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SECRETARiA DE ESTADO

MINISTERIO DE DEFENSA

" DIRECCIÓN GENERAL DE ARMA,MENTO y MATERIAL INSTITUTO TECNOLOGICO LA MARAÑOSA

CENTRO DE ENSAYOS TORREGORDA

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

EXPEDIENTE: SERVICIO DE VIGILANCIA JURADA EN EL CENTRO DE ENSAYOS "TORREGORDA"

Núm. de Documento: PPT-373/13

1.

OBJETO

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT) tiene por objeto definir las condiciones técnicas que deberán llevarse a cabo en la contratación y prestación de los servicios de seguridad, por parte de UN SERVICIO DE VIGILANCIA JURADA durante los plazos que a continuación se indican, y con la finalidad de incrementar, en el sentido expresado en el punto 2 de este PPT, la seguridad y la identidad de las personas, instalaciones y dependencias ubicadas en el Centro que a continuación se relaciona:

CENTRO DE ENSAYOS "TORREGORDA" Vía Augusta Julia s/n

11071 - Torregorda (CADIZ)

PLAZO: DEL 01 DE OCTUBRE DE 2013 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2013

2.

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO

2.1

Legislación aplicable

Los servicios a contratar se llevarán a cabo por el adjudicatario con arreglo a lo previsto en el presente PPT y a lo dispuesto en la legislación en vigor que regula esta materia, y en particular por:

Ley de Seguridad privada 23/1992, de 30 de julio, y sus normas de desarrollo y afectación. Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada y sus normas de desarrollo y afectación.

¡CORREO ELECTRONlCOI

[email protected]

Vía Augusta Julia sin 11071 Torregorda (Cádiz) Tfno: 956209800

Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Todas aquellas disposiciones que regulan la actividad de seguridad privada, no derogadas expresamente por la Ley 23/1992 y Reglamento de 9 de diciembre de 1994, así como aquellas otras que fuesen publicadas durante el periodo de vigencia del presente contrato con relación a la actividad de seguridad privada.

2.2

Prestación del Servicio 2.2.1 La acción protectora, que tendrá un carácter eminentemente preventivo se ejercerá mediante:

La vigilancia de carácter general sobre los locales y bienes. Control de acceso a los recintos, instalaciones y dependencias. Inspección periódica de instalaciones y dependencias. Protección de las personas y propiedades. Evitar la comisión de hechos delictivos o infracciones. Manipular los medios de seguridad de que disponga el Centro.

2.2.2 El ámbito de actuación de los servIcIos de vigilancia, será el comprendido dentro del dominio del Centro de Ensayos Torregorda, entre las que se cuentan: las edificaciones, el interior de ellas, las partes exteriores, viales, campo de tiro y sus instalaciones (búnker, polvorines, casetas de vigilancia, etc.). Se realizará durante 24 horas diarias, todos los días de la semana sean festivos o laborables, todos los días del año, según las prestaciones solicitadas. 2.2.3 El servicio a prestar comprenderá: a. Control de los accesos a los recintos, tanto de las personas como de vehículos. Esto incluye revisión de bultos, paquetes, maletas etc., personal visitante y, cuando así se solicite, del personal que presta servicios en los locales y dependencias interiores a los recintos, con medios manuales o técnicos que se determinen.

los del sus los

b. Control del campo de tiro y del área de influencia del Centro, evitando el intrusismo. Vigilancia e inspección de instalaciones y maquinarias del citado campo evitando sabotajes y vandalismo.

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c. Colaboración con el mando de la línea de tiro personas y bienes durante las experiencias.

para la seguridad de

d. Prestación del servicio administrativo, de control de identidad de los visitantes, entrega a éstos del distintivo de identificación, su recogida, etc., conforme a las instrucciones que se impartan por el Jefe de Seguridad del Centro. e. Custodia y entrega determinen. f.

de

llaves

a

las

personas

autorizadas

que

se

Responder con la acción adecuada ante toda alarma que se produzca, avisando a las Fuerzas o Cuerpos de Seguridad del Estado si a éstas les correspondiese la ejecución de alguna acción en concreto, prestándoles la colaboración que fuese necesaria, de acuerdo con lo establecido en la Legislación vigente.

g. Evitar la acción de actos delictivos en el interior del recinto. h. En general, en caso de emergencia o previa petición, prestar la ayuda y colaboración que sea precisa. i.

