IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LAS OBLIGACIONES IMPOSITIVAS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO FISCAL 2010 IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES IMPUESTO ...
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INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LAS OBLIGACIONES IMPOSITIVAS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO FISCAL 2010

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

IMPUESTO A LAS GANANCIAS SOBRE CUARTA CATEGORÍA: RENTA DEL TRABAJO PERSONAL

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Conceptos alcanzados ƒ Sueldo Bruto ƒ Horas Extras ƒ Vacaciones ƒ Gratificaciones ƒ Sueldo Anual Complementario ƒ Beneficios Sociales

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Conceptos No alcanzados ƒ Asignaciones Familiares. ƒ Indemnización por muerte o incapacidad por accidente o por enfermedad. ƒ Indemnización por antigüedad en caso de despidos. ƒ Retiros Voluntarios con tope en los montos de indemnización por despido.

Deducciones Generales – Procedimiento Especial

¾ La Resolución General 3061/11de la AFIP establece el procedimiento respecto de los montos a considerar en concepto de deducciones personales para el período fiscal 2010. Dicho procedimiento permite el cómputo de deducciones personales con el incremento del 20% establecido por las Resoluciones 2866 Y 2867 . ¾ ¿A qué se debe este procedimiento especial? El incremento establecido por las resoluciones no ha sido ratificada por el Congreso, por lo que el artículo 23 de la Ley de Ganancias continúa con la tabla de deducciones anterior. ¾ Cálculo de la liquidación anual del 2010: Aplican las deducciones del artículo 23 de la Ley de Ganancias. La diferencia que surja con las retenciones efectivamente practicadas durante el 2010 deberá ingresarse junto con la liquidación del período 2011que se ingresa en el 2012, siempre y cuando dicha diferencia surja exclusivamente de la aplicación del artículo 23 de la ley de ganancias. En caso en que la diferencia fuera mayor, el excedente de ésta deberá ingresarse con la liquidación anual del 2010 en el 2011. ¾ Esta liquidación “ Pro Forma” debe efectuarse utilizando el “ PROGRAMA SIMULADOR DE IMPUESTO GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS (TABLAS R.G. 2866)- VERSIÓN “ 1.0” en el que se tomarán los valores de deducciones personales con el 20% de aumento dispuesto por las resoluciones generales 2866 y2867. ¾ La diferencia de impuesto resultante por la aplicación de una tabla y otra se difiere hasta la fecha de vencimiento de las DDJJ del período fiscal 2011 y deberá ser consignada en el programa aplicativo en el campo “Diferencia de impuesto tablas Artículo 23 de la ley /R.G. Nª 2866” de la ventana “Saldo a Pagar / Libre Disponibilidad” de la pantalla “Determinación del saldo del Impuesto a las Ganancias”, del programa aplicativo unificado “ GANACIAS PERSONALES FISICAS-BIENES PERSONALES”.

Programa de Asistencia al Empleado 1

DIFERENCIA MONTO DEDUCCIONES

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

CONCEPTO

Aplicativo RG 2866 y 2867 IMPORTE $

IMPORTE $

9.000,00

10.800,00

1. Cónyuge

10.000,00

12.000,00

2. Hijo

5.000,00

6.000,00

3. Otras Cargas

3.750,00

4.500,00

9.000,00

10.800,00

Deducción especial [art. 23, inc. c): art. 79, incs. a), b) y c)]. 43.200,00

51.840,00

Ganancias no imponibles [art. 23, inc. a)] Deducción por carga de familia [art. 23, inc. b)].

Deducción especial [art. 23, inc. c), primer párr.]. Servicio Doméstico

9.000,00

10.800,00

Gastos Sepelios

996,23

996,23

Primas de Seguros

996,23

996,23

Intereses Hipotecarios

20.000,00

20.000,00

Deducciones Generales : Resoluciones 2866 y 2867 ƒ Intereses por préstamos hipotecarios, ƒ Aportes a fondos de jubilación y pensión a partir del 01-01-01 por compra o ƒ Descuentos con destino a Obras Sociales construcción de casa-habitación (tope $20.000 por año). ƒ Cuotas a Instituciones de cobertura ƒ Corredores y viajantes: Gastos de médica (tope 5% de la ganancia neta) movilidad, representación, viáticos, ƒ Primas de seguro por muerte (tope amortización de rodado o intereses $996,23 por año) por adquisición del mismo. ƒ Gastos de sepelio (tope $996,23 por año) ƒ Descuentos obligatorios establecidos ƒ Donaciones al fisco nacional, provincial por ley. o municipal, instituciones religiosas y ƒ Honorarios por servicios de asistencia asociaciones sin fines de lucro. (tope 5% sanitaria, médica y paramédica. (tope de la ganancia neta) 40% del total facturado, hasta 5% de la ƒ Impuesto sobre débitos y créditos en ganancia neta del ejercicio). cuentas bancarias ƒ Contraprestación por servicios prestados por trabajadores domésticos y aportes y al Régimen especial de Seguridad Social. Tope $ 10.800 por año

Programa de Asistencia al Empleado

2

3

Deducciones personales: Requisitos para la deducción

ƒ Ser residentes en el país, a cargo del contribuyente y no haber obtenido ingresos superiores a $10.800 en el año. ƒ En el caso de hijo/a, hijastro/a, nieto/a, bisnieto/a, yerno, nuera y hermano/a

