EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO (Valladolid)

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO (Valladolid) Plaza Mayor de la Hispanidad, 1 - CP 47400 - Telf. 983 81 10 20 - Fax. 983.81 13 82 - CIF P 47086...
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO (Valladolid) Plaza Mayor de la Hispanidad, 1 - CP 47400 - Telf. 983 81 10 20 - Fax. 983.81 13 82 - CIF P 4708600 D – www.ayto-medinadelcampo.es

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PLIEGO TÉCNICO LIMPIEZA VIARIA 2015

PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES QUE REGIRÁ PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA VIARIA Y LA GESTIÓN DEL PUNTO LIMPIO DE MEDINA DEL CAMPO Y SUS ANEJOS DE RODILANA Y GOMEZNARRO.

I. GENERALIDADES. 1.- OBJETO. Constituye el objeto del presente Pliego: 1.1. La contratación de los servicios de limpieza viaria de esta Villa de Medina del Campo y sus anejos de Rodilana y Gomeznarro, y del conjunto de tratamientos a aplicar sobre calles, plazas, paseos, aceras, jardines, zonas peatonales, etc. con el objetivo de eliminar los riesgos medioambientales y sanitarios que estos suponen, así como el negativo impacto visual que provocan los residuos que se depositan en ellos. 1.2. La gestión y explotación del Centro destinado a la recepción de residuos banales, reciclables, residuos voluminosos y ciertos residuos especiales (Punto Limpio), generados en cantidades dispersas especialmente por particulares y/o pequeños establecimientos comerciales. 2. SERVICIOS OBLIGATORIOS A PRESTAR POR EL ADJUDICATARIO. 2.1. Limpieza Viaria. Comprende la limpieza urbana de los espacios públicos y de sus elementos constituyentes. Se definen como espacios públicos aquellos espacios de dominio y uso público destinados a posibilitar el movimiento de peatones, vehículos. Se incluye igualmente las zonas y elementos de mobiliario urbano cuya conservación y mantenimiento sean de titularidad y competencia municipales. La limpieza del espacio público engloba los trabajos necesarios ordinarios de limpieza para conseguir la salubridad y ornato del espacio público, así como los trabajos necesarios de viabilidad invernal y aquellas otras circunstancias metereológicas excepcionales. Se incluirán como mínimo las labores de : -

Vaciado de todas las papeleras. Limpieza de calzadas y aceras. Limpieza y adecuación del entorno de sistemas de contenerización. Baldeo manual y con medios mecánicos de calzadas y aceras. Limpieza y recogida especial de todos aquellos residuos peligrosos abandonados en espacios urbanos, como son entre otros, aceites y grasas. Limpieza de pasos inferiores, pasarelas, túneles… Limpieza como consecuencia de fenómenos metereológicos. Limpieza de mercadillo dominical. Limpieza cauce río Zapardiel Limpieza área recreativa de las Salinas. Limpieza y recogida de excrementos de animales Página 1

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Limpieza y desbroce de hierbas en cunetas, arcenes y espacios peatones pavimentados. Recogida programada de muebles y enseres una vez por semana, excepto la última semana de mes, que son recogidos por la Mancomunidad Tierras de Medina. Retirado de la vía pública y transporte a vertedero o gestores autorizados de todos los residuos de pequeño o gran tamaño que aparezcan abandonados en la vía pública. Limpieza de ferias, fiestas, botellón y actos públicos.

2.2. Punto Limpio. Sito en el Polígono Industrial, calle Herreros, de 2.986 m2. posee dos accesos; uno para turismos y público en general, y otro reservado a los vehículos de recogida de grandes contenedores. Consta de un edificio administrativo de 30,70 m2., zona de aparcamiento interior para dos vehículos ligeros. Un recorrido perimetral pavimentado para el público alrededor de los contenedores de diferentes usos, materiales y tamaños. Las zonas libres interiores junto a la fachada principal, están tratadas como zonas verdes ajardinadas con riego automático incorporado. El perímetro se complementa con un sistema de señalización. Estos son los tipos de contenedores que pueden utilizarse en la actualidad y el volumen unitario disponible para los usuarios de forma gratuita. Clínicos, 1 contenedor, 100 litros de plástico. Pilas, papeleras 2 uds. de 50 litros de plástico, botón y no botón. Radiografías, 1 contenedor 100 litros de plástico. Ropa usada, 2 contenedores de 350 litros de plástico. Ropa usada, 1 contenedor 2,5 m3. cuadrangular en chapa. Aerosoles, 1 contenedor 350 litros de plástico. Fluorescentes, 1 contenedor, 800 litros de plástico. Cartón, 1 contenedor 2,5 m3. cilíndrico de plástico. Papel, 1 contenedor 2,5 m3. cilíndrico de plástico. Pantallas de televisión y ordenadores, se paletizan. Cartón y papel, 1 contenedor piramidal de chapa, 20 m3. Chatarra, metales y electrodomésticos, 1 contenedor piramidal de chapa 15 m3. Tipo Ros Roca. Escombro, 1 contenedor piramidal de chapa 15 m3. Tipo Ros Roca. Plástico, 1 contenedor piramidal de chapa 15 m3. Tipo Ros Roca. Enseres, 1 contenedor piramidal de chapa 15 m3. Tipo Ros Roca. Vidrio, 2 contenedores de plástico, de 2,5 m3. Cilíndricos. Vidrio, 2 contenedores de plástico de 160 litros. Baterías automoción, 2 contenedores cuadrangulares plástico de 80 litros. Aceite mineral. 1 recipiente circular de acero para aceite y envases, de 1,10 m.Ø y 2,00 m. de altura. Aceite vegetal. 1 recipiente circular de acero para aceite y envases, de 1,10 m.Ø y 2,00 m. de altura. Latas, botes, envases de chapa pequeños, 2 contenedor de 2,5 m3. cilíndricos de plástico. Depósito de edificio administrativo, se almacenan objetos no catalogados anteriormente pero sí admitidos. Una empresa colaboradora dispone dentro de las instalaciones del Centro, de un contenedor alquilado a la empresa adjudicataria actual, de 20 m3 para la recogida selectiva de madera, que ellos retiran.

