LA ESTADISTICA DE NACI M IENTOS (1)

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ESTADISTICA ESPANQLA núm. 107, 1985, págs. 29 a 37

LA ESTADISTICA DE NACI M IENTOS (1) por PEDRO DE FRUTOS GIMENEZ Instituto Nacional de Estadística

RESUMEN Se sitúa historicarnente la iniciación en España de las Estadísticas de nacimientos, que si bien algo tardía con relacián a otros países europeos, si se puede decir que fué pionera dentro de las investigaciones estadísticas españolas. Se contemplan los fundarnentos legales recogidos en el Código Civil, en la Ley y el Reglamento del Registro Civil.

Se concluye con una somera exposicián, sobre la fuente, recogida y procesos de elaboración de los datos, resaltando la necesidad de seguir manteniendo la calidad de la información que el I,N.E. facilita. Palabras clave: Parto, nacido vivo, criaturas abortivas, muertes fetales.

(1) Conferencia pronunciada en el II Seminarío de la Sociedad Española de E^:pidemiología cetebrado en C^ ranada los días 22 y 23 de noviembre de 1984.

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1.

C'ONCEPTO Y^ EVOLUCIDN

El Censo de Población, como se ha visto en la ponencia anterior, presenta una "fotografia de la Población" en un momento deterrninado, el "día censal"; esto es, en el referido "día censal" se tiene un conocimiento exhaustivo de la población de un país, de una región, de un pueblo... Se conoce la distribución de la población por sexo, por edades, por nivel educativo, la clasificación según inactividad o actividad económica, la ventilación por ocupaciones, etc. Pero, insistimos, esto es un momento dado; el distanciamiento entre los censos --tradicionalmente diez años, aunque hoy día se les da valor oficial a las renovaciones padronales, con lo cual el intervalo se reduce a un quinquenio- obliga a que para completar la información estadística sea imprescindible montar otras investigaciones, bien de tipo socio-económico, (como las encuestas de Empleo y Paro (E.P.A.), las de Presupuestos familiares, etc.), bien dentro de las estadísticas vitales, entre las que destacan las que constituyen el M.N. de la Foblación. E1 M.N. de la Población trata de los problemas inherentes a la naturaleza biológica del hombre: nacimiento, defunción, matrimonio y disolución del vínculo matrimonial. Es interesante destacar que los hechos demográficos reseñados están vinculados por un parámetro biológico, la edad, a la cual se condicionan la entrada al matrimonio y la muerte. Pero, precisamente por esa característica biológica, los hechos demográficos que constituyen el M.N. presentan un carácter estructural aunque, sometidos a la coyunturalidad derivada de las condiciones de vida. E1 estudio de los hechos demográficos se puede lograr, bien mediante el análisis transversal --consistente en la medida de los hechos demográficos en un momento o período de tiempo dado, por ejemplo un año- o bien siguiendo el análisis longitudinal que consiste en seguir a lo largo del tiempo a un subconjunto poblacional, por ejemplo una generación. Pero sea cualquiera el método que se siga es necesario disponer de estadísticas del M.N. suficientemente detalladas y fiables. El interés por la recogida de estos hechos ( nacimientos, matrimonios, defunciones) surgió desde tiempos remotos. Así, en Francia, según dice L. Buquet en Demographie los registros parroquiales aparecieron en la Borgoña a principios del Siglo XIV, generalizándose la implantación de estos registros a otras regiones en el siglo siguiente (1). En Inglaterra, Enrique VIII, ordenó en 1538, a la parroquia llevar registros de los bautizos, matrimonios y defunciones (2). En Alemania existieron también registros de nacimientos y defunciones desde principios del siglo XVII; es conocida la construcción de las primeras tablas de mortalidad por Halley, basadas en los registros de Breslau de los años 1687-1691.

En Norteamérica, en los Estados de Virgínia y Massachusetts se emitieron leyes ya en la primera mitad del siglo XVII dirigidas a hacer obligatorio el registro de los nacimien-

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tos, matrimonios y defunciones. Pero a pesar de estos intentos más o rnenos aislados no olvidemos Holanda, Dinamarca, Suecia, .Tapón, no se han recogido estas estadísticas, de forma sistemática hasta principios o mediados del siglo XIX. En España, aparte de registros aislados anteriores, la estadística del M. N. P. tuvo su inicio de manera sistemática, inmediatamente después de la realización del primer censo de población: en 1863 se presentó una publicación conteniendo los datos del trienio 1858-61. Es de señalar que en los dos prirneros años se recogieron los nacidos bautizados. Posteriormente se incorporaron los nacidos muertos y los muertos antes de ser bautizados. La siguiente publicación comprende a los años 1861-70 y se publicó en 1877. La importancia de esta publicación y la de 1863, es que en ellas aparecen por primera vez clasificadas las defunciones por causa de muerte. A partir de 1878, el Registro Givil, creado en 1870, regulariza la inscripcián de los hechos demográficos, normalizando las publicaciones de los mismos. Los boletines de nacimientos del MNP han sufrido sucesivas modificaciones, tanto en su estructura como en la amplitud de la información, hasta llegar a su forma actual. Centrados en el tema de los nacimientos nos referirnos al vigente Boletfn de Parto que incluye tanto a Ios nacidos vivos como a las mluertes fetales tardias. Estas modificaciones en los formularios de nacimientos siempre han sido efectuadas por una parte con el objeto de facilitar y mejorar ia recogida de datos y el posterior procesado de los mismos y, por otra, ampliar la información posteriormente elaborada y divulgada por el I.N.E. Otro objetivo ha sido el de adecuar la estadística nacional a las recomendaciones internacionales de las Naciones Unidas, recogidas en el Handbook of Vital Statistics (3), aunque algunas habían sido formuladas anteriormente, por la O.I^.S.

