Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos. Consideraciones para los sujetos obligados en El Salvador

Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos Consideraciones para los sujetos obligados en El Salvador Estadísticas sobre lavado de dinero y de activ...
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Ley Contra el Lavado de Dinero y de Activos Consideraciones para los sujetos obligados en El Salvador

Estadísticas sobre lavado de dinero y de activos • Se estima que de 2004 a 2013 las economías emergentes perdieron $ 7.8 trillones de dólares en flujos financieros ilícitos. Sólo en 2013 se estima en $ 1.1 trillones USD. • La tasa de crecimiento de estas actividades ilícitas se estima en 6.5% anual entre 2004 y 2013, cercano o mayor al crecimiento del PIB global.

Flujos Ilícitos hacia Centro América 2004-2013 Miles de millones USD Panamá

885

Costa Rica

1268

El Salvador

1624

Honduras

1626

Guatemala

1867

Nicaragua

2890 0

500

CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

1000

1500

2000

2500

3000

3500

Entidades internacionales que trabajan PLDA-FT

CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

Normativas para PLDA-FT

Vinculación normativa de la ley PLDA Convenio Centroamericano para la Prevención y la Represión de Lavado de Dinero y Activos, relacionados con el Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos Ley Contra el Lavado de Activos y su reglamento Instructivo de la UIF para la Prevención LDA Ley Especial Contra Actos de Terrorismo NRP-08 Norma Técnica para la Gestión de Riesgo de LDA-FT (Nov 2013) Ley especial de Extinción de Dominio y de la Administración de los Bienes de Origen y Destinación Ilícita Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción Naciones Unidas (2006): Unidos contra el terrorismo, Recomendaciones para una estrategia mundial de lucha contra el terrorismo 40 Recomendaciones del GAFI CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

Evaluaciones del GAFIC a El Salvador • Primer informe de seguimiento (Diciembre de 2010) • Informes de seguimiento (Mayo/11, Noviembre/11, Mayo/12, Enero/13, Mayo/13, Noviembre/13) • Octavo informe de seguimiento (Mayo/14) • Noveno informe de seguimiento (Noviembre/14)

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Marco de referencia de la Ley PLDA Políticas y

Lavado de Activos y Decomiso

Coordinación

Cooperación Internacional

AML-FT

Estándares GAFI (40 Recomendaciones)

Medidas institucionales y responsabilidad de autoridades

Transparencia y Beneficiario Final

Financiamiento al Terrorismo y Proliferación

Medidas Preventivas

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¿Cuál es el objeto de ésta ley PLDA?

DETECTAR ARRADICAR EL DELITO Y SU ENCUBRIMIENTO

PREVENIR

SANCIONAR

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Marco conceptual utilizado en la ley de PLDA Lavado de dinero y de activos El que depositare, retirare, convirtiere o transfiere fondos, bienes o derechos relacionados que procedan directa o indirectamente de actividades delictivas, para ocultar o encubrir su origen ilícito, o ayudar a eludir las consecuencias jurídicas de sus actos a quien haya participado en la comisión de dichas actividades delictivas, dentro o fuera del país

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Algunos delitos de LDA

ENRIQUECIMIENTO ILICITO COMERCIO ILEGAL Y DEPOSITO DE ARMAS

HURTO Y ROBO DE VEHICULOS

PREVARICATO

NEGOCIACIONES ILICITAS

COMERCIO DE PERSONAS

(Dictar resolución arbitraria e injusta) EVASION DE IMPUESTOS

SECUESTRO PECULADO ADMINISTRACION FRAUDULENTA

ESTAFAS

(Malversación de fondos públicos) CONTRABANDO DE MERCADERIAS

EXTORSION

SOBORNO

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ENCUBRIMIENTO Y LEGALIZACION DE DINERO O BIENES PROCEDENTE DE ACTIVIDAD DELICTIVA

Sujetos obligados • Cualquier institución privada o de economía mixta, y sociedades mercantiles. • Partidos políticos. • Organizaciones No Gubernamentales. • APNFD (Actividades y Profesiones No Financieras Designadas: Contadores, Auditores, Abogados, Casinos, Agentes Inmobiliarios, Comerciantes de metales preciosos, Proveedores de Servicios Societarios y Fideicomisos) Nota: Se exime por instructivo de UIF a las personas naturales.

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Obligaciones respecto de la UIF • Crear una oficialía de cumplimiento y nombrar un oficial de cumplimiento; o designar a una persona de enlace con la UIF. • Acreditarse o inscribirse en la UIF (son diferentes). • Reportar las diligencias u operaciones financieras sospechosas, o transacciones que estén dentro de los parámetros de la ley.

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Sobre el oficial de cumplimiento (Supervisadas SSF) • Nombrar una oficialía de cumplimiento a cargo de un oficial nombrado por JD u órgano competente • Los requisitos del OC son: • 2 años de experiencia y certificación ratificada por FGR en materia de PLD-FT • Ostentar cargo gerencial • Habilidades y conocimientos sobre aspectos jurídicos, negocios y controles (COSO) • Grado académico de nivel universitario y conocer aspectos administrativos y jurídicos del giro del negocio o actividad

Los integrantes de la oficialía gozan de independencia, tiene facultad para tomar decisiones en el cumplimiento de su función. No pueden ser despedidos, sancionados o removidos por cumplir con sus atribuciones CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

Excepciones al secreto bancario y medidas cautelares En el proceso de investigación: El juez puede girar orden para incautar o requerir documentos bancarios, financieros o mercantiles El juez puede ordenar congelamiento de cuentas, secuestro preventivo de bienes El secreto bancario, así como la reserva en materia tributaria, no operarán en la investigación del delito de lavado de dinero y de activos

En casos urgentes, la FGR puede ordenar inmovilización de cuentas bancarias de imputados por un plazo máximo de 10 días

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Proceso para acreditación ante la UIF • Inscribirse en el portal web http://www.uif.gob.sv/ • Crear oficialía de cumplimiento, nombrar oficial de cumplimiento o persona designada ante la UIF. • Elaboración de manuales (AML-FT – Debida diligencia y diligencia intensificada, Ética) • Elaborar plan de trabajo anual de la oficialía u oficial de cumplimiento • Sistema de monitoreo (alertas o implantación de sistemas) • Plan de auditoría interna para verificar sistema AML • Acreditación UIF

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Excepciones de acreditación • Los grandes y medianos contribuyentes (según clasificación del Ministerio de Hacienda) que tengan ingresos brutos anuales iguales o menores a $ 1,212,438.90 USD y personal de hasta 50 empleados, según lo dispuesto en la Ley de Fomento y Desarrollo para la Micro y Pequeña Empresa.

• La excepción no da cobertura para evitar el registro en la UIF, nombrar una persona designada y reportar las operaciones indicadas en la ley. CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

Calendario de cumplimiento Fecha de inscripción Todas las personas jurídicas deben inscribirse a través del sitio web de la UIF a más tardar el 31 de marzo de 2016 Fechas de acreditación Sector Financiero APFNDs Grandes Contribuyentes Medianos Contribuyentes

Desde 01/01/2016 01/01/2016 01/01/2016 01/01/2017

CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

Hasta 30/09/2016 30/09/2016 31/03/2017 30/06/2017

Muchísimas gracias!!!!!!

Correos de contactos para consultas y otros: Georgina Trejo [email protected] Carlos Gómez [email protected] Eddie Castellanos [email protected] Rodolfo Pérez [email protected] CGP Tel. 2226-2230 y 2226-2234

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