El Director del Centro y/o el Jefe de Seguridad del mismo, o personas en quienes deleguen, podrán efectuar las variaciones que estimen convenientes en la vigilancia de los respectivos inmuebles en los términos del contrato y en función de los riesgos ó amenazas que se presenten.

j. Control para el perfecto funcionamiento del plan de circulación del Centro, vigilancia interior de los aparcamientos de vehículos y ordenación, cuando resulte preciso, del tráfiCO interior. k. Participará en la parte que le corresponda en el Plan de emergencias y evacuación del Centro.

1.

Inspección de todos los compartimentos de los edificios principales, (despachos, oficinas y talleres), con la verificación de su estado, puertas y ventanas cerradas, luces apagadas, llaves en su sitio, etc., y dando la novedad al control de vigilante de puerta.

m. Operar y controlar los medios de seguridad ubicados en el Centro de Control de Cámaras.

2.3 Material y Servicio de Apoyo

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La empresa adjudicataria proporcionará el siguiente material:



Espejos para el control de los bajos de los vehículos.



Material necesario para picadas de las rondas.



Medios de comunicación.

El Centro proporcionará el material necesario para desarrollar la misión de vigilancia siguiente:

3.



Cámaras y sensores para la seguridad perimetral.



Detector de metales para correspondencia.



Cualquier otro, relacionado con las medidas de seguridad o control que el Centro pueda adquirir durante la vigencia del contrato.

NORMAS PARA EL PERSONAL QUE PRESTE EL SERVICIO a)

Todo el personal contratado para la prestación del servicio, durante el desarrollo del mismo, deberá ir uniformado correctamente, con los atributos y medios que la legislación vigente en esta materia tipifica. (Incluida prenda de cabeza).

b)

Se exigirá que todo el personal que preste servicios tenga conocimientos y cursos acreditados (se exponen más adelante).

c)

El personal que vaya a prestar sus servicios deberá haber recibido la instrucción adecuada para la identificación de correo sospechoso, así como, su manipulación.

d)

Los servicios se prestarán bajo las instrucciones, indicaciones y órdenes que emita el Director del Centro y/o el Jefe de Seguridad, bien personalmente o a través de la Oficina de Seguridad del Centro.

e)

La empresa de seguridad adjudicataria (con el visto bueno del Jefe de Seguridad del Centro) designará una persona, con categoría laboral superior a la del personal operativo, con poderes suficientes para recibir del Jefe de Seguridad del Centro o de la persona por él designada, cualquier instrucción relacionada con el personal o la prestación del Servicio.

f)

Los servicios serán inspeccionados por parte de la Empresa, con una periodicidad mínima de tres veces por semana (siendo como mínimo una en horas nocturnas­ madrugada), dejando constancia en el Libro de Inspecciones de Seguridad. El

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servicio de inspección será realizado siempre por el mismo inspector, notificando a la Dirección del Centro cualquier variación que pudiera producirse de dicha persona.

4.

g)

Se exigirá al personal una explotación óptima de los equipos y medios de dotación en cada puesto.

h)

Las características particulares de cada puesto de vigilancia determinará, por la Jefatura de Seguridad del Centro, la asignación del mismo al vigilante que presente el perfil más adecuado.

PERSONAL A CONTRATAR

4.1.

TIPO DE VIGILANTE Vigilante Jurado CON ARMAS.

4.2.