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En el Centro de Recogida Selectiva se aceptan, al menos, los siguientes tipos de residuos; entre paréntesis figuran las cantidades máximas de cada tipo de residuos que pueden ser entregadas en un día por un particular o un pequeño establecimiento comercial: a) Residuos banales. - Vidrio. - Papel y cartón. - Metales: aluminio, hierro, cobre, bronce, inoxidables, etc. - Plásticos. - Madera (60 kg. o un mueble por día) - Otros residuos banales. b) Residuos voluminosos. - Electrodomésticos (2 unidades por día). - Muebles. - Colchones. - Somieres. - Cajas. - Marcos y puertas. - Escombros o cualquier otro tipo de material procedente de pequeñas obras domésticas, hasta un máximo de 60 kg. por día. - Otros residuos voluminosos. No se aceptan: - Neumáticos. - Recipientes voluminosos (por ejemplo, bidones de 200 litros) que hayan contenido materias tóxicas peligrosas. c) Residuos especiales de origen doméstico. - Aceite usado de cárter (10 litros por día). - Aceite vegetal - Baterías de automóvil (2 unidades por día). - Pilas, alcalinas y de botón. - Medicamentos: sólo se aceptarán medicamentos en estado sólido (grageas, supositorios, etc.) o pastosos dentro de su estado natural de venta (pomadas). Cantidad máxima de 5 kg. por día. - Sprays (10 unidades por día). - Radiografías. - Tubos fluorescentes (13 unidades por día), bombillas de incandescencia, alógenas, mezcla, vapor sodio o mercurio. - Envases vacíos de plástico procedentes del hogar de contenido menor de 50 litros. - Envases vacíos metálicos procedentes del hogar de contenido menor de 50 litros. - Pantallas de TV y ordenador. - Lámparas de vapor de mercurio, etc. - Filtros. No se aceptan: - Residuos tóxicos y peligrosos incluidos en el anexo de la Ley 10/1998, de 21 de Abril de 1998 y no relacionados con el apartado anterior. - Residuos hospitalarios y clínicos infecciosos. - Residuos radiactivos. - Neumáticos de todo tipo - Residuos no identificables "in situ". La empresa adjudicataria deberá llevar a cabo todas las actividades necesarias para la puesta en marcha y la presentación del servicio del propio Centro de Recogida Selectiva, de acuerdo con los siguientes apartados: Página 3

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a) Medios técnicos y humanos. La empresa adjudicataria dispondrá de todos los medios técnicos y humanos necesarios para llevar a cabo las operaciones de carga, descarga, clasificación y transporte de los residuos a los distintos centros de tratamiento. En el caso de encontrar residuos no peligrosos a las puertas del Centro se encargarán de su recogida y clasificación. b) Información pública. La Empresa adjudicataria se encargará de informar al público de las actividades del mismo mediante reparto de hojas informativas en las que se expliquen las características del Centro con las prestaciones que ofrece al usuario. Atenderá las visitas guiadas que, procedentes de colegios e instituciones sin ánimo de lucro deseen conocer el funcionamiento del centro. La Empresa se encargará de facilitar a los usuarios, en todo momento, las operaciones de vertido de los residuos en los contenedores dispuestos al efecto, así como del control del tipo de residuos que ellos depositan. c) Horario de servicio. El Centro deberá estar abierto al público un total de 38 horas a la semana como mínimo, con la distribución siguiente: de lunes a viernes, desde las 10:00 h. hasta las 14:00 h. y desde las 16:00 h. a 19:00 horas. los sábados de 10:00 a 13:00 horas. d) Elaboración de información estadística. Durante la explotación del Centro, la empresa adjudicataria deberá llevar un registro informatizado de todos los datos referentes a la explotación que se consideren de interés: - Número de visitas diarias. - Aportación de residuos por visita, según la clasificación propuesta por el adjudicatario. - Destino de los residuos, justificando su entrada en planta de tratamiento, recuperación, vertedero, escombrera, etc. - Incidencias destacables. - Otros datos de interés para la planificación de futuras actuaciones. - Con periodicidad mensual, la empresa elaborará un informe informatizado en el que se haga un balance de los datos de explotación más significativos, incluyendo la evolución de los esfuerzos de reciclaje, que remitirá a los Servicios Técnicos Municipales de Coordinación de Servicios. - Del mismo modo, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y su Dirección General de Infraestructuras Ambientales, por parte del contratista, se enviará a este Ayuntamiento, estadística anual de recogidas, según cuadro adjunto del Anexo I, dentro del primer trimestre del año siguiente. e) Control y destino de los residuos. La empresa adjudicataria será gestor y reciclador de residuos, contando con la preceptiva autorización de la Junta de Castilla y León para todo tipo de residuos que gestione el Centro. Igualmente, poseerá contratos por convenio o acuerdos con aquellos gestores a quienes se entreguen los residuos. Se encontrarán en vigor en todo momento El control del destino dado a los residuos almacenados en las instalaciones será responsabilidad del gestor del Punto Limpio, que en todo caso cumplirá las siguientes condiciones. - Los residuos se transferirán al Centro de Transferencia Autorizado o se entregarán a los diferentes gestores autorizado para su transporte, tratamiento, valorización o eliminación. - En las instalaciones del Punto Limpio se dispondrá de los justificantes de entrega de residuos, debidamente cumplimentados. Estarán a disposición del Ayuntamiento. f) Mantenimiento y Conservación. Durante el período de explotación, la Empresa adjudicataria se responsabilizará tanto del mantenimiento de las instalaciones fijadas, jardinería incluida, como de todos los contenedores existentes y de su reposición, evitando en todo momento que se pueda deteriorar el funcionamiento del Centro.

