INSTRUCTIVO PARA SOLICITUD DE USO DEL SALON DE FIESTAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA MUNICIPIO GUAICAIPURO JUNTA DE CONDOMINIO EDIFICIOS LAS BRISAS “A” y “B” RIF J-299496...
0 downloads 2 Views 154KB Size
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA MUNICIPIO GUAICAIPURO JUNTA DE CONDOMINIO EDIFICIOS LAS BRISAS “A” y “B” RIF J-29949699-5

INSTRUCTIVO PARA SOLICITUD DE USO DEL SALON DE FIESTAS 1. El propietario deberá presentar la solicitud de uso, a la Junta de Condominio con los recaudos allí señalados, con por lo menos quince (15) días de anticipación a la fecha del evento o celebración. 2. La solicitud deberá ser evaluada por la Junta de Condominio en su siguiente reunión y asentar su decisión en el libro de actas. Aprobada su solicitud, el propietario solicitante deberá efectuar dos depósitos en el Banco Banesco en la cuenta corriente Nro.01340035100351069770 a nombre de Jta.Condominio Edif. Las Brisas, RIF J-29949699-5, por la cantidad equivalente a diez (10) unidades tributarias el primero, y seis (06) unidades tributarias el segundo. El segundo depósito será tomado como garantía a la hora de entregar el salón de fiestas en un lapso no mayor a 48 horas después de pautada la fecha del evento o celebración. 3. La solicitud aprobada, con copia de la cédula de identidad del propietario y los comprobantes de depósito bancarios, deberán ser consignados a la administradora. 4. La administradora comunicará vía correo electrónico su recepción a la junta de condominio. 5. Una vez recibido el salón de fiestas y comprobado su devolución en buen estado, por parte de la Junta de Condominio, ésta lo comunicará a la Administradora, a fin de que se elabore el cheque de reintegro equivalente al monto efectuado en el segundo depósito, y sea enviado en la próxima remesa de cheques. 6. Si hubiere observaciones sobre el estado de la devolución del salón de fiestas, la Junta de condominio lo asentará en el formato de solicitud efectuado, a fin de que el propietario solvente los inconvenientes efectuados en el menor tiempo posible.

Sector El Tambor, Carretera Nacional Los Teques-Las Adjuntas, Parroquia Los Teques, en la Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda. Zona Postal 1201. Punto de Referencia: Diagonal a Registro Principal Los Teques. sitio informativo disponible en http://junta-de-cond-las-brisas-a-y-b.webnode.com.ve

CONJUNTO RESIDENCIAL LA PONDEROSA NORMAS DE CONVIVENCIA EDIFICIOS LAS BRISAS A Y B

Artículo 25. El horario de uso será de un máximo de 6 horas, en la noche de 6 pm hasta las 12 pm. Artículo 28. En caso de daño a las instalaciones y el monto de las reparaciones exceda al depósito consignado por el propietario, éste será cargado a su recibo de condominio. Artículo 30. Los asistentes a una actividad en la sala de fiesta que no habiten el conjunto, tienen prohibido permanecer en otras áreas del mismo.(pasillos, entrada principal, escaleras, estacionamiento) y deben estacionar sus respectivos vehículos fuera del conjunto residencial, debido a que no contamos con puestos de estacionamiento para visitantes. Artículo 34.Está prohibido lavar autos o someterlos a reparaciones mecánicas o eléctricas en los estacionamientos, cambios de aceites o similares; naturalmente se podrá hacer una reparación urgente, como es el caso de cambio de un neumático o carga de la batería. Se prohíbe en las áreas comunes y los estacionamientos: la ingesta de bebidas alcohólicas, el consumo de cigarrillos, el consumo y tráfico de sustancias psicotrópicas y estupefacientes; así como también reuniones sociales, portar armas, escenas amorosas, vehículos con equipos de sonido a alto volumen, el uso de la bocina o corneta innecesariamente. Artículo 36. Actividades como el canto, uso de instrumentos musicales, aparatos de sonido, aparatos de radio, televisión, tocadiscos, equipos de sonidos y similares, por el bien común, a partir de las 10:00 p.m. deben tener un volumen que no perjudique la tranquilidad de los ocupantes y residentes del Conjunto, y muy especialmente a partir de las 12:00 p.m. En lo referente a los instrumentos musicales estos deben ser operados siempre sujetos al volumen y hora previstos en el párrafo anterior. En todo caso deberán seguirse y cumplirse las instrucciones que hayan dictado sobre el particular las autoridades competentes del condominio. Queda prohibido producir ruido, música o sonido que por su naturaleza e inoportunidad, perturben o pudieren perturbar la salud, el reposo o la tranquilidad de los propietarios, residentes u ocupantes del Conjunto. Esta prohibición se aplica de modo especial a las reuniones y fiestas que puedan realizarse en las viviendas. La música que se oiga, en el hogar, de manera habitual, deberá hacerle de modo que no moleste a los vecinos y queda limitada al interior de la vivienda. Tomando en consideración la acústica del Conjunto, se recomienda evitar que en las horas de descanso aquellas actividades que puedan producir ruidos excesivos. Los Infractores o las Infractoras serán sancionados de conformidad a lo establecido en las presentes normas y demás leyes u ordenanzas que regulan la materia.

