección 5.3

Medidas de seguridad

(a)

El Proveedor deberá cerciorarse de que todas las personas que formen parte del Personal a Cargo del Proveedor estén debidamente informadas sobre las medidas de seguridad que deben observar y ejercer durante la Ejecución del Proyecto.

(b)

El Proveedor será responsable de que todo el Personal a Cargo del Proveedor cumpla con las medidas de seguridad que se establezcan conjuntamente por el Proveedor y [Entidad Contratante] o unilateralmente por [Entidad Contratante] para la Ejecución del Proyecto en sus diferentes etapas.

Sección 5.4

Autorizaciones

El Proveedor será responsable de obtener todas y cada una de las Autorizaciones y cumplir con las normas y requerimientos necesarios para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto y estará obligado a cumplir con las mismas y mantenerlas debidamente actualizadas durante la vigencia del Contrato. Cuando proceda y así lo permitan sus atribuciones, [Entidad Contratante] coadyuvará con la obtención de dichas Autorizaciones, lo cual incluye la obligación de entregar al Proveedor, cuando esté así lo solicite, la documentación requerida para la obtención de las Autorizaciones. Sección 5.5

Financiamiento del Proyecto

[El Proveedor es quien obtiene el financiamiento para llevar a cabo las etapas de prestación del Servicio y el diseño, construcción y operación del Proyecto en forma integral; no hay otro desembolso para la Entidad Contratante que el pago del precio]. (a)

El Proveedor será el único responsable de obtener el financiamiento, incluyendo contingencias razonables y requerimientos de capital de trabajo, necesarios para cumplir con sus obligaciones conforme al presente Contrato. Las obligaciones del Proveedor establecidas en el presente Contrato no están condicionadas a que logre obtener el financiamiento necesario, por lo que la falta o suspensión del mismo o de los recursos necesarios para la Ejecución del Proyecto no liberará al Proveedor del cumplimiento de las obligaciones a su cargo, sin perjuicio del derecho de [Entidad Contratante] de dar por terminado el presente Contrato debido a la falta de recursos financieros, de conformidad con lo previsto en la CLÁUSULA 20.

(b)

[Entidad Contratante] hará sus mejores esfuerzos para proporcionar a tiempo la documentación en su poder que le solicite por escrito el Proveedor y que haya sido razonablemente requerida por los Acreedores, siempre y cuando sea usual entregar dicha documentación en operaciones de naturaleza similar, según las prácticas bancarias y comerciales que resulten aplicables. Cuando el requerimiento de información sea razonable, no vulnere ningún elemento esencial para la Ejecución del Proyecto, y no exista impedimento legal alguno, [Entidad Contratante] proporcionará al Proveedor la documentación solicitada en un plazo razonable y conforme a la normativa que resulte aplicable.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(c)

Cualquier Documento del Financiamiento, previo a su expedición o celebración, deberá ser presentado a revisión por parte de [Entidad Contratante] de acuerdo con el Procedimiento de Revisión, lo mismo será aplicable a cualquier modificación a los Documentos del Financiamiento.

(d)

[En caso de que el Proyecto vaya a ser financiado parcial o totalmente por el Banco Interamericano de Desarrollo o que este vaya a otorgar a la Entidad Contratante cualquier tipo de subvención o apoyo ya sea recuperable o no, el Proveedor y la Entidad Contratante, en su caso, deberán de tomar en cuenta la lista de exclusiones en materia ambiental que ha desarrollado dicho banco y que se describen con mayor detalle en el Anexo 11 (Lista de Exclusión Ambiental).]

Sección 5.6

Capital Social Mínimo

El Proveedor deberá mantener un capital social pagado de por lo menos un monto igual al porcentaje del saldo insoluto total de los financiamientos contratados con los Acreedores para la Ejecución del Proyecto que a continuación se indica, en el entendido que en ningún caso podrá ser inferior a [$*] ([*]): (i)

El [20% (veinte por ciento)] durante los primeros [2 (dos)] años contados a partir de que tenga lugar la Fecha de Inicio del Servicio;

(ii)

El [15% (quince por ciento)] a partir de que hayan transcurrido [5 (cinco)] años de la Fecha de Inicio del Servicio;

(iii)

El [10% (diez por ciento)] a partir de que hayan transcurrido [10 (diez)] años de la Fecha de Inicio del Servicio; y,

(iv)

El [5% (cinco por ciento)] a partir de que hayan transcurrido [15 (quince)] años de la Fecha de Inicio del Servicio.

Sección 5.7

Subcontratistas

(a)

El Proveedor será el único responsable de llevar a cabo la Ejecución del Proyecto y para ello podrá contratar a los Subcontratistas que hayan sido previamente autorizados por [Entidad Contratante].

(b)

El Proveedor asume las obligaciones que en este Contrato se establecen a su cargo con respecto a los Subcontratistas y expresamente renuncia a cualquier derecho que le pudiera asistir para evadir el cumplimiento de esta obligación o justificar su incumplimiento. En particular, reconoce expresamente que, para efectos de este Contrato, será responsable frente a [Entidad Contratante] de los trabajos y servicios que lleven a cabo terceras personas en virtud de cualquier Subcontrato independientemente de que haya sido autorizado por [Entidad Contratante] para celebrarlo o modificarlo.

Sección 5.8

Responsabilidad Laboral

[El Proveedor tiene que prestar todos los servicios relacionados, ya sea por sí mismo o por parte de empresas que le son filiales o subcontratando los servicios de otros prestadores de servicios específicos; sin embargo, la responsabilidad del Proveedor es integral y unitaria frente a la Entidad Contratante, cuya única contraparte es el dicho Proveedor; así, la Entidad Contratante evita supervisiones a contratistas, tratos

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

administrativos y problemas fiscales, laborales, de seguridad social, y de investigación de antecedentes, entre otros, de los que se encarga el Proveedor]. (a)

El Proveedor podrá llevar a cabo la Ejecución del Proyecto con personal propio y también a través de Subcontratistas; sin embargo, el Proveedor será en todo caso responsable de la selección adecuada tanto de su personal como del personal de los Subcontratistas.

(b)

El Proveedor será responsable de la probidad y calidad moral de los Subcontratistas, así como del Personal a Cargo del Proveedor, y deberá cerciorarse que estén lo suficientemente capacitados para poder llevar a cabo la Ejecución del Proyecto. Asimismo, deberá cumplir con todos los requerimientos legales para la contratación, despido y retiro de sus trabajadores, cerciorándose de que los Subcontratistas también cumplan con ello.

(c)

De conformidad con las disposiciones aplicables, el Proveedor se obliga a asegurarse de que la condición médica de todo el Personal a Cargo del Proveedor que deba ingresar a las Instalaciones cuando éstas se encuentren en operación sea el adecuado y no represente un riesgo o amenaza a la salud, integridad o bienestar de otras personas. El Proveedor deberá pactar con cada uno de sus empleados el derecho de solicitarle que lleve a cabo un examen médico y de otra cualquier naturaleza para evaluar su salud física y mental y calidad moral durante la prestación de sus servicios en cualquier momento en que se lo solicite [Entidad Contratante]. Asimismo, el Proveedor deberá solicitar que los empleados de los Subcontratistas también pacten dicho derecho con sus empleados. El Proveedor permitirá que [Entidad Contratante] se encuentre debidamente informado, según lo requiera el Representante de [Entidad Contratante], del estado médico de cada uno de sus empleados antes de que puedan ingresar a las Instalaciones cuando éstas se encuentren en operación.

(d)

El Proveedor deberá asegurarse que todo el Personal a Cargo del Proveedor conozca y se familiarice con el contenido del manual de ingreso que describa cuando menos lo siguiente:

(e)

(i)

Los servicios que debe prestar y las medidas de seguridad que debe tomar en la prestación de dichos servicios, dependiendo del nivel de contacto que tendrá con el personal de [Entidad Contratante] por motivo de sus servicios;

(ii)

La obligación de prestar los servicios con dignidad, eficiencia y respeto de los derechos humanos del resto del Personal a Cargo del Proveedor, del personal de [Entidad Contratante];

(iii)

La obligación de someterse a la capacitación y formación continua que proporcione [Entidad Contratante] o el Proveedor para asegurar la prestación adecuada de sus servicios; y

(iv)

Las causas de destitución de los integrantes de instituciones de seguridad pública que se encuentran listadas en el artículo [*] de la [*].

El Proveedor será responsable de la correcta observancia del manual de ingreso por parte del Personal a Cargo del Proveedor, así como del desempeño, actos, incumplimientos, omisiones o negligencia de todo el Personal a Cargo del Proveedor. En virtud de lo anterior, toda referencia en el presente Contrato a cualquier acto, incumplimiento, omisión o negligencia del Proveedor se

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entenderá que incluye todo acto, incumplimiento, omisión o negligencia del Personal a Cargo del Proveedor. (f)

En caso de que [Entidad Contratante] ordene al Proveedor la sustitución de algún miembro del Personal a Cargo del Proveedor por cualquiera de las causas previstas en este Contrato y con la debida justificación, el Proveedor será responsable de cumplir con dicha sustitución y presentar a una persona que cumpla con el perfil que determine [Entidad Contratante] para sustituir a dicho miembro. [Entidad Contratante] quedará a salvo de cualquier contingencia de carácter laboral o de otro tipo respecto a la sustitución ordenada.

(g)

El Proveedor deberá cerciorarse de que en todo momento exista personal suficiente para la Ejecución del Proyecto con el nivel de aptitud y experiencia suficiente para cumplir con los niveles de calidad y demás especificaciones del presente Contrato. El Proveedor en este sentido, deberá asegurarse de que siempre exista personal suficiente para cubrir vacaciones, días feriados, ausentismos, enfermedades u otro tipo de incapacidades así como periodos de demanda de servicios previstos anticipadamente.

(h)

El Proveedor reconoce que será el único responsable frente a su personal o cualquier Subcontratista, independientemente de cualquier contrato, convenio, acuerdo u otro instrumento que celebre el Proveedor para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto. En virtud de lo anterior, el Proveedor se obliga a obtener el reconocimiento por escrito por parte de cualquier Subcontratista de que:

(i)

(i)

No existe relación jurídica laboral entre dicho Subcontratista y [Entidad Contratante] derivada del presente Contrato o del contrato celebrado entre el Proveedor y el Subcontratista;

(ii)

El único responsable de los derechos y obligaciones que emanen del documento o relación correspondiente, frente al Subcontratista, de naturaleza fiscal, laboral, seguridad social, sindicales, en su caso, responsabilidad civil o cualesquier otra análoga, es el Subcontratista; y,

(iii)

[Entidad Contratante] tiene la obligación de vigilar que la Ejecución del Proyecto se lleve a cabo de manera idónea para poder dar un mejor cumplimiento a las funciones que tiene encomendadas en materia de [definir las funciones que tenga la Entidad Contratante en relación con el objeto de éste Contrato], por lo que en todo momento y previa notificación por escrito debidamente justificada, tendrá la facultad de ordenar al Proveedor la sustitución de cualquier miembro del Personal a Cargo del Proveedor.

[Entidad Contratante] no asumirá obligación alguna respecto a la contratación del Personal a Cargo del Proveedor y nunca será considerado como patrón sustituto. El Proveedor se obliga a incluir en los Subcontratos la obligación de los Subcontratistas de sacar en paz y a salvo a [Entidad Contratante] de cualquier demanda extrajudicial, judicial o administrativa que sea intentada o incoada contra [Entidad Contratante] por cualquier empleado de los Subcontratistas en la que se argumente que existe una relación de tipo laboral con [Entidad Contratante].

Sección 5.9

Condiciones del Terreno

[El terreno en donde se construirán las Instalaciones del Proyecto, no requiere ser de propiedad del Proveedor desde el inicio de la contratación; el Proveedor debe

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simplemente tener los títulos jurídicos necesarios para realizar sobre el mismo los trabajos objeto del contrato; no obstante, debe ser posible al Proveedor hacer la transmisión de la posesión o la propiedad en algún momento de la vida del Proyecto y/o del Contrato; normalmente un PPS implicará que al final de la vigencia contractual, el Proyecto se pueda transferir a la Entidad Contratante para la continuidad de los Servicios; tal transmisión puede ser pactada como obligación de la Entidad Contratante, como opción en algún momento o fase prevista en el propio instrumento; puede pactarse como transmisión gratuita o como onerosa, de acuerdo a lo que establezcan las partes o lo que puedan prescribir las leyes aplicables]. (a)

(b)

Las Condiciones del Terreno serán responsabilidad exclusiva del Proveedor. En virtud de lo anterior, el Proveedor reconoce que con anterioridad a la fecha del presente Contrato ha: (i)

Inspeccionado el Terreno y sus alrededores, y;

(ii)

Obtenida toda la información relacionada con el Terreno, para lo que ha realizado las mediciones, pruebas de capacidad de carga, movimientos de tierra, valoración de antecedentes y análisis hidrológicos y topográficas, evaluación de opciones para vías de acceso, observancia sobre disposiciones de usos de suelo y demás estudios necesarios, incluyendo aquellos relacionados con el subsuelo, para cerciorarse que, de conformidad con las condiciones naturales del Terreno y con las disposiciones aplicables de cualquier materia y orden de gobierno, es posible llevar a cabo la construcción de la Infraestructura sobre el mismo, en el plazo previsto en el presente Contrato.

En virtud de lo anterior, el Proveedor será el único responsable en relación con las condiciones del Terreno, incluyendo la existencia de residuos peligrosos o tóxicos, o de cualquier naturaleza y en cualquier estado en que se encuentren, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a [Entidad Contratante] de cualquier reclamación que se pudiere generar con motivo de los mismos, así como por cualesquiera actos administrativos gubernamentales, incluyendo clausuras, revocación de autorizaciones y expropiación, entre otros similares o análogos.

Sección 5.10 Fideicomiso Irrevocable de Administración [Cláusula opcional; es una forma de controlar los activos inmobiliarios del proyecto; la afectación la puede hacer el Proveedor titular de la propiedad o un tercero propietario; no requiere ser un Fideicomiso Público]. (a)

El Proveedor deberá afectar o causar que se afecten los derechos de propiedad del Terreno de manera irrevocable a un Fideicomiso Irrevocable de Administración para que el Terreno se encuentre destinado exclusivamente a ser utilizado de conformidad con lo previsto en este Contrato durante la vigencia del mismo.

(b)

El Proveedor también deberá afectar al Fideicomiso Irrevocable de Administración, de manera irrevocable, la Infraestructura que se vaya construyendo y el Equipo que ingrese al Terreno y que deba formar parte de las Instalaciones, de forma tal que tanto la Infraestructura como el Equipo formen parte de un patrimonio, afecto a un fin, que consistirá en permitir que el Proveedor pueda prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] y que [Entidad Contratante] pueda utilizar y disponer de las Instalaciones

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

sin riesgo de que el destino de las mismas se vea modificado sin su previo consentimiento. (c)

Los términos del contrato del Fideicomiso Irrevocable de Administración deberán ser previamente aprobados por [Entidad Contratante].

Sección 5.11 Anuncios y Publicidad El Proveedor no podrá desplegar material promocional, publicitario o de índole similar dentro o fuera de las Instalaciones o en cualquier parte del Terreno. No obstante lo anterior, [Entidad Contratante] tendrá en todo momento el derecho a utilizar en las Instalaciones o en el Terreno cualquier material publicitario o de cualquier otra índole que considere conveniente o necesario para el desarrollo de sus funciones.

CLÁUSULA 6 ACTIVIDADES PREVIAS [CLÁUSULA FUNCIONAL; ADAPTABLE A CADA PROYECTO. LAS PARTES DEBEN ACORDAR LA DIVISIÓN DE ETAPAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. ÉSTA CORRESPONDERÍA A LA DE LA ELABORACIÓN DE TODO AQUELLO QUE SE REQUIERE PARA DESARROLLAR LAS INSTALACIONES Y PODER PRESTAR EL SERVICIO OBJETO DEL CONTRATO]. Sección 6.1 (a)

Aspectos generales

Para que el Proveedor pueda prestar a [Entidad Contratante] el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], será necesario que previamente se encargue del diseño, el financiamiento, la construcción, el equipamiento y la Preparación Operativa de las Instalaciones en los términos previstos en este Contrato y cumpliendo en todo momento con: (i)

La Legislación;

(ii)

Los Requerimientos del Servicio;

(iii)

El Programa de Actividades Previas;

(iv)

El Modelo de Gestión;

(v)

El contenido de su Oferta; y,

(vi)

Las Prácticas Prudentes de la Industria.

(b)

El desarrollo de estas Actividades Previas no forma parte del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] pero constituye un presupuesto lógico para que el mismo pueda ser prestado y guarda una relación directa respecto al contenido, oportunidad, calidad, idoneidad y seguridad con que sea prestado ese servicio. Por ello, [Entidad Contratante] estará directamente involucrado en la supervisión y, en su caso, certificación de esas Actividades Previas conforme a lo previsto en la Legislación y en este Contrato.

(c)

El Proveedor no recibirá contraprestación alguna por parte de [Entidad Contratante] por desarrollar las Actividades Previas a que se refiere esta CLÁUSULA, sin perjuicio de las indemnizaciones que en su caso procedan si

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acontece una terminación anticipada del Contrato de acuerdo con lo previsto en la CLÁUSULA 21. Sección 6.2

Programa de Actividades Previas

[Sección funcional, de acuerdo a las necesidades del Proyecto; la programación es casuística y obedece a la detección de necesidades y requerimientos del Proyecto, así como la calendarización de tiempos de las actividades que deberá realizar el Proveedor bajo la supervisión de la Entidad Contratante]. (a)

Cualquier programa que deba entregar el Proveedor conforme a lo previsto en esta Sección 6.2 deberá ser elaborado de conformidad con el Modelo de Gestión y las Prácticas Prudentes de la Industria y deberá contener el detalle suficiente para permitir que [Entidad Contratante] pueda supervisar el desarrollo de la Actividades Previas por parte del Proveedor.

(b)

El Programa Preliminar de Actividades Previas se adjunta al presente Contrato como Anexo 4 (Programa de Actividades Previas) y cualquier cambio en el mismo deberá cumplir con lo previsto en el Procedimiento de Revisión. El Proveedor deberá entregar al Representante de [Entidad Contratante] una copia de cualquier versión del Programa Preliminar de Actividades Previas que sea modificado de conformidad con lo previsto en esta sección.

(c)

Si en cualquier momento [Entidad Contratante] determina que el progreso real de las Instalaciones no cumple con lo previsto en el Programa Preliminar de Actividades Previas, el Representante de [Entidad Contratante] podrá requerir al Proveedor para que le entregue, dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a la fecha en que reciba la solicitud, un reporte identificando las razones del retraso. Adicionalmente, salvo que la causa de dicho retraso subsista y no sea posible determinar con certidumbre cuándo terminará, el Representante de [Entidad Contratante] podrá requerir al Proveedor que le entregue, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a dicha solicitud, lo siguiente: (i)

Un Programa Preliminar de Actividades Previas actualizado a ser revisado de conformidad con el Procedimiento de Revisión, en el que se identifique la forma y el tiempo en que se llevarán a cabo las Instalaciones para asegurar su terminación en la Fecha Programada para la Conclusión de las Instalaciones; y/o,

(ii)

Un plan de acción a ser revisado de conformidad con el Procedimiento de Revisión identificando los pasos que deberán tomarse para eliminar o reducir el retraso en cuestión.

(d)

El Proveedor deberá notificar al Representante de [Entidad Contratante] si considera que la Fecha de Conclusión de las Instalaciones ocurrirá antes de la Fecha Programada para la Conclusión de las Instalaciones. El Representante de [Entidad Contratante] podrá requerir al Proveedor que elabore y entregue a revisión un Programa Preliminar de Actividades Previas actualizado de conformidad con el Procedimiento de Revisión, en el que se señale la forma y los períodos en que las Instalaciones se desarrollarán y la Fecha de Conclusión de las Instalaciones estimada.

(e)

El Proveedor deberá concluir las Instalaciones en o antes de la Fecha Programada para la Conclusión de las Instalaciones. En caso de que la Fecha de Conclusión de las Instalaciones ocurra después de la Fecha Programada para la Conclusión de las Instalaciones, [Entidad Contratante] podrá ejercer cualquiera

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

de sus derechos previstos en la CLÁUSULA 20. El Proveedor deberá notificar por escrito a [Entidad Contratante] sobre cualquier atraso que ocurra o pueda ocurrir con respecto al Programa de Actividades Previas dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a que tenga conocimiento de dicha situación. (f)

[*] (*) meses antes de la Fecha Programada de Inicio del Servicio, el Proveedor deberá entregar a [Entidad Contratante] un borrador del Programa Definitivo de Actividades Previas con base en el Programa Preliminar de Actividades Previas. Dentro de los [*] (*) Días Hábiles siguientes a la fecha en que [Entidad Contratante] haya recibido el borrador del Programa Definitivo de Actividades Previas, deberá hace llegar al Proveedor sus comentarios al mismo. Dentro de los [*] (*) Días Hábiles siguientes, las partes deberán acordar los términos del Programa Definitivo de Actividades Previas, en el entendido de que [Entidad Contratante], salvo en casos debidamente justificados, no podrá modificar el alcance de las Actividades Previas ni de las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante]. Si dentro de los [*] Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Proveedor haya entregado el borrador del Programa Definitivo de Actividades Previas a [Entidad Contratante], las partes no han llegado a un acuerdo sobre el mismo, deberán resolver cualquier diferencia de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias.

