INSTRUCTIVO INGRESO DE DOCUMENTOS. Marco Legal

INSTRUCTIVO INGRESO DE DOCUMENTOS Marco Legal La “Notificación Electrónica” es un sistema de notificación en procesos judiciales que convive y/o susti...
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INSTRUCTIVO INGRESO DE DOCUMENTOS Marco Legal La “Notificación Electrónica” es un sistema de notificación en procesos judiciales que convive y/o sustituye la notificación mediante cédula diligenciada por Oficiales de Justicia del Poder Judicial de la Nación. Esta es diseñada e implementada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), quien reglamenta su ejercicio. Además, forma parte de un conjunto de normas tendientes a la digitalización del sistema judicial, incorporado cronológicamente de la siguiente manera:  Ley 26685 (30/06/2011 promulgación): con ella se brinda el marco legal que autoriza los expedientes y documentos electrónicos, firmas entre otros, equiparándolo a su símil papel. Faculta a la CSJN para su implementación.  Acordadas CSJN 31/2011 (13/12/2011), 35/2013, 36/2013 y 38/2013: reglamentan la vigencia del sistema de notificaciones electrónicas en todas las instancias, suplantando a las cédulas en papel.  Acordada 11/2014: dispone la obligatoriedad de subir digitalmente los archivos de aquellos escritos que se agreguen al expediente.  Acordada 2/2014: Reglamenta la inscripción y procedimiento de actuación de los peritos y martilleros (legajos, designaciones, sanciones, etc)

Domicilio Electrónico Se denomina “Domicilio Electrónico” al CUIT o CUIL del profesional que se desempeña como auxiliar de la justicia. La exigencia de su constitución se encuentra regulada en las siguientes normas:  Acordada CSJN Nº 31/11 y 38/13 (para todos los Fueros a excepción de los Fueros Laboral, Comercial y Seguridad Social) - Vigencia en primera instancia: para toda causa que se inicie a partir del 01/04/14 - Vigencia en segunda instancia: para todo recurso de apelación que se interponga a partir del 18/11/13.  Resolución CNANT Nº 17/14 y Acordada CNAT Nº 2607/14 (para el Fuero Laboral) - Vigencia en primera instancia: para toda causa que se inicie a partir del 15/09/14. - Vigencia en segunda instancia: para toda causa que se eleve a partir del 15/09/14.

 Resolución CNCom Nº 71/14 (para el Fuero Comercial) - Vigencia en primera instancia: a partir del 01/02/15 para todas causa que haya tenido asignación de primera instancia a partir del 01/04/14. - Vigencia en segunda instancia: para toda causa en la cual se haya interpuesto recurso de apelación a partir del 01/02/15.

Todo lo expuesto es sin perjuicio que el auxiliar decida constituir en forma voluntaria el domicilio electrónico.

Pasos

Una vez obtenido el usuario y Clave, el sistema prevé el perfil denominado “Ingreso de Copia de Documentos”, establecido por la Acordada CSJN Nº 11/14, a través de la cual se dispone que los auxiliares de la justicia deben adjuntar copias digitales de cada una de sus presentaciones en el marco de los procesos judiciales en los que actúen.

A tales fines, en forma previa el auxiliar debe constituir domicilio electrónico en el expediente a efectos que el Juzgado proceda a vincular la causa con el domicilio electrónico, luego de lo cual el expediente constará al ingresar al mencionado perfil. Para más información ver INSTRUCTIVO - NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. A continuación se indica el procedimiento de carga de los documentos electrónicos:

Seleccionar el perfil de “Ingreso de Copias de Documentos”:

Luego debe seleccionar los parámetros de búsqueda para encontrar el expediente vinculado donde se pretende cargar el documento (Ej. mediante número de expediente, rango de fechas de ingreso, etc.).

Una vez encontrado el expediente donde se va a cargar el documento, debe seleccionarlo, y luego apretar el botón “Siguiente”

Antes de continuar se debe completar el campo “Descripción” con un resumen del título del documento, y luego seleccionar el botón “Nuevo”, a fin de ingresar el documento, en formato PDF.

Seleccionar el archivo PDF que se va a ingresar y luego presionar “Aceptar”

Incorporado el archivo, debe presionar el botón de “Siguiente”

Finalmente, para terminar la operación debe seleccionar el botón “Enviar”.

Es importante recordar que la presentación debe realizarse antes de efectuar la presentación en formato papel en el juzgado respectivo, a los efectos de poder despachar el escrito, verificar su correspondencia y dar a publicidad dentro del expediente electrónico.