IPD REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE

RESOLUCION N° 486-2006-P/IPD REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE TÍTULO I OBJETO Y NATURALEZA DEL REGISTRO Artículo 1.- OBJETO El presente Re...
0 downloads 0 Views 102KB Size
RESOLUCION N° 486-2006-P/IPD REGLAMENTO DEL REGISTRO NACIONAL DEL DEPORTE TÍTULO I OBJETO Y NATURALEZA DEL REGISTRO Artículo 1.- OBJETO El presente Reglamento tiene por objeto establecer normas para la cabal aplicación del artículo 26 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, en adelante “LA LEY”, y artículo 20 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM, en adelante “EL REGLAMENTO”, así como los procedimientos para inscribir y otorgar información del Registro Nacional del Deporte -RENADE-, el mismo que se rige por dicha normatividad y el presente Reglamento. De conformidad con el artículo 21 del REGLAMENTO, el Instituto Peruano del Deporte, en adelante “IPD”, mediante Resolución de Presidencia, aprueba el Reglamento del Registro Nacional del Deporte. Artículo 2.- DENOMINACIÓN El Registro Nacional del Deporte, el cual en adelante también se podrá referir por su denominación abreviada RENADE, de acuerdo a la estructura orgánica del IPD, es una Subdirección dependiente de la Dirección Nacional de Capacitación y Técnica Deportiva, tiene carácter público y en él se anotará la información contenida en el artículo 26 de LA LEY, conforme a lo señalado en este Reglamento. Artículo 3.- NATURALEZA DEL REGISTRO EL RENADE es un registro público, administrativo y tiene carácter informativo, fines estadísticos y constituye base de datos administrativos con información relevante para el Sistema Deportivo Nacional. TÍTULO II REGISTRO CAPÍTULO I CONTENIDO DEL REGISTRO Artículo 4.- INFORMACIÓN REGISTRAL En el RENADE se registra la siguiente información: 4.1. Ficha técnica de los deportistas afiliados 4.2. Ficha técnica de los profesionales, especialistas, técnicos y dirigentes deportivos. 4.3. Ficha técnica de las Organizaciones Deportivas

4.4. Ficha técnica de la infraestructura deportiva a nivel nacional. 4.5. Las marcas, récords y títulos en todas las disciplinas y categorías a nivel nacional e internacional. 4.6. Las metas y objetivos alcanzados anualmente por el Plan Nacional del Deporte. Artículo 5.- FUNCIONES Sus funciones son las siguientes: 5.1. Planificar, organizar, conducir y ejecutar las actividades del RENADE. 5.2. Inscribir la ficha técnica de los deportistas afiliados 5.3 Inscribir la ficha técnica de los profesionales, especialistas, técnicos y dirigentes deportivos. 5.4 Inscribir la ficha técnica de las Organizaciones Deportivas. 5.5 Inscribir la ficha técnica de infraestructura deportiva a nivel nacional. 5.6 Inscribir las marcas, records y títulos en todas las disciplinas y categorías a nivel nacional e internacional. 5.7 Inscribir las metas y objetivos alcanzados anualmente por el Plan Nacional del Deporte. 5.8 Llevar el padrón de miembros de las organizaciones deportivas debidamente actualizado. 5.9 Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia. 5.10 Otras que le asigne la Dirección Nacional de Capacitación y Técnica Deportiva por disposición del Consejo Directivo del IPD. Artículo 6.- COPIAS LITERALES Cualquier persona puede solicitar al RENADE, copia literal de las fichas técnicas y demás información disponible en el registro, las que serán expedidas conforme a lo previsto en el TUPA del IPD, previo pago de los derechos correspondientes. CAPÍTULO II DE LAS SECCIONES DEL REGISTRO Artículo 7.- SECCIONES El RENADE se ordenará en Secciones de acuerdo a la siguiente clasificación: 7.1. SECCIÓN PRIMERA

: Deportistas Afiliados.

7.2. SECCIÓN SEGUNDA

: Profesionales, Especialistas, Técnicos y Dirigentes Deportivos.

7.3. SECCIÓN TERCERA

: Organizaciones Deportivas.

7.4. SECCIÓN CUARTA

: Infraestructura deportiva a nivel nacional.

7.5. SECCIÓN QUINTA

: Marcas, récords y títulos en todas las disciplinas y categorías a nivel nacional e internacional.

7.6. SECCIÓN SEXTA

: Metas y Objetivos alcanzados por el Plan Nacional del Deporte.

