lunes 6 de junio de 2016

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN ACTA DE INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TEXCOCO. AVISOS JUDICIALES: 2503, 2557, 2562-BIS, 1068-A1, 397-B1, 1065-A1, 2558, 2559, 2560, 2556, 2555, 2554, 2562, 2553, 1069-A1, 2551, 2550, 2549, 2548 y 396-B1. AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 2552, 1063-A1, 1066-A1, 398-B1, 1064-A1, 2561 y 1067-A1.

CCI 78

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SECCIÓN SEGUNDA 400

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

ACTA DE INSTALACIÓN DEL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TEXCOCO. En el municipio de Texcoco de Mora, Estado de México, siendo las 11:00 horas del día nueve de mayo del año 2016, en el salón de usos múltiples de la Universidad Politécnica de Texcoco, ubicado en Prolongación de Arteaga 406 S/N, Colonia, San Pedro, Texcoco, Estado de México, C.P. 56150, se reunieron, a fin de celebrar la instalación del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco: el Mtro. Carlos Oscar Espinosa Castañeda, Rector de la Universidad Politécnica de Texcoco; C.P. Roberto Vélez Guerrero, Director de Administración y Finanzas; M. en A. Rocío Hidalgo Galnares Directora Académica; Mtra. Angélica Varela Villeda, Jefa del Departamento de Planeación y Evaluación; Lic. Erick Jesús Sánchez Robledo, Jefe del Departamento de Recursos Financieros; C.P. Lucero Gutiérrez Paulino, Jefa de Oficina de Programación y Presupuesto; Lic. Iliana Reséndiz Blancas; Mtra. Susana Acevedo Archundia, a efecto de que se lleve al cabo la sesión bajo la siguiente: ORDEN DEL DÍA 1.

Lista de Asistencia y Declaración del Quórum Legal.

2.

Lectura y en su caso aprobación del Orden del día.

3.

Presentación de los asuntos para los que fue convocado el Comité.

4.

3.1

Instalación del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco.

3.2

Presentación de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco.

Asuntos Generales DESARROLLO DE LA SESIÓN

1

Lista de asistencia y verificación del quórum

El C.P. Roberto Vélez Director de Administración y Finanzas y Secretario de Comité, procedió a declarar el inicio de la sesión para el desahogo de los puntos. Así mismo, el C.P. Roberto Vélez Guerrero Director de Administración y Finanzas, dio lectura en voz alta al registro de asistencia al acto, con que hizo la declaratoria de asistencia.

2

Lectura y en su caso aprobación del Orden de Día

El Presidente del Comité dio lectura al Orden del Día y sometió a consideración de los miembros del Comité, instándolos a realizar algún comentario o propuesta de modificación. Al no existir ninguna propuesta, el Presidente del Comité solicitó a los miembros su aprobación generándose el acuerdo siguiente: UPTEX/CEPCI/01/01/2016. El Comité aprobó el orden del Día para la Instalación del Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco.

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Presentación de los asuntos para los que fue convocado el Comité

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3.1 Instalación del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco

Para desahogo de este punto, el Mtro. Carlos Oscar Espinosa Castañeda, Rector de la Universidad Politécnica de Texcoco y Presidente de este Comité, comunicó que el objetivo de la reunión es conformar el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco, en atención a lo establecido el Acuerdo Del Ejecutivo Del Estado por el que se expide el Código de Ética de los Servidores Públicos del Estado de México, las reglas de integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión y los lineamientos generales para propiciar su integridad a través de los comités de ética y de prevención de conflicto de intereses. Así mismo, el Mtro. Carlos Oscar Espinosa Castañeda, Rector de la UPTEX y Presidente del Comité, hizo mención de las funciones del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco, las cuales se describen a continuación: 1.

Establecer las bases para su integración, organización y funcionamiento, en términos de lo previsto en los lineamientos generales.

2.

Elaborar y aprobar, durante el primer trimestre de cada año, su programa anual de trabajo que contendrá cuando menos, los objetivos, metas y actividades específicas que tenga previsto llevar a cabo, así como enviar una copia del mismo a la Secretaría de la Contraloría, dentro de los veinte días hábiles siguientes a su aprobación.

3.

Vigilar la aplicación y cumplimiento del Código de Ética y las Reglas de Integridad.

4.

Participar en la elaboración, revisión y actualización del Código de Conducta, así como vigilar su aplicación y cumplimiento.

5.

Determinar, conforme a los criterios que establezca la Secretaría de la Contraloría, los indicadores de cumplimiento de los Códigos de Ética y de Conducta, así como el método para medir y evaluar anualmente los resultados obtenidos. Los resultados y su evaluación se difundirán en la página de Internet de la Universidad Politécnica de Texcoco.

6.

Participar con la Secretaría de la Contraloría en la evaluación anual del cumplimiento de los Códigos de Ética y de Conducta.

7.

Fungir como órgano de consulta y asesoría especializada en asuntos relacionados con la observación y aplicación del Código de Conducta.

8.

Establecer y difundir el procedimiento de recepción y atención de los incumplimientos al Código de Conducta.

9.

Formular observaciones y recomendaciones en el caso de delaciones derivadas del incumplimiento al Código de Conducta, que consistirán en un pronunciamiento imparcial no vinculatorio y que se harán del conocimiento del o los servidores públicos involucrados y de sus superiores jerárquicos.

10. Formular sugerencias, en su caso, para modificar procesos en las unidades administrativas o áreas, en las que se detecten conductas contrarias al Código de Ética, las Reglas de Integridad y al Código de Conducta. 11. Difundir y promover los contenidos del Código de Ética, de las Reglas de Integridad y del Código de Conducta. 12. Fomentar acciones permanentes sobre el respeto a los derechos humanos, prevención de la discriminación e igualdad de género y los demás principios y valores contenidos en el Código de Ética, en las Reglas de Integridad y en el Código de Conducta, que permitan a los servidores públicos identificar y delimitar las conductas que en situaciones específicas deban observar los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo, comisiones o funciones. 13. Promover en coordinación con la Secretaría de la Contraloría, programas de capacitación y sensibilización en materia de ética, integridad y prevención de conflicto de intereses, entre otras. 14. Dar vista al órgano de control interno de la Secretaría de la Contraloría de las conductas de servidores públicos que puedan constituir responsabilidad administrativa en términos de la normatividad aplicable en la materia. 15. Gestionar reconocimientos o premios a instituciones, áreas o personas que promuevan acciones o que realicen aportaciones que puedan implementarse para reforzar la cultura de la ética y la integridad entre los servidores públicos, conforme a las bases que establezca la Secretaría de la Contraloría. 16. Presentar en el mes de enero al titular de la dependencia u organismo auxiliar o al órgano de gobierno de las entidades según corresponda y a la Secretaría de la Contraloría, durante la primera sesión del ejercicio fiscal siguiente, un informe anual de actividades. 17. Establecer los subcomités o comisiones que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como sus bases de funcionamiento respectivas.

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18. Recibir las quejas y denuncias fundamentadas y motivadas y turnarlas al órgano de control interno respectivo, para su resolución en caso de procedencia. 19. Las demás análogas a las anteriores y que resulten necesarias para el cumplimiento de sus funciones. En el punto, el Mtro. Carlos Oscar Espinosa Castañeda Rector de la UPTEX y función de Presidente del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco, tomó protesta de los integrantes, mismos que fueron electos con anterioridad, con base a los lineamientos establecidos, quedando integrado Comité de la siguiente manera: 1. PRESIDENTE: Mtro. Carlos Oscar Espinosa Castañeda, Rector. 2. SECRETARIO: C.P. Roberto Vélez Guerrero, Director de Administración y Finanzas. 3. VOCAL: C.P. Rocío Hidalgo Galnares, Directora Académica. 4. VOCAL: Mtra. Angélica Varela Villeda, Jefa del Departamento de Planeación y Evaluación. 5. VOCAL: Lic. Erick Jesús Sánchez Robledo, Jefe del Departamento de Recursos Financieros. 6. VOCAL: C.P. C.P. Lucero Gutiérrez Paulino, Jefa de Oficina de Programación y Presupuesto. 7. VOCAL: Lic. Iliana Reséndiz Blancas, Personal Operativo. 8. VOCAL: Mtra. Susana Acevedo Archundia, Personal Operativo. Lista de asistencia y verificación del quórum Una vez instalado el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco, el Presidente, Mtro. Carlos Oscar Espinosa Castañeda propuso al pleno de la reunión, elaborar de manera inmediata los lineamientos por los que se regirá este comité, así como el Código de Ética de los Servidores Públicos de la Universidad Politécnica de Texcoco, así como las Reglas de Integridad para el ejercicio de su empleo, cargo o comisión. De igual forma, solicitó a los miembros del Comité la propuesta de los subcomités o comisiones que estime necesarios para su operación, así como su plan de trabajo, mismos que por única ocasión y debido a su fecha de Instalación deberán ser presentados en el mes de Mayo de 2016 para su autorización, enviando copia a la Secretaria de la Contraloría. Generándose el Siguiente Acuerdo: UPTEX/CEPCI/01/02/2016. Queda formalmente Instalado el Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco.

3.2 Presentación de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco.

En este punto el C.P. Roberto Vélez Guerrero Secretario del Comité presentó el proyecto de “ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TEXCOCO, LAS REGLAS DE INTEGRIDAD PARA EL EJERCICIO DE SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN Y LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA PROPICIAR SU INTEGRIDAD A TRAVÉS DEL COMITÉ DE ÉTICA Y PREVENCIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES.” Por lo que una vez leído el documento y comentados los detalles de su contenido, se generó el siguiente acuerdo: UPTEX/CEPCI/01/03/2016. El Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco, aprueba los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento del Comité de Ética y Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco.

4 Asuntos Generales

Al no existir asuntos que tratar en este punto, el C.P. Roberto Vélez Guerrero y Secretario del Comité, da por terminada la reunión siendo las 14:15 horas del día 9 de mayo de 2016, la Instalación del Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Intereses de la Universidad Politécnica de Texcoco. FIRMAS

MTRO. CARLOS OSCAR ESPINOSA CASTAÑEDA RECTOR DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TEXCOCO Y PRESIDENTE (RÚBRICA).

C.P. ROBERTO VÉLEZ GUERRERO DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y SECRETARIO (RÚBRICA).

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M. EN A. ROCÍO HIDALGO GALNARES DIRECTORA ACADÉMICA Y VOCAL (RÚBRICA).

MTRA. ANGÉLICA VARELA VILLEDA JEFA DEL DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN Y VOCAL (RÚBRICA).

LIC. ERICK JESÚS SÁNCHEZ ROBLEDO JEFA DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS Y VOCAL (RÚBRICA).

C.P. LUCERO GUTIERREZ PAULINO JEFA DE OFICINA DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO Y VOCAL (RÚBRICA).

MTRA. SUSANA ACEVEDO ARCHUNDIA OPERATIVO Y VOCAL (RÚBRICA).