En especial las principales prioridades recomendadas en el referido Handbook (3) son respectivamente, para los boletines de nacimientos y de defunción fetal: Nacimiento

Defunción Fetal

Fecha de acaecimiento

Fecha de acaecimiento

Fecha de registro

Fecha de registro

Lugar del hecho

Lugar del hecho Lugar de residencia de la rnadre

Lugar de residencia de la rnadre Legitimidad

Legitimidad

Tipo de nacimiento

Tipo de nacimiento

Fecha de nacimiento de la madre Número de niños nacidos de la madre

Fecha de nacimiento de la rnadre N úrnero de niños nacidas de la madre

Asistencia en el parto

Periodo de gestación

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También al confeccionar el nuevo boletín de nacimientos de 1975 y posteriores modificaciones, se ha tenido en cuenta que: -- Los boletines denominados de Nacimientos y después de Parto, se han diseñado tenienda en cuenta que la explotación de su información se iba a efectuar a través de la técnica moderna de los ordenadores. -- Se ha procurado que cada pregunta ocupe una ltnea, con lo cual se ha introducido un mayor número de variables dentro de un mismo espacio, que lo hace igual de manejable pero con información más exhaustiva. --- La rapidez en la codificación es otro de los aspectos que preocupan al hacer las modificaciones, - Si el contenido de los primeros volúmenes del M.N.P. era satisfactorio para la época a que hacen referencia y atendían al nivel en que se encontraban estos trabajos en el ámbito internacional, ahora no cumplían la demanda de datos que los organismos internacionales interesan. - Se ha intentado simplificar la cumplimentación del boletín. El resultado ha sido la supresión de ciertas preguntas consideradas como menos necesarias, tales como la rama de actividad o situación profesional del padre. -- Otra modificación importante introducida en la estadística de nacimientos consiste en clasificarlos también según la residencia de la madre, información imprescindible para establecer cualquier clasificación por área geográfica, aunque se mantiene la clasificación por lugar de inscripción para no interrumpir series que se publican.

----- Se debe resaltar que no siempre estos nacimientos se inscriben, en el lugar en que ha ocurrido el nacimiento, en especial cuando se trata de Centros Sanitarios Maternales. En estos casos muchos profesionales que atienden los partos suelen certificar los nacimientos, bien a instancia de los padres o por otros motivos, en el municipio en que reside la madre, en lugar de donde está ubicado el Centro Maternal. Esto hace desvirtuar la estadística y conlleva la toma de decisiones políticas y administrativas equivocadas. -- Hemos de considerar ahora lo dispuesto en la Ley 35/ 1981 de cinco de octubre sobre modificaciones del art. 20 de la Ley reguladora del Registro Civil de ocho de junio de 1957 que estableció lo siguiente: "Las inscripciones principales con sus asientos marginales serán trasladadas a petición de las personas que tengan interés cualificado en ello, en el caso siguiente: Las de nacimiento al Registra del domicilio del nacido o de sus representantes legales".

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En todo caso, realizado el traslado, quedarán sin vigencia los asientos de procedencia, que serán cancelados haciendo referencia a los nuevos asientos. Por ello, no se comprende que existiendo esta posibilidad de trasladar el asiento de un nacimiento del lugar en que acaeciá^, los ginecólogas se presten a certificar los nacimientos en el municipio de residencia de los padres, ante la insistencia de los familiares, pues además de contravenir 10 legislado alteran los hechos demográficos. Hasta 1974 se atendian para clasificar los hechos demagráficos al lugar en que ocurrieron los misrnos, mientras que en la nueva estructura --como ya hemos indicado-prevalece el lugar de residencia de la madre. E1 fundamento de este cambio se debe, principalmente, a que la mayoría de los nacimientos y abortos ( muertes fetales tardías, como veremos más adelante) ocurren en los Municipios donde existen residencias de la Seguridad Social o Centros Sanitarios privados. Consecuencia de ello es que al estar obligado por ley la inscripción de estos hechos en el Registro Civil correspandiente, los Ayuntamientos se aprovechaban de esta coyuntura para dar de alta a los nacimientos en el Padrón correspondiente, lo cual conducía a que Ios movimientas demográficos se condensaban en unos municipios determinados de la provincia, mientras el resto de los municipios permanecian sin altas ni bajas.

2.

