Los accidentes laborales de tráfico y la seguridad vial

N.º 44 • DICIEMBRE 2014 SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y DESARROLLO TERRITORIAL Los accidentes laborales de tráfico y la seguridad vial Según la DGT: “...
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N.º 44 • DICIEMBRE 2014

SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y DESARROLLO TERRITORIAL

Los accidentes laborales de tráfico y la seguridad vial Según la DGT: “Más del 70% de los accidentes laborales son accidentes de tráfico producidos al ir o al volver del trabajo”

Direcciones de interés ORGANISMOS DE UGT- MADRID SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y DESARROLLO TERRITORIAL UGT-MADRID Avda. América 25 • 28002 Madrid •Telf.: 91 589 09 09/10 • Fax. 91 589 71 45 E-mail: [email protected] • http://www.saludlaboralugtmadrid.org Oficina Técnica para la Prevención de Riesgos Laborales UGT-Madrid. Avda. América 25 • 28002 Madrid • Telf.: 900 36 36 37 / 91 309 24 11 E-mail: [email protected] / [email protected] http://www.saludlaboralugtmadrid.org Servicio de Prevención, Información y Orientación sobre las drogodependencias en el ámbito laboral Avda. de América, 25 • 28002 Madrid •Telf.: 91 589 09 09 E-mail: [email protected] • http://www.saludlaboralugtmadrid.org SECRETARÍA SALUD LABORAL Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERAL C/ Hortaleza, 88 • 28004 Madrid • Telf.: 91 589 09 52 • E-mail: [email protected] http://www.ugt.es/saludlaboral/ FEDERACIONES REGIONALES FETE (Trabajadores de la Enseñanza) Av. América, 25 - 3ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 387 92 38 • Fax: 91 589 73 78 e-mail: [email protected] FES (Servicios) Av. América, 25 - 2ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 387 92 41 e-mail: [email protected] MCA (Metal, Construcción y Afines) Avda. América, 25 - 4ª planta • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 48 e-mail: [email protected] SMC (Servicios para la Movilidad y el Consumo) Avda. América, 25 - 7ª planta • 28002 Madrid Telf.: 91 589 73 84 • e-mail: [email protected] FITAG (Industria y Trabajadores Agroalimentarios) Avda. América, 25 - 6ª planta • 28002 Madrid Telf.: 91 589 75 82 • e-mail: [email protected] FSP (Servicios Públicos) C/ Buen Suceso, 19 • 28008 Madrid • Telf.: 91 589 70 77 / 70 43 e-mail: formació[email protected][email protected] UPJP Avda. América, 25 planta baja • 28002 Madrid • Telf.: 91 589 73 65 e-mail: [email protected]

UNIONES COMARCALES Unión Comarcal Norte UGT - Madrid Avda. Valdelaparra, 108 • 28100 Alcobendas Telf.: 91 662 08 75 • E-mail: [email protected]. Unión Comarcal Sur UGT - Madrid Avda. de los Ángeles, 20 • 28903 Getafe Telf.: 91 696 05 11 • E-mail: [email protected] Unión Comarcal Este UGT - Madrid C/ Simón García de Pedro, 2 • 28805 Alcalá de Henares Telf.: 91 888 08 18 • E-mail: [email protected] Unión Comarcal Oeste UGT - Madrid C/ Clara Campoamor, 2 • 28400 Collado Villalba Telf.: 91 850 13 01 E-mail: [email protected] Unión Comarcal Sureste UGT – Madrid C/ Silos, 27 • 28500 Arganda del Rey Telf.: 91 876 89 65 • E-mail: [email protected] Unión Comarcal Suroeste UGT – Madrid C/ Huesca, 2 • 28941 Fuenlabrada Telf.: 91 690 40 68 •E-mail: [email protected] OTROS ORGANISMOS INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C/ Ventura Rodríguez, 7 • 28008 Madrid Telf.: 900 71 31 23 INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Plaza Emilio Jimémez Millas, 1 • 28008 Madrid Telf.: 91 363 56 00 INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO C/ Torrelaguna, 73 • 28027 Madrid • Telf.: 91 363 41 00 www.insht.es/ FUNDACIÓN PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES C/ Príncipe de Vergara, 108, 6ª Planta • 28002 Madrid Telf.: 91 535 89 15 • www.funprl.es e-mail: [email protected] AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO C/ Gran Vía, 33 • 48009 Bilbao • Telf.: 94 479 43 60

PUBLICACIONES REALIZADAS DESDE LA SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y DESARROLLO TERRRITORIAL DE UGT-MADRID A continuación se detallan algunas de las publicaciones realizadas a las que se puede acceder a través de la página web http://www.saludlaboralugtmadrid.org, teniendo también acceso a otras publicaciones de otros temas transversales y sectoriales en materia de prevención de riesgos laborales.

Boletín Informativo: Nº 39 (noviembre 2012): La influencia de la reforma laboral en la salud de los trabajadores. Nº 40 (diciembre 2012): Memoria de las actuaciones realizadas al amparo del III Plan Director en Prevención de RL de la Comunidad de Madrid 2008-2011. (Periodo Enero 2008-Diciembre 2012). Nº 41 Acuerdo para desarrollar el IV Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales. Nº 42 Educando en prevención para crear cultura preventiva. Nº 43 Crisis económica, drogodependencias y salud pública. Estudios de investigación: Sobre los accidentes de trabajo en el sector del metal en la Comunidad de Madrid. Sobre los riesgos psicosociales en la Comunidad de Madrid. Detección de los riesgos laborales debidos a conductas violentas de las personas. Enfermedades profesionales. Trastornos musculoesqueléticos. Necesidades de las víctimas de accidentes de trabajo graves y mortales. Guía de actuación frente a accidentes graves y mortales. Estudio sobre la situación de la prevención de riesgos laborales en la negociación colectiva. 2013. Manuales dirigidos a los siguientes sectores: Delegados/as de pre-

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vención. Conviene Saber….salud y seguridad en el trabajo. Delegados/as de Prevención y riesgos psicosociales. Sistemas de Gestión en la PRL. Mutuas-sociedades de prevención. Enfermedades profesionales. Auditoria del sistema de gestión en la PRL. Organización del Trabajo. Gestión Integral del Riesgo. Automoción. Madera y Mueble. Sustancias químicas. REACH Y CLP. Riesgo biológico. Riesgo eléctrico. Acoso psicológico. Riesgos psicosociales. Obras de construcción. Transporte. Cuadernillos Informativos de Prevención de Riesgos Laborales: Personas con discapacidad. Trabajadores/as Jóvenes. Mujer trabajadora. Accidentes de trabajo. Servicios públicos. Subcontratación. Vigilancia de la Salud. El absentismo laboral como indicador de las condiciones de trabajo. Protocolo acoso laboral. Primeros auxilios. Plan de autoprotección. Trasporte y comunicaciones. Alergia la látex: la gran desconocida del ámbito laboral… Empresas de trabajo temporal. Ley de Jurisdicción Social y Ley Salud Pública. Ruido y Vibraciones. Comercio, hostelería, turismo y juego. Temperaturas extremas. Trabajo en solitario. Enfermedades Laborales derivadas de la Gestión

de Residuos. Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales en tu mano. Trabajos en altura. Adaptación del puesto de trabajo. Formación en Prevención de Riesgos Laborales. IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. Trípticos informativos de prevención de riesgos laborales: De diferente temática como En caso de AT te podemos ayudar. Seguridad Vial y prevención de riesgos laborales. IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales. El delegado de prevención. El recurso preventivo. Coordinación de actividades. Riesgos psicosociales. Riesgos Laborales en Teleoperadores. El Amianto y sus riesgos. Agentes anestésicos inhalatorios. Movilización de personas. Riesgos Laborales de los Productos Fitosanitarios. Riesgos Laborales de Productos Químicos. Otras publicaciones como: DVD de publicaciones. Juego interactivo “PREVENIR 365”. JUEGO DE MESA, de prevención de riesgos laborales. También se han hecho una adaptación para internet. CD sobre legislación en prevención de riesgos laborales. Pegatinas, Carteles, etc.

