MANUAL DE USUARIO. Seguro Colectivo de Salud

MANUAL DE USUARIO. Seguro Colectivo de Salud. www.oficinavirtualsura.cl MANUAL DE USUARIO Seguro Colectivo de Salud. BIENVENIDA Seguros de Vida SU...
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MANUAL DE USUARIO. Seguro Colectivo de Salud.

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MANUAL DE USUARIO Seguro Colectivo de Salud.

BIENVENIDA Seguros de Vida SURA S.A. le da la más cordial bienvenida a usted y a su grupo familiar, y tiene el agrado de entregarle este Manual con las principales características, beneficios y procedimientos para el correcto uso del Seguro Colectivo de Salud que su empresa ha contratado para usted. Si desea mayor información sobre el Seguro, usted puede comunicarse con el Área de Recursos Humanos de su empresa.

ASEGURADOS Pueden ingresar a este seguro los trabajadores activos que mantienen vínculo contractual indefinido con el contratante, pudiendo incorporar además a su cónyuge e hijos, los cuales deben ser identificados en la Solicitud de Incorporación. Las edades de ingreso y permanencia son las siguientes:

Edad Límite de Ingreso (Hasta) Titular 65

Cónyuge 65

Hijos 23

Edad Límite de Cobertura (Cumpliendo) Titular 66

Cónyuge 66

Hijos (*) 24

(*) Si es estudiante soltero y dependiente económicamente del titular, de lo contrario hasta los 18 años.

CONCEPTOS BÁSICOS ¿Qué es el Seguro Colectivo de Salud? Es un seguro que reembolsa un % del monto no bonificado por su Institución de Salud (Isapre/Fonasa). ¿Qué es el Deducible? Es el monto expresado en UF de cargo del asegurado que será descontado de los primeros reembolsos solicitados. Una vez consumido el deducible anual, SURA reembolsará los gastos médicos de acuerdo al plan contratado. Este deducible es aplicable sólo una vez al año. ¿Existe Cobertura fuera del país? SURA reembolsará prestaciones efectuadas en el extranjero sólo si son atenciones de urgencia o si no existe el tratamiento en el país (previa autorización de SURA).

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¿CÓMO SOLICITAR SU REEMBOLSO? El formulario Solicitud de Reembolso SURA puede obtenerlo en Recursos Humanos de su empresa. Luego de reembolsar sus gastos médicos en su Isapre o en Fonasa, debe presentarlos junto a la Solicitud de Reembolso debidamente llenada y firmada por el médico tratante y el asegurado, dentro de un plazo de 60 días desde la fecha de prestación, a RRHH de su empresa. Si usted desea que le depositen el reembolso del Seguro de Salud en su Cuenta Corriente o Cuenta Vista, y desea recibir su liquidación por e-mail, por favor contactarse con Recursos Humanos de su empresa. SURA liquidará sus gastos médicos en 5 días hábiles desde la recepción de éstos en las oficinas de Santiago. El mismo plazo rige para informar si sus gastos se encuentran pendientes a la espera de antecedentes adicionales o han sido rechazados.

Con I-MED, en forma inmediata, rápida y segura reciba su reembolso del Seguro Complementario de Salud. Gracias al nuevo servicio ofrecido por Seguros de Vida SURA S.A., al comprar a través de I-MED su bono electrónico para consultas médicas y exámenes de laboratorio en prestadores habilitados, usted podrá obtener en forma inmediata el reembolso de su Seguro Complementario de Salud. Sin la necesidad de llenar formularios y presentar los gastos a la Compañía, compre su bono de atención con I-MED y disfrute de un sistema:

RÁPIDO

SEGURO

CÓMODO

FÁCIL DE USAR

Estamos confiados en que este nuevo servicio será de su agrado y utilidad. * Para un correcto funcionamiento I-MED, debe informar el RUT de sus cargas.

