Instituto Nacional de Servicios Sociales para. para Jubilados y Pensionados

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS ...
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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS Nombre del organismo contratante:

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados

PROCEDIMIENTO DE SELECCION: Tipo: TRAMITE SIMPLIFICADO Nº: 735/12 Clase: ETAPA UNICA Modalidad:

Ejercicio: 2012

Expediente: 200-2011-00252-2-0043 Rubro: INSTALACIONES Objeto de la contratación: Provisión y colocación de nueve (9) cortinas venecianas destinadas a los edificios pertenecientes a Nivel Central, sitos en Avenida Mayo 801 y Suipacha 23 ambos con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Costo del pliego: SIN COSTO RETIRO DE PLIEGOS Lugar / dirección PAGINA WEB DEL INSTITUTO:

www.pami.org.ar

RETIRO DE PLANO Lugar / dirección Días y horarios Subgerencia de Compras y Contrataciones Perú 169, 5º Piso Lunes a Viernes de 10 a 16 horas. Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CONSULTAS AL PLIEGO Lugar / dirección Por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones Fax: 4344-8574 [email protected]

Plazo Hasta el segundo (2°) día hábil previo a la fecha fijada para la Apertura.

PRESENTACION DE OFERTAS Lugar / dirección Plazo y Horario Subgerencia de Compras y Contrataciones Hasta la “HORA FIJADA” para la Apertura de Perú 169, 5º Piso Ofertas Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ACTO DE APERTURA Subgerencia de Compras y Contrataciones Perú 169, 6º Piso Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

08 / 03 / 2012 a las 14,30

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horas

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES Y ESPECIFICACIONES TECNICAS Y ANEXOS ARTICULO 1º.- OBJETO DE LA CONTRATACION El presente Trámite Simplificado tiene por objeto la provisión y colocación de nueve (9) cortinas venecianas destinadas a los edificios pertenecientes a Nivel Central, sitos en Avenida de Mayo 801 y Suipacha 23, ambos con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las condiciones generales, características técnicas y particulares, contenidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos y demás características consignadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en los términos del “Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales” de este Instituto, aprobado por Resolución Nº 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificaciones. Forman parte del presente pliego los siguientes Anexos: ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI

Especificaciones Técnicas. Declaración Jurada relativa a Prohibiciones. Planilla de Cotización. Declaración Jurada Patrimonial. Constancia de Visita a Instalaciones Constancia de Retiro de Planos

ARTICULO 2º.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION La presente contratación se realizará de acuerdo a lo establecido en el Art. 19º inciso d) apartado 9) y Art. 84º inciso b), punto d) del régimen de contratación vigente, en lo que se refiere a Trámite Simplificado y Locación de Obra, bajo la clase de Etapa Única y Llave en Mano. ARTICULO 3º.- NORMATIVA APLICABLE Todos los documentos que integran la contratación serán considerados como recíprocamente explicativos. En caso de existir discrepancias se seguirá el orden de prelación establecido por el Artículo 6º inciso b) del régimen de contratación vigente. ARTICULO 4º.- REQUISITOS DE LOS OFERENTES Para participar del presente trámite los oferentes deberán reunir los siguientes requisitos: a. Cada oferente podrá participar solamente en una oferta, ya sea por si mismo o como integrante de un grupo o asociación. b. Los oferentes deberán contar con la estructura necesaria para proveer los elementos y realizar los trabajos objeto de la presente y acreditar su capacidad operativa, económica y financiera para asumir las obligaciones emergentes del presente pliego y del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales. c. Las empresas deberán ser fabricantes o distribuidores directos de los elementos ofrecidos, debiendo acreditar tal condición a través de la presentación de antecedentes, los que serán evaluados por el Instituto. d. Constituir domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y denunciar número de teléfono, fax y su dirección de Correo Electrónico, donde serán válidas todas las comunicaciones y notificaciones asociadas al procedimiento de la presente contratación. Toda modificación de domicilio, deberá ser notificada en forma fehaciente al INSTITUTO. e. Cumplir los requisitos exigidos en el presente pliego.

