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., ACUERDO MARCO DE PRODUCCION

SOSTENIBLE

ENTRE: El MINISTERIO DE MED IO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, entidad gubernamental dedicada a la conservacion y protecci6n del medio ambiente y los recursos naturales, investida de personalidad juridica mediante la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, No. 64-00 del 18 de agosto del 2000, con su domicilio social establecido en la Ave. Luper6n, Esq. Cayetano Ge rmo s e n , El Pedregal, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, representada por su Ministro, el DR. BAUTISTA ROJAS GOMEZ, dominicano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad personal y electoral No. 055-0018735-5, quien actua en virtud de las facultades que le otorgan el Decreto No. 454-12 del 16 de agosto del 2012 y la citada Ley No. 64-00, con elecci6n de domicilio para todas las consecuencias juridicas del presente acuerdo en el indicado anteriormente, quien en lo adelante se denominara el MINISTERIO AMBIENTE; El MINISTERIO DE AGRICULTURA, entidad gubernamental, creada conforme a las leyes de la Republica Dominicana, especificamente mediante la ley No. 8-65, del 8 de Septiembre de 1965; con su domicilio social establecido en el Km. 6 ~ de la Autopista Duarte, del Sector Los Jardines, de la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Los Jardines, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, representada por su Ministro, el SR. ANGEL ESTEVEZ BOURDIERD, dominicano, mayor de edad, titular de la Ce du La de Identidad Personal y Electoral No. 047-0001254-7 quien actua en virtud de las facultades que le otorga la Ley No. 8-65 y del Decreto No. 139-14 del 24 de abril del 2014y queen lo adelante, para las consecuencias de este acto, se denominara EL MINISTERIO DE AGRICULTURA; El MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO (MIC), instituci6n del Estado Dominicano creada de conformidad con las Leyes de la Republica Dominicana, especificamente mediante la Ley No. 290-66; debidamente representada por su Ministro, LIC. JOSE DEL CASTILLO SAVINON, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad personal y electoral No. 001-0077628-5, con domicilio para las consecuencias juridicas del presente acuerdo en la Ave. Mexico, esq. calle Leopoldo Navarro, Edificio de Oficinas Gubernamentales "Juan Pablo Duarte", Piso 7, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, quien actua en virtud de las facultades que le otorga la Ley No. 290-66 y el decreto No. 454-12 del 16 de agosto del 2012, queen lo que sigue del presente acuerdo se denominara el MIC; El CONSEJO NACIONAL DE COMPETITIVIDAD (CNC), instituci6n del Estado Dominicano creada de conformidad con las Leyes de la Republica Dominicana, especificamente mediante la Ley No. 1-06 del 10 de enero de 2006, debidamente representada por su Director Ejecutivo, LIC. ANDRES VAN

Acuerdo Marco tie Produccion Sostenible con JAD (2014).

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HORST ALVAREZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad personal y electoral No. 001-1220592-7, domiciliado para las consecuencias juridicas del presente acuerdo en la Ave. John F. Kennedy #16, Edificio Empresarial, Primer Pisa, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dominicana, quien actua en virtud de las facultades que le otorga la referida ley, queen lo que sigue del presente acuerdo se denominara el CNC; y

DER

JUNTA AGROEMPRESARIAL DOMINICANA, entidad incorporada en virtud del Decreto No. 3233, de fecha 13 de agosto de 1985, que consti tuye una organizac1on agroempresarial de caracter privado, fundada el 12 de diciembre 1984 que agrupa la mayoria de las Agroempresas y asociaciones de productores individuales, representada por su Presidente Ejecutivo, el SR. OSMAR C. BENITEZ, dominicano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad personal y electoral No.001-0202106-0, con domicilio para las consecuencias juridicas del presente acuerdo en la Calle Euclides Morillo No. 51, Arroyo Hondo, de esta ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Repub Li c a Dominicana, que en lo que sigue del presente convenio se denominara La JAD.;

