MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL GUIAS FUNCIONALES EN SALUD OCUPACIONAL

PDVSA MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL VOLUMEN I PDVSA N° TITULO GUIAS FUNCIONALES EN SALUD OCUPACIONAL HO–H–01 1 SEP.97 REVISION GENERAL 13 L.T...
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PDVSA MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL VOLUMEN I

PDVSA N°

TITULO

GUIAS FUNCIONALES EN SALUD OCUPACIONAL

HO–H–01

1

SEP.97

REVISION GENERAL

13

L.T.

C.R.

O.A.

0

AGO.96

APROBADO

13

L.T.

E.J.

A.N.

REV.

FECHA

APROB. Carlos Corrie



PDVSA, 1983

DESCRIPCION FECHA SEP.97

PAG. REV. APROB. Edgar Vásquez

APROB. APROB. FECHA SEP.97

ESPECIALISTAS

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1 OBJETO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

2 CAMPO DE APLICACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

3 DOCUMENTOS A CONSULTAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

3.1 3.2

PDVSA – Petróleos de Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Leyes y Decretos Venezolanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2 2

4 DEFINICIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

5 DISPOSICIONES GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

4

6 RESPONSABILIDADES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

5

6.1 6.2 6.3 6.4 6.5 6.6

Gerencias Corporativas de Protección Integral y Funcional de Asuntos Médicos de PDVSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Comité de Salud Ocupacional: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Gerencias de Protección Integral y Médica de las Filiales . . . . . . . . . . . . 5 Gerencias de Línea: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 Contratistas; Empresas Mixtas y Asociaciones Estratégicas . . . . . . . . . . 6 Trabajadores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

7 LINEAMIENTOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

6

8 ATRIBUCIONES DEL HIGIENISTA INDUSTRIAL . . . . . . . . . . . . . . .

8

9 ATRIBUCIONES DEL MEDICO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

9

10 VIGILANCIA MEDICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

9

11 VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN SALUD OCUPACIONAL . . .

10

12 INDICADORES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

10

12.1 Enfermedades Profesionales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.2 Accidentalidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

11 11

13 REGISTROS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

12

13.1 Registro de Medicina Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13.2 Registro de Higiene Industrial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

12 12

14 EVALUACION DE LA GESTION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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OBJETO Establecer lineamientos en salud ocupacional con el fin de adoptar normas, procedimientos y acciones coherentes para prevenir el deterioro de la salud de los trabajadores, en función de los factores de riesgos a los que están expuestos en su ambiente laboral.

2

CAMPO DE APLICACION Estos lineamientos deben ser aplicados en todas las Divisiones, Distritos y Unidades Operacionales de la Industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (IPPCN), empresas contratistas, empresas mixtas y en aquellas asociaciones y convenios donde la IPPCN tenga alguna participación en todo el territorio nacional.

3

DOCUMENTOS A CONSULTAR 3.1

PDVSA – Petróleos de Venezuela HO–H–02 “Guía de Seguridad para Trabajos con Radiaciones Ionizantes”. HO–H–04 “Guía de Seguridad para el Uso y Manejo de Asbestos en la IPPCN”. HO–H–05 “Manejo y Control de Productos Químicos”. HO–H–06 “Guía de Higiene y Seguridad Industrial para Trabajos en Espacios Confinados”. HO–H–07 “Guía de Higiene y Seguridad Industrial para Laboratorios”. “Planes de Salud Ocupacional de las filiales”.

3.2

Leyes y Decretos Venezolanos “Ley orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT). “Ley Orgánica del Trabajo” “Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo”

4

DEFINICIONES Para el propósito de esta Guía a continuación se definen los términos más importantes utilizados en la misma.