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Al vencimiento del período de adjudicación de la explotación del Centro, la empresa adjudicataria deberá hacer entrega de las instalaciones al Ayuntamiento en perfectas condiciones de conservación y funcionamiento. La empresa adjudicataria se encargará de todas las gestiones para conseguir las licencias y permisos necesarios para la explotación del Centro. El Ayuntamiento podrá en cualquier momento realizar las funciones de inspección y control de las instalaciones y del funcionamiento del Centro, así como el destino final de los residuos recogidos. La empresa adjudicataria está obligada a facilitar estas funciones de inspección, así como a aportar cuantos datos y documentación le sean requeridos. 3. OBLIGACIONES DE CONTRATISTA. Serán por cuenta del adjudicatario: 3.1. La disposición y prestación del material móvil y de los medios mecánicos adecuados, en número y calidad suficientes para garantizar la mejor ejecución de los servicios que se describen, así como su conservación ordinaria y extraordinaria. 3.2. La aportación del personal necesario para su realización. 3.3. La aportación de los locales idóneos para la ubicación física de los medios humanos y materiales. 3.4. Los medios materiales para la prestación de los servicios que presente el adjudicatario, podrán serán usados o de nueva adquisición. 4. DIRECCIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRABAJOS. 4.1. La dirección inmediata de los servicios corresponderá al Encargado/a de la empresa adjudicataria con residencia obligatoria en el municipio. 4.2. El contratista queda obligado a exhibir cuantos documentos sean necesarios para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones, en especial las relativas a seguros sociales, accidentes de trabajo pólizas de seguro de las instalaciones que vayan encaminadas a evitar la responsabilidad civil subsidiaria por parte del Ayuntamiento. 4.3. El adjudicatario queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata, le sean ordenados por los Servicios Técnicos Municipales.

II. ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS. 5. NIVELES DE LIMPIEZA Se definen las siguientes frecuencias mínimas de limpieza y de obligado cumplimiento, que serán de aplicación en las diferentes vías, según su estructura: • •

Zona centro: frecuencia de limpiezas diarias, con medios de barrido manual y barrido mecánico. Limpieza de barrios: frecuencia de limpieza de 3 veces por semana, con medios de barrido manual y barrido mecánico. Página 5

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Limpieza de anexos de Rodilana y Gomeznarro: frecuencia de limpieza de una vez por semana Limpieza de Polígonos Industriales: frecuencia de limpieza de una vez por semana, con medios de barrido manual y barrido mecánico., en los que se incluirá el desbroce de maleza existente, así como limpieza de restos y residuos. Limpieza cauce río Zapardiel: con una frecuencia de limpieza mensual. Limpieza de área recreativa de las Salinas: frecuencia de limpieza de dos veces por semana (de mayo a septiembre), una vez el resto del año. Limpieza de mercadillo dominical: una vez por semana. Recogida de enseres: frecuencia de limpieza de una vez por semana, excepto la última semana de cada mes. Limpieza de domingos y festivos: se intensificará la limpieza los fines de semana y festivos en aquellas zonas dónde el tránsito de peatones es continuo, dónde suele haber gran actividad o concentración de personas, en las zonas de ocio y diversión juvenil, o en aquellos espacios públicos que la empresa licitante considere oportuno.

