LABORATORIO AGROLOGICO

HISTORIA En 1905 se aprobó la primera Ley de Abonos de Puerto Rico, dando inicio al Programa de Análisis y Registro de Materiales Agrícolas, con el propósito de poner en ejecución la Ley de Abonos. En 1923 se aprobó la Ley que Regula la inspección de Alimentos Concentrados para animales domésticos. En 1941 se inauguró el nuevo edificio del Departamento, en el cual se instalaron las oficinas de la Agencia, así como los laboratorios. En 1963 se aprobó la Resolución Conjunta Número 16, la cual asignó fondos para la construcción de un laboratorio de servicios agrícolas. PROPOSITO El propósito principal del Laboratorio Agrológico es administrar las leyes y reglamentos que controlan la venta y distribución de los abonos, alimentos comerciales y plaguicidas que se usan en Puerto Rico y orientar a los agricultores en la utilización de los terrenos para lograr un rendimiento óptimo. Este propósito se logra mediante el registro, inspección, toma de muestras y análisis de los suelos, tejido foliar y aguas de regadío. Además, se analizan los productos que entran a la Isla para residuos de plaguicidas y se ofrece el servicio de análisis toxicológico. SERVICIOS QUE PRESTA EL LABORATORIO: REGISTRO DE PLAGUICIDAS

La implantación de las disposiciones de la Ley #49 del 10 de junio de 1953, según enmendada y conocida como Ley de Plaguicidas de Puerto Rico. Esta Ley contiene disposiciones específicas sobre el Registro de Plaguicidas y Dispositivos. 

De uso General



De uso Restringido En el caso de los plaguicidas clasificados como de uso restringido, para poder registrar los mismos es requisito que se prepare un etiquetaje en el idioma español en el cual debe aparecer todo referente a precauciones y los usos del plaguicida, aplicables a Puerto Rico.

Los registros vencen cada dos (2) años. Se requiere un nuevo registro (renovación) para poder continuar distribuyendo los productos los años siguientes. REGISTRO DE NECESIDAD LOCAL ESPECIAL (24-C)

Estos registros se refieren a los plaguicidas registrados para responder a nuestras “Necesidades Locales Especiales” para usarse, por ejemplo, en los cultivos de la yuca, el ñame y el plátano, entre otros. Como estos cultivos no se producen o se siembran en Estados Unidos, no existen plaguicidas registrados a nivel federal para proteger los mismos. SECCION 18

Es la sección por la cual se puede obtener un Registro de Emergencia cuando al momento no existen plaguicidas registrados para atacar una plaga específica, poder utilizar cierto método de aplicación o para el cultivo afectado que no esté especificado en la etiqueta. Esta petición se somete a la Agencia de Protección Ambiental (EPA) y si se otorga el registro tendrá vigencia por un (1) año. CRISIS Lo otorga la EPA en situaciones donde ocurra una situación crítica con una plaga, donde al momento no haya ningún plaguicida registrado para el control de la misma. La duración es de un período de 15 días. La EPA puede suspenderlo al momento. PERMISO DE USO EXPERIMENTAL DE PLAGUICIDAS Estos permisos son otorgados con el propósito de acumular datos e información necesaria para registrar nuevos plaguicidas o para un uso que no esté registrado el plaguicida. Solo los participantes en el experimento lo podrán utilizar. ABONOS COMERCIALES El 8 de mayo de 1973, fue aprobada la Ley #19, conocida como Ley de Abonos de Puerto Rico derogando así la Ley #99 del 25 de abril de 1950. Esta ley reglamenta la venta y distribución de fertilizantes (abonos comerciales) en Puerto Rico. El propósito de dicha Ley y su Reglamento es proveer al agricultor y consumidor una forma de verificar el contenido de los abonos y así mantener la calidad de estos productos de acuerdo con lo garantizado. La persona o compañía que interese distribuir un abono en Puerto Rico tiene que someter la petición al Secretario de Agricultura.