La prevención está en el ADN de nuestro sindicato

2 EDITORIAL

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2 LOS ACCIDENTES LABORALES DE TRÁFICO Y LA SEGURIDAD VIAL 4-9 2 ACCIDENTES LABORALES INVESTIGADOS DESDE UGT-MADRID 10-11

L

OS horarios rígidos en las empresas, la productividad ligada al fichaje en una hora exacta, las prisas por llegar a tiempo al trabajo y evitar repercusiones negativas en los trabajador@s, entre otras, generan una situación de estrés que suele conllevar la asunción de mayores situaciones de riesgo por parte de quienes manejan un volante. Es necesario rebajar al mínimo las cifras de muertos y heridos en la carretera en los desplazamientos que realizamos mientras nos trasladamos al ir o volver al trabajo o como consecuencia de éste. Para ello se necesita del total compromiso de los poderes públicos, de las empresas, de los delegad@s de prevención, de los trabajador@s y del conjunto de la población. Debemos trabajar mucho y bien en seguridad vial para poder lograr el objetivo de reducción de la siniestralidad vial. Los trabajos a turnos y nocturnos suponen una fuente de alteraciones para nuestra salud, que pueden acarrear serias patologías y trastornos en nuestro sueño, así como problemas para poder conciliar nuestra vida personal y familiar con nuestra vida laboral. Desde las empresas, y dentro de la organización del trabajo se debe poder compatibilizar la salud de los trabajador@s con la máxima producción, sin sacrificar la salud de éstos en pos de la alta rentabilidad. El panorama preventivo actual en relación con los trastornos musculoesqueléticos, no mejora, aunque sí que existen varios grupos de trabajo que tienen como

objetivo la reducción de las enfermedades profesionales y las enfermedades relacionadas con el trabajo que tiene como causa la exposición a determinados riesgos que generan en el trabajad@r trastornos musculoesqueléticos. Con las últimas modificaciones en la gestión de la incapacidad temporal tras la publicación del Real Decreto 625/2014, y la mayor atribución de competencias a las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Seguridad Social, los trabajadores vemos reducidos aún más nuestros derechos, debido al control al que nos vemos sometidos durante los periodos de baja por incapacidad laboral y las propuestas de alta por las mutuas a los servicios públicos de salud. En UGT-Madrid la preocupación por la siniestralidad laboral es una constante en nuestro trabajo diario, por eso, desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial y dentro de las funciones que desarrollamos en materia preventiva, esta la investigación de los accidentes de trabajo. En este boletín os contamos cómo hacemos este trabajo y los datos de los que tenemos constancia hasta la fecha. Porque el objetivo de UGT-Madrid es el derecho universal a la salud, a través de la participación en la organización y condiciones de trabajo. No podemos ser invitados de piedra porque la prevención está en el ADN de nuestro sindicato. “En democracia políticos somos todos” (Fernando Savater).

2 LOS TRASTORNOS DEL SUEÑO EN EL TRABAJO A TURNOS Y NOCTURNO 12-15 2 LA FRECUENCIA DE LOS TRASTORNOS MUSCULOESQUELÉTICOS 16 2 MODIFICACIONES LEGALES EN LOS PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL

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2 IV CONGRESO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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2 JURISPRUDENCIA

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SECRETARÍA DE SALUD LABORAL Y DESARROLLO TERRITORIAL

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Los accidentes laborales de tráfico y la seguridad vial Según la DGT: “Más del 70% de los accidentes laborales son accidentes de tráfico producidos al ir o al volver del trabajo” “Es necesario integrar el riesgo de sufrir un accidente de trabajo de tráfico dentro del plan de prevención de la empresa, a través de la elaboración de un plan de actuación sobre seguridad vial, evaluando este riesgo, planificando las medidas preventivas a adoptar y formando al conjunto de trabajador@s sobre seguridad vial”.

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A ctualmente podemos ver en los medios

de comunicación, tanto en televisión como en radio, una campaña de concienciación de la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre los accidentes de trabajo denominados In-Itinere. Esta campaña tiene como uno de sus eslóganes el título que nos ocupa en este artículo, “Más del 70% de los accidentes laborales son accidentes de tráfico producidos al ir o al volver del trabajo”. Esta campaña aboga porque todos los ciudadanos pongamos de nuestra parte para evitar este tipo de accidentes con frases como “No es necesario estar en la carretera para provocar un accidente. Haz tu parte.” O frases como “Carlos, soy tu jefe y juro ante toda la oficina que no volveré a meterte prisa para llegar a una reunión”; dirigidas principalmente a evitar el uso del teléfono móvil mientras se está en la carretera, así como “meter prisa” para que el conductor llegue a tiempo a una cita, al trabajo, etc. Evidentemente el problema de los accidentes de trabajo In-Itinere es un problema de salud pública, pero lo es también, y sobre todo, de salud laboral. Son muchos los trabajador@s que pierden

su vida en los desplazamientos por carretera que deben realizar o bien dentro de las funciones inherentes a su puesto de trabajo, o bien para llegar a / o volver de su puesto de trabajo, motivo por el cual está mas que sobradamente justificada la necesidad de tomar medidas preventivas e invertir en seguridad vial por parte de las Administraciones con competencias en la materia (Central, Autonómica o Local). Para ello es necesario concienciar a trabajador@s, delegados de prevención y empresas sobre esta necesidad, así como informar de la actualidad en éste sentido. Según las cifras ofrecidas por las distintas instituciones (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo -IRSST-, Dirección General de Tráfico -DGT-) son, con diferencia, los accidentes laborales de tráfico, los que más están aumentando. Es necesario informar y sensibilizar al conjunto de la población en general, y a empresarios, delegados de prevención y trabajador@s, en particular, sobre la necesidad de actuar y trabajar en la prevención de estos accidentes. La probabilidad de padecer un accidente

laboral de tráfico es un riesgo potencialmente alto, ya que la inmensa mayoría de los trabajador@s nos vemos en la necesidad de desplazarnos para ir hacia nuestro lugar de trabajo, o bien, como parte de las funciones inherentes a nuestro puesto de trabajo. Es necesario recordar que dentro de los accidentes laborales de tráfico existen los denominados accidentes de tráfico “initinere”, que son los que se producen en el trayecto que realiza el trabajad@r entre su casa y el trabajo y viceversa. Las causas de estos accidentes en la generalidad de los casos se deben a la monotonía del trayecto, las prisas y el cansancio acumulado durante la jornada laboral, los problemas de movilidad en las grandes ciudades, el estado de las carreteras, etc. Por otro lado, nos encontramos con los accidentes laborales de tráfico en jornada laboral, debiendo distinguir entre los denominados accidentes “en misión”, que son aquellos accidentes de tráfico que sufre un trabajad@r que no utiliza el vehículo de forma continuada, pero que debe realizar desplazamientos fuera de las instalaciones de la empresa para cumplir con un encargo o una misión (durante la realización de una gestión, asistencia a una reunión, etc). Y por otro lado están los accidentes sufridos por conductores profesionales, que son los accidentes sufridos por los trabajador@s que utilizan el vehículo como medio y centro de trabajo para poder cumplir con su tarea (transportistas, mensajeros, taxistas, etc) Cada vez son más los desplazamientos de los trabajador@s por motivos de trabajo, y cada vez va en aumento el número de vehículos en nuestra Comunidad (Según datos ofrecidos por la Dirección General de Tráfico, para el año 2012 el parque de vehículos para la Comunidad de Madrid asciende a 4.277.904 vehículos (un 13,71% del total a nivel estatal), por lo que cada vez es mayor la necesidad de tomar medidas preventivas encaminadas a atajar o reducir este tipo de accidentes. Según las cifras de siniestralidad aportadas por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST) de la Comunidad de Madrid, para los años 2012 y 2013, se desprenden de los datos de la tabla adjunta. Tal y como se refleja en la tabla anterior, del total de los accidentes laborales mortales ocurridos tanto en 2012 como en 2013, en torno a una tercera parte (32,88% en 2012 y 32,43% en 2013) ocurrieron como consecuencia de un accidente de tráfico, bien

ACCIDENTES LABORALES MORTALES AÑOS 2012 Y 2013

2012 2013 Valor absoluto Porcentaje Valor absoluto Porcentaje

A.T. In Itinere

18

24,66

16

21,62

A.T. en jornada laboral

55

75,34

58

78,38

TOTAL A.T.

73

100,00

74

100,00



2012 2013 Valor absoluto Porcentaje Valor absoluto Porcentaje

A.T. de tráfico In Itinere

14

77,78

15

93,75

A.T. In Itinere

18

100,00

16

100,00



2012 2013 Valor absoluto Porcentaje Valor absoluto Porcentaje

A.T. de tráfico en jornada laboral

10

18,18

9

15,52

A.T. en jornada laboral

55

100,00

58

100,00



2012 2013 Valor absoluto Porcentaje Valor absoluto Porcentaje

A.T. de tráfico In Itinere

14

19,18

15

20,27

A.T. de tráfico en jornada laboral

10

13,70

9

12,16

Total accidentes mortales de tráfico

24

32,88

24

32,43

TOTAL A.T.