(g)

El Programa Definitivo de Actividades Previas deberá elaborarse de conformidad con el Programa Preliminar de Actividades Previas y no impondrá obligaciones más onerosas para [Entidad Contratante] que las señaladas en el Programa Preliminar de Actividades Previas. Una vez acordado por ambas partes, o según la determinación que se tome conforme al Procedimiento para la Resolución de Controversias, el Programa Definitivo de Actividades Previas reemplazará al Programa Preliminar de Actividades Previas y éste último quedará sin efectos. Lo dispuesto en el Programa Definitivo de Actividades Previas deberá considerar que las Actividades Previas y las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante] no retrasen la Fecha de Inicio del Servicio más allá de la Fecha Programada de Inicio del Servicio, según esta pueda ser prorrogada en términos de este Contrato.

(h)

El Proveedor deberá llevar a cabo las Actividades Previas de conformidad con el Programa Definitivo de Actividades Previas. Asimismo, el Proveedor deberá permitir que [Entidad Contratante] lleve a cabo las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante], incluyendo la coordinación y el permiso de acceso a las Instalaciones a los contratistas y personal de [Entidad Contratante] para que provea o incorpore elementos en las Instalaciones que sean parte de las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante], de conformidad con lo previsto en el Programa Definitivo de Actividades Previas. Las partes acordarán los términos bajo los cuales [Entidad Contratante] podrá introducir equipo a las Instalaciones.

(i)

Cuando menos con [*] (*) Días Hábiles de anticipación a la fecha en que el Proveedor considere que concluirá las Instalaciones, éste deberá notificar al Auditor Técnico, a los miembros del Comité de Coordinación y al Representante de [Entidad Contratante] la fecha prevista para la conclusión de las Instalaciones, a efecto de que el Auditor Técnico pueda iniciar el desarrollo de las actividades previstas para éste, los corresponsables y la unidad verificadora en el Programa Definitivo de Actividades Previas.

(j)

El Proveedor deberá notificar al Auditor Técnico, a los miembros del Comité de Coordinación y al Representante de [Entidad Contratante], con por lo menos 20 (veinte) Días Hábiles de anticipación a la fecha en la que considere que

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

concluirá las Instalaciones, la fecha en la que llevará a cabo las pruebas de conclusión referentes a las Instalaciones de conformidad con lo previsto en el Programa Definitivo de Actividades Previas. El Proveedor, así como el Personal a Cargo del Proveedor que corresponda, deberán estar presentes en dichas pruebas de conclusión, mientras que el Auditor Técnico, el Representante de [Entidad Contratante] y los miembros del Comité de Coordinación tendrán derecho a atender a las mismas, sin estar obligados a ello. El Proveedor deberá acompañar al Representante de [Entidad Contratante] y al Auditor Técnico en cualquier inspección en caso de que así se lo requiera cualquiera de ellos. (k)

El Proveedor deberá informar al Auditor Técnico que cuenta con 3 (tres) Días Hábiles a partir de la fecha o fechas en que se haya llevado a cabo la inspección y pruebas señaladas en el inciso anterior, para notificar tanto al Proveedor como a [Entidad Contratante] de cualquier asunto pendiente (incluyendo, sin limitación, la repetición de cualquier prueba de conclusión que deba llevarse a cabo de conformidad con lo previsto en el Programa Definitivo de Actividades Previas) que deba atenderse antes de que las Instalaciones puedan considerarse concluidas de conformidad con lo previsto en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio). El Proveedor deberá atender dichos asuntos y, de ser necesario, deberá dar notificaciones posteriores al Auditor Técnico de conformidad con lo previsto en el inciso anterior (pero únicamente en relación con los asuntos tratados en la notificación a la que se refiere este inciso) para que el procedimiento señalado en este inciso y en el anterior se repita cuantas veces sea necesario para resolver todos los asuntos pendientes en relación con las Instalaciones.

(l)

El Proveedor se asegurará de que el Auditor Técnico emita el Certificado de Conclusión de las Instalaciones una vez que éste quede satisfecho con la conclusión de las Instalaciones en los términos del presente Contrato y conforme a lo siguiente: (i)

El Certificado de Conclusión de las Instalaciones señalará la fecha en que, en opinión del Auditor Técnico, ocurrió la Fecha de Conclusión de las Instalaciones misma que, salvo dolo o mala fe, las partes se obligan a aceptar como tal para todos los fines del presente Contrato.

(ii)

El Auditor Técnico emitirá el Certificado de Conclusión de las Instalaciones aún en el caso de que existan Pendientes. De existir éstos, las partes deberán asegurarse de que el Auditor Técnico, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya emitido el Certificado de Conclusión de las Instalaciones, emita una Lista de Pendientes indicando con suficiente detalle en qué consiste cada uno de ellos y cuál parte será responsable de llevarlos a cabo, en el entendido de que cada Pendiente tendrá a un solo responsable pero podrá indicar que su cumplimiento depende del previo cumplimiento de otro Pendiente. La Lista de Pendientes deberá ser validada por [Entidad Contratante] en los términos del Procedimiento de Revisión.

(iii)

El Proveedor, previa consulta con el Representante de [Entidad Contratante], y de tal manera que afecte lo menos posible las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante] y el uso por parte de [Entidad Contratante] de las Instalaciones, deberá resolver todos los Pendientes a su cargo dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a que se haya emitido la Lista de Pendientes.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(iv)

Si dentro de los 30 (treinta) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya emitido la Lista de Pendientes, el Proveedor no ha resuelto los Pendientes a su cargo señalados en dicha Lista de Pendientes y los mismos no dependen de la realización de otros Pendientes a cargo de [Entidad Contratante], [Entidad Contratante] podrá hacerlos directamente o a través de un tercero y el costo en que incurra será deducido del primero o primeros Pagos por Servicio.

(v)

La emisión del Certificado de Conclusión de las Instalaciones no modificará de manera alguna las obligaciones del Proveedor contraídas en el presente Contrato, incluyendo su responsabilidad en materia de defectos y vicios ocultos.

(m)

Una vez emitido el Certificado de Conclusión de las Instalaciones, el Proveedor deberá entregar a [Entidad Contratante] dentro de un plazo no mayor a 1 (un) mes, los planos de construcción reflejando las Instalaciones tal y como éstas fueron construidas conjuntamente con cualesquiera otros planos en relación con las Instalaciones, así como los manuales de mantenimiento, operación y entrenamiento para las Instalaciones.

(n)

El Proveedor y [Entidad Contratante], dentro de los [40 (cuarenta)] Días Hábiles siguientes a la Fecha de Conclusión de las Instalaciones, deberán llevar a cabo y completar las Actividades Previas y las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante] que no se hayan realizado a dicha fecha, lo anterior, de conformidad con el Programa Definitivo de Actividades Previas. Ambas partes deberán, en todo momento, y en particular en el Período Preoperativo, asistir en forma razonable a la otra parte para asegurar el cumplimiento del Programa Definitivo de Actividades Previas. En caso de que el Proveedor no pudiere continuar con el cumplimiento del Programa Definitivo de Actividades Previas en virtud de la falta de ejecución de las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante], el Programa Definitivo de Actividades Previas podrá someterse a revisión conforme al Procedimiento de Revisión.

(o)

Una vez que el Proveedor considere que ha completado las Actividades Previas, entre las cuales se contemplará el cumplimiento con la Lista de Pendientes, en su caso, citará por escrito al Auditor Técnico, los miembros del Comité de Coordinación y al Representante de [Entidad Contratante] con una anticipación de 5 (cinco) Días Hábiles para que el Comité de Coordinación emita el Certificado de Terminación de Actividades Previas. El hecho de que [Entidad Contratante] no haya terminado las Actividades Previas a Cargo de [Entidad Contratante] no será impedimento para la emisión del Certificado de Terminación de Actividades Previas.

(p)

El Certificado de Terminación de Actividades Previas podrá (i) emitirse por el Comité de Coordinación previo a la Fecha de Inicio del Servicio, señalando asuntos de las Actividades Previas que en su caso hayan quedado pendientes y el plazo en el cual deberán ser finalizados, o (ii) condicionarse a efecto de que el Proveedor finalice las actividades que el Comité de Coordinación considere como requisito para la emisión del mismo, en el plazo que se prevea para tales efectos.

(q)

Queda entendido que la emisión incondicional del Certificado de Terminación de Actividades Previas será requisito para que el Proveedor pueda comenzar la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] conforme al presente Contrato.

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Sección 6.3

Certificación de Avance de Actividades Previas

[El Proveedor, cualquiera que sea el título legal que ostente respecto al Terreno, debe permitir a la Entidad Contratante el paso libre y la ejecución de actividades de supervisión y seguimiento; de inspección de las Instalaciones, ya construidas, entre otros supuestos, para poder detectar defectos. Hay ciertas contingencias que pueden implicar cambios hasta imprevisibles, como sería el hacer hallazgos en el terreno (de tesoros, de restos arqueológicos e históricos) que conllevan procedimientos administrativos con plazos propios e infalibles que podrían retrasar o impedir justificadamente el cumplimiento del servicio a cargo del Proveedor]. (a)

Con el único objeto de contar con un mecanismo objetivo, confiable y transparente para poder determinar, en caso de terminación anticipada del Contrato, los [“Gastos Directos No Recuperables” o “GI”] a que hace referencia el Anexo 7 (Pagos por Terminación), el Proveedor podrá prever en el Programa de Actividades Previas hitos específicos cuya conclusión sea susceptible de ser verificada y validada por el Auditor Técnico, quien generará el correspondiente Certificado de Avance de Actividades Previas o CAAP sujeto a lo previsto en este Contrato.

(b)

Cada CAAP deberá ser emitido por el Auditor Técnico describiendo claramente el avance específico de las Actividades Previas que certifica y haciendo una relación clara de los gastos directos que hayan sido incurridos por el Proveedor para desarrollar el rubro de las Actividades Previas que corresponda cuando dichos gastos cumplan con todo lo siguiente: (i)

Que sean comprobables;

(ii)

Que sean a precios de mercado;

(iii)

Que no excedan, para cada rubro que corresponda, de los gastos correspondientes señalados por el Proveedor en su Oferta y se encuentren reflejados en el Modelo Financiero; y,

(iv)

Que no hayan sido objetados por el Representante de [Entidad Contratante].

(c)

Para que el Auditor Técnico pueda emitir un CAAP será necesario que el mismo sea sometido previamente al Procedimiento de Revisión para los efectos aquí previstos. Cuando un CAAP no sea objetado por [Entidad Contratante] se considerará debidamente emitido y el Auditor Técnico será responsable de generar tres versiones originales suscritas por el Auditor Técnico y por el Representante del Proveedor, de las cuales una será entregada a [Entidad Contratante], otra al Proveedor y la tercera la conservará en su poder.

(d)

La emisión de cada uno de los CAAP no implica de manera alguna la aceptación o validación por parte de [Entidad Contratante] de la parte de las Actividades Previas que el CAAP certifique o ampare, ni genera obligación de pago alguno para [Entidad Contratante]. Sin embargo, en caso de terminación anticipada del Contrato, y en los términos previstos en el Anexo 7 (Pagos por Terminación), [Entidad Contratante] tomará como base el valor avalado por cada uno de los CAAP que haya sido emitido y entregado a [Entidad Contratante] durante el desarrollo de las Actividades Previas de conformidad con lo previsto en este Contrato.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 6.4

Diseño

(a)

El Proveedor deberá desarrollar y finalizar el diseño y las especificaciones de las Instalaciones y demás Información de Diseño contenido en su Oferta.

(b)

[Entidad Contratante] tendrá derecho a revisar, sin perjuicio de sus derechos de supervisión previstos en el presente Contrato, la Información de Diseño Sujeta a Revisión de conformidad con lo siguiente: (i)

[Entidad Contratante] o el Auditor Técnico podrán requerir por escrito al Proveedor para que someta a la revisión de [Entidad Contratante] aquella Información de Diseño que a su juicio no se encuentre suficientemente desarrollada o finalizada en la Oferta del Proveedor o resulte prudente o necesario hacerlo por cualquier razón, para lo cual señalará claramente los elementos que formarán parte de la Información de Diseño Sujeta a Revisión;

(ii)

El Proveedor deberá entregar al Representante de [Entidad Contratante] la Información de Diseño Sujeta a Revisión en un plazo razonable que no podrá ser mayor a 10 (diez) Días Hábiles salvo que exista causa debidamente justificada y, en todo caso, cualquier prórroga será bajo la exclusiva responsabilidad del Proveedor. Una vez entregada por parte del Proveedor a [Entidad Contratante], la Información de Diseño Sujeta a Revisión será revisada por las partes conforme al Procedimiento de Revisión;

(iii)

El Proveedor únicamente podrá iniciar o permitir que se inicie la construcción o instalación de cualquier parte de las Instalaciones hasta en tanto haya entregado la Información de Diseño Sujeta a Revisión al Representante de [Entidad Contratante] y haya sido autorizado a proceder con la construcción de acuerdo a lo previsto en el Procedimiento de Revisión;

(iv)

En el supuesto de que el Proveedor inicie o permita que se inicie la construcción o instalación de cualquier parte de las Instalaciones antes de haber entregado la Información de Diseño Sujeta a Revisión del Representante de [Entidad Contratante], [Entidad Contratante] tendrá el derecho de revisar dicha información y solicitar que el Proveedor cumpla con las revisiones que, en su caso, realice [Entidad Contratante], aún en el caso de que signifique el desmantelamiento y/o reconstrucción de las Instalaciones, y el Proveedor estará obligado a cumplir a su costa con las revisiones solicitadas;

(v)

A partir del momento en que una parte de la Información de Diseño Sujeta a Revisión sea devuelta o deba considerarse devuelta al Proveedor con la leyenda “Sin Comentarios” de conformidad con lo previsto en el Procedimiento de Revisión, el Proveedor podrá considerar que esa Información de Diseño Sujeta a Diseño ha dejado de tener ese carácter y debe ser considerada nuevamente como Información de Diseño; lo anterior sin perjuicio de los derechos que tenga [Entidad Contratante] conforme al presente Contrato en caso de errores, omisiones o Defectos en el diseño, sin importar el momento en que [Entidad Contratante] haya tenido conocimiento de los mismos;

(vi)

El Proveedor permitirá que el Representante de [Entidad Contratante] revise en cualquier momento la Información de Diseño, misma que deberá

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

estar disponible para revisión dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Proveedor haya recibido solicitud por escrito del Representante de [Entidad Contratante]; y, (vii)

(c)

El Proveedor será responsable de establecer y mantener una base de datos de diseño computarizada a la que podrán tener acceso remoto a través de equipo de cómputo, tanto el Representante de [Entidad Contratante] como el Auditor Técnico, para poder revisar los planos comprendidos dentro de la Información de Diseño (incluyendo la Información de Diseño Sujeta a Revisión). Asimismo, el Proveedor deberá cerciorarse de que se guarde en forma electrónica y/o impriman copias de dicha Información de Diseño.

Si cualquier elemento de la Información de Diseño, aún en el caso de haber sido aprobada por [Entidad Contratante] conforme a lo previsto en el inciso anterior, no cumple con lo previsto en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio), el Modelo de Gestión, las Prácticas Prudentes de la Industria o la Legislación, el Proveedor deberá, con cargo a su patrimonio, modificar el elemento correspondiente y rectificar el diseño de la Infraestructura. Dicha modificación y/o rectificación no deberá afectar la calidad de las Instalaciones, calidad que deberá ser equivalente a la calidad señalada en la Oferta.

Sección 6.5

Desarrollo de la Infraestructura

(a)

Las Instalaciones serán desarrolladas por el Proveedor de conformidad con lo previsto en el programa de construcción que deberá incluirse en el Programa de Actividades Previas que forma parte del Anexo 2 (Requerimientos del Servicio). Dicho programa deberá identificar claramente las distintas etapas constructivas (incluyendo cimentación; estructuras; y acabados, entre otras) y las fechas previstas para los principales hitos relacionados con las mismas.

(b)

El Proveedor conviene irrevocablemente en que el Representante de [Entidad Contratante] tendrá acceso irrestricto al Terreno y a la Infraestructura para observar y supervisar el desarrollo de las Instalaciones.

(c)

El Proveedor se obliga a obtener las autorizaciones que le requiera el Representante de [Entidad Contratante] para visitar cualquier taller, planta o almacén fuera del Terreno en donde se produzcan o almacenen materiales o equipo para ser utilizado en las Instalaciones o destinados a la Ejecución del Proyecto, con la finalidad de inspeccionar los mismos y atender cualquier prueba o medición que se esté llevando a cabo respecto a dichos materiales o equipo en relación con las Instalaciones.

(d)

El Proveedor deberá llevar a cabo juntas mensuales con todos sus Subcontratistas encargados de las Instalaciones, para revisar el avance de las mismas. El Representante de [Entidad Contratante] tendrá derecho a asistir a dichas reuniones y a cualquier otra junta o reunión relacionada con las Instalaciones. Para efectos de lo anterior, el Proveedor deberá notificar al Representante de [Entidad Contratante] antes de que tenga lugar dicha reunión o junta, con la misma anticipación con la que sean convocados los demás asistentes.

(e)

[Entidad Contratante] tendrá derecho, en cualquier momento antes de la Fecha de Conclusión de las Instalaciones, de inspeccionar las Instalaciones e inclusive solicitar el desmantelamiento de las partes de las Instalaciones que el Representante de [Entidad Contratante] considere, conforme a las Prácticas

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Prudentes de la Industria, que contienen o presenten Defectos. Para ejercer su derecho, [Entidad Contratante] deberá enviar una notificación por escrito al Proveedor solicitando la inspección o desmantelamiento de las Instalaciones, en la que deberá especificar los detalles y las razones para llevar a cabo la inspección o desmantelamiento. La inspección o desmantelamiento deberá llevarse a cabo a los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en la que el Proveedor haya recibido la notificación correspondiente, a la hora señalada en dicho documento, y con la presencia del Auditor Técnico quien deberá estar siempre presente, además de que también podrán asistir los miembros del Comité de Coordinación, en su totalidad o mediante representación, para lo cual el Proveedor deberá notificarles por escrito de la inspección o desmantelamiento con por lo menos 3 (tres) Días Hábiles de anticipación. (f)

Si como consecuencia de una visita o inspección realizada, resulta que existen Defectos en las Instalaciones o que el Proveedor no ha cumplido con lo previsto en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio), la Oferta, el Modelo de Gestión, las Prácticas Prudentes de la Industria o la Legislación, [Entidad Contratante] podrá (sin perjuicio de cualquier otro derecho que tenga estipulado por el presente Contrato) mediante notificación al Proveedor, solicitar que éste aumente el nivel de supervisión hasta en tanto el Proveedor demuestre a satisfacción de [Entidad Contratante] que cumplirá adecuadamente sus obligaciones contractuales. Si el Proveedor no aumentare dicho nivel de supervisión, o a juicio de [Entidad Contratante] éste sea insuficiente debido a que aún existen Defectos o incumplimientos, [Entidad Contratante] podrá realizar dicho aumento directamente con cargo al Proveedor. El aumento del nivel de supervisión a que hace referencia este inciso se sujetará a lo siguiente: (i)

Será necesario que el Auditor Técnico supervise de manera más detallada aquellos elementos que hayan motivado la solicitud de aumento del nivel de supervisión;

(ii)

El Auditor Técnico deberá generar y entregar a [Entidad Contratante] un reporte semanal del avance logrado y de los problemas que haya identificado, y en caso de que los problemas continúen [Entidad Contratante] podrá requerir al Auditor Técnico para que el reporte sea presentado cada tercer día o diariamente, según lo amerite la naturaleza del incumplimiento; y,

(iii)

Los gastos que origine el aumento del nivel de supervisión serán cubiertos por el Proveedor.

(g)

Si después de la inspección o desmantelamiento de las Instalaciones que se lleve a cabo conforme a lo señalado en los incisos anteriores, resultara que la parte o las partes de las Instalaciones inspeccionadas presentan Defectos: (a) el Proveedor deberá subsanar dichos Defectos; y, (b) cualquier consecuencia de la subsanación será asumida por el Proveedor sin costo adicional para [Entidad Contratante]; en este caso, el Proveedor no tendrá derecho a que se le otorgue una prórroga. En caso de existir cualquier controversia respecto a las inspecciones o al desmantelamiento a las que se refiere esta sección o al resultado de las mismas, serán resuelta de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias.

(h)

El Proveedor conviene expresamente que si durante el desarrollo de las Instalaciones aparecieran en el Terreno fósiles, antigüedades u otros objetos con valor artístico, arqueológico, histórico o monetario, o en caso de encontrarse restos humanos en el Terreno, el Proveedor deberá:

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(i)

Notificar de inmediato a [Entidad Contratante] dicho descubrimiento;

(ii)

Dar aviso a las autoridades competentes de conformidad con la Legislación;

(iii)

Observar todas y cada una de las disposiciones aplicables conforme a la Legislación; y,

(iv)

Realizar todos aquellos actos que permitan continuar con las actividades de construcción correspondientes.