6. PROCEDIMIENTOS, GESTIÓN Y SISTEMAS DE LIMPIEZA. 6.1. Se pretende en los siguientes artículos definir de una forma general, los procedimientos y sistemas de limpieza para cada uno de los servicios objeto del concurso, 6.2. Se podrá especial interés en la limpieza del centro histórico y monumental, donde se encuentra el área monumental, los servicios administrativos y la mayor parte del comercio de la Villa, lo que supone una mayor presencia de ciudadanos y un mayor nivel de ensuciamiento. 6.3. El grado de limpieza será el más idóneo en cada zona, eliminando todos los productos y residuos de las aceras, calzadas, paseos, plazas, etc. que tengan el carácter de uso público. 6.4. Todos los residuos procedentes de las actividades del pliego, no podrán ser depositados en los contenedores de R.S.U. propiedad de la Mancomunidad “Tierras de Medina”, administradora de los mismos. 6.5 Todos los residuos recogidos, serán transportados hasta un centro o punto que determine el Ayuntamiento, siendo a cargo del adjudicatario, los costes que origine este servicio.

7. BARRIDO MANUAL DE ACERAS Y/O CALZADAS. Esta modalidad de limpieza tratará de eliminar la totalidad de los residuos que se encuentran en las vías urbanas tanto en la calzada como en acerado mediante medios manuales ya sea con escobas o cepillos y recogedores con su correspondiente carrito portacubos, soplador, bolsas y útiles de limpieza o maquinaria equivalente. Es importante que estas operaciones se realicen con total detalle, prestando el operario máxima atención en bordillos y recodos del acerado donde siempre se acumula suciedad. Se limpiarán plazas y espacios urbanos abiertos, incluyendo alcorques del acerado y pequeños parterres y setos si los hubiera. También se eliminarán pequeñas hierbas y matojos de calzadas y aceras. Todas las papeleras del recorrido quedarán vacías de residuos y los espacios próximos a ellas deberán quedar limpios de papeles y desperdicios. Se prestará especial atención a:

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Las proximidades de contenedores de recogida de RSU o islas de contenedores de RSU, en los que siempre se acumula restos de desperdicios. Cuando hubiera residuos depositados fuera de los contenedores, siempre que fuera posible por su naturaleza, volumen o cantidad, serán recogidos y depositados selectivamente en el interior de los mismos. La recogida y retirada de cualquier tipo de residuos de la superficie de las rejillas, imbornales y sumideros. La recogida de excrementos caninos y otros elementos espúreos que se encuentren en la vía pública. La recogida de las hojas de los árboles que se depositan sobre el acerado o calzada de la vía pública.

. Los equipos a utilizar deberán contar, al menos, de: mañanas de lunes a sábados cinco peones y cinco carros portacubos. De tardes de lunes a sábado un barrido de mantenimiento con 1 peón y un carro portacubos. Mañanas y tardes de domingos y festivos dos peones y dos carros portacubos. 8. BARRIDO MECÁNICO DE CALZADAS. 8.1. Se trata de una operación a realizar mecánicamente con el objetivo de eliminar los desperdicios y residuos acumulados en las zonas de las calzadas próximas a los bordillos en un ancho mínimo de 1,5 m. 8.2. Se utilizarán para ellos máquinas barredoras recogedoras de aspiración y/o de arrastre, provistas de los correspondientes sistemas automáticos de humectación para evitar la formación de polvo. 8.3. Se tendrán en cuenta ayudas periódicas que se puedan realizar. 8.4. Se aplicará preferiblemente en: • Vías de acceso al municipio y que soporten un importante tráfico rodado. • Calzadas libres de estacionamiento o con estacionamiento unilateral. • Zonas peatonales que permitan el tratamiento mecánico. . 8.5. Los equipos a utilizar deberán contar al menos de lunes a domingos, de un conductor, un peón soplador y una barredora de aceras. 8.6. Los aparatos, herramientas y máquinas utilizadas en la realización del servicio, cumplirán con lo especificado en la vigente ordenanza municipal de ruidos. 9. BARRIDO MECÁNICO DE ACERAS. 9.1. Esta operación consiste en el barrido, mediante la utilización de máquinas especiales, de las aceras existentes en la vía pública recogiendo y eliminando todos los residuos, desperdicios, polvo, etc., que aparezcan. Las máquinas a utilizar deberán ir provistas de sistemas de humectación para eliminar la formación de polvo, y serán de gran maniobrabilidad en razón de sus condiciones especiales de trabajo y de sistemas de aspiración con manguera exterior. 9.2. Tenderá a aplicarse en: • Aceras y paseos, cuyo ancho permita el paso de las máquinas. • Zonas peatonales. • Alcorques 9.3. Los equipos a utilizar deberán contar al menos de lunes a domingos de un conductor, un peón soplador y una barredora de aceras.