LA

Cuando EL MINISTERIO AMBIENTE, EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, EL MIC, EL CNC y la JAD, sean referidos de manera conjunta se derionu nar an "LAS PARTES". PREAMBULO

Que este Acuerdo Marco de Producci6n Sostenible es un compromiso de voluntades del sector publico competente y la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD) y sus asociados interesados en adherirse al acuerdo, con el objetivo de promover la gesti6n ambiental, la producti vidad y competiti vidad del sector, asi como las p r ac t i.ca s de prevenci6n de la contaminaci6n en areas de interes mutuo, promoviendo una mayor articulaci6n de los distintos organismos pub Li cos regulatorios y fiscalizadores en materias de regulaci6n sanitaria y ambiental. CONSIDERANDO:

Que el presente acuerdo se realiza tomando en consideraci6n que la Re pubLdca Dominicana, es un pais con gran potencial agricola, y fue dotado por la naturaleza con suelos de gran fertilidad. Nuestro pais posee tierras aptas para cultivos en los diferentes renglones o productos. Estos atributos colocan la agricul tura dominicana en condiciones de producir bienes agropecuarios. El sector agroempresarial, el sector agropecuario, y la producci6n agricola en general son renglones muy significativos y de mayor peso en la economia nacional, ademas son fuentes generadoras de riquezas y empleos a nivel Nacional. CONSIDERANDO:

Que en la actualidad el sector Agropecuario, y el se encuentran ante nuevos desafios que impone la agroempresarial globalizaci6n, que se resumen en la necesidad de una acci6n intensa y continua, para aumentar su competitividad y su productividad.

CONSIDERANDO:

Acuerdo Marco de Produccion Sosteniblecon JAD (2014).

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La Junta Agroempresarial Dominicana (JAD) es una agroempresarial, fundada el 12 de diciembre 1984 e incorporada mediante el decreto No.3233 del 13 de agosto 1985 y agrupa la mayoria de las Agroempresas y asociaciones de productores individuales. CONSIDERANDO: o r qan i z ac i on

Que es necesario trascender hacia politicas fundamentadas en programas e iniciativas que induzcan al desarrollo sostenible en el marco de la mas amplia coordinaci6n multisectorial e interinstitucional; CONSIDERANDO:

Que la Ley, General sobre Medio Ambiente y Recurses crea el MINISTERIO DE MEDIC AMBIENTE Y RECURSOS No. 64-00, NATURALES como organismo rector de la gesti6n del medio ambiente, los para alcanzar el desarrollo ecosistemas y de los recur sos naturales, sostenible; CONSIDERANDO:

Naturales,

Que el MINISTERIO DE AGRICULTURA tiene como misi6n formular y dirigir las politicas agropecuarias de acuerdo con los planes generales de desarrollo del pais, para que los productores aprovechen las ventajas comparativas y competitivas en los mercados y contribuir de esa manera a garantizar la seguridad alimentaria, la generaci6n de empleos productivos y de divisas y el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblaci6n; CONSIDERANDO:

Que la Ley No. 290-66 crea el MIC, como entidad pub I Lea responsable de formular y aplicar la politica industrial, de acuerdo con la politica econ6mica y planes generales del Gobierno Central;

CONSIDERANDO:

Que los sectores agropecuarios, agroempresarial, y la producci6n agricola son renglones muy significativo y de mayor peso en la economia nacional, y una de las principales fuentes generadoras de riquezas y empleos de la Republica Dominicana. CONSIDERANDO:

Que la prevenci6n de la contaminaci6n y la degradaci6n ambiental son acciones prioritarias, como un medio para minimizar los efectos adverses provocados por acti vidades humanas de consumoproducci6n, ya la vez garantizar la salud de la poblaci6n, mejorar las condiciones de vida de esta y mantener un crecimiento econ6mico sostenido; CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad del Estado, de la sociedad y de cada habitante del pais proteger, conservar, mejorar, restaurar y hacer un uso sostenible de los recurses naturales y del medio ambiente, y eliminar los patrones de producci6n y consumo no sostenibles y no saludables;