73

100,00

74

100,00

Tabla: Elaboración propia. Fuente: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid.

durante la jornada laboral, o bien durante los desplazamientos del trabajad@r al ir o al volver de su domicilio al puesto de trabajo. Para el año 2012 los accidentes In-Itinere de tráfico suponen un 19,18% sobre el total (14 trabajador@s perdieron la vida en este tipo de accidente); incrementándose esta cifra para el ejercicio 2013 en un 20,27% (15 trabajadores fallecidos). Si tenemos en cuenta los accidentes laborales de tráfico que se han producido en jornada de trabajo respecto del total de los accidentes laborales, éstos suponen un 13,70 en el año 2012 y un 12,16 en el año 2013. Es significativo destacar que durante el

año 2012 del total de los accidentes laborales In-Itinere, el 77,78% se produjeron como consecuencia de un accidente de tráfico. Esta cifra en 2013 asciende hasta alcanzar un 93,75%, es decir, que de cada cien trabajador@s que perdieron la vida al ir de su casa al trabajo o al volver del trabajo a su casa, casi 94 fallecieron por accidentes de tráfico. Estas altas tasas de siniestralidad vial con relación laboral deben ser tenidas en cuenta a la hora de trabajar en su prevención, y deben ser tenidas en cuenta tanto por las Administraciones, agentes sociales, em(Continúa en la página siguiente) 5

(Viene de la página anterior) presas y trabajadores, así como por el conjunto de la población. De manera que esos altos porcentajes de fallecidos en accidentes de tráfico, bien durante su jornada laboral, o bien durante los desplazamientos In-Itinere, se vean reducidos al máximo. En consecuencia, desde el punto de vista de la prevención, es importante tomar todas las medidas posibles para evitar este riesgo, motivo por el cuál se hace especialmente importante sensibilizar, y concienciar a trabajador@s y empresarios sobre la necesidad de formar en seguridad vial, así como integrar la prevención de este tipo de accidentes (tanto in-itinere como los accidentes laborales de tráfico durante la jornada laboral) dentro del plan de prevención de las empresas y de la formación impartida en materia preventiva, con el fin de conseguir la sensibilización dentro del conjunto del organigrama de la empresa a través de la formación, y la toma de medidas preventivas (a través de flexibilización horaria, ayudas en el uso de trasporte público, rutas de empresa, etc). Los accidentes laborales de tráfico dentro del sistema de gestión de prevención de riesgos laborales de la empresa Tal como y como mencionamos en el párrafo anterior, es necesario que dentro del seno de las empresas de nuestra Comunidad, se tenga en cuenta el riesgo de sufrir un accidente de tráfico como un factor de riesgo mas a evaluar y para el que aplicar medidas preventivas. Para ello se tiene que integrar este riesgo dentro del plan de prevención de la empresa, elaborando un plan de actuación sobre seguridad vial, evaluando este riesgo, planificando las medidas preventivas a adoptar y formando al conjunto de trabajador@s sobre seguridad vial. Con estas medidas ganamos todos. Por un lado la empresa, que obtendría un beneficio tanto económico como social, a través de la reducción de jornadas laborales perdidas (durante los periodos de baja médica por incapacidad temporal debido al accidente laboral de tráfico); reducción de costes por días de baja, reparaciones de vehículos, pérdida de horas de trabajo, primas de seguros, etc.; mejoraría la imagen de la organización tanto dentro como fuera de la empresa, pudiendo reportar un mayor volumen de negocio; así como evitando posibles sanciones 6

de la Administración al dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Por otro lado ganamos los trabajador@s, principalmente porque veríamos reducido el riesgo de sufrir un accidente, evitando así estar expuestos a sufrir daños físicos y psicológicos, o incluso la pérdida de vida. Ganaríamos también económicamente ya que, por un lado, en los periodos de baja, salvo que exista una mejora por convenio, se reducen los ingresos salariales, y por otro, evitaríamos sanciones económicas y pérdida de puntos en el carnet de conducir. Además, a través de la formación en seguridad vial podríamos aplicar estos conocimientos a nuestro ámbito personal. Plan de prevención de riesgos laborales por accidente de tráfico con relación laboral: Dentro de los procedimientos que se integran en el plan de prevención de riesgos laborales que deben elaborar las empresas, tal y como establece el artículo 16.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, se hace necesario que se establezca también un procedimiento sobre la seguridad vial y la prevención de los accidentes de tráfico laborales. De manera que se integre en el sistema general de gestión de la empresa,

dentro del organigrama y a todos los niveles jerárquicos. Evaluación de riesgos de accidentes de tráfico con relación laboral Tras elaborar el plan de prevención, será necesario hacer una evaluación de los riesgos inherentes a los distintos puestos de trabajo, incluyendo en dicha evaluación los riesgos que tengan relación con los accidentes de tráfico y la seguridad vial. Para realizar esta evaluación de los riesgos de tráfico con relación laboral, hay que tener en cuenta, en primer lugar el origen del riesgo. Es decir, hay factores de riesgo distintos según el grupo o colectivo de trabajador@s, debiendo tener en cuenta en dicha evaluación si las medidas a adoptar van encaminadas a proteger a trabajador@s cuyo lugar de trabajo sea un medio de transporte (caso de transportistas), a trabajador@s que no siendo su lugar de trabajo un medio de transporte, sí utilizan éste para el desempeño de sus funciones (caso de trabajos en misión), o bien, si el colectivo a proteger es el de aquellos trabajador@s que utilizan el vehículo como medio de transporte para ir y volver del trabajo (in-itinere). Es necesario tener en cuenta también otros factores, como son la edad del

trabajad@r, el tipo de vehículo, el escenario de la conducción, sistemas de movilidad, estado de la ruta, etc. En segundo lugar, hay que tener en cuenta la dimensión del riesgo, recopilando la información necesaria para hacer un seguimiento de las posibles incidencias que el tráfico produce en el entorno laboral, así como información sobre posibles accidentes/incidentes ocurridos en el entorno laboral a través de la investigación pertinente, para poder determinar las causas que lo provocaron, los daños sufridos por los trabajador@s, los daños materiales y los costes que se han derivado de la sucesión del accidente/incidente. Aparte de la información recabada a través de la investigación de los accidentes/incidentes ocurridos con anterioridad a la evaluación de los riesgos de tráfico con relación laboral, se debe recopilar otro tipo de información sobre datos de agentes externos, la compañía que cubre el seguro del vehículo, la mutua que da cobertura de las prestaciones por incapacidad temporal en caso de ser necesario, los partes de los accidentes o incidentes ocurridos, etc. La recopilación de toda esta información nos puede ofrecer datos precisos sobre las causas que provocan los accidentes, así como datos de accidentabilidad/siniestralidad y sus efectos. De manera que la eva-

Alrededor de una tercera parte de los accidentes laborales mortales que se producen en nuestra comunidad son debidos a accidentes laborales de tráfico

luación de riesgos sea lo mas fiel posible a la realidad de la empresa, considerando así mismo, las responsabilidades de las diferentes administraciones. Una vez que se haya recopilado toda la información es necesario que el servicio de prevención en la empresa realice un registro de accidentes/incidentes de cara a realizar estudios de siniestralidad e informes estadísticos, con el fin de determinar los principales riesgos de accidentes de tráfico con relación laboral, así como la trascendencia de éstos, manteniendo siempre el derecho a la intimidad de los trabajadores y cumpliendo con la normativa en vigor sobre protección de datos. Para evaluar estos riesgos es importante

también que el servicio de prevención elabore unos cuestionarios dirigidos al conjunto de la plantilla de la empresa. Estos cuestionarios se deberán adaptar a las necesidades de la organización, así como a los distintos puestos de trabajo (según si el riesgo de sufrir un accidente es por desplazamientos al ir o volver al trabajo o por riesgo de accidente de tráfico dentro de la jornada laboral), así como para aquellos trabajador@s que hayan podido sufrir un percance relacionado con el tráfico. Igualmente es importante elaborar un formulario para la detección de riesgos, de manera que los trabajador@s puedan plantear, a la persona encargada de implantar las medidas preventivas, los factores de riesgo que consideran que se están produciendo (estado de las vías, falta de información o formación en seguridad vial, tipo de vehículo, etc), así como la propuesta de medidas de cara a combatir los riesgos relacionados con el tráfico. El IRSST de la Comunidad de Madrid, elaboró una guía llamada “Guía para la prevención de los accidentes de tráfico con relación laboral”, que puede servir como ayuda a la hora de implantar dentro del sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en las empresas lo concerniente a seguridad vial. Cuenta con ejemplos de cuestionarios (Continúa en la página siguiente)