LIC. ILIANA RESENDIZ BLANCAS OPERATIVO Y VOCAL (RÚBRICA).

A V I S O S

J U D I C I A L E S

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE LERMA EDICTO EXPEDIENTE: 535/2016. A QUIEN SE CREA CON IGUAL O MEJOR DERECHO. Se hace saber, en el expediente 535/2016, que se tramita en este Juzgado JORGE GERARDO HURTADO HORCASITAS por su propio derecho, promueve en la vía de Procedimiento Judicial no Contencioso, Información de Dominio, respecto del inmueble ubicado en El Paraje Conocido como Ocotla, Cuxcatunco, La Joya en el poblado de Coatepec perteneciente al Municipio de Santiago Tianguistenco, Estado de México, con las siguientes medidas y colindancias; AL NORTE: 368 m. y colinda con Barranca. AL SUR: 118.00 m. colinda con el señor MARGARITO TORRES. AL ORIENTE: 522.50 m. colinda con Zanja o Barranca y 90.00 m. con PEDRO YÁÑEZ. AL PONIENTE: 151.00 m. y colinda con MARGARITO TORRES. Terreno con una superficie aproximada de 47,432 m2. (CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS). Que desde que celebro contrato privado de compraventa él ha estado en posesión pública, pacífica, continua, de buena fe y a título de propietario. Lo que se hace saber a quién se crea con mayor o igual derecho a fin de que comparezcan ante este Tribunal a deducirlo en términos de Ley. Se expide para su publicación por dos intervalos de por lo menos dos días en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en otro periódico de circulación diaria. Dado en Lerma de Villada a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil dieciséis.-DOY FE. FECHA DEL ACUERDO QUE LO ORDENA VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS.-PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO CIVIL DE LERMA DE VILLADA, MEXICO, LIC. ROSALVA ESQUIVEL ROBLES.RÚBRICA. 2503.-1 y 6 junio.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TLALNEPANTLA E D I C T O SILVA GARCIA PEDRO JAIME y OLVERA SÁNCHEZ GLORIA promoviendo por mi propio derecho ORDINARIO CIVIL, en contra de HERMINIA GARCIA BARCENAS, CONSUELO SILVA DE CARRILLO, FELIPE CARRILLO MARQUEZ y FRANCISCA SILVA DE GONZALEZ, mismos que le recayera el número de expediente 640/2013 haciendo alusión a los siguientes hechos y prestaciones: 1) Mediante CONTRATO PRIVADO DE COMPRAVENTA de veinte de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis, el Sr. RUPERTO ROSAS PATRICIO, VENDIO A HERMINIIA GARCIA BARCENAS, FRANCISCA SILVA DE GONZALEZ y CONSUELO SILVA DE CARRILLO una fracción de terreno de común repartimiento llamado DOGORA y LOTE 56 EN EL PUEBLO DE SAN ANDRES ATENCO, MUNICIPALIDAD DE TLANEPANTLA, CON SUPERFICIE DE 203.00 M2 DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS con los siguientes linderos y colindancias: AL NORTE: EN 12.20 METROS CON JULIA HERRERA. AL SUR: EN 12.30 METROS CON CAMINO PÚBLICO. AL ORIENTE EN 16.45 METROS CON CALLE. AL PONIENTE HERNANDEZ.

16.70

METROS

CON

EVARISTO

2. Este Inmueble se encuentra inscrito en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, con el FOLIO REAL ELECTRONICO NUMERO 157,097 PARTIDA 42 VOLUMEN 2 LIBRO PRIMERO, SECCION PRIMERA, FRACCION DE TERRENO DE COMUN REPARTIMIENTO DOGORA y LOTE 56 UBICADO EN LA CALLE S/N CALLE SAN ANDRES ATENCO MUNICIPIO DE TLANEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MEXICO con una superficie de 203.00 m2 ( doscientos tres metros cuadrados) con rumbos mediadas y colindancias antes indicadas y se encuentra inscrito a favor de FRANCISCA SILVA DE GONZALEZ, CONSUELO SILVA DE CARRILLO y HERMINIA GARCIA BARCENAS. La declaración judicial en el sentido de que se ha consumado a nuestro favor la prescripción adquisitiva y que por tanto los suscritos adquirimos la propiedad del inmueble identificado como TERRENO COMUN REPARTIMIENTO LLAMADO "DOGORA Y LOTE CINCUENTA Y SEIS", EN EL PUEBLO DE SAN ANDRES ATENCO, MUNICIPALIDAD DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, AHORA CALLE JOSÉ MORELOS, NÚMERO DOS, COLONIA LOMA AZUL, C.P. 54040,

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MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE 203.00 M2 (DOSCIENTOS TRES METROS CUADRADOS). En consecuencia publíquese la presente solicitud, por TRES VECES con de siete en siete días, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, BOLETIN JUDICIAL Y EN OTRO DE CIRCULACIÓN DIARIA EN ESTA CIUDAD.-Se expide el presente a los dieciséis días del mes de mayo del dos mil dieciséis.-DOY FE.-Validación fecha de acuerdo que ordena la publicación cinco de mayo del dos mil dieciséis.SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA MA. GUADALUPE GARDUÑO GARCIA.-RÚBRICA. 2557.-6, 15 y 24 junio. JUZGADO SEXAGESIMO OCTAVO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. E D I C T O SE CONVOCAN POSTORES. Ciudad de México, a 19 de abril del 2016. En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por Cl BANCO S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIO DEL FIDEICOMISO F/00237, en contra de MA. FIDELIA HERNANDEZ HERRERA, expediente número 970/2014, la C. JUEZ SEXAGÉSIMO OCTAVO CIVIL, dicto el siguiente auto. EXP. 970/2014.Ciudad de México, a once de abril del año dos mil dieciséis. A sus autos el escrito de la parte actora por conducto de su Apoderada, ROSA MARÍA ORTEGA BERDEJO, se tienen por hechas las manifestaciones que indica, y por acusada la rebeldía en que incurrió la parte demandada al no desahogar la vista que se le dio en proveído de uno de abril del año en curso, con el avalúo exhibido por la parte actora, y por perdido su derecho para hacerlo con posterioridad, y como lo solicita y visto el estado procesal que guardan los autos, con fundamento en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles, se ordena sacar a REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, el bien inmueble hipotecado ubicado en VIVIENDA 33, LOTE 25, MANZANA 9, DEL CONJUNTO URBANO TIPO MIXTO, HABITACIONAL, SOCIAL PROGRESIVO, COMERCIAL Y DE SERVICIOS DENOMINADO “RANCHO LA CAPILLA, UBICADO EN EL CAMINO A SAN JUAN TEOTIHUACAN SIN NÚMERO, TECAMAC, ESTADO DE MÉXICO, sirviendo como base para el remate la cantidad de $272,400.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), cuyo valor comercial fue proporcionado por el perito designado por la parte actora maestro en valuación inmobiliaria VICENTE ANTONIO NEGRETE PARRA, tal y como se desprende del dictamen pericial rendido por dicho perito con fecha dos de febrero del año dos mil dieciséis, siendo postura legal el que cubra las dos terceras partes de dicho precio, asimismo se fijan las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo el remate en primera almoneda, el cual deberá de anunciarse por medio de edictos para convocar postores, los que se fijarán dos veces en los tableros de avisos del Juzgado, en los de la Tesorería del Distrito Federal, en el periódico “EL DIARIO DE MÉXICO” debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de remate, igual plazo y toda vez que el inmueble se encuentra fuera de esta jurisdicción y atendiendo a lo dispuesto por el artículo 572 del Código de Procedimientos Civiles, líbrese atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez competente en Materia Civil en el Municipio de Tecámac, Estado de México, para que en auxilio de las

labores de este Juzgado se sirva hacer las publicaciones de los edictos ordenados en uno de los periódicos de mayor circulación de aquella entidad, en los sitios de costumbre y en las puertas del Juzgado exhortado, facultándolo al Juez para que practique cuantas diligencias sean necesarias, y acuerde todo tipo de promociones tendientes a darle cumplimiento a este proveído, por lo que una vez que la parte actora cuente con las fechas de las publicaciones, nos las haga saber a este Juzgado, para estar en posibilidades de fijarlos en los tableros de avisos del Juzgado, en el entendido de que para intervenir en el remate los licitadores, deberán de exhibir, el diez por ciento del valor del bien inmueble mediante certificado de depósito expedido por BANSEFI, sin cuyo requisito no serán admitidos.-NOTIFÍQUESE.-Lo proveyó y firma la C. Juez Marta Alicia Cuevas Nava, ante su Secretario de Acuerdos, Licenciado Saúl Casillas Salazar, quien autoriza y da fe. Doy Fe.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SAÚL CASILLAS SALAZAR.-RÚBRICA. 2562-BIS.-6 y 16 junio. JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE ZUMPANGO E D I C T O ARNULFO CAMILO VILLARREAL AVELINO, por su propio derecho, bajo el expediente número 229/2016, promueve ante el Juzgado, relativo al Juicio Procedimiento Judicial no Contencioso, Inmatriculación Judicial, respecto del inmueble ubicado en calle José María Pino Suárez sin número, Barrio de San Lorenzo, Municipio de Zumpango, Estado de México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 11.92 metros con calle José María Pino Suárez; AL SUR: 10.57 metros con Jesús Rangel Salas; AL ORIENTE: 19.35 metros con Andador Familiar; y AL PONIENTE: 20.25 metros con Rosa Zamora Villanueva, actualmente Benito Navarrete Mendoza; con una superficie de 220.668 metros cuadrados. Para su publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y otro en el periódico de circulación diaria en esta Ciudad, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y en caso de que sientan afectados lo aleguen por escrito, se expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México a los treinta y uno (31) días del mes de mayo del año dos mil dieciséis (2016).Validación del edicto acuerdo de fecha tres (03) de marzo y veintiséis (26) de mayo de dos mil dieciséis (2016).-Funcionario Licenciada Ereneyda Cruz Mendoza, Secretario de Acuerdos.Firma.-Rúbrica. 1068-A1.-6 y 9 junio. JUZGADO PRIMERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO E D I C T O SEPTIMA ALMONEDA DE REMATE. Se hace del conocimiento que en el expediente 483/1995, relativo al Juicio de DIVORCIO NECESARIO, promovido por PROSPERO MARTINEZ LOPEZ en contra de PETRA GOMEZ VAZQUEZ, el Juez del conocimiento señaló en el incidente de liquidación de Sociedad Conyugal las NUEVE HORAS DEL DIA SEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, para que tenga verificativo la SEPTIMA ALMONEDA DE REMATE del bien inmueble ubicado en CALLE BOULEVARD DE LOS DIOSES NUMERO OCHENTA Y CUATRO, MANZANA TRESCIENTOS DIECINUEVE, LOTE VEINTICUATRO, FRACCIONAMIENTO CIUDAD AZTECA, MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MEXICO, se convocan postores al remate del bien citado, sirviendo como postura legal la cantidad de $1,399,779.91 (UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS 91/100 M.N.).