NUMERO NECESARIO Se ajustará por la empresa adjudicataria para que el Centro disponga de UN SERVICIO DE VIGILANCIA JURADA LAS 24 HORAS DEL DIA DURANTE TODOS LOS DIAS DEL AÑO (laborables y festivos), en cada uno de los puestos que se indican: - 3 vigilantes 24 horas diarias (uno de ellos en vehículo). - 1 vigilante en el campo de tiro, 11 horas días laborables y 24 horas sábados y días festivos. De acuerdo al siguiente detalle: - Un vigilante armado durante 12 horas diarias (diurnas) todos los días del año, para el servicio de control de accesos en la puerta principal del Centro. - Un vigilante armado, con moto, durante 24 horas diarias todos los días del año, para la vigilancia del campo de tiro. - Un vigilante armado, durante 12 horas diarias (8 de ellas nocturnas) todos los días del año, para el servicio de vigilancia de interior y refuerzo. - Un vigilante armado, durante 24 horas todos los días del año, para el

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servicio de control de cámaras y servicio de control y vigilancia. - Un vigilante armado, durante 11 horas diarias días laborables (8 de ellas nocturnas) y 24 horas días sábados y festivos (se consideran igualmente festivos, además de los considerados a nivel nacional y autonómico, los que se declaren como tales en la ciudad de Cádiz) todos los días del año, para la vigilancia del campo de tiro del CET.

En cada uno de los turnos, uno de los vigilantes actuará como Jefe de Equipo. Para el desarrollo del servicio se requerirá al menos los siguientes medios: a) Durante el desarrollo del Servicio, el personal que lo presta, deberá ir correctamente uniformado, con los medios que se enumeran y que serán por cuenta de la empresa adjudicataria:

Arma reglamentaria. Defensa personal (porra). Grilletes. Radios con alcance mínimo de 5 kilómetros. Ropa de agua. Aquellos que considere conveniente la empresa adjudicataria.

b) Para el Vigilante armado de vigilancia en el Campo de Tiro se requerirá un vehículo tipo todoterreno, con suficiente potencia y capacidad de maniobra para ir por terreno fango-arenoso, así como, el equipo necesario para su pilotaje (casco, guantes, etc.). El vigilante que preste este servicio deberá poseer el correspondiente permiso de conducción. En el caso de avería del vehículo deberá sustituido de forma inmediata por otro de iguales características que permita la prestación del servicio.

S.

REQUERIMIENTOS A LA EMPRESA ADJUDICATARIA a.

Dada la necesidad de que el personal de vigilancia conozca las instalaciones y al personal del Centro para cumplir su cometido, la empresa adjudicataria no podrá sustituir dicho personal, salvo causa justificada, y siempre con la autorización previa del departamento de seguridad del Centro. El órgano de contratación a través de la Jefatura de Seguridad del CET se reserva el derecho a exigir la sustitución del

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personal que presta el serVICIO, por mal comportamiento, incapacidad, falta de idoneidad u otras causas que serán justificables. b.

La empresa adjudicataria, no podrá recibir ningún tipo de parte de incidencias de los vigilantes que presten sus servicios sin el preceptivo visto bueno de la Jefatura de Seguridad del Centro.

c.

El Jefe de equipo, de cada uno de los turnos, será designado entre los vigilantes que formen el servicio, con el VO So del Jefe de Seguridad del Centro, o de la persona que éste designe.

d.

La empresa adjudicataria deberá proponer, mensualmente al Centro, un cuadrante de servicios que recoja las instrucciones relacionadas con el perfil para cada servicio dada por la Jefatura de Seguridad. Cualquier modificación del cuadrante será puntualmente comunicada con antelación suficiente.

e.

Cuando se produzcan incorporaciones de nuevo personal, la empresa adjudicataria deberá proponer, al menos, tres candidatos con la documentación necesaria para ello. El Jefe de Seguridad realizará la selección.

f.

La empresa adjudicataria dispondrá de personal suficiente para cubrir posibles eventualidades o bajas de personal.

g.

La empresa adjudicataria queda obligada, para la eficaz prestación del servicio, al cumplimiento de todas las cláusulas y puntos de este PPT.

5.1

Documentación de control y seguimiento La empresa adjudicataria asumirá y realizará todo el trabajo necesario para la ejecución administrativa necesaria (partes, cuadrantes, etc.) que el presente pliego demande y la eficaz prestación del servicio que se solicite.