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ARTICULO 5º.- PERSONAS NO HABILITADAS PARA CONTRATAR No podrán presentar ofertas: a. Las personas físicas o jurídicas cuyos contratos hayan sido rescindidos por el INSTITUTO, por causa atribuible al incumplimiento de sus obligaciones. b. Las personas físicas o jurídicas que por distintas razones fueran excluidas del Registro de Proveedores del Instituto. c. Los agentes y funcionarios del Sector Público Nacional y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación societaria, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ética Pública, Nº 25.188. d. Los empleados y personal directivo del INSSJP, sus parientes hasta el cuarto (4º) grado de consanguinidad y segundo (2º) de afinidad, y las empresas en las cuales aquellos tuvieren participación, de acuerdo con la normativa vigente en materia de Ética Pública. e. Los condenados por delitos dolosos, por un lapso igual al doble de la condena. f. Las personas que se encontraren con procesamiento firme por delitos contra la propiedad, o contra la Administración Pública Nacional, o contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción. g. Los deudores morosos o evasores de obligaciones tributarias, aduaneras o de la seguridad social. h. Los oferentes en estado de quiebra o liquidación. ARTICULO 6º.- COMUNICACIONES Conforme lo establecido en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales Artículo 3º, las comunicaciones entre las partes podrán llevarse a cabo: personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno y en un todo de acuerdo con lo estipulado en el presente pliego. ARTICULO 7º.- CONTENIDO DE LA OFERTA Las ofertas deberán ser presentadas en sobre, caja o paquete perfectamente cerrado, en original y duplicado, identificados con los datos del procedimiento de selección al que correspondan, fecha y hora de apertura y nombre del oferente, de conformidad con lo establecido por los artículos 7º y 10º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. La presentación deberá estar debidamente foliada y firmada en todas sus hojas por el representante legal o apoderado del oferente y deberá contener: 1. Índice describiendo el contenido total de la oferta, la que deberá estar correctamente foliada en todas sus hojas. 2. Carta de presentación del oferente, con todos los datos que correspondan a su individualización y a su personería jurídica, incluyendo copia del contrato o estatuto de la sociedad, con todas sus modificaciones y constitución de domicilio, teléfono, fax y correo electrónico. a. Documentación que acredite la personería del representante legal, si la misma no surgiere del respectivo contrato constitutivo y/o poder suficiente que acredite la personería del apoderado. b. Información patrimonial y económica resumida indicando activo y pasivo corriente y no corriente, monto de facturación de los últimos dos (2) años, indicando fuente de datos con firma certificada por Contador Público (Anexo IV). c. Inscripción en el Registro Público de Comercio y/o Inspección General de Justicia. d. Constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (CUIT). e. Constancia de Visita a las Instalaciones, suscrita por personal del Instituto (Anexo V). f. Constancia de Retiro de Plano, suscrita por personal del Instituto (Anexo VI). g. Planilla de Cotización (Anexo III). h. A los efectos de determinar la capacidad técnico-operativa, se deberá adjuntar a la oferta, con carácter obligatorio, la nómina de las firmas donde han instalado cortinas venecianas de similares características a las del objeto del llamado con indicación del 3

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados domicilio en los últimos veinticuatro (24) meses. Declaración Jurada de no estar incluido en las prohibiciones establecidas en el Art. 5º (Anexo II). j. Garantías por escrito según lo estipulado en el artículo 23º del presente. k. Memoria técnica, catálogos y/o folletos explicativos que contengan la descripción técnica de los elementos ofrecidos como así también indicar marca, modelo, fabricante, origen de los productos y/o cualquier otro dato que haga a una mejor individualización del/los mismos. l. Documentación que acredite la condición de fabricante o distribuidor directo, según lo indicado en el Art. 4º inciso c) del presente. m. Muestras de los productos ofrecidos, siguiendo las indicaciones del Art. 8º del presente. n. El presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, Plano, y circulares aclaratorias si las hubiere, firmado en todas sus hojas en prueba de conformidad con los términos del mismo. i.