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10. PROCEDIMIENTOS DE BALDEO a) Baldeo Manual: El objetivo de esta modalidad de limpieza es, que zonas de la vía pública con obstáculos al barrido manual o mecanizado, puedan ser limpiadas con agua a presión de red y escoba. Esta operación consigue también la eliminación de malos olores por la acumulación de residuos orgánicos y orines de animales y personas (En estas zonas se empleará a demás del agua de baldeo, detergentes y desinfectantes adecuados a cargo del adjudicatario). Cada equipo de baldeo estará dotado de sistemas para lanzar agua a presión y adecuada para su utilización en zonas de difícil acceso y tomará agua de la red municipal. La limpieza terminará con una operación de barrido que recogerá todo lo acumulado con el agua a presión. Si fuere necesario, este baldeo se complementará con un equipo de cepillado profundo del pavimento con detergente neutro, que actuará como paso previo o complementario a la operación de baldeo. En las épocas de carestía de agua, el baldeo (manual o mecánico) seguirá las instrucciones que a tal efecto marque el Ayuntamiento para ello. b) Baldeo Mecánico de Acerados y Calzadas: En este procedimiento de baldeo se emplearán medios mecánicos adecuados al trabajo y preparados para lanzar agua a presión con los mecanismos necesarios. Debido a que la unidad está en constante movimiento sobre la calzada, tomará agua de los puntos autorizados por el Ayuntamiento. La unidad deberá ser de dimensiones adecuadas a las zonas a tratar, de gran maniobrabilidad y bajo nivel sonoro. Deberá incluir todos los accesorios necesarios para la toma de agua y tratamiento de los acerados con agua a presión. c) Equipos y frecuencia de baldeos: se establece un mínimo de 3 baldeos semanales, con un equipo de conductor y peón, durante los meses de mayo a septiembre. 11. LIMPIEZA, MANTENIMIENTO Y VACIADO DE PAPELERAS. 11.1. Es objeto de este concurso el vaciado de todas las papeleras existentes y futuras, instaladas en el término municipal de esta Villa y sus anejos de Rodilana y Gomeznarro, que deberá estar por encima de las 900 unidades. 11.2 Esta operación ha de ser realizada por los equipos de barrido manual con una frecuencia igual a la que presten estos equipos en las zonas donde actúan. Diariamente, y en zonas de alto uso o por ferias o mercados dos veces al día. Se pondrá interés especial en todas las que llevan al Polideportivo Pablo Cáceres-Hospital Comarcal, zona centro y vías principales. 11.3. No se admitirá el vaciado de las papeleras a la calzada para su admisión por las máquinas barredoras. 11.4. Se incluye dentro de este servicio la limpieza exterior e interior mensual de las papeleras, e incluso la retirada de pegatinas, pintadas o similares que se fijen en las mismas y que no estén autorizadas. 11.5. Para todas estas tareas, se cumplirá inflexible y rigurosamente lo dispuesto en el Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo, dado que su contenido, si es manipulado inadecuadamente, puede causar daño grave a las personas que ejecuten el servicio. 11.6. Dada la peculiaridad y sensibilidad de la Villa, es obligatoria la colocación de bolsa de polietileno que faciliten su limpieza. Página 8

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11.7. La contrata dispondrá de un plazo de cuarenta y ocho horas para reducir los problemas que puedan presentarse; papeleras rotas o en mal estado, uso indebido con otro tipo de restos, avisos que se reciban de los ciudadanos, etc. 11.8. La colocación de nuevas papeleras corresponderá al Ayuntamiento, y serán instaladas en los lugares que proponga el Ayuntamiento, ya sea por decisión propia, por peticiones atendida de los ciudadanos o por peticiones de la empresa adjudicataria. 12. LIMPIEZAS EN FERIAS, FIESTAS Y ACTOS PUBLICOS •







Se pretende con estos servicios, atender las necesidades de limpieza de las zonas donde se realicen celebraciones, que conlleven acumulaciones de residuos por los motivos enumerados en el titulado del artículo. Los tratamientos a realizar dependerán esencialmente del tipo de celebración que se lleve a cabo y los medios necesarios podrán estar constituidos por barrios manuales y/o mecánicos, así como también por baldeos manuales y/o mecánicos. Se organizarán servicios de limpieza extra de refuerzo sin cargo adicional, para los siguientes actos y ferias en los que se incluyen: Ferias y Fiestas, Toro del Cajón, Feria Renacentista, Fiestas Patronales de San Antolín…….. El refuerzo constará de un equipo de 1 conductor y 5 peones, con una barredora y 5 portacubos.

13. LIMPIEZA MERCADILLOS DOMINICALES, DE LOS EXTERIORES DE LAS REALES CARNICERÍAS, Y DEL ÁREA RECREATIVA DE LAS SALINAS. 13.1. En esta Villa, se celebran todos los domingos del año dos mercadillos en dos ubicaciones distintas; en las inmediaciones de la Plaza de Toros, con la excepción de dos domingos al año coincidentes con las fiestas patronales por colocación del Real de la Feria, y en las inmediaciones de las Reales Carnicerías. En estas zonas se debe comenzar a limpiar al finalizar el tiempo de venta, sobre las 14:00 horas. Deberán estar limpias a las 18:00 horas como máximo. 13.2. Del mismo modo, en el Área Recreativa de Las Salinas de la carretera a Velascálvaro, km. 4,500, existen instalaciones de uso público con instalaciones infantiles, mesas, bancos, etc. que debe ser limpiado de mayo a septiembre, dos veces por semana y una por semana el resto del año. 14. LIMPIEZA DEL CAUCE DEL RÍO ZAPARDIEL. Se deberá realizar una limpieza del cauce del río Zapardiel en el tramo urbano, con una frecuencia mensual. 15. RECOGIDA DE ENSERES. Consiste este servicio en la recogida de enseres domésticos depositados en la vía pública . Este servicio se realizará al menos una vez por semana. No obstante, se velará por la empresa adjudicataria que no existan depositados enseres a lo largo de la semana, retirando de forma inmediata los enseres depositados en la vía pública.

