EN LA SALUD CON ADULTOS MAYORES

SUBDIRECCIÓN DE COMBATE A LA POBREZA Y ASUNTOS INDÍGENAS DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS SOCIALES REGLAS DE OPERACIÓN PROGRAMA “EN LA SALUD CON ADULTOS MA...
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SUBDIRECCIÓN DE COMBATE A LA POBREZA Y ASUNTOS INDÍGENAS DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS SOCIALES

REGLAS DE OPERACIÓN PROGRAMA

“EN LA SALUD CON ADULTOS MAYORES”

Nigromante 202 Planta Baja, Col. Centro Toluca C.P. 50000 Tels: 213 35 95 y 214 68 91 Ext. 102

SUBDIRECCIÓN DE COMBATE A LA POBREZA Y ASUNTOS INDÍGENAS DEPARTAMENTO DE PROGRAMAS SOCIALES

MARCO JURÍDICO PROGRAMA “EN LA SALUD CON ADULTOS MAYORES” Lic. Martha Hilda González Calderón Presidenta Municipal de Toluca autoriza el presente Manual de Operación del programa denominado ”En la Salud con Adultos Mayores” para el periodo 2013-2015 de la Administración Pública Municipal, con fundamento en el artículo 1 fracción I, II,III,IV.V,VI,VII,VIII y IX, 2, 5 fracción I y VI , 7, 8 y 9 de la Ley General de Desarrollo Social; artículo 19, 122 y 139 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículo 1, 2 fracción I, II, III, IV, V, 3 fracción I, III, IX, XI, artículo 11 de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México; artículo 31 fracción XXI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; artículo 18 fracción I inciso a, b y c, II, artículo 19 fracción I inciso m, artículo 51 fracciones I, II, III y XXI del Bando Municipal de Toluca 2013; artículo 1, 3.2, 3.7, 3.36 fracción I, II, III y IV del Código Reglamentario Municipal.

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INTRODUCCIÓN La pobreza y marginación en nuestro país en la última década se ha incrementado notablemente por diversas causas, lo cual ha generado deficiencias sociales, alimentarias y médicas en la población, sobre todo en las comunidades con mayor índice de marginación, conforme a los estudios practicados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL). Y uno de los sectores más afectados es el de los Adultos Mayores y/o personas con enfermedades crónicas cuyas condiciones de ingresos sean insuficientes. Los Adultos Mayores y/o personas con enfermedades crónicas en condiciones de marginación y de ingreso económico insuficiente que viven en condiciones de pobreza a menudo se ven limitados en cuanto a sus ingresos, por lo anterior descuidan sus necesidades prioritarias inherentes al ser humano como son la salud y la nutrición. Por dichos motivos la Presidenta Municipal de Toluca ha desarrollado políticas públicas encaminadas a coadyuvar al mejoramiento de las condiciones de vida de ciertos grupos vulnerables de la población con un alto grado de marginación y desigualdad en el Municipio con base en los estudios realizados por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), teniendo como referente la necesidad prioritaria de impulsar el desarrollo integral en la población asentada en zonas con altos índices de pobreza, y de esta forma asignar recursos que ayuden a elevar el nivel de vida de las mismas. Por lo anterior, la Presidenta Municipal de Toluca creó la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas, para el manejo de los esquemas de apoyo a los grupos vulnerables en condiciones de pobreza alimentaria y salud tal es el caso del “Programa en la Salud con los Adultos Mayores”.

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2. OBJETIVOS 2.1.- OBJETIVO GENERAL Apoyar a Adultos Mayores y/o personas con enfermedades crónicas que se encuentren en condiciones de marginación y de ingreso económico insuficiente. 2.2.- OBJETIVO ESPECIFICO Coadyuvar el mejoramiento de las condiciones de vida de los Adultos Mayores y/o personas con enfermedades crónicas. 3. L I N E A M I E N T O S 3.1.- COBERTURA El programa atenderá preferentemente a las comunidades con mayor índice de marginación del Municipio de Toluca detectadas por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) y atenderá a Adultos Mayores y/o personas con enfermedades crónicas en condiciones de marginación que habiten en el Municipio de Toluca, el apoyo consiste en vales de despensa por un monto de 486 pesos y serán distribuidos a un total de 1500 beneficiarios en una sola exhibición dividiendo el padrón en dos etapas de entrega, beneficiando a 750 personas por cada una de ellas, lo anterior sujeto a la disponibilidad presupuestal que se asigne al Programa. 3.2.- POBLACIÓN OBJETIVO Los Adultos Mayores y/o personas con enfermedades crónicas que viven en condiciones de marginación que radiquen en las Delegaciones, Subdelegaciones y Sectores del Municipio de Toluca.