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(Viene de la página anterior) que pueden servir como ayuda a la hora de elaborar aquellos que se ajusten a la organización en concreto. Plan de acción para prevenir los riesgos de tráfico con relación laboral Una vez que se ha recopilado toda la información necesaria en el proceso de evaluación, es necesario realizar el plan de acción para prevenir los riesgos detectados que tengan relación con el tráfico, al igual que se hace con el resto de los riesgos laborales en el proceso de planificación. Este plan de acción consiste en definir los grupos prioritarios en los que mayor incidencia se debe hacer a la hora de aplicar las medidas preventivas, así como las acciones concretas que se van a llevar a cabo. Se deben tomar medidas por un lado, para el grupo de trabajador@s que deben realizar desplazamientos in-itinere, y por otro lado para el grupo de trabajador@s que deben realizar los desplazamientos dentro de su jornada laboral, diferenciando en este último grupo a los conductores profesionales y a los conductores esporádicos. Esta planificación de medidas preventivas se debe integrar dentro del plan de prevención de riesgos laborales, estableciendo plazos de ejecución, presupuesto económico y persona/s responsable/s de llevarlas a cabo. Dentro del plan de acción que de-

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ben llevar a cabo las empresas para los trabajador@s que realizan sus desplazamientos durante su jornada laboral, y tal y como establece el IRSST en su Guía anteriormente mencionada, estarían: 3 Elaborar mapas de rutas seguras: Cuando se realicen rutas habituales, con puntos de recogida y destino iguales o que se repiten con frecuencia, de manera que se comuniquen al trabajad@r los recorridos mas seguros, circulando por autopistas y autovías que ofrecen mayor seguridad, incluyendo las zonas de descanso. 3 Realizar una correcta gestión del trabajo: De manera que se evite una sobrecarga de trabajo que influya como factor de riesgo a la hora de sufrir un accidente de tráfico, donde las remuneraciones dependen del mayor número de desplazamientos, sin tener en cuenta unos objetivo alcanzables, de manera que influya negativamente en la seguridad vial y la prevención de accidentes de tráfico. Del mismo modo se deberán tener en cuenta los tiempos de espera a la hora de carga y descarga de las mercancías, así como el estado de la circulación en las carreteras y de los tiempos de conducción y descanso ya establecidos por la normativa, obligando a los trabajador@s a respetar lo estipulado por ley. 3 Establecer una normativa interna de seguridad vial: mediante la inclusión de las medidas de seguridad vial en la normativa interna de prevención de riesgos laborales de la empresa, siendo de obligado cumplimiento, no solo para el conductor, sino para todos los trabajador@s que se tras-

laden en un vehículo (caso del copiloto, trabajador@s que usan transporte de empresa, etc.). Esta normativa interna incluiría desde el uso del cinturón de seguridad, uso del casco en vehículos de dos ruedas, no usar el teléfono móvil estando en marcha, mantenimiento adecuado del estado del vehículo, colocación correcta de las cargas y correcta sujeción, etc. 3 Establecer métodos de elección del modo mas correcto de transporte para los desplazamientos esporádicos de los trabajadores dentro de la jornada laboral, especialmente cuando son de largo recorrido (avión, tren), así como el abono de dietas para poder pernoctar en el lugar de destino. 3 Elección de los vehículos de empresa con criterios de seguridad: bien sean de adquisición propia, renting o leasing, se debe tener en cuenta aquellos que ofrezcan un

mayor nivel de seguridad para el trabajad@r, tanto durante la conducción (a través del sistema ABS y el control de estabilidad ESP), como para el caso de sufrir un accidente (a través de sistema Air bag). Es recomendable consultar el programa EuroNCAP, donde se valora de una a cinco estrellas el nivel de seguridad de los vehículos. 3 Realización de un correcto mantenimiento de los vehículos: haciendo una revisión de manera periódica, aumentando así la vida útil de los vehículos y reduciendo el riesgo de accidentes por fallos en éstos. Las empresas pueden elaborar unas fichas de Inspección Técnica de Vehículos interna, donde poder llevar un control y seguimiento del estado de los vehículos de su flota. 3 Realizar una correcta elección del vehículo según el tipo de tarea a realizar, teniendo en cuenta las condiciones ergonómicas

del vehículo, para minimizar el cansancio y la fatiga tras pasar largos periodos en el vehículo, así como que permitan un estado de bienestar (por ejemplo con regulación del aire acondicionado y calefacción, regulación de altura de asientos y volante, etc). 3 Presionar a las diferentes administraciones sobre el estado de las vías y estudiar sistemas que mejoren el gran problema de la movilidad y el tráfico seguro. Así mismo, dentro del plan de acción que deben llevar a cabo las empresas para los trabajador@s que realizan desplazamientos in-itinere, se pueden incluir algunas alternativas con el fin de mejorar o reducir la movilidad de los trabajador@s en dichos desplazamientos: 3 Fomentar, para aquellos puestos en los que sea posible, el teletrabajo o trabajo a distancia, de manera que se disminuyan los traslados desde el domicilio al lugar de trabajo, con una mejora de la calidad de vida del trabajador, disminución del estrés asociado a estos desplazamientos, menos costes económicos etc. 3 Gestionar de manera correcta el tiempo de trabajo, estableciendo puestos con mayor flexibilidad horaria, tanto a la entrada como salida del puesto de trabajo, evitando las horas punta con mayores aglomeraciones en la circulación, pudiendo así el trabajador adaptar su horario de trabajo a sus necesidades personales y familiares, disminuyendo así el cansancio y el estrés en esas horas, y por tanto, el riesgo de accidente de tráfico. 3 Fomentar el uso de transporte colectivo, a través del pago de retribuciones

extrasalariales, plus de transporte que incentiven sus uso, así como informando a los trabajador@s sobre las modalidades de transporte existentes hasta el lugar de trabajo (a través de rutas, mapas, horarios, frecuencia de los viajes, …) 3 Establecer planes de movilidad al centro de trabajo, que pueden ser exclusivos de la empresa u organizarlos con otras empresas del entorno, realizando un estudio continuo sobre las demandas de uso así como las nuevas demandas de desplazamiento. Existe la opción también de establecer un servicio de transporte discrecional, de manera que recoja a los trabajador@s desde distintos puntos a los que lleguen en trasporte público (estaciones de tren, de autobuses, etc), evitando así el uso del vehículo privado por parte de los trabajador@s. 3 Promover, fomentar y gestionar el uso de coche compartido, de manera que la empresa se encargue de “poner en contacto” a aquellos trabajadores que puedan compartir el vehículo en función de los itinerarios realizados en sus desplazamientos In-Itinere. Esta medida se puede realizar a través de una aplicación informática donde los trabajador@s que así lo deseen dejen sus datos de residencia y voluntad de compartir coche a la hora de desplazarse al lugar de trabajo. 3 Fomentar modos alternativos de desplazamiento, como el uso de la bicicleta, o el ir a pie al lugar de trabajo en desplazamientos cortos. 3 Formar e informar a los trabajador@s, creando una cultura preventiva en la empresa en cuanto a prevención de los accidentes de tráfico. Para ello es necesario elaborar un plan específico de sensibilización y formación en seguridad vial, elaborar campañas de seguridad vial donde se den consejos para la prevención de estos accidentes y desarrollar cursos de formación específicos en función de los puestos de trabajo y de los desplazamientos que se deban realizar en función a estos puestos. Todas estas medidas preventivas expuestas, se deben integrar y gestionar con el conjunto de medidas preventivas a adoptar en el seno de las empresas, de manera que se eviten también otro tipo de riesgos que faciliten que el factor humano sea un factor de riesgo mas en los accidentes de trabajo, es decir, se debe proteger al trabajador de factores de riesgo tales como la ansiedad, el estrés, el cansancio, las sobrecargas de trabajo, etc, que influyen negativamente en la salud laboral de los trabajador@s en general, y en la seguridad vial en particular. 9