6 de junio de 2016 PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, QUE DEBERÁN PUBLICARSE EN EL PERIODICO GACETA DEL GOBIERNO Y EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTA DEL JUZGADO, CON LA SALVEDAD QUE ENTRE LA ULTIMA PUBLICACION DEL EDICTO Y LA ALMONEDA NO DEBERÁS MEDIAR MENOS DE SIETE DIAS HÁBILES.-Validación veintisiete de mayo del dos mil dieciséis.Primer Secretario de Acuerdos, SECRETARIO JUDICIAL, LIC. MARIA DE LOS ANGELES ALCANTARA RIVERA.-RÚBRICA. 397-B1.-6 y 15 junio.

JUZGADO NOVENO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TLALNEPANTLA-HUIXQUILUCAN E D I C T O AL PUBLICO EN GENERAL. En los autos del expediente número 67/16, relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO, INMATRICULACION JUDICIAL, promovido por J. CONCEPCION DAVID TOVAR CRISTOBAL, el Juez Noveno de lo Civil de Tlalnepantla, con residencia en Huixquilucan, Estado de México, por auto de fecha nueve de febrero de dos mil dieciséis, ordenó publicar un extracto de los datos de la presente solicitud, con fecha 31 de enero del año 2000, el señor LUIS TOVAR MUCIÑO vendió al actor una fracción de terreno ubicado en paraje denominado GUEDFE camino Jilgueros, número 12, San Cristóbal Texcalucan, Municipio de Huixquilucán, Estado de México, mediante contrato privado de compraventa de fecha antes referida, el día de la celebración del contrato de mérito me dio la posesión material de la fracción de la propiedad. La fracción de terreno que el señor LUIS TOVAR MUCIÑO vendió y que el actor posee desde el 31 de enero de 2000 tiene una superficie total de 360.13 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: al norte: en 26.43 colinda con camino Jilgueros, al sur: en cinco líneas de 5.48 m. 280 m, 4.45 m. 040 m. y 20.67 y colinda con Luis Tovar Muciño, al oriente en tres líneas de 7.31 m, 3.50 m. y 5.02 m, colinda con estacionamiento, al poniente en 12.95 m, colinda con Luis Tovar Muciño, acto jurídico que genero su derecho a poseer el inmueble paraje denominado GUEDFE camino Jilgueros, número 12, San Cristóbal Texcalucan, Municipio de Huixquilucan, Estado de México, ejerciendo la posesión a título de dueño y en carácter de propietario, de forma pública, pacífica, continua, ininterrumpida y de buena fe, por lo que solicita que mediante sentencia se ordene se inscriba ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México, correspondiente a los Municipio de Naucalpan de Juárez y Huixquilucan, Estado de México, debiendo publicar los edictos en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en un periódico de mayor circulación, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciéndoles saber a quienes se crean con igual a mayor derecho lo deduzcan en términos de Ley.-Doy fe.Se expiden a los once días del mes de marzo dos mil dieciséis.DOY FE.-Validación fecha de acuerdo que ordena la publicación 09 de febrero de 2016.-Primer Secretario de Acuerdos, Lic. Verónica Rojas Becerril.-Rúbrica. 1065-A1.-6 y 9 junio.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE LERMA E D I C T O

Página 7 3.10 metros y colinda con Vidal Gutiérrez, AL NORESTE: 36.36 metros y colinda con Vidal Gutiérrez, AL ESTE: 30.83 metros colinda con Sara Miguel Trujillo, AL SUR: 38.23 metros, colinda con Calle el Ocote, y AL OESTE: 55.65 metros colinda con Camino de Acceso, con una superficie aproximada de 1,500.34 M2. Que desde que lo adquirió lo ha venido poseyendo en concepto de propietario de forma pública, pacífica, continua, de buena fe y a título de propietario. Lo que se hace saber a quién se crea con mayor o igual derecho a fin de que comparezcan ante este Tribunal a deducirlo en términos de ley. Se expide para su publicación por dos intervalos de por lo menos dos días, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en otro periódico de circulación diaria.-Dado en Lerma de Villada, veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.DOY FE.-FECHA VALIDACION 23 DE MAYO DE 2016.-CARGO: SECRETARIO DE ACUERDOS, NOMBRE ROSALVA ESQUIVEL ROBLES.-FIRMA.-RÚBRICA. 2558.-6 y 9 junio.

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE LERMA E D I C T O En el expediente número 532/16 relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, promovido por FELIPE ROJAS MORALES, respecto al predio denominado “La Milpa” ubicado en Cañada de Alférez, Lerma, México, que consta de una superficie aproximada de 8,684.36 metros cuadrados cuyas medidas y colindancias son: AL NORESTE: cinco líneas 15.57 metros, 68.37 metros, 65.73 metros, 31.59 metros, y 30.16 metros, con calle Chupamirto, ESTE: 5.64 metros, con ambas calles el Chupamirto y Pinos, AL SUR: 49.61 metros, 31.71 metros, 18.29 metros, 16.91 metros, 20.23 metros, 20.84 metros, 14.77 metros, 16.20 metros, 11.42 metros, todas con calle los Pinos, también conocida como Camino Nacional OESTE: 79.55 metros antes con terreno de José de Jesús Calderón Ojeda, actualmente con terreno propiedad de Qualamex S.A. de C.V.; el Juez Primero de lo Civil de Primera Instancia de Lerma de Villada, México, dio entrada a la presente solicitud y ordenó la expedición y la publicación de los edictos respectivos por dos (2) veces, con intervalos de por lo menos dos (2) días, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO y en otro periódico de mayor circulación en esta localidad, haciéndoles saber a los que se crean con igual o mayor derecho, lo deduzcan en términos de Ley. Edictos que se expiden el día veintisiete (27) días de mayo de dos mil dieciséis (2016).-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO JOSÉ ARTURO VERA MANJARREZ.-RÚBRICA.-Lo anterior para dar cumplimiento al auto de fecha veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciséis (2016), para los efectos legales a que haya lugar.-DOY FE.SECRETARIO, LICENCIADO JOSE ARTURO VERA MANJARREZ.-RÚBRICA. 2559.-6 y 9 junio.

JUZGADO SEPTIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TLALNEPANTLA-ATIZAPAN DE ZARAGOZA E D I C T O

A QUIEN SE CREA CON IGUAL O MEJOR DERECHO

EMPLAZAMIENTO A: MARIA ANTONIETA ANAYA ORDOÑEZ.

Se le hace saber, que en el expediente número 510/2016, que se tramita en este Juzgado, VICTOR ERNESTO RUIZ CAPETILLO RUIZ, promueve en la vía de Procedimiento Judicial no Contencioso INFORMACIÓN DE DOMINIO, respecto del inmueble ubicado en Cañada de Alférez, Municipio de Lerma, México, con las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE:

Se hace de su conocimiento que JORGE ZAMBRANO ROMERO, bajo el expediente número 123/2012, promovió en contra de JOSE FRANCISCO GOMEZ LÓPEZ, GEORGINA OBREGON OROPEZA, PATRICIA GOMEZ OBREGON, ELIZABETH ADRIANA GOMEZ OBREGON Y MARIA ANTONIETA ANAYA ORDOÑEZ, demandándoles las siguientes

Página 8 prestaciones: A) La declaración en sentencia ejecutoriada en el sentido de que soy propietario del inmueble ubicado en: EL LOTE CIEN (100), MANZANA VEINTISIETE (27), SIN NUMERO OFICIAL, BOULEVARD DE LA HACIENDA EN EL FRACCIONAMIENTO VILLAS DE LA HACIENDA, MUNICIPIO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO; Con una superficie de doscientos noventa y dos metros setenta y un centímetros cuadrados (292.71), la cual se encuentra comprendida dentro de las mediadas y colindancias siguientes: AL NORTE: EN VEINTE METROS CON LOTE NOVENTA Y NUEVE, AL SUR: EN DIECISEIS METROS NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS CON LOTES UNO, DOS Y TRES, AL ORIENTE: EN VEINTICUATRO METROS CATORCE CENTIMETROS CON BOULEVARD DE LA HACIENDA, AL PONIENTE: EN SIETE METROS CON LOTE CUATRO. Cabe señalar que los datos registrales son los siguientes: fecha 3 de julio del año 1991, partida Número 222, Volumen 1055, Libro Primero, Sección Primera, del corriente año, clave catastral 1000402790, número de cuenta predial 1000402678000000: asimismo informo a usted que dicha propiedad está inscrita a nombre del suscrito JORGE ZAMBRANO ROMERO. B) La entrega que deberán hacer los demandados JOSÉ FRANCISCO GÓMEZ LÓPEZ, GEORGINA OBREGON OROPEZA, PATRICIA GOMEZ OBREGON, ELIZABETH ADRIANA GOMEZ OBREGON y MARÍA ANTONIETA ANAYA ORDONEZ, del inmueble antes mencionado con sus frutos y accesiones y mejoras. C) Que se me pague el valor de la demolición y limpieza del inmueble ya que la construcción que la parte demandada realizo en mi propiedad sin mi consentimiento deprecia dicho inmueble por las características del material de construcción y ubicación dentro del predio de esta última dicha cantidad está sujeta al presupuesto que elabore la persona encargada de la demolición y limpieza del terreno presupuesto que no puedo presentar en este momento por no tener la posesión del inmueble de mi propiedad motivo del presente juicio. D) Que se me pague el valor del menoscabo que ha sufrido el inmueble materia del presente juicio mientras ha estado en poder de los demandados y que en su oportunidad se sujetara a previo avaluó y no en este momento por razones obvias E) Que se me page la cantidad que resulte de los intereses de $1,000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 M.N.) invertidos a plazo de 30 días en la Institución Bancaria Banamex S.A. de C.V o cualquier otra que su señoría señale multiplicada por los meses que resulten hasta la entrega que haga el C. actuario de este H. Juzgado del inmueble materia del presente juicio al suscrito por concepto de perjuicios ya que dicho terreno lo tenía comprometido para venderlo el día 15 de mes de diciembre del año 2011, tal y como lo acredito con el contrato de promesa de compraventa que se anexa al escrito inicial de demanda y que se celebró el día treinta de octubre del año dos mil once. F) Que se me pague la cantidad de $ 200.000.00 (dos cientos mil pesos 00/100 M.N.) por concepto del pago de la cláusula quinta pena convencional del contrato que se menciona en la prestación anterior. G) El pago de los gastos y costas que genere el presente juicio y se amplía a la prestación siguiente H) Como consecuencia de la procedencia de mi acción Reivindicatoria la declaración en sentencia ejecutoriada de la nulidad absoluta de la escritura pública contenida en el instrumento notarial número doce mil trescientos quince, volumen trescientos treinta y seis folio número setenta y tres de fecha ocho de mayo del año dos mil doce, pasado ante la fe del Notario Público Número 95, del Municipio de Huixquilucan, Estado de México, relativo al contrato de compraventa fraudulentamente otorgado por el señor JOSE FRANCISCO GOMEZ LÓPEZ, como parte vendedora y la señorita MARÍA ANTONIETA ANAYA ORDOÑEZ, como parte compradora indebidamente inscrito bajo folio real electrónico número 00085823 en el Instituto de la Función Registral del Estado de México Oficina Registral de Tlalnepantla así como de todos y cada uno de los actos que le dieron origen dejándolos sin efecto legal alguno; escritura que la codemandada exhibiera ante la autoridad federal en el correspondiente juicio de garantías misma que hago mía en todo lo que me favorezca para acreditar mis prestaciones y en su