Sección 6.6

Equipamiento

(a)

El Proveedor, antes de la Fecha de Inicio del Servicio, y de conformidad con el Programa de Actividades Previas deberá, con cargo a su patrimonio, proveer e instalar el Equipo que se especifica en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio) así como todos los bienes y materiales necesarios para iniciar la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] de conformidad con los Requerimientos del Servicio. El Programa de Actividades Previas deberá contener un programa de equipamiento que identifique claramente las distintas etapas y fases para llevar a cabo dicho equipamiento y las fechas previstas para los principales hitos relacionados con el mismo.

(b)

El Proveedor deberá afectar o causar que se afecten los derechos de propiedad y/o uso del Equipo al Fideicomiso Irrevocable de Administración para que el Equipo se encuentre destinado exclusivamente a ser utilizado de conformidad con lo previsto en este Contrato durante la vigencia del mismo.

(c)

La provisión del Equipo podrá realizarse a través de cualquier medio legal, en el entendido de que el Proveedor deberá garantizar que la propiedad del Equipo, salvo en los casos autorizados señalados en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicio), sea transmitida a [Entidad Contratante] ya sea al ocurrir la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o al cesar la obligación de proveer el Equipo en términos del presente Contrato.

Sección 6.7

Financiamiento

(a)

Los costos en que incurra el Proveedor para llevar a cabo el diseño, el financiamiento, la construcción, el equipamiento y la preparación operativa de las Instalaciones en los términos de este Contrato correrán por cuenta exclusiva del Proveedor. Si los costos correspondientes resultan ser superiores a los presupuestados para esas actividades en la Oferta, el Proveedor será el único responsable y esa situación no dará lugar a incrementos en el monto de los Pagos por Servicio ni generará la obligación para [Entidad Contratante] de reembolsarlos o cubrirlos directa o indirectamente.

(b)

El costo para desarrollar las Instalaciones es responsabilidad única del Proveedor y en ningún momento [Entidad Contratante] lo reembolsará por cualquier excedente ya sea de gasto o costo que el Proveedor haya realizado por voluntad propia, por necesidad o por error, incluyendo de manera enunciativa mas no limitativa sobre costos por reposición o por incremento de materiales, costo del Equipo o de su instalación, precio de metales en mercados nacionales o internacionales, estimatorias, falta de previsión de requisitos técnicos o constructivos para ajustarlos a los requerimientos del Contrato y/o de las Prácticas Prudentes de la Industria.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 6.8

Preparación Operativa

(a)

Obligación del Proveedor de llevar a cabo pruebas en coordinación con el personal de [Entidad Contratante] para comprobar y asegurar que las Instalaciones funcionan correctamente y cumplen con la Legislación, los Requerimientos del Servicio, el Modelo de Gestión, la Oferta y las Prácticas Prudentes de la Industria.

(b)

Obligación del Proveedor de capacitar al personal de [Entidad Contratante] para que puedan operar correctamente las Instalaciones.

CLÁUSULA 7 [LA DENOMINACIÓN ACORDADA PARA EL SERVICIO OBJETO DEL PPS] [Cláusula de contenido variable, refiere el concepto y alcance del Servicio Público a cargo de la Entidad Contratante o un servicio específico; siendo ambos de la competencia propia de la dicha Entidad y que es de su interés que preste el Proveedor. El servicio utilizará la infraestructura construida (instalaciones) sobre el Terreno, que deben llenar los estándares de calidad especificados aquí mismo]. Sección 7.1

Aspectos generales

El Proveedor se obliga a prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] cumpliendo en todo momento con: (i)

Los términos del presente Contrato, incluyendo los establecido en los Requerimientos del Servicio, el Modelo de Gestión y en su Oferta;

(ii)

La Legislación; y,

(iii)

Las Prácticas Prudentes de la Industria.

Sección 7.2

Inicio de la Prestación del Servicio

El Proveedor se obliga a prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] a partir de la Fecha Programada de Inicio de los Servicios, según ésta fecha pueda ser prorrogada en términos de la Sección 13.2. Sección 7.3

Notificación de Servicio Deficiente

Cuando las deducciones aplicables a un Pago por Servicio, que no deriven de un Evento Extraordinario o de un evento de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, resulten superiores al [20% (veinte por ciento)] del monto previsto en el Programa de Pagos para el Pago por Servicio de que se trate actualizado para reflejar la inflación de conformidad con lo previsto en el Mecanismo de Pagos, [Entidad Contratante] emitirá una Notificación de Servicio Deficiente y la notificará dentro de los siguientes 5 (cinco) Días Hábiles al Proveedor y, en caso de que así lo soliciten, a los Acreedores.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CLÁUSULA 8 FORMA DE PAGO Sección 8.1

Facturación

[En esta cláusula se establece la forma de pago de las contraprestaciones periódicas a cargo de la Entidad Contratante, por la prestación de los Servicios del Proveedor; no importando que la Entidad Contratante no sea la beneficiaria última de los Servicios, tiene la obligación de pago en el lugar, tiempo y con los mecanismos y condiciones que aquí se pactan y que pueden explicarse paramétricamente en el Anexo correspondiente. Asimismo se establece la Sección de Mora, aplicable a ambas partes]. (a)

A partir de la Fecha de Inicio de Pago, y cada mes subsiguiente, el Proveedor deberá entregar para revisión de [Entidad Contratante] una Solicitud de Pago señalando lo siguiente: (i)

El monto del Pago por Servicio correspondiente al mes inmediato anterior calculado de conformidad con lo previsto en el Anexo 1 (Mecanismo de Pago);

(ii)

En su caso, las cantidades que deriven de una Variación;

(iii)

Cualesquiera ajustes que deban efectuarse en el Pago por Servicio del mes que corresponda con motivo de Pagos por Servicio anteriores, y cada ajuste deberá estar desglosado por concepto;

(iv)

En su caso, cualquier cantidad pagadera en virtud de la determinación o acuerdo que haya sido adoptado con motivo de una controversia respecto al monto de un Pago por Servicio conforme a lo previsto en el inciso (d) de esta sección; y

(v)

Los impuestos correspondientes a los pagos que deba realizar [Entidad Contratante] al Proveedor.

(b)

Una vez presentada la Solicitud de Pago, [Entidad Contratante] contará con un periodo de 10 (diez) Días Hábiles para revisarla. Transcurrido ese plazo sin que [Entidad Contratante] haya manifestado su inconformidad, se entenderá que la Solicitud de Pago ha sido aprobada y el Proveedor podrá hacer entrega de la factura correspondiente a [Entidad Contratante]. Los pagos serán realizados dentro de los 20 (veinte) días siguientes a la fecha en que le sea entregada la factura a [Entidad Contratante].

(c)

La factura deberá cumplir con todos los requisitos administrativos, presupuestarios y fiscales que resulten aplicables, y documentar el importe aprobado en la Solicitud de Pago correspondiente, de lo contrario, [Entidad Contratante] la devolverá para su corrección y el plazo previsto en el inciso (b) para realizar el pago correrá a partir de que se entregue la factura corregida.

(d)

En caso de no estar de acuerdo con la Solicitud de Pago, [Entidad Contratante] lo comunicará al Proveedor para que ambas partes, dentro de un plazo de 15 (quince) Días Hábiles, concilien conceptos y cifras y se apruebe la solicitud correspondiente. [Entidad Contratante] y el Proveedor deberán convocar a una mesa de negociación dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles para iniciar los esfuerzos de conciliación, para lo cual será obligatoria la asistencia de miembros con suficiente autoridad para poder llegar a un acuerdo. De no ser

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

posible conciliar los conceptos y cifras, la Solicitud de Pago respectiva quedará aprobada al final de este último plazo de 15 (quince) Días Hábiles única y exclusivamente respecto de los conceptos y cifras no objetados, y aquellos no conciliados se sustraerán de la Solicitud de Pago y se someterán al Procedimiento para la Resolución de Controversias. Las reglas para la conformación y operación de la mesa de negociación antes referida serán acordadas por las partes antes de la Fecha Programada de Inicio del Servicio. Sección 8.2

Moneda y Lugar de Pago

Los pagos que deban realizarse conforme al presente Contrato deberán hacerse en Pesos y mediante depósito en las cuentas bancarias ubicadas en México que cada una de las partes notifique a la otra por escrito en términos del presente Contrato. Sección 8.3

Mora

(a)

En caso de mora en el cumplimiento de las obligaciones de pago previstas en este Contrato, la parte morosa deberá pagar gastos financieros a una tasa igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos gastos se calcularán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que se venció el plazo pactado, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del acreedor.

(b)

En ningún caso se considerará como mora en el cumplimiento de las obligaciones de pago previstas en este Contrato, el tiempo transcurrido para determinar por el procedimiento de Resolución de Controversias la objeción de un pago que finalmente se determine como procedente.

Sección 8.4

Pagos en Exceso

(a)

En caso de que [Entidad Contratante] realice cualquier pago en exceso al Proveedor de las cantidades pagaderas al mismo conforme a lo establecido en el presente Contrato, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes.

(b)

Alternativamente a lo anterior y sólo si así lo permite la Legislación vigente, en caso de que [Entidad Contratante] realice cualquier pago al Proveedor en exceso de las cantidades pagaderas conforme a lo establecido en el presente Contrato, la cantidad pagada en exceso se aplicará en la siguiente factura que deba ser pagada por [Entidad Contratante] al Proveedor.

CLÁUSULA 9 DESTINO DE LAS INSTALACIONES Sección 9.1

Destino por expiración de la vigencia del Contrato

En caso de terminación del Contrato por expiración de su vigencia, las Instalaciones, a elección de [Entidad Contratante]: (i)

Pasarán a formar parte del patrimonio del Estado sujetándose a lo previsto en el Anexo 9 (Transmisión de las Instalaciones);

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(ii)

Serán objeto de un nuevo contrato, sujetándose a la Legislación; o bien,

(iii)

Serán devueltas a su propietario para que las utilice para cualquier fin lícito, sujetándose a la Legislación y a lo previsto en el Anexo 9 (Transmisión de las Instalaciones).

Sección 9.2 (a)

(b)

En caso de terminación anticipada o rescisión del presente Contrato, se aplicará lo previsto en la Sección 21.2 y el Proveedor estará obligado a lo siguiente: (i)

Entregar o causar que se entreguen a [Entidad Contratante] las Instalaciones de conformidad con lo previsto en el Anexo 9 (Transmisión de las Instalaciones), para lo cual deberá retirar cualesquiera activos que el Proveedor haya adquirido para la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] y que [Entidad Contratante] manifieste de conformidad con lo señalado en ese anexo que no desea recibir;

(ii)

Si no la ha hecho antes, entregar a [Entidad Contratante] un juego completo de planos que contengan las Instalaciones tal y como éstas han sido construidas;

(iii)

Entregar los manuales de uso y mantenimiento para las Instalaciones que hayan sido desarrolladas;

(iv)

Realizar todos los actos necesarios para que [Entidad Contratante] o un tercero que [Entidad Contratante] designe sea beneficiario de cualquier garantía otorgada por el fabricante de cualquier Equipo que hubiere sido adquirido por el Proveedor para el cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el presente Contrato;

(v)

Entregar a [Entidad Contratante] toda la información relativa a los trabajadores del Proveedor que desempeñen sus labores en las Instalaciones, lo anterior en el entendido que [Entidad Contratante] no estará obligado a contratar a personal alguno del Proveedor; y

(vi)

Responder por un periodo de 2 (dos) años a partir de la Fecha de Terminación del Contrato por los vicios ocultos que pudieren suscitarse respecto de la Infraestructura y el Equipo que permanezca en el Terreno.

Asimismo, a opción de [Entidad Contratante], en caso de que la Fecha de Terminación del Contrato ocurra antes de la Fecha de Inicio del Servicio: (i)

Todos los materiales y talleres en o cerca del Terreno deberán mantenerse disponibles para que [Entidad Contratante] pueda continuar o hacer que continúe la construcción de las Instalaciones; y,

(ii)

Toda la Infraestructura deberá permanecer en el Terreno para que [Entidad Contratante] pueda terminar o hacer que se termine con la construcción de las Instalaciones.

Sección 9.3 (a)

Destino por terminación anticipada o rescisión del Contrato

Disposiciones comunes

En caso de terminación del Contrato, por cualquier causa, el Proveedor:

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

(i)

Será responsable de la terminación de todos y cada uno de los Subcontratos, sin obligación alguna de [Entidad Contratante] al respecto;

(ii)

Deberá entregar a [Entidad Contratante] o a quien ésta designe toda la Información del Proyecto, incluyendo la Propiedad Intelectual necesaria para el uso o aprovechamiento de las Instalaciones, excluyéndose aquellos programas desarrollados o adquiridos por algún Subcontratista para su propio uso y no únicamente para el uso de las Instalaciones;

(iii)

Deberá cerciorarse de que [Entidad Contratante] sea titular, licenciatario o causahabiente de todo derecho de Propiedad Intelectual relacionado con las Instalaciones; y,

(iv)

Cooperará con [Entidad Contratante] o con quien ésta designe para poder garantizar una adecuada transición de la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] por otra persona o directamente por [Entidad Contratante].

En caso de que [Entidad Contratante] decida llevar a cabo algún procedimiento de contratación para la provisión de cualesquiera servicios necesarios para las Instalaciones, el Proveedor estará obligado a cooperar con [Entidad Contratante] para que ésta tenga toda la información necesaria para dicho procedimiento de contratación. Asimismo, el Proveedor deberá permitir el acceso a las Instalaciones a cualquier participante, contratista o subcontratista que [Entidad Contratante] determine.

CLÁUSULA 10 REPRESENTACIÓN Y COMUNICACIÓN Sección 10.1 Representantes de [Entidad Contratante] (a)

El Representante de [Entidad Contratante] será la persona designada por [Entidad Contratante] en los términos de la presente CLÁUSULA, cuyo nombramiento se le deberá notificar al Proveedor. El Representante de [Entidad Contratante] tendrá las funciones y facultades de [Entidad Contratante] en relación con la Ejecución del Proyecto que se identifican en el presente Contrato como funciones o atribuciones del Representante de [Entidad Contratante]. El Representante de [Entidad Contratante] también ejercerá todas las demás funciones y atribuciones de [Entidad Contratante] establecidas en el presente Contrato que en su caso [Entidad Contratante] le notifique al Proveedor.

(b)

El Representante de [Entidad Contratante] tendrá en todo tiempo el derecho de notificar al Proveedor sobre la autorización a cualquier otra persona para que ejerza las funciones y atribuciones de [Entidad Contratante] que le han sido delegadas de conformidad con la presente CLÁUSULA, ya sea de manera general o especial. Cualquier acto de tal persona constituirá en lo sucesivo, para fines del presente Contrato, un acto del Representante de [Entidad Contratante].

(c)

El Representante de [Entidad Contratante] tendrá facultades de comunicación, notificación y monitoreo del desempeño diario del presente Contrato y en ningún momento estará facultado para autorizar: (i) modificaciones al presente Contrato; (ii) realizar renuncias a derechos de [Entidad Contratante] establecidos por el presente Contrato; ni (iii) aprobar la aplicación de penas o deducciones al

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Proveedor. No obstante lo anterior, el Proveedor deberá considerar cualquier acto o indicación de parte del Representante de [Entidad Contratante] como un acto o indicación de [Entidad Contratante], siempre y cuando dichos actos o indicaciones se encuentren dentro de las facultades expresamente pactadas para el Representante de [Entidad Contratante] en términos del presente Contrato. Sección 10.2 Representante del Proveedor (a)

El Representante del Proveedor será la persona designada en los términos de la presente CLÁUSULA, cuyo nombramiento se le deberá notificar a [Entidad Contratante], en los términos del presente Contrato. El Representante del Proveedor tendrá todas y cada una de las atribuciones y facultades necesarias para actuar en nombre y representación del Proveedor para todo lo relacionado con el presente Contrato. Salvo por aquellos actos que el Proveedor le notifique por escrito a [Entidad Contratante] como no aplicables al Representante del Proveedor, [Entidad Contratante] tendrá derecho a considerar cualquier acto o decisión por parte del Representante del Proveedor, en relación con el presente Contrato, como un acto o indicación por parte del Proveedor.

(b)

El Proveedor estará obligado a notificar a [Entidad Contratante] su deseo de reemplazar al Representante del Proveedor, mediante notificación por escrito con por lo menos 10 (diez) Días Hábiles de anticipación. [Entidad Contratante] deberá aprobar dicha sustitución tomando en cuenta la necesidad de continuidad y comunicación en relación con la Ejecución del Proyecto. La aprobación por parte de [Entidad Contratante] del nuevo Representante del Proveedor no deberá ser negada sin causa justificada.

Sección 10.3 Notificaciones (a)

Salvo por disposición en contrario contenida en el presente Contrato, todo aviso y demás comunicaciones entre las partes emitidas de conformidad con el presente Contrato, deberán hacerse por escrito, con acuse de recibo, a los domicilios que a continuación se señalan y serán efectivas al momento de su recepción por el destinatario en dicha dirección o en aquélla otra que la parte haya notificado por escrito. Si la fecha de dicha recepción es un Día Hábil, será efectiva en el momento en que la misma sea recibida, en caso contrario, en el siguiente Día Hábil.

El Proveedor:

[Entidad Contratante]:

_______________________________

_______________________________

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

Atn.:

Atn.:

Facsímil:

Facsímil:

Correo electrónico:

Correo electrónico:

Ref.:

Ref.:

[*]

[*]

En el caso de notificaciones dirigidas a los representantes de las partes en términos del presente Contrato, éstas deberán enviarse a los domicilios que a continuación se señalan con copia para la parte para la cual funja el representante:

Representante del Proveedor:

Representante de [Entidad Contratante]:

_______________________________

_______________________________

Atn.:

Atn.:

Correo electrónico:

Correo electrónico:

Ref.: [*]

Ref.: [*]

CLÁUSULA 11 COMITÉ DE COORDINACIÓN [ESTE COMITÉ REVISA LOS ASUNTOS DE TODO GÉNERO QUE GENERE EL PROYECTO, PARA SER UNA RÁPIDA VÍA DE DETECCIÓN Y SUPERACIÓN DE PROBLEMAS; POR SU COMPOSICIÓN BIPARTITA, ES UN ELEMENTO DE EQUILIBRIO ENTRE LAS PARTES, QUE ESTARÁ EN CONSTANTE CONOCIMIENTO DE TODO TIPO DE INFORMACIÓN QUE SE DERIVE DEL PROYECTO, ESPECIALMENTE DE LOS NIVELES DE DESEMPEÑO Y CALIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR; PUEDE EMITIR RECOMENDACIONES, QUE SERVIRÁN COMO ELEMENTO DE EVIDENCIA PARA LAS RECTIFICACIONES QUE PUEDAN DAR LUGAR AL MECANISMO PREVISTO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN Y/O DE VARIACIÓN; ESTE ÓRGANO ES ANTE EL QUE SE LLEVA LA PRIMERA INSTANCIA OBLIGATORIA DE RESOLUCIÓN CONCILIATORIA ENTRE LAS PARTES PARA CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SURJA ENTRE ELLAS].

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 11.1 Constitución y Funciones (a)

Dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la celebración del presente Contrato, [Entidad Contratante] y el Proveedor constituirán un Comité de Coordinación integrado por 3 (tres) representantes de [Entidad Contratante] (uno de los cuales fungirá como presidente del comité y tendrá a su cargo la coordinación del comité) y 3 (tres) representantes del Proveedor (uno de los cuales será secretario del comité y será responsable de las minutas de los acuerdos y resoluciones que adopte y emita el comité). Para tal efecto cada parte deberá designar seis representantes: tres propietarios y tres suplentes.

(b)

El Comité de Coordinación tendrá las siguientes funciones:

(c)

(i)

La revisión de asuntos relacionados con la diaria ejecución del presente Contrato, en todos sus aspectos —operativo, técnico, financiero y de pagos, administrativo y de gestión, de niveles de desempeño y calidad, de prevención y administración de riesgos, entre otros— así como su cumplimiento por las partes, para el seguimiento crítico de la Ejecución del Proyecto, buscando esencialmente y con sentido práctico, la determinación de problemas, desviaciones o irregularidades en el mismo, para su prevención y corrección inmediata. Para ello el Comité de Coordinación podrá solicitar a las partes los reportes que sean necesarios, o allegarse de todos los reportes o informes previstos en el presente Contrato y en sus anexos, así como entrevistarse con quien estime procedente para agilizar su actuación.

(ii)

La emisión de recomendaciones a las partes respecto de situaciones detectadas a partir de la revisión a la que se refiere el inciso (i) anterior, en las que plantearán elementos para la prevención y/o corrección de dichas situaciones, o para la mejor prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS]; las recomendaciones así emitidas serán dirigidas a las partes, quienes las deberán atender en forma inmediata para el mejoramiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato, consignando los resultados de la aplicación de tal recomendación en un breve informe remitido al Comité de Coordinación en un lapso de máximo de 15 (quince) Días Hábiles a partir de emitida la recomendación.

(iii)

La emisión de recomendaciones a partir de la consulta de una de las partes o ambas, sobre cuestiones concretas en la aplicación de las obligaciones a su cargo conforme al presente Contrato.

