Jueves 14 de julio de 1983 MINISTERIO DE DEFEN DIARIO OFICIAL DEL EJERCITO DEL AIRE

Año XLni.—Núm. 84 Jueves 14 de julio de 1983 Página 1025 MINISTERIO DE DEFEN DIARIO OFICIAL DEL EJERCITO DEL AIRE Depósito Legal M . 3919-1963 tr...
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Año XLni.—Núm. 84

Jueves 14 de julio de 1983

Página 1025

MINISTERIO DE DEFEN DIARIO OFICIAL DEL EJERCITO DEL AIRE

Depósito Legal M . 3919-1963

tración a estar y pasar por esta declaración, y no hacemos expresa imposición de costas. Así por esta nuestra sentencia, testimonio de la cual será remitido para su ejecución, junto con el expediente, a la oficina de origen, lo pronunciamos, ORDEN 111/01.685/1983, de 23 de mandamos y firmamos.» En su virtud, de conformidad con lo mayo, por la qae se dispone el cumestablecido en la Ley reguladora de la plimiento de la sentencia de la Aor Jurisdicción Contencioso-Administrativa dienciai Nacionari, dictada co» fecha de 27 de diciembre de 1956, y en uso 8 de febrero de 1983, en el recniso de las facultades que me confiere el arcontencioso-administrativo interpuesto tículo 3.° de la Orden del Ministerio de por don Manuel Presa Alonso, ex Defensa número 54/1982, ' de 16 de Comandante del Anua de Aviación. marzo, dispongo que se cumpla en sus propios términos la expresada' sentenExcmo. Sr.: En el recurso contencio- cia. so-administrativo seguido én única insLo que comunico a V. E. tancia ante la Sección Tercera de la Dios guarde -a V. E. muchos años. Audiencia Nacional, entre partes, de Madrid, 23 de mayo de 1983. una, como demandante, don Manuel Por delegación; / Presa Alonso, quien postula por sí mismo, y de otra, como, demaridanda, la EL SECRETARIO GENERAL P A R A ASUNTOS DE PERSONAL Y A C C I O N SOCIAL, Administración Pública, representada y FEDERICO M I C H A V I L A PALLARÉS defendida por el Abogado del Estado, contra la resolución del Ministerio de Excmo. Sr, Teniente General Jefe del E>efensa de 5 de septiembre de' 1980, se Estado Mayor del Aire (JEMA). ha dictado sentencia con fecha 8 de febrero de 1983, cuya parte dispositiva es como sigue:

MINISTERIO OE DEFENSA ORDENES

Audiencia Nacional, entre partes, de una, como demandante, don Francisco Cabello Tirado, quien postula por sí mismo, y de otra, como demandada, la Administración Pública, representada y defendida por el Abogado del Estado, contra la resolución del Ministerio de Defensa de 30 de agosto de 1980, se ha dictado sentencia con fecha 14 de diciembre de 1982, cuya parte dispositiva es como sigue: «Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Cabello Tirado, contra la resolución del Ministerio de Defensa de 30 de agosto de 1980, que declaramos conforme a derecho; sin expresa imposición de costas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos,» En su virtud, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, y en uso de las facultades que me fcpnfiere el artículo 3," de lá Orden del Ministerio de Defensa número 54/1982, de 16 de marzo, dispongo que se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.

ORDEN 111/01.716/1983, de 23 de «Fallamos: Estimamos parcialmente el Lo que comunico a V. -E. mayo, por la que se dispoiju; el cimirecurso contencioso-administrativó interDios guarde a V. E. muchos años. piimicnto de la sentencia de la Aupuesto por el Procurador don Enrique, de Antonio Morales, en, nombre y re-' Madrid, 23 de mayo de 1983, diencia Nacional, dictada con fecha presentación de don Manuel Presa Alon14 de diciembre de 1982, en el rePor delegación; so, contra^ la resolución del Ministerio curso contencioso - administrativo in- EL SECRETARIO GENERAL P A R A A S U N T O S de Defensa de 5 de septiembre de 1980, DE PERSONAL Y A C C I O N SOCIAL, terpuesto por don Francisco Cabello dictada en el expediente administrativo FEDERICO M I C H A V I L A PALLARÉS Tirado, Cabo ¡primero ddf Arma; de a que se refieren estas actuaciones,' resolución que anulamos pór no ser conAviación, Escala de Tropas y Servi- Excmo. Sr. Teniente General Jefe del forme a derecho, y declaramos que el' cios. Estado Mayor del Ejército (JEME). empleo que coiTespbndé al recurrente, (Del «B. O, del Estado» núm, 162, a los efectos del artículo 3.» del Real Excmo. Sr.: En el recurso contencioDecretb-Iey 6/1978, es el de General' so-administrativo seguido en única ins- de 8 de julio de 1983.—Disposiciones

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