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Comité de Salud Ocupacional Equipo de trabajo multidisciplinario permanente, conformado por médicos, ingenieros de higiene industrial y profesionales afines, el cual debe velar por el cumplimiento de los planes y programas de salud ocupacional. Los miembros del Comité de Salud Ocupacional en cada instancia (PDVSA, Filial, División/Distrito) serán designados por las Gerencias de Protección Integral y Médica correspondiente. Exámenes Especiales Son exámenes médicos que se practican a un trabajador según necesidades de la Corporación. Factores de Riesgo Son aquellos agentes del ambiente de trabajo de tipo mecánico, físico, químico, biológico, ergonómico y psicosocial, que puedan ser causa de accidentes, enfermedades o molestias en los trabajadores. Identificación Se entiende por Identificación la obtención de información sobre procesos de operaciones de una planta o instalación, con el objeto de reconocer los factores de riesgos, el personal expuesto y los controles existentes. Desde el punto de vista médico, se basa en el reconocimiento de los efectos a la salud causados por agentes ambientales de cualquier índole, presentes en el medio laboral y su entorno. Evaluación Como evaluación se entiende al proceso mediante el cual se determina el nivel o intensidad de los factores de riesgos, mediante la utilización de procedimientos y equipos de medición específicos y con base a criterios o normas existentes. Desde el punto de vista médico, se apoyará en técnicas médicas de exámenes clínicos, paraclínicos, de bioestadísticas, epidemiológicos y estudios de las condiciones a que está sometido el trabajador en su puesto de trabajo. Control Se denomina control, a los procedimientos de ingeniería, administrativos y de protección personal, que aplicados individualmente o en conjunto, persiguen la eliminación de los factores de riesgo o su reducción hasta niveles considerados como seguros para la salud del trabajador. Desde el punto de vista médico, se basa principalmente en la ejecución de los exámenes preventivos, haciendo cumplir los planes y programas de medicina preventiva.

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Perfil Profesiográfico Herramienta aplicada para seleccionar a los trabajadores de acuerdo al sitio de trabajo y al tipo de actividades que éstos realizarían, con el fin de prevenir accidentes, enfermedades profesionales y obtener una mejor eficiencia en el desempeño de sus funciones. Salud Ocupacional Es una disciplina dirigida a la promoción y mantenimiento del más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas sus ocupaciones; la prevención de cualquier desviación de su estado de salud causada por sus condiciones de trabajo; la protección de los trabajadores contra los riesgos resultantes de factores adversos a la salud; la colocación y mantenimiento del trabajador en su ambiente de trabajo adaptado a sus habilidades fisiológicas y psicológicas y, en resumen, la adaptación del trabajo al hombre y de cada hombre a su trabajo. Referencia: Comité Conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS). Gerencia de Línea Es aquel Gerente que tiene responsabilidades operacionales y de mantenimiento de equipos e instalaciones en la IPPCN.

5

DISPOSICIONES GENERALES En la industria Petrolera, Petroquímica y Carbonífera Nacional (IPPCN), la Salud Ocupacional es responsabilidad de la Gerencia de Línea. Las Gerencias de Asuntos Médicos y Protección Integral le brindarán todo el apoyo, asesoría e información para facilitarle la gestión en esta materia. Protección Integral a través de la función de Higiene Industrial identificará, evaluará y controlará los agentes de riesgos presentes en el medio ambiente de trabajo potencialmente dañinos a la salud y al bienestar del trabajador. Los departamentos Médicos a través de Medicina Ocupacional aplicarán los principios de la medicina preventiva en la identificación, evaluación y control de los efectos de los riesgos sobre la salud del trabajador y las medidas de rehabilitación para la recuperación de los trabajadores que resultaren afectados. Protección Integral a través de la función de Prevención de Accidentes brindará el apoyo y asesoría técnica para que las actividades y operaciones de la IPPCN se realicen extremando las medidas de seguridad y control para preservar la integridad física del hombre evitando la ocurrencia de accidentes e incidentes en su ambiente de trabajo. La Salud Ocupacional es una parte integral de la Política de la Corporación sobre Salud, Seguridad y conservación del Medio Ambiente. Por lo tanto, se dará igual consideración que a otros objetivos del negocio.

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El nivel gerencial de las filiales debe mostrar un sólido y visible compromiso con la Salud Ocupacional y éste deberá proyectarse a través de la línea a todos los niveles de la organización.

6

RESPONSABILIDADES Promover, preservar y restituir la salud de los trabajadores propios y contratados son responsabilidades de la gerencia de línea con el apoyo de los profesionales en salud ocupacional que les asistirán en el desarrollo e implantación de los respectivos programas. En términos generales las responsabilidades a los diferentes niveles pueden ser establecidas como sigue:

6.1

Gerencias Corporativas de Protección Integral y Funcional de Asuntos Médicos de PDVSA

6.1.1

Establecer la política, lineamientos y objetivos de la corporación en Salud Ocupacional; así como medir o evaluar su desarrollo.

6.1.2

Designar un Comité multidisciplinario que funcionará a nivel de la Casa Matriz, a través del cual se aplicarán las políticas y objetivos establecidos por Médico y Protección Integral a nivel corporativo en materia de Salud Ocupacional.

6.2

Comité de Salud Ocupacional

6.2.1

Establecer los lineamientos, normas y guías a ser aplicados por las filiales de PDVSA y sus empresas contratistas en la organización, ejecución y control de los planes y programas de Salud Ocupacional.

6.2.2

Controlar y auditar los programas de salud ocupacional de las filiales.