Sector El Tambor, Carretera Nacional Los Teques-Las Adjuntas, Parroquia Los Teques, en la Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda. Zona Postal 1201. Punto de Referencia: Diagonal a Registro Principal Los Teques. sitio informativo disponible en http://junta-de-cond-las-brisas-a-y-b.webnode.com.ve

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO BOLIVARIANO DE VENEZUELA MUNICIPIO GUAICAIPURO JUNTA DE CONDOMINIO EDIFICIOS LAS BRISAS “A” y “B” RIF J-29949699-5

SOLICITUD DE USO DEL SALON DE FIESTAS

Señores: FECHA: ___/____ /______ JUNTA DE CONDOMINIO. Presentes.Yo, __________________________________, titular de la cédula de identidad número __________________, en mi condición de propietario, en el Conjunto Residencial La Ponderosa, Edificio Las Brisas, Torre ____ en el piso N° ____ apartamento No._____, ubicado en el sector El Tambor de la Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro Estado Miranda de la República Bolivariana de Venezuela, me dirijo a la Administradora, a la Junta de Condominio de Edificios Las Brisas “A” y “B”, como a la comunidad de propietarios y copropietarios, para solicitarles el uso del salón de fiestas para la realización de (indicar tipo de celebración) _____________________________________ de __________________________________(indicar parentesco), acto que se celebrará el día ___/___ / _____ a partir de la siguiente hora ____:____ y estoy consciente de lo pautado en el Artículo 25, 28, 30, 34 y 36 del reglamento y Normas De Convivencia Edificios Las Brisas “A” y “B” del Conjunto Residencial La Ponderosa, no podrá excederse de las 12:00m. Manifiesto mi conocimiento y cumplimiento de la normativa aprobada por la comunidad para este tipo de evento, por lo cual devolveré dicho salón el día ___/__ / _____ totalmente limpio y en buen estado, especialmente en cuanto a sus instalaciones se refiere, quedando la Junta de Condominio plenamente facultada para efectuar las reparaciones necesarias y restituir a su buen estado el salón de fiestas en cuyo caso de que por cualquier acontecimiento yo deje de realizar las reparaciones y autorizo a la Administradora para que dichos gastos sean reflejados en mis obligaciones de pago del condominio. ANEXO LOS SIGUIENTES PAGOS Por la limpieza del salón de Son BsF. fiesta, en efectivo Son BsF. Por canon de uso depósito Nº Depósito Reembolsable Son BsF. Nº Anexo a la presente los siguientes documentos para la aprobación de esta solicitud: último recibo de condominio cancelado, copia de la cédula de identidad del propietario ______________________ Solicitud recibida por:_____________________ el día ___/___ / _____ Firma ______________APROBADO ( ) NEGADO ( ) Observaciones sobre la devolución: ________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________________________________ Sector El Tambor, Carretera Nacional Los Teques-Las Adjuntas, Parroquia Los Teques, en la Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda. Zona Postal 1201. Punto de Referencia: Diagonal a Registro Principal Los Teques. sitio informativo disponible en http://junta-de-cond-las-brisas-a-y-b.webnode.com.ve