ACCIDENTES LABORALES INVESTIGADOS DESDE UGT-MADRID Dentro de las funciones que se realizan desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid, está la investigación de los accidentes laborales de los que tenemos conocimiento. 10

E

n cualquier actividad, sobre todo preventiva que se realice en el seno de las empresas, el objetivo principal debe ser evitar los accidentes de trabajo o cualquier tipo de patología que pueda afectar a la salud de los trabajador@s, estando así establecido como objetivo prioritario en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Es bien sabido que en multitud de casos existen disfunciones o defectos a la hora de implantar el sistema de gestión de la prevención de riesgos laborales en las empresas, que tristemente desembocan en un accidente de trabajo, o en el mejor de los casos en un incidente (aquél en el que no se dan daños personales pero sí materiales). Una vez producido el accidente de trabajo es necesario que las empresas, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 16, establece la obligación de realizar una investigación de los hechos para determinar las causas que lo produjeron, de manera que está investigación deje latente los fallos o disfunciones del sistema de gestión, y a raíz de ahí, tomar las medidas preventivas necesarias que eviten la repetición del mismo. Dentro de las funciones que realizamos desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid, está la investigación de los accidentes laborales de los que tenemos conocimiento. Se trata de una investigación que tiene como finalidad la de recabar información sobre cómo ocurrieron los hechos y qué pudo fallar a la hora de adoptar e implantar las medidas preventivas necesarias que hubieran provocado el accidente. Con los datos recabados procedemos, por un lado a realizar un informe interno del accidente, y por otro lado, a realizar distintas estadísticas (sobre la gravedad de los daños, zona en la que se ha producido el accidente por comarca y federación,...). Nos ponemos en contacto con los delegados de prevención, si existen en la empresa, o bien directamente con el trabajad@r accidentado o su familia, con la finalidad de prestarles ayuda y asesoramiento, tanto técnico como legal, así como apoyo psicológico para aquellos trabajador@s que así lo soliciten. Durante el periodo de enero a septiembre de este año 2014, hemos investigado un total de 134 accidentes o incidentes de carácter laboral. De esos 134, tal y como se refleja en la siguiente gráfica, en 48 casos se trataba de incidentes donde no se habían producido daños personales en los trabajador@s, pero sí daños materiales. Así, del total de las investigaciones realizadas desde la secretaría, en 86 casos se había producido un accidente de trabajo, siendo 27 accidentes de carácter leve, 47 graves y 12 mortales. (Ver tabla 1).

Del total de los datos recabados hasta el mes de septiembre podemos ver que en función de la comarca de la Comunidad de Madrid, según la distribución territorial de UGT Madrid, donde se produjeron los accidentes/ incidentes, la distribución sería…(Ver tabla 3). Podemos ver que del total de las visitas realizadas que tienen relación con un incidente/accidente de trabajo, en 46 ocasiones el suceso ocurrió en Madrid Capital, seguido con 21 y 20 accidentes en la Comarca Oeste y en la Este, respectivamente. Si distribuimos estos datos según la federación a la que pertenece el trabajad@r accidentado o el incidente ocurrido, podemos ver que 53 de ellos pertenecen a la Federación de Servicios para la Movilidad y el Consumo (SMC), seguido por la Federación de Metal Construcción y Afines con 34 sucesos; 22 pertenecen a la Federación de Servicios (FES), 14 a la Federación de Industria y Trabajadores Agrarios (FITAG), y en 2 ocasiones el accidente se produjo dentro del sector de la

Federación de Servicios Públicos (FSP). (Ver tabla 2). La precariedad laboral que está suponiendo la crisis económica actual, afecta directamente a la seguridad con la que los trabajador@s afrontan su jornada diaria, así como a la inversión realizada por muchas empresas en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Las altas tasas de desempleo provocan que muchos trabajador@s tengan miedo a la hora de reclamar sus derechos, tanto laborales como de protección de su salud. Desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid, nos ponemos a disposición de los trabajador@s y de los delegados de prevención para facilitar que éstos puedan ejercer sus derechos en relación con deficiencias y carencias en materia preventiva a las que puedan estar expuestos, así como para investigar los accidentes que se hayan podido producir y apoyarles en la búsqueda de alternativas y actualizaciones de la actividad preventiva para evitar que se produzcan accidentes similares.

TABLA 1

TABLA 2 ACCIDENTES INVESTIGADOS POR FEDERACIONES

ACCIDENTES INVESTIGADOS ENERO - SEPTIEMBRE 2014

12

2

48

9

0

22

47

34 53

27

14

INCIDENTE

GRAVES

FES

MCA

SMC

LEVES

MORTALES

FETE

FITAG

FSP

Fuente: Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial UGT-Madrid. Gráfico Elaboración Propia.

DESCONOCE

Fuente: Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial UGT-Madrid. Gráfico Elaboración Propia.

TABLA 3 ACCIDENTES INVESTIGADOS POR COMARCAS

50

46

45

UC NORTE

40

UC SUR

35

UC ESTE

30

UC OESTE

25 20 15 10 5

16

20 21

UC SURESTE

15

9 3

UC SUROESTE

4

MADRID DESCONOCE

0

Fuente: Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial UGT-Madrid. Gráfico Elaboración Propia.

11

El 22,2% de los trabajador@s trabaja a turnos y un 8,9% realiza trabajo nocturno, bien sea en turnos fijos de noche, o en jornadas de mañana-tardenoche

S

egún la VII Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo (2011), publicada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), el “22,2% de los trabajador@s trabaja a turnos y un 8,9% realiza trabajo nocturno, bien sea en turnos fijos de noche, o en jornadas de mañanatarde-noche”. Continuando con los datos aportados por la VII Encuesta, nos encontramos que, del conjunto de trabajador@s que mayores problemas tiene para poder compatibilizar el horario de trabajo con los compromisos sociales y familiares son los trabajador@s con un turno fijo de noche y los trabajador@s a tres turnos (en el 37,3% y 38.4% de los casos, respectivamente), los que mayor dificultades encuentran para llevar a cabo esta conciliación entre la vida laboral y personal. La organización del trabajo y los riesgos psicosociales tienen una repercusión directa sobre la salud de los trabajador@s, de manera que una mala organización del trabajo dentro del seno de las empresas, donde los trabajador@s estén expuestos a riesgos laborales en general, y psicosociales en particular, conlleva un mayor índice de accidentabilidad, mayor absentismo laboral, mayor deterioro del rendimiento, etc. En la organización de los tiempos de trabajo de las empresas, generalmente prevalecen criterios económicos por encima de la salud de los trabajador@s, pese a que, son bien sabidos los efectos negativos que el trabajo a turnos y el nocturno, ejercen sobre la salud de quien los padece. Tanto el trabajo a turnos como el nocturno, obligan a mantener al trabajad@r en situación de alerta, en horas que normalmente deberían ser destinadas al descanso. Esto incide en la calidad y cantidad del sueño, hábitos del sueño, patrones del descanso, etc., 12

provocando un desajuste entre el tiempo de trabajo, el tiempo biológico y social. Se pueden distinguir tres tipos de trabajo a turnos: • Sistema discontinuo: se realizan dos turnos de trabajo, con descanso al final de la jornada y el fin de semana. • Sistema semicontinuo: se realizan tres turnos de trabajo, con descanso solo el fin de semana. • Sistema continuo: se asegura la producción las 24 horas al día y durante toda la semana (normalmente en tres o cuatro turnos y turno de fin de semana). Dentro de esta clasificación, los trabajador@s pueden estar asignados a un turno fijo o rotativo. Así, tanto los trabajador@s con turno fijo o los trabajador@s con turno rotativo, pueden realizar toda su jornada, o bien parte de ella en turno de noche (se entiende por turno de noche aquél que se realiza entre las diez de la noche y las seis de la mañana).

Efectos sobre el trabajad@r del trabajo a turnos y nocturno: Como ya hemos dicho, los trabajador@s que prestan sus servicios a turnos o durante la noche sufren un desajuste entre el tiempo de trabajo, el tiempo biológico y el tiempo social. Estos trabajador@s sufren una serie de efectos en su salud debido a estos desajustes, entre otros está: • Desajuste de los ritmos circadianos (cerca de un día); con una mayor predisposición a padecer fatiga. • Desajuste de los ritmos del sueño; ya que no se descansa igual de noche que de día. • Desajuste con respecto a la vida familiar y social. • Trastornos nerviosos (abatimiento, apatía, mayor probabilidad de error, carácter irritable, etc.) • Trastornos gastrointestinales y del apetito. • Cefaleas. • Trastornos del sueño.