6.2.3

Los miembros del Comité deben adquirir y mantener la experticia en Salud Ocupacional; asesorar a la gerencia; promover la Salud Ocupacional a través del adiestramiento del personal; inspeccionar los ambientes de trabajo; realizar las Evaluaciones Técnicas Integrales de Salud Ocupacional (ETISO), reportar las situaciones de riesgo detectadas y hacer seguimiento; vigilar las condiciones de salud de los trabajadores; mantener relaciones con entes externos afines con la materia.

6.3

Gerencias de Protección Integral y Médica de las Filiales Desarrollar planes y programas de trabajo conjuntos basados en las políticas y lineamientos corporativos de Salud Ocupacional; controlar, auditar y hacer seguimiento a los mismos; identificar requerimientos normativos y legales que afecten la continuidad operacional; asesorar y brindar apoyo a las Gerencias de Línea en la ejecución de los planes y programas

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6.4

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Gerencias de Línea Asegurar la elaboración, ejecución y control de los programas de Salud Ocupacional con el apoyo y asesoría de las Gerencias de Protección Integral y Médica; cumplir con las políticas y lineamientos corporativos y requerimientos normativos y legales en materia de Salud Ocupacional.

6.5

Contratistas; Empresas Mixtas y Asociaciones Estratégicas Aplicar los lineamientos, guías, normas en Salud Ocupacional de la corporación y establecer procedimientos formales para asegurarse que los programas se conducen en armonía y coherencia con sus postulados y lineamientos.

6.6

7

Trabajadores

6.6.1

Ejercer acciones en defensa de su propia salud y seguridad y con respecto a los demás trabajadores.

6.6.2

Usar obligatoriamente, reclamar, aceptar y mantener en buenas condiciones los implementos y equipos de protección personal.

6.6.3

Acatar las instrucciones y enseñanzas que se le imparten en materia de higiene y seguridad industrial.

LINEAMIENTOS Las Organizaciones de Médico y Protección Integral deben establecer planes y programas de trabajo conjuntos con el fin de promover el mejoramiento de las condiciones de trabajo y la salud de los trabajadores, lo cual repercutirá de modo favorable en la productividad y el buen desarrollo de los planes de negocios de la corporación. Para la elaboración y ejecución de dichos planes y programas de trabajo, cada filial deberá conformar los “Comités de Salud Ocupacional” debidamente constituidos por los puntos focales de las funciones respectivas. Dentro de estos planes y programas debe establecerse la siguiente interrelación profesional entre el médico y el higienista industrial:

7.1

Familiarizarse con los procesos y operaciones que se realizan en las instalaciones de su respectiva área de actividades, división o distrito, a fin de identificar las posibles fuentes de riesgo, sitios de liberación de contaminantes y patrones de exposición de los trabajadores.

7.2

Participar en el diseño y construcción de nuevas instalaciones y/o modificaciones de las existentes, con la finalidad de recomendar métodos y modificaciones

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necesarios para prevenir condiciones que puedan contribuir a la aparición de enfermedades profesionales.

7.3

Participar en el control de la adquisición, almacenamiento, uso, transporte y disposición de sustancias tóxicas y peligrosas.

7.4

Recomendar los equipos y ropa de protección personal específicos para los factores de riesgos a los que están expuestos los trabajadores y establecer los criterios para su uso y mantenimiento.

7.5

Desarrollar normas y procedimientos sobre control de los factores de riesgos ocupacionales, con la finalidad de minimizar la existencia de condiciones que amenacen la salud de los trabajadores.

7.6

Realizar análisis de riesgos integrales (con participación de seguridad industrial, operaciones, mantenimiento, entre otros) que permitan la identificación sistémica de las condiciones en los ambientes de trabajo e instalaciones críticas desde el punto de vista de salud de los trabajadores.

7.7

En base a los resultados del análisis de riesgos, establecer prioridades para actuar de acuerdo a lo crítico de la instalación, de las condiciones y ambientes de trabajo desde el punto de vista de salud del trabajador.

7.8

Establecer protocolos de inspección y supervisión de los ambientes de trabajo e instalaciones críticas, preparados en base a los factores de riesgos presentes y según los criterios establecidos en la normativa de PDVSA, COVENIN o de cualquier ente internacional reconocido en la materia

7.9

Elaborar programas de evaluación de riesgos, utilizando criterios uniformes para fijar periodicidad, métodos y presentación de resultados.

7.10

Elaborar y mantener actualizado un registro de los factores de riesgo así como del personal expuesto a ellos.