CONCEP'TO LEGAL DE NACIMIENTO Y ABCIRTO La Estadística de nacimientos toma los datos de las boletines estadísticos recogidos en

el momento de inscribir estos hechos demográficos en el Registro Civil. Esta circunstancia ha motivado la utilización en el Movimiento l^iatural de la Población de los conceptos de nacido y criatura abortiva, con el significado que tiene en el Código Civii. Así, a efectos civiles, "sólo se reputará nacido el feta que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno" (art. 30 del C.C.). Por lo tanto la Estadística de nacimientos cumplimentadas hasta 1975 no se ajustaba a los conceptos demográficos reconocidos internacionalmente ya que en aquellos no se incluían los nacidos con vida que fallecieron antes de cumplir sus 24 prirneras horas de existencia y que en el C.C. reciben la denominación de "criaturas abortivas" art. 745. (Criaturas abortivas son aquellas que no reunan las circunstancias expresadas en el art. 30). La Ley de 24 de enera de 1941 en su apartado n.° 1 considera aborto "no sólo la expulsión prematura y voluntariamente provocada del producto dE la concepción, sino también la destrucción en el vientre de la madre". Desde un punto de vista teórico la Muerte Fetal Tardía es el fallecirniento, antes de su completa expulsión o extracción del cuerpo de la madre, de un producto de la con-

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cepción viable. Este cdrácter de viabilidad es preci5amente el que sirve para diferenciar las muertes fetales tardías de los abortos.

Tradicionalmente la O.M.S. ha identificado la viabilidad del feto con una edad gestacional de más de 28 semanas completas de embarazo. No obstante, en la actualidad la O.M.S. recomienda la utilización del criterio del peso en el momento de la expulsión o extracción del feto, aunque está sujeto a debate el número de gramos que debe considerarse como límite para que sea viable. Teniendo en cuenta que esta falta de uniformidad internacional en cuanto al peso, la dificultad de obtener pesadas exactas de todos los fetos al término de la expulsión y, teniendo en cuenta que, en España sólo existe obligación de comunicar al Registro Civil las muertes fetales que concreta el art. 45 de la Ley de 8 de junio de 1957 (las personas obligadas a declarar o a dar parte del nacimiento están también obligadas a comunicar en la misma forma el alumbramiento de las criaturas abortivas de más de ciento ochenta días de vida fetal, aproximadamente. En el Registro Civil se llevará un legajo con las declaraciones y partes de abortos), se ha adoptado el criterio de considerar, a efectos de esta estadística, como muerte fetal tardía el feto muerto con seis o más meses de gestación. Es de advertir que el contenido de la Estadística de Muertes Fetales Tardías viene a s^er la continuación de la hasta ahora denominada Estadística de Abortos si bien en ésta se incluían los nacidos vivos fallecidos durante las primeras 24 horas de vida y todas las defunciones fetales declaradas con independencia de su tiempo de gestación. La nueva Estadística de Muertes Fetales Tardías supone una mayor uniformidad en su contenido y una mejor adecuación a la terminología médico--biológica, ya que según queda dicho el concepto de aborto significa exclusivamente la expulsión o extracción del claustro materno de un producto de la concepción no viable.

La información para la elaboracián de esta estadística se recogía mediante el Boletín Estadístico de Aborto, denominación tradicional que se mantuvo por su similitud con la terminología legal y que, como se ha indicado anteriormente, se utiliza con objeto de evitar confusión a las personas que acuden al Registro Civil a declarar las criaturas abortivas. Es durante el tratamiento electrónico de la información cuando se excluyen los fetos con menos de seis meses de gestación, así como los nacidos vivos que fallecieron antes de cumplir sus 24 primeras horas de vida.

3.

INSCRIPCION, RECOGIDA Y CALIDAD DE LOS DATOS

Antes de exponer como se realiza la recogida de los hechos demográficos ocurridos, hemos querido hacer referencia a las primeras publicaciones de nacimientos y a la rnodificación en profundidad realizada en 1975 para finalizar precisamente por la reco-

1_^^ EtiTADIS^TI,, Fondo ^le Cultura. Méjico 1972.

(3)

UNITED NATIONS: Handbook of i^ital ,Statistics Methods. Studies in Methodes. 1955.

LOS TEXTOS LEGALES QUE SE HAN CITADO StJN: -- Código Civil

-- Ley reguladora del Registro Civil de 8 de junio de 1957 - Reglamento de la Ley del Registro Civíl de 14 de noviembre de 1958 -- Ley de 24 de enero de 194I -- Ley 3511981 de cinco de octubre modificando el art. 20 de la Ley del Registro Civil. -- Boletines Ofciales del Estado.

SLJM1tviARY BIRTH STATISTICS

Historically, the beginníng of births statistics, though somewhat late as compared to other European countries, may be said to have been one of the f rst among statistical research in Spain. Their legal bases as expressed in the Civil Code, the Law and the Civil Register, are considered in the present article.

Finally a summary is made of the source, collection and data processing, emphasis being laid on the need to maintain the quality of the information provided by the I.N.E. Key words: Delivery, births, abortions, death in foetus. AMS 1980. Subject classification: 62 P 10.