6 de junio de 2016 oportunidad se ordene a dicha autoridad administrativa la cancelación de la inscripción relativa Fundándose en los siguientes hechos: 1) Con la escritura número dos mil ciento treinta y tres (2,133) de fecha diecinueve de marzo de mil novecientos noventa y uno volumen número cuarenta y tres (43) acto compraventa pasada ante el notario público número 42, es el legítimo propietario del inmueble ubicado en; EL LOTE CIEN (100), MANZANA VEINTISIETE (27), SIN NUMERO OFICIAL, BOULEVARD DE LA HACIENDA EN EL FRACCIONAMIENTO VILLAS DE LA HACIENDA, MUNICIPIO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, con una superficie total de doscientos noventa y dos metros setenta y un centímetros cuadrados y con la medidas y colindancias descritas con anterioridad mismo que se encuentra inscrito con los siguientes datos registrales; de fecha 3 de Julio del año 1991, Partida 222, Volumen 1055, Libro Primero, Sección Primera, del corriente año 2) Que desde que compro el inmueble materia del presente juicio a los señores AGUSTIN LIMA AHUACTZIN Y ESTHER ACEVES GUERRERO DE LIMA, ha mantenido pleno dominio del inmueble y como propietario del inmueble del presente juicio el señor JORGE ZAMBRANO ROMERO, pactando como fecha de celebración del acto jurídico de la compraventa el día quince de diciembre del año dos mil once por la cantidad de $1,000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.). Acordándose una clausula como pena convencional por incumplimiento de las partes por la cantidad de $200,000.00 (dos cientos mil pesos 00/100 M.N.) Por lo anterior en dicha fecha el comprador debería haber entregado al suscrito la cantidad antes mencionada como pago del inmueble y el suscrito debería haber entregado al comprador el terreno objeto del contrato. 3) Que el día dieciocho de noviembre del año dos mil once al pasar en compañía de las señoras PAULA TERESA MENDEZ MENDEZ Y BLANCA ESTELA FLORES CASTAÑEDA por el terreno del presente juicio… Se acudió ante del Ministerio Publico de Atizapán de Zaragoza para levantar la denuncia correspondiente bajo la carpeta de investigación número 483310381479011. El Juez por auto de fecha veinte de febrero de dos mil doce, dio entrada a la demanda y por desconocer su actual domicilio por auto de fecha diecisiete de marzo de dos mil quince, ordenó su emplazamiento por medio de edictos, haciéndole saber que dentro del término de TREINTA DÍAS siguientes a la última publicación, deberán de comparecer por sí, por apoderado o gestor que lo represente, a dar contestación a la demanda instaurada en su contra, señalando domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo así, se seguirá el juicio en su rebeldía, y las posteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista y Boletín Judicial, en la inteligencia de que las copias de traslado se encuentran a su disposición en la Secretaría de éste Juzgado. Y PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL, POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS, SE EXPIDE EL PRESENTE A LOS DOS DIAS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO A DOS DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS.-LA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA VERONICA RODRIGUEZ TREJO.-RÚBRICA. 2560.-6, 15 y 24 junio. JUZGADO SEPTUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE ENTIDAD REGULADA GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de TEODORO GABRIEL ROQUE ALCANTARA EXP. 282/2013 LA C. JUEZ SEPTUAGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL, dictó un auto de fecha ocho y veinte de abril ambos de dos mil dieciséis que a la letra dice: Agréguese a sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, acompañado de certificado de libertad o

6 de junio de 2016 existencia de gravámenes y copia simple de la solicitud del referido certificado, en términos del mismo se tienen por hechas sus manifestaciones y exhibiendo la actualización del supracitado certificado de libertad de gravámenes, con el que se manda dar vista a la parte demandada, para que dentro del término de TRES DIAS manifieste lo que a su derecho convenga.- En cuanto a lo demás solicitado, como lo solicita, con fundamento en el artículo 570 del Código Procesal Civil, se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS, para que tenga verificativo el remate en PRIMERA Y PÚBLICA ALMONEDA del bien inmueble correspondiente a la VIVIENDA DE INTERES SOCIAL “D” DEL CONDOMINIO CUADRUPLEX CONSTITUIDO SOBRE EL LOTE 169, DE LA MANZANA 3, (ROMANO), DE LA CALLE XEL-HA, DE LA COLONIA BONITO TULTITLAN, DEL DESARROLLO URBANO DE TIPO INTERES SOCIAL DENOMINADO “BONITO TULTITLAN”, UBICADO EN EL PUEBLO DE SAN PABLO DE LAS SALINAS, MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MEXICO, convocándose postores por medio de edictos que deberán publicarse por DOS VECES, DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DÍAS HÁBILES Y ENTRE LA ULTIMA PUBLICACIÓN Y LA FECHA DEL REMATE, IGUAL TERMINO, en el Tablero de Avisos de éste Juzgado, en los Tableros de la Tesorería del Distrito Federal y en el periódico “DIARIO IMAGEN”, sirve de base para el remate la cantidad de $378,000,00 (TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), que es el precio de avalúo, debiendo ser postura legal la que cubra las dos terceras partes de dicho precio y toda vez que el inmueble se encuentra fuera de la Jurisdicción de éste Juzgado, líbrese atento exhorto con los insertos necesarios al C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, (el cual será suscrito por la C. Secretaria Conciliadora de la adscripción, con fundamento en los Acuerdos Generales 36-48/12 y 50-09/13, emitidos por el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en sesiones de fecha veinte de noviembre de dos mil doce y veintiséis de febrero de dos mil trece), para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva, hacer las publicaciones de edictos como esta ordenado en líneas anteriores, convocando postores en los lugares de costumbre y en el del periódico de mayor circulación de aquella Entidad, y se le concede al Juez exhortado el término de TREINTA DÍAS para diligenciar el exhorto y plenitud de jurisdicción para que acuerde todo tipo de promociones tendientes a diligenciarlo.- Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Septuagésimo Tercero Civil, Licenciada MARIA DEL CARMEN MIRTA JACARANDA GONZÁLEZ ABARCA, ante la C. Secretaria de Acuerdos “B”, Licenciada JOSEFINA BURGOS ARAUJO, con quien actúa, autoriza y da fe.--“Agréguese a sus autos el escrito presentado por la parte actora, y como lo solicita, con fundamento en el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles, se aclara el auto de fecha ocho de abril de dos mil dieciséis en su décimo cuatro renglón, “... DE LA CALLE DE XELHA...”, debiendo decir, “...DE LA CALLE DE XELHA...”, salvo la anterior aclaración queda intocado el resto del proveído que se aclara y del cual forma parte el presente auto en consecuencia, en consecuencia, elabórese de nueva cuenta los edictos ordenado en el auto de mérito. Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Septuagésimo Tercero de lo Civil de la Ciudad de México, Licenciada María del Carmen Mirta Jacaranda González Abarca, ante la C. Secretaria de Acuerdos “B”, Licenciada Josefina Burgos Araujo, quien autoriza y da Fe.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B” DEL JUZGADO SEPTUAGESIMO TERCERO DE LO CIVIL, LIC. JOSEFINA BURGOS ARAUJO.-RÚBRICA. 2556.-6 y 16 junio. JUZGADO QUINCUAGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE,

Página 9 ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE en contra ROBERTO JASSO TENORIO Expediente 329/2007 La C. Juez Quincuagésimo Primero de lo Civil, La C. Juez dictó un auto en la que a la letra dice: México, Distrito Federal a catorce de febrero de dos mil catorce. . . . señalan las para que tenga verificativo la Audiencia de Remate en Primera Almoneda; sirviendo como postura legal para el remate, las dos terceras partes del precio del avalúo; se convoca a postores mediante publicación de edictos por dos veces en el periódico “EL OVACIONES”, así como en los tableros de avisos de éste Juzgado y en los de la Tesorería del Distrito Federal, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha de remate igual plazo, debiendo los licitadores para poder tomar parte en la subasta consignar previamente en billete de depósito, equivalente al diez por ciento del valor de avalúo que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no serán admitidos. Y toda vez que el Inmueble a remitir se encuentra fuera de esta jurisdicción, gírese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva cumplimentar la fijación y publicación de los edictos ordenados en los lugares de costumbre y en los que determina sus Legislación.-Notifíquese. Lo proveyó y firma la C. Juez Quincuagésimo Primero de lo Civil Licenciada EVANGELINA DIAZ ABASCAL, quien actúa con el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado PEDRO DE LA VEGA SANCHEZ, que autoriza y da fe. Doy Fe. En la Ciudad de México, siendo las diez horas del día diecinueve de abril de dos mil dieciséis, día y hora señalado para que tenga verificativo LA DILIGENCIA DE REMATE EN SEGUNDA ALMONEDA, respecto del inmueble hipotecado ubicado en: EL NÚMERO 114, LOTE 7, MANZANA 5, NUMERO INTERIOR DEPARTAMENTO 501, Y SU CORRESPONDIENTE CAJÓN DE ESTACIONAMIENTO, NÚMERO 10, DE LAS CALLES DE ISAAC NEWTON, CONJUNTO HABITACIONAL LAS TORRES, DE LA COLONIA CIENTÍFICOS EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, en los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SOLIDAD ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE ENTIDAD REGULADA GRUPO FINANCIERO BANORTE EN CONTRA DE ROBERTO JASSO TENORIO, bajo el número de expediente 329/2007... La C. JUEZ ACUERDA: Que habiendo transcurrido la media hora de espera siendo las diez horas con cuarenta minutos, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 579 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, se declara que va a procederse al remate del bien materia de la subasta, siendo informado el Secretario de Acuerdos por la encargada de la Oficialía de Partes de este Juzgado de que no existe promoción relativa a éste expediente, pendiente de acuerdo, no admitiéndose nuevos postores. En uso de la palabra la apoderada de la parte actora, solicita: vista la incomparecencia de postores solicito se señale nuevo día y hora, para que tenga verificativo audiencia de remate en tercera almoneda, sin sujeción a tipo, sirviendo como base para el remate el importe señalado para ésta almoneda, que es la .cantidad de $335,200.00 PESOS (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL). La C. Juez Acuerda: visto lo solicitado, por la apoderada de la parte actora, con fundamento en el Artículo 584 del Código de Procedimientos Civiles, para que tenga verificativo la celebración de la audiencia de remate en tercera almoneda, sin sujeción a tipo, se señalas las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO, sirviendo como base la cantidad de $335,200.00 PESOS (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), debiéndose anunciar en los términos ya ordenado en autos. Con lo que, se da por terminada la presente audiencia siendo las once del día en que se actúa,

