MAT.: Ratifica contrato de arrendamiento que indica

MAT.: Ratifica contrato de arrendamiento que indica. CONCEPCIÓN, 20 de febrero de 2013. RESOLUCIÓN EXENTA N° 464 / CONSIDERANDO: Resolución Exenta...
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MAT.: Ratifica contrato de arrendamiento que indica.

CONCEPCIÓN, 20 de febrero de 2013. RESOLUCIÓN EXENTA N°

464

/ CONSIDERANDO:

Resolución Exenta N° 367 de fecha 14 de febrero de 2013 que aprueba fondos de para el financlamiento del "Programa de Prevención de Violencia Intrafamiliar Centros de la Mujer" Concepción AÑO 2013. . Que con fecha 17 de abril de 2012, se celebró contrato de arrendamiento entre María Teresa Vaccarezza Podestá y Juan Manuel Vaccarezza Podestá y la Gobernación Provincial de Concepción cuyas cláusulas más relevantes establecen que María Teresa Vaccarezza Podestá y Juan Manuel Vaccarezza Podestá le da en arrendamiento a la Gobernación Provincial de Concepción un inmueble ubicado en calle O" Higgins N° 1263-B , en la comuna de Concepción, con el objeto de que dicho inmueble sea destinado a la instalación del Centro de la Mujer, Concepción, cuya renta será de $558.800 mensuales, esta renta se reajustara cada tres meses de acuerdo a la variación que experimente el IPC. Que el mismo contrato en su clausula quinta establece que será prorrogado en forma automática, esto sin que las partes deban firmar un nuevo contrato o prorroga a este respecto. VISTO:

La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno Interior y Administración Regional, Resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República de la Contraloría General de la República, Resolución Exenta N° 125 del 13 de febrero del 2009 de Intendencia Regional y Resolución Exenta N° 37-VIII del 09 de enero de 2013 de SERNAM Región del Bio Bio, en el cual aprueba Convenio Servicio Nacional de la Mujer, Región del Bio Bio y la Gobernación Provincial de Concepción Programa de Prevención del violencia Intrafamiliar, Centro de la Mujer de Concepción, Resolución Exenta N° 179 del 29 de enero del 2013 de la Gobernación Provincial de Concepción, que aprueba Convenio y Resolución Exenta N° 367 del 14 de febrero de 2013, que aprueba transferencia de fondos. RESUELVO:

1. - RATIFICA el contrato de arrendamiento de fecha 17 de abril de 2012 celebrado entre Maria Teresa Vaccarezza Podestá y Juan Manuel Vaccarezza Podestá con la Gobernación Provincial de Concepción para la instalación del Centro de la Mujer, Concepción 2. IMPUTENSE Y PAGESE el gasto correspondiente a la administración de estos fondos a los recursos del programa de SERNAM "Programa de Prevención de Violencia Intrafamiliar Centros de la Mujer", Concepción año 2013. ANÓTESE Y COMUNIQUESE.- "POR ORDEN DEL SR INTENDENTE REGIÓN DEL BIO-BIO" (FDO) LUIS SANTIBAÑEZ BASTIDAS - GOBERNADOR PROVINCIAL DE CONCEPCIÓN - PAMELA OLIVEROS SALVO- ASESORA JURIDICA, PROFESIONAL GRADO 7° E.U.R.

3.- Archivo.

Gobierno ríe Chile

MAT.: Ratifica Contrato de arrendamiento que indica. CONCEPCIÓN, 24 de abril del 2012. RESOLUCIÓN EXENTA N°

447_ /

CONSIDERANDO:

1. - Que el SERNAM y la Gobernación Provincial de Concepción han suscrito un convenio para la administración e implementación del Centro de la Mujer Concepción 2. - Que mediante Resolución Exenta N° 106 de 08 de Febrero del presente año se aprueban tos fondos para el flnanciamiento del Programa de Prevención de Violencia Intrafamiliar Centro de la Mujer año 2012. 3. - Que con fecha 17 de Abril del presente año se suscribió Contrato de Arrendamiento entre doña María Vaccarezza Podestá, y don Juan Vacarezza Podestá; y la Gobernación Provincial de Concepción la cual entre sus principales Clausulas dispone la entrega en arriendo de una propiedad ubicada en calle O 'Higgins N° 1263-B, Comuna de Concepción para el funcionamiento del Centro VIF Concepción. VISTOS:

La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno Interior y Administración Regional, Resolución N° 1600 de 2008, de la Contraloría General de la República de la Contraloría General de la República, Resolución Exenta N° 125 del 13 de febrero del 2009 de Intendenda Regional y Resolución Exenta N° 22 del 24 de enero de 2011 de SERNAM Región del Bio Bio, en el cual aprueba Convenio Servido Nadonal de la Mujer, Región del Bio Bio y la Gobernación Provindal de Concepción Programa de Prevendón del violencia Intrafamiliar, Centro de la Mujer de Concepdón, Resolución Exenta N° 99 del 25 de julio del 2011 de la Gobernación Provincial de Concepción, que aprueba Convenio y Resolución Exenta N° 64 del 01 de marzo de 2011 de SERNAM Región del Bio Bio que modifica Convenio. RESUELVO: 1. RATIFICASE el Contrato de Arrendamiento de fecha 17 DE Abril del presente año suscrito entre doña María Vaccarezza Podestá/ Juan Vaccarezza Podestá y la Gobernación Provindal de Concepción, para la instalación del Centro de la Mujer Concepción. 2. IMPUTASE Y PAGUESE el gasto correspondiente a la administración de estos fondos a los recursos del Programa SERNAM de Prevención de la Violenda Intrafamiliar de la Mujer". POR ORDEN DEL SR. INTENDENTE REGIONAL. ANOTESE Y COMUNIQUESE. (FDO) ALEJANDRO REYES SCHWARTZ- GOBERNADOR PROVINCIAL CONCEPCIÓN - PAMELA OLIVEROS SALVO -

y 2. 3. 4. 5.

Encargado de Finanzas. Depto. Adm. y Finanzas. Encargado Proyecto. Correlativo. Archivo.

CONTRATO



ARRIENDO

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En Concepción, o / 7 de A M de/ 20/2. en este acto comparecen la Sra, Moría Tomo Vaccarezza Podestá, ••lAewMidOltew, diwixfrde, cédete nacteno/ deteertwedjf 4.723-55Puerta de Cesa, Ocmidtasq en cafe Orampefe n" 29 Opte 802, Concepoón, y Don Juan Manuel Vaccarezza Pódente, naoonaUaó Chítete, satero, mamé de identidad N° 4.VH.41&5, jubilado, Domdodde en caVe 0%ggms n' II77i, Cortoebáón en adátente "k> parte arrendadora": y el Sr. Alejandro Reyes Software de namnakha chttem, estado cwi/ casado, de profesión Abofwto, cédate naden*/ de identidad N°IU44.786-k, dormcSado en cafe i de lo comuna de Concepción, en representación, según se ocredHaró, de lo Gobernación w en «datara* "ta porte ofro»dat»ric'*, ios comparecientes mayores de edoc¡, quienes ' i-mjm&m Mtor****" cammbki en celebrar e¡ presente contra» 1 «Be se repró ii^frpjiieiiN por ¡as doosutas que o continuación se «dkw> y portesepe días /o ¿ wriawttiy sus madKcnacv?es Poswiore*,Por e/ presente acto la Sro. Atono Teresa Vaccarezza Podestá y Don Juan Ata?«ei ttrtBrtsqrr Podes», entregan en arriende el inmueble de su praptedod, ateoda es colé Crfe^ms / 243-8 comuna de Concepción, o "lo porte «wrendoeirter", propiedad que se encuerna en km estado de «se» y Como consto en inven tono adjunto que firmado par las portes forma porte ntajtonte del proseóte tos efectos legoies.- io pone arrewooiona oesonaFo e> mmueae poro et ooie» jaiiiau ee su , esto es uso de erfíárws poro ef fufrao/wrrsentñ de/ Centro Wf Concepden, dependiente dé SERNAM y 'teGafcemoeten rVonrioof de Concepaón.• io rento de onwdomiento será (o sumo de J55aOO) (QuMtetos anatema me) pesos fcpwli^Ejr» « r a n d a » » » efeaga a pagar en forma oosicteaag, diairo de (as primeros aneo (5) dkts. de oda mes. tíi le o/feteo de Propiedades Apablaza L Ptectnao, ubicada en cañe o?higpns 6S0 Of. SOI, Concefdón Coa é objete dt facultar «I pago deterento o /o porte mrendotww, esto podrá depositar el monto de la renta en te cuente comente N* Ó234083S dé Banco Santander o nombre de Karmc Ptacenaa Muñoz Esta renta se reajustoró. i lo vaztaáón que experimente e¡ Indice de Precios ai Consumidor (I. P. Q durante todo - y sus respectivos prórrogas, hasta lo restitución material del Pon uneojaje, en efectos de calcular el porcentaje de este reajuste, se tornero ot sonaste je debo ¿asustarse larautade orrendo/nwita- S düronlr aotm tufado i W catan de arne»do oae es»rie/endoen ese momento hastatíOnijomo