Trastornos del sueño en trabajos a turnos y nocturno Comportamiento y fases del sueño: El sueño normal es nocturno y dura entre 7 y 8 horas. Durante el sueño existen varias fases que son diferentes en función de la profundidad del sueño. Hay fases de sueño lento, que pueden variar entre 1 y 4 fases en una noche, en las cuales se permite el descanso físico. Y están las fases de ensoñación que es cuando se permite la recuperación de la fatiga psíquica, que suelen ser alrededor de 5 fases en una noche. Para una adecuada recuperación física y psíquica es necesario que se den en una noche todas las fases del sueño, tanto del sueño lento como de las fases de ensoñación, de manera que de no cumplirse este comportamiento es cuando se darían los problemas y patologías relacionadas con el sueño. Estas fases del sueño no se dan cuando se duerme de día porque se ha alterado el ritmo sueño-vigilia y porque existen un gran número de factores perturbadores del sueño, como son el ruido, iluminación, etc., con lo que si se alarga en el tiempo y no se cumple

con este comportamiento del sueño empiezan a aparecer fatiga crónica y efectos sobre la salud de los trabajador@s, mencionados anteriormente. Trastornos del sueño por alteración de los ritmos circadianos: Como hemos comentado este trastorno del sueño se produce cuando el horario laboral se solapa con el periodo de sueño habitual del trabajad@r y no consigue adaptar su ritmo biológico a este horario de vigiliasueño que, debido a sus circunstancias laborales, debe continuar en el tiempo. Este trastorno se da igual en hombres y en mujeres. La continua restricción de sueño, la privación del mismo y la desincronización circadiana acaban teniendo consecuencias en estos trabajador@s: 3 Fruto de la fatiga acumulada se puede llegar al cansancio extremo, que en función de la tolerancia individual, tendrá repercusión en su vida social y familiar. La actividad laboral se verá afectada ya

que disminuye el rendimiento cognitivo, derivando en una menor productividad laboral y aumento de los errores. Aumenta también el riesgo de sufrir un accidente laboral por la imposibilidad de prestar atención. 3 Problemas de salud que pueden derivar en situaciones de estrés, enfermedades cardiovasculares, trastornos gastrointestinales, irritabilidad, problemas de memoria, etc. Problemas de salud relacionados con los trastornos del sueño en el trabajo a turnos y nocturno: Como ya hemos mencionado las alteraciones en el sueño que el trabajo a turnos y el nocturno acarrea sobre los trabajador@s, tienen consecuencias sobre su estado de salud. Existen diversos estudios que recogen los problemas principales, que se resumen en: (Continúa en la página siguiente) 13

(Viene de la página anterior) 3 Hipertensión Arterial: La tensión arterial varía durante el ciclo de 24 horas en función de diversos mecanismos fisiológicos, entre ellos el sueño y la vigilia, predominando el sistema nervioso parasimpático durante el sueño y el sistema nervioso simpático durante la vigilia. En cada uno de ellos se liberan distintos factores neurohormonales. En los trabajador@s expuestos a turnos o trabajo nocturno no se mantiene de forma regular esta alternancia, por lo que no se espera el descenso de la tensión arterial del 10-20% durante el sueño. 3 Impacto oncológico: El mantenimiento de estos turnos laborales durante muchos años puede suponer un aumento en la incidencia de algunos tipos de cáncer (cáncer de endometrio, próstata, mama, colon, etc.). La carcinogénesis está determinada por la alteración de mecanismos moleculares y celulares que regulan los ritmos circadianos como los “genes del reloj”. Los trabajador@s a turnos o nocturnos, tienen un ritmo más corto de secreción de melatonina, por lo que disminuye su capacidad antioxidante, oncostática, inmunomoduladora y antiestrogénica, así como su actividad adyuvante en el tratamiento antitumoral y su acción reguladora de la expresión de “genes del reloj” ligados a la supresión tumoral. 3 Aumento del riesgo de padecer diabetes tipo II: Según los últimos estudios realizados, el riesgo de padecer diabetes del tipo II es un 9 por ciento superior en los trabajador@s por turnos, en comparación con las personas que nunca han estado expuestas al trabajo a turnos. El estudio valora la posibilidad de que trabajar por turnos puede interferir en los patrones de alimentación y sueño y alterar así los ritmos circadianos. “Algunos estudios han demostrado que la falta de sueño y la mala calidad del sueño pueden desarrollar resistencia a la insulina”, y del mismo modo estudios previos muestran que “trabajar por turnos se asocia con un aumento de peso, con un aumento del apetito y de la grasa corporal, (…) y son los principales factores de riesgo para la diabetes tipo II”, la diabetes que más personas padecen en el mundo. Por tanto, las empresas, a través de sus servicios de prevención de riesgos laborales 14

Las fases del sueño no se dan cuando se duerme de día porque se ha alterado el ritmo sueño-vigilia

deben tener en cuenta que nunca deben realizar trabajos a turnos o nocturno determinados colectivos, como son: • Gestantes: El trabajo a turnos o nocturnos puede provocar un impacto muy negativo en las trabajadoras gestantes, ya que no se respetarían los ciclos sueño-vigilia. Además, durante la gestación existe un mayor riesgo de padecer diabetes e hipertensión arterial, por lo que este tipo de trabajos puede suponer un alto riesgo en las mujeres en estado de gestación. Desde el servicio de prevención de riesgos laborales de la empresa se deberá proceder a realizar una adaptación del puesto de trabajo de este colectivo de trabajadoras. • Aquellos trabajador@s que sufran ya de hipertensión arterial o diabetes, o bien, aquellos en los que exista una predisposición a padecer estas enfermedades. Se deberá controlar a través de la vigilancia de la salud. • También a través de la vigilancia de la salud se deberá controlar una mayor predisposición de los trabajador@s a padecer algún tipo de cáncer, y el impacto que este tipo de trabajo puede tener sobre ellos. Consecuencias con respecto a la vida familiar y social: Este tipo de trabajo conlleva habitualmente la desincronización entre la vida del trabajad@r con horarios a turnos o noctur-

nos y la de su familia. Este tipo de trabajos suele marginar al trabajad@r, que encuentra dificultades para actuar como padre/ madre. En muchos casos son los familiares los que deben adecuar sus horarios a los del trabajad@r, acarreando muchos problemas para la propia familia y exponiendo al trabajad@r a una situación de estrés al sentirse responsable de dicha situación. Estos horarios de trabajo a turnos o nocturno, conllevan casi siempre repercusiones negativas para la familia, especialmente si se trata de trabajador@s jóvenes con hijos en edad escolar, donde es mas difícil poder conciliar la vida familiar y laboral. Por otro lado, existen también repercusiones en el ámbito social del trabajad@r, ya que según el turno de trabajo, es complicado acudir a citas, reuniones, espectáculos, a los que nuestro círculo de amigos sí puede acudir, sometiendo al trabajad@r a un aislamiento social y a un ocio individual. Consecuencias en el ámbito laboral: Como ya hemos dicho el trabajo a turnos y nocturno tiene unas repercusiones sobre los trabajador@s que afectan a los ritmos biológicos, alteraciones del sueño y problemas en la vida familiar y social. Este conjunto de factores afectan al estado emocional y de rendimiento del trabajad@r, y en consecuencia, afectan al ámbito laboral. El trabajad@r desarrolla unas estrategias de adaptación para controlar la situación, pero si estas estrategias fallan es cuando llegan los efectos crónicos físicos y psíquicos, produciendo una situación de astenia psicofísica, con las siguientes consecuencias: • Disminución en la calidad del trabajo. • Disminución en la productividad y el rendimiento. • Aumento de los errores. • Inadecuada trasmisión de órdenes entre los cambios de turno. • Aumento de la gravedad en la accidentabilidad. • Aumento del absentismo.