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3.3.- CRITERIOS Y REQUISITOS DE SELECCIÓN BENEFICIARIOS

REQUISITOS 1.1 Acreditar su identidad: Entregar copia fotostática y presentar original para ADULTOS MAYORES Y/O cotejo de alguno de los documentos siguientes: PERSONAS CON ENFERMEDADES  Identificación oficial con fotografía CRÓNICAS. 1.2.- Acreditar la edad del beneficiario: Entregar copia fotostática y presentar original para cotejo de alguno de los siguientes documentos:  1.3

Acreditar el padecimiento o enfermedad 

2.HABITAR EN EL MUNICIPIO DE TOLUCA.

Acta de Nacimiento

Diagnostico medico

1.4.- Acreditar su residencia: 

Recibo de pago de energía, agua, teléfono, impuesto predial.

1.5 Requisitar Cédula de Estudio Socioeconómico.

CRITERIOS DE SELECCIÓN 4.1.- Los criterios de selección serán de acuerdo al momento del registro y hasta donde lo permita la disponibilidad presupuestal y se le entregará al beneficiario una ficha foliada y sellada la cual será presentada en la única entrega de su apoyo.

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FORMAS Y MONTOS DE APOYOS

5.1.- APOYO ECONÓMICO DIRECTO: Los beneficiarios recibirán los vales de despensa en una sola exhibición, en las oficinas de la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas o bien en lugar que los representantes del programa estipulen. Las actividades inherentes a la entrega de vales, serán realizadas por el personal adscrito a la dirección de desarrollo social. 6. DERECHOS, OBLIGACIONES Y SUSPENSIÓN DE LOS BENEFICIARIOS

6.1.- DERECHOS: a) Los beneficiarios recibirán por parte del H. Ayuntamiento la información necesaria en forma clara, precisa y oportuna, para participar en el programa. b) Los beneficiarios recibirán un trato digno, respetuoso, oportuno con calidad y sin discriminación alguna, por parte del personal adscrito a la dirección de desarrollo social. c) Los beneficiarios tienen derecho a que sus datos personales se mantengan en reserva y privacidad. d) En caso de resultar favorecido con el programa contara con el apoyo a partir de la fecha establecida en la convocatoria.

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6.2.- OBLIGACIONES: a) Proporcionar, bajo protesta de decir verdad la información que se le requiera de acuerdo a estas reglas y sus anexos. b) Actualizar sus datos, cuando se le requiera por parte de la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas coadyuvando para tal fin, las Autoridades Auxiliares Municipales. c) No hacer uso indebido del programa.

6.3.- SUSPENSIÓN DE LOS BENEFICIOS Se suspenderán los apoyos a los beneficiarios que no cumplan con alguna de las obligaciones estipuladas en el numeral 6.2. 7. MECÁNICA OPERATIVA 7.1.- PROMOCIÓN DEL PROGRAMA El H. Ayuntamiento de Toluca a través de la Dirección de Desarrollo Social, será la encargada de realizar la promoción del programa, dando a conocer las acciones a realizar en coordinación con las Autoridades Auxiliares. Con base a las estimaciones presupuestales se determinará el número de beneficiarios, así como los periodos de incorporación; en coordinación con las Autoridades Auxiliares Municipales, la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas, quien mantendrá informada la población en cuanto a la fecha, hora y lugar donde se instalarán los módulos de atención en caso de ser necesario. 7.2.- OPERACIÓN DEL PROGRAMA La Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas será la encargada de la operación, administración y ejecución de los recursos de acuerdo con las bases de la convocatoria emitida para el programa.

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7.3.- PROCESO DE ATENCIÓN Con la finalidad de brindar una adecuada atención, el registro al Programa se realizará en la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas. La Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas será la encargada de informar y comunicar a la población beneficiaria, así mismo será quien haga entrega de los apoyos. La cobertura del programa estará sujeta a la disponibilidad presupuestal, con un criterio de prioridad basado en el grado de marginalidad promedio de cada zona. 7.4.- REGISTRO DE PETICIONARIOS Los adultos mayores de 60 años y/o personas con enfermedades crónicas interesados en recibir los apoyos deberán acudir a las oficinas de registro a solicitar la incorporación personalmente al Programa mediante el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 3.3 de estas reglas de operación. En caso de que falte algún requisito al peticionario, el personal encargado le informará de manera verbal dicha omisión, por tanto su incorporación se realizará hasta que cumpla los requisitos. Si los posibles beneficiarios cumplen con los criterios y requisitos el personal encargado integrará documentación y llenará la cédula de estudio socioeconómico con la información que proporcione la beneficiaria. (Anexo 1). La información del estado de su solicitud se dará a conocer a través de listados disponibles en las oficinas de la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas.

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Los listados contendrán el nombre de las personas que cumplan con los criterios y que han sido incorporadas al programa. La incorporación estará sujeta a las vacantes y disponibilidad presupuestal. En todos los casos los interesados deberán darle seguimiento a su solicitud para ingresar al Programa.