CONSIDERANDO:

Que el sector agropecuario y la industria de derivados animales son fundamentales para la economia nacional;

CONSIDERANDO:

Que el sector productive debe establecer acciones de continuas que garanticen su competitividad econ6mica y ambiental;

CONSIDERANDO:

mejoras

Este acuerdo se realiza cumpliendo con lo establecido en la Politica Nacional de Consume y Producci6n Sostenible, aprobada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recurses Naturales, mediante la Resoluci6n No. 027-10, de fecha 29 de diciembre del ario 2010; y las lineas CONSIDERANDO:

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Mlnl1lttlo d, Mtdlo AnlblttHt y Rt(UflOS Nttuu1tu

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estrategicas que se definen en la misma, las cuales estan armonizadas y en coherencia con los postulados y directrices programaticos establecidos en la legislaci6n dominicana; en especial, en la Constituci6n de la Republica, proclamada el 26 de enero del ano 2010,en las disposiciones de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recurses Naturales, No. 64-00 yen la Ley de la Estrategia Nacional de Desarrollo No. 1-12, con lo que se busca garantizar estabilidad y continuidad. VISTOS: •

La Constituci6n del 2010;

Politica

de la Republica

Dominicana

del

26 de enero



El Tratado de Libre Comercio Repub Li.ca Dominicana-CentroamericanaEstados Unidos (DR-CAFTA), ratificado por el Congreso de la Republica a traves de la Resoluci6n No. 357-05, de fecha nueve (9) de septiembre de 2005 y publicado en la Gaceta Oficial No. 10336 del 13 de septiembre de 2005;



La Ley No. 488-08, que establece un Regimen Regulatorio para el Desarrollo y Competitividad de las Micro, Pequenas y Medianas Empresas (MIPYMES), Publicada en Gaceta Oficial No. 10502, del 19 de diciembre de 2008;



La Ley No. 392-07 sobre 04 de diciembre de 2007;



El Plan Nacional de Competitividad Dominicana, oficializado por el Poder 2007;



La Ley No. 358-05, Ley General de Protecci6n de los Derechos Consumidor o Usuario, del 19 de septiembre de 2005;



La Ley General Sobre Medio del 18 de agosto del 2000, Y RECURSOS NATURALES;

Ambiente que crea



La Ley No.

el MIC;



La Ley General de Salud Ley No.

42-01



La Ley No. 8-65 AGRICULTURA;

de



La Ley No. 6186-63 de Fomento Agricola, publicada de 1963 y su modificaci6n en la ley 367-72.



La Resoluci6n No. 027 /2010, del Ministerio Recurses Naturales que aprueba la Politica Producci6n Sostenible;

de Medio Ambiente Nacional de Consume

El Decreto Mas Limpia,

Nacional



Competitividad

290-66 que crea

de

septiembre

e Innovaci6n Sistemica Ejecutivo

Industrial,

f

del

de la Republica el 21 de marzo de del

y Recursos Naturales No. 64-00, el MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE

del 8 de marzo del 2001;

1965,

que

No. 789-04, que crea el Programa del 09 de agosto de 2004;

crea

el MINISTERIO el 12

de

DE

de febrero y y

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Producci6n

rJ., . Pr. Acuerdo Marco de Produccion Sosteniblecon JAD (2014).

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El Decreto No.3233 del 13 de agosto Agroempresarial Dominicana (JAD).