Medidas a adoptar desde la empresa y con respecto a la organización del trabajo: Desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid, abogamos por que la mejor manera de prevenir un riesgo es a través de la eliminación del factor o factores que provocan este riesgo, es decir, para el caso del trabajo con turnos rotatorios y nocturnos, la mejor manera de prevenir las consecuencias perniciosas que éste tiene sobre la salud de los trabajador@s es eliminando estos horarios en la organización del trabajo. Es cierto que en determinados sectores en los que se deben prestar servicios durante 24 horas (caso por ejemplo del personal sanitario en hospitales), no es posible eliminar esta rotación de turnos así como la realización de trabajos nocturnos. Para estos casos en los que no se pueda realmente organizar la actividad de la empresa sin la realización de estos turnos, existen una serie de recomendaciones para poder mejorar la calidad del trabajo, y en las que se hace necesaria la intervención y compromiso de la empresa a través de una correcta organización del trabajo, así como la participación de los trabajador@s a través de sus representantes. De manera que el diseño de estos puestos sea lo menos perjudicial posible para los trabajador@s que los ocupan. Algunas de las recomendaciones son: 3 Realizar un diseño lo mas óptimo posible, teniendo en cuenta los ritmos biológicos del sueño-vigilia, así como de alimentación, intentando disminuir al máximo las repercusiones que estos trastornos fisiológicos suponen para los trabajador@s a turnos y nocturnos. Este diseño deberá tener en cuenta el tipo de empresa, el tipo de trabajo, etc. 3 Realizar este diseño teniendo en cuenta la salud y la seguridad de los trabajador@s, para lo que es necesario que éstos intervengan en el propio diseño, bien directamente o a través de sus representantes, de manera que puedan tomar decisiones en función a sus necesidades individuales. 3 Lograr que los turnos respeten al máximo los ciclos del sueño. 3 Es recomendable realizar ciclos de turnos cortos, así como cambiar de turnos cada dos o tres días, ya que conlleva menor alteración de los ritmos circadianos (aunque implica un mayor desequilibrio entre el trabajo y la vida familiar-social). 3 Intentar que dentro de la rotación de

turnos se hagan menos noches y el número de turnos sea mayor durante la mañana y la tarde. 3 Limitar los años de los trabajador@s que trabajen a turnos, así como la duración en el tiempo (establecer un máximo de tiempo del trabajad@r a un turno rotatorio o nocturno para que posteriormente pase a tener un turno fijo). 3 Dar a conocer a los trabajador@s el calendario con la antelación suficiente que les permita adaptar su horario a la vida familiar y/o social. 3 Intentar mantener al mismo grupo de rotación, fomentando un buen ambiente de trabajo y facilitando las relaciones estables, de manera que los trabajador@s puedan participar en la determinación de los equipos de trabajo. 3 Incluir fines de semana enteros de descanso, al menos un fin de semana libre de cada cuatro. Así como pausas breves en la noche cada cierto tiempo. 3 Aplicar todas las medidas preventivas

necesarias a los lugares de trabajo, de manera que las tareas se desarrollen en condiciones óptimas de seguridad y salud para los trabajador@s que prestan servicios a turnos y/o nocturno (iluminación, temperatura, climatización, etc.), así como sobre los equipos de trabajo que deban utilizar. 3 Facilitar a los trabajador@s la formación e información necesaria sobre los riesgos del trabajo a turnos y nocturno, asegurando que esta formación e información ha sido comprendida de manera clara por aquellos que están expuestos, así como recomendaciones sobre cuidados personales (a través de hábitos de comida saludables, evitar uso de estimulantes nocivos para la salud -tabaco, alcohol, fármacos, cafeína-, realización de actividad deportiva, etc.). 3 Tener en cuenta a trabajador@s especialmente sensibles para el trabajo a turno y nocturno, creando un protocolo adecuado de adaptación de los puestos de trabajo. 3 Etc.

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La frecuencia de los trastornos musculoesqueléticos Los trastornos musculoesqueléticos son, en la actualidad, los que más patologías y dolencias están causando en el conjunto de los trabajador@s. El 77,5% de los trabajador@s refiere sufrir molestias que achaca a posturas y esfuerzos derivados de su trabajo

D

ebemos recordar que los trastornos musculoesqueléticos (TME) son lesiones de la articulación y sus músculos, tendones, nervios y ligamentos, que se localizan con mayor frecuencia en el cuello, la espalda, los hombros, los codos y las manos. Los principales síntomas de los TME son el dolor, asociado a la inflamación, la pérdida de fuerza y la dificultad o imposibilidad para realizar determinados movimientos. Otros problemas derivados pueden ser el estrés, fatiga, ansiedad, etc. Estas patologías se reflejan principalmente en trabajos que requieren un sobreesfuerzo y una importante actividad física o movimientos repetitivos, pero también aparecen en otro tipo de trabajos como consecuencia de malas posturas sostenidas durante periodos de tiempo largos. Los principales factores de riesgo que causan los TME son: 3 Factores físicos: en trabajos que requieren sobreesfuerzos, la manipulación manual de cargas, posturas forzadas, movimientos repetitivos, aplicación excesiva de fuerza y/o que estén sometidos a vibraciones. 3 Factores de organización del trabajo: debido principalmente a altos ritmos de trabajo, falta de autonomía y de pausas, alto nivel de exigencia, trabajo monótono y repetitivo, distribución horaria del trabajo y tipo de remuneración. 3 Factores del entorno de trabajo: debido a la temperatura, la iluminación y el diseño de los puestos de trabajo. 3 Factores psicosociales: debido a un bajo nivel de satisfacción en el trabajo, falta de apoyo por la dirección de la empresa, supervisores y/o compañeros. 16

3 Factores individuales: debido a dobles jornadas de trabajo (laboral y doméstica), la resistencia física, la edad, problemas de obesidad, etc. En el panorama preventivo en el que nos encontramos en la actualidad, son los trastornos musculoesqueléticos (TME) los que más patologías y dolencias están causando en el conjunto de trabajador@s. Dentro del ámbito nacional, y a raíz de los datos facilitados en la VII Encuesta de Condiciones de Trabajo del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, podemos ver que del total de los encuestados el 77,5% refiere sufrir de molestias que achaca a posturas y esfuerzos derivados de su trabajo. Entre las molestias mas frecuentes se encuentran las que afectan a la zona baja de la espalda, la nuca/cuello y la zona alta de la espalda. Si tenemos en cuenta el tipo de daños según la rama de actividad, y siguiendo con los datos aportados por la VII Encuesta, vemos que es en el sector de las actividades sanitarias y sociales donde mayor porcentaje de trabajador@s sufren de estas dolencias, con un 83,8% de los encuestados, seguidos por los del sector de transporte y almacenamiento con un 81,7%, metal con un 80,2% y hostelería con un 80,1%. En función de la localización de las dolencias de los trabajador@s encuestados, las mayores dolencias se dan en la zona baja de la espalda, con un porcentaje del 44,9, en la nuca/cuello con un 34,3%, en la zona alta de la espalda con un 27,1% y en los hombros con un 13,8%. Estos datos reflejan la necesidad de trabajar en la prevención de los sobreesfuerzos para

la eliminación o reducción de las alteraciones que los TME pueden producir en la salud de los trabajador@s. Para conseguir este objetivo es necesario, en primer lugar, establecer procedimientos preventivos donde se recoja el “qué hacer” y “cómo hacer” en la lucha contra los TME. A través de la evaluación de riesgos, identificando los puestos que puedan estar expuestos a sufrir TME y la planificación, donde una vez identificado el riesgo de TME, se establezcan las medidas preventivas a llevar a cabo, plazos, etc. Se debe combatir también a través de la información y formación a los trabajador@s sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo y sobre higiene postural. Y finalmente, a través de la vigilancia de la salud de los trabajador@s, de manera que se pueda realizar una detención precoz de posibles problemas relacionados con estas patologías. Las organizaciones empresariales deben diseñar puestos de trabajo ergonómicos, donde el trabajo se adapte a la persona y no la persona al trabajo, que permitan al trabajad@r adoptar la postura mas adecuada, de manera que se eliminen o reduzcan al mínimo los factores de riesgo que los provocan, estableciendo así mismo, una organización del trabajo que permita una adecuada distribución de las tareas y de los tiempos de descanso y pausas que permitan la recuperación del trabajad@r. Actualmente existe un grupo de trabajo de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo específico sobre los riesgos y patologías causadas por los trastornos musculoesqueléticos, teniendo participación la Administración, a través del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), las Comunidades Autónomas, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y los agentes sociales, donde está presente UGT. Este grupo de trabajo se reúne periódicamente para tratar la forma de combatir el alto número de trabajador@s que sufren alguna patología provocada por TME, así como la manera de prevenirlos. Actualmente se están discutiendo métodos correctos de evaluación de estos trastornos y se trabaja para que en la próxima Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo se incluyan los TME como uno de sus objetivos, para la prevención de las enfermedades relacionadas con el trabajo. Se nos ha solicitado participación sindical a través de la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo, a través de la Oficina de enlace con sede en Bruselas, con el fin de formar un grupo de trabajo en la prevención de los TME de los trabajador@s a nivel europeo.