Servicios adicionales de su Seguro Colectivo: • Oficina Virtual: toda la información de solicitudes de reembolsos y descarga de formularios de su Seguro Complementario de Salud a un solo click en www.oficinavirtualsura.cl • Liquidaciones por e-mail: detalle de liquidaciones y toda la información de reembolsos directamente en las cuenta de e-mail de los asegurados. • Depósito de Reembolsos en Cuenta Corriente o Cuenta vista.

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PROCEDIMIENTO DE REEMBOLSO Para la correcta presentación de reembolsos de gastos médicos, usted deberá: • Concurrir al médico con la Solicitud de Reembolso en Original, por cada beneficiario que solicite reembolso. • Este formulario debe venir con la “Sección Declaración Médica” llenada de puño y letra por el médico tratante. • Adjuntar documentos originales extendidos a nombre del paciente, como facturas, copia afiliado de bonos o reembolsos, órdenes de atención, programa médico y el detalle de prestaciones (prefactura o copia de factura) que indique el detalle de medicamentos, días de hospitalización y pabellón, en caso de hospitalizaciones o cirugías. • En caso que la Isapre o Fonasa no bonifique alguna atención, dicha institución deberá timbrar el documento como “No Bonificable”, y el seguro pagará el 50% del valor informado en el plan. • En caso de que la consulta sea a consecuencia de una continuación de tratamiento, sólo se debe marcar en la Solicitud de Reembolso que es a continuación de tratamiento e indicar el diagnóstico. • Si es una atención de urgencia, no es necesario que el médico llene la Solicitud de Reembolso, basta presentar a SURA el comprobante de atención de urgencia emitida por el establecimiento. • Las prestaciones de Psicología, Kinesiología, Fonoaudiología y Psicopedagogía deben ser derivadas por un profesional médico, el cual deberá extender una orden médica donde señale el tipo de tratamiento y el número de sesiones. • Para Medicamentos Ambulatorios, además adjuntar receta original junto a boleta de farmacia timbrada. Para recetas retenidas, deberá enviar fotocopia de receta original con timbre de la farmacia indicando Receta Retenida. • Para Recetas a permanencia, en la primera solicitud de reembolso deberá adjuntar fotocopia de la receta original con la boleta. Para solicitudes posteriores, adjuntar nueva fotocopia de la receta original y junto a ella la boleta de la nueva compra. • Las recetas deberán ser renovadas cada 6 meses. • Para Reembolsos por Hospitalizaciones, presentar Programa Médico timbrado por la Isapre o Fonasa, con copias originales de bonos y otros comprobantes de gastos. (Para mayor información, ver instrucciones de llenado en el reverso de la Solicitud de Reembolso). www.oficinavirtualsura.cl

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PRINCIPALES EXCLUSIONES El Seguro de Salud no reembolsa ningún gasto que sea consecuencia o que provenga de: • Tratamientos estéticos plásticos, dentales, ortopédicos y otros tratamientos con fines de embellecimiento. • Tratamientos por adicción a drogas o alcoholismo, Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) o por lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares. • Tratamientos, visitas médicas, exámenes, medicamentos, remedios o vacunas para el solo efecto preventivo. (Vitaminas). • Pre-existencias médicas: enfermedades, lesiones, afecciones, o dolencias conocidas o diagnosticadas con anterioridad a la vigencia inicial del asegurado en la póliza. • Tratamientos y procedimientos que tengan relación con problemas de esterilidad o fertilidad. Cualquier método anticonceptivo. • Tratamientos por obesidad no mórbida. • Alimentos, aunque sean con fines terapéuticos. • Consulta o cualquier prestación de medicina no alópata.

Seguros de Vida SURA S.A. cubre los riesgos mencionados de conformidad a las Condiciones Generales POL 320 13 1698. Todas las cuales se encuentran incorporadas en el depósito de Pólizas de la Superintendencia de Valores y Seguros. La información que contiene este documento sólo corresponde a un resumen de las coberturas del seguro. Para más información sobre coberturas, exclusiones y características del seguro, remitirse a las Condiciones Generales de la Póliza, mencionadas con anterioridad.

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