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16. SERVICIOS PERIÓDICOS Y/O TEMPORALES. 16.1. Trabajos a realizar en caso de nevadas o fuertes heladas. En caso de producirse nevadas o fuertes heladas, los servicios a realizar y el ámbito, así como el resto de determinaciones, serán los que establezcan los servicios técnicos del Ayuntamiento. En líneas generales, se dirigirán los trabajos a la apertura de sendas a pasos de peatones y aceras, apertura de reatas junto a los bordillos, etc. Para facilitar la circulación de vehículos y evitar en lo posible accidente, se procederá al tendido o echado de sal en calles con pendientes muy pronunciadas, (Bravo, Cerradilla, pasos inferiores, accesos a la autovía, etc.). Se actuará de inmediato para facilitar el acceso a edificios públicos, asistenciales, educativos, etc. 16.2. Actuación en casos de emergencia y cualquier otra situación excepcional. Se refiere a los trabajo a realizar en el supuesto de producirse catástrofes o hechos similares. El adjudicatario pondrá en estos casos a disposición del Servicio Municipal de Protección Civil, la totalidad de los medios que el Ayuntamiento considere oportunos, dentro de los que figuran en la oferta. 16.3 Servicios de limpieza de acción inmediata. Por parte del adjudicatario se dispondrá de los efectivos necesarios para la realización de los servicios de limpieza de acción inmediata: servicios solicitados a la contrata por requerimiento de los servicios municipales, policía local, bomberos o bien por el propio personal de la contrata, para atender en cualquier momento de las 24 horas del día situaciones de limpieza y recogida de residuos excepcionales e imprevisibles derivadas, entre otros, de los siguientes sucesos: -

Accidentes de tráfico. Limpieza de calzadas por derrames de aceites, carburantes y otros elementos contaminantes. Retirada de animales muertos de la vía pública. Otras incidencias.

Los servicios de limpieza actuarán coordinadamente y bajo la supervisión de los Servicios Técnicos Municipales. El ayuntamiento podrá disponer de otros medios auxiliares propios o externos para solventar la situación. La realización de estos servicios no implicará el abandono o no prestación de los servicios ordinarios. Estos equipos actuarán con la máxima celeridad una vez comunicada o detectada la incidencia. III. PERSONAL, MATERIALES E INSTALACIONES FIJAS. 17. PERSONAL. 17.1. Al frente de los servicios figurará un/a responsable de servicio suficientemente capacitado/a, con los poderes necesarios para ejecutar lo contratado y cumplir órdenes que le sean dadas por el Ayuntamiento, con residencia en Medina del Campo. 17.2. Subrogación de los contratos de trabajo: El adjudicatario estará a lo que disponga la legislación laboral al respecto. Se acompaña en el Anexo I. Página 10

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17.3. Todo el personal será sometido a las correspondientes revisiones médicas, debiéndose atender la empresa, a las normas dictadas por las autoridades laborales competentes en esta materia. 17.4. El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, laboral ni de cualquier otra índole con el personal de la empresa adjudicataria, durante el plazo de vigencia del contrato. 17.5. El adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en la prestación del servicio contratado, así como exigirá a toda empresa que colabore a sus órdenes el cumplimiento de este requisito. 17.6. El adjudicatario se compromete a cumplir las leyes relativas a Seguridad Social, seguros obligatorios, accidentes de trabajo, subsidio familiar, seguro de enfermedad, ordenanza general de seguridad e higiene en el trabajo y cualquier otra que pudiera afectarle. 17.7. En ningún caso, podrán exigirse responsabilidades al Ayuntamiento por incumplimiento de las anteriores obligaciones por parte del adjudicatario. 17.8. El adjudicatario deberá tener cubiertos los riesgos que, por cualquier causa puedan surgir en el desarrollo del contrato, sin que en ningún caso pueda exigirse responsabilidad alguna al Ayuntamiento. 17.9. Todo el personal adscrito a los servicios deberá ir perfectamente uniformado. Estando a lo que dispongan las normas o convenios laborales, para las prendas obligatorias. Cada licitador deberá presentar una relación detallada de las prendas de vestuario. 17.10. Todo el personal de la empresa adjudicataria que preste servicio deberá estar perfectamente identificable. El que realice trabajos durante la noche deberá disponer del material de protección personal reglamentario. 17.11. Del desaseo, falta de decoro o de uniformidad en el vestir, y de la descortesía o mal trato que el personal tenga con los vecinos, será responsable el adjudicatario. 17.12. Los salarios mínimos a aplicar serán los establecidos en los convenios colectivos de aplicación a este contrato. 17.13 Se estará en todo momento al cumplimiento estricto de la Ordenanza Municipal de Ruidos actualmente en vigor. 18.- MATERIAL MOVIL: MAQUINARIAS Y VEHÍCULOS 18.1. El adjudicatario deberá aportar todo el material, incluido carburante, que resulte necesario para proceder a la prestación de los servicios que se le adjudiquen., debiendo estar al día en la inspección técnica de vehículos, en los casos que sea preceptivo con sus correspondientes seguros. Para la realización del servicio, la empresa adjudicataria, dispondrá en sus almacenes, en uso, y en todo momento en esta Villa del siguiente material: Un mínimo de dos unidades de barredoras afectas al servicio diario. Tantos vehículos de caja abierta del tipo Piaggo Porter, Daihatsu Atrai, Perodua Rusa, Toyota Sparky, Extol Daihatsu, o similares que se consideren necesarios para todas las labores de apoyo a las tareas contratadas. Los necesarios carros portacubos manuales con sus aditamentos. Un vehículo para la retirada en enseres y voluminosos con grúa. Un vehículo baldeador para las tareas descritas en el punto 13. Contenedores de acero de 4 a 15 m3. para residuos. Sopladores. Vehículos autorizados para la gestión y el transporte de residuos procedentes del Punto Limpio. Un vehículo recolector para la retirada de contenedores, tipo ampliroll o multi-benne. Página 11