Modificaciones legales en los procesos de incapacidad temporal por contingencias comunes Con la publicación del real decreto 625/2014 se han recortado, aún mas, los derechos de los trabajador@s, otorgando mayor potestad a las Mutuas en el control de las bajas médicas, confiriendo a éstas las mismas potestades que a los inspectores médicos del INSS.

L

as modificaciones introducidas a través del RD 625/2014, sobre los procesos de incapacidad temporal suponen un cambio importante en relación con la gestión realizada de la baja por incapacidad temporal y un mayor control de los trabajador@s durante estos procesos. Con la publicación de este real decreto se han recortado, aún mas, los derechos de los trabajador@s, otorgando mayor potestad a las Mutuas en el control de las bajas médicas, pudiendo éstas controlar también las contingencias comunes. A partir de la entrada en vigor de esta normativa (1 de septiembre de 2014) las Mutuas tendrán competencias para: 3 Formular propuestas ante la Inspección Médica de los Servicios de Salud, éstos a su vez remitirán la propuesta a los servicios médicos a los que corresponde emitir los partes de alta en la IT por contingencias comunes. Deberán comunicar al trabajad@r, de manera simultánea, que se ha enviado esta propuesta de alta. 3 Realizar el control y seguimiento de los procesos de baja médica por incapacidad temporal, a través de los partes médicos de baja y confirmación, de los reconocimientos médicos e informes de los Servicios Públicos de Salud, y requiriendo al trabajad@r para realizar reconocimientos médicos por la Mutua.

Debido a la gran presión sindical, aparentemente solo tendrán acceso a la documentación relacionada con la IT en revisión. También se han introducido modificaciones con respecto a la tramitación de los partes de baja en los procesos de IT: 3 Surtirán efecto desde el primer día del reconocimiento médico del trabajad@r (anteriormente ocurría solo en los casos de incapacidad temporal por contingencias profesionales). 3 Estos partes de baja y confirmación se expedirán en función de la duración que estime el médico que los emite (los médicos dispondrán de una tablas donde se tipifique la duración óptima en función de los distintos procesos patológicos y del grado de incidencia.). 3 El RD establece cuatro grupo de procesos: 1. Procesos de duración estimada inferior a cinco días naturales.

2. Procesos de duración estimada de entre 5 y 30 días naturales. 3. Procesos de duración estimada de entre 31 y 60 días naturales. 4. Procesos de duración estimada de 61 o más días naturales. En función de la estimación de la duración de la baja, los partes de confirmación se deberán expedir en un plazo más o menos largo, estipulado reglamentariamente. Del mismo modo se han modificado los plazos para realizar reclamaciones durante la baja por incapacidad temporal, así como el procedimiento a seguir en caso de realizar una declaración de contingencia. Dada la trascendencia que esta modificación reglamentaria tiene para el conjunto de los trabajador@s, desde la Secretaría de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT-Madrid, tenemos previsto realizar diversas publicaciones abordando las modificaciones establecidas en relación con la incapacidad temporal, así como sobre las nuevas competencias de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Seguridad Social, y sobre cómo dichas modificaciones pueden afectar en la seguridad laboral de los trabajador@s de nuestra región.

Con estas modificaciones se confiere a las Mutuas las mismas potestades que a los inspectores médicos del INSS con respecto a los trabajador@s de las empresas asociadas a la mutua. Así mismo tendrán acceso a informes médicos, pruebas y diagnósticos en los procesos de incapacidad temporal. 17

UGT Madrid participó en el 4º Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid Organizado por la Consejería de Empleo,

Turismo y Cultura a través del IRSST y en colaboración con los agentes sociales, se celebró los días 27 y 28 de octubre en el IFEMA de Madrid, el IV Congreso de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, con la cofinanciación en un 50% del FSE. El congreso fue un encuentro de profesionales de la prevención en el que se contó con expertos y ponentes de prestigio, y en el que se pudo exponer e intercambiar experiencias y conocimientos dirigidos a la promoción de la reducción de la siniestralidad y mejorar la eliminación de riesgos que pongan en peligro la salud de los trabajadores y trabajadoras. Se trataron temas como las políticas preventivas presentes (IV Plan Director en Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid) y futuras (europeas y nacionales); responsabilidad, jurisprudencia y novedades legislativas; la formación en prevención de riesgos laborales; los servicios de prevención ajenos; vigilancia de la salud y enfermedades profesionales; seguridad vial; trabajos saludables; coordinación de actividades empresariales, diferentes tipo de riesgos como los psicosociales, los emergentes, o los químicos y biológicos; colectivos especialmente sensibles; ergonomía;

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trastornos musculoesqueléticos; riesgos en construcción o en energía, etc. Especial relevancia tuvo el tratamiento de las profesiones de alto riesgo, siendo el motivo principal del acto de clausura en el que se pudo ver una exhibición de caídas a distinto nivel o la simulación de antorchas humanas, contando con todos los elementos de seguridad necesarios para evitar daños a estos trabajadores. UGT participó en este congreso con la presencia de Susana Huertas Moya, Se-

cretaria de Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT Madrid, en la Mesa Redonda titulada “Agentes Sociales y Administración autonómica: Experiencias en el desarrollo del Plan Director de P.R.L. de la Comunidad de Madrid”, donde expuso los resultados de una de las principales acciones que desarrollamos a través del Plan Director: las visitas de asesoramiento e información que realizamos a las empresas madrileñas. También contamos con la presencia de Ana Sánchez de la Coba, Secretaria de Políticas Sociales, Igualdad y Movimientos Ciudadanos de UGT Madrid, quién trató un tema de gran interés y actualidad, el envejecimiento y la prevención de riesgos laborales. En representación de la Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de UGT, estuvo Emilio González Vicente, coordinador de la secretaría, en sustitución de Marisa Rufino San José, quien trató el tema de la reforma del régimen jurídico de las Mutuas. En el expositor que se puso a nuestra disposición se pudieron mostrar los últimos materiales que UGT Madrid ha editado con contenido relativo a la prevención de riesgos laborales y la protección de la salud de los trabajadores/as, dando difusión de los mismos y ofreciendo información de manera gratuita a los congresistas.

jurisprudencia Sentencia del Tribunal Supremo de 27-10-2014 (Rc 3179/12): Un trabajador contratado por un periodo de dos meses en una empresa ganadera tiene un accidente con resultado de muerte durante el horario de la comida en las instalaciones de la explotación. El trabajador tiene autorización para comer en las dependencias de la empresa e inicia su actividad laboral antes de que finalice el descanso de la comida. El Tribunal Supremo comprueba que el accidente se produjo en el “lugar de trabajo”, en “tiempo de trabajo” y “como consecuencia del trabajo” por lo que califica el accidente como laboral, estimando el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la viuda, al haber sido denegado anteriormente la contingencia profesional del accidente.

Sentencia de la Sala IV del Tribunal Supremo de 26-12-2013 (Rc 2315/12): La Sala IV revisa su jurisprudencia anterior, mas restrictiva en relación con los accidentes In Itinere. En esta sentencia se concede la consideración de accidente de trabajo al desplazamiento que realiza un trabajador en domingo desde su lugar de descanso de fin de semana (domicilio del trabajador) hasta su lugar de residencia habitual los días labo-

rales (residencia habitual por motivos de trabajo). Aunque el traslado del trabajador no sea al lugar de trabajo sino al lugar de residencia laboral, admite la laboralidad del accidente, en cuanto que este desplazamiento se realiza como consecuencia del trabajo, al considerar como “domicilio” tanto el domicilio del trabajador como su residencia habitual por razones laborales.

Sentencia de la Sala IV del Tribunal Supremo de 12-06-2013 (recurso 793/12) Por la que el Tribunal Supremo, tras el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por una trabajadora, estima que procede interponer un recargo de prestaciones del 30% a la empresa en la prestación por incapacidad permanente absoluta a la que la trabajadora tiene derecho motivado por el estrés postraumático sufrido por ésta como secuela del atraco sufrido en el lugar de trabajo. La trabajadora prestaba servicios ella sola durante su jornada laboral en un centro recreativo, no habiendo realizado la empresa una evaluación de riesgos específica de su puesto ante el riesgo de violencia en el trabajo y atraco, ni había dado la formación preventiva necesaria, limitando su información a la trabajadora a que “en caso de atraco no se ofreciera resistencia”.

DICIEMBRE 2014