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firmando en ella la C. Juez Quincuagésimo Primero de lo Civil Licenciada EVANGELINA DIAZ ABASCAL, quien actúa con el C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado PEDRO DE LA VEGA SANCHEZ, que autoriza y da fe. Doy Fe.-C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. PEDRO DE LA VEGA SANCHEZ.-RÚBRICA. 2555.-6 y 16 junio. JUZGADO QUINCUAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO SRIA. “B”. EXP. No. 840/13. En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por HIPOTECARIA NACIONAL S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de ANA OLIVIA PEREZ BRAVO y ABEL VIÑA GONZALEZ, expediente número 840/2013, el C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, dictó diversos autos el dictado en audiencia de fecha veintiséis de abril del dos mil dieciséis el cual en su parte conducente dice: ... con fundamento en los artículos 564, 570, 572 y 574 del Código de Procedimientos Civiles de ésta Ciudad, se manda subastar el inmueble materia de la hipoteca y se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo el remate en TERCERA ALMONEDA, del bien inmueble consistente en la VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL LETRA D, SUJETA AL RÉGIMEN EN PROPIEDAD EN CONDOMINIO, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE 11 DE LA MANZANA CUATRO (ROMANO), DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO INTERÉS SOCIAL DENOMINADO “DESARROLLO ECATEPEC”, COMERCIALMENTE CONOCIDO COMO “BONITO ECATEPEC”, EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO” debiendo convocar postores por medio de edictos que se publiquen por DOS VECES en los tableros de avisos del Juzgado, en los de la Tesorería de ésta Ciudad y el periódico “Diario Imagen”, debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE DÍAS HÁBILES y entre la última y la fecha del remate igual plazo; se hace del conocimiento de los interesados que la base para SEGUNDA ALMONEDA fue la cantidad de $483,200.00 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que es el precio del avalúo con la rebaja del veinte por ciento de la tasación y que la TERCERA ALMONEDA se llevará a cabo sin sujeción a tipo. En el supuesto de que acuda algún postor al remate deberá exhibir billete de depósito por la cantidad de $48,320.00 (CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) que equivale al 10% (diez por ciento) del precio que sirvió de base para la segunda almoneda ...”.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LIC. MARIA LORENA MUÑIZ ESPINOZA.-RÚBRICA. 2554.-6 y 16 junio. JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO SE CONVOCAN POSTORES. En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) en contra de GALAN RODRIGUEZ ALEJANDRO, Expediente Número 503/2014, de la Secretaria “A”, La C. Juez Séptimo de lo Civil del Distrito Federal, señaló: LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, PARA QUE TENGA LUGAR LA AUDIENCIA DE REMATE EN SUBASTA PUBLICA EN PRIMERA ALMONEDA RESPECTO DEL INMUEBLE HIPOTECADO UBICADO EN LA

VIVIENDA NÚMERO 59, DEL LOTE 7, DE LA MANZANA 47 (ROMANO), DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO HABITACIONAL SOCIAL PROGRESIVO DENOMINADO “LA TRINIDAD III”, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE ZUMPANGO, ESTADO DE MEXICO, CON LAS MEDIDAS, LINDEROS Y COLINDANCIAS QUE SE DESCRIBEN EN AUTOS SIRVIENDO COMO PRECIO PARA EL REMATE LA CANTIDAD DE $257,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), PRECIO DEL AVALÚO RENDIDO EN AUTOS, SIENDO POSTURA LEGAL AQUELLA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE AVALÚO, DE LA CANTIDAD ASIGNADA AL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 573 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL DISTRITO FEDERAL; DEBIENDO LOS POSIBLES LICITADORES, CUMPLIR CON EL DEPOSITO PREVIO QUE REGULA EL ARTICULO 574 DE LA LEY PROCESAL INVOCADA, PARA SER ADMITIDOS COMO TALES, SIENDO ESTA UNA CANTIDAD IGUAL AL DIEZ POR CIENTO EFECTIVO, POR LO MENOS, DEL VALOR ASIGNADO EN EL AVALUÓ. Y PARA EL EVENTO DE QUE NO ACUDAN POSTORES, Y EL ACREEDOR SE INTERESE EN LA ADJUDICACIÓN, ÉSTA SERÁ POR EL MONTO TOTAL DEL AVALUÓ QUE SIRVIÓ DE BASE PARA EL REMATE ATENTO AL ARTICULO 582 DEL CÓDIGO PROCESAL DE LA MATERIA. Para su publicación por DOS VECES debiendo mediar entre una y otra publicación SIETE DIAS HABILES y entre la última y la fecha de remate igual plazo en los tableros de avisos de este Juzgado, en los de la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal y en el periódico “EXCELSIOR”.-ATENTAMENTE.Ciudad de México, a 19 de Mayo del 2016.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. LUIS FERNANDO SANTES TERRONES.RÚBRICA. 2562.-6 y 16 junio.

JUZGADO QUINCUAGESIMO NOVENO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO SECRETARIA “B”. EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE CONTRA BARROSO MONTALVÁN MARÍA DEL ROCÍO, EXPEDIENTE 366/2006, LA C. JUEZ QUINCUAGÉSIMO NOVENO CIVIL DICTÓ EL SIGUIENTE PROVEÍDO: Ciudad de México, a once de marzo de dos mil dieciséis. (…)con fundamento en lo dispuesto en el artículo 272-G del Código de Procedimientos Civiles se aclara el proveído de siete de marzo de dos mil dieciséis en los términos siguientes: en el proveído de mérito se asentó: “CALLE HACIENDA DE ATENCO NÚMERO DOS “B” CASA HABITACIÓN B DEL FRACCIONAMIENTO IZCALLI EL CAMPANARIO EN ATIZAPAN DE ZARAGOZA ESTADO DE MÉXICO” debiendo ser lo correcto: “CASA B EN CONDOMINIO NÚMERO DOS “B” DE LA CALLE HACIENDA DE ATENCO Y TERRENO QUE OCUPA, LOTE UNO DE LA MANZANA UNO DEL FRACCIONAMIENTO IZCALLI, EL CAMPANARIO EN ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO” aclaración que se hace para todos los efectos legales a que haya lugar (…). Ciudad de México, a siete de marzo del dos mil dieciséis. (...), deberán los licitadores consignar mediante billete de depósito del diez por ciento de la cantidad fijada para el citado remate del inmueble antes señalado, sin cuyo requisito no serán

6 de junio de 2016 admitidos, en consecuencia convóquese postores, debiendo publicar dicha subasta por medio de edictos que se fijarán por dos veces en los TABLEROS DE AVISOS del Juzgado y en los de la TESORERÍA DEL DISTRITO FEDERAL y en el Periódico DIARIO DE MÉXICO, debiendo mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha del remate, igual plazo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles, (…). En la Ciudad de México, siendo las DIEZ HORAS DEL DÍA TRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS(...)se ordene sacar a remate a segunda almoneda fijando día y hora para tal efecto y ordenándose convocar postores en términos de proveído de siete de marzo del dos mil dieciséis, quedando como cantidad base para el remate la de $674,400.00 SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS 00/100 M.N. que corresponde al valor del veinte por ciento del descuento sobre el valor de avalúo que sirvió de base para la presente almoneda. LA C. JUEZ ACUERDA: Por hechas sus manifestaciones de la parte actora, y como lo solicita: Se ordena sacar de nuevo a pública subasta con rebaja del veinte por ciento de la tasación en la cantidad que señala. Esta segunda subasta se anunciará y celebrará en igual forma que la anterior señalándose para que tenga verificativo la audiencia las DIEZ HORAS DEL VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, se previene a la parte actora para que exhiba los edictos que deberán fijarse en tabla de avisos del Juzgado un día antes para su debida preparación, en la inteligencia que de no hacerlo así no se fijarán los mismos. Con lo anterior se da por concluida la misma siendo las DIEZ horas con cincuenta minutos del día de la fecha en que se actúa se da por terminada la presente audiencia, que firman en ella los comparecientes en unión de la C. Juez y Secretaria de Acuerdos que autoriza y da fe.- DOY FE.-Ciudad de México, a 04 de mayo de 2016.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LIC. LIZZET URBINA ANGUAS.-RÚBRICA. 2553.-6 y 16 junio. JUZGADO CUADRAGESIMO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO DE REMATE EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO PROMOVIDO POR BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.A. INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX EN CONTRA DE JESÚS EDUARDO OCAÑA GARCÍA, EXPEDIENTE 556/2006; SECRETARIA “B”, EL C. JUEZ CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL DICTO UN AUTO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: CIUDAD DE MÉXICO, A TRES DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS. …, el escrito del apoderado legal de la parte actora, se hace la aclaración del proveído de veintidós de abril del año en curso, respecto a la cantidad siendo lo correcto $3'225,000.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) aclaración que se hace para todos los efecto legales conducentes.- NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. JUEZ CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL, Licenciado JUAN HUGO MORALES MALDONADO, quien actúa asistido del C. SECRETARIO DE ACUERDOS Licenciado GILIBERTO AGUÍÑIGA CAMPOS, con quien actúa y da fe. DOY FE. EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISIETE DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISÉIS. - - Dada nueva cuenta en los autos..., tomando en consideración que la superioridad en el toca 1321/2007/2 revoco el auto de veintinueve de febrero del dos mil dieciséis, en consecuencia para que tenga verificativo la audiencia de PRIMERA ALMONEDA se señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO debiéndose de preparar la misma tal y como esta ordenado en el auto de veintidós de abril del presente año. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. JUEZ CUADRAGÉSIMO

Página 11 DE LO CIVIL, Licenciado JUAN HUGO MORALES MALDONADO, quien actúa asistido del C. SECRETARIO DE ACUERDOS Licenciado GILIBERTO AGUÍÑIGA CAMPOS, con quien actúa y da fe.- DOY FE. CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTIDOS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. - - Agréguese a los autos del expediente número 556/2006, el oficio 281 de fecha veinte de abril del año en curso; que remite la Quinta Sala Civil de este Tribunal; dictado en el toca 1321/2007/2 en la cual informa al suscrito que en la sentencia de quince de abril del año en curso resolvió: “... PRIMERO.- Se revoca el auto de veintinueve de febrero del dos mil dieciséis, emitido por el C. Juez Cuadragésimo de lo Civil de este Tribunal, ..., para quedar en los siguientes términos: - Agréguese a los autos... el escrito de la apoderada legal de la parte actora, vistas sus manifestaciones y las constancias de autos como lo solicita en auto separado en que se atiendan las labores del Juzgado se señala hora y fecha para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, debiéndose de convocar postores por edictos que habrán de publicarse por dos veces en los tableros de Avisos de este Juzgado y en los de la Tesorería de la Ciudad de México, así como en el periódico DIARIO DE MEXICO, debiendo mediar entre una y otra notificación SIETE DIAS HABILES y entre la última y la fecha de remate igual plazo, siendo el valor determinado del bien a rematar la cantidad de $3'225,000.00 (TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) siendo postura legal la que cubras dos terceras partes de dicha cantidad, debiéndose insertar en los edictos correspondientes, las características del bien a rematar ubicado en la calle de Roma, número 227, que es el lote 53, de la manzana VI, de la subdivisión de Vista Bella, Sección “A”, en Tlalnepantla, Estado de México en virtud de que el inmueble hipotecario se encuentra fuera de esta jurisdicción, gírese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL EN TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, a fin de que convoque postores por medio de edictos que se publicarán en los lugares de costumbre y en el periódico de mayor circulación de dicha localidad, debiendo insertar en el edicto correspondiente las características del bien a rematar,... NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. JUEZ CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL, Licenciado JUAN HUGO MORALES MALDONADO, quien actúa asistido del C. SECRETARIO DE ACUERDOS Licenciado GILIBERTO AGUÍÑIGA CAMPOS, con quien actúa y da fe.-DOY FE.-C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC. GILIBERTO AGUIÑIGA CAMPOS.-RÚBRICA. 1069-A1.-6 y 16 junio.

JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE LERMA EDICTO En el expediente número 517/16 relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO SOBRE DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN DE DOMINIO, promovido por JUSTINO SÁNCHEZ VALDES, por su propio derecho, respecto del inmueble ubicado en calle Miguel Hidalgo número 3, colonia Guadalupe Victoria, Municipio de Villa Cuauhtémoc Otzolotepec, México, dicho inmueble cuenta con las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE: 25.60 mts. y colinda con EVARISTO COLÍN, AL SUR: 25.60 mts. y colinda con CERRADA SAN ANTONIO, AL ORIENTE: 15.00 mts. con GENOVEVA SALVADOR LIMÓN, AL PONIENTE: 15.00 mts. y colinda con CALLE MIGUEL HIDALGO, con una extensión superficial de 384.00 metros cuadrados, el Juez Primero de lo Civil de Primera Instancia de Lerma, México, dio entrada a la presente solicitud y ordenó la expedición y publicación de edictos correspondientes para su publicación por dos (2) veces, con intervalos de por lo menos dos (2) días, en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO y en otro de mayor circulación en la población, haciéndoles saber a

Página 12 los que se crean con igualdad o mejor derecho, lo deduzcan en términos de ley. Edictos que se expiden el uno (01) de junio de dos mil dieciséis (2016).- DOY FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA RITA ERIKA COLIN JIMÉNEZ.RÚBRICA. Lo anterior para dar cumplimiento al auto de fecha veintisiete (27) de mayo de dos mil dieciséis (2016), para los efectos legales a que haya lugar.- DOY FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA RITA ERIKA COLIN JIMÉNEZ.RÚBRICA. 2551.- 6 y 9 junio. JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE LERMA EDICTO EMPLAZAMIENTO A: FELICITAS PAVON DE ARANDA. Que en los autos del expediente 1223/2014 del JUICIO ORDINARIO CIVIL, INEXISTENCIA DE COMPRAVENTA, promovido por TITA CARRILLO PAVÓN, en contra de GUILLERMO VIRGINIO CARRILLO PAVON Y FELICITAS PAVON DE ARANDA, tramitado en el Juzgado Tercero Civil de Primera Instancia de Lerma, Estado de México, en el que por auto dictado en fecha veinticuatro de mayo del año dos mil dieciséis se ordenó emplazar por medio de edictos a FELICITAS PAVON DE ARANDA ordenándose la publicación por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, en el Periódico GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en otro de mayor circulación y en el Boletín Judicial, que contendrá una relación sucinta de la demanda, respecto de las siguientes prestaciones: A.- La inexistencia de la compraventa celebrada entre FELICITAS PAVON DE ARANDA Y GUILLERMO CARRILLO PAVON de fecha dos de febrero de mil novecientos cincuenta y dos; B.- La declaración de ineficacia de las diligencias de procedimiento judicial no contencioso de información de dominio; C.- La declaración judicial de nulidad de instrumento notarial número 24,268; D.- La declaración judicial de nulidad de instrumento notarial número 24,271; E.- La declaración judicial de nulidad de instrumento notarial 26,562; F.- La cancelación de las inscripciones registrales Volumen 54, partida 972-490 y volumen 54, partida 973-491 y volumen 56, partida 80-346; G.- Como consecuencia de las prestaciones anteriores, se restituya a la sucesión de Agustina Pavón Rodríguez Viuda de Carrillo; y H.- El pago de gastos y constas judiciales. Las cuales se fundan en los siguientes hechos: En fecha ocho de marzo de mil novecientos seis, se protocolizaron las diligencias del juicio testamentario a bienes del señor GUMECINDO PAVON, en el que consta que se declararon como únicos herederos a sus hijos AGUSTINA, FELICITAS, MARGARITA, LEOPOLDO, GUMECINDO, LEONOR Y FORTUNATO DE APELLIDOS PAVON RODRIGUEZ en partes iguales. Es importante hacer notar que en el testamento, el autor GUMESINDO PAVON dispuso que los bienes los transmitía proindiviso a sus hijos hasta en tanto no cumplieran la mayoría de edad. 2.- En fecha veintisiete de febrero de mil novecientos cuarenta y seis, los herederos de GUMENCINDO PAVON , ante la fe del Juez constitucional de Primera Instancia de Lerma, Estado de México y Notario del mismo, decidieron dividirse el terreno de "La loma" y el terreno de "El Llano", mediante el convenio de Partición, por lo que se hicieron seis fracciones del terreno "El llano" y seis fracciones en "La Loma", que serían repartidas entre los seis hermanos, que quedo protocolizado en la escritura número 120, volumen III, asiento veinte. 3.Posteriormente mediante contrato de cesión de derechos celebrado en fecha veinticinco de marzo del mil novecientos setenta y siete, la señora AGUSTINA PAVON VIUDA DE CARRILLO adquirió de su hermana FELICITAS PAVON DE ARANDA los derechos de propiedad que le corresponderían sobre la primera fracción del "El Llano" y la tercera fracción del terreno "La Loma". 4.- En el año mil novecientos setenta y siete, AGUSTINA PAVON RODRIGUEZ VIUDA DE CARRILLO otorgo testamento público abierto que se protocolizó en el acta número

6 de junio de 2016 5,383, por medio del cual nombró como únicos y universales herederos a sus hijos HECTOR MANUEL, IGNACIO, GUILLERMO, LEOPOLDO, FERNANDO, ANGELINA Y TITA de apellidos CARRILLO PAVON para que se repartieran sus bienes en partes iguales, entre sus bienes dispuso los que había heredado de sus padre GUMESINDO PAVON y los que había adquirido de sus hermanos FELICITAS Y LEOPOLDO PAVÓN RODRIGUEZ. 5.- En el año de mil novecientos setenta y ocho HECTOR MANUEL, IGNACIO, GUILLERMO, LEOPOLDO, FERNANDO, ANGELINA Y TITA de apellidos CARRILLO PAVON iniciamos juicio sucesorio testamentario a bienes AGUSTINA PAVÓN RODRIGUEZ VIUDA DE CARRILLO, radicándose con el número de expediente 58/78 en el Juzgado Cuarto Civil de Toluca, México y actualmente en el Juzgado Sexto Familiar de Toluca, México con número de expediente 152/10, en el cual se le hizo nombramiento de albacea a TITA CARRILLO PAVON. 6.El coheredero y ahora demandado GUILLERMO VIRGINIO CARRILLO PAVON se ha ostentado como propietario de la primera fracción de "El llano" y la tercera fracción de "La Loma" con una copia fotostática certificada de un contrato privado de compraventa de fecha dos de febrero de mil novecientos Cincuenta y dos que supuestamente celebró como comprador y FELICITAS PAVON DE ARANDA como vendedora, mismo que ha exhibido en los procedimientos judiciales, no contenciosos de información de dominio y una vez concluidos los procedimientos judiciales, el ahora demandado solicito la protocolización de las sentencia. 7.- El ahora demandado GUILLERMO VIRGINIO CARRILLO PAVON usurpo la posesión por la compraventa cuya inexistencia se demanda. 8.- En la averiguación previa número TOL/AC/II/5141/2007 en fecha quince de noviembre de dos mil once, compareció GLORIA MARIA CRISTINA ARANDA PAVON quien es hija de FELICITAS PAVÓN RODRIGUEZ en la que declaro que los bienes que ampara la compraventa con la que GUILLERMO VIRGINIO CARRILLO PAVON ampara su propiedad pertenecen a la sucesión que represento por haberlos cedido su madre a la autora de esta sucesión. 9.- Por los motivos expuestos, la sucesión que represento tienen la necesidad de que se declare la inexistencia de la compraventa supuestamente celebrada en fecha dos de febrero de mil novecientos cincuenta y dos entre FELICITAS PAVON DE ARANDA Y GUILLERMO VIRGINIO CARRILLO PAVON. Es así que al desconocerse el domicilio de la demandada FELICITAS PAVON DE ARANDA, como se reseño se ordenó su emplazamiento, a través de edictos que contendrán una relación sucinta de la demanda y se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Periódico Oficial "GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México", en otro de mayor circulación en esta ciudad y en el boletín judicial, haciéndole saber a la demandada que debe presentarse en el local de este juzgado dentro del plazo de treinta días contados, a partir del siguiente al de la última publicación, para que manifieste lo que a su derecho convenga, fijándose además en la puerta de avisos de este Tribunal, una copia íntegra de la resolución, por todo el tiempo del emplazamiento, apercibiéndoles qué si pasado el tiempo concedido no comparece por si, por apoderado o por gestor que pueda representarla, siguiéndose el juicio en su rebeldía; haciéndole las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal a través de la lista y boletín judicial. Se expide el presente a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciséis. VALIDACIÓN: AUTO QUE ORDENA LA PUBLICACIÓN DE EDICTOS, VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ROSALVA ESQUIVEL ROBLES.- RÚBRICA. 2550.- 6, 15 y 24 junio. JUZGADO SEXAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO En cumplimiento a lo ordenado en autos de fecha dieciocho de abril y dos de mayo del dos mil dieciséis, dictados en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por