SUBCAPÍTULO I SECCIÓN PRIMERA DE LOS DEPORTISTAS AFILIADOS Artículo 8.- INSCRIPCIÓN DEL DEPORTISTA AFILIADO Se inscribe en esta Sección el deportista afiliado a una organización deportiva constituida e inscrita en el Registro Público con arreglo a lo dispuesto .en el artículo 37 de la Ley. Para efectos de la inscripción de los deportistas afiliados, entre ellos los deportistas calificados de alto nivel, las Federaciones Deportivas Nacionales deberán remitir, dentro de los tres primeros meses de cada año, una solicitud con la indicación de dichos deportistas. Artículo 9.- LIBRO Esta Sección consta de Un (1) Libro denominado “De los Deportistas Afiliados”, el mismo que comprende dos partes: 9.1. De los Deportistas Afiliados 9.2. De los Deportistas Calificados de Alto Nivel. Artículo 10.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Son requisitos de inscripción los siguientes: 10.1. Formato de solicitud. 10.2. Constancia de participación deportiva como integrante de preselección o selección nacional expedida por la organización deportiva a la que pertenece. 10.3. Currículo deportivo del deportista afiliado. SUBCAPÍTULO II SECCIÓN SEGUNDA DE LOS PROFESIONALES, ESPECIALISTAS, TÉCNICOS Y DIRIGENTES DEPORTIVOS.

Artículo 11.- INSCRIPCIÓN DE PROFESIONALES, ESPECIALISTAS, TÉCNICOS Y DIRIGENTES DEPORTIVOS. Se inscribe en esta Sección a las personas que participan de una manera activa y directa en el deporte afiliado, tales como: Profesionales, Especialistas, Técnicos y Dirigentes Deportivos, su currículo y las sanciones impuestas que estuvieren vigentes. Artículo 12.- LIBROS Esta Sección consta de Cuatro (4) Libros denominados: 12.1. Libro de Profesionales 12.2. Libro de Especialistas 12.3. Libro de Técnicos 12.4. Libro de Dirigentes Deportivos Artículo 13.- REGISTRO DE INSCRIPCIÓN Son requisitos de inscripción los siguientes: 13.1. Formato de Solicitud. 13.2. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada del documento que acredite su condición de profesional, especialista, Técnico o Dirigente Deportivo, según corresponda. 13.3. Currículo. SUBCAPÍTULO III SECCIÓN TERCERA DE LAS ORGANIZACIONES DEPORTIVAS Artículo 14.- INSCRIPCIÓN DE ORGANIZACIONES DEPORTIVAS Se inscribe en esta Sección, las asociaciones civiles sin fines de lucro, a que se refieren los artículos 38 , 41 , 44 y 47 de LA LEY, constituidas e inscritas en el Registro de Personas Jurídicas de los Registros Públicos, con arreglo a las disposiciones legales vigentes. Artículo 15.- ACTOS INSCRIBIBLES Son actos inscribibles en esta Sección: 15.1. Los datos de inscripción que aparezcan de su respectiva copia literal del Registro de Personas Jurídicas debidamente actualizado. 15.2. Sus representantes legales y/o apoderados. 15.3. La elección, remoción y renuncia de los miembros de las Juntas Directivas, así como sus respectivas sanciones.

15.4. Padrón de miembros debidamente actualizado. Artículo 16.- LIBROS Esta Sección consta de cuatro (4) Libros denominados: 16.1. Libro de Clubes Deportivos 16.2. Libro de Ligas Deportivas 16.3. Libro de Federaciones Deportivas 16.4. Libro de la Federación Deportiva Especial Artículo 17.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Son requisitos para la inscripción para las organizaciones deportivas en el RENADE, los siguientes: 17.1. Formato de solicitud 17.2. Copia fedateada por funcionarios autorizado del IPD o legalizada de la Partida Electrónica que acredite la inscripción de su constitución en el Registro Público. 17.3. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada de la Partida Electrónica que acredite la inscripción de su Junta Directiva vigente en el Registro Público. 17.4. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada de la Constancia de Afiliación expedida por la organización deportiva nacional o internacional correspondiente. 17.5. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada del Documento de Identidad del representante legal y/o apoderado de la organización deportiva. (*) (*) Artículo modificado por el Artículo 1 de la Resolución N° 486-2006-P-IPD, publicada el 09 enero 2007, cuyo texto es el siguiente: “ Artículo 17.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN. Las organizaciones deportivas para inscribirse en el RENADE deberán observar lo siguiente: 17.1. Para las Federaciones Deportivas Nacionales y la Federación Deportiva Especial: - Formato de solicitud - Partida Electrónica que acredite la inscripción de su constitución en el Registro Público. - Partida Electrónica que acredite la inscripción de su Junta Directiva vigente en el Registro Público. - Constancia de Afiliación expedida por la organización deportiva internacional correspondiente. - Documento de identidad del representante legal y/o apoderado de la organización deportiva.