(iv)

La emisión del Certificado de Terminación de Actividades Previas.

(v)

De conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento de Conciliación, actuar como primera instancia de resolución conciliatoria entre las partes, respecto a controversias o desacuerdos suscitados por interpretación o ejecución del Contrato o de cualquiera de sus obligaciones respecto al mismo.

(vi)

Las demás que el presente Contrato o las partes expresamente le confieran.

Ni el Comité de Coordinación, ni sus miembros actuando en tal carácter, tendrán la facultad de modificar en forma directa o indirecta las disposiciones del presente Contrato.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 11.2 Designación y Remoción de Miembros (a)

Las partes podrán designar y remover a sus representantes en el Comité de Coordinación mediante notificación por escrito entregada a la otra parte en cualquier momento. Los miembros del Comité de Coordinación deberán tener amplio conocimiento tanto del Contrato como de la Ejecución del Proyecto y contar con el nivel suficiente para la toma de decisiones.

(b)

Los miembros del Comité de Coordinación no tendrán facultades para designar o remover a los miembros del mismo. En caso de que un miembro no se encuentre disponible, será su suplente quien tenga los derechos y facultades del miembro correspondiente. Los miembros del Comité de Coordinación continuarán en su cargo hasta en tanto no sea designado un nuevo miembro que los reemplace.

Sección 11.3 Toma de Decisiones Las recomendaciones del Comité de Coordinación deberán ser tomadas por el voto afirmativo de cuando menos [la mitad más uno] de sus miembros. Cada uno de los miembros del Comité de Coordinación tendrá un voto y ningún miembro, incluyendo a quien presida el Comité de Coordinación, tendrá voto de calidad. En caso de no haber quórum, el Comité de Coordinación no emitirá recomendación. Sección 11.4 Reuniones y Convocatorias (a)

El Comité de Coordinación se reunirá por lo menos una vez al mes. Cualquier miembro del Comité de Coordinación o cualquiera de las partes podrá convocar a una junta del Comité de Coordinación en cualquier momento. Las juntas del Comité de Coordinación serán convocadas con por lo menos 5 (cinco) Días Hábiles de anticipación (identificando el orden del día a ser discutido en la reunión), salvo en el caso de emergencias en el cual una junta podrá ser convocada en cualquier momento.

(b)

Las juntas del Comité de Coordinación también podrán tener lugar en forma económica, vía telefónica o por cualquier otro medio de telecomunicación a través del cual cada uno de sus miembros pueda comunicarse y recibir retroalimentación. En tal supuesto, se harán constar los acuerdos tomados, con posterioridad a la verificación de las reuniones así efectuadas, conforme a las minutas a que se refiere el inciso (c) inmediato.

(c)

Se elaborarán minutas de cada una de las juntas del Comité de Coordinación, incluyendo las recomendaciones previstas por dicho Comité de Coordinación. Las minutas serán resguardadas por el secretario del Comité de Coordinación y éste estará obligado a circular copias de las mismas a todas las partes dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se haya llevado a cabo la reunión. El secretario del Comité de Coordinación deberá tener a disposición de [Entidad Contratante] una copia de cada una de las minutas de las juntas que haya celebrado el Comité de Coordinación.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CLÁUSULA 12 CAMBIO RELEVANTE EN LA LEGISLACIÓN (a)

Para fines del presente Contrato, “Cambio Relevante en la Legislación” significa cualquier cambio a cualquier norma jurídica de carácter general que regule o resulte aplicable a la Ejecución del Proyecto, sea a través de una reforma (modificación, adición o eliminación), de la expedición de una nueva disposición o instrumento normativo, o de la adopción de nuevos criterios, interpretaciones o resoluciones por parte de autoridades administrativas o judiciales, y que de manera indubitable tenga un impacto importante y medible en cuanto a los costos en que deba incurrir el Proveedor para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto de acuerdo con el Modelo Financiero.

(b)

El Proveedor deberá tomar todas las acciones necesarias para que la Ejecución del Proyecto se desarrolle de conformidad con los términos del presente Contrato y observando la Legislación, aún después de un Cambio Relevante en la Legislación.

(c)

En caso de existir un Cambio Relevante en la Legislación, las partes tendrán derecho a solicitar un ajuste a los Pagos por Servicio como consecuencia del aumento o disminución del costo neto del Proveedor para prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] y en la misma proporción.

(d)

Al ocurrir un Cambio Relevante en la Legislación:

(e)

(i)

Cualquiera de las partes podrá notificar a la otra la existencia de dicho Cambio Relevante en la Legislación;

(ii)

Las partes deberán reunirse dentro de los 15 (quince) Días Hábiles siguientes a la notificación a la que se refiere el sub-inciso (i) anterior para consultar y acordar el impacto que dicho Cambio Relevante en la Legislación tenga respecto a la Ejecución del Proyecto;

(iii)

Si las partes, dentro de los 15 (quince) Días Hábiles siguientes a esta reunión, no se han puesto de acuerdo respecto al impacto que tenga dicho Cambio Relevante en la Legislación en la Ejecución del Proyecto, cualquiera de las partes podrá someter tal diferencia al Procedimiento para la Resolución de Controversias;

Dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes al acuerdo de las partes o, en su caso, a la determinación adoptada, de conformidad con lo previsto en el inciso (c) anterior, el Representante de [Entidad Contratante] deberá emitir una Solicitud de Variación aplicándose las disposiciones del Procedimiento de Variación, en el entendido que: (i)

El Proveedor podrá notificar al Representante de [Entidad Contratante] su objeción a dicha solicitud de Variación, únicamente si la Variación solicitada no cumple con el supuesto del Cambio Relevante en la Legislación;

(ii)

[Entidad Contratante] podrá emitir una Confirmación de Variación de conformidad con lo previsto en el Procedimiento de Variación;

(iii)

El Proveedor estará obligado a obtener todos los permisos y licencias necesarios para llevar a cabo la Variación;

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(f)

(iv)

Una vez emitidas, [Entidad Contratante] no tendrá derecho a retirar la Solicitud de Variación o Confirmación de Variación emitida de conformidad con lo previsto en esta CLÁUSULA; y,

(v)

El Proveedor deberá, sin perjuicio de su obligación de cumplir con los términos del presente Contrato, cumplir con lo siguiente: (1)

Utilizar todas las medidas necesarias para mitigar los efectos adversos de cualquier Cambio Relevante en la Legislación; y,

(2)

Aprovechar cualquier efecto positivo de un Cambio Relevante en la Legislación en beneficio de la Ejecución del Proyecto, utilizando para ello todos los medios que tenga a su alcance.

Cualquier cantidad pagadera o reducción a un Pago por Servicio deberá calcularse de conformidad con el Procedimiento de Variación, en el entendido de que para calcular la cantidad pagadera por [Entidad Contratante] o la cantidad en la que se reduzca el Pago por Servicio, no se considerarán los gastos incurridos o por incurrirse como resultado del incumplimiento por parte del Proveedor al sub-inciso (v) anterior.

CLÁUSULA 13 RETRASOS [Al igual que en el apartado anterior, los retrasos inciden en el desempeño y en la calidad del servicio; no obstante, no son genéricamente penalizados, sino que depende de la imputación a alguna de las partes y a su responsabilidad en dicho rechazo, en cuyo caso se extenderán los plazos al Proveedor]. Sección 13.1 Retraso imputable al Proveedor (a)

Si la Fecha de Inicio del Servicio no ocurre en la Fecha Programada de Inicio del Servicio por causas distintas a las previstas en la Sección 13.2, se entenderá que el Retraso es imputable al Proveedor.

(b)

En caso de actualizarse un Retraso imputable al Proveedor, éste deberá pagar a [Entidad Contratante] una pena convencional que será determinada en función del número de días que transcurran a partir de la Fecha Programada de Inicio del Servicio de acuerdo con lo siguiente: (i)

Si los días transcurridos forman parte del primer mes contado a partir de la Fecha Programada de Inicio del Servicio, la pena convencional será por el monto que resulte de multiplicar [$* (*)] por el número de días transcurridos;

(ii)

Si los días transcurridos se extienden al segundo mes contado a partir de la Fecha Programada de Inicio del Servicio, la pena convencional será por el monto que resulte de sumar al monto determinado conforme al sub-inciso anterior, el monto que resulte de multiplicar [$* (*)] por el número de días transcurridos en el segundo mes;

(iii)

Si los días transcurridos se extienden más allá del segundo mes contado a partir de la Fecha Programada de Inicio del Servicio, la pena convencional corresponderá al monto que resulte de sumar a los dos montos determinados conforme a los sub-incisos anteriores, el monto que resulte

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

de multiplicar [$* (*)] por el número de días transcurridos a partir de la terminación del segundo mes y hasta que el monto de la pena convencional alcance el valor de la Garantía de Cumplimiento, del cual no podrá exceder. (c)

Si el Retraso es imputable al Proveedor, [Entidad Contratante] no podrá prorrogar la Fecha de Inicio del Servicio.

Sección 13.2 Retraso no imputable al Proveedor (a)

(b)

Si el Retraso ocurre por cualquiera de las causas siguientes, se entenderá que el Retraso no es imputable al Proveedor: (i)

Una Variación de Instalaciones por parte de [Entidad Contratante], para la cual [Entidad Contratante] haya elaborado una Solicitud de Variación, de conformidad con lo previsto en el Procedimiento de Variación, y el Proveedor haya respondido especificando que la ejecución de dicha Variación impediría que la Fecha de Inicio del Servicio ocurra en la Fecha Programada de Inicio del Servicio; siempre y cuando haya habido acuerdo entre las partes al respecto o exista una determinación en este sentido de conformidad con el Procedimiento para la Solución de Controversias;

(ii)

Cualquier incumplimiento por parte de [Entidad Contratante] y de cualquiera de sus obligaciones acorde al presente Contrato, siempre y cuando tal incumplimiento no haya ocurrido por actos u omisiones del Proveedor o de una Persona a Cargo del Proveedor debidos a negligencia, impericia, mala fe o incumplimiento a los términos del presente Contrato o a la Legislación;

(iii)

Caso Fortuito o de Fuerza Mayor;

(iv)

La existencia de una Causa Excusable para el Proveedor;

(v)

Un hallazgo histórico o arqueológico en el Terreno o sus inmediaciones que, de acuerdo con lo previsto en la Sección 6.5(h), suspenda o demore la construcción de la Infraestructura por un periodo que exceda de 15 (quince) días hábiles;

(vi)

La falta de alguna Autorización que sea necesaria para la Fecha de Inicio del Servicio siempre y cuando: (i) no se deba a causas imputables al Proveedor, y (ii) éste compruebe que ha realizado todos los actos y ha llevado a cabo todo el seguimiento necesario para la obtención de la Autorización de que se trate; o,

(vii)

La existencia de un Evento Extraordinario.

Si el Retraso no es imputable al Proveedor de acuerdo con lo previsto en esta Sección, [Entidad Contratante] otorgará una prórroga por el tiempo necesario para realizar las actividades retrasadas o eliminar el impedimento causado por dicho Retraso, determinando una nueva Fecha Programada de Inicio del Servicio que reemplazará a la Fecha Programada de Inicio del Servicio existente y, en ese supuesto, se prorrogará la vigencia del Contrato por un tiempo igual al número de días de diferencia entre la Fecha Programada de Inicio del Servicio existente antes del Retraso y la nueva Fecha Programada de Inicio del Servicio acordada, mediante convenio modificatorio celebrado entre las partes y de conformidad con la Legislación.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 13.3 Mitigación (a)

Independientemente de la causa que dé lugar a un Retraso, la parte que tenga conocimiento de que el mismo pueda ocurrir deberá notificarlo a la otra y proporcionarle la información necesaria para que ambas puedan mitigar su duración y consecuencias.

(b)

El Proveedor deberá efectuar todas las acciones que se encuentren a su alcance para eliminar o mitigar las consecuencias de dicho Retraso y reanudar el cumplimiento de sus obligaciones afectadas por el Retraso; en el entendido de que de no hacerlo, no será excusable el aludido Retraso ni tendrá derecho a prórroga alguna.

Sección 13.4 Notificación (a)

Cuando el Proveedor determine que ha ocurrido o que podría ocurrir un Retraso no imputable al Proveedor, deberá notificarlo de inmediato y por escrito al Representante de [Entidad Contratante]. Dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a la notificación correspondiente el Proveedor deberá presentar un escrito detallado al Representante de [Entidad Contratante] que incluirá: (i)

Una explicación pormenorizada del Retraso o Retraso potencial, en que se fundamenten y acrediten las circunstancias de la solicitud de prórroga;

(ii)

Una explicación pormenorizada de las circunstancias por las cuales surgió o podría surgir el Retraso;

(iii)

Una explicación pormenorizada de la documentación de soporte con que cuenta el Proveedor para sustentar su solicitud de prórroga;

(iv)

Una explicación pormenorizada de las consecuencias (ya sean directas, indirectas, de tipo financiero o no) que surgirán por dicho Retraso; y

(v)

Una explicación pormenorizada de las medidas que el Proveedor propone adoptar para mitigar las consecuencias de dicho Retraso, así como un estimado del tiempo que representará el Retraso.

(b)

Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que el Proveedor tenga conocimiento de la información adicional que soporte su petición de prórroga, deberá entregar los detalles de la información al Representante de [Entidad Contratante].

(c)

Después de recibir la información prevista en esta Sección, el Representante de [Entidad Contratante] tendrá derecho a requerir por escrito al Proveedor para que éste provea información adicional en relación con su solicitud de prórroga, quedando obligado el Proveedor a proporcionar al Representante de [Entidad Contratante] toda la información a su alcance así como acceso a las Instalaciones para que el Representante de [Entidad Contratante] investigue la justificación de la petición de prórroga del Proveedor.

(d)

El Representante de [Entidad Contratante] deberá fijar una nueva Fecha Programada de Inicio del Servicio o notificar su desacuerdo con la existencia de un Retraso no imputable al Proveedor, dentro de los 10 (diez) Días Hábiles siguientes a:

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(e)

(i)

La fecha en que el Representante de [Entidad Contratante] reciba la notificación de Retraso dada por el Proveedor; o,

(ii)

La última fecha en que el Representante de [Entidad Contratante] reciba cualquier información adicional del Proveedor o solicitada por [Entidad Contratante], según sea aplicable; en el entendido que si el Representante de [Entidad Contratante] no notifica al Proveedor sobre la nueva Fecha Programada de Inicio del Servicio dentro del plazo señalado en el presente inciso, se entenderá que [Entidad Contratante] ha aceptado la existencia del Retraso no imputable al Proveedor así como la nueva Fecha Programada de Inicio del Servicio propuesta por el Proveedor en su notificación de Retraso, en caso de haber propuesto una.

En el supuesto de que la situación de Retraso notificada a [Entidad Contratante] por el Proveedor sea inminente o pueda sobrevenir antes del cumplimiento de los plazos a que se refiere esta Sección, o los efectos del dicho Retraso puedan agravarse de permitir el transcurso de dichos plazos, el Proveedor podrá notificar su solicitud de Prórroga de forma verbal u económica, haciendo constar de inmediato la calidad de urgente de la notificación, sin perjuicio de ratificarla por escrito en el primero momento que le sea posible y siempre dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes, así como acompañar el escrito pormenorizado requerido; y [Entidad Contratante], por su parte, deberá notificar su desacuerdo o determinación de una nueva Fecha Programada de Inicio del Servicio en el menor tiempo propicio, el cual no podrá exceder de 72 (setenta y dos) horas, para evitar la agravación del Retraso.

Sección 13.5 Falta de información (a)

Si el Proveedor no cumple con los requisitos de entrega de información previstos en la Sección 13.4 anterior o no permite al Representante de [Entidad Contratante] realizar inspecciones al respecto, entonces el Representante de [Entidad Contratante] tendrá derecho a requerir al Proveedor que justifique debidamente las razones de dicho incumplimiento y, en caso de que el Representante de [Entidad Contratante] determine que el Proveedor debió haber proporcionado la información requerida, podrá solicitar que el asunto se resuelva de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias.

(b)

Si el Representante de [Entidad Contratante] está satisfecho con las razones dadas o si se ha tomado una decisión al respecto de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias, determinando que la falta de entrega de información debe excusarse, el Representante de [Entidad Contratante] procederá a evaluar la solicitud de prórroga.

(c)

Si de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias se resuelve que la falta de información no es excusable, el Proveedor no tendrá derecho a que la Fecha Programada de Inicio del Servicio se prorrogue respecto de dicho Retraso debido a que el Representante de [Entidad Contratante] se ha visto impedido para evaluar las consecuencias del Retraso.

(d)

Si el Representante de [Entidad Contratante] no prorroga la Fecha Programada de Inicio del Servicio en términos aceptables para el Proveedor, o existe una disputa sobre si el Retraso es o no imputable al Proveedor, éste tendrá derecho a requerir que la controversia sea resuelta de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CLÁUSULA 14 INCUMPLIMIENTOS EXCUSABLES Sección 14.1 Causas Excusables para el Proveedor (a)

(b)

Para fines del presente Contrato, “Causa Excusable para el Proveedor” significa: (i)

El incumplimiento a una disposición del presente Contrato por parte de [Entidad Contratante] que impida al Proveedor, o encarezca sustancialmente, el llevar a cabo alguna actividad que esté obligado a realizar de acuerdo con el presente Contrato;

(ii)

Cualquier interferencia por parte de [Entidad Contratante] en la Ejecución del Proyecto, siempre y cuando no sea una interferencia: (1)

Permitida de conformidad con el presente Contrato;

(2)

Que sea resultado de una recomendación o solicitud del Proveedor cumplida por [Entidad Contratante];

(3)

Que sea resultado de una obligación a cargo de [Entidad Contratante] conforme la Legislación; o,

(4)

Que sea resultado del incumplimiento por parte del Proveedor de cualquiera de sus obligaciones establecidas en el presente Contrato o en la Legislación;

(iii)

La existencia de actos de protesta debidos a negligencia, impericia, mala fe o incumplimiento a los términos del presente Contrato o a la Legislación por parte de [Entidad Contratante], que le impidan al Proveedor prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] o el acceso al Terreno y las Instalaciones;

(iv)

Una huelga del personal que labore en las Instalaciones o una huelga de cualquier personal o contratista de [Entidad Contratante] que preste servicios en las Instalaciones, que impida que el Proveedor acceda a las Instalaciones, siempre y cuando dicha huelga no sea por causas imputables al Proveedor;

(v)

Cualquier acto no imputable al Proveedor que le impida a éste tener acceso al Terreno o a las Instalaciones y que no derive de un evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor o de un Evento Extraordinario; y,

(vi)

La falta de servicios públicos o la deficiencia reiterada en la prestación de éstos por las entidades a cargo de los mismos.

Si por una Causa Excusable para el Proveedor el Proveedor incumple total o parcialmente con las obligaciones que asume en este Contrato, deberá notificar la existencia de dicha Causa Excusable para el Proveedor a [Entidad Contratante] dentro de los 2 (dos) Días Hábiles siguientes a la fecha en que haya tenido conocimiento (o que debió haber tenido conocimiento) de su existencia. Habiendo cumplido lo anterior, y estando de acuerdo [Entidad Contratante] en que se trata de una Causa Excusable para el Proveedor: (i)

Dicho acto u omisión del Proveedor no constituirá un incumplimiento a las disposiciones del presente Contrato por parte del Proveedor, por lo que en

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

caso de ocurrir antes de la Fecha de Inicio del Servicio, el Proveedor tendrá derecho a que la Fecha de Inicio del Servicio sea prorrogada en función de la naturaleza de la Causa Excusable para el Proveedor que haya dado origen al Retraso no imputable al Proveedor; (ii)

La parte del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] afectada por dicha Causa Excusable para el Proveedor se considerará como si se hubiera realizado sin la aludida afectación; y

(iii)

Para fines del mecanismo de deducciones por condiciones de disponibilidad contenido en el Mecanismo de Pagos se considerará que no ha ocurrido una falta de condición de disponibilidad.

(c)

Si los actos que dan lugar a una Causa Excusable para el Proveedor han sido cubiertos o deberían haber sido cubiertos como riesgo asegurable conforme a una póliza de seguros que deba mantener el Proveedor en los términos del presente Contrato y del Anexo 3 (Requerimientos de Seguros), el inciso (b) anterior no será aplicable a dichos actos y por lo tanto, [Entidad Contratante] tendrá derecho a aplicar cualquier deducción o a ejercer cualquier acción señalada en el presente Contrato por cualquier incumplimiento del Proveedor.

(d)

Tanto el Proveedor como [Entidad Contratante] estarán obligados a tomar todas las acciones necesarias para mitigar o reducir las consecuencias de una Causa Excusable para el Proveedor; en caso de que entre dichas acciones, deba asumir alguna o algunas que impliquen incurrir en gastos adicionales a los contemplados en su Modelo Financiero, el Proveedor deberá informarlo por escrito a [Entidad Contratante] en tiempo oportuno para que, en su caso, [Entidad Contratante] solicite una Variación o se apruebe un reembolso.

(e)

En caso de que [Entidad Contratante] no esté de acuerdo de que se haya actualizado o tenga lugar una Causa Excusable para el Proveedor, cualquiera de las partes podrá someter la diferencia al Procedimiento para la Solución de Controversias.