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hasta los 24 años. Sin límite de edad en caso de incapacidad para trabajar. Î Montos anuales deducibles en el período fiscal 2010: 9 Cónyuge: $12.000 9 Hijo/a e hijastro/a: $6.000 9 Otras cargas: $4.500 (nieto/a, bisnieto/a, abuelo/a, bisabuelo/a, padrastro/madrastra, hermano/a, suegro/a, yerno y nuera). 9 Deducción especial 4ta categoría: $51.840 9 Mínimo no imponible: $10.800

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ƒ Aspectos Formales ƒ Formulario 572

Î El formulario debe ser completado por el empleado y entregado al empleador a efectos de declarar los conceptos susceptibles de detracción del impuesto que influyen sobre la determinación de las retenciones mensuales. El empleador está obligado a conservar y exhibir la documentación respaldatoria, por ende, debe solicitarla. Î Plazos para la presentación: • Al inicio de la relación laboral • Las modificaciones, a los 10 días hábiles de producidas. • En el caso de donaciones, intereses, cuotas médico-asistenciales y deducciones del personal doméstico, la legislación establece un límite en el último día hábil del mes de febrero del año posterior al de la liquidación. Operativamente se contrapone a la confección del formulario 649, por lo tanto, la fecha debería ser pactada entre empleador y empleado. ƒ Formulario 649 - Es responsabilidad del agente de retención. - Confeccionado con los datos que surgen de la liquidación de sueldos y datos declarados en formulario 572 por el empleado - Sigue los lineamientos de liquidación general del impuesto. -Es el saldo de impuesto del año. -Fecha de presentación: Último día hábil del mes de febrero del año siguiente al que se refiere la liquidación. Programa de Asistencia al Empleado

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IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES

Bienes incluidos y exentos:

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BIENES EXENTOS: ƒ Pertenecientes a miembros de

INCLUIDOS:

misiones diplomáticas.

ƒ Inmuebles y obras en construcción

ƒ Cuentas de capitalización e

ƒ Automotores y Aeronaves

individuales correspondientes a los

ƒ Acciones y participaciones en Sociedades

planes de seguro de retiro privado

ƒ Depósitos y créditos en moneda nacional

(controlados por la superintendencia)

o extranjera

ƒ Cuotas sociales de cooperativas

ƒ Objetos de arte, colecciones y

ƒ Bienes inmateriales

antigüedades

ƒ Ciertos inmuebles rurales

ƒ Bienes personales y del hogar ( no

ƒ Títulos, bonos, cedros,

considerados en el monto mínimo)

nacionales, provinciales o

ƒ Otros bienes

municipales ƒ Depósitos en moneda argentina o extranjera, plazos fijos y cajas de ahorro (comprendidas en Ley 21526) ƒ Bienes gravados hasta la suma de $305.000

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Alícuotas

VALOR TOTAL DE LOS BIENES GRAVADOS ƒ Más de $305.000 hasta $ 750.000

Æ

ƒ Más de $750.000 hasta a $2.000.000

Æ

ƒ Más de $2.000.000 a $5.000.000

Æ

ƒ Más de $5.000.000

Æ

Programa de Asistencia al Empleado

ALÍCUOTA APLICABLE 0,50 % 0,75 % 1,00 % 1,25 % 4

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y BIENES PERSONALES AÑO 2010 OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES JURADAS ƒ IMPUESTO A LAS GANACIAS: Empleados que hayan percibido ingresos brutos en relación de dependencia por un monto igual o superior a $ 144.000. ƒ IMPUESTO SOBRE LOS BIENES PERSONALES: Empleados que hayan percibido ingresos en relación de dependencia por un monto igual o superior a $ 96.000. Quienes al 31-12-10 posean bienes que superen $305.000. PASOS PARA LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS 1.

Obtención de la clave fiscal

2.

Instalación de la plataforma para aplicativos (SIAp)

3.

Instalación de programas Aplicativos

4.

Confección de Declaraciones Juradas

5.

Generación de archivos

6.

Envío de archivos por Internet mediante clave fiscal

7.

Obtención del comprobante de envío

8.

Pago de saldo resultante en institución bancaria y por medio de la generación de VEP (Volante Electrónico de Pago)

OBTENCIÓN DE APLICATIVOS Pagina afip.gov.ar – Aplicativos – Impuesto a las Ganancias - Deben obtenerse los siguientes programas: 1- SIAp (Sistema Integrado de Aplicaciones) versión 3.1 release 5 2- Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales versión 11.0 release 2 OTRAS CONSULTAS: Consultas y Respuestas Frecuentes sobre deducciones personales: http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria_nivel5.aspx?id_nivel1=563id_nivel2=567&id_nivel2=&id_n ivel3=659&id_nivel4=860&id_nivel5=1695

Ganancias y Bienes Personales: Personas Físicas - Empleados en Relación de Dependencia http://www.afip.gov.ar/gananciasYBienes/#empleados ABC Consultas y Respuestas IMPUESTO A LAS GANANCIAS http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria.aspx?id_nivel1=563&id_nivel2=567 ABC Consultas y Respuestas IMPUESTO BIENES PERSONALES http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria.aspx?id_nivel1=563&id_nivel2=606 Programa de Asistencia al Empleado

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