7.11

Compartir, revisar y examinar la información sobre las concentraciones o niveles de los factores de riesgos determinados en el sitio de trabajo por el Higienista Industrial. Igualmente, la información médica sobre las condiciones de salud del trabajador derivadas de la exposición a esos agentes.

7.12

Desarrollar programas preventivos y de control de los factores de riesgos específicos (conservación de la audición, protección radiológica, etc.). efectuando seguimiento a las recomendaciones, con el apoyo efectivo de los niveles supervisorios de línea.

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7.13

Establecer, recomendar y participar conjuntamente con las organizaciones de operaciones, mantenimiento, ingeniería, etc., en la ejecución de medidas de vigilancia y control, a fin de minimizar el nivel de los factores de riesgos y sus efectos sobre los trabajadores expuestos y/o sus familiares.

7.14

Compartir con el supervisor y los trabajadores, la responsabilidad por el mantenimiento de las condiciones del ambiente de trabajo, aplicación de recomendaciones y toma de decisiones para solventar los problemas existentes.

7.15

Diseñar un plan de educación en materia de Salud Ocupacional a través de cursos, talleres, charlas, conferencias y entrevistas personales que sensibilice a los trabajadores hacia el desarrollo de una conducta proactiva para la identificación y el control de aquellos riesgos capaces de afectar su salud, y que les brinde las herramientas necesarias para mejorar su desempeño en el trabajo diario. Este plan debe contemplar la inclusión de la variable Salud Ocupacional, en los programas regulares de educación a todos los niveles (Gerencial, Supervisorio y Artesano).

7.16

Elaborar y aplicar los perfiles profesiográficos.

7.17

Vigilar el cumplimiento de la notificación por escrito a los trabajadores de los riesgos por puesto de trabajo.

8

ATRIBUCIONES DEL HIGIENISTA INDUSTRIAL 8.1

Apoyar a las diferentes organizaciones operacionales en todo lo relativo a la identificación, evaluación y control de los factores de riesgos o peligros potenciales que puedan afectar al trabajador en su sitio de trabajo, en las etapas de diseño, arranque, operaciones y mantenimiento.

8.2

Establecer y ejecutar un programa de monitoreo de todas las áreas de trabajo donde existan o puedan existir factores de riesgos a la salud de los trabajadores, con el fin de determinar la magnitud, nivel o concentración de los mismos.

8.3

Vigilar el cumplimiento de los estándares establecidos tanto por la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad Industrial, las Normas COVENIN y las Normas / Guías PDVSA en materia de Higiene Industrial.

8.4

Recomendar los controles necesarios para minimizar la exposición de los trabajadores a los diferentes factores de riesgo en el ambiente de trabajo.

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8.5

Desarrollar estudios y proyecciones de tendencias de riesgos en ambientes de trabajo.

8.6

Llevar los registros indicados en la Sección 13.2

8.7

Elaborar los profesiogramas.

ATRIBUCIONES DEL MEDICO 9.1

Realizar los exámenes de preempleo, preventivo periódico, control de riesgos, preterminación y especiales.

9.2

Elaborar la ficha profesiográfica.

9.3

Mantener el registro según se indica en la Sección estadísticas correspondientes.

9.4

Estudiar los efectos psicológicos, realizando investigaciones para preservar la salud mental de los trabajadores.

9.5

Manejar los casos de indemnización por accidentes industriales y enfermedades profesionales, conjuntamente con relaciones laborales, según la legislación vigente en la materia.

13.2 y elaborar las

10 VIGILANCIA MEDICA Con la finalidad de conocer el estado de salud de los trabajadores, el médico ocupacional realizará exámenes de pre–empleo, periódicos, control de riesgos laborales, preterminación y especiales. Preparará una historia médico–laboral que será común para todos los Departamentos Médicos de las Filiales de PDVSA. Allí se archivará todo lo relativo a resultados de laboratorio, RX, informes médicos, etc. En el examen médico de preempleo y en el periódico anual se elaborará una historia clínica ocupacional que contará de anamnésis, interrogatorio dirigido, examenes físicos y complementarios de diagnóstico. Si en el cargo a ocupar por el individuo hay exposición a un riesgo específico, se le practicarán aquellos exámenes establecidos para dicho riesgo. La Organización de Recursos Humanos debe informar a Medicina Ocupacional el CARGO y AREA de trabajo del aspirante a empleo, a fin de cotejar la información con la ficha profesiográfica.

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La realización del examen médico de preempleo no conlleva el diagnóstico de capacidad o incapacidad del individuo, sino el de APTITUD o NO APTITUD para el cargo propuesto desde el punto de vista médico–ocupacional. En el examen para control de riesgos, además del interrogatorio y el examen físico integral, constará de exámenes paraclínicos y monitoreo biológico orientados a explorar aquellos órganos o sistemas que pueden ser afectados por el riesgo en cuestión.