Sección 14.2 Eventos Extraordinarios (a)

Para fines de lo previsto en el presente Contrato, “Evento Extraordinario” significa cualquiera de los siguientes eventos siempre y cuando no sean atribuibles a cualquiera de las partes: (i)

Incendio, explosión, tormenta, truenos, tempestad, inundación, explosión, radiación o terremoto;

(ii)

Un conflicto o disturbio civil no armado;

(iii)

Daño o pérdida accidental de las Instalaciones, ya sea de forma total o parcial, o cualquier camino que dé servicio a las mismas;

(iv)

La falla y el corte de combustible de cualquier naturaleza o de transportación, sin perjuicio de las obligaciones del Proveedor de mantener una fuente de energía para casos de emergencia;

(v)

Bloqueo, embargo comercial o restricción al comercio menor que no se considere Caso Fortuito o de Fuerza Mayor;

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(vi)

El descubrimiento de fósiles, antigüedades y restos humanos cuyo hallazgo dé lugar a que se requiera adoptar las medidas a que se refiere el presente Contrato;

(vii)

Protestas, motines y ataques a las Instalaciones;

(viii) Una huelga general, nacional o regional, sea legal o ilegal, así como cualquier evento similar, siempre y cuando:

(ix)

(1)

Afecte a las industrias de la construcción o alguna industria necesaria para la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], y

(2)

Que no sea consecuencia, directa o indirectamente, de un incumplimiento de la parte que notifica el Evento Extraordinario en relación a sus obligaciones laborales o a las de sus contratistas o subcontratistas.

Aquellos actos administrativos o gubernamentales que impidan el uso pacífico y continuo de la infraestructura tales como clausuras, requisas, aseguramientos, entre otros previstos por la Legislación.

(b)

Salvo pacto en contrario en el presente Contrato, ninguna de las partes tendrá derecho a rescindir el presente Contrato por el incumplimiento de las obligaciones de su contraparte como consecuencia de un Evento Extraordinario. Las partes declaran en este acto su intención de que cualquier otro derecho u obligación de las partes que pueda subsistir, continuar y producir sus efectos a pesar de la ocurrencia de un Evento Extraordinario, subsista sin modificación, de ser esto posible.

(c)

Si una de las partes considera que está afectada por un Evento Extraordinario y que está impedida temporalmente para cumplir, total o parcialmente, con las obligaciones a su cargo, objeto de este Contrato, deberá tomar las medidas necesarias para reanudar el cumplimiento de sus obligaciones tan pronto como sea posible.

(d)

Para ser considerado como un Evento Extraordinario en términos de la presente sección, las partes acuerdan que la parte que lo invoque deberá demostrar que:

(e)

(i)

Dicho Evento Extraordinario le impidió o demoró cumplir con sus obligaciones contractuales en forma total o parcial, entendiéndose que el impedimento es parcial, cuando solo una parte de las obligaciones sea afectada por el evento respectivo;

(ii)

El Evento Extraordinario fue imponderable, es decir, no le fue posible evitar el Evento Extraordinario por estar éste más allá de su control razonable;

(iii)

Dicho Evento Extraordinario no se debió a su culpa o negligencia; y,

(iv)

En su caso, hizo esfuerzos para evitar o mitigar el Evento Extraordinario mediante el ejercicio de la debida diligencia.

La parte que solicite el reconocimiento de notificarlo por escrito a la otra dentro de los 5 fecha en que haya tenido conocimiento notificación deberá contener información

un Evento Extraordinario deberá (cinco) Días Hábiles siguientes a la del Evento Extraordinario. Dicha suficiente para permitirle a la

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contraparte considerar el suceso como un Evento Extraordinario. Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a la fecha en que se reciba dicha notificación, la parte que solicita el reconocimiento del Evento Extraordinario deberá presentar toda la información relevante en relación con su falta de cumplimiento (o retraso en el cumplimiento) debido a un Evento Extraordinario, incluyendo sin limitación: (i)

El efecto que tendrá el Evento Extraordinario en la capacidad de la parte de cumplir con sus obligaciones conforme al presente Contrato;

(ii)

Las acciones que ha realizado;

(iii)

La fecha en que ocurrió el Evento Extraordinario; y,

(iv)

Un estimado del tiempo que durará el mismo y sus efectos.

(f)

La parte que hubiere solicitado el reconocimiento de un Evento Extraordinario deberá notificar a la otra cuando las consecuencias del Evento Extraordinario hayan terminado y pueda reanudar el cumplimiento de sus obligaciones.

(g)

Si la parte que hubiere efectuado una notificación en los términos de lo previsto en los incisos anteriores, recibe u obtiene cualquier información adicional en relación con el Evento Extraordinario, deberá entregar dicha información adicional a la otra parte dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que haya tenido conocimiento de dicha información.

(h)

La existencia de un Evento Extraordinario no le dará derecho al Proveedor a recibir indemnización o contraprestación adicional al Pago por Servicio aplicable en términos del presente Contrato.

Sección 14.3 Caso Fortuito o de Fuerza Mayor (a)

Para fines de lo previsto en el presente Contrato, “Caso Fortuito o de Fuerza Mayor” significa cualquiera de los siguientes eventos o circunstancias, siempre y cuando no se deriven o sean consecuencia directa o indirecta de la culpa o negligencia de la parte que lo sufre: (i)

Guerra, conflicto armado o terrorismo;

(ii)

Accidentes o catástrofes aéreas, terrestres o marítimas que afecten directamente el cumplimiento de las obligaciones contractuales;

(iii)

Contaminación nuclear salvo en el caso de que la fuente de contaminación sea el Proveedor y/o cualquier Persona del Proveedor;

(iv)

Contaminación química o biológica de las Instalaciones, ya sea de forma total o parcial, y/o del Terreno derivado de cualquiera de los eventos a que se refiere el sub-inciso (i) anterior;

(v)

Ondas de presión causadas por objetos viajando a velocidades elevadas incluyendo las supersónicas;

(vi)

La existencia de un siniestro que derive de un Riesgo No Asegurable; o

(vii)

La existencia de un Evento Extraordinario cuyos efectos continúen por más de 120 (ciento veinte) días sin que el Proveedor logre el restablecimiento

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del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], pese al cumplimiento por parte del Proveedor de sus obligaciones acorde al presente Contrato, siempre y cuando dichos eventos o circunstancias causen que cualquiera de las partes no pueda cumplir con todas o la mayoría de sus obligaciones contractuales. (b)

Cuando una de las partes reclame estar afectada por Caso Fortuito o de Fuerza Mayor: (i)

Deberá tomar todas las acciones necesarias para mitigar las consecuencias de dicho evento en el cumplimiento de sus obligaciones conforme al presente Contrato, incluyendo la erogación de cantidades razonables para ello;

(ii)

Deberá reanudar el cumplimiento con sus obligaciones afectadas por el Caso Fortuito o de Fuerza Mayor tan pronto como sea posible; y

(iii)

No se le liberará de responsabilidad conforme al presente Contrato si el incumplimiento es causado por un incumplimiento a las obligaciones de este Contrato.

(c)

La parte que solicite el reconocimiento de que existe un Caso Fortuito o de Fuerza Mayor deberá notificar tal hecho por escrito a la otra parte dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que haya tenido conocimiento del Caso Fortuito o de Fuerza Mayor. Dicha notificación inicial contendrá los detalles suficientes para identificar el caso considerado como de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor.

(d)

Dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a la fecha en que una parte reciba la notificación a la que se refiere el inciso anterior, la parte afectada deberá presentar toda la información relevante en relación con su falta de cumplimiento (o retraso en el cumplimiento) debido al evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor, misma que incluirá, sin limitación: (i)

El efecto que tendrá el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor en la capacidad de la parte de cumplir con sus obligaciones contractuales;

(ii)

Las acciones que ha realizado de conformidad con lo previsto en el inciso (i) de la Sección 14.3(b);

(iii)

La fecha en que ocurrió el Caso Fortuito o la Fuerza Mayor; y,

(iv)

Un estimado del tiempo que durará el mismo y sus efectos.

(e)

La parte que haya solicitado el reconocimiento de la existencia de un evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor deberá notificarle a la otra dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor o sus efectos hayan desaparecido, con el propósito de reanudar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente Contrato.

(f)

Si la parte que hubiere efectuado una notificación en los términos de lo previsto en los incisos anteriores, recibe u obtiene cualquier información adicional en relación con el Caso Fortuito o de Fuerza Mayor, deberá entregar dicha información adicional a la otra parte dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes a que haya tenido conocimiento de dicha información.

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(g)

Salvo por lo previsto en la Sección 21.1, la existencia de un evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor no le dará derecho al Proveedor a recibir indemnización o contraprestación adicional al Pago por Servicio aplicable en términos del presente Contrato, ni impedirá a [Entidad Contratante] aplicar deducciones conforme a lo previsto en el Anexo 1 (Mecanismo de Pagos), toda vez que el propósito es restablecer la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] lo más pronto posible.

CLÁUSULA 15 GARANTÍAS Sección 15.1 Constitución de Fianza de Cumplimiento (a)

Para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones acorde al presente Contrato, el Proveedor deberá entregar a [Entidad Contratante], dentro de los 10 (diez) días siguientes a la firma del mismo, una fianza en favor de la Tesorería de la Federación, expedida por una afianzadora autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar en México.

(b)

El monto de la fianza será por [lo que establezca la legislación aplicable pero suele ser de una cantidad igual al 10% (diez por ciento) de la suma de los 12 siguientes Pagos por Servicio].

(c)

La fianza correspondiente deberá otorgarse en un formato aceptable para [Entidad Contratante] y su monto deberá ajustarse conforme al Índice o cualquier otro ajuste que pudieran tener los Pagos por Servicio del presente Contrato en forma anual.

(d)

La fianza a que hace referencia esta Sección deberá ser renovada cada año durante la vigencia del Contrato, para lo cual será necesario que el Proveedor entregue a [Entidad Contratante] la nueva póliza por lo menos 10 (diez) Días Hábiles antes de que deje de surtir efectos la póliza anterior.

(e)

El incumplimiento del Proveedor en entregar y mantener la fianza en los términos descritos será causa de rescisión del presente Contrato en términos de lo previsto en la Sección 20.5.

Sección 15.2 Cobro de la Fianza de Cumplimiento [Entidad Contratante] podrá proceder al cobro de la fianza para el pago de cualquier obligación por parte del Proveedor, así como respecto de cualquier responsabilidad y otros importes no pagados y vencidos conforme al presente Contrato, en cuyo caso, [Entidad Contratante] deberá notificar en forma inmediata al Proveedor. El proceso aplicable al cobro de la fianza será el establecido por la Legislación para tal efecto. Sección 15.3 Liberación de la Fianza de Cumplimiento (a)

La fianza deberá estar en vigor durante la vigencia del Contrato o en caso de rescisión, durante todo el tiempo en que el Proveedor adeude alguna cantidad a [Entidad Contratante].

(b)

La fianza será liberada en favor del Proveedor previa deducción por [Entidad Contratante] de los montos necesarios para satisfacer las penas convencionales,

49

Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

responsabilidades u otros importes no pagados y vencidos, si los hubiere, conforme al presente Contrato. Sección 15.4 Constitución del Fondo de Reserva (a)

Con el objeto de asegurar la disponibilidad y calidad del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], [*] ([*]) meses antes de que termine la vigencia del Contrato, el Proveedor deberá contratar los servicios profesionales de un Supervisor aprobado por [Entidad Contratante] para realizar una inspección y un reporte de las Instalaciones en el que determinará: (i)

Las renovaciones, remozamientos y demás Actividades de Mantenimiento que deban realizarse para que las Instalaciones cumplan con los requerimientos señalados en el Anexo 2 (Requerimientos del Servicios) al terminar la vigencia del Contrato;

(ii)

El costo que implicarán dichas Actividades de Mantenimiento; y,

(iii)

El tiempo estimado para Mantenimiento necesarias.

la

realización

de

las

Actividades

de

(b)

El reporte correspondiente deberá entregarse a [Entidad Contratante] [*] ([*]) meses previos a la Fecha de Terminación del Contrato.

(c)

Si de conformidad con lo establecido en el reporte al que se refiere esta Sección resulta que la inversión en Actividades de Mantenimiento es mayor a la prevista en dicho Año Contractual en el calendario de mantenimiento, entonces el Proveedor deberá constituir el Fondo de Reserva en una institución financiera de reconocido prestigio a nivel nacional aceptable para [Entidad Contratante]. Dichos fondos deberán ser invertidos en valores gubernamentales a plazos máximos de 7 (siete) días para garantizar la disponibilidad de recursos.

(d)

Para tales efectos, con la suscripción del presente Contrato el Proveedor en forma expresa e irrevocable autoriza a [Entidad Contratante] para que de cada Pago por Servicios que deba realizarse a partir de que se haya constituido el Fondo de Reserva, [Entidad Contratante] retenga y deposite en dicho Fondo de Reserva, el cual formará parte del patrimonio del Fideicomiso Irrevocable de Administración, la cantidad que resulte de dividir el monto del Fondo de Reserva, calculado conforme a la fórmula que se señala a continuación, entre [*] ([*]). FR = IAN X FC Donde:

(e)

FR

=

Fondo de Reserva

IAN

=

Inversión adicional a la prevista en el calendario de mantenimiento

FC

=

Factor de cobertura del Fondo de reserva igual a 1.2

Adicionalmente, el Proveedor deberá presentar a revisión de [Entidad Contratante] en términos del Procedimiento de Revisión y conforme a lo previsto

50

Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

en la CLÁUSULA 18, el calendario de mantenimiento, para detallar cómo serán atendidas las actividades de mantenimiento que, en su reporte, el Supervisor determine deben realizarse. (f)

Ocho meses antes de que termine la vigencia del Contrato, el Proveedor deberá nuevamente contratar los servicios profesionales del Supervisor para realizar una inspección y un reporte de las Instalaciones y el Equipo en los mismos términos que el primer reporte al que se refiere esta Sección.

(g)

Si de conformidad con lo establecido en este segundo reporte resulta que la inversión en Actividades de Mantenimiento es mayor a la prevista en el calendario de mantenimiento aplicable, entonces deberá incrementarse el Fondo de Reserva considerando la fórmula establecida anteriormente para la determinación del monto del Fondo de Reserva. La retención que realice [Entidad Contratante] de cada Pago por Servicios restante se recalculará dividiendo el monto del Fondo de Reserva entre 6 (seis).

(h)

Por el contrario, si el resultado del segundo reporte es que no hay necesidad de realizar Actividades de Mantenimiento adicionales a las previstas en el calendario de mantenimiento, entonces el Proveedor podrá retirar el 50% (cincuenta por ciento) de los recursos acumulados en el Fondo de Reserva incluyendo los intereses generados.

(i)

Los fondos que al terminar la vigencia del Contrato se contengan en el Fondo de Reserva podrán ser utilizados, si [Entidad Contratante] así lo determina, para garantizar la conclusión de cualquier reparación, adecuación o reposición que sea necesaria. De existir cantidades sobrantes, al momento de emitirse las garantías previstas, el Proveedor podrá retirar los fondos del Fondo de Reserva, incluyendo los intereses generados en el mismo.

CLÁUSULA 16 SEGUROS Sección 16.1 Seguros a contratar (a)

El Proveedor deberá a su propia costa contratar las pólizas de seguro señaladas en el Anexo 3 (Requerimientos de Seguros) con respecto a las actividades relativas a la Ejecución del Proyecto que estén a su cargo o control. Las pólizas de seguro deberán contratarse con anterioridad al inicio de las actividades de construcción de las Instalaciones, salvo disposición en contrario en dicho anexo y deberán mantenerse por los períodos señalados para cada tipo de seguro en el Anexo 3 (Requerimientos de Seguros).

(b)

No obstante lo anterior, el Proveedor también estará obligado a contratar cualquier otro seguro que por disposición de ley pudiere llegar a ser aplicable a la Ejecución del Proyecto conforme a la Legislación.

(c)

El Proveedor deberá entregar a [Entidad Contratante] copia de cada una de las pólizas contratadas al momento en que estas se encuentren disponibles, así como los comprobantes de pago de las primas correspondientes. Si por cualquier motivo el Proveedor no contrata los seguros descritos en el Anexo 3 (Requerimientos de Seguros), [Entidad Contratante] podrá asegurar los riesgos no cubiertos repercutiéndole el costo de dichas pólizas al Proveedor.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(d)

La recepción por parte de [Entidad Contratante] de una copia de las pólizas de seguros contratados por el Proveedor no constituirá una aceptación por parte de [Entidad Contratante] de que los términos de las mismas cumplen con las especificaciones del presente Contrato.

Sección 16.2 Contenido de las Pólizas (a)

Todas y cada una de las pólizas de seguros deberán ser aprobadas por [Entidad Contratante] y deberán contratarse con aseguradoras autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar en México.

(b)

El Fideicomiso Irrevocable de Administración podrá ser nombrado como beneficiario preferente de las pólizas referidas en esta sección.

Sección 16.3 Responsabilidad por Actos de los Subcontratistas Las partes harán su mejor esfuerzo para evitar que cualquiera de sus Subcontratistas, empleados o trabajadores actúen en tal forma que pudieran constituir la cancelación o la inaplicabilidad de las pólizas de seguros siendo cada una de las partes responsable por los gastos no recuperables de la otra parte en caso de no haber cumplido con esta disposición. Sección 16.4 No Liberación de Responsabilidad La contratación de seguros no liberará al Proveedor de sus responsabilidades y obligaciones derivadas del presente Contrato. Sección 16.5 Riesgos no Asegurables (a)

El Proveedor deberá notificar a [Entidad Contratante] sobre cualquier riesgo que se considere un Riesgo No Asegurable dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles desde que tuvo conocimiento del mismo entregándole una comunicación de por lo menos 2 (dos) aseguradoras de reconocido prestigio en México en la que confirmen la existencia de un Riego No Asegurable. En tal circunstancia, el Proveedor estará relevado de su obligación de contratar un seguro contra dicho riesgo y el Pago por Servicio se reducirá cada año por una cantidad igual a la prima que el Proveedor contemplaba pagar por el seguro que amparaba el Riesgo No Asegurable conforme al Modelo Financiero. En el supuesto de que un riesgo sea un Riesgo No Asegurable únicamente por un cierto período de tiempo, la reducción en el Pago por Servicio y la suspensión de la obligación del Proveedor de contratar dicho seguro, durará únicamente el tiempo por el que no se encuentra disponible la cobertura de dicho riesgo.

(b)

Lo establecido en el inciso anterior no constituye un impedimento de [Entidad Contratante] para realizar la investigación de mercado correspondiente con objeto de allegarse de elementos que le permitan confirmar la información proporcionada por el Proveedor sobre los Riesgos no Asegurables.

(c)

Cuando exista un Riesgo No Asegurable el Proveedor deberá consultar con el mercado por lo menos cada 6 (seis) meses para determinar si el riesgo continúa siendo un Riesgo No Asegurable y deberá entregar documentación comprobatoria al respecto a [Entidad Contratante].

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 16.6 Administración de riesgos Con efectos a partir de la fecha de firma del presente Contrato, cada una de las partes designará a un administrador de riesgos, asumiendo cada una de ellas el costo de su designación, que deberá: (i)

Ser la persona responsable respecto de los asuntos relacionados con la administración de riesgos, asegurándose del cumplimiento por las partes con lo dispuesto en la presente CLÁUSULA;

(ii)

Asesorar y entregar reportes a las partes sobre dichos asuntos; y,

(iii)

Asegurarse de que cada reporte o inspección realizada por cualquier compañía de seguros en relación con los procedimientos para la Ejecución del Proyecto sea del conocimiento de las partes.

Sección 16.7 Notificación de Posible Reclamación Sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección 16.6 anterior, el Proveedor deberá notificar a [Entidad Contratante] sobre cualquier circunstancia que pueda dar lugar a una reclamación mayor a $[*] ([*] Pesos 00/100 M.N., según dicha cantidad se actualice de conformidad con el Índice), mediante notificación por escrito con por lo menos 24 (veinticuatro) horas de anterioridad a la fecha en que considere presentará la reclamación, salvo que la reclamación deba hacerse en forma inmediata en cuyo caso lo hará dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a que la hubiere presentado. Tratándose de los casos establecidos en el Anexo 3 (Requerimientos de Seguros). Si la aseguradora determina que la reclamación, no es procedente, el Proveedor deberá notificarle a [Entidad Contratante] los detalles de dicha circunstancia y ambas partes deberán coordinarse para defenderse de la negativa de la aseguradora a pagar, ante la propia aseguradora o las instancias administrativas correspondientes. Sección 16.8 Aplicación de Pagos por Siniestro El pago recibido por el Proveedor o el Fideicomiso Irrevocable de Administración en relación con cualquier póliza contratada en relación con la Ejecución del Proyecto deberá ser aplicado de conformidad con los términos siguientes: (i)

Tratándose de seguros de responsabilidad civil, para satisfacer las reclamaciones, demandas procedimientos o responsabilidades respecto de las cuales existan cantidades por pagar;

(ii)

Tratándose de cualquier otro seguro para garantizar el cumplimiento por parte del Proveedor con sus obligaciones estipuladas en el presente Contrato, incluyendo cuando sea necesario, la restauración o reemplazo de las Instalaciones o cualquier otro activo, material o bien; y,

(iii)

Si los pagos realizados por una aseguradora de acuerdo a una reclamación son insuficientes para cubrir el siniestro, salvo tratándose de un Riesgo No Asegurable, el Proveedor deberá pagar cualquier cantidad faltante; lo anterior, sin perjuicio de cualquier derecho de las partes conforme a la CLÁUSULA 14.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 16.9 Opción de Terminación de [Entidad Contratante] (a)

En caso de daño o destrucción de las Instalaciones o de una parte importante de éstas, [Entidad Contratante] podrá optar por dar terminado anticipadamente el presente Contrato y será aplicable lo previsto en la CLÁUSULA 20.