ARTICULO 8°.- MUESTRAS Las empresas oferentes presentarán obligatoriamente junto con la oferta y concepto de muestras, una unidad representativa de las cortinas venecianas solicitadas. Los oferentes presentarán muestras que contribuyan a ilustrar su oferta pero en ningún caso reemplazar con ellas las Especificaciones Técnicas fijadas en el presente pliego. Las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, quedarán en poder de la unidad contratante para ser cotejadas con los que entregue oportunamente el adjudicatario. Cumplido el contrato, quedarán a disposición del adjudicatario por el plazo de un (1) mes a contar desde la última conformidad de recepción. De no procederse a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, la muestras pasarán a ser propiedad del INSTITUTO, sin cargo y queda facultado para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas, en este último caso cuando no tuvieren aplicación alguna. Las muestras presentadas por aquellos oferentes que no hubiesen resultado adjudicatario quedarán a su disposición para el retiro hasta UN (1) mes después de la comunicación efectuada por la unidad contratante de que las mismas estan a disposición del oferente. En el caso en que no pasaran a retirarlas en el plazo fijado se utilizará el procedimiento citado en el párrafo anterior. ARTICULO 9°.- VISITA A LAS INSTALACIONES Será indispensable y obligatoria la VISITA A LAS INSTALACIONES a los efectos de tomar debida nota de todos los inconvenientes que pudieran presentarse, informarse sobre las condiciones existentes, horarios y todo cuanto pueda influir en el justiprecio del mismo, ya que no se reconocerá ningún tipo de adicional para lo cual coordinarán las fechas y los horarios de visita con la División Proyectos y Obras del Departamento de Arquitectura con domicilio Av. de Mayo 801 4° piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE (011) 43397317 en el horario de 10.00 a 17.00 hs, email: [email protected]. La misma podrá ser efectuada hasta tres (3) días hábiles previos a la presentación de la oferta. El oferente deberá entregar con su oferta el certificado de visita conformado por la Inspección de Obra y el comprobante de retiro del plano de instalación conformado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones. Si de la mencionada visita surgiera que las dimensiones de las cortinas venecianas no coinciden con las del plano entregado, deberán constar en el certificado de visita pertinente. ARTICULO 10º.- COTIZACION DE LOS PRODUCTOS La cotización deberá volcarse en la correspondiente Planilla de Cotización (Anexo III), bajo las siguientes condiciones:

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El oferente cotizará precio unitario y total por renglón, en pesos con no más de DOS (2) decimales, expresados en números. Si el total cotizado por renglón no respondiera al precio unitario, se tomará este último como precio cotizado. Asimismo deberá indicar el monto total de la oferta en letras y números. Se admitirán alternativas que iguales o superen la calidad solicitada y respondan a los fines requeridos. Se deberá indicar marca y modelo de las cortinas cotizadas. En ningún caso se admitirán cotizaciones en monedas extranjeras, ni cláusulas de ajuste. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado, este Instituto se encuentra Exento, por lo que la alícuota correspondiente deberá estar incluida en el precio. Si el oferente omitiera hacer mención a la inclusión de dicha alícuota se considerará incluida en el precio cotizado. En el caso que el oferente cotizara el monto con la leyenda “más IVA”, se realizará el cálculo de la alícuota correspondiente.

ARTICULO 11º.- INVARIABILIDAD DE LOS PRECIOS El Adjudicatario no podrá bajo pretexto de error u omisión de su parte reclamar aumento de los precios fijados en la cotización presentada. ARTICULO 12º.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA El plazo de mantenimiento de la oferta será de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha del acto de apertura, prorrogables automáticamente si el oferente no manifestare en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con cinco (5) días de antelación al vencimiento del plazo (Art. 51º del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto). ARTICULO 13º.- GARANTIAS 1. Garantía de Cumplimiento del Contrato Será igual al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto adjudicado y deberá acreditarse su presentación ante este Instituto, dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación a los fines de retirar la respectiva orden de compra. En caso de no presentarla se procederá a rescindir la adjudicación con suspensión en el Registro de Proveedores del INSTITUTO. 2. Formas de constitución de las Garantías El Instituto no admitirá la presentación de garantías constituidas en pagaré o cualquier otra forma no contemplada a continuación:  En efectivo, mediante depósito bancario en la cuenta del INSTITUTO, o cualquiera de las modalidades de depósito autorizadas por el Banco Central.  Con cheque certificado, contra una entidad bancaria radicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.  Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL que coticen en el mercado de valores al día de la oferta. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del I.N.S.S.J.P., identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a los que se refiere este inciso, se formulará un cargo por los gastos que ello ocasionare. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de las garantías.  Con aval bancario u otra fianza a satisfacción del INSTITUTO, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división en los términos del artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. 5

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Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor del INSSJP. Mediante la afectación de créditos que el oferente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en el INSSJP, a cuyo efecto el interesado deberá presentar en la fecha de constitución de la garantía, la certificación pertinente. Quedan exceptuados los créditos que se encuentren comprendidos en el Decreto Nº 925/96, en la Ley Nº 25.725 y Resolución Nº 98/04 del Ministerio de Economía y Producción.

