JORNADAS LABORALES #INVESTINGUATEMALA

SEGUN EL CÓDIGO DE TRABAJO

JORNADAS LABORALES Para tener información exacta sobre el trato que debe tener su empresa con los empleados, el inversionista puede acudir al Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Todas las leyes laborales en Guatemala registradas en el Código de Trabajo. En cuanto a los salarios, existe un salario mínimo establecido por el gobierno de Guatemala. Para el año 2014es:Q. 2,280.34 + Q. 250.00 bono decreto = Q. 2,530.34 (US$321.11). Dentro del salario, la empresa debe sumar un porcentaje para la “cuota patronal” que incluye: Seguridad Social, Capacitación y Recreación. Las entidades relacionadas a este tema son: •IGSS (Instituto Guatemalteco de la Seguridad Social),institución del gobierno de Guatemala encargada de brindar seguridad social (principalmente salud y jubilación) a los trabajadores. Su fondos provienen de una cuota que las empresas pagan equivalente al 10.67% del salario de sus empleados; por su parte cada empleado debe aportar el 4.83% de su salario a dicha institución.

•INTECAP (Instituto Técnico de Capacitación y Productividad), institución del gobierno de Guatemala que ofrece formación educativa, capacitación y certificación para la fuerza laboral del país, en más de 30 Centros. Recibe sus fondos de una cuota equivalente al 1% mensual del total de la planilla de salarios del empleador. •IRTRA (Instituto de recreación de los trabajadores de la empresa privada de Guatemala), es la institución que provee recreación a los trabajadores de la iniciativa privada en sus distintos centros alrededor del país. Entre ellos están los parques Xetulul y Xocomil, considerados los más grandes de toda la región de Centroamérica. La institución obtiene sus recursos de un aporte equivalente al 1% mensual del total de la planilla de salarios del empleador.

JORNADAS LABORALES

Jornadas laborales según el código de trabajo DÍAS LABORALES

HORARIO

NO PUEDE EXCEDER 8 horas al día

Jornada Diurna

6:00 a 18:00

Jornada Nocturna

18:00 a 6:00

44 horas a la semana

6 horas al día 36 horas a la semana

Jornada Mixta

Tiempo Extra

Parte en jornada diurna y parte en jornada nocturna (si más de 4 horas son en jornada nocturna no se considera jornada mixta sino jornada nocturna)

Una jornada de trabajo regular se puede aumentar con un acuerdo entre empleador y trabajador, hasta 4 horas más por día.

7 horas al día 42 horas a la semana

La jornada de trabajo regular con horas extra no puede exceder 12 horas al día.

JORNADAS LABORALES

Beneficios para el empleado según el Código de Trabajo BENEFICIOS

DESCRIPCIÓN

DIA SEMANAL DE DESCANSO

El empleado tiene derecho a descansar luego de 6 días laborales. Si trabaja este día se paga como tiempo extra.

ASUETOS NACIONALES

De acuerdo al Código de Trabajo, se reconocen un total de 12 días de asueto para todo el territorio nacional y un día de asueto variable en cada municipio que corresponde al día de la festividad de la localidad. Si el empleado trabaja estos días, se deben pagar como "horas extra"

VACACIONES

Debe ser como mínimo 15 días por año continuo de trabajo. El trabajador adquiere el derecho para vacaciones después de 150 días del trabajo.

BONO ANUAL (BONO 14)

Bono anual equivalente a un mes de salario es obligatorio. Se brinda a los empleados que han trabajado durante un año continuo o el monto proporcional al tiempo laborado (si es menos de 1 año). Esta prima se debe pagar durante los primeros 14 días del mes de julio.

AGUINALDO

Un mes de salario para empleados que han trabajado durante un año continuo, o el monto proporcional al tiempo laborado (si es menos de 1 año). Esta prima se debe pagar 50% durante los primeros 15 días de diciembre y el 50% quedándose durante los primeros 15 días enero del próximo año.

INDEMNIZACIÓN

Solamente aplica en caso de despido, cuando es un contrato por tiempo indefinido. La indemnización es equivalente a un mes de salario durante cada año en el servicio del mismo empleador. Si el empleado no completó un año de trabajo el pago debe ser proporcional.

JORNADAS LABORALES

CONCEPTO VACACIONES ANUALES AGUINALDO BONO 14 IGSS IRTRA INTECAP INDEMNIZACIÓN (solo en caso de despido).

Asesórese en línea vía www.guatemala.eregulations.org Es un portal diseñado con toda la información necesaria para llevar a cabo trámites relacionados con establecimiento de empresas, pago de impuestos, inscripciones en el seguro social, registro de marcas y patentes, aspectos de incentivos al comercio, temas migratorios, entre otros. En el portal se pueden encontrar cuánto tiempo tarda hacer un trámite, el orden de pasos, los documentos necesarios y los costos aproximados.

DESCRIPCIÓN 15 días laborales (21 días calendario) 5,83% 1 salario (o su proporción) 8,33% 1 salario (o su proporción) 8,33% Contribución del Empleador 10,67% Contribución del Empleador 1,00% Contribución del Empleador 1,00% 1 salario por cada año laborado 8,33%

Para trámites específicos y formas de pagar sus impuestos puede acudir a la plataforma donde se presenta un detalle del procedimiento para el pago de cada impuesto. Se recomienda tener acceso a un encargado de contabilidad local, que conozca los procesos para asesorar al inversionista extranjero en el tema.