(b)

El Proveedor deberá tomar todas las acciones necesarias para mitigar los efectos de cualquier riesgo o reclamación cubierta por esta CLÁUSULA (incluyendo, enunciativamente, minimizar el monto de cualquier costo que pueda surgir).

CLÁUSULA 17 INDEMNIZACIONES Sección 17.1 Indemnizaciones del Proveedor a [Entidad Contratante] (a)

Lo previsto en esta CLÁUSULA es sin perjuicio de cualquier otro pago que deba realizar cualquiera de las partes de conformidad con lo previsto en el presente Contrato.

(b)

El Proveedor deberá sacar en paz y a salvo a [Entidad Contratante] de, y en su caso indemnizar a [Entidad Contratante] en todo momento por cualquier Daño Directo que sufra [Entidad Contratante] como consecuencia de: (i)

Cualquier demanda o reclamación respecto de la muerte o lesión de cualquier miembro del Personal a Cargo del Proveedor que ocurra durante la Ejecución del Proyecto, siempre y cuando, la muerte o lesión no se haya generado por un acto u omisión debido a negligencia, impericia, dolo o mala fe de [Entidad Contratante], sus empleados, contratistas o subcontratistas;

(ii)

Cualquier demanda o reclamación respecto de la muerte o lesión de una tercera persona, distinta a un empleado o trabajador de [Entidad Contratante] o sus empleados, contratistas o subcontratistas, por causas derivadas de un acto u omisión debido a negligencia, impericia, error, dolo o mala fe del Proveedor, sus Subcontratistas o del Personal a Cargo del Proveedor, que ocurra durante el curso de la Ejecución del Proyecto, salvo que se genere por el incumplimiento de [Entidad Contratante] a alguna disposición del presente Contrato o de la Legislación o a un acto u omisión debido a negligencia, impericia, dolo o mala fe por parte de [Entidad Contratante];

(iii)

Cualquier daño o pérdida a los activos de [Entidad Contratante] o de cualquier contratista, proveedor o prestador de éste que surja por cualquier acto u omisión debido a negligencia, impericia, error, dolo o mala fe del Proveedor o Personal a Cargo del Proveedor, excepto que dicha pérdida o daño sea consecuencia de: (i) un incumplimiento a las disposiciones del presente Contrato por parte de [Entidad Contratante] o cualquier contratista, subcontratista o terceros autorizados por ésta; o (ii) un acto u omisión debido a negligencia, impericia, dolo o mala fe por parte de [Entidad Contratante];

(iv)

Cualquier pérdida o daño a la propiedad o a los activos de una tercera persona que surja como consecuencia de cualquier acto u omisión debido a negligencia, impericia, error, dolo o mala fe del Proveedor o del Personal

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

a Cargo del Proveedor, salvo que dicha pérdida o daño surja de un incumplimiento a las disposiciones del presente Contrato por parte de [Entidad Contratante];

(c)

(v)

Cualquier demanda o reclamación de tipo laboral entabladas en contra de [Entidad Contratante] por Personal a Cargo del Proveedor salvo que dicha demanda derive de un incumplimiento de [Entidad Contratante]; y,

(vi)

Cualquier demanda o reclamación entabladas en contra de [Entidad Contratante] por los Subcontratistas o empleados de los Subcontratistas.

La obligación de sacar en paz y a salvo a [Entidad Contratante], y en su caso indemnizarlo, no tendrá lugar si la causa que motivó el Daño Directo de que se trate fue la propia negligencia, dolo o mala fe de [Entidad Contratante].

Sección 17.2 Indemnizaciones de [Entidad Contratante] al Proveedor (a)

[Entidad Contratante] deberá sacar en paz y a salvo al Proveedor de, y en su caso indemnizar al Proveedor en todo momento por cualquier Daño Directo que sufra el Proveedor como consecuencia de: (i)

Cualquier demanda o reclamación como consecuencia de una sentencia ejecutoriada, en relación con la muerte o lesión de un trabajador o empleado de [Entidad Contratante], salvo que se haya generado como consecuencia de un acto u omisión del Proveedor o del Personal a Cargo del Proveedor;

(ii)

Cualquier demanda o reclamación con relación a la muerte o lesión de una tercera persona (distinta del Personal a Cargo del Proveedor) que surja como consecuencia de: (1)

Un acto u omisión de [Entidad Contratante], de cualquiera de sus empleados o contratistas, o cualquier usuario de las Instalaciones autorizado por [Entidad Contratante], en el curso de la provisión del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS];

(2)

Cualquier negligencia por parte de [Entidad Contratante]; o

(3)

Un incumplimiento a las disposiciones del presente Contrato por [Entidad Contratante], salvo que dicho incumplimiento se genere debido a negligencia, impericia, dolo o mala fe por parte del Proveedor;

(iii)

Cualquier daño a las Instalaciones, los activos o la propiedad del Proveedor que surja por el incumplimiento a cualquier disposición del presente Contrato, negligencia, acto u omisión por parte de [Entidad Contratante], sus empleados o contratistas, y los usuarios de las Instalaciones autorizados como tales por [Entidad Contratante], salvo que en el caso de incumplimiento, éste se genere debido a negligencia, impericia, error, dolo o mala fe del Proveedor o de Personal a Cargo del Proveedor;

(iv)

Cualquier pérdida o daño a la propiedad o los activos de una tercera persona que surja por el incumplimiento a una disposición del presente Contrato por parte de [Entidad Contratante], sus empleados o contratistas, o cualquier usuario de las Instalaciones autorizado por [Entidad

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Contratante], salvo que dicho incumplimiento se genere debido a negligencia, impericia, error, dolo o mala fe por parte del Proveedor y que el Proveedor hubiera resarcido previamente los daños correspondientes; o (v)

Cualquier demanda o reclamación de tipo laboral que pudiere entablarse en contra del Proveedor por empleados o trabajadores de [Entidad Contratante], salvo que dicha demanda derive de un incumplimiento del Proveedor.

(b)

Las indemnizaciones previstas en los incisos anteriores no serán cubiertas por [Entidad Contratante] si dichos riesgos han sido cubiertos en una póliza de seguros del Proveedor, o deban ser cubiertos respecto a una póliza del Proveedor en términos del presente Contrato.

(c)

La obligación de sacar en paz y a salvo al Proveedor, y en su caso indemnizarlo, no tendrá lugar si la causa que motivó el Daño Directo de que se trate fue la propia negligencia, dolo o mala fe del Proveedor.

Sección 17.3 Procedimiento de Reclamaciones (a)

Para fines del procedimiento de reclamaciones a que hace referencia esta sección se entenderá que la parte que considere que tiene el beneficio de una indemnización de acuerdo al presente Contrato será el “Indemnizado” y la parte que, en su caso, deba indemnizar será la “Indemnizante”.

(b)

Si el Indemnizado recibe una notificación, demanda, reclamación o cualquier otro documento en el que el Indemnizado sea o pueda llegar a ser acreedor a una indemnización conforme a cualquier CLÁUSULA del presente Contrato, el Indemnizado deberá notificar por escrito al Indemnizante tal circunstancia dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles a la fecha en que haya recibido dicho documento.

(c)

Sujeto a lo previsto en los incisos (d), (e) y (f) siguientes, el Indemnizante, a su propia costa y previa notificación por escrito, tendrá el derecho a subrogarse en los derechos del Indemnizado para defender, transigir, contravenir o apelar la demanda o reclamación descrita en la notificación que le haga el Indemnizado de conformidad con el inciso (b) anterior, a partir de la fecha de dicha notificación y sujetándose a las reglas siguientes: (i)

El Indemnizado deberá cooperar con el Indemnizante y le dará acceso y asistencia para los fines de la defensa del Indemnizante en relación con cualquier reclamación que lleve a cabo el Indemnizante frente a terceros, de conformidad con lo previsto en este inciso.

(ii)

El Indemnizante deberá mantener informado al Indemnizado y deberá consultar con éste los aspectos principales de la defensa en la reclamación.

(iii)

El Indemnizante no deberá pagar o transigir dichas reclamaciones sin el previo consentimiento del Indemnizado, cuyo consentimiento no deberá ser negado sin razón justificada.

(iv)

El Indemnizado podrá pagar o transigir cualquier reclamación en los términos que considere apropiados sin perjuicio de sus derechos o reclamaciones derivadas del presente Contrato si:

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(1)

El Indemnizante de conformidad con lo previsto en el inciso (d) siguiente no puede defender la reclamación;

(2)

Si el Indemnizante no notifica al Indemnizado su intención de defender la reclamación dentro de los 20 (veinte) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Indemnizado le haya notificado la existencia de la reclamación en términos del inciso (b) anterior; o,

(3)

La parte Indemnizante no cumple con las disposiciones previstas en el inciso (c) anterior;

(d)

El Indemnizado podrá notificar al Indemnizante en cualquier momento su intención de defender cualquier reclamación a la que le aplique el inciso (c) anterior. Cuando el Indemnizante reciba dicha notificación, deberá tomar todas las medidas necesarias para que el Indemnizado asuma la defensa en relación con dicha reclamación al Indemnizado, cooperando con éste y brindándole la asistencia necesaria para poder defender dicha reclamación.

(e)

Si la parte Indemnizante paga al Indemnizado una cantidad respecto de la indemnización y el Indemnizado subsecuentemente recupera (ya sea a través de pagos, descuento, crédito, ahorro o cualquier otro beneficio), una cantidad que se encuentre directamente asociada con las circunstancias o hechos que hayan dado lugar a la reclamación de la indemnización, el Indemnizado deberá entregar a la parte Indemnizante la cantidad menor de entre:

(f)

(i)

Una cantidad igual a la suma recuperada (o el valor de la misma) menos cualquier gasto o costo comprobable en que haya incurrido para dicha recuperación; y

(ii)

La cantidad pagada al Indemnizado por el Indemnizante respecto de la reclamación.

No obstante lo anterior, el Indemnizado no estará obligado a tomar acciones para recuperar gastos, y en caso de tener dicha recuperación, sólo estará obligado a entregar al Indemnizante las cantidades que efectivamente excedan la pérdida en que haya incurrido el Indemnizado y cualquier persona que lleve a cabo los pasos descritos en los incisos (b) al (e) anteriores, deberá cumplir con los requerimientos de cualquier aseguradora que pudiere tener una obligación de proveer la indemnización respecto de cualquier responsabilidad que derive del presente Contrato.

CLÁUSULA 18 PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN Sección 18.1 Procedimiento de Revisión (a)

Las disposiciones de esta CLÁUSULA serán aplicables a cualquier acción, documento o procedimiento que en términos del presente Contrato sea necesario revisar, autorizar o aprobar por parte de [Entidad Contratante] o que por cualquier causa deba someterse al Procedimiento de Revisión. Corresponderá al Proveedor iniciar, en todo caso, el Procedimiento de Revisión.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

Cada Documento Presentado a Revisión deberá acompañarse por una copia de los documentos que pretenden someterse a revisión con la documentación que se adjunte a la misma.

(c)

A cada Documento Presentado a Revisión le será aplicable el siguiente procedimiento:

(d)

(e)

(i)

Dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles, o dentro de cualquier otro plazo que las partes acuerden por escrito con anterioridad a la fecha en que el Proveedor presente algún documento o información a revisión, siguientes a la fecha en que [Entidad Contratante] reciba el Documento Presentado a Revisión, o cualquier modificación a los mismos, según sea el caso, [Entidad Contratante] deberá devolver al Proveedor una copia de dicha documentación con la leyenda “sin comentarios” o “con comentarios”, según corresponda; y

(ii)

Si [Entidad Contratante] no cumple con devolver el Documento Presentado a Revisión con una anotación y/o conforme al plazo señalado en el sub-inciso (i) anterior, la devolución se entenderá hecha con la leyenda “sin comentarios”; lo anterior, sujeto a lo establecido en la Sección 18.4.

Si [Entidad Contratante] regresa al Proveedor el o los Documentos Presentados a Revisión con la leyenda “con comentarios”, en los términos de la Sección 18.3, deberá identificar los fundamentos conforme a los cuales realiza dichos comentarios y comprobar su aplicación. De no estar sustentados los comentarios en los fundamentos establecidos en esa CLÁUSULA, o de no cumplirse con alguna de las disposiciones de esta Sección, el Proveedor, a su entera discreción, podrá elegir entre: (i)

Solicitar una aclaración por escrito de los fundamentos en los que se sustenta el comentario en cuestión. En caso de que el Proveedor no reciba la aclaración correspondiente dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que el Proveedor la haya solicitado, podrá remitir el asunto al Procedimiento para la Resolución de Controversias; o

(ii)

Bajo su propio riesgo, continuar con la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] o, en su caso, con las Actividades Previas.

En caso de que [Entidad Contratante] señale alguna objeción dentro del plazo al que se refiere en el subinciso (i) del inciso (c), si dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la fecha en que venza dicho plazo las partes no han llegado a un acuerdo sobre el Documento Presentado a Revisión, dicho asunto deberá resolverse de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias.

Sección 18.2 Información Adicional (a)

El Proveedor deberá presentar a [Entidad Contratante] cualquier información adicional o cualquier otro tipo de información, datos o documentos que estén disponibles y [Entidad Contratante] le requiera con el fin de poder determinar si existen fundamentos para dar comentarios o hacer objeciones a cualquier Documento Presentado a Revisión de conformidad con la presente CLÁUSULA.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

Para tal efecto [Entidad Contratante] deberá requerir la información correspondiente dentro del plazo señalado en los incisos (c) y (d) de la Sección 18.1, según corresponda, mismo plazo que se entenderá prorrogado por un término igual a partir de la fecha en que [Entidad Contratante] reciba la información adicional suficiente para poder determinar si tiene o no comentarios al Documento Presentado a Revisión de que se trate.

(c)

Si el Proveedor no entrega dichos documentos, datos o información, dentro de un plazo de 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la solicitud correspondiente, [Entidad Contratante] tendrá el derecho de: (i)

Dar comentarios al Documento Presentado a Revisión con base en la información, datos y documentos que le hayan sido efectivamente entregados; u,

(ii)

Objetar el Documento Presentado a Revisión con base en que la información, datos y documentos que le han sido entregados son insuficientes para poder determinar si existen fundamentos sólidos y legítimos para dar comentarios u objetar de conformidad con la presente CLÁUSULA.

Sección 18.3 Fundamentos para Objetar (a)

La expresión “hacer comentarios” en esta sección deberá interpretarse como “hacer comentarios o hacer objeciones” salvo que del contexto se desprenda lo contrario.

(b)

[Entidad Contratante] podrá hacer comentarios a cualquier Documento Presentado a Revisión, sustentados en los fundamentos señalados en esta Sección 18.3, o con base en que el Documento Presentado a Revisión podría violar la Legislación. [Entidad Contratante] únicamente podrá hacer comentarios conforme a lo siguiente: (i)

(ii)

Respecto a cualquier Documento Presentado a Revisión, si de cumplirse lo que contempla o señala el Documento Presentado a Revisión: (1)

Se pudiera afectar la capacidad del Proveedor para cumplir con las obligaciones establecidas en el presente Contrato en forma adversa;

(2)

Se pudiera afectar en forma adversa cualquier derecho de [Entidad Contratante] derivado del Contrato, o su capacidad de ejercer dicho derecho;

(3)

Se pudiera afectar la capacidad de [Entidad Contratante] para realizar cualquiera de las [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante] que se describen en los Requerimientos del Servicio; o,

(4)

Se pudiera poner en riesgo la correcta operación del [nombre del Proyecto].

En relación con cualquier Documento Presentado a conformidad con lo previsto en la Sección 18.1, si: (1)

Revisión

de

Resulta afectada la capacidad de [Entidad Contratante] para cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato por la realización de las acciones propuestas;

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(2)

Resulta afectada la capacidad de [Entidad Contratante] o de las Instalaciones para llevar a cabo cualesquiera de las [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante] descritas en los Requerimientos del Servicio por la realización de las acciones propuestas;

(3)

Se provoca un incremento de las obligaciones u obligaciones contingentes a cargo de [Entidad Contratante] conforme al Contrato;

(4)

Se afecta cualquier derecho de [Entidad Contratante] o su capacidad de ejercer dicho derecho, derivado del Contrato o de sus facultades legales o reglamentarias, por las acciones propuestas; o

(5)

Resulta afectada la capacidad del Proveedor para cumplir con sus obligaciones conforme al presente Contrato, por la realización de las acciones propuestas.

(iii)

En relación con un Documento Presentado a Revisión, que no cumpla con las disposiciones aplicables del Anexo 2 (Requerimientos del Servicio) y/o con la Oferta.

(iv)

En relación con la presentación de cualquier programa modificado, con base en que el programa modificado podría impedir que se completaran las Instalaciones en la Fecha Programada de Conclusión de las Instalaciones.

(v)

En relación con la presentación de cualquier calendario de mantenimiento, o cualquier modificación al mismo de conformidad con el Procedimiento de Variación, con base en que:

(vi)

(1)

De llevar a cabo las Actividades de Mantenimiento dentro del plazo o conforme a los tiempos propuestos, se interferiría con las [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante] a cargo de [Entidad Contratante] de acuerdo con los Requerimientos del Servicio y el Proveedor pudiera evitar o atenuar dicha interferencia mediante la re-calendarización de las Actividades de Mantenimiento;

(2)

El método propuesto para realizar las Actividades de Mantenimiento no cumpliría con los estándares de calidad para el servicio en cuestión; o

(3)

La seguridad de los usuarios de las Instalaciones se vería afectada en forma adversa.

En relación con la substitución de las propuestas del Proveedor para asuntos previstos en el Anexo 9 (Transmisión de las Instalaciones), con base en que: (1)

En el caso de adecuaciones, las propuestas del Proveedor no garanticen que los requerimientos de entrega se cumplan antes de que finalice la vigencia del Contrato;

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(2)

En el caso del programa de entrega, éste no permita cumplir con los requerimientos de entrega de las Instalaciones antes de que finalice la vigencia del Contrato; y

(3)

En el caso del costo de las adecuaciones necesarias para la entrega, éste no represente el costo de llevar a cabo las adecuaciones de entrega de conformidad con el programa de entrega y las disposiciones del Anexo 9 (Transmisión de la Instalaciones).

Sección 18.4 Resultado de la Revisión (a)

Cualquier Documento Presentado a Revisión que sea devuelto o se considere que fue devuelto por [Entidad Contratante] al Proveedor con la leyenda “sin comentarios” se tendrá por no objetado por [Entidad Contratante] y, en tal virtud, se entenderá que el Documento Presentado a Revisión ha sido aprobado, autorizado o validado, según lo requiera la naturaleza del mismo de acuerdo con lo previsto en este Contrato, y el Proveedor deberá actuar en términos del mismo.

(b)

En el caso de cualquier Documento Presentado a Revisión con la leyenda “con comentarios”, el Proveedor deberá cumplir con el Documento Presentado a Revisión en los términos de la modificación y con los cambios propuestos por [Entidad Contratante]. Lo anterior, salvo que el Proveedor considere que dichos comentarios no están debidamente sustentados en los fundamentos permitidos por la presente CLÁUSULA, en cuyo caso el Proveedor o [Entidad Contratante] podrán remitir el asunto para su resolución de conformidad con la CLÁUSULA 23 del Contrato; en tanto, el Proveedor no deberá actuar en términos del Documento Presentado a Revisión hasta que el asunto haya sido resuelto o las partes hayan llegado a un acuerdo al respecto.

(c)

En ningún caso y bajo ninguna circunstancia, el resultado del Procedimiento de Revisión podrá consistir en una Variación o podrá modificar el contenido de este Contrato.

Sección 18.5 Administración de Documentos (a)

El Proveedor deberá entregar a [Entidad Contratante] 4 (cuatro) copias de cada Documento Presentado a Revisión y llevar y mantener un registro de las fechas y contenido de cada uno de dichos documentos, sin perjuicio del control que en su caso lleve [Entidad Contratante] para ese efecto.

(b)

El Proveedor deberá llevar y mantener un registro de las fechas y contenido de cada Documento Presentado a Revisión que sea devuelto o de conformidad con el presente Contrato deba considerarse que fue devuelto por [Entidad Contratante]. El citado registro se llevará a cabo sin perjuicio del control que en su caso lleve [Entidad Contratante] para ese mismo efecto.