ARTICULO 14º.- LUGAR, PLAZO Y HORARIO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las propuestas presentadas serán admitidas hasta “LA HORA FIJADA” para el acto de apertura, en la SUBGERENCIA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES – Perú 169 – 5° Piso – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Las ofertas presentadas fuera del plazo, horario y lugar indicado, no serán admitidas. ARTICULO 15º.- APERTURA DE LAS OFERTAS El acto de apertura de los sobres se realizará en el lugar, día y hora indicados en la carátula del presente. Cumplido el mismo se procederá a labrar un Acta donde se detallará la totalidad de las ofertas presentadas, haciéndose constar:         

Fecha y hora en que se labra el Acta. Número de expediente e identificación del procedimiento. Número de orden asignado a cada oferta. La denominación del oferente. Detalle de los renglones cotizados. La oferta económica. La cantidad de fojas que contiene la oferta original. Las observaciones del acto de apertura si las hubiere. La hora de cierre

El acta será firmada por los representantes del INSSJP y por los oferentes que así lo desearen. ARTICULO 16º.- EVALUACION DE LAS OFERTAS El área técnica analizará la documentación acompañada de acuerdo a la enumeración establecida en el Art. 12º “Información a suministrar por el oferente” del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y las ofertas de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en los Art. 16º y 17º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, recomendando la adjudicación de la que resulte más conveniente para el INSTITUTO. Los parámetros de evaluación técnica a tener en cuenta en la evaluación de las ofertas serán: a.- El cumplimiento de las Especificaciones Técnicas. b.- Los antecedentes e idoneidad de las empresas oferentes. c.- El precio. ARTICULO 17º.- IGUALDAD DE OFERTAS En caso de igualdad de precios, calidad y plazos de ejecución de obra, se solicitará a los respectivos oferentes que por escrito y dentro del término del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios. El silencio por parte del oferente invitado a mejorar, se entenderá como ratificación de su oferta. De subsistir la igualdad, se procederá de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ARTICULO 18º.- ADJUDICACION DE OFERTAS El INSTITUTO adjudicará por el total de lo cotizado a un único oferente. La adjudicación será notificada al adjudicatario en la dirección de correo electrónico constituida en la oferta, o por el medio fehaciente que en cada caso se considere oportuno. Deberá entonces integrar la Garantía de Cumplimiento de Contrato dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación. Si vencido este plazo no se constituye la mencionada garantía, no se emitirá la Orden de Compra. ARTICULO 19º.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA El plazo de entrega y colocación será contado a partir de la fecha de firma del Acta de Inicio de Obra, siendo el mismo de cinco (5) días hábiles administrativos. En igualdad de condiciones se dará preferencia a la propuesta que fije el menor plazo de entrega, el que no deberá exceder del anteriormente determinado. La firma adjudicataria previo a la entrega y realización de los trabajos de instalación de las cortinas venecianas, deberá tomar contacto con la Subgerencia de Recursos Fisicos, Grupo de Programación Estrategica, Ave de Mayo 801 – 4° piso TE 4339-7314 [email protected] o en su defecto con la División Proyectos y Obras del Departamento de Arquitectura TE 4339-7317 [email protected] a fin de coordinar las fechas y los horarios de las entregas y la instalación de las cortinas venecianas. Las cortinas venecianas no se recibirán en forma directa sin la previa coordinación indicada precedentemente y serán entregadas debidamente embaladas a fin de evitar deterioros en la carga, traslado y descarga de los mismos, con todas sus partes correspondientes. No se considerará la facturación de la mano de obra por el eventual armado in situ. Los fletes estarán a cargo de la empresa adjudicataria. ARTICULO 20º.- MODIFICACIONES Y/O AMPLIACIONES El Instituto podrá ordenar por escrito a la empresa que ejecute modificaciones, reducciones, supresiones o trabajos adicionales en el enmarque del Artículo 30º “Aumento o disminución de la prestación” del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, procediéndose entonces a efectuar las correspondientes economías o demasías en obra, debiendo éstas quedar fehacientemente documentadas, las cuales deberán ser cotizadas por el Contratista respetando los valores ya ofertados en la cotización original. En el supuesto de tratarse de trabajos no contemplados en la contratación original, la empresa adjudicataria deberá presentar presupuestos de los materiales a adquirir y de la mano de obra a implementar, para la aprobación del Instituto, los que serán aprobados o rechazados antes de los TRES (3) días hábiles de la fecha de presentación. Además no podrá conceptuar como adicional todo trabajo o tareas que no estando indicado en los planos o especificaciones técnicas sean indispensables para el fin y uso a que se destinen las cortinas venecianas. ARTICULO 21º.- RECEPCION PROVISIONAL La recepción de las cortinas tendrá carácter provisional y estará a cargo del personal de la Subgerencia de Recursos Físicos y los remitos que se firmen quedaran sujetos a Recepción Definitiva. A efecto de obtener una optima utilización del sistema instalado, la firma adjudicataria deberá con la Recepción Provisional brindar las instrucciones de funcionamiento pertinentes, al personal designado por el Instituto para tal fin. CONTROL DE CALIDAD Las cortinas deberán cumplimentar la totalidad de las Especificaciones Técnicas requeridas en el Anexo Técnico del presente Pliego.