11 VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA EN SALUD OCUPACIONAL La vigilancia epidemiológica ocupacional es un sistema de recolección y análisis de datos sobre morbimortalidad en grupos de trabajadores, necesaria para identificar las enfermedades comunes, profesionales y la accidentalidad a nivel de la población laboral, así como observar las tendencias en salud y áreas críticas, para conocer la problemática de salud en la población trabajadora, tomar acciones y cumplir con requisitos legales y contractuales.

11.1

Debe incluir monitoreo de ambiente y la vigilancia médica.

11.2

El contenido y frecuencia de la vigilancia epidemiológica se determinará en función de los riesgos específicos del trabajo, de acuerdo a como fueron evaluados al hacer el análisis del mismo.

12 INDICADORES Es un número que permite medir la evolución cualitativa y/o cuantitativa de una función, programa o actividad que facilita la comparación y ver la tendencia de los mismos. En salud ocupacional, los indicadores que se utilizarán serán los siguientes:

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12.1

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Enfermedades Profesionales Tasa de Prevalencia de Enfermedades Profesionales en un Año (TPEP): TPEP +

# Trabajadores que sufrieron la enfermedad profesional # Total de trabajadores a mitad del período considerado

10.000

Tasa de Incidencia de Enfermedad Profesional en un Año (TIEP): TIEP +

# De casos nuevos de enfermedades profesionales # De trabajadores a riesgo de contraer la enfermedad

100.000

Tasa de Prevalencia de Enfermedad Profesional Específica en un Año (TPEPE): TPEPE +

# Trabajadores que sufrieron la enfermedad profesional # Total de trabajadores expuestos al riesgo específico

Tasa de Incidencia de Enfermedad Profesional Específica en un Año (TIEPE): TIEPE +

# De caso nuevos de enfermedad profesional # De trabajadores expuestos al riesgo específico

Tasa de Mortalidad a Causa de Enfermedad Profesional (TMEP): TMEP +

# Trabajadores fallecidos a causa de enfermedades profesionales # Total de trabajadores expuestos a riesgo

Tasa de Prevalencia de Ausentismo (TP): TP +

12.2

# Personas ausentes en un período x 100 # Promedio de trabajadores en el período

Accidentalidad Indice de Frecuencia Bruta (IFB) IFB +

# Total de accidentes x 1.000.000 # Total de horas hombres trabajadas

Indice de Frecuencia Neta (IFN) IFN +

# Accidentes con pérdida de tiempo x 1.000.00 # Total de horas hombres trabajadas

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Indice de Severidad o Gravedad (IS) IS +

# de días cargados x 1.000.000 # Total de horas hombres trabajadas

13 REGISTROS 13.1

Registro de Medicina Ocupacional

13.1.1

Todo trabajador debe tener su historia médica ocupacional.

13.1.2

La historia médica contendrá la identificación del trabajador, fecha de empleo, historia ocupacional con especificación del sitio de trabajo, puesto de trabajo, tareas realizadas, exámenes de laboratorio, exámenes paraclínicos y monitoreo biológico.

13.1.3

La historia médica ocupacional debe conservarse por todo el tiempo que el trabajador esté en la empresa y por un período no menor de 5 años a partir del cese de su contrato de trabajo.

13.1.4

La historia médica ocupacional podrá conservarse por períodos mayores a criterio del equipo de salud ocupacional.

13.2

Registro de Higiene Industrial

13.2.1

Se mantendrán registros de higiene industrial con el fin de documentar los programas de salud ocupacional.

13.2.2

Los registros de higiene industrial deberán incluir información sobre la exposición a factores de riesgo químicos, físicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales, que estén asociados con las operaciones normales, mantenimiento y emergencias previsibles.

13.2.3

El registro de higiene industrial debe incluir además un inventario de sustancias peligrosas y otros factores de riesgo presentes en cada sitio de trabajo, descripción de tareas, aspectos relevantes de los procedimientos de trabajo, medidas administrativas, controles de ingeniería y equipos de protección personal.

13.2.4

Deben incluirse datos de monitoreo biológico cuando sea pertienente

14 EVALUACION DE LA GESTION La evaluación de la gestión es un componente fundamental en el manejo de la Salud Ocupacional.

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Cada filial debe evaluar su propia gestión, por lo menos una vez al año; se recomienda que se practiquen auditorías externas que se lleven a cabo cada tres a cinco años.