MIERCOLES 24 DE AGOSTO DEL

AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en auto dictado con fecha 17 de Junio del 2.016, las 10h24, por el señor Juez Delegado de Coact...
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AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en auto dictado con fecha 17 de Junio del 2.016, las 10h24, por el señor Juez Delegado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 060/2.015 se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día MIERCOLES 24 DE AGOSTO DEL 2.016, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, de esta ciudad de Quito. CARACTERÍSTICAS DEL BIEN INMUEBLE A REMATARSE: BIEN INMUEBLE: Consistente en: Lote de terreno rural, construcciones, equipos, menaje, electrodomésticos y todos los demás bienes muebles o activos que forman parte de una hostal hostería, ubicada en el sector Chorreras, de la parroquia Veracruz, cantón y Provincia de Pastaza, lote de terreno cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: NORTE: En ochocientos veinte metros, con lote de terreno del señor Alejandro Conde; SUR: En mil treinta y ocho metros, con lote B; ESTE: En setecientos ochenta y cuatro metros, con la Colonia Siguin, en cuatrocientos metros con el lote de terreno del señor Edmundo Espinel; y, OESTE: En doscientos cincuenta y tres metros , y en cuatrocientos noventa y siete metros, con el Río Puyo, y área de protección, en quinientos veinte metros, en ciento veinte y nueve metros y en ciento cuarenta y ocho metros con el Río Chorreras y área de protección, y en ochocientos treinta y ocho metros con el señor José Freire, según consta del levantamiento planimétrico, en donde consta el ingreso por el Rio Chorrera, en el kilómetro doce, debidamente aprobado por el Departamento de Planificación del Gobierno Municipal de Pastaza.- La superficie total del terreno es de CIENTO SESENTA Y SIETE HECTÁREAS. El Valor Total del avalúo del bien inmueble con todos las construcciones equipos, menaje, electrodomésticos y todos los demás bienes muebles y activos que forman parte de la hostal hostería asciende a UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON 97/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD.$ 1´144.421,97).- Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.- Al amparo de lo dispuesto en el artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el Secretario Abogado designado dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, de esta ciudad de Quito, ubicada en el piso ocho del edificio ubicado en la calle Iñaquito número 36 A entre Naciones Unidas y Corea.- Las posturas se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión.- Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda

la información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el efecto, el Secretario de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en www.cfn.fin.ec.- En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos habilitantes hasta el día Martes 26 de Julio del 2.016, a la Subgerencia Regional de Crédito.- No se aceptarán ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución, salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán acompañar además de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5) Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate.- Por tratarse de SEGUNDO SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de la mitad (50%) del valor del avalúo de los bienes que se van a rematar.-Según el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años para los bienes inmuebles siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil; el bien inmueble se entregará en el estado en que se encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y gastos que demande las transferencia de la propiedad objeto del remate, será de responsabilidad del postor/adjudicatario.- Las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario.- De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y todos los demás que por la naturaleza del funcionamiento de la Hostal Orkídea Lodge tenga, serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria del bien a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen,

siempre y cuando se rematare el bien a plazos.. Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Quito, al teléfono 3935-700 ext.2290, Departamento de Coactiva o en la página web institucional en www.cfn.fin.ec . www.remates.cfn.fin.ec.Quito D.M. a 29 de Junio del 2.016 Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

Dr. Jaime Ganán Ojeda SECRETARIO-ABOGADO

FECHAS DE PUBLICACION: PRIMERA: MIERCOLES 29 DE JUNIO del 2016 SEGUNDA: MARTES 12 DE JULIO DEL 2.016; y, TERCERA: LUNES 25 DE JULIO DEL 2.016