(c)

Las revisiones, comentarios o aprobaciones que lleve a cabo [Entidad Contratante], no excluirán o limitarán las obligaciones o responsabilidades del Proveedor, los derechos de [Entidad Contratante] ni sus [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante], conforme al presente Contrato.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CLÁUSULA 19 CESIÓN Y CAMBIO DE CONTROL O ESTRUCTURA SOCIETARIA Sección 19.1 Cesión (a)

Salvo lo dispuesto en el siguiente inciso, el Proveedor no podrá ceder, gravar o transferir, total o parcialmente, este Contrato o cualquiera de sus derechos u obligaciones derivados del mismo.

(b)

Previa autorización de [Entidad Contratante], el Proveedor podrá transferir sus derechos al cobro conforme al presente Contrato a favor de algún Acreedor o del vehículo de garantía que al efecto constituyan los Acreedores, siempre y cuando el Proveedor le notifique a [Entidad Contratante] de manera fehaciente la existencia del acto jurídico mediante el cual opere dicha transferencia, la cual estará sujeta a lo previsto en la Sección 5.1, y le notifique la cuenta bancaria en la cual deberán depositarse los pagos correspondientes. Dicha transferencia no operará si como consecuencia de la misma se impone alguna carga de cualquier naturaleza a [Entidad Contratante], incluyendo la de tener que realizar más de tres depósitos o transacciones por cada Pago por Servicio, para lo cual [Entidad Contratante] contará con 10 (diez) Días Hábiles para oponerse a la transferencia debiendo señalar los cambios necesarios para que la transferencia pueda ser autorizada.

(c)

El Procedimiento de Revisión no será aplicable a la obtención de la autorización a que hace referencia el inciso anterior.

Sección 19.2 Cambio de Control (a)

Se entenderá que existe un Cambio de Control si los accionistas originales del Proveedor dejan de tener el Control del Proveedor.

(b)

El Proveedor no permitirá ningún Cambio de Control ni podrá llevar cabo acción alguna que tenga como resultado un Cambio de Control, salvo que cuente con el consentimiento previo y por escrito de [Entidad Contratante].

(c)

[Entidad Contratante] podrá autorizar un Cambio de Control siempre y cuando se cumpla cabalmente con cada uno de los requisitos siguientes: (i)

El Cambio de Control no contravenga la Legislación;

(ii)

El Cambio de Control no convierta en accionista del Proveedor a una Persona Restringida;

(iii)

El Proveedor presente a [Entidad Contratante] la solicitud correspondiente por lo menos 45 (cuarenta y cinco) Días Hábiles antes de la fecha de celebración del acto que dé origen al Cambio de Control;

(iv)

Se acredite plenamente y a satisfacción de [Entidad Contratante] que el Cambio de Control propuesto no afectará la capacidad del Proveedor para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto y para cumplir con las demás obligaciones a su cargo en los términos de este Contrato; y,

(v)

En su caso, los nuevos accionistas del Proveedor sean considerados como accionistas originales del Proveedor para efectos de esta sección una vez celebrado el acto que dé origen al Cambio de Control.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(d)

El Procedimiento de Revisión no será aplicable a la obtención de la autorización a que hace referencia el inciso anterior.

Sección 19.3 Cambio de Estructura Societaria (a)

El Proveedor no permitirá ningún cambio sustancial ya sea directo o indirecto en la composición de su capital que disminuya la Participación Económica de las Empresas Clave en el Proveedor, salvo que cuente con el consentimiento previo y por escrito de [Entidad Contratante]. Para efectos de esta sección, y sin perjuicio de lo previsto en la Sección 19.2, un cambio en la composición del capital del Proveedor no será considerado como substancial y, por lo tanto, no requerirá del consentimiento por escrito de [Entidad Contratante] pero sí deberá serle notificado, si la Participación Económica de las Empresas Clave en el Proveedor, después de efectuado el cambio, continúa siendo cuando menos igual a: (i)

[El 70% (setenta por ciento)], si no ha ocurrido la Fecha de Inicio de Servicio;

(ii)

[El 50% (cincuenta por ciento)], si ha ocurrido la Fecha de Inicio de Servicio;

(iii)

[El [*]% ([*] por ciento)], si transcurrieron al menos 24 (veinticuatro) meses desde que ocurrió la Fecha de Inicio de Servicio y además han transcurrido por lo menos 12 (doce) meses consecutivos sin que [Entidad Contratante] haya emitido una Notificación de Servicio Deficiente.

(iv)

[El [*]% ([*] por ciento)] si transcurrieron al menos 36 (treinta y seis) meses desde que ocurrió la Fecha de Inicio de Servicio y además han transcurrido por lo menos 12 (doce) meses consecutivos sin que [Entidad Contratante] haya emitido una Notificación de Servicio Deficiente.

(v)

[El [*]% ([*] por ciento)] si transcurrieron al menos 5 (cinco) años desde que ocurrió la Fecha de Inicio de Servicio y además han transcurrido por lo menos 18 (dieciocho) meses consecutivos sin que [Entidad Contratante] haya emitido una Notificación de Servicio Deficiente.

(vi)

[El [*]% ([*] por ciento)] si transcurrieron al menos 8 (ocho) años desde que ocurrió la Fecha de Inicio de Servicio y además han transcurrido por lo menos 18 (dieciocho) meses consecutivos sin que [Entidad Contratante] haya emitido una Notificación de Servicio Deficiente.

(vii)

[El [*]% ([*] por ciento)] si transcurrieron al menos 12 (doce) años desde que ocurrió la Fecha de Inicio de Servicio y además han transcurrido por lo menos 12 (doce) meses consecutivos sin que [Entidad Contratante] haya emitido una Notificación de Servicio Deficiente.

(b)

Una vez notificado a [Entidad Contratante] el cambio en la capital del Proveedor conforme a la sección anterior, la Notificación de Servicio Deficiente por parte de [Entidad generará la obligación de aumentar el porcentaje de Económica de las Empresas Claves.

composición del emisión de una Contratante] no la Participación

(c)

[Entidad Contratante] podrá autorizar cambios sustanciales en la composición del capital del Proveedor siempre y cuando se cumpla cabalmente con cada uno de los requisitos siguientes:

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(i)

Se cumpla con lo previsto en la Sección 19.2;

(ii)

La autorización no contravenga la Legislación;

(iii)

No se transmita acción alguna a una Persona Restringida;

(iv)

El Proveedor presente a [Entidad Contratante] la solicitud correspondiente por lo menos 45 (cuarenta y cinco) Días Hábiles antes de la fecha de celebración del acto que dé origen al cambio sustancial en la composición del capital del Proveedor;

(v)

Se acredite plenamente y a satisfacción de [Entidad Contratante] que el cambio propuesto no afectará la capacidad del Proveedor para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto y para cumplir con las demás obligaciones a su cargo en los términos de este Contrato;

(vi)

Se acredite plenamente y a satisfacción de [Entidad Contratante] que las nuevas empresas accionistas tienen la misma o mejor calidad crediticia o técnica, según sea el caso, que las Empresas Clave que sustituyen; y,

(vii)

Las nuevas empresas accionistas que sustituyan parcial o totalmente a las Empresas Clave sean consideradas en esa proporción como Empresas Clave para los efectos de esta sección una vez celebrado el acto que dé origen al cambio sustancial en la composición del capital del Proveedor.

(d)

El Procedimiento de Revisión no será aplicable a la obtención de la autorización a que hace referencia el inciso anterior.

(e)

No obstante lo previsto en esta Sección, bajo ninguna circunstancia, podrán existir transmisiones de las participaciones en el Proveedor a una Persona Restringida ni a personas vinculadas corporativamente con ésta.

CLÁUSULA 20 INCUMPLIMIENTOS NO EXCUSABLES Sección 20.1 Eventos de Incumplimiento del Proveedor (a)

Para fines de este Contrato, “Evento de Incumplimiento del Proveedor” significa cualquiera de las siguientes circunstancias: (i)

Que el Proveedor no haya iniciado el desarrollo de las Actividades Previas dentro de los [*] meses calendario siguientes a la firma del presente Contrato o que habiéndolas iniciado exista un desfase superior a [*](*) meses entre el avance real y el establecido en el Programa de Actividades Previas [podrán establecerse aquí desfases menores o específicos respecto a ciertos hitos y fases que se encuentren previstas en el programa de construcción o el programa de equipamiento];

(ii)

Que el Proveedor no haya iniciado la prestación del [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] dentro de los [*] meses calendario siguientes a la Fecha Programada de Inicio del Servicio, tal y como ésta sea prorrogada en términos del presente Contrato;

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(iii)

Que el monto total de las deducciones a las que el Proveedor se haya hecho acreedor, conforme al Mecanismo de Pagos, durante un periodo igual o menor a 12 (doce) meses sea superior a la cantidad que resulte de dividir entre 4 (cuatro) la suma del monto base previsto en el Programa de Pagos para los siguientes 12 (doce) Pagos por Servicio (ajustando esos montos para reflejar la inflación ocurrida hasta entonces de conformidad con las fórmulas previstas en el propio Mecanismo de Pagos);

(iv)

Que el Proveedor reciba 4 (cuatro) Notificaciones de Servicio Deficiente en un periodo de seis meses, siempre y cuando la emisión de las Notificaciones de Servicio Deficiente hayan sido emitidas por [Entidad Contratante] conforme a los términos del presente Contrato;

(v)

Si en cualquier momento el Proveedor es declarado en concurso mercantil o en estado de insolvencia o solicita o acepta la imposición de un interventor, liquidador o síndico, o cualquiera de éstos fuere designado o tome posesión del Proveedor o de la totalidad o una parte substancial de sus pasivos y activos; o queda sujeto a un procedimiento de concurso mercantil, suspensión de pagos, disolución o liquidación, en cualquier jurisdicción; o lleva a cabo o celebra una cesión general de bienes o un acuerdo de entrega de la mayoría de sus bienes en beneficio de sus acreedores o amenace por escrito con suspender sus operaciones o cualquier parte substancial de ellas; o tomare cualquier acción o sobreviniere cualquier evento que, en virtud de la Legislación, tuviera un efecto substancialmente similar a cualquiera de los supuestos anteriores;

(vi)

Que el Proveedor no pague alguna cantidad adeudada a [Entidad Contratante] conforme al presente Contrato, que no se encuentren en litigio administrativo o judicial y que de manera individual o conjunta excedan del equivalente al Pago por Servicio de 1 (un) mes en el Año Contractual en el que ocurra el incumplimiento, y dicho incumplimiento continúe por un periodo de más de 60 (sesenta) Días Hábiles a partir del aviso correspondiente que le entregue [Entidad Contratante] al Proveedor;

(vii)

Que los Documentos de Financiamiento no sean celebrados en o antes de la Fecha Programada para el Cierre Financiero por causas no imputables a [Entidad Contratante] y el Proveedor no cuente con recursos suficientes para desarrollar la Ejecución del Proyecto;

(viii) Que el Proveedor haga entrega de documentación falsa o apócrifa u omita intencionalmente entregar información, en ambos casos provocando que [Entidad Contratante] se vea impedida para ejercer sus derechos acorde al presente Contrato o para realizar las [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante]; (ix)

Que el Proveedor no lleve a cabo el reemplazo de un Subcontratista en los casos y términos previstos en la Sección 20.3;

(x)

Que el Proveedor no contrate o renueve las pólizas de seguros y garantías que deba obtener conforme a lo previsto en el presente Contrato;

(xi)

Que el Proveedor, los accionistas que detentan su capital social, o las Filiales del Proveedor se encuentren o caigan en un incumplimiento que los coloque en la categoría de Persona Restringida;

(xii)

Que el Proveedor contrate a Personas Restringidas como Subcontratistas;

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(xiii)

Que el Proveedor incumpla con alguna de las obligaciones que adquiera en virtud del presente Contrato y dicho incumplimiento impida o afecte de manera indubitable la Ejecución del Proyecto o la realización por parte de [Entidad Contratante] de las [funciones, servicios propios de la Entidad Contratante], salvo que el origen de dicho incumplimiento sea por causas imputables a [Entidad Contratante];

(xiv) Que el Proveedor deje de prestar, parcial o totalmente, el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] de conformidad con el presente Contrato, salvo que derive de un Evento de Incumplimiento de [Entidad Contratante]; o, (xv)

(b)

Que en cualquier momento después de la Fecha de Conclusión de las Instalaciones, el Proveedor incumpla con alguna de sus obligaciones contraídas por este Contrato que tengan como consecuencia la existencia de una resolución administrativa o judicial en contra del Proveedor o de los Subcontratistas o de [Entidad Contratante] respecto de la normatividad aplicable en materia de salud, seguridad o ambiente en relación con la Ejecución del Proyecto, y el incumplimiento no sea subsanado dentro de los [*] Días Hábiles a partir de la fecha en que se notifique la resolución respectiva o dentro del plazo adicional que otorgue [Entidad Contratante] a su entera discreción y sólo si es claro que el Proveedor está haciendo sus mejores esfuerzos para subsanar tal incumplimiento.

Con independencia de las facultades de revisión y supervisión a cargo de [Entidad Contratante], del Auditor Técnico, del Representante de [Entidad Contratante] y del Supervisor, cuando ocurra un Evento de Incumplimiento del Proveedor, el Proveedor deberá notificarlo a [Entidad Contratante] junto con los detalles sobre el evento o circunstancia que lo haya motivado. Asimismo, el Proveedor deberá notificar a [Entidad Contratante] cualquier evento o circunstancia que con el paso del tiempo podría llegar a constituir un Evento de Incumplimiento del Proveedor.

Sección 20.2 Opciones de [Entidad Contratante] (a)

En caso de que ocurra un Evento de Incumplimiento del Proveedor, y mientras éste subsista, [Entidad Contratante] observando en todo momento lo que establezca la Legislación: (i)

Deberá iniciar de inmediato el procedimiento de rescisión administrativa a que se refiere la Sección 20.5 si el Evento de Incumplimiento del Proveedor ha sido motivado por alguna de las causas que se describen en los subincisos (i) a (iii) del inciso (a) de la Sección 20.1;

(ii)

Podrá iniciar de inmediato el procedimiento de rescisión administrativa a que se refiere la Sección 20.5 si el Evento de Incumplimiento del Proveedor ha sido motivado por alguna de las causas que se describen en los subincisos (iv) a (x) del inciso (a) de la Sección 20.1; o bien,

(iii)

Podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa a que se refiere la Sección 20.5 después de que hayan transcurrido 30 (treinta) días desde la notificación de incumplimiento si el Evento de Incumplimiento del Proveedor ha sido motivado por alguna de las causas que se describen en los sub-incisos (xi) a (xv) del inciso (a) de la Sección 20.1.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

En los supuestos previstos en los sub-incisos (ii) y (iii) del inciso (a) anterior, [Entidad Contratante] podrá determinar no iniciar el procedimiento de rescisión administrativa o no dar por rescindido el Contrato cuando advierta que esa rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas y, en ese supuesto, deberá: (i)

Elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del Contrato resultarían más inconvenientes; y,

(ii)

Establecer la manera en que se le permitirá al Proveedor subsanar el incumplimiento de que se trate.

Sección 20.3 Reemplazo de un Subcontratista en Incumplimiento (a)

(b)

[Entidad Contratante] podrá, por causa justificada, requerir por escrito al Proveedor para que dé por terminado cualquier Subcontrato si: (i)

El Proveedor recibe más de 2 (dos) Notificaciones de Servicio Deficiente en 4 (cuatro) meses consecutivos o más de 3 (tres) Notificaciones de Servicio Deficiente en un periodo de 12 (doce) meses, por causas atribuibles al Subcontratista de que se trate; o

(ii)

Desea utilizar este derecho como alternativa a la rescisión administrativa del presente Contrato en virtud de un Evento de Incumplimiento del Proveedor que pudiere subsanarse con dicha terminación.

En caso de que [Entidad Contratante] ejerza el derecho a que se refiere el inciso (a) anterior, el Proveedor deberá reemplazar al Subcontratista, previa aprobación del nuevo Subcontratista por parte de [Entidad Contratante], dentro de un plazo de 45 (cuarenta y cinco) Días Hábiles contados a partir de la fecha en que se le haya notificado por escrito por parte de [Entidad Contratante] dicha circunstancia. Si el Proveedor no lleva a cabo el reemplazo en el tiempo señalado, [Entidad Contratante] tendrá derecho a rescindir administrativamente el presente Contrato en términos de lo previsto en la Sección 20.5.

Sección 20.4 Prestación de Servicios por un Tercero Sin perjuicio de los derechos de [Entidad Contratante] previstos en la Sección 20.2 y en la Sección 20.3, en caso de que el Proveedor no haya realizado el reemplazo al que se refiere la Sección 20.3 en el término señalado para éste, [Entidad Contratante], mediante notificación por escrito al Proveedor, podrá solicitar que una tercera persona realice la actividad correspondiente por el resto de la vigencia del Contrato o podrá realizarlos con sus propios medios. Cualquier costo o gasto incurrido por [Entidad Contratante] será con cargo al Proveedor y deducido del Pago por Servicio. Sección 20.5 Rescisión Administrativa (a)

La existencia de un Evento de Incumplimiento del Proveedor faculta a [Entidad Contratante] para rescindir administrativamente el presente Contrato de acuerdo con lo previsto en la Legislación.

(b)

El procedimiento de rescisión se ajustará a lo siguiente:

67

Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(c)

(i)

Se iniciará a partir de que al Proveedor le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) Días Hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;

(ii)

Transcurrido el término a que se refiere el subinciso anterior, [Entidad Contratante] contará con un plazo de 15 (quince) días para resolver, considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el Proveedor;

(iii)

La determinación de dar o no por rescindido el Contrato deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al Proveedor dentro dicho plazo y tomará en cuenta lo dispuesto en la Sección 20.2; y,

(iv)

Cuando se rescinda el Contrato, las Instalaciones serán adquiridas por [Entidad Contratante] y para ello se estará a lo previsto en la Sección 21.2.

Si antes de la determinación de rescindir administrativamente el presente Contrato, el Proveedor subsana el incumplimiento correspondiente, quedará sin efectos el procedimiento rescisorio.

Sección 20.6 Eventos de Incumplimiento de [Entidad Contratante] Para los fines del presente Contrato, “Evento de Incumplimiento de [Entidad Contratante]” significa cualquiera de las siguientes circunstancias: (a)

La falta de pago por parte de [Entidad Contratante] de más de tres Pagos por Servicio sin causa justificada;

(b)

Cualquier acto, resolución o inactividad por parte de [Entidad Contratante] que, sin causa justificada, le impida al Proveedor cumplir con las obligaciones que asume en los términos de este Contrato para llevar a cabo la Ejecución del Proyecto si ese impedimento se prolonga por más de 60 (sesenta) Días Hábiles; o,

(c)

No iniciar el procedimiento de rescisión administrativa del Contrato previsto en la Sección 20.5 cuando tenga conocimiento de que exista un Evento de Incumplimiento del Proveedor motivado por alguna de las causas señaladas en los sub-incisos (i) a (iii) del inciso (a) de la Sección 20.1.

Sección 20.7 Opciones del Proveedor Al ocurrir un Evento de Incumplimiento de [Entidad Contratante], y durante el tiempo que éste subsista, el Proveedor podrá notificar en términos del presente Contrato a [Entidad Contratante] que ha tenido lugar un Evento de Incumplimiento de [Entidad Contratante]. Si dicho Evento de Incumplimiento de [Entidad Contratante] no es subsanado por [Entidad Contratante] dentro de los 30 (treinta) días siguientes a dicha notificación, el Proveedor podrá solicitar a [Entidad Contratante] que dé por terminado anticipadamente el Contrato conforme a lo previsto en la Sección 21.1, o bien, demandar su terminación ante las autoridades competentes de conformidad con la Legislación.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 20.8 Coordinación con Acreedores (a)

Antes de que [Entidad Contratante] ejerza su derecho a cualquiera de las acciones a que se refiere esta CLÁUSULA 20, [Entidad Contratante], notificará por escrito a los Acreedores, si éstos le indicaron por escrito a [Entidad Contratante] un domicilio para estos efectos, su intención de ejercer dichos derechos. Los Acreedores contarán con los períodos a los que más adelante se hace referencia para subsanar el incumplimiento o para actuar en nombre y representación del Proveedor respecto del presente Contrato, si así lo permiten la Legislación y los Documentos del Financiamiento.

(b)

Los Acreedores tendrán el derecho, más no la obligación, dentro de los 20 (veinte) Días Hábiles siguientes a la recepción de la notificación a que se refiere el inciso anterior, de: (i)

Comenzar y proseguir de manera diligente los actos tendientes a subsanar el Evento de Incumplimiento del Proveedor y, si a pesar de los esfuerzos diligentes de los Acreedores, dicha falta no es subsanada dentro de dicho período de 20 (veinte) Días Hábiles, [Entidad Contratante] podrá ejercer sus derechos contenidos en esta CLÁUSULA 20; o,

(ii)

Ejercer diligentemente sus derechos de control y de garantía contra el Proveedor, aprobando [Entidad Contratante] que ocurra un Cambio de Administración en el Proveedor, siempre que la capacidad legal y operativa y la solvencia económica de la persona que tenga el control del Proveedor derivado del Cambio de Administración correspondiente, sean, a juicio de [Entidad Contratante], iguales o mejores que las del Proveedor en la fecha de celebración del presente Contrato.