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ESTADO BOLIVARIANO DE VENEZUELA MUNICIPIO GUAICAIPURO JUNTA DE CONDOMINIO EDIFICIOS LAS BRISAS “A” y “B” RIF J-29949699-5

NOTIFICACIÓN DE USO DEL SALON DE FIESTAS

FECHA: ___/____/______

Señores: Servicio de Vigilancia Privada Del Conjunto residencial La Ponderosa I y II Etapa. Presentes.Sírvanse notificados por medio de la Presente, que durante el día ____________________________________ el(la) Sr(a), __________________________________, titular de la cédula de identidad número __________________, en su condición de propietario(a)/co-propietario(a), en el Conjunto Residencial La Ponderosa, Edificio Las Brisas, Torre ____ en el piso N° ____ apartamento No._____, ubicado en el sector El Tambor de la Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro Estado Miranda de la República Bolivariana de Venezuela; mediante forma escrita se dirige tanto a la Administradora, como a la Junta de Condominio de Edificios Las Brisas “A” y “B”, y a la comunidad de propietarios y copropietarios; y solicitó el uso del salón de fiestas para la realización de (indicar tipo de celebración) _____________________________________ de __________________________________(indicar nombres y parentesco), a partir de la siguiente hora ____:____, por lo que la respectiva Junta de Condominio les solicita la colaboración al personal de seguridad a fin de que les sea permitido el acceso a sus invitados y familiares (anexar Listado de Invitados), y al vehículo de la agencia de festejos (en horario de 8 am a 5 pm.), que solo podrá venir hasta un día antes del evento, para dejar lo alquilado, y vendrá hasta un día después de culminado el evento a retirar lo alquilado. Dicho(a) propietario(a)/co-propietario(a) está consciente de lo pautado en el Artículo 25, 28, 30, 34 y 36 del reglamento y Normas De Convivencia Edificios Las Brisas “A” y “B” del Conjunto Residencial La Ponderosa, por lo que actividades como el canto, uso de instrumentos musicales, aparatos de sonido, aparatos de radio, televisión, tocadiscos, equipos de sonidos y similares, por el bien común, a partir de las 10:00 p.m. deben tener un volumen que no perjudique la tranquilidad de los ocupantes y residentes del Conjunto, y no podrá excederse de las 12:00m. El(la) propietario(a)/co-propietario(a) manifiesta su conocimiento y cumplimiento de la normativa aprobada por la comunidad para este tipo de evento, por lo cual devolverá dicho salón el día ___/___ / _____ totalmente limpio y en buen estado, especialmente en cuanto a sus instalaciones se refiere, quedando la Junta de Condominio plenamente facultada para efectuar las reparaciones necesarias y restituir a su buen estado el salón de fiestas en cuyo caso de que por cualquier acontecimiento el(la) propietario(a)/co-propietario(a) deje de realizar las reparaciones y éste(a) autoriza a la Administradora para que dichos gastos sean reflejados en sus obligaciones de pago del condominio.

SERVICIO DE VIGILANCIA Por la JUNTA DE CONDOMINIO

FIRMA y TELEFONO DEL PROPIETARIO

Recibido por: _______________

Sector El Tambor, Carretera Nacional Los Teques-Las Adjuntas, Parroquia Los Teques, en la Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda. Zona Postal 1201. Punto de Referencia: Diagonal a Registro Principal Los Teques. sitio informativo disponible en http://junta-de-cond-las-brisas-a-y-b.webnode.com.ve

INVITADOS AL EVENTO DEL SALON DE FIESTAS. FECHA:

NOMBRES Y APELLIDOS

___/____/______TORRE “___”

Nº CEDULA DE IDENTIDAD

FIRMA

Sector El Tambor, Carretera Nacional Los Teques-Las Adjuntas, Parroquia Los Teques, en la Jurisdicción del Municipio Guaicaipuro, Estado Miranda. Zona Postal 1201. Punto de Referencia: Diagonal a Registro Principal Los Teques. sitio informativo disponible en http://junta-de-cond-las-brisas-a-y-b.webnode.com.ve

Suggest Documents