POR TANTO; y en el entendido integral del presente acuerdo,

1985,

~Consejo ~ ~tlodonol de jjllllij jjllllij(ompelilividod

que incorpora

de que el p r e ambu Lo anterior LAS PARTES:

a la Junta

forma

parte

HAN CONVENIDO Y PACTADO LO SIGUIENTE: ARTICULO PRIMERO: ALCANCE. El presente documento cons ti tuye un acuerdo marco entre LAS PARTES, cuyo prop6sito general es promover la firma de sub-acuerdos con los diferentes sectores que forman parte de LA JAD, iniciando con los sectores Bananeros y Ganaderos, para que los miembros de esta se adhieran formalmente al mismo, con la finalidad de mejorar su competitividad y el desempefio ambiental. La participaci6n en este Acuerdo no exime a LAS PARTES o a las empresas, de cumplir con lo establecido en las leyes y regulaciones nacionales vigentes y pertinentes a la actividad productiva. PARRAFO. - Previo a la firma de los sub-acuerdos s e r an realizados diagn6sticos de Producci6n Mas Limpia de cada uno de los sectores, identificar las particularidades de cada sector.

los para

ARTICULO SEGUNDO: OBJETO DEL ACUERDO. LAS PARTES, mediante el presente acuerdo, tienen la intenci6n de incrementar la competitividad y el desempefio ambiental del sector agricola y ganadero de manera particular, a traves de la evaluaci6n e implementaci6n de acciones que incrementen la productividad, prevengan y minimicen impactos ambientales negativos y reduzcan los riesgos asociados a la producci6n agropecuaria mediante la coordinaci6n de acciones conjuntas para: A) Promover mecanismos voluntarios que integren los sectores publico y pri vado para aplicar de manera eficaz acciones para una adecuada gesti6n ambiental y el aumento de la competitividad; B)

Promover la transferencia productivos sostenibles.

de

tecnologia

para

ARTICULO TERCERO: OBJETIVOS ESPECIFICOS. De manera se proponen alcanzar los siguientes objetivos:

consolidar

especifica,

sistemas

LAS PARTES

1. Establecer y consolidar mecanismos de d i.a Loqo entre los sectores producti vos representados por La JAD y las autoridades es ta tales para alcanzar el cumplimiento ambiental y sanitario de esos sectores; 2.

Promover y aplicar medidas de Producci6n mas Limpia que permitan mejorar estandares ambientales, reducir costos y aumentar los niveles de competitividad, reduciendo los impactos ambientales negativos y los riesgos a la salud;

Acuerdo Marco tie Produccion Sostenible con JAD (2014).

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~Consejo ~ ~Nacionalde ...._ jilllllllijillllllli(ompetitividod

3. Establecer mecanismos de incentivos que faciliten aplicaci6n de medidas de Producci6n mas Limpia. ARTICULO

CUARTO:

RESPONSABILIDADES

y

motiven la

DE LAS PARTES. LAS PARTES tendran coma

responsabilidades comunes las siguientes: a. Cumplimiento de las regulaciones de buenas p r a c t i ca s agricolas e industriales, establecidas en el pais y adopci6n gradual de las indicadas a nivel internacional; b. Participar MINISTERIO

de DE

manera MEDIO

activa

AMBIENTE

en

y

reuniones

RECURSOS

convocadas por el para alcanzar

NATURALES,

las metas establecidas; c. Promover las ventajas del presente Acuerdo en las actividades pertinentes y por los medias a que se tenga acceso; d. Conocer, practicar y respetar las normas establecidas para garantizar las buenas practicas de producci6n y el cumplimiento de la legislaci6n ambiental vigente; e. Conocer las responsabilidades especial las propias.

contraidas

por

cada

Parte

y

en

PARRAFO I.Se estableceran mecanismos que agilicen y faciliten el proceso de obtenci6n de autorizaci6n ambiental, a empresas o entidades que forman parte de los diferentes sectores de La JAD y que esten interesadas en adherirse a los sub-acuerdos derivados del presente acuerdo; estos mecanismos seran desarrollados a traves de la firma de una carta de intenci6n, donde los asociados se comprometen a formalizar el proceso para la obtenci6n de dicha autorizaci6n y el MINISTERIO DE AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES se compromete a desarrollar las herramientas necesarias para tales fines, siempre que las empresas o entidades que forman parte de los diferentes sectores de La JAD cumplan con todos los requerimientos ambientales establecidos para ello. PARRAFO II.-