(c)

El ejercicio de los derechos a que hace referencia el inciso anterior estará a su vez sujeto a que sea el Proveedor quién continué prestando el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS] o realizando las actividades necesarias para la Ejecución del Proyecto y que mantenga el monto de la fianza conforme a la CLÁUSULA 15, pague la prima de los Seguros y efectúe los pagos debidos que se venzan durante el período en que intenten subsanar el incumplimiento, de conformidad con lo requerido al Proveedor en el presente Contrato.

(d)

El derecho del Proveedor para solicitar a [Entidad Contratante] la terminación anticipada del Contrato o para demandarla en los supuestos previstos en la Sección 20.7, podrá ser ejercido por conducto de los Acreedores si así lo permite en su momento la Legislación y los Documentos del Financiamiento.

CLÁUSULA 21 TERMINACIÓN ANTICIPADA [El presente Contrato terminará una vez transcurrida la vigencia del Contrato salvo que el mismo haya sido terminado anticipadamente o rescindido de conformidad con los términos del mismo, en cuyo caso terminará en la fecha en que surta efectos la rescisión o terminación anticipada que corresponda. Al término del presente Contrato, continuarán vigentes las obligaciones de las partes que a la fecha de terminación se hayan devengado, y no se hayan satisfecho, conforme a lo previsto en el mismo, hasta en tanto las mismas se satisfagan. Salvo pacto en contrario previsto en el presente Contrato, no subsistirá obligación futura alguna de las partes].

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

Sección 21.1 Terminación Anticipada por parte de [Entidad Contratante] (a)

(b)

[Entidad Contratante] podrá dar por terminado el presente anticipadamente en cualquiera de los supuestos siguientes:

Contrato

(i)

Si por cualquiera de las circunstancias señaladas en la Sección 14.3, las partes, dentro de un plazo de 30 (treinta) Días Hábiles a partir de que las partes determinan que existe un evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor que motive la suspensión del cumplimiento de obligaciones adquiridas en los términos de este Contrato, no han podido llegar a un acuerdo sobre la manera en que ambas partes afrontarán las consecuencias de dicho evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor;

(ii)

Si existe un evento de Caso Fortuito o de Fuerza Mayor que motive la suspensión del cumplimiento de obligaciones adquiridas en los términos de este Contrato y dicha suspensión se prolonga por más de 180 (ciento ochenta) días consecutivos o por más de 270 (doscientos setenta) días en un periodo de 18 (dieciocho) meses;

(iii)

Cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas en este Contrato se ocasionaría un daño o perjuicio al Estado;

(iv)

En el supuesto previsto en la Sección 20.7, o,

(v)

Por cualquier otra causa prevista en la Legislación.

La determinación de dar por terminado anticipadamente el presente Contrato requiere el establecimiento de la causa que lo motiva y la expresión de los razonamientos y pruebas que permitan invocarla.

Sección 21.2 Pagos en caso de Terminación Anticipada En caso de terminación o rescisión del presente Contrato conforme a lo previsto en la Sección 20.5 y en esta CLÁUSULA 21, respectivamente, [Entidad Contratante] acuerda realizar los pagos que se describen en el Anexo 7 (Pagos por Terminación) en los términos y plazos establecidos en dicho anexo. En caso de no haber acuerdo sobre la cantidad a pagar, [Entidad Contratante] pagará la cantidad que no se encuentre en disputa en la fecha convenida y la controversia sobre la cantidad total a pagar se resolverá de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias. Sección 21.3 Únicos Derechos Las partes acuerdan que cualquier pago realizado conforme a lo previsto en esta CLÁUSULA será la cantidad definitiva a que dicha parte tendrá derecho como consecuencia de la terminación anticipada o rescisión del presente Contrato.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

CLÁUSULA 22 PROPIEDAD INTELECTUAL E INFORMACIÓN DEL PROYECTO Sección 22.1 Acceso a Propiedad Intelectual (a)

El Proveedor permitirá el acceso a [Entidad Contratante], sin costo alguno, a la Información del Proyecto y la Propiedad Intelectual. El Proveedor se asegurará de que [Entidad Contratante] obtenga todas las licencias, permisos o consentimientos necesarios para que tenga acceso a la Información del Proyecto y pueda usar la Propiedad Intelectual. Lo anterior, con la finalidad de que [Entidad Contratante] pueda prestar el [la denominación acordada para el Servicio objeto del PPS], cumplir con las obligaciones contraídas en el presente Contrato y cumplir con cualquier obligación que por disposición de ley le sea aplicable a [Entidad Contratante].

(b)

El Proveedor no adquirirá derechos ni licencias de uso respecto de la Información Confidencial, tampoco de datos o cualquier otro tipo de activos intangibles y de Propiedad Intelectual propiedad de [Entidad Contratante] o sobre los cuales ésta tenga derecho de uso, incluso si su uso es necesario para la Ejecución del Proyecto, los cuales permanecerán de la exclusiva propiedad, uso o aprovechamiento de [Entidad Contratante].

(c)

Asimismo, el Proveedor reconoce que [Entidad Contratante] será la única titular de los derechos de Propiedad Intelectual sobre los desarrollos escritos o creados, incluyendo sin limitar los planos de construcción, por el Proveedor en cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato, de conformidad con la Legislación.

Sección 22.2 Licencias A la fecha de firma del presente Contrato el Proveedor otorga en favor de [Entidad Contratante], con las limitaciones que se establecen en el presente Contrato, una licencia no-exclusiva, irrevocable y válida en México sobre todos los derechos de Propiedad Intelectual para el desarrollo y la operación de las Instalaciones. El Proveedor no exigirá más pago ni regalía por esta licencia que el precio pactado en el presente Contrato. Sección 22.3 Resguardo de la Información del Proyecto (a)

El Proveedor deberá realizar copias de respaldo y mantener en su custodia en forma segura toda la información, material y documentos a los que se refiere la sección 17.2 y demás Información del Proyecto de conformidad con las Prácticas Prudentes de la Industria y a la ley de la materia. Sin perjuicio de lo anterior, el Proveedor deberá entregar al Representante de [Entidad Contratante] para su aprobación, sus propuestas de respaldo, custodia y guarda de dicha información, material y documentos, y [Entidad Contratante] tendrá derecho a objetar dichas propuestas, con causa justificada. El Proveedor cumplirá con y se cerciorará de cumplir con los procedimientos para los cuales el Representante de [Entidad Contratante] haya dado su aprobación. El Proveedor podrá variar sus procedimientos de respaldo, custodia y guarda sujeto a la obtención de la aprobación por parte del Representante de [Entidad Contratante] a dichos cambios, quien tendrá derecho de objetarlos en términos de lo previsto anteriormente.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

El Representante de [Entidad Contratante] podrá solicitar en cualquier momento que el Proveedor le entregue una copia de la totalidad o cualquier parte de la Información del Proyecto durante la vigencia del Contrato. El Proveedor la deberá entregar sin demora y deberá proveer cualquier explicación, actualización o capacitación respecto de la misma de así solicitarlo [Entidad Contratante].

Sección 22.4 Reclamaciones en Materia de Propiedad Intelectual El Proveedor deberá indemnizar a [Entidad Contratante] por cualquier daño que ésta sufra en virtud de una reclamación sobre la infracción del uso de cualquier Propiedad Intelectual o porque el uso de cualesquiera materiales, maquinaria o equipo en relación con las Instalaciones o la Ejecución del Proyecto infrinjan los derechos de Propiedad Intelectual de una tercera persona, salvo que dicha infracción surja del uso inapropiado por parte de [Entidad Contratante] de dicha Propiedad Intelectual con respeto a los fines previstos en el presente Contrato. Asimismo serán aplicables los procedimientos y las disposiciones previstas en la Sección 17.3. Sección 22.5 Modelo Financiero (a)

El Proveedor deberá entregar una copia del Modelo Financiero a [Entidad Contratante] (tanto en forma electrónica como impreso). Lo anterior sin perjuicio de la obligación del Proveedor de resguardar el Modelo Financiero y hacer una copia impresa y en forma electrónica de respaldo que deberá guardar en un lugar seguro. Ambas partes podrán tener el derecho de revisar y auditar el Modelo Financiero en todo momento.

(b)

Cualquier modificación al Modelo Financiero deberá reflejar y ser consistente con los términos del presente Contrato y en todos los casos deberá estar sujeto a la aprobación previa y por escrito de [Entidad Contratante] (cuya aprobación no deberá ser negada sin razón justificada). En el caso de que las partes no acuerden los términos de una modificación al Modelo Financiero, dicho asunto deberá resolverse de conformidad con el Procedimiento para la Resolución de Controversias.

(c)

Inmediatamente después de la aprobación de cualquier modificación al Modelo Financiero por parte de [Entidad Contratante], el Proveedor deberá entregar una copia del Modelo Financiero revisado a [Entidad Contratante] así como realizar un respaldo del mismo, en el mismo formato que el original (o en cualquier otro formato que acuerden las partes). El Proveedor deberá guardar copias de todas las versiones del Modelo Financiero que se originen durante la vigencia del Contrato tanto en forma electrónica como en documento impreso.

Sección 22.6 Cooperación para Auditorias (a)

El Proveedor deberá entregar toda la información, documentación y expedientes que tengan relación con la Ejecución del Proyecto y se encuentre en su poder, y realizar las explicaciones orales o escritas que se considere necesario, cuando así lo requiera por escrito [Entidad Contratante] o el Representante de [Entidad Contratante] con el objeto de que [Entidad Contratante] o cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Estatal pueda cumplir con sus funciones u obligaciones de supervisión, auditoría o fiscalización.

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Modelo de Contrato PPS – Octubre de 2010

(b)

El Proveedor deberá incluir en todos los Subcontratos que celebre la obligación de que toda la información, documentos y expedientes que tengan relación con la Ejecución del Proyecto y se encuentre en su poder, deba ser entregada cuando así lo requiera por escrito [Entidad Contratante] o el Representante de [Entidad Contratante] para los mismos efectos, así como la obligación de proporcionar las explicaciones orales o escritas que se considere necesario.

(c)

El Proveedor, a solicitud de [Entidad Contratante], deberá entregar a [Entidad Contratante] dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días siguientes a la fecha en que se deba presentar la declaración fiscal anual del Proveedor, estados financieros auditados e información de soporte para la elaboración de los mismos así como las notas y dictámenes de los auditores correspondientes.

CLÁUSULA 23 PROCEDIMIENTO PARA LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Sección 23.1 Conciliación previa ante el Comité de Coordinación (a)

En caso de surgir algún desacuerdo o controversia en relación con el cumplimiento del Contrato, incluyendo enunciativamente, una disputa en relación con un certificado, determinación, instrucción, opinión o aprobación por parte de [Entidad Contratante] al Proveedor, entre otras, y la naturaleza del desacuerdo o controversia así lo permita, las partes se obligan a buscar la conciliación amigable de dicho desacuerdo o controversia por medio del Comité de Coordinación, el cual en calidad de amigable componedor, intermediará entre las partes con el fin de que arreglen las diferencias respecto a la interpretación o ejecución del Contrato o de cualquiera de sus obligaciones respecto al mismo.

(b)

Las partes declaran su intención de recurrir en primera instancia al Procedimiento de Conciliación que aquí se establece, dejando en claro que obrarán de buena fe, buscando conciliar en forma rápida y armónica sus diferencias, así como evitar en lo posible someter dichas diferencias a las instancias jurisdiccionales que más adelante se describen, por lo que aceptan realizar sus mejores esfuerzos para lograr un acuerdo que resuelva la disputa y, en caso de que ello no sea posible, para sujetarse a la recomendación final que emita el Comité de Coordinación.

(c)

El Procedimiento de Conciliación podrá ser convocado por cualquiera de las partes mediante escrito dirigido al Comité de Coordinación con copia para la otra parte, en el que se expondrán los elementos de hecho o de derecho que constituyan la base del desacuerdo o controversia correspondiente, acompañados de las relatorías o documentos que los fundamenten. El Comité de Coordinación, dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a la recepción del escrito, podrá solicitar a las partes los informes y documentación que estime convenientes y los citará para efectuar las reuniones de conciliación, mismas que se realizarán durante un plazo máximo de 15 (quince) Días Hábiles contados a partir de que las partes hayan remitido el último documento requerido y a las cuales tendrán la obligación de asistir las partes.

(d)

El Comité de Coordinación hará sus mejores esfuerzos para lograr la conciliación de las partes respecto a los hechos y/o puntos de derecho que le hayan expuesto; para ello, hará el análisis necesario de las relatorías y documentación que le exhiban las partes, buscando la aclaración de los errores de hecho o de

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derecho que puedan existir y haciendo las sugerencias que sean necesarias para lograr dicha conciliación. Si al término de los 15 (quince) Días Hábiles a que se refiere el inciso (c) anterior no existe acuerdo entre las partes para solucionar la disputa, el Comité de Coordinación entregará su recomendación final a las partes dentro de los siguientes 5 (cinco) Días Hábiles. (e)

Si, una vez agotado el plazo establecido en el inciso anterior para que se emita la recomendación final, ésta no es emitida, o si una vez emitida la misma no es aceptada o acatada de inmediato por ambas partes, cualquiera de ellas podrá someter el desacuerdo o controversia al procedimiento de mediación obligatoria previsto en la siguiente sección.

Sección 23.2 Mediación obligatoria ante [*] (a)

En caso de surgir algún desacuerdo o controversia en relación con el cumplimiento del Contrato, las partes deberán agotar el procedimiento de mediación obligatoria previsto en esta sección antes de poder acudir a un procedimiento jurisdiccional.

[Es aconsejable, si así lo permite el marco legal, establecer una mediación obligatoria antes de poder acudir a una instancia jurisdiccional para dirimir una controversia. Preferiblemente deberá ventilarse ante un grupo de expertos que puedan ser imparciales y que puedan generar un expediente lo suficientemente articulado para que en caso de que se acuda a una instancia jurisdiccional, el juez competente cuenta con mayores y mejores elementos para dictar sentencia]. (b)

[*]

(c)

[*]

Sección 23.3 Competencia Judicial Las controversias que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este Contrato que no hayan podido resolverse a través de los procedimientos de conciliación o mediación obligatoria a que se hace referencia en esta CLÁUSULA, serán resueltas por los tribunales [establecer la competencia estatal aplicable].

CLÁUSULA 24 DISPOSICIONES GENERALES Sección 24.1 Legislación El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y a falta de disposición expresa se aplicará supletoriamente el Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y el Código Federal de Procedimientos Civiles y las demás leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos cuya aplicación supletoria sea procedente en cada caso. [En caso de que se desee interpretar el Contrato de conformidad con la legislación aplicable del Estado de que se trate, sustituir por las leyes análogas].

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Sección 24.2 Sanciones El Proveedor estará sujeto a las infracciones y sanciones que prevea la Legislación para quienes infrinjan sus disposiciones. Sección 24.3 Integridad El presente Contrato contiene los términos y condiciones que rigen el acuerdo de las partes en relación con el objeto del mismo. Ninguna declaración de un funcionario, empleado o Representante del Proveedor o de [Entidad Contratante] realizada con anterioridad a la celebración del presente Contrato será admitida en la interpretación de los términos del mismo. Sección 24.4 Divisibilidad La nulidad, ilegalidad o inexigibilidad de cualquiera o cualesquiera de las disposiciones del presente Contrato no afectará de modo alguno la validez o exigibilidad de las demás disposiciones del mismo que no se consideren nulas, ilegales o inexigibles. Sección 24.5 Idioma El idioma del presente Contrato es el español. Todos los documentos, notificaciones, renuncias y otras comunicaciones entre las partes en relación con el presente Contrato deberán ser en español. Sección 24.6 Modificaciones El presente Contrato no podrá modificarse salvo en los casos convenidos entre las partes permitidos por la Legislación. En su caso, todas las modificaciones al presente Contrato y a sus anexos deberán constar por escrito y ser firmadas por las dos partes. En caso de modificaciones a los anexos del presente Contrato que contemplen documentos preliminares, el documento propuesto deberá someterse al Procedimiento de Revisión.

[FIRMAS]

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ANEXO 1 MECANISMO DE PAGOS

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ANEXO 2 REQUERIMIENTOS DEL SERVICIO

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ANEXO 3 REQUERIMIENTOS DE SEGUROS

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ANEXO 4 PROGRAMA DE ACTIVIDADES PREVIAS

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ANEXO 5 MODELO DE GESTIÓN

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ANEXO 6 MODELO FINANCIERO

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ANEXO 7 PAGOS POR TERMINACIÓN

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ANEXO 8 PROCEDIMIENTO DE VARIACIÓN

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ANEXO 9 TRANSMISIÓN DE LAS INSTALACIONES

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ANEXO 10 OFERTA DEL PROVEEDOR

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ANEXO 11 LISTA DE EXCLUSIÓN AMBIENTAL [El presente Anexo únicamente deberá ser generado e incluido como parte del Contrato en caso de que el Proyecto vaya a ser financiado parcial o totalmente por el Banco Interamericano de Desarrollo o que este vaya a otorgar a la Entidad Contratante cualquier tipo de subvención o apoyo ya sea recuperable o no, en cuyo caso se deberá de tomar en cuenta la siguiente lista de exclusiones en materia ambiental]. El Banco Interamericano de Desarrollo no otorga financiamiento para proyectos ni compañías involucrados en la producción, comercio o uso de los productos, sustancias o actividades enunciados en la siguiente lista: 1)

Los que sean ilegales conforme a la Legislación.

2)

Armas y municiones.

3)

Tabaco (esta exclusión no aplica para patrocinadores de proyectos que no estén sustancialmente involucrados en estas actividades. “No Sustancialmente Involucrados” significa que la actividad en cuestión es secundaria a las operaciones principales del patrocinador del proyecto).

4)

Juegos de azar, casinos y empresas equivalentes (esta exclusión no aplica para patrocinadores de proyectos que no estén sustancialmente involucrados en estas actividades).

5)

Animales y plantas silvestres o productos derivados de ellos reglamentados conforme a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (“CITES”) (véase: http://www.cites.org).

6)

Materiales radioactivos (esta exclusión no aplica para la compra de equipo médico, equipos de control de calidad (medición) ni otros equipos en los que pueda demostrarse que la fuente radiactiva es insignificante y/o se encuentra debidamente revestida).

7)

Fibras de amianto no aglutinado (esta exclusión no aplica para la compra y uso de fibrocemento de amianto aglutinado en el cual el contenido de amianto sea inferior al 20% (veinte por ciento)).

8)

Proyectos u operaciones forestales que no sean congruentes con la política de medio ambiente y observancia de salvaguardias del Banco Interamericano de Desarrollo (documento GN-2208-20).

9)

Compuestos de bifenilo policlorado.

10)

Productos farmacéuticos sujetos a eliminación gradual o prohibición internacional (productos farmacéuticos sujetos a eliminación gradual o prohibición en Naciones Unidas. Banned Products: Consolidated List of Products Whose Consumption and/or Sale Have Been Banned, Withdrawn, Severely Restricted or not Approved by Governments (última versión 2008).

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http://www.who.int/medicines/areas/quality_safety/safety_efficacy/pharm_re strictions/en/index.html). 11)

Pesticidas y herbicidas sujetos a eliminación gradual o prohibición internacional (pesticidas y herbicidas sujetos a eliminación gradual o prohibición incluidos en los Convenios de Rotterdam: http://www.pic.int y de Estocolmo: http://www.pops.int).

12)

Sustancias que agotan la capa de ozono sujetas a eliminación gradual internacional (las sustancias que agotan la capa de ozono son compuestos químicos que reaccionan con el ozono estratosférico y lo agotan, lo que da como resultado los ampliamente difundidos “agujeros de ozono”. El Protocolo de Montreal enumera dichas sustancias y sus fechas previstas de reducción y eliminación gradual. Los compuestos químicos reglamentados por el referido protocolo incluyen los aerosoles, refrigerantes, agentes sopladores para espumas, solventes y agentes extintores de fuego: http://ozone.unep.org/Publications/6ii_publications%20handbooks.shtml).

13)

Pesca en el entorno marítimo con redes de arrastre superiores a 2.5 Km. (dos punto cinco kilómetros) de longitud.

14)

Movimientos transfronterizos de desechos y productos de desecho (definidos por el Convenio de Basilea: http://www.basel.int), excepto desechos no peligrosos destinados a reciclaje.

15)

Contaminantes orgánicos persistentes (definidos por el Convenio Internacional sobre reducción y eliminación de contaminantes orgánicos persistentes (de septiembre de 1999) que actualmente incluye los pesticidas aldrina, clordano, dieldrina, endrina, heptacloro, mirex y toxafeno, así como los clorobencenos químicos de uso industrial: http://chm.pops.int/).

16)

Incumplimiento de los principios fundamentales de los trabajadores y de los derechos en el trabajo (los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo significan: i) la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; ii) la prohibición de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; iii) la prohibición del trabajo infantil, incluida, sin que suponga limitación, la prohibición de que personas menores de 18 (dieciocho) años trabajen en condiciones peligrosas (incluidas las actividades de construcción), realicen trabajos nocturnos y sean declaradas aptas para trabajar en base a un examen médico; y iv) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación, en la cual la discriminación se define como cualquier diferencia, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política u origen nacional o social. Organización Internacional del Trabajo: http://www.ilo.org).

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