LAS REGLAS DE BANGKOK Un primer paso para visibilizar a los hijos e hijas de las personas encarceladas María Noel Rodríguez UNODC



Incremento de la tasa de encarcelamiento en toda la región.



Hacinamiento penitenciario crítico.







Modelo de privación de libertad en crisis e incapaz de cumplir con los fines de la pena. Hijos e hijas de personas encarceladas: “víctimas invisibles del sistema penal y costo oculto del encarcelamiento”.

La problemática de estos niños y niñas es un una “cuestión huérfana”.



Derecho del niño/a, a no ser discriminado y a mantener contacto con su padre o madre.



Interés superior del niño como eje rector de las políticas (Convención de los Derechos del Niño).



Necesidad de mitigar los efectos y el daño que el encarcelamiento provoca en los hijos e hijas de personas presas.



Evitar que la pena trascienda a los hijos e hijas de las personas encarceladas.



Es necesario trabajar en dos direcciones: • Evitar o reducir el encarcelamiento del padre o madre; y si no fuera posible… • Mejorar las condiciones y bienestar de los niños/as con referentes afectivos

privados de libertad, ya sea que estén en prisión con ellos, o en el medio libre.



Las Reglas de Bangkok (2010) hacen foco en: • La situación y necesidades de las mujeres presas. • La vulnerabilidad y requerimientos de atención de los hijos e hijas de las

personas presas (alcanzan a varones presos con responsabilidades familiares).



Elaborar medidas alternativas a la prisión preventiva y a la pena teniendo en cuenta: • Historial de victimización. • Responsabilidades de cuidado sobre otras personas.



Considerar la situación de las mujeres con responsabilidades familiares al momento de decidir la libertad.



Privilegiar siempre que sea posible medidas de base comunitaria para reclusas embarazadas o madres.



Buenas prácticas de arresto domiciliario y suspensión condicional de la condena en América Latina (Colombia, Argentina, Panamá, Uruguay, C. Rica). Reducción de penas en Ecuador.



Precauciones al momento del arresto y posibilidad de suspender ingreso a prisión hasta resolver situación del niño/a.



Asegurar el contacto entre el progenitor y su hijo/a (visitas, skype, grabaciones).



Adecuar instalaciones y procedimientos penitenciarios (en particular requisas).



Adoptar medidas positivas para asegurar y facilitar el contacto (transporte, horarios extendidos).



Estos niños y niñas tienen los mismos derechos que los demás.



Deben construirse hogares maternales fuera de la prisión.



Se debe asegurar a los niños/as todas sus necesidades.



Se requiere contar con programas y guarderías especializadas.



Apoyo a las organizaciones de la sociedad civil.



Es necesario sensibilizar y capacitar al personal penitenciario.



Importancia de implementar un sistema de registro de los hijos/as.



Limitar el uso del aislamiento y la pérdida de contacto familiar como sanciones disciplinarias.





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El proceso debe estar definido y debe respetar el interés superior del niño/a. Previsiones especiales para el caso de mujeres extranjeras (privilegiar transferencia a su país). Realizar los preparativos para la salida en forma anticipada. Implementar servicios de cuidado alternativos para los niños/as que salen de prisión.









Realizar investigaciones sobre el impacto del encarcelamiento en los hijos/as de personas encarceladas. Adoptar planes nacionales de acción, tomando como base la Convención de los Derechos del Niño y Reglas de Bangkok. Asegurar el goce efectivo de los DDHH de los niños y niñas que convivan con sus padres en prisión. Asegurar coordinación efectiva entre organismos responsables de las políticas de niñez, la Administración de Justicia y el Servicio Penitenciario.







Cooperación de los organismos bilaterales y multilaterales, e intercambio de buenas prácticas. Involucrar al personal penitenciario, de salud, operadores del sistema de justicia, sociedad civil y comunidad en general. Racionalizar el uso de la pena privativa de libertad y promover la utilización de medidas alternativas para reducir el impacto del encarcelamiento en los hijos e hijas de personas encarceladas.

Monitoreo sobre la situación de los hijos e hijas de las mujeres privadas de libertad en Guatemala. Colectivo Artesanas. http://www.reglasdebangkokguatemala.org/ninez/doc/DOCUMENTOUNIFICADOVF.pd f ¿Invisibles hasta cuándo? Una primera aproximación a la vida y derechos de niñas, niños y adolescentes con referentes adultos encarcelados. Gurises Unidos y CWS. http://www.cwslac.org/es/docs/Invisibles_hasta_cuando.pdf Modificación a la ley de drogas en Costa Rica: https://www.youtube.com/watch?v=_TOXRCXLlxI

Reducción penas en Ecuador http://es.insightcrime.org/noticias-del-dia/ecuador-mulas-politica-progresista Unidades para madres en España. http://www.institucionpenitenciaria.es/web/portal/centrosPenitenciarios/unidadesMad res.html