17.2. Para los Clubes y Ligas afiliadas a una Federación Deportiva Nacional: - Formato de solicitud - Partida Electrónica que acredite la inscripción de su constitución en el Registro Público. - Partida Electrónica que acredite la inscripción de su Junta Directiva vigente en el Registro Público. - Constancia de Afiliación expedida por la Federación Deportiva Nacional correspondiente. - Documento de identidad del representante legal y/o apoderado de la organización deportiva. 17.3. Para los Clubes y Ligas no afiliadas a una Federación Deportiva Nacional: - Formato de solicitud - Partida Electrónica que acredite la inscripción de su constitución en el Registro Público. - Partida Electrónica que acredite la inscripción de su Junta Directiva vigente en el Registro Público. - Documento de identidad del representante legal y/o apoderado de la organización deportiva. Todos los documentos antes referidos deben presentarse en copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada por Notario Público." Artículo 18.- DE LA INSCRIPCIÓN DE LAS MODIFICACIONES Y DEMAS ACTOS: 18.1. Formato de Solicitud 18.2. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada de la Partida Electrónica que acredite su inscripción en el Registro Público correspondiente. 18.3. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada de la comunicación a la organización deportiva superior (nacional o internacional) a la que pertenece. SUBCAPÍTULO IV SECCIÓN CUARTA DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA A NIVEL NACIONAL Artículo 19.- INSCRIPCIÓN DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA Se inscribe en esta Sección la infraestructura deportiva de propiedad de la organización deportiva y de aquellas que tenga en uso de propiedad del Estado.

Artículo 20.- LIBRO Esta Sección consta de Un (1) Libro denominado “Libro de Infraestructura Deportiva”. Artículo 21.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Son requisitos de inscripción los siguientes: 21.1. Formato de solicitud de registro. 21.2. Copia literal de Dominio del Inmueble de propiedad de la organización deportiva, plano perimétrico, de ubicación y memoria descriptiva del mismo. 21.3. Copia fedateada por funcionario autorizado del IPD o legalizada del documento que acredite el uso del inmueble de propiedad del Estado. SUBCAPÍTULO V SECCIÓN QUINTA DE LAS MARCAS, RÉCORDS Y TÍTULOS OBTENIDOS EN TODAS LAS DISCIPLINAS Y CATEGORÍAS A NIVEL NACIONAL E INTERNACIONAL. Artículo 22.- INSCRIPCIÓN DE MARCAS, RÉCORDS Y TÍTULOS. La inscripción de las marcas, records y títulos en esta sección se efectuarán a solicitud de la Federación Deportiva Nacional y/o el Comité Olímpico Peruano. Artículo 23.- LIBROS Esta Sección consta de Tres (3) Libros denominados: 23.1. Libro de marcas 23.2. Libro de records 23.3. Libro de títulos Artículo 24.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN Son requisitos de inscripción los siguientes: 24.1. Formato de solicitud 24.2. Certificaciones y/o constancias expedidas por Organismos Supranacionales, Comité Olímpico Peruano, Federaciones Deportivas Nacionales según corresponda. SUBCAPÍTULO VI SECCIÓN SEXTA DE LAS METAS Y OBJETIVOS ALCANZADOS POR EL PLAN NACIONAL DEL DEPORTE Artículo 25.- INSCRIPCIÓN DE METAS Y OBJETIVOS

Se inscriben en esta Sección, las metas y objetivos del Plan Nacional del Deporte, de conformidad con el Artículo 75 de LA LEY, siguientes: 25.1. Visión, misión, objetivos y metas del deporte nacional. 25.2. Programas para impulsar y promover la educación física, la recreación y práctica deportiva a nivel distrital, provincial, departamental o regional. 25.3. Programas de construcción, ampliación, remodelación y rehabilitación de infraestructura deportiva. 25.4. Programas de promoción y competencias en el ámbito escolar, institutos superiores, universitario y escuelas militares y policiales, así como los juegos deportivos nacionales en cada ámbito. 25.5. Programas de actividades y competencias a nivel nacional e internacional en el ámbito del deporte de afiliados de acuerdo con los planes de desarrollo de cada Federación Deportiva Nacional. 25.6. Programa de adquisición de material y útiles deportivos de alta competición que no se fabrique en el país. Artículo 26.- LIBRO Esta Sección consta de Un (1) Libro denominado “Libro de Metas y Objetivos”. Artículo 27.- REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN La inscripción se efectúa por disposición de la Presidencia del IPD. Para este efecto se adjuntarán los documentos que sustenten el contenido y ejecución del plan. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Todos los formatos o fichas a que se refiere el presente REGLAMENTO serán aprobados y modificados por el Subdirector Nacional del RENADE. Segunda.- Los costos por derecho de tramitación, plazos e instancias administrativas se regulan en el TUPA institucional.

Suggest Documents