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Si como resultado de las verificaciones a realizar por el Instituto en concepto de Control de Calidad las cortinas no cumplimentan exigencias, serán rechazadas debiendo ser reemplazadas por otras que se correspondan con las condiciones técnicas exigidas dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes; siendo las mismas afectadas a un nuevo Control de Calidad. De continuar la insatisfacción una vez concluido el plazo mencionado, este Instituto notificará por escrito el rechazo de tales bienes. ARTICULO 22º.- RECEPCION DEFINITIVA La Recepción Definitiva será otorgada por el personal de la Subgerencia de Recursos Físicos designada a tal fin, dentro los DOS (2) días hábiles posteriores de culminada con éxito las pruebas de funcionamiento. Dicha área firmara el certificado de Recepción. ARTICULO 23º.- PLAZO DE GARANTIA A partir de la Recepción Definitiva regirá un plazo de garantía de SEIS (6) meses, como mínimo, durante el cual la empresa será responsable de los defectos o desperfectos provenientes de la mala calidad y/o ejecución deficiente de los trabajos y cualquier otra causa imputable a la misma, no atribuible al mal uso de las mismas. No quedando pendiente reclamo alguno en cuanto a la resolución de desperfectos se procederá a la Devolución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato. En el supuesto en el que los reclamos técnicos planteados por el Instituto a la empresa adjudicataria no sean cumplimentados por la misma durante el período de garantía, el Instituto podrá ejecutar la Garantía de Cumplimiento de Contrato por el monto que demande la resolución técnica de los desperfectos no resueltos. Esta garantía deberá constar en la oferta. Durante el periodo de garantía la empresa será responsable de la atención en forma permanente de cualquier reclamo que realice el Instituto, no admitiéndose interrupción alguna por vacaciones, huelgas u otro evento. ARTICULO 24º.- FACTURACION La facturación deberá ser presentada en la División Mesa de Entrada de Facturación - Perú 171/73 - Planta Baja – Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debiendo ajustarse a las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos. A los efectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace saber que el INSTITUTO es considerado como exento. La facturación deberá ser acompañada por la Orden de Compra original, el Certificado de Recepción Definitiva y remitos originales debidamente conformados por el área solicitante. Las facturas relacionadas con trabajos no contemplados en esta contratación deberán ser acompañadas por el correspondiente presupuesto y conformidad de la División Proyectos y Obras de la Subgerencia de Recursos Físicos ARTICULO 25º.- CONDICIONES DE PAGO Los pagos se realizarán a los treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha de presentación de la factura. ARTICULO 26º.- INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Si bien no resulta obligatoria la inscripción en el Registro de Proveedores, Cumplimiento y Vencimiento Contractual de este Instituto a los efectos de participar de la convocatoria, será indispensable el haber concluido dicho trámite previo a emisión de la Orden de Compra. A los fines expuestos deberán dirigirse a Registro de Proveedores, Cumplimiento y Vencimiento Contractual, sito en Perú 169 – Piso 5º - Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Te: 4344-8702.