7.5 SISTEMATIZACIÓN E INTEGRACIÓN BENEFICIARIOS

DE LA INFORMACIÓN A LOS

La Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas integrará en carpetas físicas y/o electrónicas dentro del sistema de información adaptado para el efecto.

7.6

ENTREGA DE LOS APOYOS

El beneficiario deberá acudir a la mesa de atención a recibir su apoyo conforme al siguiente procedimiento. La entrega del apoyo lo recibirá presentando el vale llenado con sus datos personales, así como copia de su identificación oficial con fotografía. En caso de enfermedad o discapacidad permanente, el personal de la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas podrá realizar visitas al domicilio del beneficiario para la entrega del apoyo.

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8. SUSPENSIÓN DEL BENEFICIO 8.1.- POR TIEMPO INDEFINIDO Se suspenderá la entrega de los apoyos del Programa por tiempo indefinido a los beneficiarios que: a) Cambien de residencia a una localidad que no se encuentre dentro de la cobertura del Programa. b) No acudan por su apoyo 8.2 BAJA EN EL PADRÓN ACTIVO DE BENEFICIARIOS Se dará de baja en el padrón activo de beneficiarios en los siguientes casos: a) Por defunción del beneficiario. b) Por renuncia voluntaria del beneficiario, notificando a la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas, en la cual debe especificar la siguiente información:       

Fecha Nombre completo Folio de beneficiario Domicilio Nombre de la localidad Motivo de la renuncia Firma o huella

c) No acudan a recibir su apoyo. 9. GASTOS DE OPERACIÓN 9.1 Para el desarrollo de las diversas acciones de este programa referentes a la planeación, operación, supervisión, seguimiento y evolución externa del programa el H. Ayuntamiento podrá destinar recursos del presupuesto asignado al programa.

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10. REGISTRO DE OPERACIONES 10.1. AVANCES FINANCIEROS La Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas deberá elaborar un reporte escrito sobre el avance financiero de las acciones bajo su responsabilidad así como el cumplimiento de sus metas durante los primeros 5 días hábiles del mes inmediato posterior al periodo que se reporta, remitiéndolo a la Dirección de Desarrollo Social. 10.2.- RECURSOS NO DEVENGADOS La Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas deberá reintegrar a la Tesorería del H. Ayuntamiento de Toluca, los recursos que no se hubiesen destinado a los fines autorizados y aquellos que por cualquier motivo no estuviesen devengados al 31 de diciembre del 2013. 10.3.- EVALUACIÓN Conforme a lo establecido en el capítulo I, artículo 1 y 2 fracciones V y VII de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, las evaluaciones serán Coordinadas por la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas. 10.3.1.- EVALUACIÓN PADRÓN ACTIVO DE BENEFICIARIOS

LOCALIDADES

FORMA DE MEDICIÓN TRIMESTRAL

Beneficiarios atendidos

No. de localidades atendidas en forma bimestral

Recuento total trimestral

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11. SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA 11.1.- Del seguimiento Control y Auditoria con el propósito de mejorar la operación del programa, la Dirección de Desarrollo Social llevará a cabo el seguimiento al ejercicio de los recursos fiscales, en coordinación con la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas, así mismo realizará el monitoreo en campo de proyectos, obras y acciones. Considerando que los recursos de este Programa son Municipales, su ejercicio estará sujeto a las disposiciones aplicables y podrán ser auditadas conforme a la legislación vigente y en el ámbito de: TRANSPARENCIA 12.1.- DIFUSIÓN Estas Reglas de Operación, estarán disponibles para la población en las Delegaciones, Subdelegaciones y Sectores. La Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas en coordinación con las Autoridades Municipales serán las encargadas de realizar la promoción y difusión del programa de dar a conocer las acciones a realizar y las comunidades beneficiadas, así mismo este programa deberá identificarse con el logotipo del H. Ayuntamiento y con la leyenda “este programa es público, ajeno a cualquier partido político, queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social”. Las autoridades auxiliares colaborarán en la difusión del programa en sus respectivas circunscripciones territoriales. SON AUTORIDADES AUXILIARES: I.- Los Delegados II.- Los Subdelegados

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12.2.- PADRÓN DE BENEFICIARIOS Será integrado, resguardado, modificado y ampliado por la Subdirección de Combate a la Pobreza y Asuntos Indígenas bajo los lineamientos de las reglas de operación. 12.3.- QUEJAS Y DENUNCIAS Los beneficiarios podrán presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes reglas o contravengan las disposiciones aplicables y la demás normatividad aplicable. Las quejas y denuncias se podrán captar a través de la: 

Contraloría Municipal de Toluca ubicada en Calle Nigromante 202-B 3er. Piso, Col. Centro C.P. 50000 en la ciudad de Toluca.

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