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La tecnología necesaria; vehículos, máquinas, herramientas, productos químicos, etc. para la eliminación y el tratamientos de pintadas. 18.2. En todo momento el contratista deberá tener en funcionamiento el material necesario para prestar los servicios por lo que dispondrá de los equipos de reserva que considere oportunos. 18.3. Para los servicios que se realicen en jornada nocturna, tendrá preferencia el material que produzca menos ruido, a igualdad de rendimiento, debiendo en todo caso cumplir la normativa vigente al respecto. 18.4. Para la vigilancia de sus trabajos, el adjudicatario deberá disponer de aquellos vehículos que juzgue necesarios para lograr una mayor eficacia. 18.5. Todos los vehículos que trabajen en la vía pública deberán ser perfectamente visibles. Aquellos que realicen trabajos nocturnos, dispondrán de la señalización precisa. 18.6 Los vehículos vendrán pintados de acuerdo con el diseño y los logotipos que establezca el Ayuntamiento. 18.7. El material ofertado será descrito minuciosamente con aportación de croquis, planos, fotografías, etc., a fin de obtener el mejor conocimiento posible del mismo. 18.8. El adjudicatario estará obligado a presentar un plan de mantenimiento preventivo de todo el material destinado a este contrato, indicando las operaciones relativas a engrases, revisiones, operaciones periódicas, etc., que haya de realizar. 18.9. El agua empleada para la prestación de los servicios que se oferten, con excepción de la utilizada en los locales empleados como oficinas, garajes, talleres, etc., será suministrada por el Ayuntamiento sin cargo alguno para la adjudicataria. 19.- INSTALACIONES FIJAS. El adjudicatario dispondrá en el término municipal o sus alrededores de instalaciones fijas para la ubicación del personal y equipos como centro de trabajo, que deberán cumplir con la reglamentación vigente y las correspondientes licencias municipales de actividad y apertura, siendo de su cuenta todos los gastos de adaptación que los mismos precisen, así como los de funcionamiento, tasas por licencias, etc. Caso de que a la hora de presentar la oferta no los tuviese, deberá comprometerse a disponer de ellos en el momento de comenzar la prestación del servicio y de la puesta en marcha del contrato correspondiente. Se consideran instalaciones fijas, los garajes, talleres, almacenes, oficinas, centros de concentración de personal, etc., que sirvan para la estancia y mantenimiento del material y para la concentración y distribución del personal, incluidas las instalaciones auxiliares (aseos, vestuarios, etc.), según lo dispuesto en la reglamentación vigente de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Es obligación del adjudicatario mantener la totalidad de los elementos que componen las instalaciones fijas en perfecto estado de conservación y limpieza, realizando como mínimo las siguientes operaciones: - Limpieza diaria de la totalidad de las dependencias. - Desinfección de las mismas. Independientemente del control municipal, la vigilancia de las instalaciones fijas, municipales o no, será responsabilidad del contratista, debiendo disponer de los elementos necesarios para una seguridad total de las instalaciones de forma permanente. 20. GESTION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS Todos los residuos recogidos serán transportados hasta un centro o punto que determine el Ayuntamiento, a cargo del adjudicatario.

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21. VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato será de gestión de servicios públicos y su periodo de vigencia será de cinco meses, a contar desde la fecha de la firma del contrato. 22. PRESUPUESTO DEL SERVICIO. El presupuesto que el Ayuntamiento destina al servicio de limpieza viaria y la gestión del punto limpio, es de 200.000 € más el iva correspondiente. . Medina del Campo a 6 de mayo de 2015 La Coordinadora de Servicios, Fdo.: Belén Hernández Hernaiz.