5.2

Otra documentación La empresa adjudicataria aportará en la licitación, en relación a los trabajadores que propondrá asignar a la ejecución del contrato, los siguientes datos y documentos:

Fotocopia del DNI (anverso y reverso). Fecha de alta en la empresa. Fotografía tamaño carné.

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Fotocopia Titulo de Vigilante de Seguridad. Centros en los que ha prestado sus servicios, indicando periodo de prestación del mismo. Cursos de formación realizados durante los dos últimos años indicando contenido de los mismos y Centro donde han sido impartidos. Titulaciones o estudios académicos que posee. Certificación nominal de haber realizado el curso de formación inicial de su empresa expedido por INEM, FORCEM, Comunidad Autónoma correspondiente u otros Centros Oficiales debidamente autorizados. Declaraciones de la empresa o certificación procedente de experiencia probada en el manejo de equipos de inspección de personas, vehículos y objetos, así como haber recibido la instrucción adecuada (cursos de explosivos, de identificación de correo sospechoso, procedimientos y equipos), con una antigüedad máxima de dos años en su realización o reciclaje.

La empresa adjudicataria aportará en la licitación, igualmente, los siguientes datos y/o documentación datos y documentos:

Medios personales y técnicos de apoyo de los que dispone la Empresa para llevar a cabo el objeto del contrato (sede social, delegaciones en la provincia de Cádiz, personal auxiliar, centros de alarmas, centros de control, centros de formación, etc.) así como la ubicación de las distintas instalaciones. Fotos y especificaciones del material reglamentario que constituya la uniformidad completa de los vigilantes Fotos y características técnicas del vehículo que se exige en este Pliego.

6.

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD Se considera que en este contrato no es de aplicación la exigencia de la normativa de calidad, tal y como se establece en el Pliego de Cláusulas Administrativas (PCAD) que rige el contrato.

7.

PRÓRROGA La duración de este contrato será de TRES meses. Para las posibles prórrogas se estará a lo dispuesto en el PCAD.

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8.

CONTENIDO DE ESTE PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS Este Pliego de Prescripciones Técnicas, se ajusta a la instrucción aprobada por el Director General de Armamento y Material de fecha 04-04-97, relativa a las cláusulas a incluir en los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Requisitos Operativos.

9.

CLAUSULAS ADICIONALES La empresa adjudicataria se compromete a cumplir la normativa medio ambiental establecida en la Norma ISO 14001, exigida por el Sistema de Gestión Ambiental implantado en el Centro. La empresa adjudicataria se compromete a cumplir todas las normas, indicaciones e instrucciones que en materia de seguridad y salud laboral dimanen de la Oficina de Seguridad y Salud del Centro. Para el correcto desarrollo del servicio se considera imprescindible que el personal deba acreditar los cursos y conocimientos siguientes:

a. Curso de actualización (obligatorio de acuerdo a la legislación vigente) b. Curso práctico de extinción de incendios

c. Curso de primeros auxilios d. Curso de atención al público e. Curso de identificación manipulación f.

de

correo

y

material

sospechoso

y su

correcta

Curso de manejo de elementos de seguridad como arcos detectores, escáneres, etc.

g. Curso de control de accesos h. Curso de vigilancia de explosivos

Estos cursos serán exigibles de manera inmediata al personal de nueva incorporación. Para el caso del personal subrogado, la Empresa dispondrá de 3 meses para acreditar la realización de los referidos cursos.

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10. PLAZO DE EJECUCION El presente contrato se iniciará a las 00:00 horas del día 1 de octubre de 2013 y finalizará a las 24:00 horas del día 31 de diciembre de 2013. Caso de que la fecha de inicio del servicio no coincidiera con el inicio especificado en este pliego, por retraso en la formalización del contrato o por cualquier otra eventualidad sobrevenida, se determinará el precio de adjudicación deduciéndose de forma proporcional el importe de los días no computados.

Cádiz a 1 de abril de 2013 El Comandante Jefe de Seguridad

Muñoz Barbado

VO

BO

El Capitán de Navío Ingeniero Director del CET

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