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HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en contra de RENE POPOCA PASTRANA, expediente número 614/2014, el C. JUEZ SEXAGÉSIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO DICTÓ DIVERSOS AUTOS QUE A LA LETRA DICEN: “Ciudad de México, a dieciocho de abril del dos mil dieciséis... para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA respecto del bien inmueble consistente en VIVIENDA O CASA “F” SUJETA AL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO DE INTERÉS POPULAR DEL CONJUNTO URBANO DENOMINADO “BONITO ECATEPEC”, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE CUARENTA Y DOS, DE LA MANZANA SEIS ROMANO, UBICADO EN CALZADA DE LA VIGA NÚMERO CIENTO DIECISIETE, DE LA COLONIA JAJALPA, EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE MÉXICO, se señalan las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, por lo que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, convóquense postores. [ ... ] Sirviendo como base para la subasta la cantidad de $355,000.00 (trescientos cincuenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes, debiendo los postores exhibir mediante billete de depósito por lo menos el diez por ciento del valor del bien a efecto de que intervenga en el remate. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Sexagésimo Segundo Civil de la Ciudad de México LICENCIADO RODRIGO CORTES DOMÍNGUEZ TOLEDANO, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado Eduardo Benítez García. Doy Fe.” OTRO ACUERDO: “Ciudad de México, a dos de mayo de dos mil dieciséis. “…por lo que con fundamento en lo dispuesto en el artículo 570 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, convóquense postores se ordena la publicación del edito que se fijará por una sola ocasión en el tableros de avisos de este Juzgado y en la Tesorería del Distrito Federal, debiendo mediar entre la publicación y la fecha de remate cuando menos CINCO DÍAS HÁBILES y entre la última y la fecha del remate igual plazo, y atento al valor del inmueble de la misma manera se deberá de publicar el periódico “DIARIO IMAGEN” y toda vez que el domicilio del inmueble a rematar se encuentra fuera de la Jurisdicción de este Juzgado, con los insertos necesarios gírese atento exhorto y edictos correspondientes al C. JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MÉXICO, a efecto de que proceda a publicar los edictos en los lugares públicos de costumbre y en el periódico de mayor circulación de dicha entidad; con igual término al antes señalado para realizar las publicaciones de los mismos, …”. NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C. Juez Sexagésimo Segundo Civil LICENCIADO RODRIGO CORTES DOMINGUEZ TOLEDANO, quien actúa ante el C. Secretario de Acuerdos Licenciado Eduardo Benítez García.- Doy fe”. CIUDAD DE MÉXICO, A 11 DE MAYO DEL 2016.- EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC. EDUARDO BENÍTEZ GARCÍA.- RÚBRICA. 2549.- 6 junio.

JUZGADO CUADRAGESIMO SEXTO DE LO CIVIL MEXICO, D.F. EDICTO SE CONVOCAN POSTORES. En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por SCOTIABANK INVERLAT S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK INVERLAT, en contra de CITLALLI MARISOL TORRES HENESTROSA, expediente número 562/2012, el C. Juez Cuadragésimo Sexto de lo Civil, señaló las ONCE HORAS DEL

DIA VEINTIOCHO DE JUNIO PRÓXIMO, para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN TERCERA ALMONEDA SIN SUJECION A TIPO, respecto del bien inmueble hipotecado consistente EN LA CASA MARCADA CON EL NUMERO TRES DE LA CALLE BOSQUES DE BOHEMIA TRECE, EN LA COLONIA BOSQUES DEL LAGO Y TERRENO QUE OCUPA QUE ES EL LOTE MARCADO CON EL NUMERO TRES, DE LA MANZANA DOCE, SECTOR TRES, DEL FRACCIONAMIENTO “RESIDENCIAL BOSQUES DEL LAGO” EN EL MUNICIPIO DE CUAUTITLÁN IZCALLI ESTADO DE MEXICO, sirviendo de base la cantidad de $3,144,000.00 (TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad que resulta hecha la rebaja del veinte por ciento del precio de avalúo que sirvió de base para la SEGUNDA ALMONEDA PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES MEDIANDO ENTRE UNA PUBLICACIÓN Y OTRA SIETE DÍAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA Y LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO EN: LOS TABLEROS DE ESTE JUZGADO LOS DE LA TESORERÍA DE LA CIUDAD DE MEXICO EN EL PERIÓDICO DIARIO IMAGEN EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE ESE JUZGADO EN LA RECEPTORÍA DE RENTAS DE ESE LUGAR EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE ESA LOCALIDAD Y QUE DESIGNE EL C. JUEZ EXHORTADO O EN LOS TÉRMINOS QUE LA LEGISLACIÓN PROCESAL CIVIL DE ESA ENTIDAD CONTEMPLE. Ciudad de México, a 4 de Mayo de 2016.- EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC. CIRO CUETO DE LA CRUZ.- RÚBRICA. 2548.- 6 y 16 junio.

JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DISTRITO DE TEXCOCO EDICTO LUÍS CORONA LUGO, promueve PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INMATRICULACIÓN JUDICIAL, respecto de la fracción del inmueble denominado "TEPETLAPA" ubicado en el poblado de San Simón, Municipio de Texcoco, Estado de México, persona que adquirió mediante contrato de compraventa que celebro con su anterior propietaria C. PAULA TORRES OCAMPO, de fecha once de abril del año dos mil diez, cuyas medidas y colindancias son las siguientes: AL NORTE: 27.50 metros y colinda con ALAN RUIZ TERRAZAS; AL SUR: 27.50 metros y colinda con ALFREDO MAURILIO ROSALES GUTIÉRREZ; AL ORIENTE: 10.00 metros y colinda con EFRÉN GONZÁLEZ MARTÍNEZ; AL PONIENTE 10.00 metros y colinda con CALLE PINO, con una superficie aproximada de 275.00 metros cuadrados. Así mismo el hoy promovente manifestó que el inmueble con antelación descrito carece de inscripción en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, Oficina Registral de Texcoco; el actor manifiesta que ha venido ejercitando actos de dominio, que posee de forma pacífica, continua, pública, de buena fe y con el carácter de propietario, se encuentra al corriente en el pago del impuesto predial, que el inmueble objeto del presente procedimiento no contencioso, no forma parte ni pertenece al ejido del Poblado San Simón, Municipio de Texcoco. Por auto de fecha cuatro de mayo de dos mil dieciséis, se ordena la notificación por EDICTOS, a las personas que se crean con igual o mejor derecho pasen a deducirlo a este juzgado.

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PARA SU PUBLICACION EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO Y EN OTRO PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN QUE SE EDITE EN ESTA CIUDAD, POR DOS VECES EN CADA UNO DE ELLOS, CON INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DÍAS, SE EXPIDEN EN LA CIUDAD DE TEXCOCO, ESTADO DE MÉXICO A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS; DOY FE. Validación: Texcoco, Estado de México, 25 de Mayo del año 2016.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. MARIA LILIA SEGURA FLORES.- RÚBRICA. 396-B1.- 6 y 9 junio. A V I S O S

A D M I N I S T R A T I V O S G E N E R A L E S

Y

INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL DISTRITO DE JILOTEPEC EDICTO No. DE EXPEDIENTE 16569-1/2016, La C. MARIA MANUELA FERRER CHÁVEZ, promovió inmatriculación administrativa, sobre un terreno ubicado en LA COMUNIDAD DE TAXHIÉ Municipio de POLOTITLAN, Estado de México el cual mide y linda: Al Norte: 170.00 METROS con PROPIEDAD DEL SEÑOR MACARIO FERRER CHÁVEZ Y ACCESO PRIVADO. Al Sur: 44.00 METROS con PROPIEDAD DEL SEÑOR FRANCISCO JAVIER BASURTO GARCÍA ROJAS, Al Oriente: EN CUATRO LINEAS: LA PRIMERA DE 50.00 METROS, LA SEGUNDA DE 60.00 METROS, LA TERCERA DE 43.00 METROS Y LA CUARTA DE 55.00 METROS con PROPIEDAD DEL SEÑOR FRANCISCO JAVIER BASURTO GARCÍA ROJAS. Al Poniente: 200.00 METROS con PROPIEDAD DEL SEÑOR JUAN ADOLFO GARFIAS BENÍTEZ. Con una superficie aproximada de 16,317.46 METROS CUADRADOS. El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral del Estado de México, en la “GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos, comparezcan a deducirlos.- JILOTEPEC, Estado de México a 19 de MAYO del 2016.- C. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE JILOTEPEC, ESTADO DE MEXICO, LIC. OLGA LIDIA VICENTE JAVIER.- RÚBRICA. 2552.- 6, 9 y 14 junio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 33 DEL ESTADO DE MEXICO NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO AVISO NOTARIAL Por escritura número 30,039 de fecha 30 de mayo del 2016, otorgada ante la fe de la Suscrita Notaria, los señores MARÍA ESTELA JARAMILLO GÓMEZ, MARÍA DE LA LUZ JARAMILLO GÓMEZ y SERGIO JARAMILLO GÓMEZ, en su carácter de hijos, llevaron a cabo la radicación y el reconocimiento de validez del testamento a bienes de su padre el señor RODOLFO JARAMILLO Y DÍAZ (quien también acostumbró usar los nombres de RODOLFO JARAMILLO DÍAZ y RODOLFO JARAMILLO). Así mismo, en dicho instrumento, las personas antes mencionadas, aceptaron, el derecho a heredar en la presente sucesión, por partes enteramente iguales. Por último, la señora MARÍA ESTELA JARAMILLO GÓMEZ, acepto desempeñar el cargo de albacea de la sucesión testamentaria antes mencionada, mismo que protesto desempeñar fiel y legalmente y el cual le fue discernido con el cúmulo de facultades que le corresponden a los albaceas, por lo que en ejercicio de dicho cargo procederá a formular y presentar el inventario y los avalúos relativos a la sucesión antes referida.