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ANEXO I. SUBROGACIONES. TRABAJADOR/RA

CATEGORIA

FECHA

JORNADA

PROFESIONAL

ANTIGÜEDAD

LABORAL

1

CONDUCTOR

02/08/2004

37,5 h. semana

2

PEON

18/10/2004

37,5 h. semana

3

PEON

12/10/2014

20 h semana

4

CONDUCTOR

03/12/2012

37,5 h semana

5

PEON

01/02/2007

37,5 h. semana

6

PEON

22/01/2007

37,5 h. semana

7

PEON

01/02/2007

37,5 h. semana

8

PEON

25/06/2008

37,5 h. semana

9

CONDUCTOR

03/12/2012

37,5 h semana

10

ENCARGADO

29/10/2012

37,5 semana

11

PEÓN PUNTO LIMPIO

09/04/2007

37,5 h. semana

ANEXO. II CÓDIGOS LER. FORMULARIO A RELLENAR ANUALMENTE EN PUNTO LIMPIO Cantidad de Tm/año, litros/año, Código LER RESIDUOS uds. etc. 200135 Electrodomésticos: Lavadoras: 200123 Frigoríficos: Otros: 200135 Equipos electrónicos: Televisores: Videos: Teléfonos: Cámaras: Ordenadores: Otros: 150107 Envases: Vidrio: 150104 Metales: 150102 Plásticos: 150105 Brick: 150101 Papel cartón: 200140 Metales: Hierro: Acero: Aluminio: Otros: 200101 Papel y cartón: 200102 Vidrio: 200110 Ropa usada: 200307 Hogar: Muebles: Colchones: Somieres: Puertas: Otros: 200125 Aceites Usados: Cocina: 200126 Motores: Obras pequeñas en el 170201 hogar: Madera: 170106 Escombros: 170201 Puertas y marcos: 170103 Sanitarios: Otros: Página 14

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LISTA EUROPEA DE RESIDUOS Código LER (antiguo CER). Este código de 6 dígitos, procedente de la Lista Europea de Residuos, que está transpuesta al ordenamiento jurídico español por la Orden MAM/304/2002, identifica tanto los residuos peligrosos como los no peligrosos. Residuos municipales (Residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones), incluidas las fracciones recogidas selectivamente. (*) Residuo Peligroso. Códigos LER correspondientes a residuos municipales. 20

Residuos municipales [residuos domésticos y residuos asimilables procedentes de los comercios, industrias e instituciones], incluidas las fracciones recogidas selectivamente.

20 01

Fracciones recogidas selectivamente [excepto las especificadas en el subcapítulo 15 01].

20 01 01

Papel y cartón.

20 01 02

Vidrio.

20 01 08

Residuos biodegradables de cocinas y restaurantes.

20 01 10

Ropa.

20 01 11

Tejidos.

20 01 13*

Disolventes.

20 01 14*

Ácidos.

20 01 15*

Álcalis.

20 01 17*

Productos fotoquímicos.

20 01 19*

Pesticidas.

20 01 21*

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio.

20 01 23*

Equipos desechados que contienen clorofluorocarbonos.

20 01 25

Aceites y grasas comestibles.

20 01 26*

Aceites y grasas distintos de los especificados en el código 20 01 25.

20 01 27*

Pinturas, tintas, adhesivos y resinas que contienen sustancias peligrosas.

20 01 28

Pinturas, tintas, adhesivos y resinas distintos de los especificados en el código 20 01 27.

20 01 29*

Detergentes que contienen sustancias peligrosas.

20 01 30

Detergentes distintos de los especificados en el código 20 01 29.

20 01 31*

Medicamentos citotóxicos y citostáticos.

20 01 32

Medicamentos distintos de los especificados en el código 20 01 31.

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20 01 33*

Baterías y acumuladores especificados en los códigos 16 06 01, 16 06 02 ó 16 06 03 y baterías y acumuladores sin clasificar que contienen esas baterías.

20 01 34

Baterías y acumuladores distintos de los especificados en el código 20 0133.

20 01 35*

Equipos eléctricos y electrónicos desechados, distintos de los especificados en los códigos 21 01 21 y 20 01 23, que contienen componentes peligrosos [9].

20 01 36

Equipos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados en los códigos 21 01 21, 20 01 23 y 20 01 35.

20 01 37*

Madera que contiene sustancias peligrosas.

20 01 38

Madera distinta de la especificada en el código 20 01 37.

20 01 39

Plásticos.

20 01 40

Metales.

20 01 41

Residuos del deshollinado de chimeneas.

20 01 99

Otras fracciones no especificadas en otra categoría.

20 02

Residuos de parques y jardines (incluidos los residuos de cementerios).

20 02 01

Residuos biodegradables.

20 02 02

Tierra y piedras.

20 02 03

Otros residuos no biodegradables.

20 03

Otros residuos municipales.

20 03 01

Mezclas de residuos municipales.

20 03 02

Residuos de mercados.

20 03 03

Residuos de la limpieza viaria.

20 03 04

Lodos de fosas sépticas.

20 03 06

Residuos de la limpieza de alcantarillas.

20 03 07

Residuos voluminosos.

20 03 99

Residuos municipales no especificados en otra categoría.

Los residuos que aparecen en la lista señalados con un asterisco (*) se consideran residuos peligrosos de conformidad con la Directiva 91/689/CEE sobre residuos peligrosos.

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