La Junta de Abonos, organismo constituido por el Secretario evaluará la petición sometida y recomendará al Secretario su aprobación o denegación. El Laboratorio cuenta con inspectores que toman muestras oficiales de estos abonos para que se analicen en el Laboratorio; garantizando así al consumidor el producto que se le vendió. ALIMENTOS COMERCIALES Todo alimento comercial deberá tener un registro expedido por el Departamento de Agricultura, mediante la autorización del Laboratorio Agrológico en Dorado y mediante inspección y toma de muestras se analizaran los mismos. CERTIFICACION DE USUARIOS DE PLAGUICIDAS Desde 1975 mantiene un acuerdo con el Servicio de Extensión Agrícola para adiestrar y examinar a los usuarios de plaguicidas de uso restringido. El certificado de Aplicador de Plaguicidas de Uso Restringido expira y debe renovarse cada cuatro (4) años. Si la persona no renueva su certificado a tiempo es automáticamente cancelado, por lo que tendrá que tomar todos los adiestramientos y exámenes requeridos para obtener un certificado nuevo. Para la renovación de licencia es necesario asistir a un adiestramiento de repaso y cumplimentar una solicitud al respecto periodo de 90 días antes ó 120 días después de la fecha de expiración. Los aplicadores o usuarios de plaguicidas de uso restringido tienen la opción de solicitar la certificación de Aplicador Privado o Comercial. o Certificación Privado General Persona certificada para usar, adquirir o supervisar el uso de plaguicidas de uso restringido en una propiedad poseída o arrendada por él o por su patrono. o Certificación Comercial Persona certificada para usar, adquirir o supervisar el uso de plaguicidas de uso restringido para el control de plagas en cualquier propiedad y que genere ingresos económicos por la prestación de sus servicios. Se certificarán dependiendo del tipo de labor o trabajo que desempeñen.

Los aplicadores comerciales pueden certificarse en las siguientes categorías: 1. Control de Plagas en Plantas 2. Control de Plagas en Animales 3. Control de Plagas en Bosques 4. Control de Plagas en Ornamentales y Céspedes 5. Tratamiento de Semillas 6. Control de Plagas Acuáticas 7. Control de Plagas en Servidumbre de Paso 8a. Control de Plagas en Industrias, Instituciones y Estructuras 8b. Preservación de la Madera 9. Control de Plagas que Afectan la Salud Pública 10. Control Reglamentario de Plantas PROGRAMA DE CONSOLIDADO El Programa Consolidado tiene el propósito primordial de unir esfuerzos para educar y concienciar a los agricultores, trabajadores y el público en general en cuanto al uso de plaguicidas y las consecuencias negativas del mal de los mismos. A través de este Programa se irá recopilando información actual en cuanto al uso de plaguicidas, ya sea de uso general, de uso en cultivos y de uso en ganado, en las diferentes regiones agrícolas; además, se recopilará información de las plagas existentes, cuerpos de agua y de las especies en peligro de extinción. PROTECCIÓN AL TRABAJADOR AGRICOLA Los plaguicidas son una gran fuente de contaminación si son utilizados incorrectamente y pueden además afectar la salud. Por ello es necesario que el usuario de plaguicidas conozca muy claramente el producto que va a usar y su forma correcta de tal modo que pueda sacarle provecho al producto y proteger el ambiente simultáneamente. Debe tener un equipo de protección personal en buenas condiciones, para así proteger su piel del contacto con el plaguicida y evitar o prevenir envenenamiento o muertes.

ESPECIES EN PELIGRO DE EXTINCION En Puerto Rico tenemos especies endémicas que son de gran beneficio a nuestra ecología. Hay diversos factores que han puesto en peligro nuestro balance ecológico. El Programa Consolidado para aportar en evitar la extinción de estas especies por plaguicidas ha desarrollado adiestramientos en vías a orientar y concienciar al agricultor en el uso correcto de los plaguicidas. ANÁLISIS DE SUELO, TEJIDO FOLIAR Y AGUAS DE REGADIO Con miras a extender los servicios que ofrece el Laboratorio Agrológico ofrecemos los análisis de suelo, agua de regadío y tejido foliar. El propósito consiste en analizar los suelos, aguas de riego y tejido foliar a los agricultores. Los servicios que se brindan en la Sección de Suelos son los siguientes: A) Suelo: pH, elementos mayores (N, P, K, Ca, Mg, Na), elementos menores: (Cu, Fe, Mn, Zn), aluminio intercambiable, enmienda caliza y conductividad eléctrica. B) Tejido Foliar: elementos mayores, elementos menores, C) Agua: pH, CE (conductividad eléctrica), elementos mayores, elementos menores, carbonatos, bicarbonatos y cloro. PARA MAYOR INFORMACIÓN: Favor dirigirse a: Lcda. Carmen H. Zayas Directora, Laboratorio Agrológico PO Box 10163 Santurce, PR 00908-1163

O puede visitar las facilidades ubicadas en: Bo. Higuillar, Carr. 693, Km. 4.5 Dorado, Puerto Rico Teléfonos:

(787)796-1735 796-1710