TFftCHtfV OTROS PAGOS Lo parte arrendataria se ooígo mediante el presente instrumento, a paga o quien «jjWfWifatesservidos de oguo, gas, e/eetnddod, extracción de besuros, gestos camuñas, saywetes espeootes y otras inherentes oi inmueble objeto de este controto y fue no ouedon coniprencMas en lo rentó o en ios gastos cotnoms » S A M Ó O S «•pofj». «j Josfechasde su respectivo venamema Quedo proba*»teparte on^tetono efectuar comentes de Poso con cuateucro detescomponeos surrmszroaoras de sanraps. sót lo pratee aaonzoaan pyoiala»«ote^^-i^ AftjwwiH» da>ctmtrotQ, ^utjwdatot» nMiati ú W t f af atfflwil>a^fo»apw Ci/aftTO> MU.TA E N C A S O D£ M O R A - Convienen, /o porte cRrefíóatcrna, y la parte arrendadora, quetíno pojo oportuna de te reo» de orron domiento dentro de/ ptezo oue señóte te dóusuh segunda de este iw«R«MWto, dará derecho ateparte arrendadora para cobrar a stoío de multa el 5 % de la renta mensual í.flUKSSr £/ presente contrato de arrendoroento comenzoró o regir el 0/ de Moyo de/ año 20/2 y año Obbgatonc.- Sm embargo, «i nmguna dttespartes rnarHfestere sutetanrifade " i n«onoí o RiOKtat, dirimió al damkiüo oue fisura entíPresente contrato .'B»i»P',PI"|IBBlP • rtopoono retujH nenio, este pjazo te entenoera prarrogoao, en ¡arma ' tpor un nueva perfodo de un oño, y 'dé apocar esta garantk é pago de (a renta del útómo mes de mandan 44: Además ta Rene Aweriéatorto se eoimo en este acto o cancelar a la oficina de propiedades Ababksza & Ptermóa una camisón del 50% óé primer mes de arriendo que equivale o lo sumo de $275,000 táosoeríos setento y dnco m i pesos) monto oue seré aineetodo conjuntamente can el primer mes de arriendo y garantía : RESTITUCIÓN DEL tNMUE&LL La propiedad objeto de este cariMb se entrege en ||B|» aalede de eoflsarvoddfl y mi^aiwRíer^ y eí orrendotor» se obliga a instituirla irmeéatamertte que «entine este corttroto es « m a m o estado, tomcwaose en consideración et nesgaste natura] por et tiempo y et ' Mp^lj^ fe desocupación total de lo propiedad, ponjéridcib o lil$0¡ÉpnM#*tiridaddr y epttaganéulefaslaves jarte canfesredóos dé pega defesoyewitts sornirastres páb&cos del BKTtueble pajados otofecho dé eatrege.-

fflKfrf^ « J O K ^ f Q : INVENTARIO- Los portes comparecientes susaiPiran un inventario dé inmueble, que foro ttxte te efectos legalesfespartes constituyentemwfioan lo audad de i til iiri Tifliiiiiiiwjn ife Jinfs iii

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