Naucalpan de Juárez, Estado de México a 31 de mayo de 2016. LIC. MARIANA SANDOVAL IGARTÚA.-RÚBRICA. NOTARIA No. 33 DEL EDO. DE MEXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL. NOTA: EL AVISO ANTES CITADO DEBERA SER PUBLICADO DOS OCASIONES CON UN INTERVALO DE SIETE DIAS HABILES. 1063-A1.-6 y 15 junio.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 137 DEL ESTADO DE MEXICO CUAUTITLAN IZCALLI, MEXICO AVISO NOTARIAL Licenciado Pedro Guy del Paso Juin, Notario Interino de la Notaría número ciento treinta y siete (137) del Estado de México, de conformidad y con fundamento en los artículos 4.77, 4.78 y 4.79 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, 6.212 del Código Civil del Estado de México y, 120 fracción I, 123 y 124 de la Ley del Notariado del Estado de México, en ejercicio hago saber, que por Escritura número cinco mil setecientos veintidós (5,722) del volumen ciento ochenta y ocho (188), de fecha diecinueve (19) de mayo del año dos mil dieciséis (2016), otorgado ante la fe del suscrito Notario, por común acuerdo y conformidad de la parte interesada, se hizo constar el INICIO DE LA TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO SUCESORIO TESTAMENTARIO a bienes de JAVIER MARTÍNEZ VERTIZ MIRANDA, a petición de XAVIERA MARTÍNEZ VERTIZ GONZÁLEZ y DANIELA MARTÍNEZ VERTIZ GONZÁLEZ CORNEJO, representadas en éste acto por FERNANDA MARTÍNEZ VERTIZ GONZÁLEZ CORNEJO, quien también actúa por su propio derecho, así como XAVIER MARTÍNEZ VERTIZ POO y PATRICIO MARTINEZ VERTIZ POO, todos en su calidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del autor de la sucesión y en dicho Instrumento obran las siguientes declaraciones: a) Que el autor de la sucesión falleció el día dos (2) de mayo del año mil dieciséis (2016). b) Que los señores XAVIERA MARTÍNEZ VERTIZ GONZÁLEZ, DANIELA MARTÍNEZ VERTIZ GONZÁLEZ CORNEJO, FERNANDA MARTÍNEZ VERTIZ GONZÁLEZ CORNEJO, XAVIER MARTÍNEZ VERTIZ POO y PATRICIO MARTINEZ VERTIZ POO son mayores de edad y que no existe conflicto ni controversia alguna que impida la tramitación notarial del procedimiento sucesorio testamentario. c) Que no tienen conocimiento de que exista persona alguna a la que le asista mejor o igual derecho que el suyo para ser considerados como herederos en la sucesión que se tramita. Para su publicación una vez. Cuautitlán Izcalli, Estado de México a 30 de mayo del año 2016. LIC. PEDRO GUY DEL PASO JUIN.-RÚBRICA. NOTARÍA 137 DEL ESTADO DE MÉXICO. 1066-A1.-6 junio. NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO AVISO NOTARIAL Por instrumento número 53,059, del volumen 1,014, de fecha 27 de mayo del 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar LA RADICACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE ALEJANDRA ALVAREZ

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GUERRA TAMBIEN CONOCIDA COMO ALEJANDRA ALVAREZ Y COMO ALEJANDRA ALVAREZ GUERRA VIUDA DE CRUZ otorgado por las señoras IRMA, MARICELA, MARÍA DE LOURDES, SARA, ALEJANDRA, XOCHITL TRINIDAD Y RUTH MARÍA TODAS DE APELLIDOS CRUZ ALVAREZ y II.EL REPUDIO DE LOS POSIBLES DERECHOS HEREDITARIOS QUE LES PUDIERAN CORRESPONDER EN LA MENCIONADA SUCESIÓN A LAS SEÑORAS IRMA, MARICELA, SARA, XOCHITL TRINIDAD Y RUTH MARÍA TODAS DE APELLIDOS CRUZ ALVAREZ, donde se acreditó el entroncamiento de los otorgantes con la autora de la sucesión, e hicieron constar el fallecimiento de esta, con las actas respectivas, manifestando que no tienen conocimiento de que exista persona alguna que pueda tener igual o mejor derecho a heredar y de los informes solicitados se advierte la inexistencia de testamento alguno, por lo que se procede a hacer pública tal situación en términos del artículo 70 del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México. ATENTAMENTE En Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 30 de mayo del 2016. LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.-RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE DEL ESTADO DE MÉXICO. * Para su publicación con un intervalo de 7 en 7 días

NOTARIA PUBLICA NUMERO 33 DEL ESTADO DE MEXICO NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO AVISO NOTARIAL Por escritura número 30,022 de fecha 25 de mayo del 2016, otorgada ante la fe de la Suscrita Notaria, los señores JESSE JOEL KRANTZBERG REISIN, ALEX MARIO KRANTZBERG REISIN y DORIN KRANTZBERG REISIN, esta última representada por el primero, en su carácter de hijos, llevaron a cabo la radicación y el reconocimiento de validez del testamento a bienes de la señora ROSA REISIN BOSTEIN VIUDA DE KRANTZBERG (quien también acostumbró usar los nombres de ROSA REISIN BOSTEIN, GLORIA ROSA REISIN BOSTEIN DE KRANTZBERG, ROSA GLORIA REISIN BOSTEIN DE KRANTZBERG, ROSA REISIN BOSTEIN DE KRANTZBERG, GLORIA REISIN BOSTEIN DE KRANTZBERG, ROSA KRANTZBERG, GLORIA KRANTZBERG, ROSA GLORIA KRANTZBERG y GLORIA ROSA KRANTZBERG). Así mismo, en dicho instrumento, las personas antes mencionadas, aceptaron, el derecho a heredar en la presente sucesión, por partes enteramente iguales. Por último, el señor JESSE JOEL KRANTZBERG REISIN, acepto desempeñar el cargo de albacea de la sucesión testamentaria antes mencionada, mismo que protesto desempeñar fiel y legalmente y el cual le fue discernido con el cúmulo de facultades que le corresponden a los albaceas, por lo que en ejercicio de dicho cargo procederá a formular y presentar el inventario y los avalúos relativos a la sucesión antes referida.

hábiles. 398-B1.-6 y 15 junio.

Naucalpan de Juárez, Estado de México a 30 de mayo de 2016.

NOTARIA PUBLICA NUMERO 113 DEL ESTADO DE MEXICO NEZAHUALCOYOTL, MEXICO AVISO NOTARIAL

LIC. MARIANA SANDOVAL IGARTÚA.- RÚBRICA. NOTARIA No. 33 DEL EDO. DE MEXICO Y DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL.

Por escritura número 53,077, del volumen 1014, de fecha 30 de Mayo del año 2016, otorgada en el protocolo a mi cargo, se hizo constar LA INICIACIÓN DE LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA “RADICACIÓN” A BIENES DE LA SEÑORA ESTEFANA TEODORA GARDUÑO AGUILAR, que formalizaron los presuntos herederos siendo estos los señores MARIA ELENA BAUTISTA GARDUÑO, VICTOR BAUTISTA GARDUÑO, RAUL BAUTISTA GARDUÑO, MARIA GUADALUPE BAUTISTA GARDUÑO Y LEONARDO RUBEN BAUTISTA GARDUÑO, en su carácter de hijos de la autora de la presente sucesión, quienes acreditaron su entroncamiento con las copias certificadas de su acta de matrimonio y nacimiento, respectivamente, y la copia certificada del acta de defunción de la de cujus, por lo que las personas antes señaladas manifestaron su consentimiento y autorización para que se tramite la presente sucesión Vía Notarial, en términos de los artículos ciento diecinueve, ciento veinte fracción segunda, ciento veintidós, ciento veintiséis y ciento veintisiete de la Ley del Notariado vigente para el Estado de México y los artículos sesenta y seis, sesenta y ocho, sesenta y nueve y setenta de su reglamento, por lo que se procede a hacer la publicación en términos del artículo setenta del Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de México.

NOTA: EL AVISO ANTES CITADO DEBERA SER PUBLICADO DOS OCASIONES CON UN INTERVALO DE SIETE DIAS HABILES. 1064-A1.- 6 y 15 junio.

ATENTAMENTE Ciudad Nezahualcóyotl, Estado de México, a 31 de Mayo de 2016. LICENCIADO JOSÉ ORTIZ GIRÓN.- RÚBRICA. NOTARIO PÚBLICO NÚMERO CIENTO TRECE DEL ESTADO DE MÉXICO. **Para su publicación con un intervalo de 7 en 7 días hábiles. 398-B1.- 6 y 15 junio.

Fe de Erratas Del Edicto 339-B1, expediente número 94/2016, promovido por AMELIA GOMORA MONROY, publicado los días 17 y 20 de Mayo de 2016, en el vigésimo renglón Dice: por auto de fecha 19 diecinueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, lo admitió y ordenó publicar un extracto de la solicitud, Debe Decir: por auto de fecha 19 diecinueve de febrero de 2016 dos mil dieciséis, lo admitió a tramite y ordenó publicar un extracto de la solicitud, En el quincuagésimo segundo renglón Dice: Se ordena publicar el presente edicto por dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA DEL GOBIERNO Oficina del Estado de México, Debe Decir: Se ordena publicar el presente edicto por dos veces con intervalos de por lo menos dos días en la Gaceta de Gobierno Oficial del Estado de México, Atentamente M. en A.P. María Christian Uribe Lugo Jefa del Departamento del Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” (Rúbrica).

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6 de junio de 2016 .

FAGUMO S.C. RFC: FAG111111378 FAGUMO, S.C. EN LIQUIDACION AVISO A LOS ACCIONISTAS En virtud de que se ha concluido el procedimiento establecido en los artículos 241 y 242 fracciones I, II y III de la Ley General de Sociedades Mercantiles y que ha sido practicado el balance final de liquidación, se hace del conocimiento de los señores accionistas de FAGUMO, S.C en liquidación, que de conformidad con lo establecido en los artículos 243 segundo párrafo y 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se ha concluido el balance final de liquidación de la sociedad, razón por la cual, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción II del artículo 247 del mencionado ordenamiento legal, se hace la presente publicación. Una vez realizadas las publicaciones y transcurrido el plazo a que se refiere el segundo párrafo de la fracción II del referido artículo 247, el liquidador citara a Asamblea General de Accionistas, para someter a aprobación el balance final. BALANCE GENERAL FINAL DE LIQUIDACION 21 DE OCTUBRE DE 2014 ACTIVO Efectivo y equivalentes Mob. Y Eq. De oficina Eq. De computo Eq. De transporte Depreciación acumulada

43,210 13,046 107,908 540,000 - 208,282

Suma activo

Ctas. Y doctos. X pagar Suma pasivo Capital contable: Capital social Utilidades acumuladas Suma capital Suma pasivo + capital

495,882

PASIVO Y CAPITAL 180,469 180,469 50,000 265,413 315,413 495,882

Participación de los socios en el Haber Social: 50% Miguel Ángel Antonio Gutiérrez Ysita 50% José Antonio Gutiérrez Montero Atentamente Tenancingo, México a 21 de Octubre de 2014 FAGUMO, S.C en liquidación El liquidador Miguel Ángel Antonio Gutiérrez Ysita (Rúbrica). 2561.-6 junio. PROMOTORA ADM PROMOTORA DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y MOBILIARIO, S.A. DE C.V. Parque de Granada No. 71, Piso 1 Colonia Parques de la Herradura, C.P. 52786 Huixquilucan, Estado de México. BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 12 DE MAYO DE 2016 ACTIVO

0

CAJA

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TOTAL ACTIVO

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PASIVO

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CUENTAS POR PAGAR

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TOTAL PASIVO

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CAPITAL

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CAPITAL SOCIAL

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TOTAL CAPITAL CONTABLE

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TOTAL PASIVO Y CAPITAL

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La publicación se hace en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles Huixquilucan, Estado de México, a 01 de junio de 2016 C. VICENTE PEREZ MALDONADO LIQUIDADOR (RÚBRICA). 1067-A1.- 6, 16 junio y 6 julio.