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ARTICULO 27º.- PENALIDADES Además de las penalidades y sanciones establecidas en el artículo 25º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales y en la legislación de fondo, y de la promoción de las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder, el INSTITUTO queda facultado a aplicar las penalidades que se enuncian a continuación: 1. MULTA Por la falta de entrega de las cortinas adjudicadas dentro de los plazos establecidos o la entrega defectuosa de las mismas que no puedan utilizarse y/o la no instalación de las mismas, sin dar solución inmediata o respuesta satisfactoria a los requerimientos del INSTITUTO, se aplicará una multa del UNO POR CIENTO (1%) diario por cada día de atraso, calculado en base al monto total adjudicado. Previo a la aplicación de las multas se notificará al proveedor el/los incumplimiento/s otorgándole un plazo de cuarenta y ocho (48) horas para presentar la respectiva nota de descargo. Vencido dicho término la Subgerencia de Recursos Físicos decidirá si existe o no incumplimiento y la Gerencia Económico Financiera, aplicará la multa sin más trámite. El proveedor acepta que las multas le sean debitadas de la primera acreencia a percibir o de cualquier otro crédito que se encuentre pendiente de pago a su favor. 2. RESCISION Ante la reiteración de las causales antes citadas o si el monto acumulado por multas fuera incompatible con la prosecución del contrato, el INSTITUTO podrá proceder a la rescisión del contrato con causa imputable al proveedor, con pérdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, sin perjuicio de iniciar acciones legales por los daños ocasionados. De verificarse que el proveedor proveyó cortinas de calidad inferior a los aceptados en la adjudicación, el INSTITUTO procederá a la rescisión del contrato en forma inmediata, con perdida de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, e iniciará las acciones legales correspondientes. Las penalidades que se definen en el presente artículo no eximen al proveedor de hacerse cargo de su responsabilidad civil y penal frente a las demandas que puedan originarse por daños y perjuicios a los afiliados. ARTICULO 28º.- FACULTADES Y OBLIGACIONES DE LOS CO-CONTRATANTES Sin perjuicio de las facultades y obligaciones previstas en la legislación específica, en sus reglamentos, en los pliegos de bases y condiciones, o en la restante documentación contractual, el co-contratante tendrá: a) La obligación de ejecutar el contrato por sí, quedando prohibida la cesión total y/o parcial, sin la previa autorización fundada, por escrito, de la autoridad competente del INSSJP, en cuyo caso el co-contratante cedente continuará obligado en forma solidaria, mancomunada e ilimitadamente, con el cesionario por los compromisos emergentes del contrato. En caso de transferirse o cederse sin mediar dicha autorización, el INSSJP podrá dar por rescindido de pleno derecho el contrato por culpa del co-contratante. El INSSJP sólo podrá aprobar la cesión en la medida que verifique que el cesionario cumple con todos los requisitos para ser co-contratante del INSSJP y acredite condiciones de solvencia técnica y económica que garanticen, al exclusivo juicio del INSSJP, el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados b) La obligación de cumplir las prestaciones por sí en todas las circunstancias, salvo caso fortuito o fuerza mayor o actos o incumplimientos de autoridades públicas nacionales o de la contraparte pública, de tal gravedad que tornen imposible la ejecución del contrato. c) LEGISLACION LABORAL – SEGURIDAD SOCIAL – OBLIGACIONES TRIBUTARIAS: 1. El co-contratante deberá cumplir todas las obligaciones emergentes de la LEGISLACION LABORAL, de la SEGURIDAD SOCIAL y en materia TRIBUTARIA. Todo el personal que el co-contratante afecte al servicio también deberá estar cubierto por los seguros obligatorios, y estar sujeto a aportes jubilatorios y demás leyes sociales, debiendo el adjudicatario efectuar las retenciones e ingreso de los aportes y de las contribuciones pertinentes. 2. Deberá asegurar a todo el personal que afecte al desarrollo y cumplimiento del trabajo que se contrate contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y responsabilidad civil. Tales seguros deberán ser contratados en una ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) a satisfacción del Instituto. 3. El co-contratante deberá acompañar, previo al inicio de la ejecución de los trabajos, copia de la póliza respectiva suscripta con la aseguradora, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución Nº 39/96, de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. 4. El co-contratante asumirá la total y exclusiva responsabilidad por las obligaciones respecto a la higiene y seguridad en el trabajo, previstas en las normas respectivas, debiendo adoptar toda medida conducente a la seguridad del personal afectado a las tareas para evitar daños a terceros. 5. El co-contratante se compromete a mantener al INSSJP indemne de toda demanda laboral o provisional proveniente del personal que el adjudicatario afecte al cumplimiento de las tareas contratadas. El INSSJP comunicará en forma fehaciente al adjudicatario toda demanda que provenga del personal del adjudicatario afectado a la tarea, y éste se compromete a asumir la responsabilidad por el pago de lo reclamado, a satisfacción del demandante. Mientras el adjudicatario no lo acredite, el INSSJP podrá retener —de las sumas que deba pagar al adjudicatario— los montos reclamados por el personal con más lo que pudiera presupuestarse para costas e intereses del juicio. 6. Los subcontratistas estarán obligados a cumplir, por su parte, las obligaciones indicadas en las cláusulas precedentes, haciéndose responsable el co-contratante si no lo hicieren. Asimismo el Instituto no será responsable por cualquier demanda de los subcontratistas respecto del principal. 7. Las cláusulas precedentes constituyen condiciones que el adjudicatario aceptará como integrantes del contrato. 8. El co-contratante y sus subcontratistas deberán estar al día con sus obligaciones tributarias y provisionales, tanto al momento de presentar su oferta como durante la vigencia del contrato. Si el INSTITUTO verifica la existencia de incumplimientos de las obligaciones tributarias y de seguridad social por parte del co-contratante o su sub contratista, intimará al principal a regularizar dicha situación en un plazo de CINCO (5) días. De no regularizarse esta situación, será causa de rescisión del contrato. d) RESPONSABILIDAD POR LA CONDUCTA DEL PERSONAL: 1. El co-contratante responderá por la conducta del personal que afecte al servicio, como así también por el personal que afecte el subcontratista con quien el adjudicatario contrate la realización de cualquier tarea, aun la esporádica. 2. El co-contratante deberá manifestar la identidad del personal que afecte a los servicios con carácter de Declaración Jurada, y actualizar dicha lista con el que incorpore en el futuro, aún cuando revista calidad de contratado temporario o transitorio o sea dependiente de subcontratistas. e) OTRAS OBLIGACIONES DEL CO-CONTRATANTE:

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados 1. El co-contratante sus subcontratistas y personal afectado deberán respetar la confidencialidad de la información y datos inherentes a la tarea que desarrolle, tanto durante la vigencia del contrato como después de su terminación, obligándose a no divulgar, revelar, ni transmitir a terceros ninguna información empresarial y/o comercial relativa a la contratación, sin expresa autorización del INSSJP. Sin embargo, podrá, sin autorización previa, comunicar a terceros la existencia de su contrato, salvo que en las cláusulas particulares se estipule lo contrario. 2. El co-contratante deberá tomar por su cuenta y riesgo un seguro a satisfacción del Instituto por la Responsabilidad Civil comprensivo cruzado por Daños y Perjuicios a Terceros ó a Bienes de Propiedad de Terceros, incendio y siniestro, rayo y explosión, escapes de gas, descargas eléctricas y caídas de objetos, donde éste Instituto será considerado en la póliza como tercero y asegurado adicional a la vez. El monto de dicha póliza será de $300.000 pesos y su vigencia deberá ser por el período que duren los trabajos de instalación. El comprobante de la misma deberá ser presentado previo a la iniciación de los trabajos. ARTICULO 29º.- INDEMNIDAD El oferente que resulte adjudicatario deberá mantener indemne al INSTITUTO frente a cualquier reclamo judicial o extrajudicial que pudiere realizar un tercero, por causas derivadas de las obligaciones del contrato. ARTICULO 30º.- COMPETENCIA Para todas las cuestiones legales y/o judiciales que pudieran suscitarse entre el INSTITUTO y los interesados, oferentes o adjudicatarios, estos se someterán a los Tribunales Federales con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. ARTICULO 31º.- CONSULTAS Y ACLARACIONES Las consultas y aclaraciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos podrán ser realizadas por nota dirigida a la Subgerencia de Compras y Contrataciones de este INSTITUTO, FAX 4344-8574, o por correo electrónico a: [email protected] Las consultas serán recibidas hasta el SEGUNDO (2º) día hábil previo a la fecha fijada para la Apertura y serán respondidas por Circular Aclaratoria que se enviará por correo electrónico a todos los interesados y se publicará en la página de Internet del Instituto. ARTICULO 32º.- PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES El oferente declara conocer y aceptar las disposiciones contenidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, que a tal fin podrá consultar en la Página de Internet del INSTITUTO – www.pami.org.ar RAZON SOCIAL: .......................................................... DOMICILIO: ................................................................... LOCALIDAD: ..................................................................

........................................................... FIRMA DEL PROVEEDOR

SELLO COMERCIAL

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO I ESPECIFICACIONES TECNICAS

CORTINAS VENECIANAS

DETALLE Y CANTIDADES

Renglón

Descripción

Cantidad

1

Cortina Veneciana: ancho 1.30 m x alto 1.50 m

4

2

Cortina Veneciana: ancho 0.40 m x alto 1.50 m

1

3

Cortina Veneciana: ancho 1.40 m x alto 2.00 m

2

4

Cortina Veneciana: ancho 1.00 m x alto 2.00 m

2

REQUISITOS DE LOS PRODUCTOS Las partes constitutivas de las cortinas venecianas a proveer no podrán sufrir modificaciones en cuanto a su estructura general ni al tipo de materiales a emplear. Solo se aceptarán variaciones respecto a los espesores en los materiales utilizados, tipos de herrajes, sistema de anclaje y sujeción, siempre y cuando estos cambios proporcionen igual o mayor calidad al elemento en cuestión. Los materiales a emplearse serán de primera calidad de los materiales a emplear así como en sus características constructivas y estructurales. Con relación al diseño funcional se aceptaran mejoras en la líneas generales del diseño que no afecten las características básicas de uso, asimismo se aceptarán modificaciones al respecto de las dimensiones de hasta cinco (5%) por ciento en más o en menos. Serán evaluados por el Instituto todos los cambios y modificaciones propuestos. Se admitirán alternativas que iguales o superen la calidad solicitada y respondan a los fines requeridos.

CARACTERISTICAS Cabezales y zócalos: Provisión de cortinas con cabezal superior como soporte de mecanismo de 27mm de ancho por 19mm de alto, zócalo inferior de 20mm por 10mm en forma de "C", como contrapeso anticorrosivo y pintados a fuego del tono de los flejes. 12

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Comandos: Los mismo pueden ser izquierdos o derechos, según correspondan, y estarán a la altura que resulte accesible al manejo, generalmente estarán dispuestos a 1,40 mts. del nivel terminado. Accionamiento manual: Giro de los flejes a 180 grados, graduación según orientación del sol, o para privacidad, comandados por bastón con terminales en el extremo inferior, ambos de material acrilico. Apertura del paño, a través de cordeles y sistema de freno para regulación de altura. Cintas escaleras y cordeles: Cuerda trenzada de 100% poliéster y Nylon, resistencia aproximada a 130 lbs, no estirable, resistente al deshilache, normalmente de la tonalidad del fleje. Colocación: Fijación de paños mediante soporte en sus tres versiones: acrílicos, metálicos de pared, techo y metálicos tipo “U” según corresponda. Flejes: Los flejes que componen este estilo de cortinas son producto de una laminación de aluminio de 25 mm de ancho por 0,21 mm de espesor recubiertas con pintura de poliéster horneada, conformado y cortados según medida de la cortina.

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO II DECLARACION JURADA

Declaración Jurada relativa a Prohibiciones El

que

suscribe..............................................................................................................

DNI/LE/LC/CI Nº ………………… en mi carácter de .................................................... de la firma

...................................................................................................................,

suficientemente

facultado

para

el

presente

acto,

con

domicilio

real

en

…....................................................................................................................................... declaro bajo juramento que ni mi persona ni la sociedad que represento ni ningún miembro de su administración se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones del Art. 5º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, que rige el TRAMITE SIMPLIFICADO Nº…………./12 del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

Firma…………………………………

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO III PLANILLA DE COTIZACION Tramite Simplificado Nro.:.….......…........... Expediente Nro.:.................................... Fecha de Apertura: ...............................

Nombre del oferente................................................................................................................ Domicilio..................................................................................Localidad................................. Dirección Electrónica...............................................................Nº tel/fax..................................

Renglón 1

2

3

4

Descripción Cantidad Cortina Veneciana: ancho 1.30 m x alto 1.50 m 4 Instalación Cortina Veneciana: ancho 1.30 m x alto 1.50 m Cortina Veneciana: ancho 0.40 m x alto 1.50 m 1 Instalación Cortina Veneciana: ancho 0.40 m x alto 1.50 m Cortina Veneciana: ancho 1.40 m x alto 2.00 m 2 Instalación Cortina Veneciana: ancho 1.40 m x alto 2.00 m Cortina Veneciana: ancho 1.00 m x alto 2.00 m 2 Instalacón Cortina Veneciana: ancho 1.00 m x alto 2.00 m

Marca/ Modelo

Precio Unitario en Pesos

Precio Total en Pesos

Monto Total del Renglón

MONTO TOTAL COTIZADO

SON PESOS: $………………………………………………………………………………

………………….………………….. Firma y Aclaración

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO IV DECLARACION JURADA PATRIMONIAL

RAZON SOCIAL .................................................................. DOMICILIO .......................................................................... LOCALIDAD ........................................................................

AÑO 20…

AÑO 20…

ACTIVO CORRIENTE ACTIVO NO CORRIENTE PASIVO CORRIENTE PASIVO NO CORRIENTE VENTAS TOTALES % VENTAS DEL RUBRO (1)

1. Porcentaje de incidencia en las Ventas Totales de las Ventas del Rubro correspondiente a los materiales objeto de la contratación.

………............................................. CONTADOR PUBLICO

.............................................. REPRESENTANTE LEGAL

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO V CONSTANCIA DE VISITA A LAS INSTALACIONES

Por la presente se deja constancia que el Sr ..................................…............................. en representación de la firma ................................................................................................. ha visitado el inmueble …………………………………………………………………………………. a efectos de interiorizarse sobre la provisión y colocación de cortinas tomando conocimiento de todas las características que deberán tener en cuenta al efectuar su oferta, para el Tramite Simplificado Nº

,expte. Nº 200-2011-00252-2-0043.

LUGAR Y FECHA,

FIRMA EMPRESA

FIRMA INSTITUTO

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Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados ANEXO VI CONSTANCIA DE RETIRO DE PLANO

Por la presente se deja constancia que el Sr ......................................................................... en representación de la firma …………………….................................................................... ha retirado el plano correspondientes a la provisión y colocación de cortinas. Expte. Nº 200-2011-00252-2-0043, Tramite Simplificado Nº LUGAR Y FECHA,

FIRMA EMPRESA

FIRMA INSTITUTO

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