Las responsabilidades de La JAD seran las siguientes:

1. Promover la adhesion presente acuerdo;

de

los

subsectores miembros de La

JAD

al

2. Servir de enlace entre sus miembros y las instituciones estatales que forman parte del Acuerdo; 3. Nombrar un representante ante el Comite del Acuerdo el Articulo 5 del presente acuerdo; 4. Apoyar a los subsectores firmantes en actividades contenidas en los sub-acuerdos;

Acuertlo Marco de Produccion Sostenible can JAD (2014).

la

establecido en

ejecuci6n

de

las

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~JAD

de

IV.Las responsabilidades conjuntas Estatales firmantes son las siguientes: PARRAFO

de

las ·Instituciones 1•

competencias apoyar segun a) Monitorear, evaluar, verificar y metas de las acciones y institucionales, el cumplimiento comprometidas en el Acuerdo; b) Crear mecanismos que faciliten o agilicen las tramites en las para sectores adheridos al instituciones publicas firmantes, Acuerdo; c) Apoyar con capacitaciones a las sectores adheridos al Acuerdo, considerando las temas relacionados con el ambito de acci6n de cada Instituci6n estatal firmante; d) Gestionar financiamientos y aunar esfuerzos para aplicar las opciones de Producci6n mas Lirnpia y uso eficiente de las recursos. Queda conformado el Cornite Interinst itucional de para este Acuerdo, coma el equipo administrativo y tecnico del mismo, que es tara formado par un ( 1) representante de cada una de las instituciones firmantes.

ARTICULO QUINTO: Producci6n Sostenible

PARRAFO.-

El

Cornite

coordinado par el

Interinstitu cional

Ente Rector,

de

Producci6n

funci6n que

ej e rce r a

Sostenible e s t.a r a el MINISTERIO DE

MEDIC AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES. ARTI CULO SEXTO: FUNCIONES DEL COMITE DEL ACUERDO MARCO DE SOSTENIBLE. El Comite tendra la responsabilidad de:

1.

PRODUCCION

Monitorear el avance de la ejecuci6n del Acuerdo, y solucionar problemas y diferencias que puedan aparecer en la aplicaci6n mismo.

las del

2. Fomentar el cumplimiento del Acuerdo. Proponer el Reconocimiento oficial de las autoridades estatales par cumplimiento del Acuerdo par parte de las productores; 3.

Evaluar y proponer soluciones a implementaci6n del acuerdo;

las conflictos

que surj an

4. Ejecutar acciones orientadas a resolver problemas que puedan surgir durante la ejecuci6n del Acuerdo; 5.

en

la

o dificultades

Seguimiento del cumplimiento de las metas y acciones pactadas en el Acuerdo a traves de un Plan de Trabajo que sera elaborado al efecto par el Comite del Acuerdo.

DE LOS INCENTIVOS. Durante el presente acuerdo, los sectores adheridos, que sus productores tengan desempefio ambiental sobresaliente, medido a partir del cumplimiento de las metas establecidas par las sub-acuerdos, podr an recibir: Capacitaci6n en Producci6n Mas Lirnpia, aplicada al proceso productivo ya la cadena de valor, apoyo para

ARTICULO SEPTIMO:

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aplicar mecanismos de prevenci6n de la contaminaci6n,' procesos y valorizaci6n de subproductos y residuos.

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OCTAVO: DE LAS MODIFICACIONES. Toda modificaci6n al presente Acuerdo se realizara con el consentimiento de LAS PARTES mediante Adenda, la cual regira a partir de su suscripci6n y sabre los t6picos especificados en la misma. ARTICULO

el consentimiento NOVENO: Una de LAS PARTES no podr a I Sin escrito de las otras restantes, ceder o transferir a terceros las obligaciones a su cargo que se derivan de este Acuerdo.

ART! CULO

DECIMO: DE LA VIGENCIA. El presente acuerdo tendra una duraci6n de (2) dos afi.os, contado a partir de la fecha de firma del mismo y sera renovable previo intercambio de comunicaciones de LAS PARTES dando el consentimiento para ello.

ARTICULO

Cualquiera de LAS PARTES podra rescindir el presente Acuerdo, en caso de que la otra parte de muestras fehacientes de incumplimiento de sus obligaciones establecidas en el presente documento, sin responsabilidad para ninguna de LAS PARTES, mediante notificaci6n escrita con treinta dias (30) de anticipaci6n, en la que se especifiquen las razones para ello, y sin que dicha anulaci6n altere el desarrollo de las acciones previamente acordadas, la cuales con t Lnua r an hasta su total conclusion. PARRAFO:

ARTICULO

DECIMO

PRIMERO:

El presente Acuerdo no afecta~ en el ejercicio de sus funciones.

DE LA AUTONOMIA.

la autonomia de las instituciones

se comprometen a cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales sabre Media Ambiente y Recursos Naturales, Agropecuarias, y de Comercio; asi como las derna s normativas vigentes aplicables en la Republica Dominicana.

ARTICULO

DECIMO

SEGUNDO:

LAS

PARTES

DECIMO TERCERO: DEL DERECHO COMUN. Para lo no previsto en este Acuerdo, asi coma cualquier conflicto que surja entre LAS PARTES, estas trataran de resolverlo en primera instancia de comun acuerdo a traves del Com.i.t.e del Acuerdo mediante negociaci6n directa; de lo contrario, se remitiran al derecho comun.

ARTICULO

de buena fe en cinco (S)originales de uno ( 1) para cad a una de LAS PAR TES y otro efecto; en la ciudad de Santo Domingo de Publico actuante, Nacional, a los 27 dias del mes de octubre del afi.o

HECHO y FIRMADO

(2014)

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Acuertlo Marco de Produccion Sostenible con JAD (2014).

un mismo para el Guzman, dos mil

tenor y Notario Distrito catorce



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Mlnlsterlo de M•dlo Amblente y Recur101 Naturalu

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MINISTlRIO OE ,\(,RICUlllJM.

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GOMEZ Pre idente Ejecutivo

Ministro

ta Agroempresarial Dominicana (JAD)

Ministerio de Medio Recursos NatL,.,,U,_........:..;;;,

LIC. Ministro

Ministerio de Industria y Comercio

Acuerdo Marco de Produccion Sostenible con JAD (2014).

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Mlnlst&rio de Mtdlo Ambient•

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Abogado Notario o de los nume r'S Distrit.o Nacional, dT:i~Ejt)t/e matriculado en el Colegio Dominicano de Notar1os con el No.~~. CERTIFICO Y DOY FE: De que por ante mi comparecieron libre y voluntariamente los sefiores: BAUTISTA ROJAS GOMEZ, JOSE DEL CASTILLO SAVINON, ANDRES VAN DER HOST, PEDRO BRACHE A.,y ANGEL ESTEVEZ BOURDIERD, de generales y calidades que constan en el cuerpo del presente acto, de c La r andoma e s t.o s que las firmas que anteceden son las mismas que ellos acostumbran a usar en todos los actos de su vida, tanto publicos como privados, por lo que merecen entera fey credito. En la Ciudad de Santo Domingo de Guzm~. Distrito Nacional, capital de la Repub I Lca Dominicana, a los-i:?~~) dias del mes de ~el afio dos mil catorce (2014)

Convenio marco de produccion mas limpia